CONVOCATORIA
CONVOCATORIA
REMODELACIÓN DEL ÁREA DE RESIDENCIA MÉDICA
INVITACIÓN A CUANDO MENOS TRES PERSONAS DE CARÁCTER NACIONAL No. IO-012NDF001-N1-2013 (INR/OP/01-13)
LEY DE OBRAS PÚBLICAS Y SERVICIOS RELACIONADOS CON LAS MISMAS RECURSOS FEDERALES
ENTIDAD CONVOCANTE: INSTITUTO NACIONAL DE REHABILITACIÓN
ÍNDICE
1. GLOSARIO DE TÉRMINOS Y SIGLAS 3
2. PRESENTACIÓN 4
3. OBJETO DE LA INVITACIÓN Y DESCRIPCION XXXXXXX XX XX XXXX 0
0. XXXXX XX XXXXXXXXX XX XXX XXXXXXXX 5
5. ADQUISICIÓN DE CONVOCATORIA 5
6. VISITA AL SITIO DONDE SE LLEVARÁN A CABO LOS TRABAJOS 5
7. JUNTA DE ACLARACIONES 5
8. PRESENTACIÓN Y APERTURA DE PROPOSICIONES 6
9. FALLO DE LA INVITACIÓN A CUANDO MENOS TRES PERSONAS Y FIRMA DE CONTRATO
7
10 DEL DESECHAMIENTO DE PROPOSICIONES, CANCELACIÓN, NULIDAD TOTAL DE LAS INVITACIONES A CUANDO MENOS TRES PERSONAS DESIERTAS 7
11 ASPECTOS A TOMAR EN CUENTA PARA LA PRESENTACIÓN DE PROPUESTAS 8
12 RECONOCIMIENTO Y ACEPTACIÓN DE CONDICIONES 11
13 DOCUMENTACIÓN DIFERENTE A LA TÉCNICA Y A LA ECONÓMICA 12
14 PROPOSICIÓN TÉCNICA Y ECONÓMICA, CONTENIDA EN SOBRE CERRADO 13
15 EVALUACIÓN DE LA PROPUESTA 15
16 ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO Y OTORGAMIENTO DE ANTICIPO 18
17 DESECHAMIENTO DE PROPOSICIONES 18
18 GARANTÍAS 20
19 CARGOS ADICIONALES
21
20 LUGAR Y FORMA DE PAGO 22
21 AJUSTE DE COSTOS 22
22 PENAS CONVENCIONALES 23
23 INCONFORMIDADES 23
24 DEVOLUCIÓN DE PROPUESTAS 23
25 CONTENIDO DEL ANEXO TÉCNICO 25
ANEXOS
CONVOCATORIA
A que se sujetará la invitación a cuando menos tres personas con carácter Nacional No. IO- 012NDF001-N1-2013 (INR/OP/01-13), para la adjudicación del contrato relativo a la obra: REMODELACIÓN DEL ÁREA DE RESIDENCIA MÉDICA EN CUERPO VIII, DEL INSTITUTO NACIONAL DE REHABILITACIÓN.
1. GLOSARIO DE TÉRMINOS Y SIGLAS
Área técnica.- La que elabora las especificaciones que se deberán incluir en el procedimiento de contratación, avalúa la parte técnica de la proposición y responde a las dudas que se presenten en la junta de aclaraciones. Subdirección de Conservación y Mantenimiento del Instituto Nacional de Rehabilitación.
Catálogo de conceptos.- Descripción de los conceptos de obra a realizar en los que se especifica la unidad de medida y volumetría; que sirva de base para la presentación de las propuestas.
Contrato.- Acuerdo de voluntades para crear o transferir derechos y obligaciones, a través del cual se formalizan los actos para la realización de obras públicas y servicios relacionados con las mismas.
Compranet.- El sistema electrónico de información pública gubernamental sobre obras públicas y servicios relacionados con las mismas, integrado entre otra información, por los programas anuales en la materia, de las dependencias y entidades; el registro único de contratistas; el padrón de testigos sociales; el registro de contratistas sancionados; las convocatorias a las licitaciones públicas y sus modificaciones; las invitaciones a cuando menos tres personas; las actas de las juntas de aclaraciones, el acto de presentación y apertura de proposiciones y de fallo; los testimonios de los testigos sociales; los datos de los contratos y los convenios modificatorios; las adjudicaciones directas; las resoluciones de la instancia de inconformidad que hayan causado estado, y las notificaciones y avisos correspondientes. Dicho sistema será de consulta gratuita y constituirá un medio por el cual se desarrollarán procedimientos de contratación.
Contratista.- La persona que celebre contratos de obras públicas o de servicios relacionados con las mismas.
Convocante.- Entidad que emite la convocatoria para participar en la Licitación Pública, en este caso el Instituto Nacional de Rehabilitación.
Convocatoria.- Documento que contiene los requisitos de carácter legal, técnico y económico con respecto a las obras o servicios objeto de la contratación y las personas interesadas en realizarlas o prestarlos, así como los términos a que se sujetará el procedimiento de contratación respectivo y los derechos y obligaciones de las partes.
Especificaciones generales de construcción.- El conjunto de condiciones generales que el INR tiene establecidas para la ejecución de obras, incluyendo las que deben aplicarse para la realización de estudios, proyectos, ejecución, equipamiento , puesta en servicio, mantenimiento y supervisión, que comprenden la forma de medición y la base de pago de los conceptos de trabajo. Que para el caso de esta convocatoria corresponde a las Normas del Instituto Mexicano del Seguro Social.
Especificaciones particulares de construcción.- El conjunto de requisitos exigidos por el INR para la realización de cada obra, mismas que modifican, adicionan o sustituyen a las especificaciones generales de construcción.
Estimación.- La valuación de los trabajos ejecutados en el período pactado, aplicando los precios unitarios a las cantidades de los conceptos de trabajos realizados. Asimismo, es el documento en el que se consignan las valuaciones mencionadas, para efecto de su pago, considerando, en su caso, la amortización de los anticipos y los ajustes de costos.
Invitación a Cuando Menos Tres Personas.- Procedimiento que emana de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas, mediante el cual se adjudica un contrato para la ejecución de una obra o un servicio relacionado con la misma.
Ley.- La Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas.
Licitante.- La persona que participe en cualquier procedimiento de licitación pública, o bien de Invitación a cuando menos tres personas.
Proyecto arquitectónico.- El que define la forma, estilo, distribución y el diseño funcional de una obra. Se expresará por medio de planos, maquetas, perspectivas, dibujos artísticos, entre otros.
Proyecto de ingeniería.- El que comprende los planos constructivos, memorias de cálculo y descriptivas, especificaciones generales y particulares aplicables, así como plantas alzados, secciones y detalle, que permitan llevar a cabo una obra civil, eléctrica, mecánica o de cualquier otra especialidad.
Proyecto Ejecutivo.- El conjunto de planos y documentos que conforman los proyectos arquitectónicos y de ingeniería de una obra, el catalogo de conceptos, así como las descripciones e información suficiente para que ésta se pueda llevar a cabo.
Reglamento.- Reglamento de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas.
INR.- Instituto Nacional de Rehabilitación.
SCM.- Subdirección de Conservación y Mantenimiento.
SAT.- Sistema de Administración Tributaria.
2. PRESENTACIÓN
En base a la reserva presupuestal No. 263 de fecha 27 xx xxxx de 2013 y con fundamento a lo establecido por el artículo 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; a lo dispuesto por los artículos 27 fracción II y 30 fracción I de la Ley de Obras Públicas y Servicios relacionados con las Mismas, su Reglamento; y demás disposiciones legales aplicables en la materia, EL INSTITUTO NACIONAL DE REHABILITACIÓN a través de la Dirección de Administración por conducto de la Subdirección de Conservación y Mantenimiento; convoca a participar al procedimiento de INVITACIÓN A CUANDO MENOS TRES PERSONAS CON CARÁCTER NACIONAL, para la
contratación de la obra denominada “REMODELACIÓN DEL ÁREA DE RESIDENCIA MÉDICA” a base de precios unitarios y tiempo determinado.
3. OBJETO DE LA INVITACIÓN A CUANDO MENOS TRES PERSONAS / DESCRIPCIÓN GENERAL DE LA OBRA Y EL LUGAR DONDE SE LLEVARÁN A CABO LOS TRABAJOS.
El objeto de esta invitación a cuando menos tres personas es llevar a cabo la obra denominada “REMODELACIÓN DEL ÁREA DE RESIDENCIA MÉDICA” del Instituto Nacional de Rehabilitación a base de precios unitarios y tiempo determinado.
La obra de remodelación del área de residencia médica se llevara a cabo en el cuerpo VIII y será ejecutada dentro de las instalaciones del Instituto Nacional de Rehabilitación, ubicado en Xxxxxxx Xxxxxx-Xxxxxxxxxx Xx. 000, Xxx. Xxxxxx xx Xxxxxxxxx, Código Postal 14389, Delegación Tlalpan, Distrito Federal; El INR como órgano colaborador en la OPS ( Organismo Panamericano de la Salud) está comprometido a contar con instalaciones dignas y confortables para albergar a los médicos
residentes provenientes de las países que integran dicha organización. Por lo tanto se requiere remodelar el área existente básicamente en su distribución interior mediante la construcción xx xxxxx de tablarroca y cambiar acabados en pisos, muros y baños.
4. PLAZO DE EJECUCIÓN DE LOS TRABAJOS
El tiempo estimado para la ejecución de los trabajos objeto del contrato será de 35 días calendario, con fecha de inicio probable el 08 de julio de 2013 y término el 11 xx xxxxxx de 2013.
5. ADQUISICIÓN DE CONVOCATORIA
La convocatoria a la invitación a cuando menos tres personas será gratuita y será difundida en CompraNet y la pagina del INR, asimismo queda a disposición de los licitantes invitados copia del texto de la convocatoria en las instalaciones del INR en la oficina de la Subdirección de Conservación y Mantenimiento, ubicadas en Xxxxxxx Xxxxxx-Xxxxxxxxxx Xx. 000, Xxx. Xxxxxx xx Xxxxxxxxx, Código Postal 14389, Delegación Tlalpan, Distrito Federal; Cuerpo VIII, planta baja, de lunes a viernes de 9:00 a 15:00 y de 17:00 a 19:00 horas, al recibir en archivo magnético el proyecto ejecutivo. Previo a su recepción deberán proceder a su revisión y cotejo, debiendo para ello acusar el recibo correspondiente.
6. VISITA AL SITIO DONDE SE LLEVARÁN A CABO LOS TRABAJOS
El INR mostrará el sitio donde se llevarán a cabo los trabajos motivo de esta invitación a cuando menos tres personas, localizado en Xxxxxxx Xxxxxx-Xxxxxxxxxx Xx. 000, Xxx. Xxxxxx xx Xxxxxxxxx, Xxxxxx Xxxxxx 00000, Xxxxxxxxxx Xxxxxxx, Xxxxxxxx Xxxxxxx; siendo optativa para los interesados, y tendrá como objeto que los licitantes conozcan las condiciones ambientales, así como las características referentes al grado de dificultad de los trabajos a desarrollar y sus implicaciones de carácter técnico; podrán asistir los interesados y sus auxiliares que hayan adquirido la convocatoria. La visita al sitio se realizará el 18 xx xxxxx de 2013 a las 10:00 hrs, para lo cual los interesados acudirán a la SCM, ubicada en la planta baja del cuerpo VIII, en Xxxxxxx Xxxxxx-Xxxxxxxxxx Xx. 000, Xxx. Xxxxxx xx Xxxxxxxxx, Código Postal 14389, Delegación Tlalpan, Distrito Federal. Los licitantes deberán incluir en sus proposiciones un escrito en el que manifiesten que conocen las condiciones y características antes citadas, por lo que no podrán invocar a su desconocimiento o solicitar modificaciones al contrato por este motivo.
Con posterioridad a la realización de la visita podrá permitírseles el acceso al lugar en que se llevarán a cabo los trabajos a quienes lo soliciten con anticipación de por lo menos setenta y dos horas a la recepción y apertura de proposiciones, aunque no será obligatorio para el INR designar a un técnico que guíe la visita al sitio de los trabajos.
7. JUNTA DE ACLARACIONES
Los licitantes tendrán la oportunidad de aclarar cualquier duda en relación a la convocatoria de la invitación a cuando menos tres personas, para lo cual se llevará a cabo la junta de aclaraciones el día 18 xx xxxxx de 2013 a las 11:00 hrs, en la sala de juntas de la Dirección de Administración, ubicada en tercer nivel, cuerpo VI, del INR, ubicado en Xxxxxxx Xxxxxx-Xxxxxxxxxx Xx. 000, Xxx. Xxxxxx xx Xxxxxxxxx, Código Postal 14389, Delegación Tlalpan, Distrito Federal, siendo optativa la asistencia para los licitantes, levantándose el acta correspondiente.
Las personas que manifiesten su interés en participar en la invitación a cuando menos tres personas, serán consideradas licitantes y tendrán derecho a formular solicitudes de aclaración, dudas o cuestionamientos en relación a la convocatoria, deberán presentar un escrito, en el que expresen su
interés en participar en la licitación, por si o en representación de un tercero, el cual debe contener: a) Del licitante: Registro Federal de Contribuyentes; nombre y domicilio;, así como, en su caso, los de su apoderado o representante. Tratándose de personas xxxxxxx, además de señalar la descripción del objeto social de la empresa, identificando los datos de las escrituras públicas y, de haberlas, sus reformas y modificaciones, con las que acredita la existencia legal de las personas xxxxxxx, así como el nombre de los socios, y b) Del representante legal del licitante: datos de las escrituras públicas en las que le fueron otorgadas las facultades de representación y su identificación oficial. (Anexo 3). Si el escrito señalado en este párrafo no se presenta, se permitirá el acceso a la junta de aclaraciones a la persona que lo solicite en calidad de observador, bajo la condición de registrar su asistencia y abstenerse de intervenir en cualquier forma.
Las solicitudes de aclaraciones que formulen los licitantes deberán plantearse de manera concisa y estar directamente relacionadas con los puntos contenidos en la convocatoria. Cada solicitud de aclaración deberá indicar el numeral o punto específico con el cual se relaciona la pregunta, aquellas solicitudes de aclaraciones que no se presenten en la forma señalada podrán ser desechadas por el INR.
Las solicitudes de aclaraciones, podrán entregarse personalmente en la junta de aclaraciones, o enviarse a través de CompraNet, según corresponda, a más tardar veinticuatro horas antes de la fecha y hora en que se vaya a realizar la citada junta.
Las modificaciones a la convocatoria de la invitación a cuando menos tres personas, incluyendo las que resulten de la o las juntas de aclaraciones se efectuarán a más tardar el día 19 xx xxxxx de 2013 a las 18:00 hrs. y formaran parte de la convocatoria y deberá ser considerada por los licitantes en la elaboración de su proposición.
El acta de la junta de aclaraciones contendrá la firma de los asistentes interesados y de los servidores públicos que intervengan; las solicitudes de las aclaraciones formuladas por los licitantes, así como las respuestas del INR y, en su caso, los datos relevantes de la visita al sitio de realización de los trabajos.
Nota: A los participantes que asistan a la junta de aclaraciones en caso de presentar pliego de preguntas, se les recomienda llevarlas adicionalmente en dispositivo de memoria extraíble USB para agilizar el evento. En el Anexo 2 se incluyen los formatos de aclaración de la convocatoria que se sugiere podrán ser utilizados para la presentación de dudas.
8. PRESENTACIÓN Y APERTURA DE PROPOSICIONES
La proposición se deberá integrar como previenen los capítulos 13 y 14 de esta Convocatoria, deberá presentarse a las 12:00 hrs. del día 21 xx xxxxx de 2013 en la sala de juntas de la Dirección de Administración, ubicada en tercer nivel, cuerpo VI, del INR, en Xxxxxxx Xxxxxx-Xxxxxxxxxx Xx. 000, Xxx. Xxxxxx xx Xxxxxxxxx, Xxxxxx Xxxxxx 00000, Xxxxxxxxxx Xxxxxxx, Xxxxxxxx Xxxxxxx; donde se llevará a cabo la presentación y apertura de propuestas de la INVITACIÓN A CUANDO MENOS TRES PERSONAS CON CARÁCTER NACIONAL No. INR/OP/01-13, la que será presidida por la Dra. Xxxxxxxx Xxxxxxx Xxxxx, Directora de Administración del INR y/o Arq. Xxxxxxxxx Xxxxxxxx Xxxx Subdirector de Conservación y Mantenimiento del INR.
A partir de la hora señalada para el inicio del acto de presentación y apertura de proposiciones, el servidor público que lo preside no permitirá el acceso a ningún licitante ni observador, o servidor público ajeno al acto. Una vez iniciado el acto; se procederá a registrar a los licitantes.
Los licitantes presentes deberán entregar su proposición en sobre cerrado al servidor público que preside el acto, este último solicitará que de forma simultánea sean entregadas las propuestas y determinará la forma de iniciar con la apertura. El acto no podrá concluir hasta en tanto se hayan abierto todos los sobres recibidos.
Una vez recibidas todas las proposiciones, el servidor público que presida el acto dará lectura al importe total de cada proposición.
Una vez recibidas las proposiciones en sobre cerrado, se procederá a su apertura, haciéndose constar la documentación presentada, sin que ello implique la evaluación de su contenido.
Para efectos de dejar constancia del cumplimiento de los requisitos solicitados en la convocatoria se deberá incluir el formato indicado en el (Anexo 4) para la verificación de la recepción de los documentos con respecto a los requeridos en la convocatoria, lo que servirá de constancia para los participantes como recepción de la documentación entregada. La falta de presentación del formato no será motivo de desechamiento.
De entre los licitantes que hayan asistido, éstos elegirán a uno, que en forma conjunta con el servidor público del INR asigne, rubricarán el catalogo de conceptos.
Se levantará el acta que servirá de constancia de la celebración del acto de presentación y apertura de las proposiciones, anexándose copia de la constancia de entregada a cada licitante. En acta se harán constar el importe de cada una de ellas; se señalará lugar, fecha y hora en que se dará a conocer el fallo de la invitación a cuando menos tres o personas.
En el acta respectiva al acto se asentarán las manifestaciones que, en su caso, emitan los licitantes con relación a dicho acto.
No será motivo de desechamiento la falta de identificación o de acreditación de la representación de la persona que únicamente entregue la proposición, pero ésta sólo podrá participar durante el desarrollo del acto con carácter de observador.
9. FALLO DE LA INVITACIÓN A CUANDO MENOS TRES PERSONAS Y FIRMA DE CONTRATO.
La fecha del fallo será el día 27 xx xxxxx de 2013 a las 12:00 hrs, en la sala de juntas de la Dirección de Administración, ubicada en tercer nivel, cuerpo VI, del INR, ubicado en Xxxxxxx Xxxxxx-Xxxxxxxxxx Xx. 000, Xxx. Xxxxxx xx Xxxxxxxxx, Código Postal 14389, Delegación Tlalpan, Distrito Federal, en el que se dará a conocer el nombre del licitante ganador, en presencia de quienes asistan al acto, levantándose el acta correspondiente. El fallo podrá diferirse, siempre que el nuevo plazo fijado no exceda de treinta días naturales contados a partir de la fecha del fallo originalmente establecida. El fallo del INR será inapelable.
No podrá formalizarse el contrato, que no se encuentre garantizado el cumplimiento del mismo.
Previo a la firma del contrato, el licitante ganador deberá presentar original o copia certificada para su cotejo de los documentos con los que acredite su existencia legal y las facultades de su representada para suscribir el contrato correspondiente.
El licitante al que le sea adjudicado el contrato deberá presentarse a la firma de este, en la Subdirección de Asuntos Jurídicos del INR, en tercer nivel, cuerpo VI, del INR, ubicado en Xxxxxxx Xxxxxx-Xxxxxxxxxx Xx. 000, Xxx. Xxxxxx xx Xxxxxxxxx, Código Postal 14389, Delegación Tlalpan, Distrito Federal, el día 28 xx xxxxx de 2013, en un horario de 9:00 a 15:00 y 17:00 a 19:00 horas.
El licitante ganador que no firme el contrato por causas imputables al mismo, así como aquellos que proporcionen información falsa, o que actúen con dolo o mala fe en algún procedimiento de contratación, en la celebración del contrato o durante su vigencia, o bien, en la presentación o desahogo de una solicitud de conciliación o de una inconformidad serán sancionados en los términos del artículo 78 de la Ley.
10. DEL DESECHAMIENTO DE PROPOSICIONES, CANCELACIÓN, NULIDAD TOTAL Y DE LAS INVITACIONES A CUANDO MENOS TRES PERSONAS DESIERTAS.
El INR procederá a declarar desierta la Invitación a cuando menos tres personas, cuando la totalidad de las propuestas presentadas no reúnan los requisitos solicitados en la convocatoria o sus precios de insumos no fueren aceptables; se considerará que los precios de los insumos contenidos en las proposiciones no son aceptables cuando se propongan importes que sean notoriamente superiores a los que se desprendan de la investigación xx xxxxxxx que se realice para la presupuestación de los trabajos, o bien, no siendo notoriamente superiores, rebasen el presupuesto elaborado de manera previa por parte del INR y no sea factible pagarlos.
El INR podrá cancelar la Invitación a cuando menos tres personas por caso fortuito; fuerza mayor; existan circunstancias justificadas que provoquen la extinción de la necesidad de contratar los trabajos, o que de continuarse con el procedimiento de contratación se pudiera ocasionar un daño o perjuicio al propio INR. La determinación de dar por cancelada la Invitación a cuando menos tres personas, deberá precisar el acontecimiento que motiva la decisión, la cual se hará del conocimiento de los licitantes y no será procedente contra ella recurso alguno, sin embargo podrán interponer la inconformidad en términos del Título Séptimo, Capítulo Primero de la Ley.
Asimismo, el INR podrá desechar las proposiciones presentadas en la Invitación a cuando menos tres personas en cualquiera de los supuestos establecidos en el numeral 17 de esta convocatoria.
11. ASPECTOS A TOMAR EN CUENTA PARA LA PRESENTACIÓN DE PROPUESTAS.
11.1 Las proposiciones deberán ser firmadas autógrafamente por los licitantes o sus apoderados, en la última hoja de cada uno de los documentos que forman parte de la misma.
11.2 Se establece con precisión que se deberá firmar por parte del licitante en su totalidad cada una de las hojas del catalogo de conceptos, análisis de precios unitarios y programa de ejecución.
11.3 El licitante al que se le adjudique el contrato, previo a la formalización del mismo, deberá firmar la totalidad de la documentación que integra su proposición.
11.4 Las proposiciones deberán presentarse en idioma español y la moneda en pesos mexicanos.
11.5 No se aceptarán proposiciones a través de medios electrónicos.
11.6 La entrega de proposiciones se hará en un solo sobre totalmente cerrado claramente identificado en su parte exterior. La documentación distinta a la propuesta técnica y económica podrá entregarse, a elección del licitante, dentro o fuera de dicho sobre.
11.7 En caso de que el licitante entregue información de naturaleza confidencial, deberá señalarlo expresamente por escrito al INR.
11.8 La presentación de proposiciones por parte de los licitantes debe ser completa, uniforme y ordenada, debiendo utilizar los formatos e instructivos elaborados y proporcionados por el INR. En caso de que el licitante presente otros formatos, éstos deberán cumplir con cada uno de los elementos requeridos por el INR.
11.9 Una vez recibidas las propuestas en la fecha, hora y lugar establecidos, éstas no podrán ser retiradas o dejarse sin efecto, por lo que se considerarán vigentes dentro del procedimiento de invitación a cuando menos tres personas hasta su conclusión.
11.10 Cada uno de los documentos que integren la proposición y aquéllos distintos a está, deberán estar foliados en todas y cada una de las hojas que los integran. Al efecto, se
deberán numerar de manera individual las propuestas técnicas y económicas, así como el resto de los documentos que entregue el licitante. En el caso de que alguna o algunas hojas de los documentos mencionados carezcan de folio y se constate que la o las hojas no foliadas mantienen continuidad, el INR no podrá desechar la proposición.
11.11 No se aceptarán propuestas a través del servicio postal o mensajería.
11.12 Los licitantes deberán proporcionar una dirección de correo electrónico, en caso de contar con él.
11.13 Para intervenir en el acto de presentación y apertura de proposiciones bastará que los licitantes presenten un escrito en el que su firmante manifieste, bajo protesta de decir verdad, que cuenta con facultades suficientes para comprometerse por sí o por su representada, sin que resulte necesario acreditar su personalidad jurídica. (Anexo D6)
11.14 No podrán participar las personas que se encuentren en los supuestos de los artículos 51 y 78 de la ley.
11.15 A las personas que pretendan participar en procedimiento de contratación y previamente; hayan realizado o se encuentren realizando por sí o a través de empresas que formen parte del mismo grupo empresarial, en virtud de otro contrato, trabajos de dirección, coordinación y control de obra; preparación de especificaciones de construcción; presupuesto de los trabajos; selección o aprobación de materiales, equipos y procesos, así como la preparación de cualquier documento relacionado directamente con la convocatoria a la invitación a cuando menos tres personas, o bien, asesoren o intervengan en cualquier etapa del procedimiento de contratación.
Las personas que hayan realizado, por sí o a través de empresas que formen parte del mismo grupo empresarial, en virtud de otro contrato, estudios, planes o programas para la realización de obras públicas asociadas a proyectos de infraestructura en los que se incluyan trabajos de preparación de especificaciones de construcción, presupuesto, selección o aprobación de materiales, equipos o procesos, podrán participar en el procedimiento de invitación a cuando menos tres personas para la ejecución de los proyectos de infraestructura respectiva, siempre y cuando la información utilizada por dichas personas en los supuestos indicados, sea proporcionada a los demás licitantes.
A las personas que se refieren los dos párrafos anteriores y que pretendan participar en el procedimiento de contratación para la ejecución de una obra, y en su caso se demuestre que la manifestación se haya realizado con falsedad, se sancionará al licitante conforme al Título Sexto de la Ley.
11.16 La obra se llevará a cabo con sujeción a la Ley y en lo conducente a su Reglamento, así como al Proyecto ejecutivo, las Especificaciones, el Programa y Montos Semanales de Obras, los precios unitarios señalados en el Catálogo de Conceptos y Cantidades de Obra.
11.17 De acuerdo con la regla I.2.1.15 de la resolución miscelánea fiscal para 2013, publicada el 28 de diciembre de 2012, en el Diario Oficial de la Federación. El licitante que resulte adjudicado, deberá realizar la consulta de opinión ante el SAT, preferentemente dentro de los tres días hábiles posteriores a la fecha del fallo.
11.18 Se aclara que en la solicitud de opinión al SAT, el licitante adjudicado deberá incluir el correo electrónico de la SCM, xxxxxxxxx@xxx.xxx.xx, para que el SAT envíe el acuse de la respuesta que emitirá en atención a la solicitud de opinión.
11.19 Aquellas empresas o personas físicas que residan en el extranjero y que no estén obligadas a presentar la solicitud de inscripción en el Registro Federal de Contribuyentes o declaraciones periódicas en México, así como los contribuyentes que
no estén obligados a presentar total o parcialmente la declaración anual del Impuesto Sobre la Renta, deberán realizar su solicitud de opinión al SAT ante la Administración Local de Servicios al Contribuyente que corresponda al domicilio del INR.
11.20 Si el INR, previo a la formalización del contrato, recibe del SAT el acuse de respuesta de la solicitud en el que se emita una opinión en sentido negativo sobre las obligaciones fiscales del licitante adjudicado, se abstendrá de formalizar el contrato y procederá a remitir a la Secretaría de la Función Pública la documentación de los hechos presumiblemente constitutivos de infracción por la falta de formalización por causas imputables al adjudicado.
11.21 Cuando a partir del acto de presentación y apertura de proposiciones ocurran circunstancias de orden económico no previstas en el contrato que determinen un aumento o reducción de los costos directos de los trabajos aún no ejecutados conforme al programa convenido, dichos costos cuando procedan, deberán ser ajustados atendiendo al procedimiento señalado en la fracción I del artículo 57 de la Ley, y se sujetara la aplicación de los procedimientos del ajuste de costos directos a lo estipulado en el artículo 58 de la Ley. Para el ajuste de costos se deberá considerar lo correspondiente señalado en el capitulo V del reglamento.
