Contract
PLIEGO DE CONDICIONES ECONOMICO-ADMINISTRATIVAS PARA LA ADJUDICACIÓN DEL ARRENDAMIENTO DEL EDIFICO MUNICIPAL “LOS CASTAÑOS” CON DESTINO A ACTIVIDADES NO LUCRATIVAS RELACIONADAS CON EL OCIO Y TIEMPO LIBRE, POR EL PROCEDIMIENTO ABIERTO MEDIANTE CONCURSO.
1. OBJETO DEL CONTRATO.
El objeto del presente contrato es la regulación del arrendamiento del edificio municipal “Los Castaños” con destino a actividades no lucrativas relacionadas con el ocio y tiempo libre sito en el Bº Los Castaños de naturaleza patrimonial, por el procedimiento abierto y mediante concurso.
Este inmueble se encuentra ubicado en el Barrio Los Castaños en el margen de la vía verde . Se trata de una edificación rectangular de 10 x 4,1 m de planta baja única y adosado a la misma un pequeño edificio donde se ubican los aseos de 3,7 X 5,8 m.
2. PLAZO DEL ARRENDAMIENTO.
El plazo de duración máximo del arrendamiento se fija en 10 años, a contar desde el siguiente al de la firma del contrato, prorrogables en periodos de un año hasta un máximo de 15 años.
3. RENTA O CANON.
El arrendatario está obligado a satisfacer al Ayuntamiento de Abanto- Zierbena el canon mensual que ofertó, a mes vencido y en los primeros diez días del mes siguiente al de la firma del contrato en la cuenta que designe el Ayuntamiento. En dicha cuenta se ingresarán todos los cánones sucesivos, salvo contra orden del propio Ayuntamiento.
El arrendatario está obligado a satisfacer un canon, que no podrá ser inferior al 6% del valor en venta del bien. El valor de tasación se fija en 18.150,00 € por lo que el 6% de ese valor en concepto de canon sería 1.089,00€ + I.V.A anual.
El canon o renta experimentará con carácter anual, desde la fecha de la firma del contrato, la variación porcentual del Índice de Precios al Consumo (I.P.C.), que publica el órgano estadístico oficial autonómico o, en su defecto, el
estatal para cada período de vigencia anual del contrato.
El canon podrá tener una demora en su aplicación que será como máximo de quince (15) meses a partir de la firma del contrato.
La falta de pago del canon mensual por el arrendatario en el plazo xx xxxx días establecido, faculta al Ayuntamiento de Abanto-Zierbena para imponerle sanción de 4 € por cada día de retraso. Esa cuantía de 4 €, se revisará anualmente, de la manera y forma prevista para el canon en el apartado dos de esta cláusula.
Sin perjuicio de lo anterior, si en un momento dado el arrendatario tuviere pendiente el abono de tres o más mensualidades el Ayuntamiento de Abanto-Zierbena queda facultado para proceder, previo expediente con audiencia del arrendatario, a la resolución del contrato en base al incumplimiento del mismo por causa no justificada imputable al arrendatario.
4. FIANZA
1. La fianza será de dos mensualidades será dos mensualidades del canon ofertado , y que deberá hacerse efectiva , una vez acusado recibo de la notificación de adjudicación, y dentro del plazo máximo de quince (15) días naturales.
5. OBRAS DE ACONDICIONAMIENTO Y EQUIPAMIENTO DEL EDIFICIO.
Serán de cuenta del arrendatario las obras de acondicionamiento del edificio y equipamiento así como los gastos de acabado interior necesarios para la opuesta en funcionamiento de la actividad.
Así mismo son de cuenta del arrendatario las tasas e impuestos relativos al pago de la licencias necesarias para la realización de las obras en el edificio.
En todo caso, las mejoras realizadas en el edifico quedarán en beneficio de la finca y no podrá pedir indemnización por tal motivo a la finalización del contrato.
6. CESIÓN DEL CONTRATO Y SUBARRIENDO
El arrendatario no podrá subarrendar el edificio o ceder el contrato de arrendamiento.
7. REVERSIÓN.
Transcurrido el plazo del arrendamiento revertirá al Ayuntamiento de Abanto-Zierbena, en buen y adecuado estado de conservación el inmueble y sus instalaciones y mejoras
8. OBLIGACIONES Y DERECHOS DEL ARRENDATARIO
Además de los que puedan establecerse en la legislación aplicable:
1. El arrendatario se compromete a mantener en todo momento el edifico, las instalaciones del mismo, aseos y demás dependencias en las debidas condiciones de seguridad, salubridad y ornato , según lo establecido en la legislación aplicable.
