Contract
CONTRATO CIVIL DE PRESTACIÓN DE SERVICIÓS PROFESIONALES BAJO EL RÉGIMEN DE HONORARIOS ASIMILABLES AL SALARIO, QUE CELEBRAN POR UNA PARTE EL SISTEMA DE TELEVISIÓN Y RADIO DE CAMPECHE, REPRESENTADO POR EL LC. XXXX XXXXXXXXX XXXXXX XXXXXX, EN SU CARÁCTER DE DIRECTOR GENERAL. A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ “EL SISTEMA” , Y POR LA OTRA PARTE LA PERSONA FÍSICA EL C. XXXXXXX XXXXXXX XXXXXXXX XXXXX, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ “EL PRESTADOR”, FUNGEN COMO TESTIGOS DEL PRESENTE CONTRATO LA C.P. XXXXXXX DEL XXXXXX XXXXX XXXXX, COORDINADORA ADMINISTRATIVA, Y LA LIC. XXXX XXXXXX XXXXXXXXX, TITULAR DE LA UNIDAD JURIDICA, AL TENOR DE LAS SIGUIENTES DECLARACIONES Y CLAUSULAS:
DECLARACIONES
I. DECLARA "EL SISTEMA" QUE:
I.1.- De acuerdo con lo que establecen los artículos 40, 41, 42 y 43 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 1, 2, 4, 23, 24, 26, 59, 71 fracción XXVII inciso a), 72 y 73 de la Constitución Política del Estado, 1, 2, 3, 48, 49 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Campeche; Campeche,
I.2.- Que el Sistema de Televisión y Radio de Campeche es un Organismo Descentralizado de la Administración Pública del Estado de Campeche, conforme lo establece el artículo 1 del Acuerdo del Ejecutivo del Estado que Modifica el de Creación del Sistema de Televisión y Radio de Campeche, publicado en el Periódico Oficial del Estado de fecha 20 de julio de 2009, Sección Administrativa, articulo 12 de la Ley de la Administración Pública Paraestatal del Estado de Campeche.
I.3.- EL Lc. Xxxx Xxxxxxxxx Xxxxxx Xxxxxx, en su carácter de Director General del Sistema de Televisión y Radio de Campeche, tiene capacidad jurídica para celebrar el presente Contrato de conformidad con la designación de que fue objeto por parte del Ejecutivo Estatal, de fecha 19 xx xxxx de 2016, y está facultado para celebrar el presente instrumento, según lo previsto por el artículo 12 fracción I del Acuerdo del Ejecutivo del Estado que Modifica el de Creación del Sistema de Televisión y Radio de Campeche, de fecha 20 de julio del 2009, y artículo 22 fracción I y II de la Ley de la Administración Pública Paraestatal del Estado de Campeche.
I.4.- Tiene como Registro Federal de Contribuyentes: art 118 y 119 fracción II LTAIPEC.
I.5.- Su domicilio está ubicado en Calle Rio Palizada, entre Av. Xxxxxxxxxx y Vía XX.XX. s/n Colonia Santa Xxxxx C.P. 24020, de la Ciudad de San Xxxxxxxxx de Campeche, Campeche.
I.6.- Desea utilizar los servicios de “EL PRESTADOR”, para desempeñar la actividad de ASISTENTE DE DIRECCION Y ACTIVIDADES RELATIVAS QUE LE REQUIERA “EL SISTEMA”, los demás que sean similares a dicha actividad, como profesional independiente.
II.- DECLARA "EL PRESTADOR” QUE:
II.1.- Es de nacionalidad mexicana, mayor de edad legal, con domicilio: art 118 y 119 fracción II LTAIPEC, en esta Ciudad de San Xxxxxxxxx de Campeche, municipio y Estado de Campeche, quien se identifica con credencial para votar con fotografía, la cual cuenta con número de folio y/o clave de elector art 118 y 119 fracción II LTAIPEC, expedida por el Registro Federal de Electores del Instituto Federal Electoral, misma que en copia simple se adjunta al presente instrumento como ANEXO 1.
