Contract
ANÁLISIS DE NECESIDAD Y CONVENIENCIA PARA CONTRATACION DE LA INTERVENTORIA TÉCNICA, JURÍDICA, ADMINISTRATIVA, OPERATIVA Y FINANCIERA AL CONTRATO DE CONCESIÓN NO 444 DE 1994 CELEBRADO ENTRE EL INSTITUTO NACIONAL DE CONCESIONES Y LA CONCESIONARIA VIAL DE LOS ANDES COVIANDES S.A.
0. ANTECEDENTES
Mediante el Decreto 1800 del 26 xx Xxxxx de 2003, el Presidente de la República en ejercicio de las facultades extraordinarias conferidas en la Ley 790 de 2002, creó el Instituto Nacional de Concesiones – INCO , como un establecimiento público del orden nacional, adscrito al Ministerio de Transporte, con personería jurídica, patrimonio independiente y autonomía administrativa y financiera.
El Instituto, tiene como objeto planear, estructurar, contratar, ejecutar y administrar los negocios de infraestructura de transporte que se desarrollen con participación del capital privado y en especial las concesiones, en los modos carretero, fluvial, marítimo, férreo y portuario. En ese orden, los asuntos, negocios y contratos relacionados con el cumplimiento de la misión institucional que venían siendo manejados por el Ministerio de Transporte, Ferrovías y el INVIAS, fueron cedidos al Instituto Nacional de Concesiones – INCO .
El INSTITUTO NACIONAL DE VÍAS INVIAS, celebró con la CONCESIONARIA VIAL DE LOS
ANDES S.A., el Contrato de Concesión No. 444 de 1994, cuyo objeto es “El concesionario se obliga a ejecutar por el sistema de concesión, según lo establecido en el artículo 32, numeral 4º de la Ley 80 de 1993, realizar por el sistema de concesión los estudios, diseños definitivos, las obras de rehabilitación, de construcción, la operación y el mantenimiento del sector Santafe de Bogotá – Cáqueza – k55+000 y el mantenimiento y operación del sector km 55+000 – Villavicencio. Las actividades incluídas para cumplir el objeto del contrato son: Estudios y diseños finales, financiación, construcción, suministro, instalación, montaje y prueba de los equipos, puesta en funcionamiento y operación del proyecto, los cuales deben hacerse en un todo de acuerdo con las consdiciones, términos, alcances y obligaciones establecidas en este documento y en el Pliego de Condiciones de la Licitación Pública No. 06693 ”
Mediante Resolución No. 003791 del 20 de Septiembre de 2003, el INSTITUTO NACIONAL DE VIAS – INVIAS cedió y subrogó al INSTITUTO NACIONAL DE CONCESIONES – INCO, el
Contrato de Concesión No. 444 de 1994.
Mediante Memorando No. 0927 del 7 xx xxxxx de 2008, la Subgerencia de Gestión Contractual informó a la Subgerencia de Estructuración y Adjudicación sobre el vencimiento de los contratos de interventoría durante el año 2008 y comienzos del 2009, con el fin de que se programen los procesos de adjudicación correspondientes.
En la CLÁUSULA SEXTA. OBLIGACIONES DEL CONCESIONARIO. se establece: “Son
obligaciones a cargo del concesionario entre otras las siguientes: a) La financiación total del proyecto, incluidos los costos de interventoría y supervisión técnica y financiera ...”.
La CLÁUSULA SÉPTIMA INTERVENTORÍA, establece: “La vigilancia, supervisión y control de la ejecución y cumplimiento del contrato será ejercida por el Interventor, quien representará al INSTITUTO NACIONAL DE VÍAS ante el CONCESIONARIO. ”
En la cláusula DÉCIMA QUINTA. ESQUEMA FINANCIERO. FONDOS DEL CONTRATO. se
establece: “ Será directamente el Fideicomiso quien provea al CONCESIONARIO de los recursos
que requiera para la elaboración de los estudios y diseños, la adquisición de predios para la zona de carretera, la supervisión e interventoría del contrato, ”
El plazo de ejecución del actual contrato de Interventoría vence el veintidós (22) xx xxxxx de 2008.
1. DESCRIPCIÓN DE LA NECESIDAD QUE LA ENTIDAD ESTATAL PRETENDE SATISFACER CON LA CONTRATACION.
El INSTITUTO NACIONAL DE VÍAS INVIAS, celebró con la CONCESIONARIA VIAL DE LOS
ANDES S.A., el Contrato de Concesión No. 444 de 1994, cuyo objeto es “El concesionario se obliga a ejecutar por el sistema de concesión, según lo establecido en el artículo 32, numeral 4º de la Ley 80 de 1993, realizar por el sistema de concesión los estudios, diseños definitivos, las obras de rehabilitación, de construcción, la operación y el mantenimiento del sector Santafe de Bogotá – Cáqueza – k55+000 y el mantenimiento y operación del sector km 55+000 – Villavicencio. Las actividades incluídas para cumplir el objeto del contrato son: Estudios y diseños finales, financiación, construcción, suministro, instalación, montaje y prueba de los equipos, puesta en funcionamiento y operación del proyecto, los cuales deben hacerse en un todo de acuerdo con las consdiciones, términos, alcances y obligaciones establecidas en este documento y en el Pliego de Condiciones de la Licitación Pública No. 06693 ”
Mediante Resolución No. 003791 del 20 de Septiembre de 2003, el INSTITUTO NACIONAL DE VIAS – INVIAS cedió y subrogó al INSTITUTO NACIONAL DE CONCESIONES – INCO, el
Contrato de Concesión No. 444 de 1994.
El Instituto Nacional de Concesiones – INCO en cumplimiento de sus funciones tiene a su cargo la Estructuración y la Gestión Contractual Técnica, Legal y Financiera de todos los proyectos de concesión de infraestructura que a nivel nacional se constituyan en obras de interés público y mejoren las condiciones de la prestación efectiva de los servicios en cabeza del Estado.
Dentro de las funciones generales a cargo del Instituto Nacional de Concesiones – INCO, de conformidad con el Artículo 11º del Decreto – Ley 1800 del 26 xx xxxxx de 2003, numerales 11.4 “Supervisar, evaluar y controlar el cumplimiento de los contratos de concesión y de Interventoría y los demás contratos que suscriba el Instituto”, 11.7 “Supervisar el desarrollo de los aspectos
legales relacionados con la administración de los contratos de concesión y demás vinculados con el objeto del Instituto”, 11.9 “Elaborar los Actos administrativos que requiera el Instituto para la eficiente ejecución de los proyectos”.
El plazo de ejecución del actual contrato de Interventoría vence el veintidós (22) xx xxxxx de 2008.
La entidad puede satisfacer esta necesidad de seguimiento y control especializado de todas las actividades del concesionario mediante la apertura de un Concurso de Méritos que permita la ejecución de un contrato que tengan como Objeto realizar la INTERVENTORIA TECNICA, JURIDICA, ADMINISTRATIVA, OPERATIVA Y FINANCIERA AL CONTRATO DE CONCESIÓN No. 444 DE 1994, CONCESIÓN CARRETERA BOGOTÁ - XXXXXXXXXXXXX.
2. DESCRIPCION DEL OBJETO A CONTRATAR CON SUS ESPECIFICACIONES ESENCIALES Y LA IDENTIFICACION DEL CONTRATO A CELEBRAR.
OBJETO
El Objeto de la consultoría es: “INTERVENTORIA TECNICA, ADMINISTRATIVA, OPERATIVA Y FINANCIERA CONTRATO DE CONCESIÓN No 444 DE 1994. CONCESIÓN CARRETERA BOGOTÁ - VILLAVICENCIO”.
PLAZO
El plazo del contrato es de 36 MESES contados a partir de la fecha en que el Subgerente d e Gestión Contractual imparta la Orden de Inicio.
PRESUPUESTO OFICIAL
El Instituto tiene previsto que el valor de la Interventoría del presente proceso de selección, asciende a $2.173.663.680,00 valor que incluye: Un valor para el precio básico de la Interventoría y el valor del IVA.
