SELECCIÓN ABREVIADA DE MINIMA CUANTIA
CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA
ESTUDIOS PREVIOS DE CONVENIENCIA Y OPORTUNIDAD PARA CONTRATAR EL ALOJAMIENTO DEL PORTAL WEB DE LA DIRECCIÓN NACIONAL DE DERECHO DE AUTOR
SELECCIÓN ABREVIADA DE MINIMA CUANTIA
(Artículo 84 Decreto 1510 de 2013)
En desarrollo de lo previsto en el Artículo 84 del Decreto 1510 del 17 de julio de 2013, por el cual se reglamenta el sistema de compras y contratación pública, se anexa el estudio previo para contratar el alojamiento y publicación del Portal Web de la Dirección Nacional de Derecho de Autor durante seis (6) meses.
1. DEFINICIÓN DE LA NECESIDAD ESTATAL
La Dirección Nacional de Derecho de Autor es una Unidad Administrativa Especial, adscrita al Ministerio del Interior, con personería jurídica, autonomía administrativa y patrimonio independiente y para el cumplimiento de sus labores institucionales y conforme lo establecido en el “Componente de Información en Línea” 1 de la Estrategia de Gobierno en Línea se hace necesario por parte de las entidades del Estado publicar su Portal web a través de Internet para establecer comunicación entre las entidades del Estado y la comunidad y constituir su sede electrónica:
“Garantizar, a través de la sede electrónica, el acceso de la ciudadanía a toda la información relativa a temas institucionales, misionales, de planeación, espacios de interacción, datos abiertos y gestión en general observando las reservas constitucionales y xx xxx, cumpliendo todos los requisitos de calidad, disponibilidad, accesibilidad y estándares de seguridad. La información mencionada estará dispuesta de forma tal que sea fácil de ubicar y utilizar.”
El uso de internet es una herramienta de uso constante para el soporte de las actividades que le son propias a la Unidad Administrativa Especial Dirección Nacional de Derecho de Autor, pues le permite establecer un medio efectivo de comunicación con la comunidad y para la prestación de trámites, servicios e información a través de medios electrónicos a la ciudadanía en general, por lo cual se requiere desarrollar el proceso de selección de la oferta más favorable para la contratación del servicio de alojamiento (hosting), publicación y soporte del Portal WEB de la entidad a través de una persona jurídica que garantice la infraestructura tecnológica y el personal idóneo acorde con las especificaciones de la Ficha Técnica del presente documento.
1 xxxx://xxxxxxxx.xxxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx/xxx-xx-xxxxx/x0000x0x00xxxx00x00xx0000x000000/xxxxxxxxxxxx0.0.xxx
Es del caso anotar que actualmente la Dirección Nacional de Derecho de Autor debe adelantar el proceso de contratación para mantener la publicación de su portal institucional con los nuevos requerimientos que implica el nuevo portal web.
Teniendo en cuenta que la duración de dicha adhesión culmina el 15 de Julio de 2014 o hasta agotar los recursos, lo primero que suceda, y que así mismo el modelo de contratación que ha promovido el FONADE será reemplazado por un nuevo modelo que se encuentra siendo desarrollado por Colombia Compra Eficiente, que es la organización de la rama ejecutiva del orden nacional, con personería jurídica, patrimonio propio y autonomía administrativa y financiera, adscrita al Departamento Nacional de Planeación que ofrece a los partícipes de la compra pública herramientas para facilitar los procesos y fortalecer sus capacidades para obtener mayor valor del dinero público invertido en el sistema de compras y contratación pública colombiana2” (la Dirección Nacional de Derecho de Autor ha considerado necesario contratar hasta el mes de Julio la publicación de Portal Web con una persona jurídica a través de una convocatoria pública Colombia Compra Eficiente define el nuevo modelo de contratación para el alojamiento de los aplicativos del Estado y dentro de ellos es conveniente integrar el Hosting de la página web de la entidad y del Módulo de Registro en Línea de la DNDA e integrarlos en el único aplicativo a partir del mes xx Xxxxxx del presente año.
En conclusión, la Dirección Nacional de Derecho de Autor requiere contratar por el término de (6) meses el alojamiento y publicación del Portal web de la DNDA, con el fin de garantizar a sus usuarios el acceso a su información y servicios en cumplimiento de lo dispuesto por la Estrategia de Gobierno en Línea, siguiendo para ello los requerimientos que se describen en la ficha técnica del presente documento.
2. ANALISIS ECONÓMICO DEL SECTOR
2.1 ASPECTOS GENERALES XXX XXXXXXX
En Colombia, el sector de las tecnologías de la información y las comunicaciones TIC, al que pertenece el del alojamiento de datos, ha tenido un crecimiento apoyado en las políticas gubernamentales que buscan aumentar su participación en el PIB. Desde el año 2008, Colombia cuenta con un Plan Estratégico del Sector del Software a 25 años el cual integra una serie de estrategias para aumentar su peso en la economía del país.
En el documento ANALISIS DEL SECTOR TIC EN COLOMBIA: EVOLUCION Y DESAFIO,
publicado por la Comisión de Regulación de las Comunicaciones - República de Colombia, 3 las perspectivas xxx xxxxxxx con base en los índices NRI – Networked Readiness Index, CSC Connectivity ScoreCard - y DOI – Digital Opportunity Index), se observa que Colombia ha mejorado en las características que miden la apropiación de las TIC. Por otro lado, se requiere avanzar en cuanto al desarrollo de la infraestructura asociada a su provisión. El
2 xxxx://xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx
3 xxxx://xxx.xxxxx.xxx.xx/?xxxxxxxxxxxx00000#
75% de los ingresos del sector provienen del sector de telecomunicaciones tradicionales (voz fija y móvil). El crecimiento de estos servicios se ha desacelerado fuertemente y por el contrario el desarrollo de servicios de datos y acceso a Internet han tenido un crecimiento bastante importante, no obstante lo cual los servicios de alojamiento se siguen tercerizando mayoritariamente con empresas cuyos centros de datos se encuentran en otros países, debido a que ya cuentan con la infraestructura instalada y ello les permite minimizar los costos. Ello también ha generado un negocio de intermediación mediante el cual el oferente con quien se realiza la contratación aloja el servicio contratado con un tercero; la tecnología permite que ello no afecte los servicios contratados, pues de hecho cuando se alojan servicios en un centro de datos no se permite acceder a la sede física el ingreso de personal diferente a los operadores del mismo.
2.1.1 ASPECTOS ECONÓMICOS
Las condiciones y requerimientos del Portal Web de la DNDA se asemejan por su tamaño a los necesarios en general para la pequeña y mediana empresa (PYME); para realizar el análisis económico del proceso contractual de contratación de Hosting se tomó como base su dimensionamiento, tomando para ello las siguientes consideraciones necesarias para cuantificar el costo del mismo:
Los parámetros para el dimensionamiento se delimitaron en torno a recursos de infraestructura de servidor, disco duro, memoria RAM y procesador.
Entre los principales recursos de infraestructura que componen el hardware de un servicio sharedwebhosting (servidor web compartido) se encuentran el servidor, el disco duro, la memoria RAM, el procesador y la red con sus componentes como repetidores, switches, bridges, routers y fierwalls. En un Centro de Datos éstos recursos de infraestructura, son administrados mediante el cálculo de los elementos relacionados a continuación:
• Redundancia: Aumentar o duplicar el número de componentes de hardware de la infraestructura.
• Monitoreo de los niveles de servicio: Medición de los niveles a través de indicadores y señales de alerta que establecen reactivamente necesidades de ampliación o reducción de capacidad
• Arquitectura de múltiples capas: Infraestructura en la que los requerimientos hechos por estaciones de trabajo, son transmitidos a servidores que se ocupan del desarrollo de una actividad específica correspondiente a cada una de las capas del modelo.
• Esquema de failover y clúster: Instalación de servidores duplicados funcionando como pares redundantes, que actúan automáticamente en caso xx xxxxx de los principales.
El cálculo de estas variables a nivel global incide a su vez en los costos de operación de cada oferente de hosting, y por consiguiente en el valor que debe cobrar para recuperar su inversión.
