Contract
Asociación sin ánimo de lucro, inscrita en el Registro de Asociaciones de la Consejería de Justicia y Administración Pública de la Junta de Andalucía con el número 11386 de la Sección Primera, con CIF X00000000.
Nº
CONTRATO
Este contrato consta de esta primera página con las condiciones particulares, y de tres páginas más con las condiciones generales.
I. DATOS PERSONALES:
CONDICIONES PARTICULARES
□ Entidad. La entidad ...............................................................................................................................
domiciliada en .........................................................................................................................................….…....
Código Postal .................. localidad .................................................................... provincia …….…….......……
Teléfonos …..................................................................... Correo-e ...................................................................
y con CIF , representada por
el/la Sr./Sra ,
con NIF …..………......….., como de la entidad.
□ Quiero recibir todas las comunicaciones disponibles en formato digital, a mi dirección de correo electrónico especificada más arriba.
En adelante, el Partícipe, que manifiesta haber leído y entendido el presente contrato así como conocer las características de inversión en Oikocredit-Sevilla.
II. DATOS ECONÓMICOS:
El Participe realiza una aportación(1) de .................................................................. Euros ( €)
(en adelante, la Aportación). [IMPORTE EN LETRA] [IMPORTE EN CIFRA]
La Asociación declara haber recibido esta aportación en el presente acto mediante:
(2) □ transferencia bancaria (3) □ cheque nominativo
El Partícipe señala el tratamiento que desea que la Asociación de a los rendimientos que generen sus aportaciones: (4) [ELEGIR UNA ENTRE LAS TRES OPCIONES]
□ El Partícipe desea que los resultados anuales se vayan acumulando e incrementando el saldo total de su inversión, y sigan reinvirtiéndose en Oikocredit.
□ El Partícipe desea que los resultados anuales se le vayan reintegrando por medio de transferencia bancaria a su cuenta cuyo IBAN es:
__ __ __ __ __ __ __
□ El Partícipe renuncia expresamente a percibir sus dividendos y dona esas cantidades a la Asociación para contribuir a su funcionamiento.
Y PARA QUE QUEDE CONSTANCIA las partes firman el presente Contrato, en dos ejemplares originales. En Sevilla, el dia …........ de ............................................ de ......................
La Asociación OIKOCREDIT SEVILLA El Socio Partícipe,
. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
Contrato Entidad - Socio Partícipe Oikocredit-Sevilla. Página 1 de 4
CONDICIONES GENERALES
I. COMPARECEN: Por una parte,
OIKOCREDIT-SEVILLA (Asociación sevillana de apoyo a Oikocredit), domiciliada en la C/
Xxxxxxxxx Xxxxxxxxx, nº 17, 3º-D, 00000 - Xxxxxxx, constituida el día 10 de Noviembre de 2006, inscrita el 1 xx Xxxxx de 2007 en el Registro de Asociaciones de la Consejería de Justicia y Administración Pública de la Junta de Andalucía con el número 11386 de la Sección Primera, y con CIF X00000000. Representada por el Xx. Xxxxxx Xxxxxxx-Xxxxxxxxx Xxxxxxxx, mayor de edad, con NIF 29.480.906-N, como Presidente de la Entidad.
La Asociación Oikocredit-Sevilla El Socio Partícipe
En adelante, la Asociación.
Y por otra parte,
El Partícipe, que consta en las condiciones particulares antecedentes.
II. MANIFIESTAN:
a). Que “OIKOCREDIT - Ecumenical Development Cooperative Society, U.A” (en adelante, OIKOCREDIT INTERNACIONAL) es una sociedad cooperativa con personalidad jurídica conforme a las xxxxx xxx Xxxxx de los Países Bajos, cuyo objetivo es contribuir al desarrollo de colectivos y regiones pobres del mundo mediante, entre otras fuentes, la puesta a disposición de crédito financiero.
