EC/09/11
EC/09/11
CONTRATO DEL “SERVICIO DE MANTENIMIENTO DE ASCENSORES, PLATAFORMAS ELEVADORAS, PUERTAS AUTOMÁTICAS PEATONALES Y DE VEHÍCULOS, EN EDIFICIOS MUNICIPALES”, MEDIANTE PROCEDIMIENTO ABIERTO, OFERTA ECONÓMICAMENTE MÁS VENTAJOSA, VARIOS CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN.
Resolución del Concejal Delegado de Proximidad, Urbanizaciones y Mantenimiento de edificios e instalaciones, de fecha 11 xx xxxxx de 2012:
“Visto el acuerdo de la Junta de Gobierno Local de fecha 29 xx xxxx de 2012, sobre clasificación de las proposiciones presentadas al procedimiento de licitación relativo al contrato administrativo del “Servicio de mantenimiento de ascensores, plataformas elevadoras, puertas automáticas peatonales y de vehículos en edificios municipales”, en base al cual las puntuaciones obtenidas por los licitadores, por orden decreciente, según el criterio de adjudicación establecido en los Pliegos de Condiciones son:
LICITADOR | PUNTUACIÓN |
1º THYSSENKRUPP ELEVADORES, S.L.U. | 90,95 |
2º XXXX ASCENSORES, S.A. | 86,53 |
3º DÚPLEX ELEVACIÓN, S.L. | 78,67 |
4º XXXXX SOCIEDAD COOP. | 77,08 |
5º KONE ELEVADORES, S.A. | 74,07 |
6º CONSERVACIÓN DE APARATOS ELEVADORES EXPRESS, S.L. | 71,66 |
7º EULEN, S.A. | 70,59 |
8º ZARDOYA XXXX, S.A. | 69,54 |
9º SCHINDLER, S.A. | 67,06 |
Considerando el precio tipo máximo de licitación (anual) para el presente contrato previsto en los Pliegos de Condiciones de Cincuenta mil cuatrocientos ochenta y tres euros (50.483,00 €), más Nueve mil ochenta y seis euros con noventa y cuatro céntimos (9.086,94
€) en concepto de IVA, a la baja.
Considerando los criterios de valoración contenidos en los pliegos de condiciones técnicas.
La puntuación resultante es conforme a las siguientes ofertas:
LICITADOR | Criterios que dependen de un juicio de valor Puntuación oferta técnica (mejoras propuestas: hasta 35 puntos) | Criterios valorables de forma automática Oferta económica (Tipo: 50.483,00 € + IVA) | TOTAL PUNTOS | |||
Programa de mantenimiento preventivo (hasta 15 puntos) | Tiempo de respuesta (hasta 10 puntos) | Otras mejoras (hasta 10 puntos) | Total puntos oferta técnica | Puntos oferta económica (hasta 60 puntos) | ||
1º THYSSENKRUPP ELEVADORES, S.L.U. | 15,00 | 10,00 | 5,95 | 30,95 | 48.000,83 + IVA | 90,95 |
60,00 | ||||||
2º XXXX ASCENSORES, S.A. | 15,00 | 6,67 | 4,86 | 26,53 | 48.083,00 +IVA | 86,53 |
60,00 | ||||||
3º DÚPLEX ELEVACIÓN, S.L. | 11,25 | 4,72 | 2,70 | 18,67 | 48.000,43 + IVA | 78,67 |
60,00 | ||||||
4º XXXXX SOCIEDAD COOP. | 3,75 | 3,33 | 10,00 | 17,08 | 48.083,00 + IVA | 77,08 |
60,00 | ||||||
5º KONE ELEVADORES, S.A. | 7,50 | 3,33 | 3,24 | 14,07 | 48.083,00 + IVA | 74,07 |
60,00 | ||||||
6º CONSERVACIÓN DE APARATOS ELEVADORES EXPRESS, S.L. | 3,75 | 2,50 | 5,41 | 11,66 | 48.083 + IVA | 71,66 |
60,00 | ||||||
7º EULEN, S.A. | 3,75 | 3,33 | 3,51 | 10,59 | 25.184,43 + IVA | 70,59 |
60,00 | ||||||
8º ZARDOYA XXXX, S.A. | 3,75 | 4,17 | 1,62 | 9,54 | 48.083,00 + IVA | 69,54 |
60,00 | ||||||
9º SCHINDLER, S.A. | 3,75 | 2,23 | 1,08 | 7,06 | 48.083,00 + IVA | 67,06 |
60,00 |
Visto que con fecha 7 xx xxxxx de 2012 el licitador que ha presentado la oferta económicamente más ventajosa para ser adjudicatario del citado contrato, constituyó garantía definitiva por importe de Dos mil cuatrocientos euros con cuatro céntimos (2.400,04
€), y presentó los documentos justificativos exigidos.
El Concejal Delegado de Proximidad, Urbanizaciones y Mantenimiento de Edificios e Instalaciones, en uso de las facultades que le han sido delegadas mediante Decreto del Sr. Alcalde-Presidente nº 865/12, de 9 xx xxxx de 2012, de conformidad con lo establecido en
la Disposición Adicional Segunda de la Ley 30/2007, de 00 xx xxxxxxx, xx Xxxxxxxxx xxx Xxxxxx Xxxxxxx,
XXXXXXX:
"Primero.- Declarar válidas las actuaciones llevadas a cabo en el procedimiento de licitación para la adjudicación del contrato del Servicio de mantenimiento de ascensores, plataformas elevadoras, puertas automáticas peatonales y de vehículos en edificios municipales”.
