Membrete de la institución licitante]
Licitación Financiamiento IPP
Formato de Oferta de Crédito FAFEF
[Membrete de la institución licitante]
Oaxaca de Juárez, a [•] de [•] de 2020
Secretaría de Finanzas del
Poder Ejecutivo del Estado de Oaxaca
P r e s e n t e
[●], representada por [●], (en adelante el “Licitante”), en la Licitación Pública N° LA-OAX-DIP-002-2019 convocada el pasado 18 de octubre de 2019 por el Estado Libre y Soberano de Oaxaca, a través de la Secretaría de Finanzas del Poder Ejecutivo, presenta la siguiente Oferta de Crédito para el Financiamiento FAFEF, conforme al numeral 3.1 de las Bases de la Licitación Pública N° LA-OAX-DIP-002-2019 (en adelante las “Bases de la Licitación”).
Los términos en mayúscula inicial que no se encuentren expresamente definidos en la presente tendrán el significado que se les atribuye en las Bases de la Licitación (incluyendo sus modificaciones), expedidas por la Secretaría.
El Licitante manifiesta que la presente Oferta de Crédito constituye una oferta en firme, vinculante e irrevocable, con una vigencia mínima de 60 (sesenta) días naturales, contados a partir de la fecha del Acto de Presentación y Apertura de Ofertas, que se celebra el día [•] de [•] de 2020, bajo las siguientes condiciones:
Monto de la Oferta de Crédito1: |
$[●] ([●] pesos 00/100 M.N.). |
Margen Aplicable al nivel de Calificación Preliminar en escala nacional de [●], o su equivalente:
|
[●]% |
A continuación, se detalla la Tabla de Revisión y Ajuste del Margen Aplicable a los diferentes niveles de riesgo en función de las calificaciones del crédito o, en su defecto, del Estado de acuerdo con la mecánica establecida en el Modelo de Crédito incluido en las Bases de la Licitación:
CALIFICACIONES DEL CRÉDITO O DEL ESTADO2 |
Margen Aplicable |
||||
S&P |
Fitch |
Moody’s |
HR Ratings |
Verum |
|
mxAAA |
AAA(mex) |
Xxx.xx |
HR AAA |
AAA/M |
[•] % |
mxAA+ |
AA+(mex) |
Xx0.xx |
HR AA+ |
AA+/M |
[•] % |
mxAA |
AA(mex) |
Xx0.xx |
HR AA |
AA/M |
[•] % |
mxAA- |
AA-(mex) |
Xx0.xx |
HR AA- |
AA-/M |
[•] % |
mxA+ |
A+(mex) |
X0.xx |
HR A+ |
A+/M |
[•] % |
mxA |
A(mex) |
X0.xx |
HR A |
A/M |
[•] % |
mxA- |
A-(mex) |
X0.xx |
HR A- |
A-/M |
[•] % |
mxBBB+ |
BBB+(mex) |
Xxx0.xx |
HR BBB+ |
BBB+/M |
[•] % |
mxBBB |
BBB(mex) |
Xxx0.xx |
HR BBB |
BBB/M |
[•] % |
mxBBB- |
BBB-(mex) |
Xxx0.xx |
HR BBB- |
BBB-/M |
[•] % |
mxBB+ |
BB+(mex) |
Xx0.xx |
HR BB+ |
BB+/M |
[•] % |
mxBB |
BB(mex) |
Xx0.xx |
HR BB |
BB/M |
[•] % |
mxBB- |
BB-(mex) |
Xx0.xx |
HR BB- |
BB-/M |
[•] % |
mxB+ |
B+(mex) |
X0.xx |
HR B+ |
B+/M |
[•] % |
mxB |
B(mex) |
X0.xx |
HR B |
B/M |
[•] % |
mxB- |
B-(mex) |
X0.xx |
HR B- |
B-/M |
[•] % |
mxCCC |
CCC(mex) |
Xxx.xx |
HR C+ |
|
[•] % |
mxCC |
CC(mex) |
Xx.xx |
HR C |
|
[•] % |
mxC |
C(mex) |
X.xx |
HR C- |
C/M |
[•] % |
mxD |
D(mex) |
|
HR D |
D/M |
[•] % |
|
E(mex) |
|
|
E/M |
[•]% |
No calificado |
[•] % |
Otros términos y condiciones del contrato
[este apartado no puede ser modificado por los Licitantes]
Tipo de financiamiento:
|
Contrato de apertura de crédito simple.
