ALCALDÍAS
ALCALDÍAS
CÁCERES
Edicto
El Pleno de este Excmo. Ayuntamiento xx Xxxxxxx, en sesión celebrada el día 00 xx xxxxx xx 0000, xxxxxx ADMITIR A TRÁMITE EL ESTUDIO DE VIABILIDAD pre-
sentado, con fecha 15 de febrero de 2008, por el Grupo de Empresas COINTER-GESTYONA-XXXXXXX para construir y explotar, en régimen de CONCESIÓN DE OBRA PÚBLICA, dos aparcamientos subterráneos en el Paseo xx Xxxxx Xxxxxx y Plaza Marrón de esta Ciudad xx Xxxxxxx.
De acuerdo con lo establecido en el xxxxxxx 0.x del artículo 112 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público, se somete a INFORMA- CIÓN PÚBLICA, por plazo de UN MES, a contar desde la última publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia o Diario Oficial de Extremadura.
La documentación se podrá examinar en la Secre- taría General de este Ayuntamiento, Plaza Xxxxxx Xxx- tado, s/x.
Xxxxxxx a 7 xx xxxx de 2008.- El Secretario General, Xxxxxx Xxxxxx Xxxxxxx.
2871
CÁCERES
Edicto
Aprobadas por Resolución de la Presidencia del Organismo Autónomo Universidad Popular de 8 xx xxxx de 2008, las bases de la convocatoria xx xxxx- bas selectivas, mediante el sistema de concurso- oposición libre para la contratación laboral temporal de interinidad de un profesor de educación básica de adultos, se convocan pruebas selectivas mediante la apertura del plazo de solicitudes que será de 10 DÍAS NATURALES contados desde el siguiente en el que aparezca publicado este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia y de acuerdo con las siguientes bases:
Cáceres 8 xx xxxx de 2008.- El Secretario Del O.A.U.P., Xxxx Xxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxxx.
BASES DE LA CONVOCATORIA DE PRUEBAS SELECTIVAS, MEDIANTE EL SISTEMA DE CONCUR- SO- OPOSICIÓN LIBRE, PARA LA CONTRATACIÓN LABORAL TEMPORAL, DE UN PROFESOR DE EDU- CACIÓN BÁSICA DE ADULTOS.
PRIMERA. OBJETO.- El Organismo Autónomo “UNI- VERSIDAD POPULAR" convoca pruebas selectivas, mediante el sistema de concurso oposición libre, para la contratación laboral temporal de interinidad, con derecho al percibo de los haberes correspondientes al
Subgrupo A2 de la Ley 7/2007, de 12 xx xxxxx, del Estatuto Básico del Empleado Público y con sujeción a las siguientes especificaciones:
a). Denominación del puesto: Profesor de Educa- ción Básica Adultos.
b). Naturaleza del contrato: laboral temporal de interinidad, a jornada completa, por sustitución del titular del puesto de trabajo X.x XXXXX XXXXX XXXXXXXXXX, en situación de baja por enfermedad. c). Modalidad de la contratación (artículo 15.c) del
Estatuto de los Trabajadores).
d). Regulación jurídica: Ley 7/2007, de 12 xx xxxxx, del Estatuto Básico del Empleado Público; El Texto Refundido del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por RDL 1/1995, de 24 xx xxxxx, modificado por Ley 12/ 2001, de 9 de julio y artículo 4 Real Decreto 2720/1998, de 18 de diciembre y el Convenio Colectivo del Excmo. Ayuntamiento xx Xxxxxxx.
e) Funciones o tareas: Programa de Aulas abiertas.
Área de acción
1. De Desarrollo Personal y Participación Social.
2. Tareas:
· Programación y desarrollo de los contenidos del Programa de Educación Básica de Personas Adultas.
· Impartición de las clases del Programa (alfabe- tización, cultura general, graduado en ESO.
· Responsabilidad con respecto al cumplimien- to de las tareas programadas, cuidado del material y del aula y en el desarrollo y dinámica de los grupos.
· Organización en la planificación personal del trabajo y tareas individuales y del trabajo en equipo.
· Iniciativa en el desarrollo de las tareas y del trabajo de los alumnos y del equipo.
· Organización y participación en las actividades culturales de la Universidad Popular.
Objetivos: Cobertura de las tareas del puesto en las diferentes áreas de trabajo de la UP Municipal.
Además desempeñará todas aquellas tareas, re- lacionadas o conexas con su puesto de trabajo, que se determinen por sus jefes inmediatos o superiores.
f) Tiempo de contratación: Hasta la reincorporación a su puesto de trabajo de la titular del puesto de trabajo D.ª XXXXX XXXXX XXXXXXXXXX o extinción de su relación laboral con este Organismo Autónomo.
g) Retribuciones: básicas correspondientes al Gru- po A2 de la Ley 7/2007, del Estatuto Básico del Empleado Público y complementos asignados al nivel 22 de complemento de Destino y 28 puntos de comple- mento específico.
SEGUNDA. CONDICIONES DE LOS ASPIRANTES.-
Para tomar parte en este concurso será necesario reunir en la fecha de expiración del plazo señalado para la presentación de instancias, las siguientes condiciones:
a) Tener nacionalidad española o ser nacional de uno de los restantes Estados miembros de la Unión Europea o de aquellos Estados a los que les sea de aplicación la libre circulación de trabajadores, en los términos previstos en la Ley estatal que regula la materia.
b) Tener cumplido los 16 años de edad.
c) Estar en posesión del Título de Maestro.
d) No padecer enfermedad ni defecto físico que impida el normal ejercicio de la función.
e) No haber sido separado o despedido mediante expediente disciplinario de cualquier Administración o Empleo Público, ni hallarse inhabilitado para el des- empeño de funciones públicas por sentencia firme.
f) Los nacionales de los demás Estados a que hace referencia el apartado a) deberán acreditar, ade- más de su nacionalidad y los requisitos a que así mismo hacen referencia los apartados anteriores. Dicha acreditación se efectuará mediante certificados expedidos por las autoridades competentes.
