SERVICIO AÉREO A TERRITORIOS NACIONALES SATENA
SERVICIO AÉREO A TERRITORIOS NACIONALES SATENA
INVITACIÓN A COTIZAR CONTRATACIÓN SEGUROS DE AVIACIÓN 2019/2020
OBJETO DE LA CONTRATACIÓN
SATENA requiere para la vigencia 2019- 2020, contratar los seguros de aviación necesarios para el cubrimiento y amparo de los riesgos de las aeronaves que posee y de aquellos por los cuales sea civilmente responsable (los riesgos que su actividad genere), en consecuencia, se hace necesario adelantar un estudio xx xxxxxxx que permita conocer, entre otros aspectos, las circunstancias actuales del seguro, el comportamiento xxx xxxxxxx asegurador y reasegurador, así como las condiciones técnicas, económicas y operativas más favorables para la aerolínea.
En consideración a lo anterior, y en aras de celebrar un contrato más ajustado a la realidad xxx xxxxxxx, lo invito a presentar cotización – oferta de acuerdo a las condiciones técnicas adjuntas, las cuales son de obligatorio cumplimiento para su participación.
Conforme a lo establecido en el Manual de Contratación de SATENA, este estudio xx xxxxxxx- cotización, el proceso de contratación que nos ocupa, corresponde a la modalidad de CONTRATACIÓN DIRECTA, de acuerdo a lo previsto en el punto 12 del numeral 5.2.1., en consecuencia, su cotización es primordial para considerar su contratación bajo este proceso de selección.
VALOR JURÍDICO DE LA COTIZACIÓN
Las cotizaciones que se alleguen a la presente solicitud, constituyen una oferta jurídicamente vinculante, asumiendo compromiso para la materialización del contrato de seguro respectivo.
Al presentar sus ofrecimientos, los oferentes aceptan:
- Que conocen y aceptan los términos del Manual de Contratación de SATENA.
- Que conocen y aceptan el contenido preciso y las bases del presente proceso de selección.
SATENA no considerará aquellas ofertas o cotizaciones que se aparten de las condiciones y términos aquí requeridos.
No obstante, SATENA se reserva el derecho de suspender el presente estudio xx xxxxxxx en el estado en que se encuentre, sin que haya lugar a reclamación alguna de los participantes.
DOCUMENTOS QUE SE DEBEN ALLEGAR CON LA OFERTA
- Certificado de existencia y representación legal de la Cámara de Comercio de la compañía aseguradora.
-Certificados de Representación Legal, inscripción, funcionamiento y xxxxx autorizados, expedido por la Superintendencia Financiera. Estos documentos deberán tener fecha de expedición no superior a treinta (30) días calendario a la fecha de presentación de la oferta. Expresamente deberá constar en los certificados que la Compañía de Seguros tiene autorizado el ramo de Aviación.
- Declaración bajo la gravedad del juramento, de no estar incurso en ninguna de las causales de inhabilidad y/o incompatibilidad establecidas en la ley.
- Ejemplares anulados de la póliza y anexos, escritos en idioma Español, debidamente diligenciados en todos sus espacios ya sean valores, tasas, primas, número de días, porcentajes, factores, nombres, etc. Este mismo texto deberá corresponder al de la póliza y anexos que expida la aseguradora favorecida con el presente estudio xx xxxxxxx.
- Ejemplares anulados de todas las cláusulas, que se mencionen en la propuesta, escritas en idioma español, debidamente diligenciadas en todos sus espacios ya sean valores, tasas, primas, número de días, porcentajes, factores, nombres, etc. No basta enunciar la cláusula sino que debe adjuntarse el texto completo. Este mismo texto deberá corresponder a las cláusulas que expida la aseguradora favorecida con el presente estudio xx xxxxxxx.
- Respaldo de reaseguro, relación de firmas reaseguradoras y certificación de los reaseguradores y Corredores de Reaseguro, en los siguientes términos:
• Certificar que cuenta con una precolocación mínimo del 50% del respaldo total, facultativo y retención propia (Retención neta, contrato automático u otra modalidad). Para tal efecto, deberá allegar certificación suscrita por los Reaseguradores, con la cual confirmen el otorgamiento del respaldo de reaseguro facultativo. De igual forma se debe indicar, quien es el Reasegurador líder y si éste cobra un FEE por el manejo de la cuenta.
Con relación al Reasegurador líder, se debe allegar copia simple del slip de reaseguro, debidamente firmado y sellado por éste, con el fin de garantizar que no se está presentando ofertas artificiales.
Las certificaciones de los reaseguradores se aceptan con copia electrónica enviada por los reaseguradores vía e-mail o fax de la carta original.
• Un mismo reasegurador en el contrato facultativo no podrá exceder del 20% de la citada precolocación.
• SATENA no aceptará Corredores de Reaseguro ni Reaseguradores que no aparezcan en el listado de REACOEX, de acuerdo con la legislación colombiana vigente.
• Certificar que los reaseguradores que respaldan la propuesta de colocación facultativa, cuentan con calificación de “A-” o superior, de acuerdo con Standar & Poor’s, o el equivalente con otros calificadores internacionales de riesgo.
Esta calificación debe ser expresa y aportada conjuntamente con la oferta, al igual que la relación de los mismos.
• Confirmar expresamente que la colocación con la cual se complete el 100% del reaseguro facultativo, conservará la misma o superior calificación (Mínimo A -) y el compromiso de entregar a SATENA.
• Para efectos de la confirmación de los compromisos de los requisitos exigidos, el oferente debe aportar con su propuesta, los ANEXOS 5 y 6, según la información requerida en los mismos. No se aceptan certificaciones ni documentos expedidos por el corredor de reaseguros y/o entidades diferentes a las señaladas en los citados formularios.
• El Asegurador deberá conservar el Reasegurador Lider y demás reaseguradores durante el período de adjudicación y vigencia de las pólizas. De igual forma en caso de modificación de la lista de los reaseguradores, el (los) nuevo(s) reasegurador(es), deberán ser aprobados por SATENA.
• La compañía aseguradora deberá allegar una certificación, en la cual se compromete con SATENA a tener colocado el cien por ciento (100%) del reaseguro para el 19 de julio de 2019, en el evento de salir favorecida su oferta, de acuerdo con el Anexo 7.
PLAZO PARA LA ENTREGA DE COTIZACIONES
Con el fin de garantizar la confidencialidad de los ofrecimientos de los cotizantes, SATENA solicita presentar la cotización escrita en sobre cerrado a más tardar el 20 xx xxxxx de 2019, a las 14:00 horas, en la Presidencia de SATENA, ubicada en la Xxxxxxx Xx Xxxxxx Xx. 000-00, Xxxxxxx Xx.0, Xxxxxxxx 00 xx Xxxxxx, dirigido al señor Mayor General (R) XXXXX XXXXXXX XXXXXX XXXXXXX, Presidente SATENA, o quien haga sus veces.
GARANTÍA DE SERIEDAD DE LA PROPUESTA.
En aras de garantizar la seriedad de la oferta económica y técnica presentada por la compañía aseguradora, el proponente deberá constituir a favor del SERVICIO AÉREO A TERRITORIOS NACIONALES S.A. - SATENA, una
garantía de Seriedad de la Oferta, póliza que deberá ser expedida por una compañía de seguros legalmente constituida en Colombia y autorizada por la Superintendencia Financiera ó una garantía bancaria, por una suma equivalente al 30% del valor total de la propuesta ( en su respectiva moneda).
La vigencia de esta garantía deberá ser de noventa (90) días calendario contados de las 14:00 horas del día 20 xx xxxxx de 2019. Dicha garantía deberá permanecer vigente hasta la suscripción de la póliza. En caso de presentar póliza, se debe adjuntar la Constancia de Pago y las Condiciones Generales de ésta.
Si el proponente al cual se le acepte su oferta, no entrega la póliza o nota de cobertura dentro de los términos previstos en esta invitación a cotizar, la garantía de seriedad se hará efectiva a favor del SERVICIO AEREO A TERRITORIOS NACIONALES S.A. - SATENA.
