Documento público
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Pliego de Cláusulas Contractuales
Prestación de los servicios de la oficina de programa de la Mobile World Capital Barcelona
Número de Expediente: 34/2013
05/06/2013
Fundació Barcelona Mobile World Capital Foundation
X Xxx Xxxxxxx, 000 00000 Xxxxxxxxx, Xxxxxx
EXP 34/2013
1.3 Presupuesto de licitación 5
1.5 Información sobre la licitación 5
2. Procedimiento de preparación y adjudicación del contrato 5
2.1 Lugar y plazo de presentación 5
2.2 Documentación a presentar 5
2.7 Calificación de la documentación, defectos y omisiones subsanables 9
2.8 Apertura pública de la oferta económica, valoración de las proposiciones y propuesta de adjudicación 10
2.11 Formalización del contrato 12
3. Efectos y extinción del contrato 12
3.1 Derechos y obligaciones del adjudicatario 12
3.2 Derechos y obligaciones del órgano de contratación 13
3.3 Obligaciones fiscales y laborales del adjudicatario 14
3.4 Obligaciones en materia de prevención de riesgos laborales 15
3.7 Cesión y subcontratación 16
3.9 Modificación del contrato 17
3.10 Condiciones de facturación 17
3.11 Causas de resolución del contrato 18
3.12 Extinción del contrato por cumplimiento del plazo 18
3.15 Propiedad industrial e intelectual 19
3.16 Jurisdicción competente 00
1. Disposiciones generales
1.1 Objeto del contrato
El presente contrato tiene por objeto la contratación de los servicios de Oficina de Programa (o PMO de sus siglas en inglés) de la Mobile World Capital Barcelona (MWCB). En concreto, el ámbito del contrato comprende el Xxxxx 0 de los referidos servicios, definido en la cláusula 3.1 xxx Xxxxxx de Prescripciones Técnicas.
Específicamente, las tareas encomendadas versaran sobre los siguientes puntos:
Puesta en marcha KPIs, Reporting y Cuadro de Mando, acompañando en la implantación de los Sistemas que los soporten
Operativización de los procesos ya definidos, sobre la base de los Sistemas que se implanten: Gestión Financiera y Gestión Comercial
Otras tareas de soporte a la MWCB
Dichas actividades se prestarán según se especifican en el Pliego de Prescripciones Técnicas.
1.2 Naturaleza del contrato
El presente contrato tiene carácter privado. Las partes quedan sometidas expresamente a lo establecido en este Pliego de Cláusulas Contractuales (“PCC”) y en su correspondiente Pliego de Prescripciones Técnicas (“PPT”).
Para aquello no previsto en el PCC y en el PPT, el contrato se rige, teniendo en consideración la normativa comunitaria y el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por medio del cual se aprueba el Texto Refundido de la Ley de contratos del Sector Público (“TRLCSP”), por las Instrucciones Internas de Contratación de la Fundación “Fundació Barcelona Mobile World Capital Foundation” en cuanto a su preparación y adjudicación; supletoriamente son de aplicación las normas de derecho privado.
En cuanto a los efectos y extinción del presente contrato serán de aplicación las normas de derecho privado. No obstante, de conformidad con lo previsto en el artículo 20.2 del TRLCSP, serán asimismo aplicables al presente contrato las normas contenidas en el Título V del Libro I del referido TRLCSP, sobre modificación de los contratos.
1.3 Presupuesto de licitación
El presupuesto total de licitación, que determina la competencia del órgano de contratación, es de ciento ocho mil Euros (108.000 €), IVA excluido.
Las ofertas no podrán rebasar el presupuesto máximo indicado.
1.4 Duración
El contrato tendrá una duración de seis (6) meses a partir del día siguiente a la formalización del contrato, sin posibilidad de prórroga.
1.5 Información sobre la licitación
En el Perfil del Contratante de la MWCB se encuentran accesibles tanto el presente PCC como el PPT. Las empresas interesadas podrán solicitar por correo electrónico, hasta el día 12 xx xxxxx de 2013, cuantas aclaraciones precisen, las cuales serán atendidas en el plazo de 3 días hábiles.
La dirección de correo electrónico es xxxxxxxxxxx@xxxxxxxxxxxxxxxxxx.xxx
2. Procedimiento de preparación y adjudicación del contrato
2.1 Lugar y plazo de presentación
Las ofertas deberán presentarse hasta las 12.00 horas del día 17 xx xxxxx de 2013, en las oficinas de la MWCB en X/ Xxx Xxxxxxx 000 0x Xxxxxx Xxxxxxxxx, en el edificio Media-TIC. Se rechazarán aquellas ofertas que se presenten con posterioridad a la fecha y hora señalada.
Cuando las proposiciones se envíen por correo, el licitador deberá justificar la fecha de imposición del envío en la oficina de Correos y anunciar al órgano de contratación la remisión de la oferta mediante fax o telegrama el mismo día, consignándose el número del expediente, título completo del objeto de contrato y nombre del licitador.
Transcurridos, no obstante, diez (10) días hábiles siguientes a la indicada fecha sin haberse recibido la oferta, ésta no será admitida en ningún caso. La presentación de oferta implica la plena y total aceptación del contenido del presente PCC y del PPT.
2.2 Documentación a presentar
Las ofertas deberán presentarse en cuatro sobres cerrados, en cuyo anverso figurarán los siguientes datos:
PROCEDIMIENTO ABIERTO PARA LA CONTRATACIÓN DE LOS SERVICIOS DE OFICINA DE PROGRAMA DE LA MOBILE WORLD CAPITAL BARCELONA
En función de la documentación que contenga, deberá indicarse:
Sobre 1: Documentación acreditativa de la capacidad y solvencia
Sobre 2: Oferta técnica (criterios evaluables en base a juicios de valor)
Sobre 3: Oferta técnica (criterios evaluables de forma automática)
Sobre 4: Oferta económica
o PRESENTADO POR (identificación de la empresa ofertante, con indicación de su denominación, C.I.F., dirección postal y dirección de correo electrónico)
Los documentos a incluir en cada sobre deberán presentarse en original o en copia o fotocopia, sin perjuicio de que la MWCB pueda en cualquier momento solicitar la exhibición de la documentación original cuando los documentos se hayan aportado por copia o por fotocopia. La oferta técnica a incluir en los Sobres 2 y 3 deberá presentarse asimismo en formato electrónico (como mínimo, en PDF, en USB).
