CONTRATO No. 052-2019 CLASE DE CONTRATO SUMINISTRO CONTRATANTE SANATORIO DE CONTRATACION E.S.E.NIT: 890.205.335 - 2R/L: FREDY EDUARDO FONSECA SUÁREZGerente CONTRATISTA REPREFARCOS S.A.S Nit: 901.214.435-8R/L:GLORIA ISABEL MUÑOZ DE...
CONTRATO No. | 052-2019 |
CLASE DE CONTRATO | SUMINISTRO |
CONTRATANTE | SANATORIO DE CONTRATACION E.S.E. NIT: 890.205.335 - 2 R/L: XXXXX XXXXXXX XXXXXXX XXXXXX Gerente |
CONTRATISTA | REPREFARCOS S.A.S Nit: 901.214.435-8 R/L:XXXXXX XXXXXX XXXXX XX XXXXXX CC:63.302.877 Dirección: carrera 21 N° 24-24 -Bucaramanga Santander. Teléfono: 6344286-6343298, Celular: 0000000000 |
OBJETO | “SUMINISTRO DE MEDICAMENTOS PARA LA E.S.E. SANATORIO DE CONTRATACIÓN - SANTANDER.” |
PLAZO DE EJECUCION | Seis (6) meses contados a partir de la suscripción del acta de inicio y/o hasta agotar recursos asignados. |
VALOR | CINCUENTA Y OCHO MILLONES DE PESOS ($58.000.000,oo) M/CTE. IVA incluido. |
Entre los suscritos a saber, XXXXX XXXXXXX XXXXXXX XXXXXX, mayor de edad y vecino del Municipio de Contratación, Departamento xx Xxxxxxxxx, identificado con la cédula de ciudadanía No. 13.743.021 de Bucaramanga, quien obra en nombre y representación legal del SANATORIO DE CONTRATACIÓN E.S.E., en su calidad de Gerente, según Decreto No. 0146 de 7 de Febrero de 2019, expedido por el Ministerio de Salud y Protección Social y Acta de Posesión de fecha 13 de Febrero de 2019, autorizado para celebrar convenios y contratos a nombre del Sanatorio de Contratación E.S.E. de conformidad con lo dispuesto en el artículo 18 del Acuerdo No.06 xx Xxxxxx 26 de 2014 “Por el cual se adopta el Estatuto Contractual del Sanatorio de Contratación, Empresa Social del Estado; quien para efectos del presente contrato se denomina EL CONTRATANTE por una parte y por la otra XXXXXX XXXXXX XXXXX XX XXXXXX, mayor de edad, identificada con cédula de ciudadanía No. 63.302.877 expedida en Bucaramanga (Santander), en su calidad de Representante legal de REPREFACOS S.A.S, Nit 901.214.435-8 y quien afirma hallarse legalmente capacitada, sin inhabilidades e incompatibilidades de acuerdo con lo previsto artículo 8° de la Ley 80 de 1993, las contempladas en la ley 1474 de 2011, el parágrafo segundo del artículo 3 del Manual de Contratación del Sanatorio de Contratación E.S.E y demás normas aplicables a la materia y que para efectos del presente contrato se denominará EL CONTRATISTA, previas las siguientes consideraciones: 1) Que existe disponibilidad presupuestal para atender el contrato según consta en el certificado de disponibilidad Presupuestal CDP N° 19-00188, expedido el 12 xx xxxxx de 2019, expedido por el encargado de la oficina de presupuesto del Sanatorio de Contratación E.S.E, para la vigencia 2019. 2) Que existe estudio de análisis de conveniencia y oportunidad suscrito por la Encargada de farmacia del Sanatorio de Contratación E.S.E., el cual registra los aspectos fundamentales que permiten concluir la necesidad y conveniencia de realizar dicha contratación. 3) Que el señor Gerente de la entidad mediante Invitación Pública No. 01 de 2019 de fecha 12 xx
xxxxx de 2019, dio inicio al proceso de contratación correspondiente; en el cual se presentó una (1) propuesta presentada por REPREFARCOS S.A.S, Nit 901.214.435-8, representado legalmente por XXXXXX XXXXXX XXXXX XX XXXXXX, identificada con la cedula de ciudadanía N°63.302.877 4) Que una vez evaluada la propuesta por el Comité de Apoyo a la Actividad Contractual conformado para tal fin y según consta en el Acta de Evaluación No.010 de fecha mayo 08 de 2019, se estableció que la oferta presentada por REPREFARCOS S.A.S, cumplía con todo lo solicitado en los términos de condiciones para el proceso Convocatoria Pública No. 01 de 2019. 5) Que la Gerencia del Sanatorio de Contratación E.S.E. atendiendo al informe de evaluación correspondiente, adjudicó el contrato de suministro mediante Resolución No.0473 del 10 xx xxxx de 2019, a REPREFARCOS S.A.S, representado legalmente por XXXXXX XXXXXX XXXXX XX XXXXXX identificada con la cedula de ciudadanía No. 63.302.877 de Bucaramanga 6) Que de acuerdo a las anteriores consideraciones, las partes hemos acordado suscribir el presente contrato, el cual se regirá por las normas legales vigentes y por las siguientes cláusulas: CLAUSULA PRIMERA - OBJETO: El objeto del presente proceso que requiere la entidad se denomina: “SUMINISTRO DE MEDICAMENTOS PARA LA E.S.E. SANATORIO DE CONTRATACIÓN - SANTANDER. PARAGRAFO 1 - CARACTERÍSTICAS DEL
