F02 - ANEXO – CONDICIONES TÉCNICAS ESENCIALES PARA LAPRESTACIÓN DEL SERVICIO Y/O ENTREGA DE BIEN Fecha 9/08/2013
F02 - ANEXO – CONDICIONES TÉCNICAS ESENCIALES PARA LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO Y/O ENTREGA DE BIEN | Fecha | 9/08/2013 |
1. DENOMINACIÓN DEL BIEN O SERVICIO
Suministro e instalación y mantenimiento de ascensores, plataformas y salva escaleras para las sedes Regionales y Centros Zonales del ICBF
2. DENOMINACIÓN TÉCNICA DEL BIEN O SERVICIO
No aplica
3. UNIDAD DE MEDIDA
Unidad
4. NORMATIVIDAD APLICABLE (específica para el servicio y/o bien)
Para salva escalera: Norma DM 89/236, DPR 96/503 y UNI 9801. Conforme a la Directiva 73/23 Baja Tensión. Conforme a la Directiva 89/336. Compatibilidad Electromagnética. Conforme a la Directiva 98/37 Directiva Máquinas (certificado del fabricante probado por IMQ) y La norma ICONTEC es la Norma técnica colombiana NTC 2769-5.
Para los ascensores: N 81-1-2, Icontec NTC 2769, Icontec 2050, certificación ISO9001 Y Según CÓDIGO ELÉCTRICO NACIONAL Norma ICONTEC 2050
Para la Plataforma: ICONTEC es la Norma técnica colombiana XXX 0000-0.
5. . DESCRIPCIÓN GENERAL
Contratar el suministro de ascensores, plataformas y salva escaleras debidamente instalados y puestos en funcionamiento en las sedes Regionales y Centros Zonales del ICBF en los sitios y lugares indicados (anexo 1). Ficha de especificaciones técnicas de los ascensores, plataformas y salva escaleras
El suministro deberá incluir todos los elementos necesarios para el debido funcionamiento de los ascensores, plataformas y salva escaleras. Igualmente, estará a cargo del contratista el transporte a las Regionales y Centros Zonales y la mano de obra capacitada para la instalación de los ascensores, plataformas y salva escaleras
El contratista debe incluir en su propuesta, todos y cada uno de los equipos, elementos, materiales y mano de obra que sean necesarios para la puesta en funcionamiento de los
ascensores, plataformas y salva escaleras en el ICBF, y realizar los mantenimientos preventivos y correctivos, de acuerdo con las especificaciones técnicas requeridas en el presente documento.
El ICBF requiere contratar el suministro e instlación de los ascensores, plataformas y salva escaleras para las siguientes Regionales o Centros Zonales:
LUGAR | CARACTERISTICAS | CANTIDAD |
Ascensor para la Sede de la Dirección General en Bogotá. | S6300 AP sin cuarto de máquinas | 1 |
Ascensor para la Regional Risaralda | S3300 AP sin cuarto de máquinas | 1 |
Ascensor para la Regional Antioquía | MRL 10-VF-1,0 sin cuarto de máquinas | 1 |
Plataforma para el Centro Xxxxx Xxxxxxx xx xx Xxxx. xxx Xxxxxxx | Plataforma elevadora Steppy | 2 |
Salva escalera para el Centro Zonal Calarcá en el Dpto. del Quindío | SERVOSCALA MOD.V65. Sistema de transporte para persona sobre SILLA DE RUEDAS. Plataforma estándar de 830x700, brazos independientes. | 1 |
Salva escalera para la Sede de la calle 57 en la ciudad de Bogotá | SERVOSCALA MOD.V65. Sistema de transporte para persona sobre SILLA DE RUEDAS. Plataforma estándar de 830x700, brazos independientes. | 1 |
6. ESPECIFICACIONES TÉCNICAS DE LOS INSUMOS, BIENES, PRODUCTOS, OBRAS O SERVICIOS A ENTREGAR
Las especificaciones técnicas mínimas requeridas para el suministro e instalación de los ascensores, plataformas y salva escaleras objeto de la presente contratación deben cumplir con los requerimientos establecidos en el ANEXO No 1. Ficha de las especificaciones técnicas de los ascensores, plataformas y salva escaleras, las obras cíviles para la instalación de estos equipos no hacen parte de este proceso
6.1 GARANTIA
Los ascensores, plataformas y salva escaleras deben contar con garantía mínimo de tres (3) años, otorgada por el fabricante o su representante en Colombia, contados a partir del recibo a satisfacción por parte del supervisor del contrato. Adicionalmente el contratista debe ofrecer una garantía de cinco (5) años sobre la instalación y los trabajos efectuados, contado a partir del recibo a satisfacción por parte del supervisor del contrato.