MWCB podrá contratar con licitadores o candidatos que participen conjuntamente. Esta participación se instrumentará mediante la aportación de un documento privado en el cual se manifieste la voluntad de concurrencia conjunta, se indique el porcentaje de participación de cada uno de ellos y se designe un representante o apoderado único con facultades para ejercer los derechos y cumplir las obligaciones derivadas del contrato hasta la extinción del mismo. Los contratistas que participen conjuntamente en un contrato responderán solidariamente de las obligaciones contraídas.
Lo anterior, sin perjuicio de que la MWCB exija la formalización del compromiso referido en el anterior párrafo en escritura pública en caso de que los licitadores o candidatos resulten adjudicatarios.
2.3 Contenido de los sobres
Sobre 1. Documentación acreditativa de la capacidad y solvencia
o Índice de los documentos que contiene el sobre
o Documentación acreditativa de la capacidad de obrar del contratista y su representación
La capacidad de obrar de las empresas que sean personas jurídicas se acreditará mediante la escritura o documento de constitución, los estatutos o el acto fundacional, en los que consten las normas por las que se regula su actividad, debidamente inscritos, en su caso, en el Registro público que corresponda, según el tipo de persona jurídica de que se trate.
La capacidad de obrar de los licitadores no españoles que sean nacionales de Estados miembros de la Unión Europea se acreditará por su inscripción en el registro procedente de acuerdo con la legislación del Estado donde están establecidos, o mediante la presentación de una declaración jurada o un certificado, de acuerdo con las disposiciones comunitarias de aplicación.
Los demás licitadores extranjeros deberán acreditar su capacidad de obrar con informe de la Misión Diplomática Permanente de España en el Estado correspondiente o de la Oficina Consular en cuyo ámbito territorial radique el domicilio de la empresa.
Los licitadores individuales deberán presentar el documento nacional de identidad o, en su caso, el documento que haga sus veces.
Aquellos que comparezcan o firmen proposiciones en nombre de otro acompañarán poder bastante al efecto, así como su propio documento nacional de identidad. Si el licitador fuera persona jurídica, este poder deberá figurar inscrito en el Registro Mercantil, cuando sea exigible legalmente.
o Documentación acreditativa de la solvencia económica y financiera
La solvencia económica y financiera del licitador deberá acreditarse por uno o varios de los medios siguientes:
- Declaración apropiada de entidades financieras o, en su caso, justificante de la existencia de un seguro de indemnización por riesgos profesionales.
- Las cuentas anuales de los últimos (3) tres años presentadas en el Registro Mercantil o en el Registro oficial que corresponda. Los licitadores no obligados a presentar las cuentas en Registros oficiales podrán aportar, como medio alternativo de acreditación, los libros de contabilidad debidamente legalizados.
- Declaración sobre el volumen de negocios en el ámbito de las actividades correspondientes al objeto del contrato, referido como máximo a los tres (3) últimos ejercicios disponibles en función de la fecha de creación o de inicio de las actividades del licitador, en la medida en que se disponga de las referencias de dicho volumen de negocios.
o Documentación acreditativa de la solvencia técnica o profesional
La solvencia técnica o profesional se acreditará mediante una relación de los principales servicios de oficina de gestión de programa realizados en los últimos tres (3) años que incluya importe, fechas, y el destinatario público o privado de los mismos.
Se entenderá acreditada esta solvencia si se presentan al menos cuatro (4) experiencias en la prestación de los servicios referidos durante el indicado plazo de tres (3) años. Los trabajos se acreditarán mediante declaración del licitador.
o Documentación acreditativa de no estar incurso en prohibiciones de contratar
Testimonio judicial o certificación administrativa de no estar incurso en prohibiciones de contratar. Cuando dicho documento no pueda ser expedido por la autoridad competente, declaración responsable de no estar incurso en prohibición de contratar, otorgada ante una autoridad administrativa, notario público u organismo profesional cualificado.
o Documentación acreditativa de estar al día del cumplimiento de las obligaciones con la Administración Tributaria y Seguridad Social
La acreditación de estar al día del cumplimiento de las obligaciones con la Administración Tributaria y con la Seguridad Social podrá aportarse mediante certificado administrativo acreditativo de tales extremos o mediante declaración responsable del licitador. La presentación de una declaración responsable no eximirá al licitador de acreditar estar al día del cumplimiento de las obligaciones mediante la presentación de los correspondientes certificados administrativos, en caso de resultar adjudicatario, antes de la formalización del contrato.
o En el caso de licitadores que participen conjuntamente, documento privado en los términos indicados en la cláusula 2.2 del presente PCC
Sobre 2: Oferta técnica (criterios evaluables en base a juicios de valor)
o Índice de los documentos que contiene el sobre
o Documentación acreditativa de las referencias técnicas para la ponderación de los criterios de adjudicación evaluables en base a juicios de valor. El contenido es el que se indica en la cláusula 4 del PPT.
Sobre 3: Oferta técnica (criterios evaluables de forma automática)
o Índice de los documentos que contiene el sobre
o Documentación acreditativa de las referencias técnicas para la ponderación de los criterios de adjudicación evaluables de forma automática. El contenido es el que se indica en el Anexo 1 del PCC.
Sobre 4: Oferta económica
o Proposición económica. Dicha proposición se tiene que presentar según el modelo que se adjunta como Anexo 2.
Cuando en la oferta económica exista discrepancia entre el importe indicado en números y el indicado en letras, debe prevalecer el importe indicado con letras, salvo error manifiesto. En el supuesto que la oferta económica no especifique nada en relación al Impuesto sobre el Valor Añadido (“IVA”), se entiende que en la oferta económica no está incluido el IVA.
