CARÁTULA UNIFICADA PARA LOS CONTRATOS DE OBRAS, SERVICIOS Y SUMINISTROS. Expediente nº: CO/24/15 carátula del pliego de cláusulas administrativas particulares
Carátula xxx xxxxxx
SAN XXXXXX
CARÁTULA UNIFICADA PARA LOS CONTRATOS DE OBRAS, SERVICIOS Y SUMINISTROS.
Expediente nº: CO/24/15
carátula xxx xxxxxx de cláusulas administrativas particulares
Tipo de contrato: CONTRATO DE OBRAS
Procedimiento: ABIERTO
I.- CARACTERÍSTICAS DE LA PRESTACIÓN.
1.- Objeto del contrato.
1.1.- Finalidad del contrato, naturaleza y extensión de las necesidades que pretenden cubrirse mediante el contrato: refuerzo estructural xxx xxxx de contención en el IES San Xxxxxx BHI xx Xxxxxx (Bizkaia).
1.2.- División por lotes: NO
1.3.- Código de la clasificación estadística CPA-2008 (Reglamento (CE) nº 451/2008, del Parlamento Europeo y del Consejo de 23 xx xxxxx de 2008): 41.00.40 Trabajos generales de construcción de edificios no residenciales (obras de nueva planta, de ampliación, modificación y renovación)
1.4.- Código nomenclatura CPV (Reglamento (CE) nº 213/2008 de la Comisión de 28 de noviembre de 2007 que modifica el Reglamento (CE) nº 2195/2002 del Parlamento Europeo y del Consejo, por el que se aprueba el Vocabulario común de contratos públicos (CPV)):
-
Nomenclatura principal
Nomenclatura complementaria
Objeto principal 45214220-8 Trabajos de construcción en centros de enseñanza secundaria
2.- Documentos que revisten carácter contractual.
Los indicados en la cláusula correspondiente xxx xxxxxx.
3.- Presupuesto base de licitación (las ofertas no pueden superar los importes totales señalados).
El presupuesto máximo de licitación o, en su caso, de gasto indicativo asciende a
331. 894,12 euros + 69.697,76 euros de IVA, resultando un importe total de 401.591,88 euros para el año 2016.
4.- PRECIO Y PAGOS.
4.1.- Sistema de determinación del precio: el establecido en el punto 19.
4.2.- Modalidad de pago del precio:
- Pago total: NO
- Pagos parciales: SI
En caso afirmativo, indicar vencimientos o periodicidad: mensual, mediante las correspondientes certificaciones.
4.3.- Xxxxxx a cuenta.
- Definición de las operaciones susceptibles de abonos a cuenta: No hay abonos a cuenta.
4.4.- Revisión de precios: NO
4.5.- Cláusula de variación del precio en función del cumplimiento de determinados objetivos de plazos o de rendimiento: NO
5.- Plazo de ejecución o fecha de entrega (reducibles por las ofertas en el caso de que el plazo constituya criterio de valoración de las ofertas).
5.1.- Plazo o fecha límite total: 4 meses o el que oferte el adjudicatario, si fuera menor que éste para la totalidad de la obra. El plazo de ejecución comienza a contar desde el día siguiente a la firma del Acta de comprobación del replanteo.
5.2.- Plazos o entregas parciales (de comienzo o terminación de las partes de la prestación que se indican a continuación: NO
5.3.- Prórroga del contrato: NO
6.- Gastos de publicidad. Importe máximo de los gastos de publicidad que debe satisfacer la adjudicataria conforme al artículo 67.2 del RGLCAP: Por cuenta del adjudicatario el gasto correspondiente al anuncio de licitación en el Boletín Oficial del Estado.
7.- Garantías.
7.1.- Garantía provisional: NO
7.2.- Garantía definitiva (sí/no, en caso negativo, señalar las razones que lo justifican): si, de un 5 por 100 del importe de adjudicación, excluido el Impuesto sobre el Valor Añadido.
7.3.- Garantía complementaria: NO
7.4.- Está permitido acreditar la constitución de la garantía mediante medios electrónicos, informáticos o telemáticos: NO
7.5.- Está permitido constituir las garantías mediante retención del precio: NO
7.6.- En el supuesto de recepción parcial, la contratista podrá solicitar la devolución o cancelación de la parte proporcional de la garantía: NO
Las garantías se constituirán a favor de: EUSKO JAURLARITZA / GOBIERNO XXXXX. NIF: S4833001C.
