CLAUSULAS PARTICULARES
CLAUSULAS PARTICULARES
MANTENIMIENTO DE OFERTA: Los oferentes deberán mantener las ofertas por el término de VEINTE (20) días, a contar de la fecha del acto de apertura. Si el oferente no manifestara en forma fehaciente su voluntad de no renovar la garantía de mantenimiento de oferta con una antelación mínima xx XXXX (10) días anteriores al vencimiento del plazo, aquella se considerará prorrogada automáticamente por un lapso igual a la inicial.
CONSULTAS:
Las consultas se realizan mediante sistema BAC hasta tres (3) días previos a la fecha establecida para la apertura de las ofertas, a excepción de los procedimientos de selección regidos por los Artículos 28 (Contratación Directa) y 38 (Compra Menor) de la Ley 2095 (Texto Consolidado por Ley Nº 6017), y aquellos procedimientos de selección en los cuales no se pueda cumplir dicho plazo, para los cuales el plazo para la realización de las consultas será hasta el día anterior a la fecha de apertura a las 10:00 hs.
A los efectos del cómputo del citado plazo, no se tendrá en cuenta, en ningún caso, el día de la apertura de las ofertas.
AMPLIACION O PRORROGA:
Ampliación: El organismo contratante podrá aumentar el total adjudicado hasta un 20% de su valor original. Podrá incidir sobre uno, varios o el total de los renglones de la Orden de Compra.
En caso de necesitar ampliar el documento contractual por un porcentaje mayor al 20% se solicitará la conformidad del cocontratante.
Prórroga: El organismo contratante podrá aumentar el plazo de los contratos por un lapso igual o menor a la inicial de suministros de cumplimiento sucesivo o de prestación de servicios.
En caso de corresponder, el adjudicatario dentro de los cinco (5) días de emitido el acto administrativo correspondiente, deberá integrar la garantía de cumplimiento de contrato en el porcentaje ampliado, continuado o prorrogado.
EN CASO DE DIFERENCIAS ENTRE LA DESCRIPCION EXPRESADA EN EL CODIGO DE CATALOGO Y LAS ESPECIFICACIONES TECNICAS DE CADA RENGLON, PREVALECERA LO DETALLADO EN LAS ESPECIFICACIONES TECNICAS.
NO REQUIERE PRESENTACION DE DOCUMENTACION FISICA, EN CASO DE SER NECESARIO LA UNICA DOCUMENTACION A PRESENTAR SERA LA GARANTIA DE OFERTA, LA CUAL SE ENTREGARÁ EN XXXXX XXXXXX 3380 3º PISO - OFICINA DE COMPRAS.
Para presentar garantía de mantenimiento de oferta, la cotización debe ser superior a 100.000 unidades de compra. Valor de la Unidad de Compra 2019 $ 20,00.-
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No se admitirá especificar simplemente ¨según pliego¨ como identificación de los insumos ofrecidos, por lo cual deberán adjuntarse folletos y catálogos ilustrativos de los bienes requeridos en idioma castellano y fotografías de los elementos cotizados, o cualquier otro elemento informativo que considere de interés y que permita una mejor evaluación de los elementos cotizados.
MOTIVO: SERVICIO DE REPARACION INTEGRAL DE EQUIPO XX XXXXX X.
SIN QUE PUEDA SER CONSIDERADA LA LISTA DEFINITIVA NI EXHAUSTIVA SE INDICAN LAS TAREAS MÍNIMAS A REALIZAR EN CADA CASO PUDIENDO EL OFERENTE REALIZAR UNA OFERTA QUE SUPERE EL LISTADO ENUNCIADO, A SABER:
RENGLON Nº 1: SERVICIO DE REPARACION INTEGRAL DE EQUIPO XX XXXXX X.
Marca: IONORAY, Modelo: 500 Inventario: 33362 Servicio: Radiología
ESPECIFICACIONES TÉCNICAS
1. OBJETO
Contratar el Servicio de Mantenimiento Preventivo / Correctivo del Equipo xx Xxxxx X marca IONORAY indicado en el Anexo X xxx Xxxxxx de Bases y Condiciones Particulares, y que se encuentra instalado en el Hospital de Agudos Xx. Xxxx Xxxxx Xxxxx del Ministerio de Salud del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires (MSGC - GCABA).
2. ALCANCE DEL CONTRATO
El servicio de mantenimiento deberá incluir:
2.1. Visitas de mantenimiento preventivo mensuales para el equipo objeto de esta contratación.
2.2. Visitas de mantenimiento correctivo a demanda para el equipo objeto de esta
contratación.
2.3. La totalidad de la mano de obra para los trabajos desarrollados sobre el equipo (100% mano de obra).
2.4. Todos los repuestos necesarios para los mantenimientos preventivos.
El servicio de mantenimiento no incluirá insumos o consumibles, los que se gestionarán por cuenta separada.
3. OBLIGACIONES DEL OFERENTE
LA EMPRESA oferente deberá:
3.1. Presentar un Plan/ Programa de Inspección y Mantenimiento Preventivo (PIMP) a ser realizado en el equipamiento objeto de la presente contratación y deberá
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contemplar una visita mensual para desarrollar las tareas programadas sobre el equipamiento médico.
El PIMP deberá contener:
a) Los protocolos de Mantenimiento Preventivo: listado de tareas de Inspección, mantenimiento preventivo y calibraciones que garanticen las prestaciones funcionales originales de fábrica del equipamiento médico; además del listado de repuestos necesarios para llevar a cabo dichas tareas, frecuencia de ejecución de las mismas y la carga de personal afectado a las mismas.
b) Y las visitas programadas a efectuar sobre la totalidad del equipo del presente contrato.
