Contract
Acuerdo No. CG/18/17.
ACUERDO DEL CONSEJO GENERAL DEL INSTITUTO ELECTORAL DEL ESTADO DE CAMPECHE, POR EL QUE SE APRUEBA EL CUADERNILLO DE CONSULTA SOBRE VOTOS VÁLIDOS Y VOTOS
NULOS PARA EL DESARROLLO DE LAS SESIONES DE CÓMPUTO DE LOS CONSEJOS
ELECTORALES DISTRITALES Y MUNICIPALES DEL INSTITUTO ELECTORAL DEL ESTADO DE
CAMPECHE, PARA EL PROCESO ELECTORAL ESTATAL ORDINARIO CUMPLIMIENTO AL ACUERDO INE/CG771/2016.
ANTECEDENTES:
2017-2018, EN
1. Que el 10 de febrero de 2014, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Decreto por el que se reformaron, adicionaron y derogaron diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia política-electoral.
2. Que el 23 xx xxxx de 2014, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Decreto por medio del
cual se expidió la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales; y se reformaron y
adicionaron diversas disposiciones de la Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación y de la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos.
3. Que el 28 xx xxxxx de 2014, la LXI Legislatura del Honorable Congreso del Estado de Campeche aprobó el Decreto No. 154, por medio del cual, se expidió la Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales del Estado de Campeche, señalando en sus artículos Transitorios, entre otras cosas, lo
siguiente: “PRIMERO.- El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de s publicación en el
Periódico Oficial del Estado.”, “SEGUNDO.- Se abroga el Código de Instituciones y Procedimientos
Electorales para el Estado de
Campeche publicado en el Periódico Oficial del
Estado el 30 de
septiembre de 2002, así como sus reformas y adiciones”.
m
4. Que en la 9ª Sesión Extraordinaria celebrada el día 7 de octubre de 2014, el Consejo General del Instituto Electoral del Estado de Campeche, aprobó el Acuerdo CG/06/14, intitulado “ACUERDO DEL CONSEJO GENERAL DEL INSTITUTO ELECTORAL DEL ESTADO DE CAMPECHE POR EL QUE SE INTEGRAN LAS COMISIONES DEL CONSEJO GENERAL”, mismo que fue publicado en el Periódico Oficial del Estado con fecha 23 de octubre de 2014; estableciendo en su punto QUINTO del Acuerdo lo siguiente: “ …QUINTO.- Se aprueba integrar la Comisión Revisora de Lineamientos y Reglamentos, …, y tendrá como Secretario Técnico al titular de la Asesoría Jurídica del Consejo General del Instituto Electoral del Estado de Campeche, determinándose que se extinguirá una vez cumplido su objeto… para quedar como sigue:
Co isión Revisora de Lineamientos y Reglamentos |
Xxxxxx Xxxxxx Xxxxx Xxxx (Presidente) |
Xxxx Xxxxxxx Xxxx Xxxxx |
Madén Xxxxxxxxx Xxxxx Xxxxxx |
5. Que en la 1ª Sesión Extraordinaria celebrada el día 16 xx xxxxx de 2016, el Consejo General del Instituto Electoral del Estado de Campeche, aprobó el Acuerdo CG/12/16, intitulado “ACUERDO DEL CONSEJO GENERAL DEL INSTITUTO ELECTORAL DEL ESTADO DE CAMPECHE, POR EL QUE SE MODIFICA EL ACUERDO NO. CG/06/14 APROBADO EN LA 9ª SESIÓN EXTRAORDINARIA CELEBRADA EL DÍA 7 DE OCTUBRE DE 2014 Y EL ACUERDO NO. CG/07/16 APROBADO EN LA 1ª SESIÓN ORDINARIA CELEBRADA EL DÍA 29 DE ENERO DE 2016; REFERENTES A LA INTEGRACIÓN DE LAS COMISIONES DEL CONSEJO GENERAL”. Acuerdo que estableció en su punto PRIMERO lo siguiente: “…PRIMERO.- Se aprueba modificar el Acuerdo No. CG/06/14 intitulado
“ACUERDO DEL CONSEJO GENERAL DEL INSTITUTO ELECTORAL DEL ESTADO DE
CAMPECHE POR EL QUE SE INTEGRAN LAS COMISIONES DEL CONSEJO GENERAL”; en la
parte relativa a la integración de la Comisión Revisora de Lineamientos y Reglamentos, para quedar con los Consejeros Electorales siguientes: CC. Xxxxxx Xxxxxx Xxxxx Xxxx, Xxxx Xxxxxxx Xxxx Xxxxx y
Xxxxxxxxx Xxxxxx Ac Xxxxxxx,
fungiendo como presidente de esta comisión
la primera de los
nombrados…”, mismo que fue publicado en el Periódico Oficial del Estado el día 23 xx xxxxx de 2016.
