CONCURSO PÚBLICO Nº 015/2016-SBS
SUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES
Concurso Público N° 015/2016-SBS
CONCURSO PÚBLICO Nº 015/2016-SBS
CONTRATACIÓN DE SERVICIO DE
BOLSA DE HORAS PARA FÁBRICA DE SOFTWARE Y BOLSA DE HORAS PARA FÁBRICA DE PRUEBAS
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Concurso Público N° 015/2016-SBS
DEBER DE COLABORACIÓN
La Entidad y todo proveedor que se someta a las presentes Bases, sea como participante, postor y/o contratista, deben conducir su actuación conforme a los principios previstos en la Ley de Contrataciones del Estado.
En este contexto, se encuentran obligados a prestar su colaboración al OSCE y al Consejo Multisectorial de Monitoreo de las Contrataciones Públicas, en todo momento según corresponda a sus competencias, a fin de comunicar presuntos casos de fraude, colusión y corrupción por parte de los funcionarios y servidores de la Entidad, así como los proveedores y demás actores que participan en el proceso de contratación.
De igual forma, deben poner en conocimiento del OSCE y a la Comisión de Defensa de la Libre Competencia del INDECOPI los indicios de conductas anticompetitivas que se presenten durante el proceso de contratación, en los términos del Decreto Legislativo N° 1034, "Ley de Represión de Conductas Anticompetitivas", o norma que la sustituya, así como las demás normas de la materia.
La Entidad y todo proveedor que se someta a las presentes Bases, sea como participante, postor y/o contratista del proceso de contratación deben permitir al OSCE o al Consejo Multisectorial de Monitoreo de las Contrataciones Públicas el acceso a la información referida a las contrataciones del Estado que sea requerida, prestar testimonio o absolución de posiciones que se requieran, entre otras formas de colaboración.
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SECCIÓN GENERAL
DISPOSICIONES COMUNES DEL PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN
(ESTA SECCIÓN NO DEBE SER MODIFICADA EN NINGÚN EXTREMO, BAJO SANCIÓN DE NULIDAD)
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CAPÍTULO I
ETAPAS DEL PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN
1.1. BASE LEGAL
- Ley N° 30225, Ley de Contrataciones del Estado, en adelante la Ley.
- Decreto Supremo N° 350-2015-EF, Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, en adelante el Reglamento.
- Directivas del OSCE.
- Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.
- Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y de Acceso a la Información Pública.
- Decreto Supremo N° 304-2012-EF, TUO de la Ley General del Sistema Nacional del Presupuesto.
- Decreto Supremo Nº 008-2008-TR, Reglamento de la Ley MYPE.
- Decreto Supremo Nº 013-2013-PRODUCE - Texto Único Ordenado de la Ley de Impulso al Desarrollo Productivo y al Crecimiento Empresarial.
- Código Civil.
Las referidas normas incluyen sus respectivas modificaciones, de ser el caso.
Para la aplicación del derecho deberá considerarse la especialidad de las normas previstas en las presentes bases.
1.2. CONVOCATORIA
Se realiza a través de su publicación en el SEACE de conformidad con lo señalado en el artículo 33 del Reglamento, en la fecha señalada en el calendario del procedimiento de selección, debiendo adjuntar las bases y resumen ejecutivo.
1.3. REGISTRO DE PARTICIPANTES
El registro de participantes se lleva a cabo desde el día siguiente de la convocatoria hasta antes del inicio de la presentación de ofertas, de forma ininterrumpida. En el caso de un consorcio, basta que se registre uno (1) de sus integrantes.
El registro de participantes es gratuito y electrónico a través del SEACE.
El proveedor que desee participar en el presente procedimiento de selección debe registrarse como participante, debiendo contar para ello con inscripción vigente en el RNP, conforme al objeto de la contratación.
Importante |
En caso los proveedores no cuenten con inscripción vigente en el RNP y/o se encuentren inhabilitados o suspendidos para ser participantes, postores y/o contratistas, el SEACE restringirá su registro, quedando a potestad de estos intentar nuevamente registrar su participación en el procedimiento de selección en cualquier otro momento, dentro del plazo establecido para dicha etapa, siempre que haya obtenido la vigencia de su inscripción o quedado sin efecto la sanción que le impuso el Tribunal de Contrataciones del Estado. |
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1.4. FORMULACIÓN DE CONSULTAS Y OBSERVACIONES A LAS BASES
Todo participante puede formular consultas y observaciones a las bases, en el plazo señalado en el calendario del procedimiento de selección, que no puede ser menor a diez (10) días hábiles contados desde el día siguiente de la convocatoria, de conformidad con lo establecido en el artículo 51 del Reglamento.
Las observaciones a las bases, se realizan de manera fundamentada, por supuestas vulneraciones a la normativa de contrataciones u otra normativa que tenga relación con el objeto de contratación.
Para formular consultas y observaciones se debe emplear el formato incluido en el Anexo N° 1 de la Directiva N° 023-2016-OSCE/CD “Disposiciones sobre la formulación y absolución de consultas y observaciones”.
1.5. ABSOLUCIÓN DE CONSULTAS Y OBSERVACIONES A LAS BASES
La absolución simultánea de las consultas y observaciones por parte del comité de selección mediante pliego absolutorio se notifica a través del SEACE en la fecha señalada en el calendario del procedimiento de selección, en un plazo que no puede exceder de siete (7) días hábiles contados desde el vencimiento del plazo para recibir consultas y observaciones.
La absolución se realiza de manera motivada, debiendo emplearse el formato incluido en el Anexo N° 2 de la Directiva N° 023-2016-OSCE/CD “Disposiciones sobre la formulación y absolución de consultas y observaciones”. Cabe precisar que en el caso de las observaciones se debe indicar si estas se acogen, se acogen parcialmente o no se acogen.
Importante |
No se absolverán consultas y observaciones a las bases que se presenten extemporáneamente, en un lugar distinto al señalado en las bases o que sean formuladas por quienes no se han registrado como participantes. |
1.6. ELEVACIÓN AL OSCE XXX XXXXXX DE ABSOLUCIÓN DE CONSULTAS Y OBSERVACIONES
En el plazo de tres (3) días hábiles siguientes a la notificación xxx xxxxxx absolutorio a través del SEACE, los participantes pueden solicitar la elevación de los cuestionamientos al pliego de absolución de consultas y observaciones, a fin que el OSCE emita el pronunciamiento correspondiente, en los siguientes supuestos:
a) Cuando la absolución a una consulta por parte del Comité de Selección se considere contraria a la normativa de contratación pública u otras normas complementarias o conexas que tengan relación con el procedimiento de selección o con el objeto de la contratación.
b) Cuando la absolución de observaciones por parte del Comité de Selección se considere contraria a la normativa de contratación pública u otras normas complementarias o conexas que tengan relación con el procedimiento de selección o con el objeto de la contratación.
El pronunciamiento emitido por el OSCE se notifica a través del SEACE, dentro de los diez
(10) días hábiles, computados desde el día siguiente de recepción del expediente completo por el OSCE.
1.7. INTEGRACIÓN DE LAS BASES
Las bases integradas constituyen las reglas definitivas del procedimiento de selección. Estas incorporan obligatoriamente, las modificaciones que se hayan producido como consecuencia de las consultas, observaciones, la implementación del pronunciamiento emitido por el OSCE, así como las modificaciones requeridas por el OSCE en el marco de sus acciones de supervisión, y se publican en el SEACE en la fecha establecida en el calendario del
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procedimiento.
Las bases integradas no pueden ser cuestionadas en ninguna otra vía ni modificadas por autoridad administrativa alguna, bajo responsabilidad del Titular de la Entidad, salvo las acciones de supervisión a cargo del OSCE. Esta restricción no afecta la competencia del Tribunal para declarar la nulidad del procedimiento por deficiencias en las bases.
El comité de selección no puede continuar con la tramitación del procedimiento de selección si no ha publicado las bases integradas en el SEACE, bajo sanción de nulidad de todo lo actuado posteriormente, conforme lo establece el artículo 52 del Reglamento.
Importante |
En caso el OSCE haya emitido pronunciamiento, dentro de los cuatro (4) días hábiles siguientes a la publicación de la integración de las bases, los participantes pueden solicitar al OSCE, la emisión de Dictamen sobre implementación del Pronunciamiento, según lo previsto en el numeral 8.2 de la Directiva N° 009-2016-OSCE/CD “Acciones de Supervisión a Pedido de Parte”. En caso el OSCE no haya emitido pronunciamiento, los participantes pueden solicitar al OSCE en cualquier momento la emisión de Dictamen sobre Cuestionamientos, cuando consideren de manera sustentada que las bases integradas no recojan aquello que ha sido materia de aclaración y/o precisión en el pliego de absolución de consultas y observaciones, según lo previsto en el numeral 8.8 de la Directiva N° 009-2016-OSCE/CD “Acciones de Supervisión a Pedido de Parte”, en el plazo previsto en la misma. |
1.8. FORMA DE PRESENTACIÓN DE OFERTAS
Los documentos que acompañan las ofertas, se presentan en idioma castellano o, en su defecto, acompañados de traducción oficial o sin valor oficial efectuada por traductor público juramentado o traducción certificada efectuada por traductor colegiado certificado, salvo el caso de la información técnica complementaria contenida en folletos, instructivos, catálogos o similares, que puede ser presentada en el idioma original. El postor es responsable de la exactitud y veracidad de dichos documentos.
Las ofertas se presentan por escrito, debidamente foliadas y en un (1) único sobre cerrado.
Las declaraciones juradas, formatos o formularios previstos en las bases que conforman la oferta deben estar debidamente firmados por el postor. Los demás documentos deben ser rubricados (visados) por el postor. En el caso de persona jurídica, por su representante legal, apoderado o mandatario designado para dicho fin y, en el caso de persona natural, por este o su apoderado.
El precio de la oferta debe incluir todos los tributos, seguros, transporte, inspecciones, pruebas y, de ser el caso, los costos laborales conforme la legislación vigente, así como cualquier otro concepto que pueda tener incidencia sobre el costo del servicio a contratar, excepto la de aquellos postores que gocen de alguna exoneración legal, no incluirán en el precio de su oferta los tributos respectivos.
El precio total de la oferta y los subtotales que lo componen deben ser expresados con dos decimales. Los precios unitarios pueden ser expresados con más de dos decimales.
1.9. PRESENTACIÓN Y APERTURA DE OFERTAS
La presentación de ofertas se realiza en acto público en presencia xx xxxxxxx o xxxx xx xxx en el lugar indicado en las bases, en la fecha y hora establecidas en la convocatoria.
La presentación puede realizarse por el mismo proveedor o a través de un tercero, sin que se exija formalidad alguna para ello.
Importante
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Los integrantes de un consorcio no pueden presentar ofertas individuales ni conformar más de un consorcio en un procedimiento de selección, o en un determinado ítem cuando se trate de procedimientos de selección según relación de ítems.
El acto público se inicia cuando el comité de selección empieza a llamar a los participantes en el orden en que se registraron en el procedimiento, para que entreguen sus ofertas. Si al momento de ser llamado el participante no se encuentra presente, se tiene por desistido.
En la apertura del sobre que contiene la oferta, el comité de selección debe anunciar el nombre de cada participante y el precio de la misma. Asimismo, verifica la presentación de los documentos requeridos en la sección específica de las bases de conformidad con el artículo 53 del Reglamento. De no cumplir con lo requerido la oferta se considera no admitida. Esta información debe consignarse en acta, con lo cual se da por finalizado el acto público.
En caso el comité de selección no admita la oferta el postor puede solicitar que se anote tal circunstancia en el acta, debiendo el notario o xxxx xx xxx mantenerla en custodia hasta el consentimiento de la buena pro, salvo que en el acto de presentación de ofertas o en fecha posterior el postor solicite su devolución.
Después de abierto cada sobre que contiene la oferta, el notario o xxxx xx xxx procederá a sellar y firmar cada hoja de los documentos de la oferta.
Al terminar el acto público, se levantará un acta, la cual será suscrita por el notario o xxxx xx xxx, los miembros del comité de selección, el veedor y los postores que lo deseen.
De acuerdo a lo previsto en el artículo 53 del Reglamento, en el acto de presentación de ofertas se puede contar con un representante del Sistema Nacional de Control, quien participa como veedor y debe suscribir el acta correspondiente.
1.10. EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS
Previo a la evaluación, el comité de selección determina si las ofertas responden a las características y/o requisitos y condiciones de los Términos de Referencia, detallados en la sección específica de las bases. De no cumplir con lo requerido, la oferta se considera no admitida.
La evaluación de las ofertas que cumplan con lo señalado en el párrafo anterior tiene por objeto determinar la oferta con el mejor puntaje y el orden de prelación de las ofertas, según los factores y el procedimiento de evaluación enunciados en la sección específica de las bases.
El comité de selección puede rechazar una oferta cuando el precio ofertado sea sustancialmente inferior al valor estimado y, de la revisión de sus elementos constitutivos, se advierta que algunas de las prestaciones no se encuentren previstas o suficientemente presupuestadas, existiendo riesgo de incumplimiento por parte del postor.
Para estos efectos, el comité de selección debe solicitar al postor la descripción a detalle de todos los elementos constitutivos de su oferta, otorgándole un plazo mínimo de dos (2) días hábiles de recibida la comunicación respectiva; así como contar con información adicional que resulte pertinente para determinar si rechaza la oferta, decisión que debe ser fundamentada.
En el supuesto de ofertas que superen el valor estimado de la convocatoria, para efectos que el comité de selección considere válida la oferta económica debe contar con la certificación de crédito presupuestario correspondiente y la aprobación del Titular de la Entidad, que no puede exceder de cinco (5) días hábiles, contados desde la fecha prevista en el calendario para el otorgamiento de la buena pro, bajo responsabilidad.
En caso no se cuente con la certificación de crédito presupuestario se rechaza la oferta. La evaluación se realiza sobre la base de cien (100) puntos, considerando lo siguiente: Precio 50 a 100
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Otros factores 0 a 50
Para determinar la oferta con el mejor puntaje, se toma en cuenta lo siguiente:
a) Cuando la evaluación del precio sea el único factor, se le otorga el máximo puntaje a la oferta de precio más bajo y otorga a las demás ofertas puntajes inversamente proporcionales a sus respectivos precios, según la siguiente fórmula:
Pi = Donde: | Om x PMP Oi | |
i = | Oferta. | |
Pi = Oi = Om = PMP = | Puntaje de la oferta a evaluar. Precio i. Precio de la oferta más baja. Puntaje máximo del precio. |
b) Cuando existan otros factores de evaluación además del precio, aquella que resulte con el mejor puntaje, en función de los criterios y procedimientos de evaluación enunciados en la sección específica de las bases.
En el supuesto de que dos (2) o más ofertas empaten, la determinación del orden de prelación de las ofertas empatadas se realiza a través de sorteo. Para la aplicación de este criterio de desempate se requiere la participación xx xxxxxxx o xxxx xx xxx y la citación oportuna a los postores que hayan empatado, pudiendo participar en calidad de veedor un representante del Sistema Nacional de Control.
Importante |
En el caso de procedimientos de selección por relación de ítems cuando la contratación del servicio en general va a ser prestado fuera de la provincia de Lima y Callao y el monto del valor estimado del ítem no supere los doscientos mil Soles (S/. 200,000.00), a solicitud del postor se asigna una bonificación equivalente al diez por ciento (10%) sobre el puntaje total obtenido en dicho ítem por los postores con domicilio en la provincia donde prestará el servicio, o en las provincias colindantes, sean o no pertenecientes al mismo departamento o región. El domicilio es el consignado en la constancia de inscripción ante el RNP1. |
1.11. CALIFICACIÓN DE OFERTAS
Luego de culminada la evaluación, el comité de selección debe determinar si el postor que obtuvo el primer lugar según el orden de prelación cumple con los requisitos de calificación detallados en la sección específica de las bases. Si dicho postor no cumple con los requisitos de calificación su oferta debe ser descalificada. En tal caso, el comité de selección debe verificar los requisitos de calificación respecto del postor cuya oferta quedó en segundo lugar, y así sucesivamente en el orden de prelación de ofertas.
1.12. SUBSANACIÓN DE LAS OFERTAS
La subsanación de las ofertas se sujeta a los supuestos establecidos en el artículo 39 del Reglamento.
Cuando se requiera subsanación, la oferta continua vigente para todo efecto, a condición de la efectiva subsanación dentro del plazo otorgado, el que no puede exceder de tres (3) días hábiles. La presentación de las subsanaciones se realiza a través de la Unidad de Tramite Documentario de la Entidad. La subsanación corresponde realizarla al mismo postor, su representante legal o apoderado acreditado.
1.13. OTORGAMIENTO DE LA BUENA PRO
Luego de la calificación de las ofertas, el comité de selección otorga la buena pro en la fecha señalada en el calendario de las bases mediante su publicación en el SEACE.
El otorgamiento de la buena pro en acto privado se publica y se entiende notificado a través
1 La constancia de inscripción electrónica se visualizará en el portal web del Registro Nacional de Proveedores: xxx.xxx.xxx.xx
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del SEACE, el mismo día de su realización, debiendo incluir el acta de otorgamiento de la buena pro y el cuadro comparativo, detallando los resultados de la evaluación y calificación.
Importante |
Las Entidades someten a fiscalización posterior, conforme a lo previsto en el artículo 32 de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General la documentación, declaraciones y traducciones presentadas por el ganador de la buena pro. |
1.14. CONSENTIMIENTO DE LA BUENA PRO
Cuando se hayan presentado dos (2) o más ofertas, el consentimiento de la buena pro se produce a los ocho (8) días hábiles de la notificación de su otorgamiento en el SEACE, sin que los postores hayan ejercido el derecho de interponer el recurso de apelación.
En caso que se haya presentado una sola oferta, el consentimiento de la buena pro se produce el mismo día de la notificación de su otorgamiento.
El consentimiento del otorgamiento de la buena pro se publica en el SEACE al día hábil siguiente de producido.
1.15. CONSTANCIA DE NO ESTAR INHABILITADO O SUSPENDIDO PARA CONTRATAR CON EL ESTADO
De acuerdo con el artículo 245 del Reglamento, a partir del día hábil siguiente al registro en el SEACE del consentimiento de la buena pro o de que esta haya quedado administrativamente firme, el postor ganador de la buena pro puede solicitar ante el OSCE la expedición de la constancia de no estar inhabilitado o suspendido para contratar con el Estado.
No procede la emisión de constancias cuando el procedimiento de selección se encuentre bloqueado como consecuencia del procesamiento de una acción de supervisión.
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CAPÍTULO II
SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS DURANTE EL PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN
2.1. RECURSO DE APELACIÓN
A través del recurso de apelación se pueden impugnar los actos dictados durante el desarrollo del procedimiento de selección hasta antes del perfeccionamiento del contrato.
El recurso de apelación se presenta ante y es resuelto por el Tribunal de Contrataciones del Estado.
Los actos que declaren la nulidad de oficio y otros actos emitidos por el Titular de la Entidad que afecten la continuidad del procedimiento de selección, pueden impugnarse ante el Tribunal de Contrataciones del Estado.
2.2. PLAZOS DE INTERPOSICIÓN DEL RECURSO DE APELACIÓN
La apelación contra el otorgamiento de la buena pro o contra los actos dictados con anterioridad a ella debe interponerse dentro de los ocho (8) días hábiles siguientes de haberse notificado el otorgamiento de la buena pro.
La apelación contra los actos dictados con posterioridad al otorgamiento de la buena pro, contra la declaración de nulidad, cancelación y declaratoria de desierto del procedimiento, debe interponerse dentro de los ocho (8) días hábiles siguientes de haberse tomado conocimiento del acto que se desea impugnar.
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CAPÍTULO III DEL CONTRATO
3.1. PERFECCIONAMIENTO DEL CONTRATO
Dentro del plazo de ocho (8) días hábiles siguientes al registro en el SEACE del consentimiento de la buena pro o de que esta haya quedado administrativamente firme, el postor ganador de la buena pro debe presentar la totalidad de los requisitos para perfeccionar el contrato. En un plazo que no puede exceder de los tres (3) días hábiles siguientes de presentados los documentos la Entidad debe suscribir el contrato, u otorgar un plazo adicional para subsanar los requisitos, el que no puede exceder de cinco (5) días hábiles contados desde el día siguiente de la notificación de la Entidad. Al día siguiente de subsanadas las observaciones, las partes suscriben el contrato.
Para perfeccionar el contrato, el postor ganador de la buena pro debe presentar los documentos señalados en el artículo 117 del Reglamento y los previstos en la sección específica de las bases.
3.2. PLAZO DE EJECUCIÓN CONTRACTUAL
En aplicación de lo dispuesto en el artículo 120 del Reglamento, el plazo de ejecución contractual se inicia el día siguiente del perfeccionamiento del contrato, desde la fecha que se establezca en el contrato o desde la fecha en que se cumplan las condiciones previstas en el contrato, según sea el caso.
3.3. GARANTÍAS
Las garantías que deben otorgar los postores y/o contratistas, según corresponda, son las de fiel cumplimiento del contrato y por los adelantos.
3.3.1. GARANTÍA DE FIEL CUMPLIMIENTO
Como requisito indispensable para perfeccionar el contrato, el postor ganador debe entregar a la Entidad la garantía de fiel cumplimiento del mismo por una suma equivalente al diez por ciento (10%) del monto del contrato original. Esta debe mantenerse vigente hasta la conformidad de la recepción de la prestación a cargo del contratista.
Importante |
En los contratos periódicos de prestación de servicios en general que celebren las Entidades con las micro y pequeñas empresas, estas últimas pueden otorgar como garantía de fiel cumplimiento el diez por ciento (10%) del monto del contrato original, porcentaje que es retenido por la Entidad durante la primera mitad del número total de pagos a realizarse, de forma prorrateada en cada pago, con cargo a ser devuelto a la finalización del mismo, conforme lo establece el artículo 126 del Reglamento. |
3.3.2. GARANTÍA DE FIEL CUMPLIMIENTO POR PRESTACIONES ACCESORIAS
En las contrataciones que conllevan la ejecución de prestaciones accesorias, tales como mantenimiento, reparación o actividades afines, se debe otorgar una garantía adicional por este concepto, la misma que debe ser renovada periódicamente hasta el cumplimiento total de las obligaciones garantizadas, no pudiendo eximirse su presentación en ningún caso.
Importante |
En los contratos derivados de procedimientos de selección por relación de ítems, cuando el monto del ítem adjudicado o la sumatoria de los montos de los ítems adjudicados sea igual o menor a cien mil Soles (S/. 100,000.00), no corresponde presentar garantía de fiel cumplimiento de contrato ni garantía de fiel cumplimiento por prestaciones accesorias, conforme a lo dispuesto en el numeral 1 del artículo 128 del Reglamento. |
3.3.3. GARANTÍA POR XXXXXXXX
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En caso se haya previsto en la sección específica de las bases la entrega de adelantos, el contratista debe presentar una garantía emitida por idéntico monto conforme a lo estipulado en el artículo 129 del Reglamento. La presentación de esta garantía no puede ser exceptuada en ningún caso.
3.4. REQUISITOS DE LAS GARANTÍAS
Las garantías que se presenten deben ser incondicionales, solidarias, irrevocables y de realización automática en el país, al solo requerimiento de la Entidad. Asimismo, deben ser emitidas por empresas que se encuentren bajo la supervisión directa de la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones, y deben estar autorizadas para emitir garantías; o estar consideradas en la última lista de bancos extranjeros de primera categoría que periódicamente publica el Banco Central de Reserva del Perú.
Importante |
Corresponde a la Entidad verificar que las garantías presentadas por el postor ganador de la buena pro y/o contratista cumplan con los requisitos y condiciones necesarios para su aceptación y eventual ejecución, sin perjuicio de la determinación de las responsabilidades funcionales que correspondan. |
ADVERTENCIA |
LOS FUNCIONARIOS DE LAS ENTIDADES NO DEBEN ACEPTAR GARANTÍAS EMITIDAS BAJO CONDICIONES DISTINTAS A LAS ESTABLECIDAS EN EL PRESENTE NUMERAL. |
3.5. EJECUCIÓN DE GARANTÍAS
La Entidad puede solicitar la ejecución de las garantías conforme a los supuestos contemplados en el artículo 131 del Reglamento.
3.6. ADELANTOS
La Entidad puede entregar adelantos directos al contratista, los que en ningún caso exceden en conjunto del treinta por ciento (30%) del monto del contrato original, siempre que ello haya sido previsto en la sección específica de las bases.
3.7. PENALIDADES
3.7.1. PENALIDAD POR XXXX EN LA EJECUCIÓN DE LA PRESTACIÓN
En caso de retraso injustificado del contratista en la ejecución de las prestaciones objeto del contrato, la Entidad le aplica automáticamente una penalidad por xxxx por cada día de atraso, de conformidad con en el artículo 133 del Reglamento.
