Contract
PLIEGO DE CLAUSULAS PARTICULARES Y DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS QUE REGIRÁ EN EL CONTRATO DEL SERVICIO DE MANTENIMIENTO INTEGRAL DE LAS INSTALACIONES DE LA SEDE DEL CENTRO DE HEMOTERAPIA Y HEMODONACIÓN XX XXXXXXXX Y LEÓN.
1 OBJETO DEL CONTRATO
El objeto del presente pliego es contratar los servicios de mantenimiento PREVENTIVO, CORRECTIVO Y TÉCNICO-LEGAL, de las instalaciones técnicas y servicios que se describen a continuación, así como la dirección técnica para dicho mantenimiento.
2 ÁREAS DE MANTENIMIENTO
El alcance de los servicios ofertados comprenderá las labores propias del objeto en todos los equipos e instalaciones que se detallan, garantizando el correcto funcionamiento de las mismas de acuerdo con la reglamentación y legislación vigente.
Los servicios o áreas a ofertar serán sobre los elementos e instalaciones que quedan englobadas en:
- Grupo electrógeno
- Instalaciones de Climatización; frío-calor, extracción y ventilación de locales.
- Calefacción y agua caliente sanitaria.
- Grupos de presión y agua fría
- Distribución de agua fría y caliente
- Instalaciones eléctricas de baja tensión (líneas de distribución de C.T. al cuadro general de B.T., cuadros secundarios de B.T., distintas luminarias, receptores en general de B.T.), xxxxx, bases, etc.
- Sistema De Alimentación Ininterrumpida (Sai)
- Instalaciones de frío industrial y cámaras frigoríficas, incluyendo la instalada en la calle Galena y los equipos frigoríficos y de congelación situados en los distintos laboratorios
- Instalaciones de detección y protección de incendios, incluyendo todos sus componentes.
- Realización de los trabajos derivados del cumplimiento de los criterios higiénico-sanitarios para la prevención y control de la legionelosis definidos en el Decreto 865/2003 en todas las instalaciones del Centro de Hemoterapia y Hemodonación xx Xxxxxxxx y León, que estén incluidas en dicho decreto.
- Red de aguas residuales. Instalaciones de saneamiento y desagües incluyendo limpieza y sellado de arquetas.
- Puerta Automática.
- Mantenimiento de puertas, pernos, persianas, carpintería metálica, mesas, sillas y mobiliario en general.
- Mantenimiento y tratamiento de la depuradora
- Trabajos varios de conservación general de las instalaciones; pequeños trabajos de mantenimiento e intervención en los equipos e instalaciones objeto del presente contrato, incluido el montaje y desmontaje de muebles, mamparas de división de despachos, estanterías, puertas y similares.
Los Reglamentos a observar serán los de aplicación a las instalaciones referenciadas en el presente pliego, que estén en vigor o aquellos otros que pudieran promulgarse durante el plazo de vigencia del contrato.
La organización del servicio recoge la metodología de trabajo que la Fundación de Hemoterapia ha definido como básica y necesaria para ajustarse a los objetivos de calidad establecidos por la Dirección para la realización de este servicio.
No serán tomadas en consideración, por tanto, aquellas ofertas técnicas que planteen un objetivo de calidad de menores prestaciones, pudiendo, no obstante, superar dichas prestaciones, siempre que no se supere en la misma el precio de licitación.
3 PRECIO, DURACIÓN DEL CONTRATO Y FORMA DE PAGO
El importe máximo anual de esta licitación será de 40.000 euros, IVA excluido. Por tanto el importe de la licitación para los dos años del contrato será de 80.000 euros, IVA excluido.
El valor estimado del contrato será de 160.000 euros, IVA excluido.
Las empresas deberán presentar en sus ofertas el precio del servicio por año, indicando el IVA como partida independiente.
El pago se realizará a mes vencido contra factura debidamente conformada.
Plazo de ejecución: Del 1 de enero de 2011 a 31 de diciembre de 2012, se podrá prorrogar anualmente por mutuo acuerdo expreso de las partes hasta un máximo de otros dos años.
No procederá la revisión de precios durante el periodo de vigencia del contrato. No obstante, en caso de producirse la prórroga/s prevista/s en el presente pliego, se podrá proceder a la revisión de los precios en vigor. En este supuesto, el precio en vigor en el momento de la finalización del contrato, y por tanto, a la entrada en vigor de la prórroga, podría ser revisado aplicando al mismo como máximo, la variación porcentual experimentada por el IPC o índice que le sustituya, en la anualidad inmediatamente anterior.
El Director de los trabajos será el Director de Gestión de la Fundación.
4 ORGANIZACIÓN DEL SERVICIO.
4.1 Informe técnico - legal sobre el estado de las instalaciones.
El adjudicatario realizará, un estudio exhaustivo sobre las instalaciones y equipos objeto de mantenimiento, comprometiéndose a presentar en el plazo máximo de dos meses, contado a partir del inicio de la prestación del servicio, un informe detallado sobre el estado
de las instalaciones, señalando las deficiencias observadas si las hubiere, tanto desde el punto de vista técnico como legal, con el fin de que la Fundación ordene su corrección, sin que ésta pueda ser considerada obligación contractual del adjudicatario.
Dicho informe, tendrá la consideración de exhaustivo, por lo que todo lo que no quede reflejado en él, será aceptado tácitamente por el adjudicatario como correcto, pudiendo ser exigido por la Dirección de la Fundación con posterioridad, la corrección de defectos y anomalías detectadas y no señaladas en el informe, siempre que sean defectos u omisiones evidentes y no tengan la consideración de vicios ocultos.