No obstante lo anterior es necesario anotar que existen bastantes proveedores de alojamiento gratuito, mayoritariamente para servicios específicos, como blogs, avisos clasificados, etc. El alojar los servicios en dichos sitios es una opción válida para pequeñas empresas que no requieren alojar una cantidad de espacio grande, pues les permite publicar páginas de poco peso en tamaño para divulgar sus noticias, servicios o productos sin ningún costo, pero deben normalmente aceptar algún tipo de publicidad, por lo cual esta opción no es conveniente para empresas de tamaño mediano, o de aquellas que requieren ser reconocidas por su dominio e imagen institucional.
El mercado de Hosting es altamente competitivo, debido a que, una vez montada la infraestructura, los costos de operación son relativamente bajos. La automatización permite que una mínima cantidad de operadores que ni siquiera deben permanecer en el Data Center pueda atender simultáneamente una gran cantidad de servidores, sin afectar la calidad del servicio. Ello por supuesto depende del alcance del servicio contratado, es decir, siempre y cuando ello no incluya el mantenimiento de aplicaciones, sino únicamente el soporte y operación de las que ya se encuentran instaladas. Por ello, la internacionalización de la economía, la ampliación de los anchos xx xxxxx y el menor valor de compra por unidad de almacenamiento, han generado en la práctica una minimización de los costos por unidad alojada si se mira en retrospectiva en relación con años anteriores. No obstante, también han aumentado así mismo la cantidad de datos que una empresa requiere alojar, debido a la posibilidad de incorporar en los sitios web servicios que incluyen archivos de gran tamaño como videos o sonidos, entre otros. Xxxx hace que el costo por unidad de almacenamiento baje, pero ello se compense con necesidades de almacenamiento mucho más altas que lo que se necesitaba en años anteriores.
Como se observa en dicha gráfica, con base en los parámetros de la demanda que se espere asumir, expresados en la columna de la derecha en términos de alojamiento y tráfico, se calcula las unidades de procesamiento y alojamiento que es necesario implementar para atender dicha demanda, relacionadas en la columna central (Proceso), lo cual determina a su vez la salida del proceso, es decir, el costo de alojar la cantidad de páginas que se espera.
Cdisjk = [ KBjk * P * 1 ( 1-uj ) - gjk ]
KBjk = Número máximo de kilobytes que puede procesar el recurso de infraestructura tipo j, con el estándar de tamaño tipo k.
P = Porcentaje de solicitudes aceptadas por el servidor.
gjk = Consumo normal del recurso tipo j con el estándar tipo k (en kilobytes), que reduce la capacidad disponible como resultado de la operación normal del sistema operativo y de la ejecución de tareas básicas del procesador.
uj: Porcentaje de tiempo necesario para mantenimiento preventivo del recurso de infraestructura tipo j.
j = 1, 2, 3, 4 (Tipo de recurso de infraestructura: 1. Disco duro, 2. Memoria RAM, 3.
Procesador, 4. Servidor).
k = 1, 2, 3. 4,.. s (Tamaño del recurso en unidades de kilobytes).
De estas variables se han tomado como base las que corresponden a la publicación del Portal Web de la Dirección Nacional de Derecho de Autor que se desea contratar con valores específicos tomados del contrato anterior del mismo servicio, es decir cuyo dimensionamiento es totalmente aplicable al servicio que se pretende contratar, como insumo principal para la ficha técnica del presente estudio, como lo son la memoria RAM, la capacidad en disco duro; adicionalmente se tomaron otros específicos que deben cumplir el oferente relacionados con las características de desarrollo del portal, como lo son el CMS en que fue desarrollado, la base de datos, el lenguaje de programación y el servidor web que se requiere para su publicación.
2.1.2 PANORAMA INTERNACIONAL DE LA OFERTA DE HOSTING
Como se explicó en el punto anterior, en la medida en que los costos de soporte de la infraestructura son estables y tienden a la baja una vez ha sido implementada, el valor que puede cobrar un proveedor ya establecido es mucho más bajo del que puede ofrecer uno nuevo. Ello ha generado que se haya estabilizado la relación de los principales proveedores del servicio, dentro de los cuales se encuentran los siguientes, de acuerdo a lo publicado en el portal xxxx://xxx.xxxxxxxx.xxx, las 10 principales empresas en servicios de hosting a 2010 eran las siguientes:
Xx. | Xxxxxxx | Xxxxxx xx xx xxxxxxx |
0 | Xxxxx | Xxxxxxx Xxxxxx |
2 | XxxxXxxx.xxx | Estados Unidos |
3 | Xxx.xxx | Estados Unidos |
4 | Network Solutions | Canadá |
5 | BlueHost | Estados Unidos |
6 | FatCow | Estados Unidos |
7 | 1&1 | España |
0 | Xxxx Xxxxx | Xxxxxxx Xxxxxx |
0 | Xxx | Xxxxxxx Xxxxxx |
00 | XxXxxxx | Xxxxxxx Xxxxxx |
Como es lógico, el país que tiene la mejor oferta es Estados Unidos, lo cual tiene directa relación con la gran demanda de este tipo de servicios, así como a todos los elementos que se interrelacionan con este mercado, como es el contar con una infraestructura a nivel de comunicación de datos acorde con las necesidades gigantescas xxx xxxxxxx por proveedores de servicios para la realización de negocios a través de Internet.
Es necesario también aquí recalcar que en la medida en que el mercado se ha vuelto más y más competitivo, la oferta se ha ampliado así como las facilidades para el usuario, medida en términos de ancho xx xxxxx más amplio, menores o inexistentes cláusulas de permanencia (incluso con devolución del dinero) por menor costo, sin afectar la calidad de la oferta, es decir, sin que el usuario final que consulta las páginas alojadas por estos servicios perciba una menor calidad en los servicios.
2.1.3 ASPECTOS LEGALES
La puesta a disposición de la información de las entidades del Estado Colombiano, como lo es la Unidad Administrativa Especial Dirección Nacional de Derecho de Autor, de su información y servicios institucionales a través de Internet se reglamente a partir del Decreto Ley 2150 en el cual se hacía referencia al uso de medios electrónicos en la prestación de servicios y en la realización de trámites. A su vez el Documento CONPES 3072 de 2000 consolida los estudios desarrollados hasta la fecha y establece la “Agenda de Conectividad” como una Política de Estado que busca “masificar el uso de las tecnologías de información y las comunicaciones y con ello aumentar la competitividad del sector productivo, modernizar las instituciones públicas y socializar el acceso a la información”.
Una de las seis estrategias que conforman la Agenda de Conectividad es la de Gobierno en Línea, la cual busca promover la oferta de información y de servicios del Estado a través de Internet, facilitando la gestión en línea de los organismos gubernamentales y apoyando su función de servicio al ciudadano, dando paso al concepto de gestión gubernamental por medios electrónicos y de atención al ciudadano por medios no presenciales. Para dar cumplimiento a lo anterior, se diseñó un plan de acción, el cual quedó definido por medio de la Directiva Presidencial 02 del 2000, donde se realzó el internet como una herramienta de un gobierno que tenía que empezar a mostrar su acercamiento al ciudadano y la cual fue la primera instrucción directa de un Presidente de la República sobre el tema específico de Gobierno electrónico.
Entre el 2002 y el 2007 la Estrategia de Gobierno en línea fue recogida e impulsada por diferentes instrumentos normativos dentro de los cuales se resaltan algunos como la Ley 790 de 2002, la cual le da impulso a la Estrategia a través de la creación del Programa de Renovación de la Administración Pública, la Ley 962 de 2005 sobre racionalización y automatización de trámites, así como las leyes 812 de 2003 y 1151 de 2007 por las cuales se expidieron los Planes Nacionales de Desarrollo.