TERCERA. INSTANCIAS Y ADMISIÓN.- Las instan-
cias solicitando tomar parte en este concurso oposi- ción en las que los aspirantes deberán consignar nombres y apellidos, domicilio y número del Docu- mento Nacional de Identidad y manifestar que reúnen todas y cada una de las condiciones exigidas en la base segunda, referidas siempre a la fecha de expira- ción del plazo más abajo señalado para la presenta- ción de instancias, se dirigirán a la Ilma. Sra. Presiden- ta de del Organismo Autónomo “Universidad Popular“, y se presentarán en el Registro de la Secretaria de la Universidad Popular, Xxxxxx Xxxxxxx, 0 xx Xxxxxxx, en horas de oficina durante el plazo xx XXXX DÍAS natura- les, a contar del siguiente al en que aparezca publicada íntegramente estas bases en el Boletín Oficial de la Provincia.
En el caso de que el último día de plazo sea inhábil, se entenderá prorrogado al primer día hábil siguiente. Las instancias también podrán presentarse en la forma que determina el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Admi- nistrativo Común, modificado por la Ley 4/1999, de 14
de enero.
Si alguna instancia adoleciese de algún defecto se requerirá al interesado para que en el plazo xx xxxx días subsane la falta o acompañe los documentos perceptivos, con apercibimiento de que, de no hacerlo así, se archivará su instancia sin más trámites y será excluido de la lista de aspirantes. Lo errores de hecho podrán subsanarse en cualquier momento, de oficio o a petición del interesado.
Expirado el plazo para la presentación de instan- cias, el Ilmo. Sr. Presidente dictará Resolución en el plazo máximo de quince días, aprobando la lista pro- visional de aspirantes admitidos y excluidos, que se hará pública en el Tablón de anuncios del Organismo Autónomo y Tablón de Edictos de la Corporación, concediéndose un plazo xx xxxx días hábiles contados a partir de dicha publicación, a efectos de subsanación de defectos y reclamaciones que, de haberlas, serán aceptadas o rechazadas en la Resolución por la que se apruebe la lista definitiva que será hecha pública, asimismo en la forma indicada anteriormente.
CUARTA.- TRIBUNAL CALIFICADOR.- El Tribunal
Calificador, que se clasifica en la categoría 3ª del Anexo
IV del Real Decreto 462/2002, de 24 xx xxxx, estará constituido de la siguiente forma:
Presidente: El Director de la Universidad Popular. Vocales:
- Un representante de la Junta de Extremadura nombrado por la Consejería de Desarrollo Rural.
- La Coordinadora General de la Universidad Popular responsable de esta área.
- Dos técnicos de la Universidad Popular desig- nado por la Presidencia de este Organismo Autónomo. Secretaría: El Secretario del Organismo Autónomo “Universidad Popular “ o funcionario en quien delegue,
que tendrá voz, pero no voto.
También estará presente en el Tribunal un repre- sentante del Comité de empresa, con voz y sin voto.
El Tribunal quedará integrado, además por los suplentes respectivos, que simultáneamente con los titulares habrán de designarse.
El Tribunal no podrá constituirse ni actuar sin la asistencia de más de la mitad de sus miembros, titulares o suplentes, indistintamente, siendo siempre necesaria la presencia del Presidente y Secretario. Las decisiones se adoptarán por mayoría.
Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de intervenir cuando concurran las circunstancias previs- tas en al art. 28 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públi- cas y del Procedimiento Administrativo Común, modi- ficada por Ley 4/1999, de acuerdo con lo previsto en el art. 13 del Real Decreto 364/1995, de 10 xx xxxxx, por el que se aprueba el Régimen General de Ingresos del Personal al servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promo- ción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado y Art. 8 del Decreto 201/1995, de 26 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al servicio de la Administración de la Comunidad Autóno- ma de Extremadura. El Presidente exigirá de los miem- bros del Tribunal declaración formal de no hallarse incursos en dichas circunstancias. Los aspirantes podrán recusarlos.
La actuación del Tribunal habrá de ajustarse estric- tamente a las bases de la convocatoria.
QUINTA.- ACTUACIÓN DE ASPIRANTES. El orden
de actuación de los aspirantes en los ejercicios que no se puedan realizar conjuntamente, será por orden alfabético de apellidos y figurará en el anuncio por el que se haga pública la resolución aprobatoria de la lista definitiva de admitidos y excluidos, la composición del Tribunal Calificador y la fecha, hora y lugar del comienzo de los ejercicios. Dicha publicación se efec- tuará, con una antelación de al menos cinco tres hábiles de dicho comienzo, en el tablón de anuncios del Organismo Autónomo Universidad Popular.
Desde la terminación de un ejercicio y el comienzo del siguiente deberá transcurrir un plazo mínimo de cuarenta y ocho horas y máximo de cuarenta y cinco días.
Una vez comenzados los ejercicios, no será obliga- toria la publicación en los Boletines Oficiales de los sucesivos anuncios de la celebración de los restantes, haciéndose públicos únicamente en los locales don- de se hayan celebrado las pruebas anteriores y, en todo caso, en el Tablón de Anuncios del Organismo Autónomo.
Los aspirantes serán convocados para cada ejer- cicio en llamamiento único, salvo casos de fuerza mayor, invocados con anterioridad, debidamente jus- tificados y apreciados por el Tribunal con absoluta libertad de criterio. La no presentación de un aspirante a cualquiera de los ejercicios en el momento de ser llamado, determinará automáticamente el decaimien- to de su derecho a participar en el mismo y en los sucesivos, quedando excluido, en su consecuencia, del procedimiento selectivo.
SEXTA.- PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN.- El
proceso selectivo constará de las siguientes fases: Primera Fase.- Oposición.
