TESORERÍA MUNICIPAL
TESORERÍA MUNICIPAL
DEL H. AYUNTAMIENTO DEL MUNICIPIO DE MORELIA, MICHOACÁN
LICITACIÓN PÚBLICA N° TMM-LP-CFAPF/01/2022
SEGUNDA MODIFICACIÓN Y REEXPRESIÓN DE LAS BASES DE LA LICITACIÓN PÚBLICA PARA LA CONTRATACIÓN DE FINANCIAMIENTO
PARA INVERSIÓN PÚBLICA PRODUCTIVA
13 ▇▇ ▇▇▇▇ DE 2022
LA TESORERÍA MUNICIPAL DEL AYUNTAMIENTO DE MORELIA, MICHOACÁN (el “Municipio”), en relación con
la Convocatoria a la Licitación Pública N° TMM-LP-CFAPF/01/2022 (la “Licitación Pública”), con fundamento en el numeral 4.4 de las Bases de la Licitación Pública, en atención a la reforma a la Ley de Disciplina Financiera publicada en el Diario Oficial de la Federación el 10 ▇▇ ▇▇▇▇ de 2022, EXPIDE LA SEGUNDA MODIFICACIÓN Y REEXPRESIÓN DE LAS BASES DE LA LICITACIÓN PÚBLICA, en los siguientes términos:
1. Objeto de la Licitación Pública.
El objeto de la Licitación Pública es la contratación de financiamiento por la cantidad de hasta $359’275,000.00 (trescientos cincuenta y nueve millones doscientos setenta y cinco mil pesos 00/100 M.N.) sin incluir intereses, para destinarlo a inversiones públicas productivas, a la constitución de fondos de reservas de los nuevos contratos de crédito y a los gastos y costos relacionados con la contratación del financiamiento, de conformidad con el Decreto de Autorización y la normatividad aplicable.
2. Términos Definidos.
Para todos los efectos de la presente Licitación Pública y la interpretación de los Documentos de la Licitación Pública, las palabras que se escriben con inicial mayúscula tendrán el significado que se les atribuye más adelante, salvo que expresamente se les asigne un significado distinto, las cuales podrán ser utilizadas en singular o plural, según lo requiera el sentido de la oración de que se trate:
“Acta de Aclaraciones” significa el acta a través de la cual la Tesorería Municipal responderá las preguntas y hará las aclaraciones a las dudas que las Instituciones Financieras Interesadas hubieren formulado en el periodo previsto para tales efectos, en los términos de las presentes Bases de la Licitación Pública.
“Acta de Fallo” o “Fallo” significa el acta por la cual la Tesorería Municipal, conforme a lo establecido en las presentes Bases de la Licitación Pública, comunicará las Ofertas Ganadoras, asignando el Financiamiento al o a los Licitantes Ganadores, o bien, declarando desierta la Licitación Pública.
“Acta de Presentación y Apertura de Ofertas” significa el acta circunstanciada de la celebración del Acto de Presentación y Apertura de Ofertas, en la que se hará constar el nombre, denominación o razón social de los Licitantes; las Ofertas Calificadas y sus características, conforme a lo solicitado en la Convocatoria y las Bases de la Licitación Pública; las Ofertas desechadas y la causa de su desechamiento; así como cualquier información referente a situaciones específicas que se considere necesario asentar.
“Acto de Presentación y de Apertura de Ofertas” significa el acto público en el cual la Tesorería Municipal recibe las Ofertas, las abre y da lectura a las mismas, para su posterior calificación.
“Autorización ▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇” significa el acta de la Sesión del ▇. ▇▇▇▇▇▇▇ del Municipio de Morelia, Michoacán, celebrada el día 13 de diciembre de 2021, en la cual se aprobó el Dictamen con proyecto de acuerdo mediante el cual se autoriza al Municipio de Morelia, Michoacán, la contratación de financiamiento y operaciones relacionadas y la afectación de participaciones federales como fuente de pago, copia de la cual se adjunta como Anexo 2.
“Agencias Calificadoras” significa aquella o aquellas instituciones calificadoras autorizadas por la Comisión Nacional Bancaria y de Valores conforme a la ▇▇▇ ▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇ de Valores, que otorguen la Calificación Preliminar y/o califiquen el o los Contratos de Crédito.
“Bases de la Licitación Pública” significa las presentes Bases de la Licitación Pública y sus anexos, así como cualquier modificación que éstas o los Documentos de la Licitación Pública pudieran sufrir desde su publicación y previo al Acto de Presentación y Apertura de Ofertas, en términos de los Lineamientos.
“Calificación Preliminar” significa la calificación crediticia preliminar otorgada al Financiamiento por parte de una Agencia Calificadora, misma que la Tesorería Municipal dará a conocer a las Instituciones Financieras Interesadas, por lo menos el Día Hábil anterior al Acto de Presentación y Apertura de Ofertas, para que éstas oferten el Margen Aplicable, con base en el cual se realizará la evaluación financiera de las Ofertas Calificadas, en los términos previstos en las presentes Bases de la Licitación Pública y la normatividad aplicable.
“Contrato de Crédito” significa el contrato de apertura de crédito simple que el Municipio, a través del Ayuntamiento, representado por los funcionarios facultados, celebre con el Licitante Ganador, el cual se suscribirá en términos sustancialmente similares al Modelo de Crédito.
“Convocatoria” significa el documento que contiene las características y condiciones básicas de la Licitación Pública, publicada el 23 ▇▇ ▇▇▇▇▇ de 2022, en el periódico “La Voz de Michoacán” y en la página web del Municipio ▇▇▇▇▇://▇▇▇.▇▇▇▇▇▇▇.▇▇▇.▇▇/▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇/, por medio de la cual se convocó a todas las instituciones financieras del sistema financiero mexicano, a participar en la Licitación Pública.