|
Fecha objetivo para la firma del contrato de crédito:
|
El 31 de enero de 2020.
|
Destino de los recursos:
|
El monto del Financiamiento se destinará a:
Lo anterior, en el entendido que, el monto de recursos a destinar a los conceptos antes señalados se determinará en función del monto ofertado.
|
Plazo del financiamiento: |
180 (ciento ochenta) meses, equivalente a 5,475 (cinco mil cuatrocientos setenta y cinco) días, contados a partir de la primera disposición del crédito.
|
Perfil de Amortizaciones:
|
Amortizaciones mensuales, consecutivas y crecientes de capital que resulten bajo un método de pagos fijos, que incluirán capital e intereses, que se definirá al momento de realizar cada disposición. Lo anterior, conforme a la tabla de amortizaciones que se adjunta como referencia en el Anexo Único a la presente Oferta de Crédito.
* El Banco deberá adjuntar a la Oferta de Crédito como Anexo Único la Tabla de Amortizaciones correspondiente.
|
Periodo para el cumplimiento de condiciones suspensivas: |
Hasta 60 (sesenta) días, contados a partir de la firma del Contrato de Crédito, el cual podrá prorrogarse, a solicitud del Estado.
|
Periodo de Disposición: |
Hasta [12 (doce) meses] o [24 (veinticuatro) meses]3, contados a partir del día siguiente a que se tengan por cumplidas las condiciones suspensivas ante el Acreditante, el cual podrá prorrogarse, a solicitud del Estado, en el entendido que la primera disposición del crédito deberá realizarse dentro de los 30 (treinta) Días siguientes al inicio del Periodo de Disposición.
|
Condiciones de disposición:
|
Una vez iniciado el Periodo de Disposición, a través una o varias disposiciones, para lo cual el Estado deberá presentar la Solicitud de Disposición debidamente firmada y, si así lo solicita el Acreditante, el pagaré que documente la Disposición.
|
Oportunidad de entrega de los recursos: |
Dentro de los 3 (tres) Días Hábiles siguientes a la entrega de la solicitud de disposición por parte del Estado.
|
Periodo xx Xxxxxx: |
Sin periodo xx xxxxxx.
|
Periodicidad de pago de intereses: |
Mensual.
|
Tasa de Referencia: |
Tasa de Interés Interbancaria de Equilibrio a plazo de 28 días (“TIIE”), publicada por Banco de México en el Diario Oficial de la Federación.
|
Tasa de Interés Ordinaria: |
La Tasa de Referencia misma que se fijará al momento de cada Disposición del Crédito mediante la operación de intercambio de tasas (swap) que cierre el Estado en las mejores condiciones xx xxxxxxx, por el monto y plazo asociados a la Disposición que ejerza el Estado con cargo al Crédito, más el Margen Aplicable al nivel de calificación del crédito o, en su defecto, del Estado, que represente el mayor nivel de riesgo entre las calificaciones emitidas por al menos dos Agencias Calificadoras, conforme a la Tabla de Margen Aplicable.