En el 2008 se expidió el Decreto 1151, el cual se conformó como un gran hito, ya que definió los lineamientos generales de la Estrategia aportando elementos de unificación de criterios a través del desarrollo de cinco fases. En 2010, el CONPES 3650 le dio importancia clave a la implementación de la Estrategia tanto en el orden nacional como en el territorial, hecho que quedó soportado en la Ley del Plan Nacional de Desarrollo (Ley 1450 de 2011) en su artículo 230. Desde esta perspectiva, Gobierno en línea juega un papel preponderante, pues se convierte en un instrumento transversal que facilita el Buen Gobierno en términos de modernización, eficiencia y eficacia administrativa y posiciona y reconoce el trabajo que se ha venido adelantando en los últimos años.
Para dar cumplimiento a lo establecido en el Decreto 1151, las entidades públicas cuentan con el manual para la implementación de la Estrategia, el cual traza a las entidades la hoja xx xxxx a seguir.
De igual forma, la Ley 1437 de 2011 por la cual se expide el nuevo Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo hace énfasis en el uso de medios electrónicos tanto en la relación de las entidades con los ciudadanos como en su funcionamiento interno. Por último el Decreto 019 de 2012 también conocido como Ley Anti Trámites, dicta las normas bajo las cuales se suprimen o reforman las regulaciones, procedimientos y trámites innecesarios que existen en la administración pública.
2.1.4 ANÁLISIS DE LA DEMANDA
Un análisis de la demanda de hosting realizado por la empresa Freedom Dynamics con base en las cargas de trabajo muestra los siguientes resultados 4:
1. Ligeras (lightweight workloads): aplicaciones con necesidades de recursos ocasionales y/o ligeros.
2. Predecibles (predictable workloads): aplicaciones con requerimientos de recursos predecibles. Ej: ERP.
3. Periódicas (periodic workloads): aplicaciones que periódicamente necesitan requerimientos significativos de recursos, pero en otras situaciones no necesitan tantos recursos. Ej: Procesos de facturación.
4. Intensivas en computación (compute-intensive workloads): aplicaciones con altos requerimientos de recursos, en ocasiones periódicos. Ej: Sistemas transaccionales.
5. Picos de intensidad (bursty workloads): aplicaciones con fluctuantes picos de alta intensidad y otros de baja de demanda. Ej: Servicios de Call Center.
Teniendo en cuenta esta clasificación, el Portal web que requiere alojar la Dirección Nacional de Derecho de Autor está clasificado en el primer grupo, debido a que no es básicamente un Portal transaccional, sino informativo; esto, teniendo en cuenta que el principal trámite que presta la Dirección Nacional de Derecho de Autor, como lo es el de Registro en Línea, no se encuentra incluido en el mismo, sino que se presta a través de la Intranet Gubernamental, justamente porque corresponde a la clasificación Intensivas en Computación, es decir, es de carácter crítico y tiene un alto volumen de usuarios, (actualmente 50000 usuarios inscritos).
2.1.5 ADQUISICIONES PREVIAS:
En años anteriores la Dirección Nacional de Derecho de Autor ha contratado el servicio de publicación de su sitio web; debido a las características técnicas del servicio contratado se toma como base la única realizada con requerimientos técnicos similares, pues las anteriores correspondían a un sitio web cuyas características técnicas no permitían cumplir con los requerimientos del Manual 3.0 de la Estrategia de Gobierno en Línea; los costos de dicha contratación realizada mediante una adición al contrato de desarrollo del Portal web y aplicaciones se relaciona a continuación:
Año | Servicios contratados | Valor total | Origen |
2013 | Disco Duro primario 300 Gb, Sistema operativo Windows Server 2008 R2, Motor de base de datos a 64 Bits Sql Server 2008, RAM 8 GB, Transferencia hasta 125 GB, 100 Cuentas de correo 2 Gb c/u para un total de | $18.000.000 | Presupuesto de Inversión (*) |
4 (xxxx://xxxx.xxxxxxxxxxxxx.xx/0000/00/00/xxxxxxxx-xxxxxxxxx-xxxxxxxxxxx-xxxxxxxxxxxx-xxxxxx-xxxxxx-xxxxxxx/):
2Gb en el servidor Duración 2 meses | |||
2014 | Procesadores 2x64 Memoria RAM mínima 8 Gb Espacio en disco 500 Gb Transferencia mensual mínima 200 Gb Software instalado Sistema operativo Windows Server 2008 R2 Enterprise Base de datos SQL Server 2008 CMS Liferay 6.1.1 GA Community Edition CE Servidor de aplicaciones Tomcat 7.0.27 Herramientas de desarrollo JDK Versión 1.7.0 Incluir transferencia de dominio y migración del dominio y del xxxxxxxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx incluir afinamiento y garantizar seguridad del sitio Soporte vía chat y mail 7x24 Una licencia de Terminal Server (Mínimo) Correo Buzones 100 Cuentas Espacio x buzón 5 Gb Seis meses | $16.500.000 | Presupuesto de Funcionamiento |
2.1.6 JUSTIFICACIÓN DEL MAYOR VALOR DEL SERVICIO
Es del caso anotar que en años anteriores al 2013 el sitio web institucional no tenía los requisitos que exige el cumplimiento de la Estrategia de Gobierno en Línea, por lo cual se hizo necesaria la contratación del diseño y desarrollo de un verdadero Portal Web institucional, que no sólo permitiera divulgar la información, sino que así mismo integrara la prestación de servicios que el anterior no permitía debido a lo obsoleto de su tecnología, pues se trataba básicamente de páginas estáticas, sin interacción con los usuarios. A continuación se relacionan las principales diferencias del sitio web anterior y del Portal Web actual con el que cuenta la entidad, objeto del presente proceso de contratación:
Descripción | 2012 | 2014 |
Descripción alojamiento | Sitio web sin interacción Páginas web estáticas | Portal Web con publicación de servicios (Chat, publicación para discapacitados visuales, |
cumplimiento de estándares de accesibilidad, etc.) Manual Estrategia de Gobierno en Línea. | ||
Hardware | ||
Espacio en disco | 10 Gb | 500 Gb |
Memoria RAM | NA | 8 Gb |
Software | ||
Lenguaje de programación | Html | Java |
CMS | No | Liferay |
Servidor Web | IIS | Tomcat |
Ambiente de desarrollo | NA | JDK |
El nuevo Portal fue desarrollado con herramientas que permiten la disposición de los elementos que permiten cumplir con la herramienta de Gobierno en Línea, como Chat, información multimedial, suscripción a servicios informativos, etc., lo cual incidió tanto en los requerimientos de la infraestructura en que se debe alojar en cuanto a herramientas instaladas como en los requerimientos de espacio en disco, el cual hasta el año 2012 fue de 10 Gb, en tanto que en el proceso actual es de 500 Gb, es decir un incremento de cincuenta veces el tamaño de espacio requerido; así mismo, se requieren instalación y soporte de herramientas adicionales para la publicación y funcionamiento del mismo como lo son el sistema manejador de contenidos o CMS Liferay, el ambiente de desarrollo JDK, el servidor de aplicaciones Tomcat, acorde con las herramientas en las que se encuentra desarrollado, lo cual también incide en que su mantenimiento y soporte requieran de un manejo especializado, por lo cual se presenta un incremento de costos significativo, al pasar de Un millón seiscientos cincuenta mil pesos ($1.650.000) en tanto que para el proceso actual se ha fijado, con base en el Estudio xx Xxxxxxx correspondiente un presupuesto de Dieciséis millones quinientos mil pesos ($16.500.000)
2.1.7 ANÁLISIS DE LA OFERTA
El mercado de hosting ofrece básicamente las siguientes modalidades de contratación del servicio:
Cloud VPS (Servidor Virtual Privado en la nube)
Básicamente el Cloud VPS es similar a tener un servidor privado virtual (VPS – Virtual Private Server) en entorno Cloud, es decir en la nube, con ventajas de flexibilidad, disponibilidad y escalabilidad. Flexibilidad porque permite aumentar en la medida en que se requiera los recursos de la máquina (procesamiento, memoria, espacio en disco, etc.) La disponibilidad por estar alojado en un centro de datos que cuenta con los elementos de infraestructura necesarios para garantizar su funcionamiento 7x24x365; escalabilidad, porque se pueden mejorar las condiciones en la medida en que la tecnología permite mejores posibilidades, a través de la aplicación de parches y actualizaciones.
