Unidad de Contratación y Patrimonio. Altagracia, 50 | 13071 - Ciudad Real. España.
SE13815009257
Unidad de Xxxxxxxxxxxx x Xxxxxxxxxx. Xxxxxxxxxx, 00 x 00000 - Xxxxxx Xxxx. Xxxxxx.
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PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES PARA LA CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE “LIMPIEZA, DESINFECCIÓN, DESRATIZACIÓN Y DESINSECTACIÓN DE LOS EDIFICIOS, DEPENDENCIAS Y ESPACIOS EXTERIORES DE LA UNIVERSIDAD XX XXXXXXXX-LA MANCHA.”, MEDIANTE PROCEDIMIENTO ABIERTO.
I D I S P O S I C I O N E S G E N E R A L E S . -
1 . - O B J E T O D E L C O N T R A T O Y J U S T I F I C A C I Ó N D E L A N E C E S I D A D D E L M I S M O
El objeto del contrato será la realización del servicio de limpieza, desinfección, desratización y desinsectación periódica de los edificios, dependencias y espacios exteriores de la Universidad xx Xxxxxxxx-La Mancha, de acuerdo a lo señalado en el Pliego de Prescripciones Técnicas.
La ejecución del objeto del contrato deberá adecuarse a las prescripciones técnicas anexas que tienen carácter contractual.
Dicho objeto corresponde a los códigos 39.00.1. de la nomenclatura de la Clasificación Nacional de Productos por Actividades 2008 (CPA-2008), así como al código 90911200-8 de la nomenclatura Vocabulario Común de Contratos (CPV) de la Comisión Europea.
La necesidad a satisfacer por el contrato es la de mantenimiento en perfectas condiciones higiénico-sanitarias de todas las instalaciones de la UCLM durante el período contratado, mediante la prestación del servicio de limpieza, desinfección, desratización y desinsectación periódica de los edificios, dependencias y espacios exteriores, en las condiciones y frecuencias detalladas en el pliego de prescripciones técnicas.
A partir de la fecha de publicación del anuncio de esta licitación y hasta el día en que finalice el plazo de admisión de documentación, las empresas interesadas podrán visitar los locales de los Centros en los que se realizará la prestación del servicio, así como comprobar el equipamiento de que disponen, a cuyo efecto el/la Decanato/Dirección del centro le facilitará la oportuna autorización.
Las condiciones establecidas en este Pliego y en el de prescripciones técnicas, se consideran mínimas, pudiendo ser propuestas otras por los contratistas justificando su conveniencia, siempre que las avalen razones de economía para la Universidad.
2 . - Ó R G A N O D E C O N T R A T A C I Ó N
2.1.- El órgano de contratación, que actúa en nombre de la Universidad de Castilla-La Mancha, es el Rector de la misma, que ha delegado las facultades de la competencia en materia de contratación en el Gerente, conforme a la Resolución de 26 de diciembre de 2011 (DOCM 29.12.11).
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2.2.- El mencionado órgano tiene facultad para adjudicar el correspondiente contrato y, en consecuencia, ostenta las prerrogativas de interpretarlo, resolver las dudas que ofrezca su cumplimiento, modificarlo por razones de interés público, acordar su resolución y determinar los efectos de ésta, con sujeción a la normativa aplicable. Los acuerdos que a este respecto dicte serán inmediatamente ejecutivos, sin perjuicio del derecho del contratista a su impugnación ante la Jurisdicción competente.
Unidad de Contratación y Xxxxxxxxxx. Xxxxxxxxxx, 00 x 00000 - Xxxxxx Xxxx. Xxxxxx.
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3 . - R É G I M E N J U R Í D I C O Y J U R I S D I C C I Ó N
3.1.- La contratación a realizar se califica como contrato de servicios de carácter administrativo sujeto a regulación armonizada, de conformidad con lo establecido en los artículos 10, 16 y 19 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público (en adelante TRLCSP), quedando sometida a dicha norma, al Real Decreto 817/2009 de 8 xx xxxx, por el que se desarrolla parcialmente la LCSP (BOE de 15.05.09. Corrección de errores en BOEs de 18.06.09, 14.07.09 y 03.10.09), modificado por el Real Decreto 300/2011 de 4 xx xxxxx, así como al Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, aprobado por Real Decreto 1098/2001, siempre que no sea contrario a lo establecido en el TRLCSP, y a las cláusulas contenidas en el presente pliego de cláusulas administrativas particulares. Asimismo, serán de aplicación las demás disposiciones estatales que regulan la contratación del sector público, y las dictadas por la Comunidad Autónoma xx Xxxxxxxx-La Mancha, en el marco de sus respectivas competencias; la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, Universidades (BOE de 24.12.01), modificada por la Ley Orgánica 4/2007, de 00 xx xxxxx (XXX xx 00 xx xxxxx); los Estatutos de la Universidad xx Xxxxxxxx-La Mancha, aprobados por Claustro Universitario de la Universidad de Castilla-La Mancha el 15 xx xxxxx de 2015 (DOCM 24 de noviembre de 2015), la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero (BOE de 14.01.99. Corrección de erratas BOE de 19.01.99); la Resolución de la Universidad xx Xxxxxxxx-La Mancha, de 26 de diciembre de 2011 (DOCM 29.12.11), sobre delegación de competencias del Rector en diversas materias y órganos y demás disposiciones complementarias y vigentes de aplicación.
3.2.- Las cuestiones litigiosas surgidas sobre la interpretación, modificación y resolución del contrato, y efectos de ésta, serán resueltas por el órgano de contratación, cuyos acuerdos pondrán fin a la vía administrativa, y serán inmediatamente ejecutivos, pudiendo ser recurridos potestativamente en reposición ante el mismo órgano que los dictó, o ser impugnado mediante recurso contencioso-administrativo, conforme a lo dispuesto en la Ley reguladora de dicha Jurisdicción.
3.3.- En los casos señalados en el apartado 2 del artículo 40 TRLCSP, con anterioridad a la interposición del recurso contencioso administrativo, podrá interponerse el recurso especial en materia de contratación regulado en el artículo 40 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, en el plazo de 15 días hábiles contados a partir del siguiente a aquél en que se remita la notificación del acto impugnado de conformidad con lo dispuesto en el artículo 151.4, sin que proceda la interposición de recursos administrativos ordinarios contra la misma. En tanto no recaiga resolución expresa o presunta del recurso especial en materia de contratación, no podrá interponerse el recurso contencioso-administrativo anteriormente citado, sin perjuicio de que el interesado pueda ejercitar cualquier otro recurso que estime procedente.
La presentación del escrito de interposición deberá hacerse necesariamente en el registro del órgano de contratación o en el del órgano competente para la resolución del recurso, al que deberá unirse la documentación y reunir los requisitos indicados en el artículo 44 TRLCSP.
Todo aquel que se proponga interponer recurso contra alguno de los actos indicados en el artículo 40 apartados 1 y 2 TRLCSP, deberá anunciarlo previamente mediante escrito
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especificando el acto del procedimiento que vaya a ser objeto del mismo, presentado ante el órgano de contratación en el mismo plazo previsto en el apartado anterior para la interposición del recurso.
Una vez interpuesto el recurso, si el acto recurrido es el de la adjudicación, quedará en suspenso la tramitación del expediente de contratación.
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Antes de interponerse el mencionado recurso podrán solicitar ante el órgano competente para resolver el recurso la adopción de medidas provisionales conforme al artículo 43 del TRLCSP.
Asimismo en los supuestos de nulidad del artículo 37 del TRLCSP, podrá plantear la cuestión de nulidad toda persona física o jurídica cuyos derechos e intereses legítimos se hayan visto perjudicados o puedan resultar afectados por los supuestos de nulidad del mencionado artículo.
4 . - P E R F I L D E C O N T R A T A N T E
Con el fin de asegurar la transparencia y el acceso público a la información relativa a la actividad contractual de esta Universidad, se facilita a través de la página Web de la Universidad xx Xxxxxxxx-La Mancha toda la información relativa a licitaciones y adjudicaciones.
Donde se podrá encontrar:
Toda la información sobre futuras licitaciones:
Pliego de condiciones.
Anuncio de licitación.
Anuncio de actuaciones.
Fechas de las actuaciones.
Composición de la Mesa de Contratación.
Composición Comité de Expertos.
Actas de las Mesas de Contratación.
Adjudicaciones.
Formalizaciones.
5 . - C A P A C I D A D P A R A C O N T R A T A R
5.1. Están facultadas para contratar con el sector público las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras, que tengan plena capacidad de obrar, no estén incursas en una prohibición de contratar, y acrediten su solvencia económica, financiera y técnica o profesional o, en los casos en que así lo exija el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, se encuentren debidamente clasificadas.
5.2. No deberán estar incursas en ninguna de las prohibiciones a que se refiere el artículo 60 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público. Asimismo, acreditarán, especialmente estar al corriente en el pago de sus obligaciones tributarias, tanto en el ámbito del Estado como de la Comunidad Autónoma xx Xxxxxxxx-La Mancha, y con la Seguridad Social, en los términos establecidos en los artículos 13, 14, 15 y 16 del Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas.
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5.3. Los empresarios deberán contar, asimismo, con la habilitación empresarial o profesional que, en su caso, sea exigible para la realización de la actividad o prestación que constituya el objeto del contrato.
5.4. Las personas jurídicas sólo podrán ser adjudicatarias de contratos cuyas prestaciones estén comprendidas dentro de los fines, objeto o ámbito de actividad que, a tenor de sus estatutos o reglas fundacionales, les sean propios.
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5.5. Tendrán capacidad para contratar con el sector público, en todo caso, las empresas no españolas de Estados miembros de la Unión Europea que, con arreglo a la legislación del Estado en que estén establecidas, se encuentren habilitadas para realizar la prestación de que se trate.
Cuando la legislación del Estado en que se encuentren establecidas estas empresas exija una autorización especial o la pertenencia a una determinada organización para poder prestar en él el servicio de que se trate, deberán acreditar que cumplen este requisito.
5.6. Las personas físicas o jurídicas de Estados no pertenecientes a la Unión Europea deberán justificar mediante informe de la respectiva Misión Diplomática Permanente española, que se acompañará a la documentación que se presente, que el Estado de procedencia de la empresa extranjera admite a su vez la participación de empresas españolas en la contratación con la Administración y con los entes, organismos o entidades del sector público asimilables a los enumerados en el artículo 3 del TRLCSP, en forma sustancialmente análoga.
5.7. En el supuesto de personas jurídicas pertenecientes a un grupo de sociedades, y a efectos de la valoración de su solvencia económica, financiera, técnica o profesional, se podrá tener en cuenta a las sociedades pertenecientes al grupo, siempre y cuando la persona jurídica en cuestión acredite que tendrá efectivamente a su disposición, durante el plazo a que se refiere el artículo 70.2 del TRLCSP, los medios de dichas sociedades necesarios para la ejecución de los contratos.
5.8. Podrán contratar con el sector público las uniones de empresarios que se constituyan temporalmente al efecto, sin que sea necesaria la formalización de las mismas en escritura pública hasta que se haya efectuado la adjudicación del contrato a su favor.
Los empresarios que concurran agrupados en uniones temporales quedarán obligados solidariamente y deberán nombrar un representante o apoderado único de la unión con poderes bastantes para ejercitar los derechos y cumplir las obligaciones que del contrato se deriven hasta la extinción del mismo, sin perjuicio de la existencia de poderes mancomunados que puedan otorgar para cobros y pagos de cuantía significativa.
A efectos de la licitación, los empresarios que deseen concurrir integrados en una unión temporal deberán indicar los nombres y circunstancias de los que la constituyan y la participación de cada uno, así como que asumen el compromiso de constituirse formalmente en unión temporal en caso de resultar adjudicatarios del contrato.
La duración de las uniones temporales de empresarios será coincidente con la del contrato hasta su extinción.
5.9. La presentación de proposiciones presume por parte del licitador la aceptación incondicionada sin salvedad ni reserva alguna de las cláusulas de este Pliego y la declaración responsable de que reúne todas y cada una de las condiciones exigidas para contratar con la Administración.
5.10. No podrán concurrir a las licitaciones empresas que hubieran participado en la elaboración de las especificaciones técnicas o de los documentos preparatorios del contrato siempre que dicha participación pueda provocar restricciones a la libre concurrencia o suponer un trato privilegiado con respecto al resto de las empresas licitadoras.
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5.11. En su caso, la solvencia técnica, económica y financiera a través de los medios de justificación que, al amparo de los artículos 62, 63, 75 y 78 del TRLCSP, se reseñan a continuación:
a) Solvencia Económica y financiera:
Los criterios relativos a la solvencia económica y financiera del empresario, salvo que aporte documento de clasificación vigente y suficiente, se acreditará del modo siguiente:
Unidad de Contratación y Xxxxxxxxxx. Xxxxxxxxxx, 00 x 00000 - Xxxxxx Xxxx. Xxxxxx.
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- Para los licitadores que sean personas jurídicas: Se presentarán las cuentas anuales o extracto de las mismas (es decir, Balance de Situación, Cuenta de Pérdidas y Ganancias y, en caso de disponer de ellas, Memoria e informe de auditoría externa de las mismas) presentadas en el Registro Mercantil o en el Registro Oficial que corresponda de los dos últimos ejercicios considerados. Se deberán cumplir, los ratios de solvencia económica y financiera siguientes:
a) Coeficiente de garantía o solvencia (Activo Real/Deudas Totales): debe ser igual o superior a 1´00 en el último ejercicio.
b) Volumen global de negocios: debe ser por importe igual o superior al valor estimado del contrato, calculado conforme a lo establecido en el artículo 88 de TRLCSP, en la actividad económica objeto del mismo, en su caso, durante los tres últimos ejercicios.
- Para los licitadores que sean empresarios individuales o profesionales: La documentación solicitada será la aportación de libros de inventario y cuentas anuales legalizadas en el Registro Mercantil o, en el caso de no poder aportarlos, copia de la declaración de la Renta de la Personas Físicas del último ejercicio presentado. Se deberá cumplir que el volumen global de negocios del último ejercicio considerado será, por importe igual o superior al valor estimado del contrato, calculado conforme a lo establecido en el artículo 88 del TRLCSP, en la actividad económica objeto del mismo.
En el caso de profesionales, podrán optar por la aportación de un justificante de la existencia de un seguro de indemnización por riesgos profesionales, con indicación expresa de los riesgos cubiertos derivados del objeto del contrato, plazo mínimo de vigencia o fecha de vencimiento que deberá ser al menos hasta el momento de la recepción positiva o la vigencia prevista en el pliego y del valor mínimo exigido que corresponderá al valor que el contratista proponga en su oferta.
- En el caso que los licitadores no puedan acreditar al menos tres años de actividad completos, se exigirá la misma documentación que para los dos casos anteriores, referidos al periodo de actividad real de la empresa.
- Licitadores que no presentan cuentas anuales o declaración de IRPF, según proceda, por no poder acreditar el periodo suficiente de actividad, para su elaboración o por cualquier otra circunstancia que se considere apropiada por el órgano de contratación:
Las Personas físicas y jurídicas podrán basarse en la solvencia y medios de otras entidades, independientemente de la naturaleza jurídica de los vínculos que tenga con ellas, siempre que demuestre que, para la ejecución del contrato, dispone efectivamente de esos medios, conforme a lo establecido en el art. 63 del TRLCSP. En este caso, será necesario una declaración responsable de un apoderado de dicha entidad corroborando lo dispuesto en el artículo 63 del TRLCSP. La solvencia económica y financiera de la
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empresa que garantiza la actuación del licitador, se debe acreditar con los mismos documentos y ratios citados anteriormente.
b) Técnica. Por los siguientes medios:
Unidad de Contratación y Xxxxxxxxxx. Xxxxxxxxxx, 00 x 00000 - Xxxxxx Xxxx. Xxxxxx.
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Una relación de los principales servicios o trabajos realizados en los últimos cinco años que incluya importe, fechas y el destinatario, público o privado, de los mismos. Los servicios o trabajos efectuados se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público o, cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por éste o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario; en su caso, estos certificados serán comunicados directamente al órgano de contratación por la autoridad competente. Se especifica que de la relación de servicios realizados, el empresario deberá acreditar el importe anual de todos y deberá cumplirse que durante el año de mayor ejecución del periodo citado en servicios de igual o similar naturaleza, de los que constituyan el objeto del contrato, deberá pertenecer al grupo 41 en caso de clasificación o igual a los dígitos “90” del código CPV, siendo el importe mínimo a acreditar de un millón de euros.
Indicación del personal técnico o de las unidades técnicas, integradas o no en la empresa, participantes en el contrato, especialmente aquéllos encargados del control de calidad.
Declaración indicando la maquinaria, material y equipo técnico del que se dispondrá para la ejecución de los trabajos o prestaciones, a la que se adjuntará la documentación acreditativa pertinente.
Indicación de las medidas de gestión medioambiental que el empresario podrá aplicar al ejecutar el contrato, con indicación expresa de las normas técnicas o especificaciones técnicas aplicables a la ejecución del contrato y a la verificación objetiva de la correcta aplicación de dichas medidas.
Tales medios de acreditación podrán ser sustituidos por los que consten en el certificado de inscripción en el Registro de Contratistas de la Comunidad Autónoma xx Xxxxxxxx-La Mancha que el licitador aporte.
Las Personas físicas y Jurídicas podrán basarse en la solvencia y medios de otras entidades, independientemente de la naturaleza jurídica de los vínculos que tenga con ellas, siempre que demuestre que, para la ejecución del contrato, dispone efectivamente de esos medios, conforme a lo establecido en el art. 63 del TRLCSP.
En este caso, será necesario una declaración responsable de un apoderado de dicha entidad corroborando lo dispuesto en el artículo 63 del TRLCSP.
La solvencia económica y financiera de la empresa que garantiza la actuación del licitador, se debe acreditar con los mismos documentos y ratios citados anteriormente.
5.12. Además de los requisitos reseñados, los licitadores podrán acreditar la solvencia mediante la clasificación indicada en la cláusula 6 de este Pliego.
5.13. No podrán concurrir a la licitación aquellas empresas que hubieren participado en la elaboración de las especificaciones técnicas a que se refiere el presente contrato, siempre que dicha participación pueda provocar restricciones a la libre concurrencia o suponer un trato privilegiado con respecto al resto de las empresas licitadoras.
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5.14. Los que contraten con la Administración, podrán hacerlo por sí, o mediante la representación de personas debidamente facultadas para ello.
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Los documentos acreditativos de la representación, podrán ser calificados, en el seno de la Mesa de Contratación, por el Letrado del Servicio Jurídico interviniente en la misma, consignándose expresamente en el acta la manifestación del Letrado respecto a si la documentación aportada es bastante para que el representante ejerza las facultades de licitar en relación con el expediente concreto
6 . - C L A S I F I C A C I Ó N D E L O S L I C I T A D O R E S
De acuerdo con lo señalado en el artículo 65,1,b) del TRLCSP para los contratos de servicios no será exigible la clasificación del empresario.
No obstante, se han establecido los criterios y requisitos mínimos de solvencia económica y financiera y de solvencia técnica o profesional señalados en la cláusula anterior, que corresponden con la clasificación de Grupo U; Subgrupo 1; Categoría 5 (antes D).
El empresario español o no español de la Unión Europea podrá acreditar su solvencia indistintamente mediante esta clasificación o bien mediante el cumplimiento de los requisitos específicos de solvencia exigidos en la cláusula quinta de este Pliego. En este último caso, el empresario deberá encontrarse habilitado para la realización del objeto del contrato con arreglo a la legislación del Estado de procedencia, en los términos establecidos en el artículo 58 del TRLCSP.
7 . - P R E S U P U E S T O D E L I C I T A C I Ó N Y P R E C I O
7.1.- El presupuesto máximo de licitación, que deberá soportar la Administración, asciende a la cantidad de 9.095.067,34 euros, más la cantidad de 1.909.964,14 euros, correspondiente al IVA, lo que hace un total de 11.005.031, 48 euros.
Correspondiente con el siguiente desglose:
- Año 2016: 4.547.533,67 euros
- Año 2017: 4.547.533,67 euros
El valor estimado del contrato, teniendo en cuenta las posibles prorrogas y modificaciones por ampliación de nuevos espacios es de 18.825.634,68 euros (IVA excluido).
La cantidad expresada tiene carácter limitativo, por lo que no podrá superarse el límite cuantitativo expresado, independientemente del volumen de trabajo desarrollado.
7.2.- A todos los efectos se entenderá que en las ofertas y en los precios aprobados están incluidos todos los gastos que la empresa deba realizar para el normal cumplimiento de las prestaciones contratadas, como son, los generales, salarios, financieros, benéficos, seguros, transportes y desplazamientos, honorarios del personal a su cargo, de comprobación y ensayo , materiales necesarios, tasas y toda clase de tributos con exclusión del Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA), y cualesquiera otros que pudieran establecerse o modificarse durante la vigencia del contrato, sin que, por tanto, puedan ser repercutidos como partida independiente.
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SE13815009257 8 . - E X I S T E N C I A D E C R É D I T O P R E S U P U E S T A R I O Y T R A M I T A C I Ó N A N T I C I P A D A
8.1.- Existe en el proyecto presupuestario de 2016, el crédito preciso para atender a las obligaciones económicas que se deriven de la contratación, con cargo a la partida presupuestaria 00110.422D.22700, del presupuesto de gastos de la Universidad de Castilla-La Mancha.
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8.2.- De conformidad con lo establecido en la Regla 34, de la Orden de la Consejería de Economía y Hacienda de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha de 29 de enero de 2007 (DOCM de 10 xx xxxxx), sobre tramitación anticipada de expedientes de gastos, se hace constar que la adjudicación del presente contrato queda sometida a la condición suspensiva de existencia de crédito adecuado y suficiente para financiar las obligaciones derivadas del mismo en el Presupuesto de la Universidad xx Xxxxxxxx-La Mancha de los ejercicios 2016 y 2017
Asimismo, conforme a lo previsto en el artículo 110.2 del TRLCSP, el presente contrato podrá ultimarse incluso con su adjudicación y formalización correspondiente dentro del año 2015, aun cuando su ejecución, ya se realice en una o en varias anualidades, deba iniciarse en el ejercicio siguiente. A estos efectos podrán comprometerse créditos con las limitaciones que se determinen en las normas presupuestarias de las distintas Administraciones públicas sujetas al Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.
9 . - R E V I S I Ó N D E P R E C I O S
En cumplimiento de lo establecido en el artículo 89 del TRLCSP, en su redacción dada por la Ley 2/2015 de 30 xx xxxxx, de desindexación de la economía española, se excluye la procedencia de la revisión de precios durante la duración del contrato, incluida, en su caso, la eventual prórroga, al haberse previsto en el valor estimado ofertado las posibles alteraciones de precios durante la vigencia del mismo.
En el supuesto de demora en la ejecución del contrato por causas imputables al contratista, aparte de las penalidades que le fueren procedentes, el periodo demorado no tendrá revisión de precios. Durante la prórroga consecuencia de la demora el contratista no tendrá derecho a la revisión de precios.
1 0 . - D U R A C I Ó N D E L C O N T R A T O . P L A Z O D E E J E C U C I Ó N
10.1.- La duración del presente contrato será de dos años a partir del día 1 xx xxxxx de 2016, siempre que el contrato quede formalizado en fecha anterior. Si el indicado contrato se formalizara en fecha posterior a la indicada de 1º xx xxxxx de 2016, la duración del plazo de dos años contaría a partir del día siguiente al de su formalización en documento administrativo. No obstante, podrá acordarse su prórroga por mutuo acuerdo de las partes, con al menos tres meses de antelación a su finalización, sin que la duración total del contrato, incluidas las prórrogas, pueda exceder de cuatro años, ni ésta puedan ser concertadas aislada o conjuntamente por un plazo superior al fijado originariamente.
10.2.- El adjudicatario estará obligado a realizar las prestaciones especiales relacionadas con el servicio de limpieza, desinfección, desratización y desinsectación periódica de los edificios, dependencias y espacios exteriores que la Universidad disponga, a través de su Gerencia, en el plazo de 24 horas, cuando tal prestación tuviera el carácter de urgente los fines de semana o festivos. El precio de este servicio, será abonado con carácter independiente del correspondiente al contratado.
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10.3.- El servicio no podrá interrumpirse ni aun por cumplimiento del término, siendo obligatoria para el adjudicatario la continuidad en las mismas condiciones hasta su sustitución por la Universidad.
10.4.- Corresponde al adjudicatario la obtención de todas las autorizaciones, permisos y licencias, tanto oficiales como particulares, que se requieran para la realización del trabajo.
Unidad de Contratación y Xxxxxxxxxx. Xxxxxxxxxx, 00 x 00000 - Xxxxxx Xxxx. Xxxxxx.
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1 1 . - E J E C U C I Ó N Y R E S P O N S A B I L I D A D
11.1.- El adjudicatario quedará obligado al cumplimiento de los plazos y tiempo de respuesta convenidos, con sujeción a lo establecido en el presente pliego de cláusulas administrativas particulares y de prescripciones técnicas.