8.- Seguros. La empresa adjudicataria deberá tener los seguros obligatorios, los previstos, en su caso, en la cláusula correspondiente xxx xxxxxx, y los que de estimarse precisos se detallen a continuación: Se deberán constituir una vez que se adjudique el contrato, y antes de la formalización del mismo, de conformidad con el punto 32. 6 del PCAP, siendo los siguientes:
- Seguro a todo riesgo de construcción, el importe de cuya suma asegurada será el importe de adjudicación del contrato.
- Seguro de responsabilidad civil en sus vertientes de general, patronal, cruzada y trabajos terminados, incluyendo como asegurada a la empresa contratista, subcontratistas y la Administración como promotora de las obras.
9.- Subrogación en determinadas relaciones laborales: NO
10.- Lugar de ejecución, entrega o realización de las prestaciones objeto del contrato: IES SAN XXXXXX BHI xx Xxxxxx (Bizkaia).
11.- Condiciones lingÚísticas de ejecución del contrato.
Este contrato se halla sujeto al régimen xx xxxxx oficialidad lingüística establecido por el Estatuto de Autonomía del País Xxxxx en su artículo 6º y regulado por la Ley 10/1982, de 24 de noviembre, básica de normalización del uso del euskera, y por la normativa que la desarrolla.
Salvo que xxx xxxxxx de prescripciones técnicas se derive que las características intrínsecas de la prestación objeto del contrato exigen su realización necesaria y exclusivamente en otra u otras lenguas, el uso de ambas lenguas oficiales constituye una condición de ejecución del contrato y de su incumplimiento se derivan las consecuencias previstas con carácter general para el incumplimiento de cualquiera de las cláusulas de este contrato.
En la ejecución de contrato, han de observarse las concretas condiciones lingüísticas de ejecución establecidas en la correspondiente cláusula xxx xxxxxx.
12.- Otras condiciones especiales de ejecución.
12.1.- De tipo social:
La empresa contratista debe cumplir durante la ejecución del contrato las concretas condiciones especiales de ejecución en materia de inserción sociolaboral, de igualdad de mujeres y hombres, de calidad de empleo y derechos laborales básicos, y de seguridad y salud laboral establecidas en las correspondientes cláusulas xxx xxxxxx.
12.2.- De tipo medioambiental:
12.3.- Otras:
La licitadora deberá suscribir y presentar el compromiso de adscripción de medios y de cumplimiento de condiciones especiales de ejecución recogido en el anexo VIII.
La subcontratación obligatoria, en el caso de estar establecida en el punto 15.2 de esta carátula.
La Administración contratante podrá comprobar el estricto cumplimiento de los pagos que la adjudicataria ha de hacer a todos los subcontratistas o suministradores que participen en la ejecución del contrato.
En tal caso, la contratista adjudicataria remitirá a la Administración, cuando esta lo solicite, relación detallada de aquellos subcontratistas o suministradores que participen en el contrato cuando se perfeccione su participación, junto con aquellas condiciones de subcontratación o suministro de cada uno de ellos que guarden una relación directa con el plazo de pago. Asimismo, deberán aportar, a solicitud de la Administración contratante, justificante de cumplimiento de los pagos a aquellos una vez terminada la prestación dentro de los plazos de pago legalmente establecidos en el artículo 228 y en la Ley 3/2004, de 29 de diciembre, en lo que le sea de aplicación.
13.- CALIFICACIÓN ESPECIAL DE DETERMINADAS INFRACCIONES: NO
14.- Penalidades. Podrán imponerse penalidades por los cumplimientos defectuosos e incumplimientos contemplados en el artículo 212 del TRLCSP y en las cláusulas xxx xxxxxx.
Se establecen penalidades por demora respecto del plazo total, distintas a las establecidas en el apartado 4 del artículo 212 del TRLCSP: NO
15.- Subcontratación: SI
15.1.- Porcentaje máximo (en el caso de que no se fije otro porcentaje, el máximo será el 60% establecido en el artículo 227.2.e) del TRLCSP): 60 %.
15.2.- Obligación de subcontratar un porcentaje no superior al 50% previsto en el artículo 227.7 del TRLCSP (sí/no; en caso afirmativo, indicar el porcentaje, las partes que es obligado subcontratar, el importe y el perfil empresaria): NO
15.3.- Tiene la licitadora que indicar en la oferta la parte del contrato que tenga previsto subcontratar, señalando los datos previstos en el artículo 227.2.a) del TRLCSP (sí/no): Sí. El importe a que se refiere el mencionado artículo y la cláusula 13.2.11 xxx xxxxxx se indicará únicamente por medio del tanto por cien que representa respecto al total de la oferta pero sin mencionar en ningún caso las cuantías económicas. En caso de incluir la cuantía económica sería motivo de exclusión.