Cloud Datacenter (Centro de datos en la nube)
El Cloud Datacenter o Centro de Datos en la nube permite contratar un grupo de recursos (CPU, RAM, direcciones IP, espacio en disco, etc.) con los que luego se pueden implementar los servicios que se requieran.
Para los requerimientos de la Dirección Nacional de Derecho de Autor, teniendo en cuenta que el único servicio que se desea alojar es el Portal Web y por lo tanto no se requiere contratar un Datacenter Cloud, cuyos costos son más altos pues está diseñado para implementar varios servicios con diferentes plataformas y características, lo pertinente es contratar un servidor privado en la nube.
En cuanto a los servicios ofrecidos, adicionales al alojamiento propiamente dicho, la mayoría de los proveedores se reducen a ofertar el hardware requerido con una base de software preinstalado correspondiente al ambiente del servidor, como lo es el sistema operativo, la base de datos y el servidor web; como quiera que la Entidad debe garantizar que una vez realizada la publicación del Portal el mismo preste la correcta y adecuada presentación de su información y servicios, se hace necesario adicionalmente que el proveedor garantice la migración, instalación, afinamiento y configuración del Portal Web de la Dirección Nacional de Derecho de Autor en el nuevo alojamiento, se hace necesario incluir estos elementos en las obligaciones del oferente, pues de lo contrario se correría el riesgo de que el mismo no prestara adecuadamente al usuario la presentación de la información y de los servicios allí publicados (chat, suscripción a servicios de información, encuestas, Contáctenos, etc.).
3. DESCRIPCIÓN DEL OBJETO
Contratar el alojamiento, publicación y soporte del Portal Web de la DNDA a través de Internet para establecer comunicación entre las entidades del Estado y la comunidad, constituir su sede electrónica y dar cumplimiento con lo establecido en la Estrategia de Gobierno en Línea.
3.1 Clasificación del Objeto a Contratar en el Clasificador de Bienes y servicios:
De acuerdo con lo establecido en el Decreto 1510 de 2013 se especifica la descripción del objeto a contratar identificado con el Cuarto Nivel del Clasificador de Bienes y servicios:
81000000 | 81110000 | 81112000 | 81112006 | servicios de almacenamiento de datos |
3.2 ALCANCE DEL OBJETO. ESPECIFICACIONES TÉCNICAS EXIGIDAS
Alojamiento, publicación y soporte del Portal Web de la DNDA en servidor dedicado conforme los siguientes requerimientos técnicos:
Hardware | Descripción Mínima Técnica |
Procesadores | 2x64 |
Espacio en disco (mínimo) | 500 Gb |
Memoria RAM (mínimo) | 8 Gb |
Transferencia mensual (mínima) | 200 Gbs |
Software | |
Sistema operativo instalado | Windows Server 2008 R2 Enterprise |
Base de datos | SQL Server 2008 |
CMS | Liferay 6.1.1 GA Community Edition CE |
Servidor de aplicaciones | Tomcat 7.0.27 |
Herramientas de desarrollo | JDK Versión 1.7.0 |
Instalación y soporte | |
Instalación dominio | Debe incluir transferencia de dominio del servidor actual al nuevo servidor |
Instalación sitio | El proveedor deberá instalar el dominio de la entidad, como también los componentes necesarios para su funcionamiento Liferay, |
Tomcat y base de datos SQL en el hosting propuesto | |
Migración | El proveedor deberá realizar la migración del portal desde el alojamiento actual al hosting propuesto, para lo cual la DNDA dará el respectivo acceso. |
Afinamiento y ajustes | El proveedor deberá realizar el afinamiento de la configuración de hardware y software y realizar los ajustes necesarios para optimizar el rendimiento del portal Web |
Seguridad | El proveedor debe garantizar la seguridad de la información alojada en el servidor |
Soporte vía telefónica y mail | 7x24 |
Accesibilidad | 1 Licencia de Terminal Server |
Correo | |
Buzones | 100 cuentas |
Espacio x buzón | 2Gb |
3.2.1 ENTREGABLES
El proponente que resulte adjudicado en el proceso, sea persona natural o jurídica, debe hacer entrega de los siguientes documentos:
Plan de instalación y migración
Sitio publicado con el dominio xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx de acuerdo a la configuración técnica solicitado
Entregar en medio físico copia de la información alojada una vez terminado el contrato
3.3 PLAZO DE EJECUCIÓN
El plazo de ejecución de este contrato será de seis (6) meses calendario contados a partir de la comunicación de aceptación de la oferta y expedición del Registro Presupuestal.
3.4 LUGAR DE EJECUCIÓN
El lugar de ejecución del contrato de desarrollo será en la sede de la DNDA ubicada en la xxxxx 00 # 00X-00 xxxx 00 xx xx xxxxxx xx Xxxxxx X.X.
3.5 FORMA DE PAGO
La entidad girará al contratista el valor del objeto contractual en tres pagos así: 1) Un giro por valor del 30% del contrato cuando el contratista adjudicado haya realizado la instalación y alojamiento de los servicios y archivos correspondientes al sitio web de la Dirección Nacional de Derecho de Autor, xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx conforme los requerimientos relacionados en la Ficha Técnica del presente proceso en un ambiente con dirección pública que permita verificar y garantizar la correcta publicación del Portal de al DNDA 2) Un giro del 30% una vez cumpla el cuarto mes de servicio y 3) Un giro del 40% del valor total del contrato dentro de los 15 días siguientes a la finalización de la prestación del servicio. Estos pagos serán efectivos siempre y cuando el futuro contratista publique correctamente el contenido del sitio web de la DNDA en el dominio de la entidad xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx y el mismo funcione a satisfacción.
Sin embargo, estos pagos quedan sujetos a la aprobación del PAC por parte del Ministerio de Hacienda y Crédito Público y cumplimiento de requisitos por parte del contratista como la factura y certificación xx xxx y salvo de salud, pensión y parafiscales.
Los pagos se realizarán a través de la cuenta de ahorros y/o corriente que disponga el contratista, acorde con la certificación expedida por la entidad financiera aportada por el contratista en su oferta.
4. IDENTIFICACION DEL CONTRATO A CELEBRAR
Con base en los fundamentos jurídicos, como el presente proceso no sobrepasa al diez por ciento (10%) de la menor cuantía, debe ceñirse a la modalidad de SELECCIÓN DE MÍNIMA CUANTÍA de conformidad con el literal b) del artículo 2 de la ley 1150 de 2007, el cual determina la menor y la mínima cuantía de una entidad estatal.
4.1 FUNDAMENTOS JURÍDICOS QUE SOPORTAN LA MODALIDAD DE SELECCIÓN
Las adquisiciones de bienes, servicios y obras cuyo valor no exceda el diez (10%) de la menor cuantía de la entidad contratante, independientemente de su objeto, cuyas reglas se determinan exclusivamente en el artículo 94 de la Ley 1474 de 2011 y el artículo 81 del Decreto 1510 de 2013, corresponderá al procedimiento denominado de “MINIMA CUANTIA”, el cual aplica al objeto y la cuantía del presente proceso.
Los conflictos que surgieren entre LA DIRECCIÓN NACIONAL DE DERECHO DE AUTOR y los proponentes con ocasión del presente proceso de selección, serán resueltos de conformidad con la legislación colombiana.
NORMATIVIDAD APLICABLE
A) LEY 80 DE 1993,
B) LEY 1150 DE 2007
C) LEY 1474 DE 2011
F) XXXXXXX 0000 XX 0000
X) XXXXXXX LEY 19 DE 2012
E) LEY 1508 DE 2012
G) XXXXXXX 000 XX 0000
X) XXXXXXX 1397 DE 2012 I ) DECRETO 19 DE 2012
J)DECRETO 1467 DE 2012, MODIFICADO POR EL DECRETO 100 DE 2013.
