LICITACIÓN PARA LA CONCESIÓN DEL KIOSCO Y/O CANTINA ESCOLAR
LICITACIÓN PARA LA CONCESIÓN DEL KIOSCO Y/O CANTINA ESCOLAR
ASOCIACIÓN COOPERADORA DEL CENTRO EDUCATIVO.....................................................................
LLAMA A CONCURSO DE PRECIOS PARA LA EXPLOTACIÓN DE LA CANTINA Y/O QUIOSCO DEL CENTRO EDUCATIVO..................................................., CON
DOMICILIO EN CALLE: ............................................. N°..........
BARRIO.................................................. LOCALIDAD....................................
DEPARTAMENTO.......................................................................... DE LA PROVINCIA XX XXXXXXX.-
Sírvase cotizar precios por la concesión de la cantina escolar, de acuerdo a las especificaciones que se detallan y condiciones generales que se acompañan.
Saludamos atentamente
Tesorero Secretario Presidente Director
Aclaración N° de doc.
PLIEGO DE CONDICIONES GENERALES Y ESPECIFICACIONES PARTICULARES A REGIR
1 El presente pliego tiene por objeto establecer los requisitos y condiciones generales y particulares que deberán cumplimentar los oferentes que se presenten para contratar el servicio de kiosco y/o cantina a término.
2 Los interesados deberán retirar el pliego de condiciones con el sobre provisto por la Asoc. Cooperadora, en la sede escolar, sito en calle
............................Nro.......... B°/localidad departamento
.........................., los días .........,.......y...... del mes de de
20....... en el/los horario/s de............................
3 Las ofertas serán presentadas en el sobre provisto, cerrado y sin membrete, en la Asociación Cooperadora del Centro Educativo. calle
..........................................................N°.........Barrio………………..............................
Localidad...................................Departamento..........................................durante los
días.......,……...de.................................del 20......en el horario de........ a. hs.
a. Los sobres no deberán contener indicación alguna que permita la identificación del oferente.
b. LOS SOBRES DEBERÁN CONTENER:
b.1) Las ofertas que deberán estar escritas preferentemente a máquina o por computadora, firmadas en todas sus hojas por el oferente en caso de un emprendimiento personal, por todos los socios de tratarse de una sociedad (regularmente constituida o de hecho) o por los miembros integrantes de un emprendimiento familiar.
b.2) Fotocopia de documento de identidad, 1ª y 2da hoja (con cambio de domicilio actualizado, si lo hubiere) del oferente, socios, miembros del
emprendimiento y/o empleados, y declararlos en el anexo I y II
b.3) Certificado de domicilio del oferente, y/o socios.
b.4) Certificado de buena conducta vigente (no debe superar el término de seis meses desde la fecha de emisión) del oferente, socios, miembros de emprendimientos familiares y/o empleados, todos mayores de edad, que en caso de acreditar tirilla de inicio de trámite deberá tener fecha actualizada al momento de inicio del proceso licitatorio. Este requisito es de carácter excluyente.
b.5) Antecedentes comerciales y/o en el rubro, referencias, etc., acreditando la documentación probatoria.
b.6) Datos completos del fiador preferentemente con recibo xx xxxxxx oficial y certificación xx xxxxxx extendido por el servicio administrativo. En caso de recibo xx xxxxxx expedido por empresa privada, además se solicitará la certificación de haberes por parte del representante legal de la firma(original). En caso de monotributistas, presentar constancia del A.F.I.P, ultimo comprobante de pago y certificación de ingresos por contador público e intervención del Consejo de Ciencias Económicas. No se admitirán títulos de propiedad de bienes registrables (inmuebles y rodados). (ANEXO V).
b.7) Propuesta de cotización de precios de los productos a ofrecer (ANEXO III).
b.8) Detalle de los bienes de capital e instalaciones destinados a la explotación (ANEXO IV).
b.9) Copia del recibo que acredita la compra xxx xxxxxx.
La APERTURA DE LOS SOBRES se llevará a cabo el día.......
de.................... del 20......a las........... hs. en la sede de la Asociación Cooperadora, sito en el mismo Establecimiento, debiendo estar presentes todos los oferentes y se dejará constancia en el acta de apertura de sobres, la fecha y horario de notificación de la adjudicación o pre- adjudicación según sea el caso. Dicha acta deberá estar suscripta por todos los oferentes.
4 Quedan excluidos para presentarse: los miembros de la Asoc. Cooperadora y los ex miembros hasta haber transcurrido como mínimo un año de concluida su gestión y sus parientes hasta el cuarto grado por consanguinidad y segundo por afinidad, los parientes del Director en igual grado de parentesco, el personal docente, administrativo y de maestranza de la Institución ni sus parientes en el citado grado de parentesco, y los menores de edad. Tampoco podrán ser concesionarios los funcionarios o empleados de cualquiera de los poderes del Estado (Art. 112 Ley de Contabilidad Provincial N° 7631) y Art. 18 inc. c) y k) del Estatuto para el Personal de la Administración Pública Provincial Ley N° 7233.
5 El concesionario deberá contratar el personal necesario para asegurar el servicio en forma permanente.
6 La Asociación Cooperadora facilitará al Concesionario el local apropiado. (Acompañar plano de: ubicación dentro del predio educativo, dimensiones, aberturas. Descripción de: instalaciones, revestimientos y pisos.)
7 El aporte fijado por la Asociación Cooperadora es de $.......................
(pesos. ) que se hará efectivo por mes adelantado
desde el 1 al 10 de cada mes.
8 En caso de producirse un proceso inflacionario se tomará como parámetro, la variación de precios de un producto de referencia, de varios o el Índice de Actualización establecido por las Reparticiones Oficiales para contratos similares.
9 El funcionamiento de la Cantina estará supeditado al siguiente horario: de lunes a viernes de........ hs. a....... hs. y cuando existan actividades curriculares los días sábados o se desarrollen eventos especiales (deportivos, festivales, etc.) la Dirección del establecimiento y la Asociación Cooperadora decidirán si funcionará o no la misma.
10 El personal encargado de la atención de este servicio deberá usar guardapolvo, el que deberá encontrarse en perfecto estado de conservación y limpieza en toda circunstancia y contar con libreta de sanidad.
11 La Asociación Cooperadora periódicamente ordenará inspeccionar sanitariamente tanto la mercadería como así también el local, circunstancia en la que el Concesionario y su personal brindará las facilidades del caso, labrándose en las actas pertinentes las observaciones resultantes de dicha inspección.
12 El plazo de duración del Contrato se fija desde el..... /..... /20... hasta el
...../...../ (Siempre es de un año, sin prórroga automática).
13 La adjudicación recaerá en la propuesta que resultase más conveniente y saludable para la comunidad educativa, teniendo en cuenta la integralidad del servicio, (precios menores o iguales a los que se rigen en plaza, equipamiento, alimentos saludables, etc.). Los precios pueden ser reajustados por la Asociación Cooperadora, a solicitud del concesionario, si mediaran razones muy justificadas, a cuyo efecto deberá presentar la documentación probatoria. En ningún caso se aceptarán reajustes antes de cumplidos los treinta días de iniciada la concesión.
14 Para la adjudicación de la concesión, se tendrá en cuenta que la mercadería propenda a una alimentación saludable, la presentación del certificado de buena conducta, la calidad de los artículos como así también los precios económicos posibles que se adjudiquen a los mismos, GARANTÍAS OFRECIDAS además se evaluarán los antecedentes del oferente, los elementos que se utilizarán en la explotación, etc.