11.22 Para efectos de pago, se formularán estimaciones con períodos no mayores de un mes. El contratista deberá presentarlas a la residencia de obra dentro de los seis días naturales siguientes a la fecha xx xxxxx para el pago de las estimaciones que hubiere fijado el INR en el contrato (la fecha xx xxxxx para la presentación de estimaciones será el último día hábil de cada mes), acompañadas de la documentación que acredite la procedencia de su pago; la residencia de obra para realizar la revisión y autorización de las estimaciones contará con un plazo no mayor de quince días naturales siguientes a su presentación. Las estimaciones por trabajos ejecutados serán pagadas por parte del INR, en un plazo no mayor a veinte días naturales, contados a partir de la fecha en que hayan sido autorizadas por la residencia de obra y que el contratista haya presentado la factura correspondiente. El licitante deberá considerar en la presentación de las estimaciones los siguientes documentos: Números generadores; Notas de bitácora; Croquis; controles de calidad; pruebas de campo y de laboratorio en su caso; fotografías; y análisis, cálculo e integración de los importes correspondientes a cada estimación.
11.23 Los licitantes como mínimo deberán cumplir el cincuenta porciento de contenido Nacional del valor de la obra en materiales que serán utilizados en la ejecución de los trabajos, conforme a lo estipulado en artículo 31, fracción XX de la Ley.
11.24 La contratista que resulte ganadora de la Invitación a cuando menos tres personas, deberá tener en el sitio de los trabajos permanentemente un técnico que sea su representante, el cual recibe el nombramiento de Superintendente, facultado para oír y recibir toda clase de notificaciones relacionadas con los trabajos, aún las de carácter personal, así como tomar las decisiones que se requiera en todo lo relativo al cumplimiento del contrato, cuyo título como Ingeniero Civil o Arquitecto deberá estar registrado en la Dirección General de Profesiones de la Secretaría de Educación Pública; adicionalmente, deberá tener experiencia en el ejercicio de su profesión y haber participado en la construcción de obras similares. Tendrá también obligación de conocer ampliamente el Reglamento de Construcciones para el Distrito Federal y demás aplicables en la materia. Una vez asignado el contrato, la designación del Superintendente de Construcción seguirá los criterios que establece el artículo 117 del Reglamento.
11.25 Para el caso de la contratista a la que le sea adjudicado el contrato, se permitirá la subcontratación parcial de los trabajos de construcción, sin que esto lo libere de su
responsabilidad ante el INR. El INR podrá solicitar la información necesaria que acredite la experiencia y capacidad técnica y económica de las personas que se subcontratarán de conformidad con lo estipulado por los artículos 31 fracción XXI de la ley; y 44 fracción V del Reglamento.
Los rubros se podrán subcontratar son:
Carpinterías.
Cancelerías.
11.26 El Proyecto Ejecutivo, conformado por el Proyecto Arquitectónico y el catalogo de conceptos que se incluye en el Anexo 1.
11.27 El Catálogo de Conceptos y Cantidades de Obra para Expresión de Precios Unitarios, Monto de la Proposición, y Resumen por Partidas, Se llenarán de preferencia en computadora, máquina y, de ser manuscritas, se usará tinta negra, escribiendo con caracteres de imprenta fácilmente legible. En ambos casos las formas, deberán presentarse sin correcciones, raspaduras, enmendaduras ni tachaduras.
11.28 Para los casos de las marcas y modelos incluidos en las descripciones del catálogo de conceptos son a título indicativo, se presentan para orientar el tipo de bien que se requiere y no obliga al contratista a adquirir obligadamente dicha marca y modelo, aunque sí deberá adquirir bienes con la calidad equivalente o superior de los de la marca y modelo especificado.
11.29 El catálogo de conceptos, deberá presentarse sin modificación alguna (no deberá presentar alteración en la descripción de los trabajos, clave de concepto, descripción de conceptos, unidad de medida, ni cantidad de obra, no se permitirá tampoco presentar descripciones cortadas o truncas dentro del catálogo).
11.30 Se establece que el INR no suministrara equipo o material alguno para esta obra.
12. RECONOCIMIENTO Y ACEPTACIÓN DE CONDICIONES
Al formular su Proposición, el licitante reconoce y acepta con la sola presentación de su propuesta que:
12.1 El licitante al que le sea adjudicado el contrato, al inicio y durante el proceso de obra debe tener la facultad para el uso de la bitácora por medios remotos de comunicación electrónica que para tales efectos establece la Secretaría de la Función Pública.
12.2 Tomó en consideración las condiciones ambientales, climáticas, y de accesos al área, compenetrándose de las condiciones generales y especiales del lugar de la obra y que el desconocimiento de tales condiciones, en ningún caso servirá posteriormente para aducir justificación por incumplimiento del Contrato o para solicitar bonificación a los precios considerados en la Proposición.
12.3 Los derechos de banco que tuvieran que pagar, por la tiros de los materiales de desecho producto de los trabajos,
12.4 Ninguna de las condiciones contenidas en la Convocatoria de la Invitación a cuando menos tres personas, así como en las proposiciones presentadas por los contratistas podrá ser negociada.
12.5 No se deberá integrar al sobre de la propuesta la convocatoria de Invitación a cuando menos tres personas; sólo aquella empresa a quien en su caso se le adjudique el
contrato respectivo, los entregará debidamente requisitados a la subdirección de conservación y mantenimiento, al momento de la firma del contrato correspondiente.
12.6 El INR podrá, dentro de su presupuesto autorizado, bajo su responsabilidad y por razones fundadas y explícitas, modificar el contrato sobre la base de precios unitarios en la parte correspondiente, así como los de amortización programada, mediante convenios, siempre y cuando éstos, considerados conjunta o separadamente, no rebasen el veinticinco por ciento del monto o del plazo pactados en el contrato, ni impliquen variaciones sustanciales al proyecto original, ni se celebren para eludir en cualquier forma el cumplimiento de la Ley.
12.7 Si las modificaciones exceden el porcentaje indicado pero no varían el objeto del proyecto, se podrán celebrar convenios adicionales entre las partes respecto de las nuevas condiciones. Estos convenios deberán ser autorizados bajo la responsabilidad de titular del área responsable de la contratación de los trabajos. Dichas modificaciones no podrán, en modo alguno, afectar las condiciones que se refieran a la naturaleza y características esenciales del objeto del contrato original, ni convenirse para eludir en cualquier forma el cumplimiento xx Xxx o de los tratados.
12.8 Cuando durante la ejecución de los trabajos se requiera la realización de cantidades o conceptos de trabajo adicionales a los previstos originalmente, el INR podrá autorizar el pago de las estimaciones de los trabajos ejecutados, previamente a la celebración de los convenios respectivos, vigilando que dichos incrementos no rebasen el presupuesto autorizado en el contrato. Tratándose de cantidades adicionales, éstas se pagarán a los precios unitarios pactados originalmente; tratándose de los conceptos no previstos en el catálogo de conceptos del contrato, sus precios unitarios deberán ser conciliados y autorizados, previamente a su pago.
12.9 El INR podrá suspender temporalmente, en todo o en parte, los trabajos contratados por cualquier causa justificada.
12.10 Asimismo, podrá dar por terminados anticipadamente los contratos cuando concurran razones de interés general; existan causas justificadas que le impidan la continuación de los trabajos, y se demuestre que de continuar con las obligaciones pactadas se ocasionaría un daño o perjuicio grave al estado; se determine la nulidad total o parcial de actos que dieron origen al contrato, con motivo de la resolución de una inconformidad emitida por la Secretaría de la Función Pública, o por resolución de autoridad judicial competente.
12.11 El INR podrá rescindir administrativamente el contrato derivado de esta Invitación a cuando menos tres personas, en caso de incumplimiento de las obligaciones a cargo del contratista.
13. DOCUMENTACIÓN DIFERENTE A LA TÉCNICA Y A LA ECONÓMICA
Los interesados en participar en esta Invitación a cuando menos tres personas deberán acompañar en sobre anexo o dentro del sobre técnico-económico de la proposición, los siguientes documentos.
13.1 Escrito en el que manifieste el domicilio para oír y recibir todo tipo de notificaciones que resulten de los contratos y convenios que celebren de conformidad con la Ley y el Reglamento. Mientras no se señale un domicilio distinto en la forma establecida por el INR, el manifestado se tendrá como domicilio convencional para practicar toda clase de notificaciones. (Anexo D1).
13.2 Manifestación bajo protesta de decir verdad que los estudios, planes o programas que previamente hayan realizado, incluyen supuestos, especificaciones e información
verídicos y se ajustan a los requerimientos reales de la obra a ejecutar, así como que, en su caso, consideren costos estimados apegados a las condiciones xxx xxxxxxx. En el caso de que la manifestación se haya realizado con falsedad, se sancionará al licitante conforme al Título Sexto de la Ley (Anexo D2).
13.3 Escrito en el que el licitante manifieste, bajo protesta de decir verdad, que es de nacionalidad mexicana. (Anexo D3).
13.4 Escrito mediante el cual declare bajo protesta de decir verdad que no se encuentra en alguno de los supuestos que establecen los artículos 51 y 78 de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas. (Anexo D4).
13.5 Con objeto de acreditar su personalidad, los licitantes o sus representantes podrán exhibir un escrito en el que su firmante manifieste, bajo protesta de decir verdad, que cuenta con facultades suficientes para comprometerse por sí o por su representada, mismo que contendrá los datos siguientes: (Anexo D5)
13.5.1 Del licitante: Registro Federal de Contribuyentes; nombre y domicilio, así como, en su caso, los de su apoderado o representante. Tratándose de personas xxxxxxx, además de señalar la descripción del objeto social de la empresa, identificando los datos de las escrituras públicas y, de haberlas, sus reformas y modificaciones, con las que acredita la existencia legal de las personas xxxxxxx, así como el nombre de los socios.
13.5.2 Del representante legal del licitante: datos de las escrituras públicas en las que fueron otorgadas las facultades de representación y su identificación oficial.
13.6 Señalamiento de que para intervenir en el acto de presentación y apertura de proposiciones bastará que los licitantes presenten un escrito en el que el su firmante manifieste, bajo protesta de decir verdad, que cuenta con facultades suficientes para comprometerse por sí o por su representada, sin que resulte necesario acreditar su personalidad jurídica. (Anexo D6).
13.7 Escrito en el cual manifiesten, bajo protesta de decir verdad, en su caso, que cuentan con el carácter de MIPYMES (micro, pequeña o mediana empresa). (Anexo D7).
13.8 Copia simple por ambos lados de su identificación oficial vigente con fotografía, tratándose de personas físicas y, en el caso de personas xxxxxxx, de la persona que firma la proposición. (Anexo D8).
13.9 Declaración de integridad, mediante la cual los licitantes manifiesten, bajo protesta de decir verdad, que por sí mismos, o a través de interpósita persona, se abstendrán de adoptar conductas para que los servidores públicos del INR, induzcan o alteren las evaluaciones de las proposiciones, el resultado del procedimiento, u otros aspectos que les otorguen condiciones más ventajosas, con relación a los demás participantes (Anexo D9).
14. PROPOSICIÓN TÉCNICA Y ECONÓMICA, CONTENIDA EN SOBRE CERRADO.
La proposición técnica y económica contendrá los siguientes requisitos exigidos:
14.1 Manifestación escrita bajo protesta de decir verdad de conocer el sitio de realización de los trabajos y sus condiciones ambientales; de haber considerado las normas de calidad de los materiales y las especificaciones generales y particulares de
construcción que el INR les hubiere proporcionado y/o especificado, así como haber considerado en la integración de la proposición, los materiales y equipos de instalación permanente que, en su caso, le proporcionará el INR y el programa de suministros correspondiente. (Anexo PT1).
14.2 Currículum del Superintendente de Obra, Ingeniero Civil o Arquitecto titulado, de nacionalidad mexicana, que demuestre experiencia en obras con características técnicas y magnitud similares, quien estará de responsable de la dirección, administración y ejecución de la obra. Señalando: Datos Generales, Escolaridad y Experiencia (Anexo PT2).
14.3 Manifestación escrita bajo protesta de decir verdad en la que señale las partes de los trabajos que subcontratará, respetando lo establecido en esta convocatoria (Anexo PT3).
14.4 Manifestación escrita de que los precios consignados en su proposición no se cotizan en condiciones de prácticas desleales de comercio internacional en su modalidad de discriminación de precios o de subsidios, se deberá indicar el porcentaje de contenido nacional del valor de la obra, (Anexo PT4).
14.5 Análisis del total de los precios unitarios de los conceptos de trabajos, indicados en el catalogo de conceptos, determinados y estructurados con costos directos, indirectos, de financiamiento, cargo por utilidad y cargos adicionales, donde se incluirán los materiales a utilizar con sus correspondientes consumos y costos, y de mano de obra, maquinaria y equipo de construcción con sus correspondientes rendimientos y costos. (Anexo PE1), así mismo se presenta un ejemplo hipotético del análisis de precio unitario. (Anexo PE1Bis).
14.6 Listado de insumos que intervienen en la integración de la proposición, agrupados por materiales más significativos y equipo de instalación permanente, mano de obra, maquinaria y equipo de construcción, con la descripción y especificaciones técnicas de cada uno de ellos, indicando las cantidades a utilizar, sus respectivos unidades de medición y sus importes.(Anexo PE2).
14.7 Análisis, cálculo e integración del factor xx xxxxxxx real conforme a lo previsto en el REGLAMENTO para cada una de las categorías que se relacionen dentro de los costos directos de la propuesta y tabulador de salarios base de mano de obra por jornada diurna de ocho horas e integración de los salarios.(Anexo PE3). Se deberá incluir el comprobante actualizado del factor de riesgo de trabajo autorizado por el Instituto Mexicano del Seguro Social. (Anexo PE4), así como el tabulador de salarios base de mano de obra por jornada diurna de ocho horas e integración de los salarios.(Anexo PE5).
14.8 Análisis, cálculo e integración de:
10.1 Indirectos (oficina central y oficina de campo), (Anexo PE6).
10.2 Financiamiento, (Anexo PE7)
10.3 Utilidad propuesta por el licitante. (Anexo PE8)
10.4 Cargos adicionales. (Anexo PE9). Dentro del cálculo de este se deberá aplicar el 5 al millar para la Secretaria de la Función Pública.
11.- Relación y análisis de los costos unitarios básicos de los materiales que se requieren para la ejecución de los trabajos. Cuando existan insumos de origen extranjero se deberá señalar el precio ofertado por el licitante. (Anexo PE10).
12.- Catálogo de conceptos, conteniendo descripción, unidades de medición, cantidades de trabajo, precios unitarios con número y letra e importes por partida, subpartida, concepto
y del total de la proposición. Este documento formará el presupuesto de la obra que servirá para formalizar el contrato correspondiente. (Anexo PE11).
13.- Programa de ejecución general de los trabajos conforme al catálogo de conceptos con sus erogaciones, calendarizado y cuantificado conforme a los periodos determinados por el INR, dividido en partidas y subpartidas, del total de los conceptos de trabajo, utilizando preferentemente diagramas xx xxxxxx, o bien, redes de actividades con ruta crítica. (Anexo PE12).
14.- Programas de erogaciones a costo directo calendarizados y cuantificados en partidas y subpartidas de utilización, conforme a los periodos determinados por el INR, para los siguientes rubros:
a. De la mano de obra (Anexo PE13).
b. De los materiales y equipos de instalación permanente expresados en unidades convencionales y volúmenes requeridos (Anexo PE14).
c. De utilización del personal profesional técnico, administrativo y de servicio encargado de la dirección, administración y ejecución de los trabajos. (Anexo PE15).
Todos los programas mencionados deberán ser congruentes.
15 EVALUACIÓN DE LA PROPUESTA
Con fundamento en los incisos a) y b) de la fracción I, del Artículo 63 del REGLAMENTO, se procederá a la evaluación de proposiciones aplicando el mecanismo del sistema Binario, el cual consiste en determinar la solvencia de las proposiciones a partir de verificar el cumplimiento de las condiciones legales, técnicas y económicas requeridas por el INR, PARA LO CUAL SE VERIFICARA LO SIGUIENTE:
1. Que cada documento contenga la información solicitada.
2. Que el programa de ejecución de los trabajos corresponda al plazo establecido por el INR.
3. Que los programas específicos cuantificados y calendarizados de suministros y utilización sean congruentes con el programa calendarizado de ejecución general de los trabajos.
4. Que los programas de suministro y utilización de materiales, mano de obra y maquinaria y equipo de construcción sean congruentes con los consumos y rendimientos considerados por el licitante y en el procedimiento constructivo a realizar.
5. Que los suministros sean congruentes con el programa de ejecución general, en los casos de que se requiera de equipo de instalación permanente.
6. Que los insumos propuestos por el licitante correspondan a los periodos presentados en los programas.
7. Que en el consumo del material por unidad de medida, determinado por el licitante para el concepto de trabajo en que intervienen, se consideren los desperdicios, mermas y, en su caso, los usos de acuerdo con la vida útil del material de que se trate.
8. Que las características, especificaciones y calidad de los materiales y equipos de instalación permanente sean las requeridas en las normas de calidad y especificaciones generales y particulares de construcción establecidas por el INR.
9. Que el personal administrativo, técnico y de obra sea el adecuado y suficiente para ejecutar los trabajos.
10. Que los rendimientos de la mano de obra considerados se encuentren dentro de los márgenes razonables y aceptables de acuerdo con el procedimiento constructivo propuesto por el licitante, tomando en cuenta los rendimientos observados de experiencias anteriores, así como las condiciones ambientales de la zona y las características particulares bajo las cuales deben realizarse los trabajos.
11. Que se hayan considerado trabajadores de la especialidad requerida para la ejecución de los conceptos más significativos.
12. Que los precios a costo directo de los insumos propuestos por el licitante sean aceptables, es decir, que sean menores, iguales o no rebasen considerablemente el presupuesto de obra elaborado previamente por la convocante como parte del proyecto ejecutivo. Dicho presupuesto deberá considerar las condiciones vigentes en el mercado nacional o de la zona o región en donde se ejecutarán los trabajos o, en su caso, en el mercado internacional, considerando los precios de manera individual o cómo inciden en su totalidad en la propuesta económica.
13. Del presupuesto de obra que en todos y cada uno de los conceptos que lo integran se establezca el importe del precio unitario.
14. Que los importes de los precios unitarios sean anotados con número y con letra, los cuales deberán ser coincidentes entre sí y con sus respectivos análisis; en caso de diferencia, deberá prevalecer el que coincida con el del análisis de precio unitario correspondiente o el consignado con letra cuando no se tenga dicho análisis.
15. Que las operaciones aritméticas se hayan ejecutado correctamente; en el caso de que una o más tengan errores, se efectuarán las correcciones correspondientes por parte de la convocante. El monto correcto será el que se considerará para el análisis comparativo de las proposiciones.
16. Que el análisis, cálculo e integración de los precios unitarios, se haya realizado de acuerdo con lo establecido en el Reglamento.
17. Que los análisis de los precios unitarios estén estructurados con costos directos, indirectos, de financiamiento, cargo por utilidad y cargos adicionales.
18. En los precios unitarios que los costos directos se integren con los correspondientes a materiales, equipos de instalación permanente, mano de obra, maquinaria y equipo de construcción.
19. En los precios unitarios que los precios básicos de adquisición de los materiales considerados en los análisis correspondientes se encuentren dentro de los parámetros de precios vigentes en el mercado.
20. En los precios unitarios que los costos básicos de la mano de obra se hayan obtenido aplicando los factores xx xxxxxxx real a los sueldos y salarios de los técnicos y trabajadores, conforme a lo previsto en el Reglamento.
21. En los precios unitarios que el cargo por el uso de herramienta menor se encuentre incluido, bastando para tal efecto que se haya determinado aplicando un porcentaje sobre el monto de la mano de obra requerida para la ejecución del concepto de trabajo de que se trate.
22. Que los análisis de costos directos se hayan estructurado y determinado de acuerdo con lo previsto en el Reglamento.
23. En los costos directos que los costos de los materiales considerados por el licitante sean congruentes con la relación de los costos básicos y con las normas de calidad especificadas en la convocatoria.
24. En los costos directos que los costos de la mano de obra considerados por el licitante sean congruentes con el tabulador de los salarios y con los costos reales que prevalezcan en la zona donde se ejecutarán los trabajos.
25. Que los análisis de costos indirectos se hayan estructurado y determinado de acuerdo con lo previsto en el Reglamento.
26. De los indirectos que el análisis se haya valorizado y desglosado por conceptos con su importe correspondiente, anotando el monto total y su equivalente porcentual sobre el monto del costo directo.
27. Que para el análisis de los costos indirectos se hayan considerado adecuadamente los correspondientes a las oficinas centrales del licitante, los que comprenderán únicamente los necesarios para dar apoyo técnico y administrativo a la superintendencia del contratista encargado directamente de los trabajos y los de campo necesarios para la dirección, supervisión y administración de la obra.
28. Que en los indirectos no se haya incluido algún cargo que, por sus características o conforme a la convocatoria, deba pagarse aplicando un precio unitario específico.
29. Del análisis, cálculo e integración del costo financiero que los ingresos por concepto del o los anticipos que le serán otorgados al contratista, durante el ejercicio del contrato y del pago de las estimaciones, consideren la periodicidad y su plazo de trámite y pago, deduciendo del monto de las estimaciones la amortización de los anticipos.
30. Que el costo del financiamiento esté representado por un porcentaje de la suma de los costos directos e indirectos.
31. Del financiamiento que la tasa de interés aplicable esté definida con base en un indicador económico específico.
32. Que el costo del financiamiento sea congruente con el programa de ejecución valorizado con montos semanales.
33. Que la mecánica para el análisis y cálculo del costo por financiamiento empleada por el licitante sea congruente con lo que se establezca en la convocatoria.
34. Que el cargo por utilidad fijado por el licitante se encuentre de acuerdo a lo previsto en el Reglamento.
35. Que el importe total de la proposición sea congruente con todos los documentos que la integran.
36. Que los programas específicos de erogaciones de materiales, mano de obra, sean congruentes con el programa de erogaciones de la ejecución general de los trabajos.
16 ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO Y OTORGAMIENTO DE ANTICIPO
Al finalizar la evaluación de las proposiciones, el INR adjudicará el contrato al licitante cuya proposición resulte solvente por reunir las condiciones legales, técnicas y económicas requeridas por el INR, y garanticen satisfactoriamente el cumplimiento de las obligaciones respectivas.
Si resultare que dos o más proposiciones son solventes porque reúnen las condiciones antes señaladas, el contrato se adjudicará a quien presente la proposición que resulte económicamente más conveniente para el Estado, que será aquella que otorgue mayor certeza en la ejecución y conclusión de los trabajos que pretendan contratarse, por asegurar las mejores condiciones de contratación en cuanto a precio, calidad, y oportunidad.
Para tales efectos, la adjudicación del contrato a la proposición que hubiera ofertado el precio más bajo. En caso de empate entre los licitantes cuyas proposiciones resulten solventes, la adjudicación del contrato se efectuará a favor del licitante que resulte ganador del sorteo manual por insaculación que realice el INR en el propio acto de fallo, el cual consistirá en depositar en una urna transparente los boletos con el nombre de cada licitante empatado, de la que se extraerá en primer lugar el boleto del licitante ganador y, posteriormente, los demás boletos de los licitantes que resultaron empatados, con lo que se determinarán los subsecuentes lugares que ocuparán tales proposiciones.
17 DESECHAMIENTO DE PROPOSICIONES
El INR desechará las proposiciones que hubieren omitido total o parcialmente alguno de los requisitos exigidos en los subcapítulos 13 y 14, correspondientes a la presentación tanto de la Documentación Diferente a la Técnica y a la Económica, como de la Proposición Técnica y Económica, en los términos indicados en dichos subcapítulos, para cada uno de los requisitos mencionados; así como algún otro documento requerido en la convocatoria de Invitación a cuando menos tres personas.
Con independencia de lo arriba indicado, en particular, se hace énfasis en que se desecharan las proposiciones de los participantes que observen alguno de los siguientes supuestos:
1. La falta de información o documentos requeridos en la convocatoria que imposibilite determinar su solvencia.
2. Que se compruebe de que algún licitante ha acordado con otro u otros elevar el costo de los trabajos, o cualquier otro acuerdo que tenga como fin obtener una ventaja sobre los demás licitantes.
3. La falta de presentación de los escritos o manifestaciones bajo protesta de decir verdad, por incumplir las disposiciones jurídicas que los establecen.
4. El incumplimiento de las condiciones legales, técnicas y económicas respecto de las cuales se hayan establecidas expresamente en la convocatoria a esta invitación a cuando menos tres personas que afecten la solvencia de la proposición. Se acredite fehacientemente con la documentación idónea que la información o documentación proporcionada por los licitantes es falsa. La ubicación del licitante en alguno de los supuestos señalados en los artículos 31, fracción XXIII, 51 y 78, penúltimo párrafo de la ley.
5. Cuando el proponente o su representante no firmen de manera autógrafa los documentos de la propuesta, señalados como obligatorios en esta convocatoria.
6. Que el programa de ejecución de los trabajos no corresponda al plazo establecido por el INR.
7. Que los programas específicos cuantificados y calendarizados de suministros y utilización no sean congruentes con el programa calendarizado de ejecución general de los trabajos.
8. Que los programas de suministro y utilización de materiales, mano de obra y no sean congruentes con los consumos y rendimientos considerados por el licitante y en el procedimiento constructivo a realizar.
9. Que en el consumo del material por unidad de medida, determinado por el licitante para el concepto de trabajo en que intervienen, no se consideren los desperdicios, mermas y, en su caso, los usos de acuerdo con la vida útil del material de que se trate.
10. Que las características, especificaciones y calidad de los materiales no sean las requeridas en las normas de calidad y especificaciones generales y particulares de construcción establecidas por el INR.
11. Que los rendimientos de la mano de obra considerados no se encuentren dentro de los márgenes razonables y propuesto por el licitante.
12. Que no se hayan considerado trabajadores de la especialidad requerida para la ejecución de los conceptos más significativos.
13. Que los precios a costo directo de los insumos propuestos por el licitante no sean aceptables, es decir, que no sean menores, iguales o no rebasen considerablemente el presupuesto de obra elaborado previamente por la convocante como parte del proyecto ejecutivo. Que en su presupuesto no haya considerado las condiciones vigentes en el mercado.
14. Del presupuesto de obra que en todos y cada uno de los conceptos que lo integran no se establezca el importe del precio unitario.
15. Que el análisis, cálculo e integración de los precios unitarios, no se haya realizado de acuerdo con lo establecido en el Reglamento.
16. Que los análisis de los precios unitarios no estén estructurados con costos directos, indirectos, de financiamiento, cargo por utilidad y cargos adicionales.
17. En los precios unitarios que los costos directos no se integren con los correspondientes a materiales, equipos de instalación permanente, mano de obra, maquinaria y equipo de construcción.
18. En los precios unitarios que los precios básicos de adquisición de los materiales considerados en los análisis correspondientes no se encuentren dentro de los parámetros de precios vigentes en el mercado.
19. En los precios unitarios que los costos básicos de la mano de obra no se hayan obtenido aplicando los factores xx xxxxxxx real a los sueldos y salarios de los técnicos y trabajadores, conforme a lo previsto en el Reglamento.
20. En los precios unitarios que el cargo por el uso de herramienta menor no se encuentre incluido.
21. Que los análisis de costos directos no se hayan estructurado y determinado de acuerdo con lo previsto en el Reglamento.
22. En los costos directos que los costos de los materiales considerados por el licitante no sean congruentes con la relación de los costos básicos y con las normas de calidad especificadas en la convocatoria.
23. En los costos directos que los costos de la mano de obra considerados por el licitante no sean congruentes con el tabulador de los salarios y con los costos reales que prevalezcan en la zona donde se ejecutarán los trabajos.
24. Que los análisis de costos indirectos no se hayan estructurado y determinado de acuerdo con lo previsto en el Reglamento.
25. De los indirectos que el análisis no se haya valorizado y desglosado por conceptos con su importe correspondiente, anotando el monto total y su equivalente porcentual sobre el monto del costo directo.
26. Que para el análisis de los costos indirectos no se hayan considerado adecuadamente los correspondientes a las oficinas centrales del licitante, los que comprenderán únicamente los necesarios para dar apoyo técnico y administrativo a la superintendencia del contratista encargado directamente de los trabajos y los de campo necesarios para la dirección, supervisión y administración de la obra.
27. Que en los indirectos si se haya incluido algún cargo que, por sus características o conforme a la convocatoria, deba pagarse aplicando un precio unitario específico.
28. Del análisis, cálculo e integración del costo financiero que los ingresos por concepto del o los anticipos que le serán otorgados al contratista, durante el ejercicio del contrato y del pago de las estimaciones, no consideren la periodicidad y su plazo de trámite y pago, deduciendo del monto de las estimaciones la amortización de los anticipos.
