BASES DEL PROCEDIMIENTO ESPECIAL PARA LA CONTRATACIÓN DE SERVICIOS DE SALUD
BASES INTEGRADAS
BASES DEL PROCEDIMIENTO ESPECIAL PARA LA CONTRATACIÓN DE SERVICIOS DE SALUD
(Procedimiento Especial autorizado mediante Decreto Supremo Nº 002-2013-SA)
PROCEDIMIENTO ESPECIAL DE CONTRATACIÓN Nº 1-2013-ESSALUD/GCL
“CONTRATACIÓN DE SERVICIOS DE SALUD (INTERVENCIONES QUIRURGICAS) EN LAS REDES ASISTENCIALES DE LIMA Y CALLAO”
CAPÍTULO I GENERALIDADES
1.1. ENTIDAD CONVOCANTE
Nombre : Seguro Social de Salud (EsSalud)
RUC Nº : 20131257750
Domicilio legal : Xx. Xxxxxxx Xxxxx Xx 000, Xxxxx Xxxxx – Xxxx
Teléfono/Fax: : 0000000 / 2657000
Correo electrónico: : xx.xxx@xxxxxxx.xxx.xx
1.2. OBJETO DE LA CONVOCATORIA
El presente proceso de selección tiene por objeto la contratación de servicios de salud, de manera complementaria a la oferta pública, con las Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud – IPRESS, en su calidad de Instituciones Administradoras de Fondos de Aseguramiento en Salud - IAFAS
1.3. TARIFARIO
La tarifa de(l)(los) servicio(s) se detalla(n) en el Anexo B de los términos de referencia.
1.4. FUENTE DE FINANCIAMIENTO
Recursos Determinados - Contribuciones a Fondos
IMPORTANTE:
La fuente de financiamiento debe corresponder a aquellas previstas en la Ley de Equilibrio Financiero del Presupuesto del Sector Público del año fiscal en el cual se convoca el proceso de selección.
1.5. SISTEMA DE CONTRATACIÓN
El presente proceso se rige por el sistema de PRECIOS UNITARIOS, de acuerdo con lo establecido en el expediente de contratación respectivo.
1.6. ALCANCES DEL REQUERIMIENTO
El servicio a contratar está definido en los Requerimientos Técnicos Mínimos que forman parte del Capítulo III.
1.7. PLAZO DE PRESTACIÓN DEL SERVICIO
Los servicios materia de la presente convocatoria se prestarán en el plazo de seis (6) meses, contados a partir del día siguiente de la suscripción del contrato. Dicho plazo constituye un requerimiento técnico mínimo que debe coincidir con lo establecido en el expediente de contratación.
1.8. COSTO DE REPRODUCCIÓN DE LAS BASES
S/. 5.00 (Cinco Con 00/100 Nuevos Soles)
1.9. BASE LEGAL
- Decreto Supremo N° 002-2013-SA – Aprueban procedimiento especial de contratación de servicios de salud que efectuará el Seguro Integral de Salud – SIS y el Seguro Social de Salud – ESALUD de manera complementaria a la oferta pública, con las Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud - IPRESS.
- Ley N° 28411 - Ley General del Sistema Nacional del Presupuesto.
- Ley N° 29951, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013.
- Ley Nº 29952, Ley de Equilibrio Financiero del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013.
- Decreto Legislativo N° 1017 - Ley de Contrataciones del Estado, en adelante la Ley.
- Decreto Supremo N° 184-2008-EF - Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, en adelante el Reglamento.
- Ley N° 27444 – Ley del Procedimiento Administrativo General.
- Código Civil.
- Ley 27806 – Ley de Transparencia y de Acceso a la Información Pública. Las referidas normas incluyen sus respectivas modificaciones, de ser el caso.
CAPÍTULO II
DEL PROCEDIMIENTO DE CONTRATACIÓN
2.1. CRONOGRAMA DEL PROCEDIMIENTO DE CONTRATACIÓN1
Etapa | Fecha, hora y lugar | |
Convocatoria | : | 18.03.2013 - Publicación en el Portal de EsSalud - Se pondrá en conocimiento del OSCE |
Formulación de Consultas | : | Del: 19.03.2013 Al: 21.03.2013 |
Absolución de Consultas | : | 26.03.2013 |
Integración de las Bases | : | 26.03.2013 |
Presentación y Evaluación de : Expresiones de Interés * El acto privado se realizará en : | Desde el: 27.03.2013 Módulo de Atención al Proveedor Xx. Xxxxxxxx Xx 0000 Xxxxx Xxxxx. Horario: de 08:00 a 16:00 horas | |
Elección de la Expresión | de : | De acuerdo a lo indicado en el numeral |
Interés | 2.6 de las Bases | |
Publicación en el Portal de EsSalud | ||
Formalización de Contrato | : | De acuerdo a lo indicado en el numeral |
2.8 de las Bases |
IMPORTANTE:
Debe tenerse presente que el periodo para la presentación de consultas no podrá ser menor a tres (3) días hábiles contados a partir del día siguiente de la convocatoria. El plazo para la absolución de consultas y su respectiva publicación no podrá exceder de tres (3) días hábiles contados desde el día siguiente del vencimiento del plazo para la recepción de las consultas.
Una vez convocado el procedimiento de contratación, la fecha, horario y lugar de las etapas del mismo no podrán modificarse.
La convocatoria incluirá las Bases, las que deberán publicarse en el portal institucional de la Entidad Contratante. Asimismo, la convocatoria se pondrá en conocimiento del Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado – OSCE.
2.2. FORMULACIÓN Y ABSOLUCIÓN DE CONSULTAS A LAS BASES
2.2.1 FORMULACIÓN DE CONSULTAS
Las consultas a las Bases serán presentadas por un periodo mínimo de tres (3) días hábiles, contados desde el día siguiente de la convocatoria.
1 La información del cronograma indicado en las Bases no debe diferir de la información consignada en el portal institucional de la Entidad. No obstante, de existir contradicción en esta información, primará el cronograma indicado en el portal institucional de la Entidad.
A través de las consultas se formulan pedidos de aclaración a las disposiciones de las Bases. Las Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud (IPRESS) podrán formular sus consultas a las Bases del procedimiento, dentro del cronograma establecido en éstas.
Las consultas se presentarán por escrito, debidamente fundamentadas, ante la ventanilla del Módulo de Atención al Proveedor sito en la Av. Arenales Nº 1402
– Xxxxx Xxxxx, en las fechas señaladas en el cronograma, en el horario de 08:30 horas a 16:30 horas, debiendo estar dirigidos al Comité Especial del PROCEDIMIENTO ESPECIAL DE CONTRATACIÓN N° 1-2013- ESSALUD/GCL.
IMPORTANTE:
Al consignar el horario de atención, debe tenerse en cuenta que el horario de atención no podrá ser menor a ocho horas
2.2.2 ABSOLUCIÓN DE CONSULTAS
El plazo para la absolución de consultas y su respectiva publicación no podrá exceder de tres (3) días hábiles contados desde el día siguiente del vencimiento del plazo para la recepción de las consultas.
Los Comités Especiales de Contratación absolverán las consultas realizadas a las Bases, a través de un pliego absolutorio, debidamente fundamentado, el que deberá contener la identificación de cada participante que las formuló, las consultas presentadas y la respuesta para cada una de ellas, dentro del plazo establecido en el cronograma. El pliego absolutorio será publicado en los portales institucionales de las entidades responsables.
IMPORTANTE:
No se absolverán consultas a las Bases que se presenten extemporáneamente.
2.3. INTEGRACIÓN DE LAS BASES
Una vez publicada las absoluciones de consultas, éstas serán consideradas como parte integrante de las Bases y del contrato, constituyendo las reglas definitivas del procedimiento de contratación. No cabe interposición de recurso impugnatorio alguno contra la absolución de las consultas y las Bases.
2.4. ACTO PRIVADO DE PRESENTACIÓN DE EXPRESIONES DE INTERÉS
Los participantes presentarán sus propuestas en sobre cerrado, en la ventanilla del Módulo de Atención al Proveedor sito en la Av. Arenales Nº 1402 – Xxxxx Xxxxx, en la fecha y xxxxxxx señalados en el cronograma, bajo responsabilidad del Comité Especial.
Los integrantes de un consorcio no podrán presentar propuestas individuales ni conformar más de un consorcio en un mismo ítem, lo que no impide que puedan presentarse individualmente o conformando otro consorcio en ítems distintos.
IMPORTANTE:
Al consignar el horario de atención, debe tenerse en cuenta que el horario de atención no podrá ser menor a ocho horas
La expresión de interés se presentará en un (1) sobre cerrado y estará dirigida al Comité Especial de Contratación , conforme al siguiente detalle:
SOBRE : Expresión de Interés. El sobre será rotulado:
Señores ESSALUD
Jr. Xxxxxxx Xxxxx Nº 120 – Xxxxx Xxxxx Xxx.: Comité Especial
PROCEDIMIENTO ESPECIAL DE CONTRATACIÓN N° [ ]
Denominación de la convocatoria: [ ]
SOBRE: EXPRESIÓN DE INTERÉS [NOMBRE / RAZÓN SOCIAL DEL IPRESS]
2.5. CONTENIDO DE LAS EXPRESIONES DE INTERÉS
La oferta por cada ítem es única, por ningún motivo se aceptará la presentación de dos o más ofertas del mismo postor en el ítem al cual se presenta.
SOBRE – EXPRESIÓN DE INTERÉS
Se presentará en un original y dos copias.
El sobre contendrá, además de un índice de documentos2, la siguiente documentación de presentación obligatoria:
a) Declaración Jurada de Plazo de prestación del servicio (Anexo Nº 05).
b) Declaración Jurada y/o documentación que acredite el cumplimiento de los Requerimientos Técnicos Mínimos contenidos en el Capítulo III de la presente sección:
b.1) Declaración Jurada que acredite la aceptación de las tarifas y el cumplimiento de los Requerimientos Técnicos Mínimos contenidos en el Capítulo III de las Bases, a excepción de los numerales 11 y 12 . (Anexo Nº 02).
b.2) Copia simple de la documentación sustentatoria de la experiencia de la empresa, teniendo en consideración lo requerido en el numeral 11.1 del Capítulo III de las Bases.
Cuadernillos individuales por cada ítem:
Cada cuadernillo deberá estar debidamente foliado. Si se presenta más de un cuadernillo, todos deben ser foliados en conjunto y de manera ascendente. No se aceptará foliaciones individuales por cuadernillo:
2 La omisión del índice no descalifica la propuesta, ya que su presentación no tiene incidencia en el objeto de la convocatoria.
b.3) Declaración Jurada de Información de Recursos Humanos que brindarán el servicio. Según el modelo del Anexo N° 06.
Se adjuntará copia simple de toda la documentación sustentatoria del perfil y experiencia del personal que ha sido propuesto para brindar el servicio, teniendo en consideración lo requerido en el numeral 11.2 del Capítulo III de las Bases.
La experiencia del personal se deberá acreditar adjuntando certificados y/o constancias.
b.4) Documentos que sustentan el cumplimiento de los requisitos de funcionamiento del centro asistencial de la IPRESS, según el numeral 12 del Capítulo III de las Bases.
b.4.1) Copia simple del Certificado de Registro de IPRESS otorgado por la Superintendencia Nacional de Aseguramiento en Salud (SUNASA).
b.4.2) Copia simple de la Resolución Directoral de la Dirección de Salud - MINSA de la jurisdicción correspondiente, estableciendo la CATEGORIA vigente del establecimiento de acuerdo a lo señalado en el Anexo A de los términos de referencia y en función a la normativa vigente.
b.4.3) Copia simple de la Licencia Municipal de funcionamiento de los establecimientos de salud de la IPRESS.
b.4.4) Copia simple de la Constancia de cobertura por el Seguro Complementario de Trabajo de Riesgo para la totalidad de los trabajadores consignados en el Anexo N° 06, conforme lo regula la Ley N° 26790 y su reglamento y cualquier norma modificatoria.
b.4.5) Relación detallada de Equipamiento Médico con que cuenta la Sala de Operaciones y Sala de Recuperación de la IPRESS. Se deberá tener en consideración el equipamiento mínimo requerido en el numeral 12.7 y numeral 12.8 de los términos de referencia.
Solo en los casos del numeral 12.7.5; 12.7.6 y 12.7.8 se considerara “NO APLICA”; en concordancia a la consulta Nº 3 efectuada por el postor MACULA D & T S.R.L.
b.4.6) Relación detallada de Equipamiento Informático que pone a disposición la IPRESS.
b.4.7) Declaración Jurada de mantenimiento de los equipos biomédicos. b.4.8) Declaración Jurada mediante la cual la IPRESS se compromete a
garantizar la provisión de sangre y hemoderivados de acuerdo a la normativa vigente.
“NO APLICA”, para el ITEM 1 “ATENCION DE PACIENTES CON
CATARATA SENIL NUCLEAR”; en concordancia a la consulta Nº 5 efectuada por el postor XXXXXX D & T S.R.L.
c) Declaración jurada de datos de la IPRESS.
Cuando se trate de consorcio, esta declaración jurada será presentada por cada uno de los consorciados (Anexo Nº 01).
d) Declaración jurada de cumplimiento de disposiciones contempladas en el Decreto Supremo Nº 002-2013-SA (Anexo Nº 03).