II.2.- Es una persona física establecida que cuenta con elementos propios y suficientes y con la capacidad profesional necesaria para ejecutar y/o cumplir las actividades y servicios profesionales que se le encomienden, por lo que está en condiciones de obligarse en este contrato para prestar servicios a “EL SISTEMA” con el carácter de ASISTENTE DE DIRECCION Y ACTIVIDADES RELATIVAS QUE LE REQUIERA “EL SISTEMA”
II.3.- Este contrato es civil, el prestador de servicios no podrá reclamar pago por prestaciones de tipo laboral, liberando desde este momento al Sistema de Televisión y Radio de Campeche de toda responsabilidad. Asimismo, respecto de los honorarios que llegare a percibir por sus servicios personales independientes estipulados en el presente contrato, opta y conviene que sean gravados de conformidad con lo dispuesto por el artículo 94 fracción V de la Ley del Impuesto Sobre la Renta y, su entero, de acuerdo con el procedimiento de la precitada Ley.
II.4.- Su Registro Federal de Contribuyentes es art 118 y 119 fracción II LTAIPEC, mismo que se adjunta al presente instrumento con la copia simple de su alta ante el Sistema de Administración Tributaria y que se le denominará como ANEXO 2. Manifiesta bajo protesta de decir verdad que se encuentra al corriente de sus obligaciones fiscales.
III.- DE AMBAS PARTES
Que en virtud de lo declarado con anterioridad y de lo previsto en los artículos 1698, 1699, 1701, 1708, 1730, 1743, 2507, 2511, 2514, 2515, 2516 y demás aplicables del Código Civil del Estado de Campeche, ambas partes han decidido formalizar este Contrato, para la prestación de servicios al tenor de las siguientes:
CLÁUSULAS
PRIMERA: OBJETO.- “EL PRESTADOR” se obliga a prestar a “EL SISTEMA”, sus servicios profesionales independientes consistentes en fungir como FUNGIR COMO ASISTENTE DE DIRECCION Y ACTIVIDADES RELATIVAS QUE LE REQUIERA “EL
SISTEMA”, así como a ejecutar las demás actividades que le requiera "EL SISTEMA" las cuales debe realizar de conformidad con las condiciones y cláusulas del presente documento los cuales consistirán en:
1.- ASISTENTE DE DIRECCION Y ACTIVIDADES RELATIVAS QUE LE REQUIERA “EL SISTEMA”, y
2.- Las demás que le asigne “EL SISTEMA”.
El lugar para la entrega de los trabajos será el domicilio de las oficinas que ocupa “EL SISTEMA”, Calle Rio Palizada, entre Av. Xxxxxxxxxx y Vía XX.XX. S/n Colonia Santa Xxxxx C.P. 24020, de la Ciudad de San Xxxxxxxxx de Campeche, Campeche.
SEGUNDA: OBLIGACIONES.- Son obligaciones de “EL PRESTADOR”:
1.- Realizar los servicios contratados por "EL SISTEMA" en el lugar o lugares del territorio estatal que el “SISTEMA” le indique y en el lapso de tiempo que se le señale, el incumplimiento a lo establecido en el presente contrato, dará motivo a su rescisión sin responsabilidad para "EL SISTEMA";
2.- Obrar con profesionalismo, honestidad, seriedad y diligencia en el servicio contratado, siendo “EL PRESTADOR” el único responsable por cualquier daño o perjuicio que llegare a causar con motivo de las actividades contratadas y que sea consecuencia de la impericia, negligencia o irresponsabilidad del mismo;
3.- Realizar informes mensuales y/o cualquier otro dato o documento que se le solicite a través de la Coordinación Administración;
4.- Atender las solicitudes y recomendaciones que haga "EL SISTEMA" y/o instrucción que le dé a través la Coordinación de Administración;
5.- Prestar sus servicios en forma personal, aplicando al máximo de su capacidad y conocimiento, guardando una conducta recta y proba durante la vigencia de este contrato; y
6.- Guardar y mantener en secreto bajo la más estricta confidencialidad las indicaciones, lineamientos e información que "EL SISTEMA" le señale respecto del servicio que se le encomiende, objeto de este contrato; así como también guardará confidencialidad sobre el trámite y desarrollo que realice respecto de los mismos para lo cual, asume “EL PRESTADOR” las responsabilidades civiles y penales que le correspondan.