b). Que la Asociación OIKOCREDIT-SEVILLA es socia de la sociedad cooperativa OIKOCREDIT INTERNACIONAL y tiene por objeto el apoyo y promoción de los fines de OIKOCREDIT en España. Con este objeto, recoge fondos de terceros para invertirlos en OIKOCREDIT INTERNACIONAL mediante la adquisición de capital social(5) (acciones, a nombre de la Asociación) de OIKOCREDIT INTERNACIONAL, quien se responsabiliza directamente de la gestión de los fondos aportados por terceros. Los terceros aportantes de fondos son considerados socios partícipes de OIKOCREDIT-SEVILLA, de conformidad con el artículo 33 de los Estatutos de la Asociación.
c). Que OIKOCREDIT INTERNACIONAL destina los fondos recibidos a través de OIKOCREDIT-SEVILLA a la financiación de proyectos sociales y de desarrollo mediante crédito financiero, de acuerdo con sus objetivos descritos en el apartado a). Por los créditos financieros concedidos, OIKOCREDIT INTERNACIONAL obtiene un rendimiento del capital aportado que transfiere a las asociaciones de apoyo miembros. Este rendimiento de capital es transferido, a su vez, por OIKOCREDIT-SEVILLA a sus socios partícipes, excepto en el caso en que éstos hayan renunciado expresamente.
d). Que el Partícipe del presente contrato desea ser socio partícipe de OIKOCREDIT- SEVILLA y, como tal, de conformidad con el artículo 33 de los Estatutos de la Asociación, en el presente acto realiza una aportación condicional a la Asociación para que sea invertida en la financiación de proyectos, mediante crédito financiero, a través de OIKOCREDIT INTERNACIONAL.
e). Que, para regular el régimen de la aportación condicional descrita en la manifestación d), las partes han decidido realizar un contrato de cuentas en participación (en adelante, el Contrato), sometido a las siguientes
III. CLÁUSULAS:
PRIMERA. Objeto.
El objeto del presente Contrato es la gestión de la aportación condicional realizada por el Partícipe, por parte de la Asociación, con la finalidad de fomentar el desarrollo de colectivos y regiones pobres del mundo, mediante la puesta a disposición de crédito financiero a estos colectivos a través de OIKOCREDIT INTERNACIONAL.
SEGUNDA. Aportación.
Para cada una de las posteriores Aportaciones del Partícipe, si las hubiere, la Asociación emitirá un certificado que se considerará como anexo al presente contrato.
TERCERA. Naturaleza condicional y gestión de la aportación.
La Aportación realizada en el presente acto confiere al Partícipe la condición de “socio partícipe” de la Asociación, de conformidad con el artículo 33 de sus Estatutos.
El Partícipe realiza la aportación bajo dos condiciones:
a) El pago por parte de la Asociación de los resultados obtenidos con la gestión de la misma, de conformidad con lo expuesto en las manifestaciones b) y c), y a excepción del caso que hubiera renunciado expresamente en la Cláusula cuarta.
La Asociación Oikocredit-Sevilla El Socio Partícipe
b) La posibilidad de solicitar el retorno de la aportación, transcurrido el período mínimo de vigencia del presente Contrato, según lo previsto en la Cláusula octava.
CUARTA. Distribución de dividendos o resultados.
Se entiende por resultado, a los efectos del presente Contrato, el rendimiento de los fondos aportados por el Partícipe, gestionados por la Asociación de conformidad con lo previsto en las manifestaciones b), c) y d).
La liquidación de los resultados se realizará anualmente. Éstos se pagarán –salvo renuncia expresa- al Partícipe en el plazo máximo de un mes a contar desde la fecha de recepción de la transferencia de rendimientos desde OIKOCREDIT INTERNACIONAL descrita en la manifestación c).
QUINTA. Entrada en vigor y duración del contrato.
El presente Contrato entra en vigor en el día xx xxx, y se establece con una duración temporal indefinida, siendo la duración mínima del mismo de un año.
Durante el período de duración mínima el Partícipe mantendrá su Aportación en la Asociación sin poder solicitar la devolución de la misma.
SEXTA. Rescisión.
Transcurrido el plazo de duración mínima cualquiera de las partes podrá comunicar a la otra de su voluntad de rescindir el Contrato, con un preaviso por escrito. Comunicada la voluntad de rescisión a la otra parte, ésta deberá aceptarla mediante respuesta por escrito dentro de los 15 días siguientes a la recepción del preaviso. La rescisión del Contrato obliga a la Asociación a devolver la aportación realizada según lo indicado en la Cláusula Octava.