3.2. Designar a 2 (dos) Representantes Técnicos para los servicios de mantenimiento,
un titular y un suplente, los que serán responsables de:
a) Las tareas o trabajos realizados y a realizar sobre cada equipo alcanzado en el presente pliego, tanto para las acciones preventivas como para las correctivas que se implementen.
b) La comunicación entre LA EMPRESA y el Hospital (ingeniero y/o jefe del servicio correspondiente) en el que se encuentra funcionando el equipamiento objeto del mantenimiento.
c) La comunicación entre LA EMPRESA y la Gerencia Operativa Evaluación y Planificación de Tecnologías en Salud del Ministerio de Salud del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (DGCTFS - MSGC).
d) Presentar un listado con los datos del personal técnico que quedará afectado al presente contrato.
3.3. Presentar una declaración jurada en donde se comprometa a mantener
actualizados los datos mencionados en el punto 3.2 del presente pliego, ante toda modificación de los mismos.
4. OBLIGACIONES DE LA ADJUDICATARIA
LA SOLA PRESENTACIÓN DE LA OFERTA IMPLICA LA PLENA ACEPTACIÓN Y CUMPLIMIENTO, CON CARÁCTER DE DECLARACIÓN JURADA, DE LO DETALLADO A CONTINUACIÓN:
LA EMPRESA adjudicataria deberá:
4.1. Entregar una lista con los datos de contacto de los Responsables Técnicos designados y del personal técnico que quedará afectado al contrato, dentro de los primeros 10 (diez) días del inicio del contrato, en cada Servicio Médico.
Dicha lista deberá además contener los números de teléfono para la asistencia técnica de urgencia. Y se deberá entregar por duplicado, debiendo adjuntarse una copia de lo detallado precedentemente en el Libro de comunicaciones (ver punto 5).
El personal deberá estar registrado conforme lo exige el plexo normativo de aplicación en materia laboral y de riesgos de trabajo vigente, o el que en su futuro
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lo reemplace. Por tal razón deberán presentarse las constancias correspondientes (ART) al comienzo de cada período.
4.2. Presentar el Cronograma del Plan de Inspección y Mantenimiento Preventivo en cada Servicio Médico, dentro de los primeros 10 (diez) días del inicio del contrato. El documento deberá detallar no sólo lo consignado en el punto 3.1; sino además los días, tareas de inspección o intervención a ser llevadas a cabo en el equipamiento del contrato vigente, con el objeto de garantiza las prestaciones del mismo.
Se deberá entregar por duplicado debiendo quedar una copia del Plan de Mantenimiento Preventivo (y su cronograma) en el Libro de Comunicaciones (ver punto 5).
4.3. Proveer un Libro de Comunicaciones al Jefe de Servicio Médico del efector de salud, dentro de los primeros 10 (diez) días del inicio del contrato, con las características mencionadas en el punto 5 del presente pliego.
4.4. Identificar en forma clara, por medio de una tarjeta visible, al personal técnico que asista al Servicio. Como mínimo se deberá detallar foto, nombre de la persona, nombre de la empresa y su actividad.
4.5. Colocar, en un lugar visible del equipamiento, una oblea con los datos técnicos del mismo y los de la empresa debiéndose incluir el/los número/s de teléfono (y otros medios de comunicación) para contactar al Servicio Técnico.
4.6. Ejecutar el entrenamiento del personal afectado al uso del equipo que es alcanzados por este contrato, a fin de optimizar el uso, rendimiento y cuidado del mismo, toda vez que sea requerido.
4.7. Presentar un resumen mensual, con los datos correspondientes a la/s tarea/s efectuada/s en el equipamiento, que deberá entregarse al Jefe del Servicio con copia al ingeniero del Hospital. Este informe, junto con los correspondientes remitos / órdenes de servicio / etc., debidamente conformado por los responsables de cada Servicio, formará parte de la presentación de la certificación del servicio y será condición necesaria para la confección del correspondiente Parte de Recepción Definitiva (PRD).
Asimismo, deberá presentarse también en forma mensual un informe a la Gerencia Operativa de Evaluación y Planificación de Tecnología en Salud (DGCTFS – MSGC) con el formato indicado en el Anexo del presente pliego, firmado por el Responsable de Servicio técnico de la empresa.
4.8. Para las ejecuciones del mantenimiento preventivo, se establece como período máximo de tiempo para la salida de servicio del equipo un lapso de 1 (un) día hábil, incluyendo todos los repuestos que fueran necesarios para su ejecución (como se menciona en el punto 8, Xxxxxxx y repuestos, del presente pliego).
4.9. Para las ejecuciones de mantenimiento correctivo que requieran repuestos que LA EMPRESA no posea en stock local y deba importar, el equipo no deberá quedar
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fuera de servicio por un período mayor a los 20 (veinte) días hábiles, contados a partir de la notificación fehacientemente de la falla.
5. LIBRO DE COMUNICACIONES
Será provisto por el adjudicatario un libro con hojas duplicadas, rayadas, foliadas, que se utilizará exclusivamente para comunicaciones entre la Empresa Adjudicataria y el Servicio y/o personal técnico del Ministerio de Salud del GCBA (MSGC).
Este libro permanecerá en el servicio y será el canal oficial para comunicar las novedades que resultaren de las tareas efectuadas sobre el equipamiento objeto de este contrato.