2.4 Criterios de valoración
Las ofertas recibidas serán objeto de estudio por parte de MWCB, la cual las valorará según los criterios que se detallan en el Anexo 3 adjunto.
2.5 Órgano de contratación
El órgano de contratación del contrato es la Comisión Ejecutiva de MWCB.
2.6 Mesa de Contratación
La Mesa de Contratación estará constituida por los siguientes miembros:
- Presidente: Xxxx Xxxxxx Xxxxxxxxxxx (Strategy and Business Development Director)
- Secretario: Xxxx Xxxxxx (Legal & Procurement Manager)
- Vocales: Xxxxxxxx Xxxxxx (Business Development Manager), Xxxxxxx Xxxx (Business Development Manager), Xxxxx Xxxxx (Marketing Manager).
Los miembros de la Mesa de Contratación son designados en motivo de sus cargos y funciones en MWCB, por lo que podrán ser sustituidos en la Mesa de Contratación por las personas que en cada momento ocupen sus cargos o desempeñen sus funciones.
2.7 Calificación de la documentación, defectos y omisiones subsanables
La Mesa de Contratación calificará, en acto no público, la documentación presentada por los licitadores en el Sobre 1 (documentación acreditativa de la capacidad y solvencia).
Si la Mesa de Contratación observara defectos u omisiones subsanables en la documentación indicada, lo comunicará por escrito a los licitadores afectados, concediéndose un plazo no superior a tres (3) días hábiles para que los licitadores los corrijan o subsanen.
Asimismo, y a efectos de verificar la eventual concurrencia de prohibiciones para contratar, la Mesa de Contratación podrá requerir al licitador la presentación de certificados y documentos complementarios a los que ha presentado, o bien aclaraciones sobre éstos. Este requerimiento se tiene que cumplimentar en el plazo máximo de tres (3) días hábiles.
Procede la no admisión en el procedimiento de licitación de aquellos licitadores cuya documentación tenga defectos no subsanables o no hayan subsanado los defectos en el plazo otorgado.
Una vez calificada la documentación contenida en el Sobre 1 y subsanados, en su caso, los defectos u omisiones, se procede a determinar las empresas que se ajustan a los criterios fijados en el PCC, con pronunciamiento expreso sobre los admitidos a licitación, los rechazados y las causas de su rechazo.
2.8 Apertura pública de la oferta económica, valoración de las proposiciones y propuesta de adjudicación
La Mesa de Contratación procederá, en acto público y en el lugar, fecha y hora indicados en el anuncio correspondiente, a la apertura del Sobre 2.
No podrán incluirse en el Sobre 2 datos que permitan conocer el contenido del Sobre 3 y del Sobre 4. En particular, en el Sobre 2 no se ha de aportar información alguna sobre la composición final del equipo en cuanto a la dedicación a cada una de las funciones, ya que esta información se ha de aportar en el Sobre 3. El incumplimiento de lo indicado constituirá una causa de exclusión de la licitación.
Tras la valoración de la documentación contenida en el Sobre 2, de la que se dejará constancia documental, la Mesa de Contratación, en el lugar, fecha y hora señalados en el anuncio correspondiente, en acto público, hará pública la valoración obtenida por los licitadores en relación con la documentación contenida en el Sobre 2 y dará a conocer, en su caso, a los licitadores excluidos y su causa de exclusión, y procederá a la apertura de los sobres 3 y 4 de las ofertas y a leer su contenido.
La Mesa de Contratación valorará la oferta técnica y económica presentada por los licitadores, conforme a los criterios de adjudicación que figuran como Anexo 3 del presente PCC.
En cuanto a la oferta técnica presentada (sobres 2 y 3), la Mesa de Contratación podrá solicitar aclaraciones, respetando en todo caso el principio de igualdad de trato y no discriminación de los licitadores que, en ningún caso, podrán modificarla.
Si alguna proposición no guarda concordancia con la documentación examinada y admitida, excede del presupuesto base de licitación, varía sustancialmente el modelo establecido, o comporta error manifiesto en el importe de la proposición, o existe reconocimiento por parte del licitador de que contiene error o inconsistencia que la hagan inviable, será excluida por el órgano de contratación mediante resolución motivada.
Por el contrario, el cambio u omisión de algunas palabras del modelo, mientras que ni una cosa ni la otra alteren su sentido, no es causa suficiente para excluir la proposición.
A la vista de la valoración de los criterios de adjudicación que figuran en el Anexo 3, la Mesa de Contratación propondrá la adjudicación del contrato a la oferta económicamente más ventajosa.
2.9 Adjudicación
El órgano de contratación deberá adjudicar el contrato en el plazo máximo de dos (2) meses a contar desde el día siguiente de la apertura pública de las ofertas.
Transcurridos los plazos señalados para la adjudicación sin que se haya dictado el acuerdo de adjudicación, los licitadores tienen derecho a retirar su propuesta, sin ningún tipo de indemnización.
El órgano de contratación resolverá sobre la adjudicación, teniendo, alternativamente, la facultad de adjudicar el contrato a la proposición económicamente más ventajosa o declarar desierta la licitación en los supuestos autorizados por el TRLCSP.
La resolución de adjudicación del contrato deberá ser motivada en referencia a los criterios de adjudicación que figuran en el Anexo 3, y tendrá que especificar los motivos por los que rechaza una oferta y las características y ventajas de la oferta seleccionada.
El resultado de la adjudicación se notificará en el plazo máximo de quince (15) días hábiles al licitador adjudicatario y al resto de licitadores, publicándose en el perfil del contratante en el mismo plazo.
Los licitadores no adjudicatarios podrán, en el plazo xxxxxx xx xxxx (10) días hábiles desde la notificación de la adjudicación, solicitar por escrito al órgano de contratación los motivos por los cuales su candidatura ha sido rechazada, no seleccionada o no adjudicada. A tal efecto, MWCB, en el plazo máximo de veinte (20) días hábiles a contar desde la solicitud, tendrá que poner en conocimiento del licitador los motivos por los cuales la candidatura ha sido rechazada, no seleccionada o no adjudicada.
