Contract
PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES QUE HA DE REGIR EN LA CONTRATACIÓN POR PROCEDIMIENTO ABIERTO DEL SUMINISTRO DE MATERIAL DE OFICINA NO INVENTARIABLE DEL AYUNTAMIENTO XX XXXXXX”.
1. OBJETO
1.1 Es objeto de este Pliego la contratación por parte del Ayuntamiento xx Xxxxxx del “SUMINISTRO DE MATERIAL DE OFICINA NO INVENTARIABLE DEL AYUNTAMIENTO XX XXXXXX”, que se realizará conforme al PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS que se adjunta, redactado por el Servicio Municipal de Contratación, Suministros y Responsabilidad Patrimonial.
1.2 La codificación del objeto del contrato, según el Vocabulario Común de Contratos Públicos (CPV) aprobado por el Reglamento 213/2008-CE, de 28 de noviembre de 2007, es 30192000 – “Artículos de oficina” y 30197643 – “Papel para fotocopiadoras”.
1.3 Toda la información relativa a la contratación derivada de la presente convocatoria se publicará en el perfil del contratante en la página web xxx.xxxxxx.xx.
2. REGULACIÓN JURÍDICA
2.1 El objeto del presente Pliego está tipificado como contrato de SUMINISTROS y se regirá por las prescripciones contenidas en el mismo; los preceptos del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público; el Real Decreto 817/2009, de 8 xx xxxx, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 30/2007 de Contratos del Sector Público; el Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, en lo que no se oponga al Texto Refundido antes citado; subsidiariamente, por los preceptos de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y normas complementarias; y, supletoriamente, las restantes normas de Derecho Administrativo y, en su defecto, las normas de Derecho Privado que le sean de aplicación.
2.2 Su adjudicación se realizará mediante PROCEDIMIENTO ABIERTO, de conformidad con lo establecido en el art. 138 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, utilizándose los criterios de adjudicación que se relacionan en la cláusula 8 del presente Pliego y sujeto a REGULACIÓN ARMONIZADA.
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3. PRECIO
3.1 El tipo de licitación se fija en la cantidad de 106.446,28 € más el 21% de I.V.A., que asciende a la cantidad de 22.353,72 €, lo que hace un total de 128.800,00 €, que es el presupuesto del contrato objeto del presente Pliego de Condiciones; sin que ello presuponga la obligación del consumo total del contrato por parte de este Ayuntamiento.
Los licitadores deberán ofertar un porcentaje único de baja aplicable a todos y cada uno de los precios unitarios establecidos Anexo I que acompaña al Pliego de Prescripciones Técnicas. Igualmente, los licitadores ofertarán un porcentaje de baja único al resto de precios unitarios contenidos en el Anexo II.
En el presupuesto total se entenderán comprendidos todos los gastos y demás impuestos que graven la realización del contrato, no pudiendo en su consecuencia, repercutirlos la empresa adjudicataria contra la Administración como partida independiente del presupuesto contratado.
3.2 El valor estimado del contrato, incluidas las prórrogas (y modificaciones) previstas y excluido el I.V.A., asciende a la cantidad de 234.181,82 €.
3.4 No se admitirán variantes o alternativas.
4. PLAZO DE DURACIÓN DEL CONTRATO
El plazo de duración del contrato derivado de la adjudicación del suministro objeto del presente Pliego será de UN AÑO desde el 1 de enero de 2013, o desde la fecha de su formalización, si est fuera posterior.
Dicho contrato podrá ser prorrogado por UN AÑO más, si se acuerda de forma expresa antes de su finalización, previo informe favorable del Servicio Municipal promotor del expediente.
Dado que el contrato se iniciará durante el próximo ejercicio presupuestario de 2013, la autorización y el compromiso de gasto se subordinarán al crédito que para cada ejercicio se consigne en los respectivos presupuestos, de conformidad con lo establecido en el art. 174.1 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 xx xxxxx, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, operando dicha circunstancia como condición suspensiva en su vigencia.
5. REVISIÓN DE PRECIOS
No se aplicará a la presente contratación la revisión de precios, conforme a lo establecido en el art. 89 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.
6. APTITUD PARA CONTRATAR
6.1 Podrán tomar parte en esta contratación las personas naturales o jurídicas que tengan plena capacidad de obrar, no estén incursas en una prohibición de contratar y acrediten su solvencia económica, financiera y técnica o profesional, conforme a la cláusula 7 del presente pliego de condiciones.
Los empresarios deberán contar, así mismo, con la habilitación empresarial o profesional exigible para la realización de la actividad que constituye el objeto del contrato.
Las personas jurídicas sólo podrán ser adjudicatarias de contratos cuyas prestaciones estén comprendidas dentro de los fines, objeto o ámbito de actividad que, a tenor de sus estatutos o reglas fundacionales, le sean propios.
6.2 La capacidad de obrar de los empresarios que fueren personas jurídicas se acreditará mediante la escritura o documento de constitución, los estatutos o el acto fundacional, en los que consten las normas por las que se regula la actividad, debidamente inscritos, en su caso, en el Registro público que corresponda, según el tipo de persona jurídica de que se trate.
La capacidad de obrar de los empresarios no españoles que sean nacionales de Estados miembros de la Unión Europea se acreditará por su inscripción en el registro procedente de acuerdo con la legislación del Estado donde estén establecidos, o mediante la prestación de una declaración jurada o un certificado, en los términos que se establezcan reglamentariamente, de acuerdo con las disposiciones comunitarias de aplicación.
Los demás empresarios extranjeros deberán acreditar su capacidad de obrar con informe de la Misión Diplomática Permanente de España en el Estado correspondiente o de la Oficina Consular en cuyo ámbito territorial radique el domicilio de la empresa.
Estos últimos, además, deberán justificar mediante informe de la respectiva Misión Diplomática Permanente española, que se acompañará a la documentación que se presente, que el Estado de procedencia de la empresa extranjera admite a su vez la participación de empresas españolas en la contratación con la Administración, en forma sustancialmente análoga, con excepción de las empresas de Estados signatarios del Acuerdo sobre Contratación Pública de la Organización Mundial de Comercio; y deberán tener abierta sucursal en España, con designación de apoderados o representantes para sus operaciones y estar inscritas en el Registro Mercantil.
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6.3 La prueba, por parte de los empresarios, de no estar incurso en una prohibición de contratar de las contenidas en el art. 60 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, se efectuará mediante testimonio judicial o certificación administrativa, según los casos, y cuando dicho documento no pueda ser expedido por la autoridad competente, podrá ser sustituido por una declaración responsable otorgada ante una autoridad administrativa, notario público u organismo profesional cualificado.
6.4 Podrán presentarse proposiciones escritas por diversos empresarios agrupados temporalmente para la realización del objeto de esta contratación. Dichos empresarios quedarán obligados solidariamente ante la Administración, y deberán nombrar en su proposición un representante o apoderado único de la unión, con poderes bastantes para ejercitar los derechos y cumplir las obligaciones que del contrato se deriven hasta la extinción del mismo, sin perjuicio de la existencia de poderes mancomunados que puedan otorgar las empresas para cobros y pagos de cuantía significativa.
En este caso cada una de las empresas deberá acreditar su capacidad de obrar y jurídica frente a la Administración de conformidad con lo dispuesto en Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.
La duración de las Uniones Temporales de empresarios será coincidente con la del contrato hasta su extinción.
6.5 En cuanto a las proposiciones formuladas por distintas empresas pertenecientes a un mismo grupo se estará a lo dispuesto en el art. 86 del Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas.
7. SOLVENCIA ECONÓMICA Y FINANCIERA Y TÉCNICA O PROFESIONAL
7.1 Dado el presupuesto del contrato objeto del presente Pliego, las empresas licitadoras deberán acreditar su solvencia técnica o profesional por los medios siguientes:
a. Por relación de los principales suministros efectuados durante los TRES ULTIMOS AÑOS, indicándose su importe, fechas y destino público o privado, a la que se incorporarán los correspondientes certificados de los mismos en los términos indicados en el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares, debiendo acreditar haber realizado, como mínimo, un volumen de facturación total durante los tres últimos años de, al menos, el importe máximo del presente contrato.
b. Documentación acreditativa de que disponen de medios suficientes para garantizar la correcta ejecución del contrato (personal suficiente, flota de vehículos, locales y almacenes de material …) especialmente de aquellos encargados del control de calidad. La empresa deberá aportar documentación acreditativa de que el personal
necesario para la ejecución del contrato, o bien se encuentra en plantilla o bien dispone del mismo (compromiso de disponibilidad u otro documento acreditativo de tal circunstancia).
7.2 Con independencia de lo establecido en el apartado anterior, los licitadores deberán acreditar necesariamente su solvencia económica y financiera, por uno o varios de los medios siguientes:
a. Informe de instituciones financieras, o en su caso, justificante de la existencia de un seguro de indemnización por riesgos profesionales.
b. Las cuentas anuales presentadas en el Registro Mercantil o en el Registro oficial que corresponda. Los empresarios no obligados a presentar las cuentas en Registros oficiales podrán aportar, como medio alternativo de acreditación, los libros de contabilidad debidamente diligenciados.