SUMINISTRO: Los productos que se requieren para el normal funcionamiento de la Institución se detallan en el Anexo Técnico No. 1 - RELACIÓN DE PRODUCTOS, PRECIOS Y ESPECIFICACIONES TÉCNICAS CONTRACTUALES del presente contrato, de conformidad con lo dispuesto en los estudios previos y la oferta presentada por el contratista; documentos que forman parte integral del presente contrato. Alguno de los productos se identifica con la respectiva marca con fundamento en los conceptos técnicos emitidos por los médicos, previa fase de estudios y evidencias de disminución de eventos adversos. El suministro de los medicamentos se realizará de conformidad con la necesidad de la entidad, por lo anterior, no se pacta el suministro de cantidades fijas, sino mediante los requerimientos y solicitudes que a través del supervisor realice la entidad y teniendo en cuenta los precios presentados los cuales son considerados precio fijo unitario. Cuando la E.S.E requiera de algún medicamento adicional podrá ser facturado al presente contrato, previo estudio de precios xxx xxxxxxx. PARAGRAFO 2 - ALCANCE: Dentro del cumplimiento del objeto del presente contrato el contratista deberá realizar las siguientes actividades: a) Garantizar la disponibilidad de los bienes durante todo el tiempo de ejecución del objeto contractual del suministro de Medicamentos requerido para los procesos xx Xxxxxxx y Farmacia. b) Garantizar que los Medicamentos ofrecidos se ajusten a los requisitos mínimos previstos en las normas técnicas obligatorias. c) El contratista se obliga con la E.S.E. a suministrar y entregar el Medicamentos requeridos de acuerdo a los requerimientos institucionales. d) El contratista responderá por la buena calidad de los materiales objeto del contrato. e) El Contratante podrá solicitar al Contratista cambio de los productos cuando estos presenten defectos o alteraciones que incidan en su calidad, el cual deberá efectuar dentro de los cinco (5) días calendario siguientes a la fecha de la solicitud, en el evento de ser nuevamente rechazados por mala calidad será causal para declarar la caducidad administrativa del contrato. f) Atender y solucionar las objeciones presentadas por el contratante relacionadas con la calidad y oportunidad de los servicios contratados. g) Garantizar la CONTINUIDAD y OPORTUNIDAD en el suministro durante el tiempo de la duración del contrato de acuerdo a las necesidades de la E.S.E. h) Reportar oportunamente las anormalidades en el desarrollo del objeto contractual y proponer alternativas de solución. i) Desarrollar el objeto del contrato a cabalidad, a la luz de lo
ordenado en el decreto 1011 xx xxxxx 3 de 2006 para lo cual se verificará la documentación que al respecto entrega el contratista. j) Responder por haber ocultado al contratar inhabilidades, incompatibilidades o prohibiciones, o por haber suministrado información falsa. k) Responder por cualquier detrimento patrimonial generada en desarrollo del objeto contractual e imputada a su responsabilidad a título de DOLO o CULPA generada por imprudencia, impericia, negligencia o por violación de reglamentos. En consecuencia, se compromete a mantener libre a la ESE SANATORIO DE CONTRATACIÓN. CLAUSULA SEGUNDA - VALOR Y FORMA DE PAGO: Para los efectos
legales y fiscales, el valor del presente contrato asciende a la suma de CINCUENTA Y OCHO MILLONES DE PESOS M/CTE ($58.000.000,00) VALOR INCLUIDO IVA. EL