En el caso de consorcios, cada integrante debe presentar esta declaración jurada, salvo que sea presentada por el representante común del consorcio.
e) Promesa formal de consorcio, de ser el caso, en la que se consigne los integrantes, el representante común, el domicilio común y las obligaciones a las que se compromete cada uno de los integrantes del consorcio así como el porcentaje equivalente a dichas obligaciones (Anexo Nº 04).
La promesa formal de consorcio deberá ser suscrita por cada uno de sus integrantes.
Se presume que el representante común del consorcio se encuentra facultado para actuar en nombre y representación del mismo en todos los actos referidos al proceso de selección, suscripción y ejecución del contrato, con amplias y suficientes facultades.
IMPORTANTE:
La omisión de alguno de los documentos enunciados acarreará la no admisión de la propuesta, sin perjuicio de lo señalado en el artículo 68 del Reglamento.
2.6. EVALUACIÓN Y ELECCIÓN DE LAS EXPRESIONES DE INTERÉS
La expresión de interés será evaluada por el Comité Especial, por ítem, a fin de determinar el cumplimiento de los requisitos mínimos y la presentación de documentos obligatorios establecidos en las Bases, declarando a la IPRESS elegible para contratar. Los resultados de dicha evaluación serán publicados por ítem, en el portal de la Entidad Contratante, en el plazo máximo de dos
(02) días hábiles, contados a partir del día siguiente de la fecha de presentación de las expresiones de interés.
Los criterios de distribución de las prestaciones entre las IPRESS declaradas elegibles se muestran en el Anexo Nº 07
2.7. FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO
Una vez declarada elegible la IPRESS, la expresión de interés de ésta será remitida a la Oficina General de Administración o la que haga sus veces, de la Entidad contratante respectiva, para la suscripción del contrato a cargo del Titular de la Entidad o de quien éste haya delegado. Los contratos suscritos serán publicados en el portal institucional de la Entidad contratante.
La IPRESS elegida deberá presentar los siguientes documentos para suscribir el contrato:
a) Constancia vigente de no estar inhabilitado para contratar con el Estado.
b) Contrato de consorcio con firmas legalizadas de los integrantes, de ser el caso.
c) Código de cuenta interbancario (CCI).
d) Domicilio para efectos de la notificación durante la ejecución del contrato.
e) Copia de DNI del Representante Legal
f) Copia de la vigencia del poder del representante legal de la empresa
g) Copia de la constitución de la empresa y sus modificatorias debidamente actualizado
h) Copia del RUC de la empresa
IMPORTANTE:
La Entidad no podrá exigir documentación o información adicional a la consignada en el presente numeral para la suscripción del contrato.
2.8. PLAZO PARA LA SUSCRIPCIÓN DEL CONTRATO
La IPRESS elegida, sin mediar citación alguna por parte de la Entidad, deberá presentar toda la documentación prevista para la formulación del contrato dentro del plazo de dos (2) días hábiles, contados a partir del día siguiente de publicados los resultados en el portal de la Entidad. Asimismo, dentro de los dos (2) días hábiles siguientes a la presentación de dicha documentación, deberá concurrir ante la Entidad para suscribir el contrato.
La citada documentación deberá ser presentada en el Módulo de Atención al Proveedor, sito en Xx. Xxxxxxxx Xx 0000 Xxxxx Xxxxx – Xxxxxxx Xxxx.
2.9. FORMA DE PAGO
La Entidad deberá realizar el pago de la contraprestación pactada a favor del contratista, en forma mensual, luego de otorgada la conformidad del servicio por parte de la Gerencia de Auditoría de Aseguramiento, previa validación de las prestaciones realizadas por la IPRESS (para esto último se tendrá en consideración el expediente indicado en numeral 14.5 de los términos de referencia).
Para efectos del pago de las contraprestaciones ejecutadas por el contratista, la Entidad deberá contar con la siguiente documentación:
- Recepción y conformidad por parte de la Gerencia de Auditoría de Aseguramiento.
- Informe de la IPRESS.
- Informe del funcionario responsable de la Gerencia de Auditoría de Aseguramiento, emitiendo su conformidad por la prestación efectuada, en base al Informe proporcionado por la IPRESS.
- Comprobante de pago
El pago se efectuará en función a las intervenciones quirúrgicas realizadas en el mes, teniendo en consideración la tarifa indicada en el Anexo B de los términos de referencia y la liquidación de las prestaciones del numeral 17 de los indicados términos de referencia.
2.10. PLAZO PARA EL PAGO
La Entidad debe efectuar el pago dentro de los quince (15) días calendario siguiente al otorgamiento de la conformidad respectiva, siempre que se verifiquen las demás condiciones establecidas en el contrato.
2.11. RECURSO DE APELACIÓN
Las IPRESS podrán presentar recurso de apelación contra la no elegibilidad de su expresión de interés por incumplimiento de los requisitos técnicos mínimos y la no presentación de documentos obligatorios establecidos en las Bases.
El recurso de apelación será dirigido al Comité Especial de Contratación y presentado ante la mesa de partes de la Entidad Contratante sito en Av. Arenales Nº 1402 – Xxxxx Xxxxx (ventanilla del Módulo de Atención al Proveedor), en el plazo máximo de tres (3) días hábiles contados desde el día siguiente de publicados los resultados en el portal institucional de la Entidad Contratante.
El Comité Especial de Contratación deberá elevar la apelación, los actuados y el informe respectivo al Titular de la Entidad Contratante, dentro de los tres (3) días hábiles de recibido el recurso de apelación, bajo responsabilidad.
El Titular de la Entidad Contratante resuelve el recurso de apelación en un plazo xxxxxx xx xxxx (10) días hábiles, contabilizados desde el día siguiente de presentado el recurso. La resolución de la Entidad Contratante, será publicada en el portal Institucional de la misma y notificada en dicho plazo.
La presentación de la apelación no suspende el procedimiento especial de contratación respecto de los demás participantes.
La facultad de resolver el recurso de apelación bajo al amparo del presente Decreto Supremo, podrá ser delegable.
2.12. DE LAS PENALIDADES
La penalidad por retraso injustificado en la ejecución del servicio será aplicada de conformidad con el artículo 165 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.
Asimismo, se considerarán las penalidades indicadas en el Anexo C de los términos de referencia.
CAPÍTULO III
TÉRMINOS DE REFERENCIA Y REQUERIMIENTOS TÉCNICOS MÍNIMOS
1. OBJETO
Contratar Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud (IPRESS), que a través de sus servicios de cirugía, brinden prestaciones de salud organizadas bajo la modalidad de PAQUETES QUIRÚRGICOS, para la atención de la demanda embalsada de cirugías para pacientes asegurados y adscritos a las Redes Asistenciales de Lima y Callao, con los más altos estándares de calidad3.
2. OBJETIVO GENERAL
Ampliar la oferta de servicios de salud en el segundo nivel de atención, mejorar la accesibilidad y oportunidad de la atención quirúrgica de los asegurados y sus derechohabientes de las Redes Asistenciales de Lima y Callao, lo que contribuirá a disminuir la brecha oferta – demanda existente y obtener un mayor nivel de satisfacción del asegurado, contribuyendo a mejorar la calidad de vida, así como mejorar la gestión de los servicios de la salud.
3. OBJETIVOS ESPECIFICOS
3.1. Brindar atención quirúrgica oportuna, en favor de los asegurados de las Redes Asistenciales de Lima y Callao, que se encuentren inscritos en las listas de espera quirúrgica de su correspondiente Red Asistencial de Adscripción.
3.2. Incrementar la oferta de prestaciones de salud quirúrgicas del segundo nivel en las redes asistenciales de ESSALUD que tienen una mayor brecha oferta – demanda en este rubro.
4. FINALIDAD DE LA CONTRATACION
Contribuir a mejorar la eficiencia en la atención de salud4 con especial énfasis en las actividades quirúrgicas del segundo nivel de atención, que permitan la oportuna intervención sanitaria, lo cual contribuirá a satisfacer las necesidades de salud de la población, con equidad, eficiencia y participación social.
3 Plan estratégico de ESSALUD 2012 – 2016, Objetivo Estratégico 2
4 Plan estratégico de ESSALUD 2012 – 2016, Objetivo Estratégico 2
5. DEFINICIONES
5.1. ALTA DEL PACIENTE: Se considera cuando se ha solucionado el problema quirúrgico presentado en el paciente y éste puede retornar a su domicilio.
5.2. ASEGURADO: Afiliados regulares o potestativos y sus derechohabientes, que cumplan con las exigencias establecidas en las normas vigentes, para poder acceder a las prestaciones que ESSALUD otorga.
5.3. AUDITORIA DE LA PRESTACIÓN: Evaluación del acto médico, a fin de garantizar el adecuado otorgamiento de las prestaciones de salud. Estas actividades comprenden Acreditación, Cobertura, Calidad de Atención y Pertinencia del Acto Médico; las mismas que determinarán la validación de la prestación.
5.4. CARTERA DE PRODUCTOS: Paquetes quirúrgicos que la IPRESS se compromete a brindar en el marco del CONTRATO.
5.5. CONTRAREFERENCIA: Es un procedimiento administrativo-asistencial mediante el cual se retorna la responsabilidad del manejo médico ó de ayuda al diagnóstico y tratamiento del paciente, al médico tratante de ESSALUD.
5.6. DERECHOHABIENTE: Beneficiario directo y legal del asegurado Titular, en su calidad de cónyuge, concubino o hijos menores de edad o mayores incapacitados en forma total y permanente para el trabajo, de acuerdo a las condiciones que establecidas la Ley Nº 26790, Ley de la Modernización de la Seguridad Social y su reglamento
5.7. MECANISMOS DE PAGO: Formas y modalidades pactadas entre el ESSALUD y la IPRESS para realizar el pago de la retribución a favor de éste último, por aquellos servicios que forman parte de la Cartera de Productos (Paquetes Quirúrgicos) que sean prestados al asegurado.
5.8. PAQUETE QUIRURGICO: Se refiere a los procedimientos de cirugía mayor indicados en para cada Item del Anexo A que incluyen los servicios de recursos humanos, materiales quirúrgicos, uso xx xxxx quirúrgica, hospitalización, sala de recuperación, medicamentos, y todo lo que se requiera para la prestación de salud medico quirúrgica hasta el alta del paciente.
5.9. REFERENCIA: Es un procedimiento administrativo-asistencial mediante el cual se traslada la responsabilidad del manejo médico quirúrgico del asegurado desde una Red Asistencial de ESSALUD a un Prestador de salud extra institucional (IPRESS) para su atención quirúrgica, en virtud a su capacidad y disponibilidad de oferta.
6. LUGAR DE PRESTACIÓN DEL SERVICIO
La IPRESS (institución prestadora de servicios de salud) deberá estar ubicada en el ámbito de Lima Metropolitana o el Callao.
7. VIGENCIA DEL CONTRATO
La vigencia del CONTRATO será de seis (6) meses, a partir de la fecha de suscripción del mismo, previa verificación por ESSALUD, de las condiciones para operatividad del mismo, establecidas en el contrato.
8. TARIFARIO REFERENCIAL
El tarifario referencial por cada ítem del CONTRATO, se encuentra detallado en el Anexo B.
9. ACTIVIDADES A DESARROLLAR POR LA IPRESS
9.1. Xxxxxxx a los asegurados titulares de ESSALUD y sus derechohabientes, que corresponden al ámbito de su influencia, los servicios de salud de acuerdo a las condiciones y características establecidas en el Anexo A, el cual formará parte integrante del CONTRATO.
9.2. Brindar los servicios de salud detallados en el Anexo A de los presentes términos de referencia, garantizando que las mismas se presten en condiciones óptimas de calidad y oportunidad a los asegurados adscritos y acreditados a fin de lograr la satisfacción del asegurado y los usuarios.
9.3. Brindar las prestaciones de salud a los asegurados, de acuerdo a guías de manejo clínico y/o protocolos de atención vigentes para el manejo de las actividades quirúrgicas, prioritariamente las aprobadas por el Ministerio de Salud. Su cumplimiento estará sujeto a auditoría y/o verificación por parte de ESSALUD, en el momento que considere pertinente.
9.4. Otorgar los Certificados de Incapacidad Temporal para el Trabajo, de acuerdo con las normas aprobadas por ESSALUD.
9.5. Asumir la responsabilidad por los daños y perjuicios ocasionados por las acciones y omisiones en la prestación del servicio o como consecuencia de ello, así como de las acciones penales y administrativas que se originen por dichas acciones y omisiones.
9.6. Registrar y remitir la información de las prestaciones de salud brindadas a los asegurados en el sistema que ESSALUD determine; así como la estadística de la producción mensual respectiva.
9.7. Utilizar la información de los asegurados proporcionada por ESSALUD sólo para los fines establecidos en el CONTRATO.
9.8. Proporcionar un ambiente adecuado en los aspectos de custodia y seguridad de la información sujeta al proceso de auditoría (historia
clínica, informes, reportes y otros), que permita alcanzar los objetivos propuestos. Asimismo, otorgará las facilidades tecnológicas al personal auditor de ESSALUD para que garantice el trabajo operativo de control de las actividades quirúrgicas realizadas por la IPRESS.