7.3 La no aportación por parte de los licitadores de toda la documentación exigida en la presente cláusula justificativa de la solvencia requerida y en la cláusula anterior relativa a la capacidad jurídica y de obrar, será causa de exclusión de la oferta, de conformidad con la normativa de aplicación.
8. CRITERIOS PARA LA VALORACIÓN DE LAS OFERTAS
Los criterios objetivos que se aplicarán en la valoración de las ofertas presentadas, de conformidad con lo establecido en el art. 150 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, serán los siguientes:
a) Porcentaje de baja único de aplicación a los precios unitarios ofertados indicados como de mayor consumo,
del Anexo I del presente Pliego, hasta 50,00 puntos.
Se valorará este apartado según la siguiente fórmula:
Puntuación de la Oferta X =
Porcentaje de Baja Oferta X * Puntuación Máxima Mayor Porcentaje de Baja
b) Porcentaje de baja único de aplicación al resto de los precios unitarios ofertados, del Anexo II del presente
Pliego hasta 30,00 puntos,
Se valorará este apartado según la siguiente fórmula:
Puntuación de la Oferta X = Porcentaje de Baja Oferta X * Puntuación Máxima
Mayor Porcentaje de Baja
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c) Calidad Ambiental, hasta 20,00 puntos.
Se valorará que el papel ofertado tenga los siguientes certificados, pudiendo ser las puntuaciones acumulativas:
- Papel reciclado certificado con el sello Xxxxx Azul o equivalente 8,00 puntos
- Papel reciclado con certificación de otros
organismos oficiales 5,00 puntos
- Papel no reciclado con sello FSC 4,00 puntos
- Papel no reciclado con sello Cisne Blanco o equivalente 3,00 puntos
9. PROPOSICIONES
9.1 Las proposiciones para tomar parte en esta licitación se presentarán en DOS SOBRES CERRADOS, que podrán estar lacrados y precintados y en el que figurará, en cada uno de ellos, la siguiente INSCRIPCION:
"Proposición presentada por D....…….......(en nombre propio o en representación de...………………..., con C.I.F ), para tomar parte en la licitación convocada
por el Excmo. Ayuntamiento xx Xxxxxx, para contratar el " "
En cada uno de los sobres, se añadirá además, respectivamente,
▪ “SOBRE 1” (DOCUMENTACIÓN ADMINISTRATIVA)
▪ “SOBRE 2” (OFERTA)
Dentro de cada sobre, se incluirá un índice comprensivo de todos los documentos que se incluyan en el mismo.
9.2. Los licitadores presentarán en el "SOBRE 1" (DOCUMENTACIÓN ADMINISTRATIVA), los siguientes DOCUMENTOS:
1. Identificación completa de la empresa, que incluya como mínimo dirección, teléfono, fax y persona de contacto.
2. D.N.I. o C.I.F. del licitador y del representante.
3. Escritura o documento de constitución, estatutos o acto fundacional, en los que consten las normas por las que se regula su actividad, debidamente inscritos, en su caso, en el correspondiente Registro oficial.
Asimismo, aportarán Poder notarial en caso de actuar en representación de otra persona o entidad, DEBIDAMENTE BASTANTEADO por la Directora de los Servicios Jurídicos.
4. Último recibo del Impuesto de Actividades Económicas por la actividad correspondiente, completado con una declaración responsable de no haberse dado de baja en la matrícula del citado Impuesto. En caso de que el licitador haya iniciado la actividad en el presente ejercicio, presentará únicamente el documento acreditativo del alta en el referido Impuesto.
En su caso, las empresas licitadoras podrán acreditar la exención en el mencionado Impuesto, mediante declaración responsable expedida al efecto.
5. Declaración responsable de no estar incurso en una prohibición de contratar de las contenidas en el art. 60 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, que incluya la manifestación de hallarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
6. Documentación acreditativa de la solvencia económica y financiera y técnica o profesional de la Empresa, conforme a lo establecido en la cláusula 6 del presente Pliego de Condiciones.
7. Designación de una persona de la empresa, con línea de atención directa a este Ayuntamiento, indicando número de teléfono de contacto, número de fax y dirección de correo electrónico.
8. Acreditación, mediante la aportación de una declaración jurada, de que la madera utilizada en los bienes objeto de suministro no procede xx xxxxx ilegales.
9. Propuesta de Póliza de seguro de responsabilidad civil, por importe mínimo de
300.000,00 € o copia de la Póliza que tenga suscrita la empresa.
En general, de la documentación jurídica y administrativa, podrán presentarse
originales o copias compulsadas de los mismos, conforme a la legislación vigente.
9.3 En el "SOBRE 2" los licitadores presentarán los siguientes documentos:
• Proposición económica, que se redactará conforme al siguiente modelo:
"D....………...., vecino de..……..., con domicilio en……...., nº..., con D.N.I.
Nº.……....., expedido en.……..., el .... de ....... de 20….., en nombre propio (o en representación de………………....., con C.I.F.: …………) conforme acredito con poder notarial declarado bastante, otorgado ante xxxxxxx xxx Xxxxxxx Colegio de
….…., D. ……….…, con fecha …..….. y nº de protocolo……..; enterado del anuncio publicado en el Boletín Oficial de la Región xx Xxxxxx Nº...., del día... de........ de 20…., y de los Pliegos de Cláusulas Administrativas Particulares y de Prescripciones Técnicas, con destino a la contratación, por PROCEDIMIENTO ABIERTO, del ".......……………..................", cuyo contenido conoce y acepta íntegramente, se compromete a su realización con arreglo a todas y cada una de las cláusulas de los mencionados Pliegos, con una baja del ….% sobre todos y cada uno de los precios unitarios contenidos en el Anexo I y del … % sobre todos y cada uno de los precios unitarios contenidos en el Anexo II.
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Se adjunta relación de precios finales de todos los productos relacionados en los Anexos I y II, una vez aplicadas las correspondientes bajas ofertadas.
Se acompaña en el "SOBRE 1" la documentación exigida en la cláusula 9.2 xxx Xxxxxx de Condiciones.
Se señala como número de fax a efectos de las notificaciones que procedan en cuantas actuaciones se sigan del presente procedimiento el siguiente: .................
Fecha y firma del proponente".
• Certificados de calidad ambiental recogidos en la cláusula 8.c del presente Pliego de Condiciones.
• Las empresas licitadoras deberán presentar muestras de todos los artículos, según lo establecido en la cláusula 5 xxx xxxxxx de prescripciones técnicas.
• Se indicará igualmente en este sobre, en su caso, la parte del contrato que el licitador tenga previsto subcontratar, señalando importe, nombre o perfil empresarial, por referencia a las condiciones de solvencia que reúnan los subcontratistas.
• En caso de que el licitador considere que a su proposición económica existen documentos de carácter confidencial, deberá detallar qué documentación tiene ese carácter mediante la oportuna declaración firmada y debidamente justificada, todo ello a efectos previstos en el art. 140 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.
• En los casos en que concurran empresas comprendidas en un mismo grupo, según lo dispuesto en la cláusula 6.5, se deberá adjuntar a la proposición económica declaración sobre los extremos que se concretan en dicha cláusula.
10. PRESENTACIÓN DE PLICAS
Las plicas para esta licitación se entregarán en el Servicio de Contratación, Suministros y Responsabilidad Patrimonial, hasta las DIEZ HORAS del día en que finalice el plazo de CUARENTA DÍAS naturales desde la remisión del anuncio de licitación al Diario Oficial de la Unión Europea, debiendo remitirse igualmente el anuncio de licitación al Boletín Oficial del Estado para su publicación durante un plazo mínimo de QUINCE DÍAS, y se admitirán cuantos sobres se presenten, siempre que reúnan las condiciones externas reglamentarias.
11. APERTURA DE PLICAS
11.1 Tendrá lugar en la Casa Consistorial ante la Mesa de Contratación, que estará constituida por los siguientes miembros:
▪ Presidente:
- Concejal Delegado de Contratación y Patrimonio.
▪ Vocales:
- Directora de los Servicios Jurídicos.
- Interventora General de la Corporación.
- Jefe de Negociado de Suministros.
- Técnico de Administración General del Servicio de Contratación, Suministros y Responsabilidad Patrimonial.
▪ Secretario:
- Jefe de Servicio de Contratación, Suministros y Responsabilidad Patrimonial.
De conformidad con lo establecido en los arts. 160.1 del R.D.L. 3/2011 y 21 del R.D. 817/2009, la Mesa podrá solicitar cuantos informes técnicos considere precisos para la valoración de las proposiciones presentadas, pudiendo incorporar a sus reuniones los funcionarios o asesores especializados que resulten necesarios para ello
11.2 Reunida la Mesa, procederá a la calificación de la documentación a la que se refiere el artículo 146 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público (SOBRE 1). Si la Mesa observase defectos u omisiones subsanables en la documentación presentada, lo comunicará a los interesados mediante fax, a fin de que, en un plazo máximo de DOS DÍAS HÁBILES procedan a subsanar la referida documentación acreditando el cumplimiento de los requisitos exigidos a la fecha del vencimiento del plazo establecido para la presentación de ofertas, directamente en el Servicio de Contratación, Suministros y Responsabilidad Patrimonial del Ayuntamiento xx Xxxxxx, hasta las quince horas del día en que venza el plazo señalado. Seguidamente se extenderá Acta de Calificación y Selección.