6.2 MANTENIMIENTO
6.2.1 MANTENIMIENTO CORRECTIVO
Durante el primer año de garantía los ascensores, plataformas y salva escaleras, el contratista debe atender y realizar todos los servicios de mantenimiento correctivo a que haya a lugar de manera inmediata, atendiendo y dando solución a las solicitudes puntuales realizadas por el ICBF. El contratista debe asumir todos los costos del mantenimiento correctivo o reemplazo de los ascensores, plataformas y salva escaleras, al igual que los costos de los elementos, mano de obra y gastos de desplazamiento. Los requerimientos se realizarán en un formato y se pueden enviar por correo electrónico y los tiempos definidos a continuación para su resolución se contarán a partir del envío de la solicitud de servicio.
El contratista deberá suministrar, durante el primer año de garantía de los ascensores, plataformas y salva escaleras, repuestos y partes originales nuevas (no remanufacturadas) de iguales o superiores características a las requeridas en el presente documento, sin costo adicional para el ICB, con el fin de garantizar el correcto funcionamiento de los ascensores, plataformas y salva escaleras. La garantía de funcionamiento de los repuestos suministrados e instalados, debe ser mínimo de un (1) año contado a partir de su entrega e instalación. En caso de presentarse alguna falla por defectos de estos repuestos, el contratista deberá realizar los cambios de los mismos, suministrando repuestos nuevos de las mismas características de los solicitados, en un tiempo máximo de 24 horas.
Las actividades realizadas durante las visitas como mínimo cada dos meses de mantenimiento preventivo o correctivo, así como los repuestos que requirieron cambio, deberán constar en acta elaborada por el personal técnico del contratista, la cual será suscrita por este y por el coordinador administrativo de la Regional o del coordinador del centro zonal.
Si cumplido el tiempo estipulado, no se ha realizado el cambio o reparación del elemento solicitado, el contratista deberá colocar de forma provisional elementos de iguales o superiores características, hasta el reemplazo o reparación definitiva del elemento defectuoso. En cualquier caso el tiempo de reemplazo o reparación definitiva del elemento no podrá superar los treinta (30) días a partir de la solicitud realizada por el ICBF.
Terminado el primer año el contratista deberá presentar un diagnostico del equipo instalado con el fin que el ICBF contrate con recursos de la siguiente vigencia el mantenimiento preventivo y correctivo del mismo.
6.2.2 MANTENIMIENTO PREVENTIVO
El Contratista debe realizar seis visitas de mantenimiento a los inmobles donde se instaran los equipos con el fin de verificar el mantenimiento preventivo a todos y cada uno de los ascensores, plataformas y salva escaleras objeto de la presente contratación, durante el primer año de la garantía de los equipos. Cada visita de mantenimiento debe realizarse cada 2 meses A partir de la fecha de instalación de los ascensores, plataformas y salva escaleras. Los gastos incurridos en cada visita los debe asumir el contratista.
El cronograma de visitas deberá ser entregado por el contratista al ICBF del contrato para su aprobación, en medio físico y magnético, al menos con quine (15) días hábiles antelación al inicio de las primeras visitas.
6.4 CAPACITACIÓN
El contratista debe brindar una capacitación sobre la operación de los equipos con una duración mínima de 2 horas, para mínimo dos (2) funcionarios del ICBF en cada sede donde se instalen los ascensores, plataformas y salva escaleras
.
6.5 DOCUMENTACIÓN
Una vez finalizada la instalación de los ascensores, plataformas y salva escaleras en las respectivas Regionales o Centros Zonales y previo recibo a satisfacción por parte del supervisor del contrato o de quien este delegue, el contratista debe entregar en cada Regional y/o Centro Zonal de manera física (impresa) el manual de usuario de los equipos y entregar copia en medio magnética al supervisor del contrato.
7. OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA
7.1. Obligaciones específicas
7.1.1 Los ascensores, plataformas y salva escaleras deberán ser suministrados e instalados en las calidades, cantidades, tiempo convenido con el ICBF y en perfecto estado de funcionamiento en las sedes del ICBF. Los ascensores, plataformas y salva escaleras deben tener las siguientes características: Ver ANEXO No 1 Ficha de las especificaciones técnicas de los ascensores, plataformas y salva escaleras, los cuales corresponden a las especificaciones técnicas respectivamente.
7.1.2 Todos los elementos para la instalación de los ascensores, plataformas y salva escaleras objeto de la presente contratación deberán ser contemplados en la propuesta por el contratista.
7.1.3 El transporte de los ascensores, plataformas y salva escaleras y demás elementos necesarios para la entrega e instalación en los lugares señalados, como los seguros de transporte por robo, destrucción, pérdida, deterioro o daños de los mismos, serán asumidos totalmente por parte del Contratista.
7.1.4 Asumir por su cuenta y riesgo el transporte de los bienes adquiridos por la Entidad, si fuere necesario, así como del personal requerido para la ejecución del objeto contractual
7.1.5 Correr con los costos que se causen con motivo del pago de impuestos, el transporte, aranceles, gastos de fletes, empaques e instalación etc., del elemento objeto del Contrato.
7.1.6 Atender los reclamos y cambios que la Entidad formule, así como las devoluciones de los artículos despachados sin las especificaciones técnicas solicitadas.
7.1.7 El contratista deberá entregar el certificado de garantía de los ascensores, plataformas y salva escaleras expedido por el fabricante según lo señalado en el presente documento
7.1.8 El Contratista entregará los ascensores, plataformas y salva escaleras funcionando apropiadamente y capacitará al personal del área, en su funcionamiento y recomendaciones técnicas.
7.1.9 Los ascensores, plataformas y salva escaleras deberán ser nuevos y libres de defectos. Esta verificación del estado de los equipos será por parte del Supervisor o por quien este delegue dejando como constancia un acta de recibido a satisfacción firmada la cual es suministrada por el contratista. En caso de que no cumplan con las características solicitadas se devolverán al contratista y no se autorizará la instalación, el contratista cuenta con 8 días hábiles para realizar el reemplazo de los ascensores, plataformas y salva escaleras, que no cumplan con las especificaciones requeridas. El reemplazo se debe realizar en las mismas condiciones de diseño, material y calidad y los gastos que ello genere correrán por su cuenta, con su riesgo y no hará incurrir al ICBF en costos adicionales.
7.1.10 Los operarios del Contratista instaladores de los ascensores, plataformas y salva escaleras deberán estar debidamente identificados en las instalaciones del ICBF y deberán contar con los elementos y equipos de protección requeridas según a las actividades a desarrollar para dar cumplimiento a normas de seguridad industrial.
7.1.11 Teniendo en cuenta la ubicación a instalar de los ascensores, plataformas y salva escaleras, es obligatorio presentar el certificado de trabajo seguro en alturas del personal técnico que prestará el servicio.
7.1.12 Presentar informes o constancias escritas y en medio magnéticas sobre el de mantenimiento tanto preventivas como correctivas de los ascensores, plataformas y salva escaleras
7.1.13 El contratista deberá hacer entrega al supervisor del contrato los certificados de afiliación a la administradora de riesgos profesionales del personal que instalara los ascensores, plataformas y salva escaleras
7.2. Obligaciones generales
7.2.1. Reportar por escrito al supervisor del contrato cualquier sugerencia que contribuya a la obtención de mejores Acatar las instrucciones que imparta el Instituto para el cabal cumplimiento del contrato, a través del Supervisor del contrato.
7.2.2. Guardar debida y completa reserva y confidencialidad sobre la información y los documentos del ICBF que tenga conocimiento o a los que tenga acceso en virtud del objeto del contrato.
7.2.3. Suscribir la garantía única, presentar los amparos requeridos para el cumplimiento del contrato y mantener actualizada su vigencia acorde con los términos pactados en la cláusula pertinente del contrato.
7.2.4.
7.2.5. Cumplir con las obligaciones frente al Sistema de Seguridad Social Integral y aportes parafiscales y presentar los recibos de pago al sistema de seguridad social (salud, pensiones y riesgos profesionales) y parafiscales (Caja de Compensación, SENA, ICBF), para efectos del pago.