Las personas autorizadas a escribir en dicho libro serán: el Jefe del Servicio Médico, personal del MSGC y el Representante Técnico de LA EMPRESA o quienes ellos autoricen a hacerlo, en su representación. Dicha autorización deberá quedar asentada en el mismo.
En dicho libro se indicará o registrará lo siguiente:
5.1. DATOS:
• En la primera hoja:
− Datos del Contrato: Número de orden de compra, Plazo de vigencia (inicio y finalización).
− Datos de la Empresa Adjudicataria: Razón social, Domicilio, Teléfono/Fax, E- mail, Identidad del Representante Técnico titular y suplente.
− Datos del Jefe del Servicio
• En la segunda hoja:
− Listado con la identidad del personal del Hospital autorizado por el Jefe del Servicio Médico a escribir en el Libro.
− Listado con la identidad del personal de la Empresa adjudicataria autorizado a intervenir en el equipo (punto 4.1)
• En la tercera hoja:
− Detalle del equipo médico (marca, modelo, número de serie y número de patrimonio) cubierto por el contrato de mantenimiento.
− Cronograma del Plan de Inspección y Mantenimiento Preventivo con los detalles indicados en el punto 4.2.
• A partir de la página subsiguiente se comenzarán a anotar las comunicaciones entre el servicio y la empresa.
5.2. VISITAS DE URGENCIA:
− Solicitud de Visita de Urgencia (Servicio del Hospital):
Xxxxx, hora, e identidad del personal del hospital que efectuó el llamado. Medio por el cual se efectuó la comunicación (e-mail, fax, celular, etc.) En caso de haberse efectuado por mail o fax, se deberá guardar una copia del
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mismo. En caso de haberse efectuado telefónicamente: Identidad del Personal de la empresa que recibió el llamado.
Motivo del llamado.
Número de Reclamo otorgado por LA EMPRESA.
− Respuesta a la Urgencia (Empresa):
Fecha, hora y tipo de visita (Visita de Urgencia)
Identidad del personal técnico que efectuó la visita (firma, aclaración y número de DNI)
Número del informe técnico en el que detallarán las tareas efectuadas,
repuestos e insumos involucrados.
Identidad del personal del hospital que acompaña al técnico durante la reparación (firma, aclaración y número de DNI ó Ficha municipal).
5.3. VISITAS PROGRAMADAS:
− Constancia de Visita programada:
Fecha, hora y tipo de visita (Visita programada)
Identidad del Personal técnico que efectuó la visita (firma, aclaración y número de DNI)
Número del informe técnico en el que detallarán las tareas efectuadas,
repuestos e insumos involucrados.
Identidad del personal del hospital que acompaña al técnico durante la visita (firma, aclaración y número de DNI ó Ficha municipal).
5.4. RETIRO DE EQUIPOS:
− Comunicación de Retiro de equipos:
Fecha, hora y número de comprobante de retiro gestionado en Patrimonio del Hospital.
Identidad del personal técnico que efectuó el retiro (firma, aclaración y número de DNI)
Identidad del Personal del hospital que acompaña al técnico durante la visita (firma, aclaración y número de DNI ó Ficha municipal).
6. CONSIDERACIONES SOBRE LAS VISITAS PROGRAMADAS
Se realizará como mínimo una visita programada por mes.
El adjudicatario deberá realizar las visitas programadas para el cumplimiento del PIMP, según los protocolos de mantenimiento descritos en el mismo.
Las visitas deberán realizarse preferentemente durante la mañana y/o en horarios convenidos previamente con el Jefe del Servicio Médico, quedando registradas en el Libro de Comunicaciones (según se indica en el punto 5.3), y generando su correspondiente Informe Técnico.
Todas las visitas se desarrollarán de forma tal de no entorpecer el normal funcionamiento de las prestaciones médico-asistenciales del efector.
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7. CONSIDERACIONES SOBRE LOS SERVICIOS DE URGENCIA
La prestación del servicio de urgencia se efectuará toda vez que sea requerido por el Hospital, dentro de las veinticuatro (24) horas hábiles de registrado el pedido formal de servicio técnico.
La solicitud del servicio de urgencia podrá comunicarse por mail o vía telefónica, quedando este pedido asentado en el Libro de Comunicaciones, según se indica en el punto 5.2.
Una vez reparado el equipo deberá quedar completamente funcional y mantener todas las prestaciones originales de fábrica, no pudiendo anularse funciones y/o modos de uso que tuviera el equipo originalmente. Cada visita de mantenimiento correctivo generará su correspondiente Informe Técnico.
8. INSUMOS Y REPUESTOS
Todos los repuestos necesarios para la realización de las tareas de mantenimiento preventivo y correctivo correrán por cuenta y cargo del adjudicatario salvo los componentes incluidos en el Preciario- “Listado de Repuestos No Incluidos en el Mantenimiento”.
Por otra parte, los consumibles y accesorios serán gestionados por cuerda separada.
Provisión de Repuestos:
La provisión de repuestos será a demanda de acuerdo a la necesidad que surja del mantenimiento correctivo.
Una vez que la empresa adjudicataria diagnosticó la necesidad de reemplazar una pieza, deberá presentar al ingeniero y al Jefe de Servicio la planilla de reporte técnico detallando nombre de la parte y si corresponde número de serie para realizar el recambio de la misma.
El Gerente Operativo de Evaluación y Planificación en Tecnologías de Salud, comunicará al proveedor la aprobación de los trabajos.