3.7.2. OTRAS PENALIDADES
La Entidad puede establecer penalidades distintas a la mencionada en el numeral precedente, siempre y cuando sean objetivas, razonables, congruentes y proporcionales con el objeto de la contratación. Para estos efectos, se deben incluir en la sección específica de las bases los supuestos de aplicación de penalidad, la forma de cálculo de la penalidad para cada supuesto y el procedimiento mediante el cual se verifica el supuesto a penalizar.
Estos dos tipos de penalidades se calculan en forma independiente y pueden alcanzar cada una un monto máximo equivalente al diez por ciento (10%) del monto del contrato vigente, o de ser el caso, del ítem que debió ejecutarse.
3.8. INCUMPLIMIENTO DEL CONTRATO
Las causales para la resolución del contrato, serán aplicadas de conformidad con el artículo 36 de la Ley y 135 del Reglamento.
3.9. PAGOS
El pago se realiza después de ejecutada la respectiva prestación, pudiendo contemplarse pagos a cuenta, según la forma establecida en la sección específica de las bases o en el contrato.
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La Entidad debe pagar las contraprestaciones pactadas a favor del contratista dentro de los quince (15) días calendarios siguientes a la conformidad de los servicios, siempre que se verifiquen las condiciones establecidas en el contrato para ello. La conformidad se emite en un plazo xxxxxx xx xxxx (10) días de producida la recepción.
En el caso que se haya suscrito contrato con un consorcio, el pago se realizará de acuerdo a lo que se indique en el contrato de consorcio.
En caso de retraso en el pago por parte de la Entidad, salvo que se deba a caso fortuito o fuerza mayor, el contratista tendrá derecho al reconocimiento de los intereses legales correspondientes conforme a lo establecido en el artículo 39 de la Ley y en el artículo 149 del Reglamento.
3.10. DISPOSICIONES FINALES
Todos los demás aspectos del presente procedimiento no contemplados en las bases se regirán supletoriamente por la Ley y su Reglamento, así como por las disposiciones legales vigentes.
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SECCIÓN ESPECÍFICA
CONDICIONES ESPECIALES DEL PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN
(EN ESTA SECCIÓN LA ENTIDAD DEBERÁ COMPLETAR LA INFORMACIÓN EXIGIDA, DE ACUERDO A LAS INSTRUCCIONES INDICADAS)
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CAPÍTULO I GENERALIDADES
1.1. ENTIDAD CONVOCANTE
Nombre | : | Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones |
RUC Nº | : | 20131370564 |
Domicilio legal | : | Xxxxx Xxx Xxxxxxxx Xx 000 - Xxx Xxxxxx |
Teléfono: | : | 000-0000 |
Correo electrónico: | : |
1.2. OBJETO DE LA CONVOCATORIA
El presente procedimiento de selección tiene por objeto la contratación del servicio de bolsa de horas para fábrica de software y bolsa de horas para fábrica de pruebas, según el siguiente detalle:
ITEM | DESCRIPCIÓN |
Ítem I | Servicio de bolsa de horas para fábrica de software |
Ítem II | Servicio de bolsa de horas para fábrica de pruebas |
1.3. EXPEDIENTE DE CONTRATACIÓN
El expediente de contratación fue aprobado mediante Memorándum Nº 528-2016-SAAG el 21 de diciembre de 2016.
1.4. FUENTE DE FINANCIAMIENTO
Recursos propios.
1.5. SISTEMA DE CONTRATACIÓN
El presente procedimiento se rige por el sistema de precios unitarios, de acuerdo con lo establecido en el expediente de contratación respectivo.
1.6. ALCANCES DEL REQUERIMIENTO
El alcance de la prestación está definido en el Capítulo III de la presente sección de las bases.
1.7. PLAZO DE PRESTACIÓN DEL SERVICIO
Los servicios materia de la presente convocatoria se prestarán en el plazo de 365 días calendarios, en concordancia con lo establecido en el expediente de contratación.
1.8. COSTO DE REPRODUCCIÓN Y ENTREGA DE BASES
Los participantes registrados tienen el derecho de solicitar un ejemplar de las Bases, para cuyo efecto deben cancelar S/ 10.50 (diez y 50/100 Soles) en la Caja de la Superintendencia, ubicada en Xx. Xxxxxxxxx Xxxxxxxx Xx 000 - Xxx Xxxxxx.
1.9. BASE LEGAL
Resolución SBS N° 7742-2015 Medidas de austeridad, racionalidad, disciplina en el gasto y de ingresos de personal para el Ejercicio 2016 en la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones.
Las referidas normas incluyen sus respectivas modificaciones, de ser el caso.
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CAPÍTULO II
DEL PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN
2.1. CALENDARIO DEL PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN2
Etapa | Fecha, hora y lugar | |
Convocatoria | : | 27/12/2016 |
Registro de participantes3 A través del SEACE | : | Desde las: 00:01 horas del 28/12/2016 Hasta las: 09:59 horas del 01/02/2017 |
Formulación de consultas y observaciones a las bases En Mesa de Partes o la que haga sus veces en la Entidad en Adicionalmente, de ser el caso, enviar a la siguiente dirección electrónica | : : : | Del: 28/12/2016 Al: 10/01/2017 Xx. Xxxxxxxxx Xxxxxxxx Xx 000 – San Xxxxxx, en el horario de 08:30 a 16:45 horas. |
Absolución de consultas y observaciones a las bases | : | 19/01/2017 |
Integración de bases | : | 20/01/2017 |
Presentación de ofertas | : | 01/02/2017 |
El acto público se realizará en | : | Xx. Xxxxxxxxx Xxxxxxxx Xx 000 – San Xxxxxx, a las 10:00 horas. |
Evaluación y calificación de ofertas | : | Del: 02/02/2017 Al: 08/02/2017 |
Otorgamiento de la buena pro | : | 09/02/2017 |
A través del SEACE | ||
Importante | ||
Los proveedores que deseen registrar su participación deben ingresar al SEACE utilizando su Certificado SEACE (usuario y contraseña). Asimismo, deben observar las instrucciones señaladas en el documento de orientación “Guía para el registro de participantes electrónico” publicado en xxx.xxxxx.xxx.xx, pestaña 1. Inicio, opción Documentos y Publicaciones, página Manuales y Otros (Proveedores). |
2.2. CONTENIDO DE LAS OFERTAS
La oferta se presenta en un (1) sobre cerrado en original, dirigido al comité de selección del
Concurso Público N° 015/2016-SBS conforme al siguiente detalle:
Señores
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Av. Xxxxxxxxx Xxxxxxxx N° 185 – San Xxxxxx Att.: Comité de selección
CONCURSO PÚBLICO N° 015/2016-SBS
Denominación de la convocatoria: servicio de bolsa de horas para fábrica de software / bolsa de horas para fábrica de pruebas
OFERTA
[NOMBRE / DENOMINACIÓN O RAZÓN SOCIAL DEL POSTOR]
ITEM N° ….
2 La información del calendario indicado en las bases no debe diferir de la información consignada en la ficha del procedimiento en el SEACE. No obstante, en caso de existir contradicción primará el calendario indicado en la ficha del procedimiento en el SEACE.
3 El registro de participantes se lleva a cabo desde el día siguiente de la convocatoria hasta antes del inicio de la presentación de ofertas, según lo dispuesto en el artículo 34 del Reglamento.
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La oferta contendrá, además de un índice de documentos, la siguiente documentación:
2.2.1. Documentación de presentación obligatoria
2.2.1.1. Documentos para la admisión de la oferta
a) Declaración jurada de datos del postor.
Cuando se trate de consorcio, esta declaración jurada debe ser presentada por cada uno de los integrantes del consorcio. (Anexo Nº 1).
b) Declaración jurada de acuerdo con el numeral 1 del artículo 31 del Reglamento.
(Anexo Nº 2)
En el caso de consorcios, cada integrante debe presentar esta declaración jurada, salvo que sea presentada por el representante común del consorcio.
c) Declaración jurada de cumplimiento de los Términos de Referencia contenidos en el numeral 3.1 del Capítulo III de la presente sección. (Anexo Nº 3)
d) Declaración jurada de plazo de prestación del servicio. (Anexo Nº 4)
e) El precio de la oferta en Soles y el detalle de precios unitarios. (Anexo Nº 5)
El precio total de la oferta y los subtotales que lo componen deben ser expresados con dos decimales. Los precios unitarios pueden ser expresados con más de dos decimales.
f) Para el caso del Item N° 1: servicio de bolsa de horas para fábrica de software, el postor deberá presentar la carta de compromiso del personal clave con firma legalizada, según lo previsto en el numeral 3.1 del Capítulo III de la presente sección. (Anexo N° 9). Mediante este documento el personal se debe comprometer a realizar el rol de interlocutor oficial y jefe de proyecto, en el caso que el postor resulte ser el ganador de la buena pro.
g) Para el caso del Item N° 2: servicio de bolsa de horas para pruebas de software, el postor deberá presentar la carta de compromiso del personal clave con firma legalizada, según lo previsto en el numeral 3.1 del Capítulo III de la presente sección. (Anexo N° 9). Mediante este documento el personal se debe comprometer a realizar el rol de analistas de pruebas o testers, en el caso que el postor resulte ser el ganador de la buena pro.
Importante |
El comité de selección verifica la presentación de los documentos requeridos. De no cumplir con lo requerido, la oferta se considera no admitida. |
LOS POSTORES DEBERÁN PRESENTAR LA DOCUMENTACIÓN PARA LA ADMISIÓN DE LA OFERTA, DE ACUERDO AL ITEM AL CUAL SE PRESENTE.
2.2.1.2. Documentos para acreditar los requisitos de calificación
a) Capacidad legal:
Tratándose de persona jurídica, copia del certificado de vigencia de poder del representante legal, apoderado o mandatario designado para tal efecto, expedido por registros públicos con una antigüedad no mayor de treinta (30) días calendario a la presentación de ofertas, computada desde la fecha de emisión
En caso de persona natural, copia del documento nacional de identidad o documento análogo, o del certificado de vigencia de poder otorgado por persona natural, del apoderado o mandatario, según corresponda, expedido
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por registros públicos con una antigüedad no mayor de treinta (30) días calendario a la presentación de ofertas, computada desde la fecha de emisión.
Cuando se trate de consorcio, estos documentos deben ser presentados por cada uno de los integrantes del consorcio que suscriba la promesa de consorcio, según corresponda.
De ser el caso, promesa de consorcio con firmas legalizadas en la que se consigne los integrantes, el representante común, el domicilio común y las obligaciones a las que se compromete cada uno de los integrantes del consorcio así como el porcentaje equivalente a dichas obligaciones. (Anexo Nº 6)
La promesa de consorcio debe ser suscrita por cada uno de sus integrantes.
El representante común del consorcio se encuentra facultado para actuar en nombre y representación del mismo en todos los actos referidos al procedimiento de selección, suscripción y ejecución del contrato, con amplias y suficientes facultades.
b) Capacidad técnica y profesional
b.1 Experiencia del personal clave (para ambos Items)
La experiencia del personal clave se acreditará con cualquiera de los siguientes documentos: copia simple de (i) contratos y su respectiva conformidad o (ii) constancias o (iii) certificados o (iv) cualquier otra documentación que, de manera fehaciente demuestre la experiencia del personal propuesto.
b.2 Calificaciones del personal clave
Item N° 1: servicio de bolsa de horas para fábrica de software
Jefe de Proyecto: Copia simple del documento que acredite la culminación de los estudios profesionales universitarios en alguna de las siguientes carreras de Ingeniería de Sistemas, Ingeniería Informática, Ciencias de la Computación o afines, Ingeniería de Software, Ingeniería Empresarial y de Sistemas, Ingeniería Informática y de Sistemas, Investigación de Operaciones, Ciencias Informáticas, Ingeniería de Computación y Sistemas, Ingeniería de Sistemas e Informática y Ciencias de la Computación
Copia simple de la Certificación Internacional en Gestión de Proyectos.
Item N° 2: servicio de bolsa de horas para pruebas de software
Analista de Pruebas o Tester: Copia simple del documento que acredite los estudios requeridos y copia simple de la certificación emitida por el ISTQB.
Sin perjuicio de lo anterior, los postores deben llenar y presentar el Anexo Nº 8
referido a la Relación del Personal Propuesto.
c) Experiencia del postor
Copia simple de contratos u órdenes de servicio, y su respectiva conformidad por la prestación efectuada; o comprobantes de pago cuya cancelación se acredite documental y fehacientemente, con voucher de depósito, reporte de estado de cuenta o cancelación en el documento, correspondientes a un máximo de veinte (20) contrataciones.
Sin perjuicio de lo anterior, los postores deben presentar el Anexo N° 7, referido a la Experiencia del Postor.
2.2.2. Documentación de presentación facultativa:
a) Certificado de inscripción en el registro de la Micro y Pequeña Empresa –
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REMYPE, de ser el caso4. En el caso de consorcios, todos los integrantes deben acreditar la condición de micro o pequeña empresa.
Importante |
Cabe subsanación de las ofertas, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 39 del Reglamento. La legalización de las firmas en la promesa de consorcio y en la carta de compromiso del personal clave, son subsanables. |
2.3. DETERMINACIÓN DEL PUNTAJE TOTAL DE LAS OFERTAS
La evaluación se realiza sobre la base de cien (100) puntos.
Para determinar la oferta con el mejor puntaje y el orden de prelación de las ofertas, se considera lo siguiente:
Precio: 85 puntos
Certificaciones: 5 puntos
Mejoras: 10 puntos
Importante |
Luego de culminada la evaluación según los factores de evaluación señalados en el Capítulo IV de esta sección, el comité de selección debe determinar si el postor que obtuvo el primer lugar según el orden de prelación cumple con los requisitos de calificación especificados en el numeral 3.2 del capítulo III de la sección específica de las bases. Si dicho postor no cumple con los requisitos de calificación su oferta será descalificada. |
2.4. REQUISITOS PARA PERFECCIONAR EL CONTRATO
El postor ganador de la buena pro debe presentar los siguientes documentos para perfeccionar el contrato:
a) Constancia vigente de no estar inhabilitado o suspendido para contratar con el Estado.
b) Carta Fianza de Garantía de fiel cumplimiento del contrato.
c) Contrato de consorcio con firmas legalizadas de cada uno de los integrantes, de ser el caso.
d) Código de cuenta interbancaria (CCI).Anexo N° 10.
e) Copia de la vigencia del poder del representante legal de la empresa que acredite que cuenta con facultades para perfeccionar el contrato, cuando corresponda.
f) Copia de DNI del postor en caso de persona natural, o de su representante legal en caso de persona jurídica.
g) Domicilio para efectos de la notificación durante la ejecución del contrato.
Importante |
La Entidad no puede exigir documentación o información adicional a la consignada en el presente numeral para el perfeccionamiento del contrato. |
2.5. PERFECCIONAMIENTO DEL CONTRATO
El contrato se perfecciona con la suscripción del documento que lo contiene. Para dicho efecto el postor ganador de la buena pro, dentro del plazo previsto en el numeral 3.1 de la sección general de las bases, debe presentar la documentación requerida en el Departamento de Logística, sito en Av. Xxxxxxxxx Xxxxxxxx N° 185 – San Xxxxxx.
2.6. FORMA DE PAGO
ITEM N° 01 – SERVICIO DE BOLSA DE HORAS PARA FÁBRICA DE SOFTWARE: El pago se
efectuará trimestralmente en Soles, según las horas consumidas y luego de la recepción formal y
4 Dicho documento se tendrá en consideración, en caso el postor ganador de la buena pro solicite la retención xxx xxxx por ciento (10%) del monto del contrato original, en calidad de garantía de fiel cumplimiento, según lo señalado en el artículo 126 del Reglamento.
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completa de la documentación correspondiente.
ITEM N° 02: SERVICIO DE BOLSA DE HORAS PARA PRUEBAS DE SOFTWARE: El pago se
efectuará mensualmente en Soles por las horas utilizadas en la prestación del servicio, luego de la entrega de la factura correspondiente previa conformidad del servicio por parte de la Gerencia de Tecnologías de Información.
Para efectos del pago de las contraprestaciones ejecutadas por el contratista, la Entidad debe contar con la siguiente documentación:
- Informe del funcionario responsable de la Gerencia de Tecnologías de Información emitiendo la conformidad de la prestación efectuada.
- Comprobante de pago.
2.7. PLAZO PARA EL PAGO
La Entidad debe pagar las contraprestaciones pactadas a favor del contratista dentro de los quince (15) días calendario siguiente a la conformidad de los servicios, siempre que se verifiquen las condiciones establecidas en el contrato para ello.
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CAPÍTULO III REQUERIMIENTO
ITEM N° 01
TÉRMINOS DE REFERENCIA PARA LA CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE BOLSA DE HORAS PARA FÁBRICA DE SOFTWARE
I. TERMINOS DE REFERENCIA
1. DENOMINACIÓN DE LA CONTRATACIÓN
El objeto del servicio hace referencia a la contratación del servicio de fábrica de software, el cual permita a la Superintendencia disponer de un número de horas en actividades de desarrollo de sistemas y mejorar el tiempo de atención en el desarrollo de sistemas que no han sido planificados oportunamente y que, en muchos casos, superan la capacidad operativa del Departamento a cargo de su desarrollo.
2. FINALIDAD PÚBLICA
El presente proceso tiene como finalidad la contratación del servicio de bolsa de horas de fábrica de software, el cual permitirá a esta Gerencia atender oportunamente los requerimientos de desarrollo de sistemas de las áreas usuarias que no fueron planificados con la debida antelación, así como cualquier otra actividad de desarrollo de sistemas que pueda requerirse, esto coadyuva en el desempeño de las funciones y metas de la Gerencia de Tecnología de Información.
3. ANTECEDENTES
Específicamente, podemos mencionar que la Gerencia de Tecnología de Información a través de su Departamento de Desarrollo de Sistemas implementa y mantiene los sistemas de información de la Superintendencia y requiere de este servicio para darle atención y continuidad a los requerimientos de las diversas áreas que conforman esta Superintendencia. Al respecto este será la segunda vez que se requiera de este servicio.
4. OBJETIVOS DE LA CONTRATACIÓN
El objetivo es la contratación del servicio de fábrica de software, el cual permita a la Superintendencia disponer de un número de horas en actividades de desarrollo de sistemas y mejorar el tiempo de atención en el desarrollo de sistemas que no han sido planificados oportunamente y que, en muchos casos, superan la capacidad operativa del Departamento a cargo de su desarrollo.
5. ALCANCE Y DESCRIPCIÓN DEL SERVICIO
5.1. DESCRIPCIÓN GENERAL DEL SERVICIO
El servicio solicitado hace referencia a actividades de desarrollo de software con capacidad de hasta seis mil (6,000) “horas de desarrollo” totales con un mínimo de ciento sesenta
(160) horas mensuales, a ser utilizados en actividades de desarrollo de sistemas, las mismas que seguirán la metodología propia de desarrollo de sistemas de la Superintendencia.
5.2. ACTIVIDADES
Las actividades comprendidas dentro del servicio hacen referencia a todas las etapas o fases del Ciclo de Vida de Desarrollo de Software según el Manual Técnico Metodología de Desarrollo de Sistemas (SBS-MTC-GTI-446-01)5 del presente documento. El Diagrama N° 01 y la Tabla N° 01 detallan las etapas y actividades que comprenden el servicio requerido.
5 Esta metodología está basada en la NTP ISO/IEC 12207:200x, modelos de referencia y estándares reconocidos internacionalmente.
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Diagrama N° 01: Etapas del Ciclo de Vida de Desarrollo de Software en la Superintendencia, según el Manual Técnico Metodología de Desarrollo de Sistemas – SBS-MTC-GTI-446-01
Tabla N° 01: Obligatoriedad de las actividades que comprenden la ejecución del servicio (por cada grupo de requerimientos)
Fases1 | Actividades | Comprende participación del proveedor en "horas de desarrollo" |
1.Evaluación Preliminar del Requerimiento | Realizar la evaluación preliminar del requerimiento | No2 |
Elaborar el documento de evaluación preliminar del requerimiento | No2 | |
2. Modelado del Negocio | Realizar el modelado de negocio | No2 |
Elaborar el documento de modelado de negocio | No2 | |
3. Análisis del Sistema de Información | Realizar el análisis del sistema de información | A solicitud de la SBS4 |
Elaborar el documento de análisis del sistema de información | A solicitud de la SBS4 | |
4. Diseño del Sistema de Información | Realizar el diseño del sistema de información | A solicitud de la SBS4 |
Elaborar el documento de diseño del sistema de información | A solicitud de la SBS4 | |
5. Construcción y Pruebas del Sistema de Información | Revisión de la documentación de las etapas previas | A solicitud de la SBS4 |
Realizar la programación del sistema en los lenguajes .Net o Java | Si3 | |
Elaborar el documento de Plan de Pruebas | Si3 | |
Realizar pruebas unitarias | Si3 | |
Realizar pruebas integrales | Si3 | |
Realizar pruebas de sistema (funcionales) | A solicitud de la SBS4 | |
Realizar pruebas de aceptación de usuario | A solicitud de la SBS4 |
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Fases1 | Actividades | Comprende participación del proveedor en "horas de desarrollo" | ||
Elaborar manuales de usuario y de sistemas | A solicitud de la SBS4 | |||
Transferir el Conocimiento (capacitación) | Si3 | |||
6. Implantación del Sistema de Información | Apoyar en la implantación del Sistema de Información | No2 |
1/ Estas fases están comprendidas para el desarrollo de uno (01) ó más sistemas de información.
2/ No están comprendidos como “horas de desarrollo”. 3/ Sí son obligatorios.
4/ La Superintendencia solicitará “horas de desarrollo” a demanda.
Adicionalmente, se considera dentro del servicio las “horas de desarrollo” dedicadas a las actividades de gestión de proyectos y dentro de estas la estimación del esfuerzo y tiempo, tal como se indica en la Xxxxx Xx 00.
Xxxxx Xx 00: Obligatoriedad de las actividades que comprenden las “horas de desarrollo”
con participación del proveedor
Actividades | Comprende participación del proveedor en "horas de desarrollo" | ||
Gestión de Proyectos1 | Definición y estimación de Actividades | Definir la participación del Proveedor en cada una de las actividades | Sí |
Estimar las “horas de desarrollo” | Sí | ||
Monitoreo (Seguimiento y Control) 2 | Sí |
1/ Respecto a las horas “horas de desarrollo” de las actividades de gestión de proyectos se tienen los requisitos y consideraciones siguientes:
Las “horas de desarrollo” de las actividades de gestión de proyectos comprenden actividades relacionadas a la definición y estimación de actividades así como el monitoreo (tiempo de seguimiento y control) que se aplica sobre el desarrollo del requerimiento
Las “horas de desarrollo” dedicada a actividades de gestión de proyectos no deberán exceder el 10% del total de tiempo dedicado a las horas de desarrollo destinadas a la atención de un requerimiento de sistemas.
2/ Las horas “horas de desarrollo” de las actividades de Monitoreo (Seguimiento y Control) se emplearán para informar a la Superintendencia el avance y seguimiento del requerimiento, evaluar riesgos así como ser el primer frente a conversar en caso de algún inconveniente y finalmente coordinar de ser el caso los accesos, entrega de datos, permisos, entre otros.
Estas actividades podrán estar comprendidas para el desarrollo de uno (01) o más sistemas de información.
5.3. DE LAS “HORAS DE DESARROLLO”
El término “horas de desarrollo” está referido a la unidad de medida de contratación de horas-hombre y que es equivalente la unidad de estimación del esfuerzo necesario para realizar una tarea (actividad), cuya unidad equivale a una hora de trabajo ininterrumpido de un desarrollador de software.
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El costo de hora-desarrollo no establece una diferenciación según el tipo de actividad; por lo tanto, el costo de hora-desarrollo es único y será definido por el postor en su oferta.
Son “horas de desarrollo” aquellas horas destinadas a desarrollar o ejecutar las actividades descritas en las Xxxxxx Xx 00 x Xx 00. Esta incluye la inducción al nuevo personal asignado al servicio, sin embargo ante un cambio (reemplazo) de personal originado por el proveedor, no serán consideradas “horas de desarrollo” las horas dedicadas a la labor de inducción del nuevo personal.
No son “horas de desarrollo” aquellas unidades de tiempo dedicadas a actividades comprendidas dentro de las etapas Uno (1), Dos (2) y Seis (6) del Ciclo de Vida de Desarrollo de Software, según el Manual Técnico Metodología de Desarrollo de Sistemas. Así mismo, no son “horas de desarrollo” las unidades de tiempo dedicadas a actividades de arquitectura, tampoco se considerará como “horas de desarrollo” aquellas actividades de arquitectura que serán cubiertas por el personal de la Superintendencia.