Segundo.- Confirmar la exclusión de la clasificación al licitador nº 7 INSTALACIÓN DE APARATOS ELEVADORES, S.A., por no quedar acreditado suficientemente que la oferta puede ser cumplida a satisfacción municipal, como consecuencia de la inclusión de valores anormales o desproporcionados, en base al informe del Técnico correspondiente de la unidad promotora del expediente, de fecha 21 xx xxxx de 2.012.
Tercero.- Adjudicar el contrato administrativo del “Servicio de mantenimiento de ascensores, plataformas elevadoras, puertas automáticas peatonales y de vehículos en edificios municipales” a favor de THYSSENKRUPP ELEVADORES, S.L.U., con CIF X00000000, en las siguientes condiciones:
- El adjudicatario percibirá un precio anual de Cuarenta y ocho mil euros con ochenta y tres céntimos (48.000,83 €) más Ocho mil seiscientos cincuenta y cuatro euros con noventa y cuatro céntimos (8.654,94 €) en concepto de IVA.
- Aceptar las siguientes mejoras ofertadas por la empresa seleccionada:
▪ Mejoras en el programa de mantenimiento preventivo:
o Inspecciones adicionales por un Técnico de control y Regulación (calidad).
o Pasar algunas gamas trimestrales a mensuales y las anuales a mensuales.
o Incrementar actividades de la gama.
▪ Mejoras en el tiempo de respuesta de avisos y averías:
o Avisos de avería: 10 ó 15 minutos.
o Atrapamientos: 10 ó 15 minutos.
▪ Otras mejoras:
o Inspecciones internas de calidad (ISO 9001)
o Informe técnico del Jefe de Servicio si hay más de tres incidencias al mes en un mismo aparato.
o Técnicos de apoyo en casos de un problema de difícil localización.
o 8 horas anuales de Técnico Especializado.
o Ampliación de póliza de responsabilidad Civil por importe de 5.000.000 €.
o Incremento de garantía de piezas doce meses adicionales.
o Sistema de gestión de calidad y ambiental y S.S. en el trabajo I (ISO 9001 y ISO 14001 y OSHAS 18001).
o Asistencia técnica en la elaboración de nuevos proyectos o reformas.
o Flexibilidad del servicio (atender cuando sea necesario).
o Informes mensuales de cada ascensor (en pliego es trimestral).
o Cursos de formación del personal de Servicio y Técnicos del Ayto.
o Informe de estado de entrega de los aparatos en 45 días (s/pliego 90 días).
o Inspección periódica obligatoria gratuita.
o Atención los 365 días del año, las 24 horas.
o Plazo máximo de suministro para material en stock de 24 horas.
o Garantizar el suministro de repuestos originales para todos los equipos.
o Gestión de las inspecciones obligatorias por Cambio de mantenedor.
o Gestión interna informatizada con el programa Medea (no acceso desde Ayto).
o Control de la productividad (índices estadísticos de averías resueltas).
o Codigosd Datamatrix en todas las instalaciones.
o Control del índice de Satisfacción (incluido en el plan de calidad).
Todo ello de conformidad con la oferta y mejoras presentadas, y con los informes obrantes en el expediente, y con estricta sujeción a los requisitos y condiciones xxx xxxxxx y a las normas de aplicación que rigen dichos contratos.
Cuarto.- El contrato tendrá una duración de DOS AÑOS, a contar a partir del día siguiente a la formalización del contrato.
Teniendo en cuenta la incorporación de los elementos de este contrato en distintas fechas, el adjudicatario tendrá derecho al cobro del porcentaje que corresponda del precio de adjudicación, en el momento en que comience a prestarse el servicio.
La finalización del período inicial de contrato, será una vez transcurridos dos años a contar a partir del día siguiente a la formalización, con independencia de que en algunos de los elementos no se haya prestado el servicio durante dicho plazo, considerando la fecha de incorporación prevista en los Anexos de los Pliegos de Condiciones Técnicas.
Expirado el periodo de vigencia, el presente contrato se prorrogará por períodos de UN AÑO, hasta un máximo de CUATRO AÑOS (incluido periodo inicial y prórroga). Dicha prórroga se efectuará expresamente a petición del adjudicatario, de conformidad con lo dispuesto en el art. 23.2 de la LCSP, y previo acuerdo del órgano de contratación adoptado al efecto. La petición del adjudicatario deberá producirse con dos meses de antelación al vencimiento de cada periodo.
Quinto.- Notificar, en su caso, la adjudicación a todos los licitadores que no han resultado adjudicatarios.
Sexto.- Notificar a THYSSENKRUPP ELEVADORES, S.L.U., adjudicataria del contrato, la presente Resolución, debiendo efectuarse la formalización del contrato conforme a lo dispuesto en el art. 140.3 de la LCSP, en su nueva redacción dada por la Ley 34/2010.
Séptimo.- Publicar la adjudicación de este contrato en el Perfil del Contratante del órgano de Contratación, en cumplimiento de lo expuesto en el art. 135.4 de la LCSP, en su nueva redacción dada por la Ley 34/2010.
Octavo.- Publicar anuncio en el que se dé cuenta de la formalización del contrato en el Perfil del Contratante del órgano de Contratación, en cumplimiento de lo expuesto en el art. 138 de la LCSP, modificado por la Ley 34/2010, de 5 xx xxxxxx.”