“Decreto de Autorización” significa el el Decreto Número 118 del Congreso del Estado de Michoacán ▇▇ ▇▇▇▇▇▇, publicado en el Periódico Oficial del Gobierno Constitucional del Estado de Michoacán ▇▇ ▇▇▇▇▇▇ el 27 de diciembre de 2021, mediante el cual se autoriza al Municipio, entre otros actos: (i) la contratación de financiamiento para destinarlo a inversión pública productiva, fondos de reserva y costos y gastos de la contratación del financiamiento; (ii) la afectación del derecho y los ingresos hasta del 30.0% (treinta por ciento) de las Participaciones como fuente de pago del Financiamiento, y (iii) la constitución de un fideicomiso irrevocable de administración y fuente de pago para la instrumentación de la afectación de Participaciones; copia del cual se adjunta como Anexo 3.
“Día Hábil” significa cualquier día, excepto: (i) sábados, (ii) domingos, y (iii) cualquier día en que las instituciones bancarias estén autorizadas u obligadas a cerrar sus puertas al público y suspender operaciones, conforme lo determine la Comisión Nacional Bancaria y de Valores.
“Documentos de la Licitación Pública” significa: (i) la Convocatoria, (ii) las presentes Bases de la Licitación Pública y sus anexos, (iii) el Acta de Aclaraciones, (iv) el Acta de Presentación y Apertura de Ofertas, (v) el Acta de Fallo, y (vi) en su caso, las modificaciones que se realicen a los documentos antes mencionados en términos de las presentes Bases de la Licitación Pública y/o cualquier otro documento o comunicado que se origine por parte de la Tesorería Municipal con motivo de la presente Licitación Pública.
“Fideicomiso” significa el contrato de fideicomiso irrevocable, de administración y fuente de pago que celebrará el Municipio, en calidad de fideicomitente y fideicomisario en segundo lugar, con la institución financiera de su elección como fiduciario, a cuyo patrimonio se afectarán las Participaciones Fideicomitidas, para que sirva como fuente de pago de los créditos y de los instrumentos derivados de intercambio de tasa que, en su caso, celebre el Municipio, en el cual los acreditantes y, en su caso, las contrapartes tendrán la calidad de fideicomisarios en primer lugar, conforme a la prelación establecida en el mismo, que se celebrará en términos sustancialmente similares al Modelo de Fideicomiso.
“Financiamiento” significa el financiamiento a un plazo de 180 (ciento ochenta) meses contados a partir de la primera disposición, por la cantidad de hasta $359’275,000.00 (trescientos cincuenta y nueve millones doscientos setenta y cinco mil pesos 00/100 M.N.), objeto de la presente Licitación Pública, que tendrá como fuente de pago las Participaciones Fideicomitidas, el cual se instrumentará mediante la celebración del Contrato de Crédito.
“Formato de Oferta” significa el formato con base en el cual las Instituciones Financieras Interesadas deberán elaborar su Oferta, que constituye el Anexo 4 de las Bases de la Licitación Pública, el cual se pondrá a disposición de las Instituciones Financieras Interesadas en términos del numeral 6 de las presentes Bases de la Licitación Pública.
“Institución Financiera Interesada” significa cada una de las instituciones financieras del sistema financiero mexicano, que tengan interés en participar y/o dar seguimiento a la presente Licitación Pública.
“Ley de Disciplina Financiera” significa la Ley de Disciplina Financiera de las Entidades Federativas y los Municipios.
“Leyes Aplicables” significa todas las leyes, tratados, reglamentos, decretos, acuerdos, normas, especificaciones, reglas, decisiones, órdenes, autorizaciones, lineamientos, jurisprudencias o directivas emitidas por cualquier Autoridad Gubernamental competente en la materia de que se trate y sus modificaciones, que se encuentren en vigor en México.
“Licitación Pública” significa el conjunto de actos, documentos, información y procedimientos establecidos en la Convocatoria, las Bases de la Licitación Pública y los Documentos de la Licitación Pública, que regulan Licitación Pública N° TMM-LP-CFAPF/01/2022, para seleccionar la o las mejores Ofertas para la celebración del Financiamiento.
“Licitante” significa cada una de las instituciones financieras del sistema financiero mexicano que, de conformidad con los requisitos establecidos en los Documentos de la Licitación Pública, participe en la presente Licitación Pública, mediante la presentación de una o varias Ofertas.
“Licitante Ganador” significa el o los Licitantes cuya Oferta Calificada sea declarada ganadora de la Licitación Pública, en los términos de las presentes Bases de la Licitación Pública y de las Leyes Aplicables.
“Lineamientos” significa el Acuerdo por el que se emiten los Lineamientos de la Metodología para el cálculo del menor costo financiero y de los procesos competitivos de los financiamientos y obligaciones a contratar por parte de las Entidades Federativas, los Municipios y sus Entes Públicos, emitido por la Tesorería Municipal de Hacienda y Crédito Público el 25 de octubre de 2016.
“Margen Aplicable” significa los puntos porcentuales que deberán sumarse a la Tasa de Referencia para conformar la tasa de interés aplicable en términos del Modelo de Crédito, en el entendido que para determinar el Margen Aplicable se considerará la calificación del crédito de mayor grado de riesgo publicada por cualquiera de las Agencias Calificadoras contratadas para tales efectos. Para efectos de la Licitación Pública, la Institución Financiera Interesada deberá ofertar el Margen Aplicable considerando la Calificación Preliminar.
“México” significa los Estados Unidos Mexicanos.
“Modelo de Crédito” significa el modelo de contrato de apertura de crédito simple y sus anexos, que contiene los términos y condiciones bajo los cuales el Municipio propone celebrar el Contrato de Crédito, que constituye el Anexo 5 de las Bases de la Licitación Pública, el cual se pondrá a disposición de las Instituciones Financieras Interesadas en términos del numeral 6 de las presentes Bases de la Licitación Pública.
“Modelo de Fideicomiso” significa el proyecto de fideicomiso irrevocable, de administración y fuente de pago que celebrará el Municipio, en calidad de fideicomitente y fideicomisario en segundo lugar, con la institución financiera de su elección como fiduciario, a cuyo patrimonio se afectarán las Participaciones Fideicomitidas, para que sirva como fuente de pago de los créditos y de los instrumentos derivados de intercambio de tasas que, en su caso, celebre el Municipio, en el cual los acreditantes y, en su caso, las contrapartes tendrán la calidad de fideicomisarios en primer lugar, conforme a la prelación establecida en el mismo, que contiene los términos y condiciones en los que el Municipio propone suscribir el Fideicomiso, que constituye el Anexo 6 de las Bases de la Licitación Pública, el cual se pondrá a disposición de las Instituciones Financieras Interesadas en términos del numeral 6 de las presentes Bases de la Licitación Pública.
