Contract
. 2001/07 sh
CUADRO DE CARACTERÍSTICAS DEL CONTRATO DE SUMINISTRO DE MATERIAL ESCOLAR Y EDUCATIVO CON DESTINO A CENTROS EDUCATIVOS PÚBLICOS DE CATALUÑA.
A. OBJETO DEL CONTRATO: Suministro de material escolar y educativo con destino a centros educativos públicos de Cataluña. (7 lotes)
C.P.V.: 28620000-4 / 30100000-0 / 32321300-2 / 33000000-0 / 36123000-9 / 36400000-5
Expediente: 2016/08
B. PRESUPUESTO DEL CONTRATO: IMPORTE TOTAL MÁXIMO: 903.366,00 EUR, IVA incluido, según los precios unitarios del anexo I que se adjunta al final de este pliego.
X. XXXXXXX PRESUPUESTARIA: La financiación de las obligaciones económicas será a cargo de la posición presupuestaria D/640000100/4210 del centro gestor EN03, del presupuesto de 2008.
D. PROCEDIMIENTO Y FORMA DE ADJUDICACIÓN: Procedimiento abierto por concurso, de acuerdo con los artículos 74.3 y 180.2 del Texto Refundido de la Ley de contratos de las administraciones públicas, aprobado por el Real decreto legislativo 2/2000, de 16 xx xxxxx.
E. ACREDITACIÓN DE SOLVENCIA ECONÓMICA Y TÉCNICA:
Solvencia económica y financiera:
- Declaración relativa a la cifra de negocios global anual de la empresa en el curso de los últimos 3 ejercicios (con el mínimo anual equivalente al doble del importe al cual se licite).
Solvencia técnica:
- Relación de los principales suministros que tengan relación con el objeto del contrato, realizados por la empresa durante los últimos tres ejercicios, indicando su importe, fechas y beneficiarios públicos o privados
- Descripción del equipo técnico, material e instalaciones de que dispone la empresa para la realización del contrato.
F. GARANTÍA PROVISIONAL: El 2% del presupuesto tipo de licitación de los materiales a los cuales se licita. De acuerdo con el artículo 35.1 del TRLCAP, quedan dispensadas de constituir garantía provisional las empresas que el total del presupuesto tipo de licitación de los materiales a los cuales licita sea inferior a 238.960 euros, IVA incluido.
G. GARANTÍA DEFINITIVA: El 4% del importe de adjudicación.
H. PLAZO DE ENTREGA: 45 días a partir de la fecha de firma del contrato o 45 días a partir de la comunicación de la adjudicación en caso que éste sea igual o inferior a 12.020,24 euros.
I. PERIODO DE GARANTÍA: 2 años a partir del acto formal de la recepción.
J. REVISIÓN DE PRECIOS: Los precios de contratación del material que hay que suministrar comprendido en este contrato no podrán ser objeto de revisión, de acuerdo con aquello establecido en el artículo 103 del TRLCAP.
K. MUESTRAS: Se presentará muestra de todos los materiales excepto de aquéllos que se solicitan 5 o menos unidades. De los materiales que no sea necesaria la presentación de muestras, hará falta presentar un catálogo sobradamente documentado, con especificación concreta del modelo que se oferta y perfectamente identificable.
L. ADMISIÓN DE VARIANTES: Sí.
PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES QUE RIGE EL CONTRATO DE SUMINISTRO DE MATERIAL ESCOLAR Y EDUCATIVO CON DESTINO A CENTROS EDUCATIVOS PÚBLICOS DE CATALUÑA.
I. DISPOSICIONES GENERALES
1. - RÉGIMEN JURÍDICO
1. 2. - El contrato que derive de estas actuaciones se regirá:
- Por este pliego de bases, que estará compuesto por:
- el pliego de cláusulas administrativas particulares
- los modelos anexos al pliego de cláusulas administrativas particulares.
- el pliego de prescripciones técnicas
- Por el texto refundido de la Ley de contratos de las Administraciones Públicas, aprobado por el Real decreto legislativo, 2/2000, de 16 xx xxxxx (de ahora en adelante TRLCAP).
- Por el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, aprobado por Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre.
- Por cualquier otra normativa que regule la contratación del Estado o de la Generalitat de Catalunya, en general, y del Departamento de Educación o Ministerio de Educación y Ciencia, en particular.
- De forma supletoria, por las otras normas de derecho administrativo y, en defecto de éstas, por la normativa del derecho privado, que actuará con carácter supletorio en aquellas cuestiones que no puedan ser resueltas por la aplicación directa de las disposiciones sobre contratación administrativa aplicables.
2. - OBJETO DEL CONTRATO
2. 1. - El objeto del contrato es el que se menciona en el apartado A del cuadro de características.
El objeto de este contrato admite fraccionamiento y se prevé la realización independiente de cada uno de los materiales, salvo los lotes 1 y 2 en que es obligatorio ofertar todos los materiales que forman el lote y será adjudicatario un único licitador por lote.
Las condiciones técnicas de este contrato son las que se recogen en el pliego de prescripciones técnicas que se adjuntan a este pliego a efectos de cláusulas de obligado cumplimiento y de las sucesivas ampliaciones que se produzcan.
Los precios de adjudicación de cada uno de los artículos, serán los precios en los cuales se compromete el licitador a suministrar las sucesivas peticiones de ampliación que se puedan hacer durante la vigencia del contrato.
3. - NECESIDADES ADMINISTRATIVAS
La necesidad administrativa que hay que satisfacer mediante este contrato es suministrar material escolar y educativo para la escolarización de los alumnos para el curso 2008-2009.
4. - PRESUPUESTO, EXISTENCIA DE CRÉDITO Y PLAZO DE EJECUCIÓN
4. 1. - El presupuesto máximo autorizado para esta contratación es el que figura en el apartado B del cuadro de características.
4. 2. - El importe de este contrato se imputará a la posición presupuestaria que se menciona en el apartado C del cuadro de características.
4. 3. - El plazo de entrega del objeto de este contrato es el que figura en el apartado H del cuadro de características.
II- CLÁUSULAS ESPECIALES DE LICITACIÓN Y ADJUDICACIÓN
5. - FORMA DE ADJUDICACIÓN
El contrato se adjudicará mediante concurso por procedimiento abierto, de acuerdo con los artículos 73.2, 74.3 y 180.2 del TRLCAP y lo que se establece en el apartado D del cuadro de características.
6. - PUBLICIDAD Y PLAZO DE PRESENTACIÓN DE DOCUMENTACIÓN
6. 1. - La licitación se hará pública mediante inserción de anuncio en el Diario Oficial de la Generalitat de Catalunya (DOGC), en el Boletín Oficial del Estado (BOE) y en el Diario Oficial de la Unión Europea (DOUE).
6. 2. - El importe máximo por gastos de publicidad de la licitación (anuncio en el DOGC y en el BOE) es de 1.500 euros, IVA incluido.
6. 3. - El plazo de presentación de la documentación será el que se establecerá en el anuncio de licitación. En caso de que el plazo de presentación de documentos finalizara en sábado o festivo se prorrogaría automáticamente hasta el siguiente día hábil.
6.4. Medidas provisionales.
6. 4. 1. - Los interesados que quieran concurrir en un procedimiento de adjudicación y, en todo caso, los licitadores, podrán solicitar la adopción de medidas provisionales para corregir la infracción alegada o para evitar que se causen otros perjuicios a los intereses afectados, incluidas las medidas destinadas a suspender o a hacer que se suspenda el procedimiento de adjudicación del contrato en cuestión, o la ejecución de cualquier decisión adoptada por los órganos de contratación.
Esta solicitud se podrá formular con independencia que se interponga el recurso correspondiente.
6. 4. 2. - Serán órganos competentes para adoptar, en su caso, estas medidas provisionales aquéllos que lo sean para conocer de los correspondientes recursos.
6. 4. 3. - El plazo para solicitar la adopción de las medidas citadas será de cinco días a contar desde la fecha de la infracción alegada, teniendo que resolverse, de forma motivada, en un plazo de 10 días, entendiéndose denegada en caso de no recaer resolución expresa.
Contra esta resolución no se puede interponer ningún recurso, sin perjuicio de los que procedan contra las resoluciones que se dicten en el procedimiento principal.
6. 4. 4. - Cuando de la adopción de las medidas provisionales se puedan derivar perjuicios de cualquier naturaleza, la resolución podrá imponer la constitución de caución o garantía suficiente para responder, sin que éstas produzcan efectos hasta que dicha caución o garantía sea constituida.
7. - PRESENTACIÓN DE LA DOCUMENTACIÓN
7. 1. - Las proposiciones constarán de 2 sobres (sobre A y sobre B) cerrados y firmados por el licitador, o persona que lo represente, con la firma legible e identificación del proponente. En cada sobre figurará claramente, además del nombre y NIF de la empresa/entidad/persona física proponente, la denominación del objeto del contrato, número de expediente y el nombre, apellidos y NIF de la persona que firma la proposición. Igualmente, constará la dirección, teléfono, y fax de contacto a efectos de notificaciones. Asimismo, en el exterior del sobre A se hará constar que se encuentra inscrita, si procede, en el Registro Electrónico de Empresas Licitadoras de la Generalitat de Catalunya.
En el interior de cada sobre se hará constar, en una hoja independiente, su contenido, enunciado numéricamente.
Todos los documentos que se presenten tienen que ser originales o bien tienen que ser auténticos de conformidad con la legislación vigente y las empresas extranjeras tienen que presentar la documentación traducida de forma oficial al catalán x xxxxxxxxxx.
7. 2. - Los licitadores tendrán que presentar sus proposiciones en el lugar, hora y fecha que se señale en el anuncio de licitación. También se podrán presentar las proposiciones por correo, siempre dentro del plazo establecido. En este caso el licitador tendrá que justificar la fecha de imposición del envío en la oficina de correos y anunciar al órgano de contratación la remisión de la oferta mediante télex, telefax, telegrama o bien correo electrónico, en el mismo día (correo electrónico: xxxxxxxxx.xxxxxxxx@xxxxxx.xxx), este envío sólo tendrá validez si existe constancia de la transmisión y recepción, de sus fechas y del contenido íntegro de las comunicaciones y si se identifica fidedignamente al remitente y su destinatario. En este caso se procederá a la obtención de copia impresa y a su registro, que se incorporará al expediente.
Sin la concurrencia de estos requisitos, la proposición no será admitida si es recibida por el órgano de contratación con posterioridad a la finalización del plazo señalado en el anuncio.
