Contract
PLIEGO DE CLAUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULAREN PARA LA ADJUDICACIÓN POR PROCEDIMIENTO ABIERTO DEL SERVICIO DE MANTENIMIENTO DE LAS ZONAS VERDES, ÁRBOLES, JARDINES Y ZONAS DE COMPOST DE HERNANI. RESERVADO A CENTROS DE TRABAJO ESPECIALES
I. OBJETO DEL CONTRATO
El objetivo de este contrato es regular las condiciones administrativas del servicio de mantenimiento de parques, jardines y zonas verdes de Hernani, todo ello de conformidad con la documentación que figura en el expediente, que tendrá carácter general.
Este contrato está reservado a centros de trabajo especiales, coincidiendo con la quinta disposición adicional del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, que regula el texto refundido de la ley 30/2007 de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público.
Este contrato de servicios depende de la regulación armonizada, siendo su valor estimado de más de
209.000 euros (artículos 13 y 16.b) deTRLCSP. Del mismo modo, podrán presentar un recurso especial según el artículo 40.1.a) de TRLCSP.
CPV: 77311000-3
2. PLAZO DE EJECUCIÓN
El plazo del contrato será de dos (2) años; desde el 01/11/2017 y prorrogable año tras año, como máximo por 2 años. ( 2+1+1)
Las partes deberán comunicarse de forma fehaciente y con una antelación mínima de tres meses respecto a la finalización del contrato, su voluntad de darlo por finalizado.
Transcurrido ese plazo, quedará automáticamente terminado el contrato y la empresa adjudicataria cesará en la prestación del servicio.
3. PRECIO DEL CONTRATO
El precio máximo de licitación será de 413.223,14 euros anuales (más IVA). Valor estimado del contrato: 1.652.892,56.€
El cual podrá ser mejorado por quienes se presenten a la licitación.
En las ofertas presentadas está incluído el precio y el IVA, este último deberá estar desglosado. Además del precio se incluirán también las tasas y gastos de cualquier tipo así como los gastos de publicidad de la licitación.
4. FINANCIACIÓN
Para sufragar el precio del contrato, el órgano competente en materia presupuestaria se compromete a reservar el crédito oportuno en la siguiente partida de los presupuestos del Ayuntamiento de Xxxxxxx:
1 05.227.99.171.00 2017
Asimismo, el Ayuntamiento se compromete a reservar el crédito oportuno en los presupuestos de los ejercicios futuros que resulten afectados.
5. FORMA DE PAGO
El pago del precio del contrato se hará una vez presentadas las facturas mensuales, con la aprobación previa del técnico de servicios públicos.
El abono se realizará en la forma prevista en el artículo 216 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.
6. REVISIÓN DE PRECIOS.
No procederá la revisión de precios.
7. GARANTIAS
La empresa adjudicataria del contrato, a fin de garantizar el cumplimiento de las obligaciones contraídas, está obligada a constituir una garantía definitiva por importe equivalente al 5 del precio de adjudicación (IVA excluido).
El plazo para la constitución de la citada garantía será de 10 días hábiles, contados a partir del siguiente al de la notificación de la adjudicación del contrato. Será depositada en las oficinas del Ayuntamiento de Xxxxxxx, y podrá constituirse bien en metálico o bien en cualquiera de los medios establecidos en el artículo 96 del TRLCSP.
La devolución de la garantía, total o parcial, se realizará de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 102 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, y 65.2 y 3 del RGLCAP una vez cumplidas por la empresa adjudicataria todas sus obligaciones contractuales.
II- PROCEDIMIENTO PARA CONTRATAR
8. PROCEDIMIENTO Y FORMA DE ADJUDICACIÓN
Forma de adjudicación del contrato: procedimiento abierto y tramitación ordinaria.
Los criterios que han de servir de base para la adjudicación serán los siguientes (máximo 100 puntos):
Α. PROYECTO TÉCNICO (máximo 45 puntos)
El proyecto a evaluar no superará las 25 páginas (por las dos caras), más la portada, el índice y los anexos. Las propuestas deberán seguir el siguiente esquema:
• Calidad técnica (máximo 30 puntos)
- Organización de los trabajadores: Propuesta y organización de trabajadores asignados a los trabajos, descripción detallada de los trabajadores, cualitativa y cuantitativa, junto con la experiencia profesional y curriculum de los técnicos y responsables del grupo; trabajos previstos, turnos, organigrama, zonas adjudicadas, política de personal, formación, sustituciones y absentismo.
- Medios técnicos: Maquinaria, vehículos y herramientas para cada brigada, señalando el año de adquisición, plan de mantenimiento, maquinaria adscrita especialmente al servicio de Hernani y posibilidad de uso en momentos concretos en que haya necesidad de la maquinaria que pueda tener la empresa, mini retroexcavadoras, camión grúa, etc. En la oferta económica se deberá concretar que día/año estará disponible dicha maquina al servicio de este contrato.
En el anexo II se añade el listado de la maquinaria que puede aprovechar la nueva contrata.
• Plan de realización de trabajos (15 puntos)
Plan de trabajo de cada uno de los equipos, zonas asignadas, frecuencias y tipo de trabajo a realizar. Programa de actualización e inventario de la documentación informatizada
Informatización del seguimiento, registro y control de los trabajos realizados en cada una de las zonas verdes, jardinería y arbolado de la ciudad, por cada uno de los equipos de trabajo que sea compatible con los sistemas informáticos del Ayuntamiento.
Programa de inspección y vigilancia.
8. PROPOSICIÓN ECONÓMICA: hasta 55 puntos. Se concederán 55 puntos a la oferta más económica y el resto se valorará proporcionalmente de acuerdo a la siguiente fórmula:
La valoración de la oferta económica corresponde al coste anual de los trabajos incluidos en el canon, y en estos siempre está incluido, para cualquier cosa, el precio de la contrata y las cuotas correspondientes a los impuestos de cualquier concepto, especialmente, el impuesto de valor añadido de la normativa vigente.
Habrá que desglosar la propuesta económica según la estructura del anexo X xxx xxxxxx técnico, con el objetivo de limitar y facilitar la comparación entre distintas propuestas económicas.
Se otorgará la puntuación más alta a la propuesta que más se acerque a la media aritmética.
Se le dará como máximo 55 puntos, a las ofertas que estén por encima de la media del método de puntuación:
Pi=(Vm/Vi) x P
Donde: Pi= los puntos que se le dan a la oferta sobre 50.
Vm= Cantidad de media aritmética de todas la ofertas aceptadas. Vo= Cantidad de la oferta.
P= Puntuación máxima adjudicada.
A las ofertas que queden por debajo de la media se les restaran puntos proporcionalmente: Pi=1/(Vm/Vi) x P
-No se aceptará ninguna propuesta económica que no esté redactada según el modelo exigido.
-Los errores aritméticos que se detecten al desglosar el precio de la oferta se decidirán teniendo en cuenta el precio total y el tipo de IVA que le es aplicable, calculando el precio base y el desglose del IVA.
9. CAPACIDAD PARA CONTRATAR
Podrán tomar parte en este procedimiento de contratación las personas naturales o jurídicas que se hallen en plena posesión de su capacidad jurídica y de obrar, acrediten su solvencia económica, financiera y técnica o profesional y no estén incursas en ninguna de las prohibiciones para contratar establecidas en el artículo 60 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público. La solvencia se acreditará y evaluará de acuerdo con los medios establecidos en la cláusula 10.
Asimismo, podrán hacerlo por sí o representadas por persona autorizada, mediante poder bastante otorgado al efecto. Cuando en representación de una persona jurídica concurra algún miembro de la misma, deberá
justificar documentalmente que esa persona está facultada para ello. Tanto en uno como en otro caso, a la persona representante le afectan las causas de incapacidad para contratar citadas.
Además la empresa licitadora deberá tener como finalidad realizar actividades que tengan relación directa con el objeto del presente contrato y disponer de una organización dotada de elementos personales y materiales suficientes para la debida ejecución del mismo.
10. PRESENTACION DE PROPOSICIONES
El expediente de esta contratación, así como la documentación técnica unida al mismo, podrá ser examinado en el Departamento de Contratación del Ayuntamiento de Xxxxxxx, en horario de atención al público, todos los días hábiles, a partir del siguiente a aquel en que aparezca publicado el anuncio de esta licitación en el Boletín Oficial de la Unión Europea y hasta el vencimiento del plazo de presentación de proposiciones.
Las ofertas se presentarán en el lugar y horario citados anteriormente, en el plazo de CUARENTA (40) DÍAS NATURALES desde la fecha de envío del anuncio al Boletín Oficial de la Unión Europea. La fecha exacta se concretará en el perfil de la contratación.
En el supuesto de que el último día del plazo coincidiera en xxxxxx, xxxxxxx o festivo, se trasladaría al día siguiente hábil.
El anuncio también se publicará en el órgano del perfil del contratante y se podrá consultar en esta página web y portal y el acceso a los pliegos y a la documentación complementaria podrá realizarse en la siguiente página web: xxx.xxxxxxx.xxx
DEPARTAMENTO DE CONTRATACIÓN
Horario: de 08:00 a 14:00 horas
Gudarien enparantza 1 – 20120 Hernani
Tel. 000 000000 / Fax. 000 000000
e-mail: xxxxxxxxxxxx@xxxxxxx.xxx
Cada licitante no podrá presentar más de una proposición. No se podrá presentar ninguna propuesta en unión temporal con otros si se ha efectuado individualmente, o figurar en más de una unión temporal.
Las proposiciones deberán presentarse redactadas en cualquiera de los dos idiomas oficiales de la Comunidad Autónoma del País Xxxxx.
Las proposiciones presentadas con posterioridad no serán admitidas aunque conste que se entregaron en Correos antes de la finalización del plazo, salvo que se remita al Órgano de Contratación por telex o telegrama, la justificación de la fecha de remisión de la oferta en el mismo día que se envió por correo. El envío del anuncio por correo electrónico se ajustará a lo establecido en cuanto a su validez en el artículo
80.4 del Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas.
La presentación de proposiciones presume por parte del licitador la aceptación incondicionada de las cláusulas xxx Xxxxxx de Cláusulas Administrativas Particulares y en el de Condiciones Técnicas.
Las propuestas deberán presentarse en TRES sobres: En el sobre A se incluirá la documentación administrativa necesaria para poder participar; en el sobre B la referencia técnica y en el sobre C la propuesta económica, conforme al modelo que se adjunto al presente pliego. En cada uno de los sobres se indicará lo siguientes:
El título a inscribir es “PROPUESTA DE PARTICIPACIÓN EN LA CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE MANTENIMIENTO DE ZONAS VERDES, PARQUES, ÁRBOLES, JARDINES Y COMPOST”
Firma de quien licita o su representante, en todos los sobres.
Nombre y apellidos o denominación social de la empresa, en todos los sobres.
Además, en hoja independiente, cada sobre enunciará numéricamente su contenido documental.