6. Que con fecha 3 de noviembre de 2016, la Oficialía Electoral del Instituto Electoral del Estado de
Campeche, recibió la circular INE/UTVOPL/380/2016, dirigida a las Consejeras y Consejeros
Presidentes de los Organismos Públicos Locales Electorales, y la circular INE/UTVOPL/381/2016, dirigida a los Vocales Ejecutivos de las Juntas Locales Ejecutivas del Instituto Nacional Electoral, ambas de fecha 27 de octubre de 2016, y signadas por el Director de la Unidad Técnica de Vinculación con los Organismos Públicos Locales, mediante el cual se dio a conocer que el pasado
24 de octubre de 2016, el Consejo General del Instituto Nacional Electoral aprobó el Acuerdo INE/CG771/2016, intitulado “ACUERDO DEL CONSEJO GENERAL DEL INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL POR EL QUE SE APRUEBAN LAS BASES GENERALES PARA REGULAR EL DESARROLLO DE LAS SESIONES DE LOS CÓMPUTOS EN LAS ELECCIONES LOCALES”, mismo que fue publicado en el Diario Oficial de la Federación, el 30 de noviembre de 2016.
7. Que con fecha 16 de diciembre de 2016, la Oficialía Electoral del Instituto Electoral del Estado de Campeche, recibió el oficio INE/JL-CAMP/VS/0377/2016, dirigido a la Presidencia del Consejo General del Instituto Electoral del Estado de Campeche, de fecha 15 de diciembre de 2016, y signado por el Vocal Secretario de la Junta Local Ejecutiva del Instituto Nacional Electoral, mediante el cual se dio a conocer que el pasado 1 de septiembre de 2016 (Sic.), en Sesión Extraordinaria celebrada por el
Consejo General del Instituto Nacional Electoral, aprobó el Acuerdo INE/CG661/2016, intitulado
“ACUERDO DEL CONSEJO GENERAL DEL INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL POR EL QUE SE APRUEBA EL REGLAMENTO DE ELECCIONES DEL INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL”, el cual
estableció en su punto DÉCIMO TERCERO TRANSITORIO lo siguiente: “…DÉCIMO TERCERO.- En la señalada temporalidad, todos los Organismos Públicos Locales en cuyas entidades federativas se
celebren elecciones en 2018, deberán emitir o ajustar, según corresponda, los lin de los cuales se regule el desarrollo de las sesiones especiales de cómputo de s
amientos a través s elecciones…”.El
Reglamento de elecciones del Instituto Nacional Electoral tiene por objeto regular las disposiciones aplicables en materia de instituciones y procedimientos electorales, así como la operación de los actos y actividades vinculados al desarrollo de los procesos electorales, en el ámbito de sus respectivas competencias, al Instituto Nacional Electoral y a los Organismos Públicos Locales de las entidades federativas.
8. Que en la 5ª Sesión Extraordinaria celebrada el día 23 xx xxxx de 2017, el Consejo General del Instituto Electoral del Estado de Campeche, aprobó el Acuerdo CG/09/17, intitulado “ACUERDO DEL CONSEJO GENERAL DEL INSTITUTO ELECTORAL DEL ESTADO DE CAMPECHE, POR EL QUE
SE APRUEBA EL ANTEPROYECTO DEL CUADERNILLO DE CONSULTA SOBRE VOTOS
VÁLIDOS Y VOTOS NULOS PARA EL DESARROLLO DE LAS SESIONES DE CÓMPUTO DE LOS
CONSEJOS ELECTORALES DISTRITALES Y MUNICIPALES DEL INSTITUTO ELECTORAL DEL ESTADO DE CAMPECHE, PARA EL PROCESO ELECTORAL ESTATAL ORDINARIO 2017-2018,
EN CUMPLIMIENTO AL ACUERDO INE/CG771/2016, mismo que fue publicado en el Periódico Oficial del Estado con fecha 24 xx xxxx de 2017.
9. Que con fecha 24 xx xxxx de 2017, la Titular de la Unidad de Vinculación del Instituto Electoral del Estado de Campeche, envió mediante correo electrónico dirigido al Mtro. Xxxxxx Xxxxx Xxxxxx Xxxxxx, Director de la Unidad Técnica de Vinculación con los Organismos Públicos Locales Electorales del Instituto Nacional Electoral, el Acuerdo CG/09/17 certificado en PDF.