ESPECIFICACIONES ESENCIALES:
Las OBLIGACIONES DEL PROPONENTE serán entre otras las siguientes: las previstas en el Contrato de Concesión, en sus Apéndices y Anexos y las demás que el INCO en sus Pliegos y el Contrato de Interventoría se estipulen:
FUNCIONES GENERALES
• Impartir instrucciones por escrito al CONCESIONARIO sobre asuntos de responsabilidad de éste.
• Exigir al CONCESIONARIO la información que considere necesaria, la cual está obligado a suministrar dentro de los diez (10) Días Hábiles siguientes contados a partir de la fecha de solicitud. Cuando la naturaleza de la información exigida así lo requiera, este plazo podrá ser ampliado.
• Verificar que las obras cumplan con las Especificaciones y Normas Generales de Construcción y de Diseño y requerir al CONCESIONARIO para que corrija los incumplimientos, y verificar que se cumplan con las fechas de inicio y de terminación para cada actividad en los diferentes trayectos, de acuerdo con lo establecido en EL CONTRATO.
• Verificar que las obras cumplan con las Alcances del Proyecto y requerir al CONCESIONARIO para que corrija los incumplimientos. Verificar que EL CONCESIONARIO haya hecho la Restitución de Accesos a aquellos predios afectados por el Proyecto.
• Verificar que la operación y el mantenimiento del Proyecto cumpla con las Especificaciones Técnicas de Operación y Mantenimiento y requerir al CONCESIONARIO para que corrija los incumplimientos.
• Realizar las pruebas que considere necesarias para verificar que las obras cumplan con las características técnicas exigidas, o para verificar si existen defectos en la construcción.
• Revisar los diseños de detalle, los cronogramas de trabajo y avance de obra y los planes de mantenimiento anual presentados por EL CONCESIONARIO, y conceptuar sobre ellos en los términos y para los efectos previstos en el CONTRATO de Concesión.
• Verificar el cumplimiento por parte del concesionario, en los términos y con los efectos previstos en el CONTRATO de Concesión, ejecución de las Obras de Construcción, Mejoramiento y Rehabilitación de cada uno de los Trayectos.
• Controlar el cumplimiento por parte de EL CONCESIONARIO de las normas ambientales aplicables al Proyecto, de la licencia ambiental, del Plan de Manejo Ambiental, el Plan Social Básico del Plan de Manejo Ambiental y del Plan de Gestión Social y de la obtención de los respectivos permisos para uso y aprovechamiento de recursos naturales, necesarios para la ejecución del proyecto.
• Revisar el programa de higiene, seguridad industrial y salud ocupacional elaborado por EL CONCESIONARIO, que cumpla con las disposiciones legales en materia de seguridad industrial y determinado para todas y cada una de las actividades de obra y operación a realizar y Vigilar el cumplimiento.
• Llevar un control mensual detallado de los recaudos hechos por EL CONCESIONARIO por concepto de Peajes, de acuerdo con la discriminación por Caseta de Peaje y por categoría de vehículos.
• Llevar un control mensual del Ingreso Generado y suscribir las actas relativas a ese aspecto, de acuerdo con lo previsto en el CONTRATO de Concesión. El Interventor tendrá la facultad de hacer conteos independientes con el fin de verificar que los datos obtenidos por EL CONCESIONARIO coincidan con la realidad.
• Verificar el correcto funcionamiento de los equipos de control de tráfico en las Casetas de Peaje del Proyecto y dar informes periódicos al INCO sobre el particular.
• Advertir cualquier incumplimiento de las obligaciones contractuales a cargo de EL CONCESIONARIO, comunicarle esta circunstancia al INCO y adoptar los procedimientos previstos en este CONTRATO, según el caso.
• Adelantar todas las gestiones pertinentes para el efectivo cobro de las multas y/o la Disminución de la Remuneración de EL CONCESIONARIO, de acuerdo con lo previsto en el CONTRATO de Concesión.
• En caso de terminación anticipada del CONTRATO de Concesión, adelantar las labores pertinentes para colaborar al INCO en la determinación del valor de las compensaciones mutuas, en aplicación de las previsiones señaladas en la CLÁUSULA 34 de este CONTRATO.
• En general, vigilar y controlar que EL CONCESIONARIO cumpla con sus obligaciones para el normal desarrollo y ejecución del Proyecto, mediante los mecanismos descritos en el Contrato de Interventoría correspondiente.
• Verificar que se cumplan las políticas de EL INCO en la ejecución del Proyecto, vigentes al momento de la apertura de la Licitación, y requerir al CONCESIONARIO en caso de que éste no las cumpla.
• Hacer el seguimiento y verificación de la gestión predial desarrollada por EL CONCESIONARIO, aprobando entre otras, las fichas prediales y socioeconómicas elaboradas por EL CONCESIONARIO.
• Verificar que la operación y el mantenimiento de los túneles del proyecto cumplan con las especificaciones técnicas de la norma NFA 502 y del documento TBB-MO-001 xx xxxxxx de 2005 “Manual de Operación de los Túneles”, y requerir al concesionario para que corrija los incumplimientos.
• Las demás que se requieran para velar por el cabal cumplimiento de EL CONTRATO de concesión.
• El Interventor no ejercerá funciones de control de las actividades de los subcontratistas, ni de aprobación del resultado de las mismas para lo cual EL CONCESIONARIO dispondrá de su propio equipo de interventoría o control de calidad interno, cuyos costos ha incluido en la Propuesta. En caso de discrepancias entre el Interventor y EL CONCESIONARIO, cualquiera de los dos podrá acudir en primera instancia al INCO mediante una solicitud escrita, para que dicha entidad rinda su concepto al respecto
Adicionalmente el Interventor deberá:
• Aportar el conocimiento especializado necesario para garantizar la identificación de los problemas y proponer soluciones que incluya nuevos procedimientos o pruebas de acuerdo a las mejores practicas de auditoria acorde con las condiciones de los contratos de concesión del recaudo de la tasa de peaje y requerimientos establecidos.
• Organizar y poner al servicio del INCO los recursos humanos, técnicos y administrativos necesarios para garantizar la ejecución de las labores de la Interventoría, dentro de los más estrictos parámetros éticos, profesionales, de calidad y cumplimiento en alcance, tiempo y costos.
• Representar al INCO ante la Concesionaria, en lo referente a la vigilancia y control técnico, operativo, administrativo del recaudo de la tasa de peaje.
• Desarrollar la actividad Consultora de acuerdo con estrictos principios de moralidad y ética profesional.
• Llevar y mantener el archivo actualizado de la Interventoría.
• Actuar oportunamente, de tal manera que, por causas imputables al INCO, no sobrevenga una mayor onerosidad en el cumplimiento de las obligaciones de las partes.
• El interventor será responsable de la verificación del cumplimiento de las obligaciones contractuales del concesionario.
• Verificar el correcto funcionamiento de los equipos de control de tráfico en las Casetas de Peaje del Proyecto y dar informes periódicos al INCO sobre el particular.
• Realizar las mediciones del Índice de Estado y la medición de reflectividad en señalización con una periodicidad semestral. Anexo al respectivo informe se debe entregar certificación de la entidad pertinente que garantice la correcta calibración de los equipos con los cuales se realizó la medición.
Funciones Prediales
Tienen como objetivo fundamental, el fortalecimiento de la función de control y vigilancia a la gestión que adelanta el CONCESIONARIO para la adquisición de las áreas requeridas para la ejecución del proyecto, mediante la vigilancia y control de la gestión predial. Bajo esos criterios las funciones relacionadas con la gestión predial son las siguientes:
• Realizar la revisión y verificación técnica, jurídica y social de la Gestión Predial y vigilar el cumplimiento normativo y contractual en la materia.
• Apoyar la consecución de información técnica relacionada con los predios objeto de adquisición por el proyecto y realizar las verificaciones topográficas y de infraestructura que en su momento se requieran para resolver inquietudes prediales y preparar el concepto técnico respectivo a solicitud del INCO, así como apoyar la elaboración de conceptos jurídicos relacionados con la gestión predial.