15 En caso que el trámite ante autoridad policial exceda los términos del proceso licitatorio y habiendo cumplimentado todos los requisitos satisfactoriamente, se podrá pre-adjudicar por el término de un mes, hasta tanto acredite el certificado de buena conducta “libre de antecedentes”, cumplimentado, se suscribirá el contrato definitivo.
16 El objetivo de la Cantina es servir bien y al más bajo precio posible a toda la comunidad educativa. Todo por cuanto deberá estar supeditado a tal fin.
17 El concesionario se hará cargo de todos los gastos de reparación y mantenimiento de las instalaciones bienes y servicios con excepción de aquellos que provengan de vicios propios de la cosa y será responsable por los deterioros ocasionados a los bienes de propiedad de la Asociación Cooperadora y/o Establecimiento, que forme parte de la concesión que no provenga del uso normal.
18 El concesionario exime a la Cooperadora de toda responsabilidad que derive del ejercicio de su negocio, ya sea administrativa o extrajudicial como también de las referidas a sus responsabilidades laborales, impositivas, previsionales, civiles y comerciales. La Cooperadora se reserva el derecho de exigir en cualquier momento la documentación probatoria del cumplimiento de tales obligaciones. Todos los gravámenes, tasas, multas, etc. que deriven de la explotación en cumplimiento de ordenanzas, leyes y reglamentaciones vigentes serán exclusivamente a cargo del Concesionario, quien asume así las responsabilidades emergentes de dicha actividad.
19 El Concesionario estará igualmente obligado a:
a. No destinar el local a otro uso o goce que el estipulado.
b. Mantener el local y sus dependencias e instalaciones en perfectas condiciones de uso, higiene y debidamente cuidado el sector inmediato al mismo.
c. No introducir modificaciones ni efectuar obras de cualquier naturaleza sin consentimiento escrito de la Asociación Cooperadora y de la Dirección. Toda mejora realizada quedará a beneficio de la Asociación sin derecho a compensaciones de ninguna especie.
d. El Concesionario informará por escrito a la Asociación Cooperadora el nombre y demás datos de identidad de la persona que lo reemplazará en caso de ausencia transitoria, la que no podrá exceder los 30 (treinta) días anuales. La Cooperadora se reserva el derecho de rechazar el representante propuesto. El Concesionario mantendrá registrado ante la Cooperadora su domicilio real, así como el de su representante, los que serán actualizados ante cualquier cambio de los mismos dentro de las 72 hs. de producido.
e. Vencido el contrato o producida su rescisión deberá entregar el local y los bienes en el término de 10 (diez) días corridos, bajo apercibimiento de desalojo según normas legales.
f. Queda terminantemente prohibido el expendio de bebidas alcohólicas, cigarrillos, goma de mascar (chicles), como así también cualquier otro producto prohibido y/ o perjudicial para la salud.
g. Proveer al personal de la indumentaria conforme a las normas vigentes para el rubro.
h. Cumplimentar con todas las inscripciones y disposiciones nacionales. provinciales y municipales que regulen su actividad.
i. Dar estricto cumplimiento a todas las disposiciones legales que rijan en materia laboral, previsional y cobertura de riesgo de trabajo del personal a su cargo.
j. Exigir al personal a su cargo trato correcto y amable hacia los miembros de la comunidad educativa.
20 Se deja expresa constancia que el contrato a suscribir es intransferible y no representa en forma alguna constitución de sociedad, en tal virtud el Concesionario exime desde ya a la Asociación Cooperadora de toda responsabilidad que derive del ejercicio de su comercio ya sea administrativo, judicial, extrajudicial, así como también las derivadas con el personal en cumplimiento con las leyes de previsión social y laboral.
21 Los empleados del concesionario no tienen “ningún tipo de relación laboral con la Asociación Cooperadora, la Escuela ni la Administración Pública Provincial”.
22 De común acuerdo las partes podrán rescindir el contrato. En tal evento el Concesionario deberá restituir todos los elementos que haya recibido en carácter precario, procediendo a reembolsar el importe al valor de reposición de aquellos que faltasen o estuviesen deteriorados, sin derecho a pretender suma alguna en concepto de llave o indemnización por cualquier otro título, asumiendo todas las responsabilidades emergentes de la rescisión como las indemnizaciones del personal que hubiere contratado en cuanto sea conforme a derecho, eximiendo a la Asociación Cooperadora de toda responsabilidad al efecto.
23 El Concesionario deberá presentar una garantía, cuya aceptación o rechazo y/o reemplazo estará supeditada a la Asociación Cooperadora.
24 En caso de incumplimiento por parte del Concesionario, la Asociación Cooperadora suplirá la no prestación del servicio en la forma que estime más conveniente y podrá ante la magnitud de la falta o reiteración, rescindir xxxx y llanamente el contrato, llamando a nuevo concurso de precios. Igualmente el Concesionario deberá comunicar con 30 (treinta) días de anticipación su determinación de no continuar con la explotación de la cantina.
25 El concesionario queda obligado a contribuir monetariamente por el uso de los siguientes servicios: gas, electricidad, agua, etc. Se establecerá un porcentaje de acuerdo a las horas de explotación.
26 El concesionario no podrá realizar o aceptar por su cuenta, cualquier tipo de propaganda comercial o de otra índole. También tiene prohibido invocar el nombre de la Asociación Cooperadora o de la Escuela en las operaciones comerciales que concrete, ni ofrecer garantía alguna por parte de las mismas.
27 Ni la Asociación Cooperadora ni la Escuela se responsabilizarán en forma alguna, por el importe de consumo, requerimiento de mercaderías, vales, etc. que suscriban alumnos y personas que de ellas dependan.
28 La Asociación Cooperadora y la Escuela, se reservan el derecho de determinar el local que se le otorgará al Concesionario, como así también el de cambiar su ubicación en cualquier oportunidad que sea necesario por razones de reubicación de aulas o dependencias escolares.
29 Las cláusulas contenidas en el presente pliego de condiciones y Anexos serán ley para las partes y regirán la vigencia del contrato una vez efectuada la adjudicación.-
FIRMA/S
ANEXO I
DATOS PERSONALES DEL TITULAR, SOCIOS O MIEMBROS DE UN MICROEMPRENDIMIENTO FAMILIAR.
TITULAR UNICO:
APELLIDO Y NOMBRES: | D.N.I./L.C./L.E.: |
DOMICILIO: | TELEFONO/S: |
SOCIEDADES:
APELLIDO Y NOMBRES(SOCIO 1): | D.N.I./L.C./L.E.: |
DOMICILIO: | TELEFONO/S: |
APELLIDO Y NOMBRES(SOCIO 2): | D.N.I./L.C./L.E.: |
DOMICILIO: | TELEFONO/S: |
APELLIDO Y NOMBRES(SOCIO 3): | D.N.I./L.C./L.E.: |
DOMICILIO: | TELEFONO/S: |
EMPRENDIMIENTOS FAMILIARES:
APELLIDO Y NOMBRES | D.N.I. | DOMICILIO | VÍNCULO DE PARENTESCO |
Además acreditar certificados de buena conducta de cada uno de ellos, con una vigencia no mayor a los 6 (seis) meses desde la fecha de su emisión, en original o en caso de fotocopia deberá estar disponible el original a solicitud de la Cooperadora para su cotejo.-
FIRMA/S
ANEXO II
NÓMINA DE EMPLEADOS A CARGO
APELLIDO Y NOMBRES | D.N.I. | EDAD | DOMICILIO | CUIL |
Esta nómina deberá ser acompañada de listado de empleados que emite el Sistema Integrado de Jubilaciones y Pensiones, actualizado. Además acreditar certificados de buena conducta de cada uno de ellos, con una vigencia no mayor a los 6 (seis) meses desde la fecha de su emisión, en original o en caso de fotocopia deberá estar disponible el original a solicitud de la Cooperadora para su cotejo.-
Me comprometo a cumplir fielmente con las obligaciones que en carácter de empleador establecen las leyes, reglamentos y convenios de trabajo vigentes o que se dicten en el futuro (incluye A.R.T.)