11.3 Por la Mesa se realizará el acto público de apertura de proposiciones (SOBRE 2), que tendrá lugar el primer martes siguiente a la fecha de vencimiento de la licitación, siempre que hayan transcurrido los dos días hábiles mencionados en la cláusula anterior. Si no hubiera transcurrido el plazo citado, se retrasará la apertura de las proposiciones hasta el primer martes siguiente al vencimiento del plazo de subsanación señalado. El referido acto deberá tener lugar antes de que haya transcurrido el plazo de un mes contado desde el día siguiente a la finalización del plazo de presentación de solicitudes
La referida documentación se entregará al Servicio de Contratación, Suministros y Responsabilidad Patrimonial para su valoración, la cual deberá ser emitida en un plazo xxxxxx xx xxxx días naturales.
11.4 El Ayuntamiento podrá pedir aclaraciones a las ofertas presentadas para una mejor comprensión de las mismas. En ningún caso dichas aclaraciones podrán suponer modificación de los términos de la proposición efectuada.
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12. CLASIFICACIÓN DE LAS OFERTAS, ADJUDICACIÓN Y NOTIFICACIÓN
12.1 Las proposiciones presentadas se clasificarán por orden decreciente, atendiendo a los criterios establecidos en la cláusula 8 del presente Pliego.
12.2 El órgano de contratación requerirá al licitador que haya presentado la oferta económicamente más ventajosa, entendiéndose como tal la que mayor puntuación haya obtenido en la valoración de los criterios establecidos en la cláusula 8, para que dentro del plazo xx XXXX DÍAS hábiles a contar desde el siguiente a aquél en que hubiera recibido el requerimiento, presente la siguiente documentación:
▪ Justificante de hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias o autorización al órgano de contratación para obtener de forma directa la acreditación de ello.
▪ Justificante de estar al corriente en el pago de las cuotas a la Seguridad Social.
▪ Justificante de disponer de los medios que se hubiese comprometido a dedicar o adscribir a la ejecución del contrato
▪ Justificante de haber constituido la garantía definitiva, a que se refiere la cláusula siguiente.
▪ Declaración responsable otorgada ante autoridad administrativa, notario público u organismo profesional cualificado, de no estar incurso en una prohibición de contratar de las contenidas en el art. 60 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.
▪ Póliza del seguro de responsabilidad civil por importe de 300.000,00 €, en caso de haber presentado la propuesta, y justificante de pago del último recibo de recibo.
▪ Escritura de constitución de la Unión Temporal de Empresas, en su caso.
▪ Justificante acreditativo del pago de los anuncios de licitación.
De no cumplimentarse adecuadamente el requerimiento en el plazo señalado, se entenderá que el licitador ha retirado su oferta, procediéndose en este caso a recabar la misma documentación al licitador siguiente, por el orden en que hayan quedado clasificadas las ofertas
12.3 La adjudicación se acordará por el órgano de contratación en resolución motivada dentro de los CINCO DIAS hábiles siguientes a la recepción de la documentación a que se refiere el apartado 2 de la presente cláusula, y será publicada en el Perfil del Contratante y notificada al adjudicatario mediante fax. A tal efecto deberá consignar el número de fax en la proposición económica.
La notificación al resto de participantes en la licitación se realizará mediante publicación en el Tablón de Anuncios del Servicio de Contratación, Suministros y Responsabilidad Patrimonial, de conformidad con lo establecido en el art. 59.6.b) de la
Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común Modificada por la Ley 4/1999, de 14 de enero.
13. GARANTÍA DEFINITIVA
13.1 La garantía definitiva se habrá de constituir dentro del plazo indicado en la cláusula
12.2 y se fija en la cantidad equivalente al 5 por ciento del importe de adjudicación, excluido el I.V.A.
La garantía definitiva podrá presentarse en cualquiera de las formas previstas en el art. 96 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.
13.2 Para el caso de que se utilice la modalidad de ingreso en efectivo, se procederá del siguiente modo:
a. Se ingresará directamente o mediante transferencia bancaria a favor del Ayuntamiento xx Xxxxxx, en la cuenta siguiente: CAJAMAR: Cuenta de abono 3058-0437-29-2732010010.
b. En los abonos deberá figurar el N.I.F. o C.I.F., nombre y apellidos o razón social de la empresa ordenante, así como la indicación de que se trata de «fianza definitiva», sucinta descripción del contrato para el que se deposita y número de expediente.
13.3 Para el caso de que se presente en valores, mediante aval o seguro de caución, deberá depositarse necesariamente en la Caja de la Corporación y se realizará conforme a los modelos contenidos en los anexos del Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, con la salvedad de que el término "Caja General de Depósitos" ha de sustituirse por "Caja del Excmo. Ayuntamiento xx Xxxxxx".
13.4 Así mismo, la garantía definitiva podrá constituirse mediante retención en el precio, de conformidad con lo establecido en el art. 96.2 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, previa petición formulada al efecto por el interesado en el plazo señalado en la cláusula 12.2.
14. FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO
14.1 El contrato derivado de la adjudicación del servicio objeto del presente Pliego de Condiciones se perfeccionará con su formalización, que se efectuará en documento administrativo, sin perjuicio de lo establecido en el art. 156 del Real Decreto Legislativo 3/2011, Ley de Contratos del Sector Público. Dicha formalización no podrá tener lugar
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antes de que hayan transcurrido QUINCE DÍAS hábiles desde que se efectúe la notificación de la adjudicación a los licitadores y candidatos.
Una vez transcurrido dicho plazo sin que se hubiera interpuesto el recurso especial en materia de contratación contemplado en el art. 40 de la mencionada Ley, se requerirá al adjudicatario para que formalice el contrato en un plazo no superior a CINCO DÍAS a contar desde el siguiente a aquél en que hubiera recibido el requerimiento para ello.
14.2 No podrá iniciarse la ejecución del contrato sin su previa formalización.
15. EJECUCIÓN Y MODIFICACIÓN DEL CONTRATO
15.1 Plazo de entrega.
El contratista estará obligado a entregar los bienes objeto de suministro con carácter general en el plazo máximo de DOS DÍAS, y con carácter de urgencia en el plazo máximo de 24 HORAS, a contar desde la petición municipal, y de conformidad con las prescripciones señaladas en el presente Pliego, así como en el de Prescripciones Técnicas adjunto. El lugar de entrega será en las dependencias municipales que se indiquen al contratista por el Servicio de Contratación, Suministros y Responsabilidad Patrimonial.
La xxxx del contratista no precisará de previa intimación por parte de esta Administración.
15.2 Responsable del contrato.
De conformidad con lo establecido en el art. 52 del Real Decreto Legislativo 3/2011 por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, por el Órgano de contratación se designará un responsable del contrato al que corresponderá supervisar su ejecución, así como adoptar las decisiones y dictar las instrucciones necesarias para asegurar su correcta realización.
15.3 Pago del precio.
Los pagos se efectuarán abonando el Ayuntamiento al contratista el precio de los suministros efectivamente entregados y formalmente recibidos, en los términos establecidos en el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.
Dichos pagos se justificarán con facturas expedidas mensualmente por la empresa adjudicataria, acompañadas de las copias de los albaranes de las entregas realizadas, que deberán ir firmados por el personal autorizado, con indicación del nombre y D.N.I. del firmante. Dichas facturas serán conformadas por el Jefe del Servicio Municipal de Contratación, Suministros y Responsabilidad Patrimonial, y se tramitarán en forma reglamentaria, conforme a lo dispuesto en las Bases de Ejecución del Presupuesto.
15.4 Modificación del contrato.
De conformidad con lo dispuesto en el art. 219 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, los contratos administrativos podrán ser modificados por razones de interés público en la forma prevista en el Título V del Libro I de la mencionada Ley, y de acuerdo con el procedimiento regulado en su art. 211; siendo dichas modificaciones obligatorias para el contratista.
De acuerdo con lo establecido en el art. 106 del Real Decreto Legislativo 3/2011, si durante la ejecución del contrato, se produjera un incremento en las peticiones del material objeto de la presente contratación por parte de los distintos Servicios municipales, y dichas peticiones superaran el importe máximo previsto, se podrá tramitar la correspondiente modificación, hasta un porcentaje adicional a dicho importe máximo de un 10 %, previa aprobación por el órgano de contratación.
Asimismo, y de conformidad con lo dispuesto en el art. 107 del Real Decreto Legislativo 3/2011, el órgano de contratación podrá introducir modificaciones no previstas en el contrato para atender a causas imprevistas, solamente cuando concurra alguna de las circunstancias señaladas en dicho artículo.