4.2 Mantenimiento Preventivo.
El mantenimiento preventivo será realizado para la totalidad de las instalaciones señaladas en contrato y sus equipos componentes de forma programada, realizando sobre las mismas actividades de limpieza, mediciones, comprobaciones, regulaciones, chequeos, ajustes, reglajes, engrases, etc., y todas aquellas acciones que tiendan a asegurar un estado óptimo de las instalaciones, desde el punto de vista funcional de seguridad, de rendimiento energético e incluso de protección del medio ambiente.
Todas las actuaciones de prevención llevadas a cabo sobre equipos e instalaciones estarán definidas en el documento técnico denominado “Manual de Mantenimiento Preventivo” que el adjudicatario realizará y que definirá el programa de mantenimiento a desarrollar, tanto desde el punto de vista de tareas a realizar como de documentación necesaria para llevarlas a cabo.
En el citado manual se incluirán como mínimo los siguientes apartados:
• Inventario de equipos e instalaciones: en el que se recogerán la totalidad de las instalaciones existentes sobre las que se va a aplicar el mantenimiento preventivo.
• Libro de protocolos de inspección de M.P.: en el que se recogerán la totalidad de hojas o partes de inspección, debidamente referenciadas a las instalaciones descritas en el inventario señalado en el apartado anterior.
En las citadas hojas o partes de inspección, se consignarán las actuaciones a realizar en cada caso concreto, indicando con claridad en el impreso:
o Instalación a chequear: nombre que la identifica que deberá de ser el mismo que figura en el inventario.
o Código de instalación: a efectos de informatización, que será el mismo que figure en el inventario.
o Localización de la instalación: edificio, servicio, planta.
o Operaciones a realizar: puntos concretos a chequear en cada instalación (verificaciones y/o actuaciones concretas).
o Fecha de realización: de la inspección.
o Turno de realización: de la inspección.
o Nombre del operario: que realizó la inspección.
o Tiempo empleado.
• Planning de inspecciones de M.P.: en el que se contemplarán las inspecciones a realizar con fecha real de inspección, día a día, y turno a turno, durante todo el año. Estará organizado por:
o Instalaciones (indicando su nombre y código).
o Operaciones a realizar (indicando la frecuencia de realización de cada una de ellas).
o Estadillo-registro de inspecciones: En el que se llevará el control de las inspecciones programadas en el planning de inspecciones. Figurarán los mismos datos que en el planning de inspecciones organizadas por instalaciones y meses naturales.
• Archivo de inspecciones: formado por todos los impresos de inspección ya realizados (hojas o partes de inspección), en donde quedarán recogidas por escrito todas las incidencias registradas en las mismas.
El “Manual de Mantenimiento Preventivo” de la Fundación deberá quedar completamente conformado en los dos primeros meses de prestación del servicio, a contar desde el día de inicio de la misma, debiendo de ser presentado a la Dirección de la Fundación o persona en quien delegue, para su aprobación.
4.3 Mantenimiento correctivo.
El mantenimiento correctivo será realizado sobre la totalidad de las instalaciones señaladas en el contrato, realizándose sobre las mismas todo tipo de actuaciones tendentes a su reparación y puesta en servicio en los plazos más exiguos posibles.
Comprenderá todos aquellos trabajos que deben realizarse para subsanar, corregir o reparar las averías o deficiencias que impidan su normal funcionamiento.
Estos trabajos si así se requieren se ejecutarán de manera inmediata. Cuando por la índole especial de la avería, su reparación exija un plazo más amplio, se informará de esta situación a la Dirección de la Fundación o persona en que se haya delegado a tal efecto.
Las reparaciones cuya ejecución implique parada de equipos o instalaciones o riesgo xx xxxxxx sobre otras instalaciones subsidiarias en marcha, serán autorizadas previamente por la Dirección de la Fundación y realizadas en horarios que señale a estos efectos la misma, o persona en quien delegue, siendo válidos a estos efectos cualquiera de los incluidos en los turnos de mañana, tarde o noche y en cualquier día de la semana, sea laborable o festivo.
Cualquier reparación de mantenimiento correctivo que suponga un gasto económico adicional por utilización de materiales no comprendidos entre los que debe de aportar el adjudicatario, solamente podrá ser ejecutada por el adjudicatario una vez presentado el informe técnico-económico justificativo correspondiente, obligándose el mantenedor a presentar un presupuesto con el importe de las correcciones y una justificación técnica y detallada de las mismas.
La resolución de cualquier tipo de averías deberá de quedar registrada en todo caso en un parte de xxxxxxx.
La existencia de una avería será conocida por el adjudicatario por dos vías diferentes:
a) A través de la entrega diaria de partes de avería, que le serán entregados por el personal de la Fundación, quien organizará con su propio personal la recogida de avisos de avería que se produzcan.
b) A través de las inspecciones preventivas realizadas, en cuyo caso será el adjudicatario quien ponga en marcha el procedimiento correctivo. En uno y otro caso, el adjudicatario deberá reparar la avería y devolver el impreso, una vez cumplimentado, a la Fundación, después de obtener la firma-conforme de la reparación del servicio solicitante.