10. Que en la 9ª Sesión Extraordinaria celebrada el día 11 xx xxxxxx de 2017, el C nsejo General del
Instituto Electoral del Estado de Campeche, aprobó el Acuerdo CG/16/17, intitulado “ACUERDO DEL CONSEJO GENERAL DEL INSTITUTO ELECTORAL DEL ESTADO DE CAMPECHE, POR EL QUE
SE APRUEBA EL ANTEPROYECTO DEL CUADERNILLO DE CONSULTA SOBRE VOTOS
VÁLIDOS Y VOTOS NULOS PARA EL DESARROLLO DE LAS SESIONES DE CÓMPUTO DE LOS CONSEJOS ELECTORALES DISTRITALES Y MUNICIPALES DEL INSTITUTO ELECTORAL DEL ESTADO DE CAMPECHE, PARA EL PROCESO ELECTORAL ESTATAL ORDINARIO 2017-2018, EN CUMPLIMIENTO AL ACUERDO INE/CG771/2016”.
11. Que con fecha 11 xx xxxxxx de 2017, la Titular de la Unidad de Vinculación del Instituto Electoral del Estado de Campeche, envió mediante correo electrónico dirigido al Mtro. Xxxxxx Xxxxx Xxxxxx Xxxxxx, Director de la Unidad Técnica de Vinculación con los Organismos Públicos Locales Electorales del Instituto Nacional Electoral, el Acuerdo CG/16/17 certificado en formato PDF.
12. Que con fecha 25 xx xxxxxx de 2017, se llevó a cabo una reunión de trabajo de los integrantes de la Comisión de Organización Electoral del Consejo General del Instituto Electoral del Estado de Campeche, quienes desahogaron el orden del día correspondiente, con el objeto de dar cuenta que transcurrió el tiempo del plazo concedido a los partidos políticos para la formulación de propuestas o manifestación de observación del contenido del anteproyecto del Cuadernillo de Consulta sobre votos válidos y votos nulos para el desarrollo de las sesiones de cómputo de los Consejos Electorales Distritales y Municipales del Instituto Electoral del Estado de Campeche.
13. Que en la misma fecha 25 xx
xxxxxx de 2017, se llevó a cabo una reunión
de trabajo de los
integrantes de la Comisión Revisora de Lineamientos y Reglamentos del Consejo General del Instituto Electoral del Estado de Campeche, quienes desahogaron el orden del día correspondiente, con el objeto de presentar la propuesta final del anteproyecto del Cuadernillo de Consulta sobre votos válidos y votos nulos para el desarrollo de las sesiones de cómputo de los Consejos Electorales Distritales y
Municipales del Instituto Electoral del Estado de Campeche, para el Proceso Ordinario 2017-2018, en cumplimiento al Acuerdo INE/CG771/2016.
Electoral Estatal
14. Que se llevó a cabo una reunión previa de trabajo donde estuvieron presentes los consejeros electorales del Instituto Electoral del Estado de Campeche y los representantes de los partidos políticos debidamente acreditados ante Consejo General del Instituto Electoral del Estado de Campeche.
MARCO LEGAL:
I. Artículos 1°, 41 base V párrafo Primero, apartado C, numerales 5 y 116 norma IV, incisos a), b) y
c) de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, que se tiene aquí por reproducido como si a la letra se insertase para todos los efectos legales a que haya lugar.
II. Artículos 1º, 2º, 4º, 5º, 7°, 30 numeral 1, inciso e), 98 párrafo primero y segundo, 99, 104 numeral 1, inciso a), f), h) y o), 120 numeral 3, 288, numeral 2, incisos a) y b), 290, 291 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, que se tienen aquí por reproducidos como si a la letra se insertasen para todos los efectos legales a que haya lugar.
III. Artículo 24, base VII de la Constitución Política del Estado de Campeche, que se tienen aquí por reproducidos como si a la letra se insertasen para todos los efectos legales a que haya lugar.
IV. Artículos 1º párrafo primero, 3º, 5°, 242, 243 fracción IV, 244, 247, 249, 250 fracción I, VI, VIII, XIV, XV y XIX, 251, 253 fracciones I, II y III, 254, 255, 277, 278 fracciones I, II, XXXI y XXXVII, 280 fracciones XVII y XVIII, 282 fracciones I, XV, XXV y XXX, 289, 291,303 fracción IX, 304 fracción XIII, 307, 319 fracción IV, 320 fracción XII, 329 fracción III, 512, 513 fracciones II, III y IV, 515 y 518 de la Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales del Estado de Campeche, que se tienen aquí por reproducidos como si a la letra se insertasen para todos los efectos legales a que haya lugar.
V. Artículos 1º, 2º, 4° fracción I, punto 1.1, incisos a) y b), punto 1.2 incisos a) y b), fracción II puntos 2.1, inciso a) y 2.2, inciso c), 5º fracción XX, 6º, 7º, 8º, 10, 11, 19 fracción XVI, XIX, 38 fracciones XII y XIX y 43 fracción XIV del Reglamento Interior del Instituto Electoral del Estado de Campeche, que se tienen aquí por reproducidos como si a la letra se insertasen para todos los efectos legales a que haya lugar.