El proveedor realizará la provisión e instalación del repuesto. Una vez efectuado el recambio, instalado y funcionando el equipo, el hospital elevará a la DGCTFS el remito debidamente conformado.
A partir de dicho remito se procederá a emitir el parte de recepción definitivo (PRD) conforme al valor del preciario vinculado al repuesto.
9. RETIRO DE EQUIPOS
Si LA EMPRESA adjudicataria determinase que las reparaciones y/o las tareas de mantenimiento preventivo no pueden ser realizadas dentro del Servicio Médico, podrá retirar el equipamiento asumiendo los gastos de transporte y/o fletes que se requieran. Asimismo, deberá dejar comunicado y registrado su retiro en el Libro de Comunicaciones (según se indica en el punto 5.4), debiendo tener autorización del Jefe del Servicio Médico y del Jefe de Patrimonio del hospital y/o Dirección del hospital.
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10. GARANTÍA TÉCNICA DE LOS TRABAJOS REALIZADOS
La garantía deberá ser de seis (6) meses, como mínimo, para todos los repuestos y mano de obra incluidos en el contrato, contados desde la fecha registrada de ejecución de los trabajos. La misma será tanto para la reparación integral como para los trabajos efectuados en el marco del servicio de mantenimiento preventivo y correctivo.
11. SEGUIMIENTO Y CONTROL DEL CONTRATO
El seguimiento y control del cumplimiento contractual será ejercido por el Jefe del Servicio Médico y verificado por personal técnico del MSGC. En particular se controlarán:
-Cumplimiento del PMPC programado por parte de LA EMPRESA.
-Tiempo de respuesta de LA EMPRESA adjudicataria ante una solicitud de Visita de Urgencia.
-Tiempo de demora de LA EMPRESA adjudicataria en la reparación del equipo o en la solución de las fallas técnicas.
-La entrega del Libro de comunicaciones; así como también la existencia de las anotaciones correspondientes a las visitas efectuadas tanto de mantenimiento como de urgencia.
-La presentación de los informes según lo solicitado en el punto 4.7.
Las observaciones serán informadas en el Libro de Comunicaciones, por el Jefe del Servicio Médico y/o por personal técnico de la Gerencia Operativa Evaluación y Planificación de Tecnologías en Salud (DGCTFS - MSGC).
Anexo 1: Equipamiento cubierto por el Contrato
La nómina de equipos a cubrir por el plan de mantenimiento se detalla con sus respectivos números de Patrimonio y ubicación.
Equipo: servicio de mantenimiento preventivo y correctivo de equipo xx Xxxxx X fijo
Marca: IONORAY
Modelo: 500
Número de Patrimonio: 33362 Serie Nº: S/D
Número de Catálogo: 33.14.002.0004.475
Servicio donde se encuentran instalados: Servicio de Radiología del Hospital General de Agudos “Xx. Xxxx X. Xxxxx”
PLAZO DE ENTREGA: dentro de los 15 (quince) días del perfeccionamiento del documento contractual.
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XXXXX XX XXXXXXX: Xxxxx Xxxxxx 0000. SECTOR: PATRIMONIO. (de 08 a 12) Flete,
acarreo, descarga y estiba a cargo del adjudicatario
DURACION DEL CONTRATO: 6 (seis) meses
DECLARACION JURADA DE APTITUD PARA CONTRATAR: los oferentes deberán estar habilitados para contratar con el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, por tal motivo deberán adjuntar a la oferta la Declaración Jurada de Aptitud para Contratar (Anexo I).
Para el caso de oferentes en procedimientos de selección mediante BAC, deberán aceptar en la oferta que presenten en el sistema, las condiciones de la Declaración Jurada para Contratar.
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOSAIRES
Anexo I
DIRECCIÓN GENERAL DE COMPRAS Y CONTRATACIONES DECLARACIÓN JURADA DE APTITUD PARA CONTRATAR
El que suscribe, (Nombre y Apellido Representante Legal o Apoderado)
…………………………………………………………………………..con poder suficiente para este acto, DECLARA BAJO JURAMENTO, que (Nombre y Apellido o Razón Social)…………………………………………………………………………………………, CUIT N°..- , esta
habilitada/o para contratar con la ADMINISTRACION DE LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES, en razón de cumplir con los requisitos del artículo 97 de la Ley Nº 2.095 (Texto Consolidado por Ley N° 6017) “Ley de compras y contrataciones de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires”, y que no está incursa en ninguna de las causales de inhabilidad establecidas en los incisos a) a h) del artículo 98 del citado plexo normativo.
Ley N° 2.095 “Compras y Contrataciones de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires” y su Decreto Reglamentario N° 326/17 y su modificatorio 287/18.
Artículo 97.- Personas habilitadas para contratar - Pueden contratar con el sector público de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, las personas físicas o jurídicas con capacidad para obligarse, que no se encuentren comprendidas en el artículo 98 y que se encuentren inscriptas en el Registro Informatizado Único y Permanente de Proveedores.
Reglamentación: A los fines de lo dispuesto en este artículo se entiende que el oferente deberá haber iniciado el trámite de inscripción en el RIUPP al momento de la apertura de la oferta. Asimismo, es condición para la preadjudicación que el oferente se encuentre inscripto en el RIUPP y con la documentación respaldatoria actualizada. En los casos previstos en los artículos 28 (a excepción de los incisos 3, 9, 10) y 38 de la ley, la inscripción debe estar cumplida en forma previa a la adjudicación.