Sin embargo, transcurridos diez días naturales siguientes a la fecha mencionada sin haberse recibido la proposición, ésta no será admitida en ningún caso.
7. 3. - Las proposiciones serán secretas y su presentación comporta la aceptación incondicional por parte del licitador del contenido del presente Pliego de Cláusulas.
8.- CONTENIDO DE LOS SOBRES
8. 1. - Contenido del sobre A: DOCUMENTACIÓN ADMINISTRATIVA/GENERAL
8. 1. 1. - Relación numérica de los documentos aportados en el sobre, con manifestación expresa de los materiales y/o lotes a los cuales licita.
8.1.2. Empresas no inscritas en el Registro Electrónico de Empresas Licitadoras de la Generalitat de Catalunya.
Si se trata de persona física, presentará DNI o pasaporte no caducado, NIF y acreditación, si es el caso, del nombre comercial con el qué opera en el tráfico mercantil.
8.1.2.a. Capacidad de obrar de las empresas y personalidad jurídica:
La capacidad de obrar de las empresas españolas personas jurídicas se acreditará mediante la escritura de constitución y, en su caso, de modificación inscrita en el Registro Mercantil, cuando sea exigible conforme la legislación mercantil. Cuando no lo sea, la acreditación se efectuará mediante la escritura o documento de constitución, estatutos o acto fundacional, en el que consten las normas mediante las cuales se regula la actividad, inscritos, si procede, en el correspondiente registro oficial teniendo que estar sus fines señalados en sus respectivos estatutos o reglas fundacionales y relacionados directamente con el objeto del contrato. También habrá que aportar el NIF de la empresa.
Si se trata de una cooperativa, tendrá que presentar la escritura de constitución, en la cual constará la diligencia de inscripción al Registro de Cooperativas o certificación del Registro General de Cooperativas o de los Registros de Cooperativas de los Servicios Territoriales correspondientes, acreditativa de que está inscrita como cooperativa de trabajo asociado.
Los empresarios no españoles de Estados miembros de la Unión Europea o de Estados signatarios del Acuerdo sobre Espacio Económico Europeo tendrá que aportar documentación acreditativa de su inscripción en los registros profesionales o comerciales o las certificaciones indicadas en el apartado 2 del anexo I del Reglamento.
Los empresarios extranjeros no comprendidos en el apartado anterior tendrán que aportar un informe expedido por la Misión Diplomática Permanente o por la Oficina Consular de España del lugar de domicilio de la empresa, en el cual conste, previa acreditación por la empresa, que figuran inscritos en el Registro local profesional, comercial o similar, o bien, si no hay, que habitualmente actúan en el tráfico local dentro del ámbito de las actividades a las cuales se extiende el objeto del contrato. Tendrán que aportar también un informe de la Misión Diplomática Permanente de España o de la Secretaría General de Comercio Exterior del Ministerio de Economía sobre la condición de Estado signatario del Acuerdo sobre contratación pública de la Organización Mundial del Comercio (OMC), siempre que se trate de contratas de cuantía igual o superior en la prevista en el artículo 177 del TRLCAP, o en caso contrario, informe de reciprocidad.
En caso de que diversas empresas o personas físicas presenten oferta conjunta de licitación (Unión Temporal de Empresarios), cada una tiene que acreditar su personalidad y capacidad e indicar en un documento privado los nombres y las circunstancias de los empresarios que la suscriban, la participación de cada uno de ellos y la designación de la persona que, durante la vigencia del contrato, ejercerá la plena representación de todas ante la Administración. Asimismo, tiene que constar el compromiso de constituirse formalmente en unión temporal, en caso de resultar adjudicatarios. El mencionado documento tendrá que estar firmado por el representante de cada una de las empresas que constituyen la unión.
8.1.2.b. Acreditación de la representación y personalidad jurídica de los firmantes de las ofertas.
Si el ofertante actúa mediante representante, presentará fotocopia del DNI o del pasaporte no caducado de éste, la copia original autorizada del poder entregada a instancia del otorgante, o del apoderado, con autorización expresa para solicitarla. Los documentos en que consten los poderes del representante legal, tendrán que ser validados por un abogado de la Generalitat de Catalunya adscrito a cualquier unidad departamental, territorial o central del Gabinete Jurídico
de la Generalitat de Catalunya teniendo que incluirse la mencionada validación a la documentación a presentar.
En este sentido, cuando la representación de las empresas se acredite mediante la presentación de un poder, hace falta que para hacer la validación, el apoderamiento conste:
- en escritura pública.
- en copia auténtica (No se admitirán testimonios de la escritura).
- esté inscrito en el registro mercantil, o en el registro equivalente establecido por la normativa vigente.
8.1.2.c. Solvencia económica, financiera y técnica
Las empresas licitadoras tendrán que justificar la solvencia económica, financiera y técnica en la forma que, de acuerdo con los artículos 16 y 18 del TRLCAP, se establezca en el apartado E del cuadro de características de este Pliego y en el anuncio de licitación.
En el supuesto de personas jurídicas dominantes de un grupo de sociedades, se podrá tener en cuenta a las sociedades que pertenecen al grupo, a efectos de acreditación de la solvencia económica, financiera y técnica o profesional, de la persona jurídica dominante, siempre y cuando ésta última acredite que tiene efectivamente a su disposición los medios de las mencionadas sociedades necesarios para la ejecución del contrato.
En las uniones temporales de empresas, cada una de las empresas que presenten propuesta de unión temporal de empresas para la consecución del contrato, acreditarán su solvencia de acuerdo con los párrafos anteriores y quedarán solidariamente obligados ante la Administración y nombrarán a un representante o apoderado único de la unión con poderes suficientes para ejercitar los derechos y cumplir las obligaciones derivadas del contrato.
8.1.2.d. Acreditación de no encontrarse en ninguna de las situaciones indicadas al artículo 20 TRLCAP.
Declaración responsable conforme la empresa no está incluida en ninguna de las prohibiciones de contratar con la Administración determinadas en el artículo 20 del TRLCAP y, especialmente, de encontrarse al corriente del cumplimiento de obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, de acuerdo con el modelo número 1 que se adjunta como anexo.
En el supuesto de que la empresa no esté obligada a estar dada de alta en algún tributo, tributar o bien al cumplimiento de obligaciones con la Seguridad Social, de conformidad con la legislación vigente aplicable, esta circunstancia se hará constar mediante declaración responsable, especificando el supuesto legal de exención que concurre.
8.1.2.e. Declaración del ofertante sobre su condición de fabricante, distribuidor o importador del artículo o producto ofrecido (ved modelos nº. 5, 6 i 7). En estos dos últimos casos citará expresamente de qué empresa es distribuidor o importador.
Documento o documentos que acrediten la veracidad de tal declaración:
- La condición de fabricante: con el correspondiente censo industrial o autorización de puesta en marcha de la industria o documento equivalente.
- La condición de distribuidor: con autorización escrita del fabricante, o si procede, del importador, del artículo o producto ofrecido.
- La condición de importador: con autorización escrita del fabricante o distribuidor extranjero del artículo o producto ofrecido.
En los dos últimos casos, la autorización respectiva será otorgada para la licitación de que se trate.
8.1.2.f. Garantía provisional.
Los licitadores tendrán que constituir la garantía provisional, que se determina en el apartado F del cuadro de características, de los materiales a los cuales se licita y por el importe que expresamente se fija; por lo tanto, hay que incorporar una relación de los materiales a los cuales se licita a efectos de poder comprobar si la garantía provisional presentada es correcta. Cuando la garantía se constituya delante de la Caja General de Depósitos o sucursales, la acreditación se efectuará mediante la entrega del resguardo emitido.
La garantía se constituirá en metálico o en valores públicos o privados en la Caja General de Depósitos de la Generalitat de Catalunya o sucursales, de acuerdo con lo que dispone el artículo
61.1 a) del Reglamento. La garantía constituida en valores se tiene que ajustar a lo que dispone el artículo 55 del Reglamento.
También será admitida la garantía provisional mediante aval que reúna los requisitos que disponen los artículos 56 y 58.1 del Reglamento o mediante contrato de seguro de caución, en los términos previstos en los artículos 57 y 58.1 del Reglamento. Estos tipos de garantías se tienen que constituir de conformidad con lo que dispone el artículo 61.1 b) del Reglamento. En estos supuestos, las firmas de los apoderados, con poderes suficientes, de las entidades de aval o aseguradoras tienen que estar validadas previamente y por una sola vez por la Asesoría Jurídica de la Caja General de Depósitos de la Generalitat de Catalunya o por un abogado de la Generalitat de Catalunya adscrito a cualquier unidad departamental, territorial o central del Gabinete Jurídico de la Generalitat de Catalunya.
En el caso de unión temporal de empresas, la garantía provisional, cuando sea exigible, podrá constituirse por una o varias de las empresas participantes, siempre que en conjunto llegue a la cuantía requerida en el apartado F del cuadro de características de este Pliego y se garantice solidariamente a todos los integrantes de la unión temporal.
8.1.2.g. Grupo empresarial.
Declaración sobre el grupo empresarial a que pertenecen las empresas, con indicación de las empresas que lo componen y denominación del grupo (artículo 86.3 del Reglamento)
8.1.2.h. Sumisión a los juzgados y tribunales españoles.
Declaración de sumisión a los juzgados y tribunales españoles, por parte de las empresas extranjeras, para todas las incidencias que pudieran surgir del contrato, con renuncia expresa a su propio xxxxx.
8.1.3. Empresas inscritas en el Registro Electrónico de Empresas Licitadoras de la Generalitat de Catalunya.
Las empresas inscritas en el Registro Electrónico de Empresas Licitadoras de la Generalitat de Catalunya regulado en el Decreto 107/2005, de 31 xx xxxx, gestionado por la Secretaria Técnica de la Junta Consultiva de Contratación Administrativa (Xxxxx xx Xxxxxx, 00, 0x xxxxxx, 00000-Xxxxxxxxx, teléfonos de información 935 528 136 y 935 528 098; xxxx://xxx.xxxxxx.xxx/xxxxxxxx/xxxx) sólo están obligadas a incorporar en el sobre A el resguardo acreditativo de haber constituido la garantía provisional si ocurre y la
declaración del ofertante sobre su condición de fabricante, distribuidor o importador del artículo o producto ofrecido.
8. 2. - Contenido del sobre B: PROPOSICIÓN ECONÓMICA Y REQUISITOS TÉCNICOS 8.2.1. Proposición Económica:
Esta proposición no podrá ser superior al presupuesto de licitación del contrato expresado en el apartado B del cuadro de características ni a los precios unitarios de cada uno de los materiales a los cuales se licita y se redactará según el modelo nº. 2 que figura anexo a este pliego.