15.5 Obligaciones esenciales del contrato.
- El contratista estará obligado a entregar los bienes objeto de suministro que se le soliciten, en los precios ofertados.
- Exigencia de que la madera no proceda xx xxxxx ilegales, que se acreditará por los licitadores mediante la aportación de una declaración jurada en ese sentido y que se incluirá en el sobre 1(documentación administrativa).
- Los licitadores deberán designar entre la documentación a incorporar al Sobre 1 (documentación administrativa) a una persona de la empresa, con línea de atención directa a este Ayuntamiento, indicando número de teléfono de contacto, número de fax y dirección de correo electrónico.
- El adjudicatario deberá mantener un stock suficiente de material para asumir las peticiones y entregarlo dentro de los plazos indicados.
16. CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO.
16.1 Los gastos de la entrega y transporte de los bienes objeto del suministro al lugar convenido serán de cuenta del contratista.
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16.2 El contrato derivado de la adjudicación no tendrá plazo de garantía, de conformidad con lo dispuesto en el art. 222 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, por lo que al finalizar la prestación del suministro a satisfacción de esta Administración, se extenderá Acta de Recepción y, previa tramitación del reglamentario expediente, se dictará acuerdo de devolución de la garantía definitiva, en su caso.
17. RESPONSABILIDAD DEL CONTRATISTA
17.1 El adjudicatario se obliga al cumplimiento de las leyes protectoras del trabajo, relativas a seguridad e higiene, incluso de la de Previsión y Seguridad Social, en todos sus aspectos y regulaciones, quedando exenta la Entidad Municipal contratante de cualquier responsabilidad por incumplimiento de dichas disposiciones y demás de carácter laboral que se produzcan por el adjudicatario.
Igualmente, éste se obliga a cumplir lo dispuesto en las leyes protectoras de la industria nacional, en todos sus aspectos y normas vigentes, así como las de seguridad e higiene en el trabajo.
A los efectos establecidos en la disposición adicional novena de la Ley 37/2003 de 17 de noviembre del ruido, la empresa adjudicataria deberá usar maquinaria equipos y pavimentos de baja emisión acústica.
Asimismo, las empresas que empleen un número de trabajadores fijos que exceda de 50 vendrán obligadas a cumplir lo establecido en la Ley 13/1982, de 7 xx xxxxx, sobre integración social de los minusválidos, así como en el R.D. 1451/1983, de 11 xx xxxx y demás normativa complementaria.
17.2 Serán de cuenta de la contrata todos los tributos, contribuciones y arbitrios de cualquier esfera fiscal, los que, por considerarse incluidos en los precios ofertados, no podrá repercutirse como partida independiente.
17.3 La empresa contratista responderá objetivamente y, en su consecuencia, deberá indemnizar todos los daños y perjuicios que se causen a terceros como consecuencia del contrato adjudicado, conforme a lo establecido en el artículo 214 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.
17.4 La contrata será responsable de toda reclamación relativa a la propiedad industrial y comercial, y deberá indemnizar a la Administración de todos los daños y perjuicios que para la misma puedan derivarse de la interposición de reclamaciones, incluidos los gastos derivados de las que, eventualmente, puedan dirigirse contra la Administración Municipal.
17.5 De conformidad con lo establecido en el art. 43.1 de la Ley General Tributaria 58/2003, de 17 de diciembre, así como en el art. 60.d) del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del
Sector Público y en los arts. 13 a 16 del Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas; la empresa contratista tendrá la obligación de aportar, con anterioridad al vencimiento de la validez de los certificados inicialmente aportados y hasta la finalización del contrato, y sin que medie reclamación alguna por parte de esta Administración, nuevas certificaciones acreditativas de encontrarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social. Dicha obligación tendrá el carácter de obligación contractual esencial.
18. EJECUCIÓN DEFECTUOSA Y DEMORA
El Órgano de Contratación, en caso de incumplimiento, a propuesta del responsable del contrato, previa tramitación de las actuaciones oportunas y con audiencia del contratista, podrá imponer a éste multas con arreglo a lo previsto en el art. 212 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, en base a las penalidades que a continuación se especifican:
18.1 INFRACCIONES: Faltas leves:
• Incumplimiento del plazo de entrega establecido.
• Errores subsanables en el material entregado, y efectivamente subsanados en plazo no superior a dos días.
Faltas graves:
• Incumplimiento en dos ocasiones del plazo de entrega establecido.
• Errores subsanables en el material entregado, y efectivamente subsanados en plazo superior a dos días e inferior a cinco días.
• Incumplir las instrucciones impartidas por el Servicio de Contratación, Suministros y Responsabilidad Patrimonial, en cumplimiento de las obligaciones xxx Xxxxxx de Condiciones Técnicas.
Faltas muy graves:
• Incumplimiento en tres o más ocasiones del plazo de entrega establecido.
• Errores subsanables en el material entregado, y no subsanados en el plazo de cinco días.
• Alteración o modificación de la calidad de los productos entregados.
• Incumplimiento de cualquiera de las condiciones especiales de ejecución del contrato.
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• Incumplimiento de las condiciones de la oferta del adjudicatario que fueron objeto de valoración.
• Incumplir reiteradamente las instrucciones impartidas por el Servicio de Contratación, Suministros y Responsabilidad Patrimonial, en cumplimiento de las obligaciones xxx Xxxxxx de Condiciones Técnicas.
18.2 SANCIONES:
Las faltas cometidas por el adjudicatario se sancionarán en la siguiente forma:
▪ Las faltas leves se penalizarán con una sanción económica de hasta el 2% del importe de adjudicación del contrato.
▪ Las faltas graves se penalizarán con una sanción económica comprendida desde el
2% hasta el 5% del importe de adjudicación del contrato.
▪ Las faltas muy graves se penalizarán con una sanción económica comprendida desde el 5% hasta el 10% del importe total del contrato, o con su resolución.
Los importes de las sanciones se harán efectivos mediante deducción en las certificaciones o facturas correspondientes. En caso de que no puedan deducirse de las mismas, la garantía definitiva prestada responderá de la efectividad de dichas sanciones; debiendo el adjudicatario reponer o ampliar aquélla en la cuantía que corresponda, en el plazo de quince días desde la ejecución, incurriendo en caso contrario en causa de resolución, de conformidad con lo establecido en el art. 99.2 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.
19. CAUSAS DE RESOLUCIÓN DEL CONTRATO
Con independencia de las faltas que puedan causar la resolución del contrato de conformidad con lo establecido en la cláusula anterior, motivarán la resolución del mismo las enumeradas en los arts. 223 y 299 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, con los efectos previstos en el art. 300.
20. CESIÓN DEL CONTRATO Y SUBCONTRATACIÓN
20.1 Los derechos y obligaciones dimanantes del contrato podrán ser cedidos por el adjudicatario a un tercero siempre que las cualidades técnicas o personales del cedente no hayan sido razón determinante de la adjudicación del contrato y que se cumplan los requisitos establecidos en el art. 226 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.
20.2 Salvo que por su naturaleza y condiciones se deduzca que ha de ser ejecutado directamente por el adjudicatario, éste podrá concertar con terceros la realización parcial de la prestación, en las condiciones establecidas en los arts. 227 y 228 del mencionado Real Decreto Legislativo.
21. CONFIDENCIALIDAD
De conformidad con lo establecido en el art. 140 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, el contratista y todos sus empleados deberán respetar el carácter confidencial de aquella información a la que tenga acceso con ocasión de la ejecución del contrato a la que se hubiese dado el referido carácter, o que por su propia naturaleza deba ser tratada como tal. Este deber se mantendrá durante el plazo mínimo de cinco años desde el conocimiento de la información.
Dicho extremo se considera obligación contractual esencial a los efectos establecidos en el art. 223, apartado f) del mencionado Real Decreto Legislativo.
22. GASTOS
El adjudicatario queda obligado a pagar el importe de los anuncios y de cuantos otros gastos se ocasionen con motivo de los trámites preparatorios y de formalización del contrato.
El importe máximo de los gastos de publicidad asciende a la cantidad de 2.500,00 €.
23. INTERPRETACIÓN E INCIDENCIAS
De conformidad con lo dispuesto en el art. 210 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, el órgano de contratación ostenta la prerrogativa de interpretar los contratos administrativos y resolver las dudas que ofrezca su cumplimiento con el procedimiento establecido en el art. 211 del mencionado Real Decreto Legislativo, el cual será resuelto por la Junta de Gobierno Local previa audiencia al contratista. A este efecto, el responsable del contrato y el contratista pondrán en conocimiento de la Administración Municipal, por escrito, cualquier cuestión que pueda originar tales incidencias.
Los acuerdos en su caso adoptados serán inmediatamente ejecutivos, sin perjuicio del derecho que asiste al contratista de proceder por la vía jurisdiccional correspondiente.
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24. ACLARACIONES AL CONTENIDO DE LOS PLIEGOS DE CONDICIONES.
