PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES PARTICULARES
PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES PARTICULARES
“LICITACION PRIVADA PARA LA CONTRATACION DE UN SERVICIO DE CONSULTORIA PARA EL ESTUDIO SOBRE LA CALIDAD DEL TRANSITO Y EL TRANSPORTE PUBLICO EN LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES
DIRECCION GENERAL DE TRANSPORTE SUBSECRETARIA DE TRANSPORTE MINISTERIO DE DESARROLLO URBANO
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
CAPITULO I – DE LAS CONDICIONES DE LA LICITACION
Art. 1º. – OBJETO.
El objeto de la presente LICITACIÓN es la selección y adjudicación de una (1) firma consultora para el “ESTUDIO SOBRE LA CALIDAD DEL TRANSITO Y EL TRANSPORTE PUBLICO EN LA CIUDAD DE BUENOS AIRES” de acuerdo a los
Términos de Referencia.
Art. 2º. – NORMATIVA APLICABLE.
La presente LICITACION se regirá por el Régimen de Contrataciones aprobado por la Ley N° 2.095 promulgada por Decreto Nº 1.772/GCABA/06 (B.O.C.B.A. Nº 2.557); su Decreto Reglamentario N° 408/GCABA/07 (B.O.C.B.A. Nº 2.658); Decreto 1.276/GCABA/06 (B.O.C.B.A. N° 2.513); del Decreto N°737/GCBA/97
(B.O.C.B.A. N° 227); Ley 1218 promulgada por Decreto Nº 2.819/GCBA/03 (B.O.C.B.A. Nº 1.850); Ordenanza Nº 52.236; Decreto Nº 1.616/GCBA/97 (B.O.C.B.A. Nº 329) y Decreto Nº 1.693/GCBA/97 (B.O.C.B.A. Nº 337); Artículo 48,
Ley Nº 7 (B.O.C.B.A. N° 405) y las contenidas en el Pliego de Bases y Condiciones Generales y Términos de Referencia.
A los efectos de la interpretación de los Pliegos, Términos de Referencia, sus respectivos Anexos y todo otro documento contractual, las siguientes palabras y expresiones tendrán el significado que a continuación se consigna:
BOCBA: Xxxxxxx Xxxxxxx xx xx Xxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx.
GCBA: Poder Xxxxxxxxx xxx Xxxxxxxx xx xx Xxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx.
DGTransp: Dirección General de Transporte
PBCP: Pliego de Bases y Condiciones Particulares.
Circular: Comunicación emitida por la Subsecretaría de Transporte relativa a la Licitación.
Licitación Privada: Es el procedimiento de selección instrumentado en el presente Xxxxxx, para seleccionar al oferente de acuerdo a su capacidad técnico-científica, conforme al criterio de selección fijado en la documentación contractual.
Organismo Contratante: Ministerio de Desarrollo Urbano.
Oferente: Es el interesado que en forma individual o asociada se presenta para ser calificado por esta Licitación.
Adjudicatario: Es el Oferente que es seleccionado para ejecutar la actividad objeto de la presente Licitación.
Art. 4º.- ALCANCES DE LAS OFERTAS.
Los Oferentes deberán presentar sus propuestas respecto de la totalidad de los servicios licitados contemplados en el Art. 2° del presente Pliego y en los Términos de Referencia. No se admitirán ofertas parciales.
Art. 5º.- VISTA DE LOS PLIEGOS.
Los Pliegos de Bases y Condiciones Generales, Particulares y Términos de Referencia, se podrán consultar en el Área de Compras y Contrataciones de la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal del Ministerio de Desarrollo Urbano, sita en Xxxxxx Xxxxxxxxxx 000, xxxx 0x.
Art. 6°.- ACLARACIONES Y CIRCULARES.
Toda consulta con relación a la presente Licitación deberán estar dirigidas a: Ministerio de Desarrollo Urbano, Subsecretaría de Transporte, Licitación Pública N°, Xxxxxx Xxxxxxxxxx Xx 000, xxxx 0 xxxxxxx Xx, Xxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx.
La Subsecretaría de Transporte recibirá aquellas consultas que se realicen por escrito y hasta SETENTA Y DOS HORAS (72) antes de la fecha fijada para la
apertura de las ofertas. No se recibirán consultas telefónicas ni se contestarán aquellas que se presenten fuera de término antes referido. La Dirección General de Transporte evacuará las consultas planteadas y según su contenido técnico dará intervención al área respectiva. Dichas consultas serán respondidas mediante Circulares, aclaratorias o modificatorias. La circular deberá ser comunicada en forma fehaciente a todos los invitados a ofertar y a los adquirentes de los Pliegos hasta VEINTICUATRO HORAS (24) de antelación a la fecha de apertura de ofertas. La Subsecretaría de Transporte podrá emitir circulares de oficio, aclaratorias o modificatorias. Todas las circulares emitidas pasarán a formar parte del presente pliego, y se publicarán en la cartelera de la el Área de Compras y Contrataciones de la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal del Ministerio de Desarrollo Urbano.
CAPITULO II – DE LA PRESENTACION A LA LICITACION
Art. 7º.- CONTENIDO DE LAS OFERTAS. REQUISITOS GENERALES DE LA DOCUMENTACIÓN DE LA OFERTA.
