FONASA NORTE DIRECCIÓN ZONAL NORTE
FONASA NORTE DIRECCIÓN ZONAL NORTE
DPTO. ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS
RESOLUCIÓN EXENTA 3P N° 6319 / 2021
MAT.: DISPONE LLAMADO A LICITACION Y APRUEBA BASES ADMINISTRATIVAS, TÉCNICAS, ANEXOS Y CONTRATO TIPO PARA LA LICITACIÓN PÚBLICA “SERVICIO DE ASEO PARA LAS DEPENDENCIAS DE FONASA REGIÓN DE ANTOFAGASTA
ANTOFAGASTA , 21/07/2021
VISTOS:
Lo dispuesto en el D.F.L. N° 01/2005 que fijó texto refundido del DL N°2763/79 del Ministerio de Salud; la ley N° 19.886 y su Reglamento contenido en el D. S. N°250/2004 del Ministerio de Hacienda; la Ley N° 21.289, del Ministerio de Hacienda, que aprueba el presupuesto del sector público para el año 2021; las resoluciones exentas; 4A/N° 28/2019 y todas sus modificaciones que establece nueva estructura y organización interna del Fonasa; TRA N° 139/63 que nombra a la Directora Zonal Norte todas del Fondo Nacional de Salud; y la Resolución Nº 7 y 8/2019 de la Contraloría General de la República;
CONSIDERANDO:
1. Que, la Dirección Zonal Norte del Fondo Nacional de Salud realizó un llamado a través de la Licitación Publica N°1613-4-LQ21 para el Servicio de aseo de sus dependencias de atención de público y administrativas distribuidas desde la región de Arica y Parinacota a la región de Atacama.
2. Que, la única propuesta efectuada para el servicio de aseo a la región de Antofagasta, fue rechazada por no no resultar conveniente a los intereses de la Dirección Zonal Norte, debido al alto valor de su costo por M2, lo cual estaba especificado en las Bases Administrativas, declarándose Desierta, según Resolución Exenta 3P N°5292/2021.
3. Que, la vigencia del contrato actual del servicio de aseo termina el 31 de julio 2021, lo cual obliga a la Dirección Zonal Norte a iniciar una nueva licitación pública para contratar el servicio de aseo para la región de Antofagasta.
4. Que, se revisó el catálogo de productos y servicios del portal xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx habiéndose constatado en el Sitio Electrónico de Compras del Estado, la inexistencia de un convenio marco que pueda ser utilizado de manera integral por el Fondo.
5. Que, existiendo recursos disponibles para efectuar la contratación y, de conformidad a las disposiciones vigentes sobre la materia, es necesario realizar una licitación pública, a través del portal Mercado Publico, con el objetivo de contratar los servicios requeridos en la región de Antofagasta.
6. Que, en cumplimiento a lo dispuesto en la ley N° 19.886 y su reglamento, se confeccionaron las presentes bases que observan los principios de libre concurrencia de los oferentes al llamado administrativo y de igualdad ante las bases que rigen los procedimientos concursales y, cumplen con los requerimientos técnicos y jurídicos para verificar la realización de la presente licitación pública.
RESOLUCIÓN:
1. Apruébense las siguientes BASES ADMINISTRATIVAS, TÉCNICAS, ANEXOS Y CONTRATO TIPO para la Licitación Pública “SERVICIO DE ASEO PARA LAS DEPENDENCIAS DE LA DIRECCION ZONAL NORTE” del Fondo Nacional de Salud, cuyo texto es del siguiente tenor:
BASES ADMINISTRATIVAS
“SERVICIOS DE ASEO PARA LAS DEPENDENCIAS DE LA DIRECCION ZONAL NORTE DEL FONDO NACIONAL DE SALUD”
1. INTRODUCCIÓN Y OBJETIVOS DE LA LICITACIÓN
La Dirección Zonal Norte en adelante también “DZN” llama a presentar las ofertas para la contratación de los servicios de aseo en sus dependencias e instalaciones de la región de Antofagasta y cuya administración contractual se efectúa desde la propia Dirección Zonal Norte del Fondo Nacional de Salud, ubicada en xxxxx Xxxx Xxxxxx Xxxxxxx Xx 0000, xxxxxx xx Xxxxxxxxxxx.
Este servicio, debe ser prestado en condiciones que aseguren la limpieza y pulcritud de sus instalaciones, otorgado de manera continua y por personal que sea debidamente supervisado y controlado.
2. DEFINICIONES
Para la correcta interpretación de los documentos de la contratación, cada vez que aparezcan los siguientes términos en las presentes bases, se entenderá la definición que para cada caso se indica, siendo extensivas tales definiciones a su forma singular o plural y a sus géneros masculino o femenino:
a.- Ley de compras: la Ley N° 19.886, de las Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios.
b.- Reglamento: el reglamento de la Ley de Compras, contenido en el decreto supremo N° 250, del Ministerio de Hacienda.
c.- Cronograma de actividades: es el cuadro, contenido en el anexo N° 3 (calendario) de las Bases Administrativas de la presente licitación, en el que se define la oportunidad para la realización de las etapas o fases del presente proceso de compras.
d.- Días corridos: son todos los días de la semana, que se computan uno a uno en forma correlativa. e.- Días hábiles: son todos los días de la semana, excepto los xxxxxxx, xxxxxxxx y festivos.
f.- Fuerza mayor o caso fortuito: el imprevisto a que no es posible resistir. g.- FONASA: Fondo Nacional de Salud.
h.- DZN: Dirección Zonal Norte.
i.- Proveedor: persona natural o jurídica chilena o extranjera, que pueda proporcionar a la DZN los servicios que se requieren en esta licitación.
j.- Oferente: proveedor que participa en el presente proceso presentando una oferta.
k.- Adjudicatario: oferente al cual le ha sido aceptada su oferta en el proceso, para la suscripción del contrato definitivo.
l.- Contratista: proveedor que suministra a la DZN los servicios que se refiere esta licitación, en virtud de la ley de Compras, el reglamento de Compras y las presentes bases.
m.- GDT: Gestor Documental Tributario
n.- Portal: el Sistema de Información de Compras y Contrataciones de la Administración, portal xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx .-
3. DATOS BASICOS DE LA LICITACION.
Etapas | Una sola etapa, consistente en la apertura de las ofertas técnicas y económicas en un solo acto), que se efectuara a través del sistema de información Mercado Público. |
Monto referencial | Total contratos: $118.646.400.IVA incluido (Ciento dieciocho mil seiscientos cuarenta y seis millones cuatrocientos pesos, impuestos incluidos), por un periodo de 24 meses. |
Participantes | Podrán participar en la presente licitación personas naturales o jurídicas, chilenas o extranjeras, que acrediten su situación financiera y su idoneidad técnica conforme al reglamento de la ley Nº 19.886, cumpliendo con los demás requisitos que éste señale y con los que exige el derecho común. Debe tenerse presente que no podrán participar en esta licitación aquellas personas que se encuentren en alguna de las situaciones contempladas en el inciso sexto del artículo 4 de la Ley 19.886, esto es, no podrán participar en el proceso licitatorio los funcionarios directivos del Fonasa ni personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco descritos en la letra b) del artículo 54 de la Ley 18.575, antecedente del mismo regulado por el DFL 1/19653 del año 2000, ni sociedades de personas de las que aquéllos o éstas formen parte, ni sociedades comanditas por acciones o anónimas cerradas en que aquellos o éstas sean accionistas, ni sociedades anónimas abiertas en que aquéllos o éstas sean dueños de acciones que representen el 10% o más del capital, ni con los gerentes, administradores, representantes o directores de cualquiera de las sociedades antedichas. Asimismo, quedarán excluidos de esta licitación quienes, al momento de la presentación de la oferta, hayan sido condenados por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador, dentro de los anteriores dos años y quienes hayan sido condenados por delitos concursales, según la nueva ley de quiebras (artículo 401, ley N° 20.720), dentro de los dos años anteriores al momento de presentar la oferta, formular la propuesta o suscribir el contrato. |
Computo de los plazos | Todos los plazos son de días corridos, salvo en aquellos casos en que expresamente se indique que los plazos son de días hábiles. En caso que un plazo expire en días xxxxxxx, xxxxxxxx o festivos se entenderá prorrogado |
hasta el día hábil siguiente. | |
Comunicación con la Dirección Zonal Norte | |
Soporte de documentos | Soporte digital. Excepcionalmente, se podrá utilizar el soporte papel en los casos expresamente permitidos por estas bases o por la ley N° 19.886 y su reglamento. |
Visibilidad de las ofertas técnicas | Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez adjudicada la licitación. |
4. GASTOS
Los gastos en que incurran los oferentes con motivo de la presente licitación, será de su exclusivo cargo, sin derecho a ningún tipo de reembolso por parte del Fondo Nacional de Salud.
5. DOCUMENTACION QUE RIGE ESTA LICITACION.
Esta licitación se rige por lo previsto en la ley N° 19.886 y su reglamento, aprobado por decreto N° 250, de 2004, del Ministerio de Hacienda y por los documentos que a continuación se indican, los que en el caso de discrepancias se interpretarán de acuerdo al siguiente orden de prelación:
a. Bases administrativas, técnicas y anexos de la licitación.
b. Modificaciones a las bases, que eventualmente podrá hacer el Fondo Nacional de Salud, a través de la resolución correspondiente.
c. Respuestas a las preguntas de los proveedores.
d. Aclaración a las ofertas que hayan sido solicitadas por el Fondo Nacional de Salud.
Los interesados en conocer los documentos señalados anteriormente podrán hacerlo accediendo al portal Mercado Publico.
6. DISCREPANCIAS EN LA INFORMACIÓN
En caso de existir alguna discrepancia entre el monto neto indicado electrónicamente en el portal y en el anexo económico, se entenderá como válido el valor indicado en este último, para los efectos de evaluación y eventual adjudicación.
Si se presenta alguna discrepancia en la información publicada en el portal mercado público y las bases administrativas, serán las bases las que prevalecerán para validación de fechas o evaluaciones.
7. MODIFICACIONES A LAS BASES.
La Dirección Zonal Norte del Fondo Nacional de Salud podrá modificar las bases administrativas, bases técnicas y sus anexos, hasta antes del vencimiento del plazo para presentar ofertas. Estas modificaciones deberán ser aprobadas mediante resolución publicada en el portal Mercado Público y, en caso de ser necesario, deberán fijar prudencialmente un nuevo plazo para la presentación de ofertas, de manera de permitir que los proveedores interesados puedan conocer y adecuar su oferta a tales modificaciones.
8. PERSONAS QUE PUEDEN PARTICIPAR
Podrán participar en la presente licitación personas naturales o jurídicas, chilenas o extranjeras, que acrediten su situación financiera y su idoneidad técnica conforme al reglamento de la ley Nº 19.886, cumpliendo con los demás requisitos que éste señale y con los que exige el derecho común.
Debe tenerse presente que no podrán participar en esta licitación aquellas personas que se encuentren en alguna de las situaciones contempladas en el inciso sexto del artículo 4 de la Ley 19.886, esto es, no podrán participar en el proceso licitatorio los funcionarios directivos del Fonasa ni personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco descritos en la letra b) del artículo 54 de la Ley 18.575, antecedente del mismo regulado por el DFL 1/19653 del año 2000, ni sociedades de personas de las que aquéllos o éstas formen parte, ni sociedades comanditas por acciones o anónimas cerradas en que aquellos o éstas sean accionistas, ni sociedades anónimas abiertas en que aquéllos o éstas sean dueños de acciones que representen el 10% o más del capital, ni con los gerentes, administradores, representantes o directores de cualquiera de las sociedades antedichas.
Asimismo, quedarán excluidos de esta licitación quienes, al momento de la presentación de la oferta, hayan sido condenados por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador, dentro de los anteriores dos años y quienes hayan sido condenados por delitos concursales, según la nueva ley de quiebras (artículo 401, ley N° 20.720), dentro de los dos años anteriores al momento de presentar la oferta, formular la propuesta o suscribir el contrato.
9. CONFIDENCIALIDAD
La información y todos los antecedentes que los participantes obtengan con motivo de esta licitación tienen carácter de estrictamente privado y confidencial, razón por la cual está expresamente prohibido comentarla o difundirla por cualquier medio y bajo cualquier circunstancia; reservándose el Fondo Nacional de Salud, el ejercicio de acciones civiles y penales en caso de infracción. Igual obligación le asistirá al oferente o adjudicatario durante la vigencia del contrato y aún después de su término.
La información, resultados y documentos generados como producto de la ejecución del contrato es de propiedad exclusiva del Fondo Nacional de Salud. El adjudicatario, no podrán disponer de ese material ni usarlo en forma alguna, sin la autorización por escrito del Administrador del Contrato.
10. ACEPTACIÓN DE LAS BASES ADMINISTRATIVAS, TÉCNICAS Y ANEXOS.
Las Bases Administrativas, Técnicas y anexos de esta licitación, como asimismo cualquier documento que las interprete o complemente, se entenderán conocidas y obligatorias para todos los participantes y para todos los efectos legales serán parte integrante de la relación contractual que se establezca con el Fondo Nacional de Salud.
“Para declarar que aceptan las presentes bases y todo su contenido, los oferentes deben completar y firmar el Anexo N°2-A (personas jurídicas) o el N°2-B (personas naturales)”.
11. ETAPAS DEL PROCESO
La presente licitación publicada en el portal xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx, estará regulada por el siguiente proceso, estableciéndose en el Calendario General (Anexo N°3), adjunto a las presentes Bases.
12. PUBLICACIÓN DE BASES
El Fondo Nacional de Salud, llama a participar en esta Licitación a quienes cumplan los requisitos señalados en el número 8 de estas bases, mediante el Sistema de Compras Públicas xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx, publicándose dichas Bases Administrativas, Técnicas y sus Anexos en la fecha establecida en el Calendario General.
13. CONSULTAS, ACLARACIONES Y COMPLEMENTOS
El Fondo Nacional de Salud responderá las consultas y aclaraciones y podrá emitir complementos que permitan una mejor comprensión e interpretación de las bases y/o del proceso de licitación, lo que se hará en el mismo documento a través del portal xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx y dentro del período establecido en el Calendario General.
Con todo, si las bases fueren objeto de modificación, antes del cierre de recepción de ofertas se les otorgará a los oferentes el plazo máximo de 5 días corridos para la adecuación de las ofertas, y se hará mediante resolución.
Los plazos del Calendario serán ajustados en el mismo acto resolutorio y publicándolo en el portal xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx.
14. PRESENTACIÓN DE LAS OFERTAS
Los participantes deberán ingresar sus ofertas técnicas y económicas en el portal xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx, a más tardar el día y hora señalados en el Calendario General y en forma ordenada y verificable.
Sólo los documentos que no pudieren ser ingresados al portal y el documento de garantía de seriedad de la oferta, se entregarán en un sobre cerrado indicando el nombre de la propuesta o podrán ser enviados vía correspondencia cumpliendo con los plazos de entrega considerando la fecha de recepción del o los documentos el día de recepción en la Oficina de Partes de la Dirección Zonal Norte de Fonasa, calle Xxxx Xxxxxx Xxxxxxx N° 1725 de Antofagasta, en la fecha que se señala en el Calendario General, cumpliendo con las exigencias y supuestos que se establecen en el Art. 62° del Decreto de Hacienda Nº 250, Reglamento de la Ley de Compras 19886. Para los casos que la garantía fuese otorgada de forma electrónica esta deberá hacerse llegar a Oficina de Partes de la Dirección Zonal, remitiéndola al correo electrónico XxxxxxxxxxXXX@xxxxxx.xx en cumplimiento a lo establecido en los artículos 31 y 68 de la ley N° 19.886, lo cual debe ajustarse a la ley N° 19.799 sobre documentos electrónicos, firmas electrónicas y servicios de certificación de dicha firma.
15. APERTURA DE LAS OFERTAS TÉCNICAS Y ECONÓMICAS
La apertura y aceptación de las ofertas recibidas en el portal xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx se realizará en forma electrónica, en la fecha y hora definida en el Calendario General, oportunidad en que se verificará el documento de Garantía de Seriedad de la Oferta, en los términos señalados en el número 18.1 de estas bases.
El resto de los antecedentes incorporados por los oferentes en dicho portal, serán evaluados por la Comisión Evaluadora nombrada en el número 22.1 de estas Bases, los que deberán cumplir con las exigencias que se establecen en los números 13 y 14 de las presentes bases de licitación.
La Comisión evaluará las ofertas que se presenten conforme a los criterios de evaluación, señalados en el número 22.2 de estas bases, levantando la correspondiente Acta de Evaluación.
16. ADJUDICACIÓN / DECLARACIÓN DESIERTA
Notificación de la Adjudicación: El resultado del proceso se entenderá notificado, transcurridas las 24 horas desde que FONASA publique en xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx, la resolución adjudicatoria.
17. CONTRATO
La firma del contrato y la entrega del documento que garantiza el fiel cumplimiento del mismo, será en un plazo máximo de 30 días corridos después de notificada la resolución de adjudicación.
En el caso que alguna de las etapas de la licitación no pudiera realizarse en el plazo señalado en el Calendario General, se publicará, con la debida antelación, la resolución con el motivo de su postergación y la nueva fecha estipulada en el Calendario.
18. GARANTÍAS.
18.1 GARANTÍA DE SERIEDAD DE LA OFERTA.
Los participantes al momento de presentar sus ofertas, deberán acompañar una Boleta Bancaria o Vale Vista o Certificado de Fianza o Póliza de Seguro el día y hora señalado en el Anexo N°3, que garantice la Seriedad de la Oferta, en favor del Fondo Nacional de Salud, por los montos que se señalan a continuación, pagadera a la vista y en carácter de irrevocable, indicando en su glosa, “Garantía de Seriedad de la Oferta de la Licitación Pública de Servicios de Aseo para las dependencias de la Dirección Zonal Norte, para la región Antofagasta”. Tendrá vigencia mínima de 90 días corridos desde la fecha de cierre de recepción de las ofertas, y deberá ser entregada en Oficina de Partes de la Dirección Zonal Norte, dirección Xxxx Xxxxxx Xxxxxxx N° 1725, Antofagasta. De igual forma, la garantía puede ser entregada en una de las oficinas de partes de los Centros de Gestión Regional o Sucursales de FONASA, ubicados en Colon N° 335, Arica; Obispo Xxxxx N°986, Iquique, y Atacama N° 870, Copiapó. Esta garantía será custodiada por el Departamento Administración y Finanzas de la Dirección Zonal Norte del Fondo Nacional de Salud.
El monto de la garantía es de $100.000- (cien mil pesos).
La devolución de la garantía se regirá por lo establecido en el DS/250 de 2004, Reglamento de la Ley de Compras, que en su artículo 43, que señala: “La devolución de las garantías de seriedad a aquellos oferentes cuyas ofertas hayan sido declaradas inadmisibles o desestimadas, se efectuará dentro del plazo de 10 días contados desde la notificación de la resolución que dé cuenta de la inadmisibilidad, de la preselección de los oferentes o de la adjudicación, en la forma que se señale en las bases de licitación. Sin embargo, este plazo podrá extenderse cuando en las bases se haya contemplado la facultad de adjudicar aquella oferta que le siga en puntaje a quien haya obtenido la mejor calificación, para el caso que este último se desistiera de celebrar el respectivo contrato”.
El plazo para readjudicar se guiará por las reglas generales establecidas en el artículo 43 del Reglamento de la ley de compras públicas, plazo de 15 días hábiles, contado desde su adjudicación.
Respecto del adjudicatario, la garantía será devuelta al momento de la suscripción del contrato y una vez entregada la Garantía de Fiel Cumplimiento de contrato. El plazo máximo para la firma del contrato,
desde que el Fondo Nacional de Salud notifica la adjudicación con la publicación de la resolución, será de 30 días corridos.
Si se omitiera el Documento de Garantía de Seriedad de la Oferta o su emisión no considerare las exigencias del presente numeral, la oferta del proponente será declarada inadmisible, quedando excluida su oferta.
18.1.1 Se hará uso de la Garantía de Seriedad de la Oferta cuando:
los antecedentes suministrados en su oferta no fueren verídicos o hubiesen inducido a FONASA a error en la adjudicación de la licitación.
el oferente desistiere de su oferta, no suscribiere el contrato en caso de serle adjudicado, en el plazo establecido para su firma, o no presentare oportunamente la boleta de garantía de fiel cumplimiento del Contrato.
