GERENCIA ESTATAL VALLE DE TOLUCA
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GERENCIA ESTATAL ▇▇▇▇▇ DE TOLUCA
“CONTRATACIÓN PARA EL SERVICIO INTEGRAL DE LIMPIEZA A TRAVÉS DE CONTRATO MARCO
PARA LICONSA, S.A. DE C.V. GERENCIA ESTATAL ▇▇▇▇▇ DE TOLUCA”
COORDINACIÓN DE ADQUISICIONES
CONVOCATORIA
INVITACIÓN A CUANDO MENOS TRES PERSONAS NACIONAL ELECTRÓNICA
▇▇▇▇. Toluca-▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇ ▇▇▇▇▇ Km. 13.5, Parque Agroindustrial de San ▇▇▇▇▇▇▇ la Isla, San ▇▇▇▇▇▇▇ la Isla, Estado de México, CP. 52280 Tel. (▇▇▇) ▇▇▇-▇▇▇▇ ▇▇▇.▇▇▇.▇▇/▇▇▇▇▇▇▇ Isla.
NÚMERO DE PROCEDIMIENTO IA-08-VST-008VST978-N-02-2025
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Definición de términos y acrónimos
Definición de términos.
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Para efectos de esta convocatoria, adicionalmente a las definiciones contenidas en el artículo 2 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público y artículo 2 de su Reglamento, se entenderá por:
• Caso fortuito o de fuerza mayor: ▇▇▇▇▇ o acto imprevisible o inevitable generado por la naturaleza o por el hombre, que impide a una de las partes el cumplimiento de una obligación, sin culpa o negligencia de la parte afectada. Dejarán de ser fortuitos o de fuerzas mayores aquellas que se produzcan deliberadamente por el afectado o éste haya contribuido para que se produzcan.
• Convocatoria: El presente documento que contiene las condiciones y requisitos que regirán y serán aplicados en este procedimiento de Invitación a Cuando Menos Tres Personas y el contrato que se suscriba.
• Contrato: Documento legal que constituye el acuerdo de voluntades entre “LICONSA” y el posible proveedor que resulte adjudicado, por medio del cual se crean o transfieren las obligaciones y derechos objeto del presente procedimiento de contratación.
• Contrato ▇▇▇▇▇: Son una estrategia de contratación basada en acuerdo de voluntades que celebra una dependencia o entidad con uno o más posibles proveedores.
• Firma Electrónica de la proposición: Es un proceso que consiste en aplicar la firma electrónica, a través del módulo de Firma Electrónica de Documentos de CompraNet, a los archivos generados por dicho sistema, los cuales contienen el resumen de los parámetros que conforman la propuesta técnica (TechnicalEnvelopeSummary.pdf) y/o la propuesta económica (PriceEnvelopeSummary.pdf), obteniendo como resultado que estos archivos tengan la extensión
.p7m; con lo anterior se considerará la proposición firmada para efectos de la participación en el procedimiento de contratación.
• Invitación a Cuando Menos Tres Personas: Invitación a cuando menos tres personas: Procedimiento legal que se realiza para que participen personas físicas y ▇▇▇▇▇▇▇ en la invitación a cuando menos tres personas, para celebrar contratos de obra pública y servicios relacionados con la misma.
• Posible Proveedor: La(s) persona(s) física(s) o moral(es) es el oferente en alguna o algunas partidas de la presente Invitación a Cuando Menos Tres Personas.
• Precios de reserva: Precios de reserva del Sexto Convenio Modificatorio al Contrato Marco para la prestación del Servicio Integral de Limpieza.
• Proveedor adjudicado: La(s) persona(s) física(s) o moral(es) que resulte(n) con adjudicación en alguna partida o concepto de la presente Invitación a Cuando Menos Tres Personas de acuerdo a lo que se especifique en el acta de Fallo respectiva.
• Proveedor: La persona física o moral que celebre contratos de adquisiciones, arrendamientos y servicios.
• Servicio o servicios: Servicio Integral de Limpieza, a través de Contrato Marco.
• Sobre: el sobre electrónico que se remita a través de CompraNet, que contenga la propuesta técnica, económica y la demás documentación solicitada por la convocante y cuyo contenido sólo puede ser conocido en el acto de presentación y apertura de proposiciones en términos de la LAASSP.