En el caso de aquellos artículos que de acuerdo con la prescripción técnica comporten la instalación incluida, la empresa licitadora tendrá que desglosar el precio del material y el precio de instalación a su oferta económica, si bien se considerará como precio ofertado la suma de los dos.
Dado que el suministro consta de diversos materiales se posibilita licitar a la totalidad o parte de ellos, excepto los lotes 1 y 2 en que es obligatorio ofertar todos los materiales que lo forman.
Los licitadores podrán hacer hasta tres ofertas de cada artículo, y tendrán que designarlas como primera, segunda y tercera, de acuerdo con el orden que vayan relacionadas a la proposición económica. El resto de ofertas se considerarán, si hubiera, como no formuladas.
La posible reducción de plazo de ejecución se tiene que hacer constar en este documento con el fin de ser tenida en cuenta.
En el importe de la oferta económica se entenderán comprendidos, a todos los efectos, los impuestos y cargas fiscales de cualquier índole que graben la ejecución del contrato y en particular el IVA.
No se aceptarán las ofertas que tengan omisiones, enmiendas o errores que no permitan conocer claramente aquello que la Administración considera fundamental para valorarlas.
Se admitirán variantes, de acuerdo con el apartado K del cuadro de características.
En caso de que se pueda ofrecer un plazo de garantía adicional se tiene que hacer constar en el modelo de oferta económica nº. 2 que figura como adjunto con el fin de ser tenido en cuenta.
Por otra parte, las proposiciones podrán ser rechazadas cuando concurran las circunstancias determinadas en el artículo 84 del Reglamento.
8.2.2. Referencias Técnicas:
Memoria descriptiva de los artículos que se ofrecen en el mismo orden y con la misma denominación que la oferta económica, en la cual se hará constar las características técnicas y funcionales de los artículos (ved el modelo nº. 8). Se tendrá en cuenta la facilidad de uso y seguridad para alumno/profesor, así como la claridad de las instrucciones que se acompañan y el carácter didáctico del material, si procede.
Otros documentos que la empresa crea oportunos presentar para el conocimiento más amplio de sus actividades, básicamente aquéllos relacionados con la calidad del producto ofertado.
Certificado conforme la empresa puede ofrecer la asistencia técnica para el mantenimiento del material durante el periodo de garantía del contrato.
Memoria justificativa de las propuestas de variaciones xxx xxxxxx de prescripciones técnicas, en su caso.
Documentación acreditativa, si procede, que el licitador tiene contratado un número de trabajadores minusválidos no inferior al 2% del total de la plantilla.
Muestras de los artículos objeto de oferta y plazo de presentación:
Los licitadores tendrán que presentar muestra de todos los materiales en los cuales se licita excepto aquéllos que se solicitan 5 o menos unidades a efectos de valorar según lo que se dispone en la cláusula 11 de este pliego, y con el fin de verificar si se ajustan a la descripción formulada en la memoria descriptiva que se acompaña por los licitadores en el sobre B) relativo a las referencias técnicas.
Las muestras tendrán que presentarse embaladas de acuerdo con las prescripciones técnicas de embalaje que se adjuntan en este pliego de cláusulas como anexo núm.II, en caso contrario, no se admitirá la muestra presentada.
Las muestras de los artículos que tengan que examinarse tendrán que ser depositadas en el local habilitado con esta finalidad por el Departamento de Educación, en la forma, durante el horario y en la fecha límite que se indique en las instrucciones elaboradas por el servicio proponente.
La no presentación de la muestra en la fecha y hora límite a disposición del órgano de contratación, comportará la no admisión del material concreto ofertado.
Si no se presenta la muestra en la fecha y hora límite, pero antes de la mencionada hora se alega causa excepcional que justifique el retraso, a criterio del órgano de contratación, se concederá, sólo en este caso, un plazo máximo de tres días para subsanar la mencionada falta. Si no se subsana en este nuevo plazo se procederá tal como se ha dicho en el anterior párrafo.
La discrepancia entre la descripción formulada en la memoria descriptiva del sobre B) de referencias técnicas, presentado por el licitador, y la muestra presentada, comportará la no admisión del material concreto ofertado.
9. - MESA DE CONTRATACIÓN
Actuará como Mesa de Contratación la Comisión de Suministros del Departamento de Educación, en los términos establecidos en el artículo 12.2.b) del Decreto 96/2001 de 20 xx xxxxx y al Orden EDU/1037/2008 de 2 xx xxxxx.
10. - ABERTURA DE PROPOSICIONES
10. 1. - Examen previo de la documentación:
La Mesa de Contratación, previamente a la abertura del sobre B, examinará y calificará la documentación contenida en el sobre A. Si la Mesa observara defectos u omisiones enmendables en la documentación presentada, lo notificará a los licitadores, y podrá conceder, si lo cree conveniente, un plazo no superior a tres días hábiles para que el licitador enmiende el error. Caso de necesitarse aclaración sobre la documentación presentada en referencia a los artículos 15 a 20 del TRLCAP, podrá concederse un plazo de 5 días naturales para
cumplimentarlas. Transcurrido este plazo, la no presentación de alguno de los documentos que se deben incluir en el sobre A será causa de exclusión.
10. 2. - La Mesa de Contratación, en el lugar, día y hora señalados en el anuncio de licitación notificará a los licitadores, en acto público, el resultado de la calificación de la documentación; se procederá seguidamente a la abertura del sobre B, presentado por los licitadores admitidos, y a la lectura del contenido de las proposiciones económicas.
11. - CRITERIOS DE VALORACIÓN.
11. 1. - El órgano de contratación, de acuerdo con el establecido en los artículos 86 y 88 del TRLCAP, adjudicará el suministro objeto de este contrato, al licitador que, en su conjunto, haga la proposición más ventajosa, con un total máximo de 100 puntos, según los criterios siguientes:
a) Valoración técnica de la oferta, en relación a las prestaciones técnicas establecidas en el pliego de prescripciones técnicas.
Se valorará en función de los criterios siguientes puntuación máxima 50 puntos.
• Características técnicas y funcionales máximo 40 puntos.
• Mejoras técnicas máximo 10 puntos.
Dado que hay artículos con unos criterios de evaluación muy diversos entre ellos, se valorará en relación a las prestaciones técnicas establecidas en el pliego de prescripciones y teniendo en cuenta, según el artículo que hay que valorar en cada momento, si dispone o no del criterio, la rentabilidad, características técnicas y funcionales, el servicio post-venta, las aplicaciones didácticas, las prestaciones y las mejoras técnicas.
Las ofertas que no se ajusten a las prescripciones técnicas quedarán excluidas.
b) Proposición económica: Se valorará el precio ofertado de acuerdo con la siguiente fórmula: Precio unitario de la oferta puntuación máxima 50 puntos.
precio de la oferta más económica
Puntuación de cada oferta = x 50
precio a valorar
11. 2. - A efectos de consideración de oferta temeraria, se estará a aquello establecido en los artículos 85.1 a 85.4 del Reglamento.
Se considerarán desproporcionadas o temerarias las ofertas cuando:
- En el caso de un solo licitador, cuándo el importe sea inferior al presupuesto base de licitación en más de 25 unidades porcentuales.
- Si hay dos licitadores, la que sea inferior en más de 20 unidades porcentuales a la otra oferta.
- Si hay tres licitadores, las que sean inferiores en más de 10 unidades porcentuales a la media aritmética de las ofertas presentadas. En este caso se excluirá para el cómputo de esta media, la oferta de cuantía más elevada cuando sea superior en más de 10 unidades porcentuales en esta media. En cualquier caso se considerará desproporcionada la baja superior a 25 unidades porcentuales.
- En caso de cuatro o más licitadores, las que sean inferiores en más de 10 unidades porcentuales a la media aritmética de las ofertas presentadas.
11. 3. - si la Mesa considera que la baja formulada como oferta económica puede ser desproporcionada o temeraria, requerirá el informe técnico del servicio correspondiente, previa solicitud de información por escrito a los licitadores que hayan formulado una oferta de este tipo, a fin de que justifiquen el sentido de la oferta.
11. 4. - En cumplimiento de la disposición adicional octava del TRLCAP relativa a la contratación con empresas que tienen minusválidos en la plantilla y con entidades sin ánimo de lucro, las proposiciones presentadas por empresas que acrediten tener en su plantilla un número de trabajadores minusválidos no inferior al 2%, tendrán carácter preferente en la adjudicación del presente contrato, siempre que sus ofertas sean equivalentes en sus términos a las más ventajosas desde el punto de vista de los criterios objetivos señalados en esta cláusula.
11. 5. - En el supuesto de igualdad en la valoración de dos o más artículos, se insacularán para extraer al que tenga que ser propuesto para su adjudicación.
12. - SELECCIÓN Y ADJUDICACIÓN.
12. 1. - Una vez valorados los informes técnicos que se hayan solicitado, y estudiadas las observaciones y reclamaciones que, en su caso, hayan presentado los licitadores, la Mesa de Contratación informará al órgano de contratación a fin de que éste resuelva la adjudicación del concurso a favor de aquella oferta que, de acuerdo con las finalidades del contrato, resulte más ventajosa sin tener exclusivamente en cuenta su valor económico, o propondrá la conveniencia de declarar desierta la adjudicación, con pronunciamiento expreso de las reclamaciones que en su caso se hayan presentado.
12. 2. -. - El contrato se adjudicará en el plazo máximo de tres meses a contar de la abertura de las proposiciones, de conformidad con el artículo 89 del TRLCAP. Si el órgano de contratación no adjudicara el contrato de acuerdo con la propuesta de la Mesa de Contratación, tendrá que motivar su decisión de conformidad con el artículo 81.3 del TRLCAP.
La adjudicación del contrato una vez acordada, será notificada a los participantes en la licitación, en la forma prevista en el artículo 93 del TRLCAP.
III. FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO
13. - DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR POR EL ADJUDICATARIO.