18.2 GARANTÍA FIEL CUMPLIMIENTO DE CONTRATO
Para respaldar el íntegro, correcto y oportuno cumplimiento del contrato que se suscriba, el adjudicatario deberá entregar una Garantía de Fiel Cumplimiento del Contrato y obligaciones laborales y previsionales, emitida a la vista y de carácter irrevocable, a favor del Fondo Nacional de Salud, por un monto equivalente al 10% del monto total del contrato, impuesto incluido, cuya glosa deberá indicar “Garantía de Fiel Cumplimiento del Contrato y de las Obligaciones Laborales de la Licitación de Servicios de Aseo para la Dirección Zonal Norte de Fonasa” y cuyo vencimiento debe exceder en 60 días hábiles a la vigencia del contrato.
Este documento debe garantizar cualquier incumplimiento o infracción contractual, como también las que constituyen término de contrato y las obligaciones laborales que emanan del contrato, lo que será constatado, ponderado y evaluado por el Administrador del Contrato. También cauciona el cumplimiento de las obligaciones laborales y sociales de los trabajadores en los términos señalados en el artículo 11 de la ley 19.886. Sin perjuicio de lo anterior, también se hará efectiva esta garantía sin más trámite, en caso que el contrato termine anticipadamente, por causa imputable al adjudicatario, conforme lo previene el número 28 de estas Bases Administrativas (“MULTAS”).
Esta garantía será custodiada por el Departamento de Administración y Finanzas de la Dirección Zonal Norte del Fondo Nacional de Salud, por el período de su vigencia, y se devolverá al término de su vencimiento, si no hubiesen situaciones pendientes que ameriten hacer efectiva la misma.
En caso de prórroga del contrato, según causal establecida en el número 26 de las presentes bases, la adjudicataria deberá reemplazar el documento de garantía que cumpla con las mismas condiciones de emisión que el principal, por el período prorrogado y cuyo vencimiento debe exceder en 60 días hábiles a la vigencia de la prórroga del contrato.
18.2.1 Se hará uso de la boleta de fiel cumplimiento del contrato en caso de:
Que no se garantice el correcto cumplimiento por parte del proveedor adjudicado, de todos los compromisos que derivan del contrato.
Excesivas multas indicadas en numeral Nº 29, deficiencias e incumplimientos en los niveles de servicio o Calificaciones negativas al proveedor.
Quiebra o notoria insolvencia de la adjudicataria, verificada por el Fondo Nacional de Salud. Cambio no autorizado en los servicios entregados o de los profesionales incluidos en la oferta.
19. PÓLIZA DE RESPONSABILIDAD CIVIL
El adjudicatario se obliga a mantener vigente durante todo el período del Contrato pólizas de seguro de responsabilidad civil, cuyas características de extensión y montos sean suficientes para cubrir los alcances de los servicios. La póliza deberá contener como mínimo las siguientes coberturas:
a. Responsabilidad civil por muerte o lesiones o daños corporales y materiales de terceros.
b. Responsabilidad civil de Empresa.
c. Daño moral y lucro cesante,
d. Patronal que incluya trabajadores de contratistas y subcontratistas, trabajadores a honorarios y a toda persona que preste servicios al adjudicatario.
En general, la póliza de seguro contratada deberá cubrir a FONASA respecto de los daños que el adjudicatario pudiere cometer en el desarrollo de los servicios contratados.
Este seguro tendrá un monto mínimo asegurado según el detalle que se indica a continuación, que considera y deberá estar vigente hasta 30 días después del último día de vigencia del o los contratos derivados de la presente licitación.
REGIÓN | MONTO DE LA PÓLIZA |
Región de Antofagasta | UF 300 |
La póliza deberá estar extendida de modo que, ante el evento de término del contrato, los eventuales siniestros que se encuentren en etapa de liquidación, queden debidamente cubiertos. La prima correspondiente será de cargo del adjudicatario.
La rehabilitación de todos los seguros después de ocurrido un siniestro, será de cargo y costo exclusivo del Adjudicatario.
Los deducibles que eventualmente estén señalados en la Póliza de Seguros, serán de exclusivo cargo del Adjudicatario, en todos los casos en que concurra el seguro ante siniestros
Fonasa, por su parte, declara tener seguros sobre sus instalaciones, bienes e infraestructura. Dichas pólizas deberán activarse siempre que exista un siniestro sobre los bienes asegurados.
20. PRESENTACIÓN DE LAS OFERTAS
Los participantes deberán presentar sus ofertas en el portal xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx a más tardar en la fecha de cierre indicada en el sitio, incorporando lo siguiente:
a. ANTECEDENTES GENERALES Y/O LEGALES
Los antecedentes generales que a continuación se indican, deberán presentarse en formato digital en el portal xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx, salvo aquellos incorporados en el Registro de Proveedores:
Acompañando Anexo N°1: Fotocopia simple del Rol Único Tributario (RUT), tratándose de Personas Jurídicas. Si es Persona Natural, se acompañará fotocopia simple de su Cédula de Identidad.
Acompañando Anexo N°1: Fotocopia simple de las escrituras públicas de constitución y de sus modificaciones, con sus respectivos extractos inscritos y publicados, en caso de ser procedentes estos trámites, según la naturaleza jurídica de la sociedad. No obstante, los oferentes que se encuentren inscritos en el Registro Electrónico Oficial de Proveedores del Estado no deberán acompañar estos documentos si ellos, u otros antecedentes den cuenta indubitada de la existencia y vigencia de la sociedad y del otorgamiento de poderes vigentes, se encuentren disponibles en dicho Registro a la fecha de apertura de las ofertas.
Acompañando Anexo N°1: Identificación del representante legal, con los documentos que acrediten su personería y fotocopia simple de su Cédula de Identidad.
Acompañando Anexo N° 1: Certificado de vigencia de la Sociedad si correspondiera.
Acompañando Anexo N°8: Certificados actualizados de antecedentes laborales y previsionales de la Dirección del Trabajo, que acredite que registra o no deudas.
Una Declaración Jurada Simple de la persona natural participante o del representante de la persona jurídica que indique que no se encuentra en alguna de las situaciones contempladas en los incisos primero y sexto del artículo 4 de la Ley Nº 19.886, esto es, que quienes al momento de la presentación de la oferta, hayan sido condenados por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador, dentro de los anteriores dos años y que ninguno de sus socios tenga la calidad de funcionario directivo del Fondo Nacional de Salud, ni que se encuentre unido a alguno de los mencionados funcionarios por los vínculos de parentesco descritos en la letra
b) del artículo 54 del DFL N° 1, del 2001 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley Nº 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, ni es socio de una sociedad de personas en que aquellos o éstas formen parte, ni tenga participación en sociedades comanditas por acciones o anónimas cerradas en que aquellos o éstas sean accionistas, ni es socio en una sociedad anónima abierta en que aquellos o éstas sean dueños de acciones que representen el 10% o más del capital, ni es gerente, administrador, representante o director de cualquiera de las sociedades antedichas. Así como no haber sido condenado por delitos concursales, según el artículo 401 de la Ley N° 20.720, dentro de los dos años anteriores al momento de presentar la oferta, formular la propuesta o suscribir el contrato (Según Anexo N°4-A o Anexo N°4-B).
b. DISCREPANCIA
En el caso de discrepancias se interpretarán de acuerdo al siguiente orden de prelación:
a. Bases administrativas, técnicas y anexos de la licitación.
b. Modificaciones a las bases, que eventualmente podrá hacer el Fondo Nacional de Salud, a través de la resolución correspondiente.
c. Respuestas a las preguntas de los proveedores.
d. Aclaración a las ofertas que hayan sido solicitadas por el Fondo Nacional de Salud.
Los interesados en conocer los documentos señalados anteriormente podrán hacerlo accediendo al portal Mercado Publico.
c. OFERTA TÉCNICA Y ECONÓMICA
La presentación de la oferta técnica y económica debe realizarse en el Anexo N°9 y N°5, respectivamente, de estas bases. Ambos anexos deben ser completados en forma clara y acorde a lo requerido y ser debidamente firmados.
El oferente que se encuentre interesado en realizar una visita en terreno (de carácter opcional), podrá solicitarlo a Xxxxxx Xxxx Xxxxxxx correo xxxxx@xxxxxx.xx, . En cualquier caso, se entenderá que el proveedor adjudicado asume conocer las instalaciones a la que postula y se somete a lo indicado en las Bases.
La oferta técnica y económica se debe incorporar al portal xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx y ser presentada conforme a las condiciones especificadas en las presentes Bases.
La oferta económica incorporada al portal mercado público debe ser en valores netos.
OFERTA TÉCNICA
La oferta técnica debe contener como mínimo lo solicitado en las bases técnicas de la presente licitación y el anexo N° 9. Además de indicar las medidas de seguridad que utilizarán los trabajadores y protocolo COVID.
Toda oferta que no presente el anexo N° 5 o presente errores o incompletitud, será declarada inadmisible.
El monto disponible de la presente licitación es de $118.646.400.- IVA incluido, por un periodo de 24 meses.
El precio máximo aproximado por concepto de metro cuadrado es de $3.400, IVA incluido.
El precio de hora hombre máximo a pagar, para los efectos de labores adicionales es de $3.762, IVA incluido.
21. RECHAZO DE LAS OFERTAS
El Fondo Nacional de Salud declarará INADMISIBLES aquellas ofertas que no cumplan con los requisitos señalados en los números anteriores, pudiendo a su vez, declarar desierta la licitación cuando no se presenten ofertas, o bien, cuando éstas no resultaren convenientes a sus intereses, debiendo dejarse constancia en la respectiva acta de apertura. En ambos casos la declaración deberá realizarse mediante resolución fundada.
El Fondo Nacional de Salud podrá solicitar, a uno o más oferentes que salven errores u omisiones formales, y siempre que las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, y se informe de
dicha solicitud al resto de los oferentes a través del Sistema de Información, todo ello de conformidad al inciso primero del artículo 40 del Reglamento de la ley N° 19.886.
Asimismo el Fondo Nacional de Salud podrá requerir de uno o más oferentes la presentación de certificaciones o antecedentes que éstos hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación.
El plazo fatal para la presentación de las certificaciones, documentos o antecedentes faltantes será de
2 días corridos, plazo final contados desde el requerimiento informado a través del portal xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx, mediante la aplicación “Solicitud de Aclaraciones”, la cual también tendrá por objeto la recepción electrónica de los mismos. Todo ello, de conformidad al inciso 2º, del artículo 40 del Reglamento de la ley N° 19.886.
En estas circunstancias, la entrega de los antecedentes será calificada según los criterios de evaluación definidos en el número siguiente.
22. CRITERIOS DE EVALUACIÓN Y ADJUDICACIÓN
22.1 COMISIÓN EVALUADORA
El análisis, estudio y ponderación de las ofertas que se presenten a la licitación, corresponderá a una Comisión de Evaluación que se designa en este acto, para la licitación “Servicio de aseo para las dependencias de la Dirección Zonal Norte, FONASA, región de Antofagasta.”
Esta Comisión está integrada por los siguientes funcionarios, todos de la Dirección Zonal Norte del Fondo Nacional de Salud, o quienes les subroguen, de acuerdo al siguiente detalle:
NOMBRE | CARGO | ||
Xxxxxxx Xxxxxxxxxx Xxxxxx | Profesional Depto. Administración y Finanzas | ||
Xxxxx Xxxxxxxx Xxxxx | Jefe Dpto. Servicio al Usuario DZN | ||
Xxxx Xxxxxx Xxxxx | Profesional Asesor de Desarrollo Institucional DZN |
Esta comisión, revisará los antecedentes proporcionados y propondrá, mediante acta a la Dirección Zonal Norte, la adjudicación de la licitación al oferente que resulte con el puntaje mayor, una vez aplicados los criterios de evaluación, o bien estimando que la misma se declare desierta, por no haber ofertas de interés o convenientes para el Fondo Nacional de Salud.
22.2 CRITERIOS DE EVALUACIÓN
La evaluación de las ofertas se realizará de acuerdo a los criterios de evaluación que se indican a continuación.
N° | CRITERIO | PONDERACIÓN CRITERIO | SUBCRITERIO | PONDERACION SUBCRITERIO | ANEXO PARA OFERTAR |
1 | Precio | 40% | Precio por metro cuadrado de los servicios | 70% | Anexo N°6 |
Precio horas hombre “trabajos extraordinarios y emergencias” | 30% | ||||
2 | Experiencia | 35% | Monto total neto en pesos chilenos de convenios por servicios de aseo efectuados en la región de Antofagasta y cuya vigencia no haya caducado antes del 1 de enero de 2020 | 50% | Anexo N°7 |
N° de contratos de | 50% |
similar naturaleza que refieran a servicios efectuados durante el año 2020 y/o 2021 en la región de Antofagasta | |||||
3 | Condiciones de empleo | 20% | Pago de cotizaciones previsionales al día. | 50% | Anexo N° 8 |
Pago al menos a un 70% de sus trabajadores de un sueldo superior a un 10% xxx xxxxxx mínimo. | 50% | ||||
4 | Cumplimiento presentación Requisitos formales | 5% | No tiene subcriterio | No tiene subcriterio | No tiene un Anexo específico |
Los criterios de evaluación son los que se indican en el campo CRITERIO del recuadro anterior, donde cada cual tiene un peso relativo, denominado PONDERACIÓN CRITERIO.
A su vez, cada criterio está conformado por SUBCRITERIOS, según se indica, donde cada uno también tiene un peso relativo denominado PONDERACION SUBCRITERIO.
La información para realizar la evaluación será obtenida de los anexos que el oferente ingresa en el sistema de compras públicas de este proceso. Fijarse que en el recuadro anterior se indica para cada criterio un anexo, los cuales deben ser por región a la que postula.
A. EVALUACIÓN PRECIO (40%)
La evaluación del precio se realizará según como se detalla a continuación:
a) Precio por metro cuadrado de los servicios (70%) | Puntaje = (( (precio menor ofertado) / (precio ofertado) ) x 100) * 0,7 |
b) Precio horas hombre “trabajos extraordinarios y emergencias” (30%) | Puntaje = (( (precio menor ofertado) / (precio ofertado) ) x 100 )* 0.3 |
Puntaje Precio | Puntaje = (Puntaje Precio por metro cuadrado de los servicios + Puntaje Precio horas hombre |
“trabajos extraordinarios y emergencias”)*40%
B. EVALUACIÓN EXPERIENCIA (35%)
La evaluación de la experiencia se realizará según como se detalla a continuación, considerando además lo siguiente:
a. Monto en pesos chilenos de convenios o contratos por servicios efectuados en la región y cuya vigencia no haya caducado antes del 1 de enero de 2020. Se debe indicar el monto de convenios o contratos en la región de Antofagasta. Los cuales son validados con sus respaldos correspondientes, que corresponden a la copia del contrato y la orden de compra o factura, por cada cliente presentado. No se considerará contrato con la Institución Licitante. En caso de contratos nacionales, se solicitará que se presenten los respaldos de los servicios efectuados solo en la región de Antofagasta. Se evaluará un máximo de 10 contratos
b. N° de contratos de similar naturaleza que refieran a servicios efectuados durante el año 2020 y/o 2021: Se evaluarán los contratos indicados en el anexo N°9, que cuenten con el contrato y una orden de compra o factura que dé cuenta de la vigencia del mismo. Para los efectos de la evaluación, solo se considerarán los contratos efectuados en la región de Antofagasta.
Nivel Regional:
a) Monto en pesos chilenos de convenios por servicios de aseo en la región de Antofagasta | Puntaje = (suma de montos de los contratos del oferente validados/(mayor suma de montos de contratos validados) ) x 100% | 50% | |||
b) N° de contratos de similar naturaleza efectuados durante el año 2020 y/o 2021 en la región de Antofagasta | 50% | ||||
Tramo | Puntaje | ||||
Más de 7 contratos ejecutados | 100 puntos | ||||
Entre 4 y 7 contratos ejecutados | 70 puntos | ||||
Entre 1 y 3 contratos ejecutados | 50 puntos | ||||
No informa o no se puede demostrar | 0 puntos | ||||
Puntaje Experiencia | Puntaje Experiencia = (Puntaje Monto en pesos chilenos de convenios por servicios de aseo en la región que postula) *35% |
C. EVALUACIÓN CONDICIONES DE EMPLEO (20%)
Descripción | Puntaje |
Acredita tener pago de cotizaciones previsionales al día, mediante Certificado de la Dirección del Trabajo del mes inmediatamente anterior a la publicación de las bases administrativas. | 100 |
NO Acredita tener pago de cotizaciones previsionales al día al día. | 0 |
Descripción | Puntaje |
Acredita Pago un sueldo superior en un 10% al sueldo mínimo del año 2020, mediante planilla de pago de cotizaciones (Previred o su símil), de los dos meses anteriores a la publicación de las presentes bases. | 100 |
NO Acredita Pago a sus trabajadores un sueldo superior al 10% xxx xxxxxx mínimo. (Dos meses anteriores a la licitación). | 0 |
La evaluación del precio se realizará según como se detalla a continuación:
a) Pago de cotizaciones previsionales al día (50%) | Puntaje = (Puntaje Pago de cotizaciones previsionales al día) x 50% |
b) Pago a sus trabajadores un sueldo superior a un 10% xxx xxxxxx mínimo (dos meses anteriores a la licitación) (50%) | Puntaje = Puntaje Pago a sus trabajadores un sueldo superior al 10% xxx xxxxxx mínimo de dos meses anteriores a la licitación) x 50% |
Puntaje Condiciones de Empleo | Puntaje Condiciones de Empleo = (Puntaje Pago de cotizaciones previsionales al día + Puntaje Pago al menos a sus trabajadores un sueldo superior al 10% xxx xxxxxx mínimo)*20% |
D. CUMPLIMIENTO PRESENTACIÓN REQUISITOS FORMALES (5%)
La evaluación del cumplimiento presentación de requisitos formales se realizará según como se detalla a continuación:
Documentación a presentar | Puntaje | Ponderación |
ANEXO N°1: Identificación del Oferente y ANEXO N° 2-A o 2-B y 4-A o 4-B Declaración Jurada Simple | 40% | |
- Presenta todos los anexos con la documentación requerida y firmados | 100 | |
- Presenta uno o más formularios incompleto o sin firma, entregando en el plazo de 24 horas. | 50 | |
- Presenta uno o más formularios con la documentación incompleta o formulario incompleto o sin firma, y no envía la documentación dentro de 24 horas. | 0 | |
Oferta Técnica: Implementos, herramientas y medidas de seguridad | 30% | |
- Describe detalladamente los implementos, herramientas, insumos y materiales a utilizar según anexo N°9, así como las medidas de seguridad de que utilizarán los trabajadores | 100 | |
- No presenta información o presenta información incompleta | 0 | |
PROTOCOLO INTERNO COVID y PROGRAMA DE CAPACITACIÓN EN EPP | 30% | |
- Presenta protocolo interno COVID y programa de capacitación | 100 | |
- Presenta uno de los dos documentos, o no presenta ambos documentos | 0 | |
Puntaje Cumplimiento Presentación Requisitos Formales = ( (Puntaje ANEXO N°1: Identificación del Oferente y ANEXO N° 2-A o 2-B y 4-A o 4-B Declaración Jurada Simple *40%) + (Puntaje Oferta Técnica: Implementos, herramientas y medidas de seguridad*30%) + (Puntaje PROTOCOLO INTERNO COVID y PROGRAMA DE CAPACITACIÓN EN EPP*30) *5% |
PUNTAJE TOTAL
El puntaje final del oferente se calcula de la siguiente forma:
(Puntaje criterio Precio) + (Puntaje criterio Experiencia) + (Puntaje criterio Condiciones de empleo )
+ (Puntaje criterio cumplimiento presentación requisitos formales)
22.3 CRITERIOS DE DESEMPATE.
En caso que dos o más oferentes obtengan la misma puntuación final, se establecerá el siguiente mecanismo de desempate:
Se seleccionará la oferta que haya obtenido el mayor puntaje en el Criterio de Evaluación “Precio”, de este numeral.
De persistir el empate, se seleccionará la oferta con mayor puntaje en el Criterio de Evaluación “Experiencia”, de este numeral.
Si el empate continua, será seleccionada la oferta que obtenga el mayor puntaje del criterio de “Condiciones de Empleo”.
Si el empate continua, será seleccionada la oferta que obtenga el mayor puntaje del criterio de “Cumplimiento Presentación requisitos formales”.