9.9. Levantar las no conformidades y observaciones producto de las acciones de control efectuadas por ESSALUD, las cuales no deben exceder las 72 horas de efectuada la comunicación; si el levantamiento de las no conformidades y observaciones implicara más tiempo de lo estipulado, la IPRESS elaborará un plan de trabajo. El levantamiento de no conformidades y observaciones en ningún caso excedará a 15 dias calendario. El levantamiento de las no conformidades y observaciones deberá ser comunicado a la Red Asistencial y a la Gerencia de Auditoria de Aseguramiento de la Gerencia Central de Aseguramiento.
9.10. Asumir la responsabilidad respecto de las relaciones contractuales generadas con el personal (administrativo, médico, etc.) que labora en el establecimiento de salud de la IPRESS.
9.11. Acatar las penalidades debidamente sustentadas que establezca y aplique ESSALUD, como resultado de las acciones de auditoria que realice (Ver numeral 19 de los presentes términos de referencia. Anexo C).
9.12. Ejecutar encuestas de satisfacción al total de pacientes atendidos por la IPRESS, cuya nota de aprobación debe ser igual o mayor al 80%.
10. CONDICIONES EN QUE SE PRESTARÁ EL SERVICIO
10.1. Previamente a la suscripción del contrato, la Gerencia Central de Prestaciones de Salud y la Gerencia Central de Aseguramiento, realizarán la evaluación del centro asistencial y verificación del cumplimiento de los requisitos mínimos establecidos según la norma, con la finalidad de garantizar una optima atención a favor de los asegurados.
10.2. El servicio prestado es a todo costo, incluye Infraestructura ubicada de acuerdo a lo estipulado en el numeral 6 del presente documento.
10.3. Queda totalmente prohibido realizar cualquier tipo de cobro por la prestación de los servicios de salud, directa o indirectamente a los asegurados y derechohabientes de ESSALUD por las prestaciones contratadas.
10.4. DE LA ATENCIÓN MÉDICA.
10.4.1. ESSALUD referirá a los pacientes asegurados acreditados, para su atención en la IPRESS. Dichos pacientes deberán estar en condiciones clínicas de ser intervenidos.
10.4.2. La IPRESS garantiza la adecuada atención de los asegurados de ESSALUD y pone a disposición su capacidad operativa, de
acuerdo a su nivel de resolución, hasta culminar el proceso de la prestación de salud con la satisfacción del usuario.
10.4.3. El tiempo de espera entre la referencia emitida por ESSALUD y la programación del paciente para su intervención quirúrgica en la IPRESS, no podrá exceder a las 96 horas, las mismas que no incluyen hospitalización.
10.4.4. Las prestaciones de salud se encuentran organizadas en paquetes quirúrgicos, los mismos que se detallan en el Anexo A de los presentes términos de referencia.
10.4.5. De detectarse pacientes referidos por ESSALUD que no se encuentren en condiciones de ser intervenidos quirúrgicamente, éstos deberán ser contra-referidos por la IPRESS, hasta su nueva evaluación para su reprogramación por ESSALUD.
10.4.6. En caso la IPRESS diagnostique que el paciente referido no se encuentra apto para la intervención quirúrgica luego de haberle realizado los exámenes prequirúrgicos, ESSALUD asumirá los costos de los mismos, conforme al detalle consignado en el Anexo E.
10.4.7. La IPRESS deberá contar con Sala de Operaciones, Sala de Recuperación, Central de Esterilización, Hospitalización y los otros señalados en la Norma Técnica de Salud N° 021/MINSA/DGSP/V03.
Es factible que el postor afirme en su propuesta que cuenta con lo requerido a través del contrato de alquiler de la sala de operaciones, sala de recuperación, central de esterilización, hospitalización y otros de las IPRESS de mayor categorización, para el ITEM 1 “ATENCION DE PACIENTES CON CATARATA SENIL NUCLEAR”; En
concordancia a la consulta Nº 6 efectuada por el postor XXXXXX D & T S.R.L.
10.4.8. La tarifa del paquete quirúrgico incluye las reintervenciones quirúrgicas por las mismas patologías y las complicaciones derivadas de los procedimientos realizados dentro de los 10 primeros días de la intervención original. Del 11 a 30 días después de la reintervención original, se facturará el 50% de la reintervención efectuada.
10.4.9. Las prestaciones de salud brindadas por la IPRESS al asegurado como consecuencia de las complicaciones producto de enfermedades concomitantes que pudieran presentarse durante el periodo post operatorio inmediato y hasta las 72 horas de realizada la cirugía, serán facturadas por la IPRESS a ESSALUD mediante su tarifario, siempre y cuando ésta no exceda al SEGUS factor 4, y pagadas por esta última previa evaluación de la pertinencia de las mismas por la Gerencia de Auditoría de Aseguramiento.
10.4.10. De requerir un mayor tiempo de hospitalización para el manejo de las complicaciones mencionadas en el numeral precedente, la IPRESS deberá coordinar con la Gerencia de Operaciones de la Gerencia Central de Prestaciones de Salud a fin de efectuar la referencia al correspondiente Centro Asistencial de ESSALUD e informar a la Gerencia Central de Aseguramiento.
10.4.11. Sólo en casos excepcionales y previa evaluación del caso realizada por la Gerencia de Auditoría de Aseguramiento de la Gerencia Central de Aseguramiento autorizará la continuidad de tratamiento del paciente en la IPRESS después de las 72 horas, lo cual sustentará el posterior pago por las prestaciones recibidas
10.5. DE LOS MEDICAMENTOS E INSUMOS BIOMEDICOS
10.5.1. La IPRESS asume los costos de los medicamentos e insumos biomédicos prescritos a los asegurados y derechohabientes para la realización de las prestaciones de salud contratadas. La dispensación de los medicamentos deberá ser efectuada obligatoriamente el mismo día que recibió la prestación.
10.5.2. La IPRESS deberá cumplir con la normativa vigente sobre Buenas Prácticas de Almacenamiento conforme lo establece el DS 016-2011-SA “Reglamento para el Registro, Control Vigilancia Sanitaria de Productos Farmacéuticos, Dispositivos Médicos y Productos Sanitarios” y el DS N° 014-2011-SA “Reglamento de Establecimientos Farmacéuticos” y demás normas vigentes. Así como lo establece la Ley N° 29459 de Productos Farmacéuticos, Dispositivos Médicos y Productos Sanitarios.
10.5.3. Para el uso de Productos sanguíneos deberán contar con la certificación del PRONAHEBAS, así como cumplir con la Norma Técnica N° 014 - MINSA / DGSP - V.01(Guía de Procedimientos Operativos Estándar del PRONAHEBAS), Norma Técnica N° 015 - MINSA / DGSP - V.01(Manual de Bioseguridad del PRONAHEBAS).
10.5.4. Los medicamentos prescritos a los asegurados deberán cumplir con lo establecido en la Ley N° 29459 de Productos Farmacéuticos, Dispositivos Médicos y Productos Sanitarios concordado con la Ley General de Salud - Ley 26842.
11. EXPERIENCIAS Y PERFILES
11.1. De la Empresa
Acreditar cinco (05) años continuos de experiencia en el rubro de prestaciones de servicio de salud, mediante facturas y/o estados financieros.
11.2. Del personal
La empresa contratada debe acreditar un Director Médico y un Administrador del Centro asistencial de la IPRESS con el siguiente perfil profesional:
11.2.1. Director: Xxxxxx Xxxxxxxx y con constancia de habilidad del CMP vigente y con estudios y experiencia en gestión y/o administración y/o Gerencia de Servicios de Salud o similares.
11.2.2. Administrador.- Profesional con título universitario en Administración de Empresa o Contabilidad o Economía o profesional con especialización, y que acredite un mínimo de 03 años de experiencia en administración de servicios de salud.
El personal asistencial deberá tener el siguiente perfil:
Profesionales de la salud: Xxxxxxx acreditar Título Profesional y Constancia de Habilidad Profesional vigente, emitido por el Colegio correspondiente, con una experiencia no menor de tres (03) años en servicios quirúrgicos o afines al objeto del presente CONTRATO; así mismo no deberán tener ningún tipo de sanción por mala praxis u otro derivado de la actividad asistencial.
Médicos Especialistas (Cirujanos según especialidad médica; Gineco - obstetras, pediatras, anestesiólogos u otros) deberán acreditar el Título universitario y su registro de especialista en el Colegio Médico del Perú y constancia de habilidad profesional vigente.
En caso de Técnicos Asistenciales y Técnicos Administrativos deberán acreditar mínimo tres años de experiencia en actividades de prestación de servicios de salud.
El perfil del personal asistencial debe estar en relación con el objeto del CONTRATO y ser los que realicen la intervención quirúrgica.
12. REQUISITOS DE FUNCIONAMIENTO DEL CENTRO ASISTENCIAL DE LA IPRESS
12.1. Certificado de Registro de IPRESS otorgado por la Superintendencia Nacional de Aseguramiento en Salud (SUNASA).
12.2. Resolución Directoral de la Dirección de Salud - MINSA de la jurisdicción correspondiente, estableciendo la CATEGORIA vigente del establecimiento de acuerdo a lo señalado en el Anexo A de los presentes términos de referencia y en función a la normativa vigente.
12.3. Licencia Municipal de funcionamiento de los establecimientos de salud de la IPRESS.
12.4. Presentar listado de personal que realizará el servicio materia de la presente en la IPRESS. Se deberá detallar el perfil de los profesionales y, técnicos asistenciales, incluyendo la constancia de
habilidad profesional vigente y el registro nacional de especialidades, según corresponda.
12.5. Constancia de cobertura por el Seguro Complementario de Trabajo de Riesgo para la totalidad de los trabajadores consignados en el numeral precedente, conforme lo regula la Ley N° 26790 y su reglamento y cualquier norma modificatoria.
12.6. La IPRESS debe contar con el Equipamiento informático que permita garantizar la operatividad de los servicios con conexión a internet, que garantice el correcto funcionamiento de los sistemas otorgados por ESSALUD.
12.7. Sala de Operaciones con el siguiente equipamiento mínimo:
12.7.1. Equipo de anestesia con Sistema de Monitoreo Completo y moderno (monitor cardiaco, pulsoxímetro, capnógrafo).
12.7.2. Lámpara Cialítica de Alta Intensidad.
12.7.3. Equipo de Resucitación.
12.7.4. Administración de Oxígeno empotrado.
12.7.5. Electrocauterio Mono y Bipolar.
12.7.6. Aspiradores de secreciones.
12.7.7. Ventilador mecánico.
12.7.8. Torre de laparoscopía (según corresponda)
Solo en los casos del numeral 12.7.5; 12.7.6 y 12.7.8 se considerara “NO APLICA”, para el ITEM 1 “ATENCION DE PACIENTES CON CATARATA SENIL NUCLEAR”; en concordancia a la consulta Nº 3 efectuada por el postor MACULA D & T S.R.L.
12.8. Sala de Recuperación con el siguiente equipamiento mínimo:
12.8.1. Monitor cardiaco
12.8.2. Oxígeno empotrado
12.8.3. Pulsoxímetro.
12.9. Declaración Jurada de mantenimiento de los equipos biomédicos.
12.10. La IPRESS deberá garantizar la provisión de sangre y hemo- derivados de acuerdo a la normativa vigente.
12.11. La IPRESS contratada debe comunicar semanalmente a ESSALUD, su disponibilidad de camas para hospitalización de los pacientes asegurados de ESSALUD que va a intervenir quirúrgicamente.
13. CONFIDENCIALIDAD DE LA INFORMACIÓN
13.1. La IPRESS contratada se compromete a mantener en reserva y no revelar a tercero alguno, sin previa conformidad escrita de ESSALUD, toda información que le sea suministrada por este último.
13.2. La IPRESS No revelará ni permitirá la revelación de cualquier dato o información relacionado a la prestación de servicios de salud a los medios de prensa o a terceros (excepto para los casos que la Ley dispusiera).
14. ENTREGABLES DEL SERVICIO
14.1. El expediente de pago que será entregado a la Gerencia Central de Logística, por los servicios prestados por la IPRESS, consta de la siguiente documentación:
14.1.1. Orden de Compra.
14.1.2. Orden de Servicio o Nota de pedido.
14.1.3. Factura
14.1.4. Informe de validación de las prestaciones de salud.
14.2. El informe de validación de las prestaciones de salud (paquetes quirúrgicos), estará a cargo de la Gerencia de Auditoría de Aseguramiento de la Gerencia Central de Aseguramiento.
14.3. El pedido de orden de Compra será emitido por la Gerencia Central de Logística a solicitud de la Gerencia Central de Aseguramiento quien autorizará a la IPRESS, la atención del asegurado de acuerdo a los términos estipulados en el CONTRATO.
14.4. La IPRESS remitirá a la Red Asistencial de procedencia del asegurado, copia de la Epicrisis del asegurado atendido en el marco del presente CONTRATO, con la finalidad de que se adjunte dicho documento a la Historia Clínica del asegurado en su centro de adscripción.
14.5. El expediente para la elaboración del Informe de validación de las prestaciones de salud, consta de la siguiente documentación:
14.5.1. Base de datos electrónicos (pacientes atendidos).
14.5.2. Copia de la historia clínica completa del asegurado, incluyendo Informe de exámenes auxiliares y demás requisitos que se establezcan según paquete.