FIRMA/S
ANEXO III
PROPUESTA DE COTIZACIÓN DE PRECIOS( a completar totalmente por el oferente)
De conformidad con el pliego de condiciones generales y especificaciones particulares que sirven de base a la presente contratación, me comprometo a su estricto cumplimiento, ofreciendo instalar el Quiosco y/o Cantina del CENTRO EDUCATIVO, dejando constancia de los productos y precios propuestos:
ARTÍCULOS DE PRIMERA CALIDAD Y DE MARCAS RECONOCIDAS | MARCA | PRECIO |
SANDWICH (PAN DE MIGA) | ||
- verdura | ||
- jamón y queso | ||
- pavita | ||
- otros | ||
SANDWICH (PAN FRANCÉS) | ||
- queso y jamón | ||
- “ y bondiola | ||
- “ y salame | ||
- “ y mortadela | ||
- otros | ||
SANDWICH (PAN DE VIENA) | ||
- queso y jamón | ||
- “ y bondiola. | ||
- “ y salame. | ||
- otros | ||
SANDWICH DE MILANESA | ||
- con mayonesa | ||
- con verdura | ||
ENSALADA | ||
-mixta | ||
-de aves | ||
-otras (especificar) | ||
-FRUTAS |
HAMBURGUESA de frigorífico | ||
- simple | ||
- completa | ||
PIZZA (la porción) | ||
- común | ||
- c/ jamón y queso | ||
- especial | ||
EMPANADAS | ||
- criollas | ||
- árabes | ||
- otras | ||
PRODUCTOS DE PANADERÍA | ||
- facturas c/u | ||
- criollos c/u | ||
- alfajores de maicena | ||
- otros | ||
GALLETITAS (el paquete) | ||
- 30 grs. | ||
- 70 grs. | ||
- 120 grs. | ||
- 130 grs. | ||
- 160 grs. | ||
- vainillas (paquete) | ||
CARAMELOS | ||
- de fruta | ||
- surtidos | ||
- de leche | ||
- masticables | ||
- duros | ||
- pastillas (paquete) | ||
CHOCOLATES CON LECHE | ||
- blanco | ||
- tableta | ||
- c/ maní y leche | ||
- aireados |
CHOCOLATINES con leche | ||
TURRÓN | ||
- blanco | ||
- con maní | ||
- con chocolate | ||
- maní c/ chocolate | ||
BARRA DE CEREAL | ||
-cereal y fruta | ||
BEBIDAS FRÍAS | ||
- con/sin gas | ||
en vaso | ||
en envase | ||
BEBIDAS CALIENTES | ||
-Leche | ||
- café chico | ||
- café grande | ||
- c/ leche | ||
- c/leche y dos facturas | ||
- c/leche y dos criollos | ||
MENÚ ECONÓMICO (ENTREGADO EN DESCARTABLES, debiendo aportar la menor cantidad posible de grasas saturadas, grasas trans, azúcares libres y sodio) |
En menú se debe detallar los distintos platos.
Firma/s: ..........................
Aclaración de firmas:.........................
D.N.I.:..................................................
ANEXO IV
DETALLE DE MUEBLES, INSTALACIONES Y BIENES DE CAPITAL OFRECIDOS POR EL OFERENTE
PARA LA EXPLOTACIÓN DE KIOSCO/CANTINA ESCOLAR
BIENES | CANTIDAD | MARCA- MODELO | OTRAS ESPECIFICACIONES |
FIRMA/S...............................
ACLARACIÓN
ANEXO V
DATOS PERSONALES DEL FIADOR
APELLIDO Y NOMBRES | D.N.I | DOMICILIO | GARANTIA OFRECIDA |
Deberá acompañar recibo xx xxxxxx oficial o privado conforme a las condiciones propuestas en el presente pliego.
FIRMA/S
CONTRATO CONCESION CANTINA Y/O KIOSCO
Entre la Asociación Cooperadora del Centro Educativo.........................................
representado en este acto por el Presidente Sr D.N.I. N°
..........................., el Secretario Sr D.N.I. N°
............................... y el Tesorero Sr. ...................................... D.N.I. N° .........................
en adelante la CONCEDENTE por una parte y el Sr D.N.I. N°
........................... mayor de edad, con domicilio real en calle N°
............... Barrio ..........................de la Localidad Departamento
.............................. de la Prov. xx Xxxxxxx, en adelante el CONCESIONARIO se conviene en celebrar el siguiente contrato.
PRIMERO: La Concedente otorga al Concesionario, la explotación de la cantina y/o quiosco del Centro Educativo ....................................... a partir del de
....................... de 20......hasta el ..... de ........................ de 20..... (sólo por un año).
Vencido el plazo, constituye al concesionario en xxxx automática de restituir el local, quedando concluida la concesión. El concesionario renuncia a ejercer el derecho de retención cualquiera fuera la causa que invocara para ello. En caso de incumplimiento de la obligación restitutoria, el valor del importe mensual se incrementará en un 50%, tomando como referencia el último devengado y en carácter de cláusula penal se aplicará un interés del 0.10% por cada día de atraso en restituir la concesión, sin que ello signifique prórroga o reconducción del contrato.
SEGUNDO: El Concesionario se compromete a abonar a la Asociación Cooperadora mensualmente la suma de $.................
(pesos.................................................................) al tesorero o a la persona autorizada para extender recibos, dicho importe deberá ser pagado desde el día 01 al 10 de cada mes por adelantado en concepto de aporte. La xxxx en el pago de la obligación será multada con la aplicación de un interés resarcitorio equivalente al que aplica el
A.F.I.P. para el vencimiento de las obligaciones fiscales, que regirá a partir del día posterior al vencimiento del mes en que se produce la xxxx.
TERCERO: Queda convenido entre las partes que los meses de febrero, julio y diciembre se abonará el 50% del aporte fijado. Quedando el concesionario eximido de abonar solo por el mes de enero.
CUARTO: La Dirección conjuntamente con la Asociación Cooperadora se reserva el derecho de determinar el local o espacio físico que se le otorgará al concesionario a los fines de ubicar la cantina o quiosco, como así también el de cambiar su ubicación en cualquier oportunidad que sea necesario por razones de reubicación de las aulas o dependencias escolares
QUINTO: El CONCESIONARIO deberá mantener en perfecto estado los muebles y útiles que se le entreguen para su uso bajo inventario (calefón, cocina, etc.), mantener y/o arreglar la instalación del baño, depósito de agua etc., y colocar un aparato con extractor - purificador en la campana sobre la cocina en caso de elaboración de comidas.