Si el empate continúa, será potestad de la Directora Zonal Norte seleccionar unilateralmente a uno de los oferentes que se encuentren en la condición de empate.
23. ADJUDICACIÓN.
Del resultado de la evaluación, se adjudicará al proveedor evaluado que obtenga el mayor puntaje, según la propuesta de la Comisión de Evaluación de Ofertas.
24. FACULTAD DE READJUDICACIÓN.
En el caso que el proveedor originalmente adjudicado desista de su oferta o sea inhábil para contratar con el Estado de acuerdo a los términos de la Ley 19.886 y su Reglamento, o no se inscribiera en el registro de proveedores en el plazo máximo de 15 días hábiles de notificada su adjudicación, el Fondo Nacional de Salud, podrá adjudicar al oferente que le siga en puntaje de acuerdo a la evaluación de las propuestas.
De igual forma podrá re adjudicar al proveedor siguiente si el contrato no fuese firmado 30 días corridos desde la adjudicación.
En estos casos FONASA hará efectiva la Garantía de Seriedad de la Oferta del proponente originalmente adjudicado.
25. CONTRATO Y DOCUMENTOS QUE INTEGRAN LA RELACIÓN CONTRACTUAL
Al oferente adjudicado, previo a la firma del contrato, le será exigible estar inscrito en el Registro de proveedores. De no cumplir dicha exigencia, no se podrá suscribir el respectivo contrato. En tal caso, se hará efectiva la Garantía de Seriedad de la Oferta, exigida en el número 6.1 de estas Bases.
Se exigirá para la suscripción del contrato que el oferente adjudicado presente Declaración Jurada simple que acredite que no tiene inhabilidades para celebrar contratos con Organismos del Estado, y las personas jurídicas presenten declaración jurada simple en virtud del artículo 8° y 10° de la Ley N°20.393. Para los cual tendrá como plazo máximo 15 días corridos.
El contrato a firmar será de acuerdo al contrato tipo aprobado en la misma resolución que aprueba estas Bases y contendrá lo siguiente:
a. Breve descripción de los servicios que se prestarán y se encomiendan.
b. Precio de los servicios, con indicación de su forma de pago, según el número 18 de las Bases Administrativas.
c. Vigencia del contrato, según número 26.
d. Prórroga del contrato, según número 27.
e. Causales de terminación anticipada del contrato, según lo establece el número 28 de estas Bases Administrativas.
f. Xxxxxx, en la forma que señala el numeral 29 de estas Bases Administrativas.
g. Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato, establecida en el número 18.2.
h. Designación del Administrador del Contrato, por parte de la Dirección Zonal Norte del Fondo Nacional de Salud, quien supervisará el servicio prestado en cada una de las regiones y su correcto cumplimiento, según lo establecido en el número 30 de estas Bases Administrativas.
i. j) Confidencialidad de acuerdo al número 9 de estas Bases Administrativas.
j. Prórroga de competencia, a los Tribunales Ordinarios de Justicia de la ciudad de Santiago.
k. Documentos que integran y complementan la relación contractual, prevaleciendo las Bases por sobre los otros documentos y, que son los siguientes:
Bases Administrativas y Técnicas, y sus correspondientes anexos.
Consultas, aclaraciones y complementos, y las correspondientes respuestas y aclaraciones, si las hubiere;
Oferta Técnica y Económica Adjudicada, en lo que no contravenga a las disposiciones de las Bases Administrativas y Técnicas.
Resolución de Adjudicación del oferente adjudicado.
26. VIGENCIA DEL CONTRATO
El contrato tendrá una vigencia de 24 meses contados desde el 1 de noviembre 2021, y con la total tramitación del acto administrativo que lo aprueba.
No obstante, por razones de buen servicio, las prestaciones podrán otorgarse desde la fecha de suscripción del contrato. La comunicación de esta decisión será por escrito, debiendo quedar consignada la fecha de inicio de los servicios, quedando todo pago condicionado a la total tramitación de la resolución aprobatoria.
Por lo tanto, si por razones de buen servicio, las prestaciones comenzaran a otorgarse antes de la total tramitación del acto administrativo que lo aprueba, el inicio de la vigencia de 2 años se entenderá a partir de la fecha que estipule la comunicación antes señalada, como inicio de la prestación de servicios.
En todo caso, los pagos sólo pueden realizarse una vez que esté totalmente tramitada la resolución que aprueba el contrato.
No se podrán estipular anticipos de ninguna especie.
Para la firma de contrato se debe adjuntar el Certificado F-30 de la Inspección del Trabajo
27. PRÓRROGA DEL CONTRATO
FONASA podrá prorrogar el contrato, más allá del plazo original, hasta por un período máximo de un año y una vez que esté totalmente tramitada la resolución que así lo aprueba, y el documento de Garantía de Fiel Cumplimiento del Contrato este a su vez también prorrogado, cuando sea estrictamente necesario, existan motivos fundados y sólo correspondiente al tiempo en que se procede a un nuevo proceso de licitación (Art. 12 del DS 250).
28. REAJUSTE DE PRECIO
El contrato se reajustará cada doce meses de contrato cumplido en relación a la variación anual de índice de precios al consumidor. Para tales efectos, el reajuste correspondiente al primer periodo de doce meses se calculará de acuerdo con la variación que haya experimentado dicho índice entre el mes anterior al inicio del contrato y el mes anterior a aquel en que debe comenzar a regir el reajuste. Para los periodos de doce meses siguientes, el nuevo reajuste se calculará de acuerdo con la variación que
haya experimentado dicho índice entre el mes anterior a aquel en que empezó a regir el reajuste vigente y el mes anterior a aquel en que debe comenzar a regir el nuevo reajuste.
29. TÉRMINO ANTICIPADO DEL CONTRATO
No obstante la vigencia contractual señalada en el número 26 de estas Bases, las partes de común acuerdo podrán terminarlo en cualquier tiempo, previo aviso con 30 días de anticipación.
Asimismo, el Fondo Nacional de Salud, podrá terminar anticipadamente el contrato en los siguientes casos:
a. Quiebra o notoria insolvencia de la adjudicataria, verificada por el Fondo Nacional de Salud.
b. Disolución de la Sociedad del Adjudicatario.
c. Resciliación o mutuo acuerdo entre Xxxxxx y el contratado.
d. Disminución notoria, evaluada y certificada por el Fondo Nacional de Salud, de las capacidades técnicas del adjudicatario.
e. Cambio no autorizado en los servicios entregados o de los profesionales incluidos en la oferta.
f. Incumplimiento de lo establecido en los números 34 y 35 referido a Subcontratación y Cesión del Contrato, respectivamente.
g. Por caso fortuito o fuerza mayor, por razones xx xxx o actos de autoridad que hagan imperioso terminarlo.
h. En caso que la empresa que obtiene la licitación o celebre convenio registre saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los último dos años, los primeros estados de pago producto del contrato licitado deberán ser destinados al pago de dichas obligaciones, debiendo la empresa acreditar que la totalidad de las obligaciones se encuentran liquidas al cumplirse la mitad del período de ejecución del contrato , con un máximo de seis meses. El respectivo servicio deberá exigir que la empresa contratada proceda a dichos pagos y le presente los comprobantes y planillas que demuestren el total cumplimiento de la obligación. El incumplimiento de estas obligaciones por parte de la empresa contratada dará derecho a dar por terminado el respectivo contrato, pudiendo llamarse a una nueva licitación en la que la empresa referida no podrá participar, todo ello de conformidad, con lo establecido en el artículo 4 inciso 2° de la Ley N° 19.886.
i. No acompañar a los Estados de Pago, la documentación que acredite el cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales de los trabajadores.
j. Infringir la confidencialidad, la información, resultados y documentos generados como producto de la ejecución del Contrato es confidencial y se regula en el número 9 de las bases administrativas.
k. Incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por la empresa. Se entenderá por incumplimiento grave la no ejecución o la ejecución parcial por parte de la empresa de una o más de sus obligaciones, que importe una vulneración a los elementos esenciales del contrato, siempre y cuando no exista alguna causal que le exima de responsabilidad y que dicho incumplimiento le genere a Fonasa un perjuicio significativo en el cumplimiento de sus funciones. Por ejemplo, si acumularán cuatro multas en un período de un mes respecto de las indicadas en el N° 29 de las presentes bases o bien, la acumulación de dos multas categorizadas como falta grave durante un semestre.
l. Entregar la Boleta de Garantía o Certificado de Fianza o Póliza de Seguro de Garantía de Fiel Cumplimiento de reposición, en un plazo posterior a los 5 días hábiles contado de la fecha en que se comunica por escrito que el documento de garantía vigente, se hará efectivo, como consecuencia de multas aplicadas, de acuerdo a lo establecido en el número 29 de las Bases Administrativas.
m. Que afecten la seguridad nacional o el interés público.
Verificada cualquiera de estas situaciones, el contrato terminará de inmediato, y el Fondo Nacional de Salud hará efectiva sin más trámite, la Boleta de Garantía o Certificado de Fianza o Póliza de Seguro de Fiel Cumplimiento, salvo que la causal invocada sea la señalada por Resciliación o mutuo acuerdo entre Xxxxxx y el contratado, letra c), letra g) y letra m).
30. MULTAS
El Fondo Nacional de Salud, a través del Administrador del Contrato, está facultado para aplicar multas, exclusivamente por las infracciones que se señalan a continuación:
Infracción | Detalle | Cantidad de veces | Tipo de Infracción | Multa |
Calidad del Servicio | Atrasos en la entrega del servicio | No presentación del personal de aseo en el horario de inicio de su jornada. El atraso se considera pasado 1 hora desde el inicio de jornada, si no se genera reemplazo del personal. Por cada 30 minutos se cobrará 1 UF adicional. | Leve | 1 UF pasado un hora desde el inicio de la jornada. 1 UF por cada 30 minutos adicionales |
No prestación del Servicio | 2 o más días en el mes | Grave | 8 UF | |
Nivel deficiente del servicio (Evaluación mensual del administrador del contrato por medio de inspecciones en terreno) | Por cada evaluación deficiente | Moderado | 4 UF | |
Por acumulación de 4 multas moderadas en el año calendario | Grave | 10 UF | ||
Nivel deficiente del servicio (Medido en reclamos por escrito de jefaturas de Fonasa) | 3 o más reclamos por escrito en 30 días corridos | Grave | 10 UF | |
2 reclamos por escrito en 30 días corridos | Moderado | 7 UF | ||
Seguridad | Falta de equipamiento de seguridad, verificada en un operario o supervisor. | 3 o más oportunidades en el mes | Grave | 10 UF |
2 oportunidades en el mes | Moderado | 7 UF | ||
Por evento | Leve | 1UF | ||
Uso de productos que atenten contra la salud de las personas | 2 o más oportunidades en el mes | Grave | 10 UF | |
1 evento en el mes | Moderado | 7 UF | ||
Acciones inseguras o temerarias que pongan en riesgo la salud o seguridad de las personas | 3 o más oportunidades en el mes | Grave | 10 UF | |
2 oportunidades en el mes | Moderado | 7 UF | ||
Por evento | Leve | 1UF | ||
Comportamiento | Agresiones físicas, Xxxxxx, altercados, insultos o improperios por parte del personal del proveedor, entre ellos o con cualquier otra persona. | Por evento | Grave | 10 UF |
Falta de uniforme, verificada en un operario. | 5 veces en el mes | Moderado | 3 UF | |
Por evento | Leve | 0,5 UF |
La multa comienza a contabilizar su tiempo desde el hecho que la genera. A excepción de la multa de atraso que inicia pasada 1 hora desde que se inicia la jornada. La notificación se realizará al momento de detectar el evento. Sin embargo, el descuento se realizará una vez realizada la facturación del periodo.
El valor a utilizar para este cálculo de la UF será la del día en que se dicte la resolución que se señala en la letra d), de esta contratación.
El FONASA podrá descontar las multas directamente del pago de la facturación o hacer efectivo el documento de Garantía de fiel cumplimiento de contrato, por el monto respectivo. Procederá esta última situación cuando las facturaciones sean inferior a las multas aplicadas y a firme. En este último caso, la adjudicataria deberá reponer en su totalidad la garantía, de no hacerlo, se aplicará lo establecido en la letra
l) de la cláusula de la presente contratación del número 29 de las Bases Administrativas.
30.1 PROCEDIMIENTO PARA APLICACIÓN DE MULTAS
El procedimiento para la aplicación de las multas será el siguiente:
a. a) Detectada una situación que amerite la aplicación de multas, el Fondo Nacional de Salud comunicará a la adjudicataria, a través de carta certificada o correo electrónico, indicando los hechos que originan las multas, la infracción que dichos hechos configuran y su monto.
b. b) A contar del día de la notificación de la comunicación precedente, la adjudicataria tendrá el plazo de 5 días hábiles para hacer sus descargos, si vencido este plazo no realizará descargos el administrador del contrato deberá resolver de plano. Si la adjudicataria hiciera descargos dentro del plazo antes señalado y solicita reconsideración al administrador del contrato, deberá efectuar tales descargos, acompañando todos los antecedentes que acrediten fehacientemente que no ha tenido responsabilidad en los hechos que originan las multas. Vencido el plazo, o bien si no se acompañaren los antecedentes recabados que fundamenten los descargos, se resolverá la aplicación de la multa y se dará paso a lo indicado en la letra d) de este numeral.
c. c) Si se hubieren presentado descargos en tiempo y forma, el Administrador del Contrato tendrá el plazo xx xxxx días hábiles, a contar de la presentación de los mismos, para rechazarlos o acogerlos, total o parcialmente, lo que comunicará por escrito. A contar de la fecha de la comunicación por escrito, la Adjudicataria tendrá el plazo de ocho días hábiles para reclamar fundadamente ante la Directora de la Dirección Zonal Norte del Fondo Nacional de Salud, quien resolverá pudiendo interponer el proveedor Recurso de Reposición, dentro xx xxxx días hábiles, lo que dará paso a lo indicado en la letra d) de este numeral.
d. d) La pertinente resolución de aplicación de la multa se dictará por parte de la Directora Zonal de la Dirección Zonal Norte del Fondo, o por quién le reemplace o subrogue, procediéndose a su pago de acuerdo a lo establecido en el párrafo final del numeral 29 de las presentes bases
Contra esta resolución procederán los recursos contemplados en la Ley 19.880.
31. ADMINISTRACIÓN Y COORDINACIÓN DEL CONTRATO
El Fondo Nacional de Salud supervisará el buen cumplimiento del contrato, para lo cual designará un Administrador de Contrato de la Región de Antofagasta a la Jefatura del Departamento. Adm. Y finanzas o quien lo subrogue, de la Dirección Zonal Norte del Fondo Nacional de Salud.
Las funciones del administrador del contrato incluirán, entre otras:
Monitorear y gestionar el cumplimiento de los plazos establecidos en el contrato. Resolver el recurso de su competencia en el caso de aplicación de multas.
Evaluar periódicamente resultados provenientes de la prestación del servicio.
Gestionar ordinarios u oficios dirigidos al adjudicatario que digan relación con la situación contractual del servicio.
Exigir y fiscalizar el estricto cumplimiento del contrato, en todos sus aspectos. Visar la factura, en señal de conformidad de los servicios prestados y facturados.
El Administrador del Contrato podrá designar a un coordinador del contrato, quien tendrá, entre otras, las siguientes funciones:
Informar por escrito al Administrador del Contrato de adecuaciones menores al proyecto, atender y resolver situaciones coyunturales o emergentes no consideradas.
Verificar el Informe de Desempeño del Adjudicatario para reportar de su situación al Administrador del Contrato.
Entregar los detalles técnicos de los servicios solicitados u/o esperados. Registrar y reportar fallas que sean detectadas, manteniendo un registro de ellas.
Por su parte, el adjudicatario deberá nombrar a un Coordinador Técnico con dedicación permanente que lo representará ante FONASA para todos los efectos del servicio o entrega del producto.
Durante la ejecución del servicio, este Coordinador será el interlocutor válido entre el Adjudicatario y Fonasa. Serán funciones de este Coordinador, entre otras:
Supervisar al equipo de trabajo.
Será responsable de la coordinación y ejecución de todos los servicios comprometidos. Definir un mecanismo de escalamiento para resolución de problemas.
Mantener contacto por escrito con el administrador de contrato por parte de Fonasa.
Con el objeto de mantener actualizada la nominación del Coordinador por parte del Adjudicatario, todo cambio relativo a la designación, deberá ser informado al Administrador del Contrato, por el Representante Legal, dentro de las 24 horas siguientes de efectuado el cambio.
32. FACTURACIÓN Y FORMA DE PAGO
32.1 FACTURACIÓN
La facturación de los servicios contratados se realizará por mes vencido. El proveedor deberá entregar junto al Estado de Pago, un informe de desempeño de los servicios contratados, consistente en un check list de los servicios prestados de la cual tiene el contrato.
El plazo que tendrá el FONASA para efectuar reparos u observaciones técnicas o administrativas será de seis días hábiles, contados desde la recepción del estado de pago a través del GDT. De existir reparos u observaciones por parte del Fondo Nacional de Salud, éstas serán comunicadas al adjudicatario, para que éste, dentro de un plazo xx xxxx días hábiles contados desde la fecha de despacho de tal comunicación, subsane o aclare los reparos formulados. Una vez que el adjudicatario haya corregido las observaciones formuladas por el Administrador del Contrato, éste otorgará su conformidad dentro del plazo de los cinco días hábiles siguientes a su presentación.
Una vez aceptado el estado de pago, se debe enviar la factura con la documentación adjunta, donde el pago estará condicionado a la presentación de toda la documentación respectiva. La factura deberá ser enviada a través del gestor Documental Tributario con copia al administrador del contrato respectivo, esto debe venir junto al Formulario F30-1 (Solicitud para certificar cumplimiento de obligaciones laborales y previsionales, declaración jurada), F-30 (Ccertificado cumplimiento de obligaciones laborales y previsionales que da cuenta de la conducta del proveedor) y planillas.
32.2 PAGO DE LOS SERVICIOS
El proveedor procederá a entregar la factura a través del GDT y al correo electrónico del coordinador y administrador del Fondo Nacional de Salud con toda la documentación requerida, una vez aprobado el Estado de Pago e informe de desempeño. La aprobación de los pagos será otorgada por el Administrador del Contrato.
El pago de la factura se realizará mediante transferencia electrónica y dentro de los 30 días corridos de presentada la factura en Oficina de Partes, previo Informe y V°B° del Administrador del Contrato, para lo cual deberá indicar la cuenta y el banco para efectuar su transferencia según la región adjudicada. De ser rechazada por contener errores o por mantener el adjudicatario obligaciones pendientes que deban ser descontados de esta se retendrá su pago hasta que enmendados dichos errores y/o obligaciones pendientes.
Se hace expresamente presente a los proponentes que el pago de los servicios sólo podrá efectuarse una vez que la propuesta pública se encuentre adjudicada y el contrato aprobado administrativamente.
32.3 PLAZO DE DEVOLUCIÓN DE FACTURAS
Para los efectos de lo dispuesto en la ley 19.983, que regula la transferencia y otorga mérito ejecutivo a copia de la factura, se deja establecido que el Fonasa dispondrá de 8 días corridos para reclamar del contenido de la factura. (La sola presentación de la oferta supondrá aceptación de este plazo).
33. OBLIGACIONES LABORALES Y PREVISIONALES DEL ADJUDICATARIO
El adjudicatario deberá cumplir estrictamente con las normas laborales y previsionales que regulen su actividad y calidad de empleador. En caso de que la adjudicataria registre saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de Seguridad Social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, los primeros estados de pago producto del contrato licitado deberán ser destinados al pago de dichas obligaciones, debiendo la adjudicataria acreditar que la totalidad de las obligaciones se encuentran pagadas al cumplirse la mitad del período de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses. De lo contrario, será causal de término anticipado, según letra
h) del número 28 de las Bases Administrativas.
El adjudicatario deberá acreditar mensualmente junto a la respectiva factura, los pagos de remuneraciones, imposiciones tributarias, previsionales, y aportes de seguridad social en general, de su personal mediante los documentos que el Fondo Nacional de Salud solicite, los que serán: planillas de cotizaciones y pago de remuneraciones de los trabajadores o planillas previred, certificados emitidos por la Inspección del Trabajo y/o Dirección del Trabajo, dependiendo de la materia a certificar.
La documentación señalada en el párrafo precedente deberá ser acompañada al documento tributario que se presente para pago. La facturación respectiva mensual no se dará curso a pago alguno mientras no se disponga de la integridad de los documentos a que se refiere el párrafo anterior.