El sobre “A” se subtitulará ”CAPACIDAD Y SOLVENCIA PARA CONTRATAR” y contendrá los siguientes documentos:
a) Documento Nacional de Identidad si quien licita actúa en nombre propio. En el caso de que actúe en representación de otra persona o entidad: Documento Nacional de Identidad y poder notarial bastanteado.
b) Cuando quien licita sea una persona jurídica, escritura de constitución o modificación, en su caso, debidamente inscrita en el Registro Mercantil y número de identificación fiscal, cuando la inscripción fuera exigible conforme a la legislación mercantil que le sea aplicable. Si no lo fuere, la acreditación de la capacidad de obrar se realizará mediante la escritura o documento de constitución, estatutos o acto fundacional, en el que constaren las normas por las que se regula su actividad, inscritos, en su caso, en el correspondiente Registro oficial. Cuando se trate de empresarios/as no españoles de Estados miembros de la Comunidad Europea, deberán acreditar su inscripción en un registro profesional o comercial cuando este requisito sea exigido por la legislación del Estado respectivo. O mediante la presentación de una declaración jurada o un certificado, de acuerdo con las disposiciones comunitarias de aplicación.
c) Declaración expresa responsable de quien licita de no estar incurso/a en ninguna de las prohibiciones de contratar enumeradas en el artículo 60 del Texto Refundido de la Ley de Contratos con las Administraciones Públicas. que comprenderá expresamente la circunstancia de hallarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes, salvo que se aporten certificaciones acreditativas de estas dos últimas circunstancias. (ANEXO I).
d) Acreditación de estar dado de alta en el I.A.E., en el epígrafe que corresponda al objeto del contrato, mediante la presentación del alta, si se refiere al ejercicio corriente, o del último recibo del I.A.E., en los demás casos, acompañada en ambos supuestos de una declaración responsable de no haberse dado de baja en la matrícula del referido impuesto.
e) Documento de acreditación de que la empresa licitadora tiene la calificación de Centro de empleo especial. Del mismo modo, deberá presentar el documento actualizado que acredite que está inscrito en el registro de centros de empleo especiales de la comunidad Autónoma correspondiente.
f) Justificantes de la solvencia económica, financiera y técnica o profesional de quien licita:
f-1) Justificación de la solvencia económica y financiera de quien licita se acreditará por uno o varios de los medios siguientes:
- Cifra anual de los negocios, o la cifra anual de los negocios realizados en el ámbito del contrato en los últimos tres años. Exigencia máxima: En ese plazo, en el año de máxima ejecución el valor estimado del contrato es del 75 .
Se verificará por medio de las cuentas anuales aprobadas y presentadas en el Registro Mercantil, o por las presentadas en el registro oficial en el que debe estar inscrito. Los empresarios individuales que no están inscritos en el registro mercantil lo certificarán por medio de los libros de inventario y cuentas anuales legalizadas por el Registro Mercantil.
La acreditación de este requisito se efectuará por medio de certificado expedido por el asegurador, en el que consten los importes y riesgos asegurados y la fecha de vencimiento del
seguro, y mediante el documento de compromiso vinculante de suscripción, prórroga o renovación del seguro, en los casos en que proceda.
Si, por una razón justificada, el empresario o empresaria no está en condiciones de presentar las referencias solicitadas, se le autorizará a acreditar su solvencia económica y financiera por medio de cualquier otro documento que se considere apropiado por el órgano de contratación.
f-2) Solvencia técnica. La solvencia técnica se acreditará de la siguiente forma:
- Relación de los servicios y trabajos principales realizados en los últimos cinco años: importe, fechas y el destinatario, público o privado, de los mismos. Los servicios o trabajos efectuados se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público o, cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por éste o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario; en su caso, estos certificados serán comunicados directamente al órgano de contratación por la autoridad competente. Exigencia mínima: El empresario deberá certificar la siguiente cantidad e durante el año de máxima ejecución dentro del plazo citado: El 75 del presupuesto anual del contrato, siempre deberá ejecutarse en servicios iguales al objeto del contrato (servicios permanentes dirigidos a adolescentes).
f-3) Clasificación de empresas. Solvencia, se puede acreditar con el certificado de clasificación de la empresa. Así, las empresas licitadoras que presenten la clasificación correspondiente no deberán presentar la documentación solicitada en los apartados f.1) y f.2), ya que la solvencia queda acreditada por la clasificación.
Las empresas licitadoras deberán tener la siguiente clasificación: Clasificación. Grupo 0, subgrupo 6 categoría c).
g) En el caso de que varios/as empresarios/as acudan a la licitación constituyendo una Unión Temporal de Empresas, cada una de las que la componen deberá acreditar su capacidad y su solvencia conforme a lo establecido en los puntos anteriores, y, asimismo, aportar el compromiso de constituirse formalmente en UTE en caso de resultar adjudicatarios/as. Igualmente, indicarán en la proposición la parte del objeto que cada miembro de la UTE realizaría, con el fin de determinar y comprobar los requisitos de solvencia de todos ellos.
h) Para las empresas extranjeras, declaración de someterse a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales españoles de cualquier orden, para todas las incidencias que de modo directo o indirecto pudieran surgir del contrato, con renuncia, en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponder a quien licita.
i) Documento de elección de medio preferente para notificaciones, Conforme al modelo que se adjunta en el anexo II.
Las circunstancias señaladas en las anteriores letras a), b) y c) podrán acreditarse mediante una certificación del Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas de la Comunidad Autónoma Vasca, del Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Estado o mediante un certificado comunitario de clasificación conforme a lo establecido en el art. 73 de la TRLCSP. En este caso, deberá acompañarse a la referida certificación una declaración responsable del licitador en la que manifieste que las circunstancias reflejadas en el correspondiente certificado no han experimentado variación.
Toda esta documentación se presentará en original, o copia debidamente compulsada.
El sobre “B” se incluirá “OFERTA TECNICA”:
Teniendo en cuenta los criterios de valoración, documentación suficiente para valorar los siguientes aspectos (criterios de adjudicación A de la cláusula 8).
En este sobre no se podrá incluir la propuesta económica, ni ningún dato relacionado con ella. Si se incluyen estos datos en el sobre B la empresa licitadora quedará excluida del proceso, y no se abrirá su sobre C.
El sobre “C” se subtitulará “PROPUESTA ECONÓMICA” y contendrá los siguientes documentos:
α) Proposición económica ajustada al siguiente modelo:
.......... D./Dña
Con domicilio en ……………………………………………………………………………………………. .
C. P. ................teléfono nº...........................................y D.N.I. nº............................
En plena posesión de su capacidad jurídica y de obrar, en nombre propio (o en representación de ……..
Con domicilio en……………………………………………………………………………………………. .
CP................, Teléfono .......... y DNI o CIF (según se trate de persona física o jurídica) nº ,
enterado/a del procedimiento abierto para la contratación de declaro:
1) Se compromete a realizar ……………………. € en el precio, más el 21 de IVA………….., total
……………..€ en el precio, se entenderá que en ese precio están incluidos todos los servicios, es decir, cualquier impuesto, gasto, tasa y xxxxx, así como el beneficio industrial del contratista.
2) Conozco el pliego de las condiciones técnicas, el pliego de las Condiciones Especiales de la Administración y
Los demás documentos que regulan este contrato, y que asumo expresamente y cumpliré completamente.
3) Que la empresa que represento cumplirá con las obligaciones que exige la normativa vigente Para poder abrir, instalar y funcionar correctamente.
4) Que asimismo, me obligo al cumplimiento de lo legislado o reglamentado en materia laboral y tributaria.
................En.............................., a...............de de 2017.
Firma
b) Junto con la propuesta económica recogida en el apartado anterior, los licitadores deberán presentar el anexo X xxx xxxxxx técnico en el sobre C: Cálculo del coste del material de ejecución
11. MESA DE CONTRATACIÓN
Será la Mesa de Contratación permanente del Ayuntamiento de Hernani.
Podrá asistir, además, todo el personal técnico municipal cuya presencia sea solicitada por la Mesa, para ejercer labores de asesoramiento.
12. CALIFICACIÓN DE DOCUMENTOS, SELECCIÓN DE EMPRESAS Y APERTURA DE PROPOSICIONES
Vencido el plazo de presentación de proposiciones, la Mesa calificará la documentación recibida en tiempo y forma (sobre “A”), procediendo, para ello, como se señala en el artículo 81 del RGLCAP.
A tal efecto, podrán pedirse aclaraciones o documentos complementarios sobre la capacidad y solvencia de las empresas licitadoras que habrán de aportarse, tal y como dispone el artículo 22 del Reglamento, en el plazo de cinco días naturales. La solicitud de aclaraciones o información complementaria será comunicada por la Mesa verbalmente a los interesados y las interesadas, anunciándose, igualmente, en el tablón de anuncios del órgano de contratación. En la misma forma comunicará la Mesa la existencia de vicios subsanables en la documentación presentada para que en el plazo, en este caso, de tres días hábiles las empresas licitadoras corrijan o subsanen los defectos observados.
La Mesa de Contratación procederá a la apertura pública del sobre “B” (propuesta técnica), y las remitirá al órgano encargado de su valoración, que deberá devolver el informe de valoración antes de la apertura pública de la proposición económica.
Posteriormente la Mesa de Contratación elevará la propuesta de adjudicación del contrato al órgano de contratación que haya de efectuar la misma.
13. ADJUDICACIÓN Y FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO
El contrato se llevará a cabo mediante adjudicación, que realizará el órgano de contratación en el plazo máximo de tres meses a contar desde el siguiente al de la apertura de proposiciones económicas. Previamente a la adjudicación, la persona propuesta como adjudicataria, en el plazo xx xxxx días hábiles contados desde el siguiente a aquel en que hubiera recibido el requerimiento, deberá realizar las siguientes actuaciones:
a) Constituir la garantía definitiva.
b) Presentar copia de la póliza del seguro de responsabilidad civil que cubra los daños que se pueda ocasionar durante la ejecución del contrato a las personas o instalaciones, incluida la defunción, por un importe de 800.000 €.
c) Pagar los gastos de los anuncios de licitación y de adjudicación (estos últimos a cuenta) tanto en los boletines oficiales como en otros medios de difusión.
d) Si el adjudicatario fuera una agrupación de empresas, deberá, antes de la firma del contrato, acreditar su constitución legal como Unión Temporal de Empresas y el CIF de la misma.
e) Cumplimentar lo previsto el pliego de condiciones sobre prevención de riesgos laborales para empresas. (Anexo III)
En el caso de falta de formalización del contrato por causas imputables al o a la contratista, la Administración puede acordar la resolución del mismo, previa audiencia del interesado, con indemnización de daños y perjuicios.
Cuando no proceda la adjudicación por no cumplimentarse adecuadamente el requerimiento en el plazo señalado, antes de proceder a una nueva convocatoria la Administración podrá efectuar una nueva adjudicación al licitador/a licitadores/as siguientes a aquél o aquella, por el orden en que hayan quedado clasificadas sus ofertas, siempre que ello fuese posible y que la nueva empresa adjudicataria haya prestado su conformidad. en cuyo caso se concederá a ésta un plazo xx xxxx días hábiles para cumplimentar lo señalado anteriormente.