Las actividades requeridas para el consumo de las “horas de desarrollo” deberán estar alineadas tanto al uso del Manual Técnico Metodología de Desarrollo de Sistemas (SBS- MTC-GTI-446-01), el Manual Técnico de Estándares de Programación (SBS-MTC-GTI-447-
01) y al Manual Técnico Metodología para el Control de Calidad de Software (SBS-MTC-GTI
-550-01).
Las actividades requeridas para el consumo de las “horas de desarrollo” contemplarán una bolsa de horas de seis mil (6,000) horas-desarrollo totales con un mínimo de ciento sesenta
(160) horas mensuales. No es obligatorio para la Superintendencia consumir el 100% de la bolsa de “horas de desarrollo”.
A manera de ejemplo, se muestra los diagramas N° 02 y N° 03, que ejemplarizan el consumo de horas durante la ejecución del servicio.
Diagrama N° 02: Ejemplo del consumo de horas durante la ejecución del servicio
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Diagrama N° 03: Ejemplo de horas solicitadas versus horas ejecutadas (consumidas)
5.4. DEL REQUERIMIENTO DE SISTEMAS PARA CONSUMO DE HORAS DE DESARROLLO (GESTIÓN DE SOLICITUDES)
Nota: Un requerimiento equivale a un proyecto para el desarrollo o modificación de un sistema informático o bien para asistir como apoyo en labores de programación de un requerimiento a cargo de la Superintendencia
Corresponde a la Superintendencia generar el requerimiento con la debida anticipación de modo que el proveedor pueda disponer los recursos necesarios para la atención del requerimiento.
Para ello es necesario que la Superintendencia y el proveedor definan interlocutores oficiales. El interlocutor oficial es quien recibe todos los nuevos requerimientos así como la atención de errores de requerimientos que ya fueron culminados.
En el caso de nuevos requerimientos, el Diagrama N° 04 detalla la gestión de solicitudes:
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Diagrama N° 04: Gestión de Solicitudes
Treinta (30) días calendario previo al inicio de la ejecución del requerimiento
La Superintendencia remitirá al proveedor los entregables siguientes:
1. Descripción del requerimiento
2. Perfil del (o de los) recurso(s) solicitados
3. Tiempo estimado de implementación del requerimiento (La fecha de Inicio del Requerimiento deberá estar definida) o bien para el caso en que solicite(n) recurso(s) asistir como apoyo en labores de programación el tiempo estimado de participación del (o de los) recurso(s) solicitados,
El tiempo final que se asigne a cada requerimiento se determinará siete (07) días calendario antes del inicio de la ejecución del requerimiento en las reuniones de trabajo donde participarán los Jefes de Proyectos, en la misma se debe llegar a un consenso, la misma que permitirá en base a parámetros xxx xxxxxxx estimar las horas-hombre para cada requerimiento.
Veinte (20) días calendario previo al inicio de la ejecución del requerimiento,
El Proveedor remitirá a la Superintendencia:
1. El Perfil de los recursos a ser asignados para la implementación del requerimiento
Quince (15) días calendario previo al inicio de la ejecución del requerimiento,
La Superintendencia remitirá al proveedor los entregables siguientes:
1. El perfil del recurso seleccionado:
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2. Documentación de las etapas previas o iniciales, que está relacionada obligatoriamente a las fases:
a. Evaluación Preliminar del Requerimiento,
b. Modelado del Negocio y opcionalmente (de ser el caso) a las fases
c. Análisis del Sistema de Información y
d. Diseño del Sistema de Información
En caso se solicite solicite(n) recurso(s) para asistir como apoyo en labores de programación, dicha documentación es opcional.
Siete (07) días calendario antes del inicio de la ejecución del requerimiento,
Los coordinadores (Jefes de Proyectos) designados tanto por la Superintendencia como por el proveedor, deberán realizar las tareas siguientes:
1. Planificación de trabajo
2. Establecimiento de un cronograma de trabajo
3. Estimar las “horas de desarrollo” entre otros
La definición y estimación de actividades comprende entre otros planificar las tareas a realizar, establecer un cronograma de trabajo, estimar las “horas de desarrollo” así como definir los recursos de software y hardware para que el proveedor pueda realizar el trabajo de desarrollo del software.
Adicionalmente, en línea con el punto “5.2. Actividades” se consideraran como horas de desarrollo las actividades de revisión de la documentación y participación del Jefe de Proyecto desde siete (07) días calendario antes del inicio de la ejecución del requerimiento y en la que se realiza la definición y estimación de actividades. En este sentido, es claro que previamente al inicio de la ejecución del requerimiento existirán un número de horas de desarrollo que ya serán consumidas.
Para el inicio del requerimiento es necesario que los recursos se encuentren disponibles en la Superintendencia y puedan cumplir el cronograma de trabajo establecido.
El Jefe de Proyecto designado por el proveedor coordinará todos los detalles de la ejecución del requerimiento, esto comprende todas las actividades de seguimiento y control de las actividades. Por ello, en cualquier momento, la Superintendencia podrá solicitar al jefe de Proyecto designado por el proveedor el estado de la ejecución del requerimiento.
Según el plan de trabajo y cronograma de ejecución de cada requerimiento, para finalizar el requerimiento (cierre), el Jefe de Proyecto enviará a la Superintendencia los entregables definidos.
5.5. REQUISITOS DEL POSTOR Y/O PERSONAL
5.5.1. REQUISITOS DEL POSTOR
Para efectos de este servicio, el postor no podrá estar participando en otros procesos o ítems, ni estar ejecutando servicios de pruebas de software contratados o por contratar por la Superintendencia. Dicho criterio se rige a partir de las buenas prácticas consideradas por el ISTQB (por sus siglas en inglés, International Software Testing Qualifications Board), referidas a que para tener un alto nivel de independencia, el postor no deberá ofrecer a la vez, los servicios de Desarrollo de Software y Pruebas, pues se convertiría en juez y parte, rompiendo la buena práctica y generando riesgos a la Superintendencia, entre otros, que se pierda objetividad.
El postor podrá presentarse al Item N° 01 aun cuando se encuentren participando en otros procesos o ítems de desarrollo de software, o está ejecutando servicios de desarrollo de software en la Superintendencia.
No podrán presentarse al Ítem N° 01 cuando los postores se encuentren participando en otros procesos o Items de servicios de pruebas de software o se encuentren ejecutando servicios de pruebas de software contratado o por contratar, por la Superintendencia.
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5.5.2. DEL PERSONAL: ROLES PARA LA EJECUCIÓN DEL SERVICIO (PERSONAL CLAVE)
5.5.2.1. INTERLOCUTOR OFICIAL
El proveedor deberá incluir un interlocutor oficial ante la Superintendencia, este interlocutor será el Ejecutivo de Cuenta de la Superintendencia y para efectos del servicio representa un recurso humano con cargo de nivel directivo (jefe, gerente, director, o similar) y que posee el nivel con autoridad y toma de decisiones necesario para realizar las coordinaciones de ejecución del servicio; adicionalmente, el interlocutor oficial es quien recibe de la Superintendencia todos los nuevos requerimientos así como la atención de errores de requerimientos que ya fueron culminados.
Las actividades de coordinación del interlocutor no serán consideradas “horas de desarrollo”.
No se asignará un espacio físico en la SBS, los mecanismos de comunicación podrán ser cualquiera de los medios habitúales como reuniones de trabajo, correo electrónico o vía telefónica.
Los datos del contacto de la Superintendencia así como el personal de respaldo con quien coordinará el Interlocutor Oficial será proporcionado al postor ganador durante la reunión inicial de materia de este servicio.
5.5.2.2. JEFE DE PROYECTO
El proveedor deberá incluir en los roles de sus equipos de desarrollo, el rol de Jefe de Proyecto. Las funciones de este rol deberán estar preferentemente alineadas al PMBOK.
El proveedor, a través del Jefe de Proyecto y conjuntamente con personal de la Superintendencia, deberán definir las fases y actividades en las que participará el contratista, así como estimar las “horas de desarrollo” de estas actividades.
Para la prestación del servicio se asignará un espacio físico en la SBS. Por otro lado, los mecanismos de comunicación podrán ser cualquiera de los medios habitúales como reuniones de trabajo, correo electrónico o vía telefónica.
Respecto a las horas “horas de desarrollo” de las actividades de gestión de proyectos se tienen los requisitos y consideraciones siguientes:
- Las “horas de desarrollo” de las actividades de gestión de proyectos comprenden actividades relacionadas a la definición y estimación de actividades así como el monitoreo (tiempo de seguimiento y control) que se aplica sobre el desarrollo del requerimiento
- Las horas “horas de desarrollo” de las actividades de Monitoreo (Seguimiento y Control) se emplearán para informar a la Superintendencia el avance y seguimiento del requerimiento, evaluar riesgos así como ser el primer frente a conversar en caso de algún inconveniente y finalmente coordinar de ser el caso los accesos, entrega de datos, permisos, entre otros.
- Las “horas de desarrollo” dedicada a actividades de gestión de proyectos no deberán exceder el 10% del total de tiempo dedicado a las horas de desarrollo destinadas a la atención de un requerimiento de sistemas.
5.5.2.3. ARQUITECTO
Este rol será provisto por la Superintendencia, por lo que no deberá ser incluido por el contratista dentro de su equipo de desarrollo. Este rol validará que la arquitectura del desarrollo contratado cuente con la correcta estructura y que le permita la Superintendencia contar con software robusto que soporte las modificaciones y evolución esperada del producto de software.
Al no requerirse este rol, no se considerarán como “horas de desarrollo” asociadas a actividades de arquitectura.
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5.5.2.4. ANALISTA
El proveedor deberá incluir (a solicitud de la Superintendencia y en el momento de ejecución del proyecto) el rol de Analista a su equipo de desarrollo. Las personas en este rol obtienen información de los interesados para entender el problema a ser resuelto, especifican los casos de uso como mecanismo de representación de los requerimientos y elaboran los documentos de análisis y diseño de acuerdo al Manual Técnico de la Metodología de Desarrollo de Sistemas de la Superintendencia.
El Analista deberá poseer Bachiller o Título Universitario y deberá contar con una experiencia mínima de 2 años en labores de análisis y diseño de sistemas
En caso de que se requiera, las horas de trabajo del Analista serán incluidas como “horas de desarrollo”.
5.5.2.5. DESARROLLADOR
El proveedor deberá incluir en los roles de sus equipos de desarrollo, el rol de Desarrollador, el cual ejecutará labores de programación que deberán respetar las condiciones de análisis y diseño.
En relación con este rol el proveedor deberá considerar los siguientes lineamientos de perfil:
Disponer de recursos con los perfiles de programación en .Net (Perfil 01), Java (Perfil 02) y Power Builder (Perfil 03) o ambos.
El Perfil 01 requiere de conocimientos de desarrollos de sistemas empleando
.Net con C#, WCF, Telerik y Visual Studio 2010 o superior.
El Perfil 02 requiere de conocimientos de desarrollos de sistemas empleando Java utilizando Spring, JSF, JPA (opcional).
El Perfil 02 requiere conocimientos de servidores de aplicaciones Oracle Application Server, Oracle Web Logic e IBM WebSphere.
Los Perfiles 01 y 02 requieren de conocimientos de implementaciones de desarrollo web (incluye servicios web).
Los Perfiles 01 y 02 perfiles requieren de conocimientos de implementaciones de HTML5, CSS, Ajax, JavaScript.
El Perfil 03 requiere de conocimientos de desarrollo de sistemas empleando Power Builder
El Perfil 03 requiere de conocimientos desarrollo cliente/servidor.
Todos los perfiles requieren de conocimientos de PLSQL con base de datos Oracle 10x o superior.
El Desarrollador deberá poseer Bachiller o Título Universitario en las carreras de Ingeniería de Sistemas, Ingeniería Informática, Ciencias de la Computación o afines, Ingeniería de Software, Ingeniería Empresarial y de Sistemas, Ingeniería Informática y de Sistemas, Investigación de Operaciones, Ciencias Informáticas, Ingeniería de Computación y Sistemas, Ingeniería de Sistemas e Informática y Ciencias de la Computación y deberá contar con experiencia en labores de desarrollo de sistemas en los últimos dos (02) años.
Tabla N° 03: Perfil del Desarrollador
Conocimiento en: | Perfil 01 | Perfil 02 | Perfil 03 |
IDE1 | Visual Studio 2010 ó superior. | Eclipse, Netbeans, JDeveloper | Power Builder |
Lenguaje de Programación y Tecnologías1 | #, WC, Telerik, Ibatis, CSS, Ajax, | Spring, JSF, JPA (opcional), Ibatis, J2EE, CSS, Ajax, | Power Script |
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Javascript | Javascript | ||||
Websphere | |||||
Servidores | Oracle Web | ||||
Web, Servidores de | IIS | Logic Oracle | Ninguno | ||
Aplicaciones1 | Application | ||||
Server | |||||
Base de | Oracle | Oracle 10g+ | Oracle | ||
Datos | 10g+ | 10g+ |
1/ Para versiones generadas a partir del 2010
Las horas de trabajo del Desarrollador serán incluidas como “horas de desarrollo”.
5.5.2.6. TESTER
El contratista deberá incluir el rol de Xxxxxx. Este rol es el encargado de realizar el control de calidad de los productos desarrollados.
Las horas de trabajo del Tester serán incluidas como “horas de desarrollo”, la participación en las pruebas unitarias e integrales son obligatorias y de ser necesario, la Superintendencia podrá solicitar la realización de pruebas de sistema (Funcionales) o pruebas de aceptación de usuario.
Para la realización de las pruebas funcionales, el Tester deberá hacer uso de los formatos establecidos en el Manual Técnico Metodología para el Control de Calidad de Software (SBS-MTC-GTI -550-01). La cual, será presentada por la superintendencia en una reunión inicial.
El Tester deberá poseer Bachiller o Título Universitario y deberá contar con un mínimo de 2 años de experiencia en labores de gestión de calidad, control de calidad o aseguramiento de calidad de sistemas de información.
La documentación sustentatoria de cada perfil, se entregará del modo siguiente:
Xxxxx Xx 00: Perfil del Desarrollador
Perfil | ¿Dónde? |
Interlocutor Oficial | Como parte de la Propuesta Técnica (ver II. Requisitos de Calificación) |
Jefe de Proyecto | Como parte de la Propuesta Técnica (ver II. Requisitos de Calificación) |
Analista | Durante la ejecución del servicio, al inicio de cada requerimiento |
Desarrollador | Durante la ejecución del servicio, al inicio de cada requerimiento |
Tester | Durante la ejecución del servicio, al inicio de cada requerimiento |
Si por algún motivo, la Superintendencia solicitara un cambio de personal el proveedor tendrá como máximo veinte (20) días para efectuar tal cambio. Caso contrario se aplicará una compensación que se detalla en el punto 5.11.
Al postor al cual se le adjudique la Buena Pro no podrá modificar el equipo de trabajo señalado en su oferta. En caso de cambio de algún personal, el reemplazo debe cumplir como mínimo con las calificaciones y certificación del personal propuesto (de corresponder), previa comunicación y autorización de la Superintendencia, para lo cual deberá presentar el respectivo sustento.
5.6. DEL LUGAR PARA LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO
El servicio será ejecutado en la Sede de la SBS ubicada en Xx. Xxxxxx Xxxxx Xxxxx Xx 0000
– Xxx Xxxxxx. Para ello, en dicha sede, la Superintendencia proveerá los ambientes necesarios, mobiliario, computadoras que incluyan el software así como los accesos necesarios para que puedan el proveedor pueda efectuar el desarrollo de los sistemas.
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Los equipos de desarrollo del contratista deberán realizar sus actividades en la Superintendencia.
5.7. DE LA CONFIDENCIALIDAD Y DE CESIÓN DE DERECHOS
5.7.1. CONFIDENCIALIDAD
El proveedor con motivo de la prestación del servicio recibirá de la Superintendencia información de carácter estrictamente confidencial que debe ser utilizada sólo para los fines de ejecución del servicio, por ello, será obligación del proveedor mantener total secreto y confidencialidad respecto a los datos e información de cualquier clase, que la Superintendencia le proporcione, o bien, a la que tenga acceso, con motivo de la prestación y desarrollo del servicio.
Adicionalmente, el proveedor está obligado a instruir a sus funcionarios o personal que será parte conformante del recurso humano que ejecutará el servicio respecto a la obligación de mantener total secrecía y confidencialidad.
Como parte del servicio y en relación a la confidencialidad, el contrato del servicio considerará la cláusula y acuerdo de confidencialidad descritos en el Anexo N° 01-A.
5.7.2. CESIÓN DE DERECHOS
El proveedor con motivo de la prestación del servicio generará entregables (como el código fuente), inventos y/o creaciones entre otros, que se originarán como parte del servicio y que en algunos casos (no es un regla) se derivarán de procedimientos, métodos, instalaciones, experimentaciones, investigaciones o de la utilización de medios proporcionados por la Superintendencia.
En ese contexto, todo bienes tangibles e intangibles producidos como consecuencia de la ejecución del presente contrato, serán transferidos a la superintendencia en forma exclusiva y sin costo adicional alguno, pudiendo la Superintendencia beneficiarse con sus usos en otras actividades en razón de la naturaleza de sus funciones, los mismos que en caso de culminación o resolución del presente contrato, deberán permanecer en poder de la superintendencia, sean en medios impresos o magnéticos. En resumen, el proveedor deberá entregar a la Superintendencia todo lo generado y recibido como consecuencia de la ejecución del presente Contrato.
Dado que por la naturaleza de este servicio no se conoce la cantidad de requerimientos que se van a atender, se deberán generar tantos “Acuerdos de Cesión de Derechos de Autor y de Propiedad Intelectual” como requerimientos o desarrollos se hayan efectuado como parte del servicio. El Anexo N° 01-B incluye los textos sugeridos respecto a la cesión de derechos.
5.8. ENTREGABLES
El servicio considera para cada requerimiento (proyecto) los siguientes entregables:
Xxxxx Xx 00: Listado de Entregables
Actividad | Entregable | Actor | Requerido |
Definición y estimación de Actividades | Documento de Evaluación de Actividades | Gerente de Proyecto | Sí |
Análisis del Sistema de Información | Documento de análisis del sistema de información | Analista | A solicitud de la SBS1 |
Diseño del Sistema de Información | Documento de diseño del sistema de información | Analista | A solicitud de la SBS1 |
Construcción y Pruebas del Sistema de Información | Sistema informático y código fuente | Desarrollador | Sí |
Documento de Plan de Pruebas | Tester | A solicitud de la SBS1 | |
Documento de Ejecución de Pruebas | Tester | A solicitud de la SBS1 | |
Documentos de Pruebas Funcionales | Tester | A solicitud de |
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Actividad | Entregable | Actor | Requerido | |
establecidos en el Manual Técnico de “Metodología de Control de Calidad de Software” | la SBS1 | |||
Manuales de Usuario | Desarrollador | A solicitud de la SBS1 | ||
Manuales de Sistema (manual técnico, operaciones e instalación de ser el caso) | Desarrollador | A solicitud de la SBS1 |
1/ La Superintendencia solicitará “horas de desarrollo” a demanda.
5.9. CAPACITACIÓN Y TRANSFERENCIA DE CONOCIMIENTO
Para cada sistema desarrollado (por cada requerimiento), el proveedor deberá brindar capacitación técnica. Esta labor debe estar incluida dentro de las “horas de desarrollo”. Esta capacitación deberá incluir las principales consideraciones relacionadas a las actividades de programación.
Esta actividad podría ser posterior o anterior a la etapa de pruebas y el tiempo será de ocho
(08) horas en el mismo lugar definido en el punto 5.6 para la prestación del servicio.
En caso la Superintendencia solicitara la preparación de la documentación para la transferencia de conocimiento, estas serán consideradas como “horas de desarrollo”.
Para la ejecución de la capacitación está será programada previa coordinación con el contratista, de esta manera se garantiza la participación de los responsables por el lado de la Superintendencia, sin embargo en caso no se encuentren todos los participantes, la capacitación será considerada como dictada.
La Superintendencia deberá incluir la audiencia que recibirá la capacitación, para ello se verá considerar hasta un máximo de seis (06) personas, quienes serán los responsables futuros del mantenimiento del sistema.
5.10. GARANTÍA Y CORRECCIÓN DE ERRORES
Para todo desarrollo entregado, el proveedor deberá garantizar el software contra defectos de fabricación, la corrección de cualquier anomalía producto de un defecto en la construcción o configuración serán reparados o subsanados por el proveedor sin costo, por lo tanto, el diagnóstico así como el esfuerzo y/o tiempo a esta actividad no serán parte de las “horas de desarrollo”
El proveedor deberá reparar los componentes de software que presente algún defecto debido a un mal funcionamiento del software desarrollado, para corregir los posibles defectos el proveedor asignará personal para la atención de los mismos tan pronto como sean detectados, para ello, el proveedor deberá en un máximo en siete (07) días calendario disponer de un recurso que realice tanto el diagnóstico como la corrección del error. El interlocutor oficial es el encargado de gestionar la disponibilidad de este recurso.
La garantía será válida dentro de los ocho (08) meses después de haber entregado los desarrollos. Si dentro de un periodo cubierto por la garantía tuvieran que realizarse reparaciones que impliquen modificar el código fuente del software desarrollado la garantía se extenderá por sesenta (60) días calendario.
No aplicará la garantía si se detecta que el error no corresponde a un error en la programación si no a una de las causas siguientes:
Defectos que se deban a errores de operación (mal uso) del sistema
Que el código fuente y compilado que fue entregado a la Superintendencia haya sido alterado.
Que la estructura o diseño de la base de datos haya sido alterado
En este caso, las horas de diagnóstico y solución del error por parte del proveedor serán considerados como “horas de desarrollo”.
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5.11. PLAZOS DE ENTREGA, LUGAR Y FORMA DE PAGO
Las prestaciones se ejecutarán durante los 365 días calendarios o hasta agotar la bolsa de horas contratada, contados a partir de lo señalado en la comunicación de la Gerencia de Tecnologías de la Información o hasta agotar las horas contratadas, dicha comunicación se realizará en un plazo máximo de 20 días calendarios contados a partir del día siguiente de suscrito el contrato. Los medios válidos de comunicación para el inicio y finalización del servicio, será de manera formal mediante cartas o actas entre ambas entidades
Se pagarán las horas siempre y cuando el contratista haya cumplido con la ejecución de los cronogramas de trabajo y los entregables con conformidad en el trimestre a pagar. Para ello, es necesario la presentación de las actas de conformidad de cada requerimiento otorgadas por la Superintendencia.
Si el contratista excede los tiempos para la entrega del trabajo (documentación de Tabla N°
05) que se realiza durante el cierre de cada requerimiento las horas de atraso no serán consideradas como “horas de desarrollo”, el contratista asumirá estas horas de atraso, las cuales generarán una compensación sin costo para la Superintendencia. Asimismo si el contratista excede los tiempos para la disposición de un nuevo recurso, por cada día se computarán 8 horas de atraso. En cualquier caso la compensación resultará de la siguiente formula:
Compensación (en número de horas) = 10% * Horas de atraso por cada requerimiento
El contratista y la Superintendencia acordarán una programación de pago trimestral. Los entregables producidos durante esta programación deben de contar con la conformidad de la Superintendencia. Si esto ocurre, las horas utilizadas para producir el entregable según cronograma son las que serán facturadas.
5.12. DE LA SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO
El contratista se compromete a cumplir con todos los alcances y disposiciones establecidos en la Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo, Ley Nº 29783, su modificatoria Ley Nº 30222, su Reglamento, D.S. Nº 005-2012-TR, y sus modificatorias mediante D.S. 006-2014-TR y
R.M. N° 050-2013-TR, y demás normas vigentes de la SUNAFIL, que regulen la Seguridad y Salud en el Trabajo, así como cumplir y adecuarme con el Reglamento Interno de Seguridad y Salud de la Superintendencia de Banca Seguros, y AFP, y demás normas aplicables.
5.13. RESPONSABILIDAD POR XXXXXX XXXXXXX
El contratista es el responsable por la calidad ofrecida y por los vicios ocultos de los servicios ofrecidos por un plazo de un (01) año, contado a partir de la conformidad otorgada por la Entidad.