Único ejercicio de carácter eliminatorio: Consistirá en contestar, por escrito, en un tiempo máximo de 90 minutos a cinco preguntas que formulen el Tribunal relacionadas con los temas comprendidos en el tema- rio anexo.
Esta prueba se puntuará con una calificación de 0 a 10 puntos, quedando eliminados los aspirantes que no alcancen una puntuación mínima de 5 puntos.
Segunda Fase.- Concurso de méritos ( Puntuación máxima 7 puntos).
Se desarrollará con aquellos aspirantes que hayan superado la fase de oposición y consistirá en:
Valoración de méritos aportados, con arreglo al siguiente baremo:
A)FORMACIÓNYESPECIALIZACIÓNPROFESIONAL
Puntos Máximo
1.- Por formación recibida específica directamente relacionada con el puesto de trabajo
De menos de 5 horas | 0.10 | |
De 5 a 10 horas | 0,20 | 3,5 |
Entre 11 a 30 horas | 0,30 | |
De 31 a 100 horas | 0,40 | |
De más de 101 horas | 0,50 |
Documentos a presentar para su acreditación:
Mediante diploma o certificación oficial expedido por el secretario del organismo competente acredita- dos de forma suficiente. Los cursos, jornadas, etc....
deberán especificar el número de horas o créditos académicos, no siendo valorados por el Tribunal los aportados de forma insuficiente o inadecuada. (No se valorarán los cursos en los que no vengan especifica- dos el número de horas).
B) EXPERIENCIA PROFESIONAL.
1.- Como Maestro en Educación Básica de Adultos en el Ayuntamiento xx Xxxxxxx y en otras Administra- ciones Públicas o en Academias reconocidas oficialmente.
Puntos 0,25 por mes Máximo 3,5 Documentos a presentar para acreditar la expe-
riencia laboral:
Mediante la aportación de certificación de servicios expedido por la Administración competente, pudiendo no ser considerados por la Comisión de Selección y seguimiento aquellos aportados de forma defectuosa, irregular o incompleta, que no acrediten con suficiente credibilidad.
La vida laboral aportada por el aspirante, se consi- derará en cualquier caso, un documento necesario y complementario de los anteriores, a efectos única- mente de constatar el tiempo de servicios prestados, y la entidad a favor de la que se prestan, sin que sea este documento por sólo suficiente, para la acredita- ción de la categoría profesional de los servicios pres- tados, aducidos para su valoración.
SÉPTIMA. Calificación definitiva, relación de apro- bados y presentación de documentos.-
Resultará seleccionado aquel aspirante que ob- tenga la mayor puntuación una vez realizada la suma de las puntuaciones obtenidas en las fases de opo- sición y concurso de méritos.
En caso de empate, éste se dirimirá a favor de aquel aspirante que haya alcanzado mayor puntuación en la fase de oposición y después en la fase de concurso. De persistir en el empate, se resolverá por sorteo.
Efectuada dicha clasificación definitiva, el Tribunal publicará en el Tablón de Anuncios de la Universidad Popular el resultado del concurso- oposición en que aparezca los resultados finales y el nombre y apellido del candidato que resulte seleccionado, que se eleva- rá con el Acta, al Sr. Presidente del Organismo Autóno- mo para la formalización del correspondiente contrato.
El aspirante propuesto presentará en la Secretaría de la Universidad Popular, dentro del plazo xx xxxx días naturales, contados a partir del siguiente al de la publicación del resultado final del concurso, los docu- mentos acreditativos de los requisitos que para tomar parte en la misma se exige en la base segunda de la convocatoria.
Si dentro del plazo indicado y salvo los casos de fuerza mayor, el aspirante propuesto no presentara la documentación o no reuniera algunos de los requisi- tos exigidos, no podrá ser contratado y quedarán anu- ladas todas su actuaciones, sin perjuicio de la respon- sabilidad en que hubiera podido incurrir por falsedad en la instancia solicitando tomar parte en el concurso. En este caso, el Sr. Presidente formalizará el con- trato con el siguiente aspirante en la lista, y así suce-
sivamente.
OCTAVA. INCIDENCIAS.-
Contra estas bases, su convocatoria y cuantos se deriven de las mismas y de la actuación del Tribunal, se podrán interponer impugnaciones por los interesa-
dos en los casos y en la forma establecidos por la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públi- cas y del Procedimiento Administrativo Común.
El Tribunal queda facultado para resolver las du- das que puedan presentarse y adoptar resoluciones, criterios o medidas necesarias para el buen orden del concurso en aquellos aspectos no contemplados en estas bases, siendo en todo caso aplicable, para lo no previsto en la presente convocatoria: el Decreto 201/ 1995, de 26 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingresos del Personal al ser- vicio de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura; Real Decreto 364/1995, de 10 xx xxxxx, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del personal servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración del Estado; Ley 7/1985, de 2 xx xxxxx, de Bases de Régimen Local; el Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 xx xxxxx, por el que se aprueba el Texto Refundido de las Disposiciones Legales vigentes en materia de Régimen Local y demás normativa de general aplicación.
ANEXO I. TEMARIO
1). Legislación en Educación de Personas Adultas. 2). Enseñanzas de Educación Básica de personas
adultas.
3). Educación secundaria de personas adultas. 4). Oferta educativa de personas adultas.
5). Temas transversales. 6). Colectivos de atención.
7). Modelos de programación. 8). Unidades didácticas.
2872
CÁCERES
Edicto
FUNDACIÓN LABORAL DE LA CONSTRUCCIÓN
ha solicitado licencia de obras y apertura de un esta- blecimiento dedicado a la actividad de CENTRO DE ENSEÑANZA Y FORMACIÓN LABORAL en C/ OCHO XX XXXXX, S/N.
En cumplimiento del artículo 30, n.º 2, apartado a) del Reglamento de Actividades Molestas, Insalubres, Nocivas y Peligrosas de 30 de noviembre de 1961, se abre información pública por término xx XXXX DÍAS HÁBILES, para que quienes se consideren afectados de algún modo por la actividad que se pretende esta- blecer, puedan hacer las observaciones pertinentes.