TÉRMINOS Y CONDICIONES COBERTURA BÁSICA REQUERIDA
I. CONDICIONES DEL SEGURO | |
RAMO | AVIACIÓN |
TERRITORIO Y/O LIMITES GEOGRÁFICOS | TODO EL MUNDO |
PERIODO | MÍNIMO 5 MESES A PARTIR DEL 01 XX XXXXXX DE 2019. NO OBSTANTE, SATENA SE RESERVA EL DERECHO DE EXTENDER EL SEGURO HASTA COMPLETAR LA ANUALIDAD. |
PILOTOS y COPILOTOS | LOS APROBADOS POR EL ASEGURADO |
USOS | EL REQUERIDO POR EL ASEGURADO. INCLUYENDO SUS ACTIVIDADES COMO AEROLÍNEA COMERCIAL. | |||||
II. LISTADO DE AERONAVES | ||||||
Item | Marca y Modelo | Serie | Matricula | Sillas | Valor Acordado [USD] | |
Trip. | Pax | |||||
1 | EMBRAER 145 | 145774 | HK4525 | 5+1 | 50 | US$21.000.000 |
2 | EMBRAER 145 | 145776 | HK4535 | 5+1 | 50 | US$21.000.000 |
3 | EMBRAER 170 | 1700015 | HK4528 | 5+1 | 76 | US$22.500.000 |
4 | ATR 00-000 | 000 | HK4806 | 5+1 | 50 | US$7.475.000 |
5 | ATR 00-000 | 000 | HK4862 | 5+1 | 50 | US$7.260.000 |
6 | ATR 00-000 | 000 | HK4979 | 5+1 | 50 | US$8.000.000 |
7 | ATR 00-000 | 000 | HK5104 | 5+1 | 50 | US$9.000.000 |
8 | Y-12* | 18 | HK5037 | 3+1 | 18 | US$5.300.000 |
9 | ATR 00-000 | 0000 | HK5114X | 5+1 | 50 | US$20.000.000 |
10 | ATR 00-000 | 0000 | HK5129X | 5+1 | 50 | US$20.000.000 |
11 | ATR 00-000 | 0000 | HK5130X | 5+1 | 50 | US$20.000.000 |
(*) | ESTA AERONAVE INICIA VIGENCIA CON SOLO AMPARO EN TIERRA, DADO QUE SE ENCUENTRA EN PROCESO DE MANTENIMIENTO. | |||||
III. AMPAROS Y COBERTURAS REQUERIDAS | ||||||
1 | CASCO | VALOR ACORDADO | ||||
[VER LISTADO DE AERONAVES] | ||||||
2 | GUERRA INCLUYENDO CONFISCACIÓN POR EL GOBIERNO DE REGISTRO. SEGUN VALOR ACORDADO | |||||
[VER LISTADO DE AERONAVES] | ||||||
3 | SEGURO DE DEDUCIBLE | |||||
Cotizar el seguro para el deducible del xxxxxx xx Xxxxx. La Entidad asumirá como deducible final, un máximo de: Embraer 145 y 170 US$20.000 ATR42 500/600 US$20.000 Y12 US$8.000 Repuestos US$500 | ||||||
4. | B.O.W | VALOR | ||||
EMBRAER 145 | HK4525 | US$21.000.000 | ||||
EMBRAER 145 | HK4535 | US$21.000.000 | ||||
EMBRAER 170 | HK4528 | US$22.500.000 | ||||
ATR 42-500 | HK4806 | US$7.475.000 | ||||
ATR 42-500 | HK4862 | US$7.260.000 | ||||
ATR 42-500 | HK4979 | US$8.000.000 |
ATR 42-500 | HK5104 | US$9.000.000 | |
Y-12 | HK5037 | US$5.300.000 | |
ATR 42-600 | HK5114 | US$20.000.000 | |
ATR 42-600 | HK5129 | US$20.000.000 | |
ATR 42-600 | HK5130 | US$20.000.000 | |
5 | RESPONSABILIDAD CIVIL | ||
Responsabilidad Civil Límite Único Combinado incluyendo terceros, daños a las personas, daños a propiedad, responsabilidad legal a pasajeros, responsabilidad por equipaje, carga, correo, gastos médicos y funerarios, repatriación de cadáveres, incluyendo AVN52E, y empleados, socios, invitados, observadores de SATENA en cumplimiento de sus funciones. (No se acepta limitación al valor asegurado para ningún item). | |||
Valor Asegurado por aeronave/ocurrencia | |||
Embraer 145 (50 pasajeros) | US$350.000.000 | ||
Embraer 170 (76 pasajeros) | US$350.000.000 | ||
ATR 42 /500 o 600 (50 pasajeros) | US$350.000.000 | ||
Y-12 (18 pasajeros) | US$350.000.000 | ||
Para cumplir con exigencias de Rolls Xxxxx y Gecas Aeronaves Embraer 145 y 170 Aeronaves Embraer 145 Aeronaves Embaer 145 y 170 | Responsabilidad Civil Terceros/Pasajeros US$350.000.000 Por aeronave que tenga instalado el motor Responsabilidad Civil Terceros/Pasajeros Valor Asegurado por Aeronave Hasta US$350.000.000 Este valor asegurado opera cuando cualquiera de las aeronaves tenga instalado un motor, propiedad de RRC o xx XXXXX. | ||
El Valor Asegurado de la Extensión AVN52E debe ser el mismo de la Cobertura de Responsabilidad Civil | |||
Cuando viaje tripulación de relevo se modifica la cobertura de responsabilidad legal a pasajeros, por accidentes personales US$100.000 c/u con un máximo de nueve (9) personas por vuelo, sin que implique modificación del límite del valor asegurado antes anotado. | |||
6 | RESPONSABILIDAD CIVIL PARA OPERADORES Y PROPIETARIOS AEROPORTUARIOS TIPO XXXXX – XXXXXXXXX 0 (XXXXXXX), XXXXXXX 0 (XXXXXXXX), X XXXXXXX 3 (PRODUCTOS). | ||
Amparar la responsabilidad legal del Asegurado por Predios, Productos y hangares incluyendo Extensión para reincluir AVN/48B (riesgos xx xxxxxx y |
aliados) y la responsabilidad civil en que incurra SATENA por daños y lesiones que se causen por sus operaciones aéreas incluyendo vehículos y tractores de propiedad o de terceros al servicio de la entidad, que transiten en cualquier aeropuerto y sus alrededores. Incluyendo AVN52G. Valor Asegurado: US$350.000.000 toda y cada ocurrencia. | ||
Vehículos y tractores: (15) Pay mover (10) Tractores de arrastre ( 5 ) Montacargas (40) Plantas Auxiliares (6) Equipos de xxxxxx xx xxxxx (1 ) Camioneta Nissan D21 placas CYI-628 (1) Camioneta Nissan modelo 2012 placas TDS 210 (1) Un master minibus Renault 2018 placas OLM 830 (1) Camioneta Hilux modelo 2015 placas WLK 551 (1) Camioneta Hilux modelo 2014 placas WCW 791 (1) Camioneta Crevrolet LUV DIMAX placas FGQ 302 (1) Camioneta Crevrolet LUV DIMAX placas KUK 900 (1) Camioneta Volkswagen Amarok placas TTY 579 (1) Camioneta Xxxxxxx placas SZQ 184 (1) JEEP XXXXXX CJ4 placas ITJ 730CAMIONETA (1) PAY MOVER, modelo 140; Marca : NMC-XXXXXXX Serial: SJM047 motor Diesel 4.236 Marca: Xxxxxxx England Serial: 1062/2600 LD033855. (1) Pay mover-Tractor NMC XXXXXXX Modelo 140 Serial SJM266 ( 3) XXXXXX PLATAFORMA HIDRAULICA (150) Diligencias, góndolas o carros para transportar equipajes y carga, en la operación nacional e internacional de SATENA. (6) Escaleras Hidráulicas (15 ) GPU Hobart TET-Ex 5D | ||
7 | ACCIDENTES PERSONALES a TRIPULACIÓN Incluyendo Extensión para reincluir AVN/48B (riesgos xx xxxxxx y aliados) y embarque y desembarque de las aeronaves. | |
Marca | Valor Asegurado | |
EMBRAER 145 (5+1) | US$100.000 cada silla | |
EMBRAER 170 (5+1) | US$100.000 cada silla | |
ATR 42 /500 o 600 (5+1) | US$100.000 cada silla | |
Y-12 (3+1) | US$100.000 cada silla |
NOTA: El tripulante adicional a la tripulación básica es eventual. Puede ser observador, instructor, chequeador xx xxxx, mecánico, despachador, maestro de carga o supervisor o cualquier invitado, autorizados por SATENA. Los anteriores, pueden ser o no empleados de SATENA. | |
8 | PARTES Y COMPONENTES |
Incluyendo Extensión para reincluir AVN/48B (riesgos xx xxxxxx y aliados), cobertura para equipo de soporte en tierra y cobertura para el depósito aduanero. Se cubren los repuestos y motores cuando estén siendo transportados como carga, ya sea “CON o SIN GUIA”, “CON o SIN VALOR DECLARADO” por cualquier medio de transporte. Valor Asegurado: US$20.000.000 toda y cada pérdida. | |
9 | RESPONSABILIDAD CIVIL CONVENIO INTERADMINISTRATIVO CON LA FUERZA AÉREA COLOMBIANA. |