En el caso que el adjudicatario no acredite el cumplimiento fiel, oportuno e íntegro de los pagos antes señalados, el Fondo Nacional de Salud podrá retener los dineros adeudados a sus trabajadores y pagárselo a éstos o a la institución previsional acreedora, conforme a lo establecido en el Código del Trabajo, sin perjuicio de hacer efectivo el término anticipado del contrato según establece la letra i) del número 14 de las Bases Administrativas, sin perjuicio de lo establecido en art 183 letra c) del Código del Trabajo.
34. CONDICIONES GENERALES
Se deja expresa constancia que no habrá vínculo laboral, ni relación de dependencia o subordinación de ninguna especie entre el personal que la Adjudicataria emplee en la ejecución de los servicios y el Fondo Nacional de Salud. (La sola presentación de la oferta supondrá aceptación de este plazo).
El adjudicatario suministrará todos los materiales, accesorios, herramientas, equipos, insumos necesarios para la correcta prestación de los servicios.
35. SUBCONTRATACION
La Adjudicataria podrá subcontratar uno o más de los servicios necesarios para el cumplimiento de los objetivos de la licitación, no superando el 40% del servicio entregado.
Debe someterse a análisis y autorización del Fondo Nacional de Salud toda subcontratación propuesta por la Adjudicataria, tanto al presentar su Propuesta como posteriormente, durante la vigencia del contrato.
El Subcontratista deberá estar inscrito en el registro de proveedores de la Dirección de Compras y Contrataciones Públicas, para que el Fondo Nacional de Salud pueda autorizar su subcontratación.
La autorización que otorgue el Fondo Nacional de Salud a la Adjudicataria para subcontratar, se efectuará mediante carta remitida a la Adjudicataria suscrita por la Directora de la Dirección Zonal Norte del Fondo Nacional de Salud, o por quién este delegue. En todo caso, será la ADJUDICATARIA quien tendrá la responsabilidad ante el Fondo Nacional de Salud, por la calidad, contenido y oportunidad de los productos exigidos.
La contratación de terceros por parte de la Adjudicataria en calidad de subcontratistas que trabajen con él en las materias de esta licitación, así mismo sólo puede referirse a una parcialidad del contrato y no
libera la Adjudicataria de la responsabilidad ante el Fondo Nacional de Salud en relación a los plazos, contenido y calidad de los servicios, productos u otras materias subcontratadas. El Fondo Nacional de Salud, así como puede rechazar la solicitud de la Adjudicataria, en cuanto a contratar a algún subcontratista, también puede exigir fundadamente su reemplazo, en caso de servicio deficientemente otorgado.
En caso que la Adjudicataria utilice los servicios de terceros, arriendo de computadores u otros equipos, o de especialistas de cualquier índole, será la única y total responsable por dichos servicios, del cumplimiento de los plazos y de la correcta y oportuna coordinación de los mismos con los trabajos que efectúa directamente y del pago de las sumas de dinero que puedan adeudarse o anticiparse a los subcontratistas por tales servicios, como igualmente de los impuestos de cualquier naturaleza que los pudieran gravar, y responsabilidades laborales, así como de los daños que ellos ocasionasen a las instalaciones o intereses del Fondo Nacional de Salud. Todo lo anterior sin perjuicio de la aplicación de la ley de subcontratación.
36. PROHIBICIÓN DE CESIÓN DE DERECHOS
El adjudicatario no podrá ceder el contrato, ni total ni parcialmente a ninguna persona natural o jurídica.
37. AUMENTO O DISMINUCIÓN DE SERVICIOS
Está regulado en las bases técnicas.
38. CONTACTOS DURANTE LA LICITACION Y ACLARACIONES
Durante el proceso licitatorio, esto es, desde la aprobación de las bases hasta la comunicación del resultado de la licitación, Fonasa no podrá tener contactos con los oferentes, salvo mediante los mecanismos establecidos en las presentes bases de licitación.
En el evento que se contravenga este numeral, sea por los oferentes del proceso o funcionarios del Fondo, se evaluara la continuidad del oferente en el proceso licitatorio e inicio del proceso investigativo, respectivamente.
BASES TÉCNICAS
1. INTRODUCCIÓN
La Dirección Zonal Norte del Fondo Nacional de Salud tiene un contrato que le proporciona el servicio de aseo la región de Antofagasta y cuya administración contractual se efectúa desde la Dirección Zonal Norte del Fondo Nacional de Salud.
Con el propósito de dar continuidad y seguir manteniendo un servicio de aseo de sus áreas, la Dirección Zonal Norte ha determinado que requiere un servicio de aseo en todas sus dependencias e instalaciones distribuidas en la Región de Antofagasta, el cual debe ser prestado en condiciones que aseguren la limpieza y pulcritud de sus instalaciones, otorgado de manera continua y por personal que sea debidamente supervisado y controlado.
2. OBJETIVOS DEL SERVICIO
2.1 OBJETIVO GENERAL
Satisfacer la necesidad de aseo en las diversas dependencias e instalaciones del Fonasa, distribuidas en la región de Antofagasta de la Dirección Zonal Norte del Fondo Nacional de Salud.
2.2 OBJETIVOS ESPECÍFICOS
Disponer de instalaciones e inmuebles en condiciones de limpieza y orden que favorezcan con mejores condiciones de atención a los beneficiarios y usuarios del Fonasa, y a sus trabajadores.
Estandarizar la prestación del servicio de aseo en todas las dependencias de la región de Antofagasta de la Dirección Zonal Norte, las que deben ser entregadas de manera diaria y/o calendarizada, según el tipo de actividad, asegurando una provisión permanente de recursos e insumos.
Contribuir a la mejora de las condiciones de empleo y remuneración de las personas que trabajan en las empresas que se relacionan y se contratan por el Estado de Chile.
Gestionar y controlar el otorgamiento de las prestaciones mediante el cumplimiento de niveles de servicio o indicadores de gestión.
3. DESCRIPCIÓN ESPECÍFICA DE LOS SERVICIOS
El adjudicatario será responsable de brindar el servicio requerido, en condiciones de máxima diligencia y cuidado, a fin de que, durante el cumplimiento del contrato, no se ocasionen perjuicios para FONASA, sus instalaciones y personal, como así mismo, obligándose a indemnizar los mismos, en caso de causar daño. También será obligación del adjudicatario, proveer la dotación necesaria para estos servicios, contemplando auxiliares y supervisores, deberá entregar además una carpeta con los antecedentes de cada auxiliar de aseo, la que deberá contener al menos copia de contrato de trabajo, capacitaciones entregadas, etc., proveerá los químicos, herramientas, maquinarias, insumos, uniformes, como así mismo dispondrá el traslado de la basura diariamente a los lugares autorizados por la Municipalidades y otros relacionados con el servicio de aseo, siendo de su exclusiva responsabilidad la administración del personal asignado, y la organización de estas actividades, cumpliendo con la legislación vigente.
El servicio deberá considera el Protocolo de limpieza y desinfección establecido en el Oficio Ordinario B1 N° 2770 del 15 de julio del 2020 del Ministerio de Salud.
3.1 DESCRIPCIÓN GENERAL DE LAS DEPENDENCIAS
Sucursal Antofagasta y Dirección Zonal
Esta sucursal cuenta con edificio de tres pisos, más un subterráneo de 1000 m2. Posee ventanas en altura, y -frontis vidriado de 9,5 metros.
-Ventanas en la parte posterior de todos los pisos.
-Terraza abierta en el cuarto piso.
-Primer piso 8 módulos de atención y sala de espera.
-Segundo piso oficinas administrativas
-Tercer piso oficinas administrativas, 1 sala de reuniones y 1 comedor.
-8 baños.
-Subterráneo con bodegas.
- Piso porcelanato
Sucursal Calama
Sucursal cuenta con dos pisos de 162 m2, con oficinas administrativas. El primer piso cuenta con módulos de atención y sala de atención de público.
El segundo piso cuenta con dos oficinas, dos baños, una bodega y comedor. No posee patio, ni terraza. El piso es porcelanato.
Sucursal Plaza Norte
Sucursal cuenta con un piso 220 m2: Dos baños, una cocina y comedor. Se ubica la oficina de la Jefa, de tabique vidriado y una bodega. El xxxx principal posee 4 módulos de atención y sala de espera para funcionarios.
Cuenta con una terraza.
Sucursal Tocopilla
Sucursal cuenta con piso de 72 m2, con una oficina administrativa y con sala de atención de público, dos baños, comedor y bodega.
No posee patio, ni terraza. El piso es porcelanato, en oficina administrativa y oficina de ejecutivo de piso flotante.
3.2 SERVICIOS
Los servicios que se mencionan a continuación, deben ser provistos en todas las instalaciones detalladas en el Anexo N°5 de estas bases técnicas por cada una de las regiones.
Los servicios que se busca proveer con la presente licitación, corresponden a diversas labores esbozadas en el siguiente cuadro:
Servicio de Aseo | Diario | Semanal | Mensual | Trimestral |
Labores de aseo y limpieza de todas las dependencias | x | |||
Limpiar y vaciar papeleros (3 veces al día) | x | |||
Desinfección xx xxxxx mínimo 4 veces al día | x | |||
Limpiar pisos, muros, puertas, manillas, mantención y limpieza xx xxxxx (las veces que sea necesario) con productos adecuados, barrer, trapear y sacar brillo a los pisos flotantes, cerámicos o baldosas (paso de maquina abrillantadora de pisos) | x | |||
Limpiar equipamiento tales como: teléfonos, citofono, computadores, televisores, impresoras, fotocopiadoras, equipos de aire acondicionado, separadores de fila y ventiladores. | x | |||
Limpiar y desmanchar vidrios de mamparas, vidrios en general, separaciones de oficinas y cubiertas de muebles | x | |||
Limpiar y mantener pisos de goma (escala u otros) | x | |||
Xxxxxx xx xxxx en eventos institucionales (en caso de requerir por parte del administrador de contrato) | x | |||
Retiro de basura a los depósitos autorizados para su acumulación por parte de los municipios. | X | |||
Sacudir y limpiar revestimientos de modulares moviendo archivadores y | x |
otros que pudiesen haber sobre ellos tales como en los casos de bibliotecas, escritorios, persianas y cortinas. | ||||
x | ||||
Blanquear y desinfectar con productos de aseo los pisos, muros y artefactos sanitarios | ||||
Lustrar con elementos adecuados los muebles y revestimiento xx xxxxxx y goma | x | |||
Barrido de patios y jardines si corresponde y barrido de bodegas. | x | |||
Aplicar anti-sarro a artefactos sanitarios (WC, duchas, entre otros) | x | |||
Limpiar cortinas metálicas, rejas y letreros. | x | |||
Lavado de azulejos y cerámicos de los baños | x | |||
Limpieza señalética, decorativos y extintores | x | |||
Sanitización de todos los sectores especialmente manillas, pasamanos, xxxxxx xx xxxxxx. | x | |||
Aseo general | x | |||
Retirar el polvo de todos los estantes de archivos, pasar lustra mueble o similar | x | |||
Desmanchar puertas, lavar muros, terrazas exteriores | x | |||
Sanitización de todos los sectores especialmente manillas, pasamanos, xxxxxx xx xxxxxx. | x | |||
Limpiar profundamente los vidrios de todos los pisos y dependencias (Interior y exterior considerando la altura xx xxxxxxx exteriores) | x | |||
Lavar, encerar y abrillantar pisos de cerámica y baldosas | x | |||
Lavar con elementos adecuados todos los pisos. | x | |||
Desmanchado de pisos | x |
Los Servicios deberán ser prestados en la combinación de horarios necesarios, de modo que las zonas de atención de público, no sean afectadas en su normal funcionamiento, asegurando de esta manera que el inmueble se encuentre con el aseo diario realizado, antes del comienzo de las actividades del uso del mismo, a su vez este deberá ser repasado durante el día cuando la intensidad de la atención disminuya, el cual será definido por las necesidades de cada instalación.
La empresa se deberá hacer cargo del retiro de la basura desde las dependencias y dejarlos en los lugares habilitados para ello, para el retiro del municipio respectivo.
En el Edificio de Antofagasta ubicado en Xxxx Xxxxxx Xxxxxxx Xx 0000, no se incluye limpieza xx xxxxxxx en altura. La limpieza solo contempla hasta los 2,50 mts. con el uso de instrumentos adecuados.
Para el servicio de aseo de sucursales se clasifican en dos tipos según el detalle de la siguiente tabla:
Horas hombre mínimas | ||||||
Categoría | Superficie | Dirección | Mañana | Tarde | Horas diarias Totales | Trabajadores por Edificio |
1 | Desde 0 a 525 M2 | 4.5 Horas | 4.5 Horas | 9 | 1 | |
Sucursal Tocopilla | 72 METROS CUADRADOS | 21 xx Xxxx Nº 1477, Tocopilla | 4.5 Horas | 4.5 Horas | 9 | 1 |
Sucursal Calama | 162 METROS CUADRADOS | Cobija N° 2033, Calama | 4.5 Horas | 4.5 Horas | 9 | 1 |
Sucursal Plaza Norte | 220 METROS CUADRADOS | Av. Xxxxxxx Xxxxxx S/Nª, Antofagasta | 4.5 Horas | 4.5 Horas | 9 | 1 |
2 | desde 526 M2 a 1150 M2 | 4.5 Horas | 4.5 Horas | 9 | 3 | |
Sucursal Antofagasta y Dirección Zonal Norte | 1.000 METROS CUADRADOS | Xxxx Xxxxxx Xxxxxxx Nª 1725, Antofagasta | 4.5 Horas | 4.5 Horas | 9 | 3 |
El horario disponible para estas labores es de 08:30 a 13:00 hrs. por la mañana y de 13:00 a 17:30 hrs. por la tarde, salvo los días viernes, ya que, la jornada se extiende solo hasta las 16:30 Hrs.
El horario podrá ser modificado, en común acuerdo con el adjudicatario si fuese necesario, en algunas de las dependencias para que la ejecución de los servicios sea satisfactoria y no entorpezca la normal atención de público. En particular, esta condición se podrá dar durante el periodo de crisis sanitaria nacional pero también a través de todo el periodo que dure el contrato.
Para los servicios de aseo semanal, mensual, trimestral o según evento, deberá disponerse de personal de aseo adicional en todas las dependencias para responder a los servicios diarios cuando se deban ejecutar, informando previamente la nómina de trabajadores que realizará la actividad.
La limpieza xx xxxxxxx y letreros exteriores se ejecutara en los términos y condiciones señalados por el contratista en su oferta, así como también cualquier labor que se ejecute sobre los 2.5 metros de altura.
3.3 BAÑOS:
La frecuencia de la limpieza xx xxxxx colectivos debe ser cuatro (4) veces al día, distribuidos de dos (2) veces en la mañana y dos (2) veces en la tarde y de dos (2) veces al día para baños individuales, sin perjuicio de limpieza por mal uso.
Estos servicios son los siguientes:
- Limpieza y desinfección de servicios higiénicos, tales como: dispensadores de papel higiénico, toalla, jabón, WC, cerámico xx xxxxx, separadores, entre otros. Frecuencia Diaria.
- Limpieza y desinfección de vanitorios y lavamanos. Frecuencia Diaria.
- Lavado y desinfección de pisos. Frecuencia Diaria.
- Limpieza de espejos. Frecuencia Diaria.
-Vaciado de papeleros. Frecuencia Diaria.
Todo elemento de desinfección que se utilice debe ser indicado en el anexo N° 9
3.4 BASURA:
La correcta eliminación en lugar autorizado de los desechos producto de las labores en las dependencias en el que el contratista preste sus servicios, deben ser retirados y trasladados a recinto autorizado. Esto será cargo y responsabilidad del adjudicatario.
3.5 PAPELEROS:
Tanto los papeleros xx xxxxx como los papeleros de cada oficina deberán estar provistos de bolsas plásticas o de papel. Una vez que se limpien estos se eliminen con la basura de modo de mantener la higiene de los contenedores.
3.6 ASEO TERMINAL:
Este contempla la limpieza integral de las dependencias, debiéndose asegurar la ejecución de las labores que involucren todos los “Servicios de Aseo” descritos en la tabla del punto 3.2.
El horario para los aseos generales será determinado en común acuerdo entre la empresa y Fonasa. Se considerará de lunes a viernes o el día sábado.
3.7 ATENCIÓN DE EMERGENCIAS SIN COSTO:
Para casos de emergencias, el Coordinador del Contrato podrá requerir labores de aseo específicas, con el mismo personal y equipamiento que se encuentre en servicio al momento de ocurrir la emergencia, con la finalidad de atender a situaciones concretas e impostergables, dejando constancia por escrito de la situación puntual que justifica.
3.8 INSUMOS Y MATERIALES PARA EL CORRECTO FUNCIONAMIENTO DEL SERVICIO:
El adjudicatario deberá considerar dentro de su propuesta, los materiales e insumos necesarios para el correcto funcionamiento de los servicios en las instalaciones del FONASA, detalladas en el Anexo N°9, la propuesta deberá presentar listado de materiales e insumos, el que será validado o modificado o rechazado por Fonasa. En ningún caso se podrán aplicar productos no autorizados por el administrador del contrato, siendo responsabilidad del contratista el no cumplimiento de labores de aseo producto de este punto. El Adjudicatario deberá proporcionar el programa anual de entrega de materiales e insumos. La recepción de estos materiales e insumos será por cuenta y responsabilidad del adjudicatario.
Deberá contemplar el uso de producto como alcohol al 70% desnaturalizado, con certificación ISP y equipos computacionales, manillas de puertas, barandas de escaleras y todo lugar que tenga mayor afluencia de público.
Se supervisará el lavado de pisos y baños, con productos desinfectantes.
Fonasa deberá proveer de espacios para el almacenaje de materiales e insumos asociados a este servicio (Papel Higiénico, Toalla de papel y detergente quick para lavado loza comedor). Estos productos deben estar debidamente rotulados e identificados en caso de ser nocivos para la salud humana.
3.9 SERVICIOS DE PUESTA EN MARCHA:
Se refiere a proveer la transición de cada uno de los servicios, minimizando el riesgo y velando por la continuidad operacional del negocio de FONASA. Se establece que la duración de puesta en marcha del proyecto queda definida según presentación de Carta Xxxxx, cuyo tiempo máximo será de dos meses. Para todos los efectos el servicio deberá comenzar con la etapa de aseo profundo de las instalaciones dejándolas en óptimas condiciones.
3.9.1 SERVICIOS DE ASEO Y LIMPIEZA:
FONASA, requiere como parte del servicio de Aseo, la realización de todas las actividades relacionadas a la limpieza integral del portafolio inmobiliario definido en el Anexo N°5.
Dicho servicio deberá ser provisto oportunamente, con el fin de lograr el óptimo estado para el funcionamiento de todas las dependencias, con el consiguiente beneficio, bienestar y confort para los funcionarios y usuarios que utilizan dichas dependencias, manteniendo una imagen consecuente con los servicios que presta la Institución.
Será responsabilidad del adjudicatario proveer los químicos, herramientas, maquinarias, uniformes y otros relacionados al servicio de aseo, siendo de su responsabilidad la administración del recurso humano y la organización de las actividades, todo ello en cumplimiento de la legislación vigente.
Además de las actividades propias del aseo, el adjudicatario deberá administrar y operar la Desinfectación, de todas las instalaciones indicadas en el Anexo N°5. Se deberá detallar los insumos para limpieza y desinfección que utilizará para cada tarea. El adjudicatario podrá cambiar el producto presentado en el anexo N°9, siempre que cumpla con características similares al presentado en el producto del Anexo N°9. En el caso de desinfectantes, cualquier cambio deberá contar con la certificación ISP, además de tener propiedades bactericidad y virucidas, según lo indicado por la autoridad sanitaria para la eliminación de virus como el COVID-19
Dentro del detalle se debe presentar un producto desinfectante para equipos electrónicos que evite daños en su funcionamiento. Esto debe quedar indicado en la propuesta técnica
Desinfección: Prevenir y controlar oportuna y eficazmente la proliferación de microorganismos patógenos en áreas Higiénicas, especialmente duchas y baños de los trabajadores, de manera de garantizar la prevención y el control de enfermedades al ser humano. Todo elemento de desinfección debe contar con la certificación ISP correspondiente.