"Municipio” significa el Municipio de Morelia, Michoacán.
“Oferta” significa la Oferta presentada por una Institución Financiera Interesada en el Acto de Presentación y Apertura de Ofertas, la cual deberá presentarse de conformidad con el Formato de Oferta, que constituye el Anexo 4 de las presentes Bases de la Licitación Pública.
“Oferta Calificada” significa cada Oferta que cumpla con las características y requisitos previstos en las presentes Bases de la Licitación Pública y sea declarada como tal por la Tesorería Municipal en el Acta de Presentación y Apertura de Ofertas.
“Oferta Ganadora” significa la Oferta Calificada que sea declarada ganadora en términos de los numerales
4.8 y 4.9 de las presentes Bases de la Licitación Pública.
“Página Oficial de la Licitación” significa la página de internet ▇▇▇▇▇://▇▇▇.▇▇▇▇▇▇▇.▇▇▇.▇▇/▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇/ en la que se publicarán todos los Documentos de la Licitación y será el medio para informar a las Instituciones Interesadas en la Licitación Pública sobre los requisitos para participar, así como del desarrollo de la misma. Lo anterior sin perjuicio de la facultad del Municipio de enviar las publicaciones y notificaciones que se realicen en Página Oficial de la Licitación a Instituciones Financieras Interesadas, que hubieren participado en términos del numeral 5.1 y/o manifestado su interés en el proceso licitatorio, a través del correo ▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇@▇▇▇▇▇.▇▇▇.
“Participaciones” significa las participaciones, presentes y futuras, que correspondan al Municipio derivadas del Fondo General de Participaciones, incluyendo (sin estar limitado a) todos los anticipos, enteros y ajustes que se cubran a cuenta de las mismas, así como cualesquiera otros fondos, contribuciones e ingresos que eventualmente las modifiquen, sustituyan y/o complementen por cualquier causa.
“Participaciones Fideicomitidas” significa el derecho y los ingresos de hasta del 30.0% (treinta por ciento) de las Participaciones, que serán afectadas al patrimonio del Fideicomiso para servir como fuente de pago del Financiamiento.
"Periodo de Pago” significa los días efectivamente transcurridos entre dos Fechas de Pago (según dicho término se define en el Modelo de Crédito), en el cual se computarán los intereses sobre el saldo insoluto del crédito dispuesto por el Municipio, en términos del Contrato de Crédito respectivo.
“Registro Estatal” significa el Registro Estatal de Financiamientos y Obligaciones, a cargo de la Secretaría de Finanzas y Administración del Poder Ejecutivo del Estado de Michoacán.
“Registro Público Único” significa el Registro Público Único de Financiamientos y Obligaciones de Entidades Federativas y Municipios, a cargo de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.
“Tasa Efectiva” significa, de conformidad con los Lineamientos, la tasa anual que representa el servicio de la deuda y los Gastos Adicionales, sin considerar los Gastos Adicionales Contingentes, correspondientes a la Oferta Calificada, la cual se calculará en términos del numeral 5.6 de las presentes Bases de la Licitación Pública, en el entendido que, en este caso no se aceptan Gastos Adicionales y Gastos Adicionales Contingentes.
“Tasa de Referencia” significa la Tasa de Interés Interbancaria de Equilibrio a plazo de 28 días (la “TIIE”), publicada por el Banco de México dé a conocer en su portal de internet ▇▇▇.▇▇▇▇▇▇▇.▇▇▇.▇▇, el día hábil inmediato anterior al inicio de cada Periodo de Pago y, en su defecto, los indicadores que lo sustituyan en los términos previstos en el Modelo de Crédito. Para efecto del cómputo de la Tasa Efectiva, la Tasa de Referencia será la TIIE del Día Hábil inmediato anterior al Acto de Presentación y Apertura de Ofertas, según se dispone en el numeral 5.6 de las presentes Bases de la Licitación Pública.
"Tesorería Municipal” significa la Tesorería Municipal del Ayuntamiento de Morelia, Michoacán.
3. Características del Financiamiento solicitado:
3.1 Monto del Financiamiento solicitado: hasta la cantidad de $359’275,000.00 (trescientos cincuenta y nueve millones doscientos setenta y cinco mil pesos 00/100 M.N.).
3.2 Destino del Financiamiento:
(a) Hasta la cantidad de $350’000,000.00 (trescientos cincuenta millones de pesos 00/100 M.N.) a las inversiones públicas productivas a que se refiere el Decreto de Autorización, y
(b) Hasta la cantidad de $8’750,000.00 (ocho millones setecientos cincuenta mil pesos 00/100 M.N.) a la constitución de fondos de reserva del o de los Contratos de Créditos, y
(c) Hasta la cantidad de $525,000.00 (quinientos veinticinco mil pesos 00/100 M.N.) a los gastos y costos relacionados con la contratación del financiamiento, de conformidad con el segundo párrafo del artículo 22 de la Ley de Disciplina Financiera.
3.3 Plazo del Financiamiento: 180 (ciento ochenta) meses, equivalente a 5,475 (cinco mil cuatrocientos setenta y cinco) días, contados a partir de la primera disposición del Contrato de Crédito.
3.4 Perfil de amortizaciones de capital: pagos mensuales, consecutivos y crecientes de capital a un factor de 1.3% (uno punto tres por ciento).
3.5 Periodo ▇▇ ▇▇▇▇▇▇ de Capital: 12 (doce) meses, contados a partir de la primera disposición del Contrato de Crédito.
3.6 Periodo para el cumplimiento de condiciones suspensivas: hasta 60 (sesenta) días, contados a partir de la firma del Contrato de Crédito, el cual podrá prorrogarse, a solicitud del Municipio en términos del Contrato de Crédito respectivo.