Actualmente se tiene suscrito un convenio Interadministrativo entre SATENA y la FUERZA AÉREA COLOMBIANA, cuyo objeto es la utilización de las capacidades especiales de las aeronaves y los equipos de la FAC para apoyar el transporte aéreo de pasajeros y carga, a las entidades oficiales y empresas privadas, nacionales y extranjeras que lo requieran a través de SATENA, así como la prestación de servicios de vuelos Charter a requerimiento de la aerolínea del Estado Colombiano, cuando por contingencias operacionales no se disponga de aeronaves para atender dichas eventualidades. Los riesgos de esta operación, están amparados por la Fuerza Aérea bajo el seguro de Responsabilidad Civil de Aeronaves frente a Terceros, Pasajeros, Equipaje, Carga y Correo (Incluyendo guerra, terrorismo, secuestro y riesgos análogos), responsabilidad civil frente a terceros y responsabilidad civil general incluido productos, por un límite único combinado por lesiones personales y daños materiales no inferior a US$100.000.000 y en el agregado anual respecto de la cobertura de productos, pólizas contratadas por la Fuerza Aérea a través del Ministerio de Defensa. Para el transporte de carga, el límite es de US$500.000. cada ocurrencia. No obstante, se evidencia que no todas las aeronaves de la Fuerza Aérea se encuentran amparados bajo esta cobertura, por lo que se hace necesario cubrir los riesgos de Responsabilidad Civil Combinado, incluyendo terceros, daños a las personas, daños a propiedad, responsabilidad legal a pasajeros, responsabilidad por equipaje, carga, correo, Accidentes personales, etc.; en consecuencia, cuando se requiera operación bajo este convenio con aeronaves de la Fuerza Aérea, la póliza de SATENA deberá |
extender la cobertura de Responsabilidad Civil Combinada hoy contratada para su flota de aeronaves, para cada vuelo de las aeronaves sin seguro de la Fuerza Aérea, en cuantías iguales a las establecidas para la flota de la FAC. En igual sentido aplica, cuando la cobertura de la póliza de la Fuerza Aérea no sea lo suficiente para amparar el riesgo y/o siniestro, para el amparo de Responsabilidad Civil Combinado incluyendo carga. |
IV. CLAUSULAS ADICIONALES OBLIGATORIAS | |
1 | AVN/6 Pago primas diferidas, que incluya treinta (30) días de anticipación para aviso de revocación en caso de no pago. |
2 | AVN/19 A Adiciones y retiros para Casco, Guerra y Responsabilidades. Hasta 85 sillas. |
3 | AVN/26A Inactividades |
4 | AVN/52E y AVN52G Extensión para amparos de Responsabilidades. |
5 | Extensión para reincluir AV/48B (riesgos xx xxxxxx y aliados), para los amparos de Responsabilidad Civil Xxxxx, Accidentes Personales, Repuestos. |
6 | LSW/705 y/o AVN76 Gastos suplementarios literales a, b, c, d y e. Esta cobertura debe aplicar para cualquiera de los riesgos que sean afectados. Mínimo US$3.000.000 por ocurrencia. |
7 | NMA 1732 Clausula de Retención/Secuestro. |
8 | NMA 981 Clausula de Explosión De exposición de elementos naturales. |
9 | NMA1442 Clausula de Desaparición – Muerte presunta a los 90 días |
10 | Cláusula de revocación a 30 días. |
11 | Reposición automática del valor acordado. Sin Cobro de prima adicional |
12 | Gastos de extorsión, confiscación y secuestro. Incluyendo Confiscación por el Gobierno de Registro. |
13 | Endoso para contratos de aerolíneas sobre arrendamiento o financiamiento de aeronaves.(Que incluya Casco, Guerra y Responsabilidades) |
14 | AVS/103 (50/50) |
15 | AVN/2001ª y AVN/2002ª. |
16 | Provisión automática para Inclusión automática de motores en arriendo/leasing hasta un valor acordado de USD3.000.000 sin cobro de prima adicional y sin aviso previo a la Aseguradora. |
17 | La Tasa de cambio a utilizar será: Para el pago xx xxxxxx, la TRM de la fecha de pago. Para el pago del impuesto a las ventas, la TRM de la fecha de la factura correspondiente. Para el pago de indemnizaciones la TRM de la fecha de pago del siniestro. |
18 | Cláusula de renuncia al derecho de subrogación contra Asegurados Adicionales nombrados. |
19 | La póliza de responsabilidad es primaria y no contributiva. Excepto para la cobertura de responsabilidad legal por carga, que se genere con ocasión del Convenio Interadministrativo actualmente suscrito entre SATENA y la Fuerza Aérea Colombiana, en donde la cobertura de carga es contributiva sobre el exceso de los USD500.000 asegurados por la FAC. |
20 | Ajustadores. El Proponente deberá incluir en Anexo, que formará parte de la póliza, constancia de que, en caso de siniestro, SATENA escogerá el Ajustador de la terna que en él aparezca. SATENA se reserva el derecho de rechazar total o parcialmente la terna presentada por el oferente y pedir modificación de la misma |
21 | LSW771 y/o AVN 79 – Prima no devengada UPI para casco y para guerra |
22 | Se incluyen dentro del límite de responsabilidad civil, la responsabilidad civil por la que SATENA pueda ser legalmente responsable por el transporte de pasajeros, equipaje y carga por vía terrestre hacía, desde y entre aeropuertos. |
23 | Se incluye el uso de pistas de aterrizaje militares y/o no licenciadas como requerido por el Asegurado, incluyendo la pista LA CHORRERA. |
24 | AVN64B y/o AVN88 – Clausula de Comisión de Utilidades. Retornando mínimo el 15% del 70% de la Prima xx Xxxxx “Todo Riesgo” – PCOR |
25 | AVN74 |
26 | AVN73 |
27 | AVN60A – Lesiones Personales hasta USD25.000.000 para responsabilidades y la cobertura Xxxxx. |
28 | Póliza de Accidentes Personales de Lloyd’s NMA2712. Escala E Beneficios 1 al 7 (incluyendo riesgos xx xxxxxx y otros peligros) |
29 | Cláusula de Duración en Transito |
30 | AVN34 – Acuerdo Voluntarios a Pasajeros y Tripulación |
31 | AVN80 – Endoso de Gastos Médicos y Relacionados para Pasajeros y Tripulación incluyendo (incluyendo riesgos xx xxxxxx y otros peligros) |
32 | Gastos de alquiler para repuestos de aeronaves. Mínimo USD7.500 por día, sujeto a un máximo de 90 días. Periodo mínimo de reparación 10 días. |
33 | AVN59 Responsabilidades No Derivadas de Aviación. |
34 | Es acordado y notado que SATENA ha entrado en acuerdo de operación chárter y/o fletamento con SEARCA, ADA, SARPA, HELICOL, AVIANCA, AERCARIBE, COPA, EASY FLY, LAN/LATAM, FUERZA AEREA COLOMBIANA, para usar sus aeronaves en las rutas de SATENA para el transporte de pasajeros de SATENA utilizando boletos de avión de SATENA. En consecuencia, se acuerda que mientras los pasajeros de SATENA estén a bordo de Aviones de SEARCA, ADA, SARPA, HELICOL, AVIANCA, AERCARIBE, COPA, EASY FLY , LAN/LATAM, FUERZA AEREA COLOMBIANA, ésta póliza responderá por cualquier pérdida que ocurra respecto de la cobertura de Responsabilidades únicamente en exceso del Limite Único Combinado de la póliza de SEARCA, ADA, SARPA, HELICOL, AVIANCA, AERCARIBE, FUERZA AEREA COLOMBIANA y hasta el Límite de Responsabilidades de SATENA y sujeto a: • Máximo número xx xxxxxx 90 cualquier aeronave. |
• SATENA se adiciona como Asegurado Adicional en las pólizas de SEARCA, ADA, SARPA, HELICOL, AVIANCA, AERCARIBE, COPA, EASY FLY , LAN/LATAM, FUERZA AEREA COLOMBIANA. • Garantía de que SEARCA, ADA, SARPA, HELICOL, AVIANCA, AERCARIBE, COPA, EASY FLY , LAN/LATAM, FUERZA AEREA COLOMBIANA mantengan los límites mínimos de responsabilidad en todo momento. • Todas las pérdidas que ocurran en las pólizas de SEARCA, ADA, SARPA, HELICOL, AVIANCA, AERCARIBE, COPA, EASY FLY , LAN/LATAM, FUERZA AEREA COLOMBIANA que involucren a pasajeros de SATENA deben ser informado a la Aseguradora inmediatamente. | ||