Toda documentación que presentaren los Oferentes deberá cumplir los siguientes requisitos:
1. Carácter de la documentación: Todos los documentos e informes que deberán proporcionar los oferentes tendrán el carácter de declaración jurada. La falsedad documental será sancionada con la exclusión de La Licitación y la ejecución de la garantía de la Oferta, sin perjuicio de las demás acciones que pudieran corresponder.
2. Forma de presentación: A los efectos de cumplir con los requisitos exigidos en esta Licitación y para la evaluación de las propuestas, los Oferentes deberán presentar la documentación que se indica en los puntos siguientes, en original y DOS (2) copias simples, que se identificarán claramente como “original” y “copia 1,2”.
3. Foliatura y Firmas: Toda la documentación presentada deberá estar foliada y firmada en todos sus folios, por el Representante del Oferente, incluyendo el ejemplar original xxx Xxxxxx.
4. Idiomas y Traducciones: Los documentos o instrumentos que estén redactados en un idioma diferente al castellano, deberán acompañarse con su traducción al mismo, realizada por traductor público en la República Argentina o su equivalente en el extranjero y deberán ser legalizadas conforme el punto siguiente.
5. Legalizaciones: Cuando los actos, documentos e instrumentos fueren celebrados o emitidos en el extranjero, deberán estar legalizados y autenticados conforme los mecanismos vigentes entre la República Argentina y el país dónde hayan sido celebrados o emitidos.
Art. 8.- DETALLE DE LA DOCUMENTACIÓN QUE DEBERAN PRESENTAR LOS OFERENTES.
Las ofertas deberán contener una descripción pormenorizada de los aspectos operativos y técnicos y económicos según las siguientes previsiones.
Aspectos operativos y técnicos
La oferta deberá contener la propuesta técnica del Oferente, la que se compondrá de las partes que se enumeran a continuación.
(a) Plan de Gestión
Esta sección deberá proporcionar una orientación corporativa que incluya el año y el Estado/país de constitución de la empresa junto con una breve descripción de las actividades actuales del Oferente. Deberá concentrarse en los servicios que se relacionen con la Propuesta.
Esta sección también deberá describir las la(s) unidad(es) organizativa(s) que serán las responsables de la ejecución de la Orden de Compra, así como el enfoque gerencial general para un trabajo de esta naturaleza. El proponente deberá incluir comentarios sobre su experiencia en proyectos similares e identificar la(s) persona(s) que representarán al proponente en cualquier gestión futura con el GCBA.
(b) Planificación de Recursos
Esta sección deberá explicitar los recursos del proponente en términos de personal e instalaciones disponibles que sean necesarios para la ejecución de lo requerido.
(c) Metodología propuesta
Esta sección deberá demostrar el grado de adecuación de la propuesta del proponente con relación a las especificaciones requeridas mediante la identificación de los componentes específicos propuestos, el análisis de los requerimientos, según lo especificado, punto por punto, proporcionando una descripción detallada de las características de la garantía de cumplimiento propuesta y demostrando cómo la metodología que propone se ajusta ó excede las especificaciones.
Cualquier referencia a materiales y folletos de tipo descriptivo deberá incluirse en el párrafo correspondiente de la Propuesta, aunque sea posible proporcionar materiales/ documentos como anexos a la Propuesta.
La información que el Oferente considere que está amparada bajo derechos de patente, si la hubiera, deberá marcarse claramente como “protegida por derechos de patente” a continuación de la parte relevante del texto y será entonces tratada como tal.
d) Dotación de Personal
Es condición de esta LICITACION, que todo el personal que preste en el futuro tareas vinculadas al “ESTUDIO SOBRE LA CALIDAD DEL TRANSITO Y EL TRANSPORTE PUBLICO EN LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES”,
esté encuadrado a todos sus efectos conforme a la Ley Laboral y Convenios vigentes.
El servicio se realizará con un equipo de profesionales necesario para cumplir el índice de prestación exigido en los Pliegos. El Adjudicatario observará las técnicas apropiadas para la realización del estudio en tiempo y forma, de acuerdo a las metodologías descriptas en su Plan de Trabajo y a las especificaciones del PBCP. En su Plan de Trabajo, los Oferentes deberán detallar la formación y capacitación de los cuadros de coordinación y equipo. A esos efectos deberán detallarse los antecedentes o currículas del personal.
Aspectos Económicos.
La Oferta la propuesta Económica. El proponente deberá indicar en un esquema adecuado el precio de los servicios que manifiesta suministrar bajo la Orden de Compra.
Se deberá cotizar en pesos sin IVA incluido, consignando en números y letras la suma total que se oferte y por el plazo de contratación correspondiente. La forma de calcular el monto total por la prestación del servicio deberá comprender un detalle de la dedicación de los profesionales afectados al mismo en base a la carga horaria correspondiente. El monto máximo que se establece para la realización del “ESTUDIO SOBRE LA CALIDAD DEL TRANSITO Y EL TRANSPORTE PUBLICO
EN LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES”, según lo previsto en el presente pliego y en los Términos de Referencias es de $ 240.000 (doscientos cuarenta mil pesos).
Art. 10º.- CONTENIDO Y VICIOS EXCLUYENTES DE LA OFERTA:
Constituyen motivos del rechazo de oferta la concurrencia de uno o más de los siguientes vicios:
Que no esté cumplimentada la garantía de oferta.
Que se presente la oferta sin firmar, aclaración de firma, o no se fije domicilio o no fuese posible identificar sin duda alguna al Oferente.
Que se presente firmado por persona(s), sin capacidad suficiente para obligar al Oferente.