3.9.2 CASOS ESPECIALES
En este punto se considera las coordinaciones que se hagan los supervisores con la Administradora del contrato. Los días y horarios se determinarán según las necesidades del Fonasa.
3.10 TRABAJOS EXTRAORDINARIOS Y EMERGENCIAS.
En el caso que existiese la necesidad de realizar servicios adicionales de aseo, producto de emergencias, reforzamiento de servicios o casos particulares, relacionados a la naturaleza del contrato, el Coordinador del Contrato podrá solicitar al contratista la ejecución de estas tareas. Este servicio será obligatorio de ejecutar.
El costo de este servicio adicional será el equivalente a la cantidad de horas hombre autorizadas por el precio ofertado “Precio horas hombre trabajos extraordinarios y emergencias” del Anexo N°6 de estas
bases de licitación.
El valor horas hombres incluye los insumos y equipamiento a utilizar.
4. GENERALIDADES EN LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO
4.1 IDENTIFICACIÓN Y PRESENTACIÓN DEL PERSONAL
Cada adjudicatario deberá entregar antes del inicio de los servicios, la nómina de los trabajadores y horarios en los que se presentarán en las instalaciones del FONASA. Además de informar de los ciclos de supervisión que se realizarán para controlar, mejorar y coordinar las actividades de aseo. Esta comunicación se podrá realizar vía correo electrónico.
En cuanto a la provisión de identificación, cada adjudicatario deberá proporcionarla a sus trabajadores, al igual que el uniforme, de manera tal, que dichos trabajadores mantengan una impecable presentación. En ese sentido, deberá controlar que su personal tenga buena presentación y velar por el estado, limpieza, conservación, tanto del uniforme, como de la apariencia personal.
Sera obligación del adjudicatario mantener en la respectiva dependencia (donde su personal preste el servicio) una copia del contrato de trabajo de cada uno de sus trabajadores, además de una carta Xxxxx de programación de servicios que será proporcionada por Fonasa en el momento oportuno.
Todo implemento entregado debe cumplir con las normas Sanitarias indicadas en el Protocolo de Limpieza y Desinfección COVID-19 determinado por el MINSAL.
Todos los trabajadores al momento de ingresar deberán contar con carpetas de antecedentes que contengan a lo menos, contrato de trabajo, capacitación en el uso de elementos químicos, Obligación del Derecho a Saber de la empresa, y capacitación en protocolo COVID para casos de contagio o sospecha.
4.2 SEGURIDAD Y PREVENCIÓN DE RIESGOS
Cada adjudicatario será responsable de la provisión de los elementos de seguridad que se requieran para la actividad, así como las instrucciones que se les otorguen en la manipulación de los insumos, materiales, maquinaria y equipos como mínimo, de estas capacitaciones deberán dejar respaldo en la carpeta entregada al administrador del contrato.
Dentro de los insumos básicos que debe contar el personal de aseo son: Xxxxxxx, guantes para labores de aseo desechables o reutilizables, resistentes, impermeables y de manga larga.
REQUISITOS QUE DEBEN CUMPLIR LAS EMPRESAS QUE EJECUTEN SERVICIOS EN DEPENDENCIAS DEL FONASA.
Toda Empresa deberá cumplir con todas las órdenes y medidas tanto de carácter general o particular, que se han dictado o se dicten, ya sea mediante, leyes, reglamentos, decretos, resoluciones, protocolos u otro medio, que diga relación con medidas sanitarias preventivas para disminuir la posibilidad de contagio de Covid 19, entre sus trabajadores.
Toda Empresa deberá presentar:
a. Un Protocolo Interno con medidas sanitarias preventivas para disminuir posibilidades de contagio de Covid-19.
b. Programa de capacitación de uso y manejo de los Elementos de Protección Personal (EPP).
Responsabilidad de las empresas:
a. Dotar a sus trabajadores de todos los elementos de protección e insumos para la limpieza y desinfección para prevenir el contagio del Covid-19 y velar por el correcto uso.
b. Cumplir con los lineamientos que a continuación se describirán para reportar casos de personas sintomáticas o confirmadas de COVID-19, que se encuentren o hayan estado en dependencias del Fondo Nacional de Salud.
c. Impedir el ingreso de sus trabajadores a dependencias de Fonasa de no contar con mascarilla de tipo quirúrgico que cubra nariz y boca.
d. Cumplir con las medidas internas de FONASA para la prevención de contagio COVD-19, en caso de encontrarse en dependencias donde se apliquen.
e. Reportar inmediatamente al responsable directo ya sea el Administrador de Contrato o la Inspección Técnica de Obra del Fondo Nacional de Salud en caso que algún trabajador tenga síntomas o confirmado de Covid-19.
Acciones Generales que deben realizar las empresas
1. Establecer o pactar flexibilizaciones horarias u horarios diferidos para el ingreso y salida de los trabajadores y así evitar aglomeraciones en la obra/faena y en el transporte público. Convenir la distribución de la jornada en diversos turnos, siempre con el fin de evitar aglomeraciones y limitar la cantidad de trabajadores que comparten un mismo espacio.
2. Pactar otras medidas tendientes a evitar la aglomeración, como turnos para colación y turnos en transporte cuando este es proporcionado por la empresa. Otorgar facilidades para que los trabajadores que pudieran presentar síntomas puedan concurrir a hacerse los exámenes correspondientes.
3. Constituir un Comité de Obra para definir las medidas a seguir, acciones a reforzar u encargados de implementar las acciones, manteniendo registro de las acciones realizadas.
4. Informar y capacitar a los trabajadores sobre el COVID-19; en especial del Protocolo Interno; garantizando que todos conozcan las medidas preventivas, llevando un registro de los participantes.
5. Limpiar y desinfectar lugares de trabajo, conforme a las orientaciones establecidas en el “Protocolo de limpieza y desinfección de ambientes COVID-19” que puede ser consultado en xxxxx://xxx.xxxxxx.xx/xxxxx-xxxxxxxxxxx-0000-xx ov/material-de-descarga/.
6. Cuando se trate del término de la jornada diaria de trabajo o de ejecución de una obra, la empresa a cargo del desarrollo de la misma deberá realizar una sanitización total de las instalaciones de acuerdo al protocolo de limpieza y desinfección de ambientes - covid-19 que puede ser consultado en xxxxx://xxx.xxxxxx.xx/xxxxx-xxxxxxxxxxx-0000-xx ov/material-de-descarga.
7. Informar cualquier condición que sea modificada o que requiera variaciones para su adecuada implementación.
Acciones para el ingreso
1. Evitar saludos con contacto directo y promover que se mantenga una distancia mínima de un metro entre personas.
2. Aplicar lavado de manos con agua y jabón al menos durante 20 segundos o con alcohol gel, para lo cual se deben habilitar dispensadores al ingreso de la obra/faena.
3. Medir la temperatura corporal de los trabajadores con un termómetro adecuado, asegurando el distanciamiento social en la fila de entrada a la obra/faena. Registrar el resultado en un documento de declaración de estado de salud a mantener en la obra.
4. Eliminar mascarillas luego del período recomendado para su uso.
5. Asegurar que los trabajadores se hayan lavado las manos o aplicado alcohol gel al momento de firmar el Libro de Ingreso.
6. Procurar que se mantengan limpias y sanitizadas todas las superficies que puedan estar en contacto con las manos de trabajadores que se desplazan hacia los distintos puntos al interior de la obra (por ejemplo: manillas de puertas, pasamanos de escaleras, mesas de trabajo, teclados, sillas u otros). Estas medidas debieran ser efectuadas por una cuadrilla ad-hoc.
Acciones en vestidores, baños y duchas
1. Reforzar rutinas de limpieza y sanitización previas al ingreso de los trabajadores a los espacios destinados a vestidores / baños / duchas que hayan sido facilitados por el FONASA. Antes del término de la jornada, aplicar nuevamente limpieza y sanitización.
Acciones en horarios de almuerzo y colaciones
1. Implementar horarios de almuerzo y/ colación diferidos en la obra, coordinando turnos y grupos en los cuales se pueda mantener distanciamientos de un metro entre personas.
2. Velar por el lavado de manos previo al ingreso a comedores o lugares destinados para ello.
3. Reforzar con trabajadores que los utensilios son de uso personal y deben ser almacenados separadamente y no en espacios comunes.
4. Mantener distanciamiento entre los trabajadores no inferior a 1,5 metros al momento de almorzar.
5. Mantener la higiene permanente del lugar, especialmente de utensilios (cubiertos, lozas, vasos, etc.).
Acciones ante la sospecha o confirmación de trabajador con Covid-19
1. Los trabajadores que presentan síntomas asociados al Covid-19, no deben presentarse a trabajar, deben informar inmediatamente a su jefatura directa de su empresa y este último al responsable de la obra o servicio por parte de Fonasa, ya sea el Administrador del Contrato o a la Inspección Técnica de Obra; y deben acudir a un centro de salud según las indicaciones de la autoridad sanitaria.
2. Los trabajadores sanos que hayan tenido o tengan un contacto estrecho, conforme a la definición dada por la autoridad sanitaria, con un paciente confirmado de Covid-19 deben informar inmediatamente a su jefatura directa y éste último al responsable de la obra o servicios por parte de Xxxxxx, ya sea el Administrador del Contrato o a la Inspección Técnica de Obra.
3. Los trabajadores que presenten síntomas asociados al Covid-19 durante la jornada de trabajo deben ser separados inmediatamente del resto de otros trabajadores y ser enviados a un centro de salud según indicaciones de la autoridad sanitaria; informando el Jefe de obra y este último en forma inmediata de la situación al responsable de la obra o servicios por parte de Fonasa, ya sea el Administrador del Contrato o a la Inspección Técnica de Obra.
4. En caso de que el trabajador enfermo de positivo para Covid-19, este deberá informar inmediatamente a su jefatura directa de la empresa y este último al responsable de la obra o servicios por parte de Fonasa, ya sea el Administrador del Contrato o a la Inspección Técnica de Obra.
Acciones en el lugar de trabajo una vez confirmado caso de Covid-19
1. Realizar todas las acciones que recomiende la autoridad sanitaria en caso de presentarse en el centro de trabajo
2. Identificar el lugar físico donde el trabajador confirmado con Covid-19 desempeñaba sus funciones al momento de presentar síntomas.
3. Delimitar y prohibir el ingreso a dicha área.
4. Suspender la faena del lugar delimitado y proceder a la limpieza y desinfección.
5. Usar protocolo definido por la autoridad para desinfección de un lugar de trabajo con Covid-19 positivo, el que debe ser ejecutado por una empresa externa.
4.3 CUMPLIMIENTO DE LOS NIVELES DE SERVICIO DEFINIDOS
Los Niveles de Servicios o SLA (Service Level Agreement) a contemplar y que tienen por objetivo verificar y monitorear el cumplimiento de los servicios prestados están basados en los siguientes aspectos:
Encuestas periódicas de satisfacción de los usuarios, las que serán aplicadas para todos y cada uno de los adjudicatarios.
Cumplimiento de Horas de servicio, en consideración a las categorías de servicios que se han definido para las diversas dependencias del Fondo.
Checklist aleatorios respecto de la verificación en terreno de los servicios prestados por todos y cada uno de los adjudicatarios. Este Check List se preparará en función de los servicios y actividades establecidas en la Tabla del Punto N°3 de estas Bases Técnicas.
El incumplimiento de estos niveles de servicios será causal de multa, junto con los que se señalan en el número 15 de las bases administrativas.
4.4 CAPACIDAD DE GESTIÓN Y ADMINISTRACIÓN
El adjudicatario deberá tener la capacidad de gestión para resolver oportunamente las necesidades que demande el servicio. Para este efecto, se requiere que el adjudicatario disponga de procedimientos ágiles, eficientes, efectivos y predefinidos que permitan dar soluciones a las necesidades sin tener que construirlos durante el desarrollo del contrato.
Se espera, por otra parte, que el representante del adjudicatario ante FONASA, tenga una capacidad de gestión y decisión orientada a la entrega de soluciones, para lo cual el adjudicatario, deberá generar y entregar el organigrama comunicacional de su empresa, que involucren los pasos a seguir en caso de existir algún inconveniente inesperado.
Del personal del adjudicatario, se requiere una actitud de servicio orientada hacia el usuario y cliente en general (Orientación de Servicio al Cliente).
4.5 AUMENTO O DISMINUCIÓN DE LOS SERVICIOS
Fonasa podrá requerir al adjudicatario aumentar la cantidad de puntos de atención de público y/o de sus oficinas administrativas, el adjudicatario deberá dar cobertura a estas instalaciones, si así correspondiera, para lo cual el precio a cobrar será equivalente al precio del servicio contratado por la cantidad de metros cuadrados que deba atender y se regirá por las condiciones del tipo de prestación, según la categorización o clasificación del local, y siempre que existan las disponibilidades presupuestarias suficientes.
Por otra parte, si durante la ejecución del contrato los locales o dependencias de la Dirección Zonal Norte del Fondo Nacional de Salud, disminuyeran en metros cuadrados, el precio a pagar será rebajado en proporción a la nueva cantidad de metros cuadrados.
En cuanto a los cambios y/o traslados de locales, instalaciones, el servicio, de ser necesario, se seguirá prestando y, para ello, el precio se ajustará a la nueva cantidad de metros cuadrados que deba cubrir. Para estos casos, se dispondrá de una holgura o tolerancia de hasta 10% de aumento o disminución de metros cuadrados, los que no serán cobrados por el adjudicatario.
Si, del caso anterior, se produjera un cambio en la categoría o clasificación del servicio, esta holgura no será considerada y el precio será equivalente al precio del servicio contratado por la cantidad de metros cuadrados que deba atender.
ANEXO N° 1 IDENTIFICACIÓN DEL OFERENTE
PERSONA JURÍDICA O PERSONA NATURAL
a) DATOS DEL OFERENTE | |
RUT | |
NOMBRE RAZON |
SOCIAL | |
NOMBRE FANTASIA | |
DIRECCION COMERCIAL | |
COMUNA | |
FONO FIJO | |
FONO CELULAR |
b) DATOS REPRESENTANTE LEGAL | |
NOMBRE | |
RUT | |
CORREO ELECTRONICO |
c) DATOS DEL ADMINISTRADOR DEL CONTRATO (*) | |
NOMBRE | |
FONO FIJO | |
FONO CELULAR | |
CORREO ELECTRONICO | |
DIRECCION |
NOMBRE REPRESENTANTE LEGAL:
RUT:
FIRMA:
FECHA:
NOTA: Se debe adjuntar lo solicitado en el punto 21, letra a)
ANEXO N° 2 - A
DECLARACIÓN DE ACEPTACIÓN DE LAS BASES ADMINISTRATIVAS, TÉCNICAS Y ANEXOS PERSONA JURÍDICA
“SERVICIOS DE ASEO PARA LAS DEPENDENCIAS DE LA DIRECCION ZONAL NORTE DEL FONDO NACIONAL DE SALUD”
Yo,……………………………………………………………………… Rut: ……………………………. en mi calidad de Representante Legal de la empresa declaro:
Que en nombre de la empresa que represento, haber estudiado y tomado conocimiento de las Bases de la presente Licitación y sus Anexos, de las aclaraciones y respuestas a las consultas y de haberlas comprendido y de encontrarse conforme con todos sus términos y condiciones.
La presente declaración se entenderá formulada con la sola presentación de la propuesta.
Proveedor :
Nombre Representante Legal :
Rut Representante Legal :
Firma Representante Legal :
ANEXO N° 2 – B
DECLARACIÓN DE ACEPTACIÓN DE LAS BASES ADMINISTRATIVAS, TÉCNICAS Y ANEXOS PERSONA NATURAL
“SERVICIOS DE ASEO PARA LAS DEPENDENCIAS DE LA DIRECCION ZONAL NORTE DEL FONDO NACIONAL DE SALUD”
Yo,………………………………………………………………………… Rut: declaro:
Haber estudiado y tomado conocimiento de las Bases de la presente Licitación y sus Anexos, de las aclaraciones y respuestas a las consultas y de haberlas comprendido y de encontrase conforme con todos sus términos y condiciones.
La presente declaración se entenderá formulada con la sola presentación de la propuesta.
Proveedor :
Rut :
Firma :
ANEXO N° 3 CALENDARIO GENERAL
“SERVICIOS DE ASEO PARA LAS DEPENDENCIAS DE LA DIRECCIÓN ZONAL NORTE DEL FONDO NACIONAL DE SALUD”
FECHA | HORARIO | ACTIVIDAD |
Día 27/07/2021 Publicación de las bases en mercado público. | A partir de las 15 horas | Publicación de Bases Administrativas y Técnicas de la Licitación, en el Portal xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx. |
Día 30/07/2021 | De 9:00 horas a 10:00 horas | Visita a terreno enviar correo a Xxxxxx Xxxx Xxxxxxx xxxxx@xxxxxx.xx, para comunicar a Sucursales, la cual no es de carácter obligatorio, pero el proveedor adjudicado asume conocer las instalaciones a la que postula y se somete a lo indicado en las Bases. |
Día 9/8/2021 al 10/8/2021 | De 9:00 horas a 18:00 horas | Formulación de consultas y/o aclaraciones por escrito por parte de los participantes, a través del Portal xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx. |
DIA 12/08/2021 | A partir de las 15 horas | Publicación de respuestas a las Consultas y/o Aclaraciones en el Portal xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx., formuladas por los participantes. |
DIA 16/08/2021 | Desde las 09:00 horas, hasta las 13:00 horas | Recepción del documento de garantía de seriedad de la oferta en Oficina de Partes del Fondo Nacional de Salud, Xxxx Xxxxxx Xxxxxxx N° 1725, Antofagasta hasta las 16:00 horas, de igual forma, la garantía puede ser entregada en la oficina de partes del Centro de Gestión Regional o Sucursal de FONASA ubicado en Colon N° 335, Arica; Obispo Xxxxx N°986, Iquique; Atacama N° 870, Copiapó. |
DIA 17/08/2021 | A partir de las 17:00 horas | Apertura electrónica de las ofertas, validando los antecedentes incorporados por los oferentes en dicho portal. |
DIA 19/08/2021 al 23/08/2021 | -- | Evaluación de las Ofertas. La comisión evaluadora realizará el análisis de las propuestas técnicas, económicas y antecedentes administrativos, de acuerdo a los criterios y procedimientos definidos. |
DIA 25/08/2021 | A partir de las 15:00 horas | Dictación de la resolución de Adjudicación. Dictación |
DIA 27/08/2021 | A partir de las 15:00 horas | Notificación de la Adjudicación. El resultado del proceso se entenderá realizada, luego de las 24 horas transcurridas desde que FONASA publica en xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx, la resolución que la adjudique. |
Si el día de la actividad señalada, corresponde a fin de semana o feriado, se traslada al día hábil siguiente. El día de la publicación se considera el día 1.
ANEXO N°4 – A DECLARACIÓN JURADA PERSONA JURÍDICA
“SERVICIOS DE ASEO PARA LAS DEPENDENCIAS DE LA DIRECCION ZONAL NORTE DEL FONDO NACIONAL DE SALUD”
Yo,……………………………………………………………………… Rut: ……………………………. en mi calidad de Representante Legal de la empresa declaro:
1. Que no soy un funcionario directivo del Fondo Nacional de Salud, ni encontrarme unido a alguno de los mencionados funcionarios por los vínculos de parentesco descritos en la letra b) del artículo 54 de la ley Nº 18.575, ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, hoy refundida en el DFL 1/19.653 de Ministerio Secretaría General de la Presidencia del año 2000, ni ser socio de una sociedad de personas en que aquéllos ni dichos parientes formen parte, ni tener participación en sociedades comanditas por acciones o anónimas cerradas en que aquéllos o sus parientes sean accionistas, ni ser socio en una sociedad anónima abierta en que aquéllos o éstos sean dueños de acciones que representen el 10% o más del capital, ni ser gerente, administrador, representante o director de cualquiera de las sociedades antedichas..
2. Que la empresa que represento no ha sido condenada por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador, en los dos años previos a la presentación de la propuesta.
3. Que la empresa que represento no ha sido condenada por delitos concursales, según la nueva ley de quiebras (art. 401, ley 20.720), dentro de los dos años anteriores al momento de presentar la oferta, formular la propuesta o suscribir el contrato.