Al amparo de lo previsto en el art. 155.2 del TRLCSP, en caso de renuncia a la celebración del contrato o desistimiento de este procedimiento acordado por el órgano de contratación antes de la adjudicación, la compensación de los gastos que la licitación haya ocasionado a quienes hayan licitado será fijada por esta Administración previa audiencia y justificación de aquellos/as.
Las proposiciones presentadas, tanto las declaradas admitidas como las rechazadas sin abrir o las desestimadas una vez abiertas, serán archivadas en su expediente. Adjudicado el contrato y transcurridos los plazos para la interposición de recursos, sin que se hayan interpuesto, la documentación que acompaña a las proposiciones quedará a disposición de los/las interesados/as.
Transcurrido el plazo de 1 mes desde que dicha documentación quede a disposición de los/las interesados/as, la Administración podrá disponer sobre la destrucción de la documentación aportada por las personas o empresas licitadoras cuando éstas no hayan procedido a su retirada.
El contrato se formalizará en documento administrativo que se ajuste con exactitud a las condiciones de la licitación, debiendo comparecer en el Ayuntamiento para ello.
En el caso de falta de formalización del contrato por causas imputables a la Administración, se indemnizará al o a la contratista de los daños y perjuicios que la demora le pudiera ocasionar.
PERFECCIONAMIENTO DEL CONTRATO
El contrato se formalizará en documento administrativo dentro del plazo de 30 días a contar desde el día siguiente al de la notificación de la adjudicación, constituyendo dicho documento título suficiente para acceder a cualquier registro público, pudiendo, no obstante, elevarse a escritura pública cuando lo solicite el contratista, siendo a su xxxxx los gastos derivados de su otorgamiento.
III.- EJECUCIÓN DEL CONTRATO
14. EJECUCIÓN DEL CONTRATO
La ejecución del contrato se realizará a riesgo y xxxxxxx del contratista.
El contrato se ejecutará con sujeción a las cláusulas contenidas en el presente pliego y a las especificaciones técnicas unidas al expediente, de conformidad con las indicaciones que el Ayuntamiento pueda proporcionar al/a la contratista para su interpretación.
La dirección e inspección de los trabajos se ejercerá por el o la técnico del Ayuntamiento.
15. OBLIGACIONES LABORALES DEL CONTRATISTA
El/la contratista está obligado/a al cumplimiento de las disposiciones legales vigentes en materia laboral, de Seguridad Social y de seguridad e higiene en el trabajo, quedando el Ayuntamiento exonerado de responsabilidad por este incumplimiento.
SUBROGACIÓN DE TRABAJADORES
Respecto a la subrogación de los trabajadores que están prestando el servicio, la empresa adjudicataria deberá aplicar la normativa laboral vigente en el momento de realizar la adjudicación.
Según el artículo 120 del testo Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, se recoge la relación de trabajadores que actualmente están dando el servicio, además de datos sobre la antigüedad y sobre derechos reconocidos. ANEXO IV
La empresa adjudicataria, mientras dure el contrato, deberá garantizar a los trabajadores las condiciones laborales que tienen consolidadas actualmente, especialmente, el sueldo, la jornada anual, el horario, permisos, etc.
En el caso de que termine la vigencia del convenio colectivo en la empresa o en el país, no afectará de ninguna manera en las condiciones laborales de los trabajadores del servicio adjudicado.
Los altibajos económicos que pueda haber en la empresa adjudicataria no afectará negativamente en las condiciones laborales de estos trabajadores.
La empresa adjudicataria estará obligada a cubrir todas las vacantes de personal operativo que puedan producirse por bajas laborales por enfermedad, accidente …, vacaciones, festivos cuando así esté previsto y en general cualquier tipo de absentismo. Y esas contrataciones se harán en las mismas condiciones de los trabajadores subrogados, tanto en sueldo, jornada laboral, permisos y demás condiciones.
El incumplimiento de cualquiera de estas obligaciones será causa de resolución del contrato.
El Ayuntamiento de Hernani no tendrá ninguna relación jurídica, laboral o de otro tipo con los trabajadores de la empresa adjudicataria, ni mientras dure éste contrato ni cuando éste termine. Por lo tanto, será por cuenta del adjudicatario todas las obligaciones, indemnizaciones y responsabilidades derivadas del contrato.
16. RESPONSABILIDAD DEL/DE LA CONTRATISTA POR LOS DAÑOS CAUSADOS A TERCEROS DURANTE LA EJECUCIÓN DEL CONTRATO
La empresa adjudicataria será responsable de los daños y perjuicios que se causen como consecuencia de las operaciones que requiera la ejecución del contrato, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 214 del TRLCSP, a cuyo efecto deberá suscribir una póliza de seguro de responsabilidad civil de seguro por importe de 800.000 euros.
Esta cobertura permanecerá en vigor durante toda la duración del contrato así como durante su prórroga, en su caso.
17. MODIFICACIONES DEL CONTRATO
El contrato podrá ser modificado hasta en un 20 de su presupuesto de licitación, al alza o a la baja, por sumar o restar nuevas zonas a mantener, por aumentar o disminuir, justificadamente, la frecuencia de los trabajos a realizar previstos en los pliegos, y por servicios especiales… Por lo tanto, la administración podrá modificar el contrato según estos criterios, sin que el adjudicatario tenga derecho a percibir ninguna indemnización, sin perjuicio de lo que se recoge en los artículos 106 y 108 del Texto Refundido de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas ( RDL 3/2011 de 14 de noviembre).
18. PLAZO DE GARANTÍA
Dada la naturaleza de este contrato no se prevé el establecimiento de un plazo de garantía
19. OBLIGACIONES GENERALES DEL CONTRATISTA
a) Responder de la correcta ejecución del contrato convenido, siendo responsable de la calidad de los servicios realizados, así como de las consecuencias que se deduzcan para el Ayuntamiento o para terceros de las omisiones, errores o métodos inadecuados en la ejecución del contrato, quedando exento de responsabilidad, cuando su desarrollo o ejecución se paralice a causa directa o indirecta del Ayuntamiento.
b) Aportar el personal adecuado para la prestación del servicio.
c) Ejecutar el contrato en la forma prevista en este Pliego y en los demás documentos que constituyen el contenido del mismo.
d) Respetar el objeto del contrato y los límites establecidos en el mismo, debiendo emitirse con la diligencia debida, garantizando en todo momento su correcta ejecución.
e) La observancia de las directrices emitidas por el Ayuntamiento.
f) El contrato se ejecutará por el contratista durante el plazo de duración del contrato, siendo de su cargo los gastos que se originen, así como todas las tasas y tributos que correspondan a la actividad objeto del contrato.
g) En cuanto al personal necesario para la ejecución del contrato, cumplir las disposiciones legales vigentes en materia de Seguridad Social y Seguridad y Prevención de Riesgos Laborales.
h) Poner en todo momento a disposición del servicio todo el personal preciso para su correcta ejecución y para cubrir todas las ausencias, bajas, etc. que se produzcan en el mismo.
i) El grupo adjudicatario presentará en el ayuntamiento la evaluación de los trabajos realizados cada mes, y al final de curso presentará la memoria de los trabajos realizados.
j) Lo establecido en el Pliego Técnico.
20. INFRACCIONES
Las infracciones que cometa el/la contratista en la ejecución del contrato podrán ser consideradas muy graves, graves o leves.
a) Serán consideradas como muy graves las infracciones siguientes:
1.- La demora en el comienzo de la prestación del servicio, o anulación del servicio, salvo causas de fuerza mayor.
2.- La no intervención inmediata tras la comunicación por parte del técnico responsable de alguna situación extraordinaria en el servicio.
3.- La prestación manifiestamente defectuosa o irregular de los trabajos.
4.- La desobediencia injustificada a las instrucciones del técnico responsable.
5.- El incumplimiento injustificado de cualquiera de las condiciones establecidas, sin perjuicio de las acciones posteriores que de ello se deriven.
b) Tendrán consideración de infracciones graves:
1.- Los incidentes del personal afecto a la empresa contratista con la ciudadanía, tanto por trato incorrecto como por deficiencia de la prestación del servicio.
2.- No facilitar la información solicitada por el ayuntamiento, para trabajos de control y dirección (partes de trabajo, TC1 y TC2, listados de trabajadores,…)
3.- La reiteración en la comisión xx xxxxxx leves.
c) Se considerarán como infracciones leves todas las demás no previstas anteriormente, y las que de algún modo signifiquen detrimento de las condiciones establecidas en este pliego y en el pliego técnico, con perjuicio no grave de los servicios.
El derecho de sancionar, de conformidad con lo señalado en los apartados anteriores, corresponde al Ayuntamiento.
21. SANCIONES
El régimen de sanciones para el/la contratista infractor/a es el siguiente:
En función del tipo de infracción, el Ayuntamiento podrá imponer al o a la contratista infractor/a las siguientes sanciones:
• Infracciones leves: Multas de entre 100 y 600 euros.
• Infracciones graves: Multas de entre 600 y 3.000 euros. La comisión de cinco infracciones graves podrá ser sancionada por el Ayuntamiento con la rescisión del contrato, incautación de la fianza o reclamación de daños y perjuicios.
• Infracciones muy graves: Multas de entre 3.000 y 6.000 euros. La comisión de cinco infracciones muy graves podrá ser sancionada por el Ayuntamiento con la rescisión del contrato, incautación de la fianza o reclamación de daños y perjuicios.
Los importes de las sanciones se actualizarán anualmente con referencia a las variaciones del Índice de Precios al Consumo del la Comunidad Autónoma del País Xxxxx publicado anualmente.
22. INTERVENCIÓN DEL SERVICO
Si del incumplimiento del contrato por parte del adjudicatario se derivare una perturbación en el servicio, o se produjera una lesión en los intereses de las personas usuarias, y el Ayuntamiento de Xxxxxxx no decidiera la resolución del contrato, este podrá acordar la intervención del servicio hasta que esas causas hubieran desaparecido y con independencia de las sanciones que conforme al apartado anterior sean procedentes.
Serán causa de intervención del servicio las siguientes:
o Infracciones en la prestación del servicio que perturben o alteren gravemente la calidad del servicio, sin llegar a su paralización.
o Desobediencia por parte del adjudicatario de las disposiciones establecidas por el Ayuntamiento sobre la prestación del servicio, cuando pongan en peligro la prestación del servicio o la seguridad de las personas usuarias.
o Las que causen lesiones a la seguridad, salubridad o los intereses legítimos de las personas usuarias.
o Cuando el servicio siga perturbado por causas fortuitas o de fuerza mayor que el adjudicatario no pueda superar por sus propios medios, la actuación subsidiaria de la Administración no tendrá carácter sancionador conforme al apartado anterior.
En ambos casos, la intervención del servicio podrá tener un carácter total o parcial respecto de las obligaciones incumplidas. La intervención del servicio durará hasta que el adjudicatario esté en condiciones, a criterio del Ayuntamiento de Xxxxxxx, de continuar con la gestión normal del servicio. Durante la intervención del servicio quedará suspendida la obligación de pago por parte de la Administración.