Que no se indique claramente los precios cotizados, o el monto total de la propuesta, y/o no fuere posible interpretarla.
Que contenga correcciones, raspaduras, enmiendas o agregados que no estén debidamente salvados y firmados por la misma persona que firma en la oferta.
CAPÍTULO III – PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN.
Art. 11.- PRESENTACIÓN DE LAS OFERTAS.
Las ofertas serán presentadas por duplicado de acuerdo a lo establecido en el Art. 44° del Decreto N° 408/GCABA/07 reglamentario del Artículo 102° de la Ley N° 2.095, y deberán estar firmadas por el oferente o su representante legal. La firma deberá encontrarse aclarada indicando el carácter del firmante, debiéndose presentar la documentación que acredite el carácter invocado. Las ofertas deberán encontrarse firmadas en todas sus fojas, incluyendo aquellas que expresamente requiera el Pliego de Bases y Condiciones, más la documentación adicional, folletos o todo tipo de publicidad que el oferente adjunte y foliadas en forma correlativa.
Art. 12.- VISTA DE LAS PROPUESTAS.
Una copia de todas las ofertas quedará a disposición de cada uno de los oferentes, a fin de que tomen vista de ellas. Los oferentes podrán tomar vista durante TRES
(3) días contados a partir de la fecha de apertura y formular las observaciones que estimen pertinentes dentro de los TRES (3) días posteriores a la finalización del plazo para la vista.
El Área de Compras y Contrataciones deberá notificar las observaciones en forma fehaciente a los oferentes observados, los que podrán contestarlas dentro de los TRES (3) días siguientes.
Con las observaciones y, en su caso, las contestaciones respectivas, deberán acompañarse las pruebas correspondientes. Toda presentación deberá hacerse con copia de la misma, así como de la documentación acompañada.
La Comisión de Evaluación de Ofertas podrá requerir, en forma previa a la emisión de su dictamen, por escrito a los Oferentes, aclaraciones sobre los documentos incluidos en sus ofertas, debiendo éstos responder de igual manera en el plazo que en cada caso a tal efecto se establezca. La falta de respuesta en término producirá la exclusión de pleno derecho del Oferente, conforme lo establecido en el presente Pliego.
Las aclaraciones en ningún caso podrán importar una modificación o alteración sustancial de la oferta. En tal supuesto, no serán tomadas en consideración.
Art. 14º.- EVALUACION DE OFERTAS.
El análisis y la evaluación de las ofertas estarán a cargo de la Comisión de Evaluación de Ofertas.
Dicha Comisión se basará, para su evaluación conjunta, en las planillas de comparación de ofertas competitivas, las cuales incluyen un análisis de los siguientes indicadores; a) Oferta Técnica y b) Oferta Económica, en las cuales se volcarán por orden creciente la totalidad de las ofertas presentadas.
La Comisión emitirá el informe de preadjudicación que proporcionará a la Subsecretaria de Transporte, los fundamentos para el dictado del acto administrativo de adjudicación. Dicho informe contemplará la oferta más conveniente para el GCBA.
OFERTA TECNICA
Criterios calificables y su ponderación:
Puntaje máximo
a) Experiencias del proponente 15 puntos
b) Formación y experiencia del personal propuesto 25 puntos
c) propuesta técnica 35 puntos
d) Margen de preferencia metropolitana 10 puntos
Total 85 puntos
Subcriterios utilizados:
Para la calificación de los criterios señalados, se utilizarán los siguientes subcriterios;
a) Experiencia del proponente:
Se tendrá en cuenta la experiencia del proponente los temas específicamente vinculados con la encomienda, considerando particularmente que la firma (o las distintas firmas integrantes de la Asociación de firmas) acrediten antecedentes en todos los aspectos relevantes del estudio a realizar, incluyendo básicamente los siguientes:
Puntaje máximo
Estudios técnicos especializados en proyectos afines. 9 ptos Estudios sobre aspectos institucionales y legales. 3 ptos Estudios económicos – financieros. 3 ptos
TOTAL 15 puntos
b) Formación y experiencia del personal propuesto:
Puntaje
Director del proyecto 11 ptos
Equipo técnico especializado en proyectos 15 ptos
TOTAL 26 PUNTOS
c) Propuesta técnica
Comprensión del problema en forma integral 8 ptos
Metodología 21 ptos
Plan de trabajo 8 ptos
TOTAL 37 PUNTOS
c) Margen de preferencia metropolitana
El puntaje a otorgar como resultado de la aplicación del margen de preferencia para los profesionales (director y Coordinadores de los equipos técnicos) integrantes de la firma Consultora se determinará de la siguiente manera:
Director del proyecto 4 ptos
Equipo técnico especializado en proyectos 3 ptos
TOTAL 7 PUNTOS
PROPUESTA FINANCIERA
UTILIZACION DEL SISTEMA DE PUNTAJE: El Puntaje máximo total signado a la calificación de propuesta financiera es de 15 puntos. La propuesta económica más baja obtendrán un puntaje inversamente proporcional al monto de su propuesta financiera de acuerdo a la siguiente fórmula
PEMB PPEi= 15
PEi
Donde PPEi= Puntaje de la Propuesta Económica del proponente i.
PEMB = Propuesta económica más baja.
PEi = Propuesta económica del proponente i.
CALIFICACIÓN FINAL
La calificación final será la sumatoria de las calificaciones técnica y económica.
Art. 15.- NOTIFICACIÓN DEL DICTAMEN DE EVALUACIÓN.