Cuando se tratare de licitaciones o concursos de etapa múltiple, el oferente debe estar inscripto en forma previa a la preselección.
Artículo 98.- Personas no habilitadas – Las personas que deseen presentarse en procedimientos de selección en el Xxxxxx Xxxxxxx xx xx Xxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx deben presentar conjuntamente con la oferta una declaración jurada en la que conste expresamente que no se encuentran incursas en ninguna de las inhabilitaciones previstas por la ley. Sin perjuicio de lo expuesto precedentemente, la Comisión de Evaluación de Ofertas podrá verificar la veracidad de los datos volcados en la declaración jurada en cualquier etapa del procedimiento.
La falsedad de los datos implicará la pérdida de las garantías y la suspensión deloferente por el plazo máximo previsto en la ley. Si la falsedad fuera detectada durante el plazo de
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cumplimiento del contrato hará pasible al adjudicatario de la aplicación de la sanción prevista en el artículo 133, 2° párrafo de la Ley Nº 2.095 (Texto Consolidado por Ley N° 6017).
El Órgano Rector determina el tratamiento que se da para el caso en que se constate la violación al inciso h) de la Ley Nº 2.095 (Texto Consolidado por Ley N° 6017).
No pueden presentarse en los procedimientos de selección del sector público de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires:
a) Las personas jurídicas e individualmente sus socios o miembros del directorio, según el caso, que hayan sido sancionadas con suspensión o inhabilitación por parte de alguno de los Poderes u Órganos mencionados en el artículo 2° de la presente, mientras dichas sanciones sigan vigentes.
Sin reglamentar.
b) Las personas físicas que hayan sido sancionadas con suspensión o inhabilitación por parte de alguno de los Poderes u Órganos mencionados en el artículo 2° de la presente, mientras dichas sanciones sigan vigentes. Sin reglamentar.
c) Los cónyuges de los sancionados. Sin reglamentar.
d) Los agentes y funcionarios del sector público de conformidad con lo establecido en la Ley de Ética Pública N° 25.188 #, o la norma que en el futuro la reemplace. Sin reglamentar.
e) Las personas físicas o jurídicas en estado de quiebra o liquidación. En el caso de aquellas en estado de concurso, pueden contratar siempre que mantengan la administración de sus bienes mediante autorización judicial. Las que se encuentran en estado de concurso preventivo pueden formular ofertas, salvo decisión judicial en contrario. Sin reglamentar.
f) Los inhibidos. Sin reglamentar.
g) Las personas que se encuentran procesadas por delitos contra la propiedad, contra la Administración
Pública o contra la fe pública o por delitos comprendidos en la Convención Interamericana contra la Corrupción. Sin reglamentar.
h) Los evasores y deudores morosos tributarios de orden nacional o local, previsionales, alimentarios, declarados tales por autoridad competente. Sin reglamentar.
i) Las personas físicas o jurídicas, e individualmente, sus socios o miembros del directorio, que hayan sido sancionadas por incumplimiento a las previsiones de los artículos 1.3.11 bis y 3.1.14 al Libro II “De las faltas en particular“, Sección 3°, Capítulo “Prohibiciones en Publicidad“ del Anexo I de la Ley Nº 451 # Régimen xx Xxxxxx de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. (Texto Inciso incorporado por Ley Nº 4.486). Sin reglamentar.
j) Las personas físicas o jurídicas que participen en más de una oferta dentro de una misma contratación, ya sea por sí solas o como integrante de un grupo, asociación o persona jurídica, en las condiciones que determine la reglamentación." Se desestiman todas aquellas ofertas en las que participe quien transgreda esta prohibición.
..........................................................................................
Firma Aclaración
........................................................................
Carácter
........................................................................
Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
UNICA FORMA DE PAGO: Los adjudicatarios deberán proceder a la apertura de una cuenta corriente o caja de ahorro en el Banco de la Ciudad de Buenos Aires, en cualquiera de sus sucursales, en la cual se depositarán los pagos.
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Se adjunta el formulario Anexo II en el cual deberán consignar los datos de la cuenta bancaria.
“Anexo II – Autorización de acreditación de pagos xxx Xxxxxx del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires en cuenta bancaria”, siendo sus formalidades las siguientes:
CUENTA CORRIENTE COMUN (Personas jurídicas y humanas) – CUENTA CORRIENTE ESPECIAL (Personas jurídicas)
Los titulares de este tipo de cuentas deberán presentar el formulario mencionado, debidamente completo con sus datos y certificada la cuenta por la sucursal bancaria correspondiente, en la Mesa de Entradas de la Dirección General de Tesorería, sita en Xx. Xxxxxxxxx 000 Xxxx 0x de 9.30 a 14.30 hs.
CAJA DE AHORROS (Personas Humanas)
Los titulares de este tipo de cuentas deberán realizar la presentación de acuerdo a lo establecido en el Memorandum Nº 4869-DGTES-06, siendo sus requisitos los siguientes:
1) El adjudicatario deberá requerir a la Repartición contratante una nota certificando la relación contractual existente, firmada por funcionario que tenga firma registrada en la sucursal del Banco de la Ciudad de Buenos Aires y el Anexo II.
2) El adjudicatario deberá hacer certificar, en la sucursal indicada, la firma del funcionario inserta en la nota.
3) Con ambos documentos, procede a realizar la apertura de la Caja de Ahorros, en la sucursal del Banco de la Ciudad de Buenos Aires que seleccione el adjudicatario.