• Apoyar la gestión que debe adelantarse con las autoridades departamentales y municipales y demás entidades y organizaciones relacionadas con el proyecto.
• Velar para que con la debida anticipación al inicio de la obra se elabore por parte del concesionario el documento de acta de vecindad que contiene el registro detallado del estado actual estructural y/o funcional, incluidas las mejoras existentes (infraestructura, viviendas, bodegas, beneficiaderos, sistemas xx xxxxx, pozos, etc.), de los predios que eventualmente pueden sufrir daños por el proceso de construcción y operación de la concesión y hacer seguimiento y verificación de las actas de vecindad levantadas por el concesionario, y de las quejas de la comunidad sobre posibles daños a las construcciones aledañas a los predios en las diferentes etapas del proyecto.
• Hacer durante el proceso de adquisición, la verificación documental técnica y en campo de las fichas prediales y planos prediales, para constatar que la información del área requerida del predio corresponda a los diseños definitivos del proyecto, su correcta identificación, la clasificación del terreno teniendo en cuenta el Plan de Ordenamiento Territorial respectivo, así como adelantar una revisión prejurídica de la ficha predial, de manera que la información corresponda con el estudio de títulos, verificando que la información del área total del predio teniendo en cuenta el certificado de catastro, el folio de matrícula inmobiliaria y los títulos y que
la identificación catastral del inmueble, corresponda con el folio de matrícula inmobiliaria sobre el cual se adelante la adquisición del predio.
• Hacer durante el proceso de adquisición, la verificación documental técnica y en campo de los avalúos comerciales para constatar el cumplimiento a las normas que regulan la materia, especialmente en cuanto a los valores de asignación.
• Hacer durante el proceso de adquisición, la verificación documental técnica y en campo de los impactos económicos y sociales identificados en la adquisición predial, con el fin de constatar la realidad social del diagnostico presentado, así como la correcta aplicación de factores sociales, conforme a los parámetros establecidos en las normas que regulan la materia y conceptuar, de considerarse necesario, sobre el reconocimiento de compensaciones socioeconómicas.
• Hacer durante el proceso de adquisición, la verificación de los títulos traslaticios de dominio a 20 años, folios de matrícula inmobiliaria, para determinar la correcta titularidad del inmueble, y en el caso de adquisición de mejoras verificar la procedencia de la no adquisición de la titularidad sobre el inmueble.
• Para la verificación de la gestión alimentará una base de datos bajo los parámetros establecidos por el INCO.
• Verificar que el acta de entrega de cada predio corresponda realmente al área física entregada por el propietario al CONCESIONARIO y que se ocupe exclusivamente el área adquirida y no se intervenga, ocupe o se causen daños en el área no adquirida; verificar en campo el corredor predial adquirido y disponible para corroborar la viabilidad de los tramos de obra programados y la utilización para la obra de la totalidad de las áreas adquiridas, en los términos señalados por la ley.
• Suscribir conjuntamente con el CONCESIONARIO las actas de restitución de accesos, canales de drenaje, tuberías xx xxxxx, etc., en las cuales se dejará constancia de las obras que debe ejecutar el CONCESIONARIO dentro de los alcances básicos del Contrato de Concesión, para mantener las condiciones normales de funcionamiento de los predios objeto de la adquisición y que no deben ser incluidas dentro de los avalúos respectivos.
• Verificar que las obras para los accesos, servicios públicos a los predios y otras, sean adelantadas por el CONCESIONARIO de manera oportuna y adecuada, cumpliendo las especificaciones técnicas y dejando el predio sin limitaciones de funcionamiento.
• Cuando el INCO lo requiera, para el ejercicio de su función de control y vigilancia de la gestión predial a cargo del CONCESIONARIO, revisar las ofertas formales de compra dirigidas a los propietarios, las cuales deben ajustarse a la información de la ficha predial, la ficha social, el estudio de títulos y el avalúo comercial, entre otros; verificar que se haya notificado debidamente y su posterior registro en el folio de matrícula; igualmente con relación a la promesa de compraventa y/o escritura pública, según el caso; adelantar el seguimiento a la protocolización de la escritura pública de adquisición y el registro de la misma en el folio de matrícula y verificar que al momento de efectuarse el registro de la tradición a favor del INCO, éste se encuentre libre de limitaciones y gravámenes tales como hipotecas, embargos, etc. Cuando se trate de compras parciales deberá verificar que el Concesionario adelante el correspondiente desenglobe del inmueble y la asignación de su cédula Catastral por la Entidad competente.
• Cuando las necesidades del servicio lo exijan, apoyar los procesos de expropiación y demás acciones judiciales que se requieran en desarrollo de los procesos de adquisición, para lo cual deberá, según el caso, revisar y complementar los antecedentes que sean necesarios, proyectar los actos administrativos, asegurarse de que la entidad adelante las notificaciones de acuerdo a lo establecido en las normas pertinentes, recibir el poder que se le otorgue para actuar jurisdiccionalmente en representación del INCO, y ejercer de buena fe las facultades que éste le otorga, proyectar y presentar las demandas judiciales solicitando la entrega anticipada de los predios en los casos de expropiación judicial, representar al INCO en las diligencias de entrega material y demás actividades inherentes a la representación judicial, ejerciendo la vigilancia judicial correspondiente, presentando las peticiones, objeciones periciales, recursos, alegatos y en general las actividades que la buena diligencia indique hasta llevar a feliz término cada proceso judicial.
• Efectuar conforme a las cuentas del Fideicomiso establecidas según el contrato, un control de los cobros realizados por el concesionario por concepto de la gestión adelantada respecto a elaboración de fichas prediales, avalúos comerciales y adquisiciones de predios y demás actividades relacionadas con el proceso predial.
• Verificar permanentemente la actualización de la base de datos que para el seguimiento y control de la gestión predial alimente el CONCESIONARIO, con la información básica de los documentos inherentes a cada uno de los predios en proceso de adquisición o de expropiación, y sobre los compromisos y pagos que se adelanten en cada uno de los predios, con el fin de llevar un control de ejecución conforme a los documentos legales, planificar la disponibilidad y ejecución del presupuesto, de manera que se pueda adelantar seguimiento, prever circunstancias que afecten la gestión y determinar sus correspondientes medidas o estrategias.
• Exigir al concesionario la remisión de la documentación necesaria para lograr una efectiva revisión, seguimiento y efectividad de la gestión predial, y entregar informes periódicos de gestión acerca del avance de las diferentes actividades. Cuando se considere necesario, se efectuará la verificación de la información mediante la revisión de los expedientes.
• Constatar la suscripción de pólizas de calidad y cumplimiento a cargo del Concesionario y a favor del INCO, y velar por la buena calidad de documentos y el cumplimiento de los procedimientos establecidos.
• En general, apoyar al INCO en la implementación y ejecución de mecanismos de control y vigilancia para verificar que la etapa de enajenación voluntaria y expropiación judicial o administrativa de cada uno de los predios se cumpla dentro de la normatividad y en los términos establecidos por la ley, con respeto al debido proceso y protección de los derechos de los particulares y constatar el cumplimiento de la obligación de sanear al INCO en todo lo referente a los efectos perjudiciales de carácter patrimonial y jurídico en materia fiscal, penal, administrativa o cualquier tipo de reclamación de terceros en materia judicial o extrajudicial por estos efectos; en caso contrario, informar la situación y adelantar o proponer las acciones correctivas del caso.
• Asistir a las reuniones o comités prediales programadas por el Instituto Nacional de Concesiones relacionadas con el objeto de la contratación. Para tal efecto, el Subgerente de Gestión Contractual, el Supervisor del Contrato o el Coordinador del Grupo de Territorio, sin
perjuicio de que participen otros funcionarios de las diferentes áreas del INCO, establecerá reuniones cuando lo estime conveniente, con el fin de analizar los diferentes aspectos técnicos, jurídicos y administrativos para llevar un adecuado control al desarrollo, ejecución y cumplimiento del contrato. Se evaluarán previamente los informes y las actividades que se vayan realizando y los demás aspectos a que haya lugar. De cada una de estas reuniones se levantará un acta firmada por los participantes, la cual quedará en custodia por el Interventor.