SÉPTIMA. Finalización.
El presente Contrato se dará por finalizado, en todo caso, por cualquiera de las siguientes causas:
1. Por disolución de la Asociación, o del Partícipe cuando sea persona jurídica.
2. Por imposibilidad de consecución del objeto.
3. Por muerte o incapacidad del Partícipe cuando sea persona física (de las dos personas firmantes del contrato en caso de cotitularidad).
OCTAVA. Reíntegro o liquidación.
La finalización del contrato, ya sea por rescisión o por alguna de las causas indicadas en la Cláusula Séptima, obliga a la Asociación al retorno de la Aportación del Partícipe, a sus titulares o a sus herederos, de conformidad con la causa de finalización.
El valor de la Aportación es el indicado en la Cláusula Segunda, añadiendo, en caso de realizarse Aportaciones posteriores a la fecha de este Contrato, los importes de éstas, que aparecen en los recibos anexos.
Si por algún motivo, la cooperativa OIKOCREDIT INTERNACIONAL llegara a presentar pérdidas, el valor de las participaciones adquiridas (tal y como se indica en la manifestación b)) por cada entidad socia de la cooperativa -entre ellas, OIKOCREDIT-SEVILLA- se vería reducido y, por tanto, y en la misma proporción, también el valor de la aportación de cada socio partícipe de OIKOCREDIT-SEVILLA, participando de esta forma cada Partícipe en las pérdidas sufridas por OIKOCREDIT INTERNACIONAL.
Se puede solicitar, por parte del Partícipe, y una vez transcurrido el plazo mínimo de un año, el reintegro de parte o de la totalidad del valor de su Aportación total. Esta solicitud se realizará por escrito por parte del Partícipe y deberá ser aceptada por escrito por parte de la Asociación. Este reintegro lo llevará a cabo la cooperativa OIKOCREDIT INTERNACIONAL, según se indica en sus Estatutos(6). Una vez recibido dicho reintegro, la Asociación devolverá el importe correspondiente en un plazo máximo de 15 días.
Según la legislación vigente, el reintegro (parcial o total) de aportaciones en un contrato de cuentas en participación está sujeto a una cuota tributaria del 1% de la cantidad retirada en el Impuesto sobre Trasmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados (ITP y AJD), siendo el Partícipe el obligado y responsable (como sujeto pasivo del Impuesto). En el momento de realizar un reintegro, el Partícipe podrá autorizar a OIKOCREDIT SEVILLA a retener el 1% de la cantidad reintegrada para realizar la gestión, presentación y pago en su nombre ante la Administración Tributaria competente, en un plazo de 30 días a partir de la fecha de recuperación.
NOVENA. Comunicaciones.
Las comunicaciones se dirigirán a los siguientes destinatarios y domicilios:
A/ Asociación OIKOCREDIT-SEVILLA, C/ Xxxxxxxxx Xxxxxxxxx, nº 17, 3º-D, 00000 - Xxxxxxx – correo electrónico xxxxxxx@xxxxxxxxxx.xxx
B/ Partícipe: el domicilio es el indicado en las condiciones particulares del Contrato. En caso de tratarse de un partícipe con cotitularidad, se tomará el domicilio del primer titular.
Los cambios de domicilio deberán ser notificados por escrito y de forma fehaciente a la otra parte. Las comunicaciones deberán realizarse por escrito, a través de cualquier medio de los admitidos en derecho que permita tener constancia de la recepción. Únicamente las notificaciones realizadas de acuerdo con esta Cláusula serán válidas y producirán efecto.
DÉCIMA. Cesión.
Ninguna de las partes podrá ceder los derechos y obligaciones derivados del presente Contrato sin la autorización previa y por escrito de la otra parte.
DECIMOPRIMERA. Ley aplicable y jurisdicción competente.
Este Contrato tiene carácter mercantil y se regirá por sus propias cláusulas y en su defecto por la legislación española contenida en el Código de Comercio, leyes especiales y usos mercantiles. Asímismo las partes se someten a los juzgados y Tribunales xx Xxxxxxx, con renuncia expresa a su propio fuero si lo tuvieren.