23. CAUSAS DE RESOLUCION DEL CONTRATO
Son causas de resolución del contrato las establecidas en el los artículos 223 y 308 del TRLCSP, además el incumplimiento por el adjudicatario de cualquiera de las obligaciones consignadas en este Pliego.
24. CESIÓN DEL CONTRATO
El/la contratista no podrá sin previa autorización expresa del Ayuntamiento, ceder ni traspasar los derechos y obligaciones derivadas del contrato, a otra persona o entidad.
El/la contratista tampoco podrá subcontratar con terceros la realización parcial de la prestación, salvo que el Ayuntamiento lo autorice expresamente.
25. PRERROGATIVAS DEL AYUNTAMIENTO
Corresponden al Ayuntamiento las prerrogativas interpretar el contrato, resolver las dudas que ofrezca su cumplimiento, modificarlo por razones de interés público, acordar su resolución y determinar los efectos de ésta, dentro de los límites y con sujeción a los requisitos y efectos establecidos en el Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley 30/2007 de Contratos del Sector Público, y por el Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento general de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas.
26. REQUERIMIENTOS LINGÜÍSTICOS:
α) Capacitación lingüística:
El personal que la empresa adjudicataria designe para llevar a cabo su trabajo de relación con el ayuntamiento deberá estar capacitado para trabajar en las dos lenguas oficiales, y deberá justificar obligatoriamente el nivel 3 o su equivalente el Marco Europea de Referencia.
Modo de acreditación:
La competencia lingüística podrá ser acreditada documentalmente, mediante títulos reglados por la administración, HABE, títulos de la Escuela Oficial de Idiomas o títulos expedidos por el Departamento de Educación.
En caso de no tener título, se tendrán en cuenta los siguientes documentos:
En el caso de las personas candidatas matriculadas en un euskaltegi, se admitirán los certificados expedidos por el euskaltegi, en los que se certificará el nivel de euskera de la persona candidata a esta contratación.
Desde el año 2006 el Ayuntamiento está realizando pruebas para evaluar el nivel de euskera para contratar servicios. En el caso de que la persona candidata haya realizado alguna de estas pruebas, se tendrá en cuenta el nivel conseguido en las mismas.
Se tendrán en cuenta los resultados obtenidos en pruebas realizadas por otras instituciones públicas de la Comunidad Autónoma Vasca. Ello se certificará por escrito realizado por la institución correspondiente.
La persona candidata que haya realizado los estudios en el modelo D de enseñanza tiene probada la competencia lingüística equivalente al Marco de Referencia Europeo B1 y B2 tanto a nivel escrito como verbal. Ello se certificará mediante certificado realizado por el centro escolar.
El Ayuntamiento realizará pruebas para medir el nivel de euskera al personal de la empresa propuesta como adjudicataria, en el caso de que no tengan acreditado el nivel de euskera exigido para esta contratación. Las pruebas se realizaran el día, hora y lugar concretados por el ayuntamiento.
El Servicio de Euskera del Ayuntamiento será el encargado de organizar las pruebas oportunas para evaluar el nivel de euskera de dichas personas. Para ello el Servicio de Euskera se pondrá en contacto con la empresa. La empresa se hará cargo de los gastos que puedan ocasionar dichas pruebas.
La contratación no se podrá formalizar hasta que el Servicio de Euskera emita informe favorable.
En el caso de que la empresa propuesta para la adjudicación del contrato no acredite la competencia lingüística, el ayuntamiento valorará la capacidad de euskera de la empresa que ha quedado en segundo lugar en el concurso. Y así sucesivamente.
Una vez realizada la contratación, en el caso de que se sustituya personal con nivel de euskera acreditado, o una nueva persona se incorpore al servicio, quien lo sustituya o quien se incorpore deberá cumplir los requerimientos lingüísticos recogidos en este texto. Cada vez que se incorpore al servicio una nueva persona, la empresa comunicará al Ayuntamiento el nombre y apellidos de la misma y el nivel de euskera que tiene acreditado. Antes de que la nueva persona comience a ejercer su trabajo la empresa deberá obtener el informe favorable del Ayuntamiento.
b) Lengua a utilizar en el servicio:
La empresa adjudicataria procederá a la hora de ofrecer el servicio de acuerdo con la planificación del Ayuntamiento en cuanto a regulación de la actividad lingüística.
1) Paisaje lingüístico
Los rótulos, señalización, avisos, carteles y resto de comunicaciones de carácter general que instale la empresa adjudicataria al prestar el servicio, se hará en euskera en los siguientes casos:
• Cuando la grafía de las palabras sea similar en euskera y en castellano.
• Cuando los mensajes vayan acompañados de pictogramas que los hagan comprensibles.
• Cuando se trate de palabras de uso extendido (musika eskola, kultur etxea…)
Cuando los tres casos anteriores no son posibles, se hará de forma bilingüe, dando prioridad al euskera, previa conformidad del Ayuntamiento.
2) Lengua a utilizar en la relación entre el Ayuntamiento y la empresa:
Tanto la relación verbal —reuniones, consultas…- como la escrita –facturas, informes…- .será en euskera.
c) Seguimiento de los requerimientos lingüísticos e incumplimiento:
Será responsabilidad del departamento que ha impulsado la contratación hacer el seguimiento para la verificación del cumplimiento de los requerimientos lingüísticos.
El incumplimiento de estos requerimientos lingüísticos podrá dar lugar a la aplicación de penalidades, de conformidad con el artículo 212 de la Ley de Contratos del Sector Público, Y el incumplimiento continuado podrá dar lugar a la resolución del contrato, de conformidad con el artículo 223. f del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.
27. CONDICIONES ESPECIALES PARA EJECUTAR EL CONTRATO
Según el artículo 118 del TRLCSP, las condiciones especiales para la ejecución del contrato serán las siguientes:
a) CLAÚSULAS PARA PROMOVER LA IGUALDAD ENTRE HOMBRES Y MUJERES
Fase de adjudicación. CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN
- Introducir la perspectiva de género en la oferta presentada.
- Se valorará el compromiso de la empresa adjudicataria de cuantas mujeres va a emplear en la ejecución del contrato.
Fase de ejecución. Condiciones de ejecución:
- La empresa adjudicataria deberá aplicar medidas para la promoción de la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres al realizar la prestación, según se recoge en el artículo 20 de la ley 4/2005 de 18 de febrero sobre la igualdad entre mujeres y hombres. Entre esas medidas están, obligatoriamente, la realización y aplicación de un plan de igualdad.
- LA empresa adjudicataria deberá concretar las medidas que tomará para garantizar la igualdad entre mujeres y hombres en el trabajo, clasificación profesional, Promoción, durabilidad,
formación, caducidad, sueldo, calidad y estabilidad laboral, duración y organización de la jornada laboral,
- La empresa adjudicataria facilitará que la vida personal, familiar y profesional de todas las personas adscritas al contrato sea compatible, tomando medidas que se adecuen a las necesidades, situaciones y carencias que puedan surgir durante la ejecución del contrato.
- Para ejecutar el contrato se deben contratar nuevos trabajadores, y si en la plantilla adscrita al contrato hay un desequilibrio entre mujeres y hombres, y por lo tanto, hay menos mujeres, habrá que contratar por lo menos una mujer o se le hará contrato indefinido a una mujer con contrato temporal. Se entenderá que hay desequilibrio entre hombres y mujeres cuando las mujeres son el
40 de todos los trabajadores.
- La empresa adjudicataria tendrá que tener presente la perspectiva de género en los informes, escritos, recogida de datos, estadísticas, etc. que realice.
- En la documentación, anuncios, imágenes o cualquier otro material creado en la ejecución del contrato la empresa o institución adjudicataria realizará un uso no sexista del lenguaje, no hacer uso de imágenes discriminadoras para la mujer o estereotipos sexistas e utilizará imágenes que impulsen la igualdad, la presencia equilibrada, la corresponsabilidad y la pluralidad de roles e identidades de género.
β) 26. CONDICIONES LINGÜÍSTICAS RECOGIDAS EN EL APARTADO 26.
χ) OBLIGACIONES LABORALES DEL APARTADO 15
IV.- NATURALEZA, REGIMEN JURIDICO Y JURISDICCION COMPETENTE
28. NATURALEZA Y REGIMEN JURIDICO
El contrato que en base a este pliego se realice, tendrá carácter administrativo y en todo lo no previsto en él se estará a las normas aplicables en materia de contratación de las administraciones públicas
En caso de contradicción entre el presente Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares y el resto de la documentación técnica unida al expediente, prevalecerá lo dispuesto en este Pliego.
29. PROTECCIÓN DE DATOS DE CARÁCTER PERSONAL
En el caso de que la presente contratación implique el acceso a datos de carácter personal, el o la contratista deberá cumplir las obligaciones derivadas de la Disposición Adicional Trigésimo Primera de la LCSP, en relación con la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, y su normativa de desarrollo.
30. JURISDICCION COMPETENTE
Las cuestiones litigiosas que se deriven del contrato se entenderán sometidas a la jurisdicción contencioso- administrativa, no obstante lo cual, las partes pueden acordar el sometimiento de sus litigios a arbitraje, conforme a lo establecido en la legislación vigente.
Las cuestiones litigiosas surgidas sobre la interpretación, modificación, resolución y efectos del contrato serán resueltas por el órgano de contratación, cuyos acuerdos pondrán fin a la vía administrativa y contra los mismos habrá lugar a recurso contencioso-administrativo, conforme a lo prevista por la Ley reguladora
de dicha jurisdicción, sin perjuicio de que los interesados puedan interponer recurso potestativo de reposición, previsto en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992 de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Hernani, julio de 2017.