K)DECRETO 1510 DE 2013
5. ANÁLISIS TÉCNICO Y ECONÓMICO QUE SOPORTA EL VALOR ESTIMADO DEL CONTRATO
Para realizar el análisis que soporta el valor estimado del contrato que se pretende realizar, se tomaron como referencia el sondeo de precios xx xxxxxxx. Lo anterior permite reducir costos en la contratación de la administración garantizando los principios de igualdad, moralidad, eficacia, economía, celeridad, imparcialidad, publicidad, eficiencia, equidad, transparencia, responsabilidad y control social.
5.1 ESTUDIO XX XXXXXXX
Con el propósito de establecer el precio xx xxxxxxx del alojamiento, publicación y soporte del Portal Web de la Dirección Nacional de Derecho de Autor acorde con las especificaciones técnicas relacionadas en el presente documento se solicitó cotización escrita a empresas que implementan este tipo de servicios:
EMPRESA | Valor incluido IVA |
Netco Ltda. | $15.590.400 |
Integración Gerencial SA. | $17.400.000 |
Promedio | $16.495.200 |
5.2 VARIABLES PARA CALCULAR EL PRESUPUESTO
El análisis que soporta el valor estimado del contrato, se realizó teniendo en cuenta las características técnicas necesarias para la correcta y adecuada publicación del Portal Web de la Dirección Nacional de Derecho de Autor, las actividades necesarias para realizar la implementación solicitada, así como el estudio xx xxxxxxx realizado con base en los requerimientos de la entidad.
Lugar de ejecución.
Costos indirectos: Los que tengan relación con el objeto del contrato los tendrá en cuenta el contratista dentro de su propuesta.
Impuestos como IVA, ICA, RETEFUENTE y otros considerados acorde con el objeto contractual.
6. PRESUPUESTO ESTIMADO.
Para la contratación del servicio de publicación del sitio web de la Dirección Nacional de Derecho de Autor y dominio institucional en el servidor ofrecido por el contratista objeto del presente estudio, se tomó como base el estudio xx xxxxxxx, el cual arrojó un valor promedio de Dieciséis Millones Cuatrocientos Noventa y Cinco Mil Doscientos pesos ($16.495.200); teniendo en cuenta el valor del estudio xx xxxxxxx se ha considerado que el presupuesto necesario para la ejecución del servicios a contratar es de Dieciséis millones quinientos mil Pesos ($16.500.000.oo) por lo cual se ha realizado la correspondiente solicitud, con base en la cual la Subdirectora Administrativa expidió el Certificado de Disponibilidad Presupuestal No. 2014 de fecha 27 de enero de 2014 por valor de DIECISEIS MILLONES QUINIENTOS MIL PESOS ($16.500.000) M/CTE., Incluido IVA., impuestos,
gravámenes, y demás gastos que haya lugar.
7. MONTO DE LOS COSTOS PARA LA ENTIDAD ASOCIADOS A LA LEGALIZACIÓN DEL PROCESO DE SELECCIÓN Y EJECUCIÓN DEL CONTRATO.
7.1 COSTOS ASOCIADOS AL PROCESO DE SELECCIÓN
Todos los costos asociados a la presentación de la propuesta estarán a cargo del oferente.
El análisis, evaluación de la oferta, visitas a las instalaciones del oferente y adjudicación, estarán a cargo del contratante.
7.2 COSTOS ASOCIADOS A LA EJECUCIÓN DEL CONTRATO.
Todos los costos asociados a la ejecución del contrato como la supervisión y exigencia en el cumplimiento del mismo estarán a cargo del Contratante.
Todos los costos asociados a la ejecución del contrato como los costos que se generen por visitas de verificación y supervisión del personal a cargo del contratista, ajustes del servicio y las demás que estén vinculadas con el cumplimiento del objeto contractual estarán a cargo del Contratista.
8. OBLIGACIONES
8.1 OBLIGACIONES ESPECÍFICAS DEL CONTRATISTA
Además de las contenidas en la Ley y las que se desprendan de la naturaleza del contrato, el proveedor deberá cumplir con las siguientes obligaciones:
a) Entregar el Plan de Instalación y migración del Portal de la Dirección Nacional de Autor
b) Cumplir con todas las especificaciones establecidas en la ficha técnica y la propuesta presentada
c) Cumplir con las condiciones de calidad y las especificaciones señaladas para cada servicio en los estudios y documentos previos, invitación pública, su oferta y la comunicación de aceptación de la oferta.
d) Garantizar que todos los servicios prestados a la Dirección Nacional de Derecho de Autor, sean de óptima calidad
e) Asumir los gastos de seguros, transporte, riesgos derivados y otros que se requieran para la entrega del objeto del contrato.
f) Informar oportunamente al supervisor del Contrato sobre los obstáculos, problemas o sugerencias que se encuentre en el desarrollo del Contrato.
g) Xxxxxxx las recomendaciones que haga el supervisor.
h) Las demás que sean necesarias para el cabal y oportuno cumplimiento del contrato.
8.2 ENTREGABLES
El proponente que resulte adjudicado en el proceso, debe hacer entrega de los siguientes documentos:
Plan de instalación y migración del Portal web de la DNDA
Publicación del portal de acuerdo a los requerimientos relacionados en la ficha técnica del presente documento durante seis (6) meses
Entregar en medio físico copia de la información publicada una vez terminado el contrato
8.3 OBLIGACIONES GENERALES DEL CONTRATISTA
a. Obrar con lealtad, responsabilidad y buena fe durante la ejecución del contrato
b. Cumplir con el objeto y obligaciones del contrato, presentando los informes sobre el cumplimiento de éste al supervisor del contrato.
c. Tener en cuenta las observaciones y recomendaciones que formule el supervisor del contrato.
d. Pagar los impuestos si a ello diere lugar.
e. Hacer todas las recomendaciones que considere necesarias en relación con el desarrollo y ejecución del contrato.
f. No ofrecer ni dar sobornos ni ninguna otra forma de halago a ningún funcionario público, en relación con su propuesta, con el proceso de contratación, ni con la ejecución del contrato que pueda celebrarse como resultado de su propuesta.
g. No efectuar acuerdos, o realizar actos o conductas que tengan por objeto o como efecto la colusión en el presente proceso de contratación.
h. Dar cumplimiento al artículo 50 de la Ley 789 de 2002 y al artículo 23 de la Ley 1150 de 2007.
i. Mantener indemne a la entidad frente a reclamaciones judiciales y extrajudiciales por los daños y perjuicios que se deriven de los actos, omisiones o hechos ocasionados por las personas que sean sub-contratistas o dependan del contratista.
j. Satisfacer las demás obligaciones a su cargo que se deriven de la naturaleza del contrato y de las exigencias legales.
k. Mantener estricta reserva y confidencialidad sobre la información que conozca por causa o con ocasión del contrato.
l. Ejecutar las medidas especiales de control que le imparta el supervisor del contrato designado por la Dirección Nacional de Derecho de Autor y a desempeñar las demás actividades que sean necesarias para lograr un total y adecuado cumplimiento de sus obligaciones aunque no estén específicamente señaladas.
m. Dar estricto cumplimiento a los términos pactados en el contrato.
n. Cumplir con las especificaciones técnicas de la propuesta.
o. Informar oportunamente y por escrito al contratante, a través del supervisor del contrato los inconvenientes que afecten la ejecución del contrato.
p. Cumplir con los requisitos xx xxx sobre la inscripción y vinculación permanente de sus empleados durante la ejecución del contrato, a los sistemas de Seguridad Social, Salud, Pensión y Riesgos Profesionales, de conformidad con lo establecido en la Ley 100 de 1993, Decreto 1703 de 2002, Decreto 2800 de 2003 y Ley 828 de 2003.
q. Será por cuenta del contratista todos los salarios y prestaciones del personal a su servicio.
r. Responder ante terceros por los daños que se ocasionen y que provengan por causas que le sean imputables.
s. Las demás contenidas en la Ley 80 de 1993, Ley 1150 de 2007 y Decreto 1510 de 2013 y normas concordantes vigentes que sean aplicables, y aquellas obligaciones que se desprendan de la naturaleza contractual
8.4 OBLIGACIONES DE LA DIRECCIÓN NACIONAL DE DERECHO DE AUTOR
1. Entregar la información necesaria para que el contratista desarrolle el objeto contractual, como lo es la dirección de control y acceso al portal actual, así como cualquier otra que sea necesaria para la ejecución del contrato.