35 | Se incluye el contrato de mantenimiento de aeronaves para el LEGACY ERJ-135 FAC1215W entre SATENA y FUERZA AÉREA COLOMBIA, hasta por el límite de RESPONSABILIDAD CIVIL PARA OPERADORES Y PROPIETARIOS AEROPORTUARIOS TIPO XXXXX de la Sección 6. | |
36 | Se acuerda incluir como asegurado adicional y renuncia a los derechos de subrogación contra los clientes del asegurado y/u otras entidades que puedan alquilar/chartear la aeronave incluyendo sus empleados y otros viajando bajo sus auspicios o en su nombre. . | |
37 | Se acuerda e incluye los contratos con Jetblue Airways E190, CAE, ATR, GLOBAL TRAINING AVIATION, S.L., FLIGTHSAFETY INTERNATIONAL INC COMPAÑÍA PANAMEÑA DE AVIACION S.A-COPA AIRLINES, AVIANCA- CAE FLIGHT TRAINING (ACFT) S.A.S. de Entrenamiento en Simulador en Vuelo hasta por el límite de RESPONSABILIDAD CIVIL PARA OPERADORES Y PROPIETARIOS AEROPORTUARIOS TIPO XXXXX de la Sección 6. | |
38 | Vuelos de Traslado sin Costo Adicional. | |
39 | Endoso de interés financiero de aeronave AVN28B y/o ANV67 como requerido por el asegurado sin exceder del 90% del valor acordado de la aeronave, sin cobro de prima adicional. | |
40 | Respecto a la cobertura de Responsabilidad legal por pasajeros, en el evento de presentarse cancelación del vuelo y sea necesario transportar los pasajeros por vía terrestre al lugar de destino o al aeropuerto más próximo para ser embarcados al vuelo que los llevará a su destino final, mientras estén bajo el control de SATENA (entiéndase chequeados) estarán cubiertos bajo este amparo en la póliza. | |
V. CONDICION ESPECIAL SOBRE AVIONES EMBRAER/ ATR 42 500/600 | ||
El texto del articulado sobre seguros de aviación de los contratos de arrendamiento de los aviones ATR 42 500/600, deben ser parte constitutiva de la póliza de seguros, lo mismo que los contratos de adquisición de los aeronaves EMBRAER 145 y 170. | ||
VI. BENEFICIARIOS XX XXXXX: | ||
EMBRAER 145 HK 4525 (FAC- 1171) | SATENA |
EMBRAER 145 HK4535 (FAC- 1172) | SATENA |
EMBRAER 170 HK4528 (FAC- 1180) | SATENA |
Y 12 E HK 5037 (FAC 1107) | XXXXXX |
XXX 00-000 XXX 513, HK4806 (FAC1184) | 1) Owner and Lessor: Nordic Aviation Capital A/S (2) Loss Payee: Sparekassen Hobro and, in addition, with regard to liabilitiy insurances ATRiam Capital Limited (previous owner),and any subsequent respective successors and assigns and permitted transferees, Affiliates, subsidiaries, and their respective officers, contractors, partners, directors, shareholders, employees, servants and agents. |
ATR42-500 MSN 571, HK-4862 (FAC 1187) | (1) Owner and Loss Payee: KA1 P/S (2) Lessor: NK Leasing Limited and, in addition, with regard to liabilitiy insurances Nordic Aviation Contractor (Ireland) Limited (previous owner), Nordic Aviation Capital A/S (servicer), Nordic Aviation Services Limited (servicer)., Transtate Airlines Investments Pty Ltd (as previous owner), Skyworld Aviation Ltd and Xxxxxx Xxxxx Xxxxx, Xxxxxxx Xxxx Xxxxxx and Xxxx Xxxxx Xxxxxxxx (jointly and severally as the previous receiver and manager of the Aircraft) the New Owner (if any), and their respective and any subsequent respective successors and assigns and permitted transferees, Affiliates, subsidiaries, and their respective officers, contractors, partners, directors, shareholders, employees, servants and agents |
ATR42-500 MSN 603, HK-4979 (FAC 1191) | ||
ATR 42-500 (FAC 1190) | MSN 631, HK 5104 | Airtrails Leasing 2 GMBH (as Lessor and Sole Loss Payee). Y adicionales están: Oberbank AG. (as Lender), Air Tahiti (as previous owner), and their assignor, successors, assigns, directors, officers, employees and servants. |
ATR 42-600 (FAC 1192) | MSN 1019, HK 5114 | Los enunciados en el contrato No. 184 de 2015 |
ATR 42-600 (FAC 1193) | MSN 1201, HK 5129 | Los enunciados en el contrato No. 131 de 2015 |
ATR 42-600 (FAC 1194) | MSN 1203, HK 5130 | Los enunciados en el contrato No. 184 de 2015 |
(*) Estas empresas son beneficiarias en caso de reclamación por pérdida total absoluta, constructiva o acordada hasta por sus respectivos derechos e intereses y por el saldo SATENA. El beneficiario de las pérdidas parciales será SATENA. | ||
VII. ASEGURADOS ADICIONALES | ||
1. Los relacionados en los siete (7) contratos de Leasing de aeronaves suscritos por SATENA, y que corresponde a las siete (7) ATR 42-500/600. Estos documentos se entregarán a la aseguradora para la emisión de los respectivos certificados. 2. AVIANCA 3. DGAC - MINISTERIO DE TRANSPORTES Y COMUNICACIONES (LIMA - PERU) 4. AUTORIDAD AERONAUTICA DE CUBA 5. AIRPLAN 6. MINISTERIO DEFENSA DE COLOMBIA 7. FUERZA AEREA COLOMBIANA |
8. OPAIN 9. AEROPUERTOS DE ORIENTE 10. AEROCALI 11. GECAS 12. XXXXX AND XXXXXXX 13. HELIAIR 14. AVIATUR 15. AEROCIVIL DE COLOMBIA 16. SADI 17. SEARCA 18. ADA 19. LAN/LATAM 20. EASYFLY 21. COPA AIR / AEROREPUBLICA 22. SARPA 23. HELICOL 24. TAC 25. AERCARIBE 26. AVIANCA SERVICE 27. AGENTES COMERCIALES EXCLUSIVOS / REPRESENTANTES COMERCIALES DE SATENA EN LAS BASES OPERACIONALES. 28. DOLPHIN EXPRESS S.A. 29. FLIGHT SAFETY 30. JET BLUE AIRWAYS 31. GLOBAL TRAINING CENTER 32. CATAM | |
Para la flota EMBRAER 145 deberá incluirse a ROLLS XXXXX CORPORATION Y GECAS | |
Para la flota EMBRAER 170 deberá incluirse a GECAS | |
EMBRAER 145 FAC-1171 | Rolls Xxxxx Corporation |
XXXXXXX 000 XXX-0000 | XXX LEASING COMPANY LIMITED. |
VIII. VALORES AGREGADOS | |
- Elaboración de estudios técnicos, económicos y/o avalúos aeronaves, así como de sus partes y componentes, que requiera el asegurado, con el fin de actualizar sus valores acorde con el mercado aeronáutico. - Process Agent. El propósito del servicio, es disponer de un representante en el exterior de profesión abogado, preferiblemente en Londres y que sirva de canal de comunicación entre los lessores y la aerolínea, en aquellas actuaciones o procedimientos relacionados con el contrato de leasing o con los documentos conexos, ante los Tribunales o Xxxxxx xxx xxxx cuya ley aplica para cada contrato. Teniendo en cuenta que la compañía aseguradora tiene relaciones contractuales con los Reaseguradores en el exterior en Londres, a través de |
la aseguradora se garantiza que SATENA cumpla con la condición exigida en los contratos de leasing, como lo es, disponder de un Process Agent que la represente ante cualquier eventualidad del contrato y que se lleve a cabo en dicha jurisdicción.
- Acompañamiento y/o asesoría permanente en la implementación de programas de prevención de accidentes aéreos, que fortalezcan la Seguridad Operacional.
CONTRATO DE SEGUROS DE AVIACIÓN
La póliza de seguros de aviación, deberá observar las normas contempladas en el Código de Comercio, y las demás que le sean aplicables dada la naturaleza del mismo.