2. El arrendatario utilizará el edificio con arreglo a los usos permitidos, estando obligado a conservarlo en perfecto estado, realizando por su cuenta las reparaciones necesarias que sean ordinarias, es decir, las tendentes a reparar o reponer los deterioros que sean consecuencia del transcurso del tiempo y del uso normal del edificio y sus instalaciones.
En el caso de deterioros de carácter extraordinario ya sean de tipo estructural o causados por dolo, culpa o negligencia del adjudicatario personal o usuarios el arrendatario se obliga a poner los hechos en conocimiento del Ayuntamiento de Abanto-Zierbena. Este tipo de reparaciones de carácter extraordinario serán de cargo del Ayuntamiento de Abanto-Zierbena a no ser que se deban a actuaciones u omisiones dolosas, culposas o negligentes del arrendatario o del personal a su servicio, en cuyo caso serán de cuenta del arrendatario. Si se debieran a actos dolosos, culposos o negligentes de los propios usuarios responderán directamente el usuario/s causante de los hechos a menos que haya existido consentimiento culpable del arrendatario u omisión por parte de la debida y normal vigilancia que le es exigible acerca del comportamiento de aquéllos, de la misma forma que lo sería si regentara un establecimiento de su propiedad. En estos supuestos la responsabilidad sería solidaria para el causante y el propio arrendatario.
3. El arrendatario deberá abonar los suministros de agua, gas, electricidad, teléfono que consuma con ocasión de la utilización del edificio, debiendo darse de alta en dichos suministros en el momento de la firma del contrato.
4. El arrendatario no podrá realizar sin consentimiento del Ayuntamiento obras que modifique la configuración del edificio o que provoquen una disminución de la estabilidad o seguridad de la misma.
5. El arrendatario deberá contratar los correspondientes seguros de responsabilidad civil así como aquellos otros adicionales que establezca la legislación aplicable según la actividad a desarrollar.
9.- OBLIGACIONES Y DERECHOS DEL AYUNTAMIENTO
Respecto a las obras de conservación y mejora serán de cuenta del arrendatario y se estará a lo dispuesto en la L 29/1994, de 24 de noviembre de Arrendamientos Urbanos.
Sin perjuicio de la facultad de resolver el contrato, si el arrendador no ha autorizado la realización de obras, podrá exigir al concluir el contrato que el arrendatario reponga las cosas al estado anterior o conservar la modificación efectuada, sin que este pueda reclamar indemnización alguna.
Si las obras han provocado una disminución de la estabilidad de la edificación o de la seguridad de la vivienda o sus accesorios, el arrendador podrá exigir de inmediato del arrendatario la reposición de las cosas al estado anterior.
10.- CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN DEL CONCURSO.
Los criterios y la valoración a tener en cuenta para la adjudicación del arrendamiento mediante concurso son los siguientes:
1. El canon mensual se establece en 1.089,00 € (iva excluido), valorándose cada tramo de 60 te por encima de dicho canon, hasta un máximo de 20 puntos.
2. Se valorará la cuantía económica del proyecto de inversión a realizar para el acondicionamiento, acabado interior y equipamiento del edificio, hasta un máximo de 30 puntos.
3. Se tendrán en cuenta aspectos tales como actividades no lucrativas que satisface a un mayor numero de ciudadanos, empadronamiento en Xxxxxx- Ziérbena de los licitadores , hasta un máximo de 30 puntos.
11. PRESENTACIÓN DE PROPOSICIONES Y DOCUMENTACIÓN EXIGIDA.
11.1. La presentación de proposiciones presume por parte del/de la licitador/a, la aceptación incondicionada de las cláusulas de este Pliego y del resto de los documentos contractuales, sin salvedad alguna, así como la exactitud de todos los datos presentados y de que reúne todas y cada una de las condiciones exigidas para la contratación de obras.
11.2. Para participar en el presente contrato, los/las licitadores/as deberán presentar, dentro del plazo de UN MES desde el siguiente a la publicación del anuncio en el Boletín Oficial de Bizkaia y en las dependencias del Ayuntamiento de Abanto-Zierbena, tres sobres cerrados (A, B y C) en el supuesto de que sea la de Concurso; con la documentación que luego se indicará, especificando en cada uno de ellos el contrato al que se concurre “XXXXXXXXXXXXX XXX XXXXXXXX XXXXXXXX XXX XXXXXXXX, denominación de la entidad o asociación , nombre de apellidos de quien firma la proposición, el carácter con que lo hace, todo ello de forma legible. Asimismo, en el interior de cada sobre, se hará constar en hoja independiente su contenido, enunciado numéricamente.