29. Que el costo del financiamiento no esté representado por un porcentaje de la suma de los costos directos e indirectos.
30. Del financiamiento que la tasa de interés aplicable no esté definida con base en un indicador económico específico.
31. Que el costo del financiamiento no sea congruente con el programa de ejecución valorizado con montos mensuales.
32. Que la mecánica para el análisis y cálculo del costo por financiamiento empleada por el licitante no sea congruente con lo que se establezca en la convocatoria.
33. Que el cargo por utilidad fijado por el licitante no se encuentre de acuerdo a lo previsto en el Reglamento.
34. Que el importe total de la proposición no sea congruente con todos los documentos que la integran.
35. Que los programas específicos de erogaciones de materiales, mano deobra, no sean congruentes con el programa de erogaciones de la ejecución general de los trabajos.
36. Que en los análisis detallados de precios unitarios hagan intervenir destajos ó lotes por concepto de mano de obra, materiales y equipo.
37. Que no contenga la totalidad de los análisis detallados de precios unitarios solicitados por el INR.
38. El no cotizar la totalidad de los conceptos señalados o modificar el catálogo, en conceptos o cantidades o unidades.
39. El incumplimiento a alguno de los requisitos establecidos en la junta de aclaraciones.
18 GARANTÍAS
18.1 DEL ANTICIPO
Para la realización de los trabajos, el INR otorgará un anticipo del 30 % respecto del monto de la asignación presupuestaria aprobada al contrato en el ejercicio de que se trate, para que el contratista realice en el sitio de los trabajos la construcción de sus oficinas, almacenes, bodegas e instalaciones y, en su caso, para los gastos de traslado de la maquinaria y equipo de construcción e inicio de los trabajos; así como, para la compra y producción de materiales de construcción, la adquisición de equipos que se instalen permanentemente y demás insumos que deberán otorgar. Dicho anticipo deberá ser considerado obligatoriamente por los licitantes para la determinación del costo financiero de su proposición.
El contratista garantizara el 100 % del importe, incluyendo el IVA, que por concepto de anticipo se le otorgue de conformidad con lo pactado en el contrato respectivo, y conforme a las siguientes condiciones:
18.1.1. Se constituirá mediante fianza expedida por institución legalmente autorizada, de conformidad con la Ley de la materia, cuya póliza deberá ajustarse a los requisitos que establezca la ley en la materia.
18.1.2. El licitante ganador deberá entregar la fianza de anticipo el día 28 xx xxxxx de 2013, en un horario de 9:00 a 15:00 y 17:00 a 19:00 horas, en la Subdirección de Asuntos Jurídicos del INR, en el tercer nivel, cuerpo VI, del INR, ubicado en Xxxxxxx Xxxxxx- Xxxxxxxxxx Xx. 000, Xxx. Xxxxxx xx Xxxxxxxxx, Código Postal 14389, Delegación Tlalpan, Distrito Federal.
18.1.3. La fianza se otorgará atendiendo a todas las estipulaciones contenidas en el contrato.
18.1.4. La fianza estará vigente hasta la total amortización del anticipo otorgado.
18.2 DE CUMPLIMIENTO Y VICIOS OCULTOS
La contratista ganadora deberá entregar la fianza de cumplimiento por el 10% del monto total del contrato, el día 28 xx xxxxx de 2013, en un horario de 9:00 a 15:00 y 17:00 a 19:00 horas, en la Subdirección de Asuntos Jurídicos del INR, en el tercer nivel, cuerpo VI, del INR, ubicado en Xxxxxxx Xxxxxx-Xxxxxxxxxx Xx. 000, Xxx. Xxxxxx xx Xxxxxxxxx, Código Postal 14389, Delegación Tlalpan, Distrito Federal.
La fianza se otorgará atendiendo a todas las estipulaciones contenidas en el contrato.
Que para cancelar la fianza será requisito contar con el acta administrativa de extinción de derechos y obligaciones, o bien, el finiquito y, en caso de existir saldo a cargo del contratista, la liquidación correspondiente.
La fianza permanecerá vigente durante el cumplimiento de la obligación que garantice y continuará vigente en caso de que se otorgue prorroga al cumplimiento del contrato, así como durante la substanciación de todos los recursos legales o de los juicios que se interpongan y hasta que de dicte resolución definitiva que quede firme.
Concluidos los trabajos, el contratista quedará obligado a responder de los defectos que resultaren en los mismos, de los vicios ocultos y de cualquier otra responsabilidad en que hubiere incurrido, en los términos señalados en el contrato respectivo y en la legislación aplicable.
Los trabajos se garantizaran durante un plazo de doce meses por el incumplimiento de las obligaciones a que se refiere el párrafo anterior, por lo que previamente a al recepción de los trabajos, los contratistas, a su elección, deberán constituir fianza por el equivalente al 10% del monto total ejercido de los trabajos; Esta garantía, se cancelará una vez transcurridos doce meses, contados a partir de la fecha del acta recepción física de los trabajo, siempre que durante ese periodo no haya surgido una responsabilidad a cargo del contratista.
19 CARGOS ADICIONALES
Los cargos adicionales se aplicarán al importe resultante después del cargo por utilidad, conforme al ejemplo hipotético asociado al (Anexo PE9).
La aplicación de los cargos adicionales se realizará mediante una retención del 5 al millar para la Secretaría de la Función Pública, la cual se aplicará en las estimaciones que se presenten.
20 LUGAR Y FORMA DE PAGO
El monto a pagar por los trabajos objeto del presente contrato se calculará mediante la presentación de estimaciones, con períodos no mayores a 30 días, mismas que deberán presentarse en la residencia de obra del INR, quien cuenta con un plazo de quince días para efectuar la revisión y autorización, dichas estimaciones deberán presentarse acompañadas de la documentación que acredite la procedencia de su pago.
las facturas por estimaciones de trabajos ejecutados, se pagarán dentro de un plazo no mayor a 20 (veinte) días naturales, posteriores a la presentación de su facturación debidamente requisitada.
21 AJUSTE DE COSTOS
El ajuste de costos se llevara a cabo mediante el procedimiento de la revisión de cada uno de los precios unitarios del contrato, la aplicación de dicho procedimiento de ajuste de costos se sujetará a los requisitos establecidos en el artículo 58 del REGRAMENTO.
22 PENAS CONVENCIONALES
Las penas convencionales se aplicarán por atrasos en el cumplimiento de las fechas establecidas en el programa general de ejecución de los trabajos, así como por el atraso en el cumplimiento en la fecha de terminación de los trabajos pactada en el contrato. Lo anterior, sin perjuicio de que el INR opte por la rescisión del contrato.
Las penas convencionales únicamente procederán cuando ocurran causas imputables al contratista; la determinación del atraso se realizará con base en las fechas parciales o de terminación, fijadas en el programa de ejecución general de los trabajos convenido. No dará lugar a la aplicación xx xxxxx convencionales, el período en el cual se presente un caso fortuito o fuerza mayor durante la ejecución de trabajos.
Las penas convencionales se aplicarán considerando los ajustes de costos, sin aplicar el Impuesto al Valor Agregado, considerando para el cálculo de las mismas, el avance en la ejecución de los trabajos conforme a la fecha xx xxxxx para el pago de estimaciones pactada en el contrato.
22.1 Por atrasos en el cumplimiento de las fechas establecidas en el programa general de ejecución de los trabajos, se aplicará una retención del 1% (uno por ciento) mensual sobre la diferencia
acumulada que exista entre lo que debió ejecutar y lo realmente ejecutado; se aplicará a la estimación que se encuentre en proceso en la fecha que se determine el atraso. El contratista podrá recuperar las retenciones en las siguientes estimaciones si regulariza los tiempos de atraso conforme al citado programa.
22.2 Las penas convencionales por atraso en el cumplimiento en la fecha de terminación de los trabajos pactada en el contrato, será de 3 al millar sobre el monto de la obra no ejecutada, por cada día de atraso.
Las penas convencionales en ningún caso podrán ser superiores, en su conjunto, al monto de la garantía de cumplimiento.
23 INCONFORMIDADES
El licitante que así lo decida, y conforme a lo señalado en el artículo 84 de la Ley, podrán interponer su inconformidad ante la Secretaría de la Función Pública por escrito en sus oficinas ubicadas en Xx. Xxxxxxxxxxx Xxx Xx. 0000, Xxx. Xxxxxxxxx Xxx, X.X. 00000, Del, Xxxxxx Xxxxxxx, México, D.F. o a través de Compranet, por actos del procedimiento de contratación que contravengan las disposiciones que rigen las materias objeto de la Ley.
24 DEVOLUCION DE PROPUESTAS
Las propuestas desechadas durante la Invitación a cuando menos tres personas pública, serán devueltas a los licitantes que lo soliciten, una vez transcurridos sesenta días naturales contados a partir de la fecha en que se dé a conocer el fallo respectivo, salvo que exista alguna inconformidad en trámite, en cuyo caso las propuestas las conservará el INR hasta la total conclusión de la inconformidad e instancias subsecuentes; agotados dichos términos, el INR procederá a su devolución y/o destrucción.
Los licitantes que lo soliciten en los términos establecidos en el párrafo anterior, lo podrán hacer mediante escrito dirigido a la titular de la Dirección de Administración, Dra. Xxxxxxxx Xxxxxxx Xxxxx, cuyas oficinas se ubican en el tercer nivel del cuerpo VI del INR, ubicado en Xxxxxxx Xxxxxx- Xxxxxxxxxx Xx. 000, Xxx. Xxxxxx xx Xxxxxxxxx, Código Postal 14389, Delegación Tlalpan, Distrito Federal.
En los supuestos a que se refiere el último párrafo del artículo 74 de la ley, los licitantes contaran con un plazo de hasta treinta días naturales contados a partir de la conclusión de los términos señalados en dicho precepto legal para solicitar la devolución de sus proposiciones desechadas; transcurrido dicho plazo, sin que se hubiere realizado solicitud alguna, la convocante podrá destruirlas.
25 CONTENIDO DEL ANEXO TÉCNICO
LOS INTERESADOS EN ADQUIRIR EL ANEXO TECNICO DIRECTAMENTE EN LAS INSTALACIONES DEL INR, DEBERÁN ACUDIR A LA SUBDIRECCIÓN DE CONSERVACIÓN Y MANTENIMIENTO, EN LA PLANTA BAJA DEL CUERPO VIII DEL INR, UBICADO EN XXXXXXX XXXXXX-XXXXXXXXXX XX. 000, XXX. XXXXXX XX XXXXXXXXX, XXXXXX XXXXXX 00000, XXXXXXXXXX XXXXXXX, XXXXXXXX XXXXXXX.
ANEXOS
MODELO DE DOCUMENTOS
ANEXO 1
Anexo técnico
(CONSULTAR EN ARCHIVO MAGNÉTICO)
El Anexo Técnico, está conformado por los Planos y catalogo de conceptos, conforme a lo siguiente.
PROYECTO EJECUTIVO | |
CLAVE | DESCRIPCIÓN: |
PB1N EA 01 | ESTADO ACTUAL |
PB1N AQ 01 | ARQUITECTONICO |
PB1N DEM 01 | DEMOLICIONES |
PB1N AL 01 | ALBAÑILERIAS |
PB1N ASO 01 | ACABADOS |
PB1N ACA 01 | CARPINTERÍAS |
PB1N ACA 02 | CARPINTERÍAS |
PB AE 01 | ACOMETIDA ELECTRICA |
PB1N IEA 01 | INSTALACION ELECTRICA DE ALUMBRADO |
PB1N IEC 01 | INSTALACION ELECTRICA DE CONTACTOS |
PB IH 01 | INSTALACION HIDRAULICA |
1N IH 02 | INSTALACION HIDRAULICA |
PB ISA 01 | INSTALACION SANITARIA |
1N ISA 02 | INSTALACION SANITARIA |
PB1N IVD 01 | INSTALACION DE VOZ Y DATOS |
CATALOGO DE CONCEPTOS |
ANEXO 2 FORMATO DE ACLARACIÓN DE LA CONVOCATORIA
PREFERENTEMENTE EN PAPEL MEMBRETADO DEL LICITANTE.
INVITACIÓN A CUANDO MENOS TRES PERSONAS No. Consistente en
México, D.F., a de de 20
INSTITUTO NACIONAL DE REHABILITACIÓN DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN
SUBDIRECCIÓN DE CONSERVACIÓN Y MANTENIMIENTO PRESENTE.
Por medio de la presente, nos permitimos solicitar al Instituto Nacional de Rehabilitación, la aclaración de las siguientes dudas:
a).- De carácter administrativo
Preguntas | Respuestas |
b).- De carácter técnico
Preguntas | Respuestas |
c).- De carácter legal
Preguntas | Respuestas |
Atentamente
Nombre del representante legal
Cargo en la empresa Firma
Nota 2: La procedencia de esta solicitud, de aclaraciones, dudas o cuestionamientos en relación con la convocatoria, obligatoriamente debe estar acompañada del documento del ANEXO 3.
ANEXO 3 FORMATO DE ACLARACIÓN DE LA CONVOCATORIA
PREFERENTEMENTE EN PAPEL MEMBRETADO DEL LICITANTE.
INVITACIÓN A CUANDO MENOS TRES PERSONAS No. Consistente en
México, D.F., a de de 20
INSTITUTO NACIONAL DE REHABILITACIÓN DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN
SUBDIRECCIÓN DE CONSERVACIÓN Y MANTENIMIENTO PRESENTE.
Por medio de la presente, nos permitimos expresar nuestro interés en participara en la invitación a cuando menos tres personas, por si o por mi representada , para lo cual y con apego a la ley de obras públicas y su reglamento, proporciono la siguiente información:
a) Del licitante:
Registro Federal de Contribuyentes:
Nombre y domicilio:
En su caso, los de su apoderado o representante:
Tratándose de personas xxxxxxx:
La descripción del objeto social de la empresa, identificando los datos de las escrituras públicas y, de haberlas, sus reformas y modificaciones, con las que acredita la existencia legal de las personas xxxxxxx, así como el nombre de los socios.
b) Del representante legal del licitante:
Datos de las escrituras públicas en las que le fueron otorgadas las facultades de representación. Identificación oficial.
Atentamente
Nombre del representante legal
Cargo en la empresa Firma
ANEXO 4 RELACIÓN DE ENTREGA DE DOCUMENTACIÓN.
No. | Documentos | Sí | No | ||
1 | D1 Domicilio para oír y recibir todo tipo de notificaciones | ||||
2 | D2 Los estudios, planes o programas que previamente hayan realizado | ||||
3 | D3 Nacionalidad del licitante | ||||
4 | D4 No encuentra en los supuestos que establecen los artículos 51 y 78 de la Ley | ||||
5 | D5 Acreditamiento de la personalidad. | ||||
6 | D6 Que el representante legal cuenta con facultades suficientes para comprometerse por sí o por su representada. | ||||
7 | D7 Formato de estratificación. | ||||
8 | D8 Copia simple por ambos lados de la identificación oficial vigente. | ||||
9 | D9 Integridad del licitante | ||||
10 | PT1 Conocer el sitio de la realización de los trabajos | ||||
11 | PT2 Curriculum del Superintendente | ||||
12 | PT3 Manifestación de la parte de la obra que subcontratara el licitante | ||||
13 | PT4 Que no cotiza en condiciones de practicas desleales | ||||
14 | PE1 Precios Unitarios | ||||
15 | PE2 Listado de insumos | ||||
16 | PE3 Calculo del factor xx xxxxxxx real | ||||
17 | PE4 Comprobante del factor de riesgo | ||||
18 | PE5 Tabulador de salarios | ||||
19 | PE6 Calculo de costo indirecto | ||||
20 | PE7 Calculo costo por financiamiento | ||||
21 | PE8 Utilidad propuesta | ||||
22 | PE9 Cargos adicionales | ||||
23 | PE10 Relación de básicos | ||||
24 | PE11 Catalogo de conceptos. | ||||
25 | PE12 Programa de ejecución de los trabajos | ||||
26 | PE13 Programa de mano de obra | ||||
27 | PE14 Programa de materiales | ||||
28 | PE15 Programa del personal técnico |
ENTREGO DOCUMENTACION RECIBIÓ DOCUMENTACIÓN
(NOMBRE Y FIRMA) (NOMBRE Y FIRMA)
ANEXO D 1
(PAPEL MEMBRETADO DEL LICITANTE)
México, D. F., a de de .
INSTITUTO NACIONAL DE REHABILITACIÓN DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN
SUBDIRECCIÓN DE CONSERVACIÓN Y MANTENIMIENTO PRESENTE.
Me refiero a la INVITACIÓN A CUANDO MENOS TRES PERSONAS CON CARÁCTER
NACIONAL N° , relativa a la contratación de obra pública a precios unitarios y tiempo determinado consistente en:
_
Ubicación de la obra
Sobre el particular manifiesto a usted, que el domicilio de (NOMBRE DEL LICITANTE) para oír y recibir todo tipo de notificaciones que resulten de los contratos y convenios que celebremos de conformidad con la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas y su Reglamento, será el manifestado como domicilio convencional para practicar toda clase de notificaciones, mientras no se señale uno distinto (con base en el artículo 42 del RLOPSRM), es el siguiente:
Calle:
Número exterior: (interior, piso, despacho etc.) Localidad o colonia:
Delegación o municipio:
Código postal:
Entidad Federativa y País:
Telefono/Fax:
Correo electrónico:
A T E N T A M E N T E
NOMBRE / O DENOMINACIÓN SOCIAL / O NOMBRE Y FIRMA DEL REPRESENTANTE
RAZÓN SOCIAL DEL LICITANTE LEGAL
ANEXO D 2
(PAPEL MEMBRETADO DEL LICITANTE)
México, D. F., a
de
de .
INSTITUTO NACIONAL DE REHABILITACIÓN DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN
SUBDIRECCIÓN DE CONSERVACIÓN Y MANTENIMIENTO PRESENTE.
Me refiero a la INVITACIÓN A CUANDO MENOS TRES PERSONAS CON CARÁCTER
NACIONAL N° , relativa a la contratación de obra pública a precios unitarios y tiempo determinado consistente en:
Ubicación de la obra
Sobre el particular, manifiesto a usted bajo protesta de decir verdad, que los estudios, planes o programas que previamente hayamos realizado, incluyen supuestos, especificaciones e información verídica y se ajustan a los requerimientos reales de la obra a ejecutar, así como que, en su caso, se consideran costos estimados apegados a las condiciones xxx xxxxxxx.
En el caso de que la manifestación se haya realizado con falsedad, es de nuestro conocimiento que seremos sancionados conforme al Título Sexto de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas.
A T E N T A M E N T E
NOMBRE / O DENOMINACIÓN SOCIAL / O RAZÓN SOCIAL DEL LICITANTE
NOMBRE Y FIRMA DEL REPRESENTANTE LEGAL
ANEXO D3
(PAPEL MEMBRETADO DEL LICITANTE)
México, D. F., a
de
de .
INSTITUTO NACIONAL DE REHABILITACIÓN DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN
SUBDIRECCIÓN DE CONSERVACIÓN Y MANTENIMIENTO PRESENTE.
Me refiero a la INVITACIÓN A CUANDO MENOS TRES PERSONAS CON CARÁCTER
NACIONAL N° , relativa a la contratación de obra pública a precios unitarios y tiempo determinado consistente en:
Ubicación de la obra
Sobre el particular, manifiesto a usted bajo protesta de decir verdad, que soy de nacionalidad mexicana (Art 36 LOPSRM).
A T E N T A M E N T E
NOMBRE / O DENOMINACIÓN SOCIAL / O RAZÓN SOCIAL DEL LICITANTE
NOMBRE Y FIRMA DEL REPRESENTANTE LEGAL
ANEXO D 4
(PAPEL MEMBRETADO DEL LICITANTE)
México, D. F., a
de
de .
INSTITUTO NACIONAL DE REHABILITACIÓN DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN
SUBDIRECCIÓN DE CONSERVACIÓN Y MANTENIMIENTO PRESENTE.
Me refiero a la INVITACIÓN A CUANDO MENOS TRES PERSONAS CON CARÁCTER
NACIONAL N° , relativa a la contratación de obra pública a precios unitarios y tiempo determinado consistente en:
Ubicación de la obra
Sobre el particular, manifiesto a usted bajo protesta de decir verdad, que (NOMBRE DEL LICITANTE) no se encuentra en los supuestos que establecen los artículos 51 y 78 de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas.
A T E N T A M E N T E
ANEXO D 5
(PAPEL MEMBRETADO DEL LICITANTE)
México, D. F., a
de
de .
INSTITUTO NACIONAL DE REHABILITACIÓN DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN
SUBDIRECCIÓN DE CONSERVACIÓN Y MANTENIMIENTO PRESENTE.
Me refiero a la INVITACIÓN A CUANDO MENOS TRES PERSONAS CON CARÁCTER NACIONAL N°
, relativa a la contratación de obra pública a precios unitarios y tiempo determinado consistente en:
Ubicación de la obra
Sobre el particular, manifestamos bajo protesta de decir verdad, que los datos que enseguida se detallan, son ciertos y han sido debidamente verificados, así como que nuestro representante legal cuenta con facultades suficientes para comprometerse por sí o por su representada.
a) Del licitante:
Registro Federal de Contribuyentes.
Nombre y domicilio, en su caso los de su apoderado o representante.
Tratándose de personas xxxxxxx:
La descripción del objeto social de la empresa.
Los datos de las escrituras públicas.
Sus reformas y modificaciones con la que se acredite la existencia legal de las personas xxxxxxx.
Nombre de los socios.
b) Del representante legal del licitante:
Datos de la escritura pública en las que le fueron otorgadas las facultades de representación.
Anexar copia de su identificación oficial.
A T E N T A M E N T E
ANEXO D6
CONTAR CON FACULTADES SUFICIENTES PARA COMPROMETERSE
“EN PAPEL MEMBRETADO DE LA EMPRESA”
INSTITUTO NACIONAL DE REHABILITACIÓN DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN
SUBDIRECCIÓN DE CONSERVACIÓN Y MANTENIMIENTO PRESENTE.
México, D. F., a
de
de .
Me refiero a la INVITACIÓN A CUANDO MENOS TRES PERSONAS CON CARÁCTER NACIONAL N°
, relativa a la contratación de obra pública a precios unitarios y tiempo determinado consistente en:
Ubicación de la obra
Sobre el particular, manifiesto bajo protesta de decir verdad, que cuento con facultades suficientes para comprometerme por sí o por mi representada.
ATENTAMENTE
NOMBRE / O DENOMINACIÓN SOCIAL / O RAZÓN SOCIAL DEL LICITANTE
NOMBRE Y FIRMA DEL REPRESENTANTE LEGAL
ANEXO D7
FORMATO DE ESTRATIFICACIÓN
PREFERENTEMENTE EN PAPEL MEMBRETADO DEL LICITANTE.
FORMATO PARA LA MANIFESTACIÓN QUE DEBERÁN PRESENTAR LOS LICITANTES QUE PARTICIPEN EN LOS PROCEDIMIENTOS DE CONTRATACIÓN PARA DAR CUMPLIMIENTO A LO DISPUESTO EN LOS LINEAMIENTOS PARA FOMENTAR LA PARTICIPACIÓN DE LAS MICRO, PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS EN LOS PROCEDIMIENTOS DE CONTRATACIÓN DE OBRAS Y SERVICIOS RELACIONADOS CON LAS MISMAS, ASÍ COMO LA CONTRATACIÓN DE SERVICIOS QUE REALICEN LAS DEPENDENCIAS Y ENTIDADES DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA FEDERAL.
INSTITUTO NACIONAL DE REHABILITACIÓN DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN
SUBDIRECCIÓN DE CONSERVACIÓN Y MANTENIMIENTO PRESENTE.
México, D. F., a de de .
Me refiero a la INVITACIÓN A CUANDO MENOS TRES PERSONAS CON CARÁCTER NACIONAL N° ,
relativa a la contratación de obra pública a precios unitarios y tiempo determinado consistente en:
Sobre el particular, y en los términos de lo previsto por los “Lineamientos para fomentar la participación de las micro, pequeñas y medianas empresas en los procedimientos de adquisición y arrendamiento de bienes muebles, así como la contratación de servicios que realicen las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal”, declaro bajo protesta de decir verdad, que mi representada pertenece al sector (6) , cuenta con (7) empleados de planta registrados ante el imss y con (8) personas subcontratadas y que el monto de las ventas anuales de mi representada es de (9) obtenido en el ejercicio fiscal correspondiente a la última declaración anual de impuestos federales. Considerando lo anterior, mi representada se encuentra en el rango de un empresa (10), atendiendo a lo siguiente:
TAMAÑO (10) | SECTOR (6) | RANGO DE NÚMERO DE TRABAJADORES (7) + (8) | RANGO DE MONTO DE VENTAS ANUALES (MDP) (9) | TOPE MÁXIMO COMBINADO * | |||
MICRO | TODAS | HASTA 10 | HASTA $4 | 4.6 | |||
PEQUEÑA | COMERCIO | DESDE 11 HASTA 30 | DESDE $100 | $4.01 | HASTA | 93 | |
INDUSTRIA SERVICIOS | Y | DESDE 11 HASTA 50 | DESDE $100 | $4.01 | HASTA | 95 | |
MEDIANA | COMERCIO | DESDE 31 HASTA 100 | DESDE $100.01 HASTA $250 | 235 | |||
SERVICIOS | DESDE 51 HASTA 100 | ||||||
INDUSTRIA | DESDE 51 HASTA 250 | DESDE $100.01 HASTA 250 | 250 |
* TOPE MÁXIMO COMBINADO = (TRABAJADORES) X 10% + (VENTAS ANUALES X 90%
(7) Y (8) EL NÚMERO DE TRABAJADORES SERÁ EL QUE RESULTE DE LA SUMATORIA DE LOS PUNTOS (7) Y (8)
(10) EL TAMAÑO DE LA EMPRESA SE DETERMINARÁ A PARTIR DEL PUNTAJE OBTENIDO CONFORME A LA SIGUIENTE FÓRMULA: PUNTAJE DE LA EMPRESA = (NÚMERO DE TRABAJADORES) X 10% + (MONTO DE VENTAS ANUALES) X 90% EL CUAL DEBE SER IGUAL O MENOR AL TOPE MÁXIMO COMBINADO DE SU CATEGORÍA.
Asimismo, manifiesto, bajo protesta de decir verdad, que el registro federal de contribuyentes de mi representada es: (11) y que el registro federal de contribuyentes del (os) fabricantes(s) de los Bienes que integran mi oferta, es (son) (12).
ATENTAMENTE
NOMBRE / O DENOMINACIÓN SOCIAL / O RAZÓN SOCIAL DEL LICITANTE
NOMBRE Y FIRMA DEL REPRESENTANTE LEGAL
ANEXO D8
COPIA SIMPLE POR AMBOS LADOS DE LA IDENTIFICACIÓN OFICIAL VIGENTE.
ANEXO D 9
DECLARACIÓN DE INTEGRIDAD
México, D. F., a
de
de .
INSTITUTO NACIONAL DE REHABILITACIÓN DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN
SUBDIRECCIÓN DE CONSERVACIÓN Y MANTENIMIENTO PRESENTE.
Me refiero a la INVITACIÓN A CUANDO MENOS TRES PERSONAS CON CARÁCTER
NACIONAL N° , relativa a la contratación de obra pública a precios unitarios y tiempo determinado consistente en:
Ubicación de la obra
Sobre el particular, manifiesto que (NOMBRE DEL LICITANTE) por si mismos, o a través de interpósita persona, me abstengo de adoptar conductas para que los servidores públicos de EL INSTITUTO NACIONAL DE REHABILITACIÓN, induzcan o alteren las evaluaciones de las proposiciones, el resultado del procedimiento u otros aspectos que otorguen condiciones más ventajosas con relación a los demás participantes. (Con base en el artículo 31 fracción XXXI de LA Ley).
A T E N T A M E N T E
NOMBRE / O DENOMINACIÓN SOCIAL / O RAZÓN SOCIAL DEL LICITANTE
NOMBRE Y FIRMA DEL REPRESENTANTE LEGAL
ANEXO PT1
México, D.F., a
de
de .
INSTITUTO NACIONAL DE REHABILITACIÓN DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN
SUBDIRECCIÓN DE CONSERVACIÓN Y MANTENIMIENTO PRESENTE.
Me refiero a la INVITACIÓN A CUANDO MENOS TRES PERSONAS CON CARÁCTER
NACIONAL N° , relativa a la contratación de la obra pública a precios unitarios y tiempo determinado consistente en:
Ubicación de la obra
como representante legal en su caso) del licitante:
. Manifiesto bajo protesta de decir verdad de conocer el sitio de la realización de los trabajos y sus condiciones ambientales; de haber considerado las normas de calidad de los materiales y las especificaciones generales y particulares de construcción que el INR les hubiere proporcionado y/o especificado, así como de haber considerado en la integración de la proposición, los materiales y equipos de instalación permanente que, en su caso, le proporcionara el INR y el propio programa de suministro correspondiente.