4) Efectuada la apertura de la Caja de Xxxxxxx deberá entregar el Xxxxx XX, con la certificación de la sucursal bancaria, en la Repartición contratante.
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
SEÑOR
“ANEXO II”
AUTORIZACION DE ACREDITACION DE PAGOS XXX XXXXXX DEL GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES EN CUENTA BANCARIA
Localidad, (1) (2)
TESORERO GENERAL
DIRECCION GENERAL DE TESORERIA
Xx. Xxxxxxxxx 000 – Xxxx 0x - XXXX - TEL. 0000-0000 INT. 2547/2936
El (los) que suscribe(n) (3) en mi (nuestro) carácter de (4)
de (5) , DNI/CI/LE/LC (6) , Ingresos Brutos
Nº con domicilio legal/real/comercial (7) en la calle , Nº
Piso Dto./Oficina/Local Nº de la localidad de provincia de
teléfono, Nº mail , autoriza (mos) a
que todo pago que deba realizar la DIRECCION XXXXXXX XX XXXXXXXXX XXX XXXXXXXX XX XX XXXXXX XX XXXXXX XXXXX, en cancelación de deudas a mi (nuestro) favor por cualquier concepto de Organismos dependientes del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, sea efectuado en la cuenta bancaria que a continuación se detalla:
DATOS DE LA CUENTA BANCARIA
CUENTA CORRIENTE Nº………………CUENTA CORRIENTE ESPECIAL Nº…………..
CAJA DE AHORRO Nº…………………. CUIT/CUIL (8) - -
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TITULARIDAD DENOMINACION:
SUCURSAL Nº: DOMICILIO:
XXXXX XX XX XXXXXX XX XXXXXX XXXXX
CBU - (9)
La orden de transferencia de fondos a la cuenta arriba indicada, efectuada por la Dirección Xxxxxxx xx Xxxxxxxxx xxx Xxxxxxxx xx xx Xxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx dentro de los términos contractuales, extinguirá la obligación del deudor por todo concepto, teniendo validez todos los depósitos que allí se efectúen, hasta tanto, cualquier cambio que se opere en la misma, no sea notificado fehacientemente a esa Dirección General de Tesorería.-
………………………………. ………………………….
Firma Aclaración
Certificación Bancaria del cuadro de datos de la cuenta y firma(s) del (de los) titular(es).-
……………………………………………………………………………………………………………………….
(1), (2) Lugar y fecha de emisión; (3) Apellido y Nombre del (de los) que autoriza (n) el deposito; (4)
Carácter por el cual firman (Presidente, Socio, Propietario, etc.); (5) Razón Social o denominación; (6), (7), (8) Tachar lo que no corresponda; (9) número de CBU; (10) firma(s) y aclaración(es) del (de los) beneficiario(s).- Completar en tinta azul.
………………………………….……………………….…………………………………..……….………
AUTORIZACION DE ACREDITACION DE PAGOS XXX XXXXXX DEL GOBIERNO DE LA CIUDAD E BUENOS AIRES EN CUENTA BANCARIA
APELLIDO Y NOMBRE O RAZON SOCIAL:
C.U.I.T. Nº
CUENTA CORRIENTE Nº CUENTA CORRIENTE ESPECIAL Nº CAJA DE AHORRO Nº CBU N º
XXXXX XX XX XXXXXX XX XXXXXX XXXXX. SUCURSAL Nº:
FECHA DE PRESENTACION DEL “ANEXO I”: …../……/……
…………………………….
Firma y Sello de Recepción
PERFECCIONAMIENTO DEL CONTRATO.
En los procedimientos tramitados mediante BAC, el contrato se perfecciona con la recepción en BAC de la Orden de Compra o Venta o Convenio Marco o con la suscripción del instrumento respectivo, según corresponda, en un plazo no mayor a tres (3) días a partir de la notificación. Caso contrario, el contrato quedará perfeccionado en forma automática.
Si la notificación de la Orden de Compra o Venta, se realizare vencido el plazo de mantenimiento de la oferta, el adjudicatario podrá rechazarla dentro los tres (3) días posteriores a su notificación. Si no lo hiciere, el contrato quedará perfeccionado.
En caso de corresponder, el adjudicatario dentro de los cinco (5) días de emitido el acto administrativo correspondiente, deberá integrar la garantía de cumplimiento de contrato en el porcentaje ampliado, continuado o prorrogado.
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Solo presentar garantía de mantenimiento de oferta cuando el monto de la misma supere las 100.000 Unidades de Compra. Valor de la Unidad de Compra 2019 $ 20,00.-
GARANTÍAS: Para afianzar el cumplimiento de todas sus obligaciones, los oferentes y los adjudicatarios deben constituir las siguientes garantías (en caso de ser necesario) sin límite de validez.