Las proposiciones podrán ser enviadas también, mediante correo ordinario, cumpliendo lo que al efecto se determina en el apartado 4 del artículo 80 del Reglamento General de Contratos de las Administraciones Públicas. Sin la concurrencia de los requisitos recogidos en dicho precepto, la proposición presentada no será admitida. En el caso de que las proposiciones se envíen por correo, el licitador deberá justificar la fecha y hora de la presentación del envio y anunciar al órgano de contratación en plazo ,la remisión de la oferta mediante fax o telegrama.
Una vez entregada o emitida la documentación, no puede ser retirada, salvo que la misma sea justificada.
SOBRE "A": Proposición Económica
11.3.
Modelo de proposición que figura como XXXXX X debidamente cumplimentado.
SOBRE "B": Capacidad para contratar
11.4.
Contendrá los siguientes documentos:
11.4.1. Fotocopia compulsada del Documento Nacional de Identidad de la persona que presenta la proposición, en nombre propio o como apoderado/a.
11.4.2. Cuando el/la licitador/a sea una persona jurídica o asociación, escritura de constitución o modificación, debidamente inscrita, en el Registro Mercantil, cuando este requisito fuera exigible conforme a la legislación que le sea aplicable. Si no lo fuere, la acreditación de la capacidad de obrar se realizara mediante la escritura o documento de constitución, estatutos o acto fundacional, en el que consten las normas por las que se regula su actividad, debiendo estar inscritos, en su caso, en el correspondiente registro oficial.
11.4.3. Cuando el/la licitador/a no actúe en nombre propio o se trate de persona jurídica o asociación , escritura de apoderamiento para representar a la sociedad o entidad en cuyo nombre concurra. Dicho poder deberá estar debidamente inscrito en el Registro Mercantil. En los casos en los que el poder sea para acto concreto, no será necesaria la inscripción en el Registro mercantil, de conformidad con lo previsto en el art. 94.1.5 del Reglamento del Registro mercantil.
Asimismo se aportará bastanteo de poder suscrito por esta Administración, abogado/a colegiado/a o Notario/a.
11.4.4.Declaración responsable de no estar incurso en prohibiciones de contratar, conforme al art. 49 de la LCSP En dicha declaración responsable se hará constar además expresamente la circunstancia de hallarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la seguridad social impuestas por las disposiciones vigentes.
11.4.5 Solvencia técnica.
Se acreditará mediante la presentación de una Memoria de la actividad a desarrollar en el edificio.
SOBRE "C": Especificaciones Técnicas
11.5.
Los/las licitadores/as deberán incluir en este sobre los documentos que acrediten los criterios de la cláusula novena.
12. NOTAS ACLARATORIAS SOBRE LA PRESENTACIÓN DE LA DOCUMENTACIÓN.
12.1. El/la licitador/a podrá presentar la documentación exigida mediante original o mediante copias de las mismas, debidamente autenticadas, bien por esta Administración, o bien por Notario/a.
El plazo de presentación de proposiciones será el que se señale a dichos efectos en el anuncio de convocatoria. En ningún supuesto se admitirán proposiciones presentadas fuera de dicho plazo.
12.2. Cada licitador/a no podrá presentar más de una proposición.
12.3. La Administración podrá comprobar, tanto antes como después de la adjudicación y en el curso del contrato, la veracidad del contenido de los documentos incluidos en los sobres "B" y "C", entendiéndose que la falsedad de los datos y circunstancias presentados por el licitador/a puede ser causa de exclusión de la proposición o, en su caso, de resolución del contrato por incumplimiento imputable xx/x xxxxxxxxx/x,
00. APERTURA DE PROPOSICIONES.
13.1. La Mesa de Contratación examinará con carácter previo el contenido de los sobres "B" y calificará los documentos presentados por los/las licitadores/as en tiempo y forma.
13.2. La Mesa de Contratación, examinados los documentos relativos a la capacidad de obrar, concederá un plazo de 3 días naturales para la subsanación de errores. Los mismos se harán saber a los/las licitadores/as verbalmente o mediante fax y publicación en el tablón de anuncios del Ayuntamiento.