11.2.- El contratista responderá de los daños y perjuicios de cualquier tipo que puedan sufrir los bienes puestos a su disposición, así como de los deterioros que puedan surgir en las instalaciones o materiales propiedad de la Universidad, reparándolos a su xxxxx y del extravío que se produzca, satisfaciendo la indemnización procedente.
Asimismo, el contratista responderá de los daños que se originen a terceros, a la Universidad xx Xxxxxxxx-La Mancha o al personal dependiente de la misma como consecuencia de la ejecución del contrato.
11.3.- El adjudicatario queda obligado al cumplimiento del plazo de ejecución del contrato fijado por la Administración. Si llegado el término de cualquiera de los plazos citados, el contratista hubiera incurrido en xxxx por causas imputables al mismo, la Administración podrá optar por la resolución del contrato o por la imposición de penalidades económicas. Éstas tendrán la cuantía del artículo 212 del TRLCSP.
11.4.- La pérdida de la garantía o los importes de las penalidades, no excluyen la indemnización por daños y perjuicios a que pueda tener derecho la Administración, originados por la demora del contratista.
11.5.- Si el retraso fuera producido por motivos no imputables al contratista, se estará a lo dispuesto en el apartado 2 del artículo 213 del TRLCSP.
11.6.- En todo caso, la constitución en xxxx del contratista no requerirá la interpelación o intimación previa por parte de la Administración.
11.7.- El contrato se ejecutará con sujeción a las cláusulas del mismo y de acuerdo con las instrucciones que para su interpretación diera al contratista la Administración.
11.8.- La fecha de comienzo de los trabajos será la del siguiente al de la formalización, en las condiciones señaladas en la cláusula 10.1 de este pliego. El plazo de ejecución será el establecido en la cláusula décima del presente pliego.
11.9.- EL adjudicatario indicará los nombres de las personas adscritas a la empresa que tiene previsto designar y que cumplen los requisitos que se exigirán en el momento de su aceptación por la Gerencia de la UCLM. El adjudicatario estará obligado a asignar para la ejecución de los trabajos a que se refiere el presente pliego, los facultativos cuyos nombres figuren en su oferta, con la dedicación definida en la misma. Por consiguiente, durante la vigencia del contrato, el personal asignado al mismo con dedicación completa, no podrá intervenir en otro trabajo.
11.10. El adjudicatario no podrá incrementar la plantilla, sin la expresa autorización de la Gerencia de la UCLM.
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11.11.- El órgano de contratación determinará si la prestación realizada por el contratista se ajusta a las prescripciones establecidas para su ejecución y cumplimiento, disponiendo para tal fin de las prerrogativas establecidas en el artículo 307 del TRLCSP.
Unidad de Contratación y Xxxxxxxxxx. Xxxxxxxxxx, 00 x 00000 - Xxxxxx Xxxx. Xxxxxx.
Telf.: (x00) 000 000 000 | Fax.: (x00) 000 000 000 | xxxxxxxxxxxx@xxxx.xx | xxxx://xxxxxxxxx.xxxx.xx | xxxxxxxxxx@xxxx.xx
I I A D J U D I C A C I Ó N D E L C O N T R A T O 1 2 . - A D J U D I C A C I Ó N D E L C O N T R A T O
12.1.- A efectos de determinar la publicidad y el procedimiento de adjudicación, el valor estimado de la contratación a realizar, que deberá soportar la Administración, es de18.825.634,68 euros (IVA excluido), correspondiente a los dos años de duración inicial del contrato más las posibles prorrogas y modificaciones por incorporación de nuevos espacios previstos en la cláusula 10.1 de este pliego y cláusula sexta xxx Xxxxxx de Prescripciones Técnicas.
12.2.- El contrato se adjudicará, mediante procedimiento abierto, tomando como base los criterios de adjudicación que se detallan en el apartado siguiente, por ser los adecuados para evaluar el interés de las mejoras que se oferten respecto a las características de los servicios a realizar.
Con el fin de poder comparar las ofertas de las distintas empresas, las propuestas deberán ajustarse a las condiciones y contener los datos que figuran en este Pliego, sin perjuicio de hacer figurar al dorso de las mismas o en hoja a parte cuantos datos complementarios se considere oportuno presentar.
12.3.- Criterios de adjudicación:
Son criterios que han de servir de base para la adjudicación del contrato los siguientes, por orden decreciente de importancia con arreglo a la siguiente ponderación:
12.3.1. Criterios objetivos: Puntuación máxima: 90 puntos.
a) Oferta económica. Se valorará con 85 puntos a la oferta más baja y el resto de ofertas de manera proporcional.
La mayor puntuación (85 puntos) se asignará a la oferta económica más baja entre las admitidas, distribuyendo la puntuación a las restantes ofertas de acuerdo con la siguiente fórmula:
85 x Presupuesto Base de Licitación – Importe de la Oferta Puntuación =
Presupuesto Base de Licitación – Oferta más Baja Admitida
b) Bolsa anual de horas. 5 puntos. Se puntuará con un máximo de 5 puntos una bolsa anual de horas para la ejecución de trabajos extraordinarios, puntuándose de la siguiente manera:
Bolsa de 1500 horas/anuales o más: 5 puntos. Bolsa de 1200 horas /anuales o más: 4 puntos. Bolsa de 1000 horas/anuales o más: 3 puntos. Bolsa de 800 horas/anuales o más: 2 puntos. Bolsa de 500 horas/anuales o más: 1 punto.
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El cómputo de la Bolsa de horas se refiere para el conjunto de la UCLM y anualmente.
Se considerarán, en principio, desproporcionadas o temerarias las ofertas que se encuentren en los siguientes supuestos:
1. Cuando, concurriendo un solo licitador, sea inferior al presupuesto base de licitación en más de 25 unidades porcentuales.
Unidad de Xxxxxxxxxxxx x Xxxxxxxxxx. Xxxxxxxxxx, 00 x 00000 - Xxxxxx Xxxx. Xxxxxx.
Telf.: (x00) 000 000 000 | Fax.: (x00) 000 000 000 | xxxxxxxxxxxx@xxxx.xx | xxxx://xxxxxxxxx.xxxx.xx | xxxxxxxxxx@xxxx.xx
2. Cuando concurran dos licitadores, la que sea inferior en más de 20 unidades porcentuales a la otra oferta.
3. Cuando concurran tres licitadores, las que sean inferiores en más de 10 unidades porcentuales a la media aritmética de las ofertas presentadas. No obstante, se excluirá para el cómputo de dicha media la oferta de cuantía más elevada cuando sea superior en más de 10 unidades porcentuales a dicha media.
4.Cuando concurran cuatro o más licitadores, las que sean inferiores en más de 10 unidades porcentuales a la media aritmética de las ofertas presentadas. No obstante, si entre ellas existen ofertas que sean superiores a dicha media en más de 10 unidades porcentuales, se procederá al cálculo de una nueva media sólo con las ofertas que no se encuentren en el supuesto indicado. En todo caso, si el número de las restantes ofertas es inferior a tres, la nueva media se calculará sobre las tres ofertas de menor cuantía.
5. Para la valoración de las ofertas como desproporcionadas, la mesa de contratación
podrá considerar la relación entre la solvencia de la empresa y la oferta presentada.
En la valoración de la licitación, la oferta económica se tendrá en consideración conjuntamente con los demás criterios.
12.3.2. Criterios subjetivos: Puntuación máxima 10 puntos, con el siguiente desglose:
- Mejoras relacionadas con el objeto del contrato 6 puntos
- Organización y Programa de trabajo 4 puntos.
Los criterios subjetivos se calcularán de acuerdo al siguiente:
- Mejoras relacionadas con el objeto del contrato.- 6 puntos. Se entienden por mejoras aquellas actuaciones adicionales a las xxx xxxxxx de prescripciones técnicas, que presenten las empresas para ejecutarlas a su xxxxx y con objeto de mejorar el servicio. Entre otras, serán valoradas las mejoras relacionadas con la calidad higiénico-sanitaria de los edificios, estancias, zonas exteriores y demás instalaciones de la Universidad de Castilla-La Mancha. Estas mejoras ofertadas deberán venir acompañadas de una memoria explicativa de cómo van a ser ejecutadas y con qué medios técnicos o humanos, además de cuantificarse el coste estimado de cada una de las propuestas. Podrán no ser valoradas aquéllas que no reúnan este requisito. La Mesa de Contratación concederá la máxima puntuación a la empresa que presente la mejor oferta para la UCLM. El resto de las ofertas serán puntuadas de forma proporcional.
- Organización y Programa de Trabajo.- 4 puntos.- Las empresas licitadoras aportarán un estudio organizativo del servicio que comprenda la metodología de los trabajos y los manuales de procedimiento para la prestación del servicio que se especifica en el Pliego de Prescripciones Técnicas. En este documento se describirá en particular las funciones del personal propio y la forma de realizarlas, y en especial
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del ejercicio por parte de la empresa de las potestades directivas de todo orden sobre su personal.
El contrato se ejecutará con sujeción a sus cláusulas y de acuerdo con el estudio organizativo presentado por el contratista.
Unidad de Contratación y Xxxxxxxxxx. Xxxxxxxxxx, 00 x 00000 - Xxxxxx Xxxx. Xxxxxx.
Telf.: (x00) 000 000 000 | Fax.: (x00) 000 000 000 | xxxxxxxxxxxx@xxxx.xx | xxxx://xxxxxxxxx.xxxx.xx | xxxxxxxxxx@xxxx.xx
Se deberá hacer referencia a los medios y materiales a emplear, el número de personas que se adscribirán a la realización de la limpieza en cada Centro, turno, categoría laboral y el número de horas.
Igualmente se valorará la previsión de un sistema de autoevaluación de la satisfacción de los usuarios en cuanto al servicio prestado y de tareas finalizadas por los trabajadores en cada uno de sus turnos de trabajo. Será necesario definir: objetivos de la evaluación, aspectos evaluados, selección de indicadores cualitativos y cuantitativos, elección y preparación de instrumentos (encuestas, sistema de medición, etc.), recolección de datos, análisis de la información, presentación de resultados, toma de decisiones correctoras, implantación de medidas concretas, etc. Programación de trabajadores plasmado en planillas mensuales; programación de tareas plasmado en planillas diarias y semanales; metodología; sistema de sustituciones; cauces de comunicación con los Centros; formación de trabajadores; etc.
Esta memoria tendrá una extensión máxima de 20 folios por una sola cara y mínimo tamaño 11 puntos.
En caso de que se produzca EMPATE en la puntuación total o final de los criterios de adjudicación evaluables entre dos o más empresas, se efectuará la propuesta de adjudicación a favor del licitador cuyo importe de licitación, excluido el IVA, sea el más económico.
De persistir el empate, en aplicación de lo previsto en la disposición adicional cuarta del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, tendrán preferencia en la adjudicación del presente contrato las proposiciones presentadas por aquellas empresas públicas o privadas que, en el momento de acreditar su solvencia técnica, tengan en su plantilla un número de trabajadores con discapacidad superior al 2 por ciento.
Si varias empresas licitadoras de las que hubieren empatado en cuanto a la proposición más ventajosa acreditan tener relación laboral con personas con discapacidad en un porcentaje superior al 2 por ciento, tendrá preferencia en la adjudicación del contrato el licitador que disponga del mayor porcentaje de trabajadores fijos con discapacidad en su plantilla.
Si persiste el empate tendrá preferencia en la adjudicación la empresa que acredite la realización de buenas prácticas en materia de igualdad de género, se entenderá que cumplen tal requisito las poseedoras del “Distintivo de Excelencia en igualdad, conciliación y responsabilidad social y empresarial”, sin perjuicio de que tal circunstancia pueda acreditarse mediante otros documentos.
En último caso, el empate será resuelto mediante sorteo entre las empresas que se dé la condición de igualdad absoluta en los términos pertinentes señalados en el párrafo inmediato anterior.
1 3 . - G A R A N T Í A P R O V I S I O N A L
De conformidad con lo previsto en el artículo 103 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del sector Público, no se exige prestar garantía provisional.
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1 4 . - P L A Z O Y P R E S E N T A C I Ó N D E P R O P O S I C I O N E S
14.1.- Las proposiciones y la documentación complementaria se presentarán, en la forma indicada en los apartados siguientes, en el lugar y plazo señalado en el anuncio de licitación.
Unidad de Contratación y Xxxxxxxxxx. Xxxxxxxxxx, 00 x 00000 - Xxxxxx Xxxx. Xxxxxx.
Telf.: (x00) 000 000 000 | Fax.: (x00) 000 000 000 | xxxxxxxxxxxx@xxxx.xx | xxxx://xxxxxxxxx.xxxx.xx | xxxxxxxxxx@xxxx.xx
14.2.- La presentación podrá realizarse mediante entregas en las oficinas que se indiquen en el anuncio de licitación, bien personalmente o bien mediante envío por mensajería entregado dentro del plazo señalado. También podrá realizarse mediante envío por correo. En este caso, el licitador justificará la fecha de imposición del envío en la Oficina de Correos y anunciará a la Universidad xx Xxxxxxxx-La Mancha la remisión de la oferta mediante fax, telegrama o correo electrónico en el mismo día (fax: 000000000; Telegrama: Registro Xxxxxxx. Xxxxxxxxxxx xx Xxxxxxxx-Xx Xxxxxx. Xxxxxxxxxx 00. 00000 Xxxxxx Xxxx; Correo electrónico: Registro.General.@xxxx.xx). Sin la concurrencia de ambos requisitos, no será admitida la proposición si es recibida con posterioridad a la fecha de la terminación del plazo señalado en el anuncio.
La comunicación por correo electrónico sólo será válida si existe constancia de su transmisión y recepción, de sus fechas y del contenido íntegro de las comunicaciones y se identifica fidedignamente al remitente y al destinatario.
Sin la concurrencia de ambos requisitos no será admitida la proposición en el caso que fuera recibida fuera del plazo fijado en el anuncio de licitación.
No obstante, transcurridos diez días naturales desde la terminación del plazo, no será admitida ninguna proposición enviada por correo.
14.3.- Los interesados podrán examinar el pliego y documentación complementaria en las oficinas señaladas en el anuncio de licitación.
14.4.- La presentación de las proposiciones presume la aceptación incondicional por el empresario de la totalidad del contenido del presente pliego, sin salvedad o reserva alguna.
14.5.- La presentación de la proposición se deberá realizar en una sola de las dependencias administrativas de entre las varias que existan para poder llevarla a cabo, rechazándose en caso contrario todas las presentadas por el licitador.
1 5 . - C O N T E N I D O D E L A S P R O P O S I C I O N E S
15.1.- Las proposiciones constarán de tres sobres cerrados, identificados en su exterior con indicación de la licitación a la que se concurra y el nombre y apellidos o razón social de la empresa licitadora, números de teléfono y de fax, y dirección de correo electrónico, de disponer de ellos, así como con la firma del licitador o persona que le represente.
El contenido de cada sobre, que deberá estar relacionado en hoja independiente, deberá tener los requisitos que se señalan a continuación:
15.2.- Sobre número 1 : Deberá tener el siguiente título: "SOBRE Nº 1: Documentación General para la licitación, mediante procedimiento abierto, de la contratación del servicio de limpieza, desinfección, desratización y desinsectación periódica de los edificios, dependencias y espacios exteriores de la Universidad xx Xxxxxxxx-La Mancha en los Campus de Albacete, Ciudad Real, Cuenca y Toledo". Su contenido será el siguiente:
15.2.1.- El documento o documentos que acrediten la personalidad del empresario y la representación, en su caso, del firmante de la proposición, en la forma siguiente:
15.2.1.1.- Documento Nacional de Identidad, cuando se trate de personas físicas. Si se trata de personas jurídicas deberán presentar escritura de constitución, y de modificación en su
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caso, inscrita en el Registro Mercantil, cuando este requisito fuera exigible conforme a la legislación mercantil que le sea aplicable. Si no lo fuere, deberán presentar el documento de constitución, estatutos o acto fundacional en el que consten las normas por las que se regula su actividad, inscritos, en su caso, en el correspondiente Registro oficial que fuera preceptivo.
Unidad de Contratación y Xxxxxxxxxx. Xxxxxxxxxx, 00 x 00000 - Xxxxxx Xxxx. Xxxxxx.
Telf.: (x00) 000 000 000 | Fax.: (x00) 000 000 000 | xxxxxxxxxxxx@xxxx.xx | xxxx://xxxxxxxxx.xxxx.xx | xxxxxxxxxx@xxxx.xx
Las empresas no españolas de Estados miembros de la Unión Europea o signatarios del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, habrán de acreditar su capacidad de obrar mediante presentación de certificación o declaración jurada de estar inscritas en alguno de los registros que se indican en el Anexo I del Reglamento General de la LCAP.
Los restantes empresarios extranjeros deberán acreditar su capacidad de obrar mediante informe expedido por la representación diplomática española en el Estado correspondiente, en la que se haga constar que figuran inscritos en el Registro local, profesional, comercial o análogo o, en su defecto, que actúan con habitualidad en el tráfico local en el ámbito de las actividades que constituyen el objeto del contrato.
Así mismo, deberán aportar informe de la respectiva misión diplomática permanente española relativo a que el Estado de su procedencia admite a su vez la participación de empresas españolas en la contratación con la Administración, en forma substancialmente análoga.
15.2.1.2.- Cuando el licitador actúe mediante representante, éste deberá aportar documento fehaciente acreditativo de la existencia de la representación y del ámbito de sus facultades para licitar, que será bastanteado por el Servicio Jurídico de la Universidad xx Xxxxxxxx-La Mancha en el mismo acto de calificación de documentos a celebrar por la Mesa de Contratación, así como fotocopia legalizada del Documento Nacional de Identidad o equivalente.
15.2.1.3.- Si varios empresarios acuden a la licitación constituyendo una unión
temporal, cada uno de ellos deberá acreditar su personalidad y capacidad, indicando los nombres y circunstancias de los empresarios que la suscriban, la participación de cada uno de ellos, así como el compromiso de constituirse formalmente en unión temporal de empresas en caso de resultar adjudicatarios del contrato, y la designación de un representante o apoderado único de la unión con poderes bastantes para ejercitar los derechos y cumplir las obligaciones que del contrato se deriven hasta la extinción del mismo, sin perjuicio de la existencia de poderes mancomunados que puedan otorgar las empresas para cobros y pagos de cuantía significativa.
15.2.2.- En su caso, documento acreditativo de la clasificación suficiente y no caducada, expedida por la Junta Consultiva de Contratación Administrativa u órgano equivalente de la Comunidad Autónoma xx Xxxxxxxx-La Mancha, o en su caso, por el Organismo comunitario correspondiente (art. 84 TRLCSP), que habilite para contratar servicios del Grupo U; Subgrupo 1; Categoría 5 (antes D), a que se refiere el artículo 37 del RGLCAP.
Si la empresa se encontrase pendiente de clasificación, deberá aportarse el documento acreditativo de haber presentado la correspondiente solicitud para ello, debiendo no obstante justificar posteriormente haber obtenido la clasificación exigida en el plazo de subsanación de defectos u omisiones en la documentación a que se refiere la cláusula 19 del presente pliego.
El certificado de clasificación deberá ir acompañado en todo caso de una declaración responsable en la que el licitador manifieste que los datos de clasificación no han tenido variación.
15.2.3. Acreditación de la solvencia económica, financiera y técnica de acuerdo con lo señalado en la cláusula 5.11 de este Pliego, en caso de no entregar la clasificación.
Los ratios de solvencia económica y financiera que se han de cumplir son los señalados en la cláusula 5.11.a) y la solvencia técnica en la cláusula 5.11.b).
La mesa de contratación, en la calificación previa de la documentación presentada por los licitadores, comprobará si los licitadores se encuentran clasificados en los subgrupos exigidos y con categorías en ellos iguales o superiores a las establecidas para los mismos en el presente
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pliego de cláusulas administrativas particulares o que cumplan con la solvencia exigida, procediendo a rechazar las que no cumplan este requisito.
Cuando el licitador sea una unión temporal de empresarios se comprobará individualmente, reúnen la solvencia exigida o clasificación en su caso.
Unidad de Contratación y Xxxxxxxxxx. Xxxxxxxxxx, 00 x 00000 - Xxxxxx Xxxx. Xxxxxx.
Telf.: (x00) 000 000 000 | Fax.: (x00) 000 000 000 | xxxxxxxxxxxx@xxxx.xx | xxxx://xxxxxxxxx.xxxx.xx | xxxxxxxxxx@xxxx.xx
Para los casos en que sea exigible la clasificación y concurran en la unión empresarios nacionales, extranjeros que no sean nacionales de un Estado miembro de la Unión Europea y extranjeros que sean nacionales de un Estado miembro de la Unión Europea, los que pertenezcan a los dos primeros grupos deberán acreditar, en su caso, su clasificación, y estos últimos su solvencia económica, financiera y técnica o profesional.
15.2.4. Al margen de acreditar su solvencia técnica por los medios antes indicados, los licitadores deberán asumir el compromiso de adscribir a la ejecución del contrato los medios personales y materiales suficientes para llevarla a cabo adecuadamente, medios que, de acuerdo con lo dispuesto en el presente pliego, deberán detallar en su oferta, y cuya efectiva adscripción se considera obligación esencial a los efectos previstos en el artículo 223,h) del TRLCSP
15.2.5.- Testimonio judicial, certificación administrativa o declaración responsable del licitador otorgada ante una autoridad administrativa u organismo profesional cualificado, o mediante acta de manifestaciones ante notario público, de no estar incurso en las prohibiciones para contratar con la Administración conforme al artículo 60 del TRLCSP, comprendiendo expresamente la circunstancia de hallarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias, tanto con el Estado como con la Comunidad Autónoma xx Xxxxxxxx-La Mancha, y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes.
Cuando se trate de empresas de Estados miembros de la Unión Europea y esta posibilidad esté prevista en la legislación del Estado respectivo, podrá sustituirse por declaración responsable, otorgada ante una autoridad judicial.
15.2.6.- Para las empresas extranjeras, declaración de someterse a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales españoles de cualquier orden, para todas las incidencias que de modo directo o indirecto pudieran surgir del contrato, con renuncia, en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponder al licitante.
15.2.7.- La presentación por el licitador del certificado de estar inscrito en el Registro de Contratistas de la Comunidad Autónoma xx Xxxxxxxx-La Mancha le eximirá de aportar la documentación que se detalla, siempre que los detalles que se indican consten expresamente en el mismo certificado:
- Personalidad y representación a que se refiere la cláusula 15.2.1 de este pliego, siempre y cuando la representación sea la misma que conste en el certificado aportado. No obstante, la Mesa de contratación podrá requerir la aportación de dicha documentación si fuera necesaria para acreditar que el objeto social de la empresa es adecuado al objeto del contrato.
- Documentación acreditativa de la solvencia económica, financiera y técnica o clasificación en su caso.
- Declaración responsable a que se refiere la cláusula 15.2.3, salvo en lo que se refiere a la circunstancia de hallarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes, respecto de las que habrá que aportar, en todo caso, declaración responsable, formulada ante autoridad administrativa u organismo profesional cualificado, o mediante acta de manifestaciones ante notario público.
El certificado del Registro de Contratistas de la Comunidad Autónoma xx Xxxxxxxx-La Mancha, deberá ir acompañado en todo caso de una declaración responsable en la que el
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licitador manifieste que las circunstancias reflejadas en el mismo no han experimentado variación.
15.2.8.- Documentación relativa al cumplimiento de la obligación de contar con un dos por ciento de trabajadores con discapacidad o adoptar las medidas alternativas correspondientes.
Unidad de Contratación y Xxxxxxxxxx. Xxxxxxxxxx, 00 x 00000 - Xxxxxx Xxxx. Xxxxxx.
Telf.: (x00) 000 000 000 | Fax.: (x00) 000 000 000 | xxxxxxxxxxxx@xxxx.xx | xxxx://xxxxxxxxx.xxxx.xx | xxxxxxxxxx@xxxx.xx
De conformidad con lo dispuesto en la Ley 13/1982, de 7 xx xxxxx, de Integración social de minusválidos, aquellos licitadores que tengan un número de 50 o más trabajadores en su plantilla estarán obligados a contar con un 2% de trabajadores con discapacidad, o a adoptar las medidas alternativas previstas en el Real Decreto 364/2005, de 8 xx xxxxx, por el que se regula el cumplimiento alternativo con carácter excepcional de la cuota de reserva a favor de los trabajadores con discapacidad.
A estos efectos, y de conformidad con lo dispuesto en la disposición adicional cuarta del TRLCSP, los licitadores deberán aportar un certificado de la empresa en el que conste tanto el número global de trabajadores de plantilla como el número particular de trabajadores con discapacidad en la misma o, en el caso de haberse optado por el cumplimiento de las medidas alternativas legalmente previstas, una copia de la declaración de excepcionalidad y una declaración del licitador con las concretas medidas a tal efecto aplicadas.
15.2.9.- Los empresarios deberán aportar documento acreditativo de la habilitación empresarial o profesional que, en su caso, sea exigible para la realización de la actividad o prestación que constituye el objeto del contrato.