El Área de Compras y Contrataciones notificará fehacientemente el Dictamen de Evaluación a cada uno de los oferentes dentro de los cinco (5) días de emitido, lo publicará por el término de UN (1) día en el Boletín Oficial y lo anunciará en su cartelera.
CAPÍTULO IV.- ADJUDICACION Y CONTRATACION.
La adjudicación será resuelta por la autoridad competente del Organismo Contratante y notificada fehacientemente al adjudicatario.
El GCBA se reserva el derecho de aceptar o rechazar cualquier Propuesta y de dejar sin efecto el procedimiento licitatorio así como de rechazar todas las Propuestas en cualquier momento con anterioridad a la adjudicación de la Orden de Compra por razones de oportunidad, mérito y conveniencia, sin incurrir por ello en ninguna responsabilidad con relación al proponente y sin tener la obligación de informar al proponente/s afectado/s de los motivos de dicha decisión.
Antes del vencimiento del período de validez de la propuesta, se adjudicará la Orden de Compra al proponente cuya Propuesta, luego de haber sido evaluada, sea considerada la más conveniente.
CAPITULO V- DE LA EJECUCION DEL CONTRATO.
Art. 17.- GARANTÍA DE EJECUCIÓN.
Constitución de la garantía de ejecución: El oferente adjudicado deberá presentar una garantía de ejecución por un monto equivalente al 10 (%) del total de la adjudicación por todo el plazo contractual, incluidas prórrogas si las hubiere, la que deberá ser debidamente integrada dentro de los DIEZ (10) días contados a partir del día siguiente al de la notificación del acto administrativo de adjudicación. En todos los casos se entiende que la garantía deberá ser otorgada a satisfacción del Organismo Contratante, quien en el caso de no considerarla adecuada le otorgará un nuevo plazo de CINCO (5) días para su reemplazo. El incumplimiento en la constitución de la garantía de ejecución dará lugar a la revocación de la adjudicación y a la ejecución de la garantía de la oferta si correspondiere.
Art. 18º.- INICIACION DE LOS SERVICIOS.
La prestación de todos los servicios licitados y adjudicados se iniciará dentro de los QUINCE (15) días hábiles administrativos, contados a partir de la suscripción de la Orden de Compra respectiva.
Art. 19º.- IMPLEMENTACION DEL PLAN DE TRABAJO.
La fase de implementación del Plan de Trabajo se iniciará inmediatamente de suscripta la Orden de Compra, si no mediare otra notificación.
El Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires establecerá el plazo para la implementación del Plan de Trabajo, el cual en ningún caso podrá exceder los QUINCE (15) días corridos posteriores a la firma de la Orden de Compra.
El Adjudicatario deberá presentar el citado Plan de Trabajo ante la DGTransp, a efectos de su implementación al inicio de la prestación.
La autorización para iniciar las prestaciones según el Plan de Trabajo presentado por el Adjudicatario, no excluye ni limita la responsabilidad profesional y contractual del Adjudicatario referida a la aptitud del Plan de Trabajo para cumplir con los Pliegos.
Art. 20º.- OBLIGACIONES DEL ADJUDICATARIO EN LA EJECUCION DE LA ORDEN DE COMPRA
En la ejecución de la Orden de Compra, el Adjudicatario deberá ajustarse estrictamente a la documentación contractual consignada en el Pliego de Bases y Condiciones Generales y Particulares, obligándose a:
a) Emplear en la ejecución del servicio, durante todo el período de la prestación, exclusivamente personal con pericia y experiencia en sus respectivas especialidades.
b) Contratar el personal que integrará el equipo de profesionales sin la participación de intermediarios, y conforme a las leyes laborales vigentes, y las que se dicten en lo sucesivo, constituyéndose en único y directo responsable de su cumplimiento.
c) Utilizar desde el inicio y durante toda la vigencia de la Orden de Compra, todos los medios técnicos comprometidos, pudiendo incorporar los medios, sistemas y métodos que aconsejen la evolución tecnológica, y que contribuyan a mejorar la calidad de los servicios, así como la aplicación de todos los métodos y procedimientos para garantizar la calidad final de los mismos. En este caso, deberá quedar evidenciada sin lugar a dudas, la mayor calidad del servicio que se ofrece.
d) Adoptar recaudos para evitar alteraciones del orden por parte de su personal y situaciones de cualquier tipo que perjudiquen la tranquilidad pública, el orden y la seguridad de las personas, haciéndose responsable de todas las consecuencias mediatas e inmediatas (civiles y/o criminales) que tal situación provoque en las personas y/o las cosas, conforme lo previsto por el Art. 1.113 del Código Civil.-.
e) Observar las disposiciones legales relativas a higiene y seguridad en el trabajo y las disposiciones de carácter laboral y previsional, debiendo contratar un seguro contra accidentes de trabajo para todo el personal.
f) Presentar informes de avance de carácter mensual (1) mes y un informe final previo a la finalización de la Orden de Compra. Producir, además, dentro de las veinticuatro (24) horas de requerido cualquier informe que le solicite la DGTransp, como así también, informar inmediatamente de conocido, cualquier hecho o circunstancia que pudiera incidir en la normal prestación de los servicios.
g) Mantener la continuidad y regularidad de los servicios, según lo indiquen los Pliegos, Términos de Referencias y el Plan de Trabajo.
h) Responder en forma exclusiva, por cualquier daño que pudiere ocasionarse a personas y/o bienes de la Administración y a terceros y/o sus bienes, con motivo de la prestación de los servicios.