14.5.3. Reporte operatorio de la IPRESS.
14.5.4. Referencia o constancia de autorización para la atención, emitida por EsSalud.
14.5.5. Consentimiento informado
14.5.6. Epicrisis
14.5.7. Liquidación detallada de las prestaciones, medicamentos e insumos utilizados para el asegurado.
14.5.8. Factura
Debe constar la firma y sello del médico tratante en los documentos generados por la IPRESS.
14.6. La IPRESS pondrá a disposición de ESSALUD, cuando esta última lo requiera para fines de control, copia de la Historia Clínica, reporte operatorio, consentimiento informado y exámenes auxiliares, de los asegurados atendidos en el marco del presente CONTRATO.
15. FORMA DE PAGO
Se realizará mensualmente y comprende el Pago por Servicios de los Paquetes Quirúrgicos a través de la Gerencia Central de Finanzas.
16. CONFORMIDAD DEL SERVICIO
Será extendida por la Gerencia de Auditoría de Aseguramiento, previa validación de las prestaciones realizadas por la IPRESS, luego de lo cual iniciará el procedimiento de pago a través de las Gerencias Centrales de Logística y Finanzas.
17. LIQUIDACIÓN DE PRESTACIONES
La Gerencia de Auditoría de Aseguramiento, efectuará la liquidación mensual por concepto de las prestaciones realizadas por la IPRESS para el pago de las prestaciones pactadas en este CONTRATO, de acuerdo a su normatividad vigente.
En caso la IPRESS efectúe dos o más intervenciones quirúrgicas a través de un mismo punto de abordaje o cavidad anatómica, corresponde el reconocimiento de pago al 100% del procedimiento quirúrgico de mayor costo. En caso de dos o más intervenciones quirúrgicas efectuadas dentro de un mismo acto operatorio, mediante diferentes incisiones, se reconocerá el pago de la intervención mayor al 100%, más el 50% de la segunda intervención, más el 25% de cada una de las siguientes intervenciones.
18. CONTROL DE LAS ACTIVIDADES DESARROLLADAS POR LA IPRESS
ESSALUD establecerá el método, procedimientos e instrumentos de control necesarios para la evaluación de las actividades desarrolladas por la IPRESS durante la vigencia del CONTRATO; estas actividades mínimas se detallan a continuación:
18.1. Monitoreo en la ejecución de las prestaciones de salud.
18.2. Auditoría al 100% de las prestaciones en lo concerniente a Acreditación, Calidad de Atención, Coherencia de Diagnóstico y Tratamiento (Pertinencia del acto médico) a cargo de la Gerencia de Auditoría de Aseguramiento de la Gerencia Central de Aseguramiento.
18.3. Evaluación permanente de las quejas, reclamos y consultas de los asegurados y/o derechohabientes atendidos a cargo de la Defensoría del Asegurado.
18.4. Encuestas de Satisfacción de Asegurados (Muestreo Aleatorio).
18.5. Evaluación inopinada de las condiciones de salubridad y bioseguridad de acuerdo a la normatividad vigente.
19. INFRACCIONES Y PENALIDADES
19.1. Toda acción u omisión, debidamente comprobada por ESSALUD, que configure el incumplimiento de las obligaciones del CONTRATO, constituirá una infracción, la cual será sancionada con penas pecuniarias y administrativas.
19.2. Las infracciones establecidas en el cuadro de penalidades tendrán carácter objetivo en tanto se sustentan en obligaciones y diligencias explicitas y detalladas en el Anexo C, por lo cual su aplicación no es objeto de someterse a arbitraje de derecho o conciliación.
19.3. Las penalidades serán de aplicación sin perjuicio de la obligación de resarcimiento de los daños y perjuicios u otra acción legal que pudieran tener lugar y de las deducciones en los pagos a cargo de ESSALUD de acuerdo con lo pactado.
19.4. Con la finalidad de evitar la aplicación de penalidades o consecuencias legales mayores, la IPRESS solo podrá aplicar un supuesto de fuerza mayor, caso fortuito, acuerdo entre las PARTES u otro pactado en el CONTRATO, no siendo posible alegar como eximente de responsabilidad los incumplimientos contractuales derivados de CONTRATOS que celebre con terceros.
20. CAUSALES DE INCUMPLIMIENTO NO IMPUTABLE A LAS IPRESS
20.1. Para fines del CONTRATO, existirá una situación de caso fortuito o fuerza mayor siempre que se produzca un evento, condición o circunstancia no imputable a las PARTES, de naturaleza extraordinaria, imprevisible e irresistible, que impida a alguna de ellas cumplir con las obligaciones a su cargo o cause su cumplimiento parcial, tardío o defectuoso. El suceso deberá estar fuera del control razonable de la Parte que invoque la causal, la cual a pesar de todos los esfuerzos razonables para prevenirlos o mitigar sus efectos, no puede evitar que se configure la situación de incumplimiento. Estas situaciones de caso fortuito o fuerza mayor, conforme a lo considerado en el CONTRATO y a lo establecido en el Código Civil Peruano. , incluye entre otros no señalados en la presente Xxxxxxxx, los siguientes eventos:
20.1.1. Cualquier acto xx xxxxxx externa, interna, civil (declarada o no declarada), invasión, conflicto armado, bloqueo, revolución, motín, insurrección, conmoción civil o actos de terrorismo.
20.1.2. Cualquier paro o huelga general de trabajadores que no mantengan una relación laboral con la IPRESS, que afecten de manera directa la operación por causas ajenas a su voluntad que no le sean imputables, que vayan más allá de su control razonable o que sean imprevisibles.
20.1.3. Cualquier evento o desastre natural, incendio, explosión o evento similar, siempre que afecte de manera directa total o parcialmente los bienes necesarios para la ejecución de las prestaciones contratadas.
20.1.4. La eventual destrucción de los bienes necesarios para la ejecución de las prestaciones contratadas o de la IPRESS, de forma total, o de parte sustancial de la misma, o daños a los bienes que produzcan su destrucción total y su imposibilidad de recuperación, ocasionados por orden de cualquier autoridad pública o por causas no imputables a la IPRESS.
20.2. Las obligaciones afectadas por estos supuestos así como el plazo del CONTRATO quedarán automáticamente suspendidas desde la ocurrencia del evento de caso fortuito o fuerza mayor y mientras dure dicho evento, prorrogándose el plazo del CONTRATO previo acuerdo de las PARTES, sin embargo, el pago de los conceptos correspondientes a las Retribuciones ya generadas conforme a los mecanismos establecidos en el CONTRATO seguirá ejecutándose.
21. RESOLUCION DEL CONTRATO
21.1. El CONTRATO sólo podrá declararse resuelto por la verificación de alguna de las causales expresamente establecidas en el mismo.
21.2. ESSALUD podrá resolver el CONTRATO, en los casos en que la IPRESS incurra en alguno de los supuestos siguientes:
21.2.1. Incumplimiento injustificado de las obligaciones contractuales, conforme a lo detallado en el Anexo C sobre infracciones y penalidades y/o incumplimiento de obligaciones legales o reglamentarias a su cargo, pese a haber sido requerido para ello.
21.2.2. Cuando la IPRESS incurra en alguno de los supuestos señalados en el Anexo D sobre Resolución Contractual.
21.2.3. La IPRESS paralice o reduzca injustificadamente la ejecución de la prestación, pese a haber sido requerido para corregir tal situación.
21.2.4. La cancelación del registro, categorización y/o Licencia de Funcionamiento otorgada a la IPRESS.
21.3. La IPRESS podrá solicitar la resolución del CONTRATO, en los casos en que ESSALUD incurra en alguno de los siguientes supuestos:
21.3.1. Incumplimiento grave e injustificado de las obligaciones contractuales, legales o reglamentarias a su cargo conforme a lo previsto en el CONTRATO, pese a haber sido requerido para ello.
21.3.2. En caso de ocurrir un hecho de caso fortuito o fuerza mayor, que imposibilite el cumplimiento de las obligaciones pactadas y que luego de su suspensión no puedan ser reiniciadas a pesar de todos los esfuerzos razonables.
22. SOLUCION DE CONTROVERSIAS
22.1. Todos los conflictos y controversias que pudieran surgir entre las PARTES sobre la interpretación, ejecución, cumplimiento y cualquier aspecto relativo a la existencia, validez o resolución del CONTRATO deberán ser resueltos en primer lugar mediante Trato Directo entre las PARTES dentro de un plazo de cinco (05) días naturales, contados a partir de la fecha en que una Parte comunica a la otra por escrito de la controversia mediante carta notarial.
22.2. En caso las PARTES no puedan llegar a un acuerdo mediante Trato Directo, la controversia será resuelta mediante arbitraje de derecho, ante el Centro de Conciliación y Arbitraje (CECONAR) de la Superintendencia Nacional de Aseguramiento en Salud, cuyas normas las PARTES señalan que conocen expresamente y a ellas se someten de forma incondicional; siendo de aplicación el Decreto Legislativo N° 1071 que norma el Arbitraje y sus modificatorias.
22.3. En caso que el Arbitraje sea iniciado por el adjudicatario, la notificación de la solicitud de arbitraje será realizada a la Gerencia General de ESSALUD, la misma que deberá presentarse en Trámite Documentario (ventanillas de la 1 a la 4), sito en Xx. Xxxxxxxx Xx 0000
– Xxxxx Xxxxx con copia a la Oficina Central de Asesoría Jurídica.
22.4. El Laudo del Tribunal Arbitral será definitivo, inapelable y de ejecución inmediata, poniendo fin al procedimiento de solución de controversias de manera definitiva, siendo inapelable ante el Poder Judicial o ante cualquier instancia administrativa.
22.5. Durante el desarrollo del arbitraje las PARTES continuarán con la ejecución de sus obligaciones contractuales, en la medida en que sea posible, inclusive con aquéllas materia del arbitraje.
22.6. Todos los gastos que irrogue la resolución de una Controversia, incluyendo los honorarios de los Árbitros, serán cubiertos por la Parte vencida, salvo que el perito o los árbitros decidieran otra cosa. Se excluye de lo dispuesto en esta Cláusula los costos y gastos tales como honorarios de asesores, costos internos u otros que resulten imputables a una Parte de manera individual.
23. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS
23.1. Durante la vigencia del CONTRATO pueden realizarse ciertas modificaciones, siempre que medie acuerdo entre las PARTES.
23.2. Toda solicitud de enmienda, adenda o modificación del CONTRATO por cualquiera de las PARTES, deberá ser presentada con el debido sustento técnico y económico - financiero, debiendo la otra parte atender a la solicitud en el más breve plazo. La solicitud que en ese sentido realice ESSALUD deberá respetar la naturaleza del CONTRATO, las condiciones económicas y técnicas contractualmente convenidas por las PARTES.
23.3. La modificación que sea aceptada por ambas PARTES debe constar por escrito y contar con la firma de sus representantes, además de las formalidades que sean establecidas para la validez del CONTRATO, constituyéndose de ese modo como parte del mismo y en consecuencia de carácter vinculante para ESSALUD.
23.4. Las modificaciones deben contener los detalles de su incorporación dentro del CONTRATO, así como esclarecer los plazos, las penalidades, garantías o indemnizaciones de ser el caso.
ANEXO A ITEMS A CONTRATAR
ITEM 01
ATENCIÓN DE PACIENTES CON CATARATA SENIL NUCLEAR
Objetivo:
Contratar Servicios de Salud para brindar atención a los pacientes con Diagnostico de Catarata Senil Nuclear (CIE 10. H25.1) que requieran atención quirúrgica.
Intervenciones quirúrgicas a realizar:
Remoción de catarata por técnica facoemulsificaciòn CPT 66984 Remoción de catarata por técnica facofragmentacion CPT 66850 + 66825 Remoción de catarata por técnica extracapsular CPT 66940 + 66825
Requisitos mínimos del Servicio:
1. Cumplir con lo establecido en los Términos de Referencia
2. Los Servicios se Realizaran en un Establecimiento de Salud con categoría II – 1 como mínimo o II – E.
3. El Personal Responsable de la Cirugía deberán ser Médicos Cirujanos Especialistas en Oftalmología, Habilitados y con Registro Nacional de Especialista del Colegio Médico del Perú.
Alcances del Servicio:
El Servicio comprende:
1. Consulta Médica por el médico tratante.
2. Los Análisis pre quirúrgicos.
3. Riesgo Quirúrgico.
4. Preparación pre quirúrgica.
5. Atención en Sala de Operaciones.
6. Atención en Recuperación.
7. Atención de complicaciones inmediatas.
8. Atención de infecciones post quirúrgicas.
9. Control Post quirúrgico.
10. Medicamentos e insumos*.
* No incluye Lentes rígidos: EsSalud reconocerá su tope hasta S/:75.00 nuevos soles (inc. IGV) por cada ojo. No incluye Lentes plegables: EsSalud reconocerá su tope hasta S/.481.00 nuevos soles (inc. IGV) por cada ojo
ITEM 02
ATENCION DE PACIENTES CON HIPERPLASIA PROSTATICA BENIGNA
Objetivo:
Contratar Servicios de Salud para brindar atención a los pacientes con Dx de Hiperplasia Prostática Benigna (CIE 10: N40.X) que requieran atención quirúrgica.