15.2.10.- En el supuesto de que la empresa licitadora no tuviera adjudicado con anterioridad el servicio, acompañará declaración responsable mediante la que se comprometa a subrogarse en los contratos de los trabajadores que vinieran prestando el servicio y que reúnan los requisitos legales y de antigüedad en la empresa exigidos por la normativa laboral vigente. En el caso de que el licitador tuviera adjudicado el servicio, deberá acompañar declaración mediante la que se compromete a mantener a los trabajadores que lo estuviesen prestando, con mención a su antigüedad y categoría.
15.2.11.-. Declaración de hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones de seguridad y salud en el trabajo y de prevención de riesgos laborales impuestas por las disposiciones vigentes.
15.2.12.- Una dirección de correo electrónico en que efectuar las notificaciones, así como teléfono y fax de una persona de contacto.
15.2.13.- Toda la documentación a presentar por los licitadores habrá de ser documentación original o bien copias que tengan carácter de auténticas o compulsadas conforme a la legislación vigente en la materia. Así mismo, los licitadores presentarán su documentación en castellano.
(NOTA.- Los licitadores inscritos en el "Registro de Licitadores de la Universidad de Castilla-La Mancha", quedan dispensados de presentar la documentación que haya sido inscrita en el Registro y depositada en el mismo, siempre y cuando se encuentre debidamente actualizada y legalizada o legitimada. Únicamente deberán acompañar a las proposiciones, respecto de aquella documentación que obre correctamente depositada en el mismo, certificación expedida por el Director de la Unidad de Contratación, que surtirá plenos efectos ante la Mesa de Contratación de la Universidad de Castilla-La Mancha, así como declaración responsable en la que manifiesten que los datos contenidos en la antedicha certificación no han sufrido modificación alguna y permanecen legalmente vigentes).
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15.3.- Sobre número 2: Deberá tener el siguiente título: "SOBRE Nº 2: Documentación Técnica para la licitación, mediante procedimiento abierto, de la contratación del servicio de limpieza, desinfección, desratización y desinsectación periódica de los edificios, dependencias y espacios exteriores de la Universidad xx Xxxxxxxx-La Mancha en los Campus de Albacete, Ciudad Real, Cuenca y Toledo.”
Unidad de Contratación y Xxxxxxxxxx. Xxxxxxxxxx, 00 x 00000 - Xxxxxx Xxxx. Xxxxxx.
Telf.: (x00) 000 000 000 | Fax.: (x00) 000 000 000 | xxxxxxxxxxxx@xxxx.xx | xxxx://xxxxxxxxx.xxxx.xx | xxxxxxxxxx@xxxx.xx
15.3.1.- Los licitadores incluirán en este sobre la documentación relacionada con los criterios subjetivos de adjudicación a que se refiere la cláusula 12.3.2 del presente pliego, conteniendo todos los elementos que la integran, incluidos los aspectos técnicos de la misma.
15.3.2.- Los licitadores deberán incluir en este sobre una relación detallada de los medios personales y materiales que se comprometen a adscribir a la ejecución del contrato, en concreto:
- Se indicará la distribución de las jornadas ofertadas para la prestación del servicio por Campus, Centros e Instalaciones, sin que, en ningún caso, el tipo de jornada de las personas destinadas al servicio de limpieza pueda ser inferior a las señaladas en el listado de personal a subrogar.
En el mismo sobre número 2, deberá incluirse el compromiso, debidamente firmado por el licitador, detallando los productos a emplear en la limpieza, recursos en medios de comunicación personal, informáticos, de transporte del personal encargado de cada uno de los Campus, de maquinaria, materiales y técnicos, con sus correspondientes fichas técnicas, en las que se deberá acreditar el cumplimiento de las normas de aseguramiento de la calidad y de la seguridad, cumpliendo la normativa de la Comunidad Europea.
Asimismo, se aportará el Plan de trabajo por zonas, servicios y frecuencias, con calendario anual de realización de trabajos, referido a las mejoras sobre las obligaciones contenidas en el pliego de condiciones.
15.4.- Sobre número 3: Deberá tener el siguiente título: “SOBRE Nº 3: Oferta económica para la licitación, mediante procedimiento abierto, de la contratación del servicio de limpieza, desinfección, desratización y desinsectación periódica de los edificios, dependencias y espacios exteriores de la Universidad xx Xxxxxxxx-La Mancha en los Campus de Albacete, Ciudad Real, Cuenca y Toledo”
El contenido de la oferta económica será redactado según el modelo anexo al presente pliego, sin errores o tachaduras que dificulten conocer claramente lo que el órgano de contratación estime fundamental para considerar las ofertas, y que, de producirse, provocarán que la proposición sea rechazada. En la proposición económica, que no deberá superar el presupuesto de licitación establecido en la cláusula 7 del presente pliego, deberá indicarse, como partida independiente, el importe del Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA) que deba ser repercutido. La oferta económica contendrá como partida separada la bolsa de horas indicada en los criterios de adjudicación, incluyéndose en el modelo de anexo indicado.
15.5.- Si algún licitador no aporta la documentación relativa a alguno de los criterios señalados en el presente pliego, mediante la inclusión de la documentación pertinente indicada en el contenido de los sobres 1, 2 y 3, o la misma no contiene todos los requisitos exigidos en los párrafos anteriores, la proposición de dicho licitador no será valorada respecto del criterio de que se trate. En caso de que la omisión o defecto lo fuera sobre alguno de los aspectos sustanciales de la oferta, el empresario será excluido del proceso licitatorio.
15.6.- Para ser tenida en cuenta, dicha documentación deberá estar suscrita en su totalidad por el licitador, o ir acompañada de una relación de los documentos que la integran firmada por el licitador, en la que declare, bajo su responsabilidad, ser ciertos los datos aportados. La Administración se reserva la facultad de comprobar en cualquier momento su veracidad, bien antes de la adjudicación del contrato, o bien durante su vigencia, pudiendo realizar tal comprobación por sí misma, o mediante petición al licitador o adjudicatario de documentación o informes complementarios. La falsedad o inexactitud de tales datos provocará la desestimación de la oferta o, en su caso, la resolución del contrato, con pérdida de la garantía constituida, así como la exigencia de las responsabilidades e indemnizaciones que de tal hecho se deriven.
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15.7.- Los licitadores habrán de presentar sus proposiciones referidas a la totalidad de los servicios objeto del contrato y mejoras relacionadas.
15.8.- Cada licitador podrá presentar sólo una proposición en relación con el objeto del contrato, sin que se puedan presentar variantes o alternativas.
Unidad de Contratación y Xxxxxxxxxx. Xxxxxxxxxx, 00 x 00000 - Xxxxxx Xxxx. Xxxxxx.
Telf.: (x00) 000 000 000 | Fax.: (x00) 000 000 000 | xxxxxxxxxxxx@xxxx.xx | xxxx://xxxxxxxxx.xxxx.xx | xxxxxxxxxx@xxxx.xx
15.9.- El empresario que haya licitado en unión temporal con otros empresarios no podrá, a su vez, presentar proposiciones individualmente, ni figurar en más de una unión temporal participante en la licitación. El incumplimiento de esta prohibición dará lugar a la no admisión de todas las proposiciones por él suscritas.
15.10. Todas las mejoras ofrecidas por las empresas licitadoras pasarán a tener la consideración de contractuales, por lo que obligará al licitador que resulte adjudicatario.
16.- C U E S T I O N E S G E N E R A L E S
16.1 A todos los efectos se entenderá que en las ofertas están incluidos todos los gastos que la empresa deba realizar para el normal cumplimiento de las prestaciones contratadas, como son, los generales, salarios, financieros, benéficos, seguros, transportes y desplazamientos, honorarios del personal a su cargo, de comprobación y ensayo, materiales necesarios, tasas y toda clase de tributos, en especial el Impuesto sobre el Valor Añadido (I.V.A), y cualesquiera otros que pudieran establecerse o modificarse durante la vigencia del contrato, sin que, por tanto, puedan ser repercutidos como partida independiente.
16.2. El programa de trabajo y todos los medios señalados en el sobre nº 2 se presentaran por la empresa adjudicataria a la Gerencia General para su conformidad o reparos, al inicio del contrato.
1 7 . - M E S A D E C O N T R A T A C I Ó N
La Mesa de Contratación estará compuesta conforme a lo dispuesto en la Resolución de la Universidad xx Xxxxxxxx-La Mancha de 21 xx xxxxx de 1996 (B.O.E. de 20 de julio de 1996), modificada por la Resolución de la Universidad de Castilla-La Mancha de 24 de enero de 2011 (DOCM 11.02.11), a su vez modificada por la resolución de la Universidad xx Xxxxxxxx-La Mancha de 9 de enero de 2012 (DOCM 19.01.12) y el artículo 21 del Real Decreto 817/2009, por el que se desarrolla parcialmente la LCSP, del modo siguiente:
Presidente: D. Xxxxx Xxxxx Xxxxxx, Gerente de la UCLM.
Suplente: Dña. Xxx Xxxxx Xxxxxx Xxxxxxx, Vicegerente del Campus de Ciudad Real
Secretaria: Dña. Xx Xxxxx Xxxxxxxxx Xxxxx. Técnica Superior de la Unidad de Contratación y Patrimonio.
Suplente: Dña. Xxxxxxx Xxxxx Xxxx, Directora Ejecutiva de la Unidad de Contratación y Patrimonio.
Vocales
Titular: D. Xxxx Xxxxxx Herencia Xxxxxxx. Director Ejecutivo Unidad de Control Interno.
Suplente: D. Xxxxx Xxxxxx Xxxxx. Técnico Auditor de la Unidad de Control Interno.
Titular: Dña. Xx Xxxxxx de los Xxxxx Xxxxxx. Letrada de la Asesoría Jurídica.
Suplente: Letrado de la Asesoría Jurídica.
Titular: D. Xxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxx, Director del Área Económica.
Suplente: D. Xxxxxxxxx Xxxxxxxxx Xxxxx, Director Ejecutivo de Contabilidad.
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Titular: D. Xxxxx Xxxxxx Xxxxx Xxxxxx. Técnico Área de Infraestructuras.
Suplente: D. Xxxxxx Xxxx Xxxxxx. Director Técnico Área de Infraestructuras del Campus de Albacete.
1 8 . - C A L I F I C A C I Ó N D E L A D O C U M E N T A C I Ó N G E N E R A L
Unidad de Contratación y Xxxxxxxxxx. Xxxxxxxxxx, 00 x 00000 - Xxxxxx Xxxx. Xxxxxx.
Telf.: (x00) 000 000 000 | Fax.: (x00) 000 000 000 | xxxxxxxxxxxx@xxxx.xx | xxxx://xxxxxxxxx.xxxx.xx | xxxxxxxxxx@xxxx.xx
Concluido el plazo de presentación de proposiciones, la Mesa de contratación de acuerdo con la resolución de fecha 00 xx xxxxx xx 0000 xx xx Xxxxxxxxxxx xx Xxxxxxxx-xx Xxxxxx, se constituirá en el Campus de Ciudad Real, en las dependencias administrativas habilitadas en el momento de su celebración, procederá a la calificación de la documentación general contenida en el sobre nº 1 presentados por los licitadores, y si observase defectos materiales en la documentación presentada, lo notificará por fax, telegrama o correo electrónico al licitador correspondiente, dejando constancia de dicha notificación en el expediente, concediéndole un plazo no superior a tres días hábiles para que lo subsane. Ahora bien, si la documentación de un licitador contuviese defectos sustanciales o deficiencias materiales no subsanables, no será admitido a la licitación.
Al margen de la subsanación a que se refiere el párrafo anterior, la Mesa de contratación, a efectos de completar la acreditación de la solvencia de los licitadores, podrá recabar de éstos las aclaraciones que estime oportunas sobre las certificaciones y documentos presentados, así como requerirlos para la presentación de otros documentos complementarios, requerimiento que deberá ser cumplimentado en el plazo máximo de cinco días naturales y siempre antes de la declaración de admisión de las proposiciones.
1 9 . - A P E R T U R A D E P R O P O S I X X X X X X X X X X X U E S T A D E A D J U D I C A C I Ó N
1.- La Mesa de contratación, una vez calificada la documentación del sobre nº 1 y realizadas las subsanaciones y, en su caso, aportadas las aclaraciones o documentos complementarios requeridos, o transcurrido el plazo que se hubiere conferido al efecto, realizará en acto público la apertura del sobre nº 2 de los licitadores admitidos, en el lugar y hora señalados en el anuncio de licitación, con arreglo al siguiente procedimiento:
1.1.- En primer lugar, el Presidente dará cuenta a los asistentes del número de proposiciones recibidas y del nombre de los licitadores, comunicando el resultado de la calificación de la documentación general presentada en los sobres nº 1, con expresión de los licitadores admitidos y de los excluidos, y de las causas de su exclusión, invitando a los asistentes a que formulen las observaciones que estimen oportunas, que serán reflejadas en el acta, pero sin que en este momento pueda la Mesa hacerse cargo de documentos que no hubiesen sido entregados durante el plazo de admisión de ofertas, o el de subsanación de defectos u omisiones, dando ocasión a los interesados para que puedan comprobar que los sobres que contienen las ofertas se encuentran en la mesa y en idénticas condiciones en que fueron entregados.
En caso de discrepancias entre las proposiciones que obren en poder de la mesa y las que como presentadas se deduzcan de las certificaciones de que dispone la misma, o que se presenten dudas sobre las condiciones xx xxxxxxx en que han debido ser custodiadas, se suspenderá el acto y se realizarán urgentemente las investigaciones oportunas sobre lo sucedido, volviéndose a anunciar, en su caso, nuevamente en el tablón de anuncios del órgano de contratación o del que se fije en los pliegos la reanudación del acto público una vez que todo haya quedado aclarado en la debida forma.
Las ofertas que correspondan a proposiciones rechazadas quedarán excluidas del procedimiento de adjudicación del contrato y los sobres que las contengan no podrán ser abiertos.
Antes de la apertura de la primera proposición se invitará a los licitadores interesados a que manifiesten las dudas que se les ofrezcan o pidan las explicaciones que estimen necesarias,
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procediéndose por la mesa a las aclaraciones y contestaciones pertinentes, pero sin que en este momento pueda aquélla hacerse cargo de documentos que no hubiesen sido entregados durante el plazo de admisión de ofertas, o el de corrección o subsanación de defectos u omisiones a que se refiere el artículo 81.2 del Reglamento de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas.
Unidad de Contratación y Xxxxxxxxxx. Xxxxxxxxxx, 00 x 00000 - Xxxxxx Xxxx. Xxxxxx.
Telf.: (x00) 000 000 000 | Fax.: (x00) 000 000 000 | xxxxxxxxxxxx@xxxx.xx | xxxx://xxxxxxxxx.xxxx.xx | xxxxxxxxxx@xxxx.xx
Si alguna proposición no guardase concordancia con la documentación examinada y admitida, excediese del presupuesto base de licitación, variara sustancialmente el modelo establecido, o comportase error manifiesto en el importe de la proposición, o existiese reconocimiento por parte del licitador de que adolece de error o inconsistencia que la hagan inviable, será desechada por la mesa, en resolución motivada. Por el contrario, el cambio u omisión de algunas palabras del modelo, con tal que lo uno o la otra no alteren su sentido, no será causa bastante para el rechazo de la proposición.
1.2.- A continuación, el Secretario de la Mesa procederá a la apertura de los sobres nº 2 de los licitadores admitidos, dando lectura al contenido del mismo y relación de los documentos generales aportados y respecto a los criterios de adjudicación.
Concluida la apertura de las proposiciones, el Presidente de la Mesa invitará a los licitadores asistentes a que expongan cuantas observaciones o reservas estimen oportunas en relación con el acto celebrado, y, en su caso, a la presentación de las mismas mediante escrito que haya de unirse al acta correspondiente, otorgándose, a estos efectos, un plazo de DOS HORAS, sin perjuicio de la interposición de los recursos ordinarios que pudieran corresponder.
A continuación, se dará por concluido el acto público de apertura de proposiciones, de cuyo desarrollo se dejará constancia en el acta de la reunión de la Mesa.
Las ofertas técnicas serán entregadas a los vocales técnicos o personal técnico que la Mesa de Contratación estime necesario para su examen e informe en el que se indicarán si cumplen o no con las prescripciones técnicas exigidas en el Pliego y propongan la evaluación de acuerdo a los criterios fijados en la cláusula 12 del presente Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares. Este informe se hará público en la reunión de la Mesa de Contratación siguiente, antes de la apertura del sobre nº 3.
La Mesa de Contratación podrá solicitar cuantos informes estime necesario.
2.- Posteriormente, y en el lugar, hora y fecha señalada en el anuncio de licitación y perfil del contratante, la Mesa de Contratación se reunirá en acto público para la apertura del sobre nº 3 (Proposición económica y bolsa de horas). A continuación se realizará la apertura y lectura de las ofertas económicas, invitando el Presidente de la Mesa a los asistentes a que expongan cuantas observaciones o reservas estimen oportunas en relación con el acto celebrado y, en su caso, a la presentación de las mismas mediante escrito que haya de unirse al acta correspondiente, otorgándose, a estos efectos, un plazo de 2 horas, sin perjuicio a la interposición de los recursos ordinarios que pudieran corresponder, tras lo cual finalizará el acto público.
Si alguna proposición no guardase concordancia con la documentación examinada y admitida, excediese del presupuesto base de licitación, variara sustancialmente el modelo establecido, o comportase error manifiesto en el importe de la proposición, o existiese reconocimiento por parte del licitador que adolece de error o inconsistencia que la hagan inviable, será desechada por la Mesa, en resolución motivada. Por el contrario el cambio u omisión de algunas palabras del modelo, con tal que lo uno o la otra no altere su sentido, no será causa bastante para el rechazo de la proposición.
3.- La Mesa de contratación, tras solicitar, en su caso, los informes técnicos que estime oportunos, elevará al órgano de contratación la propuesta de adjudicación razonada que estime adecuada, que incluirá en todo caso la ponderación de los criterios indicados en la cláusula 11 del presente pliego, acompañada de las actas de sus reuniones y de la documentación generada
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en sus actuaciones y, en su caso, de los informes emitidos. Dicha propuesta no crea derecho alguno mientras el órgano de contratación no dicte la resolución de adjudicación.
2 0 . - C L A S I F I C A C I Ó N D E L A S O F E R T A S Y D O C U M E N T A C I Ó N A P R E S E N T A R P O R E L L I C I T A D O R S E L E C C I O N A D O
Unidad de Contratación y Xxxxxxxxxx. Xxxxxxxxxx, 00 x 00000 - Xxxxxx Xxxx. Xxxxxx.
Telf.: (x00) 000 000 000 | Fax.: (x00) 000 000 000 | xxxxxxxxxxxx@xxxx.xx | xxxx://xxxxxxxxx.xxxx.xx | xxxxxxxxxx@xxxx.xx
1.-El órgano de contratación clasificará, por orden decreciente, las proposiciones presentadas y que no hayan sido declaradas desproporcionadas o anormales. Para realizar dicha clasificación, atenderá a los criterios de adjudicación señalados en el pliego o en el anuncio pudiendo solicitar para ello cuantos informes técnicos estime pertinentes.
2.- El licitador que haya presentado la oferta económicamente más ventajosa deberá acreditar, en el plazo máximo de 10 días hábiles, contados desde el día siguiente a aquél a su notificación, que se encuentra al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, así como la acreditación de adscripción de medios personales y materiales.
De no cumplir este requisito en el plazo señalado, la Administración no efectuará la adjudicación a su favor, entendiéndose que el licitador ha retirado su oferta, procediéndose a recabar la misma documentación al licitador siguiente por el orden en que hayan sido clasificadas las ofertas.
2.1.- La acreditación de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias se realizará presentando la siguiente documentación, de acuerdo con los artículos 13 y 15 del Reglamento General de la LCAP:
- Último recibo del Impuesto sobre Actividades Económicas o el documento de alta en el mismo, cuando ésta sea reciente y no haya surgido aún la obligación de pago. El alta deberá adjuntarse en todo caso cuando en el recibo aportado no conste el epígrafe de la actividad. Esta documentación deberá estar referida al epígrafe correspondiente al objeto del contrato que les faculte para su ejercicio en el ámbito territorial en que las ejercen, debiendo complementarse con una declaración responsable del licitador de no haberse dado de baja en la matrícula del citado Impuesto.
Sin perjuicio de la obligación de acreditar el alta en el impuesto sobre actividades económicas, en el supuesto de encontrarse en alguna de las exenciones establecidas en el artículo 82.1, apartados e) y f) del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 xx xxxxx, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, deberá acreditarse mediante resolución expresa de la concesión de la exención de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, o declaración responsable de tener una cifra de negocios inferior a
1.000.000 de euros respecto de los sujetos pasivos enunciados en la letra c) del artículo 82.1 de la mencionada Ley, con excepción de las personas físicas.
Se exceptúan de estos requisitos los sujetos pasivos a que se refiere el artículo 82.1 apartados a), d), g) y h) del citado Texto Refundido.
- Certificación administrativa expedida por el órgano competente de la Administración del Estado, por lo que respecta a las obligaciones tributarias con este último.
- Certificación administrativa expedida por el órgano competente de la Administración de la Comunidad Autónoma xx Xxxxxxxx-La Mancha, por lo que respecta a las obligaciones tributarias con la misma.
Los licitadores podrán autorizar a la Universidad de Castilla-La Mancha, para que obtenga, en su nombre, las certificaciones tributarias referentes a la Administración del Estado y a la Comunidad Autónoma xx Xxxxxxxx-La Mancha, mediante la cumplimentación de la autorización que figura como documento anexo a este pliego.
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El licitador que no esté obligado a presentar todas o alguna de las declaraciones o documentos correspondientes a las obligaciones tributarias que se relacionan en el artículo 13 del Reglamento General de la LCAP, habrá de acreditar tal circunstancia mediante declaración responsable.
Unidad de Contratación y Xxxxxxxxxx. Xxxxxxxxxx, 00 x 00000 - Xxxxxx Xxxx. Xxxxxx.
Telf.: (x00) 000 000 000 | Fax.: (x00) 000 000 000 | xxxxxxxxxxxx@xxxx.xx | xxxx://xxxxxxxxx.xxxx.xx | xxxxxxxxxx@xxxx.xx
2.2.- La acreditación de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones con la Seguridad Social se realizará mediante certificación expedida por la autoridad administrativa competente. En el supuesto que haya de tenerse en cuenta alguna exención, se habrá de acreditar tal circunstancia mediante declaración responsable.
3.- Las certificaciones a que se refieren las cláusulas anteriores deberán ser expedidas de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 15 del Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas y, en su caso, podrán ser remitidas al órgano de contratación por vía electrónica, de acuerdo con la normativa vigente aplicable al respecto. No obstante lo anterior, el licitador propuesto como adjudicatario no estará obligado a aportar las certificaciones de obligaciones tributarias si el adjudicatario ha autorizado expresamente a la Administración contratante para obtener de la Administración certificante la información que acredite que cumple las circunstancias indicadas, mediante la cumplimentación del impreso que se une a este pliego.
4.- Los extranjeros, sean personas físicas o jurídicas, pertenecientes o no a Estados miembros de la Unión Europea que no tengan domicilio fiscal en España, deberán presentar certificación expedida por autoridad competente en el país de procedencia, acreditativa de hallarse al corriente en el cumplimiento de las correspondientes obligaciones tributarias. Así mismo, habrán de presentar certificación, también expedida por autoridad competente, en la que se acredite que se hallan al corriente en el cumplimiento de las obligaciones sociales que se exijan en el país de su nacionalidad. Toda la documentación relacionada en este apartado habrá de referirse a los doce últimos meses.
5.-. El adjudicatario deberá aportar los documentos que acrediten el compromiso de adscribir a la ejecución del contrato los medios personales y materiales suficientes para ello y cuya efectiva adscripción se considera obligación esencial a los efectos previstos en el artículo 223.f) del TRLCSP.
6.- Pago de los gastos de la publicación de la licitación en Boletines Oficiales u otros posibles.
2 1 . C O N S T I T U C I Ó N D E L A G A R A N T Í A D E F I N I T I V A
1.- El licitador que hubiera presentado la oferta económica más ventajosa deberá acreditar en el plazo xx xxxx días hábiles a contar desde el siguiente al de la notificación, la constitución de la garantía por un importe del 5% del precio de adjudicación, sin incluir el IVA, conforme al artículo 151.2 del TRLCSP.
De no cumplir este requisito en el plazo señalado, la Administración no efectuará la adjudicación a su favor, entendiéndose que el licitador ha retirado su oferta, procediéndose a recabar la misma documentación al licitador siguiente por el orden en que hayan sido clasificadas las ofertas.
No será precisa la constitución de la garantía reseñada en los párrafos anteriores cuando el adjudicatario hubiere constituido en el mismo plazo, o con anterioridad al mismo, garantía global por importe suficiente ante la Administración contratante, en los términos previstos en el artículo 98 del TRLCSP, y dicha garantía se encontrara vigente y efectiva.