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II. REQUISITOS DE CALIFICACIÓN
De acuerdo con el artículo 28 del Reglamento, los requisitos de calificación son los siguientes:
A | CAPACIDAD LEGAL |
A.1 | REPRESENTACIÓN |
Requisitos: Documento que acredite fehacientemente la representación de quien suscribe la oferta. En el caso de consorcios, este documento debe ser presentado por cada uno de los integrantes del consorcio que suscriba la promesa de consorcio, según corresponda. Promesa de consorcio con firmas legalizadas 6 , en la que se consigne los integrantes, el representante común, el domicilio común y las obligaciones a las que se compromete cada uno de los integrantes del consorcio así como el porcentaje equivalente a dichas obligaciones. (Anexo Nº 6) La promesa de consorcio debe ser suscrita por cada uno de sus integrantes. Acreditación: Tratándose de persona jurídica, copia del certificado de vigencia de poder del representante legal, apoderado o mandatario designado para tal efecto, expedido por registros públicos con una antigüedad no mayor de treinta (30) días calendario a la presentación de ofertas, computada desde la fecha de emisión. En caso de persona natural, copia del documento nacional de identidad o documento análogo, o del certificado de vigencia de poder otorgado por persona natural, del apoderado o mandatario, según corresponda, expedido por registros públicos con una antigüedad no mayor de treinta (30) días calendario a la presentación de ofertas, computada desde la fecha de emisión. Promesa de consorcio con firmas legalizadas. | |
B | CAPACIDAD TÉCNICA Y PROFESIONAL |
B.1 | CALIFICACIONES DEL PERSONAL CLAVE |
6 En caso de presentarse en consorcio.
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Requisitos: Jefe de Proyecto: Bachiller o Titulado, requiere estudios profesionales universitarios en las carreras de Ingeniería de Sistemas, Ingeniería Informática, Ciencias de la Computación o afines, Ingeniería de Software, Ingeniería Empresarial y de Sistemas, Ingeniería Informática y de Sistemas, Investigación de Operaciones, Ciencias Informáticas, Ingeniería de Computación y Sistemas, Ingeniería de Sistemas e Informática y Ciencias de la Computación El Jefe de Proyecto deberá tener conocimientos en Gestión de Proyectos, para ello deberá poseer una Certificación Internacional en Gestión de Proyectos (se considerarán los siguientes: PMP: Project Management Professional, CAPM: Certified Associate in Project Management, CompTIA Project+ Certification, MPM: Master Project Manager Certification o CPM: Certified Project Manager Certification). No serán válidos los certificados relacionados con especializaciones, diplomados o cursos. Acreditación: Jefe de Proyecto: Copia simple del documento que acredite la culminación de los estudios profesionales universitarios en alguna de las siguientes carreras de Ingeniería de Sistemas, Ingeniería Informática, Ciencias de la Computación o afines, Ingeniería de Software, Ingeniería Empresarial y de Sistemas, Ingeniería Informática y de Sistemas, Investigación de Operaciones, Ciencias Informáticas, Ingeniería de Computación y Sistemas, Ingeniería de Sistemas e Informática y Ciencias de la Computación Copia simple de la Certificación Internacional en Gestión de Proyectos. Sin perjuicio de lo anterior, los postores deben llenar y presentar el Anexo Nº 8 referido a la Relación del Personal Propuesto. | |||
B.2 | EXPERIENCIA DEL PERSONAL CLAVE | ||
Requisitos: Interlocutor oficial: experiencia mínima de dos (02) años en cargos de nivel directivo (jefe, gerente, director, o similar). Jefe de Proyecto: experiencia mínima de 3 años de experiencia en labores de gestión de proyectos Acreditación: La experiencia del personal clave se acreditará con cualquiera de los siguientes documentos: (i) copia simple de contratos y su respectiva conformidad o (ii) constancias o (iii) certificados o (iv) cualquier otra documentación que, de manera fehaciente demuestre la experiencia del personal propuesto. |
C | EXPERIENCIA DEL POSTOR |
C.1 | FACTURACIÓN |
Requisitos: El postor debe acreditar un monto facturado acumulado equivalente a S/ 1´000,000.00 (un millón y 00/100 Soles), por la contratación de servicios similares al objeto de la convocatoria y/o en la actividad, durante un periodo no mayor a 6 años a la fecha de la presentación de ofertas. Se consideran servicios similares a los siguientes Fábrica de software, Desarrollo de software empleando los 3 lenguajes de Programación (NET, Java, Power Builder) Acreditación: Copia simple de contratos u órdenes de servicios, y su respectiva conformidad por la prestación efectuada; o comprobantes de pago cuya cancelación se acredite documental y fehacientemente, con voucher de depósito, reporte de estado de cuenta o cancelación en el documento, correspondientes a un máximo de veinte (20) contrataciones. |
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Concurso Público N° 015/2016-SBS
En caso los postores presenten varios comprobantes de pago para acreditar una sola contratación, se debe acreditar que corresponden a dicha contratación; de lo contrario, se asumirá que los comprobantes acreditan contrataciones independientes, en cuyo caso solo se considerará, para la evaluación, las veinte
(20) primeras contrataciones indicadas en el Anexo Nº 7 referido a la Experiencia del Postor.
En el caso de servicios de ejecución periódica, solo se considera como experiencia la parte del contrato que haya sido ejecutada a la fecha de presentación de ofertas, debiendo adjuntarse copia de las conformidades correspondientes a tal parte o los respectivos comprobantes de pago cancelados.
En los casos que se acredite experiencia adquirida en consorcio, debe presentarse la promesa de consorcio o el contrato de consorcio del cual se desprenda fehacientemente el porcentaje de las obligaciones que se asumió en el contrato presentado; de lo contrario, no se computará la experiencia proveniente de dicho contrato.
Asimismo, cuando se presenten contratos derivados de procesos de selección convocados antes del 20.09.2012, la calificación se ceñirá al método descrito en la Directiva N° 002-2016-OSCE/CD, debiendo presumirse que el porcentaje de las obligaciones equivale al porcentaje de participación de la promesa de consorcio o del contrato de consorcio. En caso que en dichos documentos no se consigne el porcentaje de participación se presumirá que las obligaciones se ejecutaron en partes iguales.
Cuando en los contratos, órdenes de servicios o comprobantes de pago el monto facturado se encuentre expresado en moneda extranjera, debe indicarse el tipo de cambio venta publicado por la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP correspondiente a la fecha de suscripción del contrato, de emisión de la orden de servicios o de cancelación del comprobante de pago, según corresponda.
Sin perjuicio de lo anterior, los postores deben llenar y presentar el Anexo Nº 7
referido a la Experiencia del Postor.
Importante | ||
En el caso de consorcios, solo se considera la experiencia de aquellos integrantes que ejecutan conjuntamente el objeto materia de la convocatoria, previamente ponderada, conforme a la Directiva N° 002-2016-OSCE/CD “Participación de Proveedores en Consorcio en las Contrataciones del Estado”. |
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Concurso Xxxxxxx Xx 000/0000-XXX
XXXXX Xx 01-A: LINEAMIENTOS PARA DE CONFIDENCIALIDAD
CLAUSULA CONFIDENCIALIDAD
Debido a la prestación materia del presente contrato, las partes convienen en calificar como confidencial a toda la información obtenida, así como los informes y toda clase de documentos que produzca o tenga a su alcance EL CONTRATISTA para la ejecución del presente contrato, no pudiendo divulgarlos sin autorización expresa de LA SUPERINTENDENCIA. Esta obligación subsistirá para EL CONTRATISTA aún después de concluida la vigencia del presente contrato.
En este sentido, por medio del presente EL CONTRATISTA se obliga a cumplir con el deber de reserva, respecto a toda información a la que pueda acceder, conocer o tener a su alcance, en cumplimiento de sus obligaciones mientras se encuentre prestando sus servicios para LA SUPERINTENDENCIA, y aún después de la conclusión del presente contrato, bajo responsabilidad.
Se entenderá por “Información Confidencial” a toda información de tipo económica, financiera, legal, contable, técnica, comercial, estratégica o de otro tipo, que sea revelada por LA SUPERINTENDENCIA a EL CONTRATISTA, en forma oral, escrita, o por cualquier otro medio o soporte para la realización del trabajo encargado; así como cualquier análisis, recopilación, estudio, resumen, extracto o documentación de todo tipo que elabore o formule EL CONTRATISTA a partir de la Información Confidencial o documentación revelada por LA SUPERINTENDENCIA.
La Información Confidencial no será revelada en ningún caso y bajo ningún motivo por EL CONTRATISTA, sin el consentimiento previo y por escrito de LA SUPERINTENDENCIA. En este sentido, EL CONTRATISTA se compromete a limitar el acceso a la Información Confidencial de forma tal que sólo sea accesible a aquellas personas que necesariamente deban involucrarse en las conversaciones, tratativas y/o acuerdos mantenidos con LA SUPERINTENDENCIA.
Asimismo, EL CONTRATISTA se obliga a adoptar todas las medidas necesarias para que sus empleados, subordinados, dependientes, asesores y/o colaboradores u otros, que se vean involucrados en la ejecución de la prestación materia del presente contrato, observen la reserva y confidencialidad a que se refiere este acuerdo respecto de la Información Confidencial, siendo EL CONTRATISTA el único responsable por ello.
El incumplimiento de este deber de confidencialidad por parte de EL CONTRATISTA, constituye causal de resolución del presente contrato, y asimismo, dará lugar a la indemnización por daños y perjuicios que le corresponda a LA SUPERINTENDENCIA conforme x xxx.
Por tanto, EL CONTRATISTA se compromete a no divulgar, ni transferir a terceros, la información a la que pudiera tener acceso él o su personal; de ser el caso, EL CONTRATISTA responderá legalmente por los daños y perjuicios causados, para este efecto, se suscribe el acuerdo de confidencialidad anexo al presente.
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ACUERDO DE CONFIDENCIALIDAD
El que suscribe..........................................................., con (documento de identidad)
N°.............................., Representante Legal de la Empresa..............................................., con RUC.
N°..............................., y con Domicilio Legal en , declara
aceptar lo siguiente:
1. EL CONTRATISTA está obligado a guardar reserva sobre cualquier información de LA SUPERINTENDENCIA a la que haya tenido acceso con ocasión de la ejecución del presente contrato, a no revelar ni permitir la revelación de cualquier detalle a los medios de prensa o a terceros, a no revelar que LA SUPERINTENDENCIA es cliente de EL CONTRATISTA en relación con la prestación, y a no usar el nombre de LA SUPERINTENDENCIA en cualquier promoción, publicidad o anuncio, sin previa autorización escrita de LA SUPERINTENDENCIA, a excepción de aquella información que LA SUPERINTENDENCIA o una autoridad judicial o arbitral lo autorice o disponga, o cuando se trate de información de dominio público. Esta obligación permanecerá vigente no obstante el vencimiento o la terminación del presente contrato, siendo su incumplimiento causal de resolución del presente contrato.
La confidencialidad de la información, a que se refiere el párrafo precedente, alcanza a todo el personal y subcontratistas de EL CONTRATISTA, debiendo así constar en los correspondientes contratos que con éstos se celebren.
2. EL CONTRATISTA declara expresamente que constituye causal de resolución del presente contrato el incumplimiento del presente acuerdo de confidencialidad.
Lima,…………………………………….
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ANEXO N° 01-B: LINEAMIENTOS PARA ACUERDO DE CESIÓN DE DERECHOS DE AUTOR Y DE PROPIEDAD INTELECTUAL
CLAUSULA CESIÓN DE DERECHOS
Los títulos de propiedad, derechos de autor y de creación, y todo tipo de derechos sobre bienes tangibles e intangibles producidos como consecuencia de la ejecución del presente Contrato, son transferidos a LA SUPERINTENDENCIA en forma exclusiva y sin costo adicional alguno, pudiendo LA SUPERINTENDENCIA beneficiarse con sus usos en otras actividades en razón a la naturaleza de funciones que realiza, los mismos que en caso de culminación o resolución del presente contrato, deberán permanecer en poder de LA SUPERINTENDENCIA, sean en medios impresos o magnéticos. EL CONTRATISTA deberá entregar a LA SUPERINTENDENCIA todo lo generado y recibido como consecuencia de la ejecución del presente Contrato, en medios impresos y magnéticos bajo responsabilidad, en atención a la transferencia arriba enunciada.
En este sentido, por medio del presente EL CONTRATISTA en su calidad de autor y titular originario cede a favor de LA SUPERINTENDENCIA a título exclusivo y gratuito, todos los derechos de autor y de propiedad intelectual que correspondan y pudieran corresponder, presentes y futuros, de manera exclusiva, ilimitada, indeterminada, a nivel nacional e internacional, respecto del programa de computador (software), elaborado como consecuencia de la ejecución del presente Contrato, para los fines que LA SUPERINTENDENCIA considere pertinentes. Queda expresamente establecido que la cesión es total y absoluta, englobando la documentación técnica así como todos los manuales de uso u otros que le pudieran corresponder al mencionado programa de computador (software). Al respecto, se suscribe el acuerdo de cesión de derechos de autor y de propiedad intelectual anexo al presente.
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ACUERDO DE CESIÓN DE DERECHOS DE AUTOR Y DE PROPIEDAD INTELECTUAL
(Procedimiento de Selección )
El que suscribe............................................................, con (documento de identidad) N°.............................., que según poderes que constan inscritos en …………………. expresa que actúa con facultades suficientes como Representante Legal de la Empresa..............................................., con RUC. N°..............................., y con Domicilio Legal
en......................................................................., en adelante EL CONTRATISTA, declara aceptar lo
siguiente:
PRIMERO:
EL CONTRATISTA manifiesta que elaboró los programas de computador (software) como consecuencia de la ejecución del Contrato suscrito con la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones, en adelante LA SUPERINTENDENCIA, derivado del procedimiento de selección , y que por ello manifiesta que es el titular originario
de los derechos que recaen sobre el mencionado software.
SEGUNDO:
Por el presente documento EL CONTRATISTA cede a favor de LA SUPERINTENDENCIA a título exclusivo y gratuito, todos los derechos que correspondan y pudieran corresponder presentes y futuros, de manera exclusiva, ilimitada e indeterminada, sobre los programas de computador (software) referido en la cláusula anterior, elaborado como consecuencia de la ejecución del Contrato suscrito con LA SUPERINTENDENCIA, derivado del procedimiento de selección ,
para los fines que LA SUPERINTENDENCIA considere pertinentes. Dicha cesión es total y absoluta, y comprende la documentación técnica así como todos los manuales de uso u otros que le pudieran corresponder al mencionado programa de computador (software).
TERCERO:
EL CONTRATISTA declara que no existe acto o contrato que limite su libre disposición respecto de los programas de computador (software) que cede. Del mismo modo manifiesta que efectúa esta cesión con la más absoluta libertad.
CUARTO:
Los gastos correspondientes al registro y otros que pudiera ocasionar a futuro el presente acuerdo ante el Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual
– INDECOPI – serán de cargo de LA SUPERINTENDENCIA.
QUINTO:
El plazo de vigencia del presente acuerdo es ilimitado e indeterminado, y no posee restricciones de lugar, pudiendo ser utilizado dentro del territorio nacional, como en el extranjero.
SEXTO:
La cesión de derechos, a que se refiere el presente acuerdo, alcanza a todo el personal y subcontratistas de EL CONTRATISTA, debiendo así constar en los correspondientes contratos que con estos se celebren; siendo EL CONTRATISTA el único responsable por ello..
Lima,…………………………………….
Firma, Nombres y Apellidos del postor/ Razón Social de la empresa
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ITEM N° 02
TÉRMINOS DE REFERENCIA PARA LA CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE BOLSA DE HORAS PARA PRUEBAS FUNCIONALES
I. TERMINOS DE REFERENCIA
1. DENOMINACIÓN DE LA CONTRATACIÓN
El requerimiento consiste en la contratación del servicio de pruebas funcionales que permita reforzar actividades referidas al control de calidad de software a fin de minimizar la probabilidad de ocurrencia xx xxxxxx en las aplicaciones desarrolladas internamente o por terceros y con la consecuente mejora en el proceso interno de desarrollo de software, de acuerdo con los estándares establecidos para el ciclo de desarrollo del software.
2. FINALIDAD PÚBLICA
El presente proceso tiene como finalidad la contratación del servicio de pruebas de software para asegurar la calidad de los aplicativos que dan soporte a los procesos de las diferentes áreas de la Superintendencia, así como de los aplicativos que se encuentran a disposición de las entidades supervisadas y público en general en términos de costo, tiempo y satisfacción de las necesidades del usuario final.
3. ANTECEDENTES
Debido al gran volumen de requerimientos de desarrollo, mantenimientos y mejoras a los aplicativos que atiende la Gerencia de Tecnologías de Información (GTI), existe el riesgo de fallos en algunos aplicativos luego de que éstos sean puestos en producción por lo que es necesario reforzar el proceso de control de calidad de software a través del servicio de pruebas de software. De esta manera se puede atender un mayor número de Aplicativos y disminuir el riesgo de fallos en los aplicativos.
4. OBJETIVOS DE LA CONTRATACIÓN
El objetivo es la contratación del servicio de pruebas de software que consiste en realizar el control de calidad de software para un grupo proyectos de desarrollo, a fin de reforzar las actividades del proceso de Control de Calidad, tratando de obtener, entre otros beneficios, mejoras en la calidad de los aplicativos mediante la detección anticipada de errores.
5. ALCANCE Y DESCRIPCIÓN DEL SERVICIO
5.1. DESCRIPCIÓN GENERAL DEL SERVICIO
El servicio solicitado hace referencia a actividades de pruebas funcionales de software de hasta dos mil doscientos cincuenta (2250) “horas de servicio” a ser utilizadas, a solicitud de la Superintendencia, sobre la base del “Manual Técnico de Control de Calidad del Software” (SBS-MTC-GTI -550-01). Se estima un consumo mensual de 187.5 horas, las cuales podrán variar de acuerdo a la necesidad de la Superintendencia.
Así mismo, a solicitud de la SBS el Contratista deberá participar en las siguientes actividades:
- Acompañar a los analistas de la Superintendencia en la toma de Requerimientos.
- Revisar los documentos del proyecto (Especificación de Requerimientos, Análisis y Diseño).
- Realizar las pruebas funcionales a los proyectos o requerimientos.
- Realizar presentaciones referidas a las recomendaciones de pruebas a los usuarios basados en los documentos del proyecto.
- Participar en las Pruebas de Aceptación de Usuario.
- Otras actividades relacionadas al Control de Calidad del Software.
5.2. HORAS DE SERVICIO
o El término “horas de servicio” está referido a la unidad de medida de contratación de horas-hombre y es equivalente a la unidad de estimación del esfuerzo necesario para realizar una tarea (actividad) cuya unidad equivale a una hora de trabajo ininterrumpido de un analista de pruebas.
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o El CONTRATISTA deberá estimar las “horas de servicio” de las actividades mencionadas en el numeral 5. las cuales, serán incluidas como “horas de servicio”. Toda estimación pasará por la aprobación por parte del Departamento de Servicios de Tecnologías de Información antes de la ejecución de la prueba.
o El costo de la “hora de servicio” no establece una diferenciación según el tipo de actividad; por lo tanto, el costo de la “hora de servicio” es único.
o Las “horas de servicio”, no cuentan con un mínimo de horas mensuales a ser ejecutadas, éstas serán de acuerdo a las necesidades de la Superintendencia.
o No son “horas de servicio” aquellas unidades de tiempo dedicadas a actividades no comprendidas en el numeral 5. Asimismo, no son “horas de servicio” las unidades de tiempo dedicadas a actividades de gestión.
o Previo al inicio del servicio, la Superintendencia y el Contratista tendrán una reunión de al menos tres (03) horas, las cuales no serán consideradas como “horas de servicio”. En la reunión, la Superintendencia establecerá el método de trabajo y las herramientas a ser utilizadas, y el CONTRATISTA deberá indicar los procesos y técnicas alineadas a metodologías, normas y estándares de pruebas de software (ISTQB, TMMI, entre otros) que utiliza. Cabe resaltar que en la reunión deberán estar presentes los analistas de pruebas asignados.
o EL CONTRATISTA deberá gestionar y ejecutar cada una de sus actividades asignadas en coordinación con el personal del DSTI.
o La Superintendencia de Banca, Seguros y AFP proveerá los ambientes de pruebas necesarios para que los servicios se desarrollen con normalidad y dentro de los plazos establecidos.
o EL CONTRATISTA y la Superintendencia programarán reuniones de coordinación interna con una periodicidad de al menos una (1) vez al mes a fin de garantizar la correcta marcha del servicio. En estas reuniones necesariamente participará por parte de la Superintendencia, el Jefe del DSTI o quien haga sus veces y por parte del contratista, el Interlocutor o quien haga sus veces.
o La planificación de la demanda del consumo de horas se realizará con dos (02) semanas de anticipación al inicio de cada proyecto o requerimiento.
5.3. PRUEBAS FUNCIONALES
EL CONTRATISTA, sobre la base del “Manual Técnico de Control de Calidad del Software” (SBS-MTC-GTI -550-01), debe considerar las siguientes etapas durante la realización de las pruebas funcionales:
Tabla N° 1 – Etapas del Control de Calidad del Software
ETAPA | DESCRIPCIÓN |
1. Planificación | Es la etapa en la que se realiza el Análisis de la documentación del proyecto para la elaboración del documento “Plan de Pruebas”. Se establecen las estrategias, el objetivo de las pruebas, los criterios de salida y el cronograma de actividades. |
2. Diseño | Es la etapa en la que se elaboran los casos de prueba detallando los resultados esperados de acuerdo con la especificación de los requerimientos y de las funcionalidades definidas. |
3. Ejecución | Es la etapa en la que se realiza la ejecución de los casos de prueba y se registran sus resultados en el Bugtracker (Reporte de Defectos). Además, se realiza la repetición de la prueba después de la respuesta a los defectos reportados y finaliza con la |
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ejecución de las pruebas de regresión. | |||
4. Cierre | Es la culminación de las pruebas para el Sistema, el cual debe cumplir los criterios de salida establecidos en el Plan de Pruebas. Esta etapa culmina con la realización del informe de cierre y el certificado de pruebas. | ||
5. Seguimiento | Es el seguimiento, en el ambiente de producción, de los fallos que se pueden presentar en los sistemas que fueron probados por el equipo de Control de Calidad. |
5.4. ENTREGABLES
EL CONTRATISTA, para la realización de las pruebas funcionales, sobre la base del “Manual Técnico de Control de Calidad del Software”, deberá elaborar los entregables requeridos, por cada etapa de pruebas, mencionados en la Xxxxx Xx 0 por cada proyecto o requerimiento de pruebas.
Tabla N°2 – Entregables por Etapa
ETAPA | ENTREGABLES (*) |
1. Planificación | Plan de Pruebas. Cronograma de Actividades de Pruebas. Informe de Avance. |
2. Diseño | Diseño de Casos de Prueba. Informe de Avance. |
3. Ejecución | Diseño de Casos de Prueba (con estado actual de ejecución de casos de prueba). Bugtracker. Informe de Avance. Evidencia de Ejecución de Xxxxxxx. |
4. Cierre | Informe de Cierre. Certificado de Pruebas. |
5. Seguimiento | Informe de Seguimiento. |
(*) Deberán ser elaborados con el uso de las herramientas definidas por la SBS, en caso lo solicite la Superintendencia.
Informes para las actividades asignadas:
o El informe diario debe considerar al menos la siguiente información:
- Estado de los Proyectos de Pruebas asignados (En Planificación, En Proceso, Seguimiento, Finalizado, Suspendido o Cancelado).
- Avance de las pruebas de cada proyecto de pruebas asignado (% de Avance Real y % de Avance Planificado).
- Horas efectivas de pruebas y horas de desfase de cada proyecto de pruebas (en caso de presentarse).
- Horas efectivas de cada actividad realizada para los proyecto de pruebas asignados, relacionado con la etapa en la que cada uno de estos se encuentra.
- Motivos de desfase (en caso de presentarse).
o El informe mensual debe considerar al menos la siguiente información:
- Actividad de participación del Contratista (Ver Numeral 5).
- Etapa de participación en el Proyecto de pruebas.
- Estado de los Proyectos de Pruebas asignados (Planificado, En Proceso, Seguimiento, Finalizado, Suspendido o Cancelado).
- Avance de las pruebas de cada proyecto de pruebas asignado (% de Avance Real y % de Avance planificado).
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- Fechas Real y estimada de los proyectos de pruebas asignados.
- Uso de “horas de servicio” por cada proyecto asignado.
- Uso de horas-hombre y saldo de horas-hombre en relación a las “Horas de Servicio” contratadas.
5.5. REQUISITOS DEL POSTOR Y/O PERSONAL
o Requisitos del Postor
Para efectos de este servicio, el postor no podrá estar participando en otros procesos o ítems, relacionados a servicios de desarrollo de sistemas contratados o por contratar por la Superintendencia. Dicho criterio se rige a partir de las buenas prácticas consideradas por el ISTQB (por sus siglas en inglés, International Software Testing Qualifications Board), referidas a que para tener un alto nivel de independencia, el postor no deberá ofrecer a la vez, los servicios de Desarrollo de Software y Pruebas, pues se convertiría en juez y parte, rompiendo la buena práctica y generando riesgos a la Superintendencia, entre otros, que se pierda objetividad.
o Requisitos del Personal del Postor (personal clave)
- ANALISTA DE PRUEBAS
El postor deberá asignar como mínimo dos (02) analistas de pruebas o testers, según la demanda de la Superintendencia. La Superintendencia indicará la cantidad inicial de recursos a asignar al servicio según su necesidad. Los cuales, se encargarán de realizar las actividades definidas en el numeral 5.