13. 1. - Cumplimiento de obligaciones tributarias y de la Seguridad Social
La empresa que sea propuesta como adjudicataria tendrá que aportar en el plazo de cinco días hábiles desde que reciba la comunicación, certificación positiva de encontrarse al corriente en el cumplimiento de obligaciones tributarias con la Administración General del Estado y con la Tesorería de la Seguridad Social. Asimismo, si la empresa propuesta como adjudicataria es sujeto pasivo del Impuesto sobre Actividades Económicas y viene obligada en el pago de este impuesto, tiene que presentar el documento de alta en el Impuesto relativo al ejercicio corriente en el epígrafe correspondiente con el objeto del contrato o el último recibo del impuesto, acompañado de una declaración responsable de no haberse dado de baja en la matrícula del citado impuesto. En el caso que la empresa propuesta adjudicataria se encuentre en alguno de los supuestos de exención recogidos en el apartado 1 del artículo 82 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 xx xxxxx, por el cual se aprueba el texto refundido de la Ley reguladora
de las Haciendas Locales, aportará una declaración responsable especificando el supuesto legal de exención, así como el documento de declaración en el censo de obligados tributarios.
No es necesario aportar la documentación mencionada en el apartado anterior cuando las empresas estén inscritas en los Registro Electrónico de Empresas Licitadoras de la Generalitat de Catalunya, de conformidad con aquello que determina el Decreto 107/2005, de 31 xx xxxx y ésta sea vigente.
No es necesario que se aporte la certificación positiva de encontrarse al corriente de obligacio nes tributarias con la Generalitat de Catalunya dado que la secretaria de la mesa de contrata ción o el órgano de contratación la solicitará de oficio
Con el fin de agilizar los trámites de adjudicación, sería conveniente, que las empresas licitadoras adjuntaran las mencionadas certificaciones y el resto de la documentación solicitada en este punto, dentro del sobre documentación. Opcionalmente pueden presentar el documento de autorización que se adjunta como MODELO nº 9, a fin de que el órgano de contratación solicite de oficio el certificado de encontrarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias con la Administración General del Estado así como en el Impuesto sobre Actividades Económicas, hecho que las eximirá de la obligación de presentar estos dos documentos.
13. 2. - Garantía definitiva
El adjudicatario está obligado a constituir la garantía definitiva en la Caja general de Depósitos de la Generalitat de Catalunya en el plazo de quince (15) días contados desde la notificación de la adjudicación, de acuerdo con el apartado G del cuadro de características.
La garantía definitiva se podrá constituir en metálico, en valores públicos o privados, por aval o por contrato de seguro de caución. La garantía constituida en valores se tiene que ajustar a lo que dispone el artículo 55 del Reglamento. También será admitida la garantía definitiva median te aval que reúna los requisitos que disponen los artículos 56 y 58.1 del Reglamento o mediante contrato de seguro de caución, en los términos previstos en los artículos 57 y 58.1 del Regla mento. Según el artículo 58 del Reglamento las firmas de los apoderados, con poderes suficien tes, de las entidades de aval o aseguradoras tienen que estar validadas previamente y por una sola vez por la Asesoría Jurídica de la Caja General de Depósitos de la Generalitat de Catalunya o por un abogado de la Generalitat de Catalunya adscrito a cualquier unidad departamental, te rritorial o central del Gabinete Jurídico de la Generalitat de Catalunya.
En caso de producirse una ampliación del contrato, tal como prevé la cláusula 20 del presente pliego, se tendrá que constituir una garantía complementaria en el plazo de 15 días naturales desde la notificación a fin de que guarde la debida proporción con el presupuesto.
En caso de amortización o sustitución total o parcial de los valores que constituyen la garantía, el adjudicatario queda obligado a reponerlos en la cuantía necesaria a fin de que el importe de la garantía no disminuya por este motivo, teniendo que quedar constancia documentada de la mencionada reposición.
No hará falta garantía definitiva cuando el importe adjudicado sea inferior a 12.020,24 € dado que será considerado como contrato menor.
13. 3. - Las empresas que hayan concurrido con oferta conjunta de licitación, tienen que presentar la escritura pública de constitución de la unión temporal en la cual conste el nombramiento de representante o apoderado único de la unión con poderes bastantes para ejercitar los derechos y poder cumplir las obligaciones que se deriven del contrato hasta su extinción, debidamente validada por un abogado de la Generalitat de Catalunya, adscrito a
cualquier unidad departamental, territorial o central del Gabinete Jurídico de la Generalitat de Catalunya.
13. 4. - El adjudicatario, previamente a la formalización del contrato, tiene que acreditar delante del organismo contratante, el pago de los gastos de publicación de los anuncios de licitación en Diarios Oficiales. Estos importes tendrán que ser ingresados por el adjudicatario en la cuenta restringida de ingresos del Departamento de Educación de la Generalitat de Catalunya, nº. 13.2201611034, agencia 3000 de la Caja de Ahorros y Pensiones de Barcelona (2100).
14. FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO
14. 1. - El contrato se perfecciona mediante la adjudicación realizada por el órgano de contratación.
14. 2. - El adjudicatario tiene que suscribir, dentro del plazo de treinta (30) días naturales contados desde el día siguiente a la notificación de la adjudicación, el correspondiente documento de formalización del contrato, de acuerdo con lo que establece el artículo 54 del TRLCAP.
14. 3. - En el momento de formalización del contrato, el adjudicatario tendrá que firmar el pliego de cláusulas administrativas, el pliego de prescripciones técnicas, la memoria técnica presentada por el y los documentos contractuales que se adjuntarán al contrato y el contratista dejará constancia firmando la conformidad en cada uno de ellos.
14. 4. - El contrato se ajustará al contenido de este Pliego, y se formalizará siempre en documento administrativo, a menos que el adjudicatario solicite la formalización en escritura pública, caso en el cual se tendrá que hacer cargo de los gastos que eso comporte. En este caso el contratista, en el plazo de quince días contados desde la fecha de su otorgamiento, entregará al organismo responsable de la tramitación del contrato, dos copias simples del mencionado documento.
14. 5. - Si resultara que a una empresa se le adjudicaran artículos por el importe que se determina en la legislación vigente para contratas menores, la documentación administrativa a formalizar podrá ser la misma que se requiere para los mencionados contratos.
14. 6. - cuando por causas imputables al adjudicatario no pudiera formalizarse el contrato dentro del plazo antes mencionado, la Administración podrá acordar su resolución con audiencia previa al interesado. En este caso, será procedente la indemnización por daños y perjuicios.
14. 7. - en caso de que el adjudicatario haya ofertado una reducción del plazo de ejecución que haya sido aceptado, o bien un plazo de garantía adicional, estos plazos pasarán a ser contractuales.
15. - OBLIGACIONES ESPECIALES Y GASTOS EXIGIBLES AL SUMINISTRADOR.
15. 1. - Obligaciones laborales ,socials y medioambientales.
El adjudicatario está obligado al cumplimiento bajo su responsabilidad, de las disposiciones vigentes en materia laboral, de seguridad social, de seguridad y salud en el trabajo, medioambientales y cualquier otra de carácter general aplicable.
15. 2. - Cumplimiento de plazos, penalidades por demora e incumplimiento del objeto.
El contratista queda obligado al cumplimiento del plazo total de ejecución del contrato y de los plazos parciales fijados por la Administración.
Si al llegar cualquier plazo o fecha de finalización el contratista incurriera en demora por causas que se le pudieran imputar, o cuándo el contratista, por causas imputables a él mismo, incumpla la ejecución parcial de las prestaciones, la Administración podrá optar indistintamente, en la forma y condiciones establecidas en el artículo 96 del TRLCAP, por la resolución del contrato con pérdida de la garantía o por la imposición de las penalidades establecidas en el artículo 95 del TRLCAP.
El importe de la penalidad no excluye la indemnización de daños y perjuicios a que pueda tener derecho la Administración originados por la demora del contratista.
Si el retraso fuera producido por motivos no imputables al contratista estará a lo que dispone el artículo 96.2 del TRLCAP.
En todo caso, la constitución en demora del contratista, no requerirá interpelación o intimación previa por parte de la Administración.
15. 3. - Deber de sigilo
El contratista está obligado a guardar secreto respecto de los datos o antecedentes que no siendo públicos o notorios estén relacionados con el objeto del contrato.
15. 4. - Lengua del contrato
La empresa contratista tiene que utilizar el catalán en sus relaciones con la Administración de la Generalitat derivadas de la ejecución del objeto de este contrato. Asimismo, la empresa contratista y, si procede, las empresas subcontratistas tienen que utilizar, al menos, el catalán en los letreros, las publicaciones, los avisos y en el resto de comunicaciones de carácter general que se deriven de la ejecución de las prestaciones objeto del contrato.
En particular, la empresa contratista tiene que utilizar, al menos, la lengua catalana en el etiquetado, el embalaje, la documentación técnica, los manuales de instrucciones y en la descripción de otras características singulares de los bienes y productos, de acuerdo con lo que se determina en el pliego de prescripciones técnicas particulares. Por lo tanto, conjuntamente con la entrega de los bienes objeto de este contrato, la empresa contratista tiene que entregar los manuales correspondientes, así como toda la documentación técnica necesaria para que funcionen, al menos, en lengua catalana.
En todo caso, la empresa contratista y, si procede, las empresas subcontratistas quedan sujetas en la ejecución del contrato a las obligaciones derivadas de la Ley 1/1998, de 7 de enero, de política lingüística y de las disposiciones que la desarrollan. En el ámbito territorial de la Vall d'Aran, las empresas contratistas y, si procede, las empresas subcontratistas, tienen que utilizar el aranés, de acuerdo con la Ley 16/1990, de 13 de julio, sobre el régimen especial de la Vall d'Aran y con la normativa propia del Conselh Generau xx Xxxx que la desarrolle.
15. 5. - Gastos exigibles al contratista
Serán a cargo del adjudicatario los gastos de transporte, entrega, embalaje, montaje, puesta en marcha, si procede, así como las derivadas de la formalización del contrato.
La aceptación del contrato implica la garantía de la reposición de las piezas de recambio por un periodo mínimo de 5 años.
Cuando el adjudicatario no sea de nacionalidad española y se efectúe el abono del precio del contrato en divisas, serán a cargo del adjudicatario los gastos que se deriven en favor de la entidad bancaria correspondiente.
15. 6. - Responsabilidad
El contratista ejecutará el contrato a su riesgo y xxxxxxx, y estará obligado a indemnizar todos el daños y perjuicios que se causen a terceros como consecuencia de las operaciones que requiera la ejecución del contrato, excepto en el caso que los daños sean ocasionados como consecuencia inmediata y directa de una orden de la Administración.
16. - CESIÓN
El contratista sólo podrá ceder a un tercero los derechos y las obligaciones provenientes del contrato, previa autorización expresa de la Administración cuándo se cumplan los requisitos es tablecidos al artículo 114 del TRLCAP.