• Al finalizar la gestión contratada deberá entregar un informe consolidado de todo el proceso de adquisición, señalando aspectos relevantes que permitieron agilizar o que ocasionaron demoras, cambios a introducir para lograr mejores resultados en siguientes procesos, así como la información que considere útil para la entidad contratante para el programa de mejoramiento continúo de la gestión predial.
• Mantener en reserva la información que obtenga y conozca con ocasión y desarrollo del contrato por parte del CONCESIONARIO.
Funciones Sociales
Tienen como objetivo fundamental, asegurar el cumplimiento por parte del CONCESIONARIO de las obligaciones sociales contenidas en el Plan Social Básico y el Plan de Gestión Social del Plan de manejo ambiental, con el fin de lograr un verdadero acercamiento a las necesidades de la comunidad y la mitigación de los impactos sociales que genere la ejecución del proyecto. Con dicha finalidad, son funciones relacionadas con la gestión social las siguientes:
• Presentar informes mensuales, durante el tiempo de desarrollo de la etapa de preconstrucción sobre el avance del CONCESIONARIO en la elaboración de los estudios sociales y la aplicación de las medidas que en esta etapa deba implementar (PMA Y EIA), estos informes serán independientes del informe general de la interventoría, pero deberán entregarse simultáneamente y en el formato que defina el INCO.
• Verificar que el CONCESIONARIO mantenga el personal mínimo e idóneo para ejecutar la Gestión Social, establecido en el Contrato de Concesión.
• Realizar el seguimiento a la implementación y operación, así como al cumplimiento de las especificaciones básicas en espacio, personal y horarios de las Oficinas de atención al usuario (Fijas y Móvil), de acuerdo al contrato de concesión.
• Realizar seguimiento al cumplimiento de los acuerdos suscritos en las consultas previas con las comunidades étnicas.
• Verificar el cumplimiento de las obligaciones contractuales en materia de gestión social a cargo del CONCESIONARIO. En caso de incumplimiento, la INTERVENTORIA deberá analizar las causas, realizar los requerimientos y advertencias escritas a que haya lugar e informar al coordinador del Grupo Territorio del INCO y adelantar o proponer las acciones correctivas del caso.
• Realizar verificación permanente en los frentes de obra del cumplimiento de la constitución y las leyes en materia de atención al ciudadano.
• Hacer el efectivo acompañamiento proveyendo los medios necesarios para el desarrollo de las visitas de seguimiento programadas por el Ministerio de Ambiente, Ministerio del Interior, Corporación Regional y/o Instituto Nacional de Concesiones.
• Presentar informes mensuales sobre el avance del Plan de Gestión Social, Plan Social Básico, los compromisos de las consultas previas y la gestión socio predial, el cual será incorporado al Informe General de la Interventoría como capítulo particular.
• Realizar seguimiento al trámite que brinda el CONCESIONARIO a las peticiones, quejas e inquietudes de las comunidades respecto al manejo social del proyecto, la información del proceso de adquisición predial y la ocupación de las zonas requeridas para el desarrollo del proyecto, en los términos xx xxx. De no haberse dado respuesta dentro de los tiempos establecidos para tales efectos deberá hacer los requerimientos del caso e informar al INCO.
• Realizar seguimiento al CONCESIONARIO sobre la gestión que se adelanta con los municipios relacionados con el ordenamiento xxx xxxxxxxx vial, la restitución del espacio público y al inventario y acciones para custodiar y preservar saneada la zona de seguridad de acuerdo a la norma.
• Asistir a todas las reuniones de información y formación que debe desarrollar el CONCESIONARIO con las comunidades, organizaciones e instituciones, y velar que de cumplimiento a los mecanismos de participación ciudadana y brinde información clara y oportuna a la comunidad.
• Realizar el análisis y las observaciones al informe de actividades que periódicamente debe realizar el CONCESIONARIO, de acuerdo con lo establecido en el Contrato de Concesión, sus apéndices y modificaciones correspondientes.
• Realizar la revisión, análisis y observación al esquema operativo (cronograma de actividades) a través del cual el concesionario implementará sus obligaciones sociales.
• Analizar los diferentes indicadores que presenta el CONCESIONARIO en los informes mensuales de gestión social y evaluar la eficiencia de los mismos.
• En el evento que se presentan afectaciones no previstas a comunidades por desarrollo del proyecto de concesión, la interventoría debe conceptuar sobre las medidas de manejo, compensación y mitigación elaboradas por el CONCESIONARIO y verificar la ejecución.
• Verificar y exigir la contratación de mano de obra local que realice el CONCESIONARIO en las diferentes etapas del proyecto.
• Asistir a las reuniones o comités de monitoreo social programadas por el Instituto Nacional de Concesiones relacionadas con el objeto de la contratación. Para tal efecto, el Subgerente de Gestión Contractual, el Supervisor del Contrato o el Coordinador del Grupo de Territorio, sin perjuicio de que participen otros funcionarios de las diferentes áreas del INCO, establecerá reuniones cuando lo estime conveniente, con el fin de analizar los diferentes aspectos técnicos, jurídicos y administrativos para llevar un adecuado control al desarrollo, ejecución y cumplimiento del contrato. Se evaluarán previamente los informes y las actividades que se vayan realizando y los demás aspectos a que haya lugar. De cada una de estas reuniones se levantará un acta firmada por los participantes, la cual quedará en custodia por el Interventor.
Funciones Ambientales
Tiene como objetivo fundamental, la coordinación de las diferentes actividades y métodos de control, tendientes a propiciar que las obras, programas y medidas planteadas en el plan de manejo ambiental, sean implementadas para lograr el objetivo de minimizar los efectos ambientales negativos y maximizar los positivos, buscando un equilibrio entre el desarrollo de la región y la preservación de los recursos naturales. Las funciones ambientales comprenden, entre otras, las siguientes actividades:
• Verificar y hacer el seguimiento que corresponda para que el CONCESIONARIO aporte en forma oportuna todos los documentos que se requieran para el tramite y la información que este debe presentar a las Autoridades Ambientales en la jurisdicción del Proyecto y obtención de la licencia ambiental de los tramos que lo requieran, además del tramite y obtención de permisos para el uso y aprovechamiento de los recursos naturales que pretenda utilizar y no estén contenidos en la licencia ambiental, permisos que deberán obtenerse previo la realización de las actividades que los requieran.
• Verificar el cumplimiento por parte del CONCESIONARIO de las normas ambientales, condicionantes, diseños, actividades y procesos recomendados en el Plan de Manejo Ambiental y Licencia Ambiental, y de la obtención de los respectivos permisos para uso y aprovechamiento de recursos naturales.
• Verificar el seguimiento y monitoreo de los trabajos para vigilar que la realización de la obra se enmarque dentro de los requerimientos ambientales y que sus resultados correspondan a los esperados, y diseñar y recomendar los correctivos necesarios.
• Verificar la puesta en marcha y operación del plan de manejo ambiental, así como la del plan de contingencias en caso necesario. Revisar y aprobar los planes de disposición de desechos y, en general, supervisar y hacer cumplir la reglamentación ambiental vigente.
• Verificar que los trabajos se realicen de forma tal que los procedimientos aplicados sean compatibles, no solo con los requerimientos técnicos necesarios, sino también con las disposiciones ambientales legales vigentes, el código de recursos naturales, los permisos y servidumbres, y concesiones otorgadas por autoridades competentes MAVDT
• Revisar y dar dictamen sobre los estudios ambientales que debe elaborar el CONCESIONARIO con el fin de asegurarse que los mismos corresponden a la realidad actual de la zona de influencia, la especificidad de sus diseños, la legislación ambiental, social y de cultura y patrimonio arqueológico, así como para verificar que contiene la ingeniería de detalle (diseños) de cada una de las medidas ambientales propuestas en el plan de manejo ambiental.