16.- Plazos de recepción y de garantía de las prestaciones.
16.1.- Plazos para la recepción (véanse las cláusulas correspondientes de este pliego).
- Total: Un mes desde la fecha prevista para la terminación de la obra. Cláusula 41 del PCAP (artículos 222.2 y 235 del TRLCSP, y artículos 164 a 165 del RGLCAP).
- Parciales (de aquellas partes susceptibles de ser utilizadas de forma separada o independiente): NO HAY
16.2.- Plazo de Garantía, (sí/no, en caso afirmativo indicar el plazo): SI. Un año de garantía a contar desde la recepción de la obra.
17.- Causas de resolución del contrato.
17.1.- A efectos de resolución contractual, quedan calificadas como obligación contractual esencial, además de las calificadas en el pliego y normativa contractual, las siguientes:
- El compromiso de adscripción de medios personales y materiales.
- La obligación de subcontratación, en el caso de que haya sido establecida.
17.2.- Se establecen, así mismo, las siguientes causas de resolución adicionales a las contempladas en la normativa y pliego:
- El incumplimiento de la normativa y cláusulas en materia de seguridad y salud laboral.
- El incumplimiento de la normativa y cláusulas en materia de subcontratación.
18.- Cláusulas adicionales relativas a la prestación objeto del contrato: NO
19.- CARACTERÍSTICAS DE LA PRESTACIÓN PROPIAS DEL CONTRATO DE OBRA.
-
APROBACIÓN DEL PROYECTO DE OBRA. (Indicar la fecha y órgano que ha aprobado el proyecto de obra): Proyecto aprobado por Resolución de 26 xx xxxxxx de 2015, de la Directora de Gestión Económica del Departamento de Educación, Política Lingüística y Cultura.
PLAZO PARA LA COMPROBACIÓN DEL REPLANTEO (no superior a un mes desde la formalización del contrato, salvo excepción justificada): 1 mes.
Programa de trabajo. La adjudicataria debe presentar un programa de trabajo previsto en el artículo 144 del rglcap: NO.
DETERMINACIÓN DEL PRECIO.
- Sistema (Indicar el que corresponda conforme a los artículos 87.2 y 233 del TRLCSP): por precios unitarios.
Condiciones:
- Porcentaje de gastos generales: 13%.
- Los precios unitarios que regirán durante la ejecución de las obras, serán los que resulten de la aprobación de la proposición seleccionada (sí/no): SI
PERIODICIDAD DE LOS PAGOS.
- Pago único –artículo 127 del TRLCSP- : NO
Certificaciones periódicas: SI, con periodicidad mensual.
DEDICACIÓN EXIGIDA AL DELEGADO DE OBRA DE LA CONTRATISTA.
- Exclusiva, sin posibilidad de adscripción a ninguna otra obra (sí/no): NO
- Plena, sin posibilidad de adscripción simultánea a un número de obras superior al señalado: NO
AMPLIACIÓN DEL PLAZO. En el supuesto contemplado en el artículo 213.2 del TRLCSP (retraso no imputable a la contratista):
II.- CARACTERÍSTICAS DEL PROCEDIMIENTO CONTRACTUAL, PARTICIPACIÓN Y SELECCIÓN DE EMPRESAS Y OFERTAS.
20.- Órgano de contratación y obtención de información y pliegos.
20.1.- Entidad adjudicadora: Eusko Jaurlaritza / Gobierno Xxxxx. Departamento de Educación, Política Lingüística y Cultura.
20.2.- Identificación de Órganos y Destinatario (a cumplimentar íntegro en todos los contratos)
20.2.1.- Órgano de contratación (señalar el órgano y el departamento o entidad a la que pertenece): Directora de Gestión Económica del Departamento de Educación, Política Lingüística y Cultura.
20.2.2.- Destinatario del objeto del contrato (señalar el servicio responsable de dar la conformidad a las facturas): Servicio de Obras, Instalaciones y Mantenimiento, Dirección de Recursos Materiales e Infraestructuras.
20.2.3.- Órgano administrativo competente en materia de contabilidad pública: Oficina de Control Económico del Departamento de Hacienda y Finanzas.
20.3.- Dependencia que tramita el expediente (señalar la mesa de contratación o el servicio que tramita, según corresponda): Mesa de Contratación del Departamento de Educación, Política Lingüística y Cultura.
Domicilio: c/ Donostia-San Xxxxxxxxx, 1 Lakua I, 2ª planta, Zona I.