HOSPITAL reconocerá al CONTRATISTA los valores que correspondan según facturas radicadas, previa verificación y certificación del cumplimiento y conciliación y verificación de los bienes suministrados con sus respectivos soportes, como constancia de esto, el Supervisor Designado expedirá el correspondiente Certificado de Supervisión y Recibo a Satisfacción, una vez cumplido el objeto y obligaciones contractuales. Los pagos se realizarán en un plazo establecido por las partes en un periodo máximo de SEGÚN PROPUESTA OFERENTE cuatro (04) meses según disponibilidad de caja. PARAGRAFO 1: Los precios de los bienes a suministrar son precios fijos, sin embargo, en el caso que los medicamentos sean reportados por el INVIMA en desabastecimiento a nivel nacional, podrá darse lugar a la variación del precio previa autorización del Comité de apoyo a la Contratación. PARAGRAFO 2: Para el pago, el contratista presentará mes vencido la respectiva factura con los soportes de ejecución contractual y de facturación de la institución debidamente diligenciadas, con la acreditación del cumplimiento de las obligaciones con el sistema de seguridad social integral consagrado en la ley (salud, pensión y riesgos laborales), aportes a las cajas de compensación familiar y parafiscales, de todo el personal que se encuentre a su cargo. EL HOSPITAL presentará por escrito las objeciones al contratista en un plazo máximo de 10 días contados a partir de la fecha en que se radiquen las facturas en las oficinas del Sanatorio de Contratacion E.S.E. La factura deberá ser entregada, a más tardar dentro de los diez (10) primeros días calendario del mes siguiente a la prestación del servicio. La factura, plazos, forma de pago y objeciones estarán sujetos a lo consagrado en el Decreto 3260 de 2004, y demás normas vigentes y complementarias. Así mismo, se realizará la suscripción de actas de pago parciales hasta su culminación suscritas por Supervisor del Contrato, Representante Legal de la E.S.E.; Certificación firmada por el Revisor Fiscal y/o Representante Legal según el caso donde informa que se encuentra al día en pago de aportes parafiscales y al Sistema de Seguridad Social Integral; Factura; y demás emolumentos xx Xxx si a ello hubiere lugar; Comprobante de Ingreso de los bienes a la E.S.E. Para proceder al pago, el Área Financiera del HOSPITAL solicitara la autorización mediante la aprobación debidamente firmada, por el supervisor del contrato o quien haga sus veces. En cumplimiento de las obligaciones fiscales que ordena la ley, el HOSPITAL efectuara las retenciones que surjan del presente contrato, (RETEIVA, RETENCIÓN EN LA FUENTE,) las cuales estarán a cargo del CONTRATISTA. Los pagos a los cuales está obligada la ESE SANATORIO DE CONTRATACIÓN estarán sujetos a la apropiación presupuestal respectiva, a la disponibilidad de caja y a la situación de fondos. CLAUSULA TERCERA - PLAZO DEL CONTRATO: Será de seis (6) meses contados a partir de la suscripción del acta de inicio y /o hasta agotar los recursos asignados. XXXXXXXX XXXXXX - DECLARACIÓN DEL CONTRATISTA: EL CONTRATISTA manifiesta conocer
perfectamente la naturaleza del contrato a ejecutar, las normas legales que le son inherentes, los plazos y costos requeridos para ejecutar el objeto contractual, todo lo cual queda bajo su responsabilidad. CLAUSULA QUINTA - OBLIGACIONES DEL CONTRATANTE: a) Efectuar los registros y operaciones presupuéstales y contables necesarios para cumplir cabalmente el pago de los bienes y/o servicios que el Contratista haya prestado a ésta con base en el presente contrato. b) suministrar la información que sea requerida por el contratista para la correcta ejecución del contrato. c) Realizar la supervisión del contrato mediante los supervisores designados por la gerencia. d) Pagar oportunamente el valor de los bienes y/o servicios, dentro de los plazos fijados en el contrato. CLAUSULA SEXTA - OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA: a)El proveedor debe garantizar la entrega del 100% de los medicamentos; contando con una farmacia en la localidad, que distribuya los faltantes en caso de requerirse. b) El contratista debe cambiar los medicamentos que presenten imperfectos, deterioro de su empaque, inadecuadas condiciones de presentación, por otro completamente nuevo, de iguales condiciones y características al solicitado. c) La fecha de vencimiento de los medicamentos debe ser igual o superior a los doce (12) meses si las características técnicas lo permiten. d) El