• Verificar y/o ejecutar cuando el INCO lo requiera la toma de muestras y análisis de laboratorio de calidad de aire, de agua y ruido necesarios y determinados en el plan de manejo ambiental y en la licencia ambiental, realizados por el CONCESIONARIO en cumplimiento de los requerimientos impuestos en la misma. En el evento de presentarse impactos ambientales no previstos en el Estudio de Impacto Ambiental, la interventoría debe conceptuar sobre el diseño de las medidas tendientes a controlar, compensar y mitigar dichos impactos, elaborado por el CONCESIONARIO y a su vez, debe verificar la ejecución por parte del concesionario.
• Verificar que el sistema de calidad ambiental y el programa de Higiene, Seguridad Industrial y Salud Ocupacional elaborado por EL CONCESIONARIO, cumpla con las disposiciones legales
en materia de seguridad industrial y determinado para todas y cada una de las actividades de obra y operación a realizar y Vigilar el cumplimiento.
• Verificar el esquema operativo a través del cual el concesionario implementará sus obligaciones ambientales, efectuar el seguimiento permanente en los frentes de obras, para verificar la aplicación de las técnicas, procedimientos, medidas propuestas en el Plan de Manejo Ambiental y la correspondiente Licencia Ambiental, así como efectuar acciones de control por parte de personal especializado para garantizar que los efectos ambientales negativos que puedan presentarse sean minimizados, aplicando el plan de manejo ambiental.
• Realizar los requerimientos y conminaciones al CONCESIONARIO cuando este incumpla sus obligaciones en materia ambiental. En caso de incumplimiento a los Planes de Manejo Ambiental, Licencias, permisos Ambientales y Concesiones el interventor deberá dar aplicación al Contrato de Concesión en lo relacionado al tema ambiental.
• Presentar informes mensuales, durante el tiempo de desarrollo de la etapa de preconstrucción y Construcción sobre el avance del CONCESIONARIO en la elaboración e implementación de los estudios ambientales y la aplicación de las medidas que en esta etapa se deban ejecutar. Estos informes deben incluir los indicadores de gestión ambiental de acuerdo al formato que defina el Grupo Territorio del INCO.
• Presentar trimestralmente un cronograma detallado de las actividades a desarrollar en el seguimiento ambiental de acuerdo a lo programado por el Concesionario
• Presentar al Grupo Territorio del Instituto Nacional de Concesiones –INCO, dentro de los diez
(10) días siguientes al vencimiento del plazo del contrato de la interventoría el Informe ambiental Final.
• Asistir a los comités de obra, así como hacer el efectivo acompañamiento proveyendo los medios necesarios y la asistencia permanente para el desarrollo de las visitas de seguimiento programadas por el Ministerio de Ambiente, Ministerio del Interior, Corporación Regional y/o Instituto Nacional de Concesiones y presentar un informe de las actividades desarrolladas durante la visita al Grupo Territorio de INCO.
• Resolver las consultas e inquietudes de las comunidades con respecto al manejo ambiental de las obras objeto de esta interventoría.
• Asesorar al INCO, en todos los asuntos jurídicos y técnicos de carácter ambiental que se susciten en el desarrollo del objeto de la interventoría y lograr cuando sea necesario, el apoyo de otras disciplinas del conocimiento para atender problemáticas específicas en el campo ambiental.
LUGAR DE EJECUCIÓN:
El proyecto de concesión se desarrolla en los departamentos de Cundinamarca y Meta. FORMA DE PAGO:
El pago de la suma estipulada en este contrato, se efectuará con cargo al fideicomiso No. 3-034 Coviandes S.A, constituido en la Fiduciaria de Occidente S.A.para el manejo de los recursos del Contrato de Concesión No. 444 de 1994.
La totalidad de los recursos para realizar el pago de las obligaciones que acuerdan el INCO con el Concesionario están garantizados a través del contrato de concesión de acuerdo con lo previsto en la CLÁUSULA SEXTA. OBLIGACIONES DEL CONCESIONARIO. donde se establece: “Son obligaciones a cargo del concesionario entre otras las siguientes: a) La financiación total del proyecto, incluidos los costos de interventoría y supervisión técnica y financiera ...”; igualmente en la cláusula DÉCIMA QUINTA. ESQUEMA FINANCIERO. FONDOS DEL CONTRATO. se
establece: “... Será directamente el Fideicomiso quien provea al CONCESIONARIO de los recursos que requiera para la elaboración de los estudios y diseños, la adquisición de predios para la zona de carretera, la supervisión e interventoría del contrato, ...”
El Fideicomiso pagará el valor del contrato de la siguiente manera: a) Un pago anticipado del 10% del valor total del contrato, una vez cumplidos los requisitos de perfeccionamiento y legalización del mismo. Para el cobro del pago anticipado bastará que el Interventor presente la constancia de aprobación de la garantía única y de la orden de iniciación expedida por el Subgerente de Gestión Contractual del Instituto. b) El noventa por ciento (90%) restante en pagos mensuales de igual valor, previa presentación del informe mensual de Interventoría y de la respectiva cuenta de cobro, aprobados por el Supervisor designado, quedando el pago de la última cuenta supeditado a la aprobación del informe final de Interventoría. c) Todos los pagos serán efectuados por el Fideicomiso, previo cumplimiento de los requisitos para la presentación de la cuenta dentro de los tres (3) días hábiles siguientes a la fecha de radicación de los documentos relacionados en el anterior literal en las oficinas del fideicomiso.
3. LOS FUNDAMENTOS JURIDICOS QUE SOPORTAN LA MODALIDAD DE SELECCIÓN:
El artículo 2 de la Ley 1150 de 2007 estableció que la escogencia del contratista se efectuará con arreglo a las modalidades de selección de Licitación Pública, selección abreviada, concurso de méritos, y contratación directa.
El mismo artículo en su numeral 3 establece dentro de las modalidades de selección el Concurso de Méritos para la escogencia de consultores o proyectos.
El articulo 54 y siguientes del Decreto 066 de 2008, reglamentó el proceso de selección del concurso de meritos y estipuló que son objeto de selección mediante concurso de meritos con precalificación los servicios de consultoría a que se refiere el numeral 2 del Articulo 32 de la Ley 80 de 1993.
La Ley 80 de 1993, definió dentro de los contratos de consultoría aquellos que tienen por objeto la interventoría, asesoría, gerencia de obra o de proyectos, dirección, programación y la ejecución de diseños, planos, anteproyectos y proyectos.
Que teniendo en cuenta la naturaleza del objeto a contratar y la normatividad legal vigente, el procedimiento de selección que aplica para el caso sub examine corresponde al Concurso de Meritos con Precalificación.
4. ANALISIS TECNICO Y ECONOMICO QUE SOPORTE EL VALOR ESTIMADO DEL CONTRATO.
Se anexa a la presente el análisis técnico y económico que soporta el valor del contrato de Interventoría. El análisis técnico se fundamenta en los precios xxx xxxxxxx teniendo en cuenta las contrataciones de Interventoría recientemente realizada por el INCO.
DESCRIPCIÓN DEL PROYECTO
GENERALIDADES
La carretera Bogotá – Villavicencio, con nomenclatura de la red vial nacional Ruta 40 – tramo 6, se extiende por los departamentos de Cundinamarca y Meta, tiene su origen al Sur Oriente de Bogotá, transcurre por los municipios de Chipaque, Cáqueza, Quetame y Guayabetal en el departamento de Cundinamarca y el corregimiento de Pipiral en el departamento del Meta, hasta terminar su recorrido en su capital Villavicencio. Este proyecto fue concesionado mediante el contrato No. 444/94 a la firma privada Concesionaria Vial de los Andes, Coviandes S.A.
El proyecto de Concesión se encuentra dividido en cinco (5) tramos, del 2 al 6, los cuales se nombran a continuación
Tramo 2 Bogotá (K0+000) - El Antojo (K9+210)
Inicia en el Portal Bogotá (K0+000, Intersección de Avenida x Xxxxxxxxxxxxx con Vía que conduce al Alto del Boquerón II.
