SINDICATO DE TRABAJADORES DE LA EMPRESA
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SINDICATO DE TRABAJADORES DE LA EMPRESA
"ENCUADERNACIÓN PROGRESO"
Registro No. 5170
ASUNTO: Se presenta para su depósito Contrato Colectivo de Trabajo, correspondiente a la Revisión 2012.
X. XXXXXXXXXX XX XX X. XXXXX XXXXX XX XXXXXXXXXxXX X XXXXXXXXX XXX XXXXXXXX
XXXXXXX
PRESENTE.
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XXXXXX XXXXXXX XXXXXX, con el carácter de Secretaria General del ~Sindicato de Trabajadores de la Empresa Encuadernación Progreso. ~ lo que acredito con la
xxxxxxxxxxxxx xxxxx, señalando como mis apoderados a los ce. L1es. XXXX XXXXXX
XXXXXXXXX XXXXXXXXX. XXXXX XXXXXXXX XXXXXXXXX XXXXX y/o NATALY
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XXXXXXXXX XXXX XXXXX, señalando como domicilio para oir y recibir de notificaciones el ubicado en la Xxxxx xx Xxxxxxxx Xx. 00, Xxx. Xxxxxxxxx Xxxxxxx, Xxx. Xxxxxxxxxx, en esta ciudad, ante usted, respetuosamente comparezco y expongo:
Que acompaño al presente escrito por cuadriplicado y para efecto de su depósito legal, Contrato Colectivo de Trabajo, correspondiente a la Revisión 2012, celebrado entre mi representado el sindicato, y la empresa ~Impresora y Encuadernadora Progreso S.A. de C.V., con domicilio ubicado en Av. San Xxxxxxx Xxxxxxx No. 244, Col Paraje San Xxxx, Del. /ztapalapa, de esta Ciudad.
Para tales efectos, se acompaña también por cuadruplicado, el tabulador de salarios 2012, mismo que sufrió el incremento otorgado en la revisión correspondiente de 3.9 directo al salario y de 1.5 en prestaciones, cantidades estas que ya se encuentran debidamente vaciadas en el Contrato Colectivo.
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Así mismo se señala que el renglón correspondiente a las Comisiones Mixtas de Seguridad e Higiene, se observará en términos del Reglamento Interior de Trabajo, depositado ante esta H. Autoridad.
Por lo expuesto, solicito de usted:
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ÚNICO.- Acordar lo que proceda conforme a derecho.
PROTESTO LO NECESARIO
México, D.F. a 25 xx xxxxx de 2012
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Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxxx.
Secretaria General
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"POR LA ORGANIZACIÓN Y EMANCIPACIÓN DE LOS TRABAJADORES"
Saltillo No. 37, Col. Hipódromo Condesa, C. P. 06100, MeKico, D. F. Tels.yFax:S28&7216.5256-1346
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CONTRATO COLECTIVO DE TRABAJO QUE CELEBRAN POR UNA PARTE IMPRESORA Y ENCUADERNADORA PROGRESO S.A. DE C.V., REPRESENTAOA POR SU DIRECTOR GENERAL XXX. XXXXXXX XXXXXX XXXXXXXX XXXXX. CON LA INTERVENCION DEL GERENTE ADMINISTRACION y FINANZAS, LIC. XXXXXXXX XXXXXXXXX XXXXXXX y POR LA OTRA PARTE EL SINDICATO DE TRABAJADORES DE LA EMPRESA "ENCUADERNACION PROGRESO", REPRESENTADO POR XXXXXX XXXXXXX XXXXXX EN SU CARACTER DE SECRETARIA GENERAL, AL TENOR DE LAS SIGUIENTES DECLARACIONES Y CLAUSULAS:
DECLARACIONES
l.-Impresora y Encuadernadora Progreso, S.A. de C.V. declara:
A) Que es una Empresa de participación Estatal Mayoritaria constituida como Sociedad Anónima de Capital variable de acuerdo con las leyes mexicanas según escrituras públicas No. 12,769 de fecha 0 xx xxxxx xx 0000, xxxxxxxx xxxx xx xx del Lic. Xxxxxxx Xxxxx, Notario Público No. 134 del D.F y No. 25,190 de fecha 0 xx xxxxxxx xx 0000, xxxxxxxx xxxx xx xx del Lic. Xxxx Xxxx Xxxxxx Xxxxxx, Xxxxxxx Xxxxxxx Xx. 000 xxx X.X.