A T E N T A M E N T E
NOMBRE / O DENOMINACIÓN SOCIAL / O RAZÓN SOCIAL DEL LICITANTE
NOMBRE Y FIRMA DEL REPRESENTANTE LEGAL
ANEXO PT2
CURRÍCULUM DEL
SUPERINTENDENTE ARQUITECTO, QUE
EJERCICIO DE SU
DE OBRA,
INGENIERO CIVIL O
EXPERIENCIA EN EL
DEMUESTRE
PROFESIÓN,
QUIEN ESTARÁ DE RESPONSABLE AL FRENTE DE LA
EJECUCIÓN DE ESTOS TRABAJOS.
ANEXO PT 3
(PAPEL MEMBRETADO DEL LICITANTE)
México, D.F., a
de
de .
INSTITUTO NACIONAL DE REHABILITACIÓN DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN
SUBDIRECCIÓN DE CONSERVACIÓN Y MANTENIMIENTO PRESENTE.
Me refiero a la INVITACIÓN A CUANDO MENOS TRES PERSONAS CON CARÁCTER
NACIONAL N° , relativa a la contratación de la obra pública a precios unitarios y tiempo determinado consistente en:
Ubicación de la obra
Sobre el particular, manifiesto a usted bajo protesta de decir verdad, que se subcontrataran la parte la obra objeto de la presente Invitación a cuando menos tres personas, conforme a la convocatoria. Los rubros siguientes:
. Para lo cual el licitante deberá proporcionar (anexar) la información siguiente que acredite la experiencia y capacidad técnica y económica de las personas que subcontrataran. (En base al artículo 44 fracción V del RLOPSRM)
A T E N T A M E N T E
NOMBRE / O DENOMINACIÓN SOCIAL / O RAZÓN SOCIAL DEL LICITANTE
NOMBRE Y FIRMA DEL REPRESENTANTE LEGAL
ANEXO PT4
(PAPEL MEMBRETADO DEL LICITANTE)
México, D. F., a
de
de .
INSTITUTO NACIONAL DE REHABILITACIÓN DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN
SUBDIRECCIÓN DE CONSERVACIÓN Y MANTENIMIENTO PRESENTE.
Me refiero a la INVITACIÓN A CUANDO MENOS TRES PERSONAS CON CARÁCTER
NACIONAL N° , relativa a la contratación de obra pública a precios unitarios y tiempo determinado consistente en:
Ubicación de la obra
Sobre el particular, manifiesto a usted bajo protesta de decir verdad, que los precios consignados en la propuesta presentada por (NOMBRE DEL LICITANTE), no se cotizan en condiciones de prácticas desleales de comercio internacional en su modalidad de discriminación de precios o de subsidios. Asimismo, en cumplimiento a lo que señala el Artículo 31 fracción XX, de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas, el porcentaje de contenido nacional del valor de la obra es de 50 %.
A T E N T A M E N T E
NOMBRE / O DENOMINACIÓN SOCIAL / O RAZÓN SOCIAL DEL LICITANTE
NOMBRE Y FIRMA DEL REPRESENTANTE LEGAL
ANEXO PE1
INVITACIÓN A CUANDO MENOS TRES PERSONAS CON CARACTER NACIONAL NÚMERO: RELATIVO A:
FECHA
CLAVE:
ANÁLISIS DE PRECIO UNITARIO
CONCEPTO:
UNIDAD: MATERIALES CANTIDAD: | ||||
DESCRIPCIÓN | UNIDAD | CANTIDAD | PRECIO | IMPORTE |
CARGO POR MATERIALES |
MANO DE OBRA
DESCRIPCIÓN | UNIDAD | CANTIDAD | PRECIO | IMPORTE |
CARGO POR MANO DE OBRA |
MAQUINARIA Y EQUIPO
DESCRIPCIÓN | UNIDAD | CANTIDAD | PRECIO | IMPORTE |
CARGO POR MÁQ. Y EQUIPO |
COSTO DIRECTO | ||
INDIRECTO | ( %) | |
SUBTOTAL | ||
FINANCIAMIENTO | ( %) | |
SUBTOTAL | ||
UTILIDAD | ( %) | |
SUBTOTAL | ||
CARGOS ADICIONALES | ( %) | |
SUBTOTAL | ||
PRECIO UNITARIO |
NOMBRE / O DENOMINACIÓN SOCIAL
/ O RAZÓN SOCIAL DEL LICITANTE
NOMBRE Y FIRMA DEL REPRESENTANTE LEGAL
INR
ANEXO PE1 Bis EJEMPLO HIPOTÉTICO
INVITACIÓN A CUANDO MENOS TRES PERSONAS CON CARACTER NACIONAL NÚMERO: RELATIVO A:
FECHA
ANÁLISIS DE PRECIO UNITARIO
CLAVE: 100 CONCEPTO: CONCEPTO 1
UNIDAD: MATERIALES CANTIDAD: | m3 | |||
1 | ||||
DESCRIPCIÓN | UNIDAD | CANTIDAD | PRECIO | IMPORTE |
Material 1 | m3 | 1.0 | 90 | 90 |
Material 2 | m3 | 1.0 | 10 | 10 |
CARGO POR MATERIALES 100 |
MANO DE OBRA
DESCRIPCIÓN | UNIDAD | CANTIDAD | PRECIO | IMPORTE |
Categoría 1 | jornada | 0.1 | 350 | 35 |
Categoría 2 | jornada | 0.1 | 350 | 35 |
CARGO POR MANO DE OBRA 70 |
MAQUINARIA Y EQUIPO
DESCRIPCIÓN | UNIDAD | CANTIDAD | PRECIO | IMPORTE |
Maquinaria 1 | Xx | 0 | 120 | 120 |
Maquinaria 2 | Hr | 0.1 | 100 | 10 |
CARGO POR MÁQ. Y EQUIPO 130 |
COSTO DIRECTO | 300 | |
INDIRECTO | (15 %) | 45 |
SUBTOTAL | 345 | |
FINANCIAMIENTO | (0.5 %) | 1.725 |
SUBTOTAL | 346.725 | |
UTILIDAD | (8 %) | 27.738 |
SUBTOTAL | 374.463 | |
CARGOS ADICIONALES | (0.5 %) | 1.872315 |
SUBTOTAL | 376.335315 | |
PRECIO UNITARIO | 376.335315 |
NOMBRE / O DENOMINACIÓN SOCIAL
/ O RAZÓN SOCIAL DEL LICITANTE
NOMBRE Y FIRMA DEL REPRESENTANTE LEGAL
INR
ANEXO PE2
INVITACIÓN A CUANDO MENOS TRES PERSONAS CON CARACTER NACIONAL NÚMERO: RELATIVO A:
FECHA:
LISTA DE INSUMOS A UTILIZAR
CONCEPTO (BREVE DESCRIPCIÓN Y ESPECIFICACIONES TÉCNICAS) | CANTIDAD | UNIDAD | IMPORTE |
A. MATERIALES MÁS SIGNIFICATIVOS | |||
B. EQUIPO DE INSTALACIÓN PERMANENTE | |||
C. MANO DE OBRA | |||
X. XXXXXXXXXX Y EQUIPO DE CONSTRUCCIÓN | |||
NOMBRE Y FIRMA DEL REPRESENTANTE LEGAL
NOMBRE / O DENOMINACIÓN SOCIAL / O RAZÓN SOCIAL DEL LICITANTE
INSTITUTO NACIONAL DE REHABILITACIÓN
INVITACIÓN A CUANDO MENOS TRES PERSONAS CON CARÁCTER NACIONAL
No. IO-012NDF001-N1-2013 (INR/OP/01-13)
INR
ANEXO PE 3
INVITACIÓN A CUANDO MENOS TRES PERSONAS CON CARACTER NACIONAL NÚMERO: RELATIVO A:
FECHA:
CALCULO DEL FACTOR XX XXXXXXX REAL
CALCULO DEL FACTOR DE CONVERSION XXX XXXXXXX BASE A SALARIO REAL, DE ACUERDO A LA LEY DEL SEGURO SOCIAL VIGENTES A LA FECHA DE LA APERTURA DE LA PROPOSICION | |||||||||||||||||||
Clave | categoria | Salario tabulado (base nominal o cuota diara) | Factor xx xxxxxxx base de cotizacio n | Salario base de cotizació n | salario base de cotizacio n menos 3 SMGDF | SAR | INFO NAVI T | ENFERMEDAD Y MATERNIDAD | Invalide z y vida | Cesantí a en edad avanza da y vejez | Guarderías | Seguro riesgo del trabajo | Total de cuotas IMSS | Total cuotas IMSS/xxx xxxx base de cotizacio n (Ps) | (Tp/Tl) | Factor xx xxxxxxx real Ps (Tp/Tl)+T p/Tl | |||
Cuota Fija | Exc. 3 SMGD F | Prestac iones en dinero | Xxxxxx médico s pension ados | ||||||||||||||||
cuotas IMSS patronales | |||||||||||||||||||
cuotas IMSS asegurado | |||||||||||||||||||
Total cuotas IMSS | |||||||||||||||||||
Articulos Ley IMSS | |||||||||||||||||||
Nota: Las cuotas del IMSS deberán ser las vigentes a la fecha de apertura de la proposición.
NOMBRE / O DENOMINACIÓN SOCIAL / O RAZÓN SOCIAL DEL LICITANTE
NOMBRE Y FIRMA DEL REPRESENTANTE LEGAL
45
ANEXO PE4
COMPROBANTE ACTUALIZADO DEL FACTOR DE RIESGO DE TRABAJO AUTORIZADO POR EL INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL
ANEXO PE5
INVITACIÓN A CUANDO MENOS TRES PERSONAS CON CARACTER NACIONAL NÚMERO: RELATIVO A:
FECHA:
TABULADOR DE SALARIOS BASE DE MANO DE OBRA POR JORNADA DIURNA DE OCHO HORAS
CLAVE | ESPECIALIDAD | UNIDAD | SALARIO BASE | FACTOR XX XXXXXXX REAL | SALARIO REAL |
NOTA: EL LICITANTE DEBERÁ ENLISTAR TODAS LAS ESPECIALIDADES QUE INTERVIENEN EN LOS ANÁLISIS DE PRECIOS UNITARIOS
NOMBRE / O DENOMINACIÓN SOCIAL / O RAZÓN SOCIAL DEL LICITANTE
NOMBRE Y FIRMA DEL REPRESENTANTE LEGAL
ANEXO PE6
INVITACIÓN A CUANDO MENOS TRES PERSONAS CON CARACTER NACIONAL NÚMERO: RELATIVA A:
FECHA:
CÁLCULO E INTEGRACIÓN DE LOS COSTOS INDIRECTOS
CONCEPTOS | OFICINA CENTRAL $ | OFICINA DE CAMPO $ | ||
I. | HONORARIOS, XXXXXXX Y PRESTACIONES | |||
a. | PERSONAL DIRECTIVO | |||
b. | PERSONAL TÉCNICO | |||
c. | PERSONAL ADMINISTRATIVO | |||
d. | CUOTA PATRONAL IMSS E INFONAVIT | |||
e. | PRESTACIONES LFT PARA EL PERSONAL INCISOS a. b. y c. | |||
f. | PASAJES Y VIÁTICOS DEL PERSONAL INCISOS a. b. y c. | |||
g. | LOS QUE DERIVEN DE LA SUSCRIPCIÓN DE CONTRATOS DE | |||
TRABAJO, PERSONAL INCISOS a. b. y c. | ||||
SUBTOTAL I | $ | $ | ||
II. | DEPRECIACIÓN, MANTTO. Y RENTA | |||
a. | EDIFICIOS Y LOCALES | |||
b. | LOCALES DE MANTENIMIENTO Y GUARDA | |||
c. | BODEGA | |||
d. | INSTALACIONES GENERALES | |||
e. | EQUIPOS, MUEBLES Y ENSERES | |||
f. | DEPRECIACIÓN O RENTA, Y REPARACIÓN DE VEHÍCULOS | |||
g. | CAMPAMENTOS | |||
SUBTOTAL II | $ | $ | ||
III | SERVICIOS | |||
a. | CONSULTORES, ASESORES, SERVICIOS Y LABORATORIOS | |||
b. | ESTUDIO E INVESTIGACIONES | |||
SUBTOTAL III | $ | $ | ||
IV | FLETES Y ACARREOS | |||
a. | CAMPAMENTOS | |||
b. | EQUIPO DE CONSTRUCCIÓN | |||
c. | PLANTAS Y ELEMENTOS PARA INSTALACIONES | |||
d. | MOBILIARIO | |||
SUBTOTAL VI | $ | $ | ||
V | GASTOS DE OFICINA | |||
a. | PAPELERÍA Y ÚTILES DE ESCRITORIO | |||
b. | CORREO, FAX, TELÉFONOS, TELÉGRAFOS, RADIO | |||
c. | EQUIPOS DE COMPUTACIÓN | |||
d. | SITUACIÓN DE FONDOS | |||
e. | COPIAS Y DUPLICADOS | |||
f. | LUZ, GAS Y OTROS CONSUMOS | |||
G | GASTOS DE LA INVITACIÓN A CUANDO MENOS TRES PERSONAS | |||
SUBTOTAL V | $ | $ | ||
VI | CAPACITACIÓN Y ADIESTRAMIENTO | |||
SUBTOTAL VI | $ | $ | ||
VII | SEGURIDAD E HIGIENE | |||
SUBTOTAL VII | $ | $ | ||
VIII | SEGURIDAD Y FIANZAS | |||
a. | SEGUROS | |||
b. | FIANZAS | |||
SUBTOTAL VIII | $ | $ | ||
IX | TRABAJOS PREVIOS Y AUXILIARES | |||
a. | CONSTRUCCIÓN Y CONSERV DE CAMINOS DE ACCESO | |||
b. | MONTAJES Y DESMANTELAMIENTO DE EQUIPO | |||
c. | CONSTRUCCIÓN DE INSTALACIONES GENERALES | |||
1. DE CAMPAMENTOS | ||||
2. DE EQUIPO DE CONSTRUCCIÓN | ||||
3. DE PLANTAS Y ELEMENTOS PARA INSTALACIONES | ||||
SUBTOTAL IX | $ | $ | ||
TOTALES | $ | $ | ||
OF CENTRAL + OF CAMPO COSTO DIRECTO | = | x 100 = % |
NOMBRE / O DENOMINACIÓN SOCIAL / O RAZÓN SOCIAL DEL LICITANTE
NOMBRE Y FIRMA DEL REPRESENTANTE LEGAL
INSTITUTO NACIONAL DE REHABILITACIÓN
INVITACIÓN A CUANDO MENOS TRES PERSONAS CON CARÁCTER NACIONAL
No. IO-012NDF001-N1-2013 (INR/OP/01-13)
INR
ANEXO PE7
INVITACIÓN A CUANDO MENOS TRES PERSONAS CON CARACTER NACIONAL NÚMERO:
RELATIVO A:
FECHA:
ANÁLISIS, CÁLCULO E INTEGRACIÓN DEL COSTO POR FINANCIAMIENTO
IMPORTE DE LA PROPUESTA SIN I.V.A. $
M E S E S | |||||||||
CONCEPTO | … | … | … | … | … | … | TOTALES | ||
I.- INGRESOS (IMPORTE DE LA PROPUESTA) Anticipo % $ Importe de Estimaciones $ Amortización Anticipo $ TOTAL DE INGRESOS: (+) $ |
| ( ) | ( ) | ( ) | ( ) | ( ) | ( ) | ( ) | ( ) |
II.- EGRESOS ( COSTO DIRECTO + INDIRECTO ) Costos directos = C.D. A) Utilización Mano de Obra $ B) Adquisición de Materiales $ C) Utilización de maquinaria y Equipo $ Costos Indirectos = C.I. $ TOTAL DE EGRESOS: (-) $ | |||||||||
XXXXX XXXX ( I – II ) $ FLUJO ACUMULADO $ Gasto (-) ó producto (+) Financiero x Tasa de Interés(*) $ | |||||||||
*TASA DE INTERÉS MENSUAL % ACUMULADO NEGATIVO OBTENIDO EN ULTIMO MES DE LOS SERVICIOS X TASA DE INTERÉS MENSUAL = COSTO POR FINANCIAMIENTO = C.F.( - ) = $ PORCENTAJE DE FINANCIAMIENTO = C.F. / C.D. + C.I. = ( - ) % EL LICITANTE DEBERÁ FIJAR LA TASA DE INTERÉS CON BASE EN UN INDICADOR ECONÓMICO ESPECIFICO ANEXAR COPIA DE PUBLICACIÓN DE DICHO INDICADOR |
NOMBRE / O DENOMINACIÓN SOCIAL / O RAZÓN SOCIAL DEL LICITANTE NOMBRE Y FIRMA DEL REPRESENTANTE LEGAL
49
ANEXO PE8
INVITACIÓN A CUANDO MENOS TRES PERSONAS CON CARACTER NACIONAL NÚMERO: RELATIVO A:
FECHA
UTILIDAD PROPUESTA:
NOMBRE / O DENOMINACIÓN SOCIAL / O RAZÓN SOCIAL DEL LICITANTE
NOMBRE Y FIRMA DEL REPRESENTANTE LEGAL
ANEXO PE9
CARGOS ADICIONALES
EJEMPLO PARA CALCULAR EL 5 AL MILLAR
COSTO DIRECTO | 300.00 | 300.0 | CD | |
INDIRECTOS | 15.000% | 45.00 | CI | |
345.00 | ||||
FINANCIAMIENTO | 0.500% | 1.73 | CF | |
346.73 | ||||
UTILIDAD | 8.000% | 27.74 | CU |
374.46
CD+CI+CF+CU
(1-0.005)
- CD+CI+CF+CU = CA (5 AL MILLAR)
374.46
- 374.46 = 1.8817 (IMPORTE POR 5 AL MILLAR)
(1-0.005)
NOTA: EL LICITANTE DEBERA EFECTUAR EL CALCULO CON LA INFORMACIÓN DE SU PROPUESTA, LOS DATOS ARRIBA SEÑALADOS SON DE UN EJEMPLO HIPOTETICO.
NOMBRE / O DENOMINACIÓN SOCIAL / O RAZÓN SOCIAL DEL LICITANTE
NOMBRE Y FIRMA DEL REPRESENTANTE LEGAL
ANEXO PE10
RELACIÓN DE BASICOS
CLAVE | CONCEPTO | UNIDAD | COSTO UNITARIO |
NOTA: EN ESTE APARTADO SE DEBERA ANEXAR LOS ANALISIS DE LOS COSTOS UNITARIOS BASICOS
NOMBRE / O DENOMINACIÓN SOCIAL / O RAZÓN SOCIAL DEL LICITANTE
NOMBRE Y FIRMA DEL REPRESENTANTE LEGAL
ANEXO PE11
C A T Á L O G O D E C O N C E P T O S
ANEXO PE12
INVITACIÓN A CUANDO MENOS TRES PERSONAS CON CARACTER NACIONAL NÚMERO: RELATIVO A:
FECHA:
PROGRAMA DE EJECUCIÓN CONVENIDO CONFORME AL CATALOGO DE CONCEPTOS CON SUS EROGACIONES
Nº | CONCEPTO | % DEL PRESUP. | FECHA DE INICIO FECHA DE TERMINACIÓN TIEMPO DE EJECUCIÓN DÍAS DE CALENDARIO | TOTAL PRESUPUESTADO POR CONCEPTO | |||||||||||
SEMANAS | … | … | … | … | … | … | … | ||||||||
BARRA | |||||||||||||||
IMPORTE | |||||||||||||||
MONTO POR COLUMNA MONTO ACUMULADO % DE AVANCE POR PERIODO % AVANCE ACUMULADO | |||||||||||||||
NOMBRE / O DENOMINACIÓN SOCIAL / O RAZÓN SOCIAL DEL LICITANTE NOMBRE Y FIRMA DEL REPRESENTANTE LEGAL
ANEXO PE13
PROGRAMA DE EROGACIONES A COSTO DIRECTO, CALENDARIZADOS Y CUNATIFICADOS EN PARTIDAS Y SUBPARTIDAS DE UTILIZACIÓN DE LA MANO DE OBRA
INVITACIÓN A CUANDO MENOS TRES PERSONAS CON CARACTER NACIONAL NÚMERO: RELATIVO A:
FECHA:
ESPECIALIDAD | UNIDAD | SALARIO REAL | CANTIDAD TOTAL EN HR/HOMBRE | FECHA DE INICIO FECHA DE TIEMPO DE EJECUCIÓN TERMINACIÓN DÍAS CALENDARIO | IMPORTE TOTAL DE CADA ESPECIALIDAD | |||||||||||
SEMANAS | … | … | JUL | … | … | |||||||||||
BARRA | ||||||||||||||||
% | ||||||||||||||||
IMPORTE | ||||||||||||||||
MONTO POR COLUMNA MONTO ACUMULADO % DE AVANCE POR PERÍODO % AVANCE ACUMULADO | ||||||||||||||||
NOMBRE / O DENOMINACIÓN SOCIAL / O RAZÓN SOCIAL DEL LICITANTE
NOMBRE Y FIRMA DEL REPRESENTANTE LEGAL
ANEXO PE14
INVITACIÓN A CUANDO MENOS TRES PERSONAS CON CARACTER NACIONAL NÚMERO:
RELATIVO A:
FECHA:
PROGRAMA DE EROGACIONES A COSTO DIRECTO CALENDARIZADO Y CUANTIFICADO EN PARTIDAS Y SUBPARTIDAS DE UTILIZACIÓN DE LOS MATERIALES Y EQUIPO DE INSTALACIÓN PERMANENTE
DESCRIPCIÓN | CANTIDAD | FECHA DE INICIO FECHA DE TERMINACIÓN TIEMPO DE EJECUCIÓN DÍAS CALENDARIO | IMPORTE TOTAL DE CADA ESPECIALIDAD | |||||||||||
SEMANAS | … | … | … | … | … | |||||||||
BARRA | ||||||||||||||
% | ||||||||||||||
IMPORTE | ||||||||||||||
MONTO POR COLUMNA MONTO ACUMULADO % DE AVANCE POR PERÍODO % AVANCE ACUMULADO | ||||||||||||||
ANEXO PE15
INVITACIÓN A CUANDO MENOS TRES PERSONAS CON CARACTER NACIONAL NÚMERO:
RELATIVO A:
FECHA:
PROGRAMA DE EROGACIONES A COSTO DIRECTO CALENDARIZADO Y CUANTIFICADO EN PARTIDAS Y SUBPARTIDAS DE UTILIZACIÓN DEL PERSONAL PROFESIONAL TÉCNICO ADMINISTRATIVO Y DE SERVICIO ENCARGADO DE LA DIRECCIÓN ADMINISTRACIÓN Y EJECUCIÓN DE LOS TRABAJOS
ESPECIALIDAD | CANTIDAD | FECHA DE INICIO FECHA DE TERMINACIÓN TIEMPO DE EJECUCIÓN DÍAS CALENDARIO | IMPORTE TOTAL DE CADA ESPECIALIDAD | |||||||||||
SEMANAS | … | … | … | … | … | |||||||||
BARRA | ||||||||||||||
IMPORTE | ||||||||||||||
MONTO POR COLUMNA MONTO ACUMULADO % DE AVANCE POR PERÍODO % AVANCE ACUMULADO | ||||||||||||||
Contrato No. | SALUD/INR/OP- /2013 |
Invitación a cuando menos tres personas con Carácter Nacional | |
Plazo de ejecución | |
Monto total del contrato | |
Fecha de Inicio probable | |
Fecha de término | |
Fecha de firma | de de 2013 |
ANEXO MC1
CONTRATO DE OBRA PÚBLICA A BASE DE PRECIOS UNITARIOS Y TIEMPO DETERMINADO REFERENTE A LA REMODELACIÓN DEL ÁREA DE RESIDENCIA MÉDICA, QUE CELEBRAN POR UNA PARTE EL INSTITUTO NACIONAL DE REHABILITACIÓN, AL QUE EN LO SUCESIVO LE DENOMINARÁ “EL INR”, REPRESENTADO EN ESTE ACTO POR SU DIRECTOR GENERAL, XX. XXXX XXXXXXXXX XXXXXX, ASISTIDO EN ESTE ACTO POR LA DIRECTORA DE ADMINISTRACIÓN DRA. XXXXXXXX XXXXXXX XXXXX Y POR OTRA PARTE LA EMPRESA DENOMINADA
, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ “EL CONTRATISTA”, REPRESENTADO POR EL C. , EN SU CARÁCTER DE REPRESENTANTE LEGAL, AL TENOR DE LAS SIGUIENTES DECLARACIONES Y CLÁUSULAS.
D E C L A R A C I O N E S
I. “EL INR”, POR CONDUCTO DE SU REPRESENTANTE, DECLARA:
I.1 QUE ES UN ORGANISMO PÚBLICO DESCENTRALIZADO DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA FEDERAL, CON PERSONALIDAD JURÍDICA Y PATRIMONIO PROPIOS, CREADO POR DECRETO DEL H. CONGRESO GENERAL DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, A TRAVÉS DEL PODER EJECUTIVO FEDERAL, EN CUMPLIMIENTO CON LO DISPUESTO EN EL ARTÍCULO 89, FRACCIÓN I DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS MEDIANTE EL CUAL SE ADICIONA LA FRACCIÓN VIII BIS AL ARTÍCULO 5 DE LA LEY DE LOS INSTITUTOS NACIONALES DE SALUD, PUBLICADO EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN EN FECHA 22 XX XXXXX DEL AÑO 2005, DE CONFORMIDAD CON LO DISPUESTO EN LOS ARTÍCULOS 3° FRACCIÓN I Y 45 DE LA LEY ORGÁNICA DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA FEDERAL Y ARTÍCULO 2, FRACCIÓN III DE LA LEY DE LOS INSTITUTOS NACIONALES DE SALUD.
I.2 QUE LA REPRESENTACIÓN LEGAL DE ESTA INSTITUCIÓN RECAE EN SU DIRECTOR GENERAL, DE CONFORMIDAD CON LO DISPUESTO POR EL ARTÍCULO 19, FRACCIÓN I DE LA LEY DE LOS INSTITUTOS NACIONALES DE SALUD, QUIEN TIENE FACULTADES SUFICIENTES PARA SUSCRIBIR EL PRESENTE INSTRUMENTO.
I.3 QUE DE ACUERDO AL ARTÍCULO 6 FRACCIÓN VIII DE LA LEY DE LOS INSTITUTOS NACIONALES DE SALUD, LE CORRESPONDE ENTRE OTRAS FUNCIONES PROPORCIONAR CONSULTA EXTERNA, ATENCIÓN HOSPITALARIA Y SERVICIOS DE
Contrato No. | SALUD/INR/OP- /2013 |
Invitación a cuando menos tres personas con Carácter Nacional | |
Plazo de ejecución | |
Monto total del contrato | |
Fecha de Inicio probable | |
Fecha de término | |
Fecha de firma | de de 2013 |
URGENCIAS A LA POBLACIÓN QUE REQUIERA ATENCIÓN MÉDICA EN SUS ÁREAS DE ESPECIALIZACIÓN, HASTA EL LIMITE DE SU CAPACIDAD INSTALADA, POR LO QUE REQUIERE ENTRE OTROS, DE LOS TRABAJOS NECESARIOS PARA LA REALIZACIÓN DE LA OBRA PÚBLICA OBJETO DEL PRESENTE CONTRATO.
I.4 PARA EFECTOS DEL PRESENTE CONTRATO SEÑALA COMO DOMICILIO EL UBICADO EN XXXXXXX XXXXXX XXXXXXXXXX 000, XXX. XXXXXX XX XXXXXXXXX, XXXXXXXXXX XXXXXXX, X.X. 00000, XXXXXX, XXXXXXXX XXXXXXX.
I.5 LA ADJUDICACIÓN DEL PRESENTE CONTRATO SE REALIZÓ MEDIANTE INVITACIÓN A CUANDO MENOS TRES PERSONAS PÚBLICA NACIONAL NÚMERO INR/OP/01-13 AL AMPARO DE LOS ARTÍCULOS 27, FRACCIÓN I, 28 Y 30, FRACCIÓN I, DE LA LEY DE OBRAS PÚBLICAS Y SERVICIOS RELACIONADOS CON LAS MISMAS Y 18 DE SU REGLAMENTO.