17. - SUBCONTRATACIÓN
En caso de que el adjudicatario subcontrate la realización parcial del suministro, tendrá comunicarlo al Departamento de Educación por escrito con indicación de las partes del contrato que tiene que llevar a cabo el subcontratista, y se tendrá que ajustar a los artículos 115 y 116 del TRLCAP.
18. - REVISIÓN DE PRECIOS
Los precios de contratación del material que hay que suministrar comprendido en este contrato no podrán ser objeto de revisión, de acuerdo con aquello establecido en el artículo 103 del TRLCAP.
IV. EJECUCIÓN
19. - EJECUCIÓN DEL CONTRATO.
19. 1. - La ejecución del contrato se regirá por lo que disponen los artículos 185 y siguientes del TRLCAP.
19. 2. - La entrega efectiva del suministro se podrá efectuar según las necesidades de la Administración (en una única entrega o de acuerdo con los pedidos parciales y puntuales que vaya realizando el Departamento de Educación), a partir de la firma del contrato y de acuerdo con las necesidades del Departamento.
El plazo máximo de entrega y sus condiciones específicas se establecen en el apartado H del cuadro de características.
El material objeto de este contrato tendrá que ser entregado en el almacén que dispone en Xxxxx (Barcelona) el Departamento de Educación.
Todo el material vendrá debidamente embalado según prescripciones que se adjuntan como anexo núm.II, en caso contrario no será aceptada su entrada en el almacén.
19. 3. - Inspección. La Administración tendrá la facultad de inspeccionar y de ser informada, cuando lo solicite, del proceso de fabricación o elaboración del artículo o producto que tenga que ser entregado como consecuencia del contrato.
La Administración podrá ordenar la realización de pruebas y análisis de control de calidad de los materiales de suministro con cargo al adjudicatario hasta el 1% del presupuesto de licitación. Las empresas o laboratorios para realizar este control serán designados por la Mesa de Contratación, deduciendo el importe de sus honorarios hasta el porcentaje anteriormente mencionado de los pagos a realizar al suministrador.
19. 4. - La realización del suministro de material se justificará mediante albarán por triplicado donde constará el código y nombre del material, las unidades entregadas, el número de expediente, código de pedido y el sello xxx xxxxxxx conforme el material ha sido entregado, y adjuntando el acta de recepción positiva del material.
La copia xxx xxxxxxx para la Administración se tendrá que entregar al servicio correspondiente en un plazo máximo de 10 días desde la fecha del suministro.
19. 5. - El periodo de garantía es lo que se menciona en el apartado I del cuadro de características. Si durante el periodo de garantía la Administración observa que los bienes suministrados no son aptos para la finalidad que se pretende, debido a vicios o defectos imputables al adjudicatario y existe base para pensar que la reposición o reparación de los mencionados bienes no será suficiente, de acuerdo con el artículo 191 del TRLCAP, antes de que acabe el periodo de garantía la Administración podrá rechazar los bienes y devolverlos al adjudicatario, quedando exenta de la obligación de pago o en su caso con el derecho de recuperar el precio satisfecho.
20. - MODIFICACIONES DEL CONTRATO.
La Administración sólo podrá incluir modificaciones por razón de interés público, siempre que sean por necesidades nuevas o causas imprevistas y, en especial, modificar o ampliar los bienes y las condiciones de ejecución de este suministro, por razones de nuevas tecnologías, justificándolo debidamente al expediente.
El contratista está obligado a ejecutar las modificaciones que produzcan aumento, reducción o supresión de las unidades de bienes que integran el suministro o la sustitución de unos bienes por otros, durante todo el año en curso, siempre que éstos estén comprendidos en el contrato y que no impliquen una alteración en el precio al alza o a la baja igual o superior al 20%.
En caso de ampliación del contrato, se exigirá al contratista el depósito de garantía complementaria a la principal, que se deberá constituir en un plazo de 15 días naturales desde la notificación.
21. - ABONO DEL SUMINISTRO.
21. 1. - El contratista tiene derecho al abono del suministro que realmente ejecute de acuerdo con los precios contratados y con sujeción a la documentación técnica y a las órdenes que le hayan sido dadas por la jefatura de servicio correspondiente.
21. 2. - El pago se tramitará contra presentación de factura por duplicado, a la cual será unida copia de los albaranes justificativos de la entrega del material suministrado, de los albaranes justificativos de la instalación del material suministrado, si procede, y copia del acta de recepción positiva del material suministrado.
En el caso de aquellos materiales que comporten la instalación incluida y, que de acuerdo con la cláusula 8.2.1. de este pliego se haya desglosado el precio de ésta a la oferta económica, la empresa adjudicataria podrá facturar sólo la entrega (adjuntando albarán de entrega) o sólo la instalación (adjuntando albarán de instalación), previa conformidad del Departamento de Educación y por causa justificada.
Cuando se trate de pedidos globales con entregas sucesivas, los pagos que se tramiten tendrán carácter de abonos parciales a cuenta, de acuerdo con el artículo 99.2 del TRLCAP para los cuales se tendrá que presentar igualmente la factura con la copia de los albaranes justificativos de la entrega del material.
21. 3. - Los contratistas que tengan derecho al cobro ante la Administración, podrán ceder el mismo con las condiciones y requisitos establecidos en el artículo 100 del TRLCAP.
V. EXTINCIÓN DEL CONTRATO
22. - RESOLUCIÓN DEL CONTRATO Y DEVOLUCIÓN DE LA GARANTÍA
22. 1. - Serán causas de resolución del contrato las señaladas en los artículos 111 y 192 del TRLCAP, así como la infracción de la obligación de guardar reserva sobre los datos y antecedentes respecto de los cuales el contratista tenga conocimiento por razón del contrato y cualquiera de las expresamente establecidas en este pliego.
22. 1. 1. - Es causa específica de resolución del contrato el incumplimiento de las obligaciones previstas con relación al uso xxx xxxxxxx y, en general, el incumplimiento de cualquiera de las obligaciones relativas al uso xxx xxxxxxx que se derivan de las previsiones de la ley 1/1998, de 7 de enero, de política lingüística y de las disposiciones que la desarrollan. No obstante, con carácter previo a la adopción de las medidas de resolución contractual, el órgano de contratación podrá requerir a la empresa contratista para que cumpla las obligaciones lingüísticas de uso xxx xxxxxxx con aplicación del sistema de penalidades previsto en el artículo 95 del TRLCAP.
22. 2. - Los efectos de la resolución se determinarán de acuerdo con lo que disponen los artículos 113 y 193 de la mencionada Ley.
22. 3. - La garantía definitiva se devolverá cuando haya vencido el plazo de garantía y se haya cumplimiento satisfactoriamente el contrato de que se trate o cuando el contrato se haya resuelto sin culpa del contratista.
23. - PENALIDADES ADMINISTRATIVAS.
23. 1. - Incumplimiento de plazos. Si el adjudicatario, por causas a él imputables, incurriera demora respecto del plazo fijado para la ejecución del contrato de manera que haga pensar, racionalmente, la imposibilidad de su cumplimiento, el órgano contratante podrá optar, indistintamente, por la resolución del contrato con pérdida de la garantía o por la imposición de penalidades en las cuantías especificadas en el artículo 95.3 del TRLCAP.
En el caso de optar por la resolución a que se refiere esta cláusula, el procedimiento se ajustará a aquello que se establece en el artículo 96.1 del TRXXXX.
00. 0. - Xxxxxxxx. Si el retraso fuera producido por motivos no imputables al contratista y éste ofreciera cumplir sus compromisos si se le concediera una prórroga, la Administración la podrá
conceder por un plazo igual al tiempo perdido, a menos que el contratista pida otro de menor y, en todo caso, siempre de acuerdo con los términos que prevé el artículo 96.2 del TRLCAP.
24. - RESPONSABILIDAD CONTRACTUAL Y EJECUCIÓN SUBSIDIARIA.
24. 1. - El contratista responderá de todos los daños y perjuicios causados a la Administración dentro del proceso contractual.
24. 2. - Vía de apremio. La cantidad en que se concreten los mencionados daños será exigible por la vía de apremio administrativo.
24. 3. - Ejecución subsidiaria. Se procederá a la ejecución subsidiaria cuando el contratista incumpla obligaciones que, para no tener carácter de personalísimas, puedan ser realizadas por otro sujeto diferente de él mismo.
En este caso, la Administración podrá realizar las obligaciones incumplidas por sí misma o mediante las personas que determine, x xxxxx del contratista.
El importe de los gastos, daños y perjuicios se exigirá de la manera establecida en la cláusula anterior.
24. 4. - El contratista responderá de los daños y perjuicios causados a la Administración o a terceros como consecuencia de las operaciones que requiere la ejecución del contrato en los términos previstos en el artículo 97 del TRLCAP, así como de las consecuencias para la Administración o para terceros de omisiones, errores, métodos inadecuados o conclusiones incorrectas en la ejecución del contrato.
25. - PRERROGATIVAS DE LA ADMINISTRACIÓN Y JURISDICCIÓN COMPETENTE.
25. 1. - La Administración tiene la facultad de interpretar el contrato objeto de este pliego y resolver las dudas que ofrezca su cumplimiento, previa audiencia del contratista.
Igualmente podrá modificar el contrato en aquello que afecta a la cantidad de unidades objeto del suministro y montaje, por razones de interés público y dentro de los límites y con los requisitos indicados en la vigente legislación sobre contratación.
Los acuerdos que dicte la Administración en el eventual ejercicio de las mencionadas prerrogativas de interpretación y su modificación serán inmediatamente ejecutivos.
25. 2. - Las cuestiones litigiosas surgidas sobre la interpretación, modificación, resolución y efectos del contrato, serán resueltas por el órgano competente del Departamento de Educación, los acuerdos del cual pondrán fin a la vía administrativa y dejarán expedita la vía contenciosa administrativa, en la que, si procede, se podrá recurrir, de acuerdo con la Ley reguladora de esta jurisdicción.
Barcelona, 11 xx xxxxx de 2008
Entendido y aceptado en la totalidad
EL ADJUDICATARIO
ANEXO I EXP.2008.13.130.ecat.0016 SUMINISTRO DE MATERIAL ESCOLAR I EDUCATIVO CON DESTINO A CENTROS EDUCATIVOS PÚBLICOS DE CATALUÑA.