Y PARA QUE QUEDE CONSTANCIA las partes firman el presente Contrato, en dos ejemplares originales. En Sevilla, el dia …........ de ........................................... de ...................
La Asociación OIKOCREDIT SEVILLA El Socio Partícipe,
. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
NOTAS ACLARATORIAS DEL CONTRATO:
(1) Escribir, en letras y en cifras, el importe correspondiente a la aportación realizada por el Partícipe.
(2) Marcar si la aportación se hace con un cheque nominativo (a nombre de OIKOCREDIT SEVILLA). El cheque debe ir firmado por detrás, y por delante cruzado con dos líneas en diagonal, para ser cobrado en cuenta corriente. No enviar nunca dinero en metálico ni cheques al portador.
(3) Marcar si la aportación se hace mediante una transferencia bancaria a la cuenta corriente de la Asociación, en FIARE BANCA ÉTICA, cuyo IBAN es: XX00 0000 0000 0000 0000 0000
(4) Elegir únicamente una de entre las tres opciones: reinversión, reintegro o donación del dividendo.
(5) Para ver las características de las participaciones de capital social de OIKOCREDIT INTERNACIONAL se puede leer su folleto informativo ("prospectus") en la web de Oikocredit Internacional (xxx.xxxxxxxxxx.xxxx).
(6) Los Estatutos (“articles of association”) de la Cooperativa OIKOCREDIT INTERNACIONAL están disponibles en su sitio web (xxx.xxxxxxxxxx.xxxx).
Contrato Entidad - Socio Partícipe Oikocredit-Sevilla. Página 4 de 4
Cuestionario de residencia fiscal en cumplimiento de las normativas FATCA y CRS
España es un país adherido a dos acuerdos internacionales de intercambio de información financiera, denominados FATCA y CRS. El primero de ellos se refiere exclusivamente a personas con residencia fiscal en EEUU, mientras que el segundo afecta a todos/as los/las inversores/as localizados en países miembros de la OCDE.
OIKOCREDIT SEVILLA tiene la obligación de identificar a todos/as sus nuevos/as inversores/as, para asegurarse de que no son personas con obligaciones fiscales bien en EEUU o bien en otros países miembros de la OCDE distintos de España. En caso de que usted tenga residencia fiscal en EE.UU. o fuera del territorio español en un país a su vez sujeto a la normativa CRS, estaremos obligados a reportar sus datos a la autoridad fiscal española, quien a su vez la remitirá a la autoridad fiscal competente del país o países implicados.
Por este motivo, debemos solicitarle que complete el formulario adjunto y responda a las siguientes preguntas.
[Para nuevos inversores: Tenga en cuenta que su inversión no podrá ser efectiva hasta que entregue este cuestionario debidamente cumplimentado a OIKOCREDIT SEVILLA.]
[Para inversores actuales: Tenga en cuenta que no podrán hacerse efectivas inversiones adicionales hasta que entregue este cuestionario debidamente cumplimentado a OIKOCREDIT SEVILLA.]
Datos básicos del cliente
Razón social _ _ _
CIF
Dirección completa _ _ _
_ _ _ _ País de creación o constitución _ _
1. ¿Su organización está legalmente constituida en los EEUU o conforme a la legislación de los EE.UU. o de uno de los Estados que los integran?
SI □ NO □
2. ¿Su organización es residente fiscal en los EEUU? SI □ NO □
3. ¿Su organización lleva a cabo algún tipo de actividad en los EEUU? SI □ NO □
En caso que responda afirmativamente a las preguntas 1, 2 y 3, por favor indique su número de identificación fiscal estadounidense (TIN)
4. ¿Es su organización residente fiscal en España?
SI □ NO □
5. ¿Es su organización, adicionalmente o de forma exclusiva, residente fiscal en algún país diferente de España o los EEUU?
SI □ NO □
En caso afirmativo, liste por favor a continuación el/los países en los que la entidad tiene residencia fiscal (excluyendo España y los EE.UU.)
_ _ _
_ _ _
_ _ _
6. ¿Es su organización una institución financiera, conforme a los criterios de las normativas FATCA y CRS
(ver nota a) más abajo, en el anexo de aclaración de conceptos)?