A) OBJETO DEL CONTRATO |
Adjudicación del SERVICIO DE MANTENIMIENTO DE ZONAS VERDES, PARQUES, ÁRBOLES, JARDINES Y COMPOST. |
B) PRESUPUESTO DE LA LICITACIÓN Y FINANCIACIÓN |
El precio máximo de licitación será de 413.223,14 euros anuales (más IVA). Valor estimado del contrato: 1.652.892,56 € El cual podrá ser mejorado por quienes se presenten a la licitación. Partida Presupuestaria: 1 05.227.99.171.00 2017 |
C) PLAZO DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO |
El plazo del contrato será de dos (2) años; desde el 01/11/2017 y prorrogable año tras año, como máximo por 2 años. |
D) REVISIÓN DE PRECIOS |
No procederá la revisión de precios. |
E) DOCUMENTACIÓN ACREDITATIVA DE LA SOLVENCIA ECONÓMICA, FINANCIERA Y TÉCNICA O PROFESIONAL O, EN SU CASO, CLASIFICACIÓN. |
f-1) Justificación de la solvencia económica y financiera de quien licita se acreditará por uno o varios de los medios siguientes: - Cifra anual de los negocios, o la cifra anual de los negocios realizados en el ámbito del contrato en los últimos tres años. Exigencia máxima: En ese plazo, en el año de máxima ejecución el valor estimado del contrato es del 75 . Se verificará por medio de las cuentas anuales aprobadas y presentadas en el Registro Mercantil, o por las presentadas en el registro oficial en el que debe estar inscrito. Los empresarios individuales que no están inscritos en el registro mercantil lo certificarán por medio de los libros de inventario y cuentas anuales legalizadas por el Registro Mercantil. |
La acreditación de este requisito se efectuará por medio de certificado expedido por el asegurador, en el que consten los importes y riesgos asegurados y la fecha de vencimiento del seguro, y mediante el documento de compromiso vinculante de suscripción, prórroga o renovación del seguro, en los casos en que proceda. Si, por una razón justificada, el empresario o empresaria no está en condiciones de presentar las referencias solicitadas, se le autorizará a acreditar su solvencia económica y financiera por medio de cualquier otro documento que se considere apropiado por el órgano de contratación. f-2) Solvencia técnica. La solvencia técnica se acreditará de la siguiente forma: - Relación de los servicios y trabajos principales realizados en los últimos cinco años: importe, fechas y el destinatario, público o privado, de los mismos. Los servicios o trabajos efectuados se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público o, cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por éste o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario; en su caso, estos certificados serán comunicados directamente al órgano de contratación por la autoridad competente. Exigencia mínima: El empresario deberá certificar la siguiente cantidad e durante el año de máxima ejecución dentro del plazo citado: El 75 del presupuesto anual del contrato, siempre deberá ejecutarse en servicios iguales al objeto del contrato (servicios pemanentes dirigidos a adolescentes). f-3) Clasificación de empresas. Solvencia, se puede acreditar con el certificado de clasificación de la empresa. Así, las empresas licitadoras que presenten la clasificación correspondiente no deberán presentar la documentación solicitada en los apartados f.1) y f.2), ya que la solvencia queda acreditada por la clasificación. Las empresas licitadoras deberán tener la siguiente clasificación: Clasificación. Grupo 0, subgrupo 6 categoría c). |
F) PLAZO DE PRESENTACIÓN DE PROPOSICIONES |
En el Departamento de Contratación y Patrimonio de este Ayuntamiento, de lunes a viernes en horario de 8:00 a 14:00 Plazo: CUARENTA (40) DÍAS NATURALES desde la fecha de envío del anuncio al Boletín Oficial de la Unión Europea. La fecha exacta se concretará en el perfil de la contratación. El anuncio también se publicará en el órgano del perfil del contratante y se podrá consultar en esta página web y portal y el acceso a los pliegos y a la documentación complementaria podrá realizarse en la siguiente página web: xxx.xxxxxxx.xxx DEPARTAMENTO DE CONTRATACIÓN Horario: de 08:00 a 14:00 horas Gudarien enparantza 1 – 20120 Hernani Tel. 000 000000 / Fax. 000 000000 |
G) CRITERIOS PARA LA ADJUDICACIÓN DEL CONCURSO |
Forma de adjudicación del contrato: procedimiento abierto y tramitación ordinaria. Los criterios que han de servir de base para la adjudicación serán los siguientes (máximo 100 puntos): A. PROYECTO TÉCNICO (máximo 45 puntos) El proyecto a evaluar no superará las 25 páginas (por las dos caras), más la portada, el índice y los anexos. Las propuestas deberán seguir el siguiente esquema: |
• Calidad técnica (máximo 30 puntos) - Organización de los trabajadores: Propuesta y organización de trabajadores asignados a los trabajos, descripción detallada de los trabajadores, cualitativa y cuantitativa, junto con la experiencia profesional y curriculum de los técnicos y responsables del grupo; trabajos previstos, turnos, organigrama, zonas adjudicadas, política de personal, formación, sustituciones y absentismo. - Medios técnicos: Maquinaria, vehículos y herramientas para cada brigada, señalando el año de adquisición, plan de mantenimiento, maquinaria adscrita especialmente al servicio de Hernani y posibilidad de uso en momentos concretos en que haya necesidad de la maquinaria que pueda tener la empresa, mini retroexcavadoras, camión grúa, etc. En la oferta económica se deberá concretar que día/año estará disponible dicha maquina al servicio de este contrato. En el anexo II se añade el listado de la maquinaria que puede aprovechar la nueva contrata. • Plan de realización de trabajos (15 puntos) Plan de trabajo de cada uno de los equipos, zonas asignadas, frecuencias y tipo de trabajo a realizar. Programa de actualización e inventario de la documentación informatizada Informatización del seguimiento, registro y control de los trabajos realizados en cada una de las zonas verdes, jardinería y arbolado de la ciudad, por cada uno de los equipos de trabajo que sea compatible con los sistemas informáticos del Ayuntamiento. Programa de inspección y vigilancia. 8. PROPOSICIÓN ECONÓMICA: 55 puntos (máximo) La valoración de la oferta económica corresponde al coste anual de los trabajos incluidos en el canon, y en estos siempre está incluido, para cualquier cosa, el precio de la contrata y las cuotas correspondientes a los impuestos de cualquier concepto, especialmente, el impuesto de valor añadido de la normativa vigente. Habrá que desglosar la propuesta económica según la estructura del anexo X xxx xxxxxx técnico, con el objetivo de limitar y facilitar la comparación entre distintas propuestas económicas. Se otorgará la puntuación más alta a la propuesta que más se acerque a la media aritmética. Se le dará como máximo 55 puntos, a las ofertas que estén por encima de la media del método de puntuación: Pi=(Vm/Vi) x P Donde: Pi= los puntos que se le dan a la oferta sobre 50. Vm= Cantidad de media aritmética de todas la ofertas aceptadas. Vo= Cantidad de la oferta. P= Puntuación máxima adjudicada. A las ofertas que queden por debajo de la media se les restaran puntos proporcionalmente: Pi=1/(Vm/Vi) x P -No se aceptará ninguna propuesta económica que no esté redactada según el modelo exigido. -Los errores aritméticos que se detecten al desglosar el precio de la oferta se decidirán teniendo en cuenta el precio total y el tipo de IVA que le es aplicable, calculando el precio base y el desglose del IVA. |
H) GARANTÍAS |
La empresa adjudicataria del contrato, a fin de garantizar el cumplimiento de las obligaciones contraídas, está obligada a constituir una garantía definitiva por importe equivalente al 5 del precio de adjudicación (IVA excluido). |
I) PLAZO DE GARANTÍA |
No se establece, teniendo dada la naturaleza del contrato. |
J) CONDICIONES ESPECIALES PARA EJECUTAR EL CONTRATO a) CLAÚSULAS PARA PROMOVER LA IGUALDAD ENTRE HOMBRES Y MUJERES |
Fase de preparación. Convocatoria y aprobación. Obligaciones. Respecto a la aplicación del principio de igualdad entre hombres y mujeres, se incluiran las instituciones sancionadas por discriminar por razón de sexo, en el periodo del cumplimiento de la pena. Fase de adjudicación. CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN - Introducir la perspectiva de género en la oferta presentada. - Se valorará el compromiso de la empresa adjudicataria de cuantas mujeres va a emplear en la ejecución del contrato. Fase de ejecución. Condiciones de ejecución: - La empresa adjudicataria deberá aplicar medidas para la promoción de la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres al realizar la prestación, según se recoge en el artículo 20 de la ley 4/2005 de 18 de febrero sobre la igualdad entre mujeres y hombres. Entre esas medidas están, obligatoriamente, la realización y aplicación de un plan de igualdad. - LA empresa adjudicataria deberá concretar las medidas que tomará para garantizar la igualdad entre mujeres y hombres en el trabajo, clasificación profesional, Promoción, durabilidad, formación, caducidad, sueldo, calidad y estabilidad laboral, duración y organización de la jornada laboral, - La empresa adjudicataria facilitará que la vida personal, familiar y profesional de todas las personas adscritas al contrato sea compatible, tomando medidas que se adecuen a las necesidades, situaciones y carencias que puedan surgir durante la ejecución del contrato. - Para ejecutar el contrato se deben contratar nuevos trabajadores, y si en la plantilla adscrita al contrato hay un desequilibrio entre mujeres y hombres, y por lo tanto, hay menos mujeres, habrá que contratar por lo menos una mujer o se le hará contrato indefinido a una mujer con contrato temporal. Se entenderá que hay desequilibrio entre hombres y mujeres cuando las mujeres son el 40 de todos los trabajadores. - La empresa adjudicataria tendrá que tener presente la perspectiva de género en los informes, escritos, recogida de datos, estadísticas, etc. que realice. - En la documentación, anuncios, imágenes o cualquier otro material creado en la ejecución del contrato la empresa o institución adjudicataria realizará un uso no sexista del lenguaje, no hacer uso de imágenes discriminadoras para la mujer o estereotipos sexistas e utilizará imágenes que impulsen la igualdad, la presencia equilibrada, la corresponsabilidad y la pluralidad de roles e identidades de género. -b) CONDICIONES LINGÜÍSTICAS RECOGIDAS EN EL APARTADO 26. -c) OBLIGACIONES LABORALES DEL APARTADO 15 |
ANEXO I
Modelo de declaración responsable [Cuando se trata de persona natural o física]
.................D/Xx..........................................................................................., mayor de edad, con D.N.I.
nº................. y domicilio en.............................................................................. en representación
de ............................................., con N.I.F. ....................... [Tel................. Fax….................] declara estár
facultado/a para contratar con la Administración Pública, ya que teniendo plena capacidad de obrar, no se halla incurso/a en ninguna de las circunstancias previstas en el artículo 60 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector
Público. En particular, declara expresamente no haber sido sancionado/a con carácter firme por infracción muy grave en materia de seguridad y salud en el trabajo, de conformidad con lo establecido en el artículo 60 C del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.
Asimismo, declara
• hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes, con el alcance que previenen los artículos 13 y 14 del RGLCAP (RD 1098/2001, 12 de octubre).
• estar dado de alta en el impuesto sobre actividades económicas en el epígrafe correspondiente al objeto del contrato y no haberse dado de baja en la matrícula del citado impuesto.
En caso de resultar adjudicatario/a, [*] Se autoriza/No se autoriza la cesión a la administración pública contratante de la información que acredite el cumplimiento de todas las obligaciones tributarias con la Diputación Xxxxx de Gipuzkoa.
[Lugar, fecha y firma]
[Cuando se trata de Sociedad o Persona Jurídica]
.................D/Xx..........................................................................................., mayor de edad, con D.N.I.
nº................. y domicilio en.............................................................................. [Tel................. Fax ]
declara estar facultado/a para dar cumplimiento el contrato o, en representación de la empresa a la que representa, para contratar con la Administración Pública, ya que teniendo plena capacidad de obrar, no se hallan incurso/a en ninguna de las circunstancias previstas en el artículo 60 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.. En particular, declara expresamente no haber sido sancionado/a con carácter firme por infracción muy grave en materia de seguridad y salud en el trabajo, de conformidad con lo establecido en el artículo 60 c) del Testo Refundido Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.
Asimismo, declara
• hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes, con el alcance que previenen los artículos 13 y 14 del RGLCAP (RD 1098/2001, 12 de octubre).