Presenta una longitud de 9,21 Km., (Incluido el túnel Argelino Xxxxx Xxxxxxxx), una velocidad de diseño de 70 Km/h y una pendiente máxima del 6%. Este tramo fue construido en su totalidad por el concesionario y entró en operación el 26 de Septiembre de 1999 (Según el Fallo del Tribunal de Arbitramento de Inestabilidades de fecha 29 de julio de 2004). Las principales estructuras que se localizan en este tramo son:
- Estación de Peaje el Boquerón, localizado en el K4+100, la cual cuenta con 6 carriles de cobro automáticos.
- Punto de control Boquerón II, localizado en el K9+210, sitio donde converge la vía antigua con la nueva, cuenta con dos carriles de cobro automáticos.
- Xxxxx Xxxxxxxx Xxxxx Xxxxxxxx o El Boquerón, len el K1+069, con longitud de 2,415 m, incluyendo 80 m en túnel falso.
Tramo 3 el Antojo Puente Real (K25+510)
El tramo cuenta con una longitud de 16.3 Km. Inicia en el sitio conocido como El Antojo (K9+210) y finaliza en Puente Real (K25+510). Tiene una velocidad de diseño de 50 – 60 Km/h y una pendiente máxima del 10%. Este tramo fue rehabilitado y mejorado en su totalidad por el concesionario y para realizarlo, se utilizó la vía antigua x Xxxxxxxxxxxxx. Entró en operación el 1 de enero de 1999.
En este tramo se encuentra ubicada la Estación de pesaje, en el sitio Alto de la Xxxx ( K 22+400).
Tramo 4 Puente Real (K25+510) – Puente Téllez (K38+300)
Este tramo fue construido por el INSTITUTO NACIONAL DE VIAS - INVIAS, a través de un contrato de obra publica con el Xxxxxxxxx Xxxxxxx Xxxx Xxxxxxxx – Gayco. Inicia en el K25+510 (Puente Real) y termina en el K38+300 (Puente Téllez), para una longitud total de 12.7 Km.
La fecha de terminación real de la obra fue el 30 xx xxxxx del 2000, no obstante la vía entró en servicio desde el 03 xx Xxxxxx de 1998.
El Instituto Nacional de Vías – INVIAS mediante acta No 49 del 30 de Diciembre de 2005 hizo la entrega oficial al concesionario de los tramos 4 y 5 de la vía para realizar obras de alistamiento y continuar con su operación y mantenimiento, donde se negocio la construcción de una sobre carpeta, obras de drenaje y subdrenaje necesarias para mejorar el nivel de servicio de la vía.
Tramo 5 Puente Téllez (K38+210) – Xxxx Seco (K70+471)
La construcción de este tramo fue adelantada por el Instituto Nacional de Vías – INVIAS, inicialmente a través de la firma Xxxxxxx Xxxxxxxxx y terminada por la firma Inconstruc. Inicia en el K38+300 (Puente Téllez) y termina en el K70+471 (Xxxx Seco).
La obra fue terminada el 30 xx xxxx de 1998. Mediante el Acta de Acuerdo No. 11 del 03 de Diciembre de 1998, el INVIAS acordó con el Concesionario el inicio de la operación y el mantenimiento provisional de este tramo a partir del 1 de Enero de 1999.
El Instituto Nacional de Vías – INVIAS mediante acta No 49 del 30 de Diciembre de 2005 hizo la entrega oficial al concesionario de los tramos 4 y 5 de la vía para realizar obras de alistamiento y continuar con su operación y mantenimiento.
Tramo 6 Xxxx Seco (K70+471) – Xxxxxxxxxxxxx (K85+600)
La construcción de este tramo estuvo a cargo del Instituto Nacional de Vías - INVIAS.
Inicialmente la obra fue adelantada por el Consorcio Xxxxxx SpA & Grandi Lavori Fincosit Spa y finalmente terminada por Conconcreto y Conciviles. Este tramo con una longitud total de 15,1 km, inicia en el K70+471 (Xxxx Seco) y finaliza en el K85+600 (Xxxxxxxxxxxxx).
Mediante el Acta de Acuerdo 35, se inicia el proceso de entrega y recibo del tramo, a la Concesionaria, actividad que se desarrolló mediante un cronograma anexo a dicha acta. Durante este periodo se determinó el estado en el que la Concesionaria recibe las obras, a fin de determinar su responsabilidad sobre la operación y mantenimiento de las mismas.
Mediante el Acta de Acuerdo No. 37, se establece que la operación definitiva de la vía a Superficie del tramo 6 a cargo del Concesionario, se inicia a partir del 16 de enero de 2003.
Finalmente, el 4 de Octubre de 2004 se firmó el Acta de Acuerdo No. 46, suscrita entre el INVIAS, el INCO y la Concesionaria Vial de Los Andes, mediante la cual se verifica el cumplimiento de las actividades de entrega de los túneles Bijagual y Xxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxx (Buenavista), se hace entrega de los mencionados túneles a la Concesionaria Coviandes, para su operación y mantenimiento y se efectúan otros acuerdos con relación al Tramo 6 de la carretera Bogotá – Villavicencio y el Contrato de Concesión 444 de 1994.
VALOR CONTRATO:
A- a. | DISEÑOS Xxxxx Xxxxxxxx Xxxxx Xxxxxxxx | $ 802.300.000 |
b. | Estructuras, intersecciones, puentes y túneles | $ 536.000.000 |
c. | Antojo – Cáqueza (Anteproyecto 37.5 km | $ 235.100.000 |
d. | Diseños definitivos Antojo – Puente Real (15.1 km) | $ 128.000.000 |
e. | Diseños y estudios originales | $ 279.400.000 |
Total Diseños | $ 1.980.800.000 | |
B- | CONSTRUCCIÓN | |
a. | Tramo 2: Vía a cielo abierto | $ 9.733.700.000 |
Túnel Argelino Xxxxx Xxxxxxxx | $ 00.000.000.000 | |
b. | Tramo 3 incluyendo Abasticos | $ 00.000.000.000 |
c. | Caminos y accesos Tramo 3 | $ 567.700.000 |
x. | Xxxxxx de alambre Tramo 2 | $ 222.900.000 |
Total Construcción Obra Básica | $ 00.000.000.000 | |
C. | INFRAESTRUCTURA DE OPERACIÓN | |
D- | Obra civiles, casetas de peaje, equipos de operación y otros OTROS COSTOS | $ 2.513.200.000 |
x. | Xxxxxxx y accesos Tramo 2 y Servidumbres Tramo 3 | $ 3.111.600.000 |
b. | Manejo ambiental | $ 1.354.000.000 |
c. | Costo de Interventoría durante las etapas de diseño y construcción | $ 1.680.000.000 |
d. | Adquisición de predios | $ 3.474.100.000 |
e. | Obras complementarias (Incluye todas la modificaciones al contrato; incluido Acta de Acuerdo No 14 Diseño estabilidad Sectores Xxxxx Xxxx y Xxxxx Baja) | $ 6.490.431.056 |
Total Otros Costos | $ 16.110.131.056 | |
E. | Garantías de Construcción | $ 9.107.802.702 |
Total en Pesos xx Xxxxx de 1994 | $ 00.000.000.000 |
PLAZO DE EJECUCIÓN:
Fecha acta de iniciación etapa
de estudios y diseños 30 de septiembre de 1994 Plazo inicial etapa de Estudios Seis (6) meses
Plazo Actual etapa de Estudios Treinta y siete (37) meses Fecha finalización etapa de Estudios 30 de octubre de 1997
Fecha acta de iniciación etapa
de Construcción 26 xx xxxxx de 1996
Plazo de construcción 39 meses
Fecha final etapa de construcción Septiembre 25 de 1999
Fecha de iniciación etapa
de Operación Enero de 1999
Plazo inicial Concesión Ciento noventa y dos (192) meses
Prórroga No. 1 Acta de Acuerdo del 28 xx xxxx de 1996, se amplía el plazo por 35 meses, debido a la necesidad de adecuar y optimizar el trazado de la vía, especialmente en el tema ambiental. Se incluyó la construcción del túnel del Boquerón en reemplazo de la variante de Chipaque y el mejoramiento xxx xxxxxxxx vial entre El Antojo y Puente Téllez ajustando la inversión al máximo aporte del INVIAS al Contrato.