SI □ NO □
EN CASO AFIRMATIVO, por favor confirme que su institución está inscrita en el registro de entidades financieras del IRS y proporcione a continuación su número GIIN (Global Intermediary Identification Number).
□• _ _ está inscrita en el registro de entidades financieras del IRS y su número GIIN es _.
□• no está inscrita en el registro de entidades
financieras del IRS.
7. SI SU ORGANIZACIÓN NO ES UNA INSTITUCIÓN FINANCIERA, ¿es su organización una entidad ACTIVA (ver nota b) o PASIVA (por defecto, si no es Activa)?
ACTIVA □ PASIVA □
8. SI SU ORGANIZACIÓN ES UNA ENTIDAD PASIVA, ¿alguna de las personas físicas o jurídicas que tienen control (ver nota c) sobre su organización son residentes en los EEUU?
SI □ NO □
9. Si su organización es una entidad PASIVA, ¿alguna de las personas físicas o jurídicas que tienen control (c) sobre su organización son, adicionalmente o de forma exclusiva, residentes fiscales en algún país diferente de España o EEUU?
SI □ NO □
10. Información sobre las personas de control (ver nota d)
En caso de que su entidad sea una entidad PASIVA, por favor, proporcione la información que se requiere a continuación para cada una de las personas, físicas, que ejerzan control directo o indirecto sobre la entidad.
Estamos obligados a reportar a las autoridades fiscales españolas los datos relativos a aquellas personas que sean residentes fiscales en países distintos a España.
La información requerida, para cada persona de control, es:
Persona 1:
Nombre completo y apellidos
Fecha de nacimiento
Dirección de residencia completa
País de residencia fiscal de la persona (como mínimo debe especificarse uno)__ _
Número de identificación fiscal _ _
Número de identificación fiscal atribuido por los EE:UU. (TIN) _
Persona 2:
Nombre completo y apellidos
Fecha de nacimiento
Dirección de residencia completa
País de residencia fiscal de la persona (como mínimo debe especificarse uno)__ _
Número de identificación fiscal _ _
Número de identificación fiscal atribuido por los EE:UU. (TIN) _
Persona 3:
Nombre completo y apellidos
Fecha de nacimiento
Dirección de residencia completa
País de residencia fiscal de la persona (como mínimo debe especificarse uno)__ _
Número de identificación fiscal _ _
Número de identificación fiscal atribuido por los EE:UU. (TIN) _
Declaro ser el representante autorizado por la persona jurídica arriba identificada, con capacidad legal para firmar este formulario y certificar las siguientes declaraciones y cualesquiera otras requeridas por OIKOCREDIT Sevilla en relación con este asunto:
• La información proporcionada en este formulario es verdadera, correcta y completa y ante cualquier modificación informaré a OIKOCREDIT SEVILLA en un plazo máximo de 30 días naturales siguientes a que dicha modificación se produzca
• En caso de corresponder, autorizo a OIKOCREDIT SEVILLA, a los efectos de dar cumplimiento a los requerimientos de la normativa FATCA y CRS, para obtener y remitir al Internal Revenue Service (IRS) de los EEUU u otra autoridad fiscal competente, información sobre la persona jurídica arriba identificada, tales como datos de identificación, saldo de sus cuentas, sus intereses, sus movimientos y sus ingresos de operaciones asociadas a los productos contratados con OIKOCREDIT SEVILLA, de conformidad con lo dispuesto en la normativa vigente.
• En caso de proceder, he obtenido el consentimiento de todas las personas mencionadas en el apartado 10 para que sus datos personales sean incluidos en este formulario.
Identificación del representante autorizado
Nombre completo
Lugar: _
Fecha (DD/MM/AAAA): __ Firma _
En cumplimiento de lo dispuesto en la Ley Orgánica 15/1999 de Protección de Datos de Carácter Personal, la Asociación “Oikocredit-Sevilla”, con domicilio social en la dirección abajo indicada, pone en su conocimiento que los datos personales recogidos en este documento y suministrados por Vd. serán incorporados a ficheros automatizados titularidad de la Asociación, debidamente inscritos ante la Agencia de Protección de Datos, y que cumplen las medidas organizativas y de seguridad exigidas por el Reglamento de Medidas de Seguridad, regulado por el Real Decreto 994/1999.