2.10 Garantía definitiva
El licitador que hubiera presentado la oferta económicamente más ventajosa deberá acreditar la constitución de la garantía definitiva con carácter previo a la formalización del contrato. El importe de la misma será de siete mil euros (7.000 €), excluido el IVA.
La garantía definitiva quedará afectada al cumplimiento del contrato por parte del contratista hasta el momento de la finalización del plazo de garantía a que se hace referencia en la cláusula 3.13 del presente PCC y, en particular, al pago de las penas que se impongan, así como a la reparación de los posibles daños y perjuicios ocasionados por el contratista durante la ejecución del contrato.
Las garantías se podrán constituir mediante aval, prestado por alguno de los bancos, cajas de ahorros, cooperativas de crédito, establecimientos financieros de crédito y sociedades de garantía recíproca autorizados para operar en España, y de acuerdo con el modelo que se xxxxxxx xxxx Xxxxx 0.
2.11 Formalización del contrato
El contrato deberá formalizarse por escrito, mediante documento privado, firmándose por las partes, en el plazo máximo de treinta (30) días naturales a contar desde la fecha de notificación de la adjudicación y previa aportación de la documentación requerida por el órgano de contratación.
En el supuesto de que el adjudicatario no atienda el requerimiento de MWCB, no cumpla los requisitos para la celebración del contrato o impida que se formalice en el plazo señalado, MWCB puede proceder a resolver la adjudicación, dando un trámite de audiencia al interesado de 10 días naturales. En este supuesto se confiscará la garantía definitiva si ésta estuviera constituida y MWCB podrá exigir la indemnización por los daños y perjuicios causados. En estos casos, MWCB podrá adjudicar el contrato a la siguiente oferta económicamente más ventajosa.
3. Efectos y extinción del contrato
3.1 Derechos y obligaciones del adjudicatario
Son derechos del adjudicatario:
La percepción de la retribución correspondiente de conformidad con lo dispuesto en la cláusula 3.10 del PCC.
Subcontratar determinadas prestaciones en los términos previstos en la cláusula 3.7 del PCC.
La devolución de la garantía constituida en los términos de la cláusula 3.13 del PCC.
Recibir la asistencia del órgano de contratación a fin y efecto de poder ejecutar el contrato en sus propios términos.
Todos aquellos que se deriven del régimen del contrato, del PCC y del PPT. Son obligaciones del adjudicatario:
Ejecutar el contrato en los términos y condiciones previstos en el PCC y en el PPT y dentro del plazo fijado para su realización.
Cumplir con las disposiciones vigentes aplicables y, en especial, las relativas a materia laboral, Seguridad Social y de Seguridad e Higiene en el Trabajo.
Indemnizar los daños y perjuicios que se causen por su parte como consecuencia de las operaciones que requiera la ejecución del contrato, siempre que no sea por causas imputables a MWCB.
Xxxxxxx responsable de la calidad técnica de los trabajos y prestaciones realizadas, así como de las consecuencias que se deduzcan para la Administración o para terceros de las omisiones, errores, métodos inadecuados o conclusiones incorrectas en la ejecución del contrato, siempre que ello no se deba a causas no imputables al adjudicatario.
Hacer frente a las penas que se le puedan imponer de acuerdo con la cláusula 3.8 del PCC.
Suscribir la póliza de responsabilidad civil referida en la cláusula 3.5 del PCC.
Disponer de los medios humanos y materiales necesarios para la ejecución del contrato de acuerdo con lo exigido en el PPT y lo indicado en su oferta. En particular, deberá en todo momento garantizar que en el funcionamiento de los equipos de trabajo diseñados bajo su responsabilidad, se cumplen los principios estructurales y los niveles y protocolos de interlocución propios de la relación proveedor-cliente, todo ello al objeto de dar cumplimiento a las obligaciones de índole laboral, de seguridad social y de previsión de riesgos laborales en la materia.
Cualquier otra obligación derivada del presente PCC, del PPT y de la restante documentación contractual.
3.2 Derechos y obligaciones del órgano de contratación
Son derechos del órgano de contratación:
Modificar el contrato de acuerdo con la cláusula 3.9 del PCC.
Recibir la prestación objeto del contrato por parte del adjudicatario de conformidad con lo previsto en el presente PCC, el PPT y el resto de documentación contractual.
Exigir conjuntamente el cumplimiento de las obligaciones del contrato aseguradas con una cláusula penal y el abono de la pena, de conformidad con lo dispuesto en la cláusula 3.8 del PCC.
Cualquier otro derecho derivado del PCC, del PPT y de la restante documentación contractual.
Son obligaciones del órgano de contratación:
Garantizar que el adjudicatario pueda ejecutar el contrato en los términos y condiciones previstos en el presente PCC, en el PPT y en la restante documentación contractual.
Remunerar al contratista en los términos previstos en la cláusula 3.10 del PCC.
Devolver al adjudicatario la garantía constituida en los términos de la cláusula 3.13 del PCC. Cualquier otra obligación derivada del PCC, del PPT y de la restante documentación contractual.
3.3 Obligaciones fiscales y laborales del adjudicatario
El adjudicatario deberá cumplir la normativa legal vigente en materia de sanidad y prevención de riesgos laborales. Asimismo deberá cumplir y hallarse al corriente en todo momento de las obligaciones que como empresa le incumben en materia fiscal y laboral, siendo estricta y rigurosamente responsable, con carácter exclusivo y con entera indemnidad de MWCB, del cumplimiento de tales obligaciones. Concretamente deberá cumplir la Directiva comunitaria 96/71 y la ley española 45/99.