Unidad | 1- Código | ATESO - mobiliario Nombre del material | Pre una unidad | Precio total |
517 | 23982 | Taburete regulable ateso | 32,00 | 16.544,00 |
3 | 24007 | Mesa profesor eso | 658,00 | 1.974,00 |
132 | 24012 | Taburete con respaldo | 98,00 | 12.936,00 |
36 | 24022 | Armario metálico ateso | 332,00 | 11.952,00 |
9 | 24023 | Armario puertas vidrio ateso | 639,00 | 5.751,00 |
10 | 24035 | Mesa construcción modelo 1 ateso | 873,00 | 8.730,00 |
18 | 24036 | Mesa construcción modelo 2 ateso | 710,00 | 12.780,00 |
166 | 24037 | Mesa experimentación (alumno) ateso | 561,00 | 93.126,00 |
252 | 39884 | Mesa polivalente laboratorio | 564,00 | 142.128,00 |
305.921,00 EURO | ||||
2- | ATESO - conjuntos -herramientas | |||
Unidad | Código | Nombre del material | Pre una unidad | Precio total |
6 | 23980 | Conjunto material dibujo aula tecno eso | 444,00 | 2.664,00 |
5 | 23981 | Pizarra magnética rotulador-proyección | 711,00 | 3.555,00 |
1 | 24018 | Conjunto de instrumentación electrónica | 772,00 | 772,00 |
1 | 24025 | Conjunto herramientas (b) ateso | 283,00 | 283,00 |
6 | 24027 | Conjunto herramientas (d) ateso | 347,00 | 2.082,00 |
2 | 24028 | Conjunto herramientas (e) ateso | 283,00 | 566,00 |
2 | 24029 | Conjunto herramientas ateso (a) | 55,00 | 110,00 |
1 | 24033 | Material electricidad ateso | 6.208,00 | 6.208,00 |
18 | 24034 | Pie xx xxx estándar | 30,00 | 540,00 |
8 | 27236 | Foco con trípode | 198,00 | 1.584,00 |
18.364,00 EURO | ||||
3- | Audiovisuales | |||
Unidad | Código | Nombre del material | Pre una unidad | Precio total |
2 | 24316 | Vídeo-cámara | 647,00 | 1.294,00 |
56 | 24357 | Cadena de música | 95,00 | 5.320,00 |
16 | 24361 | Magnetoscopio fijo vhs 4 cabezales, | 247,00 | 3.952,00 |
183 | 24362 | estéreo Pantalla de proyección 175 x 175 cm. V11 | 54,00 | 9.882,00 |
35 | 35008 | Reproductor DVD | 58,00 | 2.030,00 |
74 | 35009 | Máquina fotografiar compacta | 162,00 | 11.988,00 |
322 | 35010 | RADIOCASETE CON CD, PORTÁTIL | 48,00 | 15.456,00 |
2 | 36359 | Proyector grande para PC, VGA, SVGA, | 1.016,00 | 2.032,00 |
2 | 46582 | XGA. Grabadora de DVD | 369,00 | 738,00 |
10 | 46583 | Trípode de vídeo | 29,00 | 290,00 |
6 | 46000 | Xxxxxxx xutoamplificado | 1.238,00 | 7.428,00 |
12 | 47230 | Televisor LCD-TFT de 32" HD | 900,00 | 10.800,00 |
3 | 47231 | Televisor LCD-TFT de 42" HD | 1.300,00 | 3.900,00 |
75.110,00 EURO
4- | Material deportivo | |||
Unidad | Código | Nombre del material | Pre una unidad | Precio total |
6 | 24400 | Mesa ping-pong | 300,00 | 1.800,00 |
15 | 24401 | Trampolín tipo xxxxxx | 475,00 | 7.125,00 |
16 | 24429 | Porterías balonmano y fútbol-sala | 871,00 | 13.936,00 |
15 | 24447 | Banco sueco 1 plaza | 89,00 | 1.335,00 |
191 | 24448 | Banco sueco de 3 plazas | 141,00 | 26.931,00 |
234 | 24449 | Banco vestuario | 187,00 | 43.758,00 |
8 | 24450 | Canasta mini-basquet | 1.861,00 | 14.888,00 |
45 | 24451 | Espaldera dos plazas | 362,00 | 16.290,00 |
7 | 24453 | Juego porterías de baloncesto, fijas | 2.470,00 | 17.290,00 |
5 | 24454 | Juego saltometro de altura | 139,00 | 695,00 |
30 | 24455 | Jergón tipo "tatami" | 90,00 | 2.700,00 |
27 | 24456 | Colchón caídas | 600,00 | 16.200,00 |
229 | 24457 | Colchón espuma 10 cm. Grueso | 90,00 | 20.610,00 |
7 | 24458 | Mini-trampolín | 486,00 | 3.402,00 |
14 | 24459 | Postes y red volei-bol | 825,00 | 11.550,00 |
72 | 24460 | Frxxxxxxxx 0000 x 30 mm diámetro | 5,00 | 360,00 |
14 | 24461 | Plinto tipo alemán | 587,00 | 8.218,00 |
207.088,00 EURO | ||||
5- | Laboratorio biología / geología | |||
Utat | Código | Nombre del material | Pre un utat | Precio total |
14 | 24217 | Equipo disección | 102,00 | 1.428,00 |
28 | 24233 | Lupa binocular | 400,00 | 11.200,00 |
26 | 24234 | Microscopio binocular | 619,00 | 16.094,00 |
26 | 24236 | Microscopio monocular | 233,00 | 6.058,00 |
1 | 24237 | Micrótomo de mano (secundario) | 49,00 | 49,00 |
3 | 24268 | Conj. Preparaci. Para microsc.(secund) | 473,00 | 1.419,00 |
36.248,00 EURO | ||||
6- | Laboratorio física y química | |||
Utat | Código | Nombre del material | Pre un utat | Precio total |
2 | 24214 | Termómetro xxxxxxxx | 213,00 | 426,00 |
3 | 24218 | Equipo electricidad-electrónica | 1.208,00 | 3.624,00 |
3 | 24221 | Equipo Óptica | 629,00 | 1.887,00 |
5 | 24224 | Equipo termología | 328,00 | 1.640,00 |
2 | 24229 | Generador vander graaf | 185,00 | 370,00 |
6 | 24231 | Lote de gafas protectoras | 125,00 | 750,00 |
3 | 24240 | Modelos moleculares | 68,00 | 204,00 |
2 | 24241 | Modelos orbitales | 117,00 | 234,00 |
3 | 24252 | Agitador magnético (eso) | 394,00 | 1.182,00 |
1 | 24254 | Aparato estudio ley de gases | 234,00 | 234,00 |
1 | 24255 | Balanza 0.1 fuerza 3 kg "eso" | 53,00 | 53,00 |
3 | 24256 | Balanza electr.200 gr 0,01 | 165,00 | 495,00 |
9 | 24257 | Balanza electrónica digital (eso) | 111,00 | 999,00 |
3 | 24270 | Cubeta electrólisis | 315,00 | 945,00 |
3 | 26549 | Utill. básico de metal, madera y plástico | 427,00 | 1.281,00 |
3 | 26550 | Utill. básico cerámica, goma y vidrio | 440,00 | 1.320,00 |
4 | 26551 | Utillaje volumétrico xx xxxxxx | 423,00 | 1.692,00 |
2 | 26554 | Equipo de destilación simple | 79,00 | 158,00 |
2 | 26555 | Balanza digital de 400 gr (0,01 gr) | 176,00 | 352,00 |
2 | 26556 | Tubos espectrales con redes de difracción | 160,00 | 320,00 |
3 | 29816 | Herramientas, acces. y complementos laboratorio | 369,00 | 1.107,00 |
19.273,00 EURO | ||||
7- | Mobiliario escolar general | |||
Utat | Código | Nombre del material | Pre un utat | Precio total |
63 | 24248 | Pizarra blanca rotulador con caballete | 47,00 | 2.961,00 |
16 | 24277 | Xxxxxxxxxx cortar papel | 878,00 | 14.048,00 |
21 | 24278 | Máquina encuadernación y accesorios | 333,00 | 6.993,00 |
110 | 24281 | Percha pie metálica | 51,00 | 5.610,00 |
19 | 24282 | Plastificadora din-4 | 112,00 | 2.128,00 |
44 | 24283 | Estantería metálica | 144,00 | 6.336,00 |
12 | 24290 | Bidón barrerías | 56,00 | 672,00 |
506 | 24291 | Silla anatómica salón de actos | 33,00 | 16.698,00 |
69 | 24292 | Silla pala sala conferencias | 53,00 | 3.657,00 |
261 | 24293 | Silla pala tapizada sala conferencias | 75,00 | 19.575,00 |
2 | 24295 | Carro limpieza | 314,00 | 628,00 |
9 | 24296 | Alfombra parvulario | 286,00 | 2.574,00 |
6 | 24297 | Extintor nieve carbónica | 104,00 | 624,00 |
5 | 24298 | Extintor polvo | 37,00 | 185,00 |
74 | 24299 | Botiquín | 35,00 | 2.590,00 |
1231 | 24300 | Cama apilable p3 | 30,00 | 36.930,00 |
300 | 24302 | Espejo securizado 1,25 x 70 cm aprox. | 96,00 | 28.800,00 |
67 | 24303 | Papelera corredores | 383,00 | 25.661,00 |
20 | 24304 | Papelera patio | 346,00 | 6.920,00 |
74 | 24305 | Panel anuncios cerrado | 311,00 | 23.014,00 |
13 | 24337 | Calculadora | 166,00 | 2.158,00 |
00 | 00000 | Fax | 101,00 | 3.232,00 |
47 | 35005 | Plastificadora A3 | 189,00 | 8.883,00 |
40 | 35006 | Encuadernadora A3, espirales | 350,00 | 14.000,00 |
11 | 41204 | Armario TV y vídeo - EOI | 385,00 | 4.235,00 |
30 | 46511 | Silla pala izquierda tapiz.. sala conf | 75,00 | 2.250,00 |
241.362,00 EURO
TOTAL 903.366,00 EURO
El director general de Recursos del Sistema Educativo
p.a. La subdirectora general de Construcciones Escolares
Xxxxx Xxxxx Xxxxx
ANEXO II PRESCRIPCIONES TÉCNICAS EMBALAJE
En los artículos que se entreguen en el almacén y a efectos de optimizar tanto el almacenaje como su distribución y transporte a los centros, se observarán las siguientes instrucciones:
1- Los artículos se embalarán en función de la constitución, fragilidad de los mismos, tanto durante su almacenaje como en el transporte y entrega. En especial, los elementos xx xxxxxx se protegerán con materiales adecuados que aseguren el perfecto estado hasta su instalación final. En caso de mobiliario con xxxxxxx xx xxxxxx éstas deban protegerse con un tablero xx xxxxxx.