El expediente se halla de manifiesto y puede con- sultarse durante la jornada laboral en la Secretaría de este Ayuntamiento.
Xxxxxxx, 30 xx xxxxx de 2008.- El Secretario, Xxxxxx Xxxxxx Xxxxxxx.
2842
CÁCERES
Anuncio
De conformidad con lo establecido en el artículo 93 del Real Decreto Legislativo 2/2000, de 16 xx xxxxx, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, y artícu- los 74 a 78 del Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre por el que se aprueba el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públi- cas, se hace pública la adjudicación por procedimiento abierto mediante subasta pública del contrato de su- ministro de material necesario para la ejecución de las obras de "Acondicionamiento de Infraestructura de la ciudad xx Xxxxxxx y Entidad Local Menor de Valdesalor, PFAE 2007/08" (lotes números 1 y 2), a la entidad ASFALTOS Y AGLOMERADOS XXXXXXX, S.A., con
domicilio en Cáceres, Polígono Industrial de “Las
Capellanías”, Xxxx Xxx, xxxxxxx 00-00, x X.x.X. A-1 0034007, por los precios unitarios contenidos en sus ofertas, acordada por Resolución de la Alcaldía-Presi- dencia de fecha cinco xx xxxx de dos mil ocho.
Cáceres a 6 xx xxxx de 2008.- El Secretario, Xxxxxx Xxxxxx Xxxxxxx.
2838
CÁCERES
Edicto
Una vez elaborada la matrícula provisional del Impuesto sobre Actividades Económicas correspon- diente al ejercicio 2008 por la Administración Tributaria Estatal, se encuentra a disposición del público en las dependencias de la Administración xx Xxxxxx y Exacciones de este Ayuntamiento durante el plazo de 15 días contados a partir de la publicación de este edicto en el Boletín Oficial de la Provincia.
Los interesados podrán interponer recurso potes- tativo de reposición ante la Dependencia de Gestión Tributaria de la Delegación Provincial de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria en el plazo de 15 días o reclamación ante el Tribunal Económico Admi- nistrativo Regional en el mismo plazo, contado éste en ambos casos desde el día inmediato siguiente al del término del período de exposición pública (art. 4-1 R.D. 243/1995. de 17 de febrero).
Cáceres a 6 xx xxxx de 2008.- El Secretario Xxxx- xxx, Xxxxxx Xxxxxx Xxxxxxx.
0000
XXXXXXX
Anuncio
Por Resolución de la Alcaldía-Presidencia de fecha 5 xx xxxx de 2008, se ha dispuesto convocar concur- so-oposición de promoción interna, para la provisión en propiedad de DOS plazas 1 de ENCARGADOS DE OBRAS y 1 MANTENIMIENTO.
Y, ello en virtud de la Oferta de Empleo Público del año 2007 efectuada por la Alcaldía-Presidencia en virtud de las atribuciones que le confiere el art. 21.g) de la Ley 11/1999, de 21 xx xxxxx, de modificación de la Ley 7/1985, de 2 xx xxxxx, Reguladora de las Bases del Régimen Local, y en cumplimiento a lo dispuesto por el art. 18 de la Ley 30/1984, de 2 xx xxxxxx, de Medidas para la Reforma de la Función Pública (modificada por la Ley 23/1988, de 28 de julio, por la Ley 3/1989, de 3 xx xxxxx y por la Ley 4/1990, de 29 xx xxxxx); y art. 18 del Decreto Legislativo 1/1990, de 26 de Julio, por el que se aprueba al Texto Refundido de la Ley de la Función Pública de Extremadura, modificada parcial- mente por Ley 5/1995, de 20 xx xxxxx; y de acuerdo con el art. 22 de la Ley 42/2006, de 29 de diciembre, de Presupuesto Generales del Estado para el año 2007, se han incluido las siguientes plazas:
Funcionarios. Grupo C1:
UNA plaza de ENCARGADOS DE OBRAS
UNA plaza de ENCARGADO DE MANTENIMIENTO
Visto lo dispuesto en el Título IV, Capítulo I, de la Ley 7/2007, de 12 xx xxxxx, del Estatuto Básico del Emplea- do Público, de conformidad con lo establecido por al art. 13.3 del Acuerdo-Convenio vigente por el que se regulan las relaciones de trabajo entre los empleados públicos del Excmo. Ayuntamiento xx Xxxxxxx y la Corporación Municipal, y visto el acuerdo adoptado por la Mesa General de Negociación, en sesión celebrada el día 24 xx xxxxx de 2008. Es por ello, por lo que la Xxxx Xxx Alcaldesa-Presidenta de la Corporación, procedió a la convocatoria de concurso-oposición de promoción interna, para la provisión en propiedad de dichas plazas, con sujeción a las siguientes
B A S E S
PRIMERA.- Objeto de la convocatoria.- Comprende esta convocatoria la celebración de pruebas selectivas para la provisión:
Con carácter de Funcionarios xx xxxxxxx. Grupo C1: UNA plaza de ENCARGADOS DE OBRAS
UNA plaza de ENCARGADO DE MANTENIMIENTO
Estas plazas figuran como vacantes en la plantilla de personal funcionario de este Excmo. Ayuntamiento, y han sido incluidas en la Oferta de Empleo Público de 2007. Estas plazas se regirán por las disposiciones legales vigentes, tanto para el personal funcionario, así como por el Acuerdo-Convenio de los empleados públicos municipales vigente del Excmº Ayuntamiento xx Xxxxxxx, teniendo derecho al percibo de las retribu- ciones previstas para estos puestos en el Catálogo de Puestos de trabajo aprobado por la Corporación. Es- tas plazas están sujetas a lo dispuesto en la Ley 53/ 1984, de 26 de Diciembre, de Incompatibilidades del Personal al servicio de las Administraciones Públicas. Dichas plazas se cubrirán mediante el sistema de concurso-oposición de promoción interna.