Serán responsabilidad del adjudicatario los salarios del personal, las cuotas del Régimen General de la Seguridad Social, Mutualismo Laboral y Seguro de Accidentes del Trabajo, así como cualquier otra obligación dimanante de la legislación laboral vigente, siendo el único responsable del cumplimiento de tales prescripciones frente a los contratos de trabajo del personal contratado a sus órdenes y frente a los organismos reguladores de la materia.
En cualquier momento, y a requerimiento de MWCB, el adjudicatario deberá aportar la documentación suficiente que acredite el cumplimiento de sus obligaciones fiscales y con la Seguridad Social, así como el pago de los salarios correspondientes a sus empleados. En concreto, el adjudicatario a requerimiento de MWCB deberá facilitar con respecto a los trabajadores que hayan prestado sus servicios en MWCB, la siguiente información:
Relación actualizada del personal que ha prestado sus servicios en MWCB en el trimestre anterior, en la cual han de especificar el nombre y apellidos, número del D.N.I., número de afiliación a la Seguridad Social, categoría laboral, antigüedad, tipo de contrato, y número de días y horas de prestación de servicios en MWCB en el periodo de referencia.
Papeletas de conciliación, demandas o denuncias recibidas de los trabajadores o ex-trabajadores de la empresa, que hayan prestado sus servicios en MWCB.
Copia del Convenio Colectivo de aplicación vigente (sólo cuando se modifique).
Asimismo, y con carácter trimestral, el adjudicatario a requerimiento de MWCB aportará certificado acreditativo de hallarse al corriente de las cuotas de Seguridad Social, y certificado acreditativo de haber satisfecho los salarios correspondientes a sus trabajadores.
La no presentación de dicha documentación tras un segundo requerimiento por parte de MWCB, o el incumplimiento de tales obligaciones, representará la resolución automática del contrato, pudiendo ejecutar
la fianza prestada, todo esto sin perjuicio del derecho de MWCB para ejercitar las acciones oportunas con tendencia al reintegro de la pérdida económica sufrida.
MWCB garantiza la confidencialidad de los datos que le sean facilitados, de conformidad con la ley española de Protección de Datos Personales.
El adjudicatario deberá nombrar un representante, que ejercerá las funciones de interlocutor con MWCB en los temas laborales, de prevención y de Seguridad Social.
La finalización del contrato, por las causas que fueren, bien por haber agotado el plazo de su vigencia, bien por resolución anticipada del mismo, no supondrá para MWCB ninguna obligación en relación con los trabajadores que el adjudicatario haya asignado para la prestación del servicio contratado.
3.4 Obligaciones en materia de prevención de riesgos laborales
El adjudicatario está directamente obligado a cumplir las disposiciones y normas de seguridad de MWCB, así como conocer y cumplir cuantas otras normas legales o convencionales estuvieran vigentes en materia de seguridad y salud en el trabajo, siendo el responsable exclusivo de su aplicación y de las consecuencias derivadas de su incumplimiento, tanto en lo concerniente a él como a sus posibles subcontratistas.
El adjudicatario deberá cumplir con los siguientes requisitos:
Haber realizado la Evaluación Inicial de Riesgos, incluyendo los riesgos de su actividad y las medidas de prevención y protección que pretenden aplicar.
Que sus trabajadores han recibido la información y formación precisa para la realización de las actividades.
Que sus trabajadores son aptos desde el punto de vista de vigilancia de la salud, para realizar dichas actividades.
El adjudicatario mantendrá en todo momento una adecuada coordinación con el Servicio de Prevención de
MWCB, según el procedimiento que dicho Servicio establezca.
3.5 Responsabilidad
El adjudicatario será responsable de cuantos daños y perjuicios causen sus trabajadores, directivos, administradores, colaboradores y subcontratistas, tanto a las personas como a los medios e instalaciones, sean propiedad de MWCB o de terceros, como consecuencia de los actos u omisiones del personal a su servicio y de su organización, con entera indemnidad de MWCB.
Dicha responsabilidad comprenderá incluso los hechos que merezcan la calificación de accidente o caso fortuito, con exclusión en el supuesto de fuerza mayor.
El adjudicatario dispone de una póliza de seguro, con un capital garantizado de ciento cuarenta mil Euros (140.000 €) que cubre las garantías de:
Responsabilidad civil general
Responsabilidad civil patronal
Responsabilidad civil cruzada
Responsabilidad civil post trabajos
Fianzas
Defensa civil y penal
En dicha póliza tienen la expresa consideración xx xxxxxxx, a todos los efectos, los bienes propiedad de
MWCB, así como su personal.
Durante la vigencia del presente contrato, y a efectos de control, el adjudicatario justificará tener vigente dicha póliza.
3.6 Medios materiales
El adjudicatario deberá aportar el material informático y de comunicación necesario para la ejecución del contrato. El referido material deberá encontrarse en perfecto estado de uso y conservación.
3.7 Cesión y subcontratación
Los derechos y obligaciones dimanantes del contrato no podrán ser cedidos por el adjudicatario a un tercero.
El adjudicatario podrá concertar con terceros la realización parcial del objeto del contrato, si bien será precisa autorización expresa, previa y por escrito de MWCB. Asimismo, la subcontratación que efectúe el contratista no podrá exceder del 40% del importe de adjudicación.
En los aspectos restantes, será de aplicación a la subcontratación el artículo 227 del TRLCSP.
3.8 Cláusula penal
Se contempla la penalización al adjudicatario en caso de incumplimiento del nivel de calidad y tiempo máximo de los entregables del proyecto. La pena se estipula en un 5% del valor del hito o deliverable incumplido del plan de trabajo. Los elementos susceptibles de aplicación del modelo xx xxxxx son:
Retraso en la entrega de documentos propios de las funciones de la PMO: report semanal de actividad, informe para el Comité Ejecutivo, actualización del cuadro de mando, etc.
Nivel de calidad de los documentos anteriores.
MWCB podrá exigir conjuntamente el cumplimiento de la obligación y el abono de la pena.