• estar dado de alta en el impuesto sobre actividades económicas en el epígrafe correspondiente al objeto del contrato y no haberse dado de baja en la matrícula del citado impuesto.
En caso de resultar adjudicatario/a, [*] Se autoriza/No se autoriza la cesión a la administración pública contratante de la información que acredite el cumplimiento de todas las obligaciones tributarias con la Diputación Xxxxx de Gipuzkoa.
[Lugar, fecha y firma]
(*) Tachar lo que no proceda
ANEXO II
MEDIO A EFECTOS DE NOTIFICACIONES
....................... ....................... D./Dña. .........................., mayor de edad, con DNI nº actuando
en nombre propio o en representación de la(s) empresa(s) .............................................., de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59 de la LRJAP-PAC, señala medio como preferente a efectos de cualquier notificación que el Ayuntamiento deba realizar con motivo de esta licitación (título.:. ) el siguiente:
…………………………………………….
Correo electrónico:
Se indican, además, lo siguientes datos:
Teléfono(s): ………………………………………………………..
Fax: ………………………………………………
(Empresas) - NIF de la(s) empresa(s): …………………………………………….
(Personas físicas) - DNI de quien licita: ..............................................
Nota: la dirección de correo electrónico será totalmente válida para las notificaciones.
................En.............................., a...............de de 20…
Firma:
ENPRESEK LANEKO ARRISKUEN PREBENTZIOARI BURUZ BETE BEHARREKO BALDINTZA-AGIRIA, PROZEDURA IREKIA, PROZEDURA MURRIZTUA, PROZEDURA NEGOZIATUA EDO LEHIA-ELKARRIZKETA BIDEZKO ZERBITZU KONTRATUETARAKO. Baldintza agiri honen helburua hau da: Hernaniko Udalaren zentroetan edo, beste zentro batzuetan baina Hernaniko Udalaren kontura, lan egite aldera prozedura ireki bidez, prozedura murriztu bidez, prozedura negoziatu bidez edo lehia-elkarrizketa bidez esleitzen diren zerbitzu guztietako kontratistek laneko arriskuak prebenitzeko gaiaren inguruan bete beharreko obligazioak finkatzea. Baldintza agiri hau administrazioko kontratuarekin batera joango da eta orri bakoitzaren bi aldeetan sinatua egongo da. Enpresa kontratistak lan arloan, gizarte segurtasun arloan eta laneko arriskuen prebentzio arloan indarrean dauden xedapenak bete behar ditu, eta bereziki hauek: 1.- Egin beharreko lanak lan-ordenantza edo lan- hitzarmenen baten baitan egitekoak xxxxxx badira, enpresa kontratistak dagokion lan-ordenantzan edo lan-hitzarmenean ezarritakoak bete behar ditu. 2.- Enpresak kontratistak hartu beharreko neurriak hartu behar ditu langileen bizitzan, osotasun fisikoan nahiz osasunean eragin dezaketen arriskuei aurre hartzeko. 3.- Horrez gain, indarrean dagoen araudiak laneko arriskuen prebentzioari buruz ezartzen dituen betebeharrak ere beteko ditu. | PLIEGO DE CONDICIONES PARA EMPRESAS EN MATERIA DE PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES PARA CONTRATOS DE SERVICIOS MEDIANTE PROCEDIMIENTO ABIERTO, PROCEDIMIENTO RESTRINGIDO, PROCEDIMIENTO NEGOCIADO Y DIALOGO COMPETITIVO El presente PLIEGO DE CONDICIONES tiene por objeto fijar las obligaciones que en materia de Prevención de Riesgos Laborales deben de cumplir los contratistas de todos los servicios adjudicados por procedimiento abierto, procedimiento restringido, procedimiento negociado y dialogo competitivo y que realicen su actividad en centros de Hernaniko Udala o en otros centros cuando actúan por cuenta del Hernaniko Udala. El presente PLIEGO se anexará al contrato administrativo y firmado por ambas partes en cada una de sus hojas. La empresa contratista está obligada al cumplimiento de las disposiciones vigentes en materia laboral, de seguridad social y de prevención de riesgos laborales, y en particular: 1.- Cuando las prestaciones a desarrollar estén sujetas a ordenanza laboral o convenio colectivo, la empresa contratista está obligada a cumplir con las disposiciones de la ordenanza laborales y convenio colectivo correspondiente. 2.- La empresas contratista adoptará cuantas medidas de prevención de riesgos laborales fueren de pertinente obligación o necesarias en orden a una adecuada prevención de los riesgos que puedan afectar a la vida, integridad y salud de las personas trabajadoras. 3.- Cumplirá, así mismo, las obligaciones en materia de prevención de riesgos laborales establecidas por la normativa vigente. |
I. JAKINARAZTEKO BETEBEHARRA 1. Eskaintza-fasea Kontratistak honako hau jakinarazi beharra dauka eskaintzan: 1.1.- Azaroaren 14ko 3/2011 Errege Dekretu Legegilearen bidez araututako Sektore Publikoaren Kontratuen Legearen Testu Bateratuaren 60. artikuluaren arabera administrazioarekin | I. DEBER DE COMUNICACIÓN. 1. Fase de oferta El contratista viene obligado a comunicar en su oferta: 1.1.- Declaración responsable de que no está incurso en prohibición de contratar con la Administración, conforme al artículo 60 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba |
kontratatzeko debeku pean ez dagoela dioen adierazpen arduratsua, espresuki artikulu horren 1.c) atala aipatuz, hau da, lan arriskuen prebentzioaren alorrean xxxx hauste oso larria egiteagatik zigor irmorik jaso ez duela. 1.2.- Honako hauek bermatzeko zinpeko aitorpena: 1. Badaukala Prebentzio Plana, Lan- Arriskuen Prebentziorako Legean eta haren garapenerako xedapenetan ezarritakoaren araberakoa. 2. Hernaniko Udalaren instalazioetan lan egingo duten langileen lanpostuetako Arriskuen Ebaluazioa egina daukala, eta arriskuak saihesteko prebentzio eta babes neurriak badauzkala. 3. Enpresaren langileek gure instalazioetan egin beharreko lanen ondorioz Hernaniko Udaleko edo beste enpresetako langileei eragin diezaieketen arriskurik sortuz gero, horien berri emango duela. 4. Enpresa kontratistak Hernaniko Udalean lan egingo duten bere langileei lanpostuaren arrisku orokor eta zehatzei buruzko formazioa eta informazioa emango diela. 5. Enpresak bere langileei lan zentroko arriskuei eta hartu beharreko neurriei buruzko informazioa emango diela, eta larrialdietan egin beharrekoari buruzkoa. Hori guztia, Hernaniko Udalak emango dion informazioan oinarrituta. 6. Enpresak langileei xxxxx xxxx egiteko behar dituzten babes kolektiboko neurriak eta norbera babesteko ekipoak emango dizkiela, bai eta lan ekipoak eta produktuak ere, behar bezala ziurtatuak eta indarrean dagoen legediaren araberakoak. 7. Kontratistaren kargu lan egingo duten langile guztiek, xxxxx xxxx egiteko beharrezkoa den gaitasuna izango dutela, eta, xxxx xxxxx izanez gero, ziurtagiri ofizialak eguneratuak dituztela. 8. Enpresa kontratistak bere kargura dituen langileen osasun azterketak egin dituela, ezarritako protokolo medikuekin eta arrisku espezifikoen arabera. 9. Kontratistak Hernaniko Udaleko lan zentroan xxxx beharreko errekurtso | el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, con expresa referencia al punto 1, letra c) del citado artículo, relativa a no haber sido sancionadas con carácter firme por infracción muy grave en materia de prevención de riesgos laborales 1.2.- Declaración jurada de: 1. Disponer de un Plan de Prevención acorde a lo dispuesto en la ley de Prevención de Riesgos Laborales y sus disposiciones de desarrollo. 2. Disponer de la Evaluación de Riesgos de los puestos de trabajo a desarrollar por los trabajadores de dicha empresa en las instalaciones de Hernaniko Udala, así como las medidas de prevención y protección necesarias para evitar dichos riesgos. 3. Que informará respecto a los posibles riesgos que afecten al personal de Hernaniko Udala o a personal de otras empresas concurrentes como consecuencia de las operaciones o trabajos que haya de realizar su personal en nuestras instalaciones. 4. Que la empresa formará e informará al personal que llevará a cabo las actividades en Hernaniko Udala de los riesgos generales y específicos de su puesto de trabajo. 5. Que la empresa suministrará al personal que llevará a cabo dichas actividades, la información sobre los riesgos del centro de trabajo y medidas preventivas, como las actuaciones en caso de emergencia, proporcionada por Xxxxxxxxx Xxxxx. 6. Que la empresa proporcionará a su personal tanto las medidas de protección colectiva, como los Equipos de Protección Individual (EPIs) necesarios para desarrollar sus tareas, así como los equipos de trabajo y productos, debidamente certificados y todo ello conforme a las exigencias legales y en vigor. 7. Que todo el personal que vaya a realizar trabajos por parte del contratista, tendrá la cualificación adecuada para ello, contando, si procede, con los certificados oficiales debidamente actualizados 8. Que la empresa ha realizado la Vigilancia de la Salud del personal a su cargo, conforme a los protocolos sanitarios establecidos y en función de los riesgos específicos. 9. Que la empresa designará los recursos |
prebentiboak izendatuko dituela, behar xxxxxx bada, Lan Arriskuen Prebentziorako 31/1995 Legearen esparru arauemailearen erreformarako 54/203 Legeak ezartzen duenaren arabera eta 39/1997 ED-ak eta horren aldaketa dakarren 604/2006 ED-ak xxxxxxxxxxxxxx xxxxxxx. 00. Langileei edota Hernaniko Udalaren instalazioetan dagoen edozein pertsonari osasunerako kaltegarria den edozein istripu edo gorabehera gertatzen bazaie, enpresa kontratistak Hernaniko Udalari idatziz berehala jakinaraziko diola. 11. Enpresa kontratistak azpikontraturik eginez gero, azpikontratatutako enpresek ere betebehar eta xxxxxx berdinak izango dituztela. Enpresa kontratistaren xxxxxx izango da azpikontratatutako enpresei behar den dokumentazioa eskatzea eta betebeharrak betetzen dituela ziurtatzea. 1.3.- Enpresak oinarrizko arriskuak prebenitzeko hartutako kudeaketa-sistema: Prebentziorako Berezko Zerbitzua, Kanpoko Prebentziorako Zerbitzua (esan zein) edo sistema mistoa (Kontzertu partziala Kanpoko Prebentziorako Zerbitzuarekin + bere gain hartutako jarduerak prebentziorako izendatutako langilearekin edota berezko teknikariarekin) | preventivos para su presencia en el centro de trabajo de Hernaniko Udala, cuando sea necesario conforme establece la Ley 54/203 de reforma del marco normativo de la Ley 31/1995 de Prevención de Riesgos Laborales y RD 39/1997 y su posterior modificación por el RD 604/2006. 10. Que la empresa facilitará mediante procedimiento escrito inmediato a Hernaniko Udala, información de cualquier incidente y/o accidente que signifique o pudiera haber significado daño para la salud tanto de su personal empleado como de cualquier persona presente en las instalaciones de Hernaniko Udala. 11. Que la empresa contratista en caso de realizar subcontrataciones, se hace extensivo las mismas obligaciones para éstas, siendo la empresa contratista la responsable de la recopilación de la documentación y de la vigilancia de su cumplimiento. 1.3.- Sistema de gestión de la prevención de riesgos laborales adoptado por la empresa: Servicio de Prevención propio, Servicio de Prevención Ajeno (decir cuál) o Sistema mixto (Concierto parcial con servicio de Prevención Ajeno + xxxxxxxx de algunas actividades mediante trabajador o trabajadora designada o técnico o técnica propia) |