CLASES DE GARANTIAS
a) De mantenimiento de oferta: no menor al cinco por ciento (5%) del valor total de la oferta. En caso de licitaciones o concursos de etapa múltiple la garantía debe ser no menor al cinco por ciento (5%) sobre el presupuesto oficial o monto estimado de la compra. En el caso de cotizar con alternativas, la garantía se calcula sobre el mayor valor propuesto. En caso de resultar adjudicatario esta garantía se prolongará hasta la constitución de la garantía de cumplimiento del contrato. Cuando se trate de ofertas por servicios, deberá tenerse en cuenta el valor total del servicio, es decir, el que resulte del valor mensual, por hora, o el que se requiera en las cláusulas particulares, por la totalidad en tiempo del servicio que se solicite. Para los procedimientos mediante BAC, al momento de presentar sus propuestas, los oferentes deberán identificar e individualizar la garantía de mantenimiento de la oferta completando el formulario electrónico correspondiente. La garantía constituida deberá ser entregada a la Unidad Operativa de Adquisiciones dentro del plazo de 24 horas de formalizado el acto de apertura de ofertas, en el lugar que se indique en los pliegos, bajo apercibimiento de descarte de la oferta.
b) De cumplimiento del contrato: no menor al diez por ciento (10%) sobre el valor total de la adjudicación. El adjudicatario debe integrar y entregar a la UOA la garantía de cumplimiento del contrato dentro del término de cinco (5) días de recibida la Orden de Compra o Venta o suscripto el instrumento respectivo, o en el plazo que se establezca en el Pliego de Condiciones Particulares.
d) De impugnación al Pliego de Bases y Condiciones del tres por ciento (3%) del presupuesto oficial o monto estimado de la compra, la cual debe ser recibida hasta setenta y dos (72) horas antes de la fecha de apertura de las ofertas, no encontrándose comprendido el día del acto dentro del mencionado plazo, y se tramita por cuerda separada.
Para los procedimientos de selección en los cuales el plazo entre la publicación del llamado y la fecha de apertura de ofertas sea menor a setenta y dos (72) horas, será recibida siempre hasta veinticuatro (24) horas antes de la fecha de apertura de ofertas no encontrándose comprendido el día del acto dentro del mencionado plazo, y se tramita por cuerda separada.
f) De impugnación a la preadjudicación de las ofertas: del cinco por ciento (5%) del monto de la oferta del renglón o los renglones impugnados. Si el dictamen de evaluación para el renglón o renglones que se impugnen no aconsejare la adjudicación a ninguna oferta, el importe de la garantía de impugnación se calculará sobre la base del monto de la oferta del renglón o renglones del impugnante. En los procedimientos gestionados a través de BAC la documentación que acredite la constitución de la garantía de impugnación deberá presentarse ante la Unidad
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Operativa de Adquisiciones previo a formalizar la impugnación, completando los formularios correspondientes mediante BAC, dentro del plazo legal establecido.
Para el caso de los contratos de tracto sucesivo, el cocontratante puede solicitar la sustitución de la garantía de cumplimiento de contrato presentada, por otra proporcional a la parte aún no cumplida, para lo cual debe presentar documentación que avale tal requerimiento.
Se podrá proceder de la misma forma en los casos en que se opte por ampliaciones y/o prórrogas del contrato.
h) Los importes correspondientes a las garantías de impugnación serán reintegrados al impugnante sólo en caso de que la impugnación sea resuelta favorablemente. FORMAS DE CONSTITUCIÓN
Las garantías pueden constituirse de las siguientes formas o combinaciones de ellas:
a) En efectivo, mediante depósito bancario en la cuenta de la Jurisdicción o entidad contratante.
b) Mediante cheque certificado, contra una entidad bancaria. El Organismo depositará el cheque dentro de los plazos que rijan para estas operaciones.
En caso de que el cocontratante opte por constituir la garantía en efectivo o cheque certificado, deberá abrir previamente una “Cuenta de Garantía” en la Casa Matriz del Banco Ciudad, debiéndose efectuar en ella los depósitos pertinentes e informar mediante correo electrónico a la Unidad Operativa de Adquisiciones el N° de dicha cuenta.
c) Mediante aval bancario u otra fianza a satisfacción del Organismo Contratante, constituyéndose el fiador en deudor solidario, liso, llano y principal pagador con expresa renuncia a los beneficios de excusión y división en los términos del artículo 1584 del Código Civil y Comercial de la Nación, así como al beneficio de interpelación judicial previa.
d) Mediante seguro de caución a través de pólizas emitidas por compañías de seguros autorizadas por la Superintendencia de Seguros de la Nación, extendidas a favor del Organismo contratante o licitante.
e) Mediante títulos públicos emitidos por el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Los mismos deben ser depositados en el Banco de la Ciudad de Buenos Aires a la orden del organismo contratante, identificándose el procedimiento de selección de que se trate. El monto se debe calcular tomando en cuenta la cotización de los títulos al cierre del penúltimo día hábil anterior a la constitución de la garantía en la Bolsa o mercado correspondiente, lo que debe ser certificado por las autoridades bancarias al recibir dicho depósito. En caso de liquidación de los valores de los títulos en cuestión, se formulará el cargo por los gastos que ello ocasione. El eventual excedente queda sujeto a las disposiciones que rigen para la devolución de las garantías.
f) Afectación de créditos que el oferente o adjudicatario tenga liquidados, firmes y a disposición de su cobro en organismos de la Administración del Gobierno de la Ciudad, a cuyo efecto el interesado deberá presentar en la fecha de constitución de la garantía, la certificación pertinente.
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La elección de la forma de la garantía, en principio, queda a opción del oferente o adjudicatario, si nada se expresa en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares respecto de algún tipo de garantía en especial.
Las garantías podrán ser sustituidas por otras de igual magnitud, a pedido del oferente o adjudicatario, previa aprobación por parte del organismo contratante o licitante. Las garantías deben ser constituidas a entera satisfacción del organismo licitante.