3.9 Modificación del contrato
El contrato solo podrá modificarse en los casos y con los límites previstos en el artículo 107 del TRLCSP. Seguidamente se reproducen aquellos que resultan compatibles con el objeto del presente contrato:
a) Inadecuación de la prestación contratada para satisfacer las necesidades que pretenden cubrirse mediante el contrato debido a errores u omisiones padecidos en la redacción del PPT.
b) Fuerza mayor o caso fortuito que hiciesen imposible la realización de la prestación en los términos inicialmente definidos.
c) Conveniencia de incorporar a la prestación avances técnicos que la mejoren notoriamente, siempre que su disponibilidad en el mercado, de acuerdo con el estado de la técnica, se haya producido con posterioridad a la adjudicación del contrato.
d) Necesidad de ajustar la prestación a especificaciones técnicas, medioambientales, urbanísticas, de seguridad o de accesibilidad aprobadas con posterioridad a la adjudicación del contrato.
La modificación del contrato acordada conforme a lo previsto en esta cláusula no podrá alterar las condiciones esenciales de la licitación y adjudicación, y deberá limitarse a introducir las variaciones estrictamente indispensables para responder a la causa objetiva que la haga necesaria. Se entenderá que se alteran las condiciones esenciales de licitación y adjudicación del contrato en los casos previstos en el artículo 107.3 del TRLCSP.
3.10 Condiciones de facturación
El adjudicatario facturará por mensualidades vencidas dividendo por seis (6) el importe adjudicado.
El órgano de contratación tendrá la obligación de abonar las facturas emitidas por el adjudicatario dentro de los sesenta (60) días naturales posteriores a la recepción de las mismas, de conformidad con lo establecido en el artículo 4 de la Ley 3/2004, de 29 de diciembre, por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales.
3.11 Causas de resolución del contrato
Son causas de resolución del contrato las siguientes:
La muerte o incapacidad sobrevenida del contratista individual.
La extinción de la personalidad jurídica de la sociedad contratista.
La declaración de concurso o la declaración de insolvencia en cualquier otro procedimiento.
El mutuo acuerdo entre el órgano de contratación y el contratista.
La demora en el pago por parte del órgano de contratación por plazo superior a ocho (8) meses.
La imposibilidad de ejecutar la prestación en los términos inicialmente pactados, cuando no sea posible modificar el contrato conforme a lo dispuesto en el título V del libro I.
El desistimiento o la suspensión del contrato por plazo superior a un (1) año acordada por el órgano de contratación.
El incumplimiento de cualesquiera de las obligaciones asumidas por el contratista, en méritos del presente contrato, y muy especialmente las relativas a:
No presentar la documentación relativa al cumplimiento de sus obligaciones con la Seguridad Social, tras haber sido requerido a tales fines por segunda vez.
Incumplir cualquiera de las obligaciones fiscales, laborales, sociales, administrativas, técnicas, prevención de riesgos laborales, y en general, cuantas le incumban y sean necesarias para el ejercicio de su actividad.
La demora en el cumplimiento de los plazos.
Cuando el contrato se resuelva por incumplimiento culpable del contratista, este tiene que indemnizar a MWCB de los daños y perjuicios ocasionados. La indemnización se hace efectiva en primer término sobre la garantía, sin perjuicio de la subsistencia de la responsabilidad en aquello que exceda de la garantía incautada.
La finalización del contrato, por las causas que fueren, bien por haber agotado el plazo de su vigencia, bien por resolución anticipada del mismo, no supondrá para MWCB ninguna obligación en relación con los trabajadores que el contratista haya empleado para la prestación del servicio contratado.
3.12 Extinción del contrato por cumplimiento del plazo
El contrato se entenderá cumplido por el contratista cuando éste haya realizado, de acuerdo con los términos del mismo contrato y a satisfacción de MWCB, la totalidad de las prestaciones acordadas.
3.13 Plazo de garantía
Concluido y recibido el contrato, comenzará el plazo de garantía.
El plazo de garantía será de un (1) mes desde la finalización de la ejecución del contrato.
Si durante el plazo de garantía se acreditase la existencia de vicios o defectos en los trabajos efectuados, tendrá derecho MWCB a reclamar al adjudicatario la subsanación de los trabajos con vicios o defectos.
Durante el plazo de garantía tendrá derecho el adjudicatario a conocer y ser oído sobre las observaciones que se formulen en relación con el cumplimiento de la prestación contratada.
Terminado el plazo de garantía sin que MWCB haya formalizado reparo o denuncia alguna, el adjudicatario quedará exento de responsabilidad por razón de la prestación efectuada.
Aprobada la liquidación del contrato, si no resultaran responsabilidades que hayan de ejercitarse sobre la garantía y, transcurrido el plazo de la misma, se dictará acuerdo de cancelación del aval.
3.14 Confidencialidad
El adjudicatario se obliga a respetar y guardar confidencialidad respecto a la información que le sea transmitida por MWCB verbalmente, o incluida en los documentos suministrados, o que sea generada en el marco de la prestación de los servicios al amparo del contrato, no revelándola sin previo consentimiento de MWCB. El adjudicatario adoptará las medidas adecuadas a fin de que dicha información tampoco llegue al conocimiento de terceros. El adjudicatario reconoce y garantiza que la información suministrada por MWCB o generada en el marco de la prestación de los servicios al amparo del contrato no podrá ser utilizada por el adjudicatario para finalidades diferentes de las acordadas al amparo del contrato.
El deber de confidencialidad tendrá una vigencia de cinco (5) años a contar desde el conocimiento de la información de referencia.
MWCB no podrá divulgar la información facilitada por los licitadores y designada por éstos como confidencial. En el caso de ausencia de indicación se entenderá que la información no tiene el carácter de confidencial.