SEGUNDA.- Condiciones de los aspirantes.- Para tomar parte en dicho concurso-oposición de promo- ción interna, será necesario reunir en la fecha de expiración del plazo señalado para la presentación de instancias, las siguientes condiciones:
(Funcionarios. Grupo C1)
UNA plaza de ENCARGADOS DE OBRAS
UNA plaza de ENCARGADO DE MANTENIMIENTO
a).-Ser español.
b).-Tener la condición de funcionarios xx xxxxxxx de esta Corporación, y pertenecer a la Escala de Adminis- tración Especial, Subescala de Servicios Especiales, Clase Personal de Oficio: Encargados de Obra o Man- tenimiento (o Electricista), Grupo C2, así como tener una antigüedad en dicha categoría, de al menos dos años.
c).- Estar en posesión xx Xxxxxxxxx, Técnico o equi- xxxxxxx, o en su caso, tener una antigüedad xx xxxx años en el Grupo C2, o de cinco años en el mismo, más la superación de un curso específico de formación.
TERCERA.- Instancias y admisión.- Las instancias solicitando tomar parte en las pruebas en las que los aspirantes deberán consignar nombres y apellidos, domicilio y número del Documento Nacional de Iden- tidad y manifestar que reúnen todas y cada una de las condiciones exigidas en la base segunda de la convo- catoria, se dirigirán a la Srª. Alcaldesa-Presidenta del Excmº Ayuntamiento xx Xxxxxxx y se presentarán en el Registro General de éste, en horas de oficina, - acompañada de los documentos acreditativos de los méritos aducidos para la fase de concurso-, durante el plazo de VEINTE DÍAS naturales, a contar del siguiente en que aparezca publicado el anuncio extracto de esta convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia.
Las instancias también podrán presentarse en la forma que determina el art. 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Adminis- traciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificado por la Ley 4/1999, de 14 de enero.
Los derechos de examen, que se fijan en la canti- dad de 29 EUROS, y serán satisfechos por los aspi- rantes al presentar la instancia y sólo serán devueltos en el caso de no ser admitidos al concurso-oposición, siendo causa de exclusión del proceso selectivo, el no abono de esta cuantía.
BENEFICIOS FISCALES:
1) Beneficios fiscales a favor de personas disca- pacitadas. Las personas que tengan reconocida por la Administración pública competente un grado de disca- pacidad superior al 33 por 100, abonarán por su participación en estas pruebas selectivas, la cantidad de 1 euro.
Si alguna instancia adoleciese de algún defecto se requerirá al interesado para que en el plazo xx xxxx días subsane la falta o acompañe los documentos precep- tivos, con apercibimiento de que, de no hacerlo así, se archivará su instancia sin más trámites y será excluido de la lista de aspirantes. Los errores de hecho podrán subsanarse en cualquier momento, de oficio o a peti- ción del interesado.
CUARTA.- Lista de admitidos.- Finalizado el plazo de presentación de instancias, la Ilmª Srª. Alcaldesa aprobará la lista de aspirantes admitidos y excluidos, que será expuesta en el Tablón de Edictos de la Corporación; y se publicará en dicho lugar y en el Boletín Oficial de la Provincia, anuncio señalando fe- cha, hora y lugar de realización de las pruebas.
QUINTA.- Tribunal calificador.- El Tribunal Califica- dor, que se clasifica en las en la categoría 2ª, del art. 30 y Anexo IV del Real Decreto 462/2002, de 24 xx xxxx, sobre indemnizaciones por razón de servicio, estarán constituidos de la siguiente forma:
Presidente: El Jefe de los Servicios Técnicos Mu- nicipales, o empleado público municipal que lo sus- tituya.
Vocales: 1) Un representante de la Adjuntía 1ª de los Servicios Técnicos Municipales; 2) Un representante de la Adjuntía 3ª de los Servicios Técnicos Municipales;
3) El Sr. Secretario General de la Corporación; y 4) un representante de la Junta de Extremadura.
Secretario: Un empleado público en quien delegue la Secretaría General.
También estarán presentes en el Tribunal un repre- sentante de la Junta de Personal.
El Tribunal quedará integrado además por los suplentes respectivos que simultáneamente con los titulares habrán de designarse.
El Tribunal no podrá constituirse ni actuar sin la asistencia de más de la mitad de sus miembros, titulares o suplentes, indistintamente siendo siempre necesaria la presencia del Presidente y Secretario. Las decisiones se adoptarán por mayoría
Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de intervenir cuando concurran las circunstancias previs- tas en el art. 28 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públi- cas y del Procedimiento Administrativo Común. El Presidente exigirá a los miembros del tribunal decla- ración formal de no hallarse incurso en dichas circuns- tancias. Los interesados podrán recusarlos.
La actuación del Tribunal habrá de ajustarse estric- tamente a las bases de la convocatoria.
SEXTA.- Actuación de los aspirantes.- El orden de actuación de los concursantes en los ejercicios que no se puedan realizar conjuntamente, se determinará, mediante sorteo público, cuyo resultado figurará en el anuncio por el que se haga pública la resolución aprobatoria de la lista definitiva de admitidos y exclui- dos, la composición del Tribunal Calificador y la fecha, hora y lugar del comienzo de los ejercicios. Dicha publicación se efectuará, con una antelación de al menos quince días hábiles a dicho comienzo en el
«Boletín Oficial de la Provincia» y en el Tablón de Edictos de la Corporación.
Las pruebas selectivas no podrán comenzar hasta transcurridos cuatro meses desde la fecha de publica- ciones del anuncio de la convocatoria en el «Boletín Oficial de la Provincia», y no podrá exceder de nueve meses el tiempo comprendido entre dicha publicación y el comienzo de los ejercicios.