contratista en caso de ser necesario se debe comprometer a recibir en devolución o cambio los medicamentos que tengan una fecha próxima de expiración, menor a (06) seis meses; por otros con fecha de vencimiento mayor al término propuesto. e) Garantizar el suministro del servicio contratado de forma continua, ininterrumpida, oportuna, diligente y con calidad. f) Garantizar el suministro del servicio conforme a la propuesta presentada. g) Garantizar que el servicio contratado cumpla con los requisitos legales. h) Generar la documentación correspondiente en el ejercicio de las actividades para cumplir con el objeto contractual. i) Garantizar el cumplimiento de las obligaciones legales en el tema de obligaciones tributarias sin incidencias adicionales en el valor contratado. j) Responder por la buena calidad del objeto contratado. k) Responder por cualquier responsabilidad patrimonial generada en desarrollo del objeto contractual e imputada su responsabilidad a título de dolo o culpa generada por imprudencia. l) Asumir los gastos por concepto de impuestos. 13. La propuesta hace parte integral del contrato. CLAUSULA SÉPTIMA - IMPUTACIÓN PRESUPUESTAL: Los pagos que asume el
Contratante en virtud del presente contrato, se sujetan a las apropiaciones presupuestales respectivas y se pagarán con recursos del presupuesto General de Gastos Vigencia 2019, Rubro D 801.0.5.0.0.1, Adquisición Medicamentos de acuerdo con el Certificado de Disponibilidad Presupuestal No. 19-00188, expedido el 12 xx xxxxx de 2019, expedido por el Encargado de presupuesto del Sanatorio de Contratación E.S.E. CLAUSULA OCTAVA - SUPERVISIÓN: La Supervisión del presente contrato de Suministro será efectuada por la encargada de Farmacia del Sanatorio de Contratación
E.S.E. y con apoyo técnico de un de médico del Sanatorio de Contratacion X.XX, quienes tendrán la atribución de exigir al CONTRATISTA la ejecución idónea y oportuna del objeto contratado, verificando que se cumpla con las especificaciones descritas en el objeto del mismo, dando cumplimiento a lo establecido en los artículos 44 al 47 del Acuerdo 06 de 2014, por el cual se Adopta el Manual de Contratación del Sanatorio de Contratación E.S.E., además de lo contemplado en la Ley 1474 de 2011 “Estatuto Anticorrupción”. CLAUSULA NOVENA - SOLUCION DIRECTA DE LAS CONTROVERSIAS CONTRACTUALES: Se considera que las diferencias o discrepancias, surgidas de la actividad contractual, se solucionan de manera ágil, rápida y directa para lo cual se podrá acudir a la conciliación, transacción o cualquier otro mecanismo de solución de
controversia contractual previsto en la ley. CLAUSULA DECIMA - GARANTÍAS: De conformidad con lo dispuesto en el artículo 51 numeral 2, 4 y concordantes del manual interno de contratación de la entidad, teniendo en cuenta que se trata del suministro de medicamentos, se considera necesario y oportuno exigir al CONTRATISTA la constitución a su xxxxx y a favor del Sanatorio de Contratación E.S.E., garantías únicas que amparen los siguientes riesgos: a) Cumplimiento del contrato: Para precaver los perjuicios que se deriven del incumplimiento de las obligaciones contractuales incluidas las multas y la cláusula penal que se pacte en el contrato; por una cuantía mínima del veinte por ciento (20%) del valor del contrato, y una vigencia igual a la del plazo de ejecución del contrato y seis (6) meses más. b) Calidad de los bienes suministrados: Para precaver las eventualidades que uno o varios de los bienes contratados no reúnan las especificaciones o calidades exigidas para la contratación o que no sean aptos para los fines para los cuales fueron adquiridos, así como para precaver los vicios de fabricación y la calidad de los materiales o componentes. Su cuantía no será inferior al 30% del valor del contrato y su vigencia será mínimo de 12 meses contados a partir del recibo o aceptación final. CLAUSULA DÉCIMO PRIMERA - CLAUSULAS EXORBITANTES: El presente contrato se