X) Que el Arq. Xxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxxx Xxxxx, Director General, acredita su personalidad y facultades con testimonio de la escritura pública núm. 27, 871 de fecha 00 xx xxxx xx 0000, xxxxxxxx xxxx xx xx del Lic. Xxxx Xxxx Xxxxxx Xxxxxx,
Xxxxxxx Xxxxxxx Xx. 000 xxx X.X.
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C) El Lic. Xxxxxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxxx, Gerente de Admin'js;tración :Y:; Finanzas;-'¡
acredita su personalidad y facultades con el testimonio de la escritura n~Lm.27, 995 ';
de fecha 00 xx xxxxx xx 0000, xxxxxxxx xxxx xx xx del Lic. Xxx~$ Xxxx Xx~nco Xxxxxx" Notario Xxxxxxx Xx. 000 xxx X.X. ~¡.,! r~ ',~ t:
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Para los efectos de este instrumento juridico señala como su'.domiciliO:::'61ubicado:
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en la Xxx Xxxxxxx xxxxxx 000, Xxxxxxx Xxxxxx Xxx Xxxx, Xxxxxxxxxx.x0.xxxxxxxx,.x
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X.X. 00000, xx xxxx Xxxxxx xx Xxxxxx, Xxxxxxxx Xxxxxxx. H,-'
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11.- El Sindicato declara:
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A) Ser un Sindicato de empresa, constituido de conformidad con lo dispuesto por la Ley Federal del Trabajo y demás normas aplicables; estar debidamente registrado ante la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, asimismo manifiesta su representante que dicho registro no ha sido cancelado.
B) La C. Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxxx, en su carácter de Secretaria General acredita su personalidad con la toma de nota del Comité Ejecutivo del Sindicato de fecha 6 de rf\ enero de 1995, expedida por la Dirección General de Registro de Asociaciones de \.Y la Secretaría del Trabajo y Previsión Social. Asimismo manifiesta bajo protesta de
decir verdad, que dichas facultades de representación no le han sido revocadas.
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C) Para los efectos del presente contrato señala como domicilio el ubicado en Saltillo \ Núm. 37, Col. Condesa, Deleg ción Xxxxxxxxxx, X.X. 00000 en esta Ciudad de ('\~ México, Distrito Federal. \
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TRIGESIMA SEGUNDA.- Cuando la EMPRESA instale nueva maquinaria y nuevos procedimientos de trabajo, si fuere necesario, en la medida de sus posibilidades económicas, instalará aparatos adecuados para la purificación del ambiente.
TRIGESIMA TERCERA.- Cuando por la instalación de maquinaria o nuevos procedimientos de trabajo la EMPRESA tenga necesidad de disminuir el personal, podrá dar por terminado el contrato individual de trabajo de obreros afectados, pagándoles la cantidad que establece la Ley.
TRIGESIMA CUARTA.- Son obligaciones de la EMPRESA y sus representantes:
1.- Cumplir con las obligaciones que en materia sanitaria y de higiene se encuentren establecidas en las leyes respectivas y sus reglamentos.
2.- Evitar presentarse en la fábrica o en el interior de los salones de ésta, en estado de ebriedad, bajo el influjo de alguna droga o enervante s, o con armas.
3.- Hacer gratuitamente a los trabajadores deducciones extraordinarias, las deducciones acordadas legalmente por el SINDICATO para constitución de caja de ahorro y cooperativas formadas por los trabajadores.
4.- En caso de suscitarse dificultades o conflictos entre los agremiados del SINDICATO, con motivo de la ejecución del trabajo o la aplicación de este contrato, permitir que ingrese al departamento (s) de la EMPRESA un trabajador con carácter de delegado técnico designado por el SINDICATO.
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5.- No retener el salario de los trabajadores, ni hacer más descuentos que los que están permitidos por éste contrato y la Ley.