13.3. La fecha de apertura de los sobres "A" y "C" vendrá determinada en el anuncio de convocatoria.
13.4. La Mesa de contratación, en el acto de apertura de los sobres que recogen la proposición económica, invitará a los/as licitadores/as asistentes a que expongan cuantas observaciones o reservas estimen oportunas.
Las reservas u observaciones deberán formularse por escrito en el plazo máximo de dos días naturales siguientes al del acto de apertura de plicas y se dirigirán al órgano de contratación, el cual, previo informe de la mesa de
contratación, resolverá el procedimiento, con pronunciamiento expreso sobre las reclamaciones presentadas, en la adjudicación del contrato (art. 87.1 del Reglamento General de la ley Contratos de las Administraciones Públicas).
13.5. No se aceptarán aquellas proposiciones que:
▪ Tengan contradicciones, omisiones, errores o tachaduras que impidan conocer claramente lo que la Administración estime fundamental para considerar la oferta.
▪ Aquellas que carezcan de concordancia con la documentación examinada y admitida.
▪ Las que varíen sustancialmente el modelo de proposición establecido que figura como Xxxxx X de este Xxxxxx.
13.6. Las proposiciones presentadas, tanto las declaradas admitidas como las rechazadas sin abrir o las desestimadas una vez abiertas, serán archivadas en su expediente.
Adjudicado el contrato, los/las licitadores/as tendrán derecho a la devolución del contenido del sobre “B” (Capacidad para contratar), una vez transcurrido el plazo para la interposición de recursos sin que se hayan interpuesto. En ningún caso esta Administración devolverá el contenido de los sobres “A” (Proposición Económica) y “C” (Especificaciones Técnicas).
14. ADJUDICACION DEL CONTRATO MEDIANTE CONCURSO.
12.1.. La Mesa de Contratación calificará previamente los documentos presentados en tiempo y forma, procederá, en acto público, a la apertura de las proposiciones presentadas por los/las licitadores/as y las elevará, con el acta y la propuesta que estime pertinente, que incluirá en todo caso la ponderación de los criterios indicados en los Pliegos de Cláusulas Administrativas Particulares al órgano de contratación que haya de efectuar la adjudicación del contrato.
12.2.. La Administración tendrá alternativamente la facultad de adjudicar el contrato a la proposición más ventajosa mediante la aplicación de los criterios establecidos en la cláusula décima, sin atender necesariamente al valor económico de la misma o declarar desierto el concurso, motivando en todo caso su resolución con referencia a dichos criterios de adjudicación.
15. OTRAS DISPOSICIONES RELATIVAS A LA ADJUDICACION DEL CONTRATO.
El contrato se perfeccionará mediante la adjudicación realizada por el Organo de Contratación.
El órgano de contratación adjudicará el contrato en el plazo máximo de tres (3) meses, a contar desde la apertura de proposiciones. En caso de que el licitador al que se proponga adjudicar el contrato no hubiese presentado con la oferta las certificaciones acreditativas de hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y de Seguridad Social, se le exigirá su presentación, antes de efectuar la adjudicación, concediéndole al efecto un plazo de 5 días naturales.
Cuando el Organo de Contratación acuerde la resolución del contrato porque el/la adjudicatario/a no cumpla las condiciones necesarias para llevar a cabo la formalización del mismo, la Administración podrá adjudicarlo al/a la licitador/a o licitadores/as siguientes a aquél/aquélla, por orden de sus ofertas, siempre que ello fuese posible, antes de proceder a una nueva convocatoria, contando con la conformidad del/de la nuevo/a adjudicatario/a.
16. OBLIGACIONES PREVIAS A LA FORMALIZACION DEL CONTRATO.
Acusado recibo de la notificación de adjudicación, el/la adjudicatario/a, dentro del plazo de quince días naturales deberá aportar los siguientes documentos:
2. Documento que acredite haber constituido en la Tesorería Municipal, a disposición de esta Administración, la fianza correspondiente, que será dos mensualidades del canon ofertado .
17. FORMALIZACION DEL CONTRATO.
El documento de formalización del contrato se otorgará dentro del plazo de treinta días naturales a contar desde el siguiente al de recepción de la notificación de la adjudicación y revestirá el carácter de documento administrativo.
Cuando por causas imputables al/a adjudicatario no pudiese formalizarse el contrato dentro del plazo indicado, la Administración podrá acordar la resolución del mismo, previo el preceptivo trámite de audiencia del/de la interesado/a e informe del Servicio Jurídico correspondiente.