▇▇▇▇. Toluca-▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇ ▇▇▇▇▇ Km. 13.5, Parque Agroindustrial de San ▇▇▇▇▇▇▇ la Isla, San ▇▇▇▇▇▇▇ la Isla, Estado de México, CP. 52280 Tel. (▇▇▇) ▇▇▇-▇▇▇▇ ▇▇▇.▇▇▇.▇▇/▇▇▇▇▇▇▇ Isla.
• Testigos sociales: Las personas físicas que pertenezcan o no a organizaciones no gubernamentales, así como las propias organizaciones no gubernamentales, que cuenten con el registro correspondiente ante la SFP, que a solicitud de “LICONSA”, por iniciativa propia, o a
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solicitud de la SFP podrán participar con derecho a voz en las contrataciones que lleve a cabo “LICONSA”, emitiendo al término de su participación un testimonio público sobre el desarrollo de las mismas.
• Testimonio: Documento público que emitirá el Testigo Social al final de su participación y que contendrá las observaciones y, en su caso, recomendaciones derivadas de la misma.
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Acrónimos.
• UAF: la Unidad de Administración y Finanzas, es la Unidad Administrativa
• CLABE: Clave Bancaria Estandarizada
• CURP: Clave Única del Registro de Población.
• DOF: el Diario Oficial de la Federación.
• GRMSG: Gerencia de Recursos Materiales y Servicios Generales
• IMSS: Instituto Mexicano del Seguro Social.
• INFONAVIT: Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores
• I.V.A: Impuesto al Valor Agregado.
• LAASSP: Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.
• LFPA: Ley Federal de Procedimiento Administrativo.
• LFT: Ley Federal del Trabajo.
• OIC: Órgano Interno de Control.
• POBALINES: Las Políticas, Bases y Lineamientos en materia de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios de “LICONSA”, vigentes.
• REPSE: Registro de Prestadores de Servicios Especializados u Obras Especializadas ante la secretaria del Trabajo y Previsión Social
• RLAASSP: Reglamento de la Ley de Adquisiciones Arrendamientos y Servicios del Sector Público.
• SAT: Servicio de Administración Tributaria de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.
• SFP: Secretaría de la Función Pública.
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• SHCP: La Secretaría de Hacienda y Crédito Público
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1. Datos de la Entidad Convocante.
En cumplimiento a lo ordenado por la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en su artículo 134, así como en los artículos 17 segundo párrafo, 26 fracción II, 26 Bis fracción II, 27, 28 fracción I, 29, 34, 36 párrafo primero, 41 fracción XX de la LAASSP, y los artículos 14, 51 y 77 de su Reglamento así como en el “Protocolo de actuación en materia de contrataciones públicas, otorgamiento y prorroga de licencias, permisos, autorizaciones y concesiones” publicado en el diario oficial de la federación el 20 ▇▇ ▇▇▇▇▇▇ del 2015, el “Acuerdo por el que se modifica el diverso que expide el protocolo de actuación en materia de contrataciones públicas, otorgamiento y prorroga de licencias, permisos, autorizaciones y concesiones”, publicado en el Diario Oficial de la Federación el día 19 de febrero de 2016, “El acuerdo por el que se modifica el diverso que expide el protocolo de actuación en materia de contrataciones públicas, otorgamiento y prórroga de licencias, permisos, autorizaciones y concesiones”, publicado en el Diario Oficial de la Federación el día 28 de febrero de 2017 y demás disposiciones legales aplicables; LICONSA, S.A. de C.V en lo sucesivo “LA CONVOCANTE” ubicada en el Kilómetro 13.5 de la Carretera Toluca- ▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇ ▇▇▇▇▇, Colonia Parque Agroindustrial, Municipio de San ▇▇▇▇▇▇▇ La Isla Estado de México, Código Postal 52280, teléfonos ▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇ y ▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇ Ext 62923., invita a los interesados a participar en la INVITACIÓN A CUANDO MENOS TRES PERSONAS descrita en la presente convocatoria.
Con fundamento en el “Criterio normativo de interpretación TU 03/2020 para el uso de medio electrónicos, ópticos o cualquier otra tecnología en la ejecución de actos públicos y reuniones institucionales en materia de adquisiciones y arrendamiento de bienes muebles, prestación de servicios de cualquier naturaleza, obra públicas y servicios relacionados con las mismas” emitido por la SHCP (dicho criterio puede ser consultado en la siguiente dirección electrónica ▇▇▇▇▇://▇▇▇.▇▇▇.▇▇/▇▇▇▇▇▇▇▇▇/▇▇▇▇▇▇/▇▇▇▇▇▇-▇▇▇▇▇▇-▇▇- normatividad),se recomienda por parte de esta convocante, que para el desarrollo de los eventos de junta de aclaraciones, apertura de propuestas y fallo sean seguidos y desahogados por los medios de comunicación electrónica correspondientes.