Proveedor :
Nombre Representante Legal :
Rut Representante Legal :
Firma Representante Legal :
ANEXO N°4 – B DECLARACIÓN JURADA PERSONA NATURAL
“SERVICIOS DE ASEO PARA LAS DEPENDENCIAS DE LA DIRECCION ZONAL NORTE DEL FONDO NACIONAL DE SALUD”
Yo,………………………………………………………………………… Rut: declaro:
1. Que no soy un funcionario directivo del Fondo Nacional de Salud, ni encontrarme unido a alguno de los mencionados funcionarios por los vínculos de parentesco descritos en la letra b) del artículo 54 de la ley Nº 18.575, ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, hoy refundida en el DFL 1/19.653 de Ministerio Secretaría General de la Presidencia del año 2000, ni ser socio de una sociedad de personas en que aquéllos ni dichos parientes formen parte, ni tener participación en sociedades comanditas por acciones o anónimas cerradas en que aquéllos o sus parientes sean accionistas, ni ser socio en una sociedad anónima abierta en que aquéllos o éstos sean dueños de acciones que representen el 10% o más del capital, ni ser gerente, administrador, representante o director de cualquiera de las sociedades antedichas.
2. No haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador, en los dos años previos a la presentación de la propuesta.
3. Que no he sido condenado por delitos concursales, según el Art. 401, ley 20.720, dentro de los dos años anteriores al momento de presentar la oferta, formular la propuesta o suscribir el contrato.
Proveedor :
Rut :
Firma :
ANEXO N° 5
LISTADO DE DEPENDENCIAS POR REGIÓN
“SERVICIOS DE ASEO PARA LAS DEPENDENCIAS DE LA DIRECCION ZONAL NORTE DEL FONDO NACIONAL DE SALUD”
REGIÓN | ZONA | SUCURSAL | METROS CUADRADOS | |
NOMBRE | DIRECCION | |||
NTOFAGASTA | DZN | DIRECCIÓN ZONAL - SUCURSAL ANTOFAGASTA | Xxxx Xxxxxx Xxxxxxx N° 1725, Antofagasta | 1000 |
DZN | PLAZA NORTE, Antofagasta | Av. Xxxxxxx Xxxxxx S/Nª, Antofagasta | 220 | |
DZN | CALAMA | Cobija N° 2033, Calama | 162 | |
DZN | TOCOPILLA | 21 xx Xxxx Nº 1477, Tocopilla | 72 |
ANEXO N°6 PRECIO
“SERVICIOS DE ASEO PARA LAS DEPENDENCIAS DE LA DIRECCION ZONAL NORTE DEL FONDO NACIONAL DE SALUD”
Nombre de la Región a la que postula | Región: Antofagasta |
Metros Cuadrados de la Región a la que postula | 1.454. M2 |
PRECIO POR REGIÓN | Valor en pesos |
Precio ofertado por metro cuadrado (Xxxxx xxxx en $ ) |
Xxxxx xxxx | |
Precio ofertado en $ horas hombre “trabajos extraordinarios y emergencias” (Xxxxx xxxx en $) |
Lo1.s precios deben ser expresados en Pesos ($)
Proveedor :
Nombre Representante Legal :
Rut Representante Legal :
Firma Representante Legal :
ANEXO N°7 EXPERIENCIA
“SERVICIOS DE ASEO PARA LAS DEPENDENCIAS DE LA DIRECCION ZONAL NORTE DEL FONDO NACIONAL DE SALUD”
(Debe adjuntar respaldo)
Región: Antofagasta
Nombre de la Región a la que postula
N° | NOMBRE CLIENTE | CIUDAD Y REGIÓN DEL CONTRATO | FECHA DE INICIO CONTRATO | FECHA DE TÉRMINO DEL CONTRATO | MONTO TOTAL NETO (en pesos chilenos) | NOMBRE Y DATOS DE CONTACTO |
1 | ||||||
2 | ||||||
3 | ||||||
4 | ||||||
5 | ||||||
6 | ||||||
7 | ||||||
8 | ||||||
9 | ||||||
10 | ||||||
11 | ||||||
a. Por cada cliente indicado, el oferente debe acreditar la información indicada, mediante copia del contrato y de la orden de compra o factura.
b. Máximo 10 contratos.
Proveedor :
Nombre Representante Legal :
Rut Representante Legal :
Firma Representante Legal :
ANEXO N°8 CONDICIONES DE EMPLEO
“SERVICIOS DE ASEO PARA LAS DEPENDENCIAS DE LA DIRECCION ZONAL NORTE DEL FONDO NACIONAL DE SALUD”
Nombre de la Región a la que postula
Región: Antofagasta
N° | CONDICIONES DE EMPLEO | ACREDITA (SI/NO) |
1 | Pago de cotizaciones previsionales al día | |
3 | Acredita pago de sobre el 10% xxx xxxxxx a los trabajadores |
a. Por las condiciones de empleo N°1 el oferente adjunta Certificado de la Dirección del Trabajo acreditando la situación indicada F30-1 Y F-30.
b. Para los sueldos, el oferente adjunta copia de las planillas de previred o simil de trabajo de sus trabajadores, de los dos meses anteriores a la licitación.
Proveedor :
Nombre Representante Legal :
Rut Representante Legal :
Firma Representante Legal :
ANEXO N°9
LISTADO DE INSUMOS Y MATERIALES
“SERVICIOS DE ASEO PARA LAS DEPENDENCIAS DE LA DIRECCION ZONAL NORTE DEL FONDO NACIONAL DE SALUD”
Región: Antofagasta
Nombre de la Región a la que postula
N° | DESCRIPCIÓN | ADJUNTA |
TIPO DE INSUMOS Y MATERIALES (ej: limpia vidrios) | ADJUNTA FOTOGRAFÍA (SI / NO) | ADJUNTA FICHA TÉCNICA (SI / NO) | ROMBO DE SEGURIDAD (NFPA 704) (SI / NO) | N° CERTIFICACIÓN ISP (SOLO SI CORRESPONDE) | ||
a. Corresponde al listado de insumos y materiales con los cuales el oferente dará el servicio en la región a la que postula.
b. Aquellos productos que pudiesen ser o que son peligrosos para las personas y/o el medio ambiente deberán venir acompañados del rombo de seguridad respectivo.
Proveedor :
Nombre Representante Legal :
Rut Representante Legal :
Firma Representante Legal :
LISTADO DE VISITAS REALIZADAS POR EMPRESAS INTERESADAS EN PARTICIPAR EN LICITACIÓN
SERVICIO ASEO DIRECCION ZONAL FONDO NACIONAL DE SALUD
N° | Nombre Empresa que Participa en Licitación | RUT Empresa | Nombre persona que realiza la visita | RUT persona que realiza la visita | FIRMA | FECHA | FONO CONTACTO |
1 | |||||||
2 | |||||||
3 | |||||||
4 | |||||||
5 | |||||||
6 | |||||||
7 | |||||||
8 | |||||||
9 | |||||||
10 | |||||||
11 | |||||||
12 | |||||||
13 | |||||||
14 | |||||||
15 |
2. Apruébese el siguiente contrato tipo :
CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE ASEO
ENTRE
FONDO NACIONAL DE SALUD
Y
En Antofagasta de Chile, a de de 2021, entre el FONDO NACIONAL DE SALUD, RUT N°00.000.000-0, representado legalmente por su Director/a, don/ña , cédula nacional de identidad Nº , ambos con domicilio en esta ciudad, calle Xxxx Xxxxxx Xxxxxxx N° 1725, comuna de Antofagasta, en adelante FONASA; y la sociedad , RUT N° , representada por su , don , cédula nacional de identidad Nº , y por don , cédula de nacional de identidad N° , todos con domicilio en esta ciudad, en calle
Nº , comuna de , en adelante , o “ la empresa”, han convenido en el siguiente contrato de prestación de servicios de aseo para la Dirección Zonal Norte del Fondo Nacional de Salud, en los términos y condiciones que a continuación se expresan.
PRIMERO: OBJETO DEL CONTRATO.
La presente contratación tiene como objetivo, contratar el servicio de Aseo para las distintas instalaciones con que cuenta la Dirección Zonal Norte del Fondo Nacional de Salud, en la región de Antofagasta.
Este servicio debe ser prestado en condiciones que aseguren la limpieza y pulcritud de sus instalaciones, otorgado de manera continua y por personal que sea debidamente supervisado y controlado.
SEGUNDO: FUNCIONES O ACTIVIDADES PRINCIPALES DEL SERVICIO CONTRATADO
El adjudicatario será responsable de brindar el servicio requerido, en condiciones de máxima diligencia y cuidado, a fin de que, durante el cumplimiento del contrato, no se ocasionen perjuicios para FONASA, sus instalaciones y personal, como así mismo, obligándose a indemnizar los mismos, en caso de causar daño. También será obligación del adjudicatario, proveer la dotación necesaria para estos servicios, contemplando auxiliares y supervisores; proveerá los químicos, herramientas, maquinarias, uniformes, como así mismo dispondrá el traslado de la basura y otros relacionados con el servicio de aseo, siendo
de su exclusiva responsabilidad la administración del personal asignado, y la organización de estas actividades, cumpliendo con la legislación vigente.
TERCERO: SERVICIOS
Los servicios que se mencionan a continuación, deben ser provistos en todas las instalaciones detalladas en el Anexo N°4 de estas bases técnicas.
Los servicios que se busca proveer con la presente licitación, corresponden a diversas labores esbozadas en los siguientes cuadros:
Servicio de Aseo | Diario | Semanal | Mensual | Trimestral |
Labores de aseo y limpieza de todas las dependencias | x | |||
Limpiar y vaciar papeleros (3 veces al día) | x | |||
Desinfección xx xxxxx mínimo 4 veces al día | x | |||
Limpiar pisos, muros, puertas, manillas, mantención y limpieza xx xxxxx (las veces que sea necesario) con productos adecuados, barrer, trapear y sacar brillo a los pisos flotantes, cerámicos o baldosas (paso de maquina abrillantadora de pisos) | x | |||
Limpiar equipamiento tales como: teléfonos, citofono, computadores, televisores, impresoras, fotocopiadoras, equipos de aire acondicionado, separadores de fila y ventiladores. | x | |||
Limpiar y desmanchar vidrios de mamparas, vidrios en general, separaciones de oficinas y cubiertas de muebles | x | |||
Limpiar y mantener pisos de goma (escala u otros) | x | |||
Xxxxxx xx xxxx en eventos institucionales (en caso de requerir por parte del administrador de contrato) | x | |||
Retiro de basura a los depósitos autorizados para su acumulación por parte de los municipios. | X | |||
Sacudir y limpiar revestimientos de modulares moviendo archivadores y otros que pudiesen haber sobre ellos tales como en los casos de bibliotecas, escritorios, persianas y cortinas. | x | |||
Blanquear y desinfectar con productos de aseo los pisos, muros y artefactos sanitarios | x | |||
Lustrar con elementos adecuados los muebles y revestimiento xx xxxxxx y goma | x | |||
Barrido de patios y jardines si corresponde y barrido de bodegas. | x |
Aplicar anti-sarro a artefactos sanitarios (WC, duchas, entre otros) | x | |||
Limpiar cortinas metálicas, rejas y letreros. | x | |||
Lavado de azulejos y cerámicos de los baños | x | |||
Limpieza señalética, decorativos y extintores | x | |||
Sanitización de todos los sectores especialmente manillas, pasamanos, xxxxxx xx xxxxxx. | x | |||
Aseo general | x | |||
Retirar el polvo de todos los estantes de archivos, pasar lustra mueble o similar | x | |||
Desmanchar puertas, lavar muros, terrazas exteriores | x | |||
Sanitización de todos los sectores especialmente manillas, pasamanos, xxxxxx xx xxxxxx. | x | |||
Limpiar profundamente los vidrios de todos los pisos y dependencias (Interior y exterior considerando la altura xx xxxxxxx exteriores) | x | |||
Lavar, encerar y abrillantar pisos de cerámica y baldosas | x | |||
Lavar con elementos adecuados todos los pisos. | x | |||
Desmanchado de pisos | x |
Los Servicios deberán ser prestados en la combinación de horarios necesarios, de modo que las zonas de atención de público, no sean afectadas en su normal funcionamiento, asegurando de esta manera que el inmueble se encuentre con el aseo diario realizado, antes del comienzo de las actividades del uso del mismo, a su vez este deberá ser repasado durante el día cuando la intensidad de la atención disminuya, el cual será definido por las necesidades de cada instalación.
La empresa se deberá hacer cargo del retiro de la basura desde las dependencias y dejarlos en los lugares habilitados para ello, para el retiro del municipio respectivo.
En el Edificio de Antofagasta ubicado en Xxxx Xxxxxx Xxxxxxx Xx 0000, no se incluye limpieza xx xxxxxxx en altura. La limpieza solo contempla hasta los 2,50 mts. Con el uso de instrumentos adecuados.
Para el servicio de aseo de sucursales se clasifican en dos tipos según el detalle de la siguiente tabla:
Horas hombre mínimas | ||||||
Categoría | Superficie | Dirección | Mañana | Tarde | Horas diarias Totales | Trabajadores por Edificio |
1 | Desde 0 a 525 M2 | 4.5 Horas | 4.5 Horas | 9 | 1 | |
Sucursal Tocopilla | 72 METROS CUADRADOS | 21 xx Xxxx Nº 1477, Tocopilla | 4.5 Horas | 4.5 Horas | 9 | 1 |
Sucursal Calama | 162 METROS CUADRADOS | Cobija N° 2033, Calama | 4.5 Horas | 4.5 Horas | 9 | 1 |
Sucursal | 220 METROS | Av. Xxxxxxx | 4.5 | 4.5 | 9 | 1 |
Plaza Norte | CUADRADOS | Tirado S/Nª, Antofagasta | Horas | Horas | ||
2 | desde 526 M2 a 1150 M2 | 4.5 Horas | 4.5 Horas | 9 | 3 | |
Sucursal Antofagasta y Dirección Zonal Norte | 1000 METROS CUADRADOS | Jose Miguel Xxxxxxx Xx 0000, Xxxxxxxxxxx | 4.5 Horas | 4.5 Horas | 9 | 3 |
El horario disponible para estas labores es de 08:30 a 13:00 hrs. por la mañana y de 13:00 a 17:30 hrs. por la tarde. Para las dependencias de oficinas administrativas tales como, Sucursal Antofagasta y Dirección Zonal y en las que exista la combinación de estas con sucursales se deberá considerar como mínimo una persona a tiempo completo de 08:30 a 17:30 hrs. Salvo los días viernes, ya que, la jornada se extiende solo hasta las 16:30 Hrs.
El horario podrá ser modificado, en común acuerdo con el adjudicatario si fuese necesario, en algunas de las dependencias para que la ejecución de los servicios sea satisfactoria y no entorpezca la normal atención de público. En particular, esta condición se podrá dar durante el periodo de crisis sanitaria nacional pero también a través de todo el periodo que dure el contrato.
Para los servicios de aseo semanal, mensual, trimestral o según evento, deberá disponerse de personal de aseo adicional en todas las dependencias para responder a los servicios diarios cuando se deban ejecutar, informando previamente la nómina de trabajadores que realizará la actividad.
La limpieza xx xxxxxxx y letreros exteriores se ejecutara en los términos y condiciones señalados por el contratista en su oferta, así como también cualquier labor que se ejecute sobre los 2.5 metros de altura.
BAÑOS:
La frecuencia de la limpieza xx xxxxx colectivos debe ser cuatro (4) veces al día, distribuidos de dos (2) veces en la mañana y dos (2) veces en la tarde y de dos (2) veces al día para baños individuales, sin perjuicio de limpieza por mal uso.
Estos servicios son los siguientes:
- Limpieza y desinfección de servicios higiénicos, tales como: dispensadores de papel higiénico, toalla, jabón, WC, cerámico xx xxxxx, separadores, entre otros. Frecuencia Diaria.
- Limpieza y desinfección de vanitorios y lavamanos. Frecuencia Diaria.
- Lavado y desinfección de pisos. Frecuencia Diaria.
- Limpieza de espejos. Frecuencia Diaria.
-Vaciado de papeleros. Frecuencia Diaria.
Todo elemento de desinfección que se utilice debe ser indicado en el anexo N° 9
BASURA:
La correcta eliminación en lugar autorizado de los desechos producto de las labores en las dependencias en el que el contratista preste sus servicios, deben ser retirados y trasladados a recinto autorizado. Esto será cargo y responsabilidad del adjudicatario.
PAPELEROS:
Tanto los papeleros xx xxxxx como los papeleros de cada oficina deberán estar provistos de bolsas plásticas o de papel. Una vez que se limpien estos se eliminen con la basura de modo de mantener la higiene de los contenedores.
ASEO TERMINAL:
Este contempla la limpieza integral de las dependencias, debiéndose asegurar la ejecución de las labores que involucren todos los “Servicios de Aseo” descritos en la tabla del punto 3.2.
El horario para los aseos generales será determinado en común acuerdo entre la empresa y Fonasa. Se considerará de lunes a viernes o el día sábado.
ATENCIÓN DE EMERGENCIAS SIN COSTO:
Para casos de emergencias, el Coordinador del Contrato podrá requerir labores de aseo específicas, con el mismo personal y equipamiento que se encuentre en servicio al momento de ocurrir la emergencia, con la finalidad de atender a situaciones concretas e impostergables, dejando constancia por escrito de la situación puntual que justifica.
INSUMOS Y MATERIALES PARA EL CORRECTO FUNCIONAMIENTO DEL SERVICIO:
El adjudicatario deberá considerar dentro de su propuesta, los materiales e insumos necesarios para el correcto funcionamiento de los servicios en las instalaciones del FONASA, detalladas en el Anexo N°8, la propuesta deberá presentar listado de materiales e insumos, el que será validado o modificado o rechazado por Fonasa. En ningún caso se podrán aplicar productos no autorizados por el administrador del contrato, siendo responsabilidad del contratista el no cumplimiento de labores de aseo producto de este punto. El Adjudicatario deberá proporcionar el programa anual de entrega de materiales e insumos. La recepción de estos materiales e insumos será por cuenta y responsabilidad del adjudicatario.
Deberá contemplar el uso de producto como alcohol al 70% desnaturalizado, con certificación ISP y equipos computacionales, manillas de puertas, barandas de escaleras y todo lugar que tenga mayor afluencia de público.
Se supervisará el lavado de pisos y baños, con productos desinfectantes.
Fonasa deberá proveer de espacios para el almacenaje de materiales e insumos asociados a este servicio (Papel Higiénico, Toalla de papel y detergente para lavado loza comedor). Estos productos deben estar debidamente rotulados e identificados en caso de ser nocivos para la salud humana.
SERVICIOS DE PUESTA EN MARCHA:
Se refiere a proveer la transición de cada uno de los servicios, minimizando el riesgo y velando por la continuidad operacional del negocio de FONASA. Se establece que la duración de puesta en marcha del
proyecto queda definida según presentación de Xxxxx Xxxxx, cuyo tiempo máximo será de dos meses. Para todos los efectos el servicio deberá comenzar con la etapa de aseo profundo de las instalaciones dejándolas en óptimas condiciones.
SERVICIOS DE ASEO Y LIMPIEZA:
FONASA, requiere como parte del servicio de Aseo, la realización de todas las actividades relacionadas a la limpieza integral del portafolio inmobiliario definido en el Anexo N°4.
Dicho servicio deberá ser provisto oportunamente, con el fin de lograr el óptimo estado para el funcionamiento de todas las dependencias, con el consiguiente beneficio, bienestar y confort para los funcionarios y usuarios que utilizan dichas dependencias, manteniendo una imagen consecuente con los servicios que presta la Institución.
Será responsabilidad del adjudicatario proveer los químicos, herramientas, maquinarias, uniformes y otros relacionados al servicio de aseo, siendo de su responsabilidad la administración del recurso humano y la organización de las actividades, todo ello en cumplimiento de la legislación vigente.
Además de las actividades propias del aseo, el adjudicatario deberá administrar y operar la Desinfectación, de todas las instalaciones indicadas en el Anexo N°4. Se deberá detallar los insumos para limpieza y desinfección que utilizará para cada tarea. El adjudicatario podrá cambiar el producto presentado en el anexo N°8, siempre que cumpla con características similares al presentado en el producto del Anexo N°8. En el caso de desinfectantes, cualquier cambio deberá contar con la certificación ISP, además de tener propiedades bactericidas y virucidas, según lo indicado por la autoridad sanitaria para la eliminación de virus como el COVID-19
Dentro del detalle se debe presentar un producto desinfectante para equipos electrónicos que evite daños en su funcionamiento. Esto debe quedar indicado en la propuesta técnica
Desinfección: Prevenir y controlar oportuna y eficazmente la proliferación de microorganismos patógenos en áreas Higiénicas, especialmente duchas y baños de los trabajadores, de manera de garantizar la prevención y el control de enfermedades al ser humano. Todo elemento de desinfección debe contar con la certificación ISP correspondiente.