La finalidad de estos ficheros es el mantenimiento y desarrollo de la actividad asociativa de la Asociación. Sus datos personales exclusivamente serán utilizados en los términos previstos en la legislación vigente, y para la finalidad antes mencionada. Si lo desea, puede ejercitar los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición que le son reconocidos por la citada Ley Orgánica, dirigiéndose por correo electrónico a xxxxxxx@xxxxxxxxxx.xxx, o por correo postal a la siguiente dirección:
Oikocredit-Sevilla, C/ Xxxxxxxxx Xxxxxxxxx, nº 17, 3º-D, 00000 - Xxxxxxx
XXXXX XX CUESTIONARIO: ACLARACIÓN DE CONCEPTOS
a) Una institución financiera será cualquier encuadrada en una de las siguientes categorías:
1. Institución de custodia (custodial institution): su actividad fundamental es la gestión de activos o negocios por cuenta de otros (sus clientes), siendo al menos un 20% de sus ingresos procedentes de la gestión de activos o servicios financieros, en el más corto de los siguientes períodos:
a. Los tres años anteriores al año en curso
b. El tiempo transcurrido desde su constitución
2. Institución de depósito (depository institution): institución que, en el marco de una actividad bancaria ordinaria, recibe y gestiona depósitos
3. Entidad de inversión (investment entity), que puede ser de dos tipos:
a. Entidades que de cualquier forma (a través de instrumentos xxx xxxxxxx monetario, carteras de inversiones u otros) administran, gestionan e invierten los activos financieros de otras personas
b. Operan como un fondo de capital riesgo (private equity fund, venture capital fund) o fondo de adquisiciones
(acquisition fund) que se financia con deuda. O cualquier otro fondo de inversión que tenga como objetivo financiar entidades o realizar adquisiciones y que, consecuentemente, tiene interés en dichas entidades con ánimo inversor.
4. Entidad de seguros (Specified Insurance Company). Entidad que proporciona servicios de aseguramiento, o que es la matriz de un grupo al que pertenecen compañías aseguradoras.
b) Entidad No Financiera Activa: De acuerdo con la normativa española de desarrollo de FATCA, se consideran entidades distintas de una Institución financiera que sean Activas aquellas entidades españolas que cumplan al menos uno de los siguientes requisitos:
1. Entidad activa por balance y cuenta de resultados. Siempre que cumpla con los dos siguientes requisitos: (1) menos del 50 por ciento de la renta bruta de la Entidad sea renta pasiva (ver concepto c), y (2) menos del 50 por ciento de los activos poseídos por la Entidad son activos que generan renta pasiva o el propósito de su tenencia es la generación xx xxxxx pasiva.
2. Determinadas entidades sin ánimo de lucro. Siempre que la Entidad cumpla todos los requisitos siguientes:
i. está establecida y opera en su país de residencia, exclusivamente con fines religiosos, benéficos, científicos, artísticos, culturales o educativos; en esta definición se entenderán también incluidas aquella entidad que está establecida y opera en su país de residencia, exclusivamente con fines deportivos, así como aquella que está establecida y opera en su país de residencia y es una organización profesional, liga profesional, cámara de comercio, organización sindical, organización agrícola u hortícola, organización cívica o una organización cuyo único objeto es promover el bienestar social; ii. está exenta del impuesto sobre la renta en su país de residencia; iii. no tiene accionistas o socios que sean beneficiarios efectivos o propietarios de su renta o de sus activos; iv. la legislación aplicable del país de residencia de la Entidad o sus documentos de constitución impiden la distribución xx xxxxxx o activos de la entidad, o impiden su asignación en beneficio de una persona particular o de una entidad no benéfica, excepto en el desarrollo de la actividad benéfica de la entidad, o como pago de una contraprestación razonable por servicios recibidos, o como pago de lo que constituiría un precio xxxxx xx xxxxxxx por las propiedades adquiridas por la Entidad; y v. la legislación aplicable del país de residencia de la entidad, o sus documentos de constitución, exigen que, tras la liquidación o disolución de la entidad, todos sus activos se distribuyan a una Entidad estatal u otra organización sin ánimo de lucro, o se reviertan a la administración del país de residencia de la entidad o de una subdivisión política del mismo.