Esto con la finalidad de salvaguardar los derechos, la integridad y salud de todas aquellas personas interesadas en participar en el presente procedimiento de contratación, así como de los servidores públicos designados por la convocante para el desarrollo de este procedimiento.
2. MEDIO Y CARÁCTER DE LA INVITACIÓN.
Con fundamento en lo previsto en el artículo 26 Bis, fracción II de la LAASSP y conforme al “Acuerdo por el que se establecen las disposiciones que se deberán observar para la utilización del Sistema Electrónico de Información Pública denominado CompraNet.”, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 28 ▇▇ ▇▇▇▇▇ de 2011, este procedimiento de contratación será ELECTRÓNICO, por lo que los posibles proveedores únicamente deberán participar en forma electrónica a través de CompraNet en la o las juntas de aclaraciones que se lleven a cabo, el acto de presentación y apertura de proposiciones y el acto de fallo. Los posibles proveedores para efecto de su participación deberán enviar sus proposiciones a través de CompraNet, para lo cual se utilizarán medios de identificación electrónica y no se aceptarán proposiciones de carácter presencial o enviadas a través del servicio postal o mensajería por lo que las comunicaciones producirán los efectos que señala el artículo 27 de la LAASSP.
La o las juntas de aclaraciones, el acto de presentación y apertura de proposiciones y el acto de fallo, sólo se realizarán a través de CompraNet y sin la presencia de los posibles proveedores en dichos actos.
Asimismo, de conformidad a lo previsto en el artículo 28, fracción I de la LAASSP, este procedimiento de contratación tendrá el carácter de NACIONAL, por lo que sólo podrán participar proveedores mexicanos.
• Para el presente procedimiento de invitación no se aceptarán proposiciones enviadas a través de servicio postal o de mensajería.
2.1. Identificación de la Convocatoria
Para efectos de la identificación de la convocatoria del presente procedimiento de contratación, el sistema de CompraNet asignó para la misma el número IA-08-VST-008VST978-N-02-2025, el cual en lo sucesivo se podrá usar como referencia a este procedimiento para cualquier asunto relacionado con el mismo.
▇▇▇▇. Toluca-▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇ ▇▇▇▇▇ Km. 13.5, Parque Agroindustrial de San ▇▇▇▇▇▇▇ la Isla, San ▇▇▇▇▇▇▇ la Isla, Estado de México, CP. 52280 Tel. (▇▇▇) ▇▇▇-▇▇▇▇ ▇▇▇.▇▇▇.▇▇/▇▇▇▇▇▇▇ Isla.
2.2. Idioma
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El Idioma será en español.
El contrato derivado de la presente INVITACIÓN A CUANDO MENOS TRES PERSONAS y la proposición que prepare el o los posibles proveedores, así como toda la correspondencia y documentos relativos a ella, que intercambien con la Convocante, deberán de redactarse en el idioma español, con excepción de los acrónimos que son propios de los bienes necesarios para la prestación de los servicios o de estos mismos, objeto del presente procedimiento.
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En caso de requerirse, los folletos, instructivos, manuales y/o documentos adicionales que acompañen los posibles proveedores en su proposición, deberán ser en idioma español o inglés, con traducción simple al español.
2.3. Disponibilidad presupuestaria. Para el presente procedimiento de contratación se cuenta con la solicitud especial autorizada por la SHCP, comunicado por la Gerencia de Control Presupuestal mediante oficio LICONSA- UAF-0001-2025 de fecha 02 de enero de 2025 con cargo a la partida específica de gasto 35801 SERVICIO DE LAVANDERÍA, LIMPIEZA, HIGIENE del ejercicio fiscal 2025. La responsabilidad de realizar las gestiones necesarias y la determinación de las fechas de pago será a cargo del área requirente. Lo anterior de conformidad con lo establecido en el artículo 25 de la LAASSP.
2.4. Igualdad de Género. A fin de dar cumplimiento a la Norma Mexicana para la Igualdad Laboral y no Discriminación (NMX-R-025- SCFI-2015), en todos los casos donde se utilice lenguajes que pudiera interpretarse como excluyente al género femenino, invariablemente deberá interpretarse y entenderse como incluyente e igual tanto para hombres como para mujeres.
2.5. De la Plurianualidad.
Para el presente procedimiento este punto no aplica.