2.- La garantía podrá constituirse en metálico, mediante aval, en valores públicos o en valores privados, por contrato de seguro de caución, o por retención de parte del precio, en la forma y condiciones establecidas en los artículos 55 y siguientes del Reglamento General de la LCAP, debiendo depositarse su importe, o la documentación acreditativa correspondiente, en la Caja
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de Depósitos de los Servicios Provinciales de Economía y Hacienda de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.
3.- Cuando, a consecuencia de la modificación del contrato, experimente variación su precio, se reajustará la garantía en el plazo de quince días, contados desde la fecha en que se notifique al adjudicatario la resolución de modificación del contrato, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 99 del TRLCSP.
Unidad de Contratación y Xxxxxxxxxx. Xxxxxxxxxx, 00 x 00000 - Xxxxxx Xxxx. Xxxxxx.
Telf.: (x00) 000 000 000 | Fax.: (x00) 000 000 000 | xxxxxxxxxxxx@xxxx.xx | xxxx://xxxxxxxxx.xxxx.xx | xxxxxxxxxx@xxxx.xx
4.- En el plazo de quince días, contado desde la fecha en que se hagan efectivas, en su caso, las penalidades o indemnizaciones, el adjudicatario deberá reponer o ampliar la garantía constituida en la cuantía que corresponda, incurriendo, en caso contrario, en causa de resolución.
5.- La garantía responderá de la correcta ejecución de las prestaciones contractuales, de los gastos originados a la UCLM por la demora del Contratista en el cumplimiento de sus obligaciones, y de los daños y perjuicios ocasionados a la misma con motivo de la ejecución del contrato o por su incumplimiento, cuando no proceda su resolución. Asimismo responderá de las sanciones o penalizaciones que puedan imponerse al Contratista, de la incautación que pueda decretarse en los casos de resolución del contrato y de cualquier otro evento y responsabilidad en que pueda incurrir el Contratista.
6.- En el plazo de 15 días contados desde la fecha en que se hagan efectivos en su caso, las penalidades o indemnizaciones, el adjudicatario deberá reponer o ampliar la garantía constituida en la cuantía que corresponda, incurriendo en caso contrario, en causa de resolución.
2 2 . - A D J U D I C A C I Ó N Y N O T I F I C A C I Ó N D E L A A D J U D I C A C I Ó N
El órgano de contratación deberá adjudicar el contrato dentro de los cinco días hábiles siguientes a la recepción de la documentación requerida al licitador.
No podrá declararse desierta una licitación cuando exista alguna oferta o proposición que sea admisible de acuerdo con los criterios que figuren en el pliego.
La adjudicación deberá ser motivada, se notificará a los candidatos o licitadores, y simultáneamente, se publicará en el perfil de contratante.
Será de aplicación a la motivación de la adjudicación la excepción de confidencialidad del artículo 153 del TRLCSP.
En todo caso, en la notificación y en el perfil de contratante se indicará el plazo en que debe procederse a su formalización conforme al artículo 156.3 de TRLCSP.
La notificación se hará por cualquiera de los medios que permitan dejar constancia de su recepción por el destinatario.
2 3 . - F O R M A L I Z A C I Ó N D E L C O N T R A T O
1.- La formalización no podrá efectuarse antes de que transcurran quince días hábiles desde que se remita la notificación de la adjudicación a los licitadores y candidatos. El órgano de contratación requerirá al adjudicatario para que formalice el contrato, en plazo no superior a cinco días a contar desde el siguiente a aquél en que hubiera recibido el requerimiento para tal fin, una vez transcurrido el plazo de los quince días hábiles indicados sin que se hubiera interpuesto recurso que lleve aparejada la suspensión de la formalización del contrato. De igual forma, procederá cuando el órgano competente para la resolución del recurso hubiera levantado la suspensión. El documento administrativo de formalización del contrato, al que se unirá,
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formando parte del mismo, la oferta del adjudicatario y un ejemplar xxx xxxxxx de cláusulas administrativas particulares y de las prescripciones técnicas será firmado por las partes.
Cuando el adjudicatario sea una unión temporal de empresarios, dentro del mismo plazo y con anterioridad a la firma del contrato, deberá aportar escritura pública de constitución como tal.
2.- El documento en que se formalice el contrato será en todo caso administrativo, siendo título válido para acceder a cualquier registro público.
Unidad de Contratación y Xxxxxxxxxx. Xxxxxxxxxx, 00 x 00000 - Xxxxxx Xxxx. Xxxxxx.
Telf.: (x00) 000 000 000 | Fax.: (x00) 000 000 000 | xxxxxxxxxxxx@xxxx.xx | xxxx://xxxxxxxxx.xxxx.xx | xxxxxxxxxx@xxxx.xx
No obstante, el contrato se formalizará en escritura pública cuando así lo solicite el contratista, siendo a su xxxxx los gastos derivados de su otorgamiento.
3.- Si por causa imputable al adjudicatario no pudiera formalizarse el contrato dentro del plazo indicado, la Administración podrá acordar la incautación sobre la garantía definitiva del importe de la garantía provisional que, en su caso se hubiese exigido.
4.- La formalización del contrato se publicará en el perfil de contratante del órgano de contratación indicando, como mínimo, los mismos datos mencionados en el anuncio de adjudicación.
I V E J E C U C I Ó N D E L C O N T R A T O
2 4 . - N O R M A S C O M P L E M E N T A R I A S
24.1.- Condiciones laborales y sociales.- La empresa adjudicataria deberá subrogarse en los contratos de los trabajadores que vinieran prestando el servicio; dicho personal dependerá exclusivamente del adjudicatario, por cuanto éste tendrá todos los derechos y deberes inherentes a su calidad de empleador y deberá cumplir las condiciones vigentes en materia laboral, de Seguridad Social y de Seguridad e Higiene en el Trabajo, referida al propio personal a su cargo. La información de este personal en cuanto número y antigüedad se encuentra en el anexo IX de este Pliego.
24.2.- En caso de accidente o perjuicio de cualquier orden ocurrido a los operarios con ocasión del ejercicio de los trabajos, el adjudicatario cumplirá lo dispuesto en las normas vigentes, bajo su responsabilidad, sin que ésta alcance en modo alguno a la Universidad xx Xxxxxxxx-La Mancha.
24.3.- El contratista queda obligado a proponer, para su autorización, a la Gerencia de la Universidad xx Xxxxxxxx-la Mancha, la relación del personal destinado por el mismo para la realización del servicio contratado.
El contratista deberá disponer en todo momento de la plantilla adecuada para obtener el máximo nivel de calidad de las prestaciones objeto del contrato, de conformidad con la oferta presentada.
El contratista garantizará el mantenimiento del servicio con independencia de problemas laborales propios. En caso de huelga legal deberá estar a lo previsto en la legislación vigente sobre servicios mínimos.
24.4.- El servicio objeto de este contrato, deberá ofrecerse por los adjudicatarios debidamente legalizados, respecto de los derechos de propiedad intelectual, industrial, comercial, patentes, marcas, etc., y cualesquiera otros de naturaleza análoga, siendo por cuenta de aquéllos todos los gastos, indemnizaciones y derechos que conlleven.
24.5.- El adjudicatario será responsable de toda reclamación relativa a la propiedad industrial, comercial e intelectual, y deberá indemnizar a la Administración por todos los daños y perjuicios que para la misma puedan derivarse de las reclamaciones referidas a estos conceptos.
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SE13815009257 2 5 . - R E S P O N S A B L E S U P E R V I S O R D E L O S T R A B A J O S O B J E T O D E L C O N T R A T O
El órgano de contratación podrá designar una persona física o jurídica, vinculada al ente contratante o ajena a él, como responsable del trabajo, quien supervisará la ejecución del mismo, comprobando que su realización se ajusta a lo establecido en el contrato, y cursará al contratista las órdenes e instrucciones del órgano de contratación.
Unidad de Contratación y Xxxxxxxxxx. Xxxxxxxxxx, 00 x 00000 - Xxxxxx Xxxx. Xxxxxx.
Telf.: (x00) 000 000 000 | Fax.: (x00) 000 000 000 | xxxxxxxxxxxx@xxxx.xx | xxxx://xxxxxxxxx.xxxx.xx | xxxxxxxxxx@xxxx.xx
2 6 . - O B L I G A C I O N E S D E L C O N T R A T I S T A
26.1.- El contrato se ejecutará con estricta sujeción a las estipulaciones contenidas en el presente pliego de cláusulas administrativas particulares, observando fielmente lo establecido en el pliego de prescripciones técnicas, así como las instrucciones que, en su caso, le diere el responsable del contrato designado por el órgano de contratación.
26.2.- Cuando el contrato se adjudique a una empresa en virtud del criterio preferencial previsto en la cláusula 12.3 (empate), del presente pliego, el adjudicatario estará obligado a mantener la vigencia del porcentaje de contratos de trabajadores fijos discapacitados durante el tiempo que dure la ejecución de la prestación objeto del contrato adjudicado, o, en su caso, durante el plazo de garantía si la ejecución no se realizara en tracto sucesivo.
El incumplimiento de tal condición será causa de resolución del contrato adjudicado, debiendo constar en el mismo como tal causa de resolución.
26.3.- La ejecución del contrato se realizará a riesgo y xxxxxxx del contratista. Será obligación del contratista indemnizar todos los daños y perjuicios que se causen, por sí o por personal o medios dependientes del mismo, a terceros como consecuencia de las operaciones que requiera la ejecución del contrato.
Cuando tales daños y perjuicios hayan sido ocasionados como consecuencia inmediata y directa de una orden de la Administración será responsable la misma dentro de los límites señalados en las leyes.
El contratista será responsable igualmente de los daños y perjuicios que se originen durante la ejecución del contrato, tanto para la Administración como para terceros, por defectos o insuficiencias técnicas de su trabajo, o por los errores materiales, omisiones e infracciones de preceptos legales o reglamentarios en los que el trabajo haya incurrido, de acuerdo con lo establecido en el artículo 305 del TRLCSP. Si el contrato se ejecutara de forma compartida con más de un profesional, todos responderán solidariamente de las responsabilidades a que se refiere esta cláusula.
26.4.- El contratista deberá cumplir, bajo su exclusiva responsabilidad, las disposiciones vigentes en materia laboral, de seguridad social y de seguridad e higiene en el trabajo, debiendo tener a su cargo el personal necesario para la realización del objeto del contrato, respecto del que ostentará, a todos los efectos, la condición de empresario.
26.5.- El contratista deberá guardar sigilo respecto a los datos o antecedentes que, no siendo públicos o notorios, estén relacionados con el objeto del contrato y hayan llegado a su conocimiento con ocasión del mismo.
2 7 . - G A S T O S E I M P U E S T O S P O R C U E N T A D E L C O N T R A T I S T A
27.1.- Son de cuenta del contratista todos los gastos derivados de la publicación de la licitación en Boletines Oficiales por una sola vez, así como los de formalización del contrato, si éste se elevare a escritura pública.
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Los citados gastos de publicación deberán ser abonados previamente a la adjudicación del contrato, de acuerdo a lo señalado en la cláusula 20.6. de este Pliego.
27.2.- Tanto en las proposiciones presentadas por los licitadores, como en los presupuestos de adjudicación se entienden comprendidos todas las tasas e impuestos, directos e indirectos, y arbitrios municipales que graven la ejecución del contrato, que correrán por cuenta del contratista, salvo el Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA) que deba ser soportado por la Administración, que se indicará como partida independiente.
Unidad de Contratación y Xxxxxxxxxx. Xxxxxxxxxx, 00 x 00000 - Xxxxxx Xxxx. Xxxxxx.
Telf.: (x00) 000 000 000 | Fax.: (x00) 000 000 000 | xxxxxxxxxxxx@xxxx.xx | xxxx://xxxxxxxxx.xxxx.xx | xxxxxxxxxx@xxxx.xx
Se consideran también incluidos en la proposición del adjudicatario y en el precio del contrato todos los gastos que resultaren necesarios para la ejecución del contrato, incluidos los posibles desplazamientos.
2 8 . - O B L I G A C I Ó N D E P R E S E N T A C I O N D E F A C T U R A S E N U N R E G I S T R O A D M I N I S T R A T I V O , I D E N T I F I C A C I Ó N D E O R G A N O S Y A B O N O S A L C O N T R A T I S T A
28.1.- El pago del precio del contrato será abonado al contratista por mensualidades vencidas, previa presentación de la factura correspondiente, que incluirá la doceava parte del precio anual del contrato, una vez conformada por la Gerencia.
28.2.- El adjudicatario tendrá derecho al abono de las prestaciones que realmente ejecute con arreglo a los precios convenidos, disponiéndose el pago una vez se haya obtenido la conformidad por el Gerente de la UCLM, o persona en quien delegue.
El contratista tendrá derecho al abono de los servicios efectivamente realizados y conformados por la Administración.
28.3.- El contratista tendrá la obligación de presentar la factura que haya expedido por el servicio prestado por mensualidades vencidas ante el correspondiente registro administrativo a efectos de su remisión al órgano administrativo o unidad a quien corresponda la tramitación de la misma:
Cuando la factura sea emitida en papel, debe indicar los siguientes datos:
Destinatario: Gerente UCLM. Responsable del Contrato.
Registro del Xxxxxx xx Xxxxxx Xxxx
X) Xxxxxxxxxx xx 00
00000 Xxxxxx Xxxx (XXXXXX) Tfno.: 926 295300
Órgano administrativo con competencias en materia de contabilidad pública: Unidad de Contabilidad.
Órgano de contratación: Gerente de la Universidad de Castilla-La Mancha.
28.4.- Facturación electrónica.
De conformidad con lo establecido en la Ley 25/2013, de 27 de diciembre, de impulso de la factura electrónica y creación del registro contable de facturas en el Sector Público, están obligados a usar la factura electrónica los proveedores de bienes y servicios de las Administraciones Públicas que revistan la forma de sociedades anónimas (S.A.), sociedades de responsabilidad limitada (S.L.), uniones temporales de empresas (UTES) y demás personas jurídicas y entidades sin personalidad jurídica que enuncia el art. 4 de la Ley. Los demás proveedores podrán expedir y remitir voluntariamente factura electrónica.
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Asimismo, la Ley indica que podrá excluirse de esta obligación las facturas cuyo importe sea inferior a 5.000€ (IVA incluido) y, de forma transitoria, a las emitidas por los proveedores a los servicios de las Administraciones Públicas en el exterior.
Unidad de Contratación y Xxxxxxxxxx. Xxxxxxxxxx, 00 x 00000 - Xxxxxx Xxxx. Xxxxxx.
Telf.: (x00) 000 000 000 | Fax.: (x00) 000 000 000 | xxxxxxxxxxxx@xxxx.xx | xxxx://xxxxxxxxx.xxxx.xx | xxxxxxxxxx@xxxx.xx
A tal efecto y de acuerdo a lo previsto en el artículo 6 de la citada Ley 25/2013, que establece que las Administraciones Públicas dispondrán de un punto general de entrada de facturas electrónicas a través del que se recibirán todas las facturas, la Universidad xx Xxxxxxxx-La Mancha se ha adherido al Punto General de Entrada de Facturas Electrónicas del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas (FACe), a través del que se recibirán todas las facturas dirigidas a la Universidad. Del mismo modo, de acuerdo con las habilitaciones de la Ley, mediante Resolución 1/2015 del Gerente, dictada el 21 de enero de 2015, se han excluido de la obligación de facturación electrónica a las facturas cuyo importe sea igual o inferior a 5.000 euros (IVA incluido), emitida por cualquier proveedor de bienes o servicios incluidos en el artículo 4 de dicha Ley.
Los códigos obligatorios para la facturación electrónica son los siguientes, que sustituirán a los datos indicados en el apartado anterior para las facturas en papel:
Oficina Contable (Fiscal) de la UCLM: U03400001 Órgano Gestor (Receptor) de la UCLM: U03400001 Unidad Tramitadora (Pagador) de la UCLM: U0340001 Órgano Proponente (Comprador): 00120 Descripción: Expediente número SE13815009257
28.5. El pago se realizará contra la factura expedida por la empresa contratista, de acuerdo con la normativa vigente, debidamente conformada por el Responsable del Contrato o persona en quien delegue.
28.6. La Administración tendrá la obligación de abonar el precio dentro de los treinta días siguientes a la fecha de los documentos que acrediten la conformidad con lo dispuesto en el contrato de los servicios prestados, sin perjuicio de lo establecido en el artículo 222.4 del TRLCSP, y si se demorase, deberá abonar al contratista, de acuerdo a lo señalado en la Ley 3/2004, de 29 de diciembre, por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales.
Sin perjuicio de lo establecido en los artículos 222.4 y 307 del TRLCSP, el Responsable del Contrato o persona en quien delegue, deberá aprobar los documentos que acrediten la conformidad con lo dispuesto en el contrato de servicios, dentro de los treinta días siguientes a la efectiva realización de la entrega, salvo acuerdo expreso en contrario establecido en el contrato y en alguno de los documentos que rijan la licitación.
En todo caso, si el contratista incumpliera el plazo de treinta días para presentar la factura ante el registro administrativo, el devengo de intereses no se iniciará hasta transcurridos treinta días desde la fecha de presentación de la factura en el registro correspondiente, sin que la Administración haya aprobado la conformidad, si procede, y efectuado el correspondiente abono.
28.7.- La contraprestación económica del contrato se efectuará en euros, previa la tramitación del correspondiente libramiento, de acuerdo con las normas sobre gestión de créditos de la Universidad de Castilla-La Mancha, y previa la presentación de facturas conformadas, por mensualidades vencidas, a la que deberá unir la empresa adjudicataria con carácter obligatorio e ineludible fotocopias de los documentos TC1 y TC2 de liquidación de cuotas a la Seguridad Social relativas al personal que la propia empresa tiene destinado en cada uno de los Centros y Servicios objeto del presente contrato, correspondiente al mes anterior al de la facturación, cuya liquidación se habrá practicado dentro del mismo mes al del período facturado.
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En caso de demora por la Administración en el pago del precio, ésta deberá abonar al contratista, a partir del cumplimiento de dicho plazo, los intereses de demora y la indemnización por los costes de cobro en los términos previstos en la Ley 3/2004, de 29 de diciembre por la que se establecen medidas contra la morosidad en las operaciones comerciales.
Unidad de Contratación y Xxxxxxxxxx. Xxxxxxxxxx, 00 x 00000 - Xxxxxx Xxxx. Xxxxxx.
Telf.: (x00) 000 000 000 | Fax.: (x00) 000 000 000 | xxxxxxxxxxxx@xxxx.xx | xxxx://xxxxxxxxx.xxxx.xx | xxxxxxxxxx@xxxx.xx
Transcurrido el mencionado plazo, el contratista podrá reclamar por escrito a la Universidad xx Xxxxxxxx-La Mancha el cumplimiento de la obligación del pago, y, en su caso los intereses de demora conforme al artículo tercero de la Ley 15/2010, de modificación de la ley 3/2004, por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales.
Si la demora en el pago fuese superior a cuatro meses, contados a partir del vencimiento del plazo a que se refiere el párrafo anterior, el contratista podrá proceder, en su caso, a la suspensión del cumplimiento del contrato, debiendo comunicar a la Administración con un mes de antelación, tal circunstancia, a efectos del reconocimiento de los derechos que puedan derivarse de dicha suspensión, en los términos establecidos en el TRLCSP.
Si la demora de la Administración fuese superior a seis meses contados a partir del vencimiento del plazo del mes al que nos hemos referido anteriormente, el contratista tendrá derecho, asimismo, a resolver el contrato y al resarcimiento de los perjuicios que como consecuencia de ello se originen.
Si la demora de la Administración fuese superior a ocho meses, contados a partir del vencimiento del plazo a que se refiere el párrafo primero de la presente cláusula, el contratista tendrá derecho, asimismo, a resolver el contrato y al resarcimiento de los perjuicios que como consecuencia de ello se le originen.
28.8.- El contratista podrá ceder a un tercero, por cualquiera de los medios legalmente establecidos, su derecho a cobrar el precio del contrato, pero para que dicha cesión surta efectos, y la Administración expida el mandamiento de pago a favor del cesionario, es preciso que se le notifique fehacientemente a ésta última el acuerdo de cesión.
2 9 . - C U M P L I M I E N T O D E L O S P L A Z O S
29.1.- El contratista queda obligado al cumplimiento del plazo de ejecución del contrato de acuerdo al presente pliego.
29.2.- Si el contratista hubiere incurrido en demora, por causa imputable al mismo, la Administración podrá optar indistintamente, por la resolución del contrato, con pérdida de la garantía constituida, o por la imposición de una penalidad del 2 por 100 del precio del contrato.
Cada vez que las penalidades por demora alcancen un múltiplo del 5 por 100 del precio del contrato, el órgano de contratación estará facultado para proceder a la resolución del mismo o acordar la continuidad de su ejecución con imposición de nuevas penalidades.
Esta misma facultad tendrá la Administración respecto al incumplimiento por parte del contratista de los plazos parciales o cuando la demora en el cumplimiento de aquéllos haga presumir razonablemente la imposibilidad del cumplimiento del plazo total.
29.3.- La imposición de penalidad no excluye la indemnización a que pueda tener derecho la Administración por los daños y perjuicios ocasionados por el retraso imputable al contratista.
29.4.- La constitución en xxxx del contratista no requerirá intimación previa por parte de la Administración.
29.5.- Si se produjera retraso en el cumplimiento de los plazos por causas no imputables al contratista, la Administración podrá a petición de éste o de oficio, conceder la prórroga por un
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tiempo igual al tiempo perdido, salvo que el contratista solicite otro menor, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 213.2 del TRLCSP.
3 0 . - C U M P L I M I E N T O D E F E C T U O S O O I N C U M P L I M I E N T O P A R C I A L D E L A E J E C U C I Ó N D E L O B J E T O D E L C O N T R A T O
Unidad de Contratación y Xxxxxxxxxx. Xxxxxxxxxx, 00 x 00000 - Xxxxxx Xxxx. Xxxxxx.
Telf.: (x00) 000 000 000 | Fax.: (x00) 000 000 000 | xxxxxxxxxxxx@xxxx.xx | xxxx://xxxxxxxxx.xxxx.xx | xxxxxxxxxx@xxxx.xx
30.1.- En el caso de que el contratista realizara defectuosamente el objeto del contrato, el órgano de contratación podrá optar por resolver el contrato con incautación de la garantía constituida, o bien imponer una penalización económica proporcional a la gravedad del incumplimiento, en una cuantía que podrá alcanzar el 10 por 100 del presupuesto del contrato.
30.2.- Cuando el contratista, por causas imputables al mismo, hubiere incumplido parcialmente la ejecución de las prestaciones definidas en el contrato, el órgano de contratación podrá optar, indistintamente, por su resolución o por imponer penalidades por importe del 5 por 100 del precio del contrato.
30.3.- El incumplimiento por parte de la empresa adjudicataria de las obligaciones recogidas en el presente Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares y en el de Prescripciones Técnicas, siguiendo los criterios vistos en el punto 5.4 y 5.5. xxx Xxxxxx de Prescripciones Técnicas, podrán dar lugar a las siguientes penalidades administrativas que a continuación se describen:
- Incumplimiento de un acta de calidad o ficha de seguimiento del servicio de limpieza en un centro de la UCLM: Apercibimiento/incumplimiento.
- Acumulación de 3 apercibimientos/incumplimientos en un año en un mismo campus: 500,00 €
- Acumulación de 6 apercibimientos/incumplimientos en un año en un mismo campus: 1.500,00 €
- Acumulación de 12 apercibimientos/incumplimientos en un año en un mismo campus: 3.000,00 €
La acumulación de más de 12 apercibimientos/incumplimientos entre todos los campus, podrá dar lugar a la resolución del contrato.
3 1 . - F A C U L T A D D E D I R E C C I Ó N
31.1.- La dirección de la ejecución delas prestaciones que se contratan, sin perjuicio de las recepciones oficiales que procedan, corresponderá a la Gerencia de la Universidad xx Xxxxxxxx- La Mancha o persona que designe, que podrá dirigir instrucciones al adjudicatario, siempre que no se opongan a las disposiciones en vigor o a las cláusulas del presente pliego y demás documentos contractuales.
V C E S I Ó N Y S U B C O N T R A T A C I Ó N 3 2 . - C E S I Ó N Y S U B C O N T R A T A C I Ó N
32.1.- Los derechos y obligaciones dimanantes del contrato podrán ser cedidos por el adjudicatario a un tercero siempre que las cualidades técnicas o personales del cedente no hayan sido razón determinante de la adjudicación del contrato, en los términos y condiciones establecidos en el artículo 226 del TRLCSP.
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32.2.- El contratista podrá subcontratar con terceros la ejecución parcial del contrato, siempre que el importe total de las partes subcontratadas no supere el 60 por 100 del importe de adjudicación del contrato.
Para llevar a cabo la subcontratación de la ejecución parcial de prestaciones objeto del contrato principal, el contratista deberá comunicarlo por escrito al órgano de contratación con una antelación mínima de 5 días hábiles a la fecha en que haya de iniciarse la ejecución del subcontrato, aportando, al mismo tiempo, la siguiente documentación:
Unidad de Contratación y Xxxxxxxxxx. Xxxxxxxxxx, 00 x 00000 - Xxxxxx Xxxx. Xxxxxx.