TRABAJOS EXTRAORDINARIOS Y EMERGENCIAS.
En el caso que existiese la necesidad de realizar servicios adicionales de aseo, producto de emergencias, reforzamiento de servicios o casos particulares, relacionados a la naturaleza del contrato, el Coordinador del Contrato podrá solicitar al contratista la ejecución de estas tareas. Este servicio será obligatorio de ejecutar.
El costo de este servicio adicional será el equivalente a la cantidad de horas hombre autorizadas por el precio ofertado “Precio horas hombre trabajos extraordinarios y emergencias” del Anexo N°5 de estas bases de licitación.
El valor horas hombres incluye los insumos y equipamiento a utilizar.
CASOS ESPECIALES
En este punto se considera las coordinaciones que se hagan los supervisores con la Administradora del contrato. Los días y horarios se determinarán según las necesidades del Fonasa.
CUARTO: GENERALIDADES EN LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO
IDENTIFICACIÓN Y PRESENTACIÓN DEL PERSONAL
Cada adjudicatario deberá entregar antes del inicio de los servicios, la nómina de los trabajadores y horarios en los que se presentarán en las instalaciones del FONASA. Además de informar de los ciclos de supervisión que se realizarán para controlar, mejorar y coordinar las actividades de aseo. Esta comunicación se podrá realizar vía correo electrónico.
En cuanto a la provisión de identificación, cada adjudicatario deberá proporcionarla a sus trabajadores, al igual que el uniforme, de manera tal, que dichos trabajadores mantengan una impecable presentación. En ese sentido, deberá controlar que su personal tenga buena presentación y velar por el estado, limpieza, conservación, tanto del uniforme, como de la apariencia personal.
Sera obligación del adjudicatario mantener en la respectiva dependencia (donde su personal preste el servicio) una copia del contrato de trabajo de cada uno de sus trabajadores, además de una carta Xxxxx de programación de servicios que será proporcionada por Fonasa en el momento oportuno.
Todo implemento entregado debe cumplir con las normas Sanitarias indicadas en el Protocolo de Limpieza y Desinfección COVID-19 determinado por el MINSAL.
Todos los trabajadores al momento de ingresar deberán contar con carpetas de antecedentes que contengan a lo menos, contrato de trabajo, capacitación en el uso de elementos químicos, Obligación del Derecho a Saber de la empresa, y capacitación en protocolo COVID para casos de contagio o sospecha.
SEGURIDAD Y PREVENCIÓN DE RIESGOS
Cada adjudicatario será responsable de la provisión de los elementos de seguridad que se requieran para la actividad, así como las instrucciones que se les otorguen en la manipulación de los insumos, materiales, maquinaria y equipos como mínimo, de estas capacitaciones deberán dejar respaldo en la carpeta entregada al administrador del contrato.
Dentro de los insumos básicos que debe contar el personal de aseo son: Xxxxxxx, guantes para labores de aseo desechables o reutilizables, resistentes, impermeables y de manga larga.
CUMPLIMIENTO DE LOS NIVELES DE SERVICIO DEFINIDOS
Los Niveles de Servicios o SLA (Service Level Agreement) a contemplar y que tienen por objetivo verificar y monitorear el cumplimiento de los servicios prestados están basados en los siguientes aspectos:
Encuestas periódicas de satisfacción de los usuarios, las que serán aplicadas para todos y cada uno de los adjudicatarios.
Cumplimiento de Horas de servicio, en consideración a las categorías de servicios que se han definido para las diversas dependencias del Fondo.
Checklist aleatorios respecto de la verificación en terreno de los servicios prestados por todos y cada uno de los adjudicatarios. Este Check List se preparará en función de los servicios y actividades establecidas en la Tabla del Punto N°3 de estas Bases Técnicas.
El incumplimiento de estos niveles de servicios será
CAPACIDAD DE GESTIÓN Y ADMINISTRACIÓN
El adjudicatario deberá tener la capacidad de gestión para resolver oportunamente las necesidades que demande el servicio. Para este efecto, se requiere que el adjudicatario disponga de procedimientos ágiles, eficientes, efectivos y predefinidos que permitan dar soluciones a las necesidades sin tener que construirlos durante el desarrollo del contrato.
Se espera, por otra parte, que el representante del adjudicatario ante FONASA, tenga una capacidad de gestión y decisión orientada a la entrega de soluciones, para lo cual el adjudicatario, deberá generar y entregar el organigrama comunicacional de su empresa, que involucren los pasos a seguir en caso de existir algún inconveniente inesperado.
Del personal del adjudicatario, se requiere una actitud de servicio orientada hacia el usuario y cliente en general (Orientación de Servicio al Cliente).
TRABAJOS EXTRAORDINARIOS Y EMERGENCIAS.
En el caso que existiese la necesidad de realizar servicios adicionales de aseo, producto de emergencias, reforzamiento de servicios o casos particulares, relacionados a la naturaleza del contrato, el Coordinador del Contrato podrá solicitar al contratista la ejecución de estas tareas. Este servicio será obligatorio de ejecutar.
El costo de este servicio adicional será el equivalente a la cantidad de horas hombre autorizadas por el precio ofertado “Precio horas hombre trabajos extraordinarios y emergencias” del Anexo N°5 de estas bases de licitación.
El valor horas hombres incluye los materiales a utilizar.
QUINTO: CAPACIDAD DE GESTIÓN Y ADMINISTRACIÓN
El adjudicatario deberá tener la capacidad de gestión para resolver oportunamente las necesidades que demande el servicio. Para este efecto, se requiere que el adjudicatario disponga de procedimientos ágiles, eficientes, efectivos y predefinidos que permitan dar soluciones a las necesidades sin tener que construirlos durante el desarrollo del contrato.
Se espera, por otra parte, que el representante del adjudicatario ante FONASA, tenga una capacidad de gestión y decisión orientada a la entrega de soluciones, para lo cual el adjudicatario, deberá generar y entregar el organigrama comunicacional de su empresa, que involucren los pasos a seguir en caso de existir algún inconveniente inesperado.
Del personal del adjudicatario, se requiere una actitud de servicio orientada hacia el usuario y cliente en general (Orientación de Servicio al Cliente).
SEXTO: AUMENTO O DISMINUCIÓN DE LOS SERVICIOS
Fonasa podrá requerir al adjudicatario aumentar la cantidad de puntos de atención de público y/o de sus oficinas administrativas, el adjudicatario deberá dar cobertura a estas instalaciones, si así correspondiera, para lo cual el precio a cobrar será equivalente al precio del servicio contratado por la cantidad de metros cuadrados que deba atender y se regirá por las condiciones del tipo de prestación, según la categorización o clasificación del local, y siempre que existan las disponibilidades presupuestarias suficientes.
Por otra parte, si durante la ejecución del contrato los locales o dependencias de la Dirección Zonal Norte del Fondo Nacional de Salud, disminuyeran en metros cuadrados, el precio a pagar será rebajado
en proporción a la nueva cantidad de metros cuadrados.
En cuanto a los cambios y/o traslados de locales, instalaciones, el servicio, de ser necesario, se seguirá prestando y, para ello, el precio se ajustará a la nueva cantidad de metros cuadrados que deba cubrir. Para estos casos, se dispondrá de una holgura o tolerancia de hasta 10% de aumento o disminución de metros cuadrados, los que no serán cobrados por el adjudicatario.
Si, del caso anterior, se produjera un cambio en la categoría o clasificación del servicio, esta holgura no será considerada y el precio será equivalente al precio del servicio contratado por la cantidad de metros cuadrados que deba atender.
SÉPTIMO: CONFIDENCIALIDAD
La información y todo antecedente que los participantes obtengan con motivo de esta contratación, tienen carácter de estrictamente privado y confidencial, razón por la cual está expresamente prohibido comentarla o difundirla por cualquier medio y bajo cualquier circunstancia; reservándose el Fondo Nacional de Salud, el ejercicio de acciones civiles y penales en caso de infracción. Igual obligación le asistirá a la Empresa durante la vigencia del contrato y aún después de su término.
La información, resultados y documentos generados como producto de la ejecución del Contrato son de propiedad exclusiva del Fondo Nacional de Salud. La Empresa y/o personal involucrado, no podrán disponer de ese material ni usarlo en forma alguna, sin la autorización por escrito del Administrador del Contrato.
OCTAVO: GARANTÍA FIEL CUMPLIMIENTO DE CONTRATO
Para respaldar el íntegro, correcto y oportuno cumplimiento del contrato, en este acto la empresa entrega de Garantía de Fiel Cumplimiento N° de fecha de
de 2021, emitida por a la vista y en forma irrevocable, a favor del Fondo Nacional de Salud, por UF ,( ) equivalente al 10% del valor total del contrato, impuestos incluidos, cuya glosa señala: “Garantía de Fiel Cumplimiento del Contrato y de las Obligaciones Laborales de la Licitación Pública de Servicios de Aseo para las dependencia de la Dirección Zonal Norte de Fonasa”, cuyo vencimiento es de fecha de de 202xx, fecha que excede en 60 días hábiles a la vigencia del contrato.
Si el proveedor se adjudica más de 1 región, por lo tanto, si celebra más de 1 contrato con Fonasa por estos servicios de aseo, el adjudicatario deberá dejar por cada contrato una garantía de fiel cumplimiento del contrato.
Esta Boleta o Certificado de Fianza o Póliza de Seguro garantiza cualquier incumplimiento o infracción contractual como también las que constituyen, término de contrato y las obligaciones laborales que emanan del contrato, lo que será constatado, ponderado y evaluado por el Administrador del Contrato. También cauciona el cumplimiento de las obligaciones laborales y sociales de los trabajadores en los términos señalados en el artículo 11 de la ley 19.886. Sin perjuicio de lo anterior, también se hará efectiva esta garantía sin más trámite, en caso que el contrato termine anticipadamente, por causa imputable a la adjudicataria, conforme lo previene el la cláusula décima tercera (“MULTAS”) de este contrato.
Esta garantía será custodiada por el Departamento de Administración y Finanzas de la Dirección Zonal Norte del Fondo Nacional de Salud, por el período de su vigencia, y se devolverá al término de su vencimiento, si no hubiesen situaciones pendientes que ameriten hacer efectiva la misma.
En caso de prórroga del contrato, según causal establecida en la cláusula primera del presentes contrato, la adjudicataria deberá reemplazar el documento de garantía que cumpla con las mismas condiciones de emisión que el principal, por el período prorrogado y cuyo vencimiento debe exceder en 60 días hábiles a la vigencia de la prórroga del contrato.
Se hará uso de la boleta de fiel cumplimiento del contrato en caso de:
Que no se garantice el correcto cumplimiento por parte del proveedor adjudicado, de todos los compromisos que derivan del contrato.
Excesiva multas indicadas en numeral Nº 29, deficiencias e incumplimientos en los niveles de servicio o Calificaciones negativas al proveedor.
Quiebra o notoria insolvencia de la adjudicataria, verificada por el Fondo Nacional de Salud. Cambio no autorizado en los servicios entregados o de los profesionales incluidos en la oferta.
NOVENO: PÓLIZA DE RESPONSABILIDAD CIVIL
La Empresa se obliga a mantener vigente durante todo el período del Contrato pólizas de seguro de responsabilidad civil, cuyas características de extensión y montos sean suficientes para cubrir los alcances de los servicios. La póliza deberá contener como mínimo las siguientes coberturas:
a. Responsabilidad civil por muerte o lesiones o daños corporales y materiales de terceros.
b. Responsabilidad civil de Empresa.
c. Daño moral y lucro cesante,
d. Patronal que incluya trabajadores de contratistas y subcontratistas, trabajadores a honorarios y a toda persona que preste servicios al adjudicatario.
En general, la póliza de seguro contratada deberá cubrir a FONASA respecto de los daños que la Empresa pudiere cometer en el desarrollo de los servicios contratados.
Este seguro, por el monto de es por las dependencias de la Dirección Zonal
Norte/Región; y deberá estar vigente hasta 30 días después del último día de vigencia del contrato.
La póliza deberá estar extendida de modo que, ante el evento de término del contrato, los eventuales siniestros que se encuentren en etapa de liquidación, queden debidamente cubiertos. La prima correspondiente será de cargo del adjudicatario.
La rehabilitación de todos los seguros después de ocurrido un siniestro, será de cargo y costo exclusivo de la Empresa.
Los deducibles que eventualmente estén señalados en la Póliza de Seguros, serán de exclusivo cargo de la Empresa, en todos los casos en que concurra el seguro ante siniestros.
Fonasa, por su parte, declara tener seguros sobre sus instalaciones, bienes e infraestructura. Dichas pólizas deberán activarse siempre que exista un siniestro sobre los bienes asegurados.
DECIMO: VIGENCIA DEL CONTRATO
El contrato tendrá una vigencia de 24 meses contados desde el 1 xx xxxxxx, y con la total tramitación del acto administrativo que lo aprueba.
No obstante, por razones de buen servicio, las prestaciones podrán otorgarse desde la fecha de suscripción del contrato. La comunicación de esta decisión será por escrito, debiendo quedar consignada la fecha de inicio de los servicios, quedando todo pago condicionado a la total tramitación de la resolución aprobatoria.
Por lo tanto, si por razones de buen servicio, las prestaciones comenzaran a otorgarse antes de la total tramitación del acto administrativo que lo aprueba, el inicio de la vigencia de 1 año se entenderá a partir de la fecha que estipule la comunicación antes señalada, como inicio de la prestación de servicios.
En todo caso, los pagos sólo pueden realizarse una vez que esté totalmente tramitada la resolución que aprueba el contrato.
No se podrán estipular anticipos de ninguna especie.
DÉCIMO PRIMERO: PRÓRROGA DEL CONTRATO
FONASA podrá prorrogar el contrato, más allá del plazo original, hasta por un período máximo de un año y una vez que esté totalmente tramitada la resolución que así lo aprueba, y el documento de garantía de fiel cumplimiento del contrato esté, a su vez, también prorrogada, cuando sea estrictamente necesario, existan motivos fundados y sólo correspondiente al tiempo en que se procede a un nuevo proceso de licitación. (Art. 12 del DS 250).
DÉCIMO SEGUNDO: TÉRMINO ANTICIPADO DEL CONTRATO
No obstante la vigencia contractual señalada en la cláusula 11, el Fondo Nacional de Salud, podrá terminar anticipadamente el contrato en los siguientes casos:
a. Quiebra o notoria insolvencia de la adjudicataria, verificada por el Fondo Nacional de Salud.
b. Disolución de la Sociedad del Adjudicatario.
c. Resciliación o mutuo acuerdo entre Xxxxxx y el contratado.
d. Disminución notoria, evaluada y certificada por el Fondo Nacional de Salud, de las capacidades técnicas del adjudicatario.
e. Cambio no autorizado en los servicios entregados o de los profesionales incluidos en la oferta.
f. Incumplimiento de lo establecido en la cláusula 18 referida a Subcontratación y Cesión del Contrato.
g. Por caso fortuito o fuerza mayor, por razones xx xxx o actos de autoridad que hagan imperioso terminarlo.
h. En caso que la Empresa registre saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los último dos años, los primeros estados de pago producto del contrato licitado deberán ser destinados al pago de dichas obligaciones, debiendo la empresa acreditar que la totalidad de las obligaciones se encuentran liquidas al cumplirse la mitad del período de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses. Fonasa exigirá que la Empresa proceda a dichos pagos y le presente los comprobantes y planillas que demuestren el total cumplimiento de la obligación. El incumplimiento de estas obligaciones por parte de la empresa dará derecho a dar por terminado el respectivo contrato, pudiendo llamarse a una nueva licitación en la que la empresa referida no podrá participar, todo ello de conformidad, con lo establecido en el artículo 4 inciso 2° de la Ley N° 19.886.
i. No acompañar a los Estados de Pago, la documentación que acredite el cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales de los trabajadores, según el número 19 de las Bases Administrativas.
j. Infringir la confidencialidad. La información, resultados y documentos generados como producto de la ejecución del Contrato es confidencial y, se regula en el número 3 de las bases administrativas.
k. Incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por la empresa. Se entenderá por incumplimiento grave la no ejecución o la ejecución parcial por parte de la empresa de una o más de sus obligaciones, que importe una vulneración a los elementos esenciales del contrato, siempre y cuando no exista alguna causal que le exima de responsabilidad y que dicho incumplimiento le genere a Fonasa un perjuicio significativo en el cumplimiento de sus funciones. Por ejemplo, si acumularán cuatro multas en un período de un mes respecto de las indicadas en la cláusula 29 de la presente contratación o bien, la acumulación de dos multas categorizadas como falta grave durante un semestre.
l. Entregar la Boleta de Garantía o Certificado de Fianza o Póliza de Seguro de Garantía de Fiel Cumplimiento de reposición, en un plazo posterior a los 5 días hábiles contado de la fecha en que se comunica por escrito que el documento de garantía vigente, se hará efectivo, como consecuencia de multas aplicadas, de acuerdo a lo establecido en la cláusula 29 de esta contratación.
m. Que afecten la seguridad nacional o el interés público.
Verificada cualquiera de estas situaciones, el contrato terminará de inmediato, y el Fondo Nacional de Salud hará efectiva sin más trámite, la Boleta de Garantía o Certificado de Fianza de Fiel Cumplimiento, salvo que la causal invocada sea la señalada por Resciliación o mutuo acuerdo entre Xxxxxx y el contratado, letra c), letra g) y letra m).
DÉCIMO TERCERO: CAUSALES DE MULTAS
El Fondo Nacional de Salud, a través del Administrador del Contrato, está facultado para aplicar multas, exclusivamente por las infracciones que se señalan a continuación:
Infracción | Detalle | Cantidad de veces | Tipo de Infracción | Multa |
Calidad del Servicio | Atrasos en la entrega del servicio | No presentación del personal de aseo en el horario de inicio de su jornada. El atraso se considera pasado 1 hora desde el inicio de jornada, si no se genera reemplazo del personal. Por cada 30 minutos se cobrará 1 UF adicional. | Leve | 1 UF pasado un hora desde el inicio de la jornada. 1 UF por cada 30 minutos adicionales |
No prestación del Servicio | 2 o más días en el mes | Grave | 8 UF | |
Nivel deficiente del servicio (Evaluación mensual del administrador del contrato por medio de inspecciones en terreno) | Por cada evaluación deficiente | Moderado | 4 UF | |
Por acumulación de 4 multas moderadas en el año calendario | Grave | 10 UF | ||
Nivel deficiente del servicio (Medido en reclamos por escrito de jefaturas de Fonasa) | 3 o más reclamos por escrito en 30 días corridos | Grave | 10 UF | |
2 reclamos por escrito en 30 días corridos | Moderado | 7 UF | ||
Seguridad | Falta de equipamiento de seguridad, verificada en un operario o supervisor. | 3 o más oportunidades en el mes | Grave | 10 UF |
2 oportunidades en el mes | Moderado | 7 UF | ||
Por evento | Leve | 1UF | ||
Uso de productos que atenten contra la salud de las personas | ||||
2 o más oportunidades en el mes | Grave | 10 UF | ||
1 evento en el mes | Moderado | 7 UF | ||
Acciones inseguras o temerarias que pongan en riesgo la salud o seguridad de las personas | 3 o más oportunidades en el mes | Grave | 10 UF | |
2 oportunidades en el mes | Moderado | 7 UF | ||
Por evento | Leve | 1UF | ||
Comportamiento | Agresiones físicas, Xxxxxx, altercados, insultos o improperios por parte del personal del proveedor, entre ellos o con cualquier otra persona. | Por evento | Grave | 10 UF |
Falta de uniforme, verificada en un operario. | 5 veces en el mes | Moderado | 3 UF | |
Por evento | Leve | 0,5 UF |
La multa comienza a contabilizar su tiempo desde el hecho que la genera. A excepción de la multa de atraso que inicia pasada 1 hora desde que se inicia la jornada.
El valor a utilizar para este cálculo de la UF será la del día en que se dicte la resolución que se señala en la letra d), de esta contratación.