3.7 Periodo de Disposición: hasta 12 (doce) meses, pero no menos de 6 (seis) meses, contados a partir del día siguiente a que se tengan por cumplidas ante el Acreditante las condiciones suspensivas, el cual podrá prorrogarse, a solicitud del Municipio, en términos del Contrato de Crédito respectivo.
3.8 Tasa de interés solicitada: Variable. La Tasa de Interés Ordinaria para computar los intereses de cada Periodo de Pago será el resultado de sumar (i) la Tasa de Referencia, más (ii) los puntos porcentuales del Margen Aplicable a la Calificación del Contrato de Crédito. Para efecto de determinar la Oferta Calificada con las mejores condiciones ▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇, se tomará como base el Margen Aplicable a la Calificación Preliminar del crédito.
3.9 Tasa de Referencia: la Tasa de Interés Interbancaria de Equilibrio a plazo de 28 días (la “TIIE”), publicada por el Banco de México en el Diario Oficial de la Federación, el día del inicio del Periodo de Pago de los intereses o el día inmediato anterior, según se acuerde con el Licitante Ganador.
3.10 Tasa de Interés Moratoria: la tasa de interés anual que resulte de multiplicar hasta por 1.5 (uno punto cinco) o 2.0 (dos punto cero) la Tasa de Interés Ordinaria, a elección del Licitante Ganador.
3.11 Periodicidad de pago de los intereses: mensual.
3.12 Oportunidad de entrega de los recursos: dentro de los 2 (dos) Días Hábiles siguientes a la entrega de la solicitud de disposición por parte del Municipio, previo cumplimiento de las condiciones suspensivas.
3.13 Recurso a otorgar como fuente de pago del Financiamiento: el derecho y los ingresos de hasta del 30.0% (treinta por ciento ciento) del Fondo General de Participaciones que corresponde al Municipio.
3.14 Mecanismo de pago: el Fideicomiso.
3.15 Contratación de instrumentos derivados: El o los Contratos de Crédito, durante toda su vigencia, deberán contar con la cobertura de un instrumento derivado, ya sea un instrumento de cobertura de la tasa de referencia (cap), o un instrumento de intercambio de tasas (swap), a ser contratados en los términos previstos para tales efectos en el Modelo de Crédito.
3.16 Gastos Adicionales y Gastos Adicionales Contingentes: las Ofertas no podrán incluir Gastos Adicionales ni Gastos Adicionales Contingentes, según dichos términos se definen en los Lineamientos.
4. Disposiciones Generales de la Licitación Pública.
4.1 Programa de Actividades y Calendario de la Licitación Pública.
Actividad | Fecha |
Fecha límite de publicación de los Anexos de las Bases de la Licitación Pública | 24 ▇▇ ▇▇▇▇▇ de 2022 |
Periodo para la entrega de preguntas y aclaraciones por parte de las Instituciones Financieras Interesadas | Hasta las 14:00 horas del 31 ▇▇ ▇▇▇▇▇ de 2022 |
Publicación del Acta de Aclaraciones | 06 ▇▇ ▇▇▇▇▇ de 2022 |
Fecha límite para entregar copia simple de los poderes que acredite las facultades del representante y copia simple de los estatus sociales de la Institución Financiera Interesada | 19 ▇▇ ▇▇▇▇ de 2022 |
Acto de Presentación y de Apertura de Ofertas | 23 ▇▇ ▇▇▇▇ de 2022 |
Fecha límite de expedición del Acta de Fallo | 25 ▇▇ ▇▇▇▇ de 2022 |
Fecha objetivo para la firma del Contrato de Crédito | 30 ▇▇ ▇▇▇▇ de 2022 |
4.2 Comunicación entre Municipio y las Instituciones Financieras Interesadas.
El medio de comunicación del Municipio con las Instituciones Financieras Interesadas es a través de la Página Oficial de la Licitación. Por lo anterior, es responsabilidad de cada Institución Financiera Interesada consultar de manera constante la Página Oficial de la Licitación, a fin de mantenerse enteradas del desarrollo de la Licitación Pública, la publicación de los Anexos de las Bases de la Licitación, así como, en su caso, de la modificación de los Documentos de la Licitación Pública y de las notificaciones y actos relacionados con la Licitación Pública.
Con la finalidad de generar la mayor participación posible en la presente Licitación Pública, el único evento de participación obligatoria para las Instituciones Financieras Interesadas en la Licitación Pública, el cual les atribuye la calidad de Licitantes, es acudir al Acto de Presentación y Apertura de Ofertas y presentar una Oferta, lo anterior sin perjuicio de la solicitud de enviar copia de sus poderes a más tardar el 19 ▇▇ ▇▇▇▇ de 2022, con la finalidad de agilizar el desarrollo del Acto de Presentación y Apertura de Ofertas.
Por su parte, las Instituciones Financieras Interesadas, para establecer comunicación con el Municipio, deberán hacerlo vía correo electrónico, a las siguientes direcciones de correo electrónico, en el entendido, que todos los comunicados deberán dirigirse a las tres direcciones de correo electrónico:
• ▇▇▇_▇▇▇▇▇▇.▇▇▇▇▇@▇▇▇▇▇▇▇.▇▇▇.▇▇
• ▇▇▇▇▇▇.▇▇▇▇▇▇▇@▇▇▇▇▇▇▇.▇▇▇.▇▇
• ▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇@▇▇▇▇▇.▇▇▇
4.3 De los Licitantes.
4.3.1 Requisitos que deben reunir los Licitantes. Podrán participar las Instituciones Financieras Interesadas que reúnan los siguientes requisitos: (i) ser personas ▇▇▇▇▇▇▇ de nacionalidad mexicanas, legalmente constituidas en México, con autorización o facultades para otorgar financiamientos; (ii) ser representadas por un funcionario facultado; (iii) acreditar su personalidad jurídica y representación, y
(iv) presentar una Oferta en términos de las presentes Bases de la Licitación Pública, y
Se les solicita a las Instituciones Financieras Interesadas que, en el caso que decidieran no presentar una Oferta, entreguen al Municipio la carta de negativa de participación en la Licitación Pública, ya que, si bien no es obligatoria en términos del artículo 29 de la Ley de Disciplina Financiera, el Municipio solicita su presentación con la finalidad de tener integrado su expediente lo mejor posible.