Art. 21º.- EXCLUSIVIDAD DE PRESTACIÓN DEL SERVICIO
El Adjudicatario tendrá la exclusividad para la realización del “ESTUDIO SOBRE LA CALIDAD DEL TRANSITO Y EL TRANSPORTE PUBLICO EN LA CIUDAD
AUTONOMA DE BUENOS AIRES”, por el período de vigencia de la Orden de Compra, y en los términos especificados en el presente Xxxxxx, sin perjuicio de las atribuciones del GCBA de ejercer su facultad de implementar programas, planes y/o servicios en forma excepcional, periódica o permanente, cuando a su juicio las
circunstancias así lo requieran.
Art. 22º.- PROHIBICION DE LA TRANSFERENCIA DE LA ORDEN DE COMPRA.
La Orden de Compra no podrá ser cedida o transferida total o parcialmente por el Adjudicatario a terceros.
Art. 23º.- PLAZO DE CONTRATACION DEL SERVICIO.
El plazo de duración de la Orden de Compra será de 7 (siete) meses. Dicho período comenzará a contarse desde el día de iniciación de la prestación de los servicios. El GCBA se reserva el derecho de rescindir sin costo alguno para la administración la presente Orden de Compra antes de la finalización de la fecha estipulada en la misma de acuerdo al grado de avance en la ejecución del objeto del presente Xxxxxx.
Art. 24º.- PRESTACION DE LOS SERVICIOS:
En ningún caso la invocación de una situación imprevista autorizará al Adjudicatario a suspender o reducir la prestación de los servicios, los que se deberán continuar prestando en las condiciones contractuales estipuladas.
Art. 25º.- PRESENTACION DE INFORMES.
Se prevé la entrega de un Informe de Avance de carácter mensual. El Informe Final deberá incluir lo contemplado en el Art. 2º del presente Pliego.
Art. 26º.- FISCALIZACION DEL SERVICIO.
La fiscalización y control de los servicios objeto de la presente licitación estará a cargo de la DGTransp.
Art. 27º.- MEDIOS DE COMUNICACIÓN ENTRE LAS PARTES.
La comunicación contractual entre la DGTransp y el Adjudicatario se realizará mediante medios fehacientes. Las emitidas por el GCBA serán subscritas por los funcionarios responsables de las áreas competentes, mientras que las emitidas por el Adjudicatario deberán estar subscritas por el representante legal comprometido en la Orden de Compra.
Las comunicaciones serán foliadas y con hojas triplicadas en los que las partes dejarán constancia de todas y cada una de las novedades surgidas. Estas comunicaciones serán por escrito y deberán ser registradas cronológicamente.
Estas comunicaciones podrán ser anticipadas vías correo electrónico, fax o cualquier otro medio de comunicación conservando constancia de su recepción.
En las comunicaciones se registrarán las observaciones y/o deficiencias detectadas, como así también las sanciones aplicadas, etc., notificando el duplicado al Adjudicatario.
El Adjudicatario no podrá excusarse de cumplimentar las comunicaciones remitidas por el GCBA so pretexto de no adecuarse a los términos y condiciones de la Orden de Compra, debiendo ejecutar la tarea requerida, sin perjuicio de formular dentro de los CINCO (5) días siguientes las observaciones que estime pertinente. Vencido dicho término, no será procedente reclamo alguno.
CAPITULO VI – DEL PRECIO Y FORMA DE PAGO
La liquidación del precio que deba satisfacerse al Adjudicatario se efectuará mensualmente por aplicación de los precios adjudicados, y con referencia a los servicios efectivamente prestados dentro de cada mes calendario.
El Adjudicatario deberá presentar ante la DGTransp en forma mensual el informe de avance y factura, para proceder, previa aprobación del GCBA, a la liberación de los honorarios correspondientes. La presentación del mismo deberá realizarse dentro de los primeros cinco (5) días hábiles posteriores al mes vencido.
CAPITULO VII – DE LAS FALTAS Y SUS PENALIDADES
Sin perjuicio de las multas y penalidades contractuales previstas en el presente Pliego, el Adjudicatario podrá ser pasible de las sanciones de apercibimiento, suspensión o inhabilitación previstas en el Régimen de Contrataciones aprobado por la Xxx Xx 0000.
El incumplimiento por parte del Adjudicatario, de las obligaciones emergentes de la relación contractual y de las normas que fijan los requisitos y modalidades de la prestación de los servicios en general, facultará a la aplicación de multas correspondientes.
Se aplicaran las multas por la/x xxxx/s en el cumplimiento de la prestación. La multa diaria por xxxx en el cumplimiento del servicio será de uno por mil (1/1.000) del monto de la Orden de Compra. El sistema de aplicación de multas se indicará en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares. A los efectos del cálculo de multas, se entenderá por monto de la Orden de Compra al monto original del mismo más los importes de las modificaciones aprobadas. Cuando el importe de las multas por cualquier concepto alcance al diez por ciento (10%) del monto de la Orden de Compra, el GCBA podrá optar por su rescisión por causas atribuibles al Adjudicatario o bien decidirá la continuidad del mismo, sin que en el período restante hasta la terminación de la Orden de Compra pueda hacérsele pasible de nuevas penalidades en virtud de la demora. Este límite en la sanción por retraso no libera al Adjudicatario de su responsabilidad por los daños y perjuicios a terceros o al GCBA.