I.6 PARA CUBRIR LAS EROGACIONES QUE SE DERIVEN DEL PRESENTE CONTRATO,, SE AFECTARA LA PARTIDA DE GASTO NÚMERO , LA CUAL CUENTA CON UN SALDO SUFICIENTE Y DISPONIBLE DENTRO DE SU PRESUPUESTO APROBADO.
II. "EL CONTRATISTA" DECLARA POR CONDUCTO DE SU REPRESENTANTE LEGAL:
II.1 QUE ES UNA EMPRESA LEGALMENTE CONSTITUIDA, CONFORME A LAS LEYES MEXICANAS SEGÚN CONSTA EN LA ESCRITURA PÚBLICA NÚMERO DE FECHA
, OTORGADA XXXX XX XX XXX XXXXXXXXXX , XXXXXXX XX XX XXXXXXX XXXXXXX XXXXXX XXX XXXXXXXX XXXXXXX, INSCRITA EN EL REGISTRO PÚBLICO DE COMERCIO, BAJO EL FOLIO MERCANTIL NÚMERO , DE FECHA .
II.2 QUE EL , ACREDITA LA PERSONALIDAD QUE OSTENTA CON EL
TESTIMONIO DE LA ESCRITURA PÚBLICA NÚMERO DE FECHA ,
OTORGADA XXXX XX XX XXX XXXXXXXXXX , XXXXXXX XX XX XXXXXXX XXXXXXX
XXXXXX XXX XXXXXXXX XXXXXXX, INSCRITA EN EL REGISTRO PÚBLICO DE
COMERCIO, BAJO EL FOLIO MERCANTIL NÚMERO , DE FECHA , Y MANIFIESTA BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD QUE LAS FACULTADES CONFERIDAS NO LE HAN SIDO REVOCADAS, MODIFICADAS O LIMITADAS A LA FIRMA DEL PRESENTE INSTRUMENTO.
II.3 QUE TIENE LA EXPERIENCIA, CAPACIDAD TÉCNICA Y FINANCIERA PARA CONTRATAR Y OBLIGARSE A LA EJECUCIÓN DE LOS TRABAJOS OBJETO DE ESTE CONTRATO.
II.4 QUE DENTRO DE SU OBJETO SOCIAL SE ENCUENTRAN, ENTRE OTROS:
.
Contrato No. | SALUD/INR/OP- /2013 |
Invitación a cuando menos tres personas con Carácter Nacional | |
Plazo de ejecución | |
Monto total del contrato | |
Fecha de Inicio probable | |
Fecha de término | |
Fecha de firma | de de 2013 |
II.5 QUE SEÑALA COMO DOMICILIO LEGAL, PARA EFECTOS DE ESTE CONTRATO, EL UBICADO EN NÚMERO , COLONIA , DELEGACIÓN , C.P. .
II.6 QUE LA CLAVE DEL REGISTRO FEDERAL DE CONTRIBUYENTES ES LA NÚMERO
Y EL REGISTRO PATRONAL ANTE EL INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL ES EL NÚMERO .
II.7 QUE CONOCE EL CONTENIDO Y LOS REQUISITOS QUE ESTABLECE LA LEY DE OBRAS PÚBLICAS Y SERVICIOS RELACIONADOS CON LAS MISMAS, SU REGLAMENTO, LAS REGLAS GENERALES PARA LA CONTRATACIÓN Y EJECUCIÓN DE OBRAS PÚBLICAS Y DE SERVICIOS RELACIONADOS CON LAS MISMAS PARA LAS DEPENDENCIAS Y ENTIDADES DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA FEDERAL, EL PRESUPUESTO DE EGRESOS DE LA FEDERACIÓN PARA EL EJERCICIO FISCAL 2010, LEY DE INGRESOS DE LA FEDERACIÓN PARA EL EJERCICIO FISCAL 2010, LA LEY GENERAL DE DEUDA PÚBLICA, LA LEY FEDERAL DE PRESUPUESTO Y RESPONSABILIDAD HACENDARIA, LA LEY GENERAL DEL EQUILIBRIO ECOLÓGICO Y PROTECCIÓN AL AMBIENTE, ASÍ COMO EL CONTENIDO DE LOS DOCUMENTOS ANEXOS AL PRESENTE INSTRUMENTO Y QUE CONFORMAN PARTE DE LA PROPUESTA PRESENTADA POR “EL CONTRATISTA”.
II.8 QUE CONOCE EL SITIO Y EL PROYECTO EJECUTIVO PARA LA AMPLIACIÓN DE MEDICINA DEL DEPORTE, CONFORMADO POR LOS PLANOS, ESPECIFICACIONES DE PROYECTOS, MEMORIAS TÉCNICAS Y DE CÁLCULO, ASÍ COMO EL CATÁLOGO DE CONCEPTOS CORRESPONDIENTES A LA OBRA.
II.9 QUE PARA LOS EFECTOS DEL ARTÍCULO 51 DE LA LEY DE OBRAS PÚBLICAS Y SERVICIOS RELACIONADOS CON LAS MISMAS, MANIFIESTA NO ENCONTRARSE EN ALGUNO DE LOS SUPUESTOS ESTABLECIDOS EN EL MISMO.
II.10 QUE BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD MANIFIESTA QUE CUENTA CON CAPACIDAD TÉCNICA, RECURSOS HUMANOS Y MATERIALES SUFICIENTES PARA CUMPLIR CON EL OBJETO DEL PRESENTE CONTRATO, POR LO QUE A LA FECHA DE SUSCRIPCIÓN DEL MISMO, NO HA INCREMENTADO SU PLANTILLA DE PERSONAL NI LA COMPRA DE INSUMOS.
II.11 QUE BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD Y DE CONFORMIDAD CON LO QUE DISPONE EL ARTÍCULO 32-D DEL CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN SE ENCUENTRA AL CORRIENTE EN EL CUMPLIMIENTO DE SUS OBLIGACIONES FISCALES, ASI COMO NO TENER ADEUDO ALGUNO RESPECTO DE SUS APORTACIONES AL IMSS E INFONAVIT.
Contrato No. | SALUD/INR/OP- /2013 |
Invitación a cuando menos tres personas con Carácter Nacional | |
Plazo de ejecución | |
Monto total del contrato | |
Fecha de Inicio probable | |
Fecha de término | |
Fecha de firma | de de 2013 |
EN RAZÓN DE LO EXPUESTO, LAS PARTES SE OBLIGAN EN LOS TÉRMINOS DE LAS SIGUIENTES:
C L A U S U L A S
PRIMERA.- OBJETO DEL CONTRATO.- POR MEDIO DEL PRESENTE INSTRUMENTO “EL CONTRATISTA” SE OBLIGA A REALIZAR LA OBRA PÚBLICA CONSISTENTE EN LA CONSTRUCCIÓN DEL REMODELACIÓN DEL ÁREA DE RESIDENCIA MÉDICA, A EJECUTAR EN LAS INSTALACIONES DE “EL INR”, DE CONFORMIDAD CON LOS PLANOS, ESPECIFICACIONES DE PROYECTOS, MEMORIAS TÉCNICAS Y DE CÁLCULO, ASÍ COMO AL CATÁLOGO DE CONCEPTOS DE DICHA OBRA, ASÍ COMO DE LOS DOCUMENTOS ANEXOS AL PRESENTE CONTRATO, DE CONFORMIDAD CON LA LEY DE OBRAS PÚBLICAS Y SERVICIOS RELACIONADOS CON LAS MISMAS, SU REGLAMENTO Y DEMÁS ORDENAMIENTOS APLICABLES.
“EL CONTRATISTA” DURANTE LA EJECUCIÓN DE LOS TRABAJOS OBJETO DE ESTE INSTRUMENTO, DEBERÁ COORDINARSE CON EL PERSONAL QUE DESIGNE "EL INR" A EFECTO DE OBSERVAR LOS TÉRMINOS Y CONDICIONES DEL PRESENTE CONTRATO.
SI “EL CONTRATISTA” REALIZA TRABAJOS O ACCIONES NO CONTEMPLADOS EN EL PRESENTE CONTRATO, SIN AUTORIZACIÓN DE "EL INR", INDEPENDIENTEMENTE DE LA RESPONSABILIDAD EN QUE INCURRA POR LA EJECUCIÓN DE CONCEPTOS EXCEDENTES DE OBRA, NO TENDRÁ DERECHO A RECLAMAR PAGO ALGUNO POR ELLO.
SEGUNDA.- MONTO DEL CONTRATO.- EL MONTO DEL PRESENTE CONTRATO IMPORTA LA CANTIDAD DE $ ( PESOS 00/100 M.N.), MÁS EL 16% (DIESCISEIS POR CIENTO) DEL IMPUESTO AL VALOR AGREGADO (I.V.A.).
TERCERA.- PLAZO DE EJECUCIÓN.- EL TERMINO PARA EL CUMPLIMIENTO DE LOS TRABAJOS OBJETO DE ESTE CONTRATO SERÁ DE ( ) DIAS CALENDARIO, CONTADOS A PARTIR DE LA FECHA DE INICIO DE LOS TRABAJOS QUE SERÁ EL DIA
DE DE 2013 Y HASTA CONCLUIRLOS A MÁS TARDAR EL DÍA DE DE 2013.
CUARTA.- VIGENCIA.- EL PRESENTE CONTRATO TENDRÁ UNA VIGENCIA A PARTIR DE LA FECHA DE SU FIRMA Y HASTA QUE SE FORMALICE EL ACTO JURÍDICO
Contrato No. | SALUD/INR/OP- /2013 |
Invitación a cuando menos tres personas con Carácter Nacional | |
Plazo de ejecución | |
Monto total del contrato | |
Fecha de Inicio probable | |
Fecha de término | |
Fecha de firma | de de 2013 |
MEDIANTE EL CUAL SE EXTINGAN Y SE DEN POR FINIQUITADOS EN SU TOTALIDAD, LOS DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LAS PARTES.
QUINTA.- LUGAR Y FORMA DE PAGO.- “EL CONTRATISTA” RECIBIRÁ DE “EL INR” EL IMPORTE QUE RESULTE DE APLICAR LOS PRECIOS UNITARIOS A LAS CANTIDADES DE TRABAJOS REALIZADOS COMO PAGO TOTAL POR UNIDAD DE CONCEPTO DE TRABAJO TERMINADO Y EJECUTADO CONFORME AL CATÁLOGO DE COSTOS, CANTIDADES Y UNIDADES DE MEDICIÓN, Y DE ACUERDO AL PROYECTO EJECUTIVO, ESPECIFICACIONES DE CONSTRUCCIÓN, NORMAS DE CALIDAD Y CUANDO CORRESPONDA, DE LOS AJUSTES DE COSTOS.
EL MONTO A PAGAR POR LOS TRABAJOS OBJETO DEL PRESENTE CONTRATO SE CALCULARÁ MEDIANTE LA PRESENTACIÓN DE ESTIMACIONES, CON PERÍODOS NO MAYORES A 30 DÍAS, MISMAS QUE DEBERÁN PRESENTARSE EN LA RESIDENCIA DE OBRA DE “EL INR”, PREVIO VISTO BUENO DE LA EMPRESA DE SUPERVISIÓN DESIGNADA POR “EL INR”, DENTRO DE LOS SEIS DÍAS NATURALES SIGUIENTES A LA FECHA XX XXXXX PARA EL PAGO DE LAS ESTIMACIONES QUE HUBIERE FIJADO “EL INR” EN LAS BASES DE INVITACIÓN A CUANDO MENOS TRES PERSONAS.
DICHAS ESTIMACIONES DEBERÁN PRESENTARSE ACOMPAÑADAS DE LA DOCUMENTACIÓN QUE ACREDITE LA PROCEDENCIA DE SU PAGO, SI LAS ESTIMACIONES NO SON PRESENTADAS EN EL TÉRMINO ANTES SEÑALADO, LA ESTIMACIÓN CORRESPONDIENTE SE PRESENTARÁ EN LA SIGUIENTE FECHA XX XXXXX. LA RESIDENCIA DE OBRA DE “EL INR” PARA REALIZAR LA REVISIÓN Y AUTORIZACIÓN DE LAS ESTIMACIONES CONTARÁ CON UN PLAZO NO MAYOR DE 15 (QUINCE) DÍAS NATURALES SIGUIENTES A LA FECHA DE PRESENTACIÓN.
LAS FACTURAS POR ESTIMACIONES DE TRABAJOS EJECUTADOS, SE PAGARÁN DENTRO DE UN PLAZO NO MAYOR A 20 (VEINTE) DÍAS NATURALES, POSTERIORES A LA PRESENTACIÓN DE SU FACTURACIÓN DEBIDAMENTE REQUISITADA Y UNA VEZ QUE HAYAN SIDO AUTORIZADOS POR LA RESIDENCIA DE DE OBRAS DE “EL INR”, MISMA QUE SE HARÁ CONSTAR EN LA BITÁCORA Y EN LAS PROPIAS ESTIMACIONES.
EN EL ANÁLISIS Y CÁLCULO DE LOS IMPORTES DE PAGO SE DEBERÁN CONSIDERAR LOS DERECHOS E IMPUESTOS QUE LES SEAN APLICABLES, EN LOS TÉRMINOS DE LAS LEYES FISCALES. “EL CONTRATISTA” SERÁ EL ÚNICO RESPONSABLE DE QUE LAS FACTURAS POR CONCEPTO DE ESTIMACIONES QUE SE PRESENTEN PARA SU PAGO, CUMPLAN CON LOS REQUISITOS ADMINISTRATIVOS Y FISCALES, POR LO QUE EL ATRASO EN SU PAGO POR LA FALTA DE ALGUNO DE ÉSTOS O POR SU PRESENTACIÓN INCORRECTA O TARDÍA, NO SERÁ MOTIVO PARA SOLICITAR EL PAGO DE LOS GASTOS FINANCIEROS A QUE HACE REFERENCIA EL ARTÍCULO 55 DE LA LEY DE OBRAS PÚBLICAS Y SERVICIOS RELACIONADOS CON LAS MISMAS.
Contrato No. | SALUD/INR/OP- /2013 |
Invitación a cuando menos tres personas con Carácter Nacional | |
Plazo de ejecución | |
Monto total del contrato | |
Fecha de Inicio probable | |
Fecha de término | |
Fecha de firma | de de 2013 |
LA FECHA DE PRESENTACIÓN DE LAS ESTIMACIONES A LA RESIDENCIA DE OBRA DE “EL INR” DEBERÁ REGISTRARSE EN LA BITÁCORA.
“EL CONTRATISTA” DEBERÁ PRESENTAR LA FACTURA EN ORIGINAL Y COPIA DE LA MISMA, ASÍ COMO DOCUMENTO EN DONDE SE CONSTE LA PRESTACIÓN DE ESTE SERVICIO. UNA VEZ OBTENIDA LA DOCUMENTACIÓN DEBIDAMENTE REQUISITADA POR LA SUBDIRECCIÓN DE CONSERVACIÓN Y MANTENIMIENTO, EL CONTRATISTA DEBERÁ PRESENTAR LA MISMA PARA TRÁMITE DE PAGO EN EL DEPARTAMENTO DE TESORERÍA, DEPENDIENTE DE LA SUBDIRECCIÓN DE RECURSOS FINANCIEROS DE “EL INR”, UBICADO EN XXXXXXX XXXXXX XXXXXXXXXX XX. 000, CUERPO VI, PISO 3, COLONIA XXXXXX XX XXXXXXXXX, DELEGACIÓN TLALPAN, C.P. 14389, MÉXICO, D.F., MARTES Y JUEVES DE LAS 10:00 A LAS 14:00 HORAS EXCLUSIVAMENTE.
LA FACTURACIÓN DEBERÁ EXPEDIRSE DE LA SIGUIENTE MANERA:
RAZÓN SOCIAL: INSTITUTO NACIONAL DE REHABILITACIÓN
R.F.C.: INR-050623-5L1
DOMICILIO: XXXXXXX XXXXXX-XXXXXXXXXX, XX. 000, XXX. XXXXXX XX XXXXXXXXX, XXXXX XXXXXXXX X XXXXXXXX XXXXXXX DELEGACIÓN TLALPAN, EN MÉXICO, D.F., C.P. 14389.
SEXTA.- ANTICIPOS.- “EL INR” OTORGARÁ A “EL CONTRATISTA” UN ANTICIPO POR EL 30% (TREINTA POR CIENTO) RESPECTO DEL MONTO DE LA ASIGNACIÓN PRESUPUESTARIA, APROBADA AL PRESENTE CONTRATO EN EL EJERCICIO FISCAL 2010, EN TÉRMINOS DE LO PREVISTO POR EL ARTÍCULO 50, FRACCIÓN I, DE LA LEY DE OBRAS PÚBLICAS Y SERVICIOS RELACIONADOS CON LAS MISMAS, Y DEBERÁ SER UTILIZADO POR “EL CONTRATISTA” PARA QUE REALICE EN EL SITIO DE LOS TRABAJOS LA CONSTRUCCIÓN DE SUS OFICINAS, ALMACENES, BODEGAS E INSTALACIONES Y, EN SU CASO, PARA LOS GASTOS DE TRASLADO DE LA MAQUINARIA Y EQUIPO DE CONSTRUCCIÓN A EFECTO DE DAR INICIO A LOS TRABAJOS; ASÍ COMO, PARA LA COMPRA Y PRODUCCIÓN DE MATERIALES DE CONSTRUCCIÓN, LA ADQUISICIÓN DE EQUIPOS QUE SE INSTALEN PERMANENTEMENTE Y DEMÁS INSUMOS QUE DEBERÁ OTORGAR A “EL INR”.
AMBAS PARTES CONVIENEN EN QUE “EL CONTRATISTA”, POR SU PROPIO DERECHO, PODRÁ A TRAVÉS DE MANIFESTACIÓN POR ESCRITO, RENUNCIAR A DICHOS ANTICIPOS.
“EL CONTRATISTA” DEBERÁ EXHIBIR AL MOMENTO DE LA ENTREGA DEL ANTICIPO DE QUE SE TRATE LA FACTURA CORRESPONDIENTE, QUE DEBERÁ CUMPLIR CON
Contrato No. | SALUD/INR/OP- /2013 |
Invitación a cuando menos tres personas con Carácter Nacional | |
Plazo de ejecución | |
Monto total del contrato | |
Fecha de Inicio probable | |
Fecha de término | |
Fecha de firma | de de 2013 |
TODOS LOS REQUISITOS FISCALES SEÑALADOS EN EL ARTÍCULO 29 A DEL CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN.
LOS ANTICIPOS SE AMORTIZARÁN PROPORCIONALMENTE AL PORCENTAJE DE ANTICIPO OTORGADO CON CARGO A CADA UNA DE LAS ESTIMACIONES POR TRABAJOS EJECUTADOS QUE FORMULE “EL CONTRATISTA”, Y EN CASO DE QUE EXISTA UN SALDO FALTANTE POR AMORTIZAR, ÉSTE SE DEBERÁ LIQUIDAR EN LA ESTIMACIÓN FINAL, ES DECIR, EN LA ULTIMA ESTIMACIÓN QUE PRESENTE “EL CONTRATISTA” PARA SU PAGO, TAL Y COMO LO DISPONE EL ARTÍCULO 113 DEL REGLAMENTO DE LA LEY DE OBRAS PÚBLICAS Y SERVICIOS RELACIONADOS CON LAS MISMAS.
EN LOS TRABAJOS QUE SE REALICEN AL AMPARO DE CONVENIOS DONDE NO SE HAYAN CONSIDERADO ANTICIPOS, NO SE DEBERÁ REALIZAR NINGUNA AMORTIZACIÓN NI AFECTACION EN EL AJUSTE DE COSTOS, SALVO QUE POR EL CAMBIO DEL EJERCICIO PRESUPUESTARIO SE HUBIEREN OTORGADO, DE ACUERDO CON LO DISPUESTO EN EL TERCER PÁRRAFO DEL ARTÍCULO 23 DE LA LEY DE OBRAS PÚBLICAS Y SERVICIOS RELACIONADOS CON LAS MISMAS
EL PROCEDIMIENTO DE AMORTIZACION DEBERÁ REALIZARSE DE LA SIGUIENTE MANERA:
1. EL PORCENTAJE DE LA AMORTIZACION DEL ANTICIPO, SERÁ EL RESULTADO DE DIVIDIR EL IMPORTE DEL ANTICIPO CONCEDIDO ENTRE EL IMPORTE TOTAL DE LOS TRABAJOS A EJERCER CONFORME AL PROGRAMA CONVENIDO.
2. EN CASO DE QUE EXISTA UN SALDO FALTANTE POR AMORTIZAR, ESTE SE DEBERÁ LIQUIDAR EN LA ESTIMACIÓN FINAL, ES DECIR, LA ÚLTIMA QUE SE PRESENTE PARA SU PAGO POR PARTE DEL CONTRATISTA.
SI DURANTE EL PROCESO DE CONSTRUCCIÓN DE LA OBRA SE OBSERVAN VARIACIONES AL PROYECTO QUE REDUZCAN EL IMPORTE TOTAL DE LOS TRABAJOS A REALIZAR Y/O EXISTAN RETRASOS CONSIDERABLES DURANTE SU EJECUCIÓN, LA RESIDENCIA DE OBRA DE “EL INR” EFECTUARÁ LOS AJUSTES PERIÓDICOS AL PRESUPUESTO Y EN FUNCIÓN DEL MISMO, INCREMENTARÁ EL PORCENTAJE DE AMORTIZACIÓN.
“EL INR” PONDRÁ A DISPOSICIÓN DE “EL CONTRATISTA”, EN TÉRMINOS DE LO PREVISTO POR EL ARTÍCULO 50, FRACCIÓN I, DE LA LEY DE OBRAS PÚBLICAS Y SERVICIOS RELACIONADOS CON LAS MISMAS EL IMPORTE DEL ANTICIPO CORRESPONDIENTE; EL ATRASO EN LA ENTREGA DE ESTE ANTICIPO SERÁ MOTIVO PARA DIFERIR EN IGUAL PLAZO EL PROGRAMA DE EJECUCIÓN PACTADO. CUANDO “EL CONTRATISTA” NO ENTREGUE LA GARANTÍA DEL ANTICIPO, ANTES REFERIDO,
Contrato No. | SALUD/INR/OP- /2013 |
Invitación a cuando menos tres personas con Carácter Nacional | |
Plazo de ejecución | |
Monto total del contrato | |
Fecha de Inicio probable | |
Fecha de término | |
Fecha de firma | de de 2013 |
DENTRO DEL PLAZO SEÑALADO EN EL ARTÍCULO 48, FRACCIÓN I, DE LA LEY DE OBRAS PÚBLICAS Y SERVICIOS RELACIONADOS CON LAS MISMAS, NO PROCEDERÁ EL DIFERIMIENTO Y POR LO TANTO, DEBERÁ TERMINAR LOS TRABAJOS EN LA FECHA ESTABLECIDA ORIGINALMENTE.
PARA LA AMORTIZACIÓN DE LOS ANTICIPOS, EN CASO DE TERMINACIÓN ANTICIPADA O DE RESCISIÓN DEL PRESENTE CONTRATO, EL SALDO POR AMORTIZAR SE REINTEGRARÁ A “EL INR” EN UN PLAZO NO MAYOR DE 10 (DIEZ) DÍAS NATURALES, CONTADOS A PARTIR DE LA FECHA EN QUE LE SEA COMUNICADA LA TERMINACIÓN ANTICIPADA O LA RESCISIÓN A “EL CONTRATISTA”.
SI “EL CONTRATISTA” NO REINTEGRA EL SALDO POR AMORTIZAR EN EL PLAZO SEÑALADO EN EL PÁRRAFO ANTERIOR, DEBERÁ CUBRIR DICHO SALDO, MÁS LOS INTERESES CORRESPONDIENTES, CONFORME A UNA TASA QUE SERÁ IGUAL A LA ESTABLECIDA POR LA LEY DE INGRESOS DE LA FEDERACIÓN VIGENTE A LA FECHA DE INCUMPLIMIENTO, EN LOS CASOS DE PRÓRROGA PARA EL PAGO DE CRÉDITOS FISCALES. LOS GASTOS FINANCIEROS SE CALCULARÁN SOBRE EL SALDO NO AMORTIZADO Y SE COMPUTARÁN POR DÍAS CALENDARIO DESDE QUE SE VENCIÓ EL PLAZO PARA REINTEGRAR EL SALDO POR AMORTIZAR HASTA LA FECHA EN QUE SE PONGAN LAS CANTIDADES A DISPOSICIÓN DE “EL INR”.
SÉPTIMA.- CARGOS ADICIONALES.- “EL CONTRATISTA” ACEPTA QUE DE LAS ESTIMACIONES QUE SE LE CUBRAN, SE HAGA EN CADA UNA LA SIGUIENTE RETENCIÓN:
EL CINCO AL MILLAR DEL MONTO DE LOS TRABAJOS EJECUTADOS, QUE SE DESTINARÁ A LA SECRETARÍA DE LA FUNCIÓN PÚBLICA POR CONCEPTO DE DERECHOS POR EL SERVICIO DE INSPECCIÓN, VIGILANCIA Y CONTROL DE LOS TRABAJOS Y QUE “EL INR” ENTREGARÁ A LA TESORERÍA DE LA FEDERACIÓN, DE CONFORMIDAD CON EL ARTÍCULO 191 DE LA LEY FEDERAL DE DERECHOS.
OCTAVA.- AJUSTE DE COSTOS.- LAS PARTES ESTIPULAN QUE SI A PARTIR DE LA PRESENTACIÓN DE PROPUESTA ENTREGADA POR “EL CONTRATISTA” OCURRIERAN CIRCUNSTANCIAS DE ORDEN ECONÓMICO NO PREVISTAS EN ESTE CONTRATO QUE DETERMINEN UN AUMENTO O REDUCCIÓN DE LOS COSTOS DE LOS TRABAJOS AÚN NO EJECUTADOS CONFORME AL PROGRAMA PACTADO, DICHOS COSTOS, CUANDO PROCEDAN, DEBERÁN SER AJUSTADOS ATENDIENDO AL PROCEDIMIENTO DE REVISIÓN DE CADA UNO DE LOS PRECIOS UNITARIOS CONTENIDOS EN EL CATÁLOGO DE CONCEPTOS, Y AL EFECTO, SE SUJETARÁN AL SIGUIENTE PROCEDIMIENTO:
Contrato No. | SALUD/INR/OP- /2013 |
Invitación a cuando menos tres personas con Carácter Nacional | |
Plazo de ejecución | |
Monto total del contrato | |
Fecha de Inicio probable | |
Fecha de término | |
Fecha de firma | de de 2013 |
A).- “EL CONTRATISTA” PODRÁ SOLICITAR EL AJUSTE DE COSTOS CONFORME A LAS SECCIONES I Y II DEL CAPÍTULO QUINTO DEL REGLAMENTO DE LA LEY DE OBRAS PÚBLICAS Y SERVICIOS RELACIONADOS CON LAS MISMAS, EN PARTICULAR CONFORME AL ARTÍCULO 148 DEL MENCIONADO REGLAMENTO;
B).- LOS COSTOS PODRÁN SER AJUSTADOS CUANDO PROCEDAN DE ACUERDO CON LOS ARTÍCULOS 56, 57, FRACCIÓN I, Y 58 DE LA LEY DE OBRAS PÚBLICAS Y SERVICIOS RELACIONADOS CON LAS MISMAS;
C).- LOS AJUSTES SE CALCULARÁN A PARTIR DE LA FECHA EN QUE SE HAYA PRODUCIDO EL INCREMENTO O DECREMENTO EN EL COSTO DE LOS INSUMOS, RESPECTO DE LOS TRABAJOS PENDIENTES DE EJECUTAR, CONFORME AL PROGRAMA DE EJECUCIÓN DE LOS TRABAJOS O, EN CASO DE EXISTIR ATRASO NO IMPUTABLE AL CONTRATISTA, CON RESPECTO AL PROGRAMA REFERIDO.
CUANDO EL ATRASO SEA POR CAUSA IMPUTABLE A “EL CONTRATISTA”, PROCEDERÁ EL AJUSTE DE COSTOS EXCLUSIVAMENTE PARA LOS TRABAJOS PENDIENTES DE EJECUTAR CONFORME AL SEÑALADO PROGRAMA.