7.2.6. Mantener los precios presentados en la oferta o resultantes de la Subasta Inversa (dependiendo de la modalidad de selección), durante el tiempo de la ejecución del contrato.
7.2.7. Cumplir con las obligaciones derivadas del contrato actuando con alto grado de profesionalismo responsabilidad y eficacia en la ejecución de las tareas correspondientes.
7.2.8. Cumplir con las demás instrucciones que le sean impartidas por el supervisor del contrato que se deriven o tengan relación con la naturaleza del mismo.
7.2.9. Suscribir el acta de liquidación del contrato.
7.2.10. Entregar al Grupo Financiero de la Dirección General el formato de autorización para abono directo en cuenta de ahorros o corriente, debidamente diligenciado y firmado, anexando certificación bancaria de la titularidad de la cuenta.
7.3 Obligaciones relacionadas con el Sistema De Gestión De Calidad del ICBF:
7.3.1 Para el eje de seguridad y salud ocupacional:
7.3.1.1 Todo el personal del contratista deberá estar afiliado al Sistema de Seguridad Social en riesgos laborales.
7.3.1.2 Antes de iniciar cualquier actividad en el ICBF todos los trabajadores del contratista deben recibir inducción en Seguridad y Salud en el trabajo.
7.3.1.3 Suministrar a sus trabajadores todos los Elementos de Protección Personal requeridos para la realización de sus actividades y garantizar el uso correcto de estos durante la ejecución de los trabajos. En caso de deterioro o daño el remplazo deberá hacerse de forma inmediata.
7.3.1.4 Presentar al ICBF la matriz de riesgos ocupacionales, un plan para su control y los procedimientos de seguridad y salud ocupacional, en el que se definan objetivos y se tracen metas de acuerdo a la identificación de peligros.
7.3.1.5 Designar por escrito un representante de seguridad y salud en el trabajo responsable del tema durante toda la vigencia del contrato, para que coordine, apoye y garantice las condiciones de seguridad y la administración de las actividades de seguridad y salud en el trabajo.
7.3.1.6 Durante la ejecución del contrato el contratista deberá cumplir con las normas reglamentarias sobre seguridad y salud en el trabajo, medicina preventiva, higiene y seguridad industrial y los demás aspectos inherentes que han sido establecidos o establezca la ley y los organismos de control.
7.3.1.7 Es responsabilidad del contratista garantizar las condiciones de seguridad de su personal, así como de los equipos propios o de la empresa; para esto deberá disponer de procedimientos estandarizados para las actividades de alto riesgo y garantizar mecanismos verificables de control operativo.
7.3.1.8 El contratista es responsable del reporte a la ARL y EPS, atención en salud e investigación de los incidentes y accidentes de trabajo presentados durante el desarrollo de las actividades objeto del contrato.
7.3.1.9 El ICBF podrá suspender trabajos del contratista si éstos no se ajustan a los estándares de seguridad establecidos por normas técnicas nacionales o internacionales o a la normatividad legal.
7.3.1.10 El contratista deberá garantizar capacitaciones periódicas de su personal en el manejo de los riesgos propios de las actividades desarrolladas.
7.3.1.11 El contratista deberá presentar relación de los últimos exámenes médicos ocupacionales realizados a su personal así como el concepto médico donde indique si el trabajador es apto para trabajar, cumpliendo las disposiciones legales vigentes.
7.3.2 Para el eje ambiental:
El contratista, de acuerdo a la actividad a desarrollar debe establecer el análisis de los aspectos e impactos ambientales asociados al contrato que vaya a ejecutar, establecer las acciones tendientes a reducir, mitigar y corregir los impactos ambientales significativos, en los formatos establecidos por la entidad.
El contratista deberá garantizar la gestión de los escombros y residuos generados por la ejecución del contrato, de acuerdo a la Resolución 541 de 1994 y Decreto 4741 de 2005 del Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial, para lo cual deberá entregar como documento del proceso el protocolo o plan de manejo de residuos convencionales y peligrosos (escombros, aceites usados, sustancias químicas, combustibles, elementos refrigerantes, luminarias, cableado, entre otros.), determinando como mínimo: cómo y a quien se efectúa la disposición y entrega de esta clase de residuos.