4.3.2 Limitaciones a la participación. No podrán participar en la Licitación las siguientes personas: (i) cualesquiera personas de nacionalidad extranjera, y (ii) las Instituciones Financieras Interesadas que, por cualquier causa, se encuentren impedidas para contratar con el Municipio en términos de las Leyes Aplicables.
Por el simple hecho de presentarse al Acto de Presentación y Apertura de Ofertas, se entenderá que la Institución Financiera Interesada: (i) conoce las características específicas de la presente Licitación Pública y de los Documentos de la Licitación, (ii) invariablemente se sujetará a lo establecido en los Documentos de la Licitación y en las Leyes Aplicables, incluyendo sin limitar, en materia de deuda pública, transparencia, competencia económica, combate a la corrupción y, en este último caso, ya sea que dichas disposiciones legales sean de carácter federal, estatal, municipal y/o internacional, según sea aplicable, e (iii) invariablemente se sujetará a las decisiones de las Tesorería Municipal.
4.4 Modificación de los Documentos de la Licitación Pública. La Tesorería Municipal, sin responsabilidad alguna, podrá modificar las características del Financiamiento, las Bases de la Licitación Pública, y/o los Documentos de la Licitación Pública, según resulte necesario o conveniente, las cuales serán notificadas a las Instituciones Financieras Interesadas a través de la Página Oficial de la Licitación.
La Tesorería Municipal podrá modificar los plazos y otros aspectos establecidos en la Convocatoria, cuando menos con 10 (diez) días naturales de anticipación al Acto de Presentación y Apertura de Ofertas, de conformidad con el inciso e) del numeral 12 de los Lineamientos.
Cualquier modificación a las Bases de la Licitación Pública, incluyendo las que resulten del Acta de Aclaraciones y, en su caso, de modificaciones posteriores, formarán parte de los Documentos de la Licitación Pública y deberá ser considerada por las Instituciones Financieras Interesadas en la elaboración de su Oferta. Lo anterior en el entendido que las Instituciones Financieras Interesadas, para la formulación de su Oferta, deberán tomar en cuenta las últimas versiones del Modelo de Crédito, del Modelo de Fideicomiso y del Formato de Oferta, que fueran publicadas en la Página Oficial de la Licitación.
4.5 Situaciones no previstas en las Bases de la Licitación Pública. Cualquier situación relacionada con la Licitación Pública o que no esté prevista en las presentes Bases de la Licitación Pública será resuelta por la Tesorería Municipal, apegándose a la legislación aplicable.
Las decisiones de la Tesorería Municipal serán finales e inapelables, las cuales serán comunicadas, con independencia de quien hubiere planteado la consulta, a través de la Página Oficial de la Licitación.
4.6 Idioma. Las Ofertas y todos sus documentos relacionados con la Licitación Pública deberán presentarse en idioma español.
4.7 ▇▇▇▇▇▇ y Lugar de Pago. La moneda en que se ofertará, contratará y pagará el Financiamiento será en pesos, moneda de curso legal en México, asimismo, el pago deberá realizarse dentro de territorio nacional.
4.8 Domicilio de la Licitación Pública. Los actos presenciales de la Licitación Pública se llevarán a cabo, salvo notificación en contrario, en el domicilio de la Tesorería Municipal ubicado en ▇▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇, ▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇, ▇.▇. 58188, Morelia, Michoacán.
4.9 Responsabilidad del Municipio. Salvo por lo expresamente establecido en las presentes Bases de la Licitación Pública, la Tesorería Municipal no tendrá responsabilidad alguna derivada de la presente Licitación Pública.
Las Instituciones Financieras Interesadas deberán absorber todos los costos que, en su caso, impliquen el análisis, preparación, formulación y presentación de sus Ofertas. La Tesorería Municipal en ningún supuesto será responsable por dichos costos, ni aún en el caso que la Licitación Pública sea declarada desierto, suspendida y/o cancelada, lo que es aceptado incondicionalmente por las Instituciones Financieras Interesadas por el hecho de presentar una Oferta.
4.10 Interpretación de los Documentos de la Licitación Pública. La Tesorería Municipal tendrá la facultad de interpretar las presentes Bases de la Licitación Pública.
Al respecto, el encabezado de cada sección es para efectos de referencia y no será tomado en cuenta para la interpretación de las presentes Bases de la Licitación Pública. En caso de discrepancias en las presentes Bases y sus Anexos se estará a lo siguiente:
(i) Entre un original y sus copias, prevalecerá el original.
(ii) Entre las cantidades escritas con letra y las cantidades escritas con número, prevalecerán las cantidades escritas en letra.
(iii) Entre las Bases de la Licitación Pública y sus Anexos, prevalecerán los Anexos de las Bases de la Licitación Pública, y
(iv) Entre los documentos presentados por las Instituciones Financieras Interesadas en original y/o en copia impresa y aquellos presentados en forma electrónica o en formato digital “PDF” prevalecerán aquellos presentados de forma impresa; y
(v) Entre lo contenido en el Acta de Aclaraciones y sus Anexos y/o notificaciones posteriores, y las Bases de la Licitación Pública, prevalecerá lo publicado con fecha posterior.
Para la interpretación de las presentes Bases de la Licitación Pública se estará a lo siguiente:
(i) Para todo lo no previsto en las presentes Bases de la Licitación Pública se estará a las disposiciones de la Ley de Disciplina Financiera, los Lineamientos, el Reglamento y la Ley de Deuda Pública para el Estado de Michoacán y sus Municipios y, en su defecto, a las decisiones de la Tesorería Municipal;
(ii) En el supuesto que algún numeral, párrafo, oración de la Convocatoria y Bases de la Licitación Pública presente una incongruencia en su interpretación literal o se contraponga con lo establecido en la Leyes Aplicables, se le dará el sentido y aplicación establecido en las Leyes Aplicables, en el entendido que la interpretación de la Convocatoria y Bases de la Licitación Pública, incluyendo sus Anexos, siempre será con apego a la legislación antes mencionada;
(iii) Al sentido literal de los numerales, cuando sus términos sean claros y no dejen lugar a duda;
(iv) Si algún numeral admite diversos sentidos, deberá aplicarse el que se traduzca en las mejores condiciones para el Municipio en la contratación del Financiamiento; y
(v) Si una palabra puede tener distintas acepciones, la misma será considerada en la acepción que sea conforme al objeto y contenido integral de los Documentos de la Licitación Pública.
