COBERTURA DEL SEGURO DE DAÑOS MATERIALES DE AUTOMÓVIL DE ALQUILER
COBERTURA DEL SEGURO DE DAÑOS MATERIALES DE AUTOMÓVIL DE ALQUILER
Resumen de Cobertura (1)
Se brindará cobertura a aquellos daños materiales de vehículos de alquiler a causa de la colisión del vehículo de alquiler con otro vehículo u objeto, por volcamiento, robo del vehículo o incendio y robo o hurto de la llave del vehículo de alquiler. La Cobertura rige para períodos de alquiler de hasta 31 días corridos y se mantendrá vigente durante todo el período de alquiler especificado en el Contrato de Alquiler de Automóvil, siempre que no se supere el límite de 31 días corridos.
Para acceder a la cobertura, es requisito que el pago del vehículo en alquiler haya sido efectuado en su totalidad con la Tarjeta The Gold Card de American Express.
Asimismo, el nombre del titular de la Tarjeta The Gold Card y los demás conductores autorizados deberán figurar en el contrato de alquiler del automóvil en calidad de conductor/es. Además, deberá declinar al seguro conocido como CDW (Colision Damage Waiver) o LDW (Loss Damage Waiver) o cobertura similar que le ofrecen regularmente las compañías de alquiler de automóviles.
El ámbito de la cobertura Mundial, no incluye la República Argentina.
Esta cobertura no incluye el seguro de Responsabilidad Civil o daños provocados a terceros, “LIS (Supplemental Liability Insurance) / EP (Extended Protection), SLI (Supplemental Liability Insurance) y ALI (Additional Liability Insurance)”. Como tampoco aquellos servicios de auxilio y/o asistencias mecánicas o similares. También quedan excluidos los relacionados a Accidentes personales (PAI-Personal Accident Insurance) u Robo de efectos Personales. Todos estos seguros deben ser contratados en la Agencia en caso que así lo desee.
Se brinda cobertura al valor menor de:
✓ La responsabilidad contractual asumida con el propietario del vehículo de xxxxxxxx;
✓ El valor real en dinero en efectivo, sujeto a un monto máximo de USD 50.000,00; o
✓ Los cargos razonables y habituales de reparación o sustitución.
✓ Para la cobertura de robo o hurto de la llave del vehículo de alquiler, el monto máximo es de USD100.-
En caso de siniestro es necesario presentar:
Se deberá denunciar el siniestro dentro de los tres (3) días corridos de conocerlo al Centro de Atención Telefónica (000)0000-0000 o al 0000-0000000, bajo pena de perder el derecho a ser indemnizado, salvo que se acredite caso fortuito o fuerza mayor. Asimismo, deberá acompañar la siguiente información:
a. En caso de ROBO: Informe policial completo: ticket policial y reporte completo (este último debe solicitarse en el país donde se produjo el siniestro a las 24hs de la denuncia)
b. En caso de DAÑO: Informe de la agencia de alquiler en el que se reporte el incidente
c. Copia de la factura o estimación de la reparación respecto de los cuales se solicite reembolso.
d. Copia del Contrato de Alquiler de Automóvil (parte frontal y reverso).
e. Copia de la factura de alquiler del vehículo
f. Copia del recibo de la tarjeta American Express GOLD COMPRA en la que se refleje el cargo por concepto total del alquiler (o del costo total del paquete de servicios por el que se suministró al Asegurado el Automóvil de Alquiler).
g. Constancia de desistimiento del seguro contra daños por choque (CDW- Collision Damage Waiver)
h. Copia de la licencia de conducir (parte frontal y reverso).
Es necesario que los gastos relacionados al siniestro sean cargados por la agencia de alquiler en la Tarjeta The Gold Card informada en el contrato.
En los casos que el asegurado haya adquirido un seguro contra daños por choque ofrecido por la compañía de alquiler, esta póliza actuará sobre los cargos adicionales cobrados en la Tarjeta The Gold Card y siempre que el pago del vehículo en alquiler haya sido efectuado con la Tarjeta The Gold Card
(1) La información aquí descripta no constituye un contrato de seguro y sólo reviste el carácter de declaración informativa general de la cobertura.