PARA EFECTOS DE LA REVISIÓN Y AJUSTE DE COSTOS, LA FECHA DE ORIGEN DE LOS PRECIOS SERÁ LA DEL ACTO DE PRESENTACIÓN Y APERTURA DE PROPOSICIONES;
D).- LOS INCREMENTOS O DECREMENTOS DE LOS COSTOS DE LOS INSUMOS SERÁN CALCULADOS CON BASE EN LOS ÍNDICES NACIONALES DE PRECIOS PRODUCTOR CON SERVICIOS QUE DETERMINE EL BANCO DE MÉXICO. CUANDO LOS ÍNDICES QUE REQUIERA “EL CONTRATISTA” Y “EL INR” NO SE ENCUENTREN DENTRO DE LOS PUBLICADOS POR EL BANCO DE MÉXICO, “EL INR” PROCEDERÁ A CALCULARLOS CONFORME A LOS PRECIOS QUE INVESTIGUE, UTILIZANDO LOS LINEAMIENTOS Y METODOLOGÍA QUE EXPIDA EL BANCO DE MÉXICO, Y
E).- LOS PRECIOS ORIGINALES DEL PRESENTE CONTRATO CONTENIDOS EN EL CATÁLOGO DE CONCEPTOS PERMANECERÁN FIJOS HASTA LA TERMINACIÓN DE LOS TRABAJOS CONTRATADOS. EL AJUSTE SE APLICARÁ A LOS COSTOS DIRECTOS, CONSERVANDO CONSTANTES LOS PORCENTAJES DE INDIRECTOS Y UTILIDAD ORIGINALES DURANTE LA VIGENCIA DE ESTE CONTRATO; EL COSTO POR FINANCIAMIENTO ESTARÁ SUJETO A LAS VARIACIONES DE LA TASA DE INTERÉS QUE “EL CONTRATISTA” HAYA CONSIDERADO EN SU PROPUESTA.
TRANSCURRIDO EL PLAZO DE SESENTA DÍAS NATURALES SIGUIENTES A LA PUBLICACIÓN DE LOS INDICES APLICABLES AL PERIODO QUE LOS MISMOS INDIQUEN, PRECLUYE EL DERECHO DE “EL CONTRATISTA” PARA RECLAMAR EL AJUSTE DE COSTOS DEL PERIODO DE QUE SE TRATE; PARA ESTOS CASOS SE DEBE
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CONSIDERAR PARA EL PAGO DE LA ESTIMACIÓN CORRESPONDIENTE, EL ÚLTIMO PORCENTAJE DE AJUSTE QUE SE TENGA AUTORIZADO.
NOVENA.- GASTOS FINANCIEROS.- EN EL CASO DE INCUMPLIMIENTO EN EL PAGO DE LAS ESTIMACIONES Y DE AJUSTE DE COSTOS, “EL INR” A SOLICITUD DE “EL CONTRATISTA”, DEBERÁ PAGAR GASTOS FINANCIEROS A UNA TASA QUE SERÁ IGUAL A LA ESTABLECIDA POR LA LEY DE INGRESOS DE LA FEDERACIÓN VIGENTE, EN LOS CASOS DE PRÓRROGA PARA EL PAGO DE CRÉDITOS FISCALES. DICHOS GASTOS EMPEZARÁN A GENERARSE CUANDO LAS PARTES TENGAN DEFINIDO EL IMPORTE A PAGAR Y SE CALCULARÁN SOBRE LAS CANTIDADES NO PAGADAS, DEBIÉNDOSE COMPUTAR POR DÍAS NATURALES DESDE QUE SEAN DETERMINADAS Y HASTA LA FECHA EN QUE SE PONGAN EFECTIVAMENTE LAS MISMAS A DISPOSICIÓN DE “EL CONTRATISTA”, DE CONFORMIDAD CON EL ARTÍCULO 55 DE LA LEY DE OBRAS PÚBLICAS Y SERVICIOS RELACIONADOS CON LAS MISMAS.
DÉCIMA.- PAGOS EN EXCESO.- TRATÁNDOSE DE PAGOS EN EXCESO QUE HAYA RECIBIDO “EL CONTRATISTA”, ÉSTE DEBERÁ REINTEGRAR LAS CANTIDADES PAGADAS EN EXCESO MÁS LOS INTERESES CORRESPONDIENTES, CONFORME A LO SEÑALADO EN LA CLÁUSULA DENOMINADA “GASTOS FINANCIEROS” DEL PRESENTE CONTRATO. LOS CARGOS SE CALCULARÁN SOBRE LAS CANTIDADES PAGADAS EN EXCESO EN CADA CASO Y SE COMPUTARÁN POR DÍAS NATURALES, DESDE LA FECHA DEL PAGO Y HASTA LA FECHA EN QUE SE PONGAN EFECTIVAMENTE LAS CANTIDADES A DISPOSICIÓN DE “EL INR”.
NO SE CONSIDERARÁ PAGO EN EXCESO CUANDO LAS DIFERENCIAS QUE RESULTEN A CARGO DE “EL CONTRATISTA” SEAN COMPENSADAS EN LA ESTIMACIÓN SIGUIENTE, O EN EL FINIQUITO, SI DICHO PAGO NO SE HUBIERA IDENTIFICADO CON ANTERIORIDAD.
DÉCIMO PRIMERA.- MODIFICACIONES AL CONTRATO.- POR RAZONES FUNDADAS Y MEDIANTE CONVENIO POR ESCRITO SE PODRÁ MODIFICAR EL MONTO Y/O EL PLAZO DEL CONTRATO EN TÉRMINOS DEL ARTÍCULO 59 DE LA LEY DE OBRAS PÚBLICAS Y SERVICIOS RELACIONADOS CON LAS MISMAS Y DEL 69 AL 80 DE SU REGLAMENTO.
DÉCIMO SEGUNDA.- PRÓRROGA DE LA FECHA DE TERMINACIÓN.- LA FECHA DE TERMINACIÓN SEÑALADA EN LA CLÁUSULA TERCERA, DENOMINADA “PLAZO DE EJECUCIÓN”, PODRÁ SER PRORROGADA, SIN QUE POR ELLO SE MODIFIQUE LA VIGENCIA DEL CONTRATO, Y ÚNICAMENTE PROCEDERÁ CUANDO OCURRA EL SIGUIENTE EVENTO:
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SI OCURRE ALGÚN ACONTECIMIENTO DE CASO FORTUITO O FUERZA MAYOR, DEBIDAMENTE ACREDITADO, LA FECHA DE TERMINACIÓN DEL PLAZO DE EJECUCIÓN SERÁ PRORROGADA POR UN PERÍODO DE TIEMPO IGUAL AL DE LA SUSPENSIÓN PRODUCIDA POR DICHO ACONTECIMIENTO, SIEMPRE Y CUANDO SE REALICE UNA ANOTACIÓN EN LA BITÁCORA Y “EL CONTRATISTA” PRESENTE A “EL INR” SU SOLICITUD POR ESCRITO DE PRÓRROGA JUNTO CON LA DOCUMENTACIÓN SOPORTE CORRESPONDIENTE, MISMA QUE DEBERÁ HACERSE DE MANERA PREVIA AL AVISO DE TERMINACIÓN DE LOS TRABAJOS. SI DICHA SOLICITUD NO ES PRESENTADA POR “EL CONTRATISTA” Y NO SE REALIZA DICHA ANOTACIÓN, NO SE CONCEDERÁ PRÓRROGA ALGUNA. “EL INR” DEBERÁ EMITIR SU RESOLUCIÓN RESPECTO DE LA SOLICITUD DE PRÓRROGA, DENTRO DE LOS 10 (DIEZ) DÍAS NATURALES SIGUIENTES A LA PRESENTACIÓN DE LA SOLICITUD, DE NO HACERLO, LA SOLICITUD SE TENDRÁ POR ACEPTADA. EN CASO DE QUE PROCEDA LA PRÓRROGA DEBERÁ FORMALIZARSE UN CONVENIO POR ESCRITO Y QUEDAR ESTABLECIDO EL PROGRAMA DE EJECUCIÓN ACTUALIZADO.
DÉCIMO TERCERA.- TRABAJOS POR CANTIDADES ADICIONALES O POR CONCEPTOS NO PREVISTOS EN EL CATÁLOGO DE CONCEPTOS.- SI DURANTE LA EJECUCIÓN DE LOS TRABAJOS, “EL INR” REQUIERE DE LA EJECUCIÓN DE CANTIDADES ADICIONALES DE TRABAJOS O TRABAJOS POR CONCEPTOS NO PREVISTOS EN EL CATÁLOGO DE CONCEPTOS, O BIEN “EL CONTRATISTA” SE PERCATA DE LA NECESIDAD DE EJECUTARLOS, ÉSTE SÓLO PODRÁ EJECUTARLOS UNA VEZ QUE CUENTE CON LA AUTORIZACIÓN POR ESCRITO O MEDIANTE ANOTACIÓN EN LA BITÁCORA, POR PARTE DEL RESIDENTE DE OBRA DE “EL INR” SALVO EN LOS CASOS DE EMERGENCIA EN QUE NO SEA POSIBLE ESPERAR SU AUTORIZACIÓN.
EN CASO DE QUE OCURRAN LOS SUPUESTOS ESTABLECIDOS EN ESTA CLÁUSULA, “EL CONTRATISTA”, UNA VEZ EJECUTADOS LOS TRABAJOS, PODRÁ ELABORAR SUS ESTIMACIONES Y PRESENTARLAS AL RESIDENTE DE OBRA DE “EL INR”, AVALADAS POR LA EMPRESA DE SUPERVISIÓN, EN LA SIGUIENTE ESTIMACIÓN. “EL INR” PODRÁ AUTORIZAR EL PAGO DE LAS ESTIMACIONES DE LOS TRABAJOS EJECUTADOS.
TRATÁNDOSE DE CANTIDADES ADICIONALES, ÉSTAS SE PAGARÁN A LOS PRECIOS UNITARIOS PACTADOS ORIGINALMENTE EN ESTE CONTRATO. TRATÁNDOSE DE LOS CONCEPTOS NO PREVISTOS EN EL CATÁLOGO DE CONCEPTOS, SUS PRECIOS UNITARIOS DEBERÁN SER CONCILIADOS Y AUTORIZADOS PREVIAMENTE A SU PAGO, CONFORME A LO PREVISTO EN LOS ARTÍCULOS 76, 77, 78 Y DEMÁS APLICABLES DEL REGLAMENTO DE LA LEY DE OBRAS PÚBLICAS Y SERVICIOS RELACIONADOS CON LAS MISMAS.
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DÉCIMO CUARTA.- CASO FORTUITO O FUERZA MAYOR.- SE ENTIENDE POR CASO FORTUITO O FUERZA MAYOR AQUELLOS FENÓMENOS DE LA NATURALEZA O HECHOS DE PERSONAS, AJENOS A LA VOLUNTAD DE CUALQUIERA DE LAS PARTES Y QUE SE PRODUCEN SIN QUE HAYA FALTA O NEGLIGENCIA POR PARTE DE LAS MISMAS, QUE SON INSUPERABLES, IMPREVISIBLES, O QUE PREVIÉNDOSE NO SE PUEDEN EVITAR, QUE IMPIDEN A LA PARTE AFECTADA LLEVAR A CABO SUS OBLIGACIONES DE CONFORMIDAD CON EL PRESENTE CONTRATO DE MANERA ENUNCIATIVA MAS NO LIMITATIVA, SE CONSIDERA CASO FORTUITO O FUERZA MAYOR, A ACONTECIMIENTOS TALES COMO HUELGAS Y DISTURBIOS LABORALES (SIEMPRE Y CUANDO NO SE HAYA DADO CAUSA O CONTRIBUIDO A ELLOS), MOTINES, CUARENTENAS, EPIDEMIAS, GUERRAS (DECLARADAS O NO), BLOQUEOS, DISTURBIOS CIVILES, INSURRECCIONES, INCENDIOS (CUANDO NO SE HAYA DADO CAUSA O CONTRIBUIDO A ELLOS), TERREMOTOS, INUNDACIONES Y TORMENTAS.
EN CASO DE SUSPENSIÓN DE LOS TRABAJOS DERIVADA DE CASO FORTUITO O FUERZA MAYOR, SE ESTARÁ A LO DISPUESTO POR LAS CLÁUSULAS “PRORROGA A LA FECHA DE TERMINACIÓN” Y “SUSPENSIÓN DE ESTE CONTRATO”.
EN CASO DE TERMINACIÓN ANTICIPADA DE LOS TRABAJOS DERIVADA DE CASO FORTUITO O FUERZA MAYOR, SE ESTARÁ A LO DISPUESTO EN LA CLÁUSULA “TERMINACIÓN ANTICIPADA” DE ESTE CONTRATO.
DÉCIMO QUINTA.- REPRESENTANTES AUTORIZADOS.- “EL INR” CON ANTERIORIDAD AL INICIO DE LOS TRABAJOS, DESIGNARÁ POR ESCRITO AL RESIDENTE DE OBRA QUIEN DESEMPEÑARÁ LAS FUNCIONES ESTABLECIDAS EN EL ARTÍCULO 53 DE LA LEY DE OBRAS PÚBLICAS Y SERVICIOS RELACIONADOS CON LAS MISMAS Y 84 DE SU REGLAMENTO, Y A TRAVÉS DE ÉSTE SE DARÁN A “EL CONTRATISTA”, POR ESCRITO, LAS INSTRUCCIONES QUE ESTIME PERTINENTES RELACIONADAS CON SU EJECUCIÓN EN LA FORMA CONVENIDA Y CON LAS MODIFICACIONES QUE, EN SU CASO, ORDENE “EL INR”.
LA SUPERVISIÓN ES EL AUXILIO TÉCNICO DE LA RESIDENCIA DE OBRA, CON LAS FUNCIONES QUE PARA TAL EFECTO SE SEÑALAN EN EL ARTÍCULO 86 DEL REGLAMENTO DE LA LEY DE OBRAS PÚBLICAS Y SERVICIOS RELACIONADOS CON LAS MISMAS, CON INDEPENDENCIA DE LAS QUE, EN SU CASO, SE PACTEN EN EL CONTRATO DE SUPERVISIÓN. CUANDO LA SUPERVISIÓN SE REALICE POR TERCERAS PERSONAS, EL RESIDENTE DE OBRA PODRÁ INSTALARLA CON POSTERIORIDAD AL INICIO DE LOS TRABAJOS.
POR SU PARTE, “EL CONTRATISTA” SE OBLIGA A TENER EN EL LUGAR DE LOS TRABAJOS POR TODO EL TIEMPO QUE DURE LA EJECUCIÓN DE LOS MISMOS A UN SUPERINTENDENTE DE CONSTRUCCIÓN, EL QUE DEBERÁ CONOCER EL PROYECTO,
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LAS NORMAS Y ESPECIFICACIONES Y ESTAR FACULTADO PARA OÍR Y RECIBIR TODA CLASE DE NOTIFICACIONES RELACIONADAS CON LOS TRABAJOS, AÚN LAS DE CARÁCTER PERSONAL, ASÍ COMO CONTAR CON LAS FACULTADAS SUFICIENTES PARA LA TOMA DE DECISIONES EN TODO LO RELATIVO AL CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO, EN LOS TÉRMINOS ESTABLECIDOS EN EL ARTÍCULO 87 DEL REGLAMENTO DE LA LEY DE OBRAS PÚBLICAS Y SERVICIOS RELACIONADOS CON LAS MISMAS.
EN CUALQUIER MOMENTO, POR CAUSAS JUSTIFICADAS, “EL INR” PODRÁ SOLICITAR EL CAMBIO DE CUALQUIERA DE LOS REPRESENTANTES DE “EL CONTRATISTA” Y ÉSTE SE OBLIGA A DESIGNAR A OTRA PERSONA QUE REÚNA LOS REQUISITOS CORRESPONDIENTES.
DÉCIMO SEXTA.- RECEPCIÓN DE LOS TRABAJOS.- LA RECEPCIÓN DE LOS TRABAJOS SE REALIZARÁ DE CONFORMIDAD CON LOS ARTÍCULOS 64 DE LA LEY DE OBRAS PÚBLICAS Y SERVICIOS RELACIONADOS CON LAS MISMAS, 135, 136, 137 Y 138 DE SU REGLAMENTO.
DICHA RECEPCIÓN SE HARÁ CONSTAR EN EL ACTA CORRESPONDIENTE.
CONCLUIDOS LOS TRABAJOS OBJETO DE ESTE CONTRATO, SE PROCEDERÁ A LA RECEPCIÓN TOTAL DE LOS MISMOS. A EFECTO DE LO ANTERIOR, “EL CONTRATISTA” COMUNICARÁ A “EL INR” POR ESCRITO O MEDIANTE REGISTRO QUE SE HAGA EN LA BITÁCORA, LA TERMINACIÓN TOTAL DE LOS TRABAJOS, INDICANDO QUE LA TOTALIDAD DE LOS TRABAJOS ESTÁN TERMINADOS EN CONCORDANCIA CON LAS ESPECIFICACIONES DEL PRESENTE CONTRATO. DENTRO DE LOS 5 (CINCO) DÍAS NATURALES SIGUIENTES A LA FECHA DE RECEPCIÓN DE LA COMUNICACIÓN REFERIDA. EL RESIDENTE DE OBRA VERIFICARÁ QUE LOS TRABAJOS SE ENCUENTREN DEBIDAMENTE CONCLUIDOS. AL FINALIZAR LA VERIFICACION DE LOS TRABAJOS, “EL INR” CONTARA CON UN PLAZO DE 15 (QUINCE) DIAS NATURALES PARA PROCEDER A SU RECEPCION FISICA, MEDIANTE EL LEVANTAMIENTO DEL ACTA CORRESPONDIENTE, QUEDANDO LOS TRABAJOS BAJO SU RESPONSABILIDAD.
CUANDO APARECIEREN DEFECTOS O VICIOS OCULTOS EN LOS TRABAJOS EJECUTADOS O BIENES QUE SE PROVEAN PARA LA EJECUCIÓN DEL OBJETO DEL PRESENTE CONTRATO DENTRO DEL AÑO SIGUIENTE A LA FECHA DE TERMINACIÓN ESTABLECIDA EN EL ACTA DE RECEPCIÓN, “EL INR” SOLICITARÁ SU REPARACIÓN O REPOSICIÓN INMEDIATA QUE HARÁ POR SU CUENTA “EL CONTRATISTA” SIN QUE TENGA DERECHO A RETRIBUCIÓN ALGUNA. SI “EL CONTRATISTA” NO ATENDIERE LOS REQUERIMIENTOS DE “EL INR” EN EL PLAZO ESTIPULADO, ÉSTE PODRÁ ENCOMENDAR A TERCEROS O HACER DIRECTAMENTE LA REPARACIÓN O
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REPOSICIÓN DE QUE SE TRATE, EN LOS TÉRMINOS DE LAS DISPOSICIONES LEGALES APLICABLES, CON CARGO A “EL CONTRATISTA”.
SI “EL CONTRATISTA” NO ATENDIERE LOS DEFECTOS Y LOS VICIOS OCULTOS EN LOS TRABAJOS EJECUTADOS O EN LOS BIENES QUE SE PROVEAN PARA LA EJECUCIÓN OBJETO DEL PRESENTE CONTRATO, A REQUERIMIENTO DE “EL INR” EN EL PLAZO SEÑALADO, “EL INR” HARÁ EFECTIVA LA GARANTÍA QUE OTORGUE “EL CONTRATISTA” POR EL PLAZO DE 12 (DOCE) MESES UNA VEZ CONCLUIDOS LOS TRABAJOS, MISMA A QUE SE REFIERE EL PÁRRAFO VIGÉSIMO DE LA CLÁUSULA VIGÉSIMO SEXTA, DENOMINADA GARANTÍAS (DE ANTICIPO, DE CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO, Y POR DEFECTOS, VICIOS OCULTOS Y POR CUALQUIERA OTRA RESPONSABILIDAD DE “EL CONTRATISTA”).
DÉCIMO SÉPTIMA.- FINIQUITO Y TERMINACIÓN DEL CONTRATO.- RECIBIDOS FÍSICAMENTE LOS TRABAJOS, “EL INR” A TRAVÉS DE SU RESIDENCIA DE OBRA Y EMPRESA DE SUPERVISIÓN, Y “EL CONTRATISTA” DEBERÁN ELABORAR DENTRO DEL TÉRMINO DE 60 (SESENTA) DÍAS NATURALES, EL FINIQUITO DE LOS TRABAJOS, EN EL QUE SE HARÁN CONSTAR LOS CRÉDITOS A FAVOR Y EN CONTRA QUE RESULTEN PARA CADA UNA DE LAS PARTES, DESCRIBIENDO EL CONCEPTO GENERAL QUE LES DIO ORIGEN Y EL SALDO RESULTANTE, EN TÉRMINOS DEL ARTÍCULO 64 DE LA LEY DE OBRAS PÚBLICAS Y SERVICIOS RELACIONADOS CON LAS MISMAS, Y DEL 139 AL 143 DE SU REGLAMENTO. EL DOCUMENTO DONDE CONSTE EL FINIQUITO DE LOS TRABAJOS, FORMARÁ PARTE DEL PRESENTE CONTRATO Y DEBERÁ CONTENER, COMO MÍNIMO, LO ESTIPULADO EN EL ARTÍCULO
141 DEL REGLAMENTO DE LA LEY DE OBRAS PÚBLICAS Y SERVICIOS RELACIONADOS CON LAS MISMAS.
DÉCIMO OCTAVA.- SUSPENSIÓN DEL CONTRATO.- “EL INR” TIENE LA FACULTAD DE SUSPENDER TEMPORALMENTE, EN TODO O EN PARTE, LOS TRABAJOS CONTRATADOS EN CUALQUIER ESTADO EN QUE ÉSTOS SE ENCUENTREN, POR CAUSAS JUSTIFICADAS O DE INTERÉS GENERAL, Y DETERMINAR EN SU CASO LA TEMPORALIDAD DE LA SUSPENSIÓN, LA QUE NO PODRÁ PRORROGARSE O SER INDEFINIDA, SIN QUE ELLO IMPLIQUE LA TERMINACIÓN DEL CONTRATO, PARA LO CUAL “EL INR” NOTIFICARÁ A “EL CONTRATISTA”, SEÑALÁNDOLE LAS CAUSAS QUE LA MOTIVAN, LA FECHA DE SU INICIO Y DE LA PROBABLE REANUDACIÓN DE LOS TRABAJOS, ASÍ COMO LAS ACCIONES QUE DEBE CONSIDERAR EN LO RELATIVO A SU PERSONAL, MAQUINARIA Y EQUIPO DE CONSTRUCCIÓN. EN TODOS LOS CASOS DE SUSPENSIÓN, LA RESIDENCIA DE OBRA DE “EL INR” LEVANTARÁ UN ACTA CIRCUNSTANCIADA EN LA QUE HARÁ CONSTAR COMO MÍNIMO LO SEÑALADO EN EL ARTÍCULO 117 DEL REGLAMENTO DE LA LEY DE OBRAS PÚBLICAS Y SERVICIOS RELACIONADOS CON LAS MISMAS.
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LA FECHA DE TERMINACIÓN SE PRORROGARÁ EN IGUAL PROPORCIÓN AL PERIODO QUE COMPRENDA LA SUSPENSIÓN, SIN MODIFICAR EL PLAZO DE EJECUCIÓN CONVENIDO. NO SERÁ MOTIVO DE SUSPENSIÓN DE LOS TRABAJOS EL SUMINISTRO DEFICIENTE DEL PROVEEDOR DE MATERIALES Y EQUIPOS DE INSTALACIÓN PERMANENTE, CUANDO DICHO SUMINISTRO SEA RESPONSABILIDAD DE “EL CONTRATISTA”.
CUANDO SE DETERMINE LA SUSPENSIÓN DE LOS TRABAJOS POR CAUSAS IMPUTABLES A “EL INR”, “EL CONTRATISTA”, A PARTIR DE LA NOTIFICACIÓN QUE DÉ POR TERMINADA LA SUSPENSIÓN, PODRÁ SOLICITAR EL PAGO DE LOS GASTOS NO RECUPERABLES, SIEMPRE Y CUANDO ÉSTOS SEAN RAZONABLES, ESTÉN DEBIDAMENTE COMPROBADOS Y SE RELACIONEN DIRECTAMENTE CON ESTE CONTRATO, COMO LO ESTABLECE EL ARTÍCULO 62 DE LA LEY DE OBRAS PÚBLICAS Y SERVICIOS RELACIONADOS CON LAS MISMAS, Y QUE SE GENEREN DURANTE LA SUSPENSIÓN, LOS CUALES SE LIMITARÁN A LO ESTABLECIDO EN EL ARTÍCULO 116 DEL REGLAMENTO DE LA LEY DE OBRAS PÚBLICAS Y SERVICIOS RELACIONADOS CON LAS MISMAS.
SI DURANTE LA VIGENCIA DEL PRESENTE CONTRATO EXISTEN SUSPENSIONES DE LOS TRABAJOS CUYOS PERIODOS SEAN REDUCIDOS Y DIFÍCILES DE CUANTIFICAR, LAS PARTES PODRÁN ACORDAR QUE LOS PERIODOS SEAN AGRUPADOS DE FORMA MENSUAL Y FORMALIZADOS MEDIANTE LA SUSCRIPCIÓN DE UNA SOLA ACTA CIRCUNSTANCIADA, QUE SERÁ LEVANTADA EL PRIMER DÍA DEL MES SIGUIENTE AL QUE SE HUBIERAN PRESENTADO TALES SUSPENSIONES.
CUANDO LAS SUSPENSIONES SE DERIVEN DE UN CASO FORTUITO O FUERZA MAYOR NO EXISTIRÁ RESPONSABILIDAD ALGUNA PARA LAS PARTES, DEBIENDO ÚNICAMENTE SUSCRIBIR UN CONVENIO DONDE SE RECONOZCA EL PLAZO DE LA SUSPENSIÓN Y LAS FECHAS DE REINICIO Y TERMINACIÓN DE LOS TRABAJOS, SIN MODIFICAR EL PLAZO DE EJECUCIÓN ESTABLECIDO EN EL CONTRATO, PARA LO CUAL ÚNICAMENTE PROCEDERÁ EL PAGO DE LOS GASTOS NO RECUPERABLES SEÑALADOS EN EL SEGUNDO PÁRRAFO DEL ARTÍCULO 119 DEL REGLAMENTO DE LA LEY DE OBRAS PÚBLICAS Y SERVICIOS RELACIONADOS CON LAS MISMAS.
CUANDO POR CASO FORTUITO O FUERZA MAYOR SE IMPOSIBILITE LA CONTINUACIÓN DE LOS TRABAJOS, “EL CONTRATISTA” PODRÁ OPTAR POR NO EJECUTARLOS. EN ESTE SUPUESTO, SE ESTARÁ A LO DISPUESTO POR LA CLÁUSULA DENOMINADA “TERMINACIÓN ANTICIPADA DEL CONTRATO”.
DÉCIMO NOVENA.- TERMINACIÓN ANTICIPADA DEL CONTRATO.- “EL INR” PODRÁ DAR POR TERMINADO ANTICIPADAMENTE EL PRESENTE CONTRATO, MEDIANTE NOTIFICACIÓN ESCRITA QUE AL EFECTO HAGA A “EL CONTRATISTA” CONFORME A
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LOS TÉRMINOS DE LOS ARTÍCULOS 60, 62 DE LA LEY DE OBRAS PÚBLICAS Y SERVICIOS RELACIONADOS CON LAS MISMAS, 120, 121, 122 Y 123 DE SU REGLAMENTO.
