MODELO DE CONVENIO DE COLABORACIÓN EMPRESARIAL EN ACTIVIDADES DE INTERÉS GENERAL
MODELO DE CONVENIO DE COLABORACIÓN EMPRESARIAL EN ACTIVIDADES DE INTERÉS GENERAL
(Artículo 25 Ley 49/2002)
CONVENIO DE COLABORACIÓN EMPRESARIAL EN ACTIVIDADES DE INTERÉS GENERAL QUE SUSCRIBEN (el Colaborador)....Y LA UNIVERSIDADE XX XXXX
En VIGO, a …..
Reunidos
Por una parte, la UNIVERSIDADE XX XXXX, con domicilio en Xxxxxx Xxxxxx Xxxxxxxxxx x/x 00000 Xxxx (Xxxxxxxxxx), con CIF X0000000X, representada en este acto por D. Xxxxxxxxxx Xxxx de la Iglesia, con DNI/NIF 00000000X en su calidad de Rector Magnífico
De otra, ……….. (nombre del colaborador), con domicilio social en ….. , con CIF …… representado en este acto por D/Xx ……….., con DNI, en su calidad de ……
Ambas partes, en el carácter con que intervienen, se reconocen recíprocamente plena capacidad jurídica para suscribir el presente convenio de colaboración empresarial en actividades de interés general, a cuyo efecto:
Exponen
I. Que la UNIVERSIDADE XX XXXX, (en adelante, la Universidad), es una institución de derecho público, dotada de personalidad jurídica y patrimonio propios que goza de autonomía académica y de gobierno, de acuerdo con la Constitución y la Ley Orgánica de Universidades, y se encuentra incluida entre las reguladas en el artículo 16 de la Ley 49/2002, de 23 de diciembre, de Régimen Fiscal de las Entidades sin Fines Lucrativos y de los Incentivos Fiscales al Mecenazgo.
II. Que de conformidad con el artículo 2 de sus estatutos, la Universidad tiene como fines prioritarios, entre otros, los siguientes:
La consecución de las máximas cotas de calidad en los ámbitos de docencia e investigación
El fomento de la búsqueda de nuevos conocimientos y su transferencia a la sociedad, la creación artística y el desarrollo científico y tecnológico
La difusión del conocimiento y de la cultura
La estimulación de las actividades intelectuales y críticas en los campos de la cultura y el conocimiento
El ahondamiento en la cooperación universitaria en el ámbito internacional
III. Que ... (en adelante, el Colaborador) es una persona jurídica que está especialmente interesada en fomentar actividades de interés general y apoyar la realización de los fines de la Universidad de acuerdo con el siguiente convenio de colaboración.
A los fines aludidos, las dos partes han acordado celebrar un convenio de colaboración empresarial en actividades de interés general de los previstos en el artículo 25 de la Ley 49/2002, de 23 de diciembre, de Régimen Fiscal de las Entidades sin Fines Lucrativos y de los Incentivos Fiscales al Mecenazgo.
Las partes formalizan el presente convenio sujetándolo a las siguientes
Cláusulas
Primera. Objeto del convenio.
La Universidad, en el marco de la realización de sus fines de interés general, tiene intención de participar en describir aquí el evento / actividad, las cuales se celebrarán en el mes de añadir aquí el mes de añadir aquí el año.
Añadir en este párrafo el nombre completo y descripción breve del colaborador.
La entidad colaboradora nombre es.. y trabaja en...
El presente convenio de colaboración empresarial en actividades de interés general tiene por objeto regular la colaboración de la entidad en el proyecto/actividad de interés de general que se concreta describir aquí el proyecto que se celebrarán en el mes de añadir mes y año.
A fin de alcanzar dicho objeto, el Colaborador asume el compromiso de efectuar las aportaciones económicas que se indican en la cláusula cuarta.
Por su parte, la Universidad se compromete a difundir la participación del Colaborador en sus actividades en los términos que quedan indicados en la cláusula quinta.
Segunda. Naturaleza.
Ambas partes declaran que el presente convenio de colaboración empresarial en actividades de interés general tiene la naturaleza de los previstos en el artículo 25 de la Ley 49/2002, de 23 de diciembre, de Régimen Fiscal de las Entidades sin Fines Lucrativos y de los Incentivos Fiscales al Mecenazgo y que, en ningún caso, debe considerarse que persigue los fines de los contratos de patrocinio publicitario recogidos en el artículo 24 de la Ley 34/1988, de 11 de noviembre, General de Publicidad.
A todos los efectos, la difusión de la participación del Colaborador en la actividad de la Universidad no constituirá una prestación de servicios y por consiguiente, será una actividad no sujeta al Impuesto sobre el Valor Añadido.