La reparación de las averías en los equipos e instalaciones descritos, deberán ser resueltos por el adjudicatario, en un plazo no superior a 24 horas. Cuando por la índole de la avería su reparación exija un plazo de tiempo superior, el adjudicatario vendrá obligado a comunicar a la Fundación de forma inmediata esta situación, explicando las causas del fallo, las consecuencias derivadas del mismo y el plazo para la nueva puesta en servicio, reservándose la parte contratante la facultad de comprobar por sí misma estos extremos.
La mecánica de actuación de las operaciones de corrección llevadas a cabo sobre los equipos e instalaciones estará definida en el documento técnico denominado “Manual de mantenimiento correctivo”, que el adjudicatario elaborará y que definirá el sistema operativo a realizar tanto desde el punto de vista de tareas a desarrollar, como de documentación necesaria para llevarla a cabo.
En el citado manual se incluirán como mínimo los siguientes apartados:
• Partes de avería. Existirán dos tipos de partes de avería: Parte de avería de instalación y equipos. Mediante éste, se notificará a la empresa adjudicataria la existencia de averías o deterioros que se produzcan, serán recopilados por personal destacado en el edificio y entregados para su resolución.
• Estadillo de registro de averías, donde se anotarán las averías que se vayan generando diariamente.
• Archivo de partes de averías: formado por todos los impresos de parte de averías ya realizadas y debidamente cumplimentados.
El “Manual de Mantenimiento Correctivo” deberá quedar completamente conformado en los dos primeros meses de prestación del servicio, a contar a partir del día de inicio de la misma, debiendo de ser presentado a la Dirección de la Fundación, o persona en quien delegue, para su aprobación.
En tanto no se produzca esta aprobación, el adjudicatario aplicará el programa de actuaciones de mantenimiento correctivo descrito en su oferta.
Cuando se produzca una avería o la reparación de un elemento o equipos de cierta consideración o criticidad para la producción, se realizará la revisión y comprobación de los equipos y elementos asociados a dicho elemento, al objeto de constatar que todos los parámetros sean correctos, y que no se haya producido ninguna anomalía en los equipos dependientes de dicho equipos o elementos.
4.4 Mantenimiento técnico-legal.
El mantenimiento técnico-legal será realizado sobre aquellas instalaciones de las enumeradas en el inventario general que lo requieran, según las especificaciones de los reglamentos industriales de obligado cumplimiento en vigor, y la que pudiera promulgarse durante el período de vigencia del contrato.
Si durante el período de vigencia del contrato se produjera un cambio en la legislación aplicable que obligara a la modificación total o parcial de alguna de las instalaciones existentes, el adjudicatario vendrá obligado a informar en tiempo y plazo de la modificación legislativa y proponer por escrito a la Fundación las modificaciones necesarias para adecuar las instalaciones a lo ordenado en la disposición legal dentro de los plazos previstos en la misma.
Los gastos que ocasionen estas modificaciones correrán en todo caso a cargo de la Fundación. Si las modificaciones no son de instalaciones, sino que se refieren a tareas y operativa del mantenimiento, el adjudicatario se vería obligado a su cumplimiento. En caso de que dicha adaptación de operativa y ejecución supusiera un sobrecoste en mano de obra, el adjudicatario lo justificará convenientemente a la Fundación para que, una vez estudiado y siendo procedente, corra con los gastos oportunos.
En caso de que el adjudicatario no hubiera realizado esta propuesta dentro de los plazos previstos por la disposición legal, y como consecuencia de ello, la Fundación de Hemoterapia y Hemodonación de Castilla y León fuera objeto de una sanción administrativa por la autoridad competente, el importe de la misma le sería descontado de la facturación al adjudicatario.
El adjudicatario ostentará la titularidad de los “libros de mantenimiento” oficiales exigidos en las distintas normativas técnico–legales en vigor para aquellas instalaciones o aparatos que lo necesiten, tomando para sí las responsabilidades que se deriven del cumplimiento del articulado de las mismas. De acuerdo con lo dicho anteriormente, cumplimentará los libros de mantenimiento oficiales en los apartados de:
a) Titular del libro de mantenimiento y de la Dirección Técnica en los casos en que se necesite.
b) Anotación de los resultados de las operaciones periódicas de mantenimiento.
c) Relación de las revisiones periódicas de mantenimiento para las que esté autorizado legalmente.
En los casos en que por imperativo legal de las revisiones periódicas tenga que ser realizadas necesariamente por una entidad colaboradora de la Administración, debidamente autorizada, o por técnicos de la propia Administración, el adjudicatario comunicará con la debida antelación, la necesidad de realizar la revisión oficial, adjuntando información sobre qué empresas pueden legalmente llevarla a cabo. La realización de dichas revisiones correrá a cargo de la Fundación.
La mecánica de actuación de las instalaciones de mantenimiento técnico-legal llevada a cabo sobre los equipos e instalaciones que lo precisen, estará definida en un documento técnico que el adjudicatario elaborará denominado “Manual de mantenimiento Técnico– Legal”, que definirá el sistema operativo a desarrollar tanto desde el punto de vista de tareas a realizar, como de documentación necesaria para llevarla a cabo, así como determinará las instalaciones y/o equipos que requieran de este tipo de mantenimiento.
En el citado manual se incluirán, como mínimo, los siguientes apartados:
• Inventario de equipos e instalaciones, en el que se recogerán la totalidad de los equipos e instalaciones sobre las que es necesario realizar revisiones periódicas oficiales de carácter obligatorio.