La Compañía Aseguradora no podrá ceder, transferir, ni compartir los seguros con compañías aseguradoras, consorcios o uniones temporales, como tampoco podrá cambiar el Corredor de Reaseguros, ni el Suscriptor Líder, ni los demás Suscriptores, ni los porcentajes de participación de cada uno de ellos, salvo que SATENA otorgue su consentimiento expreso y escrito.
El valor de las primas en dólares americanos serán fijos durante la vigencia del Contrato, sin embargo, las partes de común acuerdo se comprometen a disminuir el valor de las mismas, cuando las tendencias xxx xxxxxxx así lo permitan o cuando SATENA así lo requiera.
SATENA se reserva el derecho de modificar los montos asegurables o disminuir riesgos de los considerados en la cotización inicial, por lo tanto, deberá señalar la variación que tendrán las tasas para tales casos, previo a la modificación.
La Compañía aseguradora favorecida, deberá presentar a más tardar el día 00 xx xxxxx xx 0000, xx xxxxxx correspondiente o nota de cobertura con la misma eficacia jurídica de la póliza definitiva, conforme a los términos y condiciones técnicas y económicas solicitadas y contratadas por SATENA, incluyendo los beneficios técnicos y económicos ofrecidos para la contratación, con los siguientes documentos:
- Póliza con todos sus Anexos y Cláusulas, en los términos y condiciones en la presente solicitud de cotización.
- Certificado de Seguro con destino a cada una de las firmas que se citan como Asegurados Adicionales y Beneficiarios, indicando las coberturas y cláusulas a su favor.
- Certificado con destino a la Aerocivil sobre el seguro de Responsabilidad Civil y demás operadores de aeropuerto- Concesionarios, por los daños y lesiones que causen los vehículos y tractores de propiedad o de terceros al servicio de SATENA.
De igual forma, se deberá adjuntar:
- Certificación de estar x xxx y salvo en el pago aportes parafiscales y sistemas de seguridad social integral.
- Certificado de los suscriptores de Reaseguro que respaldan el 100% del Reaseguro de todas las coberturas y riesgos contratados. Estos Certificados deberán contener su correspondiente "apostillé" debidamente refrendados por Notario Público del país de origen. En el evento que no se cuente con tiempo suficiente para la legalización de estos documentos, SATENA acepta que los Certificados de Reaseguro se entreguen inicialmente escaneados donde se verifique la firma de los mismos y remitidos vía fax.
La póliza de aviación emitida, no podrá ser cedida ni transferida a otra compañía aseguradora, ni tampoco se podrá cambiar el Corredor de Reaseguros, ni el Suscriptor Líder, ni los demás Suscriptores, ni los porcentajes de participación de cada uno de ellos, a no ser que SATENA otorgue su consentimiento expreso y escrito.
La póliza deberá observar las normas contempladas en el Código de Comercio, Código Civil y las demás que le sean aplicables dada la naturaleza de la misma.
En el evento que el día 19 de julio de 2019, la Entidad no reciba los documentos citados anteriormente, SATENA podrá aceptar la segunda mejor propuesta presentada, siempre y cuando su oferta sea igualmente favorable y conveniente para la entidad.
FUNDAMENTO LEGAL
Los contratos que celebre SATENA se regirán por su Manual de Contratación en las materias particularmente reguladas y por el derecho civil y comercial, en lo que sea pertinente.
Sin perjuicio de lo anterior, SATENA dará aplicación a los principios de la función administrativa y de la gestión fiscal a que se refieren los artículos 209 y 267 de la Constitución Política, respectivamente, así como al régimen de inhabilidades e incompatibilidades para la contratación estatal.
El Manual de Contratación de SATENA se encuentra publicado en la página Web xxx.xxxxxx.xxx
DECLARACION EXPRESA
SATENA declara expresamente que no tiene exclusividad con compañía de seguros, ni con suscriptor o reasegurador alguno, ni con ningún corredor de reaseguro. Por consiguiente los proponentes gozan de plena libertad para escoger sus reaseguradores o suscriptores y obtener las tasas correspondientes a los seguros y riesgos licitados.
Los proponentes podrán verificar mediante visitas a SATENA, el estado actual de las aeronaves, su mantenimiento, experiencia de tripulaciones y bases de operación. Así mismo podrán conocer las políticas de la Presidencia de esta empresa sobre entrenamiento, operaciones aéreas, mantenimiento y todos los aspectos que atañen a la seguridad aérea.
VALOR DEL CONTRATO
Para todos los efectos legales y fiscales, el valor inicial de la contratación, es hasta por la suma de CINCO MIL CIENTO CUARENTA Y SEIS MILLONES OCHOCIENTOS TREINTA Y UN MIL QUINIENTOS NOVENTA Y SEIS PESOS MCTE ($5.146.831.596.oo).
Dadas las limitaciones presupuestales de la entidad, la vigencia inicial de la contratación del programa de seguros se hará desde el 1 xx xxxxxx al 31 de diciembre de 2019. No obstante, previendo las condiciones económicas que se puedan ofrecer en el proceso de contratación, SATENA se reserva el derecho de extender inicialmente el seguro hasta el 31 de julio de 2020 (hasta completar la anualidad de la póliza) previa obtención de las disponibilidades presupuestales correspondientes, o finiquitar la vigencia del seguro en la fecha inicialmente establecido en la póliza.
Dadas las características y condiciones especiales de los seguros de aviación, su incidencia en la operación aérea, y previendo resultados satisfactorios de las negociaciones con el mercado reasegurador (mantener o mejorar las condiciones técnicas o económicas vigentes de un seguro), la Presidencia de
SATENA, previa obtención de las disponibilidades presupuestales correspondientes, se reserva el derecho de prorrogar la póliza de aviación contratada, hasta por un término máximo de dos (2) años, contados a partir de la fecha de terminación de su vigencia inicial.
FORMA DE PAGO.
SATENA pagará la contratación inicial de su póliza de Aviación en dos instalamentos, la primera cuota el 31 xx xxxxxx y la segunda el 20 de noviembre de 2019, una vez se cumplan los requisitos de perfeccionamiento del contrato.
Previendo la prórroga del seguro hasta completar la anualidad, es decir hasta el 00 xx xxxxx xx 0000, xx xxxx xxx xxxxx xx xx xxxxxxxx se hará igualmente en dos instalamentos, uno entre los meses de febrero o marzo y el otro, en junio del 2020, la fecha exacta serán acordadas entre las partes.