3.15 Propiedad industrial e intelectual
El adjudicatario reconoce que los resultados de los servicios prestados a favor de MWCB al amparo del contrato, pertenecen a MWCB en toda su extensión y son causa del presente contrato, sea cual sea su contenido, soporte o manifestación. En particular, y con carácter no limitativo, se comprenden incluidos en tales resultados cualesquiera derechos de propiedad industrial y/o intelectual que recaigan sobre cualquier
obra, idea, concepto, técnica, software, código fuente, código objeto, programa, firmware, herramienta de desarrollo, archivo informático dispositivo, descubrimiento, fórmula, patente, invención patentable o no, prototipo, desarrollo, mejora, marca comercial, diseño industrial, ilustración, imagen, gráfico, plan, procedimiento, nombre de dominio, base de datos, know how, secreto comercial, o informes y documentación relativa a cualesquiera de los anteriores, así como cualquier otro material y/o producto de trabajo que el adjudicatario, por sí mismo o con la ayuda de terceros, haya originado, concebido, escrito o hecho, en relación con o como parte del presente contrato (“Derechos de Propiedad Industrial e Intelectual”).
Se entiende cedida a MWCB la titularidad de los Derechos de Propiedad Industrial e Intelectual que se deriven de las creaciones que el adjudicatario haya realizado en la ejecución del contrato. El adjudicatario reconoce expresamente que MWCB es titular de los citados Derechos de Propiedad Industrial e Intelectual (incluyendo, en particular, el derecho de reproducción, distribución, transformación, puesta a disposición y comunicación pública) con carácter pleno y exclusivo, con capacidad de cesión o licencia a terceros, con un ámbito territorial mundial, para todas las modalidades de explotación presentes y futuras y por todo el tiempo de duración establecido en la normativa aplicable.
Los citados Derechos de Propiedad Industrial e Intelectual se entienden cedidos por el adjudicatario a MWCB desde el mismo momento en que surgen, sin que sea necesario el otorgamiento de ningún acuerdo, negocio o acto adicional para el reconocimiento de la citada titularidad a favor de MWCB. El adjudicatario no tendrá derecho a reclamar la titularidad de los citados Derechos de Propiedad Industrial e Intelectual una vez extinguida su colaboración, trabajo, participación o prestación de servicios en o a favor de MWCB.
Cuando cualesquiera de los Derechos de Propiedad Industrial e Intelectual creados por el adjudicatario incorpore elementos cuya propiedad pertenezca a terceros (“Elementos de Terceros”), siempre y cuando MWCB no adquiera directamente de dichos terceros las licencias de uso de dichos Elementos de Terceros, el adjudicatario vendrá obligado a otorgar o, en su caso, a hacer que el titular de los derechos de explotación de los Elementos de Terceros otorgue a MWCB todas las autorizaciones, permisos o licencias que resulten necesarios sobre los Derechos de Propiedad Industrial e Intelectual afectados y por el tiempo el máximo previsto en la legislación vigente que resulte de aplicación.
MWCB, o cualquier persona física o jurídica que ésta designe, podrá solicitar la inscripción de su titularidad de los Derechos de Propiedad Industrial e Intelectual en los correspondientes organismos, así como adoptar cualquier otra medida precisa para su protección. En caso de que MWCB se lo solicite, el adjudicatario se obliga a proporcionar toda la información, a realizar cuantos actos y a suscribir cuantos documentos fueran necesarios con la finalidad de asegurar la efectiva inscripción, explotación y protección de los Derechos de Propiedad Industrial e Intelectual. Entre otras, el adjudicatario se compromete a colaborar en la preparación
y/o la firma de todos los documentos que resulten necesarios, tales como planos, especificaciones, confirmaciones y otros documentos para la presentación de solicitudes de registro, reclamaciones o certificaciones en relación con los Derechos de Propiedad Intelectual para MWCB o la transferencia de tales Derechos de Propiedad Intelectual a MWCB y, en el caso de cualquier disputa legal surgiera en relación con tales derechos, el adjudicatario se compromete a prestar la asistencia necesaria para la defensa de las acciones legales presentadas en contra de MWCB.
3.16 Jurisdicción competente
El orden jurisdiccional civil es el competente para conocer las incidencias y/o reclamaciones que surjan de la preparación, adjudicación, formalización y ejecución del presente contrato, y concretamente los Juzgados y Tribunales de Barcelona.
ANEXO 1
Contenido sobre 3
Documentación acreditativa de las referencias técnicas para la ponderación de los criterios de adjudicación evaluables de forma automática.
Número de horas para realizar la Función B en la bolsa adicional:
Horas a prestar bajo demanda. Función B | ……… Horas de trabajo (Indicar el número total de horas) |
Composición del equipo durante el periodo de prestación del servicio:
Completar la información según la tabla adjunta y además presentar el Excel adjunto “ComposicionEquipoTrabajo.xlsx” completado en formato electrónico en el sobre 3.
ANEXO 2
MODELO PARA LA PRESENTACIÓN DE LA OFERTA ECONÓMICA
El Sr/Sra…….., domiciliado/a a……….., calle……….., número …….., con DNI/NIF número , mayor de edad
en nombre propio o en representación de la empresa ………..con domicilio en …………. calle……, número …………, enterado/a de las condiciones exigidas para optar a la adjudicación del contrato número XXXXX, que tiene por objeto la prestación de servicios de Oficina de Gestión de Programa a la Fundación “Fundació Barcelona Mobile World Capital Foundation”, se compromete a realizarlo sujeto al pliego de condiciones administrativas y técnicas por un importe total de euros (IVA no incluido) (escribir
en letras y en cifras).
Resumen económico de la propuesta:
Precio sin IVA | |
Importe IVA (21.%) | |
Precio del contrato |
(Lugar, Fecha y Firma)
ANEXO 3
CRITERIOS DE VALORACION
La adjudicación del concurso se efectuará con sujeción a los criterios básicos que se indican a continuación.
Oferta económica, hasta un máximo de 25 puntos.
A efectos de asignar la valoración, se aplicará la siguiente fórmula:
Puntos = 25 x (Presupuesto de licitación - Oferta a valorar) .
(Presupuesto de licitación – Oferta económica más baja admitida) Todos los importes son sin IVA.
Esta información se incluirá en el Sobre 4 – Proposición económica. El presupuesto de licitación es el indicado en la cláusula 1.3 del PCC.