SEXTO: Se deja establecido que la mercadería que podrá expender el Concesionario son las siguientes: bebidas sin alcohol, como Jugos de buena calidad y/o marcas reconocidas, gaseosas, aguas, aguas saborizadas, bebidas calientes (Leche, Café, Té, Mate Cocido, con o sin Leche), facturas y productos de panadería en general; sándwichs de miga, pebetes, de pan integral, etc. con membrete de identificación de la fábrica, fechas de elaboración y vencimiento, alimentos y bebidas saludables que aporten la menor cantidad de posibles de grasas saturadas, grasas trans, azúcares libres y sodio. Todo según pliego de condiciones de licitación de cantina o quiosco.
SÉPTIMO: Está EXPRESAMENTE PROHIBIDO vender cigarrillos, bebidas alcohólicas, goma de mascar, jugos en sachet, y todo otro artículo que pudiera atentar
contra la salud y las normas de urbanidad; como así también artículos de Librería y Fotocopias.
OCTAVO: El horario que deberá cumplir el Concesionario es el siguiente: de lunes viernes de...... hs. a hs. Se considera falta grave la realización de tareas fuera
de los horarios y días indicados, salvo que exista previa autorización de parte de la Asociación Cooperadora y de la Dirección del Establecimiento.
NOVENO La Asociación Cooperadora queda autorizada a controlar los precios sin necesidad de previo aviso las veces que la concedente lo crea necesario; a tal fin se dejará constancia en el Libro de Actas. A solicitud del concesionario podrá la Asociación Cooperadora autorizar la modificación (en alza) de los precios preestablecidos en la medida que existieran razones justificadas y comprobadas.
El incumplimiento de esta cláusula por parte del concesionario, será considerado FALTA GRAVE y será determinante de la suspensión del aumento, manteniendo la vigencia de los precios preestablecidos y/o rescisión del contrato y consecuente desalojo del concesionario.
DÉCIMO: En la explotación de la cantina el concesionario QUEDA OBLIGADO A:
a) Para el caso de contratar personal dependiente, deberá cumplir fielmente con las obligaciones que en carácter de empleador establecen las leyes, reglamentos y convenios de trabajo vigentes o que se dicten en el futuro, obligándose en tal caso a contratar un seguro de accidentes y enfermedades de trabajo (A.R.T.).
b) Las personas que atiendan la cantina deberán ser mayores de edad y observar el mayor recato, esmero y las más estrictas normas de aseo e higiene en su presentación, utilizando chaquetilla o guardapolvo.
c) Exigir a sus dependientes trato cordial hacia los alumnos, docentes, no docentes y miembros de la Asoc. Cooperadora.
d) Abonar los impuestos y servicios que gravan la explotación del rubro y cumplir con todas las normas municipales que se exige para el ramo gastronómico.
e) Mantener en perfecto estado de higiene, limpieza y conservación tanto del local, como las instalaciones, muebles, etc. de la cantina y sector de influencia en el patio y/o galería. Los residuos deberán ser recogidos en recipientes adecuados y embolsados para ser depositados en los lugares que indique la Dirección y/o Asoc. Cooperadora.
f) Exhibir en forma bien visible los precios de venta de la mercadería.
g) Adquirir por su exclusiva cuenta y cargo todos los artículos, mercaderías, muebles y útiles necesarios para desarrollar la actividad concedida.
h) Contratar un seguro contra hurto y/o robo e incendio, sobre las maquinarias, muebles y útiles y mercaderías, liberando de toda responsabilidad a la Asoc. Cooperadora, arbitrando medidas de seguridad en los posibles sitios de acceso al local.
DÉCIMO PRIMERO : Está PROHIBIDO al Concesionario:
a) Transferir o ceder total, parcial, directa o indirectamente, los derechos originados en este contrato.
b) Admitir nuevos socios o participantes a los ya presentados en el pliego de licitación, sin la previa autorización por escrito de la Asociación Cooperadora y la Dirección del Establecimiento.
c) Realizar o aceptar por su cuenta cualquier tipo de propaganda comercial o de otra índole, destinar las instalaciones a otro uso o goce al establecido, ni hacer uso indebido de las mismas.
d) Invocar el nombre de la Asociación Cooperadora o del Establecimiento en las operaciones comerciales que concrete, ni ofrecer garantía alguna por parte de las mismas.
e) Introducir cualquier modificación en las instalaciones sin previa autorización por escrito de la Asociación Cooperadora y de la Dirección del Establecimiento.
f) Inmiscuirse en asuntos concernientes a la Asociación Cooperadora o del Establecimiento o proveer información relacionada con la misma, ni participar en las asambleas.
g) Provocar ruidos molestos por el uso de equipos de audio, televisor, etc.
h) Suministrar o vender naipes u otros elementos xx xxxx.
i) Vender otras mercaderías que no correspondan al rubro.
DÉCIMO SEGUNDO :Ni la Asociación Cooperadora ni el Establecimiento se responsabilizan en forma alguna por el importe de consumo, requerimiento de mercaderías, vales, etc., que suscriban alumnos y personas que de ella dependan.
DÉCIMO TERCERO: La Asociación Cooperadora se reserva el derecho de RESCINDIR el contrato en los casos en que el Concesionario incurra en las siguientes infracciones :
a) Alza injustificada de los precios presentados en la licitación y teniendo en cuenta lo establecido en el Artículo Noveno.
b) Negativa de venta de alguno de los artículos indicados como de expendio obligatorio por el presente contrato y que consta en la lista de precios.
c) Mal estado de conservación, calidad, fechas de elaboración o vencimiento de los productos y bebidas en existencia, sin exclusión de las responsabilidades comerciales o penales que la ley prescribe por dicha infracción.
d) No exhibición en forma clara y visible de los precios de los productos a vender.
e) Mal trato de parte del concesionario y de sus dependientes a los alumnos, padres, docentes, personal no docentes o miembros de la Asociación Cooperadora.
f) Incumplimiento de cualquier otra obligación o prohibición que establezca el presente contrato.
g) Además la Asociación Cooperadora se reserva el derecho de rescindir el presente contrato en casos en que el concesionario o sus dependientes intervengan en hechos de gravedad no establecidos específicamente en el artículo presente.
i) Incumplimiento para con las obligaciones que en carácter de empleador establecen las leyes, reglamentos y convenios de trabajo vigentes o que se dicten en el futuro.
h) De igual forma se procederá cuando por razones de fuerza mayor o caso fortuito, resultara imposible continuar con la concesión.
DÉCIMO CUARTO: Por cualquier causal de rescisión, la Asociación Cooperadora comunicará al concesionario tal decisión con treinta días de antelación por medios fehacientes al domicilio del concesionario calle .............................. N° Barrio
................................ Localidad .........................., Departamento .........................
disponiendo éste del plazo xx xxxx días corridos a fin de desocupar el local, dejándolo libre de todo, personas o cosas por él puestas en el local o fuera de él.
DÉCIMO QUINTO: Se establece que el pago de los aportes mensuales según lo establecido en el artículo segundo, deberá realizarse en el Centro Educativo, calle
............................... N° ..... Barrio ............................ Localidad ......................
Departamento ........................... de la provincia xx Xxxxxxx, al Tesorero de la Asociación Cooperadora o quién designe la Comisión Directiva.