VI. Artículos 1° numeral 1 y 6, 429 numeral 1 y Capítulo VII del Título III, del Libro Tercero del Reglamento de Elecciones del Instituto Nacional Electoral, que se tiene aquí por reproducido como si a la letra se insertase para todos los efectos legales a que haya lugar.
VII. Numerales 1.5, 2, 3 y 4 de las Bases Generales para Regular el Desarrollo de las Sesiones de los Cómputos en las Elecciones Locales del Instituto Nacional Electoral, que se tiene aquí por reproducido como si a la letra se insertase para todos los efectos legales a que haya lugar.
CONSIDERACIONES:
I. Que el Instituto Electoral del Estado de Campeche es un Organismo Público Local Electoral, autoridad en materia electoral, de carácter permanente, que tiene a su cargo la organización y la celebración periódica y pacífica de las elecciones estatales y municipales para renovar a los integrantes de los poderes Legislativo y Ejecutivo del Estado y de los Ayuntamientos y Juntas Municipales; cuenta con personalidad jurídica y patrimonio propio; es autónomo en su funcionamiento, independiente en sus
decisiones y profesional en su desempeño y está facultado para vigilar el cumplimiento de las
disposiciones constitucionales y legales en materia electoral; tiene como fines contribuir al desarrollo de la vida democrática, preservar el fortalecimiento del régimen de Partidos Políticos, asegurar a los ciudadanos el ejercicio de sus derechos político-electorales y vigilar el cumplimiento de sus obligaciones, velar por la autenticidad y efectividad del sufragio, llevar a cabo la promoción del voto y coadyuvar a la difusión de la educación cívica y la cultura democrática; está dirigido por el Consejo General, órgano superior que vela porque todas sus actividades se guíen por los principios de certeza, legalidad, independencia, imparcialidad, máxima publicidad y objetividad; le corresponde, entre otras, la aplicación de la Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales del Estado de Campeche, cuyas disposiciones son de orden público y de observancia general en el Estado y su interpretación se hará conforme a los criterios gramatical, sistemático y funcional; tiene como una de sus facultades la de
dictar los acuerdos necesarios para hacer efectivas sus atribuciones y las demás que le sean
conferidas por la citada Ley de Instituciones; se rige para su organización, funcionamiento y control
por las disposiciones contenidas en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, la Ley General de Partidos Políticos, la Constitución Política del Estado de Campeche, la Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales del Estado de Campeche y los reglamentos que de ella emanen, así como en otras leyes que le sean aplicables, el cual ejerce su funcionamiento en todo el territorio del Estado, de conformidad con lo establecido en los artículos 116 norma IV, incisos a), b) y c) de la Constitución Política de los Estados
Unidos Mexicanos; 5°, 98 párrafo primero y segundo y 99 de la Ley General de Instituciones y
Procedimientos Electorales; 24 base VII de la Constitución Política del Estado de Campeche; y 1°, 3°, 242, 243, 244, 247, 249, 251, 253 fracción I, 254 y 278 fracción XXXVII de la Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales del Estado de Campeche.
II. Que el Consejo General del Instituto Electoral del Estado de Campeche es el órgano superior de dirección, que se encuentra facultado por la Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales del Estado de Campeche para expedir los reglamentos y demás documentos normativos que resulten necesarios para el buen funcionamiento del Instituto Electoral del Estado de Campeche, así como
para dictar los acuerdos que sean necesarios para hacer efectivas las atribuciones que le sean
referidas por la Ley de Instituciones anteriormente mencionada y otras disposiciones aplicables, conforme a los términos que expresamente señale la misma Constitución y con lo establecido en los artículos 249, 253 fracción I, 254, 255, 278 fracciones II y XXXVII y 282 fracción XXX de la Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales del Estado de Campeche.
III. Que la Presidencia del Consejo General cuenta con un cúmulo de atribuciones, dentro de las que se encuentran ordenar la publicación en el Periódico Oficial del Estado de los resolutivos de todos los acuerdos y resoluciones de carácter general que pronuncie el Consejo General, así como las demás que le confiera el Consejo General, la Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales del Estado de Campeche, y demás normatividad aplicable, de acuerdo con lo establecido por el artículo 280 fracciones XVII y XVIII de la citada Ley de Instituciones, en concordancia con el numeral 19 fracción XIX del Reglamento Interior del Instituto Electoral del Estado de Campeche.
IV. Que la Secretaría Ejecutiva del Consejo General, tiene entre sus funciones; auxiliar al Consejo General en el ejercicio de sus atribuciones; cumplir las instrucciones de la Consejera Presidenta de dicho Consejo y; auxiliarlo en sus tareas, para lo cual, deberá proveer lo necesario para la publicación del presente Acuerdo en el Periódico Oficial del Estado, así como las demás que le confiera la Ley y otras disposiciones aplicables, según lo establecen los artículos 282 fracciones I, XV, XXV y XXX de la Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales del Estado de Campeche, y 38 fracciones XII y XIX del Reglamento Interior del Instituto Electoral del Estado de Campeche.