Los licitadores podrán solicitar las aclaraciones que estimen pertinentes sobre el contenido de los Pliegos de Condiciones y el Proyecto, mediante instancia presentada en el plazo xx XXXX DÍAS naturales, a contar desde el siguiente al de la publicación de la correspondiente convocatoria en el Boletín Oficial de la Región xx Xxxxxx, en el Registro General de este Ayuntamiento xx Xxxxxx, debiendo entregarse ese mismo día una copia sellada de dicha instancia en el Servicio de Contratación, Suministros y Responsabilidad Patrimonial, sito en la cuarta planta de la Casa Consistorial -Glorieta de España, nº 1-; o bien en cualquiera de los Registros indicados en el art. 38 de la Ley 30/1992 de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, debiendo enviarse ese mismo día copia de la instancia sellada mediante fax al siguiente número: 000 000 000. Las preguntas que se formulen serán contestadas dentro de los diez días naturales siguientes a la finalización del primer plazo indicado y al menos seis días antes de la fecha límite fijada para la recepción de ofertas, mediante su publicación en el Perfil del Contratante de este Ayuntamiento, todo ello de acuerdo con lo previsto en el apartado 2 del artículo 158 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.
Los plazos indicados en este apartado para formular preguntas no interrumpirán el previsto para la presentación de proposiciones establecido en la cláusula 10 del presente Pliego.
25. TRIBUNALES COMPETENTES
La Jurisdicción contencioso-administrativa será la competente para resolver las cuestiones litigiosas relativas al contrato, conforme a lo previsto en el art. 2.b) de la Ley 29/1998 reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa y 21 del Real Decreto Legislativo 3/2011 por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.
26. RECURSO ESPECIAL EN MATERIA DE CONTRATACIÓN
26.1 El anuncio de licitación, el presente Pliego y los documentos contractuales que establezcan las condiciones que deban regir la contratación; los actos de trámite adoptados en el procedimiento de adjudicación, siempre que estos últimos decidan directa o indirectamente sobre la adjudicación, determinen la imposibilidad de continuar el procedimiento o produzcan indefensión o perjuicio irreparable a derechos o intereses legítimos; así como el acuerdo de adjudicación que en su momento se produzca; serán susceptibles del recurso especial en materia de contratación regulado en el art. 40 y siguientes del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.
26.2 Asimismo, podrá interponerse la cuestión de nulidad en los casos previstos en el art.
37.1 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, ante el órgano que se determine por la Comunidad Autónoma de la Región xx Xxxxxx, de conformidad con lo establecido en el art. 39 del mencionado Real Decreto Legislativo.
26.3 Igualmente, y conforme a lo establecido en el art. 43 de dicho Real Decreto Legislativo, los licitadores podrán solicitar la adopción de medidas provisionales para corregir las infracciones del procedimiento o para impedir que causen otros perjuicios a los intereses afectados.
Murcia, 8 de octubre de 2012
LA JEFE DEL SERVICIO DE CONTRATACIÓN, SUMINISTROS Y RESPONSABILIDAD PATRIMONIAL
Fdo.: Xxxxxxxx Xxxxxxxx-Xxxxxxxx Xxxxxxxx
Vº Bº
EL CONCEJAL DELEGADO DE CONTRATACIÓN Y PATRIMONIO
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PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS A REGIR EN LA CONTRATACIÓN DEL SUMINISTRO DE “MATERIAL DE OFICINA NO INVENTARIABLE DEL AYUNTAMIENTO XX XXXXXX”.-
1º.- OBJETO DEL CONTRATO
Es objeto del presente Pliego de Prescripciones Técnicas particulares del contrato de suministro de material de oficina no inventariable para el Ayuntamiento xx Xxxxxx., según relación que se adjunta en los Anexos I y II a este Pliego. Los artículos ofertados por los licitadores deberán ser conformes con dichos Anexos, o bien podrán ofertar otros de similares calidades, lo cual se apreciará a juicio de esta Administración, no admitiéndose, en su caso, las ofertas que se considere no reúnen los requisitos exigidos.
La codificación correspondiente de la nomenclatura Vocabulario Común de Contratos Públicos (CPV 2008) de la Comisión Europea dado el objeto del contrato, es 30192000-1 “Artículos de oficina” y 30197643-5 “Papel para fotocopiadora”.
Del material relacionado en los Anexos a este Pliego, el adjudicatario estará obligado a suministrar aquél que le sea solicitado por el Servicio de Contratación, Suministros y Responsabilidad Patrimonial, y cuantas veces resulte necesario.
El adjudicatario se compromete a entregar los bienes objeto de suministro de forma sucesiva, por el precio unitario que resulte de la adjudicación, con carácter general en el plazo máximo de DOS DÍAS, y con carácter de urgencia en el plazo máximo de 24 HORAS, a contar desde la petición municipal; quedando subordinado a la necesidad de la Administración. En los Anexos se establece a título orientativo la previsión de consumos para el período del contrato, basado en el consumo realizado en el pasado año.
El lugar de entrega será en las dependencias municipales que se indiquen al contratista por el Servicio de Contratación, Suministros y Responsabilidad Patrimonial de este Ayuntamiento.
El adjudicatario estará obligado a suministrar durante la vigencia del contrato los productos ofertados y no otros.
Las marcas referenciadas podrán sustituirse por otras “similares o equivalentes”, contrastadas en el mercado con la misma calidad. No se admitirán artículos sin marca o que ésta no se encuentre registrada, así como tampoco se admitirán variantes sobre las características de la relación de los artículos del Anexo.
Cuando el artículo ofertado no pueda ser suministrado, bien porque cese su fabricación y producción, o por cualesquiera otras circunstancias, deberá comunicarse al Ayuntamiento dicha eventualidad proponiendo un nuevo producto de análoga calidad, precio y prestaciones que, previa conformidad del Servicio de Contratación, Suministros y Responsabilidad Patrimonial, pasará a sustituirlo.
El adjudicatario podrá proponer al Ayuntamiento ofertas limitadas en el tiempo o número, en condiciones más beneficiosas que las de la propia adjudicación.
-1-
El presente contrato no supone exclusividad en las adjudicaciones, por lo que el Ayuntamiento podrá adquirir el suministro de otros proveedores, en caso de que sus condiciones sean más beneficiosas para la Administración.
2º.- DURACIÓN DEL CONTRATO
El plazo de duración del contrato derivado de la adjudicación del suministro será de UN AÑO, desde el 1 de enero de 2013, prorrogable por un año más.
3º.- PRECIO DEL CONTRATO
El precio máximo anual del contrato se fija en la cantidad de 128.800,00 € (21 % I.V.A. incluido), no teniendo el adjudicatario derecho a reclamación alguna si no se agota el mismo. El adjudicatario realizará los suministros objeto del presente contrato a los precios unitarios ofertados. El gasto se aplicará a la Partida Presupuestaria 022-920-22000 del Presupuesto Municipal. Para determinar el precio máximo anual del contrato se ha tenido en cuenta el consumo realizado durante el último ejercicio, resultando el mismo importe del ejercicio 2012, incrementado con el I.V.A. correspondiente.
Los licitadores ofertarán un porcentaje de baja único a los precios unitarios (artículos de mayor consumo) contenidos en el Anexo I a este Pliego de Condiciones Técnicas. Igualmente, los licitadores ofertarán un porcentaje de baja único al resto de precios unitarios contenidos en Anexo II. En ningún caso, los precios ofertados podrán exceder de los precios unitarios especificados en los Anexos.
No procede la revisión de precios (art. 89 del TRLCSP) del contrato, incluida su posible prórroga.
4º.- CRITERIOS DE VALORACIÓN
Los criterios objetivos que de conformidad con el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, se aplicarán en la valoración de las ofertas presentadas serán los siguientes:
a) Porcentaje de baja único de aplicación a los precios unitarios ofertados indicados como de mayor consumo, del Anexo I del presente Pliego, hasta 50,00 puntos.
Se valorará este apartado según la siguiente fórmula:
Puntuación de la Oferta X = Porcentaje de baja oferta X * 50
Mayor porcentaje de baja
b) Porcentaje de baja único de aplicación al resto de los precios unitarios ofertados, del Anexo II del presente Pliego, hasta 30,00 puntos,
Se valorará este apartado según la siguiente fórmula:
Puntuación de la Oferta X = Porcentaje de baja oferta X * 30
Mayor porcentaje de baja
-2-
c) Calidad Ambiental, hasta 20,00 puntos.
Se valorará que el papel ofertado tenga los siguientes certificados, pudiendo ser las puntuaciones acumulativas:
- Papel reciclado certificado con el sello Xxxxx Azul o equivalente 8,00 puntos
- Papel reciclado con certificación de otros organismos oficiales:...................... 5,00 “
- Papel no reciclado con sello FSC:........................................................................4,00 “
- Papel no reciclado con sello Cisne Blanco o equivalente: ................................. 3,00 “
5º.- MUESTRAS
Las empresas licitadoras deberán presentar muestras de todos los artículos. La no presentación de las muestras requeridas de cualquiera de los artículos de los Anexos podrá dar lugar a la exclusión del licitador, en la medida en que no permite certificar adecuadamente la calidad del mismo, y en consecuencia, con el precio ofertado. Se presentarán en el Servicio de Contratación, Suministros y Responsabilidad Patrimonial, en el plazo señalado en la licitación. Será necesario que todas las muestras estén correctamente embaladas e identificadas.