6.- Abstenerse de intervenir por si o por conducto de sus representantes o por medio de otras personas, directas o indirectas en el régimen o relaciones internas del SINDICATO.
7.- Instalar un botiquín con el objeto de que los trabajadores puedan ser atendidos debidamente en casos necesarios para primeros auxilios.
8.- Las que establece el articulo 132 de la Ley.
TRIGESIMA QUINTA.- Las puertas de acceso a la negociación se abrirán con la debida anticipación y se cerrarán exactamente a la hora para ello señalada. La EMPRESA concede una tolerancia de 15 minutos a los trabajadores que excepcionalmente lleguen con un retardo.
TRIGESIMA SEXTA.- Los cambios de horario deberán determinarse de común acuerdo entre las ~ partes contratantes debiéndose dar a conocer con ocho dias de anticipación y fijarse en lugar visible el aviso correspondiente.
TRIGESIMA SEPTIMA.- Todo pacto celebrado entre uno o más trabajadores con la EMPRESA de \ manera oficiosa, será nulo de pleno derecho y no obligará al SINDICATO contratante, por ser el Comité Ejecutivo de dicho Sindicato el único facultado para resolver en definitiva todos los /\ ~
, conflictos que se susciten con mot va de la presentación de servicios de sus miembros. L \
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TRIGESIMA OCTAVA.- Queda convenido por las partes contratantes que lo no estipulado en el presente contrato y que exista prevenido por la Ley para beneficios de los trabajadores, se tendrá como pactado.
TRIGESIMA NOVENA.- Convienen las partes contratantes que las plazas sindicales que se han mencionado, se desempeñarán de la manera siguiente:
Las labores de cortadores, encuadernadores y vibradores, de preferencia serán desempeñadas por trabajadores del sexo masculino, en tanto que las labores de cosedoras, pegadoras de láminas y fuerzas, alzadores, revisadoras, de preferencia deberán ser desempeñadas por mujeres. Cuando haya exceso de trabajo o bien cuando el mismo desempeño en determinados departamentos lo requieran, la EMPRESA podrá ocupar a las mujeres en las labores designadas a los hombres y viceversa, sin que se lesione el salario ni la salud o dignidad de los trabajadores.
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CUADRAGESIMA,- Las partes contratantes están conformes en que sirva como escalafón dentro de la EMPRESA el tabulador adjunto, el cual forma parte de este contrato, y que ha de servir para normar los ascensos del personal. Al ocurrir una vacante, el cargo se ocupará dentro del departamento respectivo por la persona que tenga mayor antigüedad, prefiriéndose al trabajador que demuestra mayor capacidad para el desempeño del puesto escalafonario, quedando sujeto a un periodo de 30 dias a prueba y si resultare competente, su movimiento será definitivo. Si por el contrario, no mostrare capacidad, ascenderá el que le sigue en antigüedad, y así sucesivamente, hasta encontrar a la persona capacitada y si no la hubiere dentro del departamento, el cargo quedará sujeto a las condiciones de nueva contratación fijadas por éste contrato.
CUADRAGESIMA PRIMERA.- La EMPRESA conviene en proporcionar al SINDICATO contratante, como ayuda anual para gastos del desfile del primero xx xxxx, el importe de 50 xxxx xx xxxxxxx minimo vigente, entregando dicha cantidad en la última semana xx xxxxx.
CUADRAGESIMA SEGUNDA.- Para todo lo relacionado con los movimientos escalafonarios será integrada una comisión compuesta de cuatro trabajadores, que con los representantes de la EMPRESA analicen y estudien los problemas para determinar a quien corresponde el ascenso. EL SINDICATO oportunamente hará del conocimiento de la EMPRESA el nombre de las personas que forman dicha comisión.
CUADRAGESIMA TERCERA,- La EMPRESA, como fomento al deporte, se compromete a otorgar al equipo de Fútbol de los trabajadores de -IMPRESORA Y ENCUADERNADORA PROGRESO, S.A. DE C.v.," integrado por 18 jugadores, las playeras, los shorts, los zapatos de tacos y las medias, así como tres balones anuales y además los arbitrajes.