2.6. Particularidades del procedimiento de contratación Ninguna de las condiciones contenidas en la presente convocatoria, así como en las proposiciones que presenten los posibles proveedores podrá ser negociada.
Para lo no previsto en la presente convocatoria, se estará a lo dispuesto por el artículo 11 de la LAASSP, su Reglamento y demás disposiciones legales y normativas aplicables.
El anexo de la presente convocatoria, forma parte integral de la misma, por lo que los posibles proveedores deberán de considerar la información solicitada en los mismos para efectos de la elaboración de su proposición, de acuerdo a los documentos solicitados para la misma en los términos del ANEXO IV “Documentos y Datos que Deberán Presentar los posibles proveedores Durante el Acto de Presentación y Apertura de Proposiciones de la Invitación a Cuando Menos Tres Personas.” de esta convocatoria.
3. Objeto de la invitación.
El objeto de la presente convocatoria es la “CONTRATACIÓN PARA EL SERVICIO INTEGRAL DE LIMPIEZA A TRAVÉS DE CONTRATO MARCO PARA LICONSA, S.A. DE C.V., GERENCIA ESTATAL ▇▇▇▇▇ DE TOLUCA”,
el servicio se deberá de otorgar de acuerdo con las fechas, lugar para la prestación del servicio y requisitos señalados en el Anexo VI “ANEXO TÉCNICO”, en el cual se establece la descripción, especificaciones, cantidades, unidad de medida, características y condiciones del servicio, por lo que las proposiciones de los posibles proveedores deberán apegarse a dicho anexo. Para el objeto de la presente contratación, “LICONSA”, requiere que los participantes invitados cumplan con las obligaciones laborales respecto de todos y cada uno de los recursos humanos que emplee para la prestación de los servicios que se convocan. Así como con las obligaciones de hacer y permitir estipuladas en dicho numeral y relacionadas con la comprobación del cumplimiento de las obligaciones patronales del posible proveedor con sus trabajadores.
La adjudicación se realizará por partida única, dependiendo de las características de las proposiciones que se presenten y a la(s) proposición(es) que resulte(n) cumplir técnicamente legal, administrativa y económicamente con todo lo solicitado en la presente convocatoria de INVITACIÓN A CUANDO MENOS TRES PERSONAS NACIONAL ELECTRÓNICA, sus anexos y su(s) junta(s) de aclaraciones.
▇▇▇▇. Toluca-▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇ ▇▇▇▇▇ Km. 13.5, Parque Agroindustrial de San ▇▇▇▇▇▇▇ la Isla, San ▇▇▇▇▇▇▇ la Isla, Estado de México, CP. 52280 Tel. (▇▇▇) ▇▇▇-▇▇▇▇ ▇▇▇.▇▇▇.▇▇/▇▇▇▇▇▇▇ Isla.
Los posibles proveedores deberán ofertar económicamente los servicios solicitados conforme a lo señalado en el Anexo VI “ANEXO TÉCNICO”, de la presente convocatoria para la partida objeto de esta INVITACIÓN
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A CUANDO MENOS TRES PERSONAS NACIONAL ELECTRÓNICA.
La prestación de los servicios se requiere por un periodo que será a partir del 01 de febrero y hasta el 31 de diciembre de 2025.
El proveedor adjudicado para la prestación del servicio objeto del presente procedimiento, deberá de apegarse a lo especificado en el Anexo VI “ANEXO TÉCNICO” de esta convocatoria, el cual contiene la descripción del mismo, la fecha y lugar de prestación de dicho servicio que deberá prestarse durante la vigencia del contrato.
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Los participantes invitados deberán manifestar en su propuesta económica, que aceptan sostener los precios unitarios fijos durante la vigencia de la propuesta y del contrato, hasta el vencimiento de los mismos, por lo que no podrá agregar ningún costo extra. No obstante, su propuesta económica no podrá superar los precios de reserva Anexo II (Precios de Reserva) del Sexto Convenio Modificatorio al Contrato ▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇. “LOS LICITANTES”, para la presentación de sus proposiciones, deberán ajustarse estrictamente a todos y cada uno de los requisitos y especificaciones previstos en esta “CONVOCATORIA” y en el Anexo VI (Anexo Técnico), describiendo en forma amplia y detallada “LOS SERVICIOS” ofertados.