Si la calidad ofertada, a la vista de las muestras presentadas, no es como mínimo la exigida en la licitación, la oferta será rechazada. Para comprobar este extremo, se estudiará de forma conjunta las muestras presentadas y los precios ofertados.
6º.- OBLIGACIONES ESENCIALES DEL CONTRATO
- El contratista estará obligado a entregar los bienes objeto de suministro que se le soliciten, en los precios ofertados.
- Exigencia de que la madera no proceda xx xxxxx ilegales, que se acreditará por los licitadores mediante la aportación de una declaración jurada en ese sentido.
- Los licitadores deberán designar entre la documentación a incorporar al Sobre 1 (documentación administrativa) a una persona de la empresa, con línea de atención directa a este Ayuntamiento, indicando número de teléfono de contacto, número de fax y dirección de correo electrónico.
- El adjudicatario deberá mantener un stock suficiente de material para asumir las peticiones y entregarlo dentro de los plazos indicados.
7º.- MODIFICACIÓN
Si durante la ejecución del contrato, se produjera un incremento en las peticiones del material objeto de la presente contratación por parte de los distintos Servicios municipales, y dichas peticiones superaran el importe máximo previsto, se podrá tramitar la correspondiente modificación, hasta un porcentaje adicional a dicho importe máximo de un 10 %; todo ello de conformidad con lo previsto en el artículo 106 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.
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8º.- PRODUCTOS NUEVOS NO INCLUIDOS EN LOS ANEXOS
La relación de artículos no tiene carácter exhaustivo. La adquisición de nuevos artículos, en función de las necesidades que surjan durante la vigencia del contrato, requerirá, previo presupuesto de la empresa adjudicataria, la aprobación por el Órgano de Contratación de los precios contradictorios.
9º.- PROCEDIMIENTO DE PETICIÓN Y ENTREGA DE LOS MATERIALES
Los pedidos al adjudicatario por parte del Ayuntamiento se realizarán a través del correo electrónico, fax o cualquier otro medio del que quede constancia probatoria. Para ello el adjudicatario debe facilitar los datos en el sobre de documentación administrativa.
El material suministrado deberá venir debidamente empaquetado, a fin de evitar desperfectos, las condiciones de etiquetado vendrán reflejadas en cada artículo en su descripción, referencia de fábrica del producto, marca, modelo, tipo y número de artículos por caja.
El material que se reciba y presente anomalías o deficiencias en su recepción, bien porque no se corresponde con lo realmente solicitado, o porque sea material defectuoso, será devuelto, obligándose el adjudicatario a retirarlos y sustituirlos por otros adecuados.
Los portes, así como los gastos de carga y descarga en el transporte, serán siempre de cuenta del adjudicatario; tanto el envío, como la devolución, en su caso.
10º.- FACTURACIÓN Y FORMA DE PAGO
Las facturas, de periodicidad mensual, se dirigirán al Servicio de Contratación, Suministros y Responsabilidad Patrimonial del Ayuntamiento xx Xxxxxx, acompañadas de las copias de los albaranes de las entregas realizadas, para su cotejo y posterior aprobación. Los albaranes deberán ir firmados por el personal autorizado, con indicación del nombre y D.N.I. del firmante.
Murcia, 5 de octubre de 2012.
EL JEFE DEL NEGOCIADO DE SUMINISTROS,
CONFORME,
LA JEFE DEL SERVICIO DE CONTRATACIÓN, SUMINISTROS Y RESPONSABILIDAD PATRIMONIAL,
-4-
ANEXO I
Nº | ARTÍCULO | CONSUMO | PRECIO |
1. | ARCHIVADOR DE PALANCA XXXXXXXX 1956, TAMAÑO CUARTO, JASPEADO NEGRO CON CAJA | 1700 | 2,99 |
2. | ARCHIVADOR DEFINITIVO XXXX 09151, TAMAÑO FOLIO | 2900 | 0,29 |
3. | ARCHIVADOR DEFINITIVO XXXX 09152, TAMAÑO FOLIO PROLONGADO | 3500 | 0,31 |
4. | BOLIGRAFO BIC CRISTAL (AZUL, NEGRO, ROJO, VERDE) | 5000 | 0,12 |
5. | BOLIGRAFO PILOT BL-G2-7 0.7 (AZUL, NEGRO, ROJO) | 300 | 1,27 |
6. | CAJA DE 5 PAQUETES DE 500 HOJAS DIN A4 80 gr/m2 | 4000 | 12,00 |
7. | CARPETA CON GOMAS DE CARTON AZUL MATE, TAMAÑO FOLIO, CON SOLAPAS | 1100 | 0,25 |
8. | CINTA ADHESIVA TRANSPARENTE SCOTCH 550, 19 mm x 33 mts. | 850 | 0,56 |
9. | CLIPS LABIADOS NIQUELADOS Nº 2, CAJA 100 UDS. | 1600 | 0,32 |
10. | CLIPS LABIADOS NIQUELADOS Nº 3, CAJA 100 UDS. | 400 | 0,55 |
11. | CORRECTOR LIQUIDO TIPP-EX, 20 ml., RAPID | 450 | 0,90 |
12. | DOSSIER FASTENER XXXXXXXX 1474, LOMO RECTO, TAMAÑO FOLIO | 500 | 0,50 |
13. | ETIQUETAS AUTOADHESIVAS MULTI-3, VARIOS TAMAÑOS, CAJAS DE 100 H., | 300 | 8,44 |
14. | FUNDAS MULTITALADRO XXXXX, TAMAÑO A4 | 2600 | 0,03 |
15. | FUNDAS MULTITALADRO XXXXX, TAMAÑO FOLIO | 15000 | 0,02 |
16. | GOMA DE BORRAR MILAN 430 | 800 | 0,08 |
17. | GRAPAS PETRUS 22/6-24/6, COBREADAS, CAJA 1.000 UDS. | 5600 | 0,30 |
18. | LÁPIZ STABILO SWANO 306 HB | 1000 | 0,18 |
19. | LLAVERO IDENTIFICATIVO DE PLASTICO CON ETIQUETA | 500 | 0,06 |
20. | PEGAMENTO EN BARRA XXXXX STICK, 20 GR. | 350 | 1,00 |
21. | PILA LR6 1' 5 V, AA, 4 UDS. | 400 | 2,00 |
22. | ROTULADOR EDDING 1200 (AZUL, NEGRO, ROJO, VERDE) | 1500 | 0,28 |
23. | ROTULADOR FLUORESCENTE STABILO BOSS (AMARILLO, AZUL, NARANJA, XXXX, VERDE) | 2000 | 0,46 |
24. | ROTULADOR STABILO POINT 88, 0' 4 mm, (AZUL, NEGRO, AZUL, ROJO, VERDE) | 1500 | 0,30 |
25. | SUBCARPETA DE CARTULINA 240 GR., FOLIO, | 1500 | 0,13 |
26. | TACO DE CALENDARIO DE SOBREMESA, CON ANILLAS | 700 | 0,77 |
27. | TAPA DE PLASTICO OPACA PARA ENCUADERNACION, TAMAÑO A4, 0.5 MM | 2000 | 0,13 |
28. | TAPA DE PLASTICO TRANSLUCIDA PARA ENCUADERNACION, TAMAÑO A4, 0.5 MM | 2000 | 0,14 |
LOS PRECIOS INDICADOS NO INCLUYEN EL I.V.A.