regirá por el Derecho Privado, el Manual de Contratación de la entidad y acoge las cláusulas exorbitantes como terminación, modificación e interpretación unilateral y la caducidad, referidas en el parágrafo primero del artículo 3 del manual de contratación. CLAUSULA DÉCIMO SEGUNDA - CESIÓN: EL CONTRATISTA no podrá ceder ni total, ni parcialmente éste contrato, ni subcontratar sin autorización expresa y por escrito del contratante. CLAUSULA DÉCIMO TERCERA - CAUSALES DE TERMINACIÓN: Además
de las causales de terminación previstas en la Ley y expresadas anteriormente, este contrato se podrá dar por terminado en los siguientes eventos: a) Orden legal o judicial. b) Vencimiento del plazo de duración pactado. c) Mutuo acuerdo de las partes. d) Declaratoria de caducidad. e) Las demás causas de terminación dispuestas en la ley. CLAUSULA DÉCIMO CUARTA - DOMICILIO CONTRACTUAL Y SITIO DE EJECUCIÓN
DEL CONTRATO: Se pacta como domicilio contractual el Municipio de Contratación y el lugar de ejecución del contrato en el Sanatorio de Contratación E.S.E. ubicado en la Xxxxx 0 Xx.0-00 xxx xxxxxxxxx xx Xxxxxxxxxxxx – Xxxxxxxxx. XXXXXXXX DÉCIMO QUINTA - INHABILIDADES E INCOMPATIBILIDADES: EL CONTRATISTA manifiesta bajo la
gravedad de juramento el cual se entiende prestado con la aceptación y firma del presente contrato, que no se halla incurso en ninguna de las causales de inhabilidad o incompatibilidad previstas en el artículo 8° de la Ley 80 de 1993, las contempladas en la ley 1474 de 2011 y demás normas aplicables a la materia en concordancia con el parágrafo segundo del artículo 3 del Manual de Contratación de la entidad. CLAUSULA DECIMO SEXTA - CLAUSULA DE INDEMNIDAD: El CONTRATISTA mantendrá indemne
al SANATORIO DE CONTRATACION E.S.E., en cualquier demanda o acción judicial o administrativa con ocasión de la ejecución del presente contrato, por causas imputables al contratista. CLAUSULA DÉCIMO SÉPTIMA - DOCUMENTOS QUE FORMAN PARTE
INTEGRAL DEL CONTRATO: Forma parte integral del presente contrato los siguientes documentos: 1. Estudios previos. 2. Propuesta técnica y económica presentada por el Contratista. CLAUSULA DECIMO OCTAVA – LIQUIDACIÓN CONTRACTUAL: En los
términos del manual de contratación de la entidad, el presente contrato se deberá liquidar. El plazo para liquidar bilateralmente el contrato será de máximo cuatro (4) meses luego de la finalización de su plazo. Para lograrla, previamente la Empresa deberá enviar comunicación al Contratista a su dirección registrada en el objeto que concurra en fecha,
hora y lugar que se le determine para tal fin. De no poderse suscribir el acta dentro de dicho plazo, la empresa procederá a liquidar el contrato unilateralmente dentro de los dos
(2) meses siguientes. El contratista tendrá derecho a efectuar salvedades a la liquidación por mutuo acuerdo, y en este evento la liquidación unilateral solo procederá en relación con los aspectos que no hayan sido objeto de acuerdo. PARAGRAFO: La liquidación contendrá entre otros aspectos, la forma como se ejecutaron las distintas obligaciones a cargo de las partes, la aplicación de sanciones, los saldos a favor de cada parte, revisiones y reconocimientos a que haya lugar, como también los acuerdos, conciliaciones y transacciones a que llegaren las partes para poner fin a las divergencias presentadas y poder declararse x xxx y salvo. CLAUSULA DECIMO NOVENA - PERFECCIONAMIENTO Y EJECUCIÓN: El presente contrato se perfecciona con las firmas de los de los que intervinieron en el mismo y para su ejecución requiere el Registro Presupuestal expedido por el funcionario Encargado de Presupuesto del Sanatorio de Contratación E.S.E. la constitución y aprobación de las Garantías exigidas y la suscripción del acta de inicio respectiva.
En constancia de entendimiento y aceptación del presente documento, se firma en dos
(02) ejemplares del mismo tenor y valor, a los catorce (14) días del mes xx xxxx de dos mil diecinueve (2019).
POR EL CONTRATANTE: POR EL CONTRATISTA:
(Original Firmado)
XXXXX XXXXXXX XXXXXXX XXXXXX. XXXXXX XXXXXX XXXXX XX XXXXXX.
Gerente C.C. No. 63.302.877 de Bucaramanga
Sanatorio Contratación E.S.E. R/L REPREFARCOS S.A.S
Proyectó: | Xxxxxx Xxxxx xxxxx Enc. Procesos Contractuales | |
Revisó: | Xxxxx Xxxxx Xxxxxx Xxxxxxx Asesora Jurídico |