Localidad y código postal: Vitoria-Gasteiz, 01010
20.4.- Número de expediente: CO/24/15
20.5.- Central de Contratación. El órgano que adjudica el contrato actúa para otra entidad (sí/no): NO.
20.6.- Contacto personal:
• Consultas Jurídico-Administrativas:
Xxxx Xxxxxxx
- Teléfono: 000 000000
- Correo electrónico: xxxxx000@xxxxxxx.xxx
• Consultas Técnicas relacionadas con el Proyecto:
Xxxxxxxx Xxxxxxxxx xx Xxxxxxxxxxx
- Teléfono: 000000000
- Correo electrónico: x-xxxxxxxxx@xxxxxxx.xxx
20.7.- Acceso al perfil de contratante, pliegos y documentación complementaria en Internet:
xxx.xxxxxxxxxxxx.xxxx o xxx.xxxxxxx.xxx/xxxxxxxxxxxx.
20.8.- Lugar donde se puede obtener información sobre las obligaciones relativas a fiscalidad, a la protección del medio ambiente, y a las disposiciones vigentes en materia de protección del empleo, condiciones de trabajo y prevención de riesgos laborales, que serán aplicables durante la ejecución del contrato: Véase la cláusula correspondiente xxx xxxxxx.
20.9.- Fecha límite de obtención de documentos e información: 22 de diciembre de 2015
El proyecto se pueden obtener en la siguiente dirección: Pinchar el siguiente enlace:
21.- Valor estimado del contrato a efectos de la ley de contratos del sector público (artículo 88 del TRLCSP): 331. 894,12 euros
22.- Contrato sujeto a regulación armonizada (sí/no): NO
23.- Contrato cubierto por el acuerdo sobre contratación pública (ACP) (sí/no): SI
24.- Consignación presupuestaria. 16.0.1.06.01.0101.3.622.81.42221.003-B
24.1.-El gasto está cofinanciado: NO
24.2.-Tramitación anticipada: SI. En caso afirmativo, la adjudicación del contrato se somete a la condición suspensiva de existencia de crédito adecuado y suficiente para financiar las obligaciones derivadas del mismo.
25.- Tramitación, procedimiento y forma de adjudicación.
25.1.- Tramitación:
- Urgente: SI
25.2.- Procedimiento:
- Abierto: SI
25.3.- Forma:
- El precio es el único criterio de valoración de las ofertas (sí/no): SI
26.- SISTEMA DE LICITACIÓN y CONTRATACIÓN ELECTRÓNICA. Se autoriza su utilización: NO
27.- CONTRATO RESERVADO: NO
28.- PRESENTACIÓN DE OFERTAS O SOLICITUDES DE PARTICIPACIÓN.
28.1.- Fecha y hora límite de presentación: 13:00 horas del 22 de diciembre de 2015
28.2.- Documentación a presentar con anterioridad a la fecha límite:
-
SOBRE A
CAPACIDAD Y SOLVENCIA
SOBRE B
OFERTA ECONÓMICA Y CRITERIOS EVALUABLES MEDIANTE LA APLICACIÓN DE FÓRMULAS
Con el contenido que señala el pliego de cláusulas administrativas particulares y los correspondientes puntos de esta carátula.
En el sobre A deberá presentarse la siguiente documentación:
D.N.I. de la persona que firma la oferta o la solicitud de participación, en nombre propio o como apoderada.
- Declaración responsable del licitador conforme al modelo incluido en el anexo XIII xxx Xxxxxx de Cláusulas Administrativas Particulares indicando que cumple las condiciones establecidas legalmente para contratar con la Administración. De conformidad con lo prevenido por el artículo 146.4 del TRLCSP esta declaración responsable sustituye la aportación inicial de la documentación establecida en los puntos 13.2.3, 13.2.4, 13.2.6 y 13.2.7 xxx Xxxxxx de Cláusulas Administrativas Particulares.
- Compromiso de adscripción de medios y de cumplimiento de las condiciones especiales de ejecución. La empresa debe presentar firmado el compromiso de adscripción de medios personales y materiales que figura en el anexo VIII xxx Xxxxxx de Cláusulas Administrativas Particulares.
- Subcontratistas: las empresas deberán indicar la parte del contrato que tengan previsto subcontratar, señalando el porcentaje, y el nombre o perfil empresarial definido por referencia a las condiciones de solvencia profesional o técnica, de los subcontratistas a los que se vaya a encomendar su realización.