- INTERLOCUTOR OFICIAL
El postor deberá incluir un interlocutor oficial ante la Superintendencia, este interlocutor será el Ejecutivo de Cuenta de la Superintendencia y para efectos del servicio deberá representar un recurso humano que cuente con el nivel de autoridad y toma de decisiones necesarios para realizar las coordinaciones de ejecución del servicio; adicionalmente, el interlocutor oficial es quien recibe de la Superintendencia todos los proyectos en los cuales es requerido el control de calidad de software.
EL CONTRATISTA no podrá modificar al personal propuesto sin la autorización de la Superintendencia.
Si por algún motivo, la Superintendencia solicitara el cambio de personal, el CONTRATISTA tendrá como máximo quince (15) días calendario para efectuar el cambio.
En caso de cambio de algún personal, el reemplazo debe cumplir como mínimo con las calificaciones y certificación del personal propuesto (de corresponder), previa comunicación y autorización de la Superintendencia, para lo cual deberá presentar el respectivo sustento.
5.6. LUGAR Y PLAZO DE EJECUCIÓN DE LA PRESTACIÓN
El plazo de ejecución del servicio será de 365 días calendarios contados a partir de lo señalado en la comunicación de la Gerencia de Tecnologías de la Información dicha comunicación se realizará en un plazo máximo de 20 días calendarios contados a partir del día siguiente de suscrito el contrato o hasta agotar las horas de prueba.
El ambiente de trabajo para realizar las labores detalladas en el numeral 5, será en las oficinas e instalaciones de la Superintendencia, para ello la Superintendencia proveerá los ambientes necesarios, mobiliario, computadoras; así como, los accesos necesarios para que el proveedor pueda efectuar las actividades asignadas.
La ejecución de la prestación se realizará, salvo acuerdo entre las partes, en horario de oficina (8:30 a.m. a 5:30 p.m., de lunes a viernes).
5.7. FORMA DE PAGO
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El pago se efectuará mensualmente por las horas utilizadas en la prestación del servicio, luego de la entrega de la factura correspondiente previa conformidad del servicio por parte de la Gerencia de Tecnologías de Información.
5.8. CONFIDENCIALIDAD
En caso que el contratista reciba por parte de la Superintendencia información de carácter estrictamente confidencial, ésta deberá ser utilizada sólo para los fines de ejecución de la prestación. Por ello, será obligación del proveedor mantener total secreto profesional y confidencialidad respecto a los datos e información de cualquier clase que la Superintendencia le proporcione, o bien, a la que tenga acceso, con motivo de la prestación.
Adicionalmente, el contratista estará obligado a instruir a sus funcionarios o personal que será parte conformante del recurso humano que ejecutará la prestación, respecto a la obligación de mantener total secreto y confidencialidad.
Como parte del servicio y en relación a la CONFIDENCIALIDAD, el contrato del servicio considerará la cláusula y acuerdo de confidencialidad descritos en el Anexo N°01-A.
5.9. GARANTIA DEL SERVICIO
El servicio deberá incluir un periodo de seguimiento de 3 meses, para cada uno de los proyectos de pruebas atendidos, a partir del día siguiente de la fecha de la puesta en producción de los sistemas el cual constará, en caso se presenten fallos, en la re ejecución del proyecto de pruebas por parte del Contratista. La re ejecución de las pruebas no debe representar costo alguno para la Superintendencia.
5.10. DE LA SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO
El contratista se compromete a cumplir con todos los alcances y disposiciones establecidos en la Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo, Ley Nº 29783, su modificatoria Ley Nº 30222, su Reglamento, D.S. Nº 005-2012-TR, y sus modificatorias mediante D.S. 006-2014-TR y
R.M. N° 050-2013-TR, y demás normas vigentes de la SUNAFIL, que regulen la Seguridad y Salud en el Trabajo, así como cumplir y adecuarme con el Reglamento Interno de Seguridad y Salud de la Superintendencia de Banca Seguros, y AFP, y demás normas aplicables.
5.11. RESPONSABILIDAD POR LA CALIDAD OFRECIDA Y POR VICIOS OCULTOS
El contratista será responsable por la calidad ofrecida y por los vicios ocultos del servicio conforme a lo indicado en el Artículo 40° de la Ley de Contrataciones del Estado, por un plazo de un (01) año a partir de la conformidad otorgada por parte de la Superintendencia.
II. REQUISITOS DE CALIFICACIÓN
De acuerdo con el artículo 28 del Reglamento, los requisitos de calificación son los siguientes:
A | CAPACIDAD LEGAL |
A.1 | REPRESENTACIÓN |
Requisitos: Documento que acredite fehacientemente la representación de quien suscribe la oferta. En el caso de consorcios, este documento debe ser presentado por cada uno de los integrantes del consorcio que suscriba la promesa de consorcio, según corresponda. Promesa de consorcio con firmas legalizadas7, en la que se consigne los integrantes, el representante común, el domicilio común y las obligaciones a las que se compromete cada uno de los integrantes del consorcio así como el porcentaje equivalente a dichas obligaciones. (Anexo Nº 6) La promesa de consorcio debe ser suscrita por cada uno de sus integrantes. Acreditación: Tratándose de persona jurídica, copia del certificado de vigencia de poder del representante legal, apoderado o mandatario designado para tal efecto, expedido por registros públicos con una antigüedad no mayor de treinta (30) días calendario a la |
7 En caso de presentarse en consorcio.
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presentación de ofertas, computada desde la fecha de emisión. En caso de persona natural, copia del documento nacional de identidad o documento análogo, o del certificado de vigencia de poder otorgado por persona natural, del apoderado o mandatario, según corresponda, expedido por registros públicos con una antigüedad no mayor de treinta (30) días calendario a la presentación de ofertas, computada desde la fecha de emisión. Promesa de consorcio con firmas legalizadas. | |
B | CAPACIDAD TÉCNICA Y PROFESIONAL |
B.1 | EXPERIENCIA DEL PERSONAL CLAVE |
Requisitos: Analista de pruebas o tester: experiencia laboral mínima de dos (02) años cada uno, como Analista de Pruebas o Tester. Acreditación: La experiencia del personal clave se acreditará con cualquiera de los siguientes documentos: (i) copia simple de contratos y su respectiva conformidad o (ii) constancias o (iii) certificados o (iv) cualquier otra documentación que, de manera fehaciente demuestre la experiencia del personal propuesto. | |
B.2 | CALIFICACIONES DEL PERSONAL CLAVE |
Requisitos: Analista de Pruebas o Tester: Bachiller o Título en Ingeniería de Sistemas o Ingeniería Informática, Ingeniería de Computación y Sistemas o Ciencias de la Computación Certificación ISTQB Certified Tester Foundation Level Acreditación: Copia simple del documento que acredite los estudios requeridos y copia simple de la certificación emitida por el ISTQB. | |
C | EXPERIENCIA DEL POSTOR |
C.1 | FACTURACIÓN |
Requisitos: El postor debe acreditar un monto facturado acumulado equivalente a S/ 250,000 (doscientos cincuenta mil y 00/100 Soles), por la contratación de servicios similares al objeto de la convocatoria y/o en la actividad, durante un periodo de 5 años a la fecha de la presentación de ofertas. Se consideran servicios similares a los siguientes: Control de Calidad de Software, Pruebas de Software, Aseguramiento de la Calidad del Software de los desarrollos de aplicaciones de Software o Aseguramiento de la calidad de mantenimientos de aplicaciones de Software. Acreditación: Copia simple de contratos u órdenes de servicios, y su respectiva conformidad por la prestación efectuada; o comprobantes de pago cuya cancelación se acredite documental y fehacientemente, con voucher de depósito, reporte de estado de cuenta o cancelación en el documento, correspondientes a un máximo de veinte (20) contrataciones. En caso los postores presenten varios comprobantes de pago para acreditar una sola contratación, se debe acreditar que corresponden a dicha contratación; de lo contrario, se asumirá que los comprobantes acreditan contrataciones independientes, en cuyo caso solo se considerará, para la evaluación, las veinte (20) primeras contrataciones indicadas en el Anexo Nº 7 referido a la Experiencia del Postor. En el caso de servicios de ejecución periódica, solo se considera como experiencia la parte del contrato que haya sido ejecutada a la fecha de presentación de ofertas, debiendo adjuntarse copia de las conformidades correspondientes a tal parte o los respectivos comprobantes de pago cancelados. |
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En los casos que se acredite experiencia adquirida en consorcio, debe presentarse la promesa de consorcio o el contrato de consorcio del cual se desprenda fehacientemente el porcentaje de las obligaciones que se asumió en el contrato presentado; de lo contrario, no se computará la experiencia proveniente de dicho contrato. Asimismo, cuando se presenten contratos derivados de procesos de selección convocados antes del 20.09.2012, la calificación se ceñirá al método descrito en la Directiva N° 002- 2016-OSCE/CD, debiendo presumirse que el porcentaje de las obligaciones equivale al porcentaje de participación de la promesa de consorcio o del contrato de consorcio. En caso que en dichos documentos no se consigne el porcentaje de participación se presumirá que las obligaciones se ejecutaron en partes iguales. Cuando en los contratos, órdenes de servicios o comprobantes de pago el monto facturado se encuentre expresado en moneda extranjera, debe indicarse el tipo de cambio venta publicado por la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP correspondiente a la fecha de suscripción del contrato, de emisión de la orden de servicios o de cancelación del comprobante de pago, según corresponda. Sin perjuicio de lo anterior, los postores deben llenar y presentar el Anexo Nº 7 referido a la Experiencia del Postor. | |||
Importante | |||
En el caso de consorcios, solo se considera la experiencia de aquellos integrantes que ejecutan conjuntamente el objeto materia de la convocatoria, previamente ponderada, conforme a la Directiva N° 002-2016-OSCE/CD “Participación de Proveedores en Consorcio en las Contrataciones del Estado”. |
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CAPÍTULO IV FACTORES DE EVALUACIÓN
ITEM N° 01: SERVICIO DE BOLSA DE HORAS PARA FÁBRICA DE SOFTWARE
FACTOR DE EVALUACIÓN | PUNTAJE / METODOLOGÍA PARA SU ASIGNACIÓN |
A. | PRECIO |
Evaluación: Se evaluará considerando el precio ofertado por el postor. Acreditación: Se acreditará mediante el documento que contiene el precio de la oferta (Anexo N° 5) | La evaluación consistirá en otorgar el máximo a la oferta de precio más bajo y otorgar a las demás ofertas puntajes inversamente proporcionales a sus respectivos precios, según la siguiente fórmula: Pi = Om x PMP Oi i = Oferta Pi = Puntaje de la oferta a evaluar Oi = Precio i Om = Precio de la oferta más baja PMP = Puntaje máximo del precio 85 puntos |
FACTORES DE EVALUACIÓN | PUNTAJE / METODOLOGÍA PARA SU ASIGNACIÓN | |
B. | CERTIFICACION DEL POSTOR8 | |
B.1. CERTIFICACIÓN EN EL MODELO CMMI PROCESO DE DESARROLLO Y MANTENIMIENTO DE SOFTWARE Criterio: Se calificará al postor que acredite que sus procesos de desarrollo de software cumplen con los requisitos de madurez del modelo CMMI realizada por la institución autorizada. La certificación CMMI deberá estar vigente. Acreditación: La acreditación se realizará mediante copia simple de la certificación vigente correspondiente emitida por la institución autorizada. | Certificación CMMI nivel 3 o superior 5 puntos Certificación CMMI nivel 2 4 puntos Certificación CMMI nivel 1 3 puntos | |
C. | MEJORAS A LAS CONDICIONES PREVISTAS | |
Mejora: Se evaluará el plazo de garantía propuesto para todo desarrollo de software entregado. Esta mejora no excluye los casos en el que se tenga que modificar el código fuente y que representaría que la garantía se extienda por sesenta (60) días calendario. Acreditación: Se acreditará mediante la presentación de una declaración jurada de plazo de garantía. Se deberá indicar el periodo del servicio en meses enteros, caso contrario no se tomara en cuenta para evaluación. | Más de 16 meses: 10 puntos Más de 12 hasta 16 meses: 7.5 puntos Más de 8 hasta 12 meses: 5 puntos |
8 En caso que el postor se presente en consorcio, para obtener el puntaje respectivo, todos sus integrantes deben acreditar que cuentan con las certificaciones vigentes con el alcance requerido, siempre que, de acuerdo con la promesa de consorcio, se hubieran comprometido a ejecutar obligaciones vinculadas directamente al objeto de la convocatoria.
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FACTORES DE EVALUACIÓN | PUNTAJE / METODOLOGÍA PARA SU ASIGNACIÓN | |
PUNTAJE TOTAL | 100 puntos | |
Importante | ||
Los factores de evaluación elaborados por el comité de selección deben ser objetivos y deben guardar vinculación, razonabilidad y proporcionalidad con el objeto de la contratación. Asimismo, estos no pueden calificar con puntaje el cumplimiento de los Términos de Referencia ni los requisitos de calificación. |
ITEM N° 02: SERVICIO DE BOLSA DE HORAS PARA PRUEBAS DE SOFTWARE
FACTOR DE EVALUACIÓN | PUNTAJE / METODOLOGÍA PARA SU ASIGNACIÓN |
A. | PRECIO |
Evaluación: Se evaluará considerando el precio ofertado por el postor. Acreditación: Se acreditará mediante el documento que contiene el precio de la oferta (Anexo N° 5) | La evaluación consistirá en otorgar el máximo a la oferta de precio más bajo y otorgar a las demás ofertas puntajes inversamente proporcionales a sus respectivos precios, según la siguiente fórmula: Pi = Om x PMP Oi i = Oferta Pi = Puntaje de la oferta a evaluar Oi = Precio i Om = Precio de la oferta más baja PMP = Puntaje máximo del precio 85 puntos |
FACTORES DE EVALUACIÓN | PUNTAJE / METODOLOGÍA PARA SU ASIGNACIÓN | |
B. | CERTIFICACIONES DEL POSTOR9 | |
B.1. CERTIFICACIÓN EN ISO 9001:2008 Criterio: Se calificará al postor que cuente con la Certificación en ISO 9001:2008 – Sistema de Gestión de Calidad con mención al servicio de aseguramiento de la calidad de los desarrollos de aplicaciones de Software o aseguramiento de la calidad de mantenimientos de aplicaciones de Software o servicio de testing de aplicativos de software. Acreditación: La acreditación se realizará mediante copia simple de la certificación vigente correspondiente. B.1. CERTIFICACIÓN EN EL MODELO CMMI Criterio: Se calificará al postor que acredite que sus procesos de control de calidad de software cumplen con los requisitos de madurez del modelo CMMI realizada por la institución autorizada. La certificación CMMI deberá estar vigente. Acreditación: La acreditación se realizará mediante copia simple de la certificación correspondiente emitida por la institución | Cuenta con Certificación ISO 9001:2008 5 puntos Certificación CMMI nivel 2 o superior 5 puntos |
9 En caso que el postor se presente en consorcio, para obtener el puntaje respectivo, todos sus integrantes deben acreditar que cuentan con las certificaciones vigentes con el alcance requerido, siempre que, de acuerdo con la promesa de consorcio, se hubieran comprometido a ejecutar obligaciones vinculadas directamente al objeto de la convocatoria.
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FACTORES DE EVALUACIÓN | PUNTAJE / METODOLOGÍA PARA SU ASIGNACIÓN | ||
autorizada. NOTA: el puntaje no es acumulable, en tal sentido, para obtener el máximo puntaje (5 puntos) bastará con que el postor presente alguna de las dos certificaciones vigentes. Consecuentemente, quienes se presenten a ambas certificaciones obtendrán únicamente 5 puntos | |||
C. | MEJORAS A LOS TÉRMINOS DE REFERENCIA | ||
Criterio: Se otorgará puntaje a las propuestas que oferten horas de pruebas no funcionales (performance, seguridad, pruebas de stress) para el presente servicio, las mismas que deberán ser brindadas durante el plazo de prestación del servicio. Acreditación: Se acreditará mediante la presentación de una declaración jurada Se deberá indicar la cantidad de horas (números enteros), caso contrario no se tomará en cuenta para evaluación. | De 100 horas a más 10 puntos De 75 horas hasta 99 horas: 7.5 puntos De 50 horas hasta 74 horas: 5 puntos Hasta 49 horas: 2.5 puntos | ||
PUNTAJE TOTAL | 100 puntos10 |
Importante |
Los factores de evaluación elaborados por el comité de selección deben ser objetivos y deben guardar vinculación, razonabilidad y proporcionalidad con el objeto de la contratación. Asimismo, estos no pueden calificar con puntaje el cumplimiento de los Términos de Referencia ni los requisitos de calificación. |
10 Es la suma de los puntajes de todos los factores de evaluación.
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CAPÍTULO V PROFORMA DEL CONTRATO
ITEM N° 01: SERVICIO DE BOLSA DE HORAS PARA FÁBRICA DE SOFTWARE
Conste por el presente documento, la contratación del servicio de bolsa de horas para fábrica de software, que celebra de una parte [CONSIGNAR EL NOMBRE DE LA ENTIDAD], en adelante LA ENTIDAD, con RUC Nº [………], con domicilio legal en [………], representada por [… ],
identificado con DNI Nº [………], y de otra parte [……………….....................], con RUC Nº [................], con domicilio legal en [……………….....................], inscrita en la Ficha N° [……………….........] Asiento N° [… ] del Registro de Personas Jurídicas de la ciudad de
[………………], debidamente representado por su Representante Legal, [……………….....................], con DNI N° [………………..], según poder inscrito en la Ficha N° […………..], Asiento N° […………] del Registro de Personas Jurídicas de la ciudad de [… ],
a quien en adelante se le denominará EL CONTRATISTA en los términos y condiciones siguientes:
CLÁUSULA PRIMERA: ANTECEDENTES
Con fecha [………………..], el comité de selección adjudicó la buena pro del CONCURSO PÚBLICO Nº 015/2016-SBS (ITEM N° 1) para la contratación del servicio de bolsa de horas para fábrica de software, a [INDICAR NOMBRE DEL GANADOR DE LA BUENA PRO], cuyos detalles e importe constan en los documentos integrantes del presente contrato.
CLÁUSULA SEGUNDA: OBJETO
El presente contrato tiene por objeto el servicio de bolsa de horas para fábrica de software.
CLÁUSULA TERCERA: MONTO CONTRACTUAL
El monto total del presente contrato asciende a [CONSIGNAR MONEDA Y MONTO], que incluye todos los impuestos xx Xxx.
Este monto comprende el costo del servicio, todos los tributos, seguros, transporte, inspecciones, pruebas y, de ser el caso, los costos laborales conforme la legislación vigente, así como cualquier otro concepto que pueda tener incidencia sobre la ejecución del servicio materia del presente contrato.
CLÁUSULA CUARTA: DEL PAGO
LA ENTIDAD se obliga a pagar la contraprestación a EL CONTRATISTA en Soles, trimestralmente, luego de la recepción formal y completa de la documentación correspondiente, según lo establecido en el artículo 149 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.
Para tal efecto, el responsable de otorgar la conformidad de la prestación deberá hacerlo en un plazo que no excederá de los diez (10) días de producida la recepción.
LA ENTIDAD debe efectuar el pago dentro de los quince (15) días calendario siguiente a la conformidad de los servicios, siempre que se verifiquen las condiciones establecidas en el contrato para ello.
En caso de retraso en el pago por parte de LA ENTIDAD, salvo que se deba a caso fortuito o fuerza mayor, EL CONTRATISTA tendrá derecho al pago de intereses legales conforme a lo establecido en el artículo 39 de la Ley de Contrataciones del Estado y en el artículo 149 de su Reglamento, los que se computan desde la oportunidad en que el pago debió efectuarse.
CLÁUSULA QUINTA: DEL PLAZO DE LA EJECUCIÓN DE LA PRESTACIÓN
El plazo de ejecución del presente contrato es de [… ] días calendario o hasta agotar la bolsa
de horas contratada, contados a partir de lo señalado en la comunicación de la Gerencia de Tecnologías de la Información o hasta agotar las horas contratadas, dicha comunicación se realizará en un plazo máximo de 20 días calendarios contados a partir del día siguiente de suscrito el contrato.
CLÁUSULA SEXTA: PARTES INTEGRANTES DEL CONTRATO
El presente contrato está conformado por las bases integradas, la oferta ganadora, así como los
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documentos derivados del procedimiento de selección que establezcan obligaciones para las partes.
CLÁUSULA SÉTIMA: GARANTÍA
EL CONTRATISTA entregó al perfeccionamiento del contrato la respectiva garantía incondicional, solidaria, irrevocable, y de realización automática en el país al solo requerimiento, a favor de LA ENTIDAD, por los conceptos, montos y vigencias siguientes:
De fiel cumplimiento del contrato11: [CONSIGNAR EL MONTO], a través de la carta fianza N° [INDICAR NÚMERO DEL DOCUMENTO] emitida por [SEÑALAR EMPRESA QUE LA
EMITE]. Monto que es equivalente al diez por ciento (10%) del monto del contrato original, la misma que debe mantenerse vigente hasta la conformidad de la recepción de la prestación.
CLÁUSULA OCTAVA: EJECUCIÓN DE GARANTÍA POR FALTA DE RENOVACIÓN
LA ENTIDAD puede solicitar la ejecución de la garantía cuando EL CONTRATISTA no la hubiere renovado antes de la fecha de su vencimiento, conforme a lo dispuesto por el artículo 131 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.
XXXXXXXX XXXXXX: CONFIDENCIALIDAD
Debido a la prestación materia del presente contrato, las partes convienen en calificar como confidencial a toda la información obtenida, así como los informes y toda clase de documentos que produzca o tenga a su alcance EL CONTRATISTA para la ejecución del presente contrato, no pudiendo divulgarlos sin autorización expresa de LA SUPERINTENDENCIA. Esta obligación subsistirá para EL CONTRATISTA aún después de concluida la vigencia del presente contrato.
En este sentido, por medio del presente EL CONTRATISTA se obliga a cumplir con el deber de reserva, respecto a toda información a la que pueda acceder, conocer o tener a su alcance, en cumplimiento de sus obligaciones mientras se encuentre prestando sus servicios para LA SUPERINTENDENCIA, y aún después de la conclusión del presente contrato, bajo responsabilidad.
Se entenderá por “Información Confidencial” a toda información de tipo económica, financiera, legal, contable, técnica, comercial, estratégica o de otro tipo, que sea revelada por LA SUPERINTENDENCIA a EL CONTRATISTA, en forma oral, escrita, o por cualquier otro medio o soporte para la realización del trabajo encargado; así como cualquier análisis, recopilación, estudio, resumen, extracto o documentación de todo tipo que elabore o formule EL CONTRATISTA a partir de la Información Confidencial o documentación revelada por LA SUPERINTENDENCIA.
La Información Confidencial no será revelada en ningún caso y bajo ningún motivo por EL CONTRATISTA, sin el consentimiento previo y por escrito de LA SUPERINTENDENCIA. En este sentido, EL CONTRATISTA se compromete a limitar el acceso a la Información Confidencial de forma tal que sólo sea accesible a aquellas personas que necesariamente deban involucrarse en las conversaciones, tratativas y/o acuerdos mantenidos con LA SUPERINTENDENCIA.
Asimismo, EL CONTRATISTA se obliga a adoptar todas las medidas necesarias para que sus empleados, subordinados, dependientes, asesores y/o colaboradores u otros, que se vean involucrados en la ejecución de la prestación materia del presente contrato, observen la reserva y confidencialidad a que se refiere este acuerdo respecto de la Información Confidencial, siendo EL CONTRATISTA el único responsable por ello.
El incumplimiento de este deber de confidencialidad por parte de EL CONTRATISTA, constituye causal de resolución del presente contrato, y asimismo, dará lugar a la indemnización por daños y perjuicios que le corresponda a LA SUPERINTENDENCIA conforme x xxx.
Por tanto, EL CONTRATISTA se compromete a no divulgar, ni transferir a terceros, la información a la que pudiera tener acceso él o su personal; de ser el caso, EL CONTRATISTA responderá legalmente por los daños y perjuicios causados, para este efecto, se suscribe el acuerdo de
11 En aplicación de lo dispuesto en el artículo 126 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, la garantía de fiel cumplimiento debe ser emitida por una suma equivalente al diez por ciento (10%) del monto del contrato original y mantenerse vigente hasta la conformidad de la recepción de la prestación a cargo del contratista.
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confidencialidad anexo al presente.