“LA CONVOCANTE”, a través de Enlace Administrativo, como administrador del contrato, verificará que “LOS SERVICIOS”, objeto de la presente invitación, cumplan con las especificaciones solicitadas en el Anexo VI de la presente “CONVOCATORIA” a la invitación, con el propósito de otorgar la debida aceptación de “LOS SERVICIOS”, para lo cual, el licitante deberá de manifestar su aceptación de que hasta en tanto ello no se cumpla, “LOS SERVICIOS” no se tendrán por recibidos o aceptados, de conformidad con el Artículo 84 último párrafo del Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público en lo sucesivo “EL REGLAMENTO”.
La adjudicación se realizará por partida única al “LICITANTE” que cumpla con los requisitos establecidos, y su propuesta sea solvente técnicamente para “LA CONVOCANTE”, mediante contrato cerrado, así mismo presente el precio más bajo, de acuerdo a lo solicitado en el Anexo VI (Anexo Técnico) y en el formato de propuesta Económica (Anexo IX) de la presente “CONVOCATORIA” a la invitación.
El criterio que se utilizará para la evaluación de las proposiciones y adjudicación del o los contratos será: Criterio Binario, de conformidad a los artículos 36 y 36 Bis fracción. II de “LA LEY” y 51 “DEL REGLAMENTO” toda vez que no se requiere vincular las condiciones que debe cumplir “El LICITANTE” con las características y especificaciones de “LOS SERVICIOS” a contratar ya que éste se encuentra estandarizado en el mercado y el factor preponderante que se considera para la adjudicación del contrato es el precio más bajo, considerando las propuestas que resulten solventes técnicamente.
Para la adjudicación del contrato que se derive del presente procedimiento de contratación, “LOS LICITANTES” deberán cumplir con todos los aspectos y requisitos que integran la presente “CONVOCATORIA” conforme a lo solicitado en el Anexo VI (Anexo Técnico) de la presente “CONVOCATORIA” a la invitación.
El contrato que, en su caso, sea formalizado con motivo de este procedimiento de contratación contará con un período de vigencia a partir del 01 de febrero al 31 de diciembre de 2025 y a las fechas estipuladas en el anexo técnico.
Únicamente podrán participar personas de nacionalidad mexicana, de conformidad con los artículos 28, fracción I de “LA LEY” y 35 de “EL REGLAMENTO”.
2.7. Transporte.
El transporte de los recursos humanos o materiales necesarios para la prestación de los servicios en los lugares requeridos será a cuenta y cargo del proveedor adjudicado y el que este determine, debiendo garantizar la prestación oportuna de los servicios objeto de la presente INVITACIÓN A CUANDO MENOS TRES PERSONAS NACIONAL ELECTRÓNICA conforme a lo establecido en esta convocatoria, sus anexos, su(s) junta(s) de aclaración(es) y en el contrato que se suscriba.
2.8. Seguros.
Para este procedimiento, el presente punto no aplica.
2.9. Cantidades adicionales que podrán contratarse.
▇▇▇▇. Toluca-▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇ ▇▇▇▇▇ Km. 13.5, Parque Agroindustrial de San ▇▇▇▇▇▇▇ la Isla, San ▇▇▇▇▇▇▇ la Isla, Estado de México, CP. 52280 Tel. (▇▇▇) ▇▇▇-▇▇▇▇ ▇▇▇.▇▇▇.▇▇/▇▇▇▇▇▇▇ Isla.
De conformidad con el artículo 52 de la LAASSP, “LICONSA”, dentro de su presupuesto aprobado y
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disponible y por razones fundadas y explícitas, podrá incrementar las cantidades de los servicios, el monto del contrato o ampliar la vigencia del contrato, mediante las modificaciones al contrato vigente derivado de la presente INVITACIÓN A CUANDO MENOS TRES PERSONAS NACIONAL ELECTRÓNICA y sin tener que
recurrir a la celebración de un nuevo procedimiento de contratación, siempre que el monto total de las modificaciones no rebase en conjunto el 20% (veinte por ciento) del monto o cantidad de las partidas y volúmenes establecidos originalmente y el precio de los servicios sea igual al pactado originalmente.
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Las modificaciones al contrato se pactarán mediante convenio modificatorio y su cumplimiento deberá ser garantizado por el proveedor adjudicado mediante póliza de fianza, garantizando las cantidades o montos del mencionado convenio.
2.10. Reducción de los servicios solicitados.
Para el presente procedimiento, este punto no aplica.
2.11. Integración nacional.
Por tratarse de una INVITACIÓN A CUANDO MENOS TRES PERSONAS NACIONAL ELECTRÓNICA de
Conformidad al artículo 28 de la Ley, únicamente podrán participar personas de nacionalidad mexicana.