- Quienes deseen participar en unión temporal de empresas deberán presentar, así mismo, un escrito de proposición en el que se indiquen los nombres y circunstancias de las empresas que la suscriben, la participación de cada una de ellas y el nombramiento de la persona física representante.
El licitador a cuyo favor recaiga la propuesta de adjudicación, deberá acreditar ante el órgano de contratación, previamente a la adjudicación del contrato, la posesión y validez de los documentos exigidos en los puntos 13.2.3, 13.2.4, 13.2.6 y 13.2.7 xxx Xxxxxx de Cláusulas Administrativas Particulares. El momento decisivo para apreciar la concurrencia de los requisitos de capacidad y solvencia exigidos para contratar con la Administración será el de finalización del plazo de presentación de las proposiciones.
En todo caso el órgano de contratación, en orden a garantizar el buen fin del procedimiento, podrá recabar, en cualquier momento anterior a la adopción de la propuesta de adjudicación, que los licitadores aporten documentación acreditativa del cumplimiento de las condiciones establecidas para ser adjudicatario del contrato.
28.3.- Lugar de presentación:
- Entidad: Mesa de Contratación del Departamento de Educación, Política Lingüística y Cultura (Registro General del Departamento)
- Domicilio: X/ Xxxxxxxx-Xxx Xxxxxxxxx, 0 (edificio Lakua I, segunda planta, zona I)
- Localidad y código postal: Vitoria-Gasteiz 01010
28.4.- En el caso de que esté autorizada la contratación electrónica (véase el punto…anterior), puede presentarse a través de la página Web: xxx.xxxxxxxxxxxx.xxxxxxx.xxx
28.5.- Medios para anunciar, en su caso, el envío de la oferta por correo postal:
- Fax: 000000000
- Correo electrónico: xxxxx000@xxxxxxx.xxx
28.6.- Plazo durante el cual la licitadora está obligada a mantener su oferta (indicar quince días naturales, dos meses, o el que corresponda conforme al artículo 161.4 del TRLCSP): 15 días, a contar desde la apertura de la oferta económica, ampliado en quince días hábiles más cuando sea necesario seguir los trámites a que se refiere el artículo 152.3 del TRLCSP (valores anormales o desproporcionados).
28.7.- Admisión de variantes: NO
28.8.- Apertura pública de las ofertas: SI
Lugar de apertura de sobres B: Sala I de Lakua II
La apertura de sobres B se realizará:
- Fecha: 00 xx xxxxxxxxx xx 0000
- Xxxx: 12.00 horas
29.- SOBRE A- REQUISITOS DE CAPACIDAD Y SOLVENCIA (Véanse las cláusulas correspondientes xxx xxxxxx. Las empresas extranjeras tendrán en cuenta lo previsto en el anexo correspondiente)
29.1.- Clasificación exigida. Indicar si se exige clasificación, en su caso, con mención del lote: No se exige. No obstante, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 74.2 TRLCSP y el artículo 11 del Reglamento General de la Ley de Contratos, la clasificación del empresario acreditará su solvencia económica y financiera y su solvencia técnica para la celebración del presente contrato: la clasificación correspondiente al contrato tras la entrada en vigor del Real Decreto 773/2015 de modificación de determinados preceptos del Reglamento General de la Ley de Contratos, es el Grupo C Subgrupo 2 Categoría 2, si bien conforme a la Disposición Transitoria Segunda hasta el 1 de enero de 2020 podrá aportarse como clasificación equivalente el Grupo C, Subgrupo 2 y Categoría c.
En relación con lo anterior, el valor estimado de este contrato de obras asciende a 331.894,12 euros, por tanto el importe es inferior a 500.000 euros que es el umbral de exigencia de clasificación que establece la Ley.
En consecuencia, las empresas licitadoras podrán acreditar su solvencia, indistintamente y de forma alternativa, mediante la clasificación que corresponda al contrato o mediante la aportación de los documentos acreditativos de los requisitos mínimos de solvencia económica y financiera y de solvencia técnica o profesional que se establece en la cláusula 29.2.
29.2.- Las empresas acreditarán, por lo medios fijados a continuación, los siguientes requisitos de solvencia económica y financiera y de solvencia técnica o profesional (sí/no): SI
Medios de acreditación:
Solvencia económica y financiera: Volumen anual de negocios en el ámbito al que se refiera el contrato, por importe igual o superior al exigido en el anuncio de licitación o en la invitación a participar en el procedimiento y en los pliegos del contrato. El mismo, se acreditará por medio de sus cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil si el empresario estuviera inscrito en dicho registro, y en caso contrario por las depositadas en el registro oficial en que deba estar inscrito. Los empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil acreditarán su volumen anual de negocios mediante sus libros de inventarios y cuentas anuales legalizados por el Registro Mercantil.