4.11 Suspensión temporal de la Licitación Pública. La Tesorería Municipal, por así considerarlo conveniente para el Municipio, podrá suspender temporalmente la Licitación Pública en cualquiera de sus etapas, cuando: (i) se presuma la existencia de acuerdos entre dos o más Instituciones Financieras Interesadas para manipular el resultado de la Licitación Pública o la existencia de otras irregularidades graves; (ii) existan causas fortuitas o de fuerza mayor, o (iii) así lo determine la Tesorería Municipal.
Cuando desaparezcan estas causas, con la debida oportunidad, se avisará por escrito a las Instituciones Financieras Interesadas, la fecha de reinicio de la Licitación Pública.
4.12 Cancelación de la Licitación Pública. La Tesorería Municipal tendrá la facultad de cancelar la Licitación Pública cuando: (i) lo estime conveniente; (ii) existan circunstancias justificadas que provoquen la extinción de la necesidad para contratar el Financiamiento, o (iii) cuando de continuarse con el procedimiento se le pudiera ocasionar un daño o perjuicio al Municipio.
5. Desarrollo de la Licitación Pública.
5.1 Acta de Aclaraciones. Con la finalidad de que las Instituciones Financieras Interesadas estén en posibilidad de formular sus Ofertas en el plazo previsto para tales efectos, éstos podrán formular preguntas o solicitar aclaraciones en relación con la Licitación Pública.
El Acta de Aclaraciones tendrá el objetivo de contestar y/o aclarar cualquier aspecto de la Licitación Pública, los Documentos de la Licitación Pública y, en general, sobre la información puesta a disposición de las Instituciones Financieras Interesadas.
Las Instituciones Financieras Interesadas deberán formular sus preguntas utilizando el formato del
Anexo 7 de las Bases de la Licitación Pública, el cual deberá enviarse en formato editable “word”.
Al respecto, las Instituciones Financieras Interesadas podrán incluir preguntas sobre la posibilidad de realizar modificaciones o inclusiones específicas a los Modelos de Contratos anexos a las Bases de la Licitación Pública, lo anterior en el entendido que la Tesorería Municipal no aceptará la inclusión en el Modelo de Crédito de cláusulas que tengan por efecto:
(i) La restricción y/o denuncia del crédito;
(ii) Vencimientos cruzados de cualquier tipo; y/o
(iii) La inclusión de índices o razones financieras, cuyo incumplimiento genere la aceleración o el vencimiento anticipado del crédito.
Las Instituciones Financieras Interesadas tendrán hasta las 14:00 horas del 31 ▇▇ ▇▇▇▇▇ de 2022, para enviar las preguntas y/o solicitar aclaraciones, vía correo electrónico, al contacto señalado en el apartado 4.2 de las presentes Bases de la Licitación Pública.
El Municipio acusará de recibido, vía correo electrónico, cada comunicado recibido con motivo de las preguntas y/o aclaraciones. En el caso que la Institución Financiera Interesada no reciba dicha confirmación deberá comunicarse telefónicamente, con la finalidad de que la Tesorería Municipal esté en posibilidad de detectar la causa por la que el comunicado no fue recibido y pueda dar solución al problema.
El Acta de Aclaraciones se publicará en la Página Oficial de la Licitación el 06 ▇▇ ▇▇▇▇▇ de 2022.
En el caso que la Tesorería Municipal considere generar otro periodo para recibir preguntas y/o aclaraciones por parte de las Instituciones Financieras Interesadas, así lo notificará a través de la Página Oficial de la Licitación.
En el caso de cualquier inconsistencia entre: (i) dos o más respuestas que se refieran al mismo tema, prevalecerá la respuesta emitida por la Tesorería Municipal en el Acta de Aclaraciones o en la fecha más cercana a la fecha del Acto de Presentación y Apertura de Ofertas; (ii) entre dos o más respuestas que se refieran al mismo tema y sean emitidas por la Tesorería Municipal en la misma fecha, prevalecerá la que responda a la pregunta con número consecutivo mayor. Lo anterior sin perjuicio que la Tesorería Municipal pueda emitir aclaraciones, ya sea que se trate de temas expresamente planteados por las Instituciones Financieras Interesadas, o bien, por así considerarlo conveniente.
5.2 Elaboración de las Ofertas.
5.2.1 Efectos generales de las Ofertas. Por el solo hecho que una Institución Financiera Interesada asista al Acto de Presentación y Apertura de Ofertas y presente una Oferta, se entenderá que: (i) asume la calidad de Licitante, (ii) conoce los Documentos de la Licitación Pública, así como las modificaciones que se hubieren realizado a los mismos, (iii) otorga su conformidad respecto de los términos de la Licitación Pública, y (iv) es una manifestación unilateral, incondicional e irrevocable por parte de la Institución Financiera Interesada, que:
(i) Cumple con los requisitos señalados en las Bases de la Licitación Pública para presentar una Oferta.
(ii) La Oferta presentada por la Institución Financiera Interesada se emitió previa obtención de todas las aprobaciones o autorizaciones de sus órganos internos que resulten necesarias para la presentación de la Oferta en firme e irrevocable y, en su caso, para celebrar el Contrato de Crédito.
(iii) La Institución Financiera Interesada, en el caso que su Oferta sea declarada Oferta Ganadora, cuenta con la capacidad económica para hacer frente a las obligaciones a su cargo bajo el Contrato de Crédito y con la capacidad operativa para dar cumplimiento a los requisitos y procedimientos a su cargo en calidad de fideicomisario en primer lugar del Fideicomiso.
(iv) Cualquier variación entre la Oferta y las características, términos y condiciones establecidos en los Documentos de la Licitación Pública que no sean susceptibles de modificación será motivo para el desechamiento de la Oferta; asimismo, cualquier deficiencia, omisión o error que
contenga la Oferta será exclusivamente su responsabilidad, y acepta que una de las posibles consecuencias es el desechamiento de la Oferta.