2. Verificar que los servicios recibidos por el contratista se ajusten a las condiciones técnicas exigidas.
3. Pagar el valor del contrato en los términos estipulados.
4. Adelantar las acciones necesarias para la eficiente ejecución del contrato.
5. Señalar en forma clara y expresa las pautas que debe seguir el contratista en sus actuaciones y los objetivos que debe perseguir.
6. Dar respuesta oportuna a las solicitudes del contratista, definir las situaciones necesarias para la ejecución y adelantar los trámites a que haya lugar por su parte para garantizar la debida ejecución.
7. Tramitar los pagos de oficio en los términos que se acuerden en la propuesta y el contrato, con base en certificaciones de prestación efectiva del servicio.
8. Cumplir con las demás obligaciones previstas en la Ley aplicables a este tipo de contratos.
9. FICHA TÉCNICA PARA EVALUACIÓN
Detalle | "ENTERADOS, OFERTAMOS Y NOS COMPROMETEMOS" | ||||
Características del servidor | |||||
Hardware | |||||
Procesadores | 2x64 | ||||
Memoria mínima | RAM | 8 Gb | |||
Espacio en disco | 500 Gb | ||||
Transferencia mensual mínima | 200 Gbs | ||||
Software instalado | |||||
Sistema operativo | Cualquiera, puede ser Windows Server 2008 R2 Enterprise | ||||
Base de datos | SQL Server 2008 | ||||
CMS | Liferay Edition CE | 6.1.1 | GA | Community | |
Servidor web | Tomcat 7.0.27 | ||||
Herramientas desarrollo | de | JDK Versión 1.7.0 | |||
Instalación y soporte |
Instalación dominio | Debe incluir transferencia de dominio del servidor actual al nuevo servidor | |
Migración | El proveedor deberá realizar la migración del portal desde el alojamiento actual al hosting propuesto, para lo cual la DNDA dará la información pertinente (acceso, clave) | |
Afinamiento y ajustes | El proveedor deberá afinar la configuración de hardware y software y realizar los ajustes necesarios para optimizar el rendimiento del portal Web | |
Seguridad | El proveedor debe garantizar la seguridad del servidor instalado | |
Administración | Se debe garantizar el acceso remoto al servidor a través de Terminal Server | |
Correo | ||
Buzones | 100 cuentas | |
Espacio x buzón | 2 Gb |
10. SUPERVISIÓN
La supervisión del Contrato estará a cargo del Coordinador de la Unidad de Sistemas de la Dirección Nacional de Derecho de Autor, quien se encargará de hacer el seguimiento y verificar el cumplimiento del mismo durante su ejecución.
11. OFERTA CON VALOR ARTIFICIALMENTE BAJO. DECRETO 1510 DE 2013. ART. 28
Si de acuerdo con la información obtenida por la Entidad Estatal en su deber de análisis de que trata el artículo 15 del decreto 1510 de 2013, el valor de una oferta parece artificialmente bajo, la Entidad debe requerir al oferente para que explique las razones que sustentan el valor ofrecido. Analizadas las explicaciones, el comité evaluador de que trata el artículo 27 del Decreto 1510 de 2013, o quien haga la evaluación de las ofertas, debe
recomendar rechazar la oferta o continuar con el análisis de la misma en la evaluación de las ofertas.
Cuando el valor de la oferta sobre la cual la Entidad tuvo dudas sobre su valor, responde a circunstancias objetivas del oferente y de su oferta que no ponen en riesgo el cumplimiento del contrato si este es adjudicado a tal oferta, la Entidad Estatal debe continuar con su análisis en el proceso de evaluación de ofertas.
En la subasta inversa esta disposición es aplicable sobre el precio obtenido al final de la misma.
11.1. ADJUDICAR EL CONTRATO CUANDO SÓLO SE HAYA PRESENTADO UNA OFERTA
De conformidad con el artículo 30 del Decreto 1510 de 2013, la entidad podrá adjudicar el contrato cuando sólo se haya presentado una oferta, y ésta cumpla con los requisitos habilitantes exigidos, siempre que satisfaga los requerimientos contenidos en la invitación pública.
12. FACTORES DE SELECCIÓN PARA IDENTIFICAR LA OFERTA MÁS FAVORABLE
La oferta más favorable para la entidad en esta modalidad de selección será aquella que oferte el menor precio, incluidos todos los impuestos, tasas, contribuciones y aportes que se causen con el perfeccionamiento y ejecución del contrato.
La verificación de la documentación e información se llevará a cabo de la siguiente forma:
CRITERIO | CUMPLE/ NO CUMPLE |
Requisitos habilitantes | Cumple / No Cumple |
Especificaciones técnicas | Cumple / No Cumple |
Verificación Financiera | Cumple/No cumple |
Precio La oferta | El precio más bajo |
12.1 EVALUAR OFERTAS Y VERIFICAR CUMPLIMIENTO DE REQUISITOS (DEC 1510-2013 ART. 27 Y 85 NUMERAL 6)
En caso de empate a menor precio, la entidad seleccionará a quien haya entregado primero la oferta entre los empatados, según el orden de entrega de las mismas. (Decreto 1510 de 2013 Art. 85 Numeral 6)
El informe de evaluación debe indicar si el oferente cumplió con los requisitos habilitantes o de otro tipo establecidos en la invitación a participar, el valor de la oferta y la fecha y hora de presentación de la oferta.
La DNDA a través del Comité de contratos revisará las ofertas económicas y verificará que la de menor precio cumple con las condiciones de la invitación y el cumplimiento de los requisitos documentales solicitados en la invitación a cotizar, y si estos no se encuentran completos, se solicita subsanar inconsistencias o errores siempre y cuando la corrección de las inconsistencias o lo errores no representen una reformulación de la oferta.
En caso de que no se subsane, se procederá a la verificación de requisitos del oferente ubicado en segundo lugar con el menor precio y así sucesivamente.
12.2 CUMPLIMIENTO DE REQUISITOS TÉCNICOS: (CUMPLE / NO CUMPLE)
Las propuestas serán evaluadas en primer término en sus aspectos técnicos detallados en el objeto, producto del cual se determinará cuáles cumplen con las exigencias de la entidad consignadas en el estudio previo e invitación pública. (Ver objeto y alcance del objeto)
12.3 VERIFICACIÓN DE REQUISITOS FINANCIEROS
Para medir la fortaleza financiera del interesado, la DNDA verificará los siguientes indicadores:
a) Índice de liquidez: activo corriente dividido por el pasivo corriente;
CONDICIÓN: mayor o igual a 1.4
b) Índice de endeudamiento: pasivo total dividido por el activo total;
CONDICIÓN: menor o igual a 60
c) Razón de cobertura de intereses: utilidad operacional dividida por los gastos de intereses.
CONDICIÓN: mayor o igual a 2
12.4 VERIFICACIÓN DE REQUISITOS HABILITANTES
La verificación de los requisitos habilitantes se hará exclusivamente en relación con el proponente que oferte el precio más bajo conforme lo establecido en el numeral 6 del Artículo 85 del Decreto 1510 de 2013. En caso de que éste no cumpla con los mismos, se procederá a la verificación del proponente ubicado en segundo lugar y así sucesivamente. No hay lugar a puntajes para evaluar las ofertas sobre las características del objeto a contratar, su calidad o xxxxxxxxxxx.Xx no lograrse la habilitación, se declarará desierto el proceso.
La entidad podrá adjudicar el contrato cuando sólo se haya presentado una oferta, y ésta cumpla con los requisitos habilitantes exigidos, siempre que la oferta satisfaga los requerimientos contenidos en la invitación pública.