Prórroga No. 2 Acta de Acuerdo No. 5 del 27 xx xxxxx de 1997, debido a que la entrada en vigencia del Acta del 28 xx xxxx de 1996, se produjo un (1) mes después de su firma.
Prórroga No. 3 De acuerdo con el numeral Décimo del Acta de Acuerdo No. 46 del 4 de octubre de 2004, en donde se amplía el plazo de la etapa de operación en 42 meses, como consecuencia de la inclusión de valores en el modelo financiero del Contrato 0444 de 1994..
Prórroga No. 4 Otrosí del Acta de Acuerdo No. 48 del 18 de julio de 2005, en donde se amplía el plazo de la etapa de operación en 41 meses, como consecuencia de la inclusión de valores en el modelo financiero del Contrato 0444 de 1994.
Prórroga No. 5 Acta de Acuerdo No. 50 del 24 de Noviembre de 2006, en donde se amplía el plazo de la etapa de operación en 36 meses, como consecuencia de los estudios (Fase III, para construcción), de los sectores: El Tablón – Puente Téllez, Variante Puente Quetame, Variante Quebrada Naranjal – Quebradablanca, y Variante de Guayabetal.
Plazo Actual Concesión Trescientos cuarenta y ocho (348) meses Fecha final Contrato de Concesión Agosto de 2023
El proyecto cuenta con 3 estaciones de peaje, un puesto de control denominado Boquerón II y una estación de pesaje.
Estación de Peaje El Boquerón (PR 4+100)
Puesto de Control Boquerón II (PR 9+200)
Estación de pesaje Alto de la xxxx (PR 22+400)
Estación de Peaje Puente Quetame (PR 44+750)
Estación de Peaje de Pipiral (PR 71+850)
La Concesión cuenta con dos (2) Centros de Control Operacional localizados en El Boquerón y en El Trapiche.
La carretera Bogota Xxxxxxxxxxxxx cuenta con 103 postes SOS a lo Largo de la vía.
PERSONAL SOLICITADO PARA EL DESARROLLO DE LA INTERVENTORÍA PERSONAL PROFESIONAL
Un (1) Subdirector Técnico y Operativo Un (1) Subdirector Financiero
Un (1) Residente Técnico y Operativo Un (1) Residente Ambiental
Un (1) Especialista por cada una de las siguientes áreas:
• Geotecnia y/o Pavimentos.
• Tránsito y Vías
• Ambiental.
• Derecho Administrativo Un (1) Auditor en el área de Sistemas Un (1) Ingeniero electromecánico
Un (1) Ingeniero Civil, Catastral o Geodesta
Un (1) Abogado Gestión Predial y Expropiación
PERSONAL TÉCNICO
Un (1) Inspector (Pavimentos, estructuras). Dos (2) Aforadores.
Un (1) auxiliar administrativo en Bogota al servicio del Proyecto (INCO). Una Secretaria
5. LA JUSTIFICACION DE LOS FACTORES DE SELECCCION QUE PERMITAN IDENTIFICAR LA OFERTA MAS FAVORABLE.
En el concurso de meritos con precalificación, la oferta más favorable al Instituto Nacional de Concesiones – INCO será aquella que presente la mejor calidad, de acuerdo con los criterios que para el efecto señale el pliego de condiciones, con independencia del precio, que no será factor de calificación o evaluación.
Los factores de calificación que se valoraran son los siguientes:
Para la conformación de la lista corta se recomienda tener en cuenta:
1.- Capacidad Jurídica del interesado para contratar
2.- Experiencia general del interesado el cual deberá ser proporcional, relevante y suficiente en las áreas requeridas para los servicios a realizar.
3.- Capacidad intelectual entendida como las calificaciones del interesado, para desarrollar servicios de consultoría en el área descrita en los requerimientos técnicos.
4.- Capacidad operacional, de organización y administrativa del proponente para Llevar a cabo el tipo y clase de servicios de consultoría según los requerimientos técnicos.
Para la calificación de la propuesta de los oferentes preclasificados se tendrá en cuenta:
• PROPUESTA ECONÓMICA: La propuesta económica no será factor de calificación o evaluación y deberá incluir los precios asociados con las tareas a contratar que comprendan, entre otros:
1. La remuneración del personal del consultor, la cual podrá incluir, según el caso, sueldos, cargas por concepto de seguridad social, viáticos, etc.
2. Gastos reembolsables indicados en los pliegos de condiciones.
3. Gastos generados por la adquisición de herramientas o insumos necesarios para la realización de la labor.
4. Gastos de administración.
5. Utilidades del consultor.
6. Gastos contingentes.
Los precios deberán ser desglosados por actividad y de ser necesario, por gastos en moneda nacional y extranjera. Las actividades y productos descritos en la propuesta técnica pero no costeadas en la propuesta económica, se consideran incluidas en los precios de las actividades o productos costeados.
• CRITERIOS DE EVALUACIÓN DE LAS PROPUESTAS TÉCNICAS: Para la evaluación de la propuesta técnica los pliego de condiciones se estructuraran de acuerdo a las siguientes reglas:
1. Experiencia específica del proponente en relación directa con los servicios previstos en los requerimientos técnicos, y proporcional al alcance y tipo de los mismos, cuya exigencia se valorará cualitativamente en relación con la realización de proyectos de naturaleza e impacto similares. La entidad podrá asignarle una ponderación entre el veinte (20%) y hasta el cuarenta por ciento (40%) del total de la puntuación de la propuesta técnica.
2. Propuesta metodológica y plan y cargas de trabajo que deberá reflejar la idoneidad y calidad de la propuesta, la cual se evaluará teniendo en cuenta los siguientes subcriterios:
a. Aproximación técnica y metodología propuesta: calificará el entendimiento que el proponente tiene del problema planteado en los pliegos de condiciones y la pertinencia de la metodología sugerida, de manera que permita alcanzar los objetivos señalados en los requerimientos técnicos.
b. Plan de trabajo: calificará una detallada, correcta y pertinente organización de actividades en relación al tiempo necesario para alcanzar los objetivos planteados en los pliegos de condiciones así como la coherencia del plan respecto de la aproximación técnica y la metodología propuesta.
c. Organización, coordinación y distribución de cargas de trabajo: calificará la distribución y asignación de funciones y responsabilidades propuesta, en búsqueda de optimización de los recursos humanos, eficiencia y economía en la realización de la tarea planteada en los pliegos de condiciones.
La entidad podrá asignarle a este criterio una ponderación entre el diez (10%) y hasta el treinta por ciento (30%) del total de la puntuación de la propuesta técnica.
3. Calificaciones de los profesionales y expertos integrantes del equipo de trabajo. Los requerimientos técnicos indicarán la lista del personal principal de expertos que será objeto de evaluación.
Las calificaciones y competencia de este personal clave se valorarán teniendo en cuenta:
a. Calificaciones profesionales: corresponderán a niveles de formación académica y especialización.
b. Experiencia específica en trabajos semejantes.
La entidad podrá asignar una ponderación de entre el cuarenta (40%) hasta el sesenta por ciento (60%) del total de la puntuación de la propuesta técnica al equipo de trabajo. La asignación de los puntajes a los miembros principales de este equipo deberá reflejar las responsabilidades asignadas a cada uno de ellos, según la información consignada en las hojas de vida y sus soportes.
4. Participación del proveedor nacional. Para este efecto se consideran servicios de consultoría de origen nacional aquellas que ofrezcan al menos un cincuenta por ciento (50%) del personal principal de la propuesta, requerido en los pliegos de condiciones, de nacionalidad colombiana.
• VALORACIÓN DE LA EXPERIENCIA DEL PROPONENTE
La experiencia general y específica de los proponentes se contará en años o meses vencidos, en los períodos determinados en el pliego de condiciones para cada una de ellas.
Para la contabilización de la experiencia se tendrá en cuenta:
1. La experiencia de los socios de una persona jurídica se podrá acumular a la de ésta, cuando no cuente con más de cinco (5) años de constituida, y se hará en proporción a su participación en el capital social.