CLAUSULA DÉCIMA: CESIÓN DE DERECHOS
Los títulos de propiedad, derechos de autor y de creación, y todo tipo de derechos sobre bienes tangibles e intangibles producidos como consecuencia de la ejecución del presente Contrato, son transferidos a LA SUPERINTENDENCIA en forma exclusiva y sin costo adicional alguno, pudiendo LA SUPERINTENDENCIA beneficiarse con sus usos en otras actividades en razón a la naturaleza de funciones que realiza, los mismos que en caso de culminación o resolución del presente contrato, deberán permanecer en poder de LA SUPERINTENDENCIA, sean en medios impresos o magnéticos. EL CONTRATISTA deberá entregar a LA SUPERINTENDENCIA todo lo generado y recibido como consecuencia de la ejecución del presente Contrato, en medios impresos y magnéticos bajo responsabilidad, en atención a la transferencia arriba enunciada.
En este sentido, por medio del presente EL CONTRATISTA en su calidad de autor y titular originario cede a favor de LA SUPERINTENDENCIA a título exclusivo y gratuito, todos los derechos de autor y de propiedad intelectual que correspondan y pudieran corresponder, presentes y futuros, de manera exclusiva, ilimitada, indeterminada, a nivel nacional e internacional, respecto del programa de computador (software), elaborado como consecuencia de la ejecución del presente Contrato, para los fines que LA SUPERINTENDENCIA considere pertinentes. Queda expresamente establecido que la cesión es total y absoluta, englobando la documentación técnica así como todos los manuales de uso u otros que le pudieran corresponder al mencionado programa de computador (software). Al respecto, se suscribe el acuerdo de cesión de derechos de autor y de propiedad intelectual anexo al presente.
CLÁUSULA UNDÉCIMA: CONFORMIDAD DE LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO
La conformidad de la prestación del servicio se regula por lo dispuesto en el artículo 143 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado. La conformidad será otorgada por la Gerencia de Tecnologías de Información.
De existir observaciones, LA ENTIDAD debe comunicar las mismas a EL CONTRATISTA, indicando claramente el sentido de estas, otorgándole un plazo para subsanar no menor de dos
(2) ni mayor xx xxxx (10) días, dependiendo de la complejidad. Si pese al plazo otorgado, EL CONTRATISTA no cumpliese a cabalidad con la subsanación, LA ENTIDAD puede resolver el contrato, sin perjuicio de aplicar las penalidades que correspondan, desde el vencimiento del plazo para subsanar.
Este procedimiento no resulta aplicable cuando los servicios manifiestamente no cumplan con las características y condiciones ofrecidas, en cuyo caso LA ENTIDAD no otorga la conformidad, según corresponda, debiendo considerarse como no ejecutada la prestación, aplicándose las penalidades respectivas.
CLÁUSULA DUODÉCIMA: RESPONSABILIDAD POR LA CALIDAD OFRECIDA Y POR VICIOS OCULTOS
La conformidad del servicio por parte de LA ENTIDAD no enerva su derecho a reclamar posteriormente por defectos o vicios ocultos, conforme a lo dispuesto por los artículos 40 de la Ley de Contrataciones del Estado y 146 de su Reglamento.
El plazo máximo de responsabilidad del contratista es de 1 año contado a partir de la conformidad otorgada por LA ENTIDAD.
CLÁUSULA DÉCIMO TERCERA: DECLARACIÓN JURADA DEL CONTRATISTA
EL CONTRATISTA declara bajo juramento que se compromete a cumplir las obligaciones derivadas del presente contrato, bajo sanción de quedar inhabilitado para contratar con el Estado en caso de incumplimiento.
CLÁUSULA DÉCIMO CUARTA: RESPONSABILIDAD POR LA CALIDAD OFRECIDA Y POR VICIOS OCULTOS
La conformidad del servicio por parte de LA ENTIDAD no enerva su derecho a reclamar posteriormente por defectos o vicios ocultos, conforme a lo dispuesto por los artículos 40 de la Ley de Contrataciones del Estado y 146 de su Reglamento.
El plazo máximo de responsabilidad del contratista es de 1 año contado a partir de la conformidad otorgada por LA ENTIDAD.
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CLÁUSULA DÉCIMO QUINTA: PENALIDADES
Si EL CONTRATISTA incurre en retraso injustificado en la ejecución de las prestaciones objeto del contrato, LA ENTIDAD le aplica automáticamente una penalidad por xxxx por cada día de atraso, de acuerdo a la siguiente fórmula:
Penalidad Diaria = | 0.10 x Monto |
F x Plazo en días |
Donde:
F = 0.25 para plazos mayores a sesenta (60) días o;
F = 0.40 para plazos menores o iguales a sesenta (60) días.
Tanto el monto como el plazo se refieren, según corresponda, al contrato vigente o ítem que debió ejecutarse o en caso que estos involucraran obligaciones de ejecución periódica, a la prestación parcial que fuera materia de retraso.
Se considera justificado el retraso, cuando EL CONTRATISTA acredite, de modo objetivamente sustentado, que el mayor tiempo transcurrido no le resulta imputable. Esta calificación del retraso como justificado no da lugar al pago de gastos generales de ningún tipo, conforme el artículo 133 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.
Estas penalidades se deducen de los pagos a cuenta o del pago final, según corresponda; o si fuera necesario, se cobra del monto resultante de la ejecución de la garantía de fiel cumplimiento.
Estos dos tipos de penalidades pueden alcanzar cada una un monto máximo equivalente al diez por ciento (10%) del monto del contrato vigente, o de ser el caso, del ítem que debió ejecutarse.
Cuando se llegue a cubrir el monto máximo de la penalidad por xxxx o el monto máximo para otras penalidades, de ser el caso, LA ENTIDAD puede resolver el contrato por incumplimiento.
CLÁUSULA DÉCIMO SEXTA: DEL COMPROMISO Y CUMPLIMIENTO DE LA SEGURIDAD Y DE LA SALUD EN EL TRABAJO
EL CONTRATISTA se obliga a cumplir las normas vigentes y complementarias en materia de seguridad y salud en el trabajo, así como las clausulas adjuntas en el Anexo al presente contrato; siendo el incumplimiento de dichas obligaciones causal de resolución contractual, de conformidad con el artículo 167 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.
CLÁUSULA DÉCIMO SÉTIMA: RESOLUCIÓN DEL CONTRATO
Cualquiera de las partes puede resolver el contrato, de conformidad con los artículos 32, inciso c), y 36 de la Ley de Contrataciones del Estado, y el artículo 135 de su Reglamento. De darse el caso, LA ENTIDAD procederá de acuerdo a lo establecido en el artículo 136 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.
CLÁUSULA DÉCIMO OCTAVA: RESPONSABILIDAD DE LAS PARTES
Cuando se resuelva el contrato por causas imputables a algunas de las partes, se debe resarcir los daños y perjuicios ocasionados, a través de la indemnización correspondiente. Ello no obsta la aplicación de las sanciones administrativas, penales y pecuniarias a que dicho incumplimiento diere lugar, en el caso que éstas correspondan.
Lo señalado precedentemente no exime a ninguna de las partes del cumplimiento de las demás obligaciones previstas en el presente contrato.
CLÁUSULA DÉCIMO NOVENA: MARCO LEGAL DEL CONTRATO
Sólo en lo no previsto en este contrato, en la Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento, en las directivas que emita el OSCE y demás normativa especial que resulte aplicable, serán de aplicación supletoria las disposiciones pertinentes del Código Civil vigente, cuando corresponda, y demás normas de derecho privado.
CLÁUSULA VIGÉSIMA: SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS
Cualquiera de las partes tiene derecho a iniciar el arbitraje a fin de resolver dichas controversias dentro del plazo de caducidad previsto en los artículos 122, 137, 140, 143, 146, 147 y 149 del
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Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado o, en su defecto, en el inciso 45.2 del artículo 45 de la Ley de Contrataciones del Estado. El arbitraje será de tipo Institucional a cargo de los Órganos del Sistema Nacional de Arbitraje del OSCE ante un árbitro único.
Facultativamente, cualquiera de las partes tiene el derecho a solicitar una conciliación dentro del plazo de caducidad correspondiente, según lo señalado en el artículo 183 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, sin perjuicio de recurrir al arbitraje, en caso no se llegue a un acuerdo entre ambas partes o se llegue a un acuerdo parcial. Las controversias sobre nulidad del contrato solo pueden ser sometidas a arbitraje.
El Laudo arbitral emitido es inapelable, definitivo y obligatorio para las partes desde el momento de su notificación, según lo previsto en el inciso 45.9 del 45 de la Ley de Contrataciones del Estado.
CLÁUSULA VIGÉSIMO PRIMERA: DEL PROVEEDOR PERSONA NATURAL[1]
EL CONTRATISTA autoriza y otorga a LA SUPERINTENDENCIA, por tiempo indefinido, su consentimiento libre, previo, expreso, inequívoco e informado, para que pueda tratar por sí mismo o través de terceros, sus datos personales tanto recopilados como generados en el marco del presente contrato/orden de compra/orden de servicio (los que podrían contener datos sensibles), pudiendo incluso incorporarlos a Bancos de Datos Personales de titularidad y responsabilidad de LA SUPERINTENDENCIA, con la finalidad de:
a) Efectuar comunicaciones o notificaciones, así como realizar cualquier actividad relacionada al cumplimiento y/o ejecución del presente contrato/orden de compra/orden de servicio.
b) Contactarlo o remitirle información para futuros estudios xx xxxxxxx o necesidades de bienes y/o servicios de la Institución.
c) Obtener información estadística y/o histórica para SBS, así como para revelar, transmitir y/o transferir sus datos personales a entidades públicas y administrativas, cuando estos le sean solicitados o requeridos a LA SUPERINTENDENCIA, en ejercicio de sus funciones legales o por orden judicial.
EL CONTRATISTA declara conocer y autorizar a que LA SUPERINTENDENCIA pueda compartir, proporcionar, usar, almacenar y/o transferir los datos personales de EL CONTRATISTA a terceras personas, con el objeto de realizar actividades relacionadas a las finalidades antes descritas, con estricta sujeción y observancia a lo establecido en la Ley 29733, su Reglamento, Directiva de Seguridad de la Información y demás normas conexas, complementarias, modificatorias y/o sustitutorias.
EL CONTRATISTA declara haber sido informado que podrá revocar su consentimiento así como ejercer en cualquier momento sus derechos de información, acceso, rectificación, cancelación y oposición de sus datos, conforme a lo dispuesto por la Ley de Protección de Datos Personales vigente, su Reglamento[2]. Para ello EL CONTRATISTA comunicará su revocatoria o efectuará su solicitud por escrito en mesa de partes de nuestras oficinas ubicadas en Xxxxx Xxx xx Xxxx Xx 0000 Xxx Xxxxxx. La revocatoria del consentimiento no afecta el uso de los datos personales ni del contenido de los Bancos de Datos Personales cuando estos sean tratados específicamente para el cumplimiento del presente contrato/orden de compra/ orden de servicio.
CLÁUSULA VIGÉSIMO SEGUNDA: DEL CUMPLIMIENTO DE LA LEY (LPDP)
LA SUPERINTENDENCIA y EL CONTRATISTA, declaran que se someten a las disposiciones previstas por la Ley de Protección de Datos Personales, su reglamento, directiva y demás normas conexas, complementarias, modificatorias y/o sustitutorias.
LA SUPERINTENDENCIA y EL CONTRATISTA declaran que los datos personales que se proporcionen entre sí, así como aquellos generados o recopilados en el marco del presente contrato / orden de compra/orden de servicio serán tratados en forma confidencial y estarán sujetos a estrictas medidas de seguridad, conforme lo dispone la Ley de Protección de Datos
[1] Solo aplica para obtener consentimiento de Personas Naturales. Incluye personas naturales con negocio. No es aplicable a las Personas Jurídicas.
[2] Para revocar su consentimiento, tomar en cuenta el numeral 13.7 del artículo 13 de la Ley 29733 Ley de Protección de Datos Personales y los artículos 12 y 16 del Decreto Supremo N° 003-2013-JUS, Reglamento de la Ley de Protección de Datos Personales. Para el ejercicio de los derechos de información, acceso, rectificación, cancelación y oposición, se deberá tomar en cuenta el Título III de la Ley 29733, Ley de Protección de Datos Personales así como el Título IV del Decreto Supremo N° 003-2013-JUS, Reglamento de la Ley de Protección de Datos Personales.
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Personales su reglamento Directiva y demás normas conexas, complementarias, modificatorias y/o sustitutorias.
EL CONTRATISTA en caso corresponda, acepta y reconoce la responsabilidad de sus trabajadores y cualquier personal a su cargo, de mantener permanentemente una absoluta y total reserva y confidencialidad respecto de los datos personales a que tengan acceso en el marco del presente contrato/orden de compra/orden de servicio , la que subsistirá en forma permanente e indefinida.
CLÁUSULA VIGÉSIMO TERCERA: DEL ENCARGO DEL TRATAMIENTO
El CONTRATISTA podrá proporcionar datos personales de sus colaboradores, clientes o terceros a LA SUPERINTENDENCIA, para su tratamiento, así como generarlos o recopilados cuando estos resulten necesarios en el marco del presente contrato/orden de compra/orden de servicio, sin que ello implique de modo alguno la transferencia de los mismos, debiendo LA SUPERINTENDENCIA asumir en dicho casos, la condición de encargado del tratamiento. De igual modo, en caso LA SUPERINTENDENCIA proporcione a EL CONTRATISTA datos personales de sus colaboradores, clientes o terceros o éste último deba recopilarlos o generarlos, en el marco del cumplimiento del presente contrato/orden de compra/orden de servicio, ello no implicará de modo alguno la transferencia de los mismos, debiendo EL CONTRATISTA asumir en dicho casos, la condición de encargado del tratamiento
EL CONTRATISTA y/o LA SUPERINTENDENCIA declaran conocer que asumen la condición de encargados del tratamiento cuando corresponda y por tanto se comprometen a no utilizar o tratar los datos personales proporcionados, generados o recopilados con una finalidad distinta a aquella por la que le fueron entregados o por la que son generados o recopilados así como a no transferirlos o divulgarlos a terceros , con excepción de entidades públicas, cuando estas lo soliciten en el marco del cumplimiento de sus funciones debidamente sustentadas o el poder judicial cuando sea solicitado mediante la orden judicial correspondiente, debiendo notificar de ello a la otra parte, según corresponda, dentro de las 24 horas de recibido el requerimiento. Asimismo EL CONTRATISTA y/o LA SUPERINTENDENCIA se comprometen a que los datos personales proporcionados entre sí, serán tratados en forma confidencial y estarán sujetos a estrictas medidas de seguridad, conforme lo dispone la Ley de Protección de Datos Personales su reglamento, directiva y demás normas conexas, complementarias, modificatorias y/o sustitutorias.
En caso LA SUPERINTENDENCIA y/o EL CONTRATISTA asuman la condición de encargados del tratamiento de los datos personales que se pudieran proporcionar entre sí, se comprometen a conservarlos por el plazo de 02 años contados desde la culminación de la finalidad del presente contrato/orden de compra/orden de servicio, debiendo una vez vencido dicho plazo, destruir los datos que se encuentren en su poder o en el de sus colaboradores, en un plazo no mayor a cinco
(5) días hábiles.
EL CONTRATISTA y/o LA SUPERINTENDENCIA en caso corresponda, reconocen que podrán en cualquier momento, auditar uno al otro las medidas aplicadas, en cumplimiento de la Ley de Protección de Datos, su reglamento, y demás normas conexas. De comprobar LA SUPERINTENDENCIA el incumplimiento de esta cláusula, podrá resolver /dejar sin efecto de pleno derecho el presente contrato/orden de compra/orden de servicio e interponer las acciones legales a que hubiera lugar.
CLÁUSULA VIGÉSIMO CUARTA: DE LA TRANSFERENCIA DE DATOS PERSONALES
EL CONTRATISTA declara que cuenta con el consentimiento libre, voluntario, previo, expreso, informado e inequívoco de los titulares de los datos personales de sus colaboradores, clientes o de terceros que como parte del cumplimiento del presente contrato / orden de compra/orden de servicio, hubiera entregado o pudiera entregar a LA SUPERINTENDENCIA mediante transferencia de datos.
El Laudo arbitral emitido es inapelable, definitivo y obligatorio para las partes desde el momento de su notificación, según lo previsto en el inciso 45.9 del artículo 45 de la Ley de Contrataciones del Estado.
CLÁUSULA VIGÉSIMO QUINTA: FACULTAD DE ELEVAR A ESCRITURA PÚBLICA
Cualquiera de las partes puede elevar el presente contrato a Escritura Pública corriendo con todos los gastos que demande esta formalidad.
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CLÁUSULA VIGÉSIMO SEXTA: DOMICILIO PARA EFECTOS DE LA EJECUCIÓN CONTRACTUAL
Las partes declaran el siguiente domicilio para efecto de las notificaciones que se realicen durante la ejecución del presente contrato:
DOMICILIO DE LA ENTIDAD: [. ]
DOMICILIO DEL CONTRATISTA: [CONSIGNAR EL DOMICILIO SEÑALADO POR EL POSTOR GANADOR DE LA BUENA PRO AL PRESENTAR LOS REQUISITOS PARA EL PERFECCIONAMIENTO DEL CONTRATO]
La variación del domicilio aquí declarado de alguna de las partes debe ser comunicada a la otra parte, formalmente y por escrito, con una anticipación no menor de quince (15) días calendario.
De acuerdo con las bases integradas, la oferta y las disposiciones del presente contrato, las partes lo firman por duplicado en señal de conformidad en la ciudad de [................] al [CONSIGNAR FECHA].
“LA ENTIDAD” | “EL CONTRATISTA” |
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CLAUSULAS CONTRACTUALES REFERIDAS AL COMPROMISO Y CUMPLIMIENTO DE LA SEGURIDAD Y LA SALUD EN EL TRABAJO
1. Política de Seguridad
Es política de la Superintendencia, garantizar la seguridad y la salud en el trabajo de sus trabajadores, contratistas y de terceras personas que se encuentren dentro de los locales de la institución.
La Superintendencia fomenta una cultura de prevención y mitigación de riesgos, a través de un adecuado sistema de gestión de la seguridad y salud en el trabajo, en concordancia con la normatividad pertinente, compromiso que debe asumir el Contratista, como responsable de la prevención de accidentes y enfermedades profesionales en cada una de las áreas donde ejecuten sus prestaciones.
2. Obligaciones del Contratista
Por medio del presente, el contratista se obliga a lo siguiente:
2.1. Asignar a la SBS personal que posea las habilidades y los conocimientos suficientes, adquiridos a través de los programas de capacitación y la propia experiencia acumulada a través de los años.
2.2. Capacitar adecuadamente a su personal respecto de los riesgos a los que está expuesto en función a las características de las labores o actividades que desarrolla y el cargo que ocupa.
2.3. Evaluación de los riesgos de las actividades que efectuará su personal, adoptando las medidas necesarias de control antes del inicio de las actividades.
2.4. Contar con las licencias y/o las certificaciones nacionales y/o extranjeras que sean requeridas y/o necesarias de acuerdo con la normativa vigente, según sea el trabajo o actividad a realizar.
2.5. Prevenir el impacto que sobre el medio ambiente tenga el manejo y la manipulación de residuos, materiales, insumos o sustancias químicas que sean utilizados y/o desechados en las actividades que son materia del presente contrato.
2.6. Cumplir con las reglas de conducta y de seguridad interna que disponga la Superintendencia.
2.7. Dar cumplimiento a las normatividad vigente sobre Seguridad y Salud en el trabajo, que a modo de referencia se mencionan las siguientes:
- Ley N° 29783 y sus modificatorias, Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo.
- Decreto Supremo N° 005-2012-TR y sus modificatorias, Reglamento de la Ley N° 29783.
- Ley N° 28048. Ley de protección de la mujer gestante.
- Ley N° 27626, De las empresas especiales de servicios y cooperativas de trabajadores.
- Decreto Supremo N° 009-2004-TR, Reglamento de la Ley N° 28048.
- Resolución Ministerial N° 374-2008-TR, De protección de la mujer gestante.
- Decreto Supremo N° 042-F, Reglamento de Seguridad Industrial.
- Resolución Ministerial N° 480-2008/MINSA, que aprueba la NTS N° 068- MINSA/DGSP-V.1.
- Decreto Supremo N° 003-98-SA, Norma Técnica del Seguro Complementario de Trabajo de Riesgo.
- Decreto Supremo N° 015-2005-SA, Valores permisibles para agentes químicos en el ambiente de trabajo.
- Decreto Supremo N° 022-2001-SA, Reglamento sanitario para las actividades de saneamiento ambiental.
- Decreto Supremo N° 011-2006-Vivienda y sus modificaciones. Reglamento Nacional de Edificaciones.
- Resolución Ministerial N° 449-2001-SA-DM, Xxxxx Xxxxxxxxx para trabajos de desinfección, desinsectación, desratización, limpieza de ambientes, de tanques sépticos, etc.
- Resolución Ministerial N° 037-2006-MEM, Código Nacional de Electricidad.
- Resolución Ministerial N° 111- 2013 Reglamento de Seguridad y Salud en el Trabajo de las Actividades Eléctricas
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- NTP 400.034, Andamios. Requisitos.
- Xxxxx X.050, Seguridad durante la Construcción.
La relación de normas nacionales descritas anteriormente, es solo referencial y no exime al contratista del cumplimiento de toda la normatividad que le sea aplicable en materia de seguridad y salud, así como todas aquellas normas y lineamientos internos que la Superintendencia ponga en su conocimiento.
2.8. Conocer y difundir a su personal, el Reglamento Interno de Seguridad y Salud en el Trabajo de la Superintendencia, así como todas las medidas para el cuidado de la seguridad y salud en el trabajo dispuestas por esta.
2.9. Contar con los implementos de seguridad adecuados para el tipo de trabajo que se va a realizar.
2.10. Proporcionar a su personal, los equipos de protección y la ropa de trabajo que sea la adecuada para resguardarlo de los potenciales daños por efectos mecánicos, contaminantes, químicos y biológicos, ambientales y/o meteorológicos. De igual forma, deberá controlar el correcto uso de estos elementos así como su calidad.
2.11. Suministrar todos los equipos y herramientas que su personal requiera para el desarrollo y ejecución adecuada de los trabajos o actividades contratados, los mismos que deberán ser de óptima calidad, de características adecuadas para su uso y encontrarse en buen estado. Cualquier situación que afecte el funcionamiento y la calidad de estos, deberá ser reemplazado y debe ser puesto en conocimiento inmediato del personal de la Superintendencia.
3. Facultades de la Superintendencia
La Superintendencia se reserva el derecho de supervisar en cualquier momento los equipos, elementos, sitios de trabajo, personal y documentos que sean necesarios para evaluar el cumplimiento y aplicación de las normas de Seguridad y Salud en el trabajo.
La Superintendencia se reserva el derecho de impedir las labores o actividades del personal del contratista que incumpla los citados procedimientos y normas. En caso esta situación se torne persistente y/o generalizada, la Superintendencia queda facultada a paralizar los trabajos y resolver el contrato sin lugar a reclamo por parte del contratista.
La Superintendencia se reserva el derecho de comunicar a la Autoridad de Trabajo cualquier incumplimiento por parte del contratista relacionado con las Normas de Seguridad y Salud en el Trabajo materia del presente contrato.
El contratista tiene el deber de dar estricto cumplimiento de las normas y disposiciones sobre seguridad y salud en el trabajo.
El incumplimiento de estas obligaciones es causal de resolución de contrato. La SBS se reserva el derecho de solicitar la acreditación sobre el cumplimiento de dichas obligaciones durante la ejecución contractual.
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ACUERDO DE CONFIDENCIALIDAD
El que suscribe..........................................................., con (documento de identidad)
N°.............................., Representante Legal de la Empresa..............................................., con RUC.
N°..............................., y con Domicilio Legal en , declara
aceptar lo siguiente:
3. EL CONTRATISTA está obligado a guardar reserva sobre cualquier información de LA SUPERINTENDENCIA a la que haya tenido acceso con ocasión de la ejecución del presente contrato, a no revelar ni permitir la revelación de cualquier detalle a los medios de prensa o a terceros, a no revelar que LA SUPERINTENDENCIA es cliente de EL CONTRATISTA en relación con la prestación, y a no usar el nombre de LA SUPERINTENDENCIA en cualquier promoción, publicidad o anuncio, sin previa autorización escrita de LA SUPERINTENDENCIA, a excepción de aquella información que LA SUPERINTENDENCIA o una autoridad judicial o arbitral lo autorice o disponga, o cuando se trate de información de dominio público. Esta obligación permanecerá vigente no obstante el vencimiento o la terminación del presente contrato, siendo su incumplimiento causal de resolución del presente contrato.