1
ANEXO II
Nº | ARTÍCULO | CONSUMO | PRECIO |
1. | ABRECARTAS ACERO INOXIDABLE | 5 | 0,50 |
2. | AGENDA XXXX, D/P SINTEX BASICA, 150x210 mm. | 30 | 1,98 |
3. | AGENDA XXXXXXXX S/V, S20 GUSANILLO, 210x280 mm, POLIPIEL | 20 | 23,90 |
4. | ALMOHADILLA PELIKAN Nº 1, 9 x 16 cm, (AZUL, NEGRO, ROJO) | 10 | 7,92 |
5. | ALMOHADILLA PELIKAN Nº 2, 7 x 11 cm, (AZUL, NEGRO, ROJO) | 35 | 4,22 |
6. | ALMOHADILLA PELIKAN Nº 3, 5 x 7 cm, (AZUL, NEGRO, ROJO) | 30 | 3,06 |
7. | ARANDELAS AUTOADHESIVAS XXXX 000, 13 MM, CAJA DE 200 UDS. | 2 | 0,66 |
8. | ARCHIVADOR DE PALANCA XXXXXXXX 1950, TAMAÑO FOLIO, JASPEADO NEGRO CON CAJA | 20 | 1,09 |
9. | ARCHIVADOR DEFINITIVO XXXXXXXX 308, PLASTICO, TAMAÑO FOLIO, AZUL | 20 | 1,44 |
10. | ARCHIVADOR XXXX 10977, FOLIO, AZUL | 6 | 4,27 |
11. | ARCHIVADOR XXXX CON CAJA, TAMAÑO FOLIO, LOMO 75 mm | 50 | 5,18 |
12. | ATRIL DE SOBREMESA CON BASE, PLÁSTICO, REGULABLE | 10 | 8,37 |
13. | BANDEJA PORTADOCUMENTOS DE SOBREMESA ARTES 930, METALICA, CROMADA | 50 | 3,45 |
14. | BANDEJA PORTADOCUMENTOS DE SOBREMESA FAIBO 99, PLASTICO | 100 | 1,89 |
15. | BLOC DE ESPIRAL, 80 H., CUADRICULADO, CUARTO | 160 | 0,55 |
16. | BLOC DE ESPIRAL, 80 H., CUADRICULADO, DIECISEISAVO | 10 | 0,28 |
17. | BLOC DE ESPIRAL, 80 H., CUADRICULADO, FOLIO | 240 | 0,95 |
18. | BLOC DE ESPIRAL, 80 H., CUADRICULADO, OCTAVO | 15 | 0,43 |
19. | BLOC DE NOTAS ADHESIVAS 3M TARTAN, 76 x 76 mm, 100 HOJAS | 100 | 0,28 |
20. | BOBINA DE CUERDA DE POLIPROPILENO, 400 GR. | 6 | 2,32 |
21. | BOLSAS DE XXXXXXXX, XXXXXXX, 00 x 50 cm, 1 KG. | 20 | 3,00 |
22. | CAJA DE PROYECTO CON GOMAS, CARTON LISO/BRILLANTE, 345 x 250 mm, LOMO 50 mm | 70 | 2,29 |
23. | CAJA DE PROYECTO CON GOMAS, CARTON LISO/BRILLANTE, 345 x 250 mm, LOMO 70 mm | 70 | 2,57 |
24. | CAJA DE PROYECTO CON GOMAS, CARTON LISO/BRILLANTE, 345 x 250 mm, LOMO 90 mm | 70 | 1,17 |
25. | CAJA DE PROYECTO CON GOMAS, CARTON LISO/BRILLANTE, 345 x 250 mm, LOMO 150 mm | 70 | 3,47 |
26. | CAJA DE PROYECTO CON GOMAS, CARTON LISO/BRILLANTE, 345 x 250 mm, LOMO 180 mm | 70 | 3,59 |
27. | CAJA DE TRANSFERENCIA, CARTON FORRADO, TAMAÑO FOLIO | 100 | 5,50 |
28. | CAJA PARA EMBALAJE, CARTÓN, DIMENSIONES INTERIORES 47x32x27 CM | 125 | 1,25 |
29. | CAJA PARA EMBALAJE, CARTÓN, DIMENSIONES INTERIORES 60x40x40 CM | 125 | 2,25 |
30. | CALCULADORA DE SOBREMESA CITIZEN EX870 12 DÍGITOS, SOLAR Y PILAS, 2 PANTALLAS | 30 | 8,70 |
31. | CANUTILLOS DE PLASTICO REDONDOS PARA ENCUADERNACION 6 mm | 100 | 0,03 |
32. | CANUTILLOS DE PLASTICO REDONDOS PARA ENCUADERNACION 8 mm | 100 | 0,04 |
33. | CANUTILLOS DE PLASTICO REDONDOS PARA ENCUADERNACION 10 mm | 100 | 0,04 |
34. | CANUTILLOS DE PLASTICO REDONDOS PARA ENCUADERNACION 12 mm | 100 | 0,07 |
35. | CANUTILLOS DE PLASTICO REDONDOS PARA ENCUADERNACION 14 mm | 100 | 0,08 |
36. | CANUTILLOS DE PLASTICO REDONDOS PARA ENCUADERNACION 16 mm | 100 | 0,12 |
37. | CANUTILLOS DE PLASTICO REDONDOS PARA ENCUADERNACION 18/19 mm | 100 | 0,12 |
38. | CANUTILLOS DE PLASTICO REDONDOS PARA ENCUADERNACION 20 mm | 100 | 0,14 |
39. | CANUTILLOS DE PLASTICO REDONDOS PARA ENCUADERNACION 25 mm | 100 | 0,20 |
40. | CARPETA CLASIFICADORA XXXXX 840, (NEGRO, XXXX XXXXXX) | 20 | 6,17 |
41. | CARPETA COLGANTE GIO 41300 ECO-FILE XXXXX, A4 | 200 | 0,28 |
42. | CARPETA COLGANTE GIO 42300 ECO-FILE XXXXX, FOLIO PROLONGADO | 200 | 0,28 |
43. | CARPETA COLGANTE GIO 43200 XXXXX, V/CRISTAL, FOLIO | 200 | 0,33 |
44. | CARPETA CON FUNDAS TRANSPARENTES, TAPAS RÍGIDAS, 20 FUNDAS | 10 | 3,00 |
1
45. | CARPETA CON FUNDAS TRANSPARENTES, TAPAS RÍGIDAS, 30 FUNDAS | 10 | 3,50 |
46. | CARPETA CON GOMAS DE PLASTICO XXXXXXXX 345, CON SOLAPAS, CUARTO | 30 | 2,57 |
47. | CARPETA CON GOMAS DE PLASTICO XXXXXXXX 365, CON SOLAPAS, FOLIO | 150 | 1,62 |
48. | CARPETA CON GOMAS DE PLASTICO XXXXXXXX 465, CON BOLSA, FOLIO | 150 | 1,04 |
49. | CARPETA CON MINICLIP XXXXXXXX 380, CON BOLSA, FOLIO | 50 | 3,25 |
50. | CARPETA CON PINZA XXXXX 810, BASE PVC | 50 | 4,29 |
51. | CARPETA DE 2 ANILLAS XXXXXXXX 705, TAMAÑO FOLIO | 80 | 2,79 |
52. | CARPETA DE 4 ANILLAS XXXXXXXX 704, TAMAÑO FOLIO | 80 | 2,78 |
53. | CARTABON XXXXX-XXXXXXX 666 DE 25 cm, VERDE | 5 | 3,83 |
54. | CARTABON XXXXX-XXXXXXX 666 DE 30 cm, VERDE | 5 | 4,85 |
55. | CARTERA PORTADOCUMENTOS XXXX XXXXXXX REF. 6052-P, COLOR NEGRO | 5 | 28,13 |
56. | XXXXXXXXX XX XXXXX, 000 GR., TAMAÑO A3 | 60 | 0,35 |
57. | XXXXXXXXX XX XXXXX, 000 GR., TAMAÑO A4 | 60 | 0,11 |
58. | CHINCHETAS NIQUELADAS, DIAMETRO 10 mm, CAJA 50 UDS. | 80 | 0,47 |
59. | CINTA ADHESIVA DOBLE CARA TRANSPARENTE SCOTCH 666, 19 mm x 33 mts. | 10 | 6,94 |
60. | CINTA ADHESIVA INVISIBLE SCOTCH MAGIC 810, 19 mm x 33 mts. | 70 | 1,44 |
61. | CINTA DE EMBALAJE SCOTCH, DE POLIPROPILENO, TRANSPARENTE, 50 mm x 66 mts. | 140 | 0,92 |
62. | XXXXX XXXXXXX 0 XXX. | 5 | 2,64 |
63. | XXXXX XXXXXXX 0 XXX. | 15 | 4,64 |
64. | XXXXX XXXXXXX 00 XXX. | 3 | 4,59 |
65. | XXXXX XXXXXXX 00 XXX. | 5 | 16,80 |
66. | COLA XXXXXX XXXXXX, 150 ml. | 10 | 3,03 |
67. | CORRECTOR EN CINTA TIPP-EX MICRO TAPE | 100 | 1,65 |
68. | CORRECTOR EN CINTA TOMBO (4.2 mm x 10 m) | 100 | 2,65 |
69. | CUTTER, CUCHILLA ACERO INOXIDABLE 9 mm, CIERRE DE SEGURIDAD | 20 | 0,86 |
70. | DOSSIER DURABLE DURACLIP 2200-06, A4, 30 HOJAS | 100 | 1,08 |
71. | DOSSIER DURABLE DURACLIP 2209-07, A4, 60 HOJAS | 25 | 1,40 |
72. | DOSSIER UÑERO XXXXXXXX 1210, PVC, TRANSPARENTE, FOLIO | 200 | 0,27 |
73. | ESCALIMETRO XXXXX XXXXXXX 153-B, ESCALA 1:100-200-250-300-400-500 | 10 | 5,42 |