(v) Acepta que la Oferta sea publicada por la Tesorería Municipal en la Página Oficial de la Licitación y, en su caso, en cualquier otro medio de difusión público, según el mismo sea determinado por la Tesorería Municipal a su discreción o exigible en términos de la normatividad aplicable.
Las Instituciones Financieras Interesadas sólo podrán entregar las Ofertas en el lugar, día y hora fijados para el Acto de Presentación y Apertura de Ofertas en las Bases de la Licitación Pública o, en su caso, en notificación posterior, publicada en la Página Oficial de la Licitación.
5.2.2 Requisitos de las Ofertas de Crédito. Las Ofertas deberán reunir todas las características y requisitos siguientes:
(i) La Oferta deberá ser por un monto mínimo de $179,637,500.00 (ciento setenta y nueve millones seiscientos treinta y siete mil quinientos pesos 00/100 M.N.).
(ii) La Oferta deberá ser en firme e irrevocable, con una vigencia de 60 (sesenta) días naturales, contados a partir de la fecha de su presentación.
(iii) La Oferta deberá elaborarse en términos del Formato de Oferta adjunto como Anexo 4 de las Bases de la Licitación Pública, el cual incluye: (i) el Margen Aplicable a la Calificación Preliminar; (ii) la Tabla de Margen Aplicable para los diferentes niveles de calificación, que se integraría al Contrato de Crédito; (iii) el apartado de aspectos no modificables de la Oferta, (iv) el apartado de declaraciones bajo protesta de decir verdad de la Institución Financiera Interesada en su calidad de Licitante; y (v) la Tabla de Amortizaciones, como Anexo de la Oferta.
(iv) La Oferta deberá: (a) imprimirse en papel membretado del Licitante; (b) presentarse firmada en original y rubricada en cada una de sus hojas (sin incluir la documentación adjunta) por el representante legal; (c) presentarse en sobre cerrado, acompañada de la documentación que se señala en el numeral (v) siguiente; (d) La carátula del sobre cerrado deberá señalar el nombre de la Tesorería Municipal, el número de la Licitación Pública y la denominación o razón social de la Institución Financiera Interesada que presenta la Oferta; (e) Incluir dentro del sobre cerrado, un dispositivo de almacenamiento de datos (USB) con las versiones electrónicas de los documentos que integran la Oferta y sus Anexos en formato “PDF”.
El incumplimiento de alguno de los requisitos a que se refieren los incisos (d) y (e) anteriores no será causa de desechamiento de la Oferta.
(v) A la Oferta deberá adjuntarse la última versión del Modelo de Crédito, rubricado en cada una de sus hojas, incluyendo los anexos.
(vi) La Oferta no podrá incluir Gastos Adicionales y/o Gastos Adicionales Contingentes, según dichos términos se definen en los Lineamientos.
5.3 Acto de Presentación y Apertura de Ofertas y Acto de Presentación y Apertura de Ofertas.
En preparación de la presentación de Ofertas, con la finalidad de agilizar el proceso de revisión de las Ofertas en el Acto de Presentación y Apertura de Ofertas, se solicita a las Instituciones Financieras Interesadas enviar al Municipio, vía correo electrónico a los contactos establecidos en el numeral 4.2, a más tardar el 19 ▇▇ ▇▇▇▇ de 2022, copia simple de los estatutos sociales de la institución y del poder que acredite las facultades del representante de la Institución Financiera Interesada para suscribir la
Oferta y, en su caso, el Contrato de Crédito, en entendido que, si se trata de personas distintas deberá presentarse copia de ambos poderes.
El Acto de Presentación y Apertura de Ofertas se llevará a cabo el día 23 ▇▇ ▇▇▇▇ de 2022, a las 12:30 horas, en el Domicilio de la Licitación Pública.
Para tales efectos, a partir de las 12:00 horas se dará acceso a los funcionarios de las Instituciones Financieras Interesadas al Domicilio de la Licitación Pública, a efecto de llevar a cabo el proceso de registro de los asistentes. A las 12:30 horas se cerrará el acceso al Acto de Presentación y Apertura de Ofertas, en consecuencia, ya no podrá accederse al acto correspondiente.
Las Instituciones Financieras Interesadas entregarán sus Ofertas, las cuales serán recibidas por los funcionarios de la Tesorería Municipal. Ninguna Oferta podrá ser modificada o negociada, ni podrá ser retirada después de su presentación.
Acto seguido, el representante de la Tesorería Municipal abrirá cada una de las Ofertas y se leerán en voz alta los siguientes datos: (i) nombre del Licitante, (ii) el monto ofertado y (iii) el Margen Aplicable a la Calificación Preliminar.
La Tesorería Municipal revisará, de forma cuantitativa, las Ofertas presentadas por los Licitantes a fin de verificar que reúnen los requisitos previstos en las Bases de la Licitación Pública. Las Ofertas que cumplan los requisitos previstos en la sección 5.2 de las presentes Bases de la Licitación Pública serán consideradas Ofertas Calificadas.
La Tesorería Municipal levantará el Acta de Presentación y Apertura de Ofertas, la cual será publicada en la Página Oficial de la Licitación a más tardar el 25 ▇▇ ▇▇▇▇ de 2022.
Se solicita que la Institución Financiera Interesada que decida no presentar una Oferta, a pesar de no ser un requisito legal, entregue en el Domicilio de la Licitación Pública su carta de negativa de participación en la Licitación Pública, a más tardar en la fecha en la que se celebre el Acto de Presentación y Apertura de Ofertas, a fin de integrar el expediente del proceso licitatorio.
5.4 Causas de Desechamiento. La Tesorería Municipal revisará las Ofertas y deberá verificar que no se actualice alguna causa de desechamiento. Son causas de desechamiento de una Oferta, las siguientes:
(i) La no presentación de la documentación que acredite las facultades del representante legal del Licitante que suscribe la Oferta.
(ii) La omisión de firmas y/o datos en la Oferta.
(iii) Si la Oferta contiene tachaduras o enmendaduras.