2- Todos los elementos se embalarán unitariamente, excepto los pupitres y mesas con sillas que irán en conjunto de dos unidades de manera que las sillas queden colocadas dentro del espacio libre entre las dos mesas y las sillas que irán en grupos de aproximadamente 6.
3- El tamaño de las cajas tendrá que ser proporcional al contenido de las mismas, evitando irregularidades ya sean por exceso o por defecto.
4- Embalaje exterior: Sus prestaciones tendrán en cuenta no tan sólo la protección del contenido, si no también la facilidad y seguridad en el apilamiento durante el almacenaje. Todo los artículos estarán contenidos en cajas de cartón (no se admite otro tipo de material para embalar) y éste será de calidad y doble-doble capa.
5- Protección contra la corrosión: Ante la eventualidad de un almacenando durante largos periodos de tiempo, aquellos productos sensibles a la corrosión tendrán que ir protegidos contra ésta por algún procedimiento adecuado, tal como sales de sílice, papeles especiales anticorrosivos, tratamientos grasos, etc.
6- Productos químicos: Los productos inflamables, corrosivos o volátiles, además de la correspondiente protección mecánica, tendrán que ir envasados de forma hermética y asegurados con bolsa de poliamida y otros materiales complejos, soldadas térmicamente para su cierre o sistema equivalente, indicando en el exterior el tipo de producto.
7- Acondicionamiento interior: Como materiales de anclaje y protección queda totalmente descartado el uso de recortes de viruta de papel, paja y viruta xx xxxxxx por razones de seguridad, contaminación e higiene.
8- Listados: Cada paquete irá provisto de una bolsa plástica que contenga la relación de los productos incluidos en cada paquete enganchada a la parte interior de cada bulto. Asimismo, se incluirán datos del proveedor (dirección, teléfono, persona responsable ...) para su localización en caso de avería o necesidad de reposiciones una vez que el material se encuentre en el centro de destino. Si el material incluye instalación, puesta en marcha o formación, se incluirá una hoja informativa de este hecho así como el teléfono y la persona de contacto con el que el centro se tiene que comunicar para que realicen la operación incluida. De igual forma, se incorporará la GARANTÍA SELLADA en todos aquellos instrumentos o materiales que tengan que incorporarla de fábrica.
9- Sistema de cierre de las cajas: Pueden aplicarse cualquiera del sistemas siguientes:
- Encolado de las solapas.
- Papel engomado - precinto
- Cintas armadas adhesivas.
- Cintas de plástico (PS,PVC,PP,PPO, etc.), autoadhesivas por contacto.
- Aro de barril metálico.
- Aro de barril de plástico (nylon, PP, PE, PPO, etc.)
- Grapa metálica.
Siempre que se utilice un sistema de cierre que no implique precinto de garantía, conviene añadir éste por aplicación de alguno de los sistemas descritos.
Para información complementaria sobre este tema pueden consultarse las normas UNE 49.450 I 49.801.
10- Indicación de fragilidad y posicionamiento de las cajas: Cuando el contenido de las cajas lo haga recomendable, se indicará externamente la fragilidad de la mercancía y su posicionamiento en almacenaje.
Puede consultarse la norma UNE 49.802 h.
11- Indicación en el caso de mercancías peligrosas: Cuando el contenido esté constituido de forma total o parcial por productos considerados universalmente como peligrosos, es obligatorio la indicación de la índole de riesgo que puede derivarse de la su incorrecta manipulación o transporte.
Puede consultarse la norma UNE 49.802 h.
12- El embalaje exterior será neutro (excepto las indicaciones de fragilidad, peligrosidad, etc.) Totalmente libre de letreros o dibujos que indiquen el material que contiene. Sólo se podrá saber el artículo que hay en el interior por la información que la etiqueta debe llevar y que se describe más adelante.
13- El incumplimiento de los requisitos de embalaje o cualquier insuficiencia en lo mismo, hará que la comisión receptora o del concurso rechace el material incorrectamente presentado, levantándose en este caso la correspondiente Acta de Recepción negativa del mismo, que en consecuencia, tendrá que ser retirado por la empresa adjudicataria, y vuelto a ser presentado en un plazo improrrogable que se determinará en función de cada caso, plenamente adaptado a los requisitos técnicos exigidos por la referida comisión.
14- Es obligatorio que los armarios y mesas vayan con protecciones interiores de cartón (no se admitirá plástico) en las esquinas.
ETIQUETADO DEL EMBALAJE.
Una vez embalados cada uno de los artículos en paquete/s, se procederá a colocar en lugar visible una etiqueta consistente en una cuadrícula de 105 x 150 mm.
El formato será el siguiente:
En caso de un paquete por artículo, ejemplo de etiqueta;
1- Código del artículo/Nombre | 25360 / Mesa secretaría |
2- Adjudicatario | Materiales didácticos Xxxx Xxxx |
0- Xxxxxxxxxx/xxx | 00/00 |
0- Xxxxxxxx xe paquetes. | 1 |
5- Nº del paquete. | 1/1 |
1- Código numérico y denominación del material del Departamento de Educación (Igual al del anexo del concurso).
2- Nombre de la empresa adjudicataria. 3- Número de expediente.
4- Cantidad de paquetes que componen el artículo. 5- Número de paquete que compone el artículo.
1- Código del artículo / Nombre | 24440 / Silla anatómica |
2- Adjudicatario | Materiales didácticos Xxxx Xxxx |
0- Xxxxxxxxxx/xxx | 000/00 |
0- Xxxxxxxx xe paquetes | 3 |
5- Nº del paquete | 1/3 |
En caso de varios paquetes por artículo, ejemplo de etiquetas de cada paquete; Primer paquete.
Segundo paquete.
1- Código del artículo / Nombre | 24440 / Silla anatómica |
2- Adjudicatario | Materiales didácticos Xxxx Xxxx |
0- Xxxxxxxxxx/xxx | 000/00 |
0- Xxxxxxxx xe paquetes | 3 |
5- Nº del paquete | 2/3 |
Tercer paquete.
1- Código del artículo / Nombre | 24440 / Silla anatómica |
2- Adjudicatario | Materiales didácticos Xxxx Xxxx |
0- Xxxxxxxxxx/xxx | 000/00 |
0- Xxxxxxxx xe paquetes | 3 |
5- Nº del paquete | 3/3 |
Sólo en mobiliario, en caso de que un paquete contenga más de un artículo, ejemplo de etiqueta;
1- Código del artículo/Nombre | 24440 / Silla anatómica |
2- Adjudicatario | Mobiliario Escolar Xxxx Xxxxx |
0- Xxxxxxxxxx/xxx | 00/00 |
0- Xxxxxxxx xe paquetes | 1 |
5- Nº de artículos por paquete | 6 |
Modelo nº. 1
MODELO DE DECLARACIÓN DE NO ENCONTRARSE INCLUIDO EN NINGUNO DE LOS SUPUESTOS DE PROHIBICIÓN PARA CONTRATAR Y ENCONTRARSE AL CORRIENTE DE OBLIGACIONES TRIBUTARIAS Y DE SEGURIDAD SOCIAL
El/la señor/en .........................................................., con documento nacional de identidad nº.
..............., en nombre propio/en representación de la empresa ,según escritura de
poderes otorgada delante xxx xxxxxxx Sr..................del Iltre. Colegio de..............con nº de
protocolo ................, vigente a fecha xx xxx; con domicilio en la calle ....... nº. .... de
............................................................... y con NIF nº , licitador/a en el concurso con nº.
de expediente , bajo mi responsabilidad,
DECLARO
Que no estoy incluido / Que la empresa que represento no está incluida en ninguno de los supuestos de prohibiciones para contratar con la Administración determinados en el artículo 20 del RDL 2/2000 y que, además, me encuentro / la empresa que represento se encuentra al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y de la Seguridad Social, previstas a las disposiciones vigentes.
(Lugar y fecha)
(firma y sello de la empresa)
Modelo nº. 2 OFERTA ECONÓMICA
El/la Sr/a. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . , vecino/na de. . . . . . . . . . . . , provincia de , con
domicilio a. . . . . . . . Calle. . . . . . . . . . . . . . . . . Nº , (en caso de actuar en representación:
como. . . . . . . . . . . Con poderes otorgados delante xxx xxxxxxx Sr/a En fecha.
. . . . . . . . . . ), con domicilio social en. . . . . . Calle. . . . . . . . . . . . . . . . Nº. . . . Teléfono CIF
o NIF. . . . . . , enterado de las condiciones y requisitos para concurrir a la adjudicación del suministro de. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . se encuentra en situación de participar en el procedimiento para la adjudicación de este suministro.
A tal efecto hace constar que conoce el pliego de bases que rigen esta convocatoria, que acepta incondicionalmente sus cláusulas, que reúne todas y cada una de las condiciones exigidas para contratar con la Administración, y se compromete en nombre de (propio o de
la empresa que representa), a hacerse cargo del mencionado suministro, con estricta sujeción a los requisitos y condiciones, por los precios unitarios, IVA incluido, que se indican a continuación, lo que totaliza EUR (en letras), IVA incluido y con una reducción
en el plazo de entrega de........................................
Código | Unidade s | Material | Precio unitario (IVA incluido) | Importe total (IVA incluido) |
(Localidad y fecha)
(Firma legible de quien propone).
(especificar si es garantía provisional
o garantía definitiva)
Aval
La entidad ( razón social de la entidad de crédito o sociedad de garantía recíproca), NIF , con domicilio (a efectos de notificaciones y requerimientos) en el
(calle, plaza, avenida, código postal, localidad), en su nombre (nombre y apellidos de los apoderados), con poderes suficientes para poder obligarse en este acto, según resulta de la verificación de la representación de la parte inferior de este documento,
A V A L
a: (nombre y apellidos o razón social del avalado), con NIF , en virtud de lo que dispone el artículo (35 si es garantía provisional / 36 si es garantía definitiva) del Texto Refundido de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, para responder de la siguiente obligación
(detallar el objeto del contrato), delante del órgano de contratación del Departamento de Educación de la Generalitat de Catalunya, por un importe de
(en letra), € (en cifras).
La entidad avalista declara bajo su responsabilidad, que cumple con los requisitos previstos en el artículo 56.2 del Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas. Este aval se otorga solidariamente respecto del obligado principal con renuncia expresa al beneficio de excusión y con compromiso de pago al primer requerimiento de la Caja General de Depósitos, con sujeción a los términos previstos al Texto Refundido de la LCAP, aprobado por el RDL 2/2000, de 16 xx xxxxx, a sus normas de desarrollo y a la normativa reguladora de la Caja General de Depósitos.