ART. 31º.- TIPIFICACIÓN Y PUNTOS.
Incumplimiento del Plan de Trabajo y/o modificaciones al mismo sin notificación y verificación de la DGTransp, por cada hecho y por vez: 30 (treinta) puntos.
Ausencia del profesional afectado a la prestación del servicio: 25 (veinticinco) puntos.
Falta de presentación de los informes y/o análisis requeridos dentro de los plazos establecidos o dentro del término exigido si no hubiere plazo fijado. Por cada hecho y por vez: 30 (treinta) puntos.
Falta de mantenimiento de los elementos tecnológicos utilizados para la prestación del servicio: 10 (diez) puntos.
Toda trasgresión a las condiciones establecidas en el presente Xxxxxx, para la prestación de los servicios, que no se encuentre precedentemente enumerada, será sancionado con multas graduables: hasta treinta (30) puntos según su gravedad.
Art. 32º.- MODALIDAD DE APLICACION DE PENALIDADES:
1.- Multas por Faltas Leves: Estas multas se graduarán conforme los porcentajes máximos que para cada tipo de falta se establece, que se calculará sobre el monto mensual a percibir.
El importe de las multas será descontado de los montos que a dicha fecha tengan por percibir los adjudicatarios por servicios ya devengados.
2.- Multas Por Faltas Graves: Las multas previstas se incrementarán al doble, cuando la infracción se reitere dentro del mismo mes calendario y se cuadruplicará
cuando se tratare del tercer o sucesivos hechos reiterados dentro del mismo período.
A los fines de la reincidencia se considerarán las infracciones objetivamente, con prescindencia del agente o unidad que produjo el hecho u omisión.
Cuando un mismo hecho encuadre en distintos supuestos punibles, se aplicarán las sanciones que para cada uno de ellos corresponda, salvo cuando una trasgresión presuponga otra, en cuyo caso será aplicable la pena más grave prevista.
El importe de las multas, será deducido del pago correspondiente a la facturación del mes siguiente, al que se cometió la falta.
En el caso de las infracciones de carácter permanente, el Adjudicatario deberá subsanarlas dentro del plazo que a tal fin fije la DGTransp, vencido el cual si subsistiera, se considerarán a los fines punitivos como un hecho nuevo.
Art. 33º.- SANCIONES DISCIPLINARIAS:
Si el Adjudicatario incurriera en alguna falta, el Coordinador en su carácter de responsable del servicio, será pasible de las siguientes sanciones.
a) Llamado de atención
b) Solicitud de suspensión:, De uno (1) a cinco (5) años del Registro de Proveedores. La suspensión no impide la continuidad de la prestación del servicio, pero no permite al Adjudicatario ni al Profesional responsable intervenir en nuevas licitaciones del GCBA durante la suspensión.
En el caso de que el Coordinador fuese quien cometiera la sanción disciplinaria, esta será considera grave, pudiendo el GCBA en este caso requerir la sustitución del mismo.
Art. 34º.- PROCEDIMIENTO DE APLICACION DE PENALIDADES.
La aplicación de las penalidades previstas en el presente Pliego y demás documentación contractual se efectuará conforme al siguiente procedimiento: verificada la infracción, se labrará un acta de constatación cuya copia será notificada al Adjudicatario.
La DGTransp llevará un registro foliado, donde consignará las deficiencias observadas, a los efectos de verificar el cumplimiento o no del índice de prestación exigido en los Pliegos. El resultado mensual de la compilación de los incumplimientos se notificará fehacientemente.
El Adjudicatario deberá formular descargo dentro de los DOS (2) días de notificado. Vencido ese plazo, la DGTransp emitirá la correspondiente disposición, que deberá ser notificada fehacientemente al Adjudicatario con la cual se iniciará, de corresponder, el trámite de descuento al certificado pertinente.
El Adjudicatario podrá recurrir la sanción conforme a las previsiones del Decreto Nº 1510-GCBA/97. La presentación del recurso no suspende la aplicación de la sanción.
No obstante la aplicación de las sanciones que procedieren, la DGTransp podrá, previa intimación, solicitar al Adjudicatario que corrija su deficiencia en el plazo que se le fije, el que no podrá exceder de veinticuatro (24) horas. Asimismo podrá ejecutar directamente o hacer ejecutar por terceros los trabajos que hubieren sido omitidos o deficientemente ejecutados. El costo de dichos trabajos, con más un quince por ciento (15%) en concepto de gastos administrativos, será deducido de la siguiente liquidación que corresponda practicar al Adjudicatario.
Art. 35º.- HECHOS QUE PUEDEN ORIGINAR SANCIONES.
Puede dar lugar a sanciones cualquier incumplimiento de cláusulas contractuales.
Art. 36º.-SANCIONES:
Las sanciones serán consideradas como cargos compensatorios en dinero de los perjuicios ocasionados por una operación errada o por incumplimiento de una obligación.
La DGTransp podrá recurrir al cargo para hacer efectuar por terceros o con su propio personal los trabajos no ejecutados por el Adjudicatario en su oportunidad y descontará el costo correspondiente a través de la ejecución de Garantía de Adjudicación que entrega el oferente como garantía de Adjudicación.
