BECA DE MOVILIDAD DE ESTUDIANTES ERASMUS CONTRATO
BECA DE MOVILIDAD DE ESTUDIANTES ERASMUS CONTRATO
ERASMUS - ACCIÓN 2.2
CONTRATO DE SUBVENCIÓN Nº 2012/13 – E LEON01 - SM
Entre : El estudiante D./Xx.: Domiciliado en (calle, nº, piso)
C.P. - Ciudad:
matriculado/a en la titulación de , con D.N.I. nº: , en lo sucesivo denominado “el Beneficiario”, y la UNIVERSIDAD XX XXXX, con sede en la Xxxx. Xxxxxxxx xx Xxxxxxxxxxx, 00. 00000 XXXX, teléfono: 000 000000, fax: 000 000000, Correo electrónico: xxxxxxxxxxxxx@xxxxxxx.xx, en lo sucesivo denominado “el Centro”, y representada por D. Xxxx Xxxx Xxxxxxx Xxxxxxxx, Vicerrector de Relaciones Internacionales e Institucionales
1.- Objeto
CONVIENEN:
6.- Criterios de admisibilidad ERASMUS
El presente Contrato tiene por objeto determinar las obligaciones de cada Parte en lo que respecta la participación en el marco de la actividad Erasmus del Programa de Aprendizaje Permanente.
2.- Duración
Salvo rescisión o modificación anticipada, el presente Contrato entrará en vigor a partir de la firma de las dos partes y vencerá a la entrega de la liquidación económica establecida en el art. 5 de este Contrato.
Las actividades subvencionables podrán realizarse del 1 de julio de 2012 al 30 de septiembre de 2013.
3.- Período de estudio en el extranjero
El Beneficiario se compromete a desplazarse y residir permanentemente durante
1er. Semestre 2º Semestre
Año completo Otro: del curso 2012-2013 en el destino , (País) para realizar un período de estudio (estancia mínima 3 meses) con reconocimiento académico.
En el caso de que el Beneficiacio no haya certificado el conocimiento de la lengua de docencia en la institución de destino, se compromete a realizar un curso de al menos 40 horas lectivas previo al inicio de la estancia.
4.- Becas de movilidad
El Beneficiario recibirá una beca compuesta por aportaciones de la Comisión Europea y, en su caso, el Ministerio de Educación para ejecutar el programa de movilidad aprobado en el marco de la Carta Universitaria Erasmus de la institución, en lo sucesivo denominado "programa de estudios".
5.- Pago
El pago de la beca al Beneficiario se efectuará mediante transferencia de un primer plazo a su cuenta bancaria una vez iniciado el período de estudios en el extranjero y un último plazo liquidatorio al finalizar el período académico.
El Beneficiario declara cumplir los criterios específicos de admisibilidad del programa de movilidad de estudiantes ERASMUS indicados en la convocatoria publicada por la ULE.
7.- Reconocimiento académico
El Centro llegará a un acuerdo con el Beneficiario sobre un programa de estudios claramente definido antes de que inicie su viaje al extranjero. Deberá informarse al Beneficiario al respecto por escrito. Al final del período de estudios en el extranjero, el Beneficiario deberá obtener un certificado que confirme que se ha seguido el programa acordado, junto con una lista de los resultados (notas obtenidas de acuerdo a su compromiso de reconocimiento académico).
El Centro garantizará al Beneficiario un reconocimiento académico de sus estudios en la institución de acogida como parte plenamente reconocida de su título o diploma.
Dicho reconocimiento sólo se denegará si los estudiantes no alcanzan el nivel exigido en la institución de acogida o no cumplen por otros motivos las condiciones exigidas por las instituciones participantes para alcanzar el pleno reconocimiento, o por sanción disciplinaria del Centro de destino o de otra índole imputable al beneficiario que implique la imposibilidad de llevar a cabo el objeto de este contrato.
Si un estudiante se negase a cumplir las exigencias de su programa de estudios en la institución de destino, la institución podrá exigir el reembolso de la ayuda. Esta medida no se aplicará a los estudiantes que por causa de fuerza mayor o por circunstancias atenuantes comunicadas por los coordinadores PAP/ERASMUS y aprobadas por escrito por la institución no hayan podido completar el período de estudios previsto en la institución de acogida.
8.- Carta del estudiante Xxxxxxx
El Centro se asegurará de que el Beneficiario posea un ejemplar de la Carta del estudiante Xxxxxxx antes de la realización de su estancia Erasmus. Además realizará las acciones adecuadas para satisfacer los
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derechos y obligaciones del Beneficiario que implica la Carta del estudiante Xxxxxxx.
9. Unicidad de la fuente de financiación
El Beneficiario declara que utilizará una sola fuente para cubrir cada partida de gastos. Por consiguiente, no se podrán utilizar las ayudas para cubrir partidas de gastos:
- ya financiadas en el marco de otros programas comunitarios, como XXXXXXXX XX XXXXX y el Quinto Programa Xxxxx xx XXX;
- ya financiadas en el marco de actividades costeadas con contribución comunitaria;
- ya cubiertas por otros fondos (las principales fuentes serían los acuerdos culturales bilaterales, los donantes privados y los organismos internacionales).
10. Informes
El Beneficiario se compromete a remitir a la Unidad de Relaciones Internacionales y Movilidad:
– Justificante de la realización del período de estudios en el extranjero (ANEXO 4 y certificado de notas obtenidas).
– Un informe redactado por el estudiante (ANEXO 5).
Ambos dentro del mes siguiente al final de la estancia, y, en todo caso, antes del 1 de septiembre de 2013.
11. Rescisión
En caso de retraso o de incumplimiento por el Beneficiario de alguna de las obligaciones derivadas del presente Contrato, y con independencia de las consecuencias previstas por la legislación vigente, la institución podrá rescindir o resolver de pleno derecho el presente Contrato.
12. Reembolso
El Beneficiario accede a reembolsar inmediatamente la totalidad de la beca recibida y que le sea reclamada en caso de incumplimiento de cualquiera de las obligaciones derivadas del presente Contrato.
13. Seguro
El Beneficario se compromete a suscribir un seguro internacional que cubra viaje, asistencia médica, accidentes, repatriación y responsabilidad civil.
14. Modificaciones del presente Contrato
Toda modificación del presente Contrato y de sus anexos deberá formalizarse por escrito en un acuerdo concluido por las partes del mismo modo que el Contrato original. Las partes no quedarán obligadas por acuerdos verbales sobre tales cuestiones.
15. Jurisdicción
Si no hubiera avenencia, los tribunales de la ciudad xx Xxxx serán los únicos competentes para pronunciarse sobre todo litigio relativo al presente Contrato que se suscite entre el Centro y el Beneficiario.
La legislación aplicable al presente Contrato es la española.
16. Disposiciones finales
El presente Contrato incluye los siguientes ANEXOS, que formarán parte integrante del mismo:
ANEXO 1: Aceptación del nombramiento
ANEXO 2: Compromiso previo de Reconocimiento Académico
ANEXO 3: Certificado de incorporación al destino ANEXO 4: Certificado de fin de estancia
ANEXO 5: Informe final
Hecho en dos ejemplares.
Por el Beneficiario Por el Centro,
Xxxx Xxxx Xxxxxxx Xxxxxxxx
Vicerrector de Relaciones Internacionales e Institucionales
Fecha Fecha:
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