12.4.1 REQUISITOS HABILITANTES (CUMPLE / NO CUMPLE)
Los criterios descritos a continuación serán objeto de verificación (cumple /no cumple) y no otorgarán puntaje:
CRITERIO | CUMPLE / NO CUMPLE |
Carta de presentación de la propuesta. ANEXO No. 1. Diligenciar en su totalidad | |
Certificado de no encontrarse inhabilitado para contratar Certificación donde se indique bajo la gravedad de juramento y firmada por el representante legal, que el proponente no se encuentra incurso en las prohibiciones, inhabilidades e incompatibilidades para celebrar contratos con el Estado, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 8 xx Xxx 80 de 1993 y que adicionalmente no ha sido declarado responsable judicialmente por la comisión de delitos de peculado, concusión, cohecho, prevaricato en todas sus modalidades y soborno transnacional, así como sus equivalentes en otras jurisdicciones, de conformidad con los dispuesto en el Artículo 18 de la Ley 1150 de 2007 literal j), y las demás disposiciones constitucionales y legales vigentes aplicables. | |
Certificado de Constitución y Gerencia Las personas jurídicas deben presentar Certificado de Constitución y Gerencia con fecha no mayor a treinta (30) días calendario anterior a la fecha de presentación de la propuesta. Si se trata de sociedad constituida en otro país, se allegará el certificado de existencia y representación legal o documento equivalente, expedido por ente, o autoridad competente. Este documento deberá cumplir con los requisitos establecidos en el |
Código de Procedimiento Civil y demás normas pertinentes para los documentos expedidos en el exterior. | |
Autorización para comprometer a la sociedad (personas jurídicas) Cuando el representante legal de la sociedad se halle limitado en sus facultades para contratar y comprometer a la sociedad, el proponente debe presentar copia del Acta aprobada de la Junta de Socios o Asamblea respectiva, u órgano competente, donde conste que ha sido facultado para presentar oferta y firmar el contrato hasta por el valor total del mismo, en caso de adjudicársele el contrato. | |
Certificaciones de Experiencia específica del Proponente. El proponente deberá presentar mínimo 1 y máximo 2 certificaciones de contratos que hayan sido ejecutados y terminados en Colombia dentro de los cinco (5) años anteriores a la fecha de cierre del presente proceso, cuyo objeto y/o actividades relacionadas sean iguales o similares al del presente proceso, publicación soporte xx xxxxxxxx web y cuya sumatoria sea igual o superior al presupuesto oficial del presente proceso. La certificación o certificaciones deberán ser expedidas por el funcionario o autoridad competente en la respectiva entidad pública o privada y cumplir con los siguientes requisitos: a) Nombre o razón social de la entidad o firma contratante. (Solo se aceptan certificaciones expedidas por personas jurídicas) b) Nombre del contratista. c) El objeto del Contrato debe corresponder a actividades iguales o similares al objeto de esta convocatoria. d) Plazo de ejecución. e) Valor total ejecutado del contrato, expresado en pesos colombianos. La suma de las certificaciones debe ser Mayor o igual a $ 16’500.000. | |
Objeto social o actividad comercial del oferente. Las personas jurídicas deberán contar con capacidad jurídica suficiente para el desarrollo del objeto del contrato a celebrar, es decir que dentro de su objeto social se contemplen las actividades o |
servicios materia del presente proceso, y que su duración no sea inferior a tres (3) años. En el caso de los Consorcios y de las Uniones Temporales, cada uno de sus integrantes (personas jurídicas) deberá cumplir individualmente con esta regla. | |
Especificaciones Técnicas Mínimas del Servicio (Ver anexo técnico 2) El proponente acreditará el cumplimiento de los requisitos técnicos mínimos a través del cumplimiento de lo definido en las obligaciones específicas del presente estudio previo. | |
Cédula de Ciudadanía Representante Legal Fotocopia de la cédula de ciudadanía de quien es el representante legal o quien suscribirá el contrato. | |
Constancia de pago seguridad social y parafiscales (Ver anexo 3) Certificación sobre el cumplimiento de las obligaciones parafiscales a la fecha de presentación de la oferta, de conformidad con lo establecido en el Artículo 23 de la ley 1150 de 2007. Cuando se trate de persona jurídica, se deberá acreditar el pago de los aportes de sus empleados a los sistemas mencionados mediante certificación expedida por el revisor fiscal, cuando este exista de acuerdo con los requerimientos xx xxx. En el evento en que la sociedad no tenga más de seis (6) meses de constituida, deberá acreditar los pagos a partir de la fecha de su constitución. | |
Boletín de Responsables Fiscales. No podrán participar en este proceso de selección, las personas que se encuentren dentro del Boletín de Responsables Fiscales. Ley 610 de 2000. Con el fin de acreditar el cumplimiento de la anterior obligación, la DNDA, verificará en el último boletín de responsables fiscales expedido por la Contraloría General de la República que el proponente y cada uno de sus integrantes cuando el mismo sea un consorcio o una unión temporal, no se encuentre (n) reportado (s) en dicho Boletín. | |
Información SIIF (Ver anexo 4) |
El proponente deberá anexar DILIGENCIADO el formato de Información de Proveedores o Contratistas al Sistema de Información Integral Financiera SIIF, necesaria para la conformación de la base de datos y para el pago oportuno de las cuentas, por lo que el formato debe ser diligenciado en su totalidad de forma clara y precisa, en letra imprenta a máquina o en computador. Debe anexar la certificación de la Entidad Bancaria en donde el número de cuenta bancaria reportado debe coincidir con el número de cédula de ciudadanía o NIT reportado. (Fecha de expedición no mayor a 90 días contados a partir de la fecha de cierre del proceso de selección). | |
Capacidad financiera de los proponentes De conformidad con el numeral 2) del Artículo 85 del Decreto 1510 de 2013, la DNDA exigirá una capacidad financiera mínima, para lo cual los proponentes deben anexar los estados financieros auditados del último ejercicio, suscritos por el representante legal y el revisor fiscal, cuando la persona jurídica está obligado a tenerlo o suscritos por el representante legal y el auditor o contador, si la persona jurídica no está obligada a tener revisor fiscal. | |
Propuesta Económica incluido IVA e impuestos. Propuesta económica incluido IVA. Una vez la entidad reciba la propuesta, esta no podrá ser modificada por el oferente y se mantendrá el precio hasta la entrega del servicio en caso de ser adjudicada. Indicar término de ejecución, especificaciones técnicas ofertadas, vigencia de la oferta, valor del servicio en pesos colombianos sin decimales, domicilio del oferente y demás condiciones consideradas por el oferente. |
13. PROCEDIMIENTO PARA LA EVALUACION. (Artículo 85 de la Ley 1510 de 2013)
El Comité de Contratos de la entidad hará la evaluación objetiva de las ofertas presentadas que cumplan con los requerimientos técnicos, ceñidos para ello a las condiciones estipuladas exclusivamente en los estudios previos e invitación pública, seleccionando la propuesta que presente el precio más bajo y verificar si esta cumple con las condiciones de la invitación. Si esta no cumple con las condiciones de la invitación, se escogerá el segundo con el precio más bajo que cumpla con los requisitos habilitantes, y así sucesivamente
acorde con las reglas que para tal efecto se establecen en el numeral 4 del artículo 85 del Decreto 1510 de 2013.
En caso de empate a menor precio, la entidad aceptará la oferta que haya sido presentada primero en el tiempo.
14. PLAZO PARA FORMULAR OBSERVACIONES A LA EVALUACIÓN
De conformidad con lo establecido en el numeral 5 del artículo 85 del Decreto 1510 de 2013, luego de haber sido publicada la verificación de los requisitos habilitantes y de la evaluación del menor precio, la entidad otorgará un plazo único de un día hábil para que los proponentes puedan formular observaciones a la evaluación las cuales deberán ser dirigidas por escrito a la DNDA.
Las respuestas a las observaciones se publicarán en el SECOP simultáneamente con la comunicación de aceptación de la oferta.