FACTORES QUE SE TENDRÁN EN CUENTA EN EL ANÁLISIS DE LA COTIZACIÓN PRESENTADA
PUNTAJE MÁXIMO | 1000 puntos | |||
1. ASPECTOS TÉCNICOS | 400 | |||
1.1. CLAUSULA DE INACTIVIDADES El número de días continuos, la tasa en tierra y el porcentaje (%) de devolución deberá ser el mismo para todas las aeronaves sin distinción de equipo. | 30 | |||
1.1.1 NUMERO DE DÍAS CONTINUOS 1-5 Días............................................................. 6-7 Días............................................................. + 8 Días............................................................ | 10 5 0 | 10 | ||
1.1.2. TASA EN TIERRA Se califica de acuerdo con la siguiente tabla 0 al 20% (de la tasa en vuelo)................... 20.1 al 30% (de la tasa en vuelo)................... Mas 30.1% (de la tasa en vuelo)................... | 10 5 0 | 10 | ||
1.1.3 DEVOLUCION El porcentaje a devolver se califica de acuerdo con la siguiente tabla: 100%..………………………………………………. | 10 | 10 |
81 - 99,9%..………………………………………… 65 - 80,9%..………………………………………… Menos de 65%...................................................... | 5 2 0 | ||||
1.2. SEGURO DE DEDUCIBLE | 250 | ||||
1.2.1. El proponente que deducible máximo final qu obtendrá mayor puntaje. S siguiente tabla, a los demás CASCO............................... REPUESTOS...................... PREDIOS PRODUCTO Y HA La Entidad asumirá como d Embraer 145 y 170 | ofrezca el menor valor del e a continuación se indica, e calificará de acuerdo con la en forma proporcional. .................................. .................................. NGAR..................... educible final, un máximo de: US$20.000 | 70 20 10 | 100 | ||
ATR42 | US$20.000 | ||||
Y12 | US$8.000 | ||||
Repuestos | US$500 | ||||
Predios, Productos y Hangares, incluyendo Daños a Aeronaves | US$10.000 | ||||
Equipajes | US$0 | ||||
Carga | US$0 | ||||
1.2.2. SEGURO DE DEDUCIBLE SIN COSTO El proponente que ofrezca el seguro de deducible sin costo para SATENA, se le asignará un puntaje de 100 puntos. | 100 | ||||
1.2.3 VALOR AGREGADO ANUAL SEGURO DE DEDUCIBLE El proponente que ofrezca mayor valor agregado anual de deducible a menor costo, se le otorgará el máximo puntaje, de conformidad con la siguiente fórmula: ( − í ) 50 ∗ ( 1 − (á − í ) ) | 50 | ||||
1.3 COBRO PRIMA CORTO – LARGO PLAZO. Dadas las limitaciones presupuestales de la entidad, la vigencia inicial de la contratación del programa de seguros se hará desde el 1 xx xxxxxx al 31 de diciembre de 2019. No obstante, previendo las condiciones económicas que se puedan ofrecer en el proceso de contratación, SATENA se reserva el derecho de extender el seguro hasta el 31 de julio de 2020 | 20 |
(hasta completar la anualidad de la póliza) previa obtención de las disponibilidades presupuestales correspondientes, o finiquitar la vigencia del seguro en la fecha inicialmente establecido en la póliza. La Compañía aseguradora que certifique que mantendrá la misma tasa para la contratación del seguro de aviación a corto o largo plazo, ni la aplicación de prima de depósito, según sea el caso, obtendrá 20 puntos | ||||
1.4. SERVICIOS ADICIONALES Y/O VALORES AGREGADOS SIN COSTO PARA SATENA Se evaluarán las cláusulas que tenga relación directa con el seguro que se contrata y que a criterio de SATENA sean convenientes y favorables para sus intereses. El oferente que ofrezca mínimo cuatro (4) servicios adicionales o valores agregados sin costo para SATENA, y que representen ahorros significativos o condiciones económicas diferenciales a favor de la entidad, se le asignará un puntaje de 100 puntos. | 100 | |||
2. ASPECTOS ECONÓMICOS | 600 | |||
COSTO DE LA PROPUESTA Se calificará con el máximo puntaje al Oferente que presente el menor costo, de conformidad con la siguiente fórmula: ( − í ) 600 ∗ ( 1 − (á − í ) ) | 600 |
ANEXO 1
MODELO
CARTA DE PRESENTACION
Señores
SATENA
Ciudad
REF: ESTUDIO XX XXXXXXX- INVITACION A COTIZAR CONTRATACIÓN SEGUROS DE AVIACIÓN VIGENCIA 2019/2020
Estimados Señores:
Atentamente me permito hacer llegar a Ustedes nuestra propuesta de seguro para el cubrimiento de la flota de aeronaves que posee en propiedad o a cualquier título esa entidad, de acuerdo con los términos y condiciones previstos en la Invitación en referencia y de conformidad con lo establecido en este documento y la propuesta adjunta.
Así mismo, el suscrito declaro que:
a. Tengo poder legal para firmar y presentar la propuesta.
b. Esta propuesta y el contrato que se llegare a celebrar en caso de aceptación de la oferta, comprometen legalmente a la sociedad que represento. De la misma manera, en caso de escogencia de ésta, el contrato será firmado por la(s) siguiente(s) persona(s) en representación de la compañía aseguradora:
NOMBRES Y APELLIDOS | CARGO | NOMBRE DE LA SOCIEDAD |
c. He estudiado cuidadosamente los documentos de la Invitación a Cotizar y sus adendas y renuncio a cualquier reclamación por ignorancia o errónea interpretación de los mismos.
d. He revisado detenidamente la propuesta adjunta y declaro que no contiene ningún error ni omisión.
e. La sociedad que legalmente represento no está impedida para contratar por causa de inhabilidades y/o incompatibilidades establecidas en la Ley 80 de 1993, la Ley 45 de 1990 y demás normas concordantes y aplicables.
f. El valor total de la oferta presentada, de acuerdo con los términos y condiciones de cobertura básica requerida, es el referenciado en el Anexo 8, el cual incluye el costo por cada aeronave.
g. En caso de que sea aceptada la propuesta me comprometo a perfeccionar el contrato, entregando la póliza correspondiente a más tardar el 19 de julio de 2019.
h. El contenido de la propuesta es válido por un término de días calendario, contados a partir de la fecha y hora de entrega de la misma. (El término de validez de la Oferta no puede ser inferior a noventa (90) días calendario, que corresponde al de la Garantía de Seriedad exigida).
i. Acepto todas y cada una de las condiciones establecidas en el pliego y sus Adendas.
Esta Propuesta consta de folios. Cordialmente,
(Nombre completo de la Sociedad)
(Firma y sello de la(s) persona(s) autorizada(s)
ANEXO No. 2 MODELO DEL PODER
El que suscribe............................... en su carácter de ......................en este acto obrando como representante legal y con facultad para otorgar el presente poder, de conformidad en .......con estatutos de creación, inscritos en , de
conformidad con las Leyes de , por medio del presente documento otorgo
poder amplio y suficiente a...........(si es persona natural, identificado con cédula de ciudadanía No.......... de , domiciliado y con residencia en
......) (si es persona jurídica a la sociedad ..........., establecida , inscrita en
el registro de la Cámara de Comercio de la ciudad de ..............), en consecuencia mi apoderado está debidamente facultado para presentar la propuesta dentro de la presente INVITACION A COTIZAR, también para representarla (a la persona natural) judicial y extrajudicialmente, en lo tocante al contrato que se formalice de la propuesta presentada el día respecto de
los Seguros de Aviación de SATENA para la vigencia 2019/2020, por un valor de .................
Mi apoderado está además facultado para realizar a nombre de todos los
actos, gestiones y diligencias que sean necesarias para la firma, perfeccionamiento y legalización del Contrato que se suscriba con SATENA.
Esta representación tiene una vigencia desde la fecha de su otorgamiento, por todo el tiempo que demande la ejecución del contrato y dos (2) años más.
En fe de lo expuesto, se firma el presente documento en................. a los......
días del mes.................. de del dos mil diecinueve (2019).
Firma del poderdante
Acepto.
Firma del apoderado
ANEXO No. 3
INFORMACION GENERAL DEL PROPONENTE
Denominación de la razón social
NIT
Domicilio Ciudad y País Teléfono
FAX
Capital $ Suscrito $ Pagado $ Nombre del Representante Legal Límite de la facultad del Representante Legal para comprometer a la Sociedad hasta la suma de $ Escritura de Constitución No.
Notaría de Fecha de Constitución Ultima reforma sobre capital o facultades del Representante Legal
Escritura No. Fecha Notaría de Aprobación de la Superintendencia Financiera Clase de Sociedad Vigencia de la Sociedad Tipo de Sociedad: Nacional ( ) Extranjera ( ) Mixta ( ) Dependencia y/o personas encargadas de atender el manejo de todo lo relacionado con la póliza, frente a SATENA
Personas autorizadas para firmar la propuesta
Nombre C.C. de Cargo Dirección Teléfono(s) Observaciones
Personas autorizadas para firmar la póliza de seguro de aviación
Nombre C.C. de Cargo Dirección Teléfono(s) Observaciones
Nombre y Firma autorizada
ANEXO No. 4 COMPROMISO ANTICORRUPCIÓN
“CON LA FIRMA DE LA OFERTA, EL PROPONENTE DECLARA INCORPORADO EXPRESAMENTE EN LA MISMA, EN ESTE PROCESO Y EN EL CONTRATO QUE SE CELEBRE, EL SIGUIENTE COMPROMISO ANTICORRUPCIÓN. ASÍ MISMO EL OFERENTE DECLARA QUE ESTE COMPROMISO HARÁ PARTE INTEGRAL DE LA PÓLIZA QUE SE EXPIDA.
“EL OFERENTE y EVENTUAL ASEGURADOR asume los siguientes compromisos:
(i) No ofrecerá ni dará sobornos ni ninguna otra forma de halago a ningún funcionario público en relación con su propuesta, con el proceso de contratación, ni con la ejecución del presente contrato, como resultado de su propuesta; (ii) No permitirá que nadie, bien sea empleado de la compañía o un agente comisionista independiente, o un asesor o consultor lo haga en su nombre; (iii) Impartirá instrucciones a todos sus empleados, agentes y asesores y a cualesquiera otros representantes suyos, exigiéndoles el cumplimiento en todo momento de las leyes de la República de Colombia, especialmente de aquellas que rigen el proceso y la relación contractual derivada del mismo y les impondrá las obligaciones de: (a) No ofrecer o pagar sobornos o cualquier halago a los funcionarios de SATENA, ni a cualquier otro servidor público o privado para influir en la aceptación de este contrato; (b) No ofrecer pagos o halagos a los funcionarios de SATENA durante el desarrollo del presente contrato; (iv) Se comprometerá formalmente a no efectuar acuerdos o realizar actos o conductas que tengan por objeto o como efecto la colusión en el presente contrato.”