DÉCIMO SEXTO: El concesionario responderá por todo daño que sufra el local o las instalaciones del colegio a raíz de cualquier accidente originado en el ámbito del local de la cantina o producto de su actividad y/o de las personas que estén a su cargo y relacionadas por su labor.
El concesionario será responsable único y directo por cualquier daño que pudiera afectar su integridad física, como la de las personas que de él dependan o de terceros.
El Concesionario recibe el local y las instalaciones de agua corriente, desagües y eléctricas en perfecto estado, comprometiéndose a conservarlas en igual estado hasta el final de la concesión y responsabilizándose por los desperfectos o daños que sus hechos u omisiones pudieran causar.
DÉCIMO SEPTIMO: Queda obligado a contribuir monetariamente por el uso de los distintos servicios (electricidad, gas, agua, etc.). Se establecerá un porcentaje de la facturación que corresponda al Centro Educativo, teniendo en cuenta la cantidad de horas diarias o turnos en que explote el quiosco o cantina.
DÉCIMO OCTAVO: El Sr. .................................. D.N.I. N° con
domicilio en Calle ............................... N°........... de Barrio ......................... de la
Localidad de.......................... Departamento..........................de la provincia xx Xxxxxxx, se constituye en fiador solidario y principal pagador de todas las obligaciones que el concesionario asume en virtud del presente, incluso gastos y/o costas judiciales, renunciando desde ya al beneficio de excusión, interpelación o aviso previo, aún vencido el presente contrato y por todo el tiempo que continúe en posesión y ocupación hasta la devolución del local, instalaciones y bienes muebles cedidos para la explotación y aceptación por parte de la concedente de plena conformidad bajo las condiciones establecidas.
Asume el fiador la ineludible obligación de informar a la CONCEDENTE toda modificación de su situación original por la que se aceptó como codeudor, considerándose su incumplimiento como grave defraudación de la garantía. De producirse esta situación deberá ser sustituida la garantía a requerimiento de la CONCEDENTE y en tal supuesto reemplazarla por una similar en un plazo de 10(diez) de haber sido notificada.
DÉCIMO NOVENO: Las partes renuncian al fuero federal o cualquiera que pudiera corresponderles (de excepción ) y se someten a la jurisdicción de los tribunales ordinarios de la cuidad xx Xxxxxxx, fijando los siguientes domicilios: La Asociación Cooperadora y el Centro Educativo, en el local escolar ya mencionado.El Concesionario en calle ......................... N°...... de Barrio ........................ de la
Localidad ............................ Departamento ........................... y el garante en calle
.......................... N° .......... de Barrio ............................ de la Localidad .......................
Departamento , todos de la provincia xx Xxxxxxx.
DE CONFORMIDAD SE FIRMAN DOS EJEMPLARES DE UN MISMO TENOR
en la ciudad de....................... provincia xx Xxxxxxx, a los........... días del mes
de.................... de 20 .. -
Firma/s
LICITACIÓN PARA LA CONCESIÓN DE FOTOCOPIADORA ESCOLAR
ASOCIACIÓN COOPERADORA DEL CENTRO EDUCATIVO.................................................................
LLAMA A CONCURSO DE PRECIOS PARA LA EXPLOTACIÓN DE LA FOTOCOPIADORA DEL CENTRO EDUCATIVO, CON DOMICILIO EN CALLE:
............................................. N°.......... BARRIO..........................................
LOCALIDAD.............................. DEPARTAMENTO......................... DE LA PROVINCIA XX XXXXXXX.-
Sírvase cotizar precios por la concesión de la FOTOCOPIADORA ESCOLAR, de acuerdo a las especificaciones que se detallan y condiciones generales que se acompañan.
Saludamos atentamente
Tesorero Secretario Presidente Director
PLIEGO DE CONDICIONES GENERALES Y ESPECIFICACIONES PARTICULARES A REGIR
1 El presente pliego tiene por objeto establecer los requisitos y condiciones generales y particulares que deberán cumplimentar los oferentes que se presenten para contratar el servicio de fotocopiadora a término.
2 Los interesados deberán retirar el pliego de condiciones con el sobre provisto por la Asoc. Cooperadora, en la sede escolar, sito en calle................................... Nro........... B°/localidad ...........................................
Departamento......................................... los días............................. del mes
de...................... de 20...... en el/los horario/s......................................................
3 Las ofertas serán presentadas en sobre cerrado, sin membrete, en la Asociación Cooperadora del Centro Educativo ............................................
Calle ......................................... N° ......... Barrio.............................
Localidad................................. Departamento ...............................................
durante los días...................... del mes de................... del 20...... en el horario de........ a hs.
a) Los sobres no deberán contener indicación alguna que permita la identificación del oferente.
b) LOS SOBRES DEBERÁN CONTENER:
b.1) Las ofertas que deberán estar escritas preferentemente a máquina o por computadora, firmadas en todas sus hojas por el oferente en caso de un emprendimiento personal; por todos los socios de tratarse de una sociedad (regularmente constituida o de hecho) o por los miembros integrantes de un emprendimiento familiar.
b.2) Documento de identidad del oferente, socios, miembros del microemprendimiento y/o empleados y declararlos en los ANEXOS I Y II
b.3) Certificado de domicilio del oferente, y/o socios.
b.4) Certificado de buena conducta vigente (no debe superar el término de seis meses desde la fecha de emisión) del oferente, socios, miembros de emprendimientos familiares y/o empleados, todos mayores de edad, que en caso de acreditar tirilla de inicio de trámite deberá tener fecha actualizada al momento de inicio del proceso licitatorio. Este requisito es de CARÁCTER EXCLUYENTE.
b.5) Antecedentes comerciales y/o en el rubro, referencias, etc., acreditando la documentación probatoria.
b.6) Datos completos del fiador preferentemente con recibo xx xxxxxx oficial y certificación xx xxxxxx extendido por el servicio administrativo. En caso de recibo xx xxxxxx expedido por empresa privada, además se solicitará la certificación de haberes por parte del representante legal de la firma(original). En caso de monotributistas, presentar constancia del A.F.I.P, ultimo comprobante de pago y certificación de ingresos por contador público e intervención del Consejo de Ciencias Económicas. No se admitirán títulos de propiedad de bienes registrables (inmuebles y rodados). (ANEXO IV).
b.7) Detalle de los bienes de capital e instalaciones destinados a la explotación y propuesta de cotización de precios de los productos a ofrecer (ANEXO III).
b.8) Copia del recibo que acredita la compra xxx xxxxxx.
La APERTURA DE LOS SOBRES se llevará a cabo el día de
.................... del 20......a las hs. en la sede de la Asociación Cooperadora,
sito en el mismo Establecimiento. en el acto de apertura de sobres se deberá dejar constancia en acta, la fecha y horario de notificación de la adjudicación o pre-adjudicación según sea el caso.
4 Quedan excluidos para presentarse: los miembros de la Asoc. Cooperadora y los ex miembros hasta haber transcurrido como mínimo un año de concluida su gestión y sus parientes hasta el cuarto grado por consanguinidad y segundo por afinidad, los parientes del Director, el personal docente, administrativo y de maestranza de la Institución, en igual grado de parentesco y los menores de edad. Tampoco podrán ser concesionarios los funcionarios o empleados de cualquiera de los poderes del Estado (Art. 112 Ley de Contabilidad Provincial N° 7631) y Art. 18 inc. c) y k) del Estatuto para el Personal de la Administración Pública Provincial Ley N° 7233.
