CLÁUSULA PRIMERA.- RÉGIMEN LEGAL APLICABLE Y JURISDICCIÓN: Este contrato se rige por
CLÁUSULA PRIMERA.- RÉGIMEN LEGAL APLICABLE Y JURISDICCIÓN: Este contrato se rige por
la Ley 80 de 1993, la Ley 1150 de 2007, el Decreto 1082 de 2015 y la Ley 1882 de 2018 o las que modifiquen, aclaren o sustituyan; a falta de regulación expresa, por las normas civiles y comerciales. Las eventuales controversias que surjan del presente contrato serán competencia de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, sin perjuicio de lo previsto en la cláusula sobre solución de conflictos.
CLÁUSULA SEGUNDA.- DECLARACIÓN DE HABILIDAD: El CONTRATISTA declara bajo la
gravedad de juramento, el cual se entiende prestado con la firma electrónica del presente contrato, no encontrarse en causal alguna de inhabilidad o incompatibilidad legal para contratar con la SECRETARÍA, consagradas en la Constitución Política y en la Ley. Así mismo manifiesta que no se encuentra incluido en los boletines emitidos por la Contraloría General de la República, por declaratoria de responsabilidad fiscal, debidamente ejecutoriada.
CLÁUSULA TERCERA.- SOLUCIÓN DE CONFLICTOS: Las partes contratantes dirimirán las controversias contractuales que se susciten durante la ejecución y liquidación del contrato, agotando el siguiente procedimiento: a) Se recurrirá primero al arreglo directo, cuya etapa no podrá ser superior a ocho (8) días calendario; b) Si fracasa la etapa anterior, deberá recurrirse a la conciliación prejudicial, de conformidad con la Ley 80 de 1993; la Ley 446 de 1998 articulo 70 y subsiguientes de la Ley 640 de 2001 o a la legislación vigente al momento de presentarse el evento.
CLÁUSULA CUARTA.- GASTOS DEL CONTRATISTA: Serán de cuenta del contratista todos los gastos, derechos e impuestos que se causen con ocasión de la confección y presentación de la oferta, la legalización del contrato, y que se requieran cancelar para dar cumplimiento a las disposiciones legales vigentes sobre el particular.
XXXXXXXX XXXXXX.- CESIÓN: EL CONTRATISTA no podrá ceder la ejecución del presente contrato a persona natural o jurídica alguna, sin que exista previo y expreso consentimiento escrito de la SECRETARÍA, pudiendo éste reservarse las razones que tenga para negar la aceptación de la cesión.
CLÁUSULA SEXTA.- SUBCONTRATOS: EL CONTRATISTA no podrá subcontratar el presente contrato a persona natural o jurídica, nacional o extranjera alguna. En todos los casos EL CONTRATISTA es el único responsable por la celebración de subcontratos y la SECRETARÍA no adquirirá vínculo alguno con los subcontratistas.
CLÁUSULA SÉPTIMA.- EXCLUSIÓN DE RELACIÓN LABORAL: EL CONTRATISTA ejecutará el
objeto de este contrato con plena autonomía técnica y administrativa, sin relación de subordinación o dependencia, por lo cual no se generará ningún tipo de vínculo laboral entre LA SECRETARÍA y el CONTRATISTA o sus trabajadores.
CLÁUSULA OCTAVA.- INDEMNIDAD: Será obligación del CONTRATISTA mantener indemne a LA SECRETARÍA, contra todo reclamo, demanda, acción legal, y costos que puedan causarse o surgir por daños o lesiones, al personal de la Secretaría Distrital de Seguridad Convivencia y Justicia, del Contratista y de las propiedades de dicho personal, adicionalmente a personas o propiedades de terceros, ocasionados por éste durante la ejecución del objeto de este Contrato. En caso de que se instaure demanda o acción legal alguna, o se formule reclamo contra la Secretaría Distrital de Seguridad, Convivencia y Justicia, por asuntos que según el Contrato sean de responsabilidad del Contratista, ésta se lo comunicará dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes, para que por su cuenta adopte oportunamente las medidas pertinentes previstas por la ley para mantenerla indemne, y se adelanten las negociaciones para llegar a un arreglo del conflicto.
CLÁUSULA NOVENA.- CAUSALES DE TERMINACIÓN: Este contrato se dará por terminado en cualquiera de los siguientes eventos: a) Por mutuo acuerdo de las partes, siempre que con ello no se causen perjuicios a la Entidad. b) Por agotamiento del objeto o vencimiento del plazo sin que se haya suscrito una prórroga. c) Por fuerza mayor o caso fortuito que hagan imposible continuar su ejecución. PARÁGRAFO: La terminación anticipada del contrato se hará constar en acta suscrita por las partes. En cualquiera de los eventos de terminación, se procederá a liquidar el contrato y al pago del tiempo efectivamente ejecutado.
XXXXXXXX XXXXXX.- RESPONSABILIDAD DEL CONTRATISTA: El CONTRATISTA será
responsable ante las autoridades de los actos u omisiones en ejercicio de las actividades que desarrolle en virtud del presente contrato, cuando con ellos se cause perjuicios a la administración o a terceros, en los términos del artículo 52 de la Ley 80 de 1993.
CLÁUSULA DÉCIMA PRIMERA.- DOCUMENTOS DEL CONTRATO: Los documentos que se citan a continuación determinan, regulan, complementan e integran las condiciones del contrato: 1. Certificado de Disponibilidad Presupuestal; 2. Los estudios previos, las especificaciones técnicas exigidas, el pliego de condiciones con sus adendas y todos los documentos precontractuales soporte de este contrato; 3. Anexo No. 7 Especificaciones Técnicas; 4. La propuesta del CONTRATISTA; 5. La correspondencia cruzada entre el CONTRATISTA, la INTERVENTORÍA y LA SECRETARÍA. 6. La
Resolución de Adjudicación. 7. La garantía única exigida. 8. Los demás documentos que se produzcan en el desarrollo del contrato.
CLÁUSULA DÉCIMA SEGUNDA.- DOMICILIO: Para todos los efectos legales y fiscales, las partes acuerdan fijar el domicilio contractual la ciudad de Bogotá D.C.
CLÁUSULA DÉCIMA TERCERA.- PERFECCIONAMIENTO Y REQUISITOS DE EJECUCIÓN: El
contrato se entiende perfeccionado con la firma de las partes. Para la ejecución del mismo, se requerirá de: a) La aprobación de la garantía única y de RCE; b) La acreditación, por parte del contratista, de encontrarse al día en el pago de aportes parafiscales relativos al Sistema de Seguridad Social Integral; y, c) La suscripción de la correspondiente acta de inicio, previa expedición del registro presupuestal por parte de LA SECRETARÍA DISTRITAL DE SEGURIDAD, CONVIVENCIA Y JUSTICIA.
FUNCIONARIO O ASESOR | NOMBRE | FIRMA |
Proyectó | ||
Revisó: | ||
Aprobó: |