En constancia de lo anterior, y como manifestación de la aceptación de los compromisos unilaterales incorporados en el presente anexo se firma el mismo en
a los ( ) días del mes de 2019. EL PROPONENTE:
Firma Representante Legal Nombre:
Cargo: Identificación: Dirección Fax:
Mail:
ANEXO No. 5
RELACIÓN DE LAS FIRMAS REASEGURADORAS
Fecha
Señores
SATENA
Ciudad
REF: ESTUDIO XX XXXXXXX- INVITACION A COTIZAR CONTRATACIÓN SEGUROS DE AVIACIÓN VIGENCIA 2019/2020
En mi calidad de representante legal de (indicar nombre del proponente y si actúa de manera directa, en Consorcio o Unión Temporal), con el fin de dar cumplimiento a lo señalado en la Invitación a Cotizar de la Referencia, a continuación, me permito indicar la información referente a la nómina de reaseguradores con que cuenta la oferta presentada por la Compañía que represento, para el respaldo de reaseguro facultativo de la póliza de seguro de Aviación.
REASEGURO SOPORTADO
Nombre Suscriptores | Nombre Suscriptor LÍder (Persona Jurídica) | % SOPORTADO | ||||||
(Persona Jurídica) | Equipo | |||||||
Casco | Guerra | Seguro Deducible | Respons. Civil +AV/52D | Accid.Per Tripulac. +AV/52D | Repuestos+A V/52D | |||
TOTAL |
NOMBRE Y FIRMA REPRESENTANTE LEGAL
El nombre del Suscriptor líder es . Igualmente, declaro bajo la gravedad del juramento:
- Que los reaseguradores que respaldan la propuesta presentada, se encuentran debidamente inscritos en el REACOEX, de acuerdo con la legislación Colombiana vigente.
Atentamente,
Firma del Representante legal Nombre del Representante Legal
ANEXO No. 6
CERTIFICACIÓN DE LOS SUSCRIPTORES (COTIZACIÓN)
FECHA
Señores
SATENA
Ciudad
REF: INVITACIÓN A COTIZAR CONTRATACIÓN SEGUROS DE AVIACIÓN VIGENCIA 2019/2020
Certificamos que nuestra Compañía está soportando
la cotización para el Reaseguro del proceso en referencia, en las siguientes condiciones:
EQUIPO: | |
Riesgos | Porcentaje Reaseguro Soportado |
Casco | |
Guerra | |
UPI | |
Seguro de Deducible | |
Responsabilidades | |
Accid Pers. Tripulación | |
Repuestos | |
AVN52 para R/C, AP y Repuestos |
Igualmente manifestamos, que somos el Reasegurador líder de la cuenta, y anexo SLIP firmado y sellado, conforme a lo exigido en el ítem “DOCUMENTOS QUE SE DEBEN ALLEGAR CON LA OFERTA”. (ESTE TEXTO APLICA SOLO PARA EL REASEGURADOR QUE PARTICIPA COMO LÍDER DE LA CUENTA.)
Así mismo indicamos que es el Corredor de Reaseguro autorizado por nosotros en Colombia para la presente oferta y
como la Compañía Aseguradora.
Adicionalmente, certificamos que nuestra más reciente calificación es emitida por
Este respaldo está sujeto a revisión anual.
FIRMA Y SELLO
NOTA: SE DEBE DILIGENCIAR UNA HOJA POR EQUIPO EMBRAER, OTRA PARA EQUIPO ATR 42 500/600 y el Y-12 E.
ANEXO No. 7
CERTIFICACIÓN DE LOS SUSCRIPTORES (COLOCACIÓN)
FECHA
Señores
SATENA
Ciudad
REF: INVITACIÓN A COTIZAR CONTRATACIÓN SEGUROS DE AVIACIÓN VIGENCIA 2019/2020
Certificamos que nuestra Compañía ha
aceptado asumir la colocación del Reaseguro para el proceso en referencia, en las siguientes condiciones:
EQUIPO: | |
Riesgos | Porcentaje Reaseguro Soportado |
Casco | |
Guerra | |
UPI | |
Seguro de Deducible | |
Responsabilidades | |
Accid Pers. Tripulación | |
Repuestos | |
AVN52 para R/C, AP y Repuestos |
Así mismo indicamos que es el Corredor de Reaseguro autorizado por nosotros en Colombia para la presente colocación y
como la Compañía Aseguradora. Este respaldo está sujeto a revisión anual.
FIRMA Y SELLO
NOTA: SE DEBE DILIGENCIAR UNA HOJA POR EQUIPO EMBRAER, OTRA PARA EQUIPO ATR 42 500/600 y el X-00 X.
XXXXX 0
AIRCRAFT TYPE | REG MIL | REG HK | CREW | PASS | AGREED VALUE | XXXX Rate | Xxxx Premi um | XXXX War Rate | Xxxx War Premi um | CSL | LIABILITY Premium | Capital Sum Insured Crew PA | CREW PA Premiu m | TOTAL PREMIUM |
EMBRAER 145 | FAC-1171 | HK4525 | 5+1 | 50 | USD 21.000.000 | USD 350.000.000 | USD 100.000,00 | |||||||
EMBRAER 145 | FAC-1172 | HK4535 | 5+1 | 50 | USD 21.000.000 | USD 350.000.000 | USD 100.000,00 | |||||||
EMBRAER 170 | FAC-1180 | HK4528 | 5+1 | 76 | USD 22.500.000 | USD 350.000.000 | USD 100.000,00 | |||||||
ATR 42-500 | FAC-1184 | HK4806 | 5+1 | 50 | USD 7.475.000 | USD 350.000.000 | USD 100.000,00 | |||||||
ATR 42-500 | FAC-1187 | HK4862 | 5+1 | 50 | USD 7.260.000 | USD 350.000.000 | USD 100.000,00 | |||||||
ATR 42-500 | FAC-1191 | HK4979 | 5+1 | 50 | USD 8.000.000 | USD 350.000.000 | USD 100.000,00 | |||||||
ATR 42-500 | FAC-1190 | HK5104 | 5+1 | 50 | USD 9,000,000 | USD 350.000.000 | USD 100.000,00 | |||||||
Y-12 | FAC-1107 | HK5037 | 3+1 | 18 | USD 5,300,000 | USD 350.000.000 | USD 100.000,00 | |||||||
ATR 42-600 | FAC-1192 | HK5114X | 5+1 | 50 | USD 20,000,000 | USD 350.000.000 | USD 100.000,00 | |||||||
ATR 42-600 | FAC-1193 | HK5129X | 5+1 | 50 | USD 20,000,000 | USD 350.000.000 | USD 100.000,00 | |||||||
ATR 42-600 | FAC-1194 | HK5130X | 5+1 | 50 | USD 20,000,000 | USD 350.000.000 | USD 100.000,00 | |||||||
TOTALS | ||||||||||||||
Spares | USD20.000.000 | |||||||||||||
Legacy Contract | USD 50.000.000 | |||||||||||||
RESPONSABILI DAD CIVIL COMBINADA AERONAVES FAC CONVENIO INTERADMINIS TRATIVO | USD100.000.000 | |||||||||||||
TOTALS |
VALOR TOTAL DE LA OFERTA US$........................ SIN INCLUIR IVA
FIRMA REPRESENTANTE LEGAL
ANEXO 9
RELACIÓN SINIESTRALIDAD SATENA ÚLTIMOS 5 AÑOS.