El contratista debe conocer la legislación ambiental aplicable, establecer las acciones de cumplimiento de la misma y contar con las autorizaciones y permisos ambientales requeridos para el desarrollo del contrato.
El Contratista deberá garantizar el cumplimiento de la política ambiental del ICBF, especialmente en lo relacionado con almacenamiento y manejo de sustancias químicas, ahorro y uso eficiente de agua, energía y papel, manejo de combustibles, manejo de vertimientos y gestión de residuos.
8. LUGAR DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO
El lugar de ejecución del contrato corresponde a los sitios de instalación en las Regionales y/o en los Centros Zonales donde se deben entregar los ascensores, plataformas y salva escaleras, relacionados a continuación:
Regional y/o Centro Zonal | Dirección |
Sede de la Dirección General | Xxxxxxx xxxxxxx 00 Xx 00x – 00 - Xxxxxx |
Regional Risaralda | Xxxxxxx 0x. Xxx Xx. 00-00 Xxxxxx Xxxxxxx |
Xxxxxxxx Xxxxxxxxx | Xxxxx 00 Xx 00-000, Xxxxxxxx |
Xxxxxx Xxxxx Xxxxxxx | Xxxxxxx 00, Xxxxxx 0xx x 0xx |
Sede de la xxxxx 00 | Xxxxx 00 Xx 00 – 00 -Xxxxxx |
9. PLAZO DE EJECUCIÓN
El contrato tendrá un plazo de ejecución hasta el treinta y uno (31) de diciembre de 2013 ó hasta agotar el valor del contrato, en el evento que se ejecute en su totalidad antes de la fecha indicada. Su ejecución iniciará una vez esté debidamente suscrito, se expida el Registro Presupuestal respectivo y se aprueben las garantías correspondientes por parte de la Dirección de Contratación.
10. VALOR Y FORMA DE PAGO
El valor del contrato a suscribir será hasta por el valor del presupuesto oficial, incluidos todos los costos asociados al suministro de los bienes, el IVA y demás impuestos xx xxx.
Se pagará al contratista previa presentación de la factura correspondiente, la certificación de recibo a satisfacción por parte del supervisor y la certificación del revisor fiscal o representante legal, según corresponda, sobre el cumplimiento en el pago de los aportes parafiscales y de seguridad social de sus empleados de acuerdo con lo establecido en el artículo 50 de la Ley 789 de 2002 y artículo 23 de la Ley 1150 de 2007, de la siguiente manera:
Pagos mensuales de acuerdo a los bienes efectivamente suministrados e instalados y a los servicios efectivamente prestados, previa certificación expedida por el supervisor del Contrato.
El pago se realizará dentro de los treinta (30) días hábiles siguientes a la radicación de la factura acompañada de las certificaciones requeridas, previa aprobación del PAC (Programa Anual Mensualizado de Caja).
Si la(s) factura(s) no ha(n) sido correctamente elaborada(s), o no se acompañan los documentos requeridos para el pago, el término para este solo empezará a contarse desde la fecha en que se presenten debidamente corregidas, o desde que se haya aportado el último de los documentos solicitados. Las demoras que se presenten por estos conceptos serán de responsabilidad del contratista y no tendrá por ello, derecho al pago de intereses o compensación de ninguna naturaleza.
Todos los pagos se realizarán conforme al PAC del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar.
11. ANEXOS
ANEXO No 1- Ficha de especificaciones técnicas de los ascensores, plataformas y salva escaleras
ANEXO NO 2 –Planos de los ascensores para la regional Bogotá, Antioquia y Risaralda. Xxxxxx xx Xxxxx escaleras de la Regional Bogotá y Quindío.
Plano de Plataforma para el Centro Zonal Calarcá en el dpto. Del Quindío
12. CERTIFICACIÓN (a suscribir por parte de los oferentes)
(Nombre del proponente en caso de persona natural o del Representante Legal y/o apoderado en caso de persona jurídica), identificado con C.C No. , en mi calidad de representante legal y/o Apoderado de
(Razón Social de la empresa), identificada con NIT , manifiesto con la presentación y firma del presente documento que he leído, entiendo y puedo garantizar el cumplimiento total de las especificaciones técnicas contenidas en el y en caso de resultar adjudicatario me comprometo a cumplirlo en su totalidad.
Firma Representante Legal y/o Apoderado Nombre:
C.C.