Solvencia técnica: Relación de las obras ejecutadas en el curso de los diez últimos años, avalada por certificados de buena ejecución* para las obras más importantes; estos certificados indicarán el importe, las fechas y el lugar de ejecución de las obras y se precisará si se realizaron según las reglas por las que se rige la profesión y se llevaron normalmente a buen término; en su caso, dichos certificados serán comunicados directamente al órgano de contratación por la autoridad competente.
A estos efectos, las obras ejecutadas por una sociedad extranjera filial del contratista de obras tendrán la misma consideración que las directamente ejecutadas por el propio contratista, siempre que este último ostente directa o indirectamente el control de aquélla en los términos establecidos en el artículo 42 del Código de Comercio. Cuando se trate de obras ejecutadas por una sociedad extranjera participada por el contratista sin que se cumpla dicha condición, solo se reconocerá como experiencia atribuible al contratista la obra ejecutada por la sociedad participada en la proporción de la participación de aquél en el capital social de ésta.
(*) Respecto al certificado de buena ejecución deberá respetarse el modelo que como Anexo XIV se acompaña al PCAP. En aquellos supuestos en que el destinatario de la obra haya sido una entidad del sector público, el certificado podrá ser comunicado directamente al órgano de contratación por la entidad contratante de las obras. A tal efecto, en el momento de acreditar su solvencia, la persona licitadora que no haya aportado el certificado emitido por la entidad contratante del sector público, deberá aportar la solicitud efectuada ante dicha entidad, ya sea para su obtención, ya sea para su remisión directa al órgano de contratación.
Requisitos:
Solvencia económica y financiera: Volumen anual de negocios de la persona licitadora en el ámbito al que se refiera el contrato en los tres últimos años, por importe igual o superior a 350.000 euros. Dicho importe deberá referirse al año de mayor volumen de negocio de los tres últimos concluidos.
Solvencia técnica: Entre la relación de obras que hayan sido ejecutadas en el curso de los diez últimos años, deberá haberse ejecutado al menos una obra del mismo tipo o naturaleza al que corresponde el objeto del contrato, esto es, una obra de ejecución de características técnicas similares, cuyo importe mínimo alcance los 350.000 euros.
29.3.- En el caso de que, como medio de acreditar la solvencia, se exija una declaración indicando la maquinaria y equipos técnicos de que se dispondrá para la ejecución del trabajo, se adjuntará a la declaración la documentación acreditativa de la adecuación de dichos medios a la normativa de seguridad que les sea de aplicación. Entre otros, el Real Decreto 1435/1992 y demás derivados de la Directiva europea de máquinas y el Real Decreto 1215/1997 sobre utilización de equipos de trabajo.
29.4.- Habilitación empresarial o profesional exigida: Las exigidas por la normativa que regula la realización de la actividad o prestación contractual y, entre ellas, en el caso de que se encuentren indicadas, las siguientes:
29.5.- Registros oficiales de licitadores o empresas contratistas:
a) Efectos de la presentación del certificado de inscripción:
- Los certificados de inscripción en el Registro Oficial de Contratistas de la Comunidad Autónoma de Euskadi, y en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas de la Administración del Estado eximen de la presentación de los documentos que se señalan en el pliego, siempre que se acredite en la forma en él indicada.
- Otros Registros oficiales (indicar lo que corresponda):
b) Admisión de certificados electrónicos:
- Registro Oficial de Contratistas de la Comunidad Autónoma de Euskadi: SI
- Otros Registros oficiales (indicar lo que corresponda): NO
c) Autorización de la incorporación de oficio de los certificados:
- Registro Oficial de Contratistas de la Comunidad Autónoma de Euskadi
- Otros Registros oficiales (indicar lo que corresponda): NO
La incorporación de oficio, en el caso de estar autorizada por la Administración, requiere, además, la autorización de la empresa, salvo en el supuesto de contratación electrónica, en el que la utilización de sistema electrónico por la empresa conlleva dicha autorización para el Registro de Euskadi).
29.6.- Las personas jurídicas deben aportar los nombres y la cualificación profesional del personal responsable de ejecutar la prestación: NO
30.- CRITERIOS DE VALORACIÓN DE LAS OFERTAS.
30.1.- El precio es el único criterio de valoración de las ofertas: SI
30.2.- Existe una pluralidad de criterios de valoración de las ofertas: NO
30.2.1.- Supuesto general: SI
Criterios de valoración de las ofertas relacionados por orden decreciente de importancia y por la ponderación que se les atribuye.