2.- Exekuzio-fasea 2.1.- Jarduera hasi baino lehen Jarduera hasi baino lehen kontratistak honako hau jakinaraziko dio Hernaniko Udalari idatziz: 1. Kontratistak enpresan zerbitzua burutzeko izango duen arduradunaren izena, prebentzioko delegatuena eta lanean diharduten langileen izenen zerrenda, azpikontratetako langileena barne (izen- abizenak, nortasun agiria eta lanbide- prestakuntza adieraziko dira). 2. Arriskuen ebaluazioari lotutako baliabide prebentiboak behar dituzten lanpostu edota | 2.- Fase de ejecución 2.1.- Previo al inicio de la actividad Antes de iniciar su actividad en el centro de trabajo, el contratista deberá comunicar por escrito a Xxxxxxxxx Udala: 1. Designación del responsable del contratista en la empresa para llevar a efecto el servicio, así como Delegados de Prevención y relación nominal de los trabajadores que intervienen en los trabajos, incluidos los de subcontratas, con indicación de nombre y apellidos, documento nacional de identidad y cualificación profesional 2. Relación de puestos de trabajo y/o |
jardueren zerrenda. 3. Kontratuan parte hartuko duten langile guztiek, bai enpresa kontratistakoek bai eta azpikontratakoek ere, arrisku espezifikoei buruzko, babesteko neurriei buruzko eta larrialdietarako neurriei buruzko informazioa jaso dutela egiaztatzen duen agiria, eta beren lanak dituen arriskuen inguruan behar duten formazioa jaso dutela egiaztatzen duena. 2.2.- Zerbitzuaren exekuzio-fasean. Lanek irauten duten bitartean kontratistak enpresan duen arduradunak honako hau jakinaraziko dio kontratako arduradunari idatziz: 1. Kontrataren jardueran eragin dezakeen edozein aldaketa garrantzitsu edo langileen nahiz lanean ari diren zentroko langileen segurtasun eta osasunean eragin dezakeen edozein gorabehera. Idatzian aldaketa horrek kontratako nahiz enpresako langileen segurtasun eta osasunari lotuta sortu dituen beharren berri emango da. 2. Kontratako langileren batek istripurik izan xxxx, horren berri. Komunikazio idatzian istripuaren nondik-norakoak, lesioen ondorioak, arrazoiak eta istripuarekin lotuta egindako ekintzak azalduko dira. | actividades que requieran presencia de recursos preventivos vinculados a la evaluación de riesgos. 3. Documento acreditativo de que todo el personal que intervenga en la ejecución del contrato, tanto propio como xxxxx, haya recibido en el momento de la incorporación una información de riesgos específicos, medidas de protección y medidas de emergencia, así como, que haya recibido la formación necesaria sobre los riesgos que afectan a su actividad. 2.2.- Durante la fase de ejecución del servicio Durante la realización de los trabajos, el responsable del contratista en la empresa comunicará por escrito al responsable de la contrata por parte de la empresa: 1. Cualquier cambio significativo en la actuación por parte de la Contrata o cualquier incidente durante la realización del servicio que pueda afectar a la seguridad y salud de sus trabajadores o de los trabajadores del centro en el que realiza su trabajo. En el escrito se harán constar las necesidades, en orden a la seguridad y salud de los trabajadores de la Contrata y de la empresa, que implica tal cambio. 2. Cualquier accidente que sufra un trabajador de la Contrata. En el escrito de comunicación se harán constar las circunstancias del accidente, resultado de las lesiones, causas y acciones tomadas en relación con el mismo. |
II. KONTRATEN JARDUERA OBRAK EDO ZERBITZUAK IRAUTEN DUEN DENBORAN. 1. Kontratistaren aldetik lanen bat egin behar duen edonork horretarako prestakuntza egokia izango du, eta egokia bada, behar bezala eguneratutako ziurtagiri ofizialak izango ditu; era berean, Hernaniko Udalarentzat egiten duen lanari xxxxxxx xxxxxxxxxxxx xxx xxxxxxxxxx xxxxxxxx xxxxxx ditu, bereziki segurtasunari eta osasunari dagozkionak. 2. Enpresa "kontratistaren" langileak prebentziozko neurriak urratu izanaren ondorioz lan- administrazioko agintaritzak Hernaniko Udalari isunen bat jarriko balio, Hernaniko Udalak eskubidea izango du enpresa "kontratistaren" aurka dagozkion legezko ekintzak hasteko. | II. ACTUACIÓN DE LAS CONTRATAS DURANTE LA REALIZACIÓN DE LA OBRA O SERVICIO. 1.Todo el personal que vaya a realizar trabajos por parte del contratista, deberá tener la cualificación adecuada para ello, contando, en su caso, con los certificados oficiales debidamente actualizados, y deberá haber recibido la formación e instrucciones particulares respecto al trabajo que realiza para Hernaniko Udala en especial en todo lo relacionado con la seguridad y salud. 2. En el caso de que a Hernaniko Udala le fuera impuesta alguna sanción por parte de la autoridad laboral, como consecuencia del incumplimiento de medidas preventivas por parte del personal de la empresa “contratista”, Hernaniko Udala se reserva el derecho de emprender contra la empresa “contratista” las acciones legales oportunas. |
Aurreko paragrafoak dioena gorabehera, enpresa "kontratistak" prebentziozko neurriak beteko ez balitu, Hernaniko Udalak isun ekonomikoa jarri ahal izango dio enpresa "kontratistari", eta isun hori kontrataren aurrekontuaren 5 artekoa izan daiteke. Enpresa "kontratistak" behin eta berriz urratzen baditu aipatutako neurri horiek, Hernaniko Udalak eskubidea izango du uneko ordainketa eta ziurtagiriak atxikitzeko eta, halaber, kontratua amaitutzat emateko, enpresa "kontratistak" kalte- ordainak jasotzeko inolako eskubiderik izango ez duelarik. Gainera, Hernaniko Udalak enpresa "kontratistari" xxxx-hauste horretatik eratorritako kalteak eskatu ahal izango dizkio. 3. Kontratistak kontratatutako zerbitzua betetzeko erabiltzen dituen materialek eta ekipamenduak, hala norberaren babeserako nahiz babes kolektiborako materiala nola lanak burutzeko materiala, laneko arriskuak prebenitzeko indarrean dagoen araudia bete beharko dute, eta Hernaniko Udalak eskuragarri izango ditu hori horrela dela ziurtatzen duten ziurtagiriak. 4. Hernaniko Udalaren zentroren batean edo Hernaniko Udalan kontura lan egiten duten langile guztiek beren jarduerarako egokia den jantzia eramango dute, garbia eta txukuna. 5. Hernaniko Udalaren zentroren batean edo horren kontura lan egiten duen oro behar bezala identifikatua egongo da, eta baita ere ibilgailuak eta enpresan dauden denboran erabiliko dituzten ekipamenduak ere. 6. Ildo horretatik, egunean izan beharko ditu Gizarte Segurantzako, Langileen Mutualitateko eta Lan- istripuen Aseguruko kuotak. Langile guztiek ezagutuko dituzte honako datu hauek: • Enpresak kontratatua duen Lan-istripu eta Gaixotasun Profesionalen Mutualitatearen izena. • Zein osasun zentrotara eramango duten, behar izanez gero. | Independientemente de lo establecido en el párrafo anterior, en el caso de incumplimiento de medidas de prevención por parte de la empresa “contratista”, Hernaniko Udala podrá imponer a la empresa “contratista” una penalización económica hasta una cuantía máxima equivalente al 5 del presupuesto de contrata. En el caso de reiteración en el incumplimiento de dichas medidas por parte de la empresa “contratista”, Hernaniko Udala quedará facultada para retener los pagos y las certificaciones en curso, así como para resolver el contrato sin que la empresa “contratista” tenga derecho a indemnización alguna. Además, Hernaniko Udala podrá reclamar a la empresa “contratista” los daños y perjuicios que por tal incumplimiento puedan derivarse. 3.Todo el material y equipos, tanto de protección – tanto individual como colectiva- como para la ejecución de trabajos, que utilice el contratista durante la realización del servicio contratado, deberá cumplir con la normativa vigente en materia de prevención de riesgos laborales, debiendo estar a disposición de Hernaniko Udala los certificados que acrediten tal cumplimiento. 4.Todos los trabajadores que realicen su trabajo en un centro de Hernaniko Udala o por cuenta de éste, llevarán la indumentaria adecuada al trabajo que realizan, en estado de conservación limpieza y decoro apropiado. 5.Todo el personal que realice su trabajo en un centro de Hernaniko Udala o por cuenta de éste se encontrara claramente identificado así como sus vehículos y equipos que utilicen mientras se encuentran en la empresa. 6.Deberá mantener al día las cuotas de la Seguridad Social , Mutualismo Laboral y Seguros de Accidentes de Trabajo. Todos los trabajadores conocerán: • Nombre de la Mutua de Accidentes de Trabajo y Enfermedad Profesional a que se encuentra suscrita su empresa. • Centro sanitario al que debe ser trasladado en caso de necesidad |
ERANSKINA
DECLARACIÓN JURADA
Xxx, xx./and.,
helbide honetan bizi naizenak: ................................... ......................................
............. (................................) eta XXX zk. hau
dudanak: .........................................., enpresa honen ordezkari edo/eta administrazioko arduradun gisa: ............................................................
(helbidea: .....................................................................
IFZ )
ZIN EGITEN DUT:
1. enpresak
lan arriskuen prebentziorako gaur egungo irizpideak bere egin dituela eta kontuan izaten dituela, eta Lan Arriskuen Prebentziorako Legeak eta hura garatzeko xedapenek diotenarekin bat datorren prebentziorako plana ere baduela.
2. ..........................................enpresak Hernaniko
Udalarentzat lan egingo duten langileei beren laneko arriskuei buruzko informazioa eta arrisku horiek saihesteko behar diren prebentzio eta babes neurriei buruzko informazioa emango diela.
3. ...........................................enpresak Enpresaren
langileek Hernaniko Udalaren instalazioetan egin beharreko lanen ondorioz Hernaniko Udaleko edo beste enpresetako langileei eragin diezaieketen arriskurik sortuz gero, horien berri emango duela. Eta, horrez gain, enpresak bere langileei lan zentroko arriskuei eta larrialdietan egin beharrekoari eta hartu beharreko neurriei buruzko informazioa emango diela.