TERCERA: PLAZO.- El presente contrato civil de prestación de servicios profesionales independiente es por tiempo determinado, tendrá duración de 3 (tres meses), cuya vigencia inicia a partir del 01 (uno) de octubre de 2018 (dos mil dieciocho) y concluye el 31 (treinta y uno) de Diciembre del mismo año.
Finalizada la vigencia del servicio contratado, si el "EL SISTEMA" requiriera de un nuevo servicio del “EL PRESTADOR”, será necesario suscribir un nuevo contrato civil de prestación de servicios.
Al término del presente contrato, “EL PRESTADOR”, se obliga a devolver a "EL SISTEMA" o a la persona que éste designe, todas las herramientas o documentos que para el desarrollo de sus servicios se le hubieren proporcionado.
CUARTA: HONORARIOS.- "EL SISTEMA" pagará a “EL PRESTADOR” por sus servicios profesionales materia de este contrato, la cantidad de $ 15,853.13 (Son: quince mil ochocientos cincuenta y tres pesos 13/100 M.N.) pago que deberá recibir de manera mensual a partir de la firma del presente documento. Este monto podrá ser cubierto dividido en dos exhibiciones quincenales.
“EL PRESTADOR” faculta a "EL SISTEMA", para que realice la retención de Impuestos, de conformidad con el artículo 94, fracción V de la Ley del Impuesto Sobre la Renta, correspondiente a la cantidad que perciba cada mes.
El pago fijado, bajo ninguna circunstancia variará durante la vigencia de este contrato, y para el caso de que se dé alguna causa de rescisión únicamente se cubrirán los días en que se haya prestado el servicio.
Los pagos que realice “EL SISTEMA” por concepto de honorarios a favor de “EL PRESTADOR” se harán de forma electrónica, para tal efecto proporcionará por escrito los siguientes datos:
Nombre del titular de la cuenta:
Banco:
Número de cuenta Bancaria:
CLABE interbancaria:
El recibo, comprobante de pago y desglose correspondiente, deberán cumplir los requisitos y condiciones fiscales.
QUINTA: CAUSAS DE TERMINACIÓN.- Ambas partes acuerdan en dar por terminado el presente contrato, sin responsabilidad alguna y sin necesidad de que medie resolución judicial alguna por la realización de alguna de las siguientes causas:
1.- El mutuo acuerdo;
2.- Falta de disponibilidad presupuestal; y
3.- La muerte de “EL PRESTADOR”
Las partes convienen en que se puede dar por terminado el contrato en cualquier momento de su vigencia y "EL SISTEMA", tendrá la facultad de dar por terminado el presente contrato en todo momento, para cuyo efecto deberá de comunicarlo por escrito a “EL PRESTADOR” con 15 días naturales de anticipación.
SEXTA: CAUSAS DE RESCISIÓN.- "EL SISTEMA" podrá rescindir a “EL PRESTADOR” el presente contrato sin responsabilidad alguna y sin necesidad de que medie resolución judicial alguna por las siguientes causas:
1.- Cualquier acto que realicen las partes en contravención a lo establecido en las presentes cláusulas;
2.- Cuando exista por parte de “EL PRESTADOR” ineptitud en su servicios, o cause algún daño a cualquier persona, bien mueble o inmueble propiedad de "EL SISTEMA";
3.- Se ausente o abandone sus servicios sin causa justificada,
4.- Cuando “EL PRESTADOR” se encuentre prestando un servicio en estado de intoxicación alcohólica o bajo los influjos de estupefacientes con excepción de las prescritas bajo receta médica.
5.- Por no observar la discreción debida respecto de la información a la que tenga acceso como consecuencia de la prestación de los servicios encomendados.
6.- Por prestar los servicios deficientemente, de manera inoportuna o por no apegarse a lo estipulado en el presente contrato.
"EL SISTEMA", tendrá la facultad de verificar si los trabajos, objeto de este contrato se están ejecutando por “EL PRESTADOR” de acuerdo con las cláusulas pactadas en el presente contrato; en caso de incumplimiento de las actividades derivadas por parte de “EL PRESTADOR” dará lugar también a su rescisión, la que se comunicará por escrito y se hará valer por "EL SISTEMA" a partir de que tenga conocimiento del hecho.