CUADRAGESIMA CUARTA.- La EMPRESA,en cumplimiento del articulo 153-A al 153-X de la
Ley, establecerá los planes y programas de capacitación y adiestramiento. Asimismo, formará las comisiones respectivas. Los trabajadores, en cumplimiento del artículo 153-H de la Ley, tendrán la \'\f) obligación de concurrir y cumplir con dichos programas. ~
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CUADRAGESIMA QUINTA.- La EMPRESA conviene en otorgar el importe de 30 xxxx xx xxxxxxx ~ mínimo como ayuda para la compra xx xxxxxx para aquellos trabajadores que presenten alguna incapacidad visual, conforme la prescripción médica del Instituto Mexicano del Seguro SociaL Los trabajadores tendrán derecho a esta prestación una vez al año y la misma será cubierta contra la¡"\\1 presentación de la factura correspondiente.
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CUADRAGESIMA SEXTA .• La EMPRESA se obliga a incrementar los salarios designados en el tabulador adjunto al contrato, en el mismo porcentaje en que se modifiquen los salarios mínimos generales. Se exceptúan de esta regla los salarios mínimos que siempre serán los consignados en la Ley.
CUADRAGESIMA SEPTlMA." Cuando los trabajadores doblen turno completo, la EMPRESA los compensará con el importe del 35% de un salario diario mínimo general vigente en el Distrito Federal, como ayuda para alimentos.
QUADRAGESIMA OCTAVA." La EMPRESA se compromete a otorgar a los trabajadores que renuncien a su empleo en forma voluntaria, las cantidades que se precisan en la siguiente tabla:
a) Si han cumplido 1 a 5 años de servicios 6 días por año.
b) Si han cumplido 6 a 10 años de servicios 9 días por año.
e) Si han cumplido 11 a 14 años de servicios 11 días por año.
d) Si han cumplido 15 a 20 años de servicios 17 días por año.
e) Si han cumplido 21 años de servicios en adelante 20 días por año.
Además se otorgará un beneficio adicional consistente en el 25% de su liquidación a los trabajadores que tengan una antigüedad de 21 años en adelante.
CUADRAGESIMA NOVENA." La EMPRESA establece en favor de los trabajadores un premio por asistencia y puntualidad. Asimismo, el premio también se pagará a los trabajadores sindicalizados que sufran algún riesgo de trabajo dentro de la misma. Dicha prestación estará sujeta a las siguientes condiciones:
1.- El premio se computará cada mes.
2.- El trabajador tendrá la obligación de asistir a su trabajo todos los dias laborables.
3.- La hora de entrada deberá registrarse sin retardo y la salida debe marcarse con exactitud.
4.- Asistir al trabajo aun cuando hubiere solicitado permiso para salida y entrada sin importar el motivo.
5.- No sufrir incapacidad médica por enfermedad general.
El premio consistirá en 3 xxxx xx xxxxxxx nominal y se establece con el fin de motivar la asistencia puntual al centro de trabajo. A los trabajadores que durante todo el año no tengan ninguna incidencia se les otorgaran 10 días más en el mes de diciembre. A [os que tuvieran asistencia perfecta en 11 meses, 4 días más xx xxxxxxx pagaderos también en el mes de diciembre.
QUINCUAGESIMA.- Los trabajadores que contraigan matrimonio por primera vez se les ~ concederán dos días de descanso inmediatos a la boda, con goce xx xxxxxx, Circunstancia que acreditarán con el acta correspondiente. \
QUINCUAGESIMA PRIMERA.. Se establece un descanso de dos días mmedlatos al01 acontecimiento, con salario ínte para los trabajadores que se encuentren en los casos siguientes:
a) Cuando su esposa de a luz.
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b) Cuando sufran la perdida de un familiar en primer grado, entendiéndose por tales a la esposa o esposo, padres, hermanos e hijos.
QUINCUAGESIMA SEGUNDA,. La EMPRESA otorgará mensualmente al SINDICATO para ayuda de gastos sociales, la cantidad de $13,000,00 (trece mil pesos 00/100 M.N.) mensuales.