3. Entidades cotizadas o que pertenecen a grupos cotizados. Esto es, que el capital social de la Entidad se negocia regularmente en un mercado de valores reconocido, o es una Entidad vinculada a una entidad cuyo capital se negocie en un mercado de valores reconocido.
4. Entidades constituidas en los Territorios de los Estados Unidos. Será una la Entidad constituida en un Territorio de los Estados Unidos y todos sus propietarios son residentes de buena fe de ese Territorio de los Estados Unidos. Los Territorios de los Estados Unidos serán: Samoa Estadounidense, la Commonwealth de las Islas Marianas del Norte, Guam, Puerto Rico o las Islas Vírgenes Estadounidenses.
5. Entidades que sean Administraciones públicas y demás organismos. La Entidad es una Administración no estadounidense, una Administración de un Territorio de los Estados Unidos, una organización internacional, un banco central emisor no estadounidense, o una Entidad íntegramente participada por uno o más de los anteriores, entendiéndose también incluida en la misma una subdivisión política de una Administración no estadounidense así como cualquier ente público que ejerce una función de dicha administración o subdivisión política en su lugar.
6. Entidades holding de grupos no financieros. Las actividades de la Entidad consisten sustancialmente en la tenencia (total o parcial) de las acciones en circulación de una o más filiales que desarrollan una actividad económica distinta de la de una Institución financiera, así como en la prestación de servicios a dichas filiales y en su financiación, si bien una Entidad no estadounidense distinta de una Institución financiera extranjera no se considerará como activa cuando opere (o se presente) como un fondo de inversión, como en los casos de un fondo de inversión privado, un fondo de capital riesgo, un fondo de compra con financiación ajena o como un instrumento de inversión cuyo objeto sea adquirir o financiar sociedades y participar en ellas como activos de capital con fines inversores.
7. Entidades de nueva creación. La Entidad no tiene aún actividad económica ni la ha tenido anteriormente, pero invierte capital en activos con la intención de llevar a cabo una actividad distinta de la de una Institución financiera; no obstante, la Entidad no estadounidense distinta de una Institución financiera extranjera no tendrá derecho a esta excepción una vez transcurrido el plazo de 24 meses contados a partir de su constitución inicial.
8. Entidades en liquidación. la Entidad no ha sido una Institución financiera en los últimos cinco años y se encuentra en proceso de liquidación de sus activos o de reorganización con vistas a continuar o reiniciar una actividad distinta de la de Institución financiera.
9. Entidades que presten principalmente servicios de financiación a otras entidades de un grupo no financiero. La actividad principal de la Entidad consiste en la financiación y cobertura de las operaciones realizadas con Entidades vinculadas, o en su nombre, que no sean Instituciones financieras, y no presta servicios de financiación o cobertura a ninguna entidad que no sea una Entidad vinculada, siempre que la actividad económica principal del grupo de Entidades vinculadas sea distinta de la de una Institución financiera.
10. Entidades exceptuadas (“excepted NFFE”). Sea una Entidad que sea exceptuada (excepted NFFE”) conforme se describe en la normativa aplicable del Tesoro de los Estados Unidos.
c) Renta Pasiva: el concepto xx xxxxx pasiva se determina de conformidad con la normativa local aplicable a la entidad. En general incluye:
1. dividendos;
2. intereses y rendimientos equivalentes;
3. rentas, alquileres, royalties (a excepción de aquellos derivados en el curso activo de un negocio);
4. anualidades;
5. ganancias de transacciones, ventas o permutas de activos financieros;
6. ganancias derivadas de operaciones de tipos de cambio o derivados financieros; o
7. ganancias derivadas de operaciones de swaps.
d) Se entiende que una persona física ostenta control directo o indirecto (a través de entidades interpuestas) sobre una organización si:
1. Posee más del 25% del capital de la entidad de forma directa o indirecta
2. Tiene o puede ejercer más del 25% de los derechos de voto en la junta de accionistas de la entidad de forma directa o indirecta
3. Tiene capacidad de controlar directa o indirectamente las decisiones de la organización
Se entiende que una persona es residente en EEUU si:
1. Es residente en cualquiera de los territorios de los EEUU, incluyendo los territorios de Puerto Rico, Guam y las Islas Vírgenes estadounidenses.