Intervenciones quirúrgicas a realizar:
Resección Trans-uretral de Adenoma Prostático CPT 52612 Resección Supra púbica de Adenoma Prostática CPT 55821 Requisitos mínimos del Servicio:
1. Cumplir con lo establecido en los Términos de Referencia
2. Los Servicios se Realizaran en un Establecimiento de Salud categorizado II – 1 como mínimo o II – E.
3. El Personal Responsable de la Cirugía deberán ser Médicos Cirujanos Especialistas en Urología, Habilitados y con Registro Nacional de Especialista del Colegio Medico del Perú.
4. Sala de Operaciones deberá contar con equipamiento para cirugía transuretral.
Alcances del Servicio:
El Servicio comprende:
1. Consulta Médica por el médico tratante
2. Los Análisis pre quirúrgicos.
3. Riesgo Quirúrgico.
4. Preparación pre quirúrgica.
5. Atención en Sala de Operaciones.
6. Atención en Recuperación.
7. Hospitalización post operatoria.
8. Atención de complicaciones inmediatas.
9. Infecciones Post-operatorias.
10. Control post-quirúrgico.
11. No serán cubiertas las siguientes complicaciones.
12. Medicamentos e insumos.
13. Examen Anátomo patológico de la pieza quirúrgica
ITEM 03
ATENCIÓN DE PACIENTES CON INCONTINENCIA URINARIA DE ESFUERZO
Objetivo:
Contratar Servicios de Salud para brindar atención a los pacientes con Diagnostico de Incontinencia Urinaria de Esfuerzo (CIE 10.N39.3) que requieran atención quirúrgica.
Intervenciones quirúrgicas a realizar:
Cirugía correctiva de Incontinencia urinaria de esfuerzo no asociada a prolapso CPT 53445
Requisitos mínimos del Servicio:
1. Cumplir con lo establecido en los Términos de Referencia
2. Los Servicios se realizaran en un Establecimiento de Salud categorizado con un mínimo de categoría II-1.
3. El Personal Responsable de la Cirugía deberán ser Médicos Cirujanos Especialistas en urología, Habilitados y con Registro Nacional de Especialista del Colegio Médico del Perú.
Alcances del Servicio:
El Servicio comprende:
1. Consulta Médica por el médico tratante
2. Los Análisis pre quirúrgicos.
3. Riesgo Quirúrgico.
4. Preparación pre quirúrgica.
5. Atención en Sala de Operaciones.
6. Atención en Recuperación.
7. Hospitalización post-quirúrgica
8. Atención de complicaciones inmediatas.
9. Atención de infecciones post quirúrgicas.
10. Control Post quirúrgico, hasta el alta.
11. Medicamentos e insumos.
ITEM 04
ATENCIÓN DE PACIENTES CON LEIOMIOMATOSIS UTERINA
Objetivo:
Contratar Servicios de Salud para brindar atención a los pacientes con Diagnostico de Leiomiomatosis Uterina (CIE 10. D25) que requieran atención quirúrgica.
Intervenciones quirúrgicas a realizar:
Histerectomía Abdominal c/s ooferectomía CPT 58150 Histerectomía vaginal c/s colpoplastia anterior y posterior CPT 58260 Histerectomía laparoscópica C/S anexectomia CPT 58541
Requisitos mínimos del Servicio:
1. Cumplir con lo establecido en los Términos de Referencia
2. Los Servicios se realizaran en un Establecimiento de Salud categorizado con un mínimo de categoría II-1.
3. El Personal Responsable de la Cirugía deberán ser Médicos Cirujanos Especialistas en Gineco obstetricia, Habilitados y con Registro Nacional de Especialista del Colegio Médico del Perú.
Alcances del Servicio:
El Servicio comprende:
1. Consulta Médica por el médico tratante
2. Los Análisis pre quirúrgicos.
3. Riesgo Quirúrgico.
4. Preparación pre quirúrgica.
5. Atención en Sala de Operaciones.
6. Atención en Recuperación.
7. Hospitalización post-quirúrgica
8. Atención de complicaciones inmediatas.
9. Atención de infecciones post quirúrgicas.
10. Control Post quirúrgico, hasta el alta.
11. Medicamentos e insumos.
12. Examen Anátomo patológico de la pieza quirúrgica
ITEM 05
ATENCIÓN DE PACIENTES CON TRASTORNOS DE DISCO LUMBAR Y OTROS, CON RADICULOPATÍA M51.1
Objetivo:
Contratar Servicios de Salud para brindar atención a los pacientes con Diagnostico de Trastornos De Disco Lumbar y Otros (CIE 10. M51.1) que requieran atención quirúrgica.
Intervenciones quirúrgicas a realizar:
Microdisectomia para hernia de núcleo pulposo CPT: 63031
Requisitos mínimos del Servicio:
1. Cumplir con lo establecido en los Términos de Referencia
2. Los Servicios se realizaran en un Establecimiento de Salud categorizado con un mínimo de categoría II-1.
3. El Personal Responsable de la Cirugía deberán ser Médicos Cirujanos Especialistas en neurocirugía, Habilitados y con Registro Nacional de Especialista del Colegio Médico del Perú.
Alcances del Servicio:
El Servicio comprende:
1. Consulta Médica por el médico tratante.
2. Los Análisis pre quirúrgicos.
3. Riesgo Quirúrgico.
4. Preparación pre quirúrgica.
5. Atención en Sala de Operaciones.
6. Atención en Recuperación.
7. Hospitalización post-quirúrgica
8. Atención de complicaciones inmediatas.
9. Atención de infecciones post quirúrgicas.
10. Control Post quirúrgico, hasta el alta.
11. Medicamentos e insumos.
ATENCIÓN DE PACIENTES CON CÁLCULO DE LA VESÍCULA BILIAR SIN COLECISTITIS
Objetivo:
Contratar Servicios de Salud para brindar atención a los pacientes con Diagnostico de Cálculo de la Vesícula Biliar sin Colecistitis (CIE 10. K80.2) que requieran atención quirúrgica.
Intervenciones quirúrgicas a realizar:
Colecistectomía Laparoscópica CPT 56340
Colecistectomía Convencional CPT 47600
Requisitos mínimos del Servicio:
1. Cumplir con lo establecido en los Términos de Referencia
2. Los Servicios se Realizaran en un Establecimiento de Salud categorizado con un mínimo de categoría II-1.
3. El Personal Responsable de la Cirugía deberán ser Médicos Cirujanos Especialistas en Cirugía General, Habilitados y con Registro Nacional de Especialista del Colegio Médico del Perú.
Alcances del Servicio:
El Servicio comprende:
1. Consulta Médica por el médico tratante.
2. Los Análisis pre quirúrgicos.
3. Riesgo Quirúrgico.
4. Preparación pre quirúrgica.
5. Atención en Sala de Operaciones.
6. Atención en Recuperación.
7. Hospitalización post-quirúrgica
8. Atención de complicaciones inmediatas.
9. Atención de infecciones post quirúrgicas.
10. Control Post quirúrgico, hasta el alta.
11. Medicamentos e insumos.
12. Examen Anátomo patológico de la pieza quirúrgica
ATENCIÓN DE PACIENTES CON HERNIA INGUINAL UNILATERAL/BILATERAL O NO ESPECIFICADA, SIN OBSTRUCCIÓN NI GANGRENA
Objetivo:
Contratar Servicios de Salud para brindar atención a los pacientes con Diagnostico de Hernia Inguinal Unilateral o No Especificada, sin obstrucción ni gangrena (CIE 10. K40.9) que requieran atención quirúrgica.
Intervenciones quirúrgicas a realizar:
REPARACION DE HERNIA INGUINAL convencional CPT: 49520
REPARACION DE HERNIA INGUINAL por laparoscopia CPT: 56317 ó
56316 ó 49650
Requisitos mínimos del Servicio:
1. Cumplir con lo establecido en los Términos de Referencia
2. Los Servicios se realizaran en un Establecimiento de Salud categorizado con un mínimo de categoría II-1.
3. El Personal Responsable de la Cirugía deberán ser Médicos Cirujanos Especialistas en Cirugía General, Habilitados y con Registro Nacional de Especialista del Colegio Médico del Perú.
Alcances del Servicio:
El Servicio comprende:
1. Consulta Médica por el médico tratante.
2. Los Análisis pre quirúrgicos.
3. Riesgo Quirúrgico.
4. Preparación pre quirúrgica.
5. Atención en Sala de Operaciones.
6. Atención en Recuperación.
7. Hospitalización post-quirúrgica
8. Atención de complicaciones inmediatas.
9. Atención de infecciones post quirúrgicas.
10. Control Post quirúrgico, hasta el alta.
11. Medicamentos e insumos*.
* No incluyen Malla. EsSalud reconocerá hasta un tope de S/.180.00 nuevos soles (inc. IGV) por Xxxxx.
ATENCIÓN DE PACIENTES CON COXARTROSIS PRIMARIA, BILATERAL
Objetivo:
Contratar Servicios de Salud para brindar atención a los pacientes con Diagnostico de Gonartrosis Primaria, Bilateral (CIE 10. M16.0) que requieran atención quirúrgica.
Intervenciones quirúrgicas a realizar:
Artroplastia Total de Cadera
Requisitos mínimos del Servicio:
1. Cumplir con lo establecido en los Términos de Referencia
2. Los Servicios se Realizaran en un Establecimiento de Salud categorizado con un mínimo de categoría II-1.
3. El Personal Responsable de la Cirugía deberán ser Médicos Cirujanos Especialistas en Traumatología, Habilitados y con Registro Nacional de Especialista del Colegio Médico del Perú.
4. Sala de Operaciones con el siguiente equipamiento:
x. Xxxx quirúrgica apropiada para Traumatología y Ortopedia.
b. Lámpara Cialítica de Alta Intensidad.
c. Intensificador de Imágenes.
d. Radiología Digitalizada.
e. Instrumental Quirúrgico apropiado para abordajes de cirugía de cadera en cantidades que permitan intervenir 4 pacientes por día de manera consecutiva.
Alcances del Servicio:
El Servicio comprende:
1. Consulta Médica por el médico tratamiento.
2. Los Análisis pre quirúrgicos.
3. Riesgo Quirúrgico.
4. Preparación pre quirúrgica.
5. Atención en Sala de Operaciones.
6. Atención en Recuperación.
7. Hospitalización post-quirúrgica
8. Atención de complicaciones inmediatas.
9. Atención de infecciones post quirúrgicas.
10. Control Post quirúrgico, hasta el alta.
11. Medicamentos e insumos*.
* No incluyen prótesis, las mismas serán proporcionadas por EsSalud
ATENCIÓN DE PACIENTES CON GONARTROSIS PRIMARIA, BILATERAL
Objetivo:
Contratar Servicios de Salud para brindar atención a los pacientes con Diagnostico de Gonartrosis Primaria, Bilateral (CIE 10. M17.0) que requieran atención quirúrgica.
Intervenciones quirúrgicas a realizar:
Artroplastia Total de Rodilla CPT 27447
Requisitos mínimos del Servicio:
1. Cumplir con lo establecido en los Términos de Referencia
2. Los Servicios se Realizaran en un Establecimiento de Salud categorizado con un mínimo de categoría II-1.
3. El Personal Responsable de la Cirugía deberán ser Médicos Cirujanos Especialistas en Traumatología, Habilitados y con Registro Nacional de Especialista del Colegio Médico del Perú.
4. Sala de Operaciones con el siguiente equipamiento:
x. Xxxx quirúrgica apropiada para Traumatología y Ortopedia.
b. Lámpara Cialítica de Alta Intensidad.
c. Intensificador de Imágenes.
d. Radiología Digitalizada.
e. Instrumental Quirúrgico apropiado para abordajes de cirugía de rodilla en cantidades que permitan intervenir 4 pacientes por día de manera consecutiva.
Alcances del Servicio:
El Servicio comprende:
1. Consulta Médica por el médico tratante.
2. Los Análisis pre quirúrgicos.
3. Riesgo Quirúrgico.
4. Preparación pre quirúrgica.
5. Atención en Sala de Operaciones.
6. Atención en Recuperación.
7. Hospitalización post-quirúrgica
8. Atención de complicaciones inmediatas.
9. Atención de infecciones post quirúrgicas.
10. Control Post quirúrgico, hasta el alta.
11. Medicamentos e insumos*.
* No incluyen prótesis, las mismas serán proporcionadas por EsSalud
ATENCIÓN DE PACIENTES CON TRASTORNO DE MENISCO DEBIDO A DESGARRO O LESIÓN ANTIGUA
Objetivo:
Contratar Servicios de Salud para brindar atención a los pacientes con TRASTORNO DE MENISCO DEBIDO A DESGARRO O LESIÓN ANTIGUA (CIE
10. M23.2) que requieran atención quirúrgica.
Intervenciones quirúrgicas a realizar:
Artroscópia terapéutica de rodilla con menisectomía CPT: 29880
Requisitos mínimos del Servicio:
1. Cumplir con lo establecido en los Términos de Referencia
2. Los Servicios se Realizaran en un Establecimiento de Salud categorizado con un mínimo de categoría II-1.
3. El Personal Responsable de la Cirugía deberán ser Médicos Cirujanos Especialistas en Traumatología, Habilitados y con Registro Nacional de Especialista del Colegio Médico del Perú.