CONDICIONES DEL SEGURO DE DAÑOS MATERIALES DE AUTOMÓVIL DE ALQUILER
RIESGO CUBIERTO
CONTRATO DE ALQUILER DE AUTOMÓVIL
Se considerarán todos los vehículos terrestres motorizado con 4 o más ruedas que el Asegurado alquile por el plazo que consta en el Contrato de Alquiler de Automóvil. El contrato debe firmarse en una agencia de alquiler de automóviles y describirse detalladamente los términos y condiciones del alquiler, así como también las obligaciones de todas las partes intervinientes en la operación.
Se excluyen: 1) vehículos no sujetos a patentamiento; 2) camiones, a excepción de camiones livianos cuando sean éstos los únicos vehículos disponibles; casas rodantes; remolques; motocicletas; vehículos de recreación; 3) automóviles antiguos (específicamente aquellos de más de veinte 20 años o que no se hayan fabricado en los últimos 10 años o más); 4) limusinas; 5) automóviles de lujo o exóticos que incluyen, entre otros: Aston-Xxxxxx, Bentley, DeLorean, Ferrari, Xxxxxx, Lamborghini, Lotus, Maserati, Porsche, Rolls Xxxxx, Xxxxxxxx, Daimler, Excalibur..
Se otorga cobertura al Asegurado por los daños materiales que sufra un Automóvil de Alquiler respecto del cual el Asegurado hubiera celebrado un Contrato de Alquiler de Automóvil durante un Viaje Personal, siempre y cuando el costo total del Contrato de Alquiler de Automóvil sea imputado a la tarjeta The Gold Card del Asegurado
También estarán cubiertos por esta cobertura adicional los Automóviles de Alquiler alquilados mediante un Contrato de Alquiler de Automóvil que se suministre al Asegurado sin cargo o a precios más bajos, debido a que éste participa en programas de descuento, tales como los programas de puntaje por acumulación de kilómetros mediante viajes en líneas aéreas, siempre y cuando el CONTRATO DE ALQUILER DE AUTOMÓVIL emitido a favor del ASEGURADO sea válido y verificable y el costo final del CONTRATO DE ALQUILER DE AUTOMÓVIL, en caso de corresponder, sea imputado a la tarjeta The Gold Card del ASEGURADO.
Asimismo, los Automóviles de Alquiler alquilados mediante un Contrato de Alquiler de Automóvil que se suministran como parte de un paquete de servicios de viajes o similar, gozan de cobertura en tanto y en cuanto el costo total del paquete de servicios sea imputado íntegramente a la tarjeta The Gold Card del ASEGURADO.
La cobertura rige para períodos de alquiler de hasta 31 días corridos y se mantendrá vigente durante todo el período de alquiler especificado en el Contrato de Alquiler de Automóvil siempre que no se supere el referido límite de 31 días corridos.
LÍMITES DE INDEMNIZACIÓN
Se brinda cobertura al valor menor de:
✓ La responsabilidad contractual asumida con el propietario del vehículo de xxxxxxxx;
✓ El valor xx Xxxxxxx, sujeto a un monto máximo de USD 50.000,00; o
✓ Los cargos razonables y habituales de reparación o sustitución.
✓ Para la cobertura de robo o hurto de la llave del vehículo de alquiler, el monto máximo es de USD100.-
Se entiende, por valor xx Xxxxxxx del automóvil de alquiler, el monto de valuación de un Automóvil de Alquiler sobre la base de su valor xx xxxxxxx, su antigüedad y el estado en que se encuentra al momento de ocurrir el siniestro
EXCLUSIONES DE LA COBERTURA
a. Cualquier obligación asumida por el Asegurado de conformidad con cualquier contrato (a excepción de la obligación de franquicia contraída de acuerdo con las cláusulas de la póliza personal de seguro del Asegurado contratada a través de la agencia de alquiler de automóviles en virtud del Contrato de Alquiler de Automóvil).
b. El alquiler de un vehículo que no se ajuste a la definición de Automóvil de Alquiler, conforme a los términos establecidos en la presente.
c. Cualquier Choque ocurrido en circunstancias en que el Asegurado estuviere infringiendo alguna cláusula del Contrato de Alquiler de Automóvil o de la presente.