2.12. Confidencialidad.
El proveedor adjudicado se compromete a mantener en estricta confidencialidad la información y documentación que le proporcione “LICONSA”, para el desarrollo del contrato que le sea asignado, asimismo, no revelaran durante la vigencia del contrato o con posterioridad, ninguna información que utilice y/o sea propiedad de “LICONSA”, relacionada con el contrato.
En caso de que el proveedor adjudicado durante la vigencia del contrato, revele, divulgue, comparta, ceda, traspase, venda o utilice indebidamente la información que con carácter confidencial y reservada le proporcione “LICONSA”, de acuerdo a lo establecido en el título tercero de la Ley Federal de Protección a la propiedad Industrial y en lo conducente por la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública, “LICONSA”, tendrá derecho de rescindir administrativamente el contrato conforme a la cláusula respectiva del contrato que derive de la presente INVITACIÓN A CUANDO MENOS TRES PERSONAS NACIONAL ELECTRÓNICA.
Adicionalmente, el proveedor adjudicado se obliga a dejar a salvo a “LICONSA”, de cualquier controversia y en su caso, cubrir los daños y perjuicios ocasionados por revelar, divulgar, compartir, ceder, traspasar, vender o utilizar indebidamente la información que, con carácter confidencial y reservada, le proporcione “LICONSA”, en términos de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública.
2.13. Servicio
Los servicios objeto de la presente INVITACIÓN A CUANDO MENOS TRES PERSONAS NACIONAL ELECTRÓNICA, se conforma de ÚNICA PARTIDA, la cual se detalla en el Anexo VI “ANEXO TÉCNICO”, de la presente convocatoria.
2.14. Normas oficiales.
▇▇▇▇. Toluca-▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇ ▇▇▇▇▇ Km. 13.5, Parque Agroindustrial de San ▇▇▇▇▇▇▇ la Isla, San ▇▇▇▇▇▇▇ la Isla, Estado de México, CP. 52280 Tel. (▇▇▇) ▇▇▇-▇▇▇▇ ▇▇▇.▇▇▇.▇▇/▇▇▇▇▇▇▇ Isla.
Con fundamento en el artículo 31 de “EL REGLAMENTO” los participantes invitados deberán contar con certificación de las Normas Oficiales Mexicanas y Normas Mexicanas que se enlistan a continuación:
NÚMERO DE NORMA | DESCRIPCIÓN DE LA NORMA |
NOM-004-STPS-1999 | Sistemas de protección y dispositivos de seguridad en la maquinaria y equipo que se utilice en los centros de trabajo |
NOM-017-STPS-2017 | Equipo de protección personal-selección, uso y manejo en los centros de trabajo. |
NOM-030-STPS-2009 | Servicios preventivos de seguridad y salud en el trabajo- funciones y actividades. |
NOM- 050-SCFI-2004 | Información comercial – etiquetado general de productos. |
NMX-CC-9001-IMNC-2015 | Certificado de calidad en la prestación de servicios de limpieza y mantenimiento a inmuebles. |
NMX-R-025-SCFI-2015 | En igualdad laboral y no discriminación |
NOM-035-STPS-2018 | Factores de riesgo psicosocial en el trabajo-Identificación, análisis y prevención |
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EL POSIBLE PROVEEDOR deberá atender lo establecido en la NOM 030-STPS-2009, numeral 7, inciso c), para coadyuvar en la mitigación de emergencias y contingencias sanitarias, así como atender las recomendaciones que emitan las Autoridades Sanitarias y cumplir con los protocolos de sanidad de cada centro de trabajo.
De acuerdo con el anexo 1 del contrato marco del servicio de limpieza vigente.
2.15. Aseguramiento y/o control de calidad.
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El proveedor adjudicado queda obligado ante la Convocante a responder por la falta y/o deficiencia en la calidad de los servicios contratados, así como de cualquier otra responsabilidad en que hubiere incurrido en INVITACIÓN A CUANDO MENOS TRES PERSONAS IA-08-VST-008VST978-N-02-2025 los términos
señalados en la presente convocatoria, sus anexos, en la(s) junta(s) de aclaración(es) y en el contrato que se suscriba, así como en la legislación aplicable.
2.16. Cantidades por contratar.
El contrato que derive de la presente INVITACIÓN A CUANDO MENOS TRES PERSONAS NACIONAL ELECTRÓNICA, será contrato cerrado, tomando en consideración las cantidades establecidas en el Anexo 1 “ANEXO TÉCNICO” de esta convocatoria y lo que en su caso se establezca en las juntas de aclaraciones a la misma.