El presente aval estará en vigor hasta que el órgano de contratación del Departamento de Educación de la Generalitat de Catalunya, o quien en su nombre sea habilitado legalmente para ello, autorice su cancelación o devolución, de acuerdo con lo que dispone al Texto Refundido de la LCAP, aprobado por el RDL 2/2000, de 16 xx xxxxx y legislación complementaria
, d de
Localidad y fecha
Razón social de la entidad:
Firma de los apoderados
Verificación de la representación por
,
Provincia | Fecha | Nº. o código |
CERTIFICADO DE SEGURO DE CAUCIÓN
Certificado número: (1) (de ahora en adelante asegurador) con domicilio social en , calle/plaza/avenida , y NIF debidamente representado por (2)
, con poderes suficientes para obligarla en este acto, según resulta de la verificación de la representación de la parte inferior de este documento
ASEGURA
(3)
NIF en
concepto de receptor del seguro, delante del órgano de contratación del Departamento de Educación de la Generalitat de Catalunya, de ahora en adelante asegurado, hasta el importe de € (en lletra)(4)
(en cifras) €, en los términos y condiciones establecidos al Texto Refundido de la LCAP, aprobado por el RDL 2/2000, de 16 xx xxxxx, a la normativa de desarrollo y al pliego de cláusulas administrativas particulares por los cuales se rige la contratación, mediante procedimiento abierto por concurso de (5)
en concepto de garantía (6)
, para responder de las obligaciones, penalidades y otros gastos que se puedan derivar conforme a las normas y otras condiciones administrativas precitadas delante del asegurado.
El asegurado declara bajo su responsabilidad que cumple los requisitos exigidos en el artículo 57 del Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas.
La falta de pago de la prima, sea única, primera o siguientes, no dará derecho al asegurador a resolver el contrato, ni éste quedará extinguido, ni la cobertura del asegurador suspendida, ni éste liberado de su obligación, en caso de que el asegurador tenga que hacer efectiva la garantía.
El asegurador no podrá oponer al asegurado las excepciones que puedan corresponderle contra el receptor del seguro.
El asegurador asume el compromiso de indemnizar al asegurado al primer requerimiento de la Caja General de Depósitos, en los términos establecidos al Texto Refundido de la LCAP, aprobado por el RDL 2/2000, de 16 xx xxxxx, y normas de desarrollo.
El presente seguro de caución estará en vigor hasta que el órgano de contratación del Departamento de Educación de la Generalitat de Catalunya, o quien en su nombre sea habilitado legalmente para ello, autorice su cancelación o devolución, de acuerdo con lo que dispone al Texto Refundido de la LCAP, aprobado por el RDL 2/2000, de 16 xx xxxxx, y la legislación complementaria.
, d de
Localidad y fecha Firma
El asegurador
Verificación de la escritura de poderes por
Provincia | Fecha | Nº. o código |
INSTRUCCIONES PARA LLENAR EL MODELO
(1) Denominación social de la entidad aseguradora.
(2) Nombre y apellidos del apoderado o apoderados de la entidad aseguradora.
(3) Nombre y apellidos o denominación social del receptor del seguro.
(4) Importe
(5) Identificar individualmente de manera suficiente (naturaleza y objeto) la contratación que motiva el procedimiento en virtud del cual se presta la caución.
(6) Modalidad de seguro (provisional, definitiva)
Modelo nº. 5
MODELO DE MEMORIA DESCRIPTIVA DE LA CALIDAD DEL OFERTANTE CUANDO SE TRATE DE FABRICANTE
El Señor. . . . . . . . . . . . . . . como. . . . . . . . . de la empresa (1), declaro que mi
calidad de ofertante en los lotes. . . . . . . . . . . . . . . . . de la adjudicación directa del suministro, entrega e instalación de es la de fabricante y por lo
tanto acompaño fotocopia del último censo industrial (2).
El número de fábricas, talleres, etc., de la empresa en funcionamiento es de y están
ubicadas en los siguientes domicilios y ciudades. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
El material y utillaje de las fábricas y talleres anteriormente mencionados, es el siguiente: 1.- . . . . . . . . . . . . . . . .
2.- . . . . . . . . . . . . . . . .
3.- . . . . . . . . . . . . . . . .
Otros datos que considero de interés relacionar son:
1.- . . . . . . . . . . . . . . . .
2.- . . . . . . . . . . . . . . . .
3.- . . . . . . . . . . . . . . . .
Para la comprobación de lo que se ha mencionado, autorizo en el Departamento de Educación de la Generalitat de Catalunya para que realice las comprobaciones que, si de caso, convengan.
(fecha y firma)
(1) Se especificarán el nombre y apellidos de la persona que hace la proposición y, si la hace en nombre propio o en representación de otros, se indicará su condición de titular, apoderado, gerente, etc.
(2) A tal efecto, hace falta la autorización de puesta en funcionamiento de las empresas, expedida por las Delegaciones de Industria de las provincias donde tengan su radicación.
Modelo nº. 6
MODELO DE MEMORIA DESCRIPTIVA INDICATIVA DE LA CALIDAD DEL OFERTANTE CUANDO SE TRATE DE DISTRIBUIDOR
El Señor. . . . . . . . . . . . . . . . como. . . . . . . . de la empresa (1), declaro que mi
calidad de ofertante en los lotes. . . . . . . . . . . . . . . . . de la adjudicación directa del suministro, entrega e instalación de es la de distribuidor.
Para la realización del suministro que oferto, tengo la colaboración de las empresas que a continuación se relacionan y que figuran como fabricantes en los censos industriales que acompaño (2):
Nombre de la empresa Domicilio Localidad
. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
El número de trabajadores en cada una de ellas es:
Nombre de la empresa Trabajadores fijos Trabajadores eventuales
. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
La potencia de fabricación de las empresas anteriores constan en sus respectivos censos industriales.
Otros datos que considero de interés relacionar son:
1.- . . . . . . . . . . . . . .
2.- . . . . . . . . . . . . . .
Para la debida comprobación de lo que se ha mencionado, autorizo en el Departamento de Educación de la Generalitat de Catalunya, para que realice las comprobaciones que, si procede, convengan para Comprobar la veracidad del compromiso de fabricación de los artículos ofertados hechos a favor mío por las empresas antes mencionadas.
(1) Se especificarán el nombre y apellidos de lo que hace la proposición y, si la hace en nombre propio o en representación de otros, se indicará su condición de titular, apoderado, gerente, etc.
(2) A tal efecto, hace falta la autorización de puesta en funcionamiento de las empresas, expedida por las Delegaciones de Industria de las provincias donde tengan su radicación.
MODELO DE MEMORIA DESCRIPTIVA INDICATIVA DE LA CALIDAD DEL OFERTANTE CUANDO SE TRATE DE IMPORTADOR
El Señor. . . . . . . . . . . . . . . . . como. . . . . . de la empresa (1), declaro que
mi calidad de ofertante en los lotes. . . . . . . . . . . . . de la adjudicación directa del suministro, entrega e instalación de es la de importador.
El material que oferto será importado de las empresas que se mencionan, con las que tengo concertado el suministro:
Nombre de la empresa Domicilio Localidad País
. . . . . . . …….. | . . . . . | . . . . . . . . . . . |
. . . . . . . . …… | . . . . . | . . . . . . . . . . . |
. . . . . . . …….. | . . . . . | . . . . . . . . . . . |
Estas empresas se han comprometido a suministrar el material, en caso de adjudicación, en los plazos y con las condiciones señaladas en el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares y Prescripciones Técnicas que rigen en este concurso. Para la debida comprobación de lo que se ha mencionado anteriormente, autorizo en el Departamento de Educación de la Generalitat de Catalunya, para que realice las comprobaciones que, en su caso, convengan.
(fecha y firma)
(1) Se especificarán el nombre y apellidos de quien hace la propuesta y, si la hace en nombre propio o en representación de otros, se indicará su condición de titular, apoderado, gerente, etc.
Modelo nº. 8
MODELO DE MEMORIA TÉCNICA.
A) Descripción.
(Es obligatorio llenar todos éstos apartados y en el mismo orden)
1. Características funcionales.
2. Características técnicas.
3. Accesorios.
4. Condiciones.
5. Formación.
• Indicar como mínimo los mismos parámetros y/o accesorios que se describen y en el mismo orden que en la prescripción.
• Los accesorios o componentes tienen que ir acompañados de las características técnicas y del modelo y/o referencia junto con el catálogo original. En caso de que no coincidan con los relacionados en la prescripción técnica, se indicará cuál o qué elementos los sustituyen.
• Siempre se indicará la lengua en la que están redactados el documentos que se entregan con el material (manuales, etc.).
• En el apartado de formación se especificarán las horas de formación y el programa del curso.
B) Mejoras.
En este caso, indicad cuáles. (Siempre haciendo referencia a la prescripción técnica, accesorios de más, características técnicas, funcionales, o condiciones que se mejoren)
C) Marca o fabricante y modelo o número de referencia ...................................
NOTA: Es obligatorio indicar la marca y modelo del material para poder hacer su valoración y adjuntar el catálogo.
Se confeccionará una carpeta independiente para cada lote con sus catálogos correspondientes. En ningún caso se mezclarán o compartirán catálogos de los diferentes lotes.
La falta de catálogo o identificación del material puede comportar que éste no se valore por falta de información, así como la falta de información en alguno de los apartados, A y/o C, o alguno de sus subapartados.
Toda la documentación y catálogos tienen que estar en catalán y/x xxxxxxxxxx.
MODELO NÚM 9
AUTORIZACIÓN SOLICITUD OBLIGACIONES TRIBUTARIAS
El/La Sr./Sra. ................................................................ (nombre y apellidos) con
DNI..........................en representación de la empresa con
NIF ........................autoritzo al Departamento de Educación a efectuar las consultas necesarias con la Agencia Estatal de Administración Tributaria a efectos de comprobar:
(marcar la opción deseada con una xxxx)
□ El cumplimiento de las obligaciones tributarias con respecto a la obtención de la certificación positiva que la empresa que represento se encuentra al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias con la Administración General del Estado así como del Impuesto sobre Actividades Económicas, para todos los expedientes en los cuales licitamos.
□ El cumplimiento de las condiciones requeridas por el pliego de cláusulas administrativas del expediente núm ++++/++ de contratación ++++++++++++++++++, con respecto a la obtención de la certificación positiva de encontrarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias con la Administración General del Estado así como del Impuesto sobre Actividades Económicas.
Fecha ...........................
Firma ...........................