DEVOLUCIÓN DE LAS GARANTÍAS.
a) Serán devueltas de oficio:
i. Las garantías de mantenimiento de oferta a los oferentes que no resulten adjudicatarios, una vez adjudicada la contratación.
ii. Las garantías de cumplimiento de contrato una vez cumplido el contrato a entera satisfacción del Organismo Contratante, salvo que esté afectado por una garantía técnica, la que será devuelta una vez operado el vencimiento del período de dicha garantía.
b) A solicitud de los interesados, deberá procederse a la devolución parcial de las garantías de adjudicación en proporción a lo ya cumplido, para lo cual se aceptará la sustitución de la garantía para cubrir los valores resultantes.
En el caso de que los oferentes o adjudicatarios no retirasen las garantías, podrán reclamar su devolución dentro del plazo de treinta (30) días a contar de producida la adjudicación.
La falta de presentación del oferente o adjudicatario dentro del plazo establecido precedentemente, implica la renuncia tácita de su derecho a la devolución de la garantía pudiendo la Unidad Operativa de Adquisiciones proceder a la destrucción del instrumento mediante el cual se formaliza la citada garantía.
EXENCIÓN DE PRESENTAR GARANTÍAS.
No será necesario constituir la garantía de la oferta, ni de adjudicación en los siguientes supuestos:
a) Cuando el monto de la oferta o de la orden de compra o instrumento contractual no supere el límite de las Cien Mil Unidades de Compra (U.C. 100.000).
b) En las contrataciones directas encuadradas en los incisos 8), 11) y 12) del artículo 28 de la ley.
c) Contrataciones de artistas y profesionales.
d) Contrataciones de avisos publicitarios.
e) En la adquisición de publicaciones periódicas.
f) Cuando se dé cumplimiento a la prestación dentro del plazo de integración de la garantía de cumplimiento de contrato, salvo el caso de rechazo.
PLAZO PARA IMPUGNAR:
a) Impugnación xxx xxxxxx
La impugnación xxx xxxxxx podrá ser recibida, previo depósito de la garantía pertinente, hasta setenta y dos (72) horas antes de la fecha y hora fijada para la apertura de las ofertas (sin contar el día de apertura) y tramita por cuerda separada. En los procedimientos celebrados mediante BAC, la impugnación xxx xxxxxx será efectuada mediante BAC hasta setenta y dos (72) horas antes de la fecha y hora fijada para la Apertura de las Ofertas (sin contar el día de apertura de ofertas), y se tramitará
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en forma paralela al desarrollo del procedimiento, sin interrumpir el trámite de la contratación.
Para los procedimientos de selección en los cuales el plazo entre la publicación del llamado y la fecha de apertura de ofertas sea menor a setenta y dos (72) horas, será recibida siempre hasta veinticuatro (24) horas antes de la fecha de apertura de ofertas no encontrándose comprendido el día del acto dentro del mencionado plazo, y se tramita por cuerda separada.
Solo tiene derecho a impugnar el pliego, el proveedor acreditado que hubiera cumplido con el procedimiento de registración, autenticación y autorización como usuario externo de BAC.
b) Impugnación a la preselección/preadjudicación
Los interesados podrán formular impugnaciones a la preselección o preadjudicación dentro del plazo de tres (3) días de su publicación a través de BAC, previo depósito de la garantía de impugnación a la preadjudicación de ofertas.
La autoridad competente resolverá las impugnaciones deducidas, previo dictamen de la Procuración General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
PRESENTACIÓN DE LAS IMPUGNACIONES
Se establece como condición de admisibilidad de las impugnaciones a la Preadjudicación por parte de los oferentes, el depósito del cinco por ciento (5%) sobre el monto total preadjudicado por el que se presente impugnación.
Si no se hubiere concretado la pre adjudicación, por resultar el llamado fracasado ya sea por desestimación de la totalidad de las ofertas o por no haber ninguna oferta conveniente, deberá efectuarse el depósito del cinco por ciento (5%) sobre el precio total de la oferta perteneciente al impugnante. -
El depósito deberá efectuarse en la Cuenta Nº 200.581/2 “Garantía por Impugnaciones”, abierta en el Banco de la Ciudad de Buenos Aires, el que será reintegrado a los oferentes, solamente en el caso que su impugnación prospere totalmente.
Las impugnaciones deberán ser presentadas, en el horario de 08 a 12 hrs en la División Compras del Hospital General de Agudos “Xx. Xxxx Xxxxx Xxxxx”, sito en Xxxxx Xxxxxx 3380- Piso 3º Ciudad Autónoma de Bs. As., dentro del plazo fijado en el Artículo 20 xxx Xxxxxx de Bases y Condiciones Generales, adjuntando a la misma, la fotocopia de la boleta de depósito antes mencionada y exhibiendo el original extendido por la sucursal actuante; caso contrario no será considerada como impugnación.
El oferente deberá completar los formularios correspondientes mediante BAC, dentro del plazo legal establecido. La impugnación debe ser deducida a través de BAC mediante el uso de los formularios correspondientes.
XXXXX-0000-00000000-XXXXX-XXXX
X X X X X X X X XX XX X I U D A D DE B U E N O S A I R E S
"2019 -Año del 25° Aniversario del reconocimiento de la autonomía de la Ciudad de Buenos Aires"
Hoja Adicional de Firmas Pliego
Número:
PLIEG-2019-24552326-GCABA-HGAP
Buenos Aires,
Miércoles 7 xx Xxxxxx de 2019
Referencia: Clausulas particulares 425-1281-LPU19
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Date: 2019.08.07 14:09:55 -03'00'
XXXXXX XXXXXXX
Jefe de Seccion
XXXX.XXXX.XX AGUDOS X.X.XXXXX MINISTERIO DE SALUD
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