5 El concesionario podrá contratar el personal necesario para asegurar el servicio en forma permanente.
6 La Asociación Cooperadora facilitará al Concesionario el local apropiado.
7 El aporte fijado por la Asociación Cooperadora es de $.......................
(pesos...................................) y cantidad. fotocopias gratuitas mensuales
(que podrá acumularse el saldo no consumido para el mes siguiente) a favor de la Dirección que se hará efectivo por mes adelantado desde el 1 al 10 de cada mes.
8 En caso de producirse un proceso inflacionario se tomará como parámetro, la variación de precios de un producto de referencia, de varios o el Índice de Actualización establecido por las Reparticiones Oficiales para contratos similares.
9 El funcionamiento de la Fotocopiadora estará supeditado al siguiente horario: de lunes a viernes de ........ hs. a ....... hs. y cuando existan actividades curriculares los días sábados. La Dirección del establecimiento y la Asociación Cooperadora decidirán si funcionará o no la misma.
10 La Asociación Cooperadora periódicamente ordenará inspeccionar el local, circunstancia en la que el Concesionario y su personal brindará las facilidades del caso, labrándose en las actas pertinentes las observaciones resultante de dicha inspección.
11 El plazo de duración del Contrato se fija desde el..... /..... / 20.....hasta el.....
/....../ 20 (Siempre es de un año, sin prórroga automática).
12 La adjudicación recaerá en la propuesta que resultase más conveniente para la comunidad educativa, cuyos precios tendrán que ser menor o igual de los que se rigen en plaza, pudiendo ser reajustados por la Asociación Cooperadora, a solicitud del concesionario, si mediaran razones muy justificadas, a cuyo efecto deberá presentar la documentación probatoria. En ningún caso se aceptarán reajustes antes de cumplidos los treinta días de iniciada la concesión.
13 Para la adjudicación de la concesión, se tendrá en cuenta la presentación del certificado de buena conducta, la calidad de los artículos como así también los precios económicos posibles que se adjudiquen a los mismos, garantías ofrecidas además se evaluarán los antecedentes del oferente, los elementos que se utilizarán en la explotación, el trato respetuoso, etc.
14 En caso que el trámite ante autoridad policial exceda los términos del proceso licitatorio y habiendo cumplimentado todos los requisitos satisfactoriamente, se podrá pre-adjudicar por el termino de un mes, hasta tanto acredite el certificado de buena conducta “libre de antecedentes”, cumplimentado, se suscribirá el contrato definitivo.
15 El objetivo de la fotocopiadora es servir bien y al más bajo precio posible a toda la comunidad educativa. Todo por cuanto deberá estar supeditado a tal fin.
16 El concesionario se hará cargo de todos los gastos de reparación y mantenimiento de las instalaciones bienes y servicios con excepción de aquellos que provengan de vicios propios de la cosa y será responsable por los deterioros ocasionados a los bienes de propiedad de la Asociación Cooperadora y/o Establecimiento, que forme parte de la concesión que no provenga del uso normal.
17 El concesionario exime a la Cooperadora de toda responsabilidad que derive del ejercicio de su negocio, ya sea administrativa o extrajudicial como también de las referidas a sus responsabilidades laborales, impositivas, previsionales, civiles y comerciales. La Cooperadora se reserva el derecho de exigir en cualquier momento la documentación probatoria del cumplimiento de tales obligaciones. Todos los gravámenes, tasas, multas, etc. que deriven de la explotación en cumplimiento de ordenanzas, leyes y reglamentaciones vigentes serán exclusivamente a cargo del Concesionario, quien asume así las responsabilidades emergentes de dicha actividad.
18 El Concesionario estará igualmente obligado a:
i. No destinar el local a otro uso o goce que el estipulado.
ii. Mantener el local y sus dependencias e instalaciones en perfectas condiciones de uso, higiene y debidamente cuidado el sector inmediato al mismo.
iii. NO introducir modificaciones ni efectuar obras de cualquier naturaleza sin consentimiento escrito de la Asociación Cooperadora y de la Dirección. Toda mejora realizada quedará a beneficio de la Asociación sin derecho a compensaciones de ninguna especie.
iv. El Concesionario informará por escrito a la Asociación Cooperadora el nombre y demás datos de identidad de la persona que lo reemplazará en caso de ausencia transitoria, la que no podrá exceder los 30 (treinta) días anuales. La Cooperadora se reserva el derecho de rechazar el representante propuesto. El Concesionario mantendrá registrado ante la Cooperadora su domicilio real, así como el de su representante, los que serán actualizados ante cualquier cambio de los mismos dentro de las 72 hs. de producido.
v. Vencido el contrato o producida su rescisión deberá entregar el local y los bienes en el término de 10 (diez) días corridos, bajo apercibimiento de desalojo según normas legales.
vi. Queda terminantemente prohibido el expendio de alimentos y bebidas.
vii. Proveer al personal de la indumentaria conforme a las normas vigentes para el rubro.
viii. cumplimentar con todas las inscripciones y disposiciones nacionales, provinciales y municipales que regulen su actividad.
ix. dar estricto cumplimiento a todas las disposiciones legales que rijan en materia laboral, previsional y cobertura de riesgo de trabajo del personal a su cargo.
x. Exigir al personal a su cargo trato correcto y amable hacia los miembros de la comunidad educativa.
19 Se deja expresa constancia que el contrato a suscribir es intransferible y no representa en forma alguna constitución de sociedad, en tal virtud el Concesionario exime desde ya a la Asociación Cooperadora de toda
responsabilidad que derive del ejercicio de su comercio ya sea administrativo, judicial, extrajudicial, así como también las derivadas con el personal en cumplimiento con las leyes de previsión social y laboral. Los empleados del concesionario no tienen “ningún tipo de relación laboral con la Asociación Cooperadora, la Escuela ni la Administración.
20 De común acuerdo las partes podrán rescindir el contrato. En tal evento el Concesionario deberá restituir todos los elementos que haya recibido en carácter precario, procediendo a reembolsar el importe al valor de reposición de aquellos que faltasen o estuviesen deteriorados, sin derecho a pretender suma alguna en concepto de llave o indemnización por cualquier otro título, asumiendo todas las responsabilidades emergentes de la rescisión como las indemnizaciones del personal que hubiere contratado en cuanto sea conforme a derecho, eximiendo a la Asociación Cooperadora de toda responsabilidad al efecto.
21 El Concesionario deberá presentar una garantía, cuya aceptación o rechazo y/o reemplazo estará supeditada a la Asociación Cooperadora.
22 En caso de incumplimiento por parte del Concesionario, la Asociación Cooperadora suplirá la no prestación del servicio en la forma que estime más conveniente y podrá ante la magnitud de la falta o reiteración, rescindir xxxx y llanamente el contrato, llamando a nuevo concurso de precios. Igualmente el Concesionario deberá comunicar con 30 (treinta) días de anticipación su determinación de no continuar con la explotación de la cantina.
23 El concesionario queda obligado a contribuir monetariamente por el uso del servicio de electricidad. Se establecerá un porcentaje de acuerdo a las horas de explotación.
24 El concesionario no podrá realizar o aceptar por su cuenta, cualquier tipo de propaganda comercial o de otra índole. También tiene prohibido invocar el nombre de la Asociación Cooperadora o de la Escuela en las operaciones comerciales que concrete, ni ofrecer garantía alguna por parte de las mismas.