Para el caso de que se aplique la rescisión, “EL PRESTADOR” se obliga a devolver todos los instrumentos de trabajo e identificaciones que le fueron proporcionados por "EL SISTEMA" para el buen desempeño de sus actividades; en caso de incumplimiento dará lugar al procedimiento y a las sanciones que correspondan.
SÉPTIMA.- CONFIDENCIALIDAD.- Las partes acuerdan que el presente contrato, así como todas las acciones derivadas o a consecuencia del mismo, tendrán el carácter de confidencial, con la finalidad de mantener la seguridad e integridad de los bienes e información de las partes, por lo que no podrán revelar ningún tipo de información, ya sea principal, accesoria o derivada, que pudiere vulnerar los conceptos protegidos.
Adicionalmente, “EL PRESTADOR” no podrá difundir, divulgar, usar o enajenar la información proporcionada por "EL SISTEMA" o el producto o resultado de los trabajos desarrollados con motivo del presente contrato, ya que son propiedad exclusiva de "EL SISTEMA". Cualquier tipo de utilización deberá ser con el consentimiento previo y por escrito de "EL SISTEMA". “EL PRESTADOR” sólo podrá utilizar la información considerada como confidencial, única y exclusivamente para los fines del presente contrato, previa autorización por escrito de "EL SISTEMA".
OCTAVA.- EXCLUSIÓN LABORAL.- Ambas partes aceptan y reconocen expresamente que el presente contrato, no crea, ni genera, ni constituye una relación de trabajo, por lo que ambas partes quedan relevados de cualquier obligación de carácter laboral que se encuentre regulada o sancionada por la Ley Federal del Trabajo y/o de los Trabajadores al Servicio del Gobierno del Estado de Campeche. Por lo que “EL PRESTADOR”, se encuentra excluido del régimen contemplado por las referidas disposiciones legales, toda vez que se trata de un contrato civil de prestación de servicios profesionales independientes, que con la firma de las partes que lo celebran queda debidamente perfeccionado, no pudiendo ser en consecuencia, considerado como trabajador de "EL SISTEMA", por lo que tampoco le será aplicable.
NOVENA.- AUSENCIA DE VICIOS DEL CONSENTIMIENTO.- Convienen los otorgantes en que la celebración de este contrato carece de error, lesión o dolo y que no existe vicio alguno del consentimiento, por lo que renuncian en forma expresa a impugnar su nulidad por alguno de estos conceptos.
Las partes expresan en este contrato que lo contenido en el mismo contiene su voluntad expresa; por consiguiente, cualquier otro convenio, contrato o arreglo que en forma verbal o escrita se haya realizado, queda desde ahora sin efecto. Las posteriores modificaciones que se hagan a este documento deberán ser por escrito y firmadas por ambas partes.
DÉCIMA.- SOLUCIÓN DE CONFLICTOS Y COMPETENCIA.- Para la resolución de cualquier conflicto que pudiera surgir con motivo de la interpretación o cumplimiento de las anteriores cláusulas, ambas partes se someterán a la jurisdicción territorial de las autoridades competentes de la Ciudad de San Xxxxxxxxx de Campeche, del Estado de Campeche, renunciando desde ahora a la competencia de las autoridades que pudieran corresponderles en razón de sus domicilios presentes o futuros.
Enteradas las partes del contenido, efectos y fuerza legal del presente contrato, lo firman de conformidad y por triplicado en la ciudad de San Xxxxxxxxx de Campeche, municipio y estado de Campeche, el día 01 de octubre de 2018.
POR “EL SISTEMA.” POR “EL PRESTADOR”
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LC. XXXX XXXXXXXXX XXXXXX XXXXXX X. XXXXXXX XXXXXXX XXXXXXXX XXXXX DIRECTOR GENERAL DE TRC ASISTENTE DE DIRECCIÓN
TESTIGOS
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C. P. XXXXXXX DEL XXXXXX XXXXX XXXXX LIC. XXXX XXXXXX XXXXXXXXX COORDINADORA ADMINISTRATIVA TITULAR DE LA UNIDAD JURIDICA
Esta hoja corresponde al cuadro de firma del Contrato Civil de Prestación de Servicios Profesionales Independientes, que celebran el Sistema de Televisión y Radio de Campeche, con la participación de la Coordinación De Administración de fecha uno (01) de Octubre de dos mil dieciocho (2018).