• Libro de protocolos de inspección del Mantenimiento Técnico-Legal, en el que se recogerán la totalidad de hojas o partes de inspección debidamente referenciados a las instalaciones descritas en el inventario señalado en el apartado anterior.
En las citadas hojas o partes de inspección se consignarán las actuaciones a realizar en cada caso concreto, indicando con claridad en el impreso:
o Aparato o instalación a inspeccionar (nombre que la identifica, que deberá ser el mismo que figure en el inventario).
o Código del aparato o la instalación a efectos de informatización, que deberá ser el mismo que en el inventario.
o Reglamento industrial a aplicar.
o Puntos concretos de chequeo, señalando el artículo del reglamento que lo ordena.
o Clase de inspección, especificando si es revisión o revisión periódica de obligado cumplimiento (a cargo de empresa autorizada, mantenedor–reparador, entidades de inspección y control o técnicos de la Delegación de Industria.).
o Fecha de inspección.
o Localización de la instalación.
o Nombre de la empresa que realiza la inspección, con indicación del técnico u operario que la realiza.
• Planning de inspecciones, en el que se contemplarán todas las inspecciones a realizar debidamente distribuidas a lo largo del año. Contemplará las inspecciones diarias, semanales, trimestrales, semestrales, etc., que establezca cada reglamento en particular.
Estará organizado por:
o Reglamentos industriales.
o Instalaciones
o Aparatos.
En cada inspección en concreto se consignará:
o Si es necesario o no, hacer anotación en el libro de Mantenimiento oficial.
o Si es necesario o no, visar la inspección de en la Delegación de Industria.
• Planning de revisiones periódicas de obligado cumplimiento: Se confeccionará un planning técnico atendiendo a la periodicidad diferenciada de cada instalación en concreto, del que se extraerá el planning real anual de aquellas instalaciones o equipos que deban ser revisadas oficialmente cuando se cumpla el primer año de su puesta en marcha.
Estará organizado por:
o Reglamentos industriales.
o Instalaciones
o Aparatos.
• Estadillo–Registro de inspecciones, en el que se llevará el control, de las inspecciones programadas en los planning correspondientes. Existirá uno por cada uno de los planning existentes.
Estará organizado por:
o Instalaciones.
o Meses naturales.
• Libros-registro de mantenimiento oficiales. Existirán tantos como aparatos o instalaciones lo necesiten desde el punto de vista de la normativa vigente. En ellos se consignará:
o Inspecciones realizadas (no oficiales) que así lo exija su reglamento.
o Inspecciones oficiales (revisiones periódicas) realizadas por :
o Instaladores–mantenedores autorizados.
o Entidades de inspección y control reglamentario.
o Técnicos de la Delegación de Industria.
• Archivo de inspecciones. Formado por :
o Partes de inspección no oficial.
o Actas de inspección oficiales (revisiones periódicas de obligado cumplimiento).
o Libros-registro de mantenimiento oficiales.
• Correspondencia mantenida con:
o Fabricantes.
o Instaladores–mantenedores autorizados.
o Entidades de inspección y control reglamentario.
o Técnicos de la delegación de industria.
o Relacionada con las inspecciones realizadas.
El "Manual de Mantenimiento Técnico-Legal” deberá quedar completamente conformado en los dos primeros meses de prestación del servicio a contar desde el día de inicio de la misma, debiendo ser presentado a la Dirección de la Fundación, o persona en quien delegue para su aprobación.
4.5 Conducción y vigilancia de instalaciones.
La vigilancia de las instalaciones incluirá la puesta en marcha, parada, vigilancia, limpieza y manejo de las instalaciones, además del control de funcionamiento, la toma de datos relativos a los parámetros de funcionamiento de los mismos, incluido su ajuste, de manera que en todo momento los equipos trabajen conforme a las prescripciones estipuladas por los fabricantes.
El adjudicatario deberá comunicar, por tanto, a través de los informes técnico–económicos, cualquier defecto de las instalaciones o equipos que disminuyan su rendimiento, produzca un excesivo gasto energético, reduzca su nivel de seguridad, incumpla cualquier tipo de normativa industrial en vigor o pueda ser causa de una avería futura.
Para realizar una correcta conducción–vigilancia de las instalaciones, el adjudicatario vendrá obligado a realizar “manuales de entretenimiento de las instalaciones”, que expliquen de forma clara y concisa su funcionamiento, tal y como se describirá en el apartado correspondiente a documentación.
4.6 Dirección técnica y control
La empresa adjudicataria designará una persona con cualificación técnica suficiente que realizará dos visitas mensuales a las instalaciones del CHEMCYL de cuatro horas cada una, en los días en que se pacte por las dos partes, para realizar las funciones siguientes:
o Cumplimentación de un “Check List” de estado de las instalaciones técnicas del edificio, esta relación se definirá de forma consensuada con el cliente.
o Ser pro-activo para mejorar las instalaciones generales de la Fundación, detectando en indicando posibles mejoras técnicas de las áreas objeto del contrato.
o Evaluación técnica de las propuestas de suministros/equipos que considere la Dirección de la Fundación.
o Informe sobre la viabilidad de la instalación de los bienes/equipos a adquirir y la adaptación precisa, en su caso, de la infraestructura del Centro
o Ver previsión de equipos o instalaciones a realizar a corto o medio plazo, aportando las soluciones técnicas necesarias para su correcta implantación.
o Evaluación la instalación de los equipos nuevos instalados desde la visita anterior.
Así como cualquier otra función conexa que surja durante el periodo de vigencia del contrato.