15. CAUSALES DE RECHAZO
La propuesta será rechazada cuando se presente alguna de las siguientes causales:
a) El objeto social del proponente o de los miembros del proponente si acuden bajo cualquiera de las figuras asociativas autorizadas por la ley 80 de 1993, debe ser acorde con el objeto de la presente convocatoria.
b) Las personas jurídicas deben acreditar que su duración es, como mínimo, igual a la del contrato y tres (3) años más.
c) El representante legal del proponente debe estar autorizado para presentar la propuesta.
d) Se rechazarán ofertas presentadas por personas naturales debido a que el objeto del contrato y condiciones requieren de una capacidad financiera y organizacional para mitigar los riesgos que se puedan presentar durante la ejecución del contrato.
e) Los proponentes no deben estar reportado en el boletín de responsables fiscales de la Controlaría General de la República, de acuerdo con lo previsto en la Ley 610 de 2000.
f) Las personas jurídicas interesadas en el proceso deben tener su domicilio principal y/o por lo menos una sucursal funcionando en la ciudad de Bogotá D.C.
g) Cuando el proponente se halle incurso en alguna de las inhabilidades e incompatibilidades establecidas en la Legislación Nacional.
h) La presentación de varias propuestas por parte del mismo proponente por sí o por interpuesta persona o la participación de una misma persona en más de una propuesta.
i) Cuando en la propuesta se omita o se presente sin la respectiva firma de la persona jurídica o del representante legal de la sociedad o de la unión temporal o consorcio.
j) Cuando el Representante Legal de la sociedad o de la unión temporal o consorcio, no se encuentre debidamente autorizado para presentar la propuesta de acuerdo con los estatutos sociales.
k) Cuando falte el documento de integración del Consorcio o Unión Temporal o su firma, o cuando alguno de sus miembros, tratándose de personas jurídicas no se encuentre debidamente autorizado.
l) Cuando existan evidencias de que el proponente ha tratado de interferir o influenciar indebidamente en el análisis de las propuestas, o la decisión de adjudicación.
m) Cuando se evidencie que la información presentada por el proponente no se ajusta a la realidad.
n) Cuando la propuesta se presente en forma parcial o extemporánea, se envíe por correo, fax o correo electrónico o se deje en un lugar distinto al indicado en este pliego.
n. Cuando no cumpla con las condiciones técnicas mínimas establecidas en el anexo técnico, estudios previos e invitación pública, modifique o altere la descripción de los mismos o cuando no los diligencie en su totalidad o cuando omita anexarlos debidamente diligenciados.
o. Cuando sobrepase el presupuesto oficial, acorde con el presupuesto oficial disponible.
p. Cuando la propuesta se radique en un lugar diferente al que corresponde (CALLE 28 No. 13 A – 15 PISO 17. SUBDIRECCIÓN ADMINISTRATIVA) Y LA FECHA Y HORA NO CORRESPONDAN A LAS PREVISTAS EN EL CRONOGRAMA DEL PROCESO. Las propuestas que no se encuentren dentro de la respectiva hora y fecha, fijado para la recepción de propuestas serán consideradas como propuestas extemporáneas y NO SERÁN TENIDAS EN CUENTA aun si han sido radicadas.
q. Cuando condicione su propuesta
r. Cuando a través del Comité de Contratos se autorice un funcionario para realizar una visita a los sitios donde el proponente ha informado el domicilio de las agencias o sucursales, y las mismas se evidencie que no funciona negocio alguno que se dedique a desarrollar actividades relacionadas con el objeto a contratar.
s. Cuando el proponente NO SUBSANE LA INFORMACIÓN REQUERIDA POR LA ENTIDAD, EN LA ETAPA EVALUATIVA, EN EL TÉRMINO PERENTORIO PREVISTO Y DADO EN IGUALDAD DE CONDICIONES PARA TODOS LOS PROPONENTES.
t. Cuando el proponente no aporte con su propuesta económica los valores incluido el
I.V.A acorde con el objeto del contrato.
16. ESTIMACION, TIPIFICACION Y ASIGNACION DE RIESGOS
Para el presente proceso de contratación se establecieron los siguientes riesgos:
16.1 RIESGOS ASEGURABLES
Se considera que los riesgos previsibles en la ejecución del contrato que debe asumir el contratista y que son asegurables son los siguientes:
Que el futuro contratista no pueda dar cumplimiento a la ejecución del contrato, o que el servicio prestado no corresponda o no se haga conforme a las especificaciones técnicas plasmadas en el contrato.
16.2 RIESGOS NO ASEGURABLES
Se considera que no existen riesgos no asegurables que el contratista deba cubrir mediante negociación especial con una compañía de seguros.
16.3 RIESGOS QUE ASUME LA ENTIDAD
A partir de la fecha de suscripción del contrato la Dirección Nacional de Derecho de Autor, asume única y exclusivamente, los efectos derivados de los riesgos que se relacionan a continuación, además de aquellos que se deriven de lo pactado:
Los perjuicios que se pudieren causar al CONTRATISTA por la suspensión del contrato si en ella no median justas causas no imputables a la entidad, de lo contrario la DNDA no será responsable por la suspensión del contrato ni por los perjuicios que se causen con ello.
Los efectos derivados de la existencia de daño emergente del Contratista, por la ocurrencia de hechos de Fuerza Mayor o Caso Fortuito, en los términos del contrato y la legislación existente.
Los efectos originados por nuevas normas durante la ejecución del contrato y que xxxx aplicables al contrato.
16.4 DISTRIBUCIÓN DE RIESGOS
Denominació n | Descripción del Riesgo | Estimación | Descripci ón Evaluada | Responsable (Quien asume la mitigación) |
Riesgo Comercial. | Ingresos diferentes a los esperados. | Afectación estructura de costo. | BAJO | Contratista |
Riesgo de Operación | No cumplimiento a parámetros de desempeño especificados, costos de operación mayor a los proyectados | Menores niveles de productividad y aumento en los costos | MEDIO | Contratista |
Riesgo Cambiario y | Variación de flujos (ingresos y egresos). | Proyección de la divisa y forma de pago. | MEDIO | Contratista. |
tasa de Interés | ||||
Riesgo de Fuerza Mayor Asegurable. | Eventos ajenos al control de las partes | Impacto adverso en la ejecución del contrato | BAJO | Contratista. |
Riesgo técnico | Entrega incompleta o fuera del tiempo requerido de la información del sitio web actual de la Dirección Nacional de Derecho de Autor necesaria para migrar el dominio y el Portal Web de la DNDA | Afectación estructura de costo | BAJO | La Entidad |
Riesgo técnico | Que el servicio prestado no cumpla los requerimientos técnicos exigidos | Afectación del servicio | MEDIO | Contratista |
Riesgos Financieros. | Cambio en la legislación laboral o tributaria durante la vigencia del contrato. | Afectación estructura de costo. | BAJO | Contratista |
17. ANALISIS QUE SUSTENTA LA EXIGENCIA DE GARANTÍAS
La entidad estatal es libre de exigir o no garantías en el proceso de selección de mínima cuantía, tal como lo establece el Artículo 87 del Decreto 1510 de 2013.
Para el presente proceso el oferente deberá constituir a su xxxxx y a favor de La Nación – Dirección Nacional de Derecho de Autor, una garantía como Póliza de Seguros; la cual deberá amparar los siguientes riesgos:
RIESGO A AMPARAR | PORCENTAJE | VIGENCIA |
Cumplimiento | 10% del valor total del contrato | Por el plazo de ejecución del contrato y un (1) mes más. |
18. INDEMNIDAD
El futuro contratista, se obliga a mantener indemne a la DNDA de toda reclamación, demanda, acciones legales o similares, originadas en reclamaciones de terceros, que tengan como causa toda acción u omisión del contratista, subcontratista o dependientes a su cargo y que con ellas haya ocasionado daños, lesiones y/o perjuicios a terceros durante la ejecución del contrato.
El presente documento corresponde al estudio previo de conveniencia y oportunidad en la modalidad de mínima cuantía, para contratar el servicio de publicación del Portal Web de la Dirección Nacional de Derecho de Autor.
Se firma por el solicitante del servicio, en Bogotá, D.C, a los veintisiete (27) días del mes de Enero de 2014
DOCUMENTO ORIGINAL FIRMADO POR EL SUSCRITO
XXXXXXX XXXXX XXXXXX
Coordinador Unidad de Sistemas CDP. 2014 Enero 27 de 2014