VIGÉSIMA.- RESCISIÓN ADMINISTRATIVA DEL CONTRATO.- “EL INR” PODRÁ RESCINDIR ADMINISTRATIVAMENTE EL PRESENTE CONTRATO EN CASO DE INCUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES A CARGO DE “EL CONTRATISTA”, EN LOS SIGUIENTES CASOS:
1).- SI “EL CONTRATISTA”, POR CAUSAS IMPUTABLES A ÉL, NO INICIA LOS TRABAJOS OBJETO DEL PRESENTE CONTRATO DENTRO DE LOS QUINCE DÍAS NATURALES SIGUIENTES A LA FECHA CONVENIDA SIN CAUSA JUSTIFICADA CONFORME A LA LEY DE OBRAS PÚBLICAS Y SERVICIOS RELACIONADOS CON LAS MISMAS Y SU REGLAMENTO;
2).- SI “EL CONTRATISTA” INTERRUMPE INJUSTIFICADAMENTE LA EJECUCIÓN DE LOS TRABAJOS O SE NIEGA A REPARAR O REPONER ALGUNA PARTE DE ELLOS, QUE HUBIERE SIDO DETECTADA COMO DEFECTUOSA POR “EL INR”;
3).- SI “EL CONTRATISTA” NO EJECUTA LOS TRABAJOS DE CONFORMIDAD CON LO ESTIPULADO EN EL PRESENTE CONTRATO O SIN MOTIVO JUSTIFICADO NO ACATA LAS ÓRDENES DADAS POR EL RESIDENTE DE OBRA O POR EL SUPERVISOR;
4).- SI “EL CONTRATISTA” NO DA CUMPLIMIENTO A LOS PROGRAMAS DE EJECUCIÓN POR FALTA DE MATERIALES, TRABAJADORES O EQUIPO DE CONSTRUCCIÓN Y, QUE A JUICIO DE “EL INR” EL ATRASO PUEDA DIFICULTAR LA TERMINACIÓN SATISFACTORIA DE LOS TRABAJOS EN EL PLAZO ESTIPULADO. NO IMPLICARÁ RETRASO EN EL PROGRAMA DE EJECUCIÓN DE LOS TRABAJOS Y, POR TANTO, NO SE CONSIDERARÁ COMO INCUMPLIMIENTO DEL PRESENTE CONTRATO Y CAUSA DE SU RESCISIÓN, CUANDO EL ATRASO TENGA LUGAR POR LA FALTA DE INFORMACIÓN REFERENTE A PLANOS, ESPECIFICACIONES O NORMAS DE CALIDAD, DE ENTREGA FÍSICA DE LAS ÁREAS DE TRABAJO Y DE ENTREGA OPORTUNA DE MATERIALES Y EQUIPOS DE INSTALACIÓN PERMANENTE, DE LICENCIAS, Y PERMISOS QUE DEBA PROPORCIONAR O SUMINISTRAR “EL INR”, ASÍ COMO CUANDO “EL INR” HUBIERE ORDENADO LA SUSPENSIÓN DE LOS TRABAJOS;
5).- SI “EL CONTRATISTA” ES DECLARADO EN CONCURSO MERCANTIL EN LOS TÉRMINOS DE LA LEY DE CONCURSOS MERCANTILES;
6).- SI “EL CONTRATISTA” SUBCONTRATA PARTE DE LOS TRABAJOS OBJETO DE ESTE CONTRATO, SIN CONTAR CON LA AUTORIZACIÓN PREVIA Y POR ESCRITO
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DE “EL INR”; SALVO LOS SIGUIENTES RUBROS ESPECIFICADOS EN LA CLÁUSULA TRIGÉSIMO SEGUNDA DE ESTE INSTRUMENTO, DENOMINADA SUBCONTRATACIÓN:
A) CARPINTERÍAS.
B) CANCELERÍAS.
C) ESTRUCTURA.
D) INSTALACIONES DE AIRE ACONDICIONADO.
E) INSTALACIONES ESPECIALES.
7).- SI “EL CONTRATISTA” CEDE LOS DERECHOS DE COBRO DERIVADOS DEL PRESENTE CONTRATO, SIN CONTAR CON LA AUTORIZACIÓN POR ESCRITO DE “EL INR”;
8).- SI “EL CONTRATISTA” NO DA A “EL INR”, LAS FACILIDADES Y DATOS NECESARIOS PARA LA INSPECCIÓN, VIGILANCIA Y SUPERVISIÓN DE LOS MATERIALES Y TRABAJOS, Y
9).- EN GENERAL, POR INCUMPLIMIENTO POR PARTE DE “EL CONTRATISTA” DE CUALQUIERA DE LAS OBLIGACIONES DERIVADAS DEL PRESENTE CONTRATO Y SUS ANEXOS, A LAS LEYES, REGLAMENTOS Y DEMÁS DISPOSICIONES JURÍDICAS APLICABLES.
VIGÉSIMO PRIMERA.- PROCEDIMIENTO DE RESCISIÓN.- EN CASO DE INCUMPLIMIENTO O VIOLACIÓN POR PARTE DE "EL CONTRATISTA" A CUALQUIERA DE LAS OBLIGACIONES DE ESTE CONTRATO, "EL INR" PODRÁ OPTAR ENTRE EXIGIR EL CUMPLIMIENTO DEL MISMO Y LA APLICACIÓN DE LAS PENAS CONVENCIONALES, O EN SU CASO, DECLARAR LA RESCISIÓN, CON FUNDAMENTO EN LA FRACCIÓN II DEL ARTÍCULO 62 DE LA LEY DE OBRAS PÚBLICAS Y SERVICIOS RELACIONADOS CON LAS MISMAS, SUJETÁNDOSE AL SIGUIENTE PROCEDIMIENTO:
A).- "EL INR" NOTIFICARÁ A "EL CONTRATISTA" EL INICIO DEL PROCEDIMIENTO DE RESCISIÓN DEL CONTRATO, ESPECIFICANDO LAS CAUSAS, APOYÁNDOLAS CON NOTAS DE BITÁCORA Y DOCUMENTOS RELATIVOS, OTORGANDO UN PLAZO DE 15 (QUINCE) DÍAS HÁBILES PARA QUE "EL CONTRATISTA" MANIFIESTE LO QUE A SU DERECHO CONVENGA, PROCEDIENDO “EL INR” A TOMAR INMEDIATA POSESIÓN DE LOS TRABAJOS EJECUTADOS PARA HACERSE CARGO DEL INMUEBLE Y DE LAS INSTALACIONES RESPECTIVAS, Y EN SU CASO, PROCEDERÁ A SUSPENDER LOS TRABAJOS, LEVANTANDO, CON
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O SIN LA COMPARECENCIA DE “EL CONTRATISTA”, ACTA CIRCUNSTANCIADA DEL ESTADO EN QUE SE ENCUENTRE LA OBRA. EL ACTA CIRCUNSTANCIADA SE LEVANTARÁ ANTE LA PRESENCIA DE FEDERATARIO PÚBLICO, DEBIENDO CONTENER LOS REQUISITOS QUE PARA EL EFECTO ESTABLECE EL ARTÍCULO
130 DEL REGLAMENTO DE LA LEY DE OBRAS PÚBLICAS Y SERVICIOS RELACIONADOS CON LAS MISMAS, EN LA INTELIGENCIA QUE "EL CONTRATISTA" NO DEBERÁ REALIZAR TRABAJO ALGUNO DESDE EL MOMENTO EN QUE LE SEA COMUNICADO EL INICIO DEL PROCEDIMIENTO DE RESCISIÓN, PERO SI LO HICIERE, SE ENTENDERÁ QUE LO HACE CONTRAVINIENDO LAS INDICACIONES DE “EL INR” Y POR ENDE, EL VALOR DE DICHOS TRABAJOS NO SE CONSIDERARÁ EN EL FINIQUITO.
“EL CONTRATISTA” ESTÁ OBLIGADO A DEVOLVER A “EL INR”, EN UN PLAZO DE 10 (DIEZ) DÍAS NATURALES, CONTADOS A PARTIR DEL INICIO DEL PROCEDIMIENTO RESPECTIVO, TODA LA DOCUMENTACIÓN QUE “EL INR” LE HAYA ENTREGADO PARA LA REALIZACIÓN DE LOS TRABAJOS.
B).- SI "EL CONTRATISTA" NO MANIFIESTA LO QUE A SU DERECHO CONVENGA EN EL PLAZO SEÑALADO EN EL PUNTO ANTERIOR, "EL INR" EMITIRÁ LA RESOLUCIÓN DE RESCISIÓN CORRESPONDIENTE Y HARÁ EFECTIVA LA GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO DE OBLIGACIONES.
C).- SI "EL CONTRATISTA" DA RESPUESTA Y PRESENTA PRUEBAS PARA CONTRARRESTAR LAS CAUSALES DE RESCISIÓN ESTABLECIDAS POR "EL INR", ESTE ÚLTIMO ANALIZARÁ LOS ARGUMENTOS Y PRUEBAS PRESENTADAS, EMITIENDO, LA RESOLUCIÓN DENTRO DE LOS QUINCE DÍAS HÁBILES SIGUIENTES A LA FECHA EN QUE SE RECIBIÓ EL ESCRITO DE RESPUESTA. SI "EL INR" DETERMINA RESCINDIR EL CONTRATO HARÁ EFECTIVA LA GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO DE OBLIGACIONES.
D.)- DE LA RESCISIÓN A QUE HAYA LUGAR, "EL INR" LA NOTIFICARÁ A "EL CONTRATISTA" A TRAVÉS DE LA SUPERINTENDENCIA DE CONSTRUCCIÓN QUE "EL CONTRATISTA" TENGA INSTALADA EN LA OBRA.
EN CASO DE QUE "EL CONTRATISTA" NO TENGA SUPERINTENDENTE EN LA OBRA, LA NOTIFICACIÓN SE HARÁ EN LAS OFICINAS QUE ESTE HAYA MANIFESTADO COMO SU DOMICILIO FISCAL.
EN CASO DE EMITIRSE RESCISIÓN ADMINISTRATIVA POR CAUSAS IMPUTABLES A "EL CONTRATISTA", "EL INR" PROCEDERÁ A HACER EFECTIVAS LAS GARANTÍAS Y SE ABSTENDRÁ DE CUBRIR LOS IMPORTES RESULTANTES DE TRABAJOS AUN NO LIQUIDADOS, HASTA QUE SE OTORGUE EL FINIQUITO CORRESPONDIENTE, LO QUE
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DEBERÁ EFECTUARSE DENTRO DE LOS TREINTA DÍAS NATURALES SIGUIENTES A LA FECHA DE NOTIFICACIÓN DE LA RESCISIÓN.
EN CASO DE RESCISIÓN DEL CONTRATO POR CAUSAS IMPUTABLES A “EL CONTRATISTA”, UNA VEZ EMITIDA LA DETERMINACIÓN RESPECTIVA, “EL INR” DESDE EL INICIO DE LA RESCISIÓN, SE ABSTENDRÁ DE CUBRIR LOS IMPORTES RESULTANTES DE TRABAJOS EJECUTADOS AÚN NO LIQUIDADOS, HASTA QUE SE OTORGUE EL FINIQUITO QUE PROCEDA, LO QUE DEBERÁ EFECTUARSE DENTRO DE LOS TREINTA DÍAS NATURALES SIGUIENTES A LA FECHA DE LA COMUNICACIÓN DE DICHA DETERMINACIÓN, A FIN DE PROCEDER A HACER EFECTIVAS LAS GARANTÍAS. EN EL FINIQUITO DEBERÁ PREVERSE EL SOBRECOSTO DE LOS TRABAJOS AÚN NO EJECUTADOS QUE SE ENCUENTREN ATRASADOS CONFORME AL PROGRAMA VIGENTE, ASÍ COMO LO RELATIVO A LA RECUPERACIÓN DE LOS MATERIALES Y EQUIPOS QUE, EN SU CASO, LE HAYAN SIDO ENTREGADOS.
“EL INR” PODRÁ OPTAR ENTRE APLICAR LAS PENAS CONVENCIONALES O EL SOBRECOSTO QUE RESULTE DE LA RESCISIÓN, DEBIENDO FUNDAMENTAR Y MOTIVAR LAS CAUSAS DE LA APLICACIÓN DE UNO O DE OTRO.
LA RESCISIÓN DEL CONTRATO NO LIBERA A "EL CONTRATISTA" DE SUS OBLIGACIONES CONTRACTUALES EN EL SUPUESTO DE QUE EL MONTO DE LA PÓLIZA DE FIANZA NO ALCANCE A CUBRIR LOS DAÑOS Y PERJUICIOS, SE OBLIGA A PAGAR A "EL INR” LAS CANTIDADES QUE RESULTEN DE LA RESCISIÓN DENTRO DE LOS 30 DÍAS NATURALES SIGUIENTES A LA FECHA EN QUE SE NOTIFIQUE LA RESOLUCIÓN DE RESCISIÓN.
VIGÉSIMO SEGUNDA.- CONFIDENCIALIDAD DE LA INFORMACIÓN.- TODOS LOS DIBUJOS, PLANOS, ESPECIFICACIONES, DISEÑOS, DATOS, REPORTES, ESTUDIOS U OTROS DOCUMENTOS O INFORMACIÓN DE CUALQUIER NATURALEZA, EN CUALQUIER FORMA, DESARROLLADA POR “EL CONTRATISTA” O POR CUALQUIER SUBCONTRATISTA DEL MISMO, O PROPORCIONADOS A “EL CONTRATISTA” POR “EL INR” EN RELACIÓN CON LA EJECUCIÓN DE LOS TRABAJOS OBJETO DEL PRESENTE CONTRATO, SERÁ PROPIEDAD EXCLUSIVA DE “EL INR”.
VIGÉSIMO TERCERA.- RECLAMOS Y DISCREPANCIAS DE CARÁCTER TÉCNICO O ADMINISTRATIVO.- CUANDO SURJA ALGÚN RECLAMO O DISCREPANCIA DE CARÁCTER TÉCNICO O ADMINISTRATIVO RELACIONADA CON LA INTERPRETACIÓN O EJECUCIÓN DE ESTE CONTRATO, “EL CONTRATISTA” PODRÁ EFECTUAR, DENTRO DE LOS 3 (TRES) DÍAS NATURALES DE HABER SURGIDO LA DIFERENCIA, SU RECLAMO POR ESCRITO ANTE LA GERENCIA DE CONTROL, ADMINISTRACIÓN Y SUPERVISIÓN, A FIN DE QUE ÉSTA RESUELVA LA DIFERENCIA EXISTENTE ENTRE LAS PARTES, EN CASO DE NO EFECTUAR SU RECLAMO EN EL PLAZO INDICADO EN
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ESTA CLÁUSULA, “EL CONTRATISTA” RENUNCIA A CUALQUIER RECLAMO POSTERIOR POR LA DIFERENCIA DE QUE SE TRATE.
“EL CONTRATISTA”, POR CADA DIFERENCIA, SÓLO PODRÁ INTERPONER UN RECLAMO ANTE LA GERENCIA DE CONTROL, ADMINISTRACIÓN Y SUPERVISIÓN, POR EL DESACUERDO CON LA RESOLUCIÓN.
PARA RESOLVER EL RECLAMO, LA SUPERVISIÓN, EFECTUARÁ LAS CONSULTAS PERTINENTES Y REUNIRÁ LOS ELEMENTOS Y/O DOCUMENTOS NECESARIOS.
LA SUPERVISIÓN, TENDRÁ UN PLAZO DE 2 (DOS) DÍAS NATURALES CONTADOS A PARTIR DE LA RECEPCIÓN DE LA SOLICITUD EFECTUADA POR “EL CONTRATISTA” PARA EMITIR SU DETERMINACIÓN POR ESCRITO Y COMUNICÁRSELA, ESTABLECIENDO LAS BASES FUNDADAS Y MOTIVADAS DE SU DECISIÓN.
UNA VEZ RECIBIDA LA DETERMINACIÓN DE LA SUPERVISIÓN “EL CONTRATISTA” CONTARÁ CON UN PLAZO DE 2 (DOS) DÍAS NATURALES PARA QUE ÉSTE COMUNIQUE SU RECHAZO, EN CASO CONTRARIO SE TENDRÁ POR ACEPTADA.
SI “EL CONTRATISTA” ACEPTA LA DETERMINACIÓN FINAL, EL RESIDENTE DE OBRA DE “EL INR”, PROCEDERÁ A LA EMISIÓN DE LA ORDEN DE CAMBIO Y, EN SU CASO, SE PROCEDERÁ A LA FORMALIZACIÓN DEL CONVENIO CORRESPONDIENTE.
SI LA DETERMINACIÓN DEL RESIDENTE DE OBRA DE “EL INR”, NO ES ACEPTADA POR “EL CONTRATISTA”, ÉSTE PODRÁ PEDIR QUE EL RECLAMO SE REVISE COMO DISCREPANCIA DE CARÁCTER TÉCNICO O ADMINISTRATIVO.
SI “EL CONTRATISTA” OPTA POR QUE EL RECLAMO SE REVISE COMO DISCREPANCIA DE CARÁCTER TÉCNICO O ADMINISTRATIVO, ÉSTA VERSARÁ SOBRE LOS MISMOS ASPECTOS QUE DIERON ORIGEN A SU RECLAMO, POR LO QUE NO PODRÁ AGREGAR PETICIONES ADICIONALES, SUPLETORIAS O COMPLEMENTARIAS, SUBSANAR DEFECTOS, HACER CORRECCIONES O SUSTITUCIONES AL RECLAMO ORIGINAL.
EL PROCEDIMIENTO DE DISCREPANCIA DE CARÁCTER TÉCNICO O ADMINISTRATIVO SE LLEVARÁ A CABO DE LA SIGUIENTE MANERA:
“EL CONTRATISTA” DEBERÁ PRESENTAR LA DISCREPANCIA POR ESCRITO ANTE LA SUPERVISIÓN, INDICANDO LOS TEMAS EN DISCREPANCIA, DENTRO DE LOS 2 (DOS) DÍAS NATURALES SIGUIENTES A LA FECHA EN QUE “EL CONTRATISTA” HUBIERE RECIBIDO LA DETERMINACIÓN FINAL DEL RESIDENTE DE OBRA DE “EL INR” RESPECTO DE LA RESOLUCIÓN DEL RECLAMO.
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LA SOLICITUD QUE AL RESPECTO HAGA “EL CONTRATISTA” DEBERÁ INDICAR QUE SE TRATA DE UNA DISCREPANCIA DE CARÁCTER TÉCNICO O ADMINISTRATIVO SUJETA A RESOLUCIÓN Y CONTENDRÁ COMO MÍNIMO LO SIGUIENTE:
A) DESCRIPCIÓN PORMENORIZADA DE LOS HECHOS EN DISCREPANCIA, RELACIONÁNDOLOS EN FORMA ESPECÍFICA CON LA DOCUMENTACIÓN QUE LOS COMPRUEBE;
B) INDICACIÓN CLARA Y PRECISA DE SUS PRETENSIONES, EXPRESANDO LOS ARGUMENTOS Y LAS DISPOSICIONES CONTRACTUALES Y LEGALES QUE FUNDAMENTEN SU RECLAMO, Y
C) DOCUMENTACIÓN COMPROBATORIA DE LOS HECHOS SOBRE LOS QUE VERSE LA DISCREPANCIA, DEBIDAMENTE ORDENADA E IDENTIFICADA CON NÚMERO DE ANEXO.
“EL INR”, PODRÁ RESOLVER POR SÍ MISMO LA DISCREPANCIA DE CARÁCTER TÉCNICO O ADMINISTRATIVO QUE HAYA SIDO HECHA VALER POR “EL CONTRATISTA”, O DELEGAR DICHA FACULTAD AL ÁREA QUE CONSIDERE PERTINENTE, EN CUYO CASO COMUNICARÁ A “EL CONTRATISTA” EL NOMBRE DEL ÁREA DESIGNADA, MARCANDO COPIA AL RESIDENTE DE OBRA.
“EL INR”, O EN SU CASO, EL ÁREA DESIGNADA, VERIFICARÁ QUE LA DISCREPANCIA HAYA SIDO PRESENTADA EN TIEMPO Y FORMA; EN CASO CONTRARIO LA DESECHARÁ. SI LA DISCREPANCIA NO ES DESECHADA, “EL INR”, O EN SU CASO, EL ÁREA DESIGNADA, COMUNICARÁ POR ESCRITO A “EL CONTRATISTA” EL INICIO DEL PROCEDIMIENTO DE DISCREPANCIA, QUIEN TENDRÁ UN PLAZO DE 10 (DIEZ) DÍAS HÁBILES PARA PRESENTAR TODO DOCUMENTO O ALEGATO QUE CONSIDERE NECESARIO Y QUE NO HUBIERA PRESENTADO JUNTO CON SU SOLICITUD. LA GERENCIA DE CONTROL, ADMINISTRACIÓN Y SUPERVISIÓN O EN SU CASO, EL ÁREA DESIGNADA PROCEDERÁ A ANALIZAR Y ESTUDIAR EL TEMA EN DISCREPANCIA Y CITARÁ POR ESCRITO A “EL CONTRATISTA” DENTRO DE UN PLAZO DE 5 (CINCO) DÍAS NATURALES CONTADOS A PARTIR DE LA PRESENTACIÓN DE LA DISCREPANCIA, PARA INICIAR LAS ACLARACIONES.
DURANTE LAS ACLARACIONES, LAS PARTES SE REUNIRÁN TANTAS VECES COMO SEA NECESARIO Y EL ÁREA ASIGNADA DEBERÁ COMUNICAR SU RESOLUCIÓN A “EL CONTRATISTA” DENTRO DE LOS 30 (TREINTA) DÍAS NATURALES SIGUIENTES A SU INICIO.
LA RESOLUCIÓN FINAL DE LA DISCREPANCIA DE CARÁCTER TÉCNICO O ADMINISTRATIVO SERÁ INAPELABLE, POR LO QUE EL RESIDENTE DE OBRA DE “EL INR” Y EN SU CASO LA SUPERVISIÓN, EMITIRÁN LA ORDEN DE CAMBIO QUE CORRESPONDA Y DE SER EL CASO, SE PROCEDERÁ A LA FORMALIZACIÓN DEL
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CONVENIO RESPECTIVO, CONCLUYENDO ASÍ EL PROCEDIMIENTO PARA LA RESOLUCIÓN DE RECLAMOS Y DISCREPANCIAS DE CARÁCTER TÉCNICO O ADMINISTRATIVO CON EFECTOS JURÍDICOS CONCERNIENTES A LAS PARTES.
VIGÉSIMO CUARTA.- CONTINUACIÓN DE LOS TRABAJOS.- SALVO DISPOSICIÓN EN CONTRARIO CONTENIDA EN ESTE DOCUMENTO U ORDEN ESCRITA EMITIDA POR “EL INR”, “EL CONTRATISTA” DEBERÁ CONTINUAR CON LOS TRABAJOS DE ACUERDO AL PROGRAMA DE EJECUCIÓN DE LOS MISMOS Y DAR CUMPLIMIENTO A SUS OBLIGACIONES SEÑALADAS ESTE INSTRUMENTO, NO OBSTANTE QUE SE HUBIESE(N) INICIADO PROCEDIMIENTO(S) DE SOLUCIÓN DE RECLAMOS Y DISCREPANCIAS DE CARÁCTER TÉCNICO O ADMINISTRATIVO, O DE CONTROVERSIAS CONFORME AL PRESENTE CONTRATO.
VIGÉSIMO QUINTA.- PROGRAMA.- “EL CONTRATISTA” DEBERÁ EJECUTAR LA OBRA DE ACUERDO A LO ESTIPULADO EN EL PRESENTE CONTRATO Y A SUS ANEXOS (ANEXO ) Y DEMÁS INDICACIONES PARTICULARES QUE EN SU CASO DICTE “EL INR”.
VIGÉSIMO SEXTA.- GARANTÍAS (DE ANTICIPO; DE CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO; POR DEFECTOS, VICIOS OCULTOS Y DE CUALQUIER OTRA RESPONSABILIDAD DE “EL CONTRATISTA”).- “EL CONTRATISTA” SE OBLIGA A CONSTITUIR LAS GARANTÍAS EN FAVOR Y A SATISFACCIÓN DE “EL INR”, EN LOS TÉRMINOS Y PROCEDIMIENTOS PREVISTOS POR LOS ARTÍCULOS 48, 49 FRACCIÓN II Y 66 DE LA LEY DE OBRAS PÚBLICAS Y SERVICIOS RELACIONADOS CON LAS MISMAS, ASÍ COMO EN LOS ARTÍCULOS 60, 64, 65, 66, Y 67 DEL REGLAMENTO DE LA LEY DE OBRAS PÚBLICAS Y SERVICIOS RELACIONADOS CON LAS MISMAS, PARA EL DEBIDO USO DEL ANTICIPO, EL CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO Y LOS DEFECTOS, VICIOS OCULTOS Y CUALQUIER OTRA RESPONSABILIDAD EN QUE HUBIERE INCURRIDO, DE CONFORMIDAD CON LO SIGUIENTE:
GARANTÍA DE ANTICIPO:
“EL CONTRATISTA”, A FIN DE GARANTIZAR EL ANTICIPO CORRESPONDIENTE, ENTREGARÁ A “EL INR” PREVIO A LA FIRMA DEL CONTRATO, PÓLIZA DE FIANZA POR EL 100% (CIEN POR CIENTO) DE LA CANTIDAD QUE RECIBA POR DICHO CONCEPTO POR “EL INR”, EXPEDIDA POR INSTITUCIÓN AFIANZADORA AUTORIZADA, Y A FAVOR DE “EL INR”. DENTRO DE LOS CINCO DÍAS NATURALES POSTERIORES A LA NOTIFICACIÓN QUE POR ESCRITO LE HAGA “EL INR” RESPECTO DEL IMPORTE DE DICHO ANTICIPO.
“EL CONTRATISTA” GARANTIZARÁ EL IMPORTE TOTAL DEL ANTICIPO AUTORIZADO, A FAVOR DE “EL INR”. LA FIANZA CORRESPONDIENTE SERÁ PRESENTADA
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PREVIAMENTE A LA ENTREGA DEL ANTICIPO Y DENTRO DE LOS 15 DÍAS NATURALES SIGUIENTES A LA FECHA EN QUE “EL CONTRATISTA” RECIBA LA NOTIFICACIÓN DEL FALLO, DE ACUERDO A LO PREVISTO POR LOS ARTÍCULOS 48, FRACCIÓN I, Y 50, FRACCION I, DE LA LEY DE OBRAS PÚBLICAS Y SERVICIOS RELACIONADOS CON LAS MISMAS. “EL INR” CONSIGNARÁ EN LA FOTOCOPIA DE LA GARANTÍA LA FECHA DE RECEPCIÓN PARA LOS TRÁMITES A QUE HAYA LUGAR. LA GARANTÍA SUBSISTIRÁ HASTA LA TOTAL AMORTIZACIÓN DEL ANTICIPO, EN CUYO CASO, “EL INR” CANCELARÁ LA MISMA MEDIANTE NOTIFICACIÓN EXPRESA Y POR ESCRITO A LA INSTITUCIÓN AFIANZADORA, PREVIA SOLICITUD POR ESCRITO AL RESPECTO POR PARTE DE “EL CONTRATISTA”.
TENIENDO “EL CONTRATISTA” LA OBLIGACIÓN DE INFORMAR A “EL INR” LA CORRECTA APLICACIÓN Y USO DE LOS ANTICIPOS OTORGADOS Y ENTREGAR LA DOCUMENTACIÓN QUE COMPRUEBE LO ANTERIOR, EN UN PLAZO DE 15 DÍAS NATURALES CONTADOS A PARTIR DE LA RECEPCIÓN DEL MISMO.
GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO:
“EL CONTRATISTA”, A FIN DE GARANTIZAR EL CUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES DERIVADAS DEL PRESENTE CONTRATO, ENTREGA A “EL INR” PREVIO A LA FIRMA DEL CONTRATO, PÓLIZA DE FIANZA POR EL 10% (DIEZ POR CIENTO) DEL MONTO DEL CONTRATO EXPEDIDA POR INSTITUCIÓN AFIANZADORA AUTORIZADA, A FAVOR DEL INSTITUTO NACIONAL DE REHABILITACIÓN.
CONCLUIDOS LOS TRABAJOS, “EL CONTRATISTA” QUEDARÁ OBLIGADO A RESPONDER DE LOS DEFECTOS QUE RESULTAREN EN LOS MISMOS, DE LOS VICIOS OCULTOS Y DE CUALQUIER OTRA RESPONSABILIDAD EN QUE HUBIERE INCURRIDO, EN LOS TÉRMINOS SEÑALADOS EN EL CONTRATO RESPECTIVO Y EN LA LEGISLACIÓN APLICABLE.
LOS TRABAJOS SE GARANTIZARAN DURANTE UN PLAZO DE DOCE MESES POR EL INCUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES A QUE SE REFIERE EL PÁRRAFO ANTERIOR, POR LO QUE PREVIAMENTE A AL RECEPCIÓN DE LOS TRABAJOS, “EL CONTRATISTA”, A SU ELECCIÓN, DEBERÁ CONSTITUIR FIANZA POR EL EQUIVALENTE AL 10 (DIEZ) POR CIENTO DEL MONTO TOTAL EJERCIDO DE LOS TRABAJOS; PRESENTAR UNA CARTA DE CRÉDITO IRREVOCABLE POR EL EQUIVALENTE AL 5 (CINCO) POR CIENTO DEL MONTO TOTAL EJERCIDO DE LOS TRABAJOS, O BIEN, APORTAR RECURSOS LIQUIDOS POR UNA CANTIDAD EQUIVALENTE AL 5 (CINCO) POR CIENTO DEL MISMO MONTO EN FIDEICOMISOS ESPECIALMENTE CONSTITUIDOS PARA ELLO.