4.7 Gestión informatizada del servicio.
El adjudicatario vendrá obligado a implantar, un programa de gestión informatizada del servicio que permita organizar y cuantificar todas las operaciones de mantenimiento descritas para el servicio objeto del contrato. El adjudicatario estará obligado a aportar el
material técnico e informático (hardware y software) para la gestión informática del mantenimiento.
Los datos que genere el programa serán propiedad de la Fundación de Hemoterapia y Hemodonación. El archivo informático de los datos será tal que permita compatibilidad para exportar a plataformas de fácil acceso en el mercado (bases de datos tipo Access, hojas de cálculo tipo Excel, etc.), de forma que, una vez finalizado el contrato, los datos no se puedan perder por exclusividad del software utilizado. En este sentido, el adjudicatario es responsable de volcar los datos de su soporte informático a otros de fácil acceso en el mercado como los enumerados anteriormente (sin ánimo de exhaustividad).
5 DOCUMENTACIÓN TÉCNICA.
El adjudicatario deberá elaborar, además de los distintos manuales de tipo general indicados en los apartados anteriores, otra documentación técnica de tipo sectorial que recoja, debidamente organizada y codificada, la información siguiente:
A. Libro de manuales de instalaciones que recogerá, como mínimo, la siguiente información para cada una de las instalaciones recogidas en el inventario general:
• Esquema de principio.
• Esquema real de instalación (isométrico), indicando la posición real de todos sus componentes, en el mismo orden en que estén situados y explicando su función y la posición normal de servicio de cada uno de ellos y detallando las distintas situaciones de emergencia que puedan producirse y la forma de solucionarlas.
• Planos de distribución de las instalaciones actualizados.
• Fichas características de todos y cada uno de los equipos que forman parte de una determinada instalación (marca, modelo, nº de serie, características de funcionamiento, curvas de rendimiento, etc.).
• Instrucciones de mantenimiento.
• Memoria descriptiva de la instalación, detallando las condiciones de proyecto para las que fueron calculadas.
B. Libro de explotación del mantenimiento que recogerá, como mínimo, la siguiente información:
• Ficha inventario de instalaciones, en donde se recogerá incidencia histórica de la instalación:
o Fecha de alta en el inventario.
o Dirección empresa instaladora y contacto de servicios técnicos.
o Averías, coste, duración, etc.
o Datos generales de explotación (temperaturas, intensidad, consumos energéticos, etc.)
o Modificaciones de la instalación o equipo si las hubiera.
• Ficha consumo de energías, en donde se registrarán el consumo mensual de las distintas materias primas necesarias para el funcionamiento de las distintas instalaciones: agua, electricidad, gasóleo, gases médicos, gas propano, etc.
La Fundación facilitará al adjudicatario la documentación técnica necesaria para que pueda elaborar los documentos enumerados, si bien, el adjudicatario deberá completarla o realizarla en su totalidad en caso de que la documentación facilitada por la Fundación no fuese suficiente.
La referida documentación (tanto la entregada por la Fundación como la elaborada por el adjudicatario) será propiedad de la Fundación, y estará permanentemente a disposición de la dirección y de los servicios técnicos del mismo.
6 GESTIÓN DE MATERIAL DE MANTENIMIENTO E INSTALACIONES. Materiales fungibles
Estará incluido en el coste del servicio la reposición de aquellos elementos que forman parte de la instalación y que poseen una vida útil corta junto a un reducido coste unitario:
- Pequeñas juntas.
- Pernos y tornillos.
- Fusibles.
Así como aquellos productos auxiliares que no forman parte de la instalación pero que se utilizan en las tareas de mantenimiento:
- Productos de engrase (no aceites lubricantes).
- Electrodos para soldadura
- Estopa. Cinta de teflón.
- Pintura
- Oxigeno
- Spray dieléctrico
- Algodones.
- Disolventes.
- Detergentes.
- Juntas.
- Selladores.
- etc.
Repuestos y suministros
El adjudicatario, facilitará una relación de repuestos aconsejados, y debidamente valorados a precios xx xxxxxxx. La propiedad podrá optar por adquirirlos directamente o bien a través del mantenedor previo presupuesto aprobado. El objeto es mantener disponible el material más usual que permita atender rápidamente una situación límite y al igual que una disponibilidad continua (filtros, aceites, gas, etc.).
Todos los materiales, piezas o accesorios y/o repuestos que fueran objeto de sustitución, serán suministrados por la propiedad, o el mantenedor, en cuyo caso serán posteriormente facturados a la propiedad junto con la mano de obra correspondiente, en los casos que proceda.
7 INFORME MENSUAL DE LA ACTIVIDAD DEL SERVICIO.
Con carácter mensual y en todo caso, dentro de los diez primeros días de cada mes, el adjudicatario deberá realizar, un informe elaborado por su responsable técnico, en donde recogerá los trabajos y tareas ejecutadas de acuerdo con la organización del servicio establecido. El citado informe mensual tendrá una estructura fija y permanente y deberá ser aprobado por la Dirección de la Fundación, o persona en quien delegue. En todo caso, deberá recoger como mínimo:
• Datos relativos a la actividad realizada.
• Total de servicios realizados por tipos de mantenimiento: averías, inspecciones preventivas, inspecciones legales, etc., con desglose de oficios.
• Índice de ocupación por tareas: preventivo, correctivo, legal, conductivo.
• Datos económicos y energéticos.
• Consumos realizados por suministros.