QUINCUAGESIMA TERCERA.- Cuando un trabajador eventualmente supla a otra categoría superior, recibirá como sueldo el que corresponde a la categoría suplida.
QUINCUAGESIMA CUARTA.- La EMPRESA acepta cubrir el salario de los trabajadores cuando acrediten una incapacidad general no mayor a tres días y cuando la incapacidad abarque cuatro días en adelante cubrirá la diferencia que existe entre el salario del trabajador y aquella suma que pague ellMSS,
QUINCUAGESIMA QUINTA,. EMPRESA Y SINDICATO habrán de convenir en el establecimiento de incentivos para aquellos trabajadores que rebasen la producción mínima estipulada en cada caso.
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QUINCUAGESIMA SEXTA.- La EMPRESA se compromete a expedir a todos sus trabajadores credenciales de identificación que acrediten que laboran en la misma. Con estas credenciales los trabajadores tendrán la posibilidad de obtener el descuento correspondiente en la adquisición de libros ante las librerias del FONDO DE CULTURA ECONOMICA.
QUINCUAGÉSIMA SEPTIMA.- Con el objeto de fomentar el hábito del ahorro entre sus trabajadores y así mejorar su nivel de vida actual o futura, la Empresa acepta a partir del 01 xx xxxxx del 2011, la creación del Fondo de Ahorro y otorgar el porcentaje que se convenga con el sindicato (13% empresa y 13% trabajador), mismo que deberá estar reglamentado y sujeto a las disposición y legislación aplicable al mismo.
CLAUSULAS TRANSITORIAS
PRIMERA.- Con motivo de la revisión general del Contrato Colectivo de Trabajo, las partes han convenido:
A) Formular el presente contrato que ha de surtir efectos en el periodo indicado en la cláusula cuarta.
8) En cubrir los salarios de los trabajadores sindicalizados de acuerdo al tabulador adjunto, con vigencia a partir del 00 xx xxxxx 0000, y otorgar un incremento del 3.9% retroactivo a los salarios vigentes comprendidos en el periodo del 01 de enero al31 xx xxxxx 2012.
SEGUNDA.- El incremento referido en el inciso B) de la cláusula anterior se aplicará de la forma y fechas acordadas, y queda expresa y claramente convenido entre las partes firmantes que el incremento referido ya incluye el aumento que sufrieron los salarios mínimos generales, en
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términos de la resolución emitida por la Comisión Nacional de los Salarios Minimos publicada en .-G
el Diario Oficial de la Federación el 09 de diciembre de 2011.
TERCERA.- Asimismo, ambas partes acuerdan que el importe mensual que recibirán los trabajadores por concepto xx xxxxx de despensa será el que resulte del cálculo de aplicar el 40%~
\ a un Salario Mínimo Mensual Vigente. (
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CUARTA.- Este contrato se celebra en revisión del que suscribieron las partes el veintiocho xx xxxxx del año 2011, por lo que quedan sin valor ni fuerza aquellos convenios que se hubieren celebrado con anterioridad a la firma de éste documento, salvo aquellos que consignen mejores beneficios para los trabajadores.
QUINTA .• A efecto de cumplir con el articulo 391 fracción IX de la Ley Federal del Trabajo, EMPRESA y SINDICATO están de acuerdo en formar las comisiones Mixtas que señala la propia Ley, mismas que deberán formarse con igual número de representantes de trabajadores y de la EMPRESA, con el fin de establecer programas y sistemas de funcionamiento de conformidad con las disposiciones legales aplicables a cada una de las comisiones respectivas.
ESTE CONTRATO SE CELEBRA POR CUADRUPLICADO, QUEDANDO UN EJEMPLAR EN PODER DE CADA PARTE Y LOS DOS RESTANTES PARA SER DEPOSITADOS XXXX XX X. XXXXX XXXXX XX XXXXXXxXXXXX x XXXXXXXXX XXX XXXXXXXX XXXXXXX, EN CUMPLIMIENTO DE LO PREVISTO POR XX XXXXXXXX 000 XX XX XXX.
Xxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxx, a 28 xx xxxxx del dos mil doce.
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O PRESA POR EL SINDICATO
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UEZMEDRANO ISTRACIONY
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