Criterios evaluables de forma automática mediante la aplicación de fórmulas:
Precio. Ponderación: 100 puntos.
Precio a la baja en relación a la base de licitación, teniendo en cuenta los puntos de la carátula en los que se establecen los límites que permiten apreciar el carácter desproporcionado o temerario de dichas bajas.
se valorará con 100 puntos a la menor de las ofertas admitidas
se valorará con 0 puntos a la baja nula
el resto se valorará proporcionalmente a éstas.
La fórmula a aplicar será:
100 (L – Oferta a evaluar)
P= -----------------------------------------------
(L – Oferta más económica)
Siendo:
P = Puntuación obtenida por el licitador
L = Base de licitación
Ponderación total de este grupo: 100 puntos.
Criterios cuya aplicación requiere realizar un juicio de valor:NO
30.2.2.- Supuesto especial: Fases de valoración distintas a las contempladas con carácter general: NO
Se establecen las siguientes fases de valoración numeradas por el orden en qué operarán, indicando en cada una los criterios correspondientes, con su ponderación y umbral mínimo de puntuación exigido para superar cada fase, así como, las fórmulas en su caso aplicables:(la valoración de la oferta económica operará en la última fase):
Criterios de valoración de las ofertas relacionados por orden decreciente de importancia y por la ponderación que se les atribuye. Puntuación total: 100 puntos (la suma de las ponderaciones de los grupos correspondientes cada una de las fases siguientes ser siempre igual a la puntuación total):
31.- OTROS SOBRES- DOCUMENTACIÓN QUE DEBE PRESENTAR LA LICITADORA AL OBJETO DE EVALUAR LOS CRITERIOS DE VALORACIÓN DE LAS OFERTAS (Véanse las cláusulas correspondientes del xxxxxx xxx xxxxxx).
31.1.- Supuesto general: NO
31.2.- Supuesto especial: Fases de valoración distintas a las contempladas con carácter general: NO
Indicar los sobres que deben presentarse para la aplicación de los criterios de valoración de las ofertas:
- SOBRE B «OFERTA ECONÓMICA Y CRITERIOS EVALUABLES DE FORMA AUTOMÁTICA MEDIANTE LA APLICACIÓN DE FÓRMULAS».
El sobre B contendrá la oferta económica cumplimentada conforme al Anexo VII xxx Xxxxxx de Cláusulas Administrativas Particulares, y los siguientes documentos de conformidad con lo indicado en la cláusula 14.2.2 xxx Xxxxxx de Cláusulas Administrativas Particulares:
a) Relación de precios unitarios de ejecución material y cada una de las unidades de obra que componen el proyecto.
b) Presupuesto de ejecución material.
c) Presupuesto de ejecución por contrata.
La oferta económica, incluyendo la totalidad de los documentos anteriormente mencionados, se presentará además de en soporte papel, en soporte informático en formato .bc3
Cualquier alteración en el modelo de oferta económica integrado en el proyecto, será causa de exclusión. Es decir, a la hora de presentar los precios unitarios, en formato .bc3 y papel, se deberá respetar la literalidad del modelo del proyecto.
31.3.- Entre los criterios de valoración de las ofertas se contempla el concepto otras mejoras consistentes en prestaciones adicionales sobre las obligaciones prescritas y no incluidas en otros criterios de valoración: NO
31.4.- A fin de proceder a la valoración técnica deberán entregarse muestras: NO
32.- ÓRGANO ESPECIALIZADO QUE EVALUARÁ LAS OFERTAS CONFORME A LOS CRITERIOS CUYA APLICACIÓN REQUIERE REALIZAR UN JUICIO DE VALOR: NO
33.- VALORES ANORMALES O DESPROPORCIONADOS EN LA OFERTA DISTINTOS O COMPLEMENTARIOS A LOS ESTABLECIDOS EN LA NORMATIVA -artículo 152 del TRLCSP y artículos 85 y 86 del RGLCAP-: NO.
34.- SUBASTA ELECTRÓNICA. Para la adjudicación se celebrará una subasta electrónica con arreglo a los siguientes elementos: NO
35.- PREFERENCIAS DE ADJUDICACIÓN. En la adjudicación se aplicarán las preferencias de adjudicación contempladas en el pliego.