Desde la terminación de un ejercicio y el comienzo del siguiente deberá transcurrir un plazo mínimo de setenta y dos días, y máximo de cuarenta y cinco días. Una vez comenzados los ejercicios no será obliga- toria la publicación en los Boletines Oficiales, de los sucesivos anuncios de la celebración de los restantes, haciéndose públicos únicamente en los locales don- de se hayan celebrado las pruebas anteriores y, en todo caso, en el Tablón de Anuncios de la Corporación.
Los concursantes serán convocados para cada ejercicio en llamamiento único, salvo casos de fuerza mayor, invocados con anterioridad, debidamente jus- tificados y apreciados por el Tribunal con absoluta libertad de criterio. La no presentación de un aspirante a cualquiera de los ejercicios en el momento de ser llamado, determinará automáticamente el decaimien- to de su derecho a participar en el mismo y en los sucesivos, quedando excluido, en consecuencia, del procedimiento selectivo.
SÉPTIMA.- Fases de las pruebas selectivas.- El procedimiento de selección de los aspirantes consta- rá de dos fases diferenciadas:
A) CONCURSO.- En esta fase, que no tendrá carác- ter eliminatorio ni podrá tenerse en cuenta para supe- rar las pruebas correspondientes a la fase siguiente, se examinarán los méritos aportados por los aspiran- tes y se valorarán con arreglo al siguiente baremo:
Baremo de Méritos:
Prestación servicios
Para su acreditación se exigirá: contratos xx xxxxx- jo, nombramientos de la Administración o documento público suficientemente acreditativo. El Tribunal podrá no valorar los servicios acreditados de forma insufi- ciente: tanto el tiempo de servicios, como la categoría profesional. El Tribunal, tendrá amplia capacidad para entrar a valorar el contenido de las funciones inheren- tes del puesto de trabajo aducido como mérito por el
aspirante, a efectos de valoración. El Tribunal podrá no valorar los servicios acreditados de forma insuficiente: tanto el tiempo de servicios, como la categoría profe- sional.
1ª.- Por cada mes de servicios prestados a la Admi- nistración Pública, con cualquier carácter, como En- cargado de Obras o Mantenimiento, respectivamente, (o denominación y funciones análogas. Grupo C2: 0,20 punto, hasta un máximo de 4,00 puntos. Serán despre- ciados los períodos inferiores a un mes.
2ª.- Por cada mes de servicios prestados a la Admi- nistración Pública, con cualquier carácter, como: Ofi- cial Albañil, Oficial Electricista, respectivamente, (o denominación o funciones análogas). Grupo C2: 0,15 punto hasta un máximo de 3,50 puntos. Serán despre- ciados los períodos inferiores a un mes.
3ª.- Por cada mes de servicios prestados a la Administración Pública, con cualquier carácter, como: Peón Albañil, Electricista, respectivamente (o denomi- nación o funciones análogas). Grupo: Agrupación pro- fesional sin requisito de titulación: 0,10 punto hasta un máximo de 2 puntos. Serán despreciados los períodos inferiores a un mes.
Formación y docencia
El Tribunal Calificador, con criterio unánime para todos los aspirantes, podrá limitar la valoración de aquellos cursos cuyos contenidos, hubieran sido ya valorados, a fin de evitar duplicidades en las valoracio- nes.
Para su acreditación se exigirá Titulo expedido por organismo competente, o documento suficientemen- te acreditativo. El Tribunal podrá no valorar aquellos méritos aducidos de forma insuficiente o incorrecta.
4ª.- Por otros méritos aducidos por los concursan- tes, como Cursos, Cursillos, etc. recibidos de especia- lización profesional, directamente relacionados con los puestos de trabajo convocados: albañilería/con- servación, o electricidad, que serán valorados a 0,01 punto/hora lectiva hasta un máximo de 3,50 puntos. Los diplomas o certificados que no especifiquen dura- ción serán valorados con la puntuación mínima de 0,01 punto.
5.ª- Por otros méritos aducidos por los concursan- tes, como Cursos, Cursillos, etc. impartidos de espe- cialización profesional, directamente relacionados con los puestos de trabajo convocados: albañilería/con- servación, o electricidad, que serán valorados a 0,02 punto/hora lectiva hasta un máximo de 4,00 puntos. Los diplomas o certificados que no especifiquen dura- ción serán valorados con la puntuación mínima de 0,02 punto.
6.ª-Por la realización de Cursos en materia de Prevención de Riesgos Laborales, que pudieran ser aducidos, relacionados con el sector de la albañilería/ conservación, o electricidad, o bien aquellos Cursos, que de forma genérica, fuera aplicable a dicho sector, se valorarán con la puntuación de 0,01 punto/hora, hasta un máximo de 3,50 puntos. Serán valorados con la puntuación mínima de 0,01 punto los que no espe- cifiquen duración.
7.ª-Por la impartición de Cursos en materia de Prevención de Riesgos Laborales, que pudieran ser aducidos, relacionados con el sector de la albañilería/ conservación, o electricidad, o bien aquellos Cursos, que de forma genérica, fuera aplicable a dicho sector, se valorarán con la puntuación de 0,02 punto/hora, hasta un máximo de 4,00 puntos. Serán valorados con la puntuación mínima de 0,02 punto los que no espe- cifiquen duración.
La puntuación que se obtenga en esta fase de concurso, no podrá en ningún caso superar el 45 por ciento de la máxima alcanzable en la fase de oposición.
B) OPOSICIÓN.- Estará formada por los siguientes ejercicios:
Primer ejercicio.- Teórico-Práctico: consistente en la resolución, de uno o varios supuestos prácticos relacionados prácticos relacionados con el temario adjunto, y los trabajos propios de las categorías de Encargados, de Obra y Mantenimiento, respectiva- mente, que proponga el Tribunal inmediatamente antes del comienzo del ejercicio, y en el tiempo que el mismo señale.
Segundo ejercicio: Práctico: Consistente en la eje- cución de trabajos propios de las categorías Encarga- dos, de Obra y Mantenimiento, que respectivamente, proponga el Tribunal inmediatamente antes del co- mienzo del ejercicio y en el tiempo que el mismo señale.