V. Que como se indicó en el punto 6 del apartado de Antecedentes, con fecha 3 de noviembre de 2016, se recibieron las circulares INE/UTVOPL/380/2016 e INE/UTVOPL/381/2016, mediante los cuales se
dio a conocer que el pasado
24 de octubre de 2016, el Consejo General del
Instituto Nacional
Electoral aprobó el Acuerdo INE/CG771/2016, intitulado “ACUERDO DEL CONSEJO GENERAL DEL INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL POR EL QUE SE APRUEBAN LAS BASES GENERALES PARA REGULAR EL DESARROLLO DE LAS SESIONES DE LOS CÓMPUTOS EN LAS
ELECCIONES LOCALES”, el cual estableció en su punto CUARTO, párrafo segundo, lo siguiente: “
…CUARTO.- … En las entidades federativas que celebren elecciones locales en 2018, los OPL a más tardar en la última semana del mes xx xxxx de 2017, por conducto de su Consejo General, deberán remitir a la Junta Local Ejecutiva del INE, los proyectos de lineamiento de cómputo y del cuadernillo de consulta sobre votos válidos y votos nulos, a fin de que se realicen las observaciones pertinentes…”.
Estas bases generales desarrollaron criterios respecto de aquellos asuntos que deberán ser
observados e implementados obligatoriamente por los órganos competentes de los Organismos
Públicos Locales, garantizando así que cuenten con mecanismos eficientes y probados constituyendo
una medida que se ajusta a la nueva normativa y al Sistema Nacional de Elecciones. Por su parte, la Junta Local Ejecutiva del Instituto Nacional Electoral deberá revisar el anteproyecto del Cuadernillo de Consulta sobre votos válidos y votos nulos para el desarrollo de las sesiones de cómputo de los Consejos Electorales Distritales y Municipales del Instituto Electoral del Estado de Campeche, para el Proceso Electoral Estatal Ordinario 2017-2018, en cumplimiento al Acuerdo INE/CG771/2016, y en su caso, remitir las observaciones que estime pertinentes al Consejo General del Instituto Electoral del Estado de Campeche a más tardar la segunda quincena del mes junio de 2017. El Consejo General del Instituto Electoral del Estado de Campeche una vez, que atienda y aplique las observaciones señaladas, remitirá el anteproyecto a más tardar en la segunda semana xx xxxxxx a efecto de que la Junta Local valide a más tardar en la tercera semana xx xxxxxx, para efecto de que el Consejo General del Instituto Electoral del Estado de Campeche apruebe antes del 31 xx xxxxxx de 2017, el Cuadernillo respectivo.
VI. Que derivado de la consideración anterior, de conformidad con las Bases Generales para Regular el Desarrollo de las Sesiones de los Cómputos en las Elecciones Locales del Instituto Nacional Electoral; se estableció, que el Instituto Electoral del Estado de Campeche, deberá elaborar el anteproyecto del
Cuadernillo de Consulta sobre votos válidos y votos nulos para el desarrollo de las sesiones de
cómputo de los Consejos Electorales Distritales y Municipales del Instituto Electoral del Estado de Campeche, para el Proceso Electoral Estatal Ordinario 2017-2018, en cumplimiento al Acuerdo INE/CG771/201; en consecuencia, como se señaló en los puntos 8 y 9 del apartado de Antecedentes, con fecha 23 xx xxxx de 2017, el Consejo General del Instituto Electoral del Estado de Campeche,
aprobó el Acuerdo CG/09/17,
intitulado “ACUERDO DEL CONSEJO GENERAL
DEL INSTITUTO
ELECTORAL DEL ESTADO DE CAMPECHE, POR EL QUE SE APRUEBA EL ANTEPROYECTO
DEL CUADERNILLO DE CONSULTA SOBRE VOTOS VÁLIDOS Y VOTOS NULOS PARA EL
DESARROLLO DE LAS SESIONES DE CÓMPUTO DE LOS CONSEJOS DISTRITALES Y MUNICIPALES DEL INSTITUTO ELECTORAL DEL ESTADO
ELECTORALES DE CAMPECHE,
PARA EL PROCESO ELECTORAL ESTATAL ORDINARIO 2017-2018, EN CUMPLIMIENTO AL
ACUERDO INE/CG771/2016”, estableciendo en sus puntos “PRIMERO.- Se aprueba el anteproyecto del Cuadernillo de Consulta sobre votos válidos y votos nulos para el desarrollo de las sesiones de cómputo de los Consejos Electorales Distritales y Municipales del Estado de Campeche, para el Proceso Electoral Estatal Ordinario 2017-2018, en los términos del Anexo Único del presente documento, que se tiene aquí por reproducido como si a la letra se insertase para todos los efectos legales a que haya lugar...”, y “SEGUNDO.- Se aprueba que el Consejo General del Instituto Electoral del Estado de Campeche, a través de la Unidad de Vinculación de este Instituto Electoral remita copia certificada del presente Acuerdo y su Anexo Único, expedida por la Secretaría Ejecutiva del Consejo General, a la Junta Ejecutiva Local del Instituto Nacional Electoral, para todos los efectos legales y administrativos a que haya lugar…”.