36.- PLAZO PARA ACORDAR LA ADJUDICACIÓN. Se establece un plazo distinto al general indicado en el pliego (sí/no, en caso afirmativo indicar el plazo): NO
37.- ACREDITACIONES QUE DEBE PRESENTAR EL LICITADOR QUE HAYA PRESENTADO LA OFERTA ECONÓMICAMENTE MÁS VENTAJOSA (Artículo 151.2 del TRLCSP).
37.1.- Se permite que sean expedidos por medios electrónicos, informáticos o telemáticos (sí/no, en caso afirmativo especificar los supuestos y medios): SI se permiten los siguientes:
- Emitidos por las Administraciones tributarias, en relación con el cumplimiento de estas obligaciones.
- Emitidos por la Seguridad Social en relación con el cumplimiento de las obligaciones con la Seguridad Social.
37.2.- Se permite la incorporación de oficio de los certificados telemáticos o la transmisión telemática de datos, previa autorización de la empresa (sí/no, en caso afirmativo especificar los supuestos y medios): NO
38.- RENUNCIA A LA CELEBRACIÓN DEL CONTRATO Y DESISTIMIENTO DEL PROCEDIMIENTO POR LA ADMINISTRACIÓN. Se rige por lo previsto en el artículo 155 del TRLCSP.
39.- Cláusulas adicionales relativas AL PROCEDIMIENTO (sí/no): Sí. Se hace constar la aplicación del Decreto 1/2007, de 11 de septiembre, que aprobó el Texto Refundido de la Ley de tasas y precios públicos de la Administración de la C.A.P.V, Capítulo III, arts. 46, 47, 48 y 49 (Tipo de gravamen: 4%).
III.- OTRAS ESPECIFICACIONES.
41.- OTRAS ESPECIFICACIONES ADICIONALES A LAS INDICADAS EN ESTA CARÁTULA Y EN EL PLIEGO.
Sí. La Ley 25/2013, establece la obligatoriedad para las empresas de utilizar el formato electrónico para la expedición y remisión de facturas a la Administración General de la Comunidad Autónoma de Euskadi y a sus organismos autónomos.
Para ello, el Gobierno Xxxxx ha puesto a disposición de los proveedores el Servicio de facturación electrónica, así como la consulta sobre el estado de las mismas.
La Ley 25/2013, de 27 de diciembre, de impulso de la factura electrónica y creación del registro contable de facturas en el sector público (BOE Nº 311, de 28/12/2013) regula el uso de la factura electrónica por los proveedores que hayan entregado bienes o prestado servicios a la Administración Pública. A su vez, la Orden de 26 de diciembre de 2014, del Consejero de Hacienda y Finanzas regula el Servicio de Facturación Electrónica y el Registro Contable de Facturas de la Comunidad Autónoma de Euskadi (BOPV Nº 2, de 05/01/2015).
El artículo 4 de la referida Orden dispone que las entidades indicadas en el artículo 4 de la Ley 25/2013, de 27 de diciembre, estarán obligadas a expedir y remitir factura electrónica, por los servicios prestados y bienes entregados a la Administración General de la Comunidad Autónoma de Euskadi, a sus Organismos Autónomos y a sus Consorcios y excluye de la obligación de facturación electrónica a las facturas cuyo importe sea igual o inferior a 5.000 euros, así como a las recibidas por las Delegaciones de Euskadi en el exterior.
El artículo 5 de la Orden dispone que para presentar facturas electrónicas los proveedores deberán darse de alta en el Servicio de facturación electrónica accediendo al mismo a través de la dirección electrónica xxxxx://xxxxxxx.xxx/. Para ello es necesario estar en posesión de certificado digital reconocido y aceptar las condiciones de uso del servicio.
Podrá accederse a información detallada sobre el servicio de facturación electrónica del Gobierno Xxxxx desde el siguiente url:
42.- CUADRO DE SEGUIMIENTO DE LA INCORPORACIÓN DE ASPECTOS SOCIALES Y MEDIOMABIENTALES EN EL PROCEDIMIENTO Y EN EL CONTRATO.
En dicho cuadro se señalará con un SI la casilla correspondiente a la incorporación de los aspectos referidos.
Criterios |
Inserción laboral |
Igualdad de mujeres y hombres |
Prevención de Riesgos Laborales |
Ambientales |
Objeto del contrato |
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Criterios de solvencia técnica y profesional |
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Especificaciones técnicas |
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Criterios de valoración de las ofertas |
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Condiciones especiales de ejecución |
SI |
SI |
SI |
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*Nota: Los campos de esta carátula, o la parte de ellos que no se encuentren rellenados no son aplicables al contrato, salvo que de las cláusulas xxx xxxxxx o de la normativa aplicable se deduzca lo contrario.
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