En tal supuesto, procederá la indemnización de los daños y perjuicios ocasionados.
18. INCUMPLIMIENTO CONTRACTUAL.
El incumplimiento por el/la arrendatario/a de cualquiera de las obligaciones establecidas con carácter preceptivo en el presente Pliego o en el resto de los documentos contractuales podrá se causa de resolución del contrato.
19. PRERROGATIVAS DE LA ADMINISTRACION Y JURISDICCION COMPETENTE.
19.1. El Organo de Contratación tiene la prerrogativa de interpretar el contrato administrativo, resolver las dudas que ofrezca su cumplimiento, modificarlo por razones de interés público, acordar su resolución y determinar los efectos de ésta, dentro de los límites y con sujeción a los requisitos y efectos establecidos en la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas.
19.2. Las cuestiones litigiosas surgidas sobre la interpretación, modificación, resolución y efectos de los contratos administrativos serán resueltas por el Organo de Contratación.
19.3. Contra dichos acuerdos, de no agotar los mismos la vía administrativa, podrá interponerse el recurso administrativo que proceda de conformidad con lo dispuesto en la Ley 30/1992 de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
19.4. El recurso Contencioso-Administrativo contra actos que agoten la vía administrativa, habrá de interponerse conforme a la Ley Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, ante el Organo Jurisdiccional competente en virtud de lo dispuesto en la Ley Orgánica del Poder Judicial.
20. RÉGIMEN JURÍDICO
El contrato de arrendamiento sobre un bien inmueble patrimonial tiene la consideración de contrato privado. No obstante, se consideran actos jurídicos separables los que se dicten en relación con la preparación y adjudicación del contrato que se regirán por las normas de la legislación patrimonial de las Administraciones Públicas y en lo no previsto por estas normas por la
legislación de contratos de las Administraciones Públicas. Los efectos y extinción por lo dispuesto en la legislación patrimonial y en las normas de derecho privado
El desconocimiento del contrato en cualquiera de sus términos, de los documentos anejos al mismo o de las instrucciones, pliegos o normas de toda índole promulgados por la Administración que puedan tener aplicación en ejecución de lo pactado no eximirá al empresario de la obligación de su cumplimiento.
ANEXO I
MODELO DE PROPOSICION ECONOMICA
D./Dña…...................................................................................................
............, con domicilio en calle
…………………………………………………………………………… y D.N.I.
........................., en nombre propio o en representación de la entidad o asociación…………………………………...............................................................
con domicilio en ...................................., calle
...................................................................................... C.P.
................................. Teléfono ...................... y C.I.F.
……....................................
DECLARO
I.- Que he tenido conocimiento de la convocatoria efectuada por el Ayuntamiento de Abanto-Zierbena para la adjudicación del arrendamiento del edificio municipal denominado Los Castaños” con destino a actividades no lucrativas relacionadas con el ocio y tiempo libre.
II.- Que igualmente conozco demás documentación que rige el presente contrato, cuyo contenido expresamente asumo y acato en su totalidad, sin salvedad alguna.
III.- Que la entidad o asociación a la que represento, cumple con todos los requisitos y obligaciones exigidos por la normativa vigente para su apertura, instalación y funcionamiento.
IV.- Que, en relación con el presente contrato, propongo un canon mensual de (debe expresarse en letra y en número)
………………………………………………………………………………………………………………
……..………EUROS, entendiéndose comprendidos en este precio todos los conceptos, incluyendo los impuestos, gastos, tasas y arbitrios de cualquier esfera fiscal, así como el I.V.A.
En …………………………, a… de
………………………………………2.00
Fdo.: D.N.I.:
XXXXX XX DECLARACION RESPONSABLE
D./Dña……….................................................................................................
.………….. con domicilio en
……………………………………………………………………………………………
……......, calle
.......................................................…………………….......…………….......... y
provisto/a del D.N.I. ………........................., en nombre propio o en representación de la empresa
....................................................................................………………………………
………..
DECLARO
1.- Que ni la entidad o asociación a la que represento, ni sus administradores/as ni representantes están incursos/as en las prohibiciones para contratar previstas en el artículo 49 de la LCSP.
2.- Que la entidad o asociación que represento está al corriente de sus obligaciones tributarias y demás deudas ante las Administraciones Públicas.
En ........................a.......de........................de 2.0…….
Fdo.
D.N.I. número..........................