AVISO DE PRIVACIDAD INTEGRAL.
El Sistema de Televisión y Radio de Campeche (TRC), con domicilio en Calle Río Palizada s/n, entre Avenida Xxxxxxxxxx y Vía XX.XX. Colonia Santa Xxxxx, San Xxxxxxxxx de Campeche, Campeche, C.P. 24020, es el responsable del uso, tratamiento y protección de los datos personales que nos proporcione, conforme a lo dispuesto por la Ley de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados del Estado de Campeche y demás normatividad aplicable.
Finalidades del tratamiento
Sus datos personales serán utilizados con la finalidad de realizar el pago de sus servicios que prestará al Sistema. En caso de que no desee que sus datos personales sean tratados para estas finalidades, usted tiene derecho de acceder, rectificar y cancelarlos, así como oponerse al tratamiento de los mismos, conforme a las leyes de materia, ya sea a través de una solicitud de datos personales que podrá realizar en la Plataforma nacional de Transparencia en el link xxxx://xxx.xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx o bien, acudiendo directamente a la Unidad de Transparencia y de Protección de Datos Personales, ubicada en Xxxxx Xxx Xxxxxxxx x/x, entre Avenida Xxxxxxxxxx y Vía XX.XX. Colonia Santa Xxxxx, San Xxxxxxxxx de Campeche, Campeche, C.P. 24020, presentando identificación oficial, en el horario de 08:00 a 16:00 horas, de lunes a viernes en días hábiles.
Datos de identidad recabados
Para las finalidades antes señaladas se recabarán los siguientes datos personales: *Nombre Completo, *Domicilio, *Correo electrónico, *Número telefónico, *Nombre de los servidores públicos.
Se informa que no se recabarán datos personales sensibles.
Fundamento legal para el tratamiento de datos personales.
El Sistema de Televisión y Radio de Campeche, tratará los datos personales con fundamento en lo dispuesto en el artículo 16 fracción IV del Reglamento Interior del Sistema de Televisión y Radio de Campeche y para dar cumplimiento a los artículos 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7 y demás relativos de la Ley de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados del Estado de Campeche.
Transferencias de datos personales.
Le informamos que los datos personales del personal bajo la modalidad de honorarios son compartidos con la Secretaría de Administración e Innovación Gubernamental para el envío de reportes del ejercicio de recursos en relación con el Capítulo de Contrataciones con la finalidad de conocer la situación de los contratos autorizadas. Entregar información para trabajos de presupuestación y costeo de contratos.
Derechos ARCO.
Usted podrá ejercer sus derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición de sus datos personales (derechos ARCO) directamente ante la Unidad de Transparencia y de Protección de Datos Personales, ubicada en Xxxxx Xxx Xxxxxxxx x/x, entre Avenida Xxxxxxxxxx y Vía XX.XX. Colonia Santa Xxxxx, San Xxxxxxxxx de Campeche, Campeche, C.P. 24020, San Xxxxxxxxx de Campeche, Campeche, Teléfono (01) (981) 81-1-0491 ext. 1005, presentando identificación oficial, en el horario de 08:00 a 16:00 horas, de lunes a viernes en días hábiles, para obtener los formatos de ACCESO, RECTIFICACIÓN, CANCELACIÓN Y OPOSICION, ASI COMO LA REVOCACIÓN DEL CONSENTIMIENTO. O bien, a través de la Plataforma Nacional de Transparencia (xxxx://xxx.xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx/) o en el correo electrónico xxxx00xxxxxx@xxxxxxx.xxx. Si desea conocer el procedimiento para el ejercicio de estos derechos, puede acudir a la Unidad de Transparencia antes señalada o comunicarse al teléfono) 81-1-0491 ext. 1005.
Consulta del Aviso de Privacidad y cambios al mismo
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