La confidencialidad de la información, a que se refiere el párrafo precedente, alcanza a todo el personal y subcontratistas de EL CONTRATISTA, debiendo así constar en los correspondientes contratos que con éstos se celebren.
4. EL CONTRATISTA declara expresamente que constituye causal de resolución del presente contrato el incumplimiento del presente acuerdo de confidencialidad.
Lima,…………………………………….
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ACUERDO DE CESIÓN DE DERECHOS DE AUTOR Y DE PROPIEDAD INTELECTUAL
(Procedimiento de Selección )
El que suscribe............................................................, con (documento de identidad) N°.............................., que según poderes que constan inscritos en …………………. expresa que actúa con facultades suficientes como Representante Legal de la Empresa..............................................., con RUC. N°..............................., y con Domicilio Legal
en......................................................................., en adelante EL CONTRATISTA, declara aceptar lo
siguiente:
PRIMERO:
EL CONTRATISTA manifiesta que elaboró los programas de computador (software) como consecuencia de la ejecución del Contrato suscrito con la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones, en adelante LA SUPERINTENDENCIA, derivado del procedimiento de selección , y que por ello manifiesta que es el titular originario
de los derechos que recaen sobre el mencionado software.
SEGUNDO:
Por el presente documento EL CONTRATISTA cede a favor de LA SUPERINTENDENCIA a título exclusivo y gratuito, todos los derechos que correspondan y pudieran corresponder presentes y futuros, de manera exclusiva, ilimitada e indeterminada, sobre los programas de computador (software) referido en la cláusula anterior, elaborado como consecuencia de la ejecución del Contrato suscrito con LA SUPERINTENDENCIA, derivado del procedimiento de selección ,
para los fines que LA SUPERINTENDENCIA considere pertinentes. Dicha cesión es total y absoluta, y comprende la documentación técnica así como todos los manuales de uso u otros que le pudieran corresponder al mencionado programa de computador (software).
TERCERO:
EL CONTRATISTA declara que no existe acto o contrato que limite su libre disposición respecto de los programas de computador (software) que cede. Del mismo modo manifiesta que efectúa esta cesión con la más absoluta libertad.
CUARTO:
Los gastos correspondientes al registro y otros que pudiera ocasionar a futuro el presente acuerdo ante el Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual
– INDECOPI – serán de cargo de LA SUPERINTENDENCIA.
QUINTO:
El plazo de vigencia del presente acuerdo es ilimitado e indeterminado, y no posee restricciones de lugar, pudiendo ser utilizado dentro del territorio nacional, como en el extranjero.
SEXTO:
La cesión de derechos, a que se refiere el presente acuerdo, alcanza a todo el personal y subcontratistas de EL CONTRATISTA, debiendo así constar en los correspondientes contratos que con estos se celebren; siendo EL CONTRATISTA el único responsable por ello..
Lima,…………………………………….
Firma, Nombres y Apellidos del postor/ Razón Social de la empresa
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PROFORMA DE CONTRATO
ITEM N° 02: SERVICIO DE BOLSA DE HORAS PARA PRUEBAS DE SOFTWARE
Conste por el presente documento, la contratación del servicio de bolsa de horas para pruebas de software, que celebra de una parte [CONSIGNAR EL NOMBRE DE LA ENTIDAD], en adelante LA ENTIDAD, con RUC Nº [………], con domicilio legal en [………], representada por [… ],
identificado con DNI Nº [………], y de otra parte [……………….....................], con RUC Nº [................], con domicilio legal en [……………….....................], inscrita en la Ficha N° [……………….........] Asiento N° [… ] del Registro de Personas Jurídicas de la ciudad de
[………………], debidamente representado por su Representante Legal, [……………….....................], con DNI N° [………………..], según poder inscrito en la Ficha N° […………..], Asiento N° […………] del Registro de Personas Jurídicas de la ciudad de [… ],
a quien en adelante se le denominará EL CONTRATISTA en los términos y condiciones siguientes:
CLÁUSULA PRIMERA: ANTECEDENTES
Con fecha [………………..], el comité de selección adjudicó la buena pro del CONCURSO PÚBLICO Nº 015/2016-SBS (ITEM N° 2) para la contratación del servicio de bolsa de horas para pruebas de software, a [INDICAR NOMBRE DEL GANADOR DE LA BUENA PRO], cuyos detalles e importe constan en los documentos integrantes del presente contrato.
CLÁUSULA SEGUNDA: OBJETO
El presente contrato tiene por objeto el servicio de bolsa de horas para pruebas de software.
CLÁUSULA TERCERA: MONTO CONTRACTUAL
El monto total del presente contrato asciende a [CONSIGNAR MONEDA Y MONTO], que incluye todos los impuestos xx Xxx.
Este monto comprende el costo del servicio, todos los tributos, seguros, transporte, inspecciones, pruebas y, de ser el caso, los costos laborales conforme la legislación vigente, así como cualquier otro concepto que pueda tener incidencia sobre la ejecución del servicio materia del presente contrato.
CLÁUSULA CUARTA: DEL PAGO
LA ENTIDAD se obliga a pagar la contraprestación a EL CONTRATISTA en Soles, mensualmente por las horas utilizadas, luego de la recepción formal y completa de la documentación correspondiente, según lo establecido en el artículo 149 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.
Para tal efecto, el responsable de otorgar la conformidad de la prestación deberá hacerlo en un plazo que no excederá de los diez (10) días de producida la recepción.
LA ENTIDAD debe efectuar el pago dentro de los quince (15) días calendario siguiente a la conformidad de los servicios, siempre que se verifiquen las condiciones establecidas en el contrato para ello.
En caso de retraso en el pago por parte de LA ENTIDAD, salvo que se deba a caso fortuito o fuerza mayor, EL CONTRATISTA tendrá derecho al pago de intereses legales conforme a lo establecido en el artículo 39 de la Ley de Contrataciones del Estado y en el artículo 149 de su Reglamento, los que se computan desde la oportunidad en que el pago debió efectuarse.
CLÁUSULA QUINTA: DEL PLAZO DE LA EJECUCIÓN DE LA PRESTACIÓN
El plazo de ejecución del presente contrato es de [… ] días calendario, contados a partir de lo
señalado en la comunicación de la Gerencia de Tecnologías de la Información dicha comunicación se realizará en un plazo máximo de 20 días calendarios contados a partir del día siguiente de suscrito el contrato o hasta agotar las horas de prueba.
CLÁUSULA SEXTA: PARTES INTEGRANTES DEL CONTRATO
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Concurso Público N° 015/2016-SBS
El presente contrato está conformado por las bases integradas, la oferta ganadora, así como los documentos derivados del procedimiento de selección que establezcan obligaciones para las partes.
CLÁUSULA SÉTIMA: GARANTÍA
EL CONTRATISTA entregó al perfeccionamiento del contrato la respectiva garantía incondicional, solidaria, irrevocable, y de realización automática en el país al solo requerimiento, a favor de LA ENTIDAD, por los conceptos, montos y vigencias siguientes:
De fiel cumplimiento del contrato12: [CONSIGNAR EL MONTO], a través de la carta fianza N° [INDICAR NÚMERO DEL DOCUMENTO] emitida por [SEÑALAR EMPRESA QUE LA
EMITE]. Monto que es equivalente al diez por ciento (10%) del monto del contrato original, la misma que debe mantenerse vigente hasta la conformidad de la recepción de la prestación.
CLÁUSULA OCTAVA: EJECUCIÓN DE GARANTÍA POR FALTA DE RENOVACIÓN
LA ENTIDAD puede solicitar la ejecución de la garantía cuando EL CONTRATISTA no la hubiere renovado antes de la fecha de su vencimiento, conforme a lo dispuesto por el artículo 131 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.
CLÁUSULA DÉCIMA: CONFORMIDAD DE LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO
La conformidad de la prestación del servicio se regula por lo dispuesto en el artículo 143 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado. La conformidad será otorgada por la Gerencia de Tecnologías de Información.
De existir observaciones, LA ENTIDAD debe comunicar las mismas a EL CONTRATISTA, indicando claramente el sentido de estas, otorgándole un plazo para subsanar no menor de dos
(2) ni mayor xx xxxx (10) días, dependiendo de la complejidad. Si pese al plazo otorgado, EL CONTRATISTA no cumpliese a cabalidad con la subsanación, LA ENTIDAD puede resolver el contrato, sin perjuicio de aplicar las penalidades que correspondan, desde el vencimiento del plazo para subsanar.
Este procedimiento no resulta aplicable cuando los servicios manifiestamente no cumplan con las características y condiciones ofrecidas, en cuyo caso LA ENTIDAD no otorga la conformidad, según corresponda, debiendo considerarse como no ejecutada la prestación, aplicándose las penalidades respectivas.
CLÁUSULA UNDÉCIMA: DECLARACIÓN JURADA DEL CONTRATISTA
EL CONTRATISTA declara bajo juramento que se compromete a cumplir las obligaciones derivadas del presente contrato, bajo sanción de quedar inhabilitado para contratar con el Estado en caso de incumplimiento.
CLÁUSULA DUODÉCIMA: RESPONSABILIDAD POR LA CALIDAD OFRECIDA Y POR VICIOS OCULTOS
La conformidad del servicio por parte de LA ENTIDAD no enerva su derecho a reclamar posteriormente por defectos o vicios ocultos, conforme a lo dispuesto por los artículos 40 de la Ley de Contrataciones del Estado y 146 de su Reglamento.
El plazo máximo de responsabilidad del contratista es de 1 año contado a partir de la conformidad otorgada por LA ENTIDAD.
CLÁUSULA DÉCIMO TERCERA: DECLARACIÓN JURADA DEL CONTRATISTA
EL CONTRATISTA declara bajo juramento que se compromete a cumplir las obligaciones derivadas del presente contrato, bajo sanción de quedar inhabilitado para contratar con el Estado en caso de incumplimiento.
CLÁUSULA DÉCIMO CUARTA: RESPONSABILIDAD POR LA CALIDAD OFRECIDA Y POR VICIOS OCULTOS
La conformidad del servicio por parte de LA ENTIDAD no enerva su derecho a reclamar
12 En aplicación de lo dispuesto en el artículo 126 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, la garantía de fiel cumplimiento debe ser emitida por una suma equivalente al diez por ciento (10%) del monto del contrato original y mantenerse vigente hasta la conformidad de la recepción de la prestación a cargo del contratista.
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posteriormente por defectos o vicios ocultos, conforme a lo dispuesto por los artículos 40 de la Ley de Contrataciones del Estado y 146 de su Reglamento.
El plazo máximo de responsabilidad del contratista es de 1 año contado a partir de la conformidad otorgada por LA ENTIDAD.
CLÁUSULA DÉCIMO QUINTA: PENALIDADES
Si EL CONTRATISTA incurre en retraso injustificado en la ejecución de las prestaciones objeto del contrato, LA ENTIDAD le aplica automáticamente una penalidad por xxxx por cada día de atraso, de acuerdo a la siguiente fórmula:
Penalidad Diaria = | 0.10 x Monto |
F x Plazo en días |
Donde:
F = 0.25 para plazos mayores a sesenta (60) días o;
F = 0.40 para plazos menores o iguales a sesenta (60) días.
Tanto el monto como el plazo se refieren, según corresponda, al contrato vigente o ítem que debió ejecutarse o en caso que estos involucraran obligaciones de ejecución periódica, a la prestación parcial que fuera materia de retraso.
Se considera justificado el retraso, cuando EL CONTRATISTA acredite, de modo objetivamente sustentado, que el mayor tiempo transcurrido no le resulta imputable. Esta calificación del retraso como justificado no da lugar al pago de gastos generales de ningún tipo, conforme el artículo 133 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.
Estas penalidades se deducen de los pagos a cuenta o del pago final, según corresponda; o si fuera necesario, se cobra del monto resultante de la ejecución de la garantía de fiel cumplimiento.
Estos dos tipos de penalidades pueden alcanzar cada una un monto máximo equivalente al diez por ciento (10%) del monto del contrato vigente, o de ser el caso, del ítem que debió ejecutarse.
Cuando se llegue a cubrir el monto máximo de la penalidad por xxxx o el monto máximo para otras penalidades, de ser el caso, LA ENTIDAD puede resolver el contrato por incumplimiento.
CLÁUSULA DÉCIMO SEXTA: DEL COMPROMISO Y CUMPLIMIENTO DE LA SEGURIDAD Y DE LA SALUD EN EL TRABAJO
EL CONTRATISTA se obliga a cumplir las normas vigentes y complementarias en materia de seguridad y salud en el trabajo, así como las clausulas adjuntas en el Anexo al presente contrato; siendo el incumplimiento de dichas obligaciones causal de resolución contractual, de conformidad con el artículo 167 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.
CLÁUSULA DÉCIMO SÉTIMA: RESOLUCIÓN DEL CONTRATO
Cualquiera de las partes puede resolver el contrato, de conformidad con los artículos 32, inciso c), y 36 de la Ley de Contrataciones del Estado, y el artículo 135 de su Reglamento. De darse el caso, LA ENTIDAD procederá de acuerdo a lo establecido en el artículo 136 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.
CLÁUSULA DÉCIMO OCTAVA: RESPONSABILIDAD DE LAS PARTES
Cuando se resuelva el contrato por causas imputables a algunas de las partes, se debe resarcir los daños y perjuicios ocasionados, a través de la indemnización correspondiente. Ello no obsta la aplicación de las sanciones administrativas, penales y pecuniarias a que dicho incumplimiento diere lugar, en el caso que éstas correspondan.
Lo señalado precedentemente no exime a ninguna de las partes del cumplimiento de las demás obligaciones previstas en el presente contrato.
CLÁUSULA DÉCIMO NOVENA: MARCO LEGAL DEL CONTRATO
Sólo en lo no previsto en este contrato, en la Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento, en las directivas que emita el OSCE y demás normativa especial que resulte aplicable, serán de aplicación supletoria las disposiciones pertinentes del Código Civil vigente, cuando corresponda, y
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demás normas de derecho privado.
CLÁUSULA VIGÉSIMA: SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS
Cualquiera de las partes tiene derecho a iniciar el arbitraje a fin de resolver dichas controversias dentro del plazo de caducidad previsto en los artículos 122, 137, 140, 143, 146, 147 y 149 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado o, en su defecto, en el inciso 45.2 del artículo 45 de la Ley de Contrataciones del Estado. El arbitraje será de tipo Institucional a cargo de los Órganos del Sistema Nacional de Arbitraje del OSCE ante un árbitro único.
Facultativamente, cualquiera de las partes tiene el derecho a solicitar una conciliación dentro del plazo de caducidad correspondiente, según lo señalado en el artículo 183 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, sin perjuicio de recurrir al arbitraje, en caso no se llegue a un acuerdo entre ambas partes o se llegue a un acuerdo parcial. Las controversias sobre nulidad del contrato solo pueden ser sometidas a arbitraje.
El Laudo arbitral emitido es inapelable, definitivo y obligatorio para las partes desde el momento de su notificación, según lo previsto en el inciso 45.9 del 45 de la Ley de Contrataciones del Estado.
CLÁUSULA VIGÉSIMO PRIMERA: DEL PROVEEDOR PERSONA NATURAL[1]
EL CONTRATISTA autoriza y otorga a LA SUPERINTENDENCIA, por tiempo indefinido, su consentimiento libre, previo, expreso, inequívoco e informado, para que pueda tratar por sí mismo o través de terceros, sus datos personales tanto recopilados como generados en el marco del presente contrato/orden de compra/orden de servicio (los que podrían contener datos sensibles), pudiendo incluso incorporarlos a Bancos de Datos Personales de titularidad y responsabilidad de LA SUPERINTENDENCIA, con la finalidad de:
d) Efectuar comunicaciones o notificaciones, así como realizar cualquier actividad relacionada al cumplimiento y/o ejecución del presente contrato/orden de compra/orden de servicio.
e) Contactarlo o remitirle información para futuros estudios xx xxxxxxx o necesidades de bienes y/o servicios de la Institución.
f) Obtener información estadística y/o histórica para SBS, así como para revelar, transmitir y/o transferir sus datos personales a entidades públicas y administrativas, cuando estos le sean solicitados o requeridos a LA SUPERINTENDENCIA, en ejercicio de sus funciones legales o por orden judicial.
EL CONTRATISTA declara conocer y autorizar a que LA SUPERINTENDENCIA pueda compartir, proporcionar, usar, almacenar y/o transferir los datos personales de EL CONTRATISTA a terceras personas, con el objeto de realizar actividades relacionadas a las finalidades antes descritas, con estricta sujeción y observancia a lo establecido en la Ley 29733, su Reglamento, Directiva de Seguridad de la Información y demás normas conexas, complementarias, modificatorias y/o sustitutorias.
EL CONTRATISTA declara haber sido informado que podrá revocar su consentimiento así como ejercer en cualquier momento sus derechos de información, acceso, rectificación, cancelación y oposición de sus datos, conforme a lo dispuesto por la Ley de Protección de Datos Personales vigente, su Reglamento[2]. Para ello EL CONTRATISTA comunicará su revocatoria o efectuará su solicitud por escrito en mesa de partes de nuestras oficinas ubicadas en Xxxxx Xxx xx Xxxx Xx 0000 Xxx Xxxxxx. La revocatoria del consentimiento no afecta el uso de los datos personales ni del contenido de los Bancos de Datos Personales cuando estos sean tratados específicamente para el cumplimiento del presente contrato/orden de compra/ orden de servicio.
CLÁUSULA VIGÉSIMO SEGUNDA: DEL CUMPLIMIENTO DE LA LEY (LPDP)
[1] Solo aplica para obtener consentimiento de Personas Naturales. Incluye personas naturales con negocio. No es aplicable a las Personas Jurídicas.
[2] Para revocar su consentimiento, tomar en cuenta el numeral 13.7 del artículo 13 de la Ley 29733 Ley de Protección de Datos Personales y los artículos 12 y 16 del Decreto Supremo N° 003-2013-JUS, Reglamento de la Ley de Protección de Datos Personales. Para el ejercicio de los derechos de información, acceso, rectificación, cancelación y oposición, se deberá tomar en cuenta el Título III de la Ley 29733, Ley de Protección de Datos Personales así como el Título IV del Decreto Supremo N° 003-2013-JUS, Reglamento de la Ley de Protección de Datos Personales.
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LA SUPERINTENDENCIA y EL CONTRATISTA, declaran que se someten a las disposiciones previstas por la Ley de Protección de Datos Personales, su reglamento, directiva y demás normas conexas, complementarias, modificatorias y/o sustitutorias.
LA SUPERINTENDENCIA y EL CONTRATISTA declaran que los datos personales que se proporcionen entre sí, así como aquellos generados o recopilados en el marco del presente contrato / orden de compra/orden de servicio serán tratados en forma confidencial y estarán sujetos a estrictas medidas de seguridad, conforme lo dispone la Ley de Protección de Datos Personales su reglamento Directiva y demás normas conexas, complementarias, modificatorias y/o sustitutorias.
EL CONTRATISTA en caso corresponda, acepta y reconoce la responsabilidad de sus trabajadores y cualquier personal a su cargo, de mantener permanentemente una absoluta y total reserva y confidencialidad respecto de los datos personales a que tengan acceso en el marco del presente contrato/orden de compra/orden de servicio , la que subsistirá en forma permanente e indefinida.
CLÁUSULA VIGÉSIMO TERCERA: DEL ENCARGO DEL TRATAMIENTO
El CONTRATISTA podrá proporcionar datos personales de sus colaboradores, clientes o terceros a LA SUPERINTENDENCIA, para su tratamiento, así como generarlos o recopilados cuando estos resulten necesarios en el marco del presente contrato/orden de compra/orden de servicio, sin que ello implique de modo alguno la transferencia de los mismos, debiendo LA SUPERINTENDENCIA asumir en dicho casos, la condición de encargado del tratamiento. De igual modo, en caso LA SUPERINTENDENCIA proporcione a EL CONTRATISTA datos personales de sus colaboradores, clientes o terceros o éste último deba recopilarlos o generarlos, en el marco del cumplimiento del presente contrato/orden de compra/orden de servicio, ello no implicará de modo alguno la transferencia de los mismos, debiendo EL CONTRATISTA asumir en dicho casos, la condición de encargado del tratamiento
EL CONTRATISTA y/o LA SUPERINTENDENCIA declaran conocer que asumen la condición de encargados del tratamiento cuando corresponda y por tanto se comprometen a no utilizar o tratar los datos personales proporcionados, generados o recopilados con una finalidad distinta a aquella por la que le fueron entregados o por la que son generados o recopilados así como a no transferirlos o divulgarlos a terceros , con excepción de entidades públicas, cuando estas lo soliciten en el marco del cumplimiento de sus funciones debidamente sustentadas o el poder judicial cuando sea solicitado mediante la orden judicial correspondiente, debiendo notificar de ello a la otra parte, según corresponda, dentro de las 24 horas de recibido el requerimiento. Asimismo EL CONTRATISTA y/o LA SUPERINTENDENCIA se comprometen a que los datos personales proporcionados entre sí, serán tratados en forma confidencial y estarán sujetos a estrictas medidas de seguridad, conforme lo dispone la Ley de Protección de Datos Personales su reglamento, directiva y demás normas conexas, complementarias, modificatorias y/o sustitutorias.
En caso LA SUPERINTENDENCIA y/o EL CONTRATISTA asuman la condición de encargados del tratamiento de los datos personales que se pudieran proporcionar entre sí, se comprometen a conservarlos por el plazo de 02 años contados desde la culminación de la finalidad del presente contrato/orden de compra/orden de servicio, debiendo una vez vencido dicho plazo, destruir los datos que se encuentren en su poder o en el de sus colaboradores, en un plazo no mayor a cinco
(5) días hábiles.
EL CONTRATISTA y/o LA SUPERINTENDENCIA en caso corresponda, reconocen que podrán en cualquier momento, auditar uno al otro las medidas aplicadas, en cumplimiento de la Ley de Protección de Datos, su reglamento, y demás normas conexas. De comprobar LA SUPERINTENDENCIA el incumplimiento de esta cláusula, podrá resolver /dejar sin efecto de pleno derecho el presente contrato/orden de compra/orden de servicio e interponer las acciones legales a que hubiera lugar.
CLÁUSULA VIGÉSIMO CUARTA: DE LA TRANSFERENCIA DE DATOS PERSONALES
EL CONTRATISTA declara que cuenta con el consentimiento libre, voluntario, previo, expreso, informado e inequívoco de los titulares de los datos personales de sus colaboradores, clientes o de terceros que como parte del cumplimiento del presente contrato / orden de compra/orden de servicio, hubiera entregado o pudiera entregar a LA SUPERINTENDENCIA mediante transferencia de datos.
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El Laudo arbitral emitido es inapelable, definitivo y obligatorio para las partes desde el momento de su notificación, según lo previsto en el inciso 45.9 del artículo 45 de la Ley de Contrataciones del Estado.
CLÁUSULA VIGÉSIMO QUINTA: FACULTAD DE ELEVAR A ESCRITURA PÚBLICA
Cualquiera de las partes puede elevar el presente contrato a Escritura Pública corriendo con todos los gastos que demande esta formalidad.
CLÁUSULA VIGÉSIMO SEXTA: DOMICILIO PARA EFECTOS DE LA EJECUCIÓN CONTRACTUAL
Las partes declaran el siguiente domicilio para efecto de las notificaciones que se realicen durante la ejecución del presente contrato:
DOMICILIO DE LA ENTIDAD: [. ]
DOMICILIO DEL CONTRATISTA: [CONSIGNAR EL DOMICILIO SEÑALADO POR EL POSTOR GANADOR DE LA BUENA PRO AL PRESENTAR LOS REQUISITOS PARA EL PERFECCIONAMIENTO DEL CONTRATO]
La variación del domicilio aquí declarado de alguna de las partes debe ser comunicada a la otra parte, formalmente y por escrito, con una anticipación no menor de quince (15) días calendario.
De acuerdo con las bases integradas, la oferta y las disposiciones del presente contrato, las partes lo firman por duplicado en señal de conformidad en la ciudad de [................] al [CONSIGNAR FECHA].
“LA ENTIDAD” | “EL CONTRATISTA” |
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CLAUSULAS CONTRACTUALES REFERIDAS AL COMPROMISO Y CUMPLIMIENTO DE LA SEGURIDAD Y LA SALUD EN EL TRABAJO
4. Política de Seguridad
Es política de la Superintendencia, garantizar la seguridad y la salud en el trabajo de sus trabajadores, contratistas y de terceras personas que se encuentren dentro de los locales de la institución.
La Superintendencia fomenta una cultura de prevención y mitigación de riesgos, a través de un adecuado sistema de gestión de la seguridad y salud en el trabajo, en concordancia con la normatividad pertinente, compromiso que debe asumir el Contratista, como responsable de la prevención de accidentes y enfermedades profesionales en cada una de las áreas donde ejecuten sus prestaciones.