SATENA - SINIESTRALIDAD
Desde el 15 xx xxxxxx de 2014 a la fecha
Item | Fecha de Ocurrencia | Matricula | FAC | Descripción | Estatus Abierto Cerrado | Valor Reserva | Valor pagado Comentarios USD | |
1 | 15-ago-14 | HK-4828 | DAÑO EN CONO DE COLA, no se afectó la póliza de SATENA | |||||
2 | 8-sep-14 | HK-4949 | Daño en estática Cono de Cola, no se afectó la póliza de SATENA | |||||
3 | 20-oct-14 | HK-4535 | DAÑO EN PLANO LH, no se afectó la póliza de SATENA | |||||
4 | 30-nov-14 | HK-4949 | Daño en Estática Cono de Cola, no se afectó la póliza de SATENA | |||||
5 | 6-feb-15 | HK-4748 | IMPACTO XX XXXX EN EL ALERON Y DAÑO RGB EB0094 | 1 | 181.514,71 | |||
6 | 8-feb-15 | HK-4806 | FOD MOTOR AM0076 | 1 | 232.358,94 | |||
7 | 2-mar-15 | HK-4979 | Daño en estructura de la aeronave, no se afectó la póliza de SATENA | 1 | ||||
8 | 31-mar-15 | HK-5036 | Daño en estructura de la aeronave, no se afectó la póliza de SATENA | 1 | ||||
9 | 13-abr-15 | HK-4747 | IMPACTO XX XXXX EN EL ALERON | 1 | 51.413,29 | |||
10 | 1-sep-15 | HK-4535 | DAÑO AOA LH, no se afectó la póliza de SATENA | 1 | ||||
11 | 22-sep-15 | Perdida de equipaje - Xxxxxxx Xxxxx Xxxxxxx X. (vuelo 8793) | 1 | 664,13 | ||||
12 | 30-sep-15 | HK-4828 | 1186 | F.O.D evidenciado durante inspección boroscópica a motor 1 s/n AM0024F (PW 3Ago2015) | 1 | 182.771,92 | ||
13 | 9-nov-15 | HK-4949 | 1189 | Impacto xx xxxx en el fuselaje de la aeronave | 1 | 59.690,63 | ||
14 | 1-dic-15 | HK-4862 | 1187 | Xxxxx xx xxxxx izquierda interna durante aterizaje | 1 | 50.031,97 | ||
15 | 21-dic-15 | HK-4528 | 1180 | Impacto de ave, daño del Dual Heat Exchanger | 1 | 13.997,10 | ||
16 | 2-feb-16 | HK-5036 | 1106 | Explosión presentada en la rueda del tren principal derecho | 1 | 4.166,38 | ||
17 | 11-abr-16 | Daño de bomba de combustible durante transporte S/N ATC55442 | 1 | 35.366,06 | ||||
18 | 6-jun-16 | HK-5114 | 1192 | Impacto xx xxxx en fuselaje de la aeronave | 1 | 79.349,71 La aeronave tuvo tres eventos sucesivos de la misma naturaleza (6,9 y 14 Jun 2016) | ||
19 | 4-sep-16 | HK-4525 | 1171 | Impacto de ave en el plano izquierdo | 1 | 57.633,30 | ||
20 | 5-sep-16 | HK-4535 | 1172 | Daño por impacto xx xxxx | 1 | 6.249,98 | ||
21 | 19-dic-16 | Xxxx Xxxxxx Xxxxxx vuelo 8688 - Pérdida de equipaje | 1 | 557,24 | ||||
22 | 21-dic-16 | Pérdida de equipaje - Darling Xxxxxx Xxxxxx (vuelo 8688) | 1 | 523,25 | ||||
23 | 30-dic-16 | HK-4528 | 1180 | Impacto de ave en motor derecho. | 1 | 5.622,35 | ||
24 | 2-ene-17 | Pérdida de equipaje - Xxxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxx X (vuelo 8688) | 1 | 585,74 | ||||
25 | 5-ene-17 | HK-5114 | 1192 | Daños en aeronave a consecuncia de un golpe con GPU | 1 | 23.011,11 | ||
26 | 22-feb-17 | HK-5037 | 1107 | Daños en fuselaje por golpe de manguera de tanqueo | 1 | 4.749,42 | ||
27 | 27-feb-17 | Perdida de Equipaje - Xxxxxxxx Xxxxx Xxxxxxx (vuelo 8688) | 1 | 608,34 | ||||
28 | 8-mar-17 | HK-4806 | 1184 | Impacto xx xxxx en las palas 3 y 4 del motor 2 | 1 | 110.426,46 | ||
29 | 20-abr-17 | HK-4528 | 1180 | Daños en elevador derecho por impacto xx xxxx. | 1 | 5.270,73 | ||
30 | 11-jul-17 | HK-4528 | 1180 | Daño en palas por Bird strike | 1 | 63.868,36 | ||
31 | 13-jul-17 | HK-4528 | 1180 | Daños en compuerta del tren principal derecho causados por fuerte vibración durante el aterrizaje en BOG. | 1 | 4.297,11 | ||
32 | 16-jul-17 | Perdida de equipaje - Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxxxx (vuelo 8562) | 1 | 313,70 | ||||
33 | 31-ago-17 | HK-4535 | 1172 | Llamarada y ruido de explosión. Aterrizaje de emergencia en aeropuerto de Rionegro. | 1 | Sin reserva. Asegurado espera informe oficial del fabricante (Rolls Xxxxx) | ||
34 | 28-sep-17 | HK-4806 | 1184 | Impacto xx xxxx | 1 | 19.120,49 | ||
35 | 15-oct-17 | HK-4806 | 1184 | Bird strike en el motor 1. | 1 | 422.598,72 | ||
36 | 8-nov-17 | HK-4862 | 1187 | Bird strike en motor 1 lado izquierdo. | 1 | 21.427,10 | ||
37 | 14-nov-17 | HK-4528 | 1180 | Impacto xx xxxx en la piel del winglet izquierdo. | 1 | 6.419,03 | ||
38 | 17-nov-17 | Perdida de equipaje - Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxxx X. (vuelo 8767) | 1 | 633,89 | ||||
39 | 6-ene-18 | Perdida de equipaje - Xxxxxxx Xxxxx Xxxxxxxxx (vuelo 8747) | 1 | 380,46 | ||||
40 | 13-ene-18 | Gastos médicos - Xxxxx Xxxxxx | 1 | 143,50 | ||||
41 | 22-ene-18 | Daño a equipaje - Xxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxxx X. (vuelo 8703) | 1 | 343,03 | ||||
42 | 1-feb-18 | HK-4525 | 1171 | Impacto de ave en motor 1 | 1 | 3.322,24 | ||
43 | 19-feb-18 | HK-5114 | 1192 | Daños en aspas por aparente FOD | 1 | 1.239,44 | ||
44 | 28-abr-18 | HK-4806 | 1184 | Impacto de ave durante fase final de vuelo | 1 | 4.235,22 | ||
45 | 23-may-18 | HK 4528 | 1180 | Impacto de ave | 1 | 6.641,93 |
46 | 17-mar-18 | Perdida de equipaje - Xxxx Xxxxx Xxxxxx Xxxxxx 1 | 713,65 | |
47 | 16-jun-18 | HK-5129 1193 | Impacto de ave, vuelo 8737 SJE BOG 1 | 35.084,13 |
Araracuara (ACR) a Xxxxxxxxx (FLA). Pérdida Total | ||||||||
51 | 24-jul-18 | Daños en motor XX000X X/X XX0000 (xxxxxxxx ATR 42 HK-5130) | 1 | 120.619,03 | ||||
52 | 9-oct-18 | HK 4525 | 1171 | Impacto xx xxxx | 1 | |||
53 | 5-ago-18 | Perdida de equipaje - Xxxx Xxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxx MDE-APO, vuelo | 1 | 330,31 | ||||
54 | 20-oct-18 | HK-4528 | 1180 | Impacto de ave en motor #2. | 1 | 21.661,12 | ||
55 | 22-nov-18 | Gastos médicos - pasajero Xxxx Xxxxxx Xxxxx Xxxxxx, vuelo 8925. | 1 | 163,10 |
principal durante despegue. | ||||||
58 | 18-mar-19 | HK-4806 | 1184 | Daños en ruedas del tren de nariz. | 1 | 500.000,00 |
59 | 21-mar-19 | HK-4528 | 1180 | Grietas en el fairing inferior derecho por FOD | 1 | 250.000,00 |
60 | 29-abr-19 | HK-4525 | 1171 | Impacto de ave en ala izquierda. | 1 | 70.000,00 |
48
8-ago-18 HK-4862 1187 Impacto de ave durante despegue del aeropuerto de San Xxxx del
Guaviare (SJE)
1
463.584,82
49 15-ago-18 Daños en motor S/N EB0076 (leasing) durante su instalación.
50 26-ago-18 HK-5036 1106 Daños estructurales por turbulencia severa durante vuelo de
1
1
649.666,95
5.300.000,00
8666.
56
28-dic-18
Pérdida de equipaje - Xxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxx Xxxxx, vuelo 8733,
ruta PUU-BOG.
1
478,00
57
20-feb-19 HK-4979 1191 Daños en tren de aterrizaje izquierdo por ruptura de neumático
1
120.000,00
61
12-may-19 HK 5130 1194 Durante el tránsito encontraron que al tren de aterrizaje izquierdo
le faltaba el perno de bloqueo y había fuga de xxxxx.
1
En proceso de ajuste.
940.000,00 7.788.561,15
Total