2.17. Modalidad de contratación.
La presente INVITACIÓN A CUANDO MENOS TRES PERSONAS NACIONAL ELECTRÓNICA no estará sujeta
a ninguna modalidad de contratación en particular.
3.12. Abastecimiento simultáneo.
“LICONSA”, adjudicará la partida única a un solo posible proveedor, por lo que NO se considera el abastecimiento simultáneo en el presente procedimiento de contratación.
3.13. Modelo de contrato.
“Para efecto de la formalización de la contratación, se adjunta a la presente convocatoria como Anexo 15 “Modelo de Contrato”, en el cual se establecen las condiciones y características a las cuales se sujetarán las partes para la prestación del servicio.
Para los efectos de esta contratación, la presente convocatoria de INVITACIÓN A CUANDO MENOS TRES PERSONAS NACIONAL ELECTRÓNICA, sus anexos, su(s) junta(s) de aclaración(es), el contrato que de ella derive y sus anexos, son los instrumentos que vinculan a las partes en sus derechos y obligaciones. En caso de existir discrepancia entre el contrato que se firme y la presente convocatoria, prevalecerá lo dispuesto en el cuerpo general de la convocatoria y sus anexos, así como lo señalado en la(s) junta(s) de aclaración(es) a la misma, conforme a lo dispuesto en el último párrafo del artículo 45 de la LAASSP.
Con motivo de las auditorías, visitas o inspecciones que se practiquen a la convocante, en los términos de lo dispuesto por el artículo 107 del Reglamento de la LAASSP, y en caso de requerírsele, el proveedor adjudicado deberá proporcionar al Órgano Interno de Control en LICONSA, la información y/o documentación relacionada con el contrato adjudicado que resulte de este procedimiento de contratación.
4. Área Requirente, Área Técnica y Área Responsable de Administrar y Verificar el Cumplimiento del Contrato
▇▇▇▇. Toluca-▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇ ▇▇▇▇▇ Km. 13.5, Parque Agroindustrial de San ▇▇▇▇▇▇▇ la Isla, San ▇▇▇▇▇▇▇ la Isla, Estado de México, CP. 52280 Tel. (▇▇▇) ▇▇▇-▇▇▇▇ ▇▇▇.▇▇▇.▇▇/▇▇▇▇▇▇▇ Isla.
Para el presente procedimiento de contratación, se entenderá como área requirente, área responsable de administrar y verificar el cumplimiento del contrato que se suscriba y como área técnica, a las siguientes:
PARTIDA | CONCEPTO | ÁREA REQUIRENTE | ÁREA TECNICA | RESPONSABLE DE ADMINISTRADOR Y VERIFICAR EL CUMPLIMIENTP DEL CONTRATO |
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única | Contratación del servicio integral de limpieza a través de contrato marco para Liconsa, S.A. DE C.V. Gerencia Estatal ▇▇▇▇▇ de Toluca | Enlace Administrativo | Lic. ▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇▇ Coordinación De Servicios Generales | C. ▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇ Enlace Administrativo |
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Las áreas señaladas podrán variar de acuerdo con los cambios que puedan presentarse en la estructura de “LICONSA”.
De conformidad al artículo 2, fracción III Bis, el área responsable de administrar y verificar el cumplimiento del contrato, tendrá la obligación de corroborar que el proveedor adjudicado preste los servicios que se le adjudiquen conforme a la propuesta técnica que presente, en el Anexo VI “ANEXO TÉCNICO”, señalado en la presente convocatoria y de acuerdo a las fechas pactadas para la prestación de los servicios, por lo que en caso de incumplimiento, lo deberán notificar de forma inmediata a dicha área. Cuando los servicios se presten conforme a lo establecido en la presente convocatoria, su anexo, su(s) junta(s) de aclaraciones, la propuesta técnica del proveedor adjudicado y el contrato que se suscriba, el área responsable de administrar y verificar el cumplimiento del contrato procederá a realizar los pagos en los términos previstos para el efecto en la presente convocatoria.