En cumplimiento al punto segundo del Acuerdo CG/09/17, con fecha 24 xx xxxx de 2017, la Titular de la Unidad de Vinculación del Instituto Electoral del Estado de Campeche, envió mediante correo electrónico, el Acuerdo CG/09/17 intitulado “ACUERDO DEL CONSEJO GENERAL DEL INSTITUTO ELECTORAL DEL ESTADO DE CAMPECHE, POR EL QUE SE APRUEBA EL ANTEPROYECTO
DEL CUADERNILLO DE CONSULTA SOBRE VOTOS VÁLIDOS Y VOTOS NULOS PARA EL
DESARROLLO DE LAS SESIONES DE CÓMPUTO DE LOS CONSEJOS DISTRITALES Y MUNICIPALES DEL INSTITUTO ELECTORAL DEL ESTADO
ELECTORALES DE CAMPECHE,
PARA EL PROCESO ELECTORAL ESTATAL ORDINARIO 2017-2018, EN CUMPLIMIENTO AL
ACUERDO INE/CG771/2016”, certificado en formato PDF.
VII. Que como se señaló en el punto 10 y 11 del apartado de Antecedentes, que en la 9ª Sesión Extraordinaria celebrada con fecha 11 xx xxxxxx de 2017, el Consejo General del Instituto Electoral
del Estado de Campeche, aprobó el Acuerdo CG/16/17, intitulado “ACUERDO DEL CONSEJO
GENERAL DEL INSTITUTO ELECTORAL DEL ESTADO DE CAMPECHE, POR EL QUE SE APRUEBA EL ANTEPROYECTO DEL CUADERNILLO DE CONSULTA SOBRE VOTOS VÁLIDOS Y VOTOS NULOS PARA EL DESARROLLO DE LAS SESIONES DE CÓMPUTO DE LOS CONSEJOS ELECTORALES DISTRITALES Y MUNICIPALES DEL INSTITUTO ELECTORAL DEL ESTADO DE
CAMPECHE, PARA EL PROCESO ELECTORAL ESTATAL ORDINARIO 2017-2018, EN
CUMPLIMIENTO AL ACUERDO INE/CG771/2016”, estableciendo en sus puntos “PRIMERO.- Se aprueba el anteproyecto del Cuadernillo de Consulta sobre votos válidos y votos nulos para el
desarrollo de las sesiones de
cómputo de los Consejos Electorales Distritales
y Municipales del
Estado de Campeche, para el Proceso Electoral Estatal Ordinario 2017-2018, en los términos del Anexo Único del presente documento, que se tiene aquí por reproducido como si a la letra se insertase para todos los efectos legales a que haya lugar...”, y “SEGUNDO.- Se aprueba que el Consejo General del Instituto Electoral del Estado de Campeche, a través de la Unidad de Vinculación de este Instituto Electoral remita copia certificada del presente Acuerdo y su Anexo Único, expedida por la Secretaría Ejecutiva del Consejo General, a la Junta Ejecutiva Local del Instituto Nacional Electoral, para todos los efectos legales y administrativos a que haya lugar...”.
En cumplimiento al punto segundo del Acuerdo CG/16/17, con fecha 11 xx xxxxxx de 2017, la Titular de la Unidad de Vinculación del Instituto Electoral del Estado de Campeche, envió mediante correo electrónico el Acuerdo CG/16/17 intitulado “ACUERDO DEL CONSEJO GENERAL DEL INSTITUTO ELECTORAL DEL ESTADO DE CAMPECHE, POR EL QUE SE APRUEBA EL ANTEPROYECTO
DEL CUADERNILLO DE CONSULTA SOBRE VOTOS VÁLIDOS Y VOTOS NULOS PARA EL
DESARROLLO DE LAS SESIONES DE CÓMPUTO DE LOS CONSEJOS DISTRITALES Y MUNICIPALES DEL INSTITUTO ELECTORAL DEL ESTADO
ELECTORALES DE CAMPECHE,
PARA EL PROCESO ELECTORAL ESTATAL ORDINARIO 2017-2018, EN CUMPLIMIENTO AL
ACUERDO INE/CG771/2016”, certificado en formato PDF.