2. En el caso de consorcios o uniones temporales, la experiencia será la acumulación de las experiencias específicas de quienes los conforman de manera proporcional a su participación en el mismo.
3. En el caso de las personas naturales, desde el término señalado en los pliegos de condiciones.
6. ESTIMACION, TIPIFICACION Y ASIGNACION DE LOS RIESGOS.
Los riesgos derivados del presente contrato serán asignados de acuerdo con el principio según el cual, cada riesgo debe ser asumido por la parte que mejor lo pueda controlar y administrar. De hecho, el Gobierno Nacional, a través del Documento CONPES Número 3107 de 2001, estableció dicho criterio cuando señaló: “Los principios básicos de la asignación de riesgos parten del concepto que estos deben ser asumidos: i) por la parte que esté en mejor disposición de evaluarlos, controlarlos y administrarlos; y/o; ii) por la parte que mejor disponga de los medios de acceso a los instrumentos de protección, mitigación y/o diversificación”
La tipificación de los riesgos es la enunciación que la entidad hace de aquellas contingencias previsibles que en su criterio pueden presentarse durante y con ocasión de la ejecución del contrato.
La estimación del riesgo es la valoración, en términos monetarios o porcentuales respecto del valor del contrato, que hace el Instituto de ellos, de acuerdo con la tipificación que ha establecido y con base en la información fehaciente y soportada que tenga a su alcance la entidad contratante (Num. 6, Art. 3 Dto 066 de 2008).
La asignación del riesgo es el señalamiento que hace la entidad de la parte contractual que deberá soportar total o parcialmente la ocurrencia de la circunstancia tipificada, asumiendo su costo y su atención.
De tal forma, que la entidad en cumplimiento de lo previsto en el articulo 4 de la ley 1150 de 2008 y lo dispuesto en el numeral 6 del Artículo 3 del Decreto 066 de 2008, y con base al desarrollo legal, jurisprudencial y doctrinal, los riesgos previsibles que puedan afectar la ejecución del contrato que llegaré a adjudicarse para la satisfacción del objeto requerido, en el presente caso obedecen a riesgos empresariales, es decir áleas normales, inherentes a la ejecución del objeto contractual, que se imputan exclusivamente al contratista afectado, y no a la entidad. (Ver Sentencia del 9 xx xxxx de 1996, Consejo de Estado Secc. Tercera)
TIPIFICACIÓN | ESTIMACIÓN | DISTRIBUCIÓN |
TIPO DE RIESGOS | DESCRIPCIÓN DEL RIESGO | ||
AMENAZA DE LA NATURALEZA | Propensión a contraer enfermedades típicas de la zona de ejecución del proyecto | 100% del daño o perjuicio | Contratista |
Existencia de condiciones climáticas, ambientales o geográficas anormales que generen retraso, dificultad o imposibilidad de acceder al sitio indicado, por parte del profesional o técnico asignado. | 100% del daño o perjuicio | Contratista | |
Inexistencia o limitaciones de medios de acceso y/o transporte de los profesionales o técnicos designados | 100% del daño o perjuicio | Contratista | |
AMENENAZA DE ORDEN PÚBLICO | Deterioro de las condiciones de seguridad y orden público que impidan la ejecución de las funciones del personal designado | 100% del daño o perjuicio | Contratista |
Interrupción de las actividades por acciones Civiles o problemas de orden social | 100% del daño o perjuicio | Contratista | |
Interrupción de las actividades del proyecto por el secuestro de las personas que realizan las actividades del proyecto | 100% del daño o perjuicio | Contratista | |
AMENAZA REGULATORIA | Imposición de nuevos tributos | 100% del daño o perjuicio | Contratista |
Imposición de nuevos trámites o permisos | 100% del daño o perjuicio | Contratista | |
Cambios en el marco regulatorio o normatividad aplicable al proyecto | 100% del daño o perjuicio | Contratista | |
Variación de tasas o tarifas | 100% del daño o perjuicio | Contratista |
En general cualquier evento que modifique las condiciones tributarias existentes al momento de la presentación de la propuesta y/o los efectos, favorables o desfavorables, de las variaciones de los componentes económicos, fiscales, legales y técnicos necesarios para cumplir con las obligaciones del oferente adjudicatario necesarios para dar cabal ejecución del contrato resultante | 100% del daño o perjuicio | Contratista | |
RIESGOS EMPRESARIALE S O DE OPERACIÓN | Riesgos normales que corresponden al giro ordinario de la empresa (contratista) y que deben ser previstos por el contratista al momento de presentar la oferta. En consecuencia comprende los efectos favorables y desfavorables derivados de las variaciones en los precios xxx xxxxxxx de gastos de administración para dar cabal cumplimiento al objeto de este proceso de selección. Dentro de esta descripción se enmarca aquellos situaciones que tienen ocurrencia al interior de la empresa o en el círculo propio del sujeto afectado que pueden llegar a generar incumplimientos o dificultades en la ejecución del contrato, por ejemplo, accidentes de trabajo de los operarios, incendios en las instalaciones de la empresa, averías internas de los equipos suministrados para la prestación del servicio, incumplimiento de proveedores o subcontratistas entre otros. Dichos riesgos solo son imputables al contratista. | 100% del daño o perjuicio | Contratista |
RIESGO DE PERMANENCIA EN EL LUGAR DE LA OBRA | La ejecución de la interventoría está ligada a la ejecución del contrato de concesión, de tal manera que si éste llegare a suspenderse por cualquier de las causales previstas en la Ley, el contrato de Interventoría producto del presente proceso de selección, será suspendido, razón por la cual se aceptará la ampliación del término de ejecución del contrato de interventoría sin indemnización alguna. | 100% del daño o perjuicio | Contratista |
La seguridad del personal (del contratista, subcontratistas, empleados administrativos o personal visitante a la obra) en caso de conflictos internos, conflictos de Colombia |
RIESGO DEL PERSONAL | con otros Estados, y situaciones de orden público generados por cualquier organización al margen de la ley dentro de las instalaciones de las unidades militares donde se llevan a cabo las obras. | 100% del daño o perjuicio | Contratista |
RIESGO POR ATRASO EN LOS PAGOS AL CONTRATISTA | Los costos imprevistos ocasionados por los retrasos injustificados en los pagos mensuales que la entidad deba efectuarle al oferente adjudicatario durante la ejecución del objeto contractual, se liquidarán de acuerdo a los intereses xx xxx autorizado por la Superintendencia Financiera. | 5% del valor del contrato | El proyecto |
7. ANÁLISIS QUE SUSTENTA LA EXIGENCIA DE LOS MECANISMOS DE COBERTURA QUE GARANTIZAN LAS OBLIGACIONES SURGIDAS CON OCASIÓN DEL PROCESO DE SELECCIÓN Y DEL CONTRATO A CELEBRAR.
Los riesgos amparados por el contratista son el cumplimiento, la calidad de la asesoría y los salarios y prestaciones en que incurra con motivo de la prestación del servicio. Estos riesgos serán cubiertos con la garantía única del contrato. Se proponen los siguientes parámetros:
Amparo de cumplimiento por un valor mínimo igual al 10 % del valor del contrato por un término igual a la duración del contrato y cinco meses más. Amparo de salarios, prestaciones sociales e indemnizaciones del personal que utilice para la consultoría no inferior al 10% del valor total del contrato por un término igual a la duración del contrato y tres (3) años más. Amparo de calidad del servicio por un valor igual al 30 % del valor del contrato y un término de duración igual al plazo del contrato y tres (3) años más.
Atentamente,
XXXXX XXXXXXX XXXXXX XXXXXXXXXXXX Vo. Bo. XXXXXXXXX XXXXXX XXXXXX
Supervisor Contrato de Concesión 444/94 Coordinador Modo Carretero(E) Carretera Bogotá – Villavicencio
Vo. Bo. XXXXXXXX XXXXXXXXX XXXXXX XXXXX XXXXXXX ESPAÑA.
Coordinador Grupo Misional Territorio Subgerente Gestión Contractual (E)
Mayo de 2008