Telf.: (x00) 000 000 000 | Fax.: (x00) 000 000 000 | xxxxxxxxxxxx@xxxx.xx | xxxx://xxxxxxxxx.xxxx.xx | xxxxxxxxxx@xxxx.xx
a) Comunicación del subcontrato a celebrar, suscrita por el contratista y el subcontratista, con indicación de las prestaciones o partes del contrato a subcontratar y su importe.
b) Declaración responsable del subcontratista, formulada ante autoridad administrativa, notario público u organismo profesional cualificado, de no encontrarse inhabilitado para contratar de acuerdo con el ordenamiento jurídico o comprendido en alguno de los supuestos del artículo 49 de la LCSP.
c) Declaración del contratista de que las prestaciones a subcontratar, conjuntamente con otros subcontratos precedentes, si los hubiere, no exceden del 60 por ciento del importe de adjudicación del contrato principal, con indicación expresa de los importes de cada uno de los subcontratos realizados y del porcentaje que su importe actual acumulado, incluido el que es objeto de comunicación, representa sobre el presupuesto de adjudicación del contrato principal.
d) Compromiso del contratista de cumplimiento de lo previsto en el artículo 210 de la LCSP.
32.3.- Las modificaciones que se produzcan en las prestaciones objeto del subcontrato a lo largo de su ejecución, deberán ser notificadas por escrito al órgano de contratación, en un plazo no superior a quince días de producirse la misma, con indicación de las modificaciones producidas.
32.4.- Será requisito indispensable para el abono de las correspondientes certificaciones o facturas al contratista, que el director o supervisor de la ejecución del contrato emita informe o diligencia haciendo constar el porcentaje subcontratado hasta la fecha por el contratista para la ejecución del contrato principal o, en su caso, constatando que no se ha producido subcontratación.
3 3 .- S U C E S I Ó N
En los casos de fusión de empresas en los que participe la sociedad contratista, continuará el contrato vigente con la entidad absorbente o con la resultante de la fusión, que quedará subrogada en todos los derechos y obligaciones dimanantes del mismo. Igualmente, en los supuestos de escisión, aportación o transmisión de empresas o ramas de actividad de las mismas, continuará el contrato con la entidad a la que se atribuya el contrato, que quedará subrogada en los derechos y obligaciones dimanantes del mismo, siempre que tenga la solvencia exigida al acordarse la adjudicación o que las diversas sociedades beneficiarias de las mencionadas operaciones y, en caso de subsistir, la sociedad de la que provengan el patrimonio, empresas o ramas segregadas, se responsabilicen solidariamente con aquélla de la ejecución del contrato. Si no pudiese producirse la subrogación por no reunir la entidad a la que se atribuya el contrato las condiciones de solvencia necesarias, se resolverá el contrato, considerándose a todos los efectos como un supuesto de resolución por culpa del adjudicatario.
V I M O D I F I C A C I Ó N D E C O N T R A T O
3 4 . - M O D I F I C A C I Ó N D E L C O N T R A T O
Tal como establece el artículo 106 del TRLCSP, el contrato podrá modificarse en el supuesto de cierre de edificios o plantas que la universidad considere, motivándolo debidamente en el
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expediente, se minorará el importe del contrato en la parte proporcional que corresponda, con un máximo del 20% del importe de licitación. También podrá modificarse con la incorporación de nuevos centros, de acuerdo a lo señalado en la Cláusula sexta xxx Xxxxxx de Prescripciones Técnicas. Este hecho se ha tenido en cuenta para el cálculo del valor estimado del contrato.
Estableciéndose el siguiente procedimiento, tal como estable el artículo 108:
Unidad de Contratación y Xxxxxxxxxx. Xxxxxxxxxx, 00 x 00000 - Xxxxxx Xxxx. Xxxxxx.
Telf.: (x00) 000 000 000 | Fax.: (x00) 000 000 000 | xxxxxxxxxxxx@xxxx.xx | xxxx://xxxxxxxxx.xxxx.xx | xxxxxxxxxx@xxxx.xx
La UCLM comunicará al adjudicatario la propuesta de modificación, con un plazo mínimo de un mes, indicando de qué manera quedan reducidos los servicios del contrato y el precio del mismo, de manera que no se rompa el equilibrio económico del contrato.
La empresa, tendrá como plazo máximo de un mes, desde la notificación de dicha propuesta de modificación, en realizar los ajustes necesarios, para proceder a dichas reducciones o incrementos.
Sin perjuicio de los supuestos previstos en el TRLCSP de sucesión en la persona del contratista, cesión del contrato, revisión de precios y prórroga del plazo de ejecución y los límites establecidos en el artículo 107.
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Si la Administración acordare la suspensión del contrato o aquélla tuviere lugar por la aplicación de lo dispuesto en el artículo 216.5 del TRLCSP y la cláusula 28.2 del presente pliego, se levantará un acta en la que se consignarán las circunstancias que la han motivado y la situación de hecho en la ejecución de aquél.
Acordada la suspensión, la Administración abonará al contratista, en su caso, los daños y perjuicios efectivamente sufridos por éste, los cuales se cifrarán con arreglo a lo dispuesto en los apartados 2 y 3 del artículo 309 del TRLCSP.
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3 6 . - C U M P L I M I E N T O D E L C O N T R A T O
36.1.- El contrato se entenderá cumplido por el contratista cuando éste haya realizado la totalidad de la prestación, de conformidad con lo establecido en este pliego y en el de prescripciones técnicas y a satisfacción de la Administración, cuya conformidad se hará constar de forma expresa dentro del plazo de un mes de haberse producido la realización del objeto del contrato.
36.2.- Si los servicios no se hallan en condiciones de ser recibidos, se dejará constancia expresa de tal circunstancia y se darán las instrucciones precisas al contratista para que subsane los defectos observados, o proceda a una nueva ejecución de conformidad con lo pactado. Si pese a ello, los trabajos efectuados no se adecuan a la prestación contratada, como consecuencia de vicios o defectos imputables al contratista, la Administración podrá rechazarla, quedando exenta de la obligación de pago, y teniendo derecho, en su caso, a la recuperación del precio satisfecho hasta entonces.
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37.1.- La Universidad de Castilla-La Mancha se reserva la facultad de inspeccionar el cumplimiento por parte del contratista de las cláusulas contenidas en el contrato.
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Unidad de Contratación y Xxxxxxxxxx. Xxxxxxxxxx, 00 x 00000 - Xxxxxx Xxxx. Xxxxxx.
Telf.: (x00) 000 000 000 | Fax.: (x00) 000 000 000 | xxxxxxxxxxxx@xxxx.xx | xxxx://xxxxxxxxx.xxxx.xx | xxxxxxxxxx@xxxx.xx
38.1.- Además de los supuestos de cumplimiento, el contrato se extinguirá por su resolución, acordada por la concurrencia de alguna de las siguientes causas: la reiterada deficiencia en la ejecución de las prestaciones, el comportamiento irregular del personal de la empresa, el rescate o suspensión del servicio por razones de interés público, el incumplimiento de las obligaciones establecidas en los convenios, acuerdos, reglamentaciones, y demás causas incluidas en las normas aplicables, la falta de pago de los salarios a los trabajadores y de las cuotas de la Seguridad Social, así como de los bienes y productos a utilizar para la prestación de los servicios contratados, el hecho de que, con posterioridad a la adjudicación del contrato, incurra en alguna de las causas de prohibición, incapacidad o incompatibilidad definidas el TRLCSP, el incumplimiento de alguna de las obligaciones contenidas en el contrato, las causas señaladas en los Pliegos de Cláusulas Administrativas Generales y en el presente Pliego y las demás previstas en los artículos 223 y 308 del TRLCSP, dando lugar todo ello a los efectos previstos en los artículos 225 y 309 del TRLCSP.
Del mismo modo, la Universidad de Castilla-La Mancha, podrá resolver el contrato, practicando la liquidación que proceda, si en algún momento se interrumpiere la prestación del servicio por parte del contratista, salvo el caso de fuerza mayor, que será libremente apreciado por la Universidad xx Xxxxxxxx-La Mancha.
La Universidad de Castilla-La Mancha podrá resolver el contrato en el caso de que la empresa adjudicataria presentara, durante el plazo de ejecución del presente contrato, solicitud de expediente de regulación de empleo, temporal, extintivo o de reducción de la jornada de trabajo, que afecte al personal destinado con carácter exclusivo en cualquiera de los servicios, centros o unidades de la UCLM, así como la modificación de cualquiera de las condiciones de los contratos de trabajo de los mismos trabajadores sin el conocimiento previo del órgano de contratación.
También es causa de resolución del contrato el incumplimiento por parte de las empresas de los preceptos de subrogación convencional en el sector o actividad objeto del contrato, de acuerdo con lo previsto en el Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores. A los efectos previstos en indicado texto legal, se une como anexo a este pliego la relación de trabajadores que la empresa concesionaria actual tiene destinado en los Centros/Servicios objeto del contrato. Producirá igualmente la resolución del contrato, el incumplimiento por el contratista de la obligación de guardar sigilo a que se refiere la cláusula 26.5, respecto a los datos o antecedentes que, no siendo públicos o notorios, estén relacionados con el objeto del contrato y hayan llegado a su conocimiento con ocasión del mismo.
38.2.- A la extinción de los contratos de servicios, no podrá producirse en ningún caso la consolidación de las personas que hayan realizado los trabajos objeto del contrato como personal de la Administración contratante, que no guardará relación laboral ni de ningún otro tipo con la Universidad xx Xxxxxxxx-La Mancha.
3 9 . - P L A Z O D E G A R A N T Í A
39.1.- El objeto del contrato quedará sujeto a un plazo de garantía de 6 meses, a contar desde la fecha de recepción o conformidad de la totalidad del objeto del contrato, incluidas las posibles prórrogas, plazo durante el cual la Administración podrá comprobar que el trabajo realizado se ajusta a lo contratado y a lo estipulado en el presente pliego y en el de prescripciones técnicas.
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05638592G XXXXX XXXXXX DE LOS XXXXX XXXXXX | 01/12/2015 13:37:33 | MjY4Njc3 |
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Transcurrido el plazo de garantía sin que se hayan formulado reparos a los trabajos ejecutados, quedará extinguida la responsabilidad del contratista.
39.2.- Durante el periodo de garantía, el contratista estará obligado a subsanar, a su xxxxx, todas las deficiencias que se puedan observar en lo ejecutado, con independencia de las consecuencias que se pudieran derivar de las responsabilidades en que hubiere podido incurrir, de acuerdo a lo establecido
en el presente pliego y en el artículo 305 del TRLCSP.
Unidad de Contratación y Xxxxxxxxxx. Xxxxxxxxxx, 00 x 00000 - Xxxxxx Xxxx. Xxxxxx.
Telf.: (x00) 000 000 000 | Fax.: (x00) 000 000 000 | xxxxxxxxxxxx@xxxx.xx | xxxx://xxxxxxxxx.xxxx.xx | xxxxxxxxxx@xxxx.xx
4 0 . - D E V O L U C I Ó N O C A N C E L A C I Ó N D E L A G A R A N T Í A D E F I N I T I V A
40.1.- Cumplidas por el contratista las obligaciones derivadas del contrato, si no resultaren responsabilidades que hayan de ejercitarse sobre la garantía definitiva, y transcurrido el periodo de garantía, en su caso, se dictará acuerdo de devolución o cancelación de aquélla.
40.2.- Transcurrido un año desde la fecha de terminación del contrato sin que la recepción formal hubiere tenido lugar por causas no imputables al contratista, se procederá, sin más demora, a la devolución o cancelación de las garantías, siempre que no se hayan producido las responsabilidades a que se refiere el artículo 100 de la TRLCSP.
4 1 . - P R E R R O G A T I V A S D E L A A D M I N I S T R A C I Ó N Y J U R I S D I C C I Ó N
41.1.- La Universidad xx Xxxxxxxx-La Mancha ostenta la prerrogativa de interpretar los contratos administrativos por ella celebrados y resolver las dudas que ofrezca su cumplimiento. Igualmente podrá modificar, por razones de interés público, los contratos celebrados y acordar su resolución, determinando los efectos de ésta, en los términos establecidos en este Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares y en el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.
Los acuerdos que dicte la Universidad de Castilla-La Mancha en el ejercicio de sus prerrogativas de interpretación, modificación y resolución, pondrán fin a la vía administrativa y serán inmediatamente ejecutivos.
En el correspondiente expediente se dará audiencia al contratista.
Contra dichos acuerdo se podrá interponer recurso contencioso-administrativo de conformidad con lo dispuesto en la Ley 29/1998 de 13 de julio, reguladora de dicha Jurisdicción.
Serán Tribunales competentes los contencioso administrativos que en cada caso procedan, de acuerdo con la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial.
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05638592G XXXXX XXXXXX DE LOS XXXXX XXXXXX | 01/12/2015 13:37:33 | MjY4Njc3 |
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Examinado el presente Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares que ha de regir la contratación del servicio de limpieza, desinfección, desratización y desinsectación periódica de los edificios, dependencias y espacios exteriores de la Universidad de Castilla-La Mancha en los Xxxxxx xx Xxxxxxxx, Xxxxxx Xxxx, Xxxxxx x Xxxxxx; esta Asesoría Jurídica informa que su contenido es conforme a la legislación vigente. Asimismo, se hace constar que este informe jurídico no será necesario en los sucesivos pliegos de cláusulas administrativas particulares cuyo contenido se ajuste íntegramente al que ahora se informa, que queda inscrito en el registro de la Asesoría Jurídica con el número:_40/2015_.
Unidad de Contratación y Xxxxxxxxxx. Xxxxxxxxxx, 00 x 00000 - Xxxxxx Xxxx. Xxxxxx.
Telf.: (x00) 000 000 000 | Fax.: (x00) 000 000 000 | xxxxxxxxxxxx@xxxx.xx | xxxx://xxxxxxxxx.xxxx.xx | xxxxxxxxxx@xxxx.xx
Ciudad Real, en la fecha abajo indicada
LA LETRADO/A DE LA ASESORÍA JURÍDICA
Fdo:. Xxxxx Xxxxxx de los Xxxxx Xxxxxx
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05638592G XXXXX XXXXXX DE LOS XXXXX XXXXXX | 01/12/2015 13:37:33 | MjY4Njc3 |
SE13815009257
A N E X O I
M O D E L O D E P R O P O S I C I Ó N E C O N Ó M I C A E M P R E S A R I O S E S P A Ñ O L E S .
Unidad de Contratación y Xxxxxxxxxx. Xxxxxxxxxx, 00 x 00000 - Xxxxxx Xxxx. Xxxxxx.
Telf.: (x00) 000 000 000 | Fax.: (x00) 000 000 000 | xxxxxxxxxxxx@xxxx.xx | xxxx://xxxxxxxxx.xxxx.xx | xxxxxxxxxx@xxxx.xx
D/Xx ,
con Documento Nacional de Identidad número: expedido en
, el día , con validez hasta ,actuando en representación legal de la Empresa:
, cuyo Código de Identificación Fiscal es el y su domicilio social en la localidad xx
xxxxx nº
(C.Postal: ), Teléfono , Fax
Correo Electrónico:
DATOS ESCRITURA DE CONSTITUCIÓN DE LA EMPRESA:
- Fecha:
- Número Protocolo:
- Notario D/ña.
- Localidad Notario:
- Localidad Registro Mercantil:
- Tomo: Folio: Sección
- Hoja: Inscripción:
M A N I F I E S T A :
1. Que para actuar en nombre y representación legal de la citada empresa dispone de poder bastante, suficiente y subsistente, otorgado ante el Notario de
, D.
el día , bajo el número de su protocolo, entre cuyas facultades figura la de concurrir a licitaciones de obras, concesiones de obras públicas, suministros, gestión de servicios públicos y servicios de la Administración.
2. 2. Que conoce y acepta incondicionalmente el contenido íntegro del presente Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares y Técnicas que se exigen para la contratación del servicio de limpieza, desinfección, desratización y desinsectación periódica de los edificios, dependencias y espacios exteriores de la Universidad xx Xxxxxxxx-La Mancha en los Campus de Albacete, Ciudad Real, Cuenca y Toledo, sin salvedad ni reserva alguna.
S E C O M P R O M E T E :
En nombre propio o de la empresa:
tomar a su cargo el citado servicio con estricta sujeción a los requisitos y condiciones exigidos en la convocatoria hecha pública por la Universidad xx Xxxxxxxx-La Mancha, por la cantidad de euros
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(expresada claramente en letra y cifras la cantidad por la que se compromete)
que representa una baja del por 100 sobre el tipo de licitación, AL QUE SE INCREMENTA COMO PARTIDA INDEPENDIENTE EL VALOR DE EUROS, EN CONCEPTO DE IVA AL TIPO DEL POR CIENTO.
Unidad de Contratación y Xxxxxxxxxx. Xxxxxxxxxx, 00 x 00000 - Xxxxxx Xxxx. Xxxxxx.
Telf.: (x00) 000 000 000 | Fax.: (x00) 000 000 000 | xxxxxxxxxxxx@xxxx.xx | xxxx://xxxxxxxxx.xxxx.xx | xxxxxxxxxx@xxxx.xx
A todos los efectos, la proposición ofertada comprende no sólo el precio del contrato como tal, sino también las tasas, impuestos, licencias, y cualesquiera otros gastos que origine la ejecución del contrato.
Lo que firma en a de de 2
DESGLOSE DEL PRECIO OFERTADO:
CONCEPTO IMPORTE OFERTADO
Gastos de personal………………………………………
Materiales consumibles……………………………
Maquinaria……………………………………………………………
Vestuario………………………………………………………………
Gastos generales……………………………………………
Beneficio Industrial…………………………………
IVA………………………………………………………………………………
Importe total ofertado……………………………
Desglose del importe ofertado por Campus:
Campus de Albacete……………………………………
Campus de Ciudad Real……………………………
Campus xx Xxxxxx…………………………………………
Campus xx Xxxxxx…………………………………………
BOLSA ANUAL DE HORAS horas
Lo que firma en a de de 2015
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05638592G XXXXX XXXXXX DE LOS XXXXX XXXXXX | 01/12/2015 13:37:33 | MjY4Njc3 |
SE13815009257
A N E X O I I
M O D E L O P R O P O S I C I Ó N E C O N Ó M I C A E M P R E S A R I O S N O E S P A Ñ O L E S :
Unidad de Xxxxxxxxxxxx x Xxxxxxxxxx. Xxxxxxxxxx, 00 x 00000 - Xxxxxx Xxxx. Xxxxxx.
Telf.: (x00) 000 000 000 | Fax.: (x00) 000 000 000 | xxxxxxxxxxxx@xxxx.xx | xxxx://xxxxxxxxx.xxxx.xx | xxxxxxxxxx@xxxx.xx
D/Xx ,
con Documento Nacional de Identidad número: expedido en
, el día , con validez hasta ,actuando en representación legal de la Empresa:
, cuyo Código de Identificación Fiscal es el y su domicilio social en la localidad xx
xxxxx nº
(C.Postal: ), Teléfono , Fax
Correo Electrónico:
DATOS ESCRITURA DE CONSTITUCIÓN DE LA EMPRESA:
- Fecha:
- Número Protocolo:
- Notario D/ña.
- Localidad Notario:
- Localidad Registro Mercantil:
- Tomo: Folio: Sección
- Hoja: Inscripción:
M A N I F I E S T A :
1. Que para actuar en nombre y representación legal de la citada empresa dispone de poder bastante, suficiente y subsistente, otorgado ante el Notario de
, D.
el día , bajo el número de su protocolo, entre cuyas facultades figura la de concurrir a licitaciones de obras, concesiones de obras públicas, suministros, gestión de servicios públicos y servicios de la Administración.
2. Que conoce y acepta incondicionalmente el contenido íntegro del presente Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares y Técnicas que se exigen para la contratación del servicio de limpieza, desinfección, desratización y desinsectación periódica de los edificios, dependencias y espacios exteriores de la Universidad de Castilla-La Mancha en los Campus de Albacete, Ciudad Real, Cuenca y Toledo , sin salvedad ni reserva alguna.
3. A este efecto hace declaración solemne de someterse a la Jurisdicción de los Juzgados y Tribunales Españoles de cualquier orden, para todas las incidencias que de modo directo o indirecto pudieran surgir del contrato, con renuncia, en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponder al licitante.
S E C O M P R O M E T E :
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FIRMADO POR | FECHA FIRMA | ID. FIRMA | ||
05638592G XXXXX XXXXXX DE LOS XXXXX XXXXXX | 01/12/2015 13:37:33 | MjY4Njc3 |
SE13815009257
En nombre propio o de la empresa:
tomar a su cargo el citado servicio con estricta sujeción a los requisitos y condiciones exigidos en la convocatoria hecha pública por la Universidad xx Xxxxxxxx-La Mancha, por la cantidad de euros
Unidad de Contratación y Xxxxxxxxxx. Xxxxxxxxxx, 00 x 00000 - Xxxxxx Xxxx. Xxxxxx.
Telf.: (x00) 000 000 000 | Fax.: (x00) 000 000 000 | xxxxxxxxxxxx@xxxx.xx | xxxx://xxxxxxxxx.xxxx.xx | xxxxxxxxxx@xxxx.xx
(expresada claramente en letra y cifras la cantidad por la que se compromete) que representa una baja del por 100 sobre el tipo de licitación.
A DICHA CANTIDAD SE INCREMENTARÁ, COMO PARTIDA INDEPENDIENTE, EL VALOR DE EUROS, EN CONCEPTO DE IVA AL TIPO DEL POR CIENTO.
A todos los efectos, la proposición ofertada comprende no sólo el precio del contrato como tal, sino también tasas, impuestos, licencias, y cualesquiera otros gastos que origine la ejecución del contrato.
Lo que firma en a de de 2
DESGLOSE DEL PRECIO OFERTADO:
CONCEPTO IMPORTE OFERTADO
Gastos de personal………………………………………
Materiales consumibles……………………………
Maquinaria……………………………………………………………
Vestuario………………………………………………………………
Gastos generales……………………………………………
Beneficio Industrial…………………………………
IVA………………………………………………………………………………
Importe total ofertado……………………………
Desglose del importe ofertado por Campus:
Campus de Albacete……………………………………
Campus de Ciudad Real……………………………
Campus xx Xxxxxx…………………………………………
Campus xx Xxxxxx…………………………………………
BOLSA ANUAL DE HORAS horas
Lo que firma en a de de 2009
PÁGINA 38 / 84 | ID. DOCUMENTO | 3uBG5TuULjjiTVVVHHtm6Q$$ | ||
FIRMADO POR | FECHA FIRMA | ID. FIRMA | ||
05638592G XXXXX XXXXXX DE LOS XXXXX XXXXXX | 01/12/2015 13:37:33 | MjY4Njc3 |
SE13815009257
Unidad de Xxxxxxxxxxxx x Xxxxxxxxxx. Xxxxxxxxxx, 00 x 00000 - Xxxxxx Xxxx. Xxxxxx.
Telf.: (x00) 000 000 000 | Fax.: (x00) 000 000 000 | xxxxxxxxxxxx@xxxx.xx | xxxx://xxxxxxxxx.xxxx.xx | xxxxxxxxxx@xxxx.xx
A N E X O I I I . - M O D E L O D E D E C L A R A C I Ó N R E S P O N S A B L E A R T Í X X X X 0 0 X X X X X X .
X/Xxx.: | ||
DNI Nº: | Validez hasta: | |
Actuando en nombre y representación de: | ||
Domicilio: | ||
Localidad: C.P.: | ||
Según poder otorgado ante el Notario de: | ||
D/Dña.: | ||
Fecha: | Nº Protocolo: |
DECLARA BAJO SU RESPONSABILIDAD, que ni el firmante, ni la Empresa a la que representa, ni los administradores ni representantes de la misma, se encuentran incursos en ninguna limitación, incapacidad, prohibición o incompatibilidad para contratar con la Administración, no concurriendo circunstancia alguna que incapacite para contratar con la misma, previstas en los artículos 56 a 60 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado mediante Real Decreto Legislativo 3/2011, 14 de noviembre (B.O.E. de 16 de noviembre), hallándose, la persona física/jurídica representada, al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y de Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes.
Así mismo se compromete a aportar los certificados requeridos en los artículos 13 y 14 del Reglamento General de Contratos de las Administraciones Públicas, antes de la adjudicación definitiva, en el caso de resultar como adjudicatario provisional del contrato.
Lo que firma en a de de 2
NOTA: La presente declaración deberá otorgarse ante autoridad administrativa, Notario Público u Organismo Profesional Cualificado. Cuando se trate de empresas de Estados miembros de la Unión Europea y esta posibilidad esté prevista en la legislación del Estado respectivo, podrá también ser otorgada la presente declaración ante una autoridad judicial.
(Todo ello conforme a lo preceptuado en el artículo 73 de la TRLCSP).
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FIRMADO POR | FECHA FIRMA | ID. FIRMA | ||
05638592G XXXXX XXXXXX DE LOS XXXXX XXXXXX | 01/12/2015 13:37:33 | MjY4Njc3 |
SE13815009257
A N E X O I V . - M O D E L O A U T O R I Z A C I Ó N P A R A I N F O R M A C I Ó N D E C A R Á C T E R T R I B U T A R I O .