4. Sala de Operaciones con el siguiente equipamiento:
x. Xxxx quirúrgica apropiada para Traumatología y Ortopedia.
b. Lámpara Cialítica de Alta Intensidad.
c. Intensificador de Imágenes.
d. Radiología Digitalizada.
e. Artroscopio
f. Instrumental Quirúrgico apropiado para abordajes de cirugía de rodilla en cantidades que permitan intervenir 4 pacientes por día de manera consecutiva.
Alcances del Servicio:
El Servicio comprende:
1. Consulta Médica por el médico tratante.
2. Los Análisis pre quirúrgicos.
3. Riesgo Quirúrgico.
4. Preparación pre quirúrgica.
5. Atención en Sala de Operaciones.
6. Atención en Recuperación.
7. Atención de complicaciones inmediatas.
8. Atención de infecciones post quirúrgicas.
9. Control Post quirúrgico, hasta el alta.
10. Medicamentos e insumos.
ITEM 11
ATENCIÓN DE PACIENTES CON DESVIACIÓN DE TABIQUE NASAL
Objetivo:
Contratar Servicios de Salud para brindar atención a los pacientes con Diagnostico de Desviación De Tabique Nasal (CIE 10. J34.2) que requieran atención quirúrgica.
Intervenciones quirúrgicas a realizar:
Septoplastía CPT 30520
Requisitos mínimos del Servicio:
1. Cumplir con lo establecido en los Términos de Referencia
2. Los Servicios se realizaran en un Establecimiento de Salud categorizado con un mínimo de categoría II-1.
3. El Personal Responsable de la Cirugía deberán ser Médicos Cirujanos Especialistas en otorrinolaringología, Habilitados y con Registro Nacional de Especialista del Colegio Médico del Perú.
Alcances del Servicio:
El Servicio comprende:
1. Consulta Médica por el médico tratante.
2. Los Análisis pre quirúrgicos.
3. Riesgo Quirúrgico.
4. Preparación pre quirúrgica.
5. Atención en Sala de Operaciones.
6. Atención en Recuperación.
7. Hospitalización post-quirúrgica
8. Atención de complicaciones inmediatas.
9. Atención de infecciones post quirúrgicas.
10. Control Post quirúrgico, hasta el alta.
11. Medicamentos e insumos.
Consolidado de Items a contratar según Diagnóstico y Procedimiento Quirúrgico
Ítem N° | CIE 10 | Diagnóstico | Procedimiento acorde a Diagnóstico | Código CPT 2010 |
1 | H25.1 | Catarata senil nuclear | Remoción de catarata por técnica extracapsular Remoción de catarata por técnica facoemulsificación Remoción de catarata por técnica facofragmentación | 66840+66825 66984 66850+66825 |
2 | N40.X | Hiperplasia de la próstata | Resección transuretral de adenoma prostático Adenomectomía prostática suprapúbica | 52612 55821 |
3 | N39.3 | Incontinencia urinaria de esfuerzo | Cirugía correctiva de Incontinencia urinaria de esfuerzo no asociada a prolapso de órgano pélvico | 53445 |
4 | D25 | Leiomioma del útero | Histerectomía abdominal c/s ooferectomía Histerectomía vaginal c/s colpoplastía anterior y posterior Histerectomía laparoscopia c/s anexectomía | 58150 58260 58541 |
5 | M51.1 | Trastornos de disco lumbar y otros, con radiculopatía | Microdisectomia para Xxxxxx xxx Xxxxxx Xxxxxxx | 00000 |
6 | K80.2 | Cálculo de la vesícula biliar sin colecistitis | Colecistectomía convencional Colecistectomía laparoscópica | 47600 56340 |
7 | K40.9 | Hernia inguinal unilateral o no especificada, sin obstrucción ni gangrena | Reparacion de hernia inguinal convencional Reparacion de hernia inguinal por laparoscopia | 49520 56317 ó 56316 ó 49650 |
8 | M16 | Artrosis de cadera | Artroplastia, prótesis acetabular y femoral proximal(total), con o sin auto injerto o aloinjerto óseo | 27130 |
9 | M17 | Artrosis de rodilla | Artroplastia total de rodilla | 27447 |
10 | M23.2 | Trastorno de menisco debido a desgarro o lesión antigua | Artroscópia terapéutica de rodilla con menisectomía | 29880 |
11 | J34.2 | Desviación del tabique nasal | Septoplastía | 30520 |
SEGURO SOCIAL DE SALUD 36
PEC N° 1-2013-ESSALUD/GCL
ANEXO B
TARIFA REFERENCIAL POR PAQUETES QUIRÚRGICOS 2013
N° | PAQUETE QUIRURGICO | TARIFA REFERENCIAL (en nuevos soles ) Incluye IGV |
1 | Remoción de catarata por técnica extracapsular | 904.00 |
2 | Remoción de catarata por técnica facoemulsificación | 2,383.00 |
3 | Remoción de catarata por técnica facofragmentación | 2,383.00 |
4 | Resección transuretral de adenoma prostático | 2,769.00 |
5 | Adenomectomía prostática suprapúbica | 3,021.00 |
6 | Cirugía correctiva de Incontinencia urinaria de esfuerzo no asociada a prolapso de órgano pélvico | 1,764.00 |
7 | Histerectomía abdominal c/s ooferectomía | 3,496.00 |
8 | Histerectomía vaginal c/S colpoplastía anterior y posterior | 3,496.00 |
9 | Histerectomía laparoscopia c/s anexectomía | 3,164.00 |
10 | Microdisectomia para Hernia del Núcleo Pulposo | 6,492.00 |
11 | Colecistectomía convencional | 3,392.00 |
12 | Colecistectomía laparoscópica | 3,558.00 |
13 | Reparación de Hernia Inguinal convencional | 2,167.00 |
14 | Reparación de Hernia Inguinal por laparoscopia | 2,525.00 |
15 | Artroplastía, prótesis acetabular y femoral proximal (total), con o sin autoinjerto o aloinjerto óseo | 5,035.00 |
16 | Artroplastia total de rodilla | 3,556.00 |
17 | Artroscopía terapéutica de rodilla con menisectomía | 1,650.00 |
18 | Septoplastía | 1,593.00 |
Considerar además:
Paquetes Quirúrgicos 1, 2 y 3:
‐ No incluye Lentes rígidos: EsSalud reconocerá su tope hasta S/:75.00 nuevos soles (inc. IGV) por cada ojo
‐ No incluye Lentes plegables: EsSalud reconocerá su tope hasta S/.481.00 nuevos soles (inc. IGV) por cada ojo.
Paquetes Quirúrgicos 13 y 14:
‐ No incluyen Malla. EsSalud reconocerá hasta un tope de S/.180.00 nuevos soles (inc. IGV) por Xxxxx.
Paquetes Quirúrgicos 15 y 16:
‐ No incluyen prótesis, las mismas serán proporcionadas por EsSalud.
ANEXO C INFRACCIONES Y PENALIDADES
El presente Anexo contiene las infracciones y penalidades aplicables por inejecución de las obligaciones asumidas por la IPRESS en el contrato:
1. ESSALUD, se encuentra facultado para aplicar las penalidades contractuales. En ese sentido, en caso de incumplimiento de la IPRESS de cualquiera de las obligaciones indicadas en el CONTRATO, y verificadas previamente por los órganos competentes de ESSALUD, quien le indicará a la IPRESS los mecanismos de subsanación correspondientes y la aplicación de las penalidades contenidas en el presente convenio. La IPRESS no estará exenta de responsabilidad aún en los casos en que los incumplimientos sean consecuencia de convenios o contratos que celebre con sub contratistas.
2. La IPRESS podrá reclamar la aplicación de la penalidad si presenta, ante ESSALUD, en un plazo máximo de quince (15) días naturales contados a partir del día siguiente a la fecha de notificación de la penalidad, la reclamación por escrito con el respectivo sustento. Vencido el plazo antes indicado se tomara como aceptada la penalidad.
3. Por su parte, ESSALUD contará con un plazo de quince (15) días naturales para responder al recurso planteado por la IPRESS con previa opinión de la Gerencia de Auditoría de Aseguramiento. En tanto dure el proceso de reclamo la penalidad no será descontada en el mes de la ocurrencia.
4. ESSALUD, podrá descontar del monto Mensual, el monto al que ascienda la deuda por penalidad impuesta.
5. De no haber acuerdo en la aplicación de las penalidades ésta puede ser cuestionada empleando el mecanismo de solución de controversias del presente convenio.
6. Las penalidades se establecen en base un porcentaje del importe facturado mensualmente.
7. Las penalidades aplicables son las siguientes:
DE LAS ACTIVIDADES CONTRATADAS
Numeral | Infracción | Nivel | Frecuencia de Medición | Penalidad |
9.6 | NO remitir el registro mensual de las prestaciones realizadas | LEVE | Mensual | 5 % del monto mensual facturad o |
DE LAS CONDICIONES QUE SE PRESTARA EL SERVICIO
Numeral | Infracción | Nivel | Frecuencia de Medición | Penalidad |
10.3.3 | Programación de la intervención quirúrgica por encima de las 96 horas de referido el paciente | MODERA DA | Mensual | 10 % del monto mensual facturad o |
DE LOS REQUISITOS DE FUNCIONAMIENTO
Numeral | Infracción | Nivel | Frecuencia de Medición | Penalidad |
12.1 | Certificado de IPRES vencido y/o sin trámite de renovación. | MODERA DA | Mensual | 10 % del monto mensual facturad o |
12.2 | Certificado de categorización del Establecimiento de Salud vencido y/o sin trámite de renovación. | MODERA DA | Mensual | 10 % del monto mensual facturad o |
ANEXO D RESOLUCIÓN CONTRACTUAL
DE LAS ACTIVIDADES CONTRATADAS
Numeral | Supuesto |
9.4 | NO otorgar los Certificados de Incapacidad Temporal para el Trabajo, de acuerdo con las normas aprobadas por ESSALUD |
9.7 | Utilizar la información de los asegurados proporcionada por ESSALUD para otros fines que no son objeto del convenio. |
9.8 | NO brindar las facilidades o impedir las auditorías periódicas descritas en el presente Anexo. |
9.10 | Registrar información falsa de la producción de actividades, con la finalidad de cobrar onerosamente por prestaciones no efectuadas. |
9.11 | Infracciones reiteradas (más de dos veces) |
DE LAS CONDICIONES QUE SE PRESTARA EL SERVICIO
Numeral | Supuesto |
10.2 | Realizar cobros por la prestación de los servicios de salud, directa o indirectamente a los asegurados de ESSALUD por las prestaciones convenidas. |
11.2 | Intervenciones quirúrgicas realizadas por profesionales que no se encuentran acreditados por el establecimiento de Salud |
ANEXO E EXÁMENES PRE QUIRÚRGICOS
Realización de Examenes Prequirugicos | Realización de Exámenes Prequirúrgicos | soles S/. |
Examen Completo de Orina | 7 | |
Glucosa | 6.2 | |
Urea | 7.1 | |
Creatinina | 6.2 | |
VDRL | 8 | |
Grupo y Factor | 6 | |
Hemograma | 18 | |
Hematocrito | 6 | |
Hemoglobina | 6 | |
Perfil de Coagulación | 15 | |
Prueba de elisa | 19 | |
Rx | 28 | |
Electrocardiograma | 19 | |
Riesgo Quirúrgico | 28 |
Tarifa no incluye IGV
CAPÍTULO V PROFORMA DEL CONTRATO
MODELO DE CONTRATO DE PRESTACION DE SERVICIOS DE SALUD COMPLEMENTARIOS ENTRE ESSALUD y (NOMBRE DE LA IPRESS)
Conste por el presente documento, el contrato de prestación de servicios de salud complementarios, que celebra de una parte ESSALUD, en adelante "LA ENTIDAD", con RUC Nº 20131257750, con domicilio legal en ,representada por
identificado con D.N.I. Nº , designado con Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº –PE-ESSALUD- 2013 y identificado con D.N.I. Nº… , designado con Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº .–PE-
ESSALUD-2013 y de otra parte la INSTITUCION PRESTADORA DE SERVICIOS DE
SALUD – IPRESS, , con RUC Nº , con domicilio legal en , distrito de , provincia y departamento de
, representada por , identificado con D. N. I. Nº , según poder inscrito en la Partida Registral Nº , del Registro de Personas Jurídicas de la Oficina Registral de , a quien en adelante se denominará EL CONTRATISTA; en los términos y condiciones siguientes.
CLAÚSULA PRIMERA.- BASE LEGAL:
El presente contrato se rige por las siguientes normales jurídicas:
Decreto Supremo Nº 002-2013-EF, “Aprueban procedimiento especial de contratación de servicios de salud que efectuará el Seguro Integral de Salud-SIS y el Seguro Social de Salud-ESSALUD de manera complementaria a la oferta pública, con las Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud- IPRESS”.
Decreto Legislativo Nº 1017, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Contrataciones del Estado, modificada por la Ley Nº 29873.
Decreto Supremo Nº 184-2008-EF, Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, modificado por el Decreto Supremo Nº 138-2012-EF.
Ley Nº 29951, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013.