VIII. Que los Consejos Electorales Distritales, dentro del ámbito de su competencia, tienen como una de sus atribuciones, la de realizar el cómputo distrital de las elecciones de candidatos a Diputados por el
principio de Mayoría Relativa, y los Presidentes de dichos consejos tienen la atribución de dar a
conocer, mediante avisos colocados en el exterior de sus oficinas, los resultados de los cómputos
distritales y municipales, en su caso; asimismo los Consejos Electorales Municipales, dentro del
ámbito de su competencia, tienen como una de sus atribuciones, la de realizar el cómputo de la elección de integrantes de Ayuntamientos y Juntas Municipales por ambos principios y los Presidentes de dichos consejos tienen la atribución de dar a conocer, mediante avisos colocados en el exterior de
sus oficinas, los resultados
de los cómputos municipales, ambos Consejos
son organismos
encargados de realizar el cómputo de los votos de las elecciones de candidatos a cargos de elección popular, por lo que, el “Cuadernillo de Consulta sobre votos válidos y votos nulos para el desarrollo de las sesiones de cómputo de los consejos electorales Distritales y Municipales del Instituto Electoral del Estado de Campeche, para el Proceso Electoral Estatal Ordinaria 2017-2018, es un instrumento que servirá de apoyo para que los integrantes de los órganos competentes, así como los representantes de los partidos políticos y en su caso los candidatos independientes, cuenten con criterios orientadores que faciliten la deliberación sobre el sentido de los votos durante los cómputos, así mismo, contribuirá a normar el criterio de los Consejos Distritales y Municipales y colaborará a la determinación de la clasificación final de los votos que sean discutidos en el pleno del órgano que
realiza el cómputo, lo anterior, con base en lo establecido en los artículos 291, 303 fracción IX, 304
fracción XIII, 307, 319 fracción IV, 320 fracción XII Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales del Estado de Campeche.
IX. Que como se señaló en el punto 12 del apartado de Antecedentes, con fecha 25 xx xxxxxx de 2017,
se llevo a cabo una reunión de trabajo de la Comisión de Organización Electoral d l Consejo General
del Instituto Electoral del Estado de Campeche, quienes desahogaron el orden del día
correspondiente, con el objeto de dar cuenta que transcurrió el plazo concedido a los partidos políticos para la formulación de propuestas o manifestaciones de observaciones del contenido del anteproyecto del Cuadernillo de Consulta sobre votos válidos y votos nulos para el desarrollo de las sesiones de cómputo de los Consejos Electorales Distritales y Municipales del Instituto Electoral del Estado de Campeche, para el Proceso Electoral Estatal Ordinario 2017-2018, sin que algún representante legal haya hecho uso de su derecho; sin embargo, la Comisión atendiendo a las manifestaciones que se realizaron en diversas reuniones del Consejo General del Instituto Electoral del Estado de Campeche, resolvió eliminar del Cuadernillo, dos ilustraciones que corresponden a las hipótesis descritas en el inciso f) denominado “múltiples marcas en la boleta”, contenidas en la página 15 del documento, a
efecto de no causar confusiones. Así mismo resolvió incluir un indicativo en el Cuadernillo que
reafirma que es un instrumento orientador que no pretende, ni aspira a suplir o restringir el libre
derecho de manifestación que tienen los representantes de los partidos políticos y candidatos
independientes en las sesiones de cómputo.
X. Que como se indicó en el punto 13 del apartado de Antecedentes, con fecha 25 xx xxxxxx de 2017, se
llevó a cabo una reunión de trabajo de la Comisión Revisora de Lineamientos Reglamentos del
Consejo General del Instituto Electoral del Estado de Campeche, quienes desahogaron el orden del día correspondiente, con el objeto de presentar la propuesta final del anteproyecto del Cuadernillo de Consulta sobre votos válidos y votos nulos para el desarrollo de las sesiones de cómputo de los Consejos Electorales Distritales y Municipales del Instituto Electoral del Estado de Campeche, para el Proceso Electoral Estatal Ordinario 2017-2018, en cumplimiento al Acuerdo INE/CG771/2016; una vez realizado el análisis del documento antes citado, se obtuvo el consenso de los asistentes para que el citado anteproyecto y sean sometidos a la consideración del Consejo General del Instituto Electoral del Estado de Campeche, en la próxima sesión que éste celebre.
XI. Que como se indicó en el punto 14 del apartado de Antecedentes, se llevó a cabo una reunión previa de trabajo donde estuvieron presentes los consejeros electorales del Instituto Electoral del Estado de Campeche y los representantes de los partidos políticos debidamente acreditados ante Consejo General del Instituto Electoral del Estado de Campeche, con el objeto de presentar el anteproyecto
definitivo del Cuadernillo de Consulta sobre votos válidos y votos nulos para e desarrollo de las
sesiones de cómputo de los Consejos Electorales Distritales y Municipales del Instituto Electoral del
Estado de Campeche, para el Acuerdo INE/CG771/2016.