AUTORIZACIÓN DE LA EMPRESA “ ” CON CIF
Unidad de Contratación y Xxxxxxxxxx. Xxxxxxxxxx, 00 x 00000 - Xxxxxx Xxxx. Xxxxxx.
Telf.: (x00) 000 000 000 | Fax.: (x00) 000 000 000 | xxxxxxxxxxxx@xxxx.xx | xxxx://xxxxxxxxx.xxxx.xx | xxxxxxxxxx@xxxx.xx
, DOMICILIADA EN ,
CALLE/AVDA/PLAZA , NÚMERO POSTAL: .
CÓDIGO
D/DÑA ,
TITULAR/REPRESENTANTE LEGAL DE LA INDICADA EMPRESA, CON DNI
, EN VIRTUD DE LAS FACULTADES QUE LE HAN SIDO DELEGADAS MEDIANTE ESCRITURA PÚBLICA DE FECHA , ANTE EL NOTARIO PÚBLICO D/ÑA. , NÚMERO DE PROTOCOLO: .
AUTORIZO A LA UNIVERSIDAD DE CASTILLA-LA MANCHA, PARA QUE PUEDA SOLICITAR DE LA ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA COMPETENTE, LA CERTIFICACIÓN DE OBLIGACIONES TRIBUTARIAS, REFERIDA A ESTA EMPRESA, A EFECTOS DE CONTRATACIÓN PÚBLICA, CONFORME A LO PREVISTO EN LOS ARTÍCULOS 13, 15 Y 16 DEL REGLAMENTO GENERAL DE LA LEY DE CONTRATOS DE LAS ADMINISTRACIONES PÚBLICAS.
Ciudad Real, FIRMA
NOTA.- ESTA AUTORIZACIÓN TENDRÁ VIGENCIA HASTA TANTO EL REPRESENTANTE LEGAL DE LA EMPRESA O EMPRESARIO NO LA REVOQUE EXPRESAMENTE MEDIANTE ESCRITO DIRIGIDO A ESTA UNIVERSIDAD XX XXXXXXXX-LA MANCHA.
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FIRMADO POR | FECHA FIRMA | ID. FIRMA | ||
05638592G XXXXX XXXXXX DE LOS XXXXX XXXXXX | 01/12/2015 13:37:33 | MjY4Njc3 |
SE13815009257
A N E X O V . - M O D E L O D E G A R A N T Í A M E D I A N T E V A L O R E S A N O T A D O S ( C O N I N S C R I P C I Ó N ) .
Unidad de Xxxxxxxxxxxx x Xxxxxxxxxx. Xxxxxxxxxx, 00 x 00000 - Xxxxxx Xxxx. Xxxxxx.
Telf.: (x00) 000 000 000 | Fax.: (x00) 000 000 000 | xxxxxxxxxxxx@xxxx.xx | xxxx://xxxxxxxxx.xxxx.xx | xxxxxxxxxx@xxxx.xx
Don (nombre y apellidos), en representación de (empresa), NIF , con domicilio a efectos de notificación y requerimientos en la calle /plaza /avenida, código postal, localidad.
PIGNORA a favor de: Universidad de Castilla-La Mancha los siguientes valores representados mediante anotaciones en cuenta, de los cuales es titular el pignorante y que se identifican como sigue:
Número de valores | Emisión (entidad emisora), clase de valor y fecha de emisión | Código Valor | Referencia del Registro | Valor nominal unitario | Valor de realización de los valores a la fecha de inscripción |
En virtud de los dispuesto por: (norma/s y artículo/s que impone/n la constitución de esta garantía), para responder de las obligaciones siguientes: (detallar el objeto del contrato u obligación asumida por el garantizado,), contraídas por (contratista o persona física o jurídica garantizada)( NIF, con domicilio a efectos de notificaciones y requerimientos en la calle/ plaza/ avenida, código postal, localidad, por la cantidad de: (en letra y en cifra).
Este contrato se otorga de conformidad y con plena sujeción a lo dispuesto en la legislación de contratos del Sector Público, en sus normas de desarrollo y en la normativa reguladora de la Caja general de Depósitos.
(Nombre o razón social del pignorante) (firma/s). Con mi intervención, el Notario, (firma)
Don ... , con DNI ... , en representación de ... (entidad adherida encargada del registro contable), certifica la inscripción de la prenda,
(fecha) (firma)
PÁGINA 41 / 84 | ID. DOCUMENTO | 3uBG5TuULjjiTVVVHHtm6Q$$ | ||
FIRMADO POR | FECHA FIRMA | ID. FIRMA | ||
05638592G XXXXX XXXXXX DE LOS XXXXX XXXXXX | 01/12/2015 13:37:33 | MjY4Njc3 |
SE13815009257 A N E X O V I . - M O D E L O D E G A R A N T Í A M E D I A N T E P I G N O R A C I Ó N D E P A R T I C I P A C I Ó N D E F O N D O S D E I N V E R S I Ó N .
Unidad de Contratación y Xxxxxxxxxx. Xxxxxxxxxx, 00 x 00000 - Xxxxxx Xxxx. Xxxxxx.
Telf.: (x00) 000 000 000 | Fax.: (x00) 000 000 000 | xxxxxxxxxxxx@xxxx.xx | xxxx://xxxxxxxxx.xxxx.xx | xxxxxxxxxx@xxxx.xx
Don (nombre y apellidos), en representación de, NIF, con domicilio a efectos de notificaciones y requerimientos en la calle / plaza / avenida, código postal, localidad.
PIGNORA a favor de: Universidad de Castilla-La Mancha las siguientes participaciones, de las cuales es titular el pignorante y que se identifican como sigue:
Número de participación | Identificación del fondo de inversión, nombre y número de registro administrativo de la CNMV | Entidad gestora | Entidad depositaria | Valor liquidativo a la fecha de inscripción | Valor total |
En virtud de lo dispuesto por: norma/s y articulo/s que impone/n la constitución de esta garantía), para responder de las obligaciones siguientes: (detallar el objeto del contrato u obligación asumida por el garantizado), contraídas por (contratista o persona física o jurídica garantizada) NIF, con domicilio a efectos de notificaciones y requerimientos en la calle/plaza/avenida, código postal, localidad, por la cantidad de: (en letra y en cifra).
Este contrato se otorga de conformidad y con plena sujeción a lo dispuesto en la legislación de contratos del Sector Público, en sus normas de desarrollo y en la normativa reguladora de la Caja General de Depósitos. La entidad gestora del fondo se compromete a mantener la prenda sobre las participaciones señaladas, no reembolsando, en ningún caso, al partícipe el valor de las participaciones mientras subsista la prenda así como a proceder al reembolso de las participaciones a favor de la Caja General de Depósitos u órgano equivalente de las restantes Administraciones Publicas a primer requerimiento de los mismos.
(Nombre o razón social del pignorante) (firma/s). Con mi intervención, el Notario, (firma)
Don ..., con DNI ..., en representación de (entidad gestora del fondo), certifica la constitución de la prenda sobre las participaciones indicadas.
(fecha) (firma)
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FIRMADO POR | FECHA FIRMA | ID. FIRMA | ||
05638592G XXXXX XXXXXX DE LOS XXXXX XXXXXX | 01/12/2015 13:37:33 | MjY4Njc3 |
A N E X O V I I . - M O D E L O D E A V A L
SE13815009257
Unidad de Xxxxxxxxxxxx x Xxxxxxxxxx. Xxxxxxxxxx, 00 x 00000 - Xxxxxx Xxxx. Xxxxxx.
Telf.: (x00) 000 000 000 | Fax.: (x00) 000 000 000 | xxxxxxxxxxxx@xxxx.xx | xxxx://xxxxxxxxx.xxxx.xx | xxxxxxxxxx@xxxx.xx
La entidad (razón social de la entidad de crédito o sociedad de garantía recíproca), NIF, con domicilio (a efectos de notificaciones y requerimientos) en la calle / plaza / avenida, código postal, localidad, y en su nombre (nombre y apellidos de los apoderados), con poderes suficientes para obligarle en este acto, según resulta del bastanteo de poderes que se reseña en la parte inferior de este documento, AVALA a: (nombre y apellidos o razón social del avalado), NIF, en virtud de lo dispuesto por: (norma/s y artículo/s que impone/n la constitución de esta garantía) para responder de las obligaciones siguientes: (detallar el objeto del contrato u obligación asumida por el garantizado), ante Universidad xx Xxxxxxxx-La Mancha, por importe de: (en letra y en cifra).
La entidad avalista declara bajo su responsabilidad, que cumple los requisitos previstos en el artículo 56.2 del Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas. Este aval se otorga solidariamente respecto al obligado principal, con renuncia expresa al beneficio de excusión y con compromiso de pago al primer requerimiento de la Caja General de Depósitos u órgano equivalente de las restantes Administraciones Públicas, con sujeción a los términos previstos en la legislación de contratos del Sector Público, en sus normas de desarrollo y en la normativa reguladora de la Caja General de Depósitos.
El presente aval estará en vigor hasta que Universidad xx Xxxxxxxx-La Mancha o quien en su nombre sea habilitado legalmente para ello autorice su cancelación o devolución de acuerdo con lo establecido en la Ley de Contratos del Sector Público y legislación complementaría.
(Lugar y fecha)
(razón social de la entidad) (firma de los apoderados)
BASTANTEO DE PODERES POR LA ASESOROA JURÍDICA DE LA C.G.D. O ABOGACÍA DEL ESTADO
Provincia Fecha Número o código
PÁGINA 43 / 84 | ID. DOCUMENTO | 3uBG5TuULjjiTVVVHHtm6Q$$ | ||
FIRMADO POR | FECHA FIRMA | ID. FIRMA | ||
05638592G XXXXX XXXXXX DE LOS XXXXX XXXXXX | 01/12/2015 13:37:33 | MjY4Njc3 |
SE13815009257 A N E X O V I I I . - M O D E L O D E C E R T I F I C A D O D E S E G U R O D E C A U C I Ó N .
Certificado Número (1) (en adelante, asegurador), con domicilio en, calle, y NIF, debidamente representado por don (2), con poderes suficientes para obligarle en este acto, según resulta del bastanteo de poderes que se reseña en la parte inferior de este documento,
Unidad de Contratación y Xxxxxxxxxx. Xxxxxxxxxx, 00 x 00000 - Xxxxxx Xxxx. Xxxxxx.
Telf.: (x00) 000 000 000 | Fax.: (x00) 000 000 000 | xxxxxxxxxxxx@xxxx.xx | xxxx://xxxxxxxxx.xxxx.xx | xxxxxxxxxx@xxxx.xx
ASEGURA A (3), NIF, en concepto de tomador del seguro, ante (4), en adelante asegurado, hasta el importe (en letras y en cifras) (5), en los términos y condiciones establecidos en la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, normativa de desarrollo y pliego de cláusulas administrativas particulares por la que se rige el contrato (6), en concepto de garantía (7), para responder de las obligaciones, penalidades y demás gastos que se puedan derivar conforme a las normas y demás condiciones administrativas precitadas frente al asegurado.
El asegurado declara, bajo su responsabilidad, que cumple los requisitos exigidos en el artículo
57.1 del Reglamento General de la Ley de Contratos De las Administraciones Públicas.
La falta de pago de la prima, sea única, primera o siguientes, no dará derecho al asegurador a resolver el contrato ni éste quedará extinguido, ni la cobertura del asegurador suspendida ni éste liberado de su obligación caso de que el asegurador deba hacer efectiva la garantía.
El asegurador no podrá oponer al asegurado las excepciones que puedan corresponderle contra el tomador del seguro.
El asegurador asume el compromiso de indemnizar al asegurado al primer requerimiento de la Caja General de Depósitos u órgano equivalente de las restantes Administraciones Públicas, en los términos establecidos en la Ley de Contratos del Sector Público y normas de desarrollo.
El presente seguro de caución estará en vigor hasta que (4), o quien en su nombre sea habilitado legalmente para ello, autorice su cancelación o devolución, de acuerdo con lo establecido en la Ley de Contratos del Sector Público y legislación complementaria.
Lugar y fecha.
Firma:
Asegurador
BASTANTEO DE PODERES POR LA ASESORA JURÍDICA DE LA C.G.D. O ABOGACÍA DEL ESTADO
Provincia Fecha Número o código Instrucciones para la cumplimentación del modelo.
(1) Se expresará la razón social completa de la entidad aseguradora.
(2) Nombre y apellidos del apoderado o apoderados.
(3) Nombre de la persona asegurada.
(4) Órgano de contratación (Universidad xx Xxxxxxxx-La Mancha).
(5) Importe, en letra, por el que se constituye el seguro.
(6) Identifica individualmente de manera suficiente (naturaleza, clase, etc) el contrato en virtud del cual se presta la caución.
(7) Expresar la modalidad de seguro de que se trata, provisional, definitiva, etc.
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A N E X O I X
R E L A C I Ó N D E P E R S O N A L A S U B R O G A R P O R E L L I C I T A D O R
Unidad de Contratación y Xxxxxxxxxx. Xxxxxxxxxx, 00 x 00000 - Xxxxxx Xxxx. Xxxxxx.
Telf.: (x00) 000 000 000 | Fax.: (x00) 000 000 000 | xxxxxxxxxxxx@xxxx.xx | xxxx://xxxxxxxxx.xxxx.xx | xxxxxxxxxx@xxxx.xx
La relación de trabajadores a subrogar facilitada por la actual contratista, se encuentra adjunta al presente pliego.
NOTA: Para el cálculo de los trabajadores fijos discontinuos y de conformidad con el calendario académico de la UCLM, se informa que no trabajarán los días no lectivos siendo esto 90 días al año.
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PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS
Unidad de Contratación y Xxxxxxxxxx. Xxxxxxxxxx, 00 x 00000 - Xxxxxx Xxxx. Xxxxxx.
Telf.: (x00) 000 000 000 | Fax.: (x00) 000 000 000 | xxxxxxxxxxxx@xxxx.xx | xxxx://xxxxxxxxx.xxxx.xx | xxxxxxxxxx@xxxx.xx
R E L A C I Ó N D E E D I F I C I O S E I N S T A L A C I O N E S , P O R C A M P U S , O B J E T O D E C O N T R A T O .
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PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARA EL CONTRATO DE SERVICIOS DE LIMPIEZA, DESINFECCIÓN, DESRATIZACIÓN Y DESINSECTACIÓN DE LOS EDIFICIOS, DEPENDENCIAS Y ESPACIOS EXTERIORES DE LA UNIVERSIDAD DE CASTILLA-LA MANCHA.
Unidad de Contratación y Xxxxxxxxxx. Xxxxxxxxxx, 00 x 00000 - Xxxxxx Xxxx. Xxxxxx.
Telf.: (x00) 000 000 000 | Fax.: (x00) 000 000 000 | xxxxxxxxxxxx@xxxx.xx | xxxx://xxxxxxxxx.xxxx.xx | xxxxxxxxxx@xxxx.xx
1.- OBJETO XXX XXXXXX.
El presente pliego tiene por objeto establecer las condiciones y características mínimas a las cuales se ha de ajustar la ejecución del contrato de los servicios de limpieza, desinfección, desratización y desinsectación periódica de los edificios, dependencias y espacios exteriores de la Universidad xx Xxxxxxxx-La Mancha.
2.- RELACIÓN DE EDIFICIOS E INSTALACIONES DE LA UNIVERSIDAD XX XXXXXXXX-LA MANCHA, POR CAMPUS, OBJETO DEL CONTRATO.
CAMPUS DE ALBACETE | ||
Nombre Edificio | Centro | Superficie m2 |
XXXX XXXX | VICERRECTORADO CAMPUS/INVESTIGACIÓN | 2.807,00 |
XXXX XXXX | BIBLIOTECA GRAL./ VARIOS | 6.586,06 |
XXXXXXX XX XXXXXXX | FACULTADES: DERECHO, CC.ECON. Y EMPRES./RR. LABORA.Y RRHH | 18.047,49 |
XXXXX XXXXX | FACULTAD DE EDUCACIÓN DE ALBACETE | 5.354,66 |
XXXXXXX XXX XXXX XXXXXX | X. POLITÉCNICA SUPERIOR | 15.798,71 |
XXXXXX XXXXXX XXXX | E.T.S. INGENIEROS AGRÓNOMOS | 7.871,27 |
INSTITUTO DE DESARROLLO REGIONAL | I.D.R. | 3.080,71 |
INSTITUTO DE INVESTIGACIÓN EN INFORMÁTICA DE ALBACETE | I3 | 1.650,00 |
XXXXXXXX XXXXXXXX | FACULTADES DE HUMANIDADES Y ENFERMERÍA | 10.890,00 |
PABELLÓN DEPORTIVO (GIMNASIO DE MAGISTERIO) | GIMNASIO FACULTAD DE EDUCACIÓN DE ALBACETE | 1.088,00 |
PABELLÓN CUBIERTO | PABELLÓN CUBIERTO | 4.927,09 |
PISTA DE ATLETISMO, GRADERIOS Y VESTUARIOS | PISTA DE ATLETISMO, GRADERIOS Y VESTUARIOS | 800,00 |
EDIFICIO UNIVERSITARIO POLIVALENTE | EDIFICIO UNIVERSITARIO POLIVALENTE CAMPUS DE ALBACETE | 9.403,58 |
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05638592G XXXXX XXXXXX DE LOS XXXXX XXXXXX | 01/12/2015 13:37:33 | MjY4Njc3 |
Unidad de Xxxxxxxxxxxx x Xxxxxxxxxx. Xxxxxxxxxx, 00 x 00000 - Xxxxxx Xxxx. Xxxxxx.
Telf.: (x00) 000 000 000 | Fax.: (x00) 000 000 000 | xxxxxxxxxxxx@xxxx.xx | xxxx://xxxxxxxxx.xxxx.xx | xxxxxxxxxx@xxxx.xx
CAMPUS DE ALBACETE | ||
XXXXXXXXX XXXXXX Y XXXXXXX | DEPENDENCIAS E.T.S. I. AGRÓNOMOS | 4.162,00 |
NAVE DE ORDEÑO- X. XXXXXX Y XXXXXXX | DEPENDENCIAS E.T.S. I. AGRÓNOMOS | 350,00 |
FACULTAD DE MEDICINA | FACULTAD DE MEDICINA (CON PASARELA) | 15.618,93 |
CENTRO REGIONAL DE INVESTIGACIONES BIOMÉDICAS | CRIB | 1.256,20 |
ANIMALARIO | ANIMALARIO | 1.125,00 |
INSTITUTO DE INVESTIGACIÓN JARDÍN BOTÁNICO DE ALBACETE | INSTITUTO DE INVESTIGACIÓN JARDÍN BOTÁNICO DE ALBACETE | 1.122,29 |
APARCAMIENTO SUBTERRÁNEO | APARCAMIENTO SUBTERRÁNEO | 7.914,15 |
INSTITUTO INVESTIGACIÓN ENERGÍAS RENOVABLES | INSTITUTO INVESTIGACIÓN ENERGÍAS RENOVABLES | 1.088,00 |
TOTAL ALBACETE | 120.941,14 |
XXXXXX XX XXXXXX XXXX | ||
Xxxxxx Xxxxxxxx | Xxxxxx | Superficie m2 |
REAL CASA DE LA MISERICORDIA - A | RECTORADO | 8.009,00 |
REAL CASA DE LA MISERICORDIA - B | O.G.I/ FUNDACIÓN/I.DERECHO PENAL | 1.828,00 |
FACULTAD DE DERECHO Y CIENCIAS SOCIALES | FACULTAD DE DERECHO Y CIENCIAS SOCIALES | 13.631,47 |
CENTRO TECNOLÓGICO DE INFORMÁTICA Y COMUNICACIONES | CTIC | 1.855,55 |
XXXXXX XXXXXXXXX | ESCUELA SUPERIOR DE INFORMÁTICA | 5.472,00 |
XXXXXX XXXXXXXXX - MÓDULO A | ESCUELA SUPERIOR DE INFORMÁTICA | 574,14 |
XXXXXX XXXXXXXXX - MÓDULO B | ESCUELA SUPERIOR DE INFORMÁTICA | 778,70 |
SAN XXXXXX XXXXXXXX- A | ESCUELA DE INGENIEROS AGRÓNOMOS DE CIUDAD REAL | 9.109,48 |
SAN XXXXXX XXXXXXXX- B | EN REHABILITACIÓN | 1.996,12 |
SAN XXXXXXX XXXXX | FACULTAD DE CIENCIAS Y TECNOLOGÍAS QUÍMICAS DE CIUDAD REAL | 6.342,05 |
XXXX XX XXXXXXX | AULARIO POLIVALENTE | 7.155,26 |
XXXXXXXX XXXXXXXX | BIBLIOTECA GRAL.Y SS. GENERALES | 7.869,00 |
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05638592G XXXXX XXXXXX DE LOS XXXXX XXXXXX | 01/12/2015 13:37:33 | MjY4Njc3 |
Unidad de Xxxxxxxxxxxx x Xxxxxxxxxx. Xxxxxxxxxx, 00 x 00000 - Xxxxxx Xxxx. Xxxxxx.
Telf.: (x00) 000 000 000 | Fax.: (x00) 000 000 000 | xxxxxxxxxxxx@xxxx.xx | xxxx://xxxxxxxxx.xxxx.xx | xxxxxxxxxx@xxxx.xx
SE13815009257
XXXX XXXXXXXXXX | FACULTAD DE ENFERMERÍA DE CIUDAD REAL/ALUMNOS | 3.672,22 |
XXXXXXXXX XXXXXXXXX XXXXXXXXXXXX | LABORATORIOS F. CC. QUÍMICAS Y PARTE PLANTA SÓTANO GIMNASIO | 4.446,00 |
XXXXXXXXX XXXXXX XXXXX | FACULTAD DE LETRAS | 6.508,00 |
EDIFICIO POLITÉCNICA | E.T.S. CAMINOS, E.T.S. I. INDUSTRIALES, E.S. INFORMÁTICA | 20.370,40 |
INSTITUTO DE TECNOLOGÍA QUÍMICA Y MEDIO AMBIENTAL | ITQUIMA | 4.470,00 |
EDIFICIO "XXXXX XXXXX" | EDIFICIO "XXXXX XXXXX" | 3.641,20 |
INSTITUTO REGIONAL DE INVESTIGACIÓN CIENTÍFICA APLICADA | IRICA | 1.779,99 |
XXXXXXX XXXXXXXXX- A | FACULTAD DE EDUCACIÓN DE CIUDAD REAL | 4.819,60 |
XXXXXXX XXXXXXXXX B: AULARIO | FACULTAD DE EDUCACIÓN DE CIUDAD REAL | 912,20 |
XXXXXXX XXXXXXXXX C: PABELLÓN | PABELLÓN DEPORTIVO FACULTAD DE EDUCACIÓN DE CIUDAD REAL | 1.917,55 |
XXXXXXX XXXXX XXXXXXX | F. DE CC. QUÍMICAS | 3.061,00 |
ESCUELA DE INGENIERÍA MINERA E INDUSTRIAL DE ALMADÉN | ESCUELA DE INGENIERÍA MINERA E INDUSTRIAL DE ALMADÉN | 4.445,14 |
XXXXXXXX X - - XXXXXXXXXX XX XXXXXXXXXXX | XXXXXXXXXX ESTUDIANTES | 755,06 |
EDIFICIO D - ESCUELA DE INGENIERÍA MINERA E INDUSTRIAL DE ALMADÉN | ESCUELA DE INGENIERÍA MINERA E INDUSTRIAL DE ALMADÉN | 1.441,12 |
EDIFICIO E - LABORATORIO DE BIOGEOQUÍMICA DE METALES PESADOS | ESCUELA DE INGENIERÍA MINERA E INDUSTRIAL DE ALMADÉN | 372,64 |
EDIFICIO F - LABORATORIOS ESCUELA DE INGENIERÍA MINERA E INDUSTRIAL DE ALMADÉN | ESCUELA DE INGENIERÍA MINERA E INDUSTRIAL DE ALMADÉN | 662,82 |
NAVE DE HIDRAULICA | E. T. S. CAMINOS | 2.100,00 |
INSTITUTO INVESTIGACIONES ENERGÉTICAS Y APLICACIONES INDUSTRIALES | INSTITUTO INVESTIGACIONES ENERGÉTICAS Y APLICACIONES INDUSTRIALES | 2.972,40 |
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05638592G XXXXX XXXXXX DE LOS XXXXX XXXXXX | 01/12/2015 13:37:33 | MjY4Njc3 |
Unidad de Xxxxxxxxxxxx x Xxxxxxxxxx. Xxxxxxxxxx, 00 x 00000 - Xxxxxx Xxxx. Xxxxxx.