• Consumos realizados por energías (gas combustible, energía eléctrica, agua, etc.).
• Costes relativos por tipo de mantenimiento (material y mano de obra)
Este informe se entregará, en la fecha en que se pacte por las dos partes, a la persona designada por la Dirección y al Director de Gestión de la Fundación.
8 REALIZACIÓN, SUPERVISIÓN E INSPECCIÓN DEL TRABAJO.
Las empresas licitadoras presentaran una memoria técnica en la que indiquen que personal destinarán a la realización de los trabajos objeto de este contrato, al menos se debe aportar un técnico polivalente de presencia diaria y dedicación exclusiva, lunes a viernes, en horario de mañana y tarde. Este personal estará dotado de la uniformidad, herramientas y elementos de seguridad y prevención de riesgos laborales, así como medios de comunicación necesarios, inherentes al desarrollo de su normal actividad. Será obligación del contratista la uniformidad de su personal. La Fundación de Hemoterapia se reserva la facultad de poder recusar a cualquiera de los integrantes del equipo presente en la instalación, estando obligado el contratista a su sustitución por otra persona con formación equivalente.
La empresa adjudicataria nombrará una persona suficientemente cualificada (con categoría de Ingeniero Industrial, Ingeniero Técnico Industrial o Arquitecto Técnico que tendrá la consideración de Director de Mantenimiento conforme al art. 26 c) del Real Decreto 1027/2007,de 20 de julio por el que se aprueba el RITE), con al menos 5 años de experiencia demostrada en mantenimiento de edificios, para servir de enlace con el
responsable del edificio y con el personal del servicio destacado, para la solución y planificación de los trabajos necesarios. Además este director de mantenimiento ejercerá las labores de consultor técnico para los desarrollos de obras y/o instalaciones que la Fundación precise realizar, de acuerdo a lo indicado anteriormente.
Asimismo indicaran que personal dedicaran para la dirección técnica, inspección y control de los trabajos efectuados y la calidad de su ejecución, así como los apoyos: personal técnico especializado, departamento de ingeniería, respuesta 24 horas, etc con que cuenten.
Serán atendidas las averías que se produzcan en las instalaciones durante las 24 horas del día. A tal fin, la empresa adjudicataria facilitará al menos dos números de teléfono móvil y un número de fax donde serán comunicadas las averías, fuera del horario laboral, resolviendo las incidencias a la mayor brevedad posible desde el momento de su comunicación.
Se presentaran todos los curriculums del personal ofertado para la realización de las diversas tares descritas en este pliego.
La gestión y supervisión diaria de la ejecución del mantenimiento de la sede del Centro de Hemoterapia y Hemodonación xx Xxxxxxxx y León es responsabilidad del adjudicatario; tanto el número de personas competentes y adecuadamente expertas dedicadas a dicha ejecución como el responsable o supervisor de las mismas deberán acomodarse a los requisitos que la Fundación imponga.
La Fundación tendrá acceso a los trabajos de mantenimiento, reformas o modificaciones en cualquier momento durante su ejecución. El adjudicatario acepta la obligación de facilitar y no entorpecer el ejercicio de las actividades inspectoras de la Fundación para la comprobación de los trabajos efectuados y su nivel de calidad, además de disponer todos los medios necesarios para que aquélla inspeccione los trabajos en cualquier fase de los mismos.
La supervisión por parte de la Fundación no libera al adjudicatario de ninguna responsabilidad total o parcial.
Periódicamente se mantendrán reuniones con representación de ambas partes para valorar el desarrollo del servicio, en momento y forma que designe la Fundación. Para ello la Fundación informará al adjudicatario de las personas físicas y jurídicas que actuarán como sus representantes a efectos de supervisión y responsabilidad de la ejecución del mantenimiento integral.
La Fundación se reserva el derecho de sustituir en cualquier momento a cualquiera de dichos representantes, debiendo comunicar tal sustitución al adjudicatario.
Los representantes de la Fundación poseen las siguientes facultades:
• Velar por el correcto cumplimiento del contrato.
• Inspeccionar el trabajo según se ejecute e informar al adjudicatario tan pronto como sea posible, si cualquier parte del mismo, tras ser
inspeccionado, no se ajusta a los requisitos establecidos en el presente pliego, el contrato o cualesquiera otros documentos contractuales. Si dicha inspección no se realizara o no se llamara la atención del adjudicatario sobre cualquier particular, en ningún caso tal circunstancia eximirá a éste del cumplimiento de sus obligaciones.
• Representar a la Fundación ante el adjudicatario a quien le comunicará las instrucciones pertinentes y de quien recibirá las oportunas comunicaciones.
• Interpretar los documentos, procedimientos y normativas destinadas a la ejecución del mantenimiento integral de los equipos, instalaciones, reformas o modificaciones.
• Tomar decisiones cuando surjan dificultades o contratiempos, durante la ejecución de los trabajos que puedan poner en peligro la integridad personal o los bienes tanto de la Fundación como del adjudicatario.
9 DOCUMENTACIÓN E INFORMACIÓN RELATIVA AL CONTRATO.
El adjudicatario deberá solicitar la documentación que requiera con la suficiente antelación y, una vez recibida, la contrastará y verificará, comunicando los errores u omisiones que a su juicio existan en la documentación facilitada, no pudiendo el adjudicatario exigir responsabilidad por errores u omisiones no manifestadas con anterioridad a la iniciación del contrato.