d. Los siniestros cubiertos por otros seguros y/o seguro contra daños por choque contratado a través de la agencia de alquiler de automóviles;
e. Alquileres o locaciones que excedan los 31 días corridos a menos que se estipule lo contrario en las Condiciones Particulares o Certificado de Incorporación, según corresponda;
f. Alquileres o locaciones acordados en forma mensual;
g. Desgaste por el uso, temperaturas bajo cero, averías mecánicas o eléctricas sufridas por el Automóvil de Alquiler, salvo las derivadas de siniestros cubiertos por la presente;
h. Lesiones a cualquier persona o daños a cualquier objeto que se encuentren dentro o fuera del Automóvil de Alquiler;
i. Pérdida, daño, robo o hurto de efectos personales del Asegurado o de cualquier persona que se desplace dentro del Automóvil de Alquiler;
j. Responsabilidad Civil;
k. Siniestros derivados de actos intencionales del Asegurado o sus allegados, o a raíz de encontrarse éste o éstos bajo los efectos del alcohol, estupefacientes o drogas;
l. Siniestros derivados de actividades ilegales o durante el transporte de contrabando;
m. Vicios o daños ocultos;
n. Confiscación por parte de las autoridades;
o. Todo siniestro producido por encontrarse el Automóvil de Alquiler fuera de una calle, avenida o ruta (es decir, toda vez que el Automóvil de Alquiler recorra superficies no pavimentadas o no sujetas a trabajos regulares de mantenimiento por parte de las autoridades estaduales o nacionales por no tratarse de una vía de acceso propiamente dicha);
p. Pérdida o daño derivado de la falta de Diligencia Debida o cuidado razonable por parte del Asegurado con respecto a la protección del Automóvil de Alquiler con anterioridad o posterioridad a que se produzca el daño (por ejemplo, dejar el vehículo en marcha y sin estar al cuidado de nadie);
q. Siniestros derivados de hechos de la naturaleza tales como terremoto, meteorito, maremoto, erupción volcánica, tornado, vendaval, huracán, granizo, rayos, inundaciones u otros fenómenos climáticos.
r. Pérdida o daños sufridos por accesorios del Automóvil de Alquiler que no sean los provistos de fábrica para esa marca y modelo.
s. Cuando el Automóvil de Xxxxxxxx fuera conducido al momento del siniestro por personas que no estuvieran designadas expresamente en el Contrato de Alquiler de Automóvil.
t. Cuando el Automóvil de Xxxxxxxx fuera conducido por cualquier persona menor a 21 años o mayor a 74 años, aunque las mismas se encuentren designadas expresamente en el Contrato de Alquiler de Automóvil.
u. Cuando el Automóvil de Xxxxxxxx fuera conducido al momento del siniestro por personas que no tengan una licencia de conducir válida o vigente.
OTRAS EXCLUSIONES
a) Terremoto, meteorito, maremoto, erupción volcánica, tornado, vendaval, huracán o ciclón, granizo o inundación.
b) Hechos xx xxxxxx civil o internacional, rebelión, sedición o motín, tumulto popular, conmoción civil, vandalismo, guerrilla o terrorismo, huelga o lock-out.
c) Secuestro, confiscación, incautación o decomiso u otras decisiones, legítimas o no de la autoridad o de quien se la arrogue.
d) Xxxx o culpa grave del Asegurado.
e) OFAC:
La cobertura proporcionada por esta póliza será nula de nulidad absoluta si viola una sanción económica o comercial de los EE.UU., incluyendo, no taxativamente, las sanciones que la Oficina de Control de Activos Extranjeros ("OFAC") del Departamento xxx Xxxxxx de los EE.UU. administre y controle el cumplimiento.
La cobertura de seguro otorgada por carta de cobertura, certificado de seguro u otra constancia de seguro que viole las sanciones económicas o comerciales de los EE.UU., según se ha definido más arriba, será nula de nulidad absoluta. De manera similar, todo reclamo que surja bajo una póliza, carta de cobertura, certificado de seguro y otra constancia de seguro emitida a cualquier parte, entidad o beneficiario, que viole las sanciones económicas o comerciales de los EE.UU. será rechazado de acuerdo con los requisitos de dicha sanción.
Esta exclusión se aplicará pari passu a la cobertura afectada directamente por sanciones emitidas por cualquier otro país.