Dichos ejercicios, obligatorios para todos los aspi- rantes, tendrán carácter eliminatorio y serán califica- dos por el Tribunal hasta un xxxxxx xx xxxx puntos, siendo eliminados los aspirantes que no alcancen un mínimo de cinco puntos en cada uno de ellos.
El número de puntos que podrá ser otorgado por cada miembro del tribunal en cada uno de los ejerci- cios, será xx xxxx a diez.
Las calificaciones se adoptarán sumando las pun- tuaciones otorgadas por los distintos miembros del tribunal y dividiendo del total por el número de asisten- tes a aquel, siendo el cociente la calificación definitiva.
Las calificaciones de cada ejercicio se harán públi- cas de forma inmediata a su acuerdo, y serán expues- tas en el Tablón de Edictos de la Corporación.
OCTAVA.- Calificación final y propuesta de nombra- miento.- Terminada la calificación del último ejercicio, el Tribunal determinará el orden de clasificación final de las pruebas mediante la suma de las puntuaciones alcanzadas por los aspirantes en las dos fases del procedimiento selectivo y publicará en el Tablón de edictos de la Casa Consistorial, anuncio en que apa- rezcan dichos resultados finales, con expresión de los nombres y apellidos de los aspirantes que mayores puntuaciones totales hayan obtenido y que se propo- nen, consiguientemente, para sus nombramientos, elevando el Acta de la última sesión a la Ilmª Srª Alcaldesa-Presidenta del Excmº Ayuntamiento de Cá- ceres, para proceder a la formalización de los corres- pondientes nombramientos.
En caso de empate, éste se solventará por aquel aspirante que haya alcanzado mejor puntuación: pri- mero, en el segundo ejercicio y segundo, en el primer ejercicio. De persistir empate, se solventará por orden alfabético del primer apellido de los aspirantes empa- tados, iniciándose el escalafonamiento por el orden de actuación establecido, según sorteo público realizado en su día, para la determinación de la actuación de los aspirantes en las convocatorias derivadas de la Oferta de Empleo Público, para el año 2007.
NOVENA.- Presentación de documentos.- Los as- pirantes que resulten aprobados y propuestos para nombramiento, vienen obligados a presentar en la Secretaría Municipal, dentro del plazo de VEINTE DÍAS naturales siguientes a la publicación a que se hace referencia en la base anterior como trámite previo a las formalizaciones de los nombramientos, los documen- tos acreditativos de las condiciones que para tomar parte en las pruebas se exigen en la base segunda de esta convocatoria.
Si dentro del plazo indicado y salvo los casos de fuerza mayor, dichos aspirantes no presentasen su documentación o no reuniera alguno de los requisito exigidos no podrá ser nombrados y en este caso la Ilma. Sra. Alcaldesa efectuará nueva propuesta de nombramiento, a favor del que habiendo superado las pruebas, siga en el orden de puntuación al propuesto en primer lugar, según conste en la correspondiente Acta del Tribunal.
DÉCIMA.- Incidencias.- Contra estas bases, su con- vocatoria y cuantos actos se deriven de las mismas y de la actuación del Tribunal, se podrán interponer impugnaciones por los interesados en los casos y en la forma establecidos por la Ley 30/1992, de 26 de noviem- bre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públi- cas y del Procedimiento Administrativo Común.
El Tribunal queda facultado para resolver las dudas que puedan presentarse y adoptar resoluciones, crite- xxxx o medidas necesarias para el buen orden de la oposición en aquellos aspectos no contemplados en estas bases, siendo en todo caso aplicable, para lo no previsto en la presente convocatoria; el Decreto 201/ 1995, de 26 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al servi- cio de la Administración de la Comunidad Autónoma
de Extremadura; Real Decreto 364/1995, de 10 xx xxxxx, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del personal al servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado; la Ley 7/1985, de 2 xx xxxxx, reguladora de las Bases del Régimen Local; el Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 xx Xxxxx, por el que se aprueba el texto refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local; el Real Decreto 896/1991, de 7 xx Xxxxx, por el que se establecen las reglas básicas y los programas mínimos a que debe ajustarse el proce- dimiento de selección de los funcionarios de Adminis- tración Local, y demás normas concordantes de general aplicación. Igualmente, se tendrá en cuenta la Ley 7/ 2007, de 12 xx xxxxx, del Estatuto Básico del Empleado Público.
PROGRAMA ANEXO A LA CONVOCATORIA
(Turno: Encargados de: Obras y Mantenimiento: Funcionarios Grupo C1)
GRUPO I : MATERIAS COMUNES
TEMA 1.- La Constitución española de 1978. Prin- cipios generales.
TEMA 2.- El Poder Legislativo. Las Cortes Genera- les. El Gobierno. Relaciones entre el Gobierno y el Poder Legislativo.
TEMA 3.- La Corona. Funciones constitucionales xxx Xxx. Sucesión y regencia. El refrendo.
TEMA 4.- El Poder Judicial. Organización judicial española.
TEMA 5.- El municipio. La población municipal. El empadronamiento municipal.
TEMA 6.- Organización territorial del Estado. Las Comunidades Autónomos: su organización y compe- tencia. Los Estatutos de Autonomía.
TEMA 7.- El Procedimiento Administrativo. Signifi- cado. Principios generales. Fases.
TEMA 8.- Las Comunidades Europeas y sus Trata- dos. La situación previa a Maastrich y situación actual.
GRUPO II: MATERIAS ESPECÍFICAS
TEMA 9.- El encargado: funciones. Áreas de actua- ción y relación con los demás departamentos. Distri- bución racional del trabajo. Organización de turnos, partes de organización y control del trabajo.
TEMA 10.- Entradas y salidas del material a utilizar en los trabajos: procedimiento, ejecución y control: albaranes.
TEMA 11.- Técnicas de atención al público: provee- dores y trabajadores.