|
Tasa de Interés Moratoria |
La tasa de interés anual que resulte de multiplicar por [1.5 (uno punto cinco)] o [2.0 (dos punto cero)] la Tasa de Interés Ordinaria.4
|
Fuente de pago:
|
El derecho y los ingresos hasta el 25% (veinticinco por ciento) del Fondo de Aportaciones para el Fortalecimiento de la Entidades Federativas (“FAFEF”), en el entendido que en términos del artículo 50 de la Ley de Coordinación Fiscal se podrá destinar en cada ejercicio fiscal, al servicio de las obligaciones contraídas, la cantidad que resulte mayor entre aplicar el 25% (veinticinco por ciento) a los recursos del FAFEF que le corresponda al Estado en el ejercicio fiscal de que se trate, o bien, a los recursos del FAFEF del ejercicio fiscal del año de contratación de las obligaciones. Lo anterior, en el entendido que, el recurso a otorgar como fuente de pago del Financiamiento FAFEF será el resultado de aplicar al 25% (veinticinco por ciento) la proporción que represente el monto del financiamiento en particular respecto del Monto del Financiamiento FAFEF, redondeado a dos decimales.
|
Mecanismo de afectación. |
El contrato de fideicomiso irrevocable de administración y fuente de pago que celebrará el Estado, en términos del Modelo de Fideicomiso FAFEF, a través de la Secretaría, en calidad de Fideicomitente y Fideicomisario en Xxxxxxx Xxxxx, con la institución de crédito de su elección como Fiduciario, a cuyo patrimonio se afectará el FAFEF Afectado, para que sirva como fuente de pago de los Créditos y de los Instrumentos Derivados de intercambio de tasas que, en su caso, celebre el Estado, en el cual el Acreditante y las Contrapartes tendrán la calidad de Fideicomisarios en Primer Lugar, conforme a la prelación establecida en el mismo. |
Fondo de Reserva:
|
Significa el monto equivalente a 2.5 (dos punto cinco) veces el Servicio de Deuda del Crédito, incluyendo capital e intereses, del periodo en curso.
|
Gastos Adicionales: |
Sin gastos adicionales.
|
Gastos Adicionales Contingentes: |
Sin Gastos Adicionales Contingentes, salvo por los costos de rompimiento que en su caso se generen por el rompimiento de los instrumentos de intercambio de tasas asociados a las Disposiciones del crédito.
|
El Licitante, a través de su representante, manifiesta bajo protesta de decir verdad, que:
(a) [Nombre de la Institución] es una sociedad mexicana, autorizada para operar como institución de crédito y, en términos de sus estatutos sociales, se encuentra dentro de su objeto celebrar operaciones como el Contrato de Crédito en los términos de la Licitación. [en el caso de sociedades nacionales de crédito, adaptar la declaración con los datos de la ley de creación].
(b) Sus órganos internos competentes autorizaron la Oferta de Crédito en los términos contenidos en el presente documento, la cual constituye una oferta en firme, vinculante e irrevocable, con una vigencia mínima de 60 (sesenta) días naturales, contados a partir de su fecha de presentación en el Acto de Presentación y Apertura de Ofertas.
(c) No ha comentado con otras instituciones financieras el alcance y términos de esta Oferta, ni en forma alguna se ha puesto de acuerdo con otras instituciones de crédito o sociedades nacionales de crédito competidoras respecto de su participación en la presente Licitación Pública.
(d) Su representante tiene facultades suficientes para representarla y presentar la presente Oferta de Crédito, las cuales no le han sido revocadas, modificadas o limitadas en forma alguna.
(e) No se encuentra impedida para contratar con el Estado, de conformidad con las Leyes Aplicables.
(f) Reitera su compromiso de sujetarse incondicionalmente a las disposiciones
legales y administrativas aplicables, así como al resto de los Documento de la Licitación.
A la Oferta de Crédito se adjunta la siguiente documentación:
El Modelo de Contrato de Crédito5. El Licitante, en caso de resultar Licitante Ganador se obliga a presentar, a más tardar, el Día Hábil siguiente a la publicación del Acto de Fallo, el Modelo de Contrato de Crédito con las modificaciones de forma que proponga, para la elaboración de la versión de firma y suscripción del Contrato de Crédito correspondiente, en el entendido que las modificaciones no podrán versar sobre aspectos sustanciales y, en todo caso, la Secretaría se reserva el derecho de aceptar las modificaciones propuestas.