Si del seguimiento y verificación que el área responsable de administrar y verificar el cumplimiento del contrato, resulta que el proveedor adjudicado concluida la fecha para la prestación de los servicios cumplieron satisfactoriamente con todas sus obligaciones frente a “LICONSA”, se prestaron los servicios atendiendo a los requisitos establecidos por la convocante en tiempo y forma, y se han cubierto cualquier adeudo frente a “LICONSA”, derivado de la prestación de los mismos, el área requirente emitirá un escrito donde manifieste su conformidad respecto de la prestación de los servicios contratados; no obstante, dicha conformidad no libera al o los posibles proveedores, de las obligaciones derivadas de la calidad de los mismos, que prestará conforme a lo establecido en la presente convocatoria, sus anexos, la junta(s) de aclaración(es), y el o los contratos que se suscriban.
En el supuesto de que los servicios no se presten conforme a lo requerido por la convocante, el área responsable de administrar y verificar el cumplimiento del contrato, el área requirente, el área técnica y/o el área contratante según corresponda, realizarán las gestiones y acciones que, conforme a esta convocatoria, sus anexos, la(s) junta(s) de aclaración(es) y la propuesta del o los proveedores apliquen conforme a la normatividad relativa a esta materia.
5. FORMA Y TÉRMINOS QUE REGIRÁN LOS DIVERSOS ACTOS DEL PROCEDIMIENTO DE INVITACIÓN A CUANDO MENOS TRES PERSONAS NACIONAL ELECTRÓNICA.
5.1.1. Reducción de plazos para la presentación y apertura de proposiciones.
Para el presente procedimiento de INVITACIÓN A CUANDO MENOS TRES PERSONAS NACIONAL ELECTRÓNICA, el presente punto no aplica.
5.1.2. Fecha, hora, lugar y condiciones para la celebración de los actos del proceso. Obtención de la Convocatoria.
Los posibles proveedores podrán obtener la convocatoria en versión electrónica sin costo en la página de CompraNet en la dirección ▇▇▇▇://▇▇▇.▇▇▇▇▇▇▇▇▇.▇▇▇▇▇▇▇▇.▇▇▇.▇▇/ o en la dirección ▇▇▇.▇▇▇▇▇▇▇.▇▇▇.▇▇.
▇▇▇▇. Toluca-▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇ ▇▇▇▇▇ Km. 13.5, Parque Agroindustrial de San ▇▇▇▇▇▇▇ la Isla, San ▇▇▇▇▇▇▇ la Isla, Estado de México, CP. 52280 Tel. (▇▇▇) ▇▇▇-▇▇▇▇ ▇▇▇.▇▇▇.▇▇/▇▇▇▇▇▇▇ Isla.
Por tratarse de un procedimiento de INVITACIÓN A CUANDO MENOS TRES PERSONAS NACIONAL de forma ELECTRÓNICA, para poder participar en él, los posibles proveedores deberán manifestar su interés de participar mediante el sistema de CompraNet, en la siguiente dirección web: ▇▇▇▇▇://▇▇▇▇▇▇▇▇▇.▇▇▇▇▇▇▇▇.▇▇▇.▇▇/▇▇▇/▇▇▇▇▇.▇▇▇▇
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5.1.3. Visita a las instalaciones de la convocante.
Considerando la naturaleza de los servicios a contratar, para el presente procedimiento de contratación no se requiere realizar visita a las instalaciones de “LICONSA”. Sin embargo, si algún posible proveedor lo solicita, podrá llevarse a cabo la visita a las instalaciones, para lo cual deberá establecer contacto con el área técnica.
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5.1.4. Junta de aclaraciones a la Convocatoria.
La Junta de Aclaraciones a la presente convocatoria se llevará a cabo el 13 de enero de 2025, a las 10:00
horas en la sala de Juntas de Liconsa Gerencia Estatal ▇▇▇▇▇ de Toluca.
La(s) junta(s) de aclaración(es) que la convocante determine realizar, se llevará(n) a cabo conforme a lo establecido en el artículo 33 Bis de la LAASSP y artículos 45 y 46 de su Reglamento, por lo que los posibles proveedores deberán estar a lo dispuesto en los mismos para efecto de su participación en dicha(s) junta(s).
Las solicitudes de aclaración a la presente Convocatoria que formulen los posibles proveedores deberán presentarse a través de CompraNet de la siguiente forma:
• Los posibles proveedores deberán manifestar su interés de participar directamente mediante la plataforma de CompraNet conforme a lo requerido.
• Las solicitudes de aclaración deberán plantearse de manera concisa y estar directamente vinculadas con los puntos contenidos en la presente convocatoria, indicando el numeral o punto específico con el cual se relaciona, de acuerdo a lo solicitado en la plataforma COMPRANET.
Sólo tendrán derecho a formular solicitudes de aclaración en