5. Obligaciones del Contratista
Por medio del presente, el contratista se obliga a lo siguiente:
5.1. Asignar a la SBS personal que posea las habilidades y los conocimientos suficientes, adquiridos a través de los programas de capacitación y la propia experiencia acumulada a través de los años.
5.2. Capacitar adecuadamente a su personal respecto de los riesgos a los que está expuesto en función a las características de las labores o actividades que desarrolla y el cargo que ocupa.
5.3. Evaluación de los riesgos de las actividades que efectuará su personal, adoptando las medidas necesarias de control antes del inicio de las actividades.
5.4. Contar con las licencias y/o las certificaciones nacionales y/o extranjeras que sean requeridas y/o necesarias de acuerdo con la normativa vigente, según sea el trabajo o actividad a realizar.
5.5. Prevenir el impacto que sobre el medio ambiente tenga el manejo y la manipulación de residuos, materiales, insumos o sustancias químicas que sean utilizados y/o desechados en las actividades que son materia del presente contrato.
5.6. Cumplir con las reglas de conducta y de seguridad interna que disponga la Superintendencia.
5.7. Dar cumplimiento a las normatividad vigente sobre Seguridad y Salud en el trabajo, que a modo de referencia se mencionan las siguientes:
- Ley N° 29783 y sus modificatorias, Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo.
- Decreto Supremo N° 005-2012-TR y sus modificatorias, Reglamento de la Ley N° 29783.
- Ley N° 28048. Ley de protección de la mujer gestante.
- Ley N° 27626, De las empresas especiales de servicios y cooperativas de trabajadores.
- Decreto Supremo N° 009-2004-TR, Reglamento de la Ley N° 28048.
- Resolución Ministerial N° 374-2008-TR, De protección de la mujer gestante.
- Decreto Supremo N° 042-F, Reglamento de Seguridad Industrial.
- Resolución Ministerial N° 480-2008/MINSA, que aprueba la NTS N° 068- MINSA/DGSP-V.1.
- Decreto Supremo N° 003-98-SA, Norma Técnica del Seguro Complementario de Trabajo de Riesgo.
- Decreto Supremo N° 015-2005-SA, Valores permisibles para agentes químicos en el ambiente de trabajo.
- Decreto Supremo N° 022-2001-SA, Reglamento sanitario para las actividades de saneamiento ambiental.
- Decreto Supremo N° 011-2006-Vivienda y sus modificaciones. Reglamento Nacional de Edificaciones.
- Resolución Ministerial N° 449-2001-SA-DM, Xxxxx Xxxxxxxxx para trabajos de desinfección, desinsectación, desratización, limpieza de ambientes, de tanques sépticos, etc.
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- Resolución Ministerial N° 037-2006-MEM, Código Nacional de Electricidad.
- Resolución Ministerial N° 111- 2013 Reglamento de Seguridad y Salud en el Trabajo de las Actividades Eléctricas
- NTP 400.034, Andamios. Requisitos.
- Xxxxx X.050, Seguridad durante la Construcción.
La relación de normas nacionales descritas anteriormente, es solo referencial y no exime al contratista del cumplimiento de toda la normatividad que le sea aplicable en materia de seguridad y salud, así como todas aquellas normas y lineamientos internos que la Superintendencia ponga en su conocimiento.
5.8. Conocer y difundir a su personal, el Reglamento Interno de Seguridad y Salud en el Trabajo de la Superintendencia, así como todas las medidas para el cuidado de la seguridad y salud en el trabajo dispuestas por esta.
5.9. Contar con los implementos de seguridad adecuados para el tipo de trabajo que se va a realizar.
5.10. Proporcionar a su personal, los equipos de protección y la ropa de trabajo que sea la adecuada para resguardarlo de los potenciales daños por efectos mecánicos, contaminantes, químicos y biológicos, ambientales y/o meteorológicos. De igual forma, deberá controlar el correcto uso de estos elementos así como su calidad.
5.11. Suministrar todos los equipos y herramientas que su personal requiera para el desarrollo y ejecución adecuada de los trabajos o actividades contratados, los mismos que deberán ser de óptima calidad, de características adecuadas para su uso y encontrarse en buen estado. Cualquier situación que afecte el funcionamiento y la calidad de estos, deberá ser reemplazado y debe ser puesto en conocimiento inmediato del personal de la Superintendencia.
6. Facultades de la Superintendencia
La Superintendencia se reserva el derecho de supervisar en cualquier momento los equipos, elementos, sitios de trabajo, personal y documentos que sean necesarios para evaluar el cumplimiento y aplicación de las normas de Seguridad y Salud en el trabajo.
La Superintendencia se reserva el derecho de impedir las labores o actividades del personal del contratista que incumpla los citados procedimientos y normas. En caso esta situación se torne persistente y/o generalizada, la Superintendencia queda facultada a paralizar los trabajos y resolver el contrato sin lugar a reclamo por parte del contratista.
La Superintendencia se reserva el derecho de comunicar a la Autoridad de Trabajo cualquier incumplimiento por parte del contratista relacionado con las Normas de Seguridad y Salud en el Trabajo materia del presente contrato.
El contratista tiene el deber de dar estricto cumplimiento de las normas y disposiciones sobre seguridad y salud en el trabajo.
El incumplimiento de estas obligaciones es causal de resolución de contrato. La SBS se reserva el derecho de solicitar la acreditación sobre el cumplimiento de dichas obligaciones durante la ejecución contractual.
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ANEXOS
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ANEXO Nº 1
DECLARACIÓN JURADA DE DATOS DEL POSTOR
Señores
COMITÉ DE SELECCIÓN
CONCURSO PÚBLICO Nº 015/2016-SBS ITEM N° …
Presente.-
El que se suscribe, [……………..], postor y/o Representante Legal de [CONSIGNAR EN CASO DE SER PERSONA JURÍDICA], identificado con [CONSIGNAR TIPO DE DOCUMENTO DE IDENTIDAD]
N° [CONSIGNAR NÚMERO DE DOCUMENTO DE IDENTIDAD], con poder inscrito en la localidad de [CONSIGNAR EN CASO DE SER PERSONA JURÍDICA] en la Ficha Nº [CONSIGNAR EN CASO DE SER PERSONA JURÍDICA] Asiento Nº [CONSIGNAR EN CASO DE SER PERSONA JURÍDICA],
DECLARO BAJO JURAMENTO que la siguiente información se sujeta a la verdad:
Nombre, Denominación o Razón Social : | |||
Domicilio Legal : | |||
RUC : | Teléfono(s) : | ||
Correo electrónico : |
[CONSIGNAR CIUDAD Y FECHA]
……...........................................................
Firma, Nombres y Apellidos del postor o Representante legal, según corresponda
Importante |
Cuando se trate de consorcios, esta declaración jurada debe ser presentada por cada uno de los integrantes del consorcio. |
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ANEXO Nº 2
DECLARACIÓN JURADA
(ART. 31 DEL REGLAMENTO DE LA LEY DE CONTRATACIONES DEL ESTADO)
Señores
COMITÉ DE SELECCIÓN
CONCURSO PÚBLICO Nº 015/2016-SBS ITEM N° …
Presente.-
Mediante el presente el suscrito, postor y/o Representante Legal de [CONSIGNAR EN CASO DE SER PERSONA JURÍDICA], declaro bajo juramento:
1.- No tener impedimento para postular en el procedimiento de selección ni para contratar con el Estado, conforme al artículo 11 de la Ley de Contrataciones del Estado.
2.- Xxxxxxx, aceptar y someterme a las bases, condiciones y reglas del procedimiento de selección. 3.- Ser responsable de la veracidad de los documentos e información que presento en el presente
procedimiento de selección.
4.- Comprometerme a mantener la oferta presentada durante el procedimiento de selección y a perfeccionar el contrato, en caso de resultar favorecido con la buena pro.
5.- Conocer las sanciones contenidas en la Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento, así como en la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.
[CONSIGNAR CIUDAD Y FECHA]
………………………….……………………….. Firma, Nombres y Apellidos del postor o Representante legal, según corresponda
Importante |
En el caso de consorcios, cada integrante debe presentar esta declaración jurada, salvo que sea presentada por el representante común del consorcio. |
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ANEXO Nº 3
DECLARACIÓN JURADA DE CUMPLIMIENTO DE LOS TÉRMINOS DE REFERENCIA
Señores
COMITÉ DE SELECCIÓN
CONCURSO PÚBLICO Nº 015/2016-SBS ITEM N° …
Presente.-
Es grato dirigirme a usted, para hacer de su conocimiento que luego de haber examinado las bases y demás documentos del procedimiento de la referencia y, conociendo todos los alcances y las condiciones existentes, el postor que suscribe ofrece el servicio de bolsa de horas para fábrica de software / bolsa de horas para fábrica de pruebas, de conformidad con los Términos de Referencia que se indican en el numeral 3.1 del Capítulo III de la sección específica de las bases y los documentos del procedimiento.
[CONSIGNAR CIUDAD Y FECHA]
…….………………………….…………………..
Firma, Nombres y Apellidos del postor o Representante legal o común, según corresponda
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ANEXO Nº 4
DECLARACIÓN JURADA DE PLAZO DE PRESTACIÓN DEL SERVICIO
Señores
COMITÉ DE SELECCIÓN
CONCURSO PÚBLICO Nº 015/2016-SBS
Presente.-
Mediante el presente, con pleno conocimiento de las condiciones que se exigen en las bases del procedimiento de la referencia, me comprometo a prestar el servicio objeto del presente procedimiento de selección de acuerdo a lo siguiente:
ITEM 1: SERVICIO DE BOLSA DE HORAS PARA FÁBRICA DE SOFTWARE
Las prestaciones se ejecutarán durante los ….. días calendarios o hasta agotar la bolsa de horas contratada, contados a partir de lo señalado en la comunicación de la Gerencia de Tecnologías de la Información o hasta agotar las horas contratadas, dicha comunicación se realizará en un plazo máximo de 20 días calendarios contados a partir del día siguiente de suscrito el contrato.
ITEM 2: SERVICIO DE BOLSA DE HORAS PARA PRUEBAS DE SOFTWARE
El plazo de ejecución del servicio será de ….. días calendarios contados a partir de lo señalado en la comunicación de la Gerencia de Tecnologías de la Información dicha comunicación se realizará en un plazo máximo de 20 días calendarios contados a partir del día siguiente de suscrito el contrato o hasta agotar las horas de prueba.
[CONSIGNAR CIUDAD Y FECHA]
……..........................................................
Firma, Nombres y Apellidos del postor o Representante legal o común, según corresponda
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ANEXO Nº 5
PRECIO DE LA OFERTA (MODELO)
ITEM 1: SERVICIO DE BOLSA DE HORAS PARA FÁBRICA DE SOFTWARE
Señores
COMITÉ DE SELECCIÓN
CONCURSO PÚBLICO Nº 015/2016-SBS
Presente.-
Es grato dirigirme a usted, para hacer de su conocimiento que, de acuerdo con las bases, mi oferta es la siguiente:
CONCEPTO | CANTIDAD (HORAS) | PRECIO UNITARIO S/. | PRECIO TOTAL S/. |
Contratación del servicio de bolsa de horas para fábrica de software | 6,000 |
El precio de la oferta incluye todos los tributos, seguros, transporte, inspecciones, pruebas y, de ser el caso, los costos laborales conforme la legislación vigente, así como cualquier otro concepto que pueda tener incidencia sobre el costo del servicio a contratar; excepto la de aquellos postores que gocen de alguna exoneración legal, no incluirán en el precio de su oferta los tributos respectivos.
[CONSIGNAR CIUDAD Y FECHA]
……………………………….…………………..
Firma, Nombres y Apellidos del postor o Representante legal o común, según corresponda
NOTA:
El postor debe presentar el precio de su oferta en documentos independientes, en los ítems que se presente.
El postor debe consignar los precios unitarios y subtotales de su oferta
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DETALLE DE PRECIOS UNITARIOS DE LA PROPUESTA ECONÓMICA ITEM 2: SERVICIO DE BOLSA DE HORAS PARA PRUEBAS DE SOFTWARE
Señores
COMITÉ DE SELECCIÓN
CONCURSO PÚBLICO Nº 015/2016-SBS
Presente.-
Es grato dirigirme a usted, para hacer de su conocimiento que, de acuerdo con las bases, mi oferta es la siguiente:
CONCEPTO | CANTIDAD (HORAS) | PRECIO UNITARIO S/. | PRECIO TOTAL S/. |
Contratación del servicio de bolsa de horas para pruebas de software | 2,250 |
El precio de la oferta incluye todos los tributos, seguros, transporte, inspecciones, pruebas y, de ser el caso, los costos laborales conforme la legislación vigente, así como cualquier otro concepto que pueda tener incidencia sobre el costo del servicio a contratar; excepto la de aquellos postores que gocen de alguna exoneración legal, no incluirán en el precio de su oferta los tributos respectivos.
[CONSIGNAR CIUDAD Y FECHA]
……………………………….…………………..
Firma, Nombres y Apellidos del postor o Representante legal o común, según corresponda
NOTA:
El postor debe presentar el precio de su oferta en documentos independientes, en los ítems que se presente.
El postor debe consignar los precios unitarios y subtotales de su oferta
Lima, ……………………………………….
Firma, Nombres y Apellidos del postor
/ Razón Social de la empresa
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ANEXO Nº 6
PROMESA DE CONSORCIO
(Sólo para el caso en que un consorcio se presente como postor)
Señores
COMITÉ DE SELECCIÓN
CONCURSO PÚBLICO Nº 015/2016-SBS ITEM N° …
Presente.-
Los suscritos declaramos expresamente que hemos convenido en forma irrevocable, durante el lapso que dure el procedimiento de selección, para presentar una oferta conjunta al CONCURSO PÚBLICO Nº 015/2016-SBS
Asimismo, en caso de obtener la buena pro, nos comprometemos a formalizar el contrato de consorcio, de conformidad con lo establecido por el artículo 118 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, bajo las siguientes condiciones:
a) Integrantes del consorcio
1. [NOMBRE, DENOMINACIÓN O RAZÓN SOCIAL DEL CONSORCIADO 1].
2. [NOMBRE, DENOMINACIÓN O RAZÓN SOCIAL DEL CONSORCIADO 2].
b) Designamos a [CONSIGNAR NOMBRES Y APELLIDOS DEL REPRESENTANTE COMÚN], identificado con [CONSIGNAR TIPO DE DOCUMENTO DE IDENTIDAD] N° [CONSIGNAR NÚMERO DE DOCUMENTO DE IDENTIDAD], como representante común del consorcio para efectos de participar en todos los actos referidos al procedimiento de selección, suscripción y ejecución del contrato correspondiente con [CONSIGNAR NOMBRE DE LA ENTIDAD].
Asimismo, declaramos que el representante común del consorcio no se encuentra impedido, inhabilitado ni suspendido para contratar con el Estado.
c) Fijamos nuestro domicilio legal común en [. ].
d) Las obligaciones que corresponden a cada uno de los integrantes del consorcio son las siguientes:
1. | OBLIGACIONES DE [NOMBRE, DENOMINACIÓN O RAZÓN SOCIAL DEL CONSORCIADO 1] | [ % ] 13 |
[DESCRIBIR LAS OBLIGACIONES DEL CONSORCIADO 1]
2. | OBLIGACIONES DE [NOMBRE, DENOMINACIÓN O RAZÓN SOCIAL DEL CONSORCIADO 2] | [ % ] 14 |
[DESCRIBIR LAS OBLIGACIONES DEL CONSORCIADO 2]
13 Consignar únicamente el porcentaje total de las obligaciones, el cual debe ser expresado en número entero, sin decimales.
14 Consignar únicamente el porcentaje total de las obligaciones, el cual debe ser expresado en número entero, sin decimales.
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TOTAL OBLIGACIONES | 100%15 |
[CONSIGNAR CIUDAD Y FECHA]
..…………………………………………. Consorciado 1 Nombres, apellidos y firma del Consorciado 1 o de su Representante Legal Tipo y N° de Documento de Identidad | ..………………………………………….. Consorciado 2 Nombres, apellidos y firma del Consorciado 2 o de su Representante Legal Tipo y N° de Documento de Identidad |
Importante |
De conformidad con el artículo 31 del Reglamento, las firmas de los integrantes del consorcio deben ser legalizadas. |
15 Este porcentaje corresponde a la sumatoria de los porcentajes de las obligaciones de cada uno de los integrantes del consorcio.
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Concurso Público N° 015/2016-SBS
ANEXO Nº 7
EXPERIENCIA DEL POSTOR
Señores
COMITÉ DE SELECCIÓN
CONCURSO PÚBLICO Nº 015/2016-SBS ITEM N° …
Presente.-
Mediante el presente, el suscrito detalla la siguiente EXPERIENCIA:
Nº | CLIENTE | OBJETO DEL CONTRATO | N° CONTRATO / O/S / COMPROBANTE DE PAGO | FECHA16 | MONEDA | IMPORTE | TIPO DE CAMBIO VENTA17 | MONTO FACTURADO ACUMULADO18 |
1 | ||||||||
2 | ||||||||
3 | ||||||||
4 | ||||||||
5 | ||||||||
6 | ||||||||
7 | ||||||||
8 | ||||||||
9 | ||||||||
10 |
16 Se refiere a la fecha de suscripción del contrato, de la emisión de la Orden de Servicios o de cancelación del comprobante de pago, según corresponda.
17 El tipo de cambio venta debe corresponder al publicado por la SBS correspondiente a la fecha de suscripción del contrato, de la emisión de la Orden de Servicios o de cancelación del comprobante de pago, según corresponda.
18 Consignar en la moneda establecida en las bases.
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Concurso Público N° 015/2016-SBS
Nº | CLIENTE | OBJETO DEL CONTRATO | N° CONTRATO / O/S / COMPROBANTE DE PAGO | FECHA16 | MONEDA | IMPORTE | TIPO DE CAMBIO VENTA17 | MONTO FACTURADO ACUMULADO18 |
… | ||||||||
20 | ||||||||
TOTAL |
[CONSIGNAR CIUDAD Y FECHA]
………..........................................................
Firma, Nombres y Apellidos del postor o Representante legal o común, según corresponda
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Concurso Público N° 015/2016-SBS
ANEXO Nº 8
RELACION DE PERSONAL PROPUESTO PARA EL SERVICIO
Señores
COMITÉ DE SELECCIÓN
CONCURSO PÚBLICO Nº 015/2016-SBS ITEM N° …
Presente.-
De nuestra consideración,
Mediante el presente el suscrito, postor y/o Representante Legal de [CONSIGNAR EN CASO DE SER PERSONA JURÍDICA], declaro bajo juramento que la siguiente información se sujeta a la verdad:
ITEM 1: SERVICIO DE BOLSA DE HORAS PARA FÁBRICA DE SOFTWARE | ||
ROL | NOMBRES Y APELLIDOS | NUMERO DE DOCUMENTO DE IDENTIDAD |
Jefe de Proyecto | ||
Interlocutor oficial |
ITEM 2: SERVICIO DE BOLSA DE HORAS PARA PRUEBAS DE SOFTWARE | ||
ROL | NOMBRES Y APELLIDOS | NUMERO DE DOCUMENTO DE IDENTIDAD |
Analista de prueba o tester 1 | ||
Analista de prueba o tester 2 | ||
Interlocutor oficial |
[CONSIGNAR CIUDAD Y FECHA]
………………………….……………………….. Firma, Nombres y Apellidos del postor o Representante legal, según corresponda
NOTAS:
El postor deberá presentar la documentación que acredite lo señalado en los Términos de Referencia. Para el caso del Item 1, Jefe de proyecto deberá presentar copia simple del documento que acredite la culminación de los estudios profesionales universitarios y la copia simple de la Certificación Internacional en Gestión de Proyectos. Para el caso del Item 2, Analistas de Pruebas o Testers, deberá presentar copia simple del documento que acredite los estudios requeridos y copia simple de la certificación emitida por el ISTQB.
La experiencia del personal clave se acreditará con cualquiera de los siguientes documentos: (i) copia simple de contratos y su respectiva conformidad o (ii) constancias o (iii) certificados o (iv) cualquier otra documentación que, de manera fehaciente demuestre la experiencia del personal propuesto.
El postor podrá utilizar líneas adicionales en el mismo formato para completar su información.
NO SE DARÁ VALIDEZ A LA INFORMACIÓN PROPORCIONADA SI NO SE DETALLAN LOS DATOS QUE PERMITAN EFECTUAR LA VERIFICACIÓN CORRESPONDIENTE.
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ANEXO Nº 9
CARTA DE COMPROMISO DEL PERSONAL CLAVE
Señores
COMITÉ DE SELECCIÓN
CONCURSO PÚBLICO Nº 015/2016-SBS ITEM N° …
Presente.-
Yo [CONSIGNAR NOMBRES Y APELLIDOS COMPLETOS] identificado con documento de identidad N° [CONSIGNAR NÚMERO DE DNI O DOCUMENTO DE IDENTIDAD ANÁLOGO], domiciliado en
[CONSIGNAR EL DOMICILIO LEGAL], declaro bajo juramento:
Que, me comprometo a prestar mis servicios en el cargo de [CONSIGNAR EL CARGO A DESEMPEÑAR] para ejecutar [CONSIGNAR LA DENOMINACIÓN DE LA CONVOCATORIA] en caso que el postor [CONSIGNAR EL NOMBRE, DENOMINACIÓN O RAZÓN SOCIAL DEL POSTOR19]
resulte favorecido con la buena pro y suscriba el contrato correspondiente. Para dicho efecto, declaro que mi experiencia es la siguiente:
Experiencia
[CONSIGNAR LA EXPERIENCIA SEGÚN LO REQUERIDO EN EL CAPÍTULO III DE LA PRESENTE SECCIÓN DE LAS BASES].
N° | Cliente o Empleador | Objeto de la contratación | Fecha de inicio | Fecha de culminación | Tiempo |
1 | |||||
2 | |||||
(…) |
La experiencia total acumulada es de: [CONSIGNAR LA EXPERIENCIA TOTAL ACUMULADA EN AÑOS, MESES Y DÍAS, SEGÚN CORRESPONDA]
Asimismo, manifiesto mi disposición de ejecutar las actividades que comprenden el desempeño del referido cargo, durante el periodo de ejecución del contrato.
[CONSIGNAR CIUDAD Y FECHA]
………..........................................................
Firma, Nombres y Apellidos del personal
NOTAS:
1. El postor deberá presentar copia simple de contratos de trabajo con su respectiva conformidad, certificados, constancias de trabajo o cualquier otro documento que, de manera fehaciente, demuestre el tiempo de experiencia del personal, según lo requerido en los Términos de Referencia.
2. El postor podrá utilizar líneas adicionales en el mismo formato para completar su información.
3. NO SE DARÁ VALIDEZ A LA INFORMACIÓN PROPORCIONADA SI NO SE DETALLAN LOS DATOS QUE PERMITAN EFECTUAR LA VERIFICACIÓN CORRESPONDIENTE.
Importante |
De conformidad con el numeral 3 del artículo 31 del Reglamento la carta de compromiso del personal clave, debe contar con la firma legalizada de este. De presentarse experiencia ejecutada paralelamente (traslape), para el cómputo del tiempo de dicha experiencia sólo se considerará una vez el periodo traslapado. |
19 En el caso que el postor sea un consorcio se debe consignar el nombre del consorcio o de uno de sus integrantes.
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Concurso Público N° 015/2016-SBS
ANEXO Nº 10
(Modelo de Carta para el abono con abonos en la cuenta bancaria del proveedor) LOGO DE EMPRESA SOLICITANTE
CARTA DE AUTORIZACIÓN
Lima, Señores
Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones Presente
Asunto: Autorización para el pago con abonos en cuenta
Por medio de la presente, comunico a usted los datos para el pago con abonos en nuestra cuenta de la empresa que represento:
Número de Cuenta:….………………………………………………………..…
Código de Cuenta Interbancario (CCI):……………………………………….
Tipo de Cuenta:………………………………………………………………….
Nombre del Banco:………………………………………………………………
Razón social:……………………………………………………………………..
Agradeceré se sirva disponer lo conveniente para que los pagos a nombre de mi representada sean abonados a la cuenta indicada.
Asimismo, dejo constancia que la factura a ser emitida por mi representada, una vez cumplida o atendida la correspondiente Orden de Compra y/o de Servicio o las prestaciones en bienes y/o servicios materia del contrato quedará cancelada para todos sus efectos mediante la sola acreditación del importe de la referida factura a favor de la cuenta en la entidad bancaria a que se refiere el primer párrafo de la presente.
Para cualquier comunicación al respecto sírvase coordinar con:
Nombre y Apellidos de la Persona:…………………………………………
Correo electrónico y N° Telefónico:…………………………………………
Atentamente,
Firma del proveedor o su representante legal
Nombre y apellidos Xxxxx Social de la Empresa
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