TERMINOS DE REFERENCIA
“LICITACION PRIVADA PARA LA CONTRATACION DE UN SERVICIO DE CONSULTORIA PARA EL ESTUDIO SOBRE LA CALIDAD DEL TRANSITO Y EL TRANSPORTE PUBLICO EN LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES”
DIRECCION GENERAL DE TRANSPORTE SUBSECRETARIA DE TRANSPORTE MINISTERIO DE DESARROLLO URBANO
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
Art.1°.- ESCENARIOS QUE DEBERÁ CONTEMPLAR EL ESTUDIO DE FACTIBILIDAD.
El “ESTUDIO SOBRE LA CALIDAD DEL TRANSITO Y EL TRANSPORTE
PUBLICO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES” deberá contemplar tres (3) objetivos: a) la construcción de indicadores de transporte; b) la elaboración de mapas de velocidades y retardos de la ciudad; y c) la construcción de un servicio web.
Art. 2°.- ACCIONES QUE COMPRENDERÁ EL ESTUDIO.
El Estudio de Factibilidad deberá incluir las siguientes acciones, considerando los tres escenarios anteriormente descritos:
a) CONSTRUCCION DE INDICADORES DE TRANSPORTE:
Para la construcción de indicadores de tránsito y transporte público se considerara como área de estudio la vialidad principal de la ciudad de Buenos Aires y la vialidad afectada en un futuro próximo, con obras de intervención. Del análisis de las mismas surgirán las empresas de transporte público, sobre las cuales se realizaran los estudios. A tal efecto se construirán tres tipos de indicadores:
Indicador 1:
Tiempo de viaje de los usuarios de autotransporte público en área de influencia, según las áreas de intervenciones definidas.
Metodología de medición:
Instalación de 1 equipo GPS en 20 líneas representativas de los principales flujos de pasajeros de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires que utilicen arterias de las áreas a intervenir. En caso de que algún proyecto no cuente con información se relevará en campo con personal asignado, antes y después de cada la intervención, los tiempos de viaje de los buses, registrando en dos puntos: línea, interno, hora y
minuto de paso del vehículo. Al mismo tiempo, se realizará una estimación expeditiva de la ocupación de los buses.
Indicador 2:
Tiempo de viaje de los usuarios del auto particular en área de influencia de las intervenciones.
Metodología de medición:
Se relevará en campo con personal asignado, antes y después de cada la intervención, los tiempos de viaje de los vehículos particulares registrando, en dos puntos o más puntos, según corresponda, la patente del vehículo. Al mismo tiempo, se realizará una estimación expeditiva de la ocupación de los vehículos.
Indicador 3:
Tiempo de viaje de los usuarios de autotransporte público de la ciudad, a partir de un conjunto representativo de líneas.
Metodología de medición:
Instalación de 1 equipo GPS en 20 líneas representativas de los principales flujos de pasajeros de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
b) ELABORACION DE MAPAS DE VELOCIDADES Y RETARDOS DE LA CIUDAD
Se elaboraran mapas temáticos con la información recolectada desde los dispositivos satelitales (GPS) colocados en las diferentes unidades (Buses, automóviles). La misma será procesada estadísticamente de acuerdo a los indicadores de Transporte definidos.
c) CONSTRUCCION DE SERVICIO WEB
Se construirá un servicio de Intranet / Internet, con el fin de permitir la consulta a las bases de datos, de los indicadores de transporte, los mapas temáticos generados y permitir hacer análisis temporales de tiempos de marcha, velocidades comerciales, retardos en la vialidad.
En el mismo se representara el grado de avance del proyecto, donde podrá verse la construcción “on-line” del mismo.
Art. 3°.- REALIZACIÓN DE UN ESTUDIO DEL IMPACTO EN LA CIRCULACIÓN GENERAL DEL TRÁNSITO.
El estudio sobre indicadores de velocidades y retardos sobre la vialidad principal de la ciudad impactará necesariamente en el esquema de circulación actual de tránsito. Por lo tanto, una completa evaluación del impacto sobre la circulación general requiere de un análisis exhaustivo que comprenda los siguientes tareas:
1. Determinación del área de influencia del Proyecto, entendiendo por esta ultima la red vial que será impactada por el Proyecto (se anexa Mapa).
2. Determinación de los móviles, de las Empresas de transporte público, sobre las que se instalaran los dispositivos (GPS). De acuerdo a la red vial seleccionada para el estudio.
3. Medición de tiempos y velocidades de viaje, segmentados de acuerdo a puntos de control que se entenderán como puntos de interés especial para el estudio (Secciones tarifarias, puntos de afluencia de usuarios, ETC.). Las mediciones se deberán realizar las 24 horas, a fin de poder confeccionar los indicadores de acuerdo a su respectiva franja horaria.
4. Presentación de interfaces, WEB, con el fin de permitir una visualización global de los indicadores construidos en la red vial. Las interfaces WEB deberán permitir elaborar conclusiones sobre ex-antes y ex-post, sobre las áreas en donde la red vial sufrió intervenciones de obras.
5. Realización de una evaluación operacional del proyecto determinando los ahorros de tiempo y velocidades comerciales óptimas para el transporte público.
6. Realización de una estimación del impacto del proyecto en la seguridad vial.
Art. 4º.- ANTECEDENTES:
El marco legal esta dado por la Ley Nº 2148 (BOCBA Nº 2.615) Código de Xxxxxxxx x Xxxxxxxxxx xx xx Xxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx que regula el tránsito y el uso de la vía pública siendo esta Subsecretaria de Transporte su Autoridad de Aplicación según el Decreto 498/2008.