Las multas directamente del pago de la facturación o hacer efectivo el documento de Garantía de fiel cumplimiento de contrato, por el monto respectivo. Procederá esta última situación cuando las facturaciones sean inferior a las multas aplicadas y a firme. En este último caso, la adjudicataria deberá reponer en su totalidad la garantía, de no hacerlo, se aplicará lo establecido en la letra l) de la cláusula de la presente contratación.
DÉCIMO CUARTO: REQUISITOS QUE DEBEN CUMPLIR LAS EMPRESAS QUE EJECUTEN SERVICIOS EN DEPENDENCIAS DEL FONASA.
Toda Empresa deberá cumplir con todas las órdenes y medidas tanto de carácter general o particular, que se han dictado o se dicten, ya sea mediante, leyes, reglamentos, decretos, resoluciones, protocolos u otro medio, que diga relación con medidas sanitarias preventivas para disminuir la posibilidad de contagio de Covid 19, entre sus trabajadores.
Toda Empresa deberá presentar:
19. Un Protocolo Interno con medidas sanitarias preventivas para disminuir posibilidades de contagio de Covid-19.
20. Programa de capacitación de uso y manejo de los Elementos de Protección Personal (EPP).
Responsabilidad de las empresas:
1. Dotar a sus trabajadores de todos los elementos de protección e insumos para la limpieza y desinfección para prevenir el contagio del Covid-19 y velar por el correcto uso.
2. Cumplir con los lineamientos que a continuación se describirán para reportar casos de personas sintomáticas o confirmadas de COVID-19, que se encuentren o hayan estado en dependencias del Fondo Nacional de Salud.
3. Impedir el ingreso de sus trabajadores a dependencias de Fonasa de no contar con mascarilla de tipo quirúrgico que cubra nariz y boca.
4. Cumplir con las medidas internas de FONASA para la prevención de contagio COVD-19, en caso de encontrarse en dependencias donde se apliquen.
5. Reportar inmediatamente al responsable directo ya sea el Administrador de Contrato o la Inspección Técnica de Obra del Fondo Nacional de Salud en caso que algún trabajador tenga síntomas o confirmado de Covid-19.
Acciones Generales que deben realizar las empresas
1. Establecer o pactar flexibilizaciones horarias u horarios diferidos para el ingreso y salida de los trabajadores y así evitar aglomeraciones en la obra/faena y en el transporte público. Convenir la distribución de la jornada en diversos turnos, siempre con el fin de evitar aglomeraciones y limitar la cantidad de trabajadores que comparten un mismo espacio.
2. Pactar otras medidas tendientes a evitar la aglomeración, como turnos para colación y turnos en transporte cuando este es proporcionado por la empresa. Otorgar facilidades para que los
trabajadores que pudieran presentar síntomas puedan concurrir a hacerse los exámenes correspondientes.
3. Constituir un Comité de Obra para definir las medidas a seguir, acciones a reforzar u encargados de implementar las acciones, manteniendo registro de las acciones realizadas.
4. Informar y capacitar a los trabajadores sobre el COVID-19; en especial del Protocolo Interno; garantizando que todos conozcan las medidas preventivas, llevando un registro de los participantes.
5. Limpiar y desinfectar lugares de trabajo, conforme a las orientaciones establecidas en el “Protocolo de limpieza y desinfección de ambientes COVID-19” que puede ser consultado en xxxxx://xxx.xxxxxx.xx/xxxxx-xxxxxxxxxxx-0000-xx ov/material-de-descarga/.
6. Cuando se trate del término de la jornada diaria de trabajo o de ejecución de una obra, la empresa a cargo del desarrollo de la misma deberá realizar una sanitización total de las instalaciones de acuerdo al protocolo de limpieza y desinfección de ambientes - covid-19 que puede ser consultado en xxxxx://xxx.xxxxxx.xx/xxxxx-xxxxxxxxxxx-0000-xx ov/material-de-descarga.
7. Informar cualquier condición que sea modificada o que requiera variaciones para su adecuada implementación.
Acciones para el ingreso
1. Evitar saludos con contacto directo y promover que se mantenga una distancia mínima de un metro entre personas.
2. Aplicar lavado de manos con agua y jabón al menos durante 20 segundos o con alcohol gel, para lo cual se deben habilitar dispensadores al ingreso de la obra/faena.
3. Medir la temperatura corporal de los trabajadores con un termómetro adecuado, asegurando el distanciamiento social en la fila de entrada a la obra/faena. Registrar el resultado en un documento de declaración de estado de salud a mantener en la obra.
4. Eliminar mascarillas luego del período recomendado para su uso.
5. Asegurar que los trabajadores se hayan lavado las manos o aplicado alcohol gel al momento de firmar el Libro de Ingreso.
6. Procurar que se mantengan limpias y sanitizadas todas las superficies que puedan estar en contacto con las manos de trabajadores que se desplazan hacia los distintos puntos al interior de la obra (por ejemplo: manillas de puertas, pasamanos de escaleras, mesas de trabajo,
Teclados, sillas u otros). Estas medidas debieran ser efectuadas por una cuadrilla ad-hoc.
Acciones en vestidores, baños y duchas
1. Reforzar rutinas de limpieza y sanitización previas al ingreso de los trabajadores a los espacios destinados a vestidores / baños / duchas que hayan sido facilitados por el FONASA. Antes del término de la jornada, aplicar nuevamente limpieza y sanitización.
Acciones en horarios de almuerzo y colaciones
1. Implementar horarios de almuerzo y/ colación diferidos en la obra, coordinando turnos y grupos en los cuales se pueda mantener distanciamientos de un metro entre personas.
2. Velar por el lavado de manos previo al ingreso a comedores o lugares destinados para ello.
3. Reforzar con trabajadores que los utensilios son de uso personal y deben ser almacenados separadamente y no en espacios comunes.
4. Mantener distanciamiento entre los trabajadores no inferior a 1,5 metros al momento de almorzar.
5. Mantener la higiene permanente del lugar, especialmente de utensilios (cubiertos, lozas, vasos, etc.).
Acciones ante la sospecha o confirmación de trabajador con Covid-19
1. Los trabajadores que presentan síntomas asociados al Covid-19, no deben presentarse a trabajar, deben informar inmediatamente a su jefatura directa de su empresa y este último al responsable
de la obra o servicio por parte de Fonasa, ya sea el Administrador del Contrato o a la Inspección Técnica de Obra; y deben acudir a un centro de salud según las indicaciones de la autoridad sanitaria.
2. Los trabajadores sanos que hayan tenido o tengan un contacto estrecho, conforme a la definición dada por la autoridad sanitaria, con un paciente confirmado de Covid-19 deben informar inmediatamente a su jefatura directa y éste último al responsable de la obra o servicios por parte de Xxxxxx, ya sea el Administrador del Contrato o a la Inspección Técnica de Obra.
3. Los trabajadores que presenten síntomas asociados al Covid-19 durante la jornada de trabajo deben ser separados inmediatamente del resto de otros trabajadores y ser enviados a un centro de salud según indicaciones de la autoridad sanitaria; informando el Jefe de obra y este último, en forma inmediata de la situación al responsable de la obra o servicios por parte de Fonasa, ya sea el Administrador del Contrato o a la Inspección Técnica de Obra.
4. En caso de que el trabajador enfermo de positivo para Covid-19, este deberá informar inmediatamente a su jefatura directa de la empresa y este último al responsable de la obra o servicios por parte de Fonasa, ya sea el Administrador del Contrato o a la Inspección Técnica de Obra.
Acciones en el lugar de trabajo una vez confirmado caso de Covid-19
1. Realizar todas las acciones que recomiende la autoridad sanitaria en caso de presentarse en el centro de trabajo
2. Identificar el lugar físico donde el trabajador confirmado con Covid-19 desempeñaba sus funciones al momento de presentar síntomas.
3. Delimitar y prohibir el ingreso a dicha área.
4. Suspender la faena del lugar delimitado y proceder a la limpieza y desinfección.
5. Usar protocolo definido por la autoridad para desinfección de un lugar de trabajo con Covid-19 positivo, el que debe ser ejecutado por una empresa externa.
DÉCIMO QUINTO: PROCEDIMIENTO PARA APLICACIÓN DE MULTAS
El procedimiento para la aplicación de las multas será el siguiente:
a) Detectada una situación que amerite la aplicación de multas, el Fondo Nacional de Salud comunicará a la empresa, a través de carta certificada o correo electrónico, indicando los hechos que originan las multas, la infracción que dichos hechos configuran y su monto.
b) A contar del día de la notificación de la comunicación precedente, la empresa tendrá el plazo de 5 días hábiles para hacer sus descargos, si vencido este plazo no realizará descargos el administrador del contrato deberá resolver de plano. Si la empresa hiciera descargos dentro del plazo antes señalado y solicita reconsideración al administrador del contrato, deberá efectuar tales descargos, acompañando todos los antecedentes que acrediten fehacientemente que no ha tenido responsabilidad en los hechos que originan las multas. Vencido el plazo, o bien si no se acompañaren los antecedentes recabados que fundamenten los descargos, se resolverá la aplicación de la multa y se dará paso a lo indicado en la letra
d) de esta cláusula.
c) Si se hubieren presentado descargos en tiempo y forma, el Administrador del Contrato tendrá el plazo xx xxxx días hábiles, a contar de la presentación de los mismos, para rechazarlos o acogerlos, total o parcialmente, lo que comunicará por escrito. A contar de la fecha de la comunicación por escrito, la empresa tendrá el plazo de ocho días hábiles para reclamar fundadamente ante la Directora Zonal del Fondo Nacional de Salud, quien resolverá pudiendo interponer la empresa Recurso de Reposición, dentro xx xxxx días hábiles, lo que dará paso a lo indicado en la letra d) de esta cláusula.
d) La pertinente Resolución de aplicación de la multa se dictara por parte de la Directora Zonal del Fondo, o por quién le reemplace o subrogue, procediéndose a su pago de acuerdo a lo establecido en el párrafo final de la cláusula décima cuarta de la presente contratación.
Contra esta resolución procederán los recursos contemplados en la Ley 19.880.
DECIMO SEXTO: ADMINISTRACIÓN DE LOS CONTRATOS
El Fondo Nacional de Salud supervisará el buen cumplimiento del contrato, para lo cual designará al Administrador de Contrato para la región de Antofagasta a la Jefatura xxx Xxxxx. Adm. y finanzas o quien lo subrogue, de la Dirección Zonal Norte del Fondo Nacional de Salud.
La administración del contrato comprende, entre otras funciones, las siguientes:
a. Del Administrador del(os) Contrato(s) en FONASA:
1. Monitorear y gestionar el cumplimiento de los plazos establecidos en el contrato.
2. Resolver el recurso de su competencia en el caso de aplicación de multas.
3. Evaluar periódicamente resultados provenientes de la prestación del servicio.
4. Firmar ordinarios u oficios dirigidos al adjudicatario que digan relación con la situación contractual del servicio.
5. Exigir y fiscalizar el estricto cumplimiento del contrato, en todos sus aspectos.
6. Visar la factura, en señal de conformidad de los servicios prestados y facturados.
b. Del Coordinador Regional del(os) Contrato(s) en FONASA
1. Informar por escrito al Administrador del Contrato de adecuaciones menores al proyecto, atender y resolver situaciones coyunturales o emergentes no consideradas.
2. Verificar el Informe de Desempeño del Adjudicatario para reportar de su situación al Administrador del Contrato.
3. Entregar los detalles técnicos de los servicios solicitados u/o esperados.
4. Registrar y reportar fallas que sean detectadas, manteniendo un registro de ellas.
Por su parte, la Empresa nombra a , como Coordinador Técnico con dedicación permanente que la representará ante FONASA para todos los efectos del servicio o entrega del producto.
Durante la ejecución del servicio, este Coordinador será el interlocutor válido entre la Empresa y Fonasa. Serán funciones de este Coordinador, entre otras:
1. Supervisar al equipo de trabajo.
2. Será responsable de la coordinación y ejecución de todos los servicios comprometidos.
3. Definir un mecanismo de escalamiento para resolución de problemas.
Con el objeto de mantener actualizada la nominación del Coordinador de la Empresa, todo cambio relativo a la designación, deberá ser informado al Administrador del Contrato, por el Representante Legal, dentro de las 24 horas siguientes de efectuado el cambio.
DÉCIMO SÉPTIMO: PRECIO DEL CONTRATO
El precio máximo del contrato por 24 meses en que se prestarán los servicios, es la suma única y total de $ .
DÉCIMO OCTAVO: FACTURACIÓN
La facturación de los servicios contratados se realizará por mes vencido. El proveedor deberá entregar junto al Estado de Pago, un informe de desempeño de los servicios contratados, consistente en un check list de los servicios prestados en cada dependencia de cada región respecto de la cual tiene el contrato.
El plazo que tendrá el FONASA para efectuar reparos u observaciones técnicas o administrativas será de seis días hábiles, contados desde la recepción del estado de pago a través del GDT. De existir reparos u observaciones por parte del Fondo Nacional de Salud, éstas serán comunicadas al adjudicatario, para que éste, dentro de un plazo xx xxxx días hábiles contados desde la fecha de despacho de tal comunicación, subsane o aclare los reparos formulados. Una vez que el adjudicatario haya corregido las observaciones formuladas por el Administrador del Contrato, éste otorgará su conformidad dentro del plazo de los cinco días hábiles siguientes a su presentación.
Una vez aceptado el estado de pago, se debe enviar la factura con la documentación adjunta, donde el pago estará condicionado a la presentación de toda la documentación respectiva. La factura deberá ser enviada a través del gestor Documental Tributario con copia al administrador del contrato respectivo,
esto debe venir junto al Formulario F30-1 (Solicitud para certificar cumplimiento de obligaciones laborales y previsionales, declaración jurada), F-30 (Ccertificado cumplimiento de obligaciones laborales y previsionales que da cuenta de la conducta del proveedor) y planillas.
DECIMO NOVENO: PAGO DE LOS SERVICIOS
El proveedor procederá a entregar la factura a través del GDT o en Oficina de Partes pertinente del Fondo Nacional de Salud con toda la documentación requerida, una vez aprobado el Estado de Pago e informe de desempeño. La aprobación de los pagos será otorgada por el Administrador del Contrato.
El domicilio de la Oficina de Partes está ubicado en xxxxx Xxxx Xxxxxx Xxxxxxx Xx 0000, Xxxxxxxxxxx.
El pago de la factura se realizará mediante transferencia electrónica y dentro de los 30 días corridos de presentada la factura, previo Informe y V°B° del Administrador del Contrato, para lo cual deberá indicar la cuenta banco para efectuar su transferencia... De ser rechazada por contener errores o por mantener el adjudicatario obligaciones pendientes que deban ser descontados de esta se retendrá su pago hasta que enmendados dichos errores y/o obligaciones pendientes.
Se hace expresamente presente a los proponentes que el pago de los servicios sólo podrá efectuarse una vez que la propuesta pública se encuentre adjudicada y el contrato aprobado administrativamente.
VIGÉSIMO: PLAZO DE DEVOLUCIÓN DE FACTURAS
Para los efectos de lo dispuesto en la ley 19.983, que regula la transferencia y otorga mérito ejecutivo a copia de la factura, se deja establecido que el Fonasa dispondrá de 8 días corridos para reclamar del contenido de la factura. (La sola presentación de la oferta supondrá aceptación de este plazo).
VIGÉSIMO PRIMERO: FACULTAD PARA SUBCONTRATAR/PROHIBICIÓN DE SUBCONTRATAR Y FACULTAD PARA CEDER DERECHOS/ PROHIBICION DE CESION
La Adjudicataria podrá subcontratar uno o más de los servicios necesarios para el cumplimiento de los objetivos de la licitación, no superando el 40% del servicio entregado.
Debe someterse a análisis y autorización del Fondo Nacional de Salud toda subcontratación propuesta por la Adjudicataria, tanto al presentar su Propuesta como posteriormente, durante la vigencia del contrato.
El Subcontratista deberá estar inscrito en el registro de proveedores de la Dirección de Compras y Contrataciones Públicas, para que el Fondo Nacional de Salud pueda autorizar su subcontratación.
La autorización que otorgue el Fondo Nacional de Salud a la Adjudicataria para subcontratar, se efectuará mediante carta remitida a la Adjudicataria suscrita por la Directora de la Dirección Zonal Norte del Fondo Nacional de Salud, o por quién este delegue. En todo caso, será el ADJUDICATARIO quien tendrá la responsabilidad ante el Fondo Nacional de Salud, por la calidad, contenido y oportunidad de los productos exigidos.
La contratación de terceros por parte de la Adjudicataria en calidad de subcontratistas que trabajen con él en las materias de esta licitación, así mismo sólo puede referirse a una parcialidad del contrato y no libera la Adjudicataria de la responsabilidad ante el Fondo Nacional de Salud en relación a los plazos, contenido y calidad de los servicios, productos u otras materias subcontratadas. El Fondo Nacional de Salud, así como puede rechazar la solicitud de la Adjudicataria, en cuanto a contratar a algún subcontratista, también puede exigir fundadamente su reemplazo, en caso de servicio deficientemente otorgado.
En caso que la Adjudicataria utilice los servicios de terceros, arriendo de computadores u otros equipos, o de especialistas de cualquier índole, será la única y total responsable por dichos servicios, del cumplimiento de los plazos y de la correcta y oportuna coordinación de los mismos con los trabajos que efectúa directamente y del pago de las sumas de dinero que puedan adeudarse o anticiparse a los subcontratistas por tales servicios, como igualmente de los impuestos de cualquier naturaleza que los pudieran gravar, y responsabilidades laborales, así como de los daños que ellos ocasionasen a las instalaciones o intereses del Fondo Nacional de Salud. Todo lo anterior sin perjuicio de la aplicación de la ley de subcontratación.
El adjudicatario no podrá ceder el contrato, ni total ni parcialmente a ninguna persona natural o jurídica.
VIGÉSIMO SEGUNDO: DOMICILIO CONVENCIONAL
Para todos los efectos del presente contrato, las partes fijan su domicilio en la ciudad y comuna de Antofagasta y se someten a la jurisdicción y competencia de sus tribunales ordinarios de justicia.
VIGÉSIMO TERCERO: EJEMPLARES DEL CONTRATO
El presente contrato y los documentos que lo integran se firman en tres ejemplares de idéntico tenor, quedando dos en poder del “Fondo” y uno para la “Empresa”.
VIGÉSIMO CUARTO: PERSONERÍAS
La personería de D./Doña
para representar a la Dirección Zonal Norte del Fondo Nacional
de Salud en la presente contratación, consta en Decreto Supremo N° de fecha , del Ministerio de Salud/ en la delegación de facultades contenida en la Resolución Exenta N° de
de del Fondo Nacional de Salud, y la de don/doña , para representar a
, consta de la Sesión de Directorio de de de 20 , la que fue reducida a escritura pública, con fecha de de 20 , ante el Notario Público de don/ña
./ consta en escritura pública de constitución de fecha de de otorgada ante el notario público de , don/ña ./
3.- Llámese a licitación pública para la contratación de los “Servicios de Aseo para las dependencias de la región de Antofagasta de la Dirección Zonal Norte” del Fondo Nacional de Salud.
4.- Publíquese las presentes bases administrativas y técnicas y anexos en el sitio del Portal de Compras del Estado xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx .
5.- Remítase copia de esta resolución al Administrador institucional del Lobby, en particular a lo referido a la Comisión Evaluadora de Oferta, señalado en el 9.1 de las bases administrativas.
6.- Publíquese en el sistema Lobby los integrantes de esta comisión evaluadora, mientras dure la, licitación, periodo comprendido desde la publicación de esta resolución en el sistema xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx y hasta la fecha de adjudicación.
7.- Comuníquese a la Comisión Evaluadora de las Ofertas que, en el marco de la Ley Lobby, pasan a ser sujetos pasivos.
8.- Impútese el gasto que irroga al ítem 22.08.001 Servicios de aseo de la Dirección Zonal Norte
ANÓTESE, COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y ARCHÍVESE
"Por orden del Director"
EVE / EVM / DSP / hdb
DISTRIBUCIÓN:
DPTO. ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS
SUBDPTO. DE TRANSPARENCIA Y LEY DE LOBBY DPTO. SERVICIO AL USUARIO
DIRECCIÓN ZONAL NORTE SUCURSAL ANTOFAGASTA SUCURSAL TOCOPILLA SUCURSAL CALAMA SUCURSAL PLAZA NORTE
XXXX XXXXX XXXXXXXX DIRECTOR(A) ZONAL
FONDO NACIONAL DE SALUD
2Am27548
Código de Verificación