Proceso Electoral Estatal Ordinario 2017-2018, en cumplimiento al
XII. Que por todo lo anteriormente manifestado y considerado en cumplimiento a lo dispuesto en el punto
de Acuerdo CUARTO, párrafo segundo del Acuerdo INE/CG771/2016, y con fundamento en los
artículos 244, 253 fracción I, 254, 278 fracciones I, XXXI y XXXVII, y 280 fracción XVIII de la Ley de
Instituciones y Procedimientos Electorales del Estado de Campeche, 5 fracción XX del Reglamento
Interior del Instituto Electoral del Estado de Campeche; se propone al Consejo General: a) Aprobar el
Cuadernillo de Consulta sobre votos válidos y votos nulos para el desarrollo de las sesiones de
cómputo de los Consejos Electorales Distritales y Municipales del Instituto Electoral del Estado de Campeche, para el Proceso Electoral Estatal Ordinario 2017-2018, en cumplimiento al Acuerdo INE/CG771/2016, en los términos del Anexo Único del presente documento, que se tiene aquí por reproducido como si a la letra se insertase para todos los efectos legales y adminis rativos a que haya lugar; b) Aprobar que el Consejo General del Instituto Electoral del Estado de Campeche, a través de la Unidad de Vinculación de este Instituto Electoral remita copia certificada del presente Acuerdo y su Anexo Único, expedida por la Secretaría Ejecutiva del Consejo General, a la Junta Ejecutiva Local del Instituto Nacional Electoral, para todos los efectos legales y administrativos a que haya lugar; c) Instruir a la Secretaría Ejecutiva del Consejo General del Instituto Electoral del Estado de Campeche, para que remita copia certificada del presente Acuerdo a la Comisión de Organización Electoral del Consejo General y a la Dirección Ejecutiva de Organización Electoral del Instituto Electoral del Estado
de Campeche, para todos los efectos legales y administrativos a que haya lugar; d) Instruir a la Secretaría Ejecutiva del Consejo General del Instituto Electoral del Estado de Campeche, para que remita copia certificada del presente Acuerdo a la Dirección Ejecutiva de Capacitación Electoral y Educación Cívica del Instituto Electoral del Estado de Campeche, para todos los efectos legales y administrativos a que haya lugar; e) Instruir a la Secretaría Ejecutiva del Consejo General del Instituto Electoral del Estado de Campeche, para que remita copia certificada del presente Acuerdo al Área Administrativa Especializada de Sistemas de Tecnologías y Cómputo del Instituto Electoral del Estado de Campeche, para todos los efectos legales y administrativos a que haya lugar; y f) Instruir a la Secretaría Ejecutiva del Consejo General del Instituto Electoral del Estado de Campeche, para que provea lo necesario para la publicación del presente Acuerdo en el Periódico Oficial del Estado a
efecto de las atribuciones que le son conferidas por el artículo 282 fracciones I, XV XXV, y XXX de la
Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales del Estado de Campeche, en concordancia con el numeral 38 fracción XII del Reglamento Interior del Instituto Electoral del Estado de Campeche.
EN MÉRITO DE LO ANTES EXPUESTO, FUNDADO Y CONSIDERADO, ES DE EMITIRSE EL SIGUIENTE:
A C U E R D O:
PRIMERO: Se aprueba el Cuadernillo de Consulta sobre votos válidos y votos nulos para el desarrollo de las sesiones de cómputo de los Consejos Electorales Distritales y Municipales del Instituto Electoral del Estado de Campeche, para el Proceso Electoral Estatal Ordinario 2017-2018, en cumplimiento al Acuerdo
INE/CG771/2016, en los términos del Anexo Único del presente documento, que reproducido como si a la letra se insertase para todos los efectos legales y administrativo
se tiene aquí por a que haya lugar,
con base en los razonamientos expresados en las Consideraciones de la I a la XII del presente Acuerdo.
SEGUNDO: Se aprueba que el Consejo General del Instituto Electoral del Estado de Campeche, a través de la Unidad de Vinculación de este Instituto Electoral remita copia certificada del presente Acuerdo y su Anexo Único, expedida por la Secretaría Ejecutiva del Consejo General, a la Junta Ejecutiva Local del Instituto Nacional Electoral, para todos los efectos legales y administrativos a que haya lugar, con base en los razonamientos expresados en las Consideraciones V, VI, VII, VIII, IX, X, XI y XII del presente Acuerdo.
TERCERO: Se instruye a la Secretaría Ejecutiva del Consejo General del Instituto Electoral del Estado de Campeche, para que remita copia certificada del presente Acuerdo a la Comisión de Organización Electoral del Consejo General y a la Dirección Ejecutiva Organización Electoral del Instituto Electoral del Estado de
Campeche, para todos los efectos
legales y administrativos a que haya lugar,
con base en los
razonamientos expresado en la Consideración XII del presente Acuerdo.