Telf.: (x00) 000 000 000 | Fax.: (x00) 000 000 000 | xxxxxxxxxxxx@xxxx.xx | xxxx://xxxxxxxxx.xxxx.xx | xxxxxxxxxx@xxxx.xx
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INSTITUTO DE | INSTITUTO DE TECNOLOGÍAS Y | 1.972,00 |
TECNOLOGÍAS Y | SISTEMAS DE INFORMACIÓN | |
SISTEMAS DE | ||
INFORMACIÓN | ||
EDIFICIO | EDIF.UNIVERSITARIO POLIVALENTE | 8.683,52 |
UNIVERSITARIO | XXXXXX XX XXXXXX XXXX | |
XXXXXXXXXXX XXXXXX | ||
XX XXXXXX XXXX | ||
XXXXX XXXXXX XXXX | 143.623,63 |
PÁGINA 50 / 84 | ID. DOCUMENTO | 3uBG5TuULjjiTVVVHHtm6Q$$ | ||
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05638592G XXXXX XXXXXX DE LOS XXXXX XXXXXX | 01/12/2015 13:37:33 | MjY4Njc3 |
Unidad de Xxxxxxxxxxxx x Xxxxxxxxxx. Xxxxxxxxxx, 00 x 00000 - Xxxxxx Xxxx. Xxxxxx.
Telf.: (x00) 000 000 000 | Fax.: (x00) 000 000 000 | xxxxxxxxxxxx@xxxx.xx | xxxx://xxxxxxxxx.xxxx.xx | xxxxxxxxxx@xxxx.xx
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XXXXXX XX XXXXXX | ||
Xxxxxx Xxxxxxxx | Xxxxxx | Superficie m2 |
XXXXXXX XXXXX | VICERRECTORADO CAMPUS CUENCA/ EXTENSIÓN UNIVERSITARIA | 4.108,00 |
CASA DEL ESTUDIANTE | CASA DEL ESTUDIANTE | 46,00 |
INSTITUTO DE TECNOLOGÍAS AUDIOVISUALES | INSTITUTO DE TECNOLOGÍAS AUDIOVISUALES | 1.064,00 |
XXXXXXX XXXXX | X. DE BB. ARTES | 11.188,74 |
XXXXXXX XXXX | FAC. DE ENFERMERÍA Y FAC.TRABAJO SOCIAL | 8.751,26 |
XXXXXXXX XXXXXXXXXXXXX XXXXXXXXXXX XXXXXX XX XXXXXX | XXXXXXXX XXXXXXXXXXXXX XXXXXXXXXXX XXXXXX XX XXXXXX | 2.867,16 |
XXX XX XXXXXXXX (BIBLIOTECA) | BIBLIOTECA | 4.457,22 |
XXX XX XXXXXXXX- A | F. CC. SOCIALES Y F. CC EDUCACIÓN Y HUMANIDADES | 6.128,50 |
XXX XX XXXXXXXX- B | F. CC. SOCIALES Y F. CC. EDUCACIÓN Y HUMANIDADES | 4.244,50 |
XXX XXXXXXXX - C | SALÓN DE ACTOS | 2.129,60 |
NUEVO EDIFICIO FRAY XXXX XX XXXX | FACULTAD DE EDUCACIÓN XX XXXXXX | 5.244,00 |
EDIFICIO POLITÉCNICA | ESCUELA POLITÉCNICA XX XXXXXX | 8.214,00 |
C/ COLMILLO | USOS UNIVERSITARIOS | 1.023,86 |
PABELLÓN POLIDEPORTIVO "XXXX XXXXXX XXXXXXXX" | PABELLÓN POLIDEPORTIVO | 3.890,27 |
TOTAL CUENCA | 63.357,11 |
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05638592G XXXXX XXXXXX DE LOS XXXXX XXXXXX | 01/12/2015 13:37:33 | MjY4Njc3 |
Unidad de Xxxxxxxxxxxx x Xxxxxxxxxx. Xxxxxxxxxx, 00 x 00000 - Xxxxxx Xxxx. Xxxxxx.
Telf.: (x00) 000 000 000 | Fax.: (x00) 000 000 000 | xxxxxxxxxxxx@xxxx.xx | xxxx://xxxxxxxxx.xxxx.xx | xxxxxxxxxx@xxxx.xx
SE13815009257
CAMPUS XX XXXXXX | ||
Nombre Edificio | Centro | Superficie m2 |
CARDENAL XXXXXXXXX | VICERRECTORADO CAMPUS TOLEDO/RELACIONES INSTITUCIONALES | 2.412,90 |
X. XX XXXXX–EDIF. Nº1 REHABILITADO PARCIALMENTE | SALON POLIVALENTE. | 1.454,00 |
X. XX XXXXX - XXXXXXXX XXXXXXXX - XXXX. Xx 0 X 0 | XXXXXXXX | 8.594,00 |
X. XX XXXXX–EDIF. Nº 3 | INST.CIENCIAS AMBIENTALES ICAM | 1.732,00 |
X. XX XXXXX–EDIF. Nº 5 | PARANINFO - ENVASES DE CARTON | 1.264,23 |
X. XX XXXXX-EDIF. Nº 6 | SERV.ADMINISTRATIVO - DECANATO | 2.729,00 |
X. XX XXXXX-EDIF. Nº 7 | GERMINADORA | 150,00 |
X. XX XXXXX-EDIF. Nº 8 | LABORATORIOS DE INVESTIGACIÓN | 297,50 |
X. XX XXXXX-EDIF. Nº 9 | LABORATORIO DOCENCIA | 585,00 |
X. XX XXXXX-EDIF. Nº10 | AULARIO | 1.540,82 |
X. XX XXXXX-XXXX. Xx00 | XXXXXXXXXXXX XXXXXXXX | 000,00 |
X. XX XXXXX-XXXX. Xx00 | LABORATORIO INVESTIGACIÓN | 297,50 |
X. XX XXXXX-EDIF. Nº13 | LABORATORIOS DOCENCIA | 484,00 |
X. XX XXXXX-EDIF. Nº15 | LABORATORIO DOCENCIA | 367,19 |
X. XX XXXXX-EDIF. Nº17 | NAVE QUEMAS Y PUNTO LIMPIO | 276,00 |
X. XX XXXXX-EDIF. Nº18 | CENTRAL RESERVA IBERCOM – Sólo habilitados 20 m2 | 451,00 |
X. XX XXXXX-EDIF. Nº19 | LABORATORIO E.U.I.T.I. | 1.146,00 |
X. XX XXXXX-EDIF. Nº20 | ESCUELA INGENIERÍA INDUSTRIAL XX XXXXXX – PABELLON CUBIERTO | 2.489,16 |
X. XX XXXXX-EDIF. Nº21 | INSTITUTO NANOCIENCIA/NANOTECNOLOGÍA Y MATERIALES MOLECULARES Y EDIFICIO UNIVERSITARIO POLIVALENTE CAMPUS XX XXXXXX | 4.671,04 |
X. XX XXXXX-EDIF. Nº22 | FACULTAD CIENCIAS DEPORTE – MODULO ACUÁTICO | 1.092,00 |
X. XX XXXXX-EDIF. Nº23 | FACULTAD DE EDUCACIÓN XX XXXXXX Y DEPENDENCIAS O.G.I | 322,47 |
X. XX XXXXX-EDIF. Nº24 | E.U. ENFERMERÍA Y FISIOTERAPIA - AULARIO | 1.625,50 |
X. XX XXXXX-XXXX. Xx00 | XXXX XXXXXXXXXX XXXXXX XX XXXXXXXXXXXX XX XXXXX | 1.790,00 |
X. XX XXXXX-EDIF. Nº27 | BIBLIOTECA, ENFERMERÍA Y FISIOTERÁPIA | 3.434,65 |
X. XX XXXXX-XXXX. Xx00 | XXXXXX XXXXXXXXXXXX | 000,00 |
X. XX XXXXX-XXXX. Xx00 | (AULARIO) | 998,00 |
X. XX XXXXX-EDIF. Nº36 | LABORATORIO, FTAD CC EDUCACIÓN, GIMNASIO | 1.558,67 |
X. XX XXXXX-EDIF. Nº37 | EDIFICIO MULTIUSOS – CAFETERIA Y LABORATORIOS | 2.495,32 |
X. XX XXXXX-EDIF. Nº38 | AMPLIACIÓN CAMPUS TECNOLÓGICO | 155,77 |
PÁGINA 52 / 84 | ID. DOCUMENTO | 3uBG5TuULjjiTVVVHHtm6Q$$ | ||
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05638592G XXXXX XXXXXX DE LOS XXXXX XXXXXX | 01/12/2015 13:37:33 | MjY4Njc3 |
Unidad de Xxxxxxxxxxxx x Xxxxxxxxxx. Xxxxxxxxxx, 00 x 00000 - Xxxxxx Xxxx. Xxxxxx.
Telf.: (x00) 000 000 000 | Fax.: (x00) 000 000 000 | xxxxxxxxxxxx@xxxx.xx | xxxx://xxxxxxxxx.xxxx.xx | xxxxxxxxxx@xxxx.xx
SE13815009257
X. XX XXXXX-EDIF. Nº40 | AULARIO FTAD XX XX XX XXXXXXXXX | 0.000,00 |
X. XX XXXXX-XXXX. Xx00 | 54,47 | |
X.XX XXXXX-EDIF. Nº 43 | 687,13 | |
X.XX XXXXX-EDIF. Nº 45 | 2.125,76 | |
X.XX XXXXX-EDIF. Nº 47 | 23,75 | |
X.XX XXXXX-EDIF. Nº 48 | 3.496,04 | |
X.XX XXXXX-EDIF. Nº 49 | 12,14 | |
X.XX XXXXX-EDIF. Nº 50 | 1.464,60 | |
X.XX XXXXX-EDIF. Nº 51 | 79,02 | |
X.XX XXXXX-EDIF. Nº 52 | 45,06 | |
X.XX XXXXX-EDIF. Nº 53 | 47,70 | |
X.XX XXXXX-EDIF. Nº 54 | 40,59 | |
X.XX XXXXX-EDIF. Nº 54A | 87,95 | |
CENTRO DE ESTUDIOS UNIVERSITARIOS DE TALAVERA DE LA REINA | FACULTAD DE CC. SOCIALES EN XXXXXXXX DE LA REINA: | 8.166,25 |
EDIFICIO AULARIO UNIVERSITARIO POLIVALENTE DE TALAVERA DE LA REINA | FACULTAD DE TERAPIA OCUPACIONAL, LOGOPEDIA Y ENFERMERÍA EN XXXXXXXX DE LA REINA. | 2.135,85 |
SAN XXXXX XXXXXX | FACULTAD DE CIENCIAS JURÍDICAS Y SOCIALES | 13.153,00 |
XXXXXXX UNIVERSITARIO XXXXX XX XXXXXXX Y XXXX XX XXXXXXX - A | F. DE HUMANIDADES | 3.039,55 |
XXXXXXX UNIVERSITARIO XXXXX XX XXXXXXX Y XXXX XX XXXXXXX - B | COLEGIO MAYOR "XXXXXXXX XXXXXXX" | 3.173,02 |
XXXXXXX XXX XXX XXX XXXXX | ESCUELA DE TRADUCTORES XX XXXXXX | 742,65 |
MADRE DE DIOS | AMPLIACIÓN F. CC. JURÍDICAS Y SOCIALES | 4.675,04 |
TOTAL TOLEDO | 90.809,12 |
PÁGINA 53 / 84 | ID. DOCUMENTO | 3uBG5TuULjjiTVVVHHtm6Q$$ | ||
FIRMADO POR | FECHA FIRMA | ID. FIRMA | ||
05638592G XXXXX XXXXXX DE LOS XXXXX XXXXXX | 01/12/2015 13:37:33 | MjY4Njc3 |
SE13815009257 3.- HORARIO Y RÉGIMEN DE FRECUENCIAS DE LIMPIEZA DE LAS DIFERENTES DEPENDENCIAS Y ESPACIOS.
3.1.- Horario.
Los horarios de realización de los trabajos serán indicados en el plan de trabajo, así como la dedicación en horas al día que se dedica a cada uno de los edificios.
La limpieza, según las dependencias, se realizará preferentemente:
- Aulas: antes de las 8 horas.
Unidad de Xxxxxxxxxxxx x Xxxxxxxxxx. Xxxxxxxxxx, 00 x 00000 - Xxxxxx Xxxx. Xxxxxx.
Telf.: (x00) 000 000 000 | Fax.: (x00) 000 000 000 | xxxxxxxxxxxx@xxxx.xx | xxxx://xxxxxxxxx.xxxx.xx | xxxxxxxxxx@xxxx.xx
- Oficinas: antes de las 8 horas.
- Secretarías y Departamento: antes de las 8 horas.
- Xxxx: antes de las 8 horas.
- Salas de Estudio: antes de las 8 horas.
- Despachos de docencia: de 5:30 a 20:00 horas.
- Zonas comunes: antes de las 9 horas.
- Almacenes, archivos, salsa de máquinas: de 5:30 a 20:00 horas.
- Laboratorios y Talleres: de 5:30 a 20:00 horas.
- Repaso de aseos, pistas polideportivas, vestuarios: de 14:00 a 16:00 horas.
- Abrillantado: de 5:30 a 9:30 horas.
- Limpieza xx xxxxxxxxx: de 5:30 a 20:00 horas.
3.2.- Limpiezas que deben realizarse diariamente.
a) Aulas, Laboratorios, Seminarios, Gimnasios Polideportivos Cubiertos, etc.: Desempolvado de toda clase de muebles y enseres (mesas, armarios, archivadores, sillones, sillas, butacas, pupitres, aparatos gimnásticos y deportivos, etc., vaciado y limpieza de papeleras y ceniceros, limpieza de teléfonos, escaleras exteriores y acerado.
b) Cuartos de aseo: escrupulosa limpieza de estas habitaciones, barrido y fregado del piso, fregado y desinfección de inodoros con lejía, fregado y secado posterior de lavabos, espejos y mosaicos, desinfección con productos adecuados de todos los elementos sanitarios, pavimentos y ambiente.
c) Zonas comunes, pasillos, vestíbulos, galerías. Barrido húmedo con mopas y limpieza de polvo de entradas, pasillos, escaleras y ascensores.
d) Recogida de residuos, papeleras y selección de papel para reciclaje.
e) Retirada de basuras que se produzcan en las zonas que le corresponden limpiar.
3.3.- Limpiezas que deben realizarse dos veces por semana.
a) Oficinas, despachos de usos administrativo, (Desempolvado de toda clase de muebles y enseres (mesas, armarios, archivadores, sillones, sillas, butacas, pupitres, aparatos gimnásticos y deportivos, etc., vaciado y limpieza de papeleras y ceniceros, limpieza de teléfonos, escaleras exteriores y acerado)
b) Los despachos de profesores.
c) Escaleras o escalinatas xx xxxxxx: barrido y fregado del piso.
d) Pavimentos de terrazo o similar: barrido con cepillos del piso y fregado del mismo, utilizando productos adecuados a la naturaleza del piso. Desinfectado y abrillantado.
e) Pavimentos xx xxxxxx o especiales: barrido y abrillantado del piso.
f) Moquetas, alfombras y esterillas: desempolvado con máquina aspiradora, eliminación de manchas cuando se presenten.
g) Xxxxxxx xx xxxxxxxxx, xx xxxxxx, vidrios y lunas: Eliminación de huellas con paños húmedos y secado posterior.
PÁGINA 54 / 84 | ID. DOCUMENTO | 3uBG5TuULjjiTVVVHHtm6Q$$ | ||
FIRMADO POR | FECHA FIRMA | ID. FIRMA | ||
05638592G XXXXX XXXXXX DE LOS XXXXX XXXXXX | 01/12/2015 13:37:33 | MjY4Njc3 |
SE13815009257
h) Pasamanos y pomos de puertas: limpieza con productos apropiados que los conserven en perfecto estado.
Los puntos del b) al h) se limpiaran 1 vez por semana durante los meses de julio a la 1ª semana de septiembre.
3.4.- Limpieza semanal.
a) Teléfonos: desinfección de los aparatos.
Unidad de Contratación y Xxxxxxxxxx. Xxxxxxxxxx, 00 x 00000 - Xxxxxx Xxxx. Xxxxxx.
Telf.: (x00) 000 000 000 | Fax.: (x00) 000 000 000 | xxxxxxxxxxxx@xxxx.xx | xxxx://xxxxxxxxx.xxxx.xx | xxxxxxxxxx@xxxx.xx
b) Limpieza xx xxxxxx de los edificios ocupados en La Fábrica xx Xxxxx. Se precisa una barredora-aspiradora automática con conductor y un carro de transporte para la retirada de los residuos sólidos de todo el recinto responsabilidad de la empresa adjudicataria.
c) Barrido semanal de los patios interiores de los Centros.
3.5.- Limpieza quincenal.
a) Limpieza de patios interiores y exteriores.
3.6.- Limpieza mensual.
a) Puntos de luz y farolas: Desempolvado exterior y limpieza con productos apropiados.
b) Limpieza de pistas y canchas polideportivas exteriores y gradas.
c) Cristales: lavado y secado xx xxxxxxxxx por ambos lados en ventanas y ventanales de fachada, puertas, espejos, vitrinas, mamparas, etc., utilizando los productos y medios adecuados en cada caso.
d) Limpieza xx xxxxxx, entornos edificios e instalaciones, zonas ajardinadas y aparcamientos.
e) En Bibliotecas y aulas eliminación de manchas de tintas y pintadas en mesas de las salas de estudio.
f) Limpieza de los letreros, carteles y monolitos identificativos de las distintas Facultades y Edificios.
g) Locales generales: desempolvado de zócalos en paredes y puertas y escrupulosa limpieza y desinfección de aseos (limpieza a fondo de azulejos, paredes, puertas, lavabos, wc, en aseos.
h) Toallas: lavado y planchado.
3.6.- Limpieza bimensual.
a) Limpieza con plataformas elevadoras de canalones en edificios de la Fábrica xx Xxxxx ocupados (excepto meses de julio y agosto).
b) Limpieza con plataformas elevadoras de canalones en Edificio Rectorado Real Casa de la Misericordia.
3.7.- Limpieza anual.
i) Cortinas y visillos: lavado y planchado.
j) Techos y paredes: Desempolvado utilizando medios que no dañen.
k) Limpieza de ventanas, lucernarios y zonas de difícil acceso donde hay que utilizar medios auxiliares, elevadores unipersonales, plataformas y grúas.
l) Limpieza anual de pintadas en zonas practicables en zonas interiores de los edificios.
m) Limpieza de pintadas hasta la altura de la planta baja de cualquier edificio y siempre que sean practicables para su limpieza una vez al año.
3.8.- Otros servicios.
a) Suministro y colocación de jabón en lavabos.
b) Suministro y colocación de papel higiénico.
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c) Extracción de basuras o residuos sólidos asimilables x xxxxxx, cartones y papel, debidamente embolsados, hasta los lugares en que posteriormente sean recogidos por los servicios municipales, observando a tal menester las Ordenanzas Municipales. Para tal fin la empresa dotará de contenedores de cartón suficientes para la recogida selectiva del cartón y papel.
d) Dotación, control, mantenimiento y conservación de contenedores higiénicos sanitarios en aseos.
Unidad de Contratación y Xxxxxxxxxx. Xxxxxxxxxx, 00 x 00000 - Xxxxxx Xxxx. Xxxxxx.
Telf.: (+34) 902 204 100 | Fax.: (+34) 902 204 130 | contratacion@uclm.es | xxxx://xxxxxxxxx.xxxx.xx | patrimonio@uclm.es
e) Reposición, cuando se estime necesario por la UCLM, de jaboneras, secamanos, dosificadores de papel y escobilleros en aseos.
f) Tratamiento con emulsiones metalizadas anualmente, de los vestíbulos de los Edificios de Talavera de La Reina, Aulario Benjamín Palencia, Facultad de Medicina y pasillos del Aulario de Cuenca.
g) Comunicación a la Oficina de Gestión de Infraestructuras, de las incidencias de roturas, deficiencias, no funcionamiento de elementos, que observe el personal de limpieza.
La limpieza del mes de Agosto, vacaciones de Semana Santa y Navidad, estará sujeta a las necesidades reales del servicio, que decidirá la Gerencia de la Universidad.
La limpieza de algunos sábados en las Bibliotecas Generales de todos los campus quedará condicionada a la aprobación del calendario de apertura de bibliotecas anual, estando incluida esta limpieza.
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SE13815009257 LIMPIEZA DE VENTANAS, LUCERNARIOS Y ZONAS DE DIFICIL ACCESO DONDE HAY QUE UTILIZAR MEDIOS AUXILIARES, ELEVADORES UNIPERSONALES, PLATAFORMAS Y GRUAS (LIMPIEZA ANUAL)
CAMPUS DE ALBACETE
BENJAMIN PALENCIA:
Unidad de Contratación y Patrimonio. Altagracia, 50 | 13071 - Ciudad Real. España.
Telf.: (+34) 902 204 100 | Fax.: (+34) 902 204 130 | contratacion@uclm.es | xxxx://xxxxxxxxx.xxxx.xx | patrimonio@uclm.es
Vestíbulo principal Aula panorámica Patios interiores
FACULTAD DE MEDICINA:
Despachos 1 planta Pasillos bloque de aulas
Pasarela comunicación con el Hospital General
IDR:
Planta primera
INFANTE DON JUAN MANUEL:
Despachos, patios y salón de actos
INFORMATICA:
Planta primera
MANUEL ALONSO PEÑA:
Planta primera
MELCHOR DE MACANAZ:
Biblioteca, despachos, patios interiores, vestíbulo principal, aulas, cristalera de escaleras.
PABELLON DE GOBIERNO:
Paraninfo
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CAMPUS DE CIUDAD REAL
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EDIFICIO “SAN ISIDRO LABRADOR” E.U.I.T.A.
Todo el edificio
EDIFICIO “FERMÍN CABALLERO” INFORMÁTICA,
Planta primera, segunda y tercera
Unidad de Contratación y Patrimonio. Altagracia, 50 | 13071 - Ciudad Real. España.
Telf.: (+34) 902 204 100 | Fax.: (+34) 902 204 130 | contratacion@uclm.es | xxxx://xxxxxxxxx.xxxx.xx | patrimonio@uclm.es
EDIFICIO “JUAN DE MARIANA” AULARIO
Escaleras, aulas y patios.
EDIFICIO “BERNARDO BALBUENA” BIBLIOTECA Y SERVICIOS GENERALES
Escaleras, salas y patios
EDIFICIO “FRANCISCO FERNÁNDEZ IPARRAGUIRRE” LABORATORIO GENERALES
Todo el edificio
EDIFICIO “POLITÉCNICO”
Todo el edificio
EDIFICIO “ITQUIMA”
Escaleras, laboratorios, pasillos, despachos.
EDIFICIO “LORENZO LUZURIAGA” E.U. DE MAGISTERIO
Gimnasio y muro cortina acristalado aulas.
ESCUELA UNIVERSITARIA POLITÉCNICA DE ALMADÉN
Todo el edificio
REAL CASA DE LA MISERICORDIA RECTORADO
Patios, escaleras, pasillos, paraninfo.
EDIFICIO “FACULTAD DE DERECHO Y CIENCIAS SOCIALES” MÓDULOSI, II Y III (INCLUIDO PARANINFO).
Vestíbulos, escaleras, pasillos, aulas, paraninfo completo.
INSTITUTO DE RECURSOS CINEGÉTICOS (I.R.E.C.)
Vestíbulo, escaleras, laboratorios y despachos de la primera planta
NAVE DE HIDRÁULICA
Ventanas nave y despachos.
CENTRO REGIONAL DE INVESTIGACIÓN E INNOVACIÓN (C.R.I.N.I.) Y EDIFICIO AMPLIACIÓN AL CRINI
Pasillos, escaleras, vestíbulo, despachos y laboratorios.
EDIFICIO DE LA E.U. DE ENFERMERÍA Y CASA DEL ESTUDIANTE
Vestíbulos, pasillos y escaleras
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CAMPUS DE CUENCA
SE13815009257
EDIFICIO “MELCHOR CANO” ENFERMERIA Y TRABAJO SOCIAL
Escaleras, pasillos, vestíbulos.
EDIFICIO “ANTONIO SAURA” VICERRECTORADO Y BELLAS ARTES
Vestíbulo principal, pasillos y cristaleras tercera planta.
Unidad de Contratación y Patrimonio. Altagracia, 50 | 13071 - Ciudad Real. España.
Telf.: (+34) 902 204 100 | Fax.: (+34) 902 204 130 | contratacion@uclm.es | xxxx://xxxxxxxxx.xxxx.xx | patrimonio@uclm.es
EDIFICIO “GIL DE ALBORNOZ” F. DE HUMANIDADES, DERECHO Y CIENCIAS SOCIALES Y BIBLIOTECA GENERAL
Escaleras, pasillos, claraboyas y cristaleras de las salas, vestíbulo principal.
PABELLÓN POLIDEPORTIVO UNIVERSITARIO “LUIS YUFERA RECUENCO”
Las cristaleras de la puerta de entrada y ventanas pabellón.
POLITECNICA.
Escaleras, pasillos y vestíbulos.
NUEVO EDIFICIO “FRAY LUIS DE LEÓN” E.U. MAGISTERIO
Escaleras de acceso a las tres plantas.
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CAMPUS DE TOLEDO
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EDIFICIO SAN PEDRO MÁRTIR:
Pasillo de la zona de Derecho Penal tiene cuatro cristales en el techo que permiten pasar la luz.