TEMA 12.- Inventario y control de existencias.
TEMA 13.- Recepción, mantenimiento, control y limpieza de medios auxiliares y útiles de trabajo.
TEMA 14.- Materiales de construcción: áridos, ce- mentos, yesos, barro cocido, piezas vitrificadas, made- ra, mármoles, piedra natural y artificial.
TEMA 15.- Características generales del subsuelo: excavaciones, acodamientos y entibados en zanjas y pozos. Desmontes y terraplenes.
TEMA 16.- Idea general de los distintos sistemas de cimentación.
TEMA 17.- Edificación xx xxxxx de carga: clases, aparejos de ladrillo, fábricas de mampostería, entra- mados xx xxxxxx, cubiertas tradicionales.
TEMA 18.- Edificaciones de hormigón armado. TEMA 19.- Instalaciones generales de un edificio.
TEMA 20.- Pavimentaciones y redes generales en vías urbanas para tráfico rodado y peatonal.
TEMA 21.- Conducciones para abastecimiento.
Materiales. Elementos auxiliares. Instalación.
TEMA 22.- Conducciones para saneamiento. Ma- teriales. Elemento auxiliares. Instalación.
TEMA 23.- Idea general del Reglamento de la Ley de Promoción de la Accesibilidad en Extremadura.
TEMA 24.- Idea general de ruina en la edificación: clases de ruina, causas y soluciones de emergencia. Apuntalamientos.
TEMA 25.- Medidas de seguridad y salud en el trabajo.
TEMA 26.- Sistema métrico decimal: medidas de longitud, volumen, superficie y capacidad.
TEMA 27.- Interpretación de planos. Escalas y aco- taciones.
TEMA 28.- Preparación y organización de las obras: replanteos, servicios afectados, desvíos, señalización. TEMA 29.- Evolución del consumo eléctrico. Aco- metidas: concepto. Tipos de acometidas en A.T. Tipos
de acometidas en B.T.
TEMA 30.- Centros de transformación. Principios de funcionamiento del transformador.
TEMA 31.- Tipos de transformador. Refrigeración de transformadores. Potencia. Partes del centro de transformación.
TEMA 32.- Redes aéreas de B.T. (ITC-BT-05). TEMA 33.- Redes subterráneas de B.T. (ITC-BT-
06).
TEMA 34.- Sistemas de protección utilizados. Pro- tección a contactos directos.
TEMA 35.- Protección a contactos indirectos. Interrup- tores diferenciales. Interruptores magnetotérmicos.(ITC- BT-24).
TEMA 36.- Instalaciones de puesta a tierra. Defini- ción y objeto. Elementos que la comprenden. Tomas de tierra.
TEMA 37.- Instalaciones de alumbrado exterior (ITC-BT-09).
TEMA 38.- Contabilizadores de consumo. Genera- lidades. Principios de funcionamiento. Tipos más usuales.
TEMA 39.- Locales de pública concurrencia. Insta- laciones. Alumbrados especiales. Grupos electrógenos. Baterías.(ITC-BT-28).
TEMA 40.-. Instalaciones con fines especiales.
Piscinas y fuentes. (ITC-BT-31).
Cáceres, 5 xx xxxx de 2008.- El Secretario Xxxx- xxx, Xxxxxx Xxxxxx Xxxxxxx.
2837
CILLEROS
Edicto
El Pleno del Ayuntamiento de Cilleros, en Sesión Extraordinaria, de fecha 28 xx xxxxx del año en curso, teniendo en cuenta los artículos 41 y ss. del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por XXXxx 0/0000, xx 0 xx xxxxx, x xxxxxxxxxxxxxx aplicable, (especialmente la Senten- cia de la Sala Tercera del Tribunal Supremo de 14 xx xxxxx de 2000, rec.4689/1994), acordó:
1º- Aprobar el establecimiento del Precio Público de transporte de usuarios de autobús xxx xxxxx xxxxxx xx Xxxxxxxx a la Piscina Municipal y de la Piscina Municipal al casco xxxxxx xx Xxxxxxxx, del modo si- guiente:
A) Hecho que origina el pago del precio público: Utilización del autobús que este Ayuntamiento pone a disposición de los usuarios de la Piscina Municipal, para transporte de los mismos, desde el casco urbano hasta las instalaciones de dicha Piscina Municipal, y desde ésta hasta el casco urbano.
B) Tarifas:
a) Billetes Individuales: Por cada viaje en el autobús que este Ayuntamiento pone a disposición de los usuarios de la Piscina Municipal, para transporte de los mismos, desde el casco urbano hasta las instala- ciones de dicha Piscina Municipal, y desde ésta hasta el casco urbano: 0,50 Euros por cada trayecto, (0,50 Euros, ida y 0,50 Euros, vuelta).
b) Xxxxx: Por bono de 60 viajes, a gastar en un periodo de 30 días naturales: 15 Euros.
C) Exenciones: Están exentos de pago del precio público los niños menores de 3 años.
2º El presente acuerdo, contra el que se podrá interponer recurso de reposición ante el Pleno de este Ayuntamiento, en el plazo de un mes contado desde el siguiente al de la publicación de este acuerdo en el
X.X.X. xx Xxxxxxx y recurso contencioso administra- tivo (sin perjuicio de otros posibles recursos que pu- dieran asistir a los interesados), empezará a aplicar- se, desde el día siguiente de la publicación del mismo en el B.O.P., de la provincia xx Xxxxxxx, a los efectos de lo establecido en el artículo 59.6.a) de la L.R.J.P.A.C., 30/1992, de 26 de noviembre.
En Cilleros a 2 xx xxxx de 2008.- La Alcaldesa, Xxxxxxxx X. Xxxxxxx Xxxxxx.
2761
XXXXXXXXXX XX XXXXXXXXX
Edicto
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 58.4 de la Ley 4/1999, de modificación de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Adminis- traciones Públicas y del Procedimiento Administrativo