CLAÚSULA SEGUNDA.-ANTECEDENTES:
LA ENTIDAD, creada por Ley Nº 27056 “Ley de Creación del Seguro Social de Salud (ESSALUD)”, es organismo público descentralizado, con personería jurídica de derecho público interno, con la finalidad de dar cobertura a los asegurados y sus derechohabientes a través de diversas prestaciones que corresponden al régimen contributivo de la Seguridad Social en salud, así como otros seguros de riesgos humanos.
EL CONTRATISTA es una persona jurídica cuya actividad principal es la provisión de
servicios de salud ……
LA ENTIDAD mediante Resolución Nº………………… de fecha
……………………..efectúo la aprobación del expediente del procedimiento de contratación (especificar proceso de selección que se trate),
cuyo objeto es la contratación de servicios de salud de manera complementaria a la oferta pública, habiendo sido declarado elegible EL CONTRATISTA por el Comité Especial de Contratación.
CLAÚSULA TERCERA.- PARTES INTEGRANTES DEL CONTRATO:
El presente contrato está conformado por las bases integradas, la expresión de interés y los documentos derivados del procedimiento de contratación que establezcan obligaciones para las partes.
CLAÚSULA CUARTA.- OBJETO Y ADMINISTRACIÓN DEL CONTRATO:
Por el presente contrato, EL CONTRATISTA se obliga a prestar el Servicio de Salud, materia del procedimiento de contratación …………………... conforme a los requerimientos técnicos mínimos previstos en las Bases de …………………y de acuerdo a su Expresión de interés que forman parte integrante del presente contrato.
CLAÚSULA QUINTA.- OBLIGACIONES DE EL CONTRATISTA:
Por el presente, EL CONTRATISTA se obliga a:
5.1 Estar legal, técnica y/o contractualmente en condiciones para ofrecer los servicios materia del presente contrato.
5.2 Cumplir con todos los servicios y obligaciones establecidas y derivadas de este contrato, las bases integradas y la expresión de interés presentada.
5.3 Cumplir con toda la normatividad aplicable al servicio que se contrata.
5.4 Cumplir con brindar cualquier información que le requiera LA ENTIDAD vinculada al servicio.
5.5 No ceder a terceros, total o parcialmente los derechos y obligaciones de este contrato.
CLAÚSULA SEXTA.- DE LAS OBLIGACIONES DE LA ENTIDAD:
LA ENTIDAD, por su parte, se obliga a:
a) Supervisar a través de la Gerencia de Auditoria de Aseguramiento, el cumplimiento del presente contrato y los documentos integrantes del mismo.
b) Efectuar el pago de acuerdo a lo señalado en el numeral 2.9 del Capitulo II de las bases respectivas.
CLAÚSULA SÉTIMA.- TARIFA DE SERVICIOS, FINANCIACION Y FORMA DE PAGO:
7.1. TARIFA:
Las tarifas de los servicios contratados, indicados en el anexo Nº B de los Términos de Referencia del procedimiento de contratación, no admiten modificaciones, ni reajustes salvo disposiciones imperativas tales como cambios al Impuesto General a las Ventas (IGV). En el caso de variación del IGV la variación del precio se realizará en forma proporcional a la variación de tal indicador.
7.2 FORMA DE PAGO:
Los servicios materia del presente contrato se cancelarán conforme en el numeral
2.9 del Capitulo II de las bases respectivas, previa conformidad del servicio otorgada por la Gerencia de Auditoria de Aseguramiento.
CLÁUSULA OCTAVA.- VIGENCIA DEL CONTRATO:
El contrato tiene vigencia de …… meses, a partir de la fecha de suscripción del mismo.
XXXXXXXX XXXXXX.- DECLARACIÓN JURADA DEL CONTRATISTA:
EL CONTRATISTA declara bajo juramento que se compromete a cumplir las obligaciones derivadas del presente contrato, bajo sanción de quedar inhabilitado para contratar con el Estado en caso de incumplimiento.
CLÁUSULA DÉCIMA.- GESTION DE CALIDAD DE ATENCIÓN:
a.- CALIDAD TÉCNICA Y ADMINISTRATIVA:
LA ENTIDAD realizará monitoreo en la ejecución de las prestaciones de salud para verificar la calidad de atención de EL CONTRATISTA.
LA ENTIDAD podrá realizar supervisiones y auditorias inopinadas, al igual que programadas, teniendo acceso a toda la información médica y administrativa disponible.
LA ENTIDAD podrá realizar encuestas de Satisfacción de Asegurados.
b.- GESTIÓN DE QUEJAS Y RECLAMOS:
En caso de presentarse algún reclamo EL CONTRATISTA, se compromete en atenderlo dentro de las 48 horas útiles posteriores a su recepción, a fin de cumplir con la normatividad vigente.
EL CONTRATISTA deberá capacitar constantemente, con regularidad y de manera programada a su personal en la gestión de quejas y reclamos así como implementará las medidas correctivas que eviten estructuralmente las contingencias que los originan.
EL CONTRATISTA deberá adjuntar a la respuesta del reclamo o queja todos los medios probatorios necesarios para su sustentación
CLÁUSULA UNDÉCIMA.- DEL CODIGO DE ÉTICA Y DEONTOLOGÍA:
El profesional médico deberá encontrarse debidamente habilitado durante el desarrollo de sus funciones o la ejecución del acto médico.
El profesional médico deberá mantener una conducta acorde con el Código de Ética y Deontología vigente del Colegio Médico del Perú. En este sentido, es de notar con especial interés que según lo dispuesto en el Art. 18 del mismo código: “El médico no deberá dividir el acto médico con el fin de incrementar el monto de sus honorarios, ni dar o recibir comisiones por la referencia de pacientes para atención médica o quirúrgica, procedimientos auxiliares de diagnóstico u otros servicios médicos”. Los descansos médicos, por tanto, no deberán generar retribución económica adicional por honorarios desde el asegurado”.
En caso se originen gastos extraordinarios como consecuencia del incumplimiento del Código de Ética y Deontología antes descrito, EL CONTRATISTA asumirá los mismos.
CLÁUSULA DÉCIMO SEGUNDA.- DE LA INFORMACIÓN PERIÓDICA y CONDICIONES DE ALMACENAMIENTO DE LA INFORMACIÓN DE LOS EXPEDIENTES MÉDICOS:
EL CONTRATISTA deberá tener en sus instalaciones un ambiente especial que se encuentre acondicionado para el almacenamiento de la información de los expedientes médicos.
EL CONTRATISTA pondrá a disposición de LA ENTIDAD, cuando esta última lo requiera para fines de control, copia de la Historia Clínica, reporte operatorio, consentimiento informado y exámenes auxiliares, de los asegurados atendidos en el marco del presente contrato.
EL CONTRATISTA deberá registrar y remitir por medios electrónicos en el sistema que LA ENTIDAD determine, la información de las prestaciones de salud brindadas a los asegurados en el marco del presente contrato, así como la estadística de la producción mensual respectiva.
CLAÚSULA DÉCIMO TERCERA.- DE LOS DAÑOS OCASIONADOS POR EL PERSONAL DEL CONTRATISTA:
Cualquier daño que ocasione el personal de EL CONTRATISTA, asignado para la prestación del servicio, será de responsabilidad exclusiva de EL CONTRATISTA.
CLAÚSULA DÉCIMO CUARTA.- PENALIDADES5:
Si EL CONTRATISTA incurre en retraso injustificado en la ejecución de las prestaciones objeto del contrato, LA ENTIDAD le aplicará al contratista una penalidad por cada día de atraso, hasta por un monto máximo equivalente al diez por ciento (10%) de la tarifa del servicio respectivo, según la formula establecida en el artículo 165° del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.
Asimismo, se considerarán las penalidades indicadas en el Anexo C de los términos de referencia
CLAÚSULA DÉCIMO QUINTA.- DE LA RESOLUCIÓN DE CONTRATO:
Cualquiera de las partes podrá resolver el contrato, de conformidad con los artículos 40, inciso c), y 44 de la Ley de Contrataciones del Estado, y los artículos 167 y 168 de su Reglamento. De darse el caso, LA ENTIDAD procederá de acuerdo a lo establecido en el artículo 169 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.
Asimismo, LA ENTIDAD podrá resolver el CONTRATO, en los casos en que EL CONTRATISTA incurra en alguno de los supuestos siguientes:
Incumplimiento injustificado de las obligaciones contractuales, conforme a lo detallado en el Anexo C sobre infracciones y penalidades y/o incumplimiento de obligaciones legales o reglamentarias a su cargo, pese a haber sido requerido para ello.
Cuando EL CONTRATISTA incurra en alguno de los supuestos señalados en el Anexo D sobre Resolución Contractual.
5 Las Bases podrán establecer penalidades distintas a la mencionada en el artículo 165º del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, siempre y cuando sean objetivas, razonables y congruentes con el objeto de la convocatoria, hasta por un monto máximo equivalente al diez por ciento (10%) de la tarifa del servicio respectivo. Estas penalidades se calcularán de forma independiente a la penalidad por xxxx
EL CONTRATISTA paralice o reduzca injustificadamente la ejecución de la prestación, pese a haber sido requerido para corregir tal situación.
Cuando se produzca la cancelación del registro, categorización y/o Licencia de Funcionamiento otorgada a EL CONTRATISTA.
EL CONTRATISTA podrá solicitar la resolución del CONTRATO, en los casos en que LA ENTIDAD incurra en alguno de los siguientes supuestos:
Incumplimiento grave e injustificado de las obligaciones contractuales, legales o reglamentarias a su cargo conforme a lo previsto en el CONTRATO, pese a haber sido requerido para ello.
En caso de ocurrir un hecho de caso fortuito o fuerza mayor, que imposibilite el cumplimiento de las obligaciones pactadas y que luego de su suspensión no puedan ser reiniciadas a pesar de todos los esfuerzos razonables.
CLAUSULA DÉCIMO SEXTA.- XXXXX LEGAL DEL CONTRATO:
En todo lo no previsto en el presente contrato, regirá lo dispuesto por la Ley de Contrataciones del Estado, aprobada por Decreto Legislativo Nº 1017, por el Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 184-2008-EF, modificado por el Decreto Supremo Nº 138-2012-EF y el Código Civil.
CLÁUSULA DÉCIMO SÉTIMA: SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS
La solución de controversias derivadas de la ejecución contractual se realizará en el Centro de Conciliación y Arbitraje (CECONAR) de la Superintendencia Nacional de Aseguramiento en Salud. En el caso se opte por un Arbitraje, el Laudo arbitral emitido es definitivo e inapelable, tiene el valor de cosa juzgada y se ejecuta como una sentencia.
De acuerdo con las Bases, la expresión de interés y las disposiciones del presente contrato, las partes lo firman por duplicado en señal de conformidad en la ciudad de Lima, el ………..
“LA ENTIDAD” “LA ENTIDAD”
“EL CONTRATISTA”
ANEXOS
DECLARACIÓN JURADA DE DATOS DE LA IPRESS
Señores
COMITÉ ESPECIAL
PROCEDIMIENTO ESPECIAL DE CONTRATACIÓN Nº 1-2013-ESSALUD/GCL
Presente.-
Estimados Señores:
El que se suscribe, [……………..],Representante Legal de [CONSIGNAR NOMBRE DE LA IPRESS], identificado con [CONSIGNAR TIPO DE DOCUMENTO DE IDENTIDAD] N°
[CONSIGNAR NÚMERO DE DOCUMENTO DE IDENTIDAD], con poder inscrito en la localidad de [CONSIGNAR EN CASO DE SER PERSONA JURÍDICA] en la Ficha Nº [CONSIGNAR EN CASO DE SER PERSONA JURÍDICA] Asiento Nº [CONSIGNAR EN CASO DE SER
PERSONA JURÍDICA], DECLARO BAJO JURAMENTO que la siguiente información se sujeta a la verdad:
Nombre | o | Razón | Social | : | |||
Domicilio Legal : | |||||||
RUC | : | Teléfono : | Fax | : |
[CONSIGNAR CIUDAD Y FECHA]
……...........................................................
Firma, Nombres y Apellidos del Representante legal de la IPRESS
IMPORTANTE:
Cuando se trate de consorcios, esta declaración jurada será presentada por cada uno de los consorciados.
DECLARACIÓN JURADA DE ACEPTACIÓN DE LAS TARIFAS Y DE CUMPLIMIENTO DE LOS REQUERIMIENTOS TÉCNICOS MÍNIMOS
Señores
COMITÉ ESPECIAL
PROCEDIMIENTO ESPECIAL DE CONTRATACIÓN Nº 1-2013-ESSALUD/GCL
Presente.-
De nuestra consideración:
Es grato dirigirme a usted, para hacer de su conocimiento que luego de haber examinado las Bases y demás documentos del proceso de la referencia y, conociendo todas las condiciones existentes, la IPRESS ofrece el Servicio de [CONSIGNAR LA DENOMINACIÓN DE LA CONVOCATORIA], de conformidad con los Términos de Referencia, las demás condiciones que se indican en el Capítulo III de las Bases y los documentos del proceso, a excepción del perfil y experiencia mínima requerida de la empresa y del personal propuesto para brindar el servicio.
Asimismo, declaro que de resultar elegido para suscribir el contrato, acepto las tarifas que se han determinado en el presente proceso.
[CONSIGNAR CIUDAD Y FECHA]
…….………………………….…………………..