(*)Países Excluidos por Cláusula OFAC, Afganistán, Cuba, República del Congo, Irán, Irak, Liberia, Crimea, Sudán x Xxxxx
COBERTURA DEL SEGURO DE ROBO Y HURTO DE LLAVES DEL AUTOMÓVIL DE ALQUILER
RIESGO CUBIERTO.
El asegurador indemnizará al asegurado el costo en el que incurra con motivo del reemplazo de las llaves del vehículo de alquiler, originado en la pérdida o daño sufrido como consecuencia de robo o hurto, ocurridos durante la vigencia de la presente cobertura y bajo los límites y condiciones que se establecen en este contrato.
En el caso de las llaves, la cobertura comprende el costo de reemplazar las llaves robadas o hurtadas.
LÍMITES DE INDEMNIZACIÓN
La responsabilidad total que asume el asegurador frente al asegurado por la presente cobertura se limita a él o los aranceles que deba abonar el asegurado a los fines del reemplazo de las llaves siniestradas. En cualquier caso, la responsabilidad del asegurador nunca será superior a la suma asegurada indicada en las condiciones particulares o en el certificado de incorporación, según corresponda.
CARGAS DEL ASEGURADO
Adicionalmente a lo establecido en las Condiciones Generales, queda entendido y convenido que, bajo pena de caducidad de los derechos indemnizatorios que otorga la presente cobertura, el Asegurado deberá cumplir con las siguientes cargas u obligaciones:
a) Tomar las medidas de seguridad razonables para prevenir el siniestro.
b) Una vez producido el siniestro, cumplir con lo razonablemente necesario, a cuenta y riesgo del Asegurador, para proteger el Automóvil de Alquiler de mayores daños.
c) Denunciar sin demora a las autoridades policiales el acaecimiento del siniestro.
d) Permitir al Asegurador inspeccionar y tasar el Automóvil de Alquiler dañado antes de su reparación o descarte.
e) Una vez efectuada la reparación o el reemplazo del Automóvil de Alquiler siniestrado, conservar y facilitar al Asegurador los comprobantes de pago respectivos.
DENUNCIA DEL SINIESTRO – DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR
El Asegurado deberá comunicar a la Aseguradora la existencia del dentro de los tres (3) días corridos de conocerlo, bajo pena de perder el derecho a ser indemnizado, salvo que se acredite caso fortuito o fuerza mayor
a. En caso de ROBO: Informe policial completo incluyendo: ticket policial y reporte completo (este último debe solicitarse en el país donde se produjo el siniestro a las 24hs de la denuncia)
b. En caso de DAÑO: Informe de la agencia de alquiler en el que se reporte el incidente
c. Copia de la factura o estimación de la reparación respecto de los cuales se solicite reembolso.
d. Copia del Contrato de Alquiler de Automóvil (parte frontal y reverso).
e. Copia de la factura de alquiler del vehículo
f. Copia del recibo de la tarjeta American Express Gold Compra en la que se refleje el cargo por concepto total del alquiler (o del costo total del paquete de servicios por el que se suministró al Asegurado el Automóvil de Alquiler).
g. Constancia de desistimiento del seguro contra daños por choque (CDW- Collision Damage Waiver)
h. Copia de la licencia de conducir (parte frontal y reverso).
QUE HACER ANTE UN SINIESTRO:
Presentar la documentación indicada en el punto Denuncia del Siniestro, la misma no se limita a que posteriormente sea requerida mayor información.
La documentación y/o bienes se deberá enviar/ presentar a:
- vía Mail a la casilla que sea informada en su denuncia telefónica.
- O bien presentar en, Xxx. Xxxx. Xxxxx 000, 0x xxxx, XXXX, X0000XXX, Xxxxxxxxx.
- La compañía aseguradora tendrá un plazo de 15 (quince) días hábiles para pronunciarse, una vez recabada la documentación requerida.
- En caso que el reclamo sea favorable para el socio, la compañía aseguradora pagará la indemnización dentro de los 15 (quince) días de fijado el monto de la misma o de la aceptación de la indemnización ofrecida, una vez vencido el plazo indicado anteriormente.
Para cualquier consulta o declaración de siniestro, contactarse nuestro Centro de Atención Telefónica:
- desde Argentina al Centro de Atención Telefónica 011 4909 7450 o al 0800 333 3244
- desde el resto del mundo al x00 0000000 0000 o al x00 0000000 0000