Tercera. Duración.
El presente convenio de colaboración empresarial se extinguirá una vez que haya concluido el proyecto/actividad de interés general descrito en la cláusula primera del presente Convenio, a cuya realización haya contribuido el colaborador con su aportación económica.
Cuarta. Aportación económica.
El Colaborador, con las finalidades expresadas en las cláusulas anteriores y manteniéndose las condiciones bajo las que suscribe el presente convenio, entregará a la Universidad una aportación económica en metálico en la cantidad de xxxx euros mediante transferencia bancaria a la cuenta que a tal efecto indique la Universidad, o por cualquier otro medio que pudieran acordar las partes.
Por cada cantidad abonada por el Colaborador, la Universidad emitirá y enviará al Colaborador certificación acreditativa de la aportación realizada, con el fin de que aquél pueda beneficiarse de las deducciones fiscales contempladas en el art.25 de la Ley 49/2002 de 23 de diciembre de Régimen Fiscal de las Entidades sin Fines Lucrativos y de los Incentivos Fiscales al Mecenazgo.
Quinta. Difusión de la participación del Colaborador
En tanto dure el presente convenio de colaboración, la difusión de la participación del Colaborador en las actividades de la Universidad se llevará a cabo de las siguientes maneras:
· La Universidad se compromete a difundir la participación y colaboración del Colaborador mediante la inserción de su marca, denominación social o logos en cuantos rótulos, impresos, catálogos, sellos, propaganda y en cualquier otra información que se publique o edite en relación con la actividad.
· La Universidad se compromete a que sea mencionada la colaboración del Colaborador en todos los actos de difusión referidos a la actividad.
· El Colaborador podrá hacer pública su participación en las actividades de la Universidad, bajo la denominación de Entidad Colaboradora de la UNIVERSIDADE XX XXXX.
· La Universidad deberá aportar al Colaborador en cualquier momento información referente al desarrollo del programa para el cual se destina su aportación económica.
En todo caso, la difusión de la participación del Colaborador en las actividades de la Universidad se limitará al uso de sus logotipos o signos distintivos, quedando expresamente excluida de este convenio la publicidad, o la difusión de cualquier producto o servicio que pueda prestar el Colaborador.
Sexta. Propiedad intelectual.
En ningún caso las cláusulas del presente convenio suponen la cesión o transmisión de cualesquiera derechos de propiedad intelectual o industrial titularidad del Colaborador.
El uso no autorizado, o para un fin distinto al pactado en el presente convenio por parte de la Universidad de cualquier signo distintivo protegido por los derechos de propiedad intelectual o industrial o intelectual del Colaborador, facultará a éste para instar la resolución del presente convenio, en cuyo caso, la Universidad se compromete a restituir al Colaborador el importe de las aportaciones realizadas y, todo ello, sin perjuicio de la correspondiente indemnización de daños y perjuicios a que hubiere lugar.
Séptima. Protección de datos
Ambas partes se comprometen a gestionar aquellos datos contenidos en ficheros titularidad de la otra parte a los que puedan tener acceso, conforme a lo dispuesto en la vigente Ley Orgánica de Protección de Datos.
Octava. Resolución.
En el supuesto de que el objeto del convenio no pudiese llevarse a cabo por incumplimiento de los compromisos de la Universidad o de las personas o entidades designadas por la Universidad para la realización de la actividad, el Colaborador quedará relevado del compromiso de abonar cualquier cantidad a partir del momento de dicho incumplimiento, si es el caso, quedando obligada la Universidad a restituir al colaborador las cantidades percibidas, conforme a lo dispuesto en el artículo 647 del Código Civil, y que serán incrementadas en el interés legal del dinero.
Si la imposibilidad de cumplir el objeto del convenio se debiese a cualquier otra causa ajena a la voluntad de la Universidad, se aplicará idéntica previsión en lo referido a las cantidades pendientes de abono, si bien, por lo que se refiere a las ya percibidas, no deberán ser restituidas.
Novena. Tributos.
En la ejecución del contenido del presente convenio, cada parte soportará los tributos que se puedan devengar y sean de su cargo según la Ley.
Décima. Jurisdicción y competencia.
Las partes, con renuncia expresa al fuero que pudiera corresponderles, se someten a los juzgados y tribunales xx Xxxx para la resolución de cualesquiera divergencias que pudieran surgir con motivo de la interpretación o ejecución del presente convenio.
Y en prueba de conformidad con lo que antecede las partes firman por duplicado ejemplar en lugar y fecha arriba indicados.
Por la UNIVERSIDADE XX XXXX Por el Colaborador
D./Xx Xxxxxxxxxx Xxxx de la Iglesia
RECTOR MAGNIFICO D./Xx
4