Configuración del equipo, hasta un máximo de 25 puntos.
A efectos de asignar la valoración, se determinará la configuración del equipo necesaria para la prestación de las funciones requeridas:
Función A: Dirección experta de la Oficina de Gestión de Programa, liderando la coordinación de todas las tareas integrantes, facilitando su correcta interacción, planificación conjunta y alineamiento de objetivos. Adicionalmente perseguirá la involucración y dinamización de todos los agentes implicados.
Función B: Ejecución y desarrollo avanzado de las tareas propias de la Oficina de Gestión de Programa, poniendo especial énfasis en la puesta en marcha de los procesos y la elaboración de KPIs. Asegurando la máxima calidad tanto en su realización como en la documentación entregada.
Función C: Tareas de soporte a Oficinas de Gestión de Programa.
Adicionalmente a la hora de configurar el equipo deberá considerar que:
- La dedicación total destinada a la Función C no podrá superar el 15% del total de la dedicación total durante toda la duración del contrato.
- La dedicación destinada a la Función A deberá ser superior al 25% del total de la dedicación total durante toda la duración del contrato.
Siempre que se cumpla con los umbrales de dedicación anteriores, se aplicará la siguiente fórmula para obtener el índice de la oferta
Índice = (Media Función A * 3) + (Media Función B * 2) + (Media Función C * 1)
La Media Función equivale al número medio de FTEs (fuerza de trabajo equivalente) durante los 6 meses dedicados a una función determinada.
A modo de ejemplo, en la tabla adjunta, se ilustra el cálculo del Índice de una oferta que propone una dedicación de 0,5 FTEs para realizar la Función A, 2 FTEs para la Función B y 0,5 FTEs para la Función C durante todo el periodo, resultando el valor del índice igual a 6.
La puntuación final para este criterio será el resultado de:
Puntos = 25 x (Índice Oferta a valorar – Índice Mínimo ofertas admitidas) .
(Índice Máximo ofertas admitidas – Índice Mínimo ofertas admitidas)
Esta información se incluirá en el Sobre 3 – Documentación acreditativa de las referencias técnicas para la ponderación de los criterios de adjudicación evaluables de forma automática
Número de horas en una bolsa adicional para realizar la Función B, a consumir bajo petición, hasta un máximo de 5 puntos.
A efectos de asignar la valoración, se aplicará la siguiente fórmula:
Puntos = 5 x (Horas Oferta a valorar – Mínimo Horas ofertas admitidas) .
(Máximo Horas ofertas admitidas – Mínimo Horas ofertas admitidas)
Esta información se incluirá en el Sobre 3 – Documentación acreditativa de las referencias técnicas para la ponderación de los criterios de adjudicación evaluables de forma automática.
Las horas de la bolsa adicional no serán susceptibles de facturación adicional a la prevista en la cláusula 3.10 de los PCC.
La puntuación total de los criterios anteriores, evaluables de forma automática es de 55 puntos
Los criterios vinculados al objeto del contrato que dependen de un juicio de valor y que servirán de base para la adjudicación son los siguientes:
Por la propuesta técnica de ejecución de la Oficina de Programa de la MWCB, hasta un máximo de 45 puntos, considerando los siguientes criterios:
Calidad general de la propuesta presentada (10 puntos) Metodología de Oficina de Gestión de Programa (PMO) (5 puntos)
Adaptación de la metodología a las características de la MWCB (25 puntos) Definición de la PMO y sus funciones
Puesta en marcha y ajuste del modelo Modelo de Gobierno (5 puntos)
Esta información se incluirá en el Sobre 2 – Documentación acreditativa de las referencias técnicas para la ponderación de los criterios de adjudicación evaluables en base a juicios de valor.
ANEXO 4
MODELO DE GARANTÍA DEFINITIVA
(ENTIDAD FINANCIERA) con domicilio en , c/ con
N.I.F. representado por X. que actúa con poderes suficientes para obligar a la citada institución en este acto, según resulta de las escrituras por el Notario de
D. en fecha con número de protocolo y que ha sido bastanteado por Abogacía del Estado de la provincia de con número en fecha , por este documento.
A V A L A
A con N.I.F. domiciliada en , C/
, nº ante FUNDACIÓ BARCELONA MOBILE WORLD CAPITAL FOUNDATION, por la cantidad de SIETE MIL EUROS (7.000 €) en concepto de Garantía Definitiva por la prestación de los servicios de Oficina de Programa, adjudicados en méritos del procedimiento abierto DE CONTRATACION DE LOS SERVICIOS DE Oficina de Programa de la Mobile World Capital Barcelona
Dicha garantía responde de la correcta ejecución de las prestaciones contempladas en el contrato de adjudicación, de los gastos originados por la demora en el cumplimiento de sus obligaciones y de los daños y perjuicios ocasionados con motivo de la ejecución del contrato o por su incumplimiento, cuando no proceda la resolución del contrato, incluidos incumplimientos de las obligaciones laborales, de prevención y de Seguridad Social del adjudicatario con su personal.
El presente aval se presta con carácter solidario con la sociedad avalada y con renuncia expresa a los beneficios de orden, excusión y división, y será satisfecho por el Banco a la beneficiaria FUNDACIÓ BARCELONA MOBILE WORLD CAPITAL FOUNDATION al primer requerimiento fehaciente que esta haga al Banco indicando el incumplimiento por parte de la avalada de las obligaciones que se garantizan, aunque esta mostrase su oposición a dicho pago, puesto que el mismo no prejuzga la solución de las controversias que puedan surgir entre FUNDACIÓ BARCELONA MOBILE WORLD CAPITAL FOUNDATION y
.
El presente aval tendrá validez hasta la finalización del plazo de garantía fijado en la cláusula 3.13 del PCC momento en que quedará efectivamente cancelado, siempre y cuando no se hayan producido las responsabilidades que el aval garantiza.
Este aval ha sido inscrito en el Registro Especial de Avales con el número
En Barcelona, a
ENTIDAD FINANCIERA
D.