El adjudicatario deberá mantener toda la documentación relacionada con el contrato del mantenimiento integral durante el periodo del mismo, entregándola a la finalización el contrato, dicha documentación estará depositada en la Fundación y será custodiada y controlada por la persona que la Dirección de la Fundación designe.
Estas documentaciones (mantenimientos correctivos, preventivos, legales, modificaciones o reformas, históricos obtenidos a lo largo de la ejecución del contrato, inventario de equipos e instalaciones, inventario xxx xxxxxxx de repuesto, etc.) estarán actualizadas y en soporte informático a la entrega de las mismas, y serán compatibles para ser utilizadas en cualquier sistema informático.
Todos los datos técnicos, planos e información facilitada por la Fundación de Hemoterapia o hechos por el adjudicatario a solicitud de este serán tratados confidencialmente, y no será utilizada para fines distintos a la ejecución del trabajo.
10 OBLIGACIONES LABORALES DEL ADJUDICATARIO.
El adjudicatario se compromete al cumplimiento de todas las obligaciones laborales vigentes, relativas a la contratación y empleo de su personal, Asimismo, cumplirá con toda la normativa vigente relativa a Seguridad Social y Seguridad e Higiene (Ley de Protección de Riesgos Laborales), coordinando sus actividades de Prevención con las actividades de la Fundación, de acuerdo a lo indicado en el Artículo 24 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales. La Fundación podrá exigirle la presentación de los comprobantes que acrediten el cumplimiento de estas obligaciones.
En tal carácter, el adjudicatario comparecerá ante las Mutuas de Accidentes de Trabajo y Enfermedad Profesional, Entidades Gestoras de la Seguridad Social y Jurisdicción de lo Social.
El cumplimiento de las normas de seguridad y la aplicación de los estudios de seguridad que estos puedan establecer, serán responsabilidad del adjudicatario.
De un modo particular, el adjudicatario se responsabilizará de la colocación de aquellos dispositivos de seguridad que deba instalar él o sus empresas asociadas en los lugares de trabajo.
Asimismo, velará porque el personal utilice las prendas de protección personal y colectiva reglamentarias.
La Fundación, declina expresamente y de forma general, la responsabilidad que pueda derivarse del incumplimiento de las indicadas obligaciones, pudiéndose resarcir de los perjuicios que pudiera derivarse de su responsabilidad directa o subsidiaria, en la actividad llevada a cabo por el adjudicatario en la ejecución del trabajo, mediante retenciones oportunas del importe de los pagos que se expidan al adjudicatario y/o con cargo al aval de cumplimiento.
11 OBLIGACIONES MEDIOAMBIENTALES DEL ADJUDICATARIO.
El adjudicatario responderá de cualquier incidente medioambiental por él causado, liberando a la Fundación de cualquier responsabilidad sobre el mismo.
Para evitar tales incidentes, el adjudicatario adoptará con carácter general las medidas preventivas oportunas que dictan las buenas prácticas de gestión, en especial las relativas a evitar vertidos líquidos indeseados, emisiones contaminantes a la atmósfera y el abandono de cualquier tipo de residuos, con extrema atención en la correcta gestión de los clasificados como peligrosos.
El adjudicatario adoptará las medidas oportunas para el estricto cumplimiento de la legislación medioambiental vigente que sea de aplicación al trabajo realizado.
En casos especiales, la Fundación podrá recabar del adjudicatario demostración de la formación o instrucciones específicas recibidas por el personal para el correcto desarrollo del trabajo.
12 SEGURO DE RESPONSABILIDAD CIVIL.
La empresa adjudicataria estará obligada a concertar un seguro de responsabilidad civil de una cuantía mínima de 300.000,00 € suficiente para cubrir los daños causados en cualquiera de los elementos del edificio como consecuencia de la prestación del servicio. La formalización de dicha póliza se deberá hacer efectiva antes de la formalización del oportuno contrato.
13 INCUMPLIMIENTOS.
La Fundación podrá levantar actas de no conformidad por cualquiera de las siguientes faltas:
• Retrasos en el cumplimiento de los mantenimientos.
• Trabajos no realizados según las exigencias de calidad expresadas en este pliego
• Comportamientos inadecuados del personal del adjudicatario.
• Incumplimiento de cualquiera de los requerimientos del presente pliego, ya sean explícitos o implícitos en él.
• Cualquier acontecimiento ocasionado directa o indirectamente por el adjudicatario que provoque perjuicio y que sea fruto de negligencia, dejación de sus obligaciones, imprudencia o temeridad del mismo, falta de profesionalidad, etc.
El levantamiento de actas de no conformidad no eximirá al adjudicatario de su obligación de finalizar el trabajo o de cualquier otra de sus obligaciones y responsabilidades según el contrato, y en ningún caso constituirá una renuncia por parte de la Fundación a sus otros derechos, incluyendo su derecho de resolver el contrato y la exigencia de daños y perjuicios.
Cualquier acta de no conformidad que levante la Fundación será firmada por la persona delegada por la dirección de éste y por el representante en el centro de la empresa adjudicataria. Si éste se negara a firmar, constará así en el acta, teniendo ésta idéntica validez.
Estas faltas se clasificarán en leves (1 acta), graves (2 actas) y muy graves (3 actas). A estas faltas le corresponderán las siguientes sanciones:
• En caso de falta leve, la penalización será de un 2% sobre el precio de la adquisición.
• En caso de falta grave, la penalización correspondiente ascenderá a un 5% del precio de la adquisición.