Firma, Nombres y Apellidos
Representante legal de la IPRESS o común del Consorcio, según corresponda
DECLARACIÓN JURADA DE CUMPLIMIENTO DE DISPOSICIONES CONTEMPLADAS EN EL DECRETO SUPREMO Nº 002-2013-SA
Señores
COMITÉ ESPECIAL
PROCEDIMIENTO ESPECIAL DE CONTRATACIÓN Nº 1-2013-ESSALUD/GCL
Presente.-
De nuestra consideración:
Mediante el presente el suscrito, Representante Legal de [CONSIGNAR NOMBRE DE LA IPRESS], declaro bajo juramento:
1.- No tener impedimento para contratar con el Estado, conforme al artículo 10 de la Ley de Contrataciones del Estado.
2.- No haber sido inhabilitados para contratar con el Estado.
3.- No tener sanción vigente impuesta por la SUNASA, a la fecha de la presentación de la Expresión de Interés, ni haber sido sancionada por ésta en los últimos doce (12) meses a la presentación de la expresión de interés.
4.- Xxxxxxx, aceptar y someterme a las Bases, condiciones y procedimientos del proceso de selección.
5.- Ser responsable de la veracidad de los documentos e información que presento a efectos del presente proceso de selección.
6.- Comprometerme a mantener vigente mi expresión de interés durante el procedimiento de contratación y al suscribir el contrato, en caso de resultar elegido.
7.- Conocer las sanciones contenidas en el Decreto Supremo Nº ……..
8.- Contar con inscripción vigente en el Registro Nacional de Proveedores del Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado – OSCE.
[CONSIGNAR CIUDAD Y FECHA]
……...........................................................
Firma, Nombres y Apellidos del Representante legal de la IPRESS
IMPORTANTE:
Cuando se trate de consorcios, esta declaración jurada será presentada por cada uno de los consorciados.
ANEXO Nº 04
PROMESA FORMAL DE CONSORCIO
(Sólo para el caso en que un consorcio se presente a la convocatoria)
Señores
COMITÉ ESPECIAL
PROCEDIMIENTO ESPECIAL DE CONTRATACIÓN Nº 1-2013-ESSALUD/GCL
Presente.-
De nuestra consideración,
Los suscritos declaramos expresamente que hemos convenido en forma irrevocable, durante el lapso que dure el proceso de elección de la IPRESS, para presentar una propuesta conjunta en la CONVOCATORIA: [CONSIGNAR DENOMINACIÓN DE LA CONVOCATORIA],
responsabilizándonos solidariamente por todas las acciones y omisiones que provengan del citado proceso.
Asimismo, en caso de ser elegidos, nos comprometemos a formalizar el contrato de consorcio bajo las condiciones aquí establecidas (porcentaje de obligaciones asumidas por cada consorciado), de conformidad con lo establecido por el artículo 141 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.
Designamos al Sr. [..................................................], identificado con [CONSIGNAR TIPO DE DOCUMENTO DE IDENTIDAD] N° [CONSIGNAR NÚMERO DE DOCUMENTO DE
IDENTIDAD], como representante común del consorcio para efectos de participar en todas las etapas del proceso de elección y para suscribir el contrato correspondiente con la Entidad [CONSIGNAR NOMBRE DE LA ENTIDAD]. Asimismo, fijamos nuestro domicilio legal común en [ ].
OBLIGACIONES DE [NOMBRE DEL CONSORCIADO 1]: % de
Obligaciones
[DESCRIBIR LA OBLIGACIÓN VINCULADA AL OBJETO DE LA CONVOCATORIA] [ % ]
[DESCRIBIR OTRAS OBLIGACIONES] [ % ]
OBLIGACIONES DE [NOMBRE DEL CONSORCIADO 2]: % de
Obligaciones
[DESCRIBIR LA OBLIGACIÓN VINCULADA AL OBJETO DE LA CONVOCATORIA] [ % ]
[DESCRIBIR OTRAS OBLIGACIONES] [ % ]
TOTAL: 100%
[CONSIGNAR CIUDAD Y FECHA]
..…………………………………. …………………………………..
Nombre, firma, sello y DNI del Nombre, firma, sello y DNI del
Representante Legal Consorciado 1 Representante Legal Consorciado 2
DECLARACIÓN JURADA DE PLAZO DE PRESTACIÓN DEL SERVICIO
Señores
COMITÉ ESPECIAL
PROCEDIMIENTO ESPECIAL DE CONTRATACIÓN Nº 1-2013-ESSALUD/GCL
Presente.-
De nuestra consideración,
Mediante el presente, con pleno conocimiento de las condiciones que se exigen en las Bases del proceso de la referencia, me comprometo a prestar el Servicio de [CONSIGNAR LA DENOMINACIÓN DE LA CONVOCATORIA] en el plazo de seis (6) meses..
[CONSIGNAR CIUDAD Y FECHA]
…….………………………….…………………..
Firma, Nombres y Apellidos
Representante legal de la IPRESS o común del Consorcio, según corresponda
DECLARACIÓN JURADA DE INFORMACIÓN DE RECURSOS HUMANOS QUE BRINDARAN EL SERVICIO
Señores
COMITÉ ESPECIAL
PROCEDIMIENTO ESPECIAL DE CONTRATACIÓN Nº 1-2013-ESSALUD/GCL
Presente.-
De nuestra consideración,
Mediante el presente, se detalla la relación de personal que brindará el servicio, declarando que cumple con los requerido en el numeral 11.2 de los Términos de Referencia del Capítulo III de las Bases.
PERSONAL (TODO EL PERSONAL QUE BRINDARÁ EL SERVICIO)
Nº | APELLIDOS Y NOMBRES | CARGO | DNI | ESPECIALIDAD |
1 | ||||
2 | ||||
3 |
NOTA:
- Se adjuntará copia simple de toda la documentación sustentatoria del perfil y experiencia del personal que ha sido propuesto para brindar el servicio, teniendo en consideración lo requerido en el numeral 11.2 de los Términos de Referencia del Capítulo III de las Bases.
- Se deberá adjuntar el detallar del perfil de los profesionales y técnicos asistenciales, incluyendo la constancia de habilidad profesional vigente y el registro nacional de especialidades, según corresponda.
[CONSIGNAR CIUDAD Y FECHA]
…….………………………….…………………..
Firma, Nombres y Apellidos
Representante legal de la IPRESS o común del Consorcio, según corresponda
ANEXO Nº 07
CRITEROS DE DISTRIBUCIÓN DE LAS PRESTACIONES ENTRE LAS IPRESS DECLARADAS ELEGIBLES
1. Registro de información:
a. Lista de Pacientes Qx seleccionados: filtrados para cirugías menores que debe contener de forma obligatoria el diagnostico y el paquete quirúrgico, para ser atendidos por IPRESS Extra Institucional.
b. Lista de Paquetes Qx: define los paquetes quirúrgicos que detalla la información necesaria de los servicios que serán atendidos por las IPRESS. Estos están definidos por el área especializada de EsSalud.
c. Lista de IPRES Extra institucionales: debe contener los datos necesarios e indispensables de identificación para el registro, que serán solicitados por EsSalud a las IPRESS contratadas. Asimismo debe contener como datos importantes la categoría (determinada por SUNASA) y ubigeo del establecimiento (ubicación geográfica).
Para las IPRESS que cuenten con más de un establecimiento, deberán registrarlas de forma de individual.
d. Programación de disponibilidad de Paquetes por IPRESS : Las IPRESS deben brindar y registrar en el mecanismo establecido por EsSalud, la información sobre disponibilidad y capacidad por paquete quirúrgico de acuerdo a la Lista maestra de paquetes Qx, en fechas en las que pueden prestar el servicio.(ver Tabla 3)
e. Lista de criterios y subcriterios: definidos por EsSalud que permitirán la asignación de los pacientes a las IPRESS, según la información brindada por ellas. (ver Tabla 1, Tabla 2, Tabla 3)
2. EsSalud ha establecido los criterios y subcriterios para asignar pacientes a las IPRESS, mismos que se detallan a continuación:
CRITERIOS DE SELECCION
EsSalud ha establecido cuatro criterios para la asignación de pacientes a IPRESS en el Plan Confianza, cada criterio cuenta con una prioridad y peso porcentual, los mismos que permiten una asignación aleatoria y equitativa.
Los criterios en uso son (ver Tabla 1 para mayor detalle).
Capacidad: indica el número de operaciones para un determinado paquete quirúrgico que puede atender la IPRESS, en una fecha establecida.
Disponibilidad: este criterio indica la disponibilidad de atención en una determinada fecha (disponible o no disponible).
Categoría: relacionado a la Categoría de la IPRESS asignada por la SUNASA.
Ubigeo: relacionado a la ubicación geográfica del establecimiento de la IPRESS, (sirve para comparar la cercanía con el ubigeo de domicilio del paciente).
De la misma forma cada criterio cuentan con sus respectivos subcriterios (ver Tabla 2), los cuales tienen su equivalente cuantitativo. A estos se les asigna un peso porcentual respectivo.
Los pesos porcentuales asignados al criterio y subcriterios respectivamente serán multiplicados para determinar el “peso ponderado de asignación” (ver Tabla 2).
Finalmente, con el peso ponderado de asignación y los datos de Programación de la IPRESS (ver Tabla 3), se asigna el “Peso de selección”.
3. EsSalud comunicara a las IPRESS sobre la relación de pacientes que le serán asignados.
4. Una vez asignado el paciente y seleccionada la IPRESS, ésta última está obligada a brindar el servicio y entregar los informes necesarios solicitados por EsSalud, con la finalidad de tener una trazabilidad del servicio prestado al paciente; así como los controles y auditorias posteriores a las que hubiera lugar.
TABLA 1: CRITERIOS DE SELECCIÓN DE IPRESS
CRITERIOS PARA SELECCIÓN DE IPRESS | ||||
Código Criterio | Descripción corta | Descripción larga | Prioridad (*) | Peso % (*) |
PRM01 | Capacidad | Ponderación de las IPRES Extra según capacidad (cantidad de atenciones a una fecha) | ||
PRM02 | Disponibilidad | Ponderación según Oferta Disponible de Paquetes Qx por día. | ||
PRM03 | Categoría | Ponderación de la Categoría a la que pertenece la IPRESS (SUNASA). | ||
PRM04 | Ubigeo | Evaluación por Ubigeo (ubicación geográfica del establecimiento con respecto al ubigeo de domicilio del paciente) |
(*) Asignado por EsSalud.
TABLA 2: SUBCRITERIOS PARA LA SELECCIÓN DE IPRESS
SUBCRITERIOS PARA LA SELECCIÓN DE IPRESS | |||||||
Código Criterio | Descripción corta Criterio | Código de subcriterio | Descripción de subcriterio | Dato Cuantitativo del subcriterio | Peso % del subcriterio 6 | Peso % del Criterio7 | Peso Ponderado para la asignación 8 |
PRM01 | Capacidad | DPRM01 | Igual a 3 cirugías x día | 3 | |||
DPRM02 | Igual a 2 Cirugías x día | 2 | |||||
DPRM03 | Igual a 1 cirugía x día | 1 | |||||
DPRM04 | Cero cirugías | 0 | |||||
PRM02 | Disponibilidad | DPRM01 | Disponible | 1 | |||
DPRM02 | No disponible | 0 | |||||
PRM03 | Categoría | DPRM01 | categoría II-1 | 1 | |||
DPRM02 | categoría II-2 | 2 | |||||
DPRM03 | categoría II-E | 3 | |||||
DPRM04 | Categoría III-1 | 4 | |||||
DPRM05 | Categoría III-E | 5 | |||||
DPRM06 | Categoría III-2 | 6 | |||||
DPRM07 | categoría I-4 | 7 | |||||
DPRM08 | categoría I-3 | 8 | |||||
DPRM09 | categoría I-2 | 9 | |||||
DPRM10 | categoría X-0 | 00 | |||||
XXX00 | Ubigeo | DPRM01 | Primer Opción | 1 | |||
DPRM02 | Segunda Opción | 2 | |||||
DPRM03 | Tercera Opción | 3 | |||||
DPRM04 | Última Opción | 4 |
6 Asignado por EsSalud
7 Asignado por EsSalud
8 (Peso % del subcriterio X Peso % del Criterio)
TABLA 3: PROGRAMACIÓN DE IPRESS
PROGRAMACION DE IPRESS
(DISPONIBILIDAD Y CAPACIDAD DE PAQUETES POR IPRESS y FECHA)
CODIGO DE IPRESS : DESCRIPCION DE IPRESS : UBIGEO
CATEGORIA
IEI01 IPRESS X 150113
categoría II-1
LIMA ; XXXX X.
Xxxxx
Paquete Qx | Descripción de paquete Qx | Fecha | Disponibilidad 1: disponible 0: no disponible | Capacidad_X_dia (numero de cirugías) |
PqQx01 | Remoción de catarata por técnica extracapsular | 04/02/2013 | 1 | 3. |
PqQx01 | Remoción de catarata por técnica extracapsular | 05/02/2013 | 0 | 1.00 |
PqQx02 | Remoción de catarata por técnica facoemulsificación | 06/02/2013 | 1 | 3.00 |
PqQx01 | Remoción de catarata por técnica extracapsular | 07/02/2013 | 2 | 3.00 |
PqQx03 | Remoción de catarata por técnica facofragmentación | 08/02/2013 | 1 | 3.00 |