4. ...........................................enpresak Hernaniko
Udalean jardungo duten bere langileei xxxxx xxxxx xxxx burutzeko behar duten Segurtasun eta Osasun arloko formazioa emango diela.
5. ...........................................enpresak Hernaniko
Udalean jardungo duten bere langileei xxxxx xxxxx xxxx gauzatzeko egokiak eta beharrezkoak diren babes neurriak emango dizkiela, eta babes neurri horiek norbera babesteko ekipoentzat eta lan ekipoentzat indarrean dauden irizpide legalak betetzen dituztela.
6. Hernaniko Udalarentzat lan egingo duten enpresako
D/Dña con
domicilio en.....................................................
Calle y
con DNI nº...........................................................
Como representante y/o responsable de administración de la empresa con
domicilio social
en ......................................................................................
......................... y CIF............................................
DECLARO:
1. Que la empresa ha
incorporado los actuales criterios de prevención de riesgos laborales activamente a sus tareas, disponiendo de un Plan de Prevención acorde a lo dispuesto en la Ley de Prevención de Riesgos Laborales y sus disposiciones de desarrollo.
2. Que la empresa .........................................
informará a los trabajadores que llevarán a cabo las actividades para Xxxxxxxxx Udala acerca de los riesgos para la Seguridad y la Salud a los que estarán expuestos durante el desempeño de sus funciones y las medidas de protección y prevención aplicables a dichos riesgos.
3. Que la empresa .....................................................
informará respecto a los posibles riesgos que afecten al personal de Hernaniko Udala o a personal de otras empresas concurrentes como consecuencia de las operaciones o trabajos que haya de realizar su personal en las instalaciones de Hernaniko Udala, así mismo, informará a su personal sobre los riesgos del centro de trabajo, medidas preventivas y actuaciones en caso de emergencia, proporcionada por Hernaniko Udala.
4. Que la empresa .....................................................
formará a los trabajadores que llevarán a cabo las actividades para Hernaniko Udala en los aspectos de Seguridad y Salud relacionados con las tareas que vayan a llevar a cabo.
5. Que la empresa .....................................................
facilitará a los trabajadores que llevarán a cabo las actividades para Hernaniko Udala los medios de protección apropiados y necesarios para las tareas que vayan a llevar a cabo, y que éstos se ajustan a los criterios legales establecidos y en vigor para los equipos de protección individual y equipos de trabajo.
6. Que todo el personal de la empresa...............................................................
que llevarán a cabo las actividades para
langile guztiek behar den kualifikazioa daukatela, eta, behar izanez gero, hori egiaztatzen duten ziurtagiriak ere bai.
7. ......................................enpresak Hernaniko
Udaleko lan zentroan xxxx beharreko errekurtso prebentiboak izendatuko dituela, behar xxxxxx bada, Lan Arriskuen Prebentziorako 31/1995 Legearen esparru arauemailearen erreformarako 54/203 Legeak ezartzen duenaren arabera eta 39/1997 ED-ak eta horren aldaketa dakarren 604/2006 ED-ak ezarritakoaren arabera.
8. ................................. enpresak Hernaniko Udalari idatziz berehala jakinaraziko diola langileei edota Hernaniko Udalaren instalazioetan dagoen edozein pertsonari osasunerako kaltegarria den edozein istripu edo gorabehera gertatzen bazaie.
9. ............................enpresak azpikontraturik eginez gero, azpikontratatutako enpresek ere betebehar eta xxxxxx berdinak izango dituztela. .................................. enpresaren xxxxxx izango da azpikontratatutako enpresei behar den dokumentazioa eskatzea eta betebeharrak betetzen dituela ziurtatzea.
10. ....................................... enpresak Prebentziorako Zerbitzuen Arautegian ezarritako irizpideak betetzen dituela eta, horren ondorioz, prebentziorako zerbitzua bere egiten duela edo zeregin horiek prebentziorako kanpoko zerbitzu honekin kontratatu dituela......................
11. ...............................................enpresak Hernaniko
Udalarentzat lan egingo duten bere langileen osasun azterketak egin dituela, ezarritako protokolo medikuekin eta arrisku espezifikoen arabera.
12. ..........................................enpresak bere langileen lan ezbeharren kopuruak ikertzen eta kontrolatzen dituela.
13. ..........................................enpresak hitz ematen
duela Lan Arriskuen Prebentziorako 31/1995 Legeak 24 artikuluan koordinazio neurriei buruz agintzen duena eta urtarrilaren 30eko 171/2004 ED-ak 24. artikulu hori osatze aldera agintzen duena zorrotz beteko duela.
.............................., 201.....ko ......................xxx (a).
Sin.: .....................................................................
NAN:........................................
Hernaniko udala, cuenta con la cualificación adecuada para ello, contando, si procede, con los certificados oficiales debidamente actualizados.
7. Que la empresa .....................................................
designará los recursos preventivos para su presencia en el centro de trabajo de Hernaniko Udala, cuando sea necesario conforme establece la Ley 54/203 de reforma del marco normativo de la Ley 31/1995 de Prevención de Riesgos Laborales y RD 39/1997 y su posterior modificación por el RD 604/2006
8. Que la empresa ....................................................
facilitará mediante procedimiento escrito inmediato a Hernaniko Udala, información de cualquier incidente y/o accidente que signifique o pudiera haber significado daño para la salud tanto de su personal empleado como de cualquier persona presente en las instalaciones de Hernaniko Udala.
9. Que la empresa .....................................................
en caso de realizar subcontrataciones, se hace extensivo las mismas obligaciones para éstas, siendo la empresa la
responsable de la recopilación de la documentación y de la vigilancia de su cumplimiento.
10. Que la empresa .....................................................
cumple con los requisitos establecidos en el Reglamento de los Servicios de Prevención, y asume como propio el servicio de prevención o contrata dichas funciones con el Servicio de Prevención Ajeno ..................................................
11. Que la empresa ha
llevado a cabo un control de la vigilancia de la salud de los trabajadores que llevarán a cabo las actividades para Hernaniko Udala.
12. Que la empresa ...................................................
realiza el estudio y control de la siniestrabilidad de sus trabajadores.
13. Que la empresa .....................................................
se compromete al estricto cumplimiento de las medidas de coordinación previstas en el artículo
24 de la Ley 31/95 de Prevención de riesgos Laborales y R.D. 171/2004, de 30 de enero por el que se desarrolla el artículo 24 en materia de coordinación de actividades empresariales.
En............................ a ..............de ................ de 201....
Fdo...........................................................................
DNI........................................................................
ANEXO IV
RELACIÓN DE TRABAJADORES QUE HAY QUE SUBROGAR
• TRABAJADORES ASIGNADOS POR GUREAK BERDEAK PARA LOS TRABAJOS DE MANTENIMIENTO DE PARQUES, JARDINES, ÁRBOLES Y COMPOST DE HERNANI.
TRABAJAD ORES | CATEGORÍA | TIPO CONTRATO: | JORNADA | ANTIGÜEDAD | SUELDO ANUAL | ANTIGÜEDA D ANUAL | PLUS DE TRANSPORTE ANUAL | SEGURIDA D SOCIAL ANUAL |
1. A. E. G | TÉCNICO | INDEFINIDO | 50 | 2006/04/03 | 18.641,98 | 646,98 | 80,3 | 6.779,24 |
2. M .C. P | RESPONS. 2/B | INDEFINIDO | 100 | 1985/12/11 | 28.309,26 | 2.366,7 | 163,52 | 0 |
3. J. D. A | 1. OFICIAL XXXXX 0 | INDEFINIDO | 100 | 2003/11/07 | 20.852,44 | 742,56 | 163,52 | 0 |
4. J. A. T | 1. OFICIAL XXXXX 0 | INDEFINIDO | 100 | 2008/10/28 | 20.852,44 | 371,28 | 595,84 | 0 |
5. J. D. I | TRABAJADOR A/1 | INDEFINIDO | 100 | 1982/04/01 | 18.368,70 | 1.082,90 | 163,52 | 0 |
6. I. X .X | TRABAJADOR A/2 | INDEFINIDO | 100 | 2000/06/01 | 17.521,42 | 797,16 | 163,52 | 0 |
7. D. C. G | TRABAJADOR A/2 | INDEFINIDO | 100 | 2006/07/30 | 17.521,42 | 398,58 | 595,84 | 0 |
8. G. B. N | TRABAJADOR A/2 | INDEFINIDO | 100 | 1993/06/01 | 17.521,42 | 930,02 | 163,52 | 0 |
9. A. L. L | TRABAJADOR A/2 | INDEFINIDO | 100 | 2015/12/04 | 17.521,42 | 0 | 595,84 | 0 |
10. H. E. E | TRABAJADOR B/1 | INDEFINIDO | 100 | 2003/05/05 | 16.687,02 | 453,04 | 163,52 | 0 |
11. M .I. A | TRABAJADOR B/1 | INDEFINIDO | 100 | 1999/11/08 | 16.687,02 | 679,64 | 163,52 | 0 |
12. X.X .X | TRABAJADOR B/2 | INDEFINIDO | 100 | 2014/06/10 | 15.372,14 | 0 | 595,84 | 0 |
13. F. A. I | TRABAJADOR C/1 | INDEFINIDO | 15 | 2007/07/06 | 2.134,72 | 23,1 | 24,52 | 0 |
14. E. S. | TRABAJADOR C/2 | TEMPORAL | 100 | 2016/07/07 | 12.035,66 | 0 | 163,52 | 0 |
TRABAJAD ORES | CATEGORÍA | TIPO CONTRATO: | JORNADA | ANTIGÜEDAD | SUELDO ANUAL | ANTIGÜEDA D ANUAL | PLUS DE TRANSPORTE ANUAL | SEGURIDA D SOCIAL ANUAL |
E | ||||||||
15. I. O. O * | TRABAJADOR A/2 | INDEFINIDO | 100 | 2014/05/22 | 17.521,42 | 199,29 | 163,52 | 0 |
16. a. | 1. OFICIAL XXXXX 0 | INDEFINIDO | 50 | 2003/05/05 | 11.144,42 | 371,28 | 81,76 | 0 |
* TRABAJADORES DE COMPOST
GUREAK BERDEA SLU (antes GOROLDI SLU) tiene convenios especiales. Ese convenio tiene vigencia de 01/01/2013 al 31/21/2017, y se publicó el 00 xx xxxxx xx 0000 xx xx Xxxxxxx Xxxxxxx xx Xxxxxxxx. Se aplicará este convenio laboral de subrogación o el que esté en vigor en el periodo del contrato.
Además de éstos hay dos trabajadores más en la brigada de jardinería de Hernani. Se prevé que el contrato sea hasta octubre (hasta que termine el contrato entre GUREAK y el Ayuntamiento de Hernani), por lo tanto no se han incluido en la subrogación:
17 SUSTITUTO DEL TRABAJADOR MUNICIPAL (1 PERSONA)
18 AUXILIAR DE LIMPIEZA (0,40 PERSONA)
19 TRABAJADOR B2 (cobertura de absentismo) 50 Número de trabajadores/as. 19 Trabajadores