25 Ni la Asociación Cooperadora ni la Escuela se responsabilizarán en forma alguna, por el importe de consumo, requerimiento de mercaderías, vales, etc. que suscriban alumnos y personas que de ellas dependan.
26 La Asociación Cooperadora y la Escuela, se reservan el derecho de determinar el local que se le otorgará al Concesionario, como así también el de cambiar su ubicación en cualquier oportunidad que sea necesario por razones de reubicación de aulas o dependencias escolares.
27 Las cláusulas contenidas en el presente pliego de condiciones y Anexos serán ley para las partes y regirán la vigencia del contrato una vez efectuada la adjudicación.-
FIRMA/S
ANEXO I
DATOS PERSONALES DEL TITULAR, SOCIOS O MIEMBROS DE UN MICROEMPRENDIMIENTO FAMILIAR.
TITULAR UNICO:
APELLIDO Y NOMBRES: | D.N.I./L.C./L.E.: |
DOMICILIO: | TELEFONO/S: |
SOCIEDADES:
APELLIDO Y NOMBRES(SOCIO 1): | D.N.I./L.C./L.E.: |
DOMICILIO: | TELEFONO/S: |
APELLIDO Y NOMBRES(SOCIO 2): | D.N.I./L.C./L.E.: |
DOMICILIO: | TELEFONO/S: |
APELLIDO Y NOMBRES(SOCIO 3): | D.N.I./L.C./L.E.: |
DOMICILIO: | TELEFONO/S: |
EMPRENDIMIENTOS FAMILIARES:
APELLIDO Y NOMBRES | D.N.I. | DOMICILIO | VÍNCULO DE PARENTESCO |
Además acreditar certificados de buena conducta de cada uno de ellos, con una vigencia no mayor a los 6 (seis) meses desde la fecha de su emisión, en original o en caso de fotocopia deberá estar disponible el original a solicitud de la Cooperadora para su cotejo.-
ANEXO II
NÓMINA DE EMPLEADOS A CARGO
APELLIDO Y NOMBRES | D.N.I. | EDAD | DOMICILIO | CUIL |
Esta nómina deberá ser acompañada de listado de empleados que emite el Sistema Integrado de Jubilaciones y Pensiones, actualizado.
Me comprometo a cumplir fielmente con las obligaciones que en carácter de empleador establecen las leyes, reglamentos y convenios de trabajo vigentes o que se dicten en el futuro (incluye A.R.T.)
Además acreditar certificados de buena conducta de cada uno de ellos, con una vigencia no mayor a los 6 (seis) meses desde la fecha de su emisión, en original o en caso de fotocopia deberá estar disponible el original a solicitud de la Cooperadora para su cotejo.-
FIRMA/S
ANEXOIII
DETALLE DE BIENES DE CAPITAL INCORPORADOS A LA EXPLOTACIÓN DEL SERVICIO
MARCA | MODELO | CANTIDAD |
ESPECIFICACIONES TÉCNICAS |
Velocidad de copiado: |
Volumen máximo de copias mensuales: |
Blanco y Negro: |
Color: |
Ampliación / reducción: |
Cantidad de bandejas soportes de papel: |
Otras: |
LISTA DE PRECIOS
SERVICIOS | PRECIOS |
Fotocopia simple c/u | $ |
Fotocopia doble faz c/u | $ |
Reducciones c/u | $ |
Ampliaciones c/u | $ |
Otros: | $ |
FIRMA/S.............................ACLARACIÓN.........................D.N.I.................
ANEXO IV
DATOS PERSONALES DEL FIADOR
APELLIDO Y NOMBRES | D.N.I | DOMICILIO | GARANTIA OFRECIDA |
Deberá acompañar recibo xx xxxxxx oficial o privado conforme a las condiciones propuestas en el presente pliego.
FIRMA/S
CONTRATO DE CONCESIÓN DE FOTOCOPIADORA
Entre la Asociación Cooperadora del Centro Educativo, representado en este acto por el Presidente Sr. ....................................... D.N.I. N° , el Secretario Sr.
................................ D.N.I. N° ................................. y el Tesorero Sr.
................................ D.N.I. N° en adelante la CONCEDENTE por
una parte y el Sr. ........................................... D.N.I. N° ............................. mayor de
xxxx, con domicilio real en calle ........................................ N° Bº
................................ de la Localidad Departamento
......................................... de la Provincia xx Xxxxxxx en adelante el
CONCESIONARIO, se conviene en celebrar el siguiente contrato:
PRIMERO: La concedente otorga al concesionario, la explotación de la fotocopiadora del Centro Educativo ...................................... a partir del ..... de de
20... al ..... de ........................de 20 (Sólo por un año). Vencido el plazo, constituye
al concesionario en xxxx automática de restituir el local, quedando concluida la concesión. El concesionario renuncia a ejercer el derecho de retención cualquiera fuera la causa que invocara para ello. En caso de incumplimiento de la obligación restitutoria, el valor del aporte mensual se incrementará en un 50% mas, tomando como referencia el último devengado y en carácter de cláusula penal se aplicará un interés punitorio del 0.10% por cada día de atraso en restituir la concesión. Sin que ello signifique prórroga o reconducción del contrato.
SEGUNDO: El concesionario se compromete a abonar a la Asociación Cooperadora mensualmente la suma de $ ............. (pesos. ) más la cantidad de
.......... ( ..................... ) fotocopias gratuitas a favor de la Dirección, dicho importe será abonado desde el 01 al 10 de cada mes por adelantado en concepto de aporte, al tesorero o a la persona autorizada para extender recibos. La xxxx en el pago de la obligación será multada con la aplicación de un interés resarcitorio equivalente al que aplica el A.F.I.P. para el vencimiento de las obligaciones fiscales, que regirá a partir del día posterior al vencimiento del mes en que se produce la xxxx
XXXXXXX: Queda convenido entre las partes que los meses de febrero julio y diciembre se abonará el 50% del aporte fijado. Quedando el concesionario eximido de abonar solo por el mes de enero.
CUARTO: La Dirección conjuntamente con la Asociación Cooperadora se reserva el derecho determinar el local o el espacio físico que se le otorgará al concesionario a los fines de ubicar la fotocopiadora, como así también el de cambiar su ubicación en cualquier oportunidad por razones de ubicación de aulas o dependencias escolares.
QUINTO: El CONCESIONARIO deberá mantener en perfecto estado los muebles y útiles que se le entreguen para su uso bajo inventario.
SEXTO: El concesionario deberá EXHIBIR un letrero con la lista de precios en forma visible y clara.
SEPTIMO: Está expresamente prohibido la venta de alimentos y bebidas.
OCTAVO: El horario que deberá cumplir el concesionario, es el siguiente: de lunes a viernes de ....... hs. a hs. Se considerará falta grave la realización de tareas fuera
de los horarios y días indicados, salvo que exista previa autorización de la Asociación Cooperadora y de la Dirección del establecimiento.
NOVENO: La Asociación Cooperadora queda autorizada a controlar los precios sin necesidad de previo aviso y las veces que lo crea necesario, a tal fin se dejará constancia en el Libro de Actas.
DECIMO: A solicitud del concesionario podrá la Asoc. Cooperadora autorizar la modificación (en alza) de los precios preestablecidos en la media que existieran razones justificadas y comprobadas. El incumplimiento de ésta cláusula por parte del concesionario será considerada FALTA GRAVE y será determinante de la suspensión del aumento manteniendo la vigencia de los precios preestablecidos o rescisión del contrato y consecuente desalojo del concesionario.