Art. 5.- GEOREFERENCIACION:
A los efectos de realizar el objeto del presente pliego, el GCBA facilitará el soporte magnético correspondiente a la geometría de la vialidad involucrada. La misma deberá presentarse con características compatibles a los navegadores satelitales a utilizar, a saber: Deberá estar georeferenciada en el sistema WGS 84, sistema adoptado por la generalidad del los dispositivos GPS.
Asimismo, el GCBA proveerá toda la información disponible sobre datos obtenidos a través de los contadores permanentes instalados para el ajuste estacional como los tiempos de semáforos (ciclos, fases y partición) y coordinación.
Art. 6.- SOFTWARE:
Para la realización del proyecto se deberá contar con distintos software de generación, análisis y presentación de la información. Los mismos se describen a continuación:
1.- Software de captura de datos (GPS).
2.- Software de almacenamiento, bases de datos y análisis
3.- Software de representación cartográfica, mapas temáticos. A través de Intranet / Internet.
Art.7.- HARDWARE
1. Dispositivos satelitales, GPS / AVL, los mismo deberán tener la siguientes características:
ESPECIFICACIONES TÉCNICAS, ELÉCTRICAS Y AMBIENTALES | |
GPS | 12 Canales |
Adquisición de 1ra posición (Cool Start) | < 60 segundos (Condiciones ideales) |
Adquisición de 1ra posición (Warm Start) | < 40 segundos |
Refresco de la posición | una por segundo. |
Precisión en la posición | < 10 mts. |
Alimentación de Antena GPS | 16 mA @ 3,3 Vcc. |
Rango de temperatura de funcionamiento: | -20 a +70 grados centígrados. |
Humedad | 95% a 60°C |
Entrada de Alimentación | Protegida por fusible de 3 Amp |
Tensión de Alimentación principal | de 9 a 30 V. |
Puertos | |
Serial COM 1 | Externo: RS-232 /TTL Vel: de 1200 a 115200 bps. |
Serial COM 2 | Interno: TTL Vel: de 1200 a 115200 bps. |
SIM card | Con traba de seguridad. Configurable para el marcado de comunicaciones Agentino |
Memoria Interna | Flash 30K Registros o 444 kBytes de 000000x.xx escritura |
Protocolos implementados | En GSM: GPRS, SMS, CSD; En TDMA: SMS, CSD;En Globalstar: SMS, CDPD; En CDMA: SMS, CSD, 1X; Inmarsat D+ ; En iDEN :CDPD; Texto plano; XVM; Binario |
Conectores | |
Antena de GPS | SMA (Pin Hembra - Housing Macho) |
Antena de GSM | SMC (Pin Macho - Housing Macho) |
De entradas, salidas, puertos, audio y alimentación | 1 DB -15 Macho ; 1 DB-15 Hembra |
Principales Comandos y Variables .Disparadores y condicionales de eventos | por tiempo y distancia, por velocidad, por tensiones analógicas, por fecha y hora, timers, acumuladores, banderas de usuario, por contadores de pulsos, entradas digitales, regiones, rutas vectoriales, por tipo de posicionamiento, de estado de antena de GPS, definibles por el usuario y relativos a los estados de comunicaciones |
Variables estadísticas | Distancia recorrida, Velocidad máxima, Velocidad promedio, fecha y hora de comienzo y fin de movimiento, Contador de tiempo en movimiento, Contador de paquetes y bytes IP´s enviados y recibidos. 64 acumuladores de usuario, aceleración, altura y velocidad instantánea. |
Reportes | General de posicionamiento, Global de posicionamiento, Estado de GPS, Estado de GSM, Entradas Digitales, Entradas Analógicas, Buffers de protocolo de texto, Contadores de pulsos,16 creados por el usuario, cada uno con sus versiones en binario. |
Destinos | 4 IP en GPRS o CDPD, 4 IP de Globalstar, Inmarsat D+, 4 para SMS, 4 para CSD, Log interno,10 Precondicionados, 4 para AMPs, 1 Puerto TXT, 1 Orbcomm, 1 Puerto Binario, 1 Puerto Vircom |
Configuraciones | Id del dispositivo, filtros de calidad de GPS, Formatos de reportes, Modo dormido, modo bajo consumo, modo estacionado, tensiones mínimas de alimentación, voltaje de salida, delay para entradas, reintentos de envíos, parametrización de disparadores, mensajes de salida, Regiones geográficas y Rutas vectoriales. |
Acciones | Activación de salidas, reseteo de modems por puerto, seteo de contadores, operaciones algebráicas en acumuladores, seteo xx xxxxxxxx, envío de históricos, activación de modo dormido y estacionado, reseteo general del equipo, captura de imágenes, borrado de buffers, generación de reportes definidos en la acción, salvado de RAM |
2. Servidores Centrales, para recibir información desde los GPS a través del “carrier”, contratado.
Art.8.- SERVICIOS SUBCONTRATADOS
La empresa prestadora deberá contratar, los siguientes servicios por
1. Servicio de Internet xx xxxxx ancha con adicional de número de “IP” fija. Necesarios para que los dispositivos reporten los datos programados a una dirección “IP” determinada, con el fin de capturar en bases de datos la información necesaria para el estudio.
2. Servicios de “Carrier”, para el enlace de las comunicaciones necesarias para transportar los datos de los dispositivos satelitales ( GPS), hacia un servidor central.
Particularmente se utilizará el servicio de transmisión de datos vía GPRS, provisto por empresas de comunicaciones en el mercado Argentino.