Lucernario antigua cafetería.
Patio del Tesoro: limpieza de toldos, focos y lucernario tipo pirámide. Zona de aulas, escaleras y despachos.
Unidad de Contratación y Patrimonio. Altagracia, 50 | 13071 - Ciudad Real. España.
Telf.: (+34) 902 204 100 | Fax.: (+34) 902 204 130 | contratacion@uclm.es | xxxx://xxxxxxxxx.xxxx.xx | patrimonio@uclm.es
Torre e Iglesia
EDIFICIO MADRE DE DIOS:
Patio acristalado en primera planta. Aula Catedral en primera planta
EDIFICIO JUAN DE PADILLA:
Lucernario vestíbulo principal Pasillo planta primera
Aulas planta primera
EDIFICIO CARDENAL LORENZANA
Aulas y despachos
CENTRO DE ESTUDIOS UNIVERSITARIOS DE TALAVERA DE LA REINA Y AULARIO ANEXO.
Pasillos, aulas y despachos 1 planta.
EDIFICIO “PALACIO DEL REY DON PEDRO” ESCUELA DE TRADUCTORES
Pasillos, aulas y despachos 1 planta.
CASA-RESIDENCIA DE PROFESORES EN EDIFICIO DE SAN PEDRO MARTIR
Pasillos, escaleras y salones.
EDIFICIO CENTRO CIVICO TOLEDO, PLAZA PADILLA
Pasillos, aulas y despachos.
EDIFICIOS FABRICA DE ARMAS
Pasillos, aulas, despachos, laboratorios, canalones, lucernarios.
(Las plataformas tanto por su peso (suelos) como por su tamaño (puertas del Centro) deberán ser especiales)
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4.- DESINFECCIÓN, DESRATIZACIÓN Y DESINSECTACIÓN.
Este contrato incluye los servicios de desinsectación y desratización en todo el campus universitario dentro y fuera de los edificios, así como arquetas, desagües, etc.
Unidad de Contratación y Patrimonio. Altagracia, 50 | 13071 - Ciudad Real. España.
Telf.: (+34) 902 204 100 | Fax.: (+34) 902 204 130 | contratacion@uclm.es | xxxx://xxxxxxxxx.xxxx.xx | patrimonio@uclm.es
4.1.- Desinfección y desinsectación.
La empresa adjudicataria realizará como mínimo una pulverización al año, preferentemente en primavera en las salas de calderas, cuartos de comunicaciones, archivos, sótanos, aseos, vestuarios y en general, cualquier dependencia de la Universidad que haya tenido incidencias o tenga alto riesgo. El proceso se repetirá tantas veces como sea necesario cuando se demuestre la ineficacia de las actuaciones. Todas las actuaciones se realizarán en fin de semana (desde las 22 horas del viernes a las 22 horas del domingo). La fecha de realización de las actuaciones se acordará con Gerencia con la debida antelación para comunicarlo a la comunidad universitaria.
Los licitadores deberán presentar un estudio de actuación en materia de desinsectación, debiendo incluir como mínimo las siguientes especificaciones:
- Definición detallada de los productos a utilizar.
- Especificación de las zonas de aplicación de los tratamientos (baños, oficinas, sótanos, archivos, salas de calderas, etc.)
4.2.- Desratización.
La empresa adjudicataria se hará cargo como mínimo de la colocación de cebos (utilización de anticoagulantes) en aquellas zonas necesarias, tanto en el interior de los edificios como en las canalizaciones exteriores y arquetas de instalaciones del propio campus. La ubicación de los establecimientos (dispositivos donde se coloca el producto en las mejores condiciones de efectividad) debe comprender: fosos de ascensores, salas de máquinas, cuartos y cuadros eléctricos, trasteros de servicio en sótanos, dobles techos, armarios bajantes técnicos, arquetas, canalizaciones exteriores, etc.
Todos los edificios, dependencias, e instalaciones externas de la Universidad deberán tener un tratamiento continuado.
5.- EJECUCIÓN DEL CONTRATO.
5.1.- Normas Generales.
1.- En cuanto a la organización del servicio, la empresa adjudicataria ha de presentar un plan concreto de la forma y el horario de desarrollo de sus actividades antes de que éstas se inicien, a fin de que puedan ser controladas por la Universidad, que se reserva esta facultad sin perjuicio de la obligación que tiene el contratista de vigilar él mismo, o quien lo represente, todo lo que se haga. Este plan podrá ser alterado según las necesidades y conveniencias del servicio.
2.- El adjudicatario administrará todo el material, utensilios, maquinaria y todos los elementos necesarios para la buena prestación del servicio. Asimismo, la empresa adjudicataria se responsabilizará de que dicho material, utensilios y maquinaria cumpla la normativa legal que les sea de aplicación, garantizando que su uso sea seguro. En el
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Plan de trabajo se especificará el material, utensilios, maquinaria y medios auxiliares que sean necesarios para su correcta ejecución.
3.- El contratista deberá disponer en todo momento de los medios materiales y humanos que sean precisos para la buena ejecución de los trabajos en los plazos totales y parciales contenidos en el contrato.
Unidad de Contratación y Patrimonio. Altagracia, 50 | 13071 - Ciudad Real. España.
Telf.: (+34) 902 204 100 | Fax.: (+34) 902 204 130 | contratacion@uclm.es | xxxx://xxxxxxxxx.xxxx.xx | patrimonio@uclm.es
4.- El contratista será responsable de la calidad técnica de los trabajos que desarrolle y de las prestaciones y servicios realizados, así como de las consecuencias que se deduzcan para la Universidad o para terceros de las omisiones, errores, o métodos inadecuados en la ejecución del contrato.
5.2.- Normas Específicas.
1.- Aportará la información que específicamente se le solicite, al margen de lo que se detalla en el Pliego de Prescripciones Técnicas, sobre: procesos de trabajo, trabajos efectuados, tiempo invertido, costos por edificios tanto en materiales como en medios humanos, etc. Asimismo, ha de mantener permanentemente informado al responsable de la Universidad sobre los planes de ejecución de los trabajos, ya que deberán ser sometidos a la aprobación de la Universidad de Castilla-La Mancha.
2.- Si por obras o causa mayor se alterase el estado de limpieza, la empresa deberá proceder a la limpieza, aunque tenga que alterar el orden determinado en esta relación de frecuencias.
La empresa adjudicataria queda obligada a prestar todos los servicios extraordinarios que les exija la Universidad, por lo que será resarcida conforme a los precios de adjudicación.
3.- La empresa tiene se compromete a actuar de forma inmediata en circunstancias especiales o urgentes con los equipos necesarios de personal y maquinaria.
4.- Durante el desarrollo de las actividades será responsable de los mecanismos de apertura y cierre de las instalaciones que se les entregue.
5. - Aparte de los productos necesarios para llevar a cabo correctamente el servicio, se incluye en el contrato:
- Suministro y colocación de jabón líquido o en pastilla, según el que se haga servir en el local.
- Suministro y colocación de papel higiénico de doble capa Del tipo requerido en cada WC.
- Suministro y colocación de rollos de papel o toallas limpiamanos donde hayan de instalarlas.
- Recoger y plegar los cartones y cajas, depositándolos en las cajas colocadas a tal fin.
- Transporte de las mismas al punto de recogida del cartón, con posterior colocación de las cajas en su lugar de origen. En los edificios donde no existe este sistema de recogida se plegarán los cartones y se retirarán al contenedor de cartones.
- La recogida de basuras será selectiva. A tal fin la empresa adjudicataria deberá colocar en los lugares en los que fuera necesario recipientes para vidrio, papel, envases, etc. Será obligación del adjudicatario retirar las basuras de los edificios a contenedores exteriores. La retirada de las basuras, se realizará cuando fuera necesario cerradas en bolsas de plástico homologadas, tal como exigen las ordenanzas municipales correspondientes. Se recogerán todo tipo de vertidos de acuerdo con lo
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establecido en la legislación vigente.
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- Dotación, control, mantenimiento y conservación de contenedores higiénico- sanitarios en aseos, con cambio mensual de los mismos.
- Irá a cargo del adjudicatario la limpieza de las mopas y del resto de material necesario para la limpieza que se ha de efectuar con la frecuencia requerida para el desarrollo del servicio.
Unidad de Contratación y Patrimonio. Altagracia, 50 | 13071 - Ciudad Real. España.
Telf.: (+34) 902 204 100 | Fax.: (+34) 902 204 130 | contratacion@uclm.es | xxxx://xxxxxxxxx.xxxx.xx | patrimonio@uclm.es
- Efectuar las limpiezas especiales en el exterior de los edificios, zona de campus, correspondientes a la celebración de cualquier acto de la Universidad.
- Cuando en las operaciones de limpieza, desinfección, desratización, desinsectación y limpieza de graffitis se utilicen productos o sustancias químicas peligrosas la empresa adjudicataria deberá facilitar a la Universidad de Castilla-La Mancha copia de las Fichas de Datos de Seguridad de las mismas y garantizará que la información que contienen estas fichas llegue a los trabajadores que utilizan estos productos de forma inteligible y adecuada.
- Cuando se vayan a utilizar productos plaguicidas, y antes de que se inicie su aplicación, se deberá enviar a la Universidad de Castilla-La Mancha copia de:
a) Resolución de inscripción en el registro de plaguicidas de los mismos, indicando el Número de Inscripción en el Registro.
b) Certificado de inscripción de la empresa que vaya a aplicar los plaguicidas en el registro de establecimientos y servicios plaguicidas, indicando el Número de Registro.
c) Copia de los carnés de aplicador de tratamiento DDD de los trabajos que vayan a hacer la aplicación.
d) Procedimiento de trabajo a efectuar en la aplicación de los plaguicidas, indicando: las dosis a aplicar, los plazos de seguridad necesarios y las medidas de protección de la seguridad y salud de los trabajadores que realicen el tratamiento que se van a aplicar.
- La aplicación de estos productos plaguicidas sólo se podrá iniciar cuando la Universidad de Castilla-La Mancha dé el visto bueno a los mismos.
5.3.- Obligaciones Laborales y Sociales.
1.- La empresa adjudicataria queda obligada a que todo el personal, que emplee para la ejecución de los trabajos contratados, esté afiliado y en alta a la Seguridad Social, obligándose asimismo a cumplir con toda la legislación vigente con su personal.
Todos los gastos de carácter social, así como los relativos a tributos del referido personal serán por cuenta de la empresa adjudicataria.
2.- La empresa contratista deberá cumplir las obligaciones y deberes establecidos en la normativa vigente y en los convenios colectivos de trabajo, en especial en materia de subrogación de personal. A tal efecto se recoge la relación de personal que presta servicio actualmente en la Universidad de Castilla-La Mancha.
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3.- En caso de conflicto laboral, la empresa adjudicataria se hará responsable de todos los perjuicios que se ocasione a la Universidad de Castilla-La Mancha.
4.- La empresa adjudicataria nombrará a un interlocutor por campus para mantener las oportunas relaciones con cada una de las Gerencias de la Universidad de Castilla-La Mancha. Dicho nombramiento deberá efectuarse en el plazo de un mes desde la notificación de la adjudicación.
Unidad de Contratación y Patrimonio. Altagracia, 50 | 13071 - Ciudad Real. España.
Telf.: (+34) 902 204 100 | Fax.: (+34) 902 204 130 | contratacion@uclm.es | xxxx://xxxxxxxxx.xxxx.xx | patrimonio@uclm.es
5.- Quedará debidamente cubierto el servicio cuando se produzcan ausencias de personal por Incapacidad Temporal con baja Médica, suspensión temporal del contrato de cualquier clase (artículos 45 a 48 del Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores), por el cese definitivo, de manera que la prestación de los servicios quede asegurada en todo momento. En caso de IL, se deberá entregar el TC1 del trabajador de baja y el TC1 del trabajador sustituto.
La no sustitución de bajas de personal será penalizado a la empresa con 80,00 €/persona y día laboral.
6.- La empresa adjudicataria deberá cubrir el servicio con personal adecuado, siendo a cargo del adjudicatario las obligaciones laborales que determine la legislación vigente en cada momento en materia de salarios, seguridad social, accidentes de trabajo, mutualismo laboral, formación, seguridad y salud laboral, etc., cuyo cumplimiento deberá justificar mensualmente.
El incumplimiento de cualquiera de estas obligaciones facultará a la Universidad para la resolución del contrato.
7.- La empresa adjudicataria deberá informar por escrito con la debida antelación, de todos los movimientos de altas y bajas del personal, cambios de turnos, horarios y, en general, de cualquier otro dato que se requiera para el adecuado control y seguridad de servicio en los edificios. Cualquier cambio efectuado en el personal adscrito será sometido a la aprobación previa por parte del Gerente de la Universidad. Será obligación de la empresa adjudicataria tener actualizada esta información. Durante el último semestre de vigencia del contrato, la empresa adjudicataria no podrá efectuar ninguna propuesta de cambio en dicho personal, salvo causa de fuerza mayor.
8.- Acreditar y justificar siempre que sea requerido por la Universidad el cumplimiento de las obligaciones mencionadas en el apartado anterior mediante la exhibición de la documentación y los comprobantes que le sean exigidos.
En todo caso, mensualmente, junto a la factura y para proceder a su abono, será requisito imprescindible la presentación de: una copia de las liquidaciones de cuotas de la seguridad social pagadas (TC1,...). Trimestralmente facilitará un desglose del importe de nóminas sin identificación del trabajador de modo expreso.
9.- Durante la vigencia del contrato, la empresa adjudicataria podrá modificar el número de empleados que lleven a cabo el servicio y alterar la composición de su estructura. Estas modificaciones en ningún caso podrán efectuarse sin el conocimiento previo y aprobación por parte del Gerente de la Universidad de Castilla-La Mancha.
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10.- El adjudicatario ha de facilitar, previamente a la ejecución de este contrato,(en los 10 días siguientes a la firma) una relación de los operarios que hayan de llevarlo a cabo, indicando la antigüedad, horario de trabajo y edificio donde desempeñará el mismo.
11.- Es obligación del contratista uniformar, a cargo suyo, al personal adscrito a la ejecución de este contrato, de manera que sea posible su identificación. Este personal deberá llevar permanentemente una placa o anagrama de identificación colocada en un lugar visible.
Unidad de Contratación y Patrimonio. Altagracia, 50 | 13071 - Ciudad Real. España.
Telf.: (+34) 902 204 100 | Fax.: (+34) 902 204 130 | contratacion@uclm.es | xxxx://xxxxxxxxx.xxxx.xx | patrimonio@uclm.es
12.- La Universidad podrá, por razones de mejora del servicio, solicitar el cambio de los limpiadores en la organización y distribución del trabajo.
5.4.- Supervisión de la Ejecución del Contrato.
1.- El servicio de limpieza será supervisado por la persona designada por la Universidad (normalmente cada Responsable de Centro) y el adjudicatario designará a su cargo a un encargado-interlocutor por campus universitario, recibiendo éste o el propio adjudicatario, las instrucciones o directrices de la Universidad.
2.- El encargado-interlocutor de la empresa adjudicataria tendrá la obligación de revisar y presentar las fichas de seguimiento de limpieza de cada edificio, que se facilitarán, a cada responsable del mismo, para dar su conformidad y visto bueno a las actuaciones de limpieza.
3.- El control que ejercerá la Universidad sobre el servicio será cualitativo, y el grado de limpieza dependerá de las periodicidades marcadas en las prescripciones técnicas.
5.5.- Control de Calidad.
1.- Le corresponde a la Universidad el control de calidad: someter permanentemente el servicio de limpieza contratado a la inspección y al control de calidad, con el personal y los órganos que la Universidad designe.
2.- Para verificar el cumplimiento de este servicio, se realizará un sistema de control de la prestación basada en dos aspectos:
2.1.- El control de actividades: Identificará el grado de cumplimiento de las prescripciones técnicas estipuladas. Esta revisión se realizará conjuntamente con el responsable de la empresa adjudicataria con las hojas de control de actividades confeccionadas por la Universidad y por cada uno de los edificios.
2.2.- La calificación del nivel de limpieza: Se realizará mediante un muestreo de las diversas dependencias con inspección “in situ” de las mismas, para identificar la percepción y el grado de satisfacción de la limpieza como apta o no apta, así como las medidas correctivas correspondientes en cada caso.
La valoración la determinarán los responsables de cada centro siguiendo una ruta de observaciones en la que constarán las dependencias o áreas del centro a supervisar. Como resultado de esta supervisión, se levantará un acta de calidad o ficha de seguimiento del servicio de limpieza que recogerá, al menos, los datos siguientes:
a) Nivel de limpieza exigido a cada zona y valoración final otorgada.
b) Anomalías observadas, gravedad y posibles causas de estas anomalías.
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c) Medidas de corrección a adoptar con indicación de compromisos y términos de ejecución, o en su caso penalizaciones.
6.- MODIFICACIONES DEL CONTRATO
Se contempla la posibilidad de modificación del contrato por:
Unidad de Contratación y Patrimonio. Altagracia, 50 | 13071 - Ciudad Real. España.
Telf.: (+34) 902 204 100 | Fax.: (+34) 902 204 130 | contratacion@uclm.es | xxxx://xxxxxxxxx.xxxx.xx | patrimonio@uclm.es
- Minoración del espacio a limpiar, por tratarse de zonas que dejen de ser utilizadas. Dicha minoración supondrá una merma proporcional en las horas de limpieza a prestar, sin que corresponda a la empresa adjudicataria ningún tipo de indemnización por dicha minoración.
- Aumento de espacios a limpiar, cuando el centro realice alguna obra de ampliación, se adhieran nuevos edificios o se alquilen nuevos espacios.
- El adjudicatario estará obligado a realizar las prestaciones especiales que la Gerencia disponga.
Inicialmente, los edificios que serán incorporados al presente contrato, una vez que se pongan en uso son:
- Nueva Facultad de Farmacia en el Campus de Albacete (6.171,70 m²).
- Edificio Bioincubadora del campus de Albacete (4.390,52 m²).
- Edificio Incubadora del campus de Ciudad Real (3.626,75 m²).
- Edificio Instituto de la Edificación del campus de Cuenca (3.677,60 m²).
Los costes inicialmente previstos para estos edificios y en relación con el grueso del contrato son:
- Nueva Facultad de Farmacia en el Campus de Albacete.- 54.500,00 €/año.
- Edificio Bioincubadora en el Campus de Albacete.- 39.000,00 €/año.
- Edificio Incubadora del campus de Ciudad Real.- 46.000,00 €/año.
- Edificio Instituto de la Edificación del campus de Cuenca.- 33.000,00 €/año.
La incorporación de nuevos edificios supone una posibilidad de aumento del contrato en 172.500,00 €/año, esta valoración se realiza a efectos de lo previsto en el artículo 88 del TRLCSP para la determinación del valor estimado del contrato.
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I N D I C E
I D I S P O S I C I O N E S G E N E R A L E S 1
1. - O B J E T O D E L C O N T R A T O Y J U S T I F I C A C I Ó N D E
L A N E C E S I D A D D E L M I S MO 1
Unidad de Contratación y Patrimonio. Altagracia, 50 | 13071 - Ciudad Real. España.
Telf.: (+34) 902 204 100 | Fax.: (+34) 902 204 130 | contratacion@uclm.es | xxxx://xxxxxxxxx.xxxx.xx | patrimonio@uclm.es
2. - Ó R G A N O D E C O N T R A T A C I ÓN 1
3. - R É G I M E N J U R Í D I C O Y J U R I S D I C C I Ó N 2
4. - P E R F I L D E C O N T R A T A N TE 3
5. - C A P A C I D A D P A R A C O N T R A T A R 3
6. - C L A S I F I C A C I Ó N D E L O S L I C I T A D O R E S 7
7. - P R E S U P U E S T O D E L I C I T A C I Ó N Y P R E C I O 7
8. - E X I S T E N C I A D E C R É D I T O P R E S U P U E S T A R I O Y
T R A M I T A C I Ó N A N T I C I P A D A 8
9. - R E V I S I Ó N D E P R E C I O S 8
10. - D U R A C I Ó N D E L C O N T R A T O . P L A Z O D E
E J E C U C I Ó N 8
11. - E J E C U C I Ó N Y R E S P O N S A B I L I D A D 9
I I A D J U D I C A C I Ó N D E L C O N T R A T O 10
12. - A D J U D I C A C I Ó N D E L C O N T R A T O 10
13. - G A R A N T Í A P R O V I S I O N A L 12
14. - P L A Z O Y P R E S E N T A C I Ó N D E
P R O P O S I C I O N E S 13
15. - C O N T E N I D O D E L A S P R O P O S I C I O N E S 13
16.- C U E S T I O N E S G E N E R A L E S 18
17. - M E S A D E C O N T R A T A C I Ó N 18
18. - C A L I F I C A C I Ó N D E L A D O C U M E N T A C I Ó N
G E N E R A L 19
20. - C L A S I F I C A C I Ó N D E L A S O F E R T A S Y
D O C U M E N T A C I Ó N A P R E S E N T A R P O R E L L I C I T A D O R S E L E C C I O N A D O 21
2 1 . C O N S T I T U C I Ó N D E L A G A R A N T Í A D E F I N I T I VA 22
22. - A D J U D I C A C I Ó N Y N O T I F I C A C I Ó N D E L A
A D J U D I C A C I Ó N 23
23. - F O R M A L I Z A C I Ó N D E L C O N T R A T O 23
I V E J E C U C I Ó N D E L C O N T R A T O 24
24. - N O R M A S C O M P L E M E N T A R I AS 24
25. - R E S P O N S A B L E S U P E R V I S O R D E L O S T R A B A J O S O B J E T O D E L C O N T R A T O 25
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................................................................................ 26. - O B L I G A C I O N E S D E L C O N T R A T I S T A 25
1. ...................................................................... 25
27. - G A S T O S E I M P U E S T O S P O R C U E N T A D E L
C O N T R A T I S T A 25
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28. - O B L I G A C I Ó N D E P R E S E N T A C I O N D E F A C T U R A S E N U N R E G I S T R O A D M I N I S T R A T I V O ,
I D E N T I F I C A C I Ó N D E O R G A N O S Y A B O N O S A L
C O N T R A T I S T A 26
29. - C U M P L I M I E N T O D E L O S P L A Z O S 28
30. - C U M P L I M I E N T O D E F E C T U O S O O
I N C U M P L I M I E N T O P A R C I A L D E L A E J E C U C I Ó N D E L
O B J E T O D E L C O N T R A T O 29
31. - F A C U L T A D D E D I R E C C I Ó N 29
V C E S I Ó N Y S U B C O N T R A T A C I Ó N 29
32. - C E S I Ó N Y S U B C O N T R A T A C I Ó N 29
33 . - S U C E S I Ó N 30
V I M O D I F I C A C I Ó N D E C O N T R A T O 30
34. - M O D I F I C A C I Ó N D E L C O N T R A T O 30
35. - S U S P E N S I Ó N D E L T R A B A J O O B J E T O D E L
C O N T R A T O 31
V I I F I N A L I Z A C I Ó N D E L C O N T R A T O 31
36. - C U M P L I M I E N T O D E L C O N T R A T O 31
37. - F A C U L T A D D E I N S P E C C I ÓN 31
38. - R E S O L U C I Ó N Y E X T I N C I Ó N D E L C O N T R A T O 32
39. - P L A Z O D E G A R A N T Í A 32
40. - D E V O L U C I Ó N O C A N C E L A C I Ó N D E L A
G A R A N T Í A D E F I N I T I V A 33
41. - P R E R R O G A T I V A S D E L A A D M I N I S T R A C I Ó N Y
J U R I S D I C C I Ó N 33
A N E X O I 35
M O D E L O D E P R O P O S I C I Ó N E C O N Ó M I C A
E M P R E S A R I O S E S P A Ñ O L E S. 35
A N E X O I I 37
M O D E L O P R O P O S I C I Ó N E C O N Ó M I C A E M P R E S A R I O S N O E S P A Ñ O L E S : 37
A N E X O I V. - M O D E L O A U T O R I Z A C I Ó N P A R A
I N F O R M A C I Ó N D E C A R Á C T E R T R I B U T A R I O 40
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A N E X O V. - M O D E L O D E G A R A N T Í A M E D I A N T E
V A L O R E S A N O T A D O S ( C O N I N S C R I P C I Ó N ) 41
A N E X O V I . - M O D E L O D E G A R A N T Í A M E D I A N T E
P I G N O R A C I Ó N D E P A R T I C I P A C I Ó N D E F O N D O S D E
I N V E R S I Ó N 42
A N E X O V I I . - M O D E L O DE A V A L 43
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A N E X O V I I I . - M O D E L O D E C E R T I F I C A D O D E
S E G U R O D E C A U C I Ó N 44
A N E X O I X 45
R E L A C I Ó N D E P E R S O N A L A S U B R O G A R P O R E L
L I C I T A D O R 45
PLIEGO DE PRESCRIPCI ONES TÉCNICAS 46
R E L A C I Ó N D E E D I F I C I O S E I N S T A L A C I O N E S , P O R
C A M P U S , O B J E T O D E C O N T R A T O 46
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