74. | ESCUADRA XXXXX-XXXXXXX 566 DE 25 cm., VERDE | 5 | 3,83 |
75. | ESCUADRA XXXXX-XXXXXXX 566 DE 30 cm., VERDE | 5 | 4,85 |
76. | ESPIRALES METALICAS PARA ENCUADERNACION 6 mm, | 150 | 0,07 |
77. | ESPIRALES METALICAS PARA ENCUADERNACION 8 mm | 150 | 0,08 |
78. | ESPIRALES METALICAS PARA ENCUADERNACION 10 mm | 150 | 0,10 |
79. | ESPIRALES METALICAS PARA ENCUADERNACION 12 mm | 150 | 0,09 |
80. | ESPIRALES METALICAS PARA ENCUADERNACION 14 mm | 150 | 0,13 |
81. | ESPIRALES METALICAS PARA ENCUADERNACION 16 mm | 150 | 0,14 |
82. | ESPIRALES METALICAS PARA ENCUADERNACION 18 mm | 150 | 0,19 |
83. | ESPIRALES METALICAS PARA ENCUADERNACION 20 mm | 150 | 0,17 |
84. | ESPIRALES METALICAS PARA ENCUADERNACION 26 mm | 150 | 0,26 |
85. | EXTRAEGRAPAS PETRUS 110 | 100 | 1,26 |
86. | FASTENERS METALICOS CROMADOS, CAJA 50 UDS. | 10 | 1,74 |
87. | FECHADOR DE ENTINTAJE MANUAL TRODAT 1020, ALTURA FECHA 5 mm | 80 | 3,17 |
88. | FECHADOR TRODAT XXXXXX XXXXX 4810, ALTURA FECHA 3.8 mm | 30 | 4,59 |
89. | GOMA DE BORRAR STAEDTLER MARS PLASTIC | 10 | 0,63 |
90. | GOMAS ELASTICAS 150 MM, CORTE 1.5 MM, 100 GR. | 10 | 0,63 |
91. | GOMAS ELASTICAS 150 MM, CORTE 1.5 MM, 1000 GR. | 75 | 5,18 |
92. | GRAPADORA DE GRUESOS PETRUS 1600 | 5 | 33,16 |
2
93. | GRAPADORA DE SOBREMESA NOVUS B7 AUTOMATICA | 10 | 23,31 |
94. | GRAPADORA DE SOBREMESA PETRUS 226 | 150 | 10,00 |
95. | GRAPADORA ELECTRICA NOVUS B 90 | 5 | 40,23 |
96. | GRAPAS PETRUS 22/8-24/8, COBREADAS, CAJA 1.000 UDS. | 10 | 0,54 |
97. | GRAPAS PETRUS 26/6, COBREADAS, CAJA 5.000 UDS. | 10 | 2,41 |
98. | GRAPAS PETRUS DE GRUESOS MOD. 24 (23/6), COBREADAS, CAJA 1.000 UDS. | 10 | 0,42 |
99. | GRAPAS PETRUS DE GRUESOS MOD. 26 (23/10), COBREADAS, CAJA 1.000 UDS. | 10 | 0,97 |
100. | GRAPAS PETRUS DE GRUESOS MOD. 27 (23/13), COBREADAS, CAJA 1.000 UDS. | 10 | 1,01 |
101. | INDEX 3M POST-IT, 25,4 X 43 mm, 50 UDS. | 20 | 2,12 |
102. | LAMINA ADHESIVA BLANCA SIGNOLIT SC-46, TAMAÑO A4, | 20 | 0,75 |
103. | LAMINA ADHESIVA BRILLO SIGNOLIT SC-42, TAMAÑO A4 | 150 | 0,62 |
104. | LAPICES ALPINO, CAJA DE 12 COLORES | 5 | 1,92 |
105. | LAPIZ STAEDTLER XXXXX 120 HB 2 | 100 | 0,15 |
106. | MAQUINA DE PRECINTAR | 5 | 3,92 |
107. | MODULO ARCHIVADOR COMPACTO XXXXX 9241, 1 ARCHIVADOR, LOMO 70 mm | 20 | 9,25 |
108. | NUMERADOR AUTOMATICO XXXXXX B6, 4.5 MM., 6 CIFRAS | 5 | 39,72 |
109. | PAPEL DE EMBALAJE 60 GR., ROLLO DE 10 MTS. | 5 | 3,00 |
110. | PAPEL PARA PLOTTER OPACO CAD CANSON, 90 GR., 24 " (0,610 x 50 m.) | 40 | 6,89 |
111. | PAPEL PARA PLOTTER OPACO CAD CANSON, 90 GR., 36 " (0,914 x 50 m.) | 60 | 8,85 |
112. | PAPELERA REDONDA DE PLASTICO, NO REJILLA | 35 | 1,80 |
113. | PAQUETE DE 500 HOJAS DIN A3 80 gr/m2 | 200 | 4,85 |
114. | PEGAMENTO EN TUBO IMEDIO BANDA AZUL, 35 ml. | 15 | 1,49 |
115. | PEGAMENTO INSTANTANEO LOCTITE SUPER GLUE-3 LIQUIDO, 3 GR. | 15 | 3,04 |
116. | PILA LR03 1' 5 V, AAA, 4 UDS. | 270 | 2,00 |
117. | PORTACLIPS IMANTADO | 25 | 1,56 |
118. | PORTAFIRMAS XXXXX 873, 8 DEPARTAMENTOS | 10 | 13,40 |
119. | PORTALAPICES REDONDO, POLIPROPILENO, COLOR NEGRO | 25 | 0,90 |
120. | PORTAMINAS STAEDTLER MARS MICRO 775 (0' 3-0' 5-0' 7-0' 9 mm) | 60 | 2,69 |
121. | PORTARROLLOS DE SOBREMESA, BASE LASTRADA, CUCHILLA METALICA | 40 | 1,56 |
122. | PORTASELLOS, BASE Y VARILLA METALICA, PARA 6 SELLOS | 10 | 4,32 |
123. | REGLA PLANA DE PLASTICO XXXXX-XXXXXXX DE 30 cm, VERDE | 20 | 3,72 |
124. | REGLA PLANA DE PLASTICO XXXXX-XXXXXXX DE 40 cm, VERDE | 20 | 4,49 |
125. | ROLLO DE PAPEL PARA CALCULADORA, BLANCO, 56.5x65 | 50 | 0,31 |
126. | ROLLO DE PAPEL TERMICO PARA FAX, 210X15X12. | 5 | 0,99 |
127. | ROLLO DE PAPEL TERMICO PARA FAX, 210X30X12. | 5 | 1,67 |
128. | ROLLO DE PLASTICO BURBUJA, 5 x 0,60 MTS. | 5 | 2,30 |
129. | ROTULADOR EDDING 300, PUNTA CÓNICA (AZUL, NEGRO, ROJO, VERDE) | 180 | 0,91 |
130. | ROTULADOR EDDING 3000, PUNTA CÓNICA (AZUL, NEGRO, AZUL, ROJO, VERDE) | 70 | 1,54 |
131. | ROTULADOR PERMANENTE STABILO OHPEN UNIVERSAL "F" (AZUL, NEGRO, ROJO, VERDE) | 200 | 0,92 |
132. | ROTULADOR PILOT V-BALL 0.5 (AZUL, NEGRO, ROJO, VERDE) | 150 | 1,25 |
133. | SACAPUNTAS CUÑA METALICO | 100 | 0,50 |
134. | SELLO DE CAUCHO "COPIA", DE ENTINTAJE MANUAL | 20 | 2,75 |
135. | SELLO DE CAUCHO "URGENTE", DE ENTINTAJE MANUAL | 10 | 2,75 |
136. | SELLO DE CAUCHO RECTANGULAR, 6 x 4 cm, CON MANGO XX XXXXXX | 150 | 14,00 |
137. | SELLO DE CAUCHO REDONDO, DIAMETRO 35 mm, CON MANGO XX XXXXXX | 150 | 12,00 |
138. | SOBRE BURBUJA, 200 x 265 mm, PAPEL XXXXX, CIERRE AUTOADHESIVO | 75 | 0,24 |
139. | SOBRE BURBUJA, 270 x 360 mm, PAPEL XXXXX, CIERRE AUTOADHESIVO | 250 | 0,43 |
140. | SOBRE DE PLASTICO CON BROCHE FOLDER 411, TRANSPARENTE, A4 | 30 | 0,70 |
3
141. | SOPORTE DE TACO DE CALENDARIO OPACO COLOR NEGRO, CON ANILLAS METALICAS | 30 | 1,28 |
142. | TACO DE NOTAS DE PAPEL BLANCO, ENCOLADO, 100 x 100 mm, 500 HOJAS | 150 | 1,25 |
143. | TALADRADORA DE 2 PUNZONES PETRUS 52 | 60 | 8,90 |
144. | TAPA DE CARTULINA 185 GR. PARA ENCUADERNACION, TAMAÑO A4, COLOR | 50 | 0,11 |
145. | TIJERAS DE OFICINA, 21 cms., ACERO INOXIDABLE, MANGO DE PLASTICO | 100 | 0,97 |
146. | TINTA PELIKAN PARA ALMOHADILLA, 30 ml., (AZUL, NEGRO, ROJO) | 140 | 2,65 |
147. | TUBO DE MINAS STAEDTLER 250 HB | 80 | 1,33 |
148. | TUBO PORTAPLANOS DFH 100 CM, BANDOLERA | 30 | 5,38 |
LOS PRECIOS INDICADOS NO INCLUYEN EL I.V.A.
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