“EL CONTRATISTA” MANIFIESTA EXPRESAMENTE:
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A).- SU VOLUNTAD Y CONSENTIMIENTO EXPRESO PARA QUE EN EL SUPUESTO DE INCUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES QUE DERIVEN DEL PRESENTE CONTRATO, SE HAGA EFECTIVA LA GARANTÍA OTORGADA, ASÍ COMO CUALQUIER OTRO SALDO A FAVOR DE “EL INR”;
B).- SU CONFORMIDAD DE QUE LA FIANZA SE PAGUE INDEPENDIENTEMENTE DE QUE SE INTERPONGA CUALQUIER TIPO DE RECURSO ANTE INSTANCIAS DEL ORDEN ADMINISTRATIVO O JUDICIAL;
C).- SU CONFORMIDAD PARA QUE LA FIANZA QUE GARANTIZA EL CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO, PERMANEZCA VIGENTE DURANTE LA SUBSTANCIACIÓN DE TODOS LOS PROCEDIMIENTOS JUDICIALES O ARBITRALES Y LOS RESPECTIVOS RECURSOS QUE SE INTERPONGAN CON RELACIÓN AL PRESENTE CONTRATO, HASTA QUE SEA DICTADA RESOLUCIÓN DEFINITIVA QUE CAUSE EJECUTORIA POR PARTE DE LA AUTORIDAD O TRIBUNAL COMPETENTE;
D).- SU CONFORMIDAD EN OBLIGARSE CONJUNTAMENTE CON SU AFIANZADORA EN CASO DE RECLAMACIÓN, DE CONFORMIDAD CON EL ARTÍCULO 118 BIS DE LA LEY FEDERAL DE INSTITUCIONES DE FIANZAS;
E).- SU ACEPTACIÓN PARA QUE LA FIANZA DE CUMPLIMIENTO PERMANEZCA VIGENTE HASTA QUE LAS OBLIGACIONES GARANTIZADAS HAYAN SIDO CUMPLIDAS EN SU TOTALIDAD A SATISFACCIÓN DE “EL INR” EN LA INTELIGENCIA QUE LA CONFORMIDAD PARA LA LIBERACIÓN DEBERÁ SER OTORGADA MEDIANTE ESCRITO SUSCRITO POR “EL INR”, Y
F).- SU CONFORMIDAD EN QUE LA RECLAMACIÓN QUE SE PRESENTE ANTE LA AFIANZADORA POR INCUMPLIMIENTO DE CONTRATO, QUEDARÁ DEBIDAMENTE INTEGRADA CON LA SIGUIENTE DOCUMENTACIÓN:
1.- RECLAMACIÓN POR ESCRITO A LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS.
2.- COPIA DE LA PÓLIZA DE FIANZA Y SUS DOCUMENTOS MODIFICATORIOS, EN SU CASO.
3.- COPIA DEL CONTRATO GARANTIZADO Y SUS ANEXOS, EN SU CASO.
4.- COPIA DEL DOCUMENTO DE NOTIFICACIÓN AL FIADO DE SU INCUMPLIMIENTO.
5.- CUANTIFICACIÓN DEL INCUMPLIMIENTO.
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EN EL CASO DE CUALQUIER MODIFICACIÓN AL MONTO O AL PLAZO PACTADO EN EL PRESENTE CONTRATO Y/O SUS ANEXOS, “EL CONTRATISTA” SE OBLIGA A ENTREGAR A “EL INR” DENTRO DE LOS 15 (QUINCE) DÍAS NATURALES SIGUIENTES A LA FORMALIZACIÓN DEL CONVENIO MODIFICATORIO RESPECTIVO, EL DOCUMENTO MODIFICATORIO DE LA GARANTÍA OTORGADA ORIGINALMENTE CONFORME A LOS TÉRMINOS ESTABLECIDOS EN ESTE CONTRATO, EN EL CUAL SE GARANTICEN LAS OBLIGACIONES DE ESTE CONTRATO Y DEL CONVENIO CORRESPONDIENTE. EN EL CASO DE QUE “EL CONTRATISTA” NO CUMPLA CON DICHA ENTREGA, “EL INR” PODRÁ DETERMINAR LA RESCISIÓN ADMINISTRATIVA DEL CONTRATO. EL DOCUMENTO MODIFICATORIO DEBERÁ CONTENER LA ESTIPULACIÓN DE QUE ES PARTE, SOLIDARIA E INSEPARABLE DE LA FIANZA INICIALMENTE PRESENTADA POR “EL CONTRATISTA”.
GARANTÍA POR DEFECTOS, VICIOS OCULTOS Y DE CUALQUIER OTRA RESPONSABILIDAD.
CONCLUIDOS LOS TRABAJOS O EN SU CASO LOS RECEPCIONADOS EN LOS TÉRMINOS DEL ARTÍCULO 138 DEL REGLAMENTO DE LA LEY DE OBRAS PÚBLICAS Y SERVICIOS RELACIONADOS CON LAS MISMAS, “EL CONTRATISTA” QUEDARÁ OBLIGADO A RESPONDER DE LOS DEFECTOS QUE RESULTAREN EN LOS MISMOS, DE LOS VICIOS OCULTOS Y DE CUALQUIER OTRA RESPONSABILIDAD EN QUE HUBIERE INCURRIDO, EN LOS TÉRMINOS SEÑALADOS EN EL PRESENTE CONTRATO Y EN LA LEGISLACIÓN APLICABLE.
LOS TRABAJOS SE GARANTIZARÁN DURANTE UN PLAZO DE 12 (DOCE) MESES POR EL CUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES A QUE SE REFIERE EL PÁRRAFO ANTERIOR, POR LO QUE PREVIAMENTE A LA RECEPCIÓN DE LOS TRABAJOS, “EL CONTRATISTA”, A SU ELECCIÓN, DEBERÁ CONSTITUIR FIANZA POR EL EQUIVALENTE AL 10% (DIEZ POR CIENTO) DEL MONTO TOTAL EJERCIDO DE LOS TRABAJOS. ESTA GARANTÍA SE LIBERARÁ UNA VEZ TRANSCURRIDOS DOCE MESES, CONTADOS A PARTIR DE LA FECHA DEL ACTA DE RECEPCIÓN FÍSICA DE LOS TRABAJOS, SIEMPRE QUE DURANTE ESE PERIODO NO HAYA SURGIDO UNA RESPONSABILIDAD A CARGO DE “EL CONTRATISTA”.
LA GARANTÍA POR DEFECTOS, XXXXXX OCULTOS DE LOS TRABAJOS Y POR CUALQUIER OTRA RESPONSABILIDAD CONSTITUIDA MEDIANTE FIANZA, SU LIBERACIÓN ESTARÁ A LO PREVISTO EN LA PÓLIZA DE FIANZA QUE SE OTORGUE EN LOS TÉRMINOS DEL ARTÍCULO 68 DEL REGLAMENTO DE LA LEY DE OBRAS PÚBLICAS Y SERVICIOS RELACIONADOS CON LAS MISMAS.
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VIGÉSIMO SÉPTIMA. PENAS CONVENCIONALES.- CON BASE EN ÉL ARTICULO 46, FRACCIÓN VIII DE LA LEY DE OBRAS PUBLICAS Y SERVICIOS RELACIONADOS CON LAS MISMAS LAS PARTES FIJAN DE COMÚN ACUERDO LAS SIGUIENTES PENAS CONVENCIONALES: "EL INR" O QUIEN ÉSTE DESIGNE VERIFICARÁ PERMANENTEMENTE SI LA OBRA OBJETO DE ESTE CONTRATO SE ESTÁ EJECUTANDO POR “EL CONTRATISTA” DE ACUERDO CON EL ANEXO 1 (ANEXO TÉCNICO) CONVINIÉNDOSE TAMBIÉN QUE, SI AL EFECTUARSE LA VERIFICACIÓN, LA OBRA RESULTARE MAL REALIZADA RESPECTO AL PROYECTO EJECUTIVO Y LAS ESPECIFICACIONES Y NORMAS DE CALIDAD PACTADAS ENTRE ESTOS, SE TENDRÁN POR NO REALIZADOS.
LAS PENAS CONVENCIONALES ÚNICAMENTE SE APLICARÁN POR ATRASOS EN EL CUMPLIMIENTO DE LAS FECHAS ESTABLECIDAS EN EL PROGRAMA GENERAL DE EJECUCIÓN DE LOS TRABAJOS, ASI COMO POR EL ATRASO EN EL CUMPLIMIENTO EN LA FECHA DE TERMINACIÓN DE LOS TRABAJOS PACTADA EN EL CONTRATO.
LAS PENAS SERÁN DETERMINADAS EN FUNCIÓN DEL IMPORTE DE LOS TRABAJOS QUE NO SE HAYAN EJECUTADO OPORTUNAMENTE CONFORME AL PROGRAMA DE EJECUCIÓN GENERAL DE LOS TRABAJOS Y SE APLICARÁN CONSIDERANDO LOS AJUSTES DE COSTOS, SIN APLICAR EL IMPUESTO AL VALOR AGREGADO, CONSIDERANDO PARA EL CÁLCULO DE LAS MISMAS, EL AVANCE EN LA EJECUCIÓN DE LOS TRABAJOS CONFORME A AL FECHA XX XXXXX PARA EL PAGO DE ESTIMACIONES PACTADAS EN EL CONTRATO.
DURANTE LA VIGENCIA DEL PROGRAMA DE EJECUCIÓN GENERAL DE LOS TRABAJOS, LAS PENAS CONVENCIONALES SE APLICARÁN MEDIANTE RETENCIONES ECONÓMICAS A LAS ESTIMACIONES QUE SE ENCUENTREN EN PROCESO EN LA FECHA QUE DETERMINE EL ATRASO, MISMAS QUE “EL CONTRATISTA” PODRÁ RECUPERAR EN LAS SIGUIENTES ESTIMACIONES SI REGULARIZA LOS TIEMPOS DE ATRASO CONFORME AL CITADO PROGRAMA.
SI COMO CONSECUENCIA DE LA VERIFICACIÓN ANTERIOR SE DETERMINA QUE EL AVANCE DE LA OBRA ES MENOR DE LO QUE DEBIÓ REALIZARSE Y EL ATRASO ES IMPUTABLE A “EL CONTRATISTA”, "EL INR" PROCEDERÁ A RETENER PREVENTIVAMENTE UNA CANTIDAD IGUAL A LA QUE RESULTE DE APLICAR EL 1% A LA DIFERENCIA EXISTENTE ENTRE LOS IMPORTES DE LA OBRA QUE DEBIÓ REALIZAR “EL CONTRATISTA” Y LA REALMENTE EJECUTADA, DESDE LA FECHA DE SU CUMPLIMIENTO HASTA LA REVISIÓN, DE CONFORMIDAD CON EL ANEXO 1 (ANEXO TÉCNICO) DEL PRESENTE CONTRATO POR LO TANTO MENSUALMENTE SE HARÁ LA RETENCIÓN O DEVOLUCIÓN CORRESPONDIENTE.
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LAS RETENCIONES ECONÓMICAS TENDRÁN EL CARÁCTER DE DEFINITIVAS, SI A LA FECHA PACTADA DE TERMINACIÓN DE LOS TRABAJOS, ÉSTOS NO HAN SIDO CONCLUIDOS.
LAS PENAS CONVENCIONALES POR ATRASO EN EL CUMPLIMIENTO EN LA FECHA DE TERMINACIÓN DE LOS TRABAJOS PACTADA EN ESTE CONTRATO, SERÁ DE 3 AL MILLAR SOBRE EL MONTO DE LA OBRA NO EJECUTADA, POR CADA DÍA DE ATRASO.
SE EJECUTARÁ UNA RETENCIÓN POR ENTREGA TARDÍA DE ESTIMACIONES, CON UN IMPORTE DEL 1% SOBRE EL MONTO DE LA ESTIMACIÓN. DICHA RETENCIÓN SE REINTEGRARÁ EN LA SIGUIENTE ESTIMACIÓN, EN EL SUPUESTO QUE ÉSTA SE ENTREGUE EN TIEMPO Y FORMA.
EN NINGÚN CASO, LA SUMA TOTAL DE LAS PENAS ECONÓMICAS CONVENCIONALES MENCIONADAS EN ESTA CLÁUSULA, PODRÁ SER MAYOR AL 10% DEL MONTO DEL CONTRATO.
PARA DETERMINAR LAS RETENCIONES Y, EN SU CASO, PARA LA APLICACIÓN DE LAS PENAS CONVENCIONALES ESTIPULADAS, SE TOMARAN EN CUENTA:
LAS DEMORAS MOTIVADAS POR CASO FORTUITO O DE FUERZA MAYOR CUANDO EL ATRASO TENGA LUGAR POR FALTA DE PAGO DENTRO DE LOS PLAZOS SEÑALADOS, POR FALTA DE INFORMACIÓN REFERENTE A PLANOS, ESPECIFICACIONES O NORMAS DE CALIDAD. CUANDO “EL CONTRATISTA” HAYA DESVIADO RECURSOS DE SU PRESUPUESTO HACIA LA EJECUCIÓN DE LOS CONCEPTOS EXTRAORDINARIOS SOLICITADOS POR EL RESPONSABLE DESIGNANDO SIN INTEGRARLOS PREVIAMENTE EN EL CONTRATO, CUANDO NO SE FORMALICE OPORTUNAMENTE LA MODIFICACIÓN DEL PLAZO Y LA OBRA SE DESARROLLE SIN PROGRAMA DE EJECUCIÓN FORMAL, ASÍ COMO, CUANDO "EL INR" HUBIERE ORDENADO POR ESCRITO LA SUSPENSIÓN DE LOS TRABAJOS O CUALQUIER OTRA CAUSA NO IMPUTABLE A “EL CONTRATISTA”, DEBIDAMENTE DOCUMENTADA.
EN CASO DE INCUMPLIMIENTO O VIOLACIÓN POR PARTE DE “EL CONTRATISTA” A CUALQUIERA DE LAS ESTIPULACIONES DEL CONTRATO, "EL INR" PODRÁ, DENTRO DE LA VIGENCIA DEL CONTRATO, OPTAR ENTRE EXIGIR EL CUMPLIMIENTO DEL MISMO O DECLARAR LA RESCISIÓN ADMINISTRATIVA CONFORME AL PROCEDIMIENTO XX XXX, CON LA APLICACIÓN DE LA PENA CONVENCIONAL ACORDADA EN ESTA CLÁUSULA, SÍ COMO CAUSAL EN EL PÁRRAFO ANTERIOR "EL INR" OPTA POR LA RESCISIÓN ADMINISTRATIVA DEL CONTRATO POR CAUSAS IMPUTABLES A “EL CONTRATISTA”, INVARIABLEMENTE Y OPORTUNAMENTE INICIARA LA EJECUCIÓN DE LA FIANZA DE CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO, UNA VEZ NOTIFICADA FORMALMENTE LA RESCISIÓN Y REALIZADO EL FINIQUITO, PREVIO PROCEDIMIENTO XX XXX.
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LA APLICACIÓN DE LAS PENAS CONVENCIONALES ES INDEPENDIENTE DE LA EJECUCIÓN DE LA FIANZA DE CUMPLIMIENTO EN EL CASO DE RESCISIÓN ADMINISTRATIVA DEL CONTRATO.
VIGÉSIMO OCTAVA. CESIÓN DE DERECHOS.- “EL CONTRATISTA” NO PODRÁ CEDER LOS DERECHOS Y OBLIGACIONES QUE SE DERIVEN DEL PRESENTE CONTRATO EN FORMA PARCIAL O TOTAL EN FAVOR DE CUALESQUIERA OTRA PERSONA FÍSICA O MORAL, CON EXCEPCIÓN DE LOS DERECHOS DE COBRO SOBRE LAS ESTIMACIONES POR TRABAJOS EJECUTADOS, EN CUYO CASO “EL CONTRATISTA” DEBERÁ SOLICITAR POR ESCRITO A “EL INR” SU CONSENTIMIENTO, QUIEN RESOLVERÁ LO PROCEDENTE, EN UN TÉRMINO DE 15 (QUINCE) DÍAS NATURALES CONTADOS A PARTIR DE SU PRESENTACIÓN. EN CASO DE QUE TRANSCURRA EL PLAZO ANTES REFERIDO SIN QUE “EL INR” HAYA DADO RESPUESTA POR ESCRITO A LA SOLICITUD DE “EL CONTRATISTA”, ÉSTA SE TENDRÁ POR NO ACEPTADA.
SI CON MOTIVO DE LA CESIÓN DE LOS DERECHOS DE COBRO SOLICITADA POR “EL CONTRATISTA” SE ORIGINA UN RETRASO EN EL PAGO, NO PROCEDERÁ EL PAGO DE GASTOS FINANCIEROS A QUE HACE REFERENCIA EL ARTÍCULO 55 DE LA LEY DE OBRAS PÚBLICAS Y SERVICIOS RELACIONADOS CON LAS MISMAS. EL TRÁMITE DE LA CESIÓN DE DERECHOS DE COBRO TAMPOCO OTORGARÁ A “EL CONTRATISTA” EL DERECHO DE SOLICITAR UNA PRÓRROGA A LA FECHA DE TERMINACIÓN.
VIGÉSIMO NOVENA.- RELACIONES LABORALES DE ”EL CONTRATISTA” CON SU PERSONAL.- “EL CONTRATISTA” COMO EMPRESARIO Y PATRÓN DEL PERSONAL QUE OCUPE PARA DAR CUMPLIMIENTO A LAS OBLIGACIONES CONTRAÍDAS PARA LA CELEBRACIÓN DEL PRESENTE INSTRUMENTO, SERÁ EL ÚNICO RESPONSABLE DE LAS OBLIGACIONES DERIVADAS DE LAS DISPOSICIONES LEGALES Y DEMÁS ORDENAMIENTOS EN MATERIA DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL HACIA SU PERSONAL, ÉL MISMO CONVIENE EN RESPONDER DE TODAS LAS RECLAMACIONES QUE SUS TRABAJADORES O TERCEROS LLEGAREN A PRESENTAR EN SU CONTRA O EN CONTRA DE “EL INR”, EN RELACIÓN CON LOS SERVICIOS OBJETO DE ESTE CONTRATO, CUALQUIER EROGACIÓN QUE LLEGARE A HACER “EL INR” POR CONCEPTO DE RELACIÓN LABORAL ÉSTA(S) LE(S) SERÁ(N) REINTEGRADA(S) POR “EL CONTRATISTA” EN FORMA INMEDIATA.
TRIGÉSIMA.- RECURSOS HUMANOS.- PARA EFECTOS DEL CUMPLIMIENTO DEL PRESENTE CONTRATO, “EL CONTRATISTA” SE OBLIGA A PROPORCIONAR EL PERSONAL ESPECIALIZADO PARA LA EJECUCIÓN DE LOS SERVICIOS CONTRATADOS.
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QUEDA EXPRESAMENTE ESTIPULADO QUE EL PRESENTE INSTRUMENTO SE SUSCRIBE EN ATENCIÓN A QUE “EL CONTRATISTA” CUENTA CON EL PERSONAL DEBIDAMENTE CAPACITADO Y NECESARIO, EXPERIENCIA, EQUIPO E INSTRUMENTOS DE TRABAJO PROPIOS PARA EJECUTAR LA OBRA PÚBLICA OBJETO DEL MISMO, Y POR LO TANTO, EN NINGÚN MOMENTO SE CONSIDERARÁ COMO INTERMEDIARIO DE “EL INR” RESPECTO DE DICHO PERSONAL, EXIMIENDO DESDE AHORA “EL CONTRATISTA” A “EL INR” DE CUALQUIER RESPONSABILIDAD FÍSICA, LABORAL Y DE SEGURIDAD SOCIAL, CIVIL, PENAL Y DE CUALQUIER OTRA ÍNDOLE, QUE PUDIERA DARSE COMO CONSECUENCIA DIRECTA DE LA PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS MATERIA DEL PRESENTE INSTRUMENTO, OBLIGÁNDOSE ASÍ MISMO “EL CONTRATISTA” A OTORGAR A “EL INR” AL TÉRMINO DE LA VIGENCIA DE ESTE CONTRATO, EL FINIQUITO CORRESPONDIENTE.
TRIGÉSIMO PRIMERA.- CLÁUSULA FISCAL.- LAS PARTES PAGARÁN TODAS Y CADA UNA DE LAS CONTRIBUCIONES Y DEMÁS CARGAS FISCALES QUE CONFORME A LAS LEYES FEDERALES, ESTATALES Y MUNICIPALES DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS TENGAN LA OBLIGACIÓN DE CUBRIR DURANTE LA VIGENCIA, EJECUCIÓN Y CUMPLIMIENTO DEL PRESENTE CONTRATO Y SUS ANEXOS. “EL INR”, DADA LA NATURALEZA DE LOS SERVICIOS PRESTADOS POR EL “EL CONTRATISTA”, NO ESTA OBLIGADO A REALIZAR RETENCIÓN ALGUNA EN MATERIA FISCAL POR LOS PAGOS QUE HAGA A “EL CONTRATISTA”.
TRIGÉSIMO SEGUNDA.- SUBCONTRATACIÓN.- “EL CONTRATISTA” PODRÁ SUBCONTRATAR PARCIALMENTE LOS TRABAJOS DE CONSTRUCCIÓN QUE SE SEÑALAN EN ESTA CLÁUSULA, SIN QUE ESTA ACCIÓN LO LIBERE DE SU RESPONSABILIDAD ANTE “EL INR”, EL CUAL PODRÁ SOLICITAR LA INFORMACIÓN NECESARIA QUE ACREDITE LA EXPERIENCIA Y CAPACIDAD TÉCNICA Y ECONÓMICA DE LAS PERSONAS QUE SE SUBCONTRATARÁN DE CONFORMIDAD CON LO ESTIPULADO POR EL ARTÍCULO 26, FRACCIÓN V, DEL REGLAMENTO DE LA LEY DE OBRAS PÚBLICAS Y SERVICIOS RELACIONADOS CON LAS MISMAS. LOS RUBROS QUE “EL CONTRATISTA” PODRÁ SUBCONTRATAR, PREVIO ACUERDO POR ESCRITO DE “EL INR”, SON LOS SIGUIENTES:
A) CARPINTERÍAS.
B) CANCELERÍAS.
TRIGÉSIMO TERCERA.- ANEXOS.- FORMAN PARTE DE ESTE CONTRATO LA PROPUESTA TÉCNICA Y ECONÓMICA, PRESENTADA POR “EL CONTRATISTA”, ASÍ COMO LA DOCUMENTACIÓN PARA LA EJECUCIÓN DE LA OBRA OBJETO DEL
Contrato No. | SALUD/INR/OP- /2013 |
Invitación a cuando menos tres personas con Carácter Nacional | |
Plazo de ejecución | |
Monto total del contrato | |
Fecha de Inicio probable | |
Fecha de término | |
Fecha de firma | de de 2013 |
PRESENTE CONTRATO, ASÍ COMO EL CATÁLOGO DE CONCEPTOS, UNIDADES DE MEDICIÓN Y TODA LA DOCUMENTACIÓN DERIVADA DE LA INVITACIÓN A CUANDO MENOS TRES PERSONAS PÚBLICA NACIONAL NÚMERO 122551001-002-09 EN LA MEDIDA EN QUE SEAN CONSISTENTES CON EL PRESENTE CONTRATO YA SEA NECESARIO PARA LA INTERPRETACIÓN DE LAS OBLIGACIONES NO PRECISADAS EN ESTE DOCUMENTO, O PARA SU COTEJO REPRESENTAN EL ACUERDO TOTAL ENTRE LAS PARTES CON RESPECTO AL OBJETO DEL MISMO.
ACOMPAÑA Y FORMA PARTE INTEGRANTE DE ESTE INSTRUMENTO, LOS SIGUIENTES ANEXOS QUE A CONTINUACIÓN SE INDICAN:
Anexo 1.-
Anexo 2.-
Anexo 3.-
…………..
…………..
……………
ANEXOS
TRIGÉSIMO CUARTA.- LEGISLACIÓN.- LAS PARTES SE OBLIGAN A SUJETARSE ESTRICTAMENTE PARA LA EJECUCIÓN DE LA OBRA OBJETO DE ESTE CONTRATO, Y DE TODAS Y CADA UNA DE LAS CLÁUSULAS Y ANEXOS QUE LO INTEGRAN, A LOS TÉRMINOS, LINEAMIENTOS, PROCEDIMIENTOS Y REQUISITOS QUE ESTABLECE LA LEY DE OBRAS PÚBLICAS Y SERVICIOS RELACIONADOS CON LAS MISMAS, SU REGLAMENTO Y DE MANERA SUPLETORIA, AL CÓDIGO CIVIL FEDERAL, LEY FEDERAL DE PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO, CÓDIGO FEDERAL DE PROCEDIMIENTOS CIVILES, Y A LAS POLÍTICAS, BASES Y LINEAMIENTOS EN MATERIA DE OBRAS PÚBLICAS Y SERVICIOS RELACIONADOS CON LAS MISMAS DEL INSTITUTO NACIONAL DE REHABILITACIÓN, ASÍ COMO A LAS DEMÁS LEYES Y ORDENAMIENTOS APLICABLES.
TRIGÉSIMO QUINTA.- JURISDICCIÓN.- EL PRESENTE CONTRATO SE REGIRÁ POR LAS LEYES FEDERALES DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS Y DEMÁS DISPOSICIONES
Contrato No. | SALUD/INR/OP- /2013 |
Invitación a cuando menos tres personas con Carácter Nacional | |
Plazo de ejecución | |
Monto total del contrato | |
Fecha de Inicio probable | |
Fecha de término | |
Fecha de firma | de de 2013 |
QUE DE ELLAS EMANEN, EN VIGOR. EN CASO DE QUE SURJA CUALQUIER CONTROVERSIA RELACIONADA CON EL PRESENTE CONTRATO, LAS PARTES ACUERDAN EXPRESAMENTE SOMETERSE A LA JURISDICCIÓN DE LOS TRIBUNALES FEDERALES CON XXXXXXXXX XX XX XXXXXX XX XXXXXX, XXXXXXXX XXXXXXX; POR LO TANTO, “EL CONTRATISTA” RENUNCIA IRREVOCABLEMENTE A CUALQUIER FUERO QUE PUDIERA CORRESPONDERLE POR RAZÓN DE SU DOMICILIO PRESENTE O FUTURO, O POR CUALQUIER OTRA CAUSA.
NO OBSTANTE LO ANTERIOR, EN CASO DE UNA CONTROVERSIA TÉCNICA, “EL CONTRATISTA” DEBERÁ PREVIAMENTE AGOTAR EL PROCEDIMIENTO PREVISTO EN LA CLÁUSULA VIGÉSIMO TERCERA DE ESTE CONTRATO, DENOMINADA RECLAMOS Y DISCREPANCIAS DE CARÁCTER TÉCNICO O ADMINISTRATIVO, Y SÓLO EN EL CASO DE QUE LAS PARTES NO CONSIGAN LLEGAR A UN ACUERDO MEDIANTE DICHO PROCEDIMIENTO, “EL CONTRATISTA” TENDRÁ EL DERECHO DE ACUDIR A LAS INSTANCIAS PREVISTAS EN ESTA CLÁUSULA.
LEÍDO QUE FUE EL PRESENTE CONTRATO POR LAS PARTES Y DEBIDAMENTE ENTERADAS DE SU VALOR Y CONSECUENCIAS LEGALES, LO FIRMAN POR TRIPLICADO EN LA CIUDAD DE MÉXICO, DISTRITO FEDERAL, A LOS DÍAS DEL MES DE DEL AÑO DOS MIL NUEVE.
POR EL “EL INR” POR “EL CONTRATISTA”
XX. XXXX XXXXXXXXX XXXXXX DIRECTOR GENERAL
REPRESENTANTE LEGAL
DRA. XXXXXXXX XXXXXXX XXXXX DIRECTORA DE ADMINISTRACIÓN
ARQ. XXXXXXXXX XXXXXXXX XXXX SUBDIRECTOR DE CONSERVACIÓN Y MANTENIMIENTO
Contrato No. | SALUD/INR/OP- /2013 |
Invitación a cuando menos tres personas con Carácter Nacional | |
Plazo de ejecución | |
Monto total del contrato | |
Fecha de Inicio probable | |
Fecha de término | |
Fecha de firma | de de 2013 |
NOTA: ESTE MODELO DE CONTRATO, ESTA SUJETO A CAMBIOS DERIVADOS DEL PRESENTE PROCEDIMIENTO DE INVITACIÓN A CUANDO MENOS TRES PERSONAS DE CARACTER NACIONAL No. INR/OP/01-13, ASÍ COMO LO QUE SE ESTABLEZCA EN LA JUNTA DE ACLARACIONES A LA PRESENTE CONVOCATORIA.