2. Es ciudadano de los EEUU
3. Posee o ha poseído una tarjeta de residencia permanente (Xxxxx Card)
Se entiende que una organización es residente en EEUU si:
1. Lleva a cabo actividades en cualquiera de los territorios de los EEUU (excluyendo los territorios de Puerto Rico, Guam, la Samoa estadounidense, las Islas Marianas del Norte y las Islas Vírgenes estadounidenses)
2. Fue constituida bajo la legislación de los EEUU o de alguno de sus Estados Libres Asociados
3. La organización es un trust y cumple los siguientes requisitos:
a. Un juzgado estadounidense podría tener autoridad bajo la legislación vigente para fiscalizar cualquier asunto relacionado con la administración del trust,
b. Una o más personas residentes en EEUU tienen control sobre las decisiones del trust, y
c. La organización administra el patrimonio de una o más personas residentes en EEUU
INSTRUCCIONES
A) INSTRUCCIONES PARA RELLENAR EL CONTRATO
- Recuerde que deben enviarse dos copias rellenadas y firmadas del Contrato, más un Cuestionario de Residencia Fiscal.
- Escriba en mayúsculas para evitar los errores de interpretación.
- Rellene los espacios correspondientes siguiendo las notas aclaratorias del contrato.
- Firme en cada hoja y al final del Contrato las dos copias del mismo. Y al final del Cuestionario.
B) UNA VEZ RELLENO EL CONTRATO, por duplicado, y firmados ambos ejemplares en todas sus hojas, más el Cuestionario de Residencia Fiscal, envíelos por correo postal a:
OIKOCREDIT – SEVILLA. C/ Xxxxxxxxx Xxxxxxxxx, nº 17, 3º-D. 41005 – Sevilla.
Adjuntando:
- Cheque nominativo (a nombre de OIKOCREDIT SEVILLA), o comprobante de la transferencia realizada a la cuenta corriente de la Asociación:
- Fotocopia/s del DNI de la persona que represente a la entidad.
- Fotocopia de las escrituras de constitución de la entidad, y del CIF, así como los poderes de representación de la persona designada para ello.
D) DESPUÉS DE UNOS DÍAS,
La Asociación devolverá firmada una de las copias del Contrato al Partícipe.
E) INVERSIONES POSTERIORES
Para aportaciones posteriores del mismo inversor, solamente será necesario enviarnos una comunicación con el nombre del partícipe junto con el comprobante de la transferencia realizada a la cuenta corriente de la Asociación, o el cheque nominativo. Posteriormente, la Asociación enviará al partícipe un certificado correspondiente a esta nueva aportación, para ser incorporado al contrato correspondiente como anexo.
F) NUESTRA POLÍTICA DE PRIVACIDAD
En cumplimiento de lo dispuesto en la Ley Orgánica 15/1999 de Protección de Datos de Carácter Personal, la Asociación “Oikocredit-Sevilla”, con domicilio social en la dirección abajo indicada, pone en su conocimiento que los datos personales recogidos en este documento y suministrados por Vd. serán incorporados a ficheros automatizados titularidad de la Asociación, debidamente inscritos ante la Agencia de Protección de Datos, y que cumplen las medidas organizativas y de seguridad exigidas por el Reglamento de Medidas de Seguridad, regulado por el Real Decreto 994/1999.
La finalidad de estos ficheros es el mantenimiento y desarrollo de la actividad asociativa de la Asociación. Sus datos personales exclusivamente serán utilizados en los términos previstos en la legislación vigente, y para la finalidad antes mencionada.
Si lo desea, puede ejercitar los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición que le son reconocidos por la citada Ley Orgánica, dirigiéndose por correo electrónico a xxxxxxx@xxxxxxxxxx.xxx, o por correo postal a la siguiente dirección:
Oikocredit-Sevilla, X/ Xxxxxxxxx Xxxxxxxxx, xx 00, 0x-X, 00000 - Xxxxxxx