DECIMO PRIMERO: En la explotación del servicio, el concesionario QUEDA OBLIGADO A:
a) Para el caso de contratar personal dependiente, deberá cumplir fielmente con las obligaciones que en carácter de empleador establecen las leyes, reglamentos y convenios de trabajos vigentes o que se dicten en el futuro, obligándose en tal caso a contratar un seguro de accidentes y enfermedades de trabajo (A.R.T.).
b) Las personas que atiendan el servicio deberán ser mayores de edad y observar el mayor recato, esmero y las más estrictas normas de aseo e higiene en su presentación.
c) Exigir a sus dependientes trato cordial hacia los alumnos, docentes, no docentes y miembros de la Asoc. Cooperadora.
d) Abonar los impuestos y servicios que gravan la explotación del rubro.
e) Mantener en perfecto estado de higiene, limpieza y conservación tanto del local, como las instalaciones, muebles, etc. y sector de influencia en el patio y/o galería. Los residuos deberán ser recogidos en recipientes adecuados y embolsados para ser depositados en los lugares que indique la Dirección y/o Asoc. Cooperadora.
f) Exhibir en forma bien visible los precios del servicio y/o de la mercadería afín al rubro.
g) Adquirir por su exclusiva cuenta y cargo todos los artículos, mercaderías, muebles y útiles necesarios para desarrollar la actividad concedida.
h) Contratar un seguro contra hurto y/o robo e incendio, sobre la maquinarias, muebles y útiles y mercaderías, liberando de toda responsabilidad a la Asoc. Cooperadora, arbitrando medidas de seguridad en los posibles sitios de acceso al local
DÉCIMO SEGUNDO: Está PROHIBIDO al concesionario:
a) Transferir o ceder total, parcial, directa o indirectamente, los derechos originados en este contrato.
b) Admitir nuevos socios o participantes a los ya presentados en el pliego de licitación, sin la previa autorización por escrito de la Dirección y de la Asociación Cooperadora.
c) Destinar las instalaciones a otro uso y goce del establecido, ni hacer uso indebido de las mismas.
d) Invocar el nombre de la Asociación Cooperadora o del Establecimiento en las operaciones comerciales que concrete, ni ofrecer garantía alguna por parte de las mismas.
e) Introducir cualquier modificación en las instalaciones sin previa autorización por escrito de la Dirección del establecimiento conjuntamente con la Asociación Cooperadora.
f) Vender alimentos y bebidas y cualquier otro producto no complementario al objeto del servicio.
g) Inmiscuirse en asuntos concernientes a la Asociación Cooperadora y/o establecimiento escolar o proveer información provenientes de los mismos, ni participar en las asambleas.
h) Provocar ruidos molestos.
i) Vender elementos xx xxxx.
DÉCIMO TERCERO: Ni la Asociación Cooperadora ni el Establecimiento se responsabilizan en forma alguna por el importe xx xxxxx que suscribieran alumnos o docentes de la Institución.
DÉCIMO CUARTO: La Asociación Cooperadora se reserva el derecho de rescindir el contrato en los casos en que el Concesionario incurra en las siguientes infracciones:
a) Alza injustificada de los precios presentados en la licitación y teniendo en cuenta lo establecido en el artículo décimo.
b) Negativa de prestación de alguno/s de los servicios comprometidos en el pliego de condiciones.
c) No exhibición de precios en forma clara y precisa.
d) Mal trato del concesionario y de sus dependientes a alumnos, padres, docentes, personal o miembros de la Asociación Cooperadora.
e) Incumplimiento para con las obligaciones que en carácter de empleador establecen las leyes, reglamentos y convenios de trabajo vigentes o que se dicten en el futuro.
f) Incumplimiento de cualquier otra obligación o prohibición que establezca el presente contrato.
DÉCIMO QUINTO: Además la Asociación Cooperadora se reserva el derecho de rescindir el presente contrato en casos en que el concesionario o sus dependientes intervengan en hechos de gravedad no establecidos específicamente en el artículo precedente. De igual forma se procederá cuando por razones de fuerza mayor o caso fortuito, resultase imposible continuar con la concesión.
DÉCIMO SEXTO: Por cualquier causal de rescisión, la Asociación Cooperadora comunicará al concesionario tal decisión por medios fehacientes al domicilio del concesionario, calle ............................. N° ............ Bº Localidad
........................... Departamento ......................, disponiendo del plazo xx xxxx días corridos a fin de desocupar el local, dejándolo libre de todo, personas o cosas por él puestas en el local o fuera de él.
DÉCIMO SEPTIMO: Se establece que el pago de los aportes mensuales, deberán realizarse en el Centro Educativo ........................ con domicilio en calle
.............................. N°........ Bº..........................de la localidad.........................
Departamento .........................al Tesorero de la Asociación Cooperadora o quien designe la Comisión Directiva.
DÉCIMO OCTAVO: El concesionario responderá por todo daño que sufra el local o las instalaciones de la Institución, a raíz de cualquier accidente originado en el ámbito del local de la fotocopiadora o producto de su actividad y/o de las personas que estén a su cargo y relacionadas por su labor.
El concesionario será responsable único y directo por cualquier daño que pudiera afectar su integridad física, como de las personas que de él dependan.
El concesionario recibe el local y las instalaciones en perfecto estado comprometiéndose a conservarlas en igual estado hasta el final de la concesión y responsabilizándose por los desperfectos o daños que sus hechos u omisiones pudieran causar.
DÉCIMO NOVENO: Queda obligado a contribuir monetariamente por el uso de los distintos servicios (electricidad, agua, gas, etc.) en la medida en que no tenga instalado sus propios medidores. Se tomará como base de cálculo, las horas diarias o turnos en que explote el servicio.
VIGÉSIMO: El Sr. ..................................... D.N.I. N° con domicilio en
calle ..................................... N° ................ Bº ....................... de la localidad
............................ Departamento......................... de la Provincia xx Xxxxxxx, se constituye en fiador solidario y principal pagador de todas las obligaciones que el concesionario asume en virtud del presente, incluso gastos y/o costas judiciales, renunciando desde ya el beneficio de excusión, interpelación o aviso previo; aún vencido el presente contrato y por todo el tiempo que continúe en posesión y ocupación, hasta que el mismo le sea devuelto a la CONCEDENTE y aceptado por esta de plena conformidad en las condiciones establecidas. Asume el fiador la ineludible obligación de informar a la CONCEDENTE toda modificación de su situación original por la que se aceptó como co-deudor, considerándose su incumplimiento como grave defraudación de la garantía. De producirse esta situación deberá ser sustituida la garantía a requerimiento de la CONCEDENTE y en tal supuesto reemplazarla por una similar en un plazo de 10(diez) de haber sido notificada.
VIGÉSIMO PRIMERO: Las partes renuncian al fuero federal o cualquiera que pudiera corresponderles (de excepción) y se someten a la jurisdicción de los tribunales ordinarios de la Ciudad xx Xxxxxxx, fijando los siguientes domicilios: La Asociación Cooperadora y el Centro educativo, en el local escolar ya mencionado. El concesionario en calle .......................... N° ........... de Barrio Localidad
........................... Departamento todos de la Provincia xx Xxxxxxx.