• En caso de falta muy grave, la penalización será desde un 10% del precio de la adquisición hasta la resolución del presente contrato, con la correspondiente indemnización de daños y perjuicios si procediera.
Independientemente de la penalización económica, se deberá corregir inmediatamente la/s anomalía/s indicada/s.
Y en todo caso, la suma de tres actas de no conformidad a lo largo de la vigencia del contrato podrá considerarse motivo suficiente de resolución del contrato si la Fundación así lo considerase.
14 MEJORAS.
Las empresas oferentes podrán incluir en sus ofertas mejoras que redunden en el servicio objeto de contratación, sin que esto suponga un aumento en el precio de la oferta final. No
serán tenidas en cuenta las mejoras que no contribuyan a un incremento en la calidad, eficacia o eficiencia del servicio de mantenimiento.
15 CRITERIOS DE VALORACIÓN
La evaluación de las ofertas se realizará atendiendo a los siguientes criterios: 1.- Oferta técnica 60 puntos
En este apartado se valorará lo siguiente:
- Plan de gestión 20 puntos
- Medios humanos 20 puntos
- Integración nuevas prestaciones en el sistema 5 puntos
- Cobertura de pólizas de seguros 5 puntos
- Mejoras 10 puntos
2.- Xxxxxx………………………….………..….40 puntos Se valorará de acuerdo a la siguiente fórmula:
pm
Pl = 40
pl
Siendo:
Pl: puntuación otorgada al licitador. pm: precio mínimo
pl: precio del licitador.
16 REQUISITOS DE SOLVENCIA
Económica
Declaración relativa a la cifra de negocios global durante los tres últimos ejercicios, de forma que la cifra por año duplique al menos el importe de licitación.
Técnica
Relación de contratos similares al que se va a contratar, señalando: fechas, destino público o privado. Se considerará suficiente un mínimo de dos.
17 GARANTÍA DEFINITIVA
El adjudicatario del contrato, deberá constituir una garantía definitiva, a disposición del órgano de contratación, por un importe del 5% del importe de adjudicación, IVA excluido, como garantía de las obligaciones y responsabilidades contraídas por el mismo durante la vigencia del contrato y periodo de garantía. En todo caso, la garantía definitiva responderá de los conceptos a que se refiere el artículo 88 de la LCSP.
Si la forma escogida es el aval bancario se ajustará al modelo establecido en el anexo I.
18 DOCUMENTACIÓN REQUERIDA
Además de lo especificado en el presente Xxxxxx, se incluirá:
• Denominación de la empresa.
• Razón social, domicilio, número de teléfono, número de fax.
• Dirección de correo electrónico en la que se efectuarán las notificaciones y persona de contacto
• Fotocopia compulsada del Nº de identificación fiscal.
• Fotocopia compulsada de las escrituras de constitución y modificación de la empresa.
• Documento bastante en derecho que justifique que la persona que firma la proposición se encuentra facultada para representar a la Empresa.
Toda la documentación, que se incluirá en un único sobre, deberá ir firmada por el representante legal de la empresa, siendo esta la persona que firmará el contrato.
19 SUBROGACIÓN DE TRABAJADORES
De acuerdo con la legislación vigente, la empresa adjudicataria del servicio objeto del contrato se subrogará en todos los derechos y obligaciones que le correspondan como empresario, respecto a los trabajadores de la empresa saliente, que prestaba el servicio y que se detallan a continuación:
Categoría Profesional | Fecha Antigüedad | Contrato de trabajo | Plus Convenio | Complemento | Total Bruto Anual |
Oficial de 1ª | 03/06/2004 | 100 | 17,38 €/mes | 187,72 €/mes | 19.655,22 € |
20 PLAZO DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES.
Las solicitudes deberán ser presentadas en mano o por correo certificado antes de las 14:00 horas del 22 de octubre de 2010, en el Centro de Hemoterapia y Hemodonación xx Xxxxxxxx y León, departamento de contratación (2ª planta), Xxxxx Xxxxxxxxx x/x, 00000 Xxxxxxxxxx. No será admitida ninguna oferta fuera del plazo señalado.
Valladolid, a 1 de octubre de 2010.
Fdo.: Xxxxx Xxxxxx Xxxxxx. Fdo. Xxxxx Xxxxxx Xxxxx
EL DIRECTOR DE GESTIÓN LA DIRECTORA TÉCNICO GERENTE
ANEXO I
MODELO DE AVAL
Ref. Aval:
Nº…………………………
La ENTIDAD BANCARIA con el número de Identificación Fiscal ...................................
debidamente representada
AVALA
A ……………………………………………………, con C.I.F. número por la cantidad de ………………………………………………………………………………………..…
(en letra) ante la FUNDACIÓN DE HEMOTERAPIA Y HEMODONACIÓN, en concepto de Fianza definitiva para responder de las obligaciones derivadas de la ejecución del contrato correspondiente a la Oferta Pública para …………………………………….……………
(objeto del contrato), correspondiente al 5% sobre el importe de adjudicación de
…………………………….
El presente aval estará en vigor hasta que la Fundación de Hemoterapia y Hemodonación de Castilla y León, o quién en su nombre sea habilitado legalmente para ello, autorice su cancelación o devolución.
El presente aval ha sido inscrito en esta misma fecha en el registro especial de avales con el número ……………………………..
En…………………………, a ………………………..
ENTIDAD BANCARIA
Fdo.: Por la Entidad Bancaria