(iv) El incumplimiento de alguno de los requisitos previstos en la sección 5.2 de las presentes Bases de la Licitación Pública y/o del Formato de Oferta.
(v) La comprobación de que alguno de los Licitantes haya acordado con otro u otros Licitantes, previo a la presentación de las Ofertas, fijar o elevar cualquier aspecto económico relacionado con la Oferta.
5.5 Calificación de las Ofertas. La Oferta presentada por un Licitante se considerará Oferta Calificada cuando ésta cumpla con los siguientes requisitos:
(i) Ser irrevocable, vinculante, en firme y con una vigencia mínima de 60 (sesenta) días naturales, contados a partir de la fecha de su presentación.
(ii) Cumplir con los requisitos previstos en la sección 5.2 anterior y haberse presentado en términos del Formato de Oferta.
La Tesorería Municipal se reserva el derecho de desechar aquellas Ofertas que no guarden congruencia en sus términos.
Las Ofertas que reúnan los requisitos previstos para tales efectos serán consideradas Ofertas Calificadas y serán objeto del análisis comparativo correspondiente, a fin de que la Tesorería Municipal determine cuál o, en su caso, cuáles de las Ofertas Calificadas representan el costo financiero más bajo y, en consecuencia, las mejores condiciones financieras para el Municipio, de acuerdo con los Lineamientos y los criterios de adjudicación que se señalan en el apartado 5.7 siguiente.
5.6 Análisis de las Ofertas.
La Tasa Efectiva de las Ofertas Calificadas será calculada por la Tesorería Municipal, en términos de los numerales 14, 15, 16 y 17 de los Lineamientos. Para efectos de la información en relación con las proyecciones de la Tasa de Referencia, la Tesorería Municipal tomará en consideración la curva de proyecciones de la Tasa de Interés Interbancaria de Equilibrio a 28 días anualizada publicada el Día Hábil inmediato anterior al Acto de Presentación y Apertura de Ofertas por el proveedor de precios Proveedor Integral de Precios S.A. de C.V.
5.7 Criterio de Adjudicación de la Oferta Calificada.
El criterio de adjudicación será la Tasa Efectiva más baja, que se traduce en el menor costo financiero.
En el caso que la Oferta Calificada no cubra el Monto del Financiamiento, el monto restante se adjudicará a la Oferta Calificada que represente la siguiente menor Tasa Efectiva y así, sucesivamente, hasta alcanzar el Monto del Financiamiento.
En el caso que, dos o más Ofertas Calificadas se encontraran en el supuesto de tener la misma Tasa Efectiva, se asignará en partes proporcionales entre las Ofertas Calificadas empatadas, considerando que, si con ambas Ofertas Calificadas no se cubre el Monto del Financiamiento, el monto restante se adjudicará a la Oferta Calificada que represente la siguiente menor Tasa Efectiva y así, sucesivamente, hasta alcanzar el Monto del Financiamiento.
Como criterio general, si el nivel de Margen Aplicable no se encuentra dentro de límites aceptables, a fin de lograr los objetivos que la Tesorería Municipal se ha planteado se podrá declarar desierta la Licitación Pública.
5.8 Fallo de la Licitación Pública. Una vez analizadas las Ofertas Calificadas, la Tesorería Municipal determinará la Oferta Ganadora y elaborará el Acta de Fallo de la Licitación Pública.
La Tesorería Municipal notificará el Acta de Fallo de la Licitación Pública el 25 ▇▇ ▇▇▇▇ de 2022, a través de la Página Oficial de la Licitación. Adicionalmente, se notificará al o a los Licitantes Ganadores, vía correo electrónico, a los datos establecidos para tales efectos en la Oferta.
El Licitante que resulte Licitante Ganador deberá contactar a la Tesorería Municipal, a más tardar el Día Hábil siguiente para iniciar los trabajos para la firma del Contrato de Crédito.
El Acta de ▇▇▇▇▇ deberá contener lo siguiente:
(i) La relación de las Ofertas presentadas.
(ii) Las Ofertas desechadas y la causa de desechamiento, indicando los requisitos incumplidos.
(iii) La relación de Ofertas Calificadas, describiendo las siguientes características:
a) Denominación del Licitante.
b) Monto ofertado.
b) Margen Aplicable ofertado respecto de la Calificación Preliminar.
c) Tasa Efectiva.
(iv) Nombre del o de los Licitantes Ganadores, a quienes se le adjudicarán los Contratos de Crédito.
(v) Nombre, cargo y firma del Tesorero Municipal, así como los nombres y cargos de las personas que hayan sido responsables de la evaluación de las Ofertas Calificadas.
5.9 Formalización del Contrato de Crédito. El objetivo del Municipio es formalizar el o los Contrato de Crédito, a más tardar, el 30 ▇▇ ▇▇▇▇ de 2022, con el Licitante Ganador. Si por cualquier causa, no se llegare a concretar la formalización del Financiamiento, la Tesorería Municipal sin responsabilidad alguna, podrá optar por la siguiente mejor Oferta Calificada, en términos de la evaluación descrita en los numerales 5.6 y 5.7 anteriores.
6. Anexos de las Bases de la Licitación Pública. Los Anexos que se listan a continuación forman parte integral de las Bases de la Licitación Pública y las versiones iniciales de los Anexos del 4 al 8 se publicarán en la Página Oficial de la Licitación a más tardar el 24 ▇▇ ▇▇▇▇▇ de 2022:
Anexo 1 Constancias de mayoría y nombramiento del Presidente, Tesorero y Síndico Municipales.
Anexo 2 Autorización ▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇.
Anexo 3 Decreto de Autorización.
Anexo 4 Formato de Oferta.
Anexo 5 Modelo de Crédito.
Anexo 6 Modelo de Fideicomiso.
Anexo 7 Formato para Preguntas y Aclaraciones.
Los Anexos del 4 al 7 podrán modificarse en términos del numeral 4.4 de las Bases de la Licitación Pública.
Morelia, Michoacán a 13 ▇▇ ▇▇▇▇ de 2022.
Atentamente Municipio de Morelia, Michoacán
▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇ Tesorero Municipal del Ayuntamiento
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