Una copia simple del poder que acredite las facultades del representante de la institución financiera para suscribir la Oferta de Crédito y, en su caso, el Contrato de Crédito.
Copia simple de los estatutos sociales de la institución de crédito, o, en su caso, copia simple de la Ley Orgánica o la ley de creación, en caso de tratarse de una institución de banca de desarrollo; y
Copia de la identificación oficial vigente del representante que suscribió la Oferta.
El Licitante señala los siguientes datos de contacto, para efectos de cualquier notificación en relación con el proceso de la Licitación Pública:
Domicilio: [●].
Teléfono: [●].
Atención a: [●].
Correo electrónico: [●].
A t e n t a m e n t e,
Nombre del Banco
____________________________
[●]
Representante legal6
Anexo Único
Tabla de Amortizaciones de referencia
Periodo |
Amortización |
1 |
0.28404% |
2 |
0.28598% |
3 |
0.28793% |
4 |
0.28990% |
5 |
0.29188% |
6 |
0.29387% |
7 |
0.29588% |
8 |
0.29790% |
9 |
0.29993% |
10 |
0.30198% |
11 |
0.30404% |
12 |
0.30612% |
13 |
0.30821% |
14 |
0.31032% |
15 |
0.31244% |
16 |
0.31457% |
17 |
0.31672% |
18 |
0.31888% |
19 |
0.32106% |
20 |
0.32325% |
21 |
0.32546% |
22 |
0.32768% |
23 |
0.32992% |
24 |
0.33217% |
25 |
0.33444% |
26 |
0.33672% |
27 |
0.33902% |
28 |
0.34134% |
29 |
0.34367% |
30 |
0.34601% |
31 |
0.34838% |
32 |
0.35076% |
33 |
0.35315% |
34 |
0.35556% |
35 |
0.35799% |
36 |
0.36044% |
37 |
0.36290% |
38 |
0.36537% |
39 |
0.36787% |
40 |
0.37038% |
41 |
0.37291% |
42 |
0.37546% |
43 |
0.37802% |
44 |
0.38060% |
45 |
0.38320% |
46 |
0.38582% |
47 |
0.38845% |
48 |
0.39111% |
49 |
0.39378% |
50 |
0.39647% |
51 |
0.39917% |
52 |
0.40190% |
53 |
0.40464% |
54 |
0.40741% |
55 |
0.41019% |
56 |
0.41299% |
57 |
0.41581% |
58 |
0.41865% |
59 |
0.42151% |
60 |
0.42439% |
61 |
0.42728% |
62 |
0.43020% |
63 |
0.43314% |
64 |
0.43610% |
65 |
0.43908% |
66 |
0.44207% |
67 |
0.44509% |
68 |
0.44813% |
69 |
0.45119% |
70 |
0.45427% |
71 |
0.45737% |
72 |
0.46050% |
73 |
0.46364% |
74 |
0.46681% |
75 |
0.47000% |
76 |
0.47321% |
77 |
0.47644% |
78 |
0.47969% |
79 |
0.48297% |
80 |
0.48626% |
81 |
0.48958% |
82 |
0.49293% |
83 |
0.49629% |
84 |
0.49968% |
85 |
0.50310% |
86 |
0.50653% |
87 |
0.50999% |
88 |
0.51347% |
89 |
0.51698% |
90 |
0.52051% |
91 |
0.52406% |
92 |
0.52764% |
93 |
0.53125% |
94 |
0.53487% |
95 |
0.53853% |
96 |
0.54220% |
97 |
0.54591% |
98 |
0.54963% |
99 |
0.55339% |
100 |
0.55717% |
101 |
0.56097% |
102 |
0.56480% |
103 |
0.56866% |
104 |
0.57254% |
105 |
0.57645% |
106 |
0.58039% |
107 |
0.58435% |
108 |
0.58834% |
109 |
0.59236% |
110 |
0.59640% |
111 |
0.60048% |
112 |
0.60458% |
113 |
0.60870% |
114 |
0.61286% |
115 |
0.61705% |
116 |
0.62126% |
117 |
0.62550% |
118 |
0.62977% |
119 |
0.63407% |
120 |
0.63840% |
121 |
0.64276% |
122 |
0.64715% |
123 |
0.65157% |
124 |
0.65602% |
125 |
0.66050% |
126 |
0.66501% |
127 |
0.66955% |
128 |
0.67412% |
129 |
0.67873% |
130 |
0.68336% |
131 |
0.68803% |
132 |
0.69273% |
133 |
0.69746% |
134 |
0.70222% |
135 |
0.70702% |
136 |
0.71184% |
137 |
0.71670% |
138 |
0.72160% |
139 |
0.72653% |
140 |
0.73149% |
141 |
0.73648% |
142 |
0.74151% |
143 |
0.74658% |
144 |
0.75167% |
145 |
0.75681% |
146 |
0.76197% |
147 |
0.76718% |
148 |
0.77242% |
149 |
0.77769% |
150 |
0.78300% |
151 |
0.78835% |
152 |
0.79373% |
153 |
0.79915% |
154 |
0.80461% |
155 |
0.81010% |
156 |
0.81564% |
157 |
0.82121% |
158 |
0.82681% |
159 |
0.83246% |
160 |
0.83814% |
161 |
0.84387% |
162 |
0.84963% |
163 |
0.85543% |
164 |
0.86127% |
165 |
0.86715% |
166 |
0.87308% |
167 |
0.87904% |
168 |
0.88504% |
169 |
0.89108% |
170 |
0.89717% |
171 |
0.90330% |
172 |
0.90946% |
173 |
0.91567% |
174 |
0.92193% |
175 |
0.92822% |
176 |
0.93456% |
177 |
0.94094% |
178 |
0.94737% |
179 |
0.95384% |
180 |
0.96035% |
En caso de que se realice más de una disposición, se generará una tabla de amortización por cada disposición realizada y el perfil de amortización a aplicarse por cada una (excepto para la primera disposición), se ajustará de manera que el plazo pactado para la primera disposición se mantenga.
Para realizar el ajuste del perfil de amortización de las disposiciones posteriores a la primera, se sumarán los porcentajes de amortización previos al momento de la disposición de que se trate y el resultado de esta suma se distribuirá uniformemente entre las amortizaciones del plazo restante.
Este ajuste se puede expresar de la siguiente manera:
En donde:
amortización ajustada, en el entendido que corresponde a la primera amortización de la disposición realizada en el periodo .
Periodo en el que se realiza la disposición.
Amortización del periodo de la tabla de amortización original.
Número total de periodos de pago de la tabla de amortización original.
Periodo de Pago conforme a la tabla de amortización original previo a la disposición en el periodo : .
Periodo de Pago conforme a la tabla de amortización original a partir de la disposición en el periodo : .
1 El Licitante deberá expresar el Monto de la Oferta en número y letra.
2 Los Licitantes que no acepten a las Agencias Calificadoras incluidas en el cuadro podrán eliminar la columna correspondiente a las Agencias Calificadoras que no les resulten aceptables.
3 El Licitante deberá seleccionar una de entre las dos opciones de plazo previstas, señalando cuál resultará aplicable a su Oferta de Crédito.
4 El Licitante deberá seleccionar como Tasa de Interés Moratoria una de entre las dos opciones revistas, señalando cuál resultará aplicable a su Oferta de Crédito.
5 El Modelo de Contrato de Crédito que se adjunte a la Oferta deberá ser a última versión publicada en la Página Oficial de la Secretaría.
6 Los Licitantes al individualizar la Oferta de Crédito pueden incluir la firma de dos representantes, dada su política de mancomunidad de poderes, sin que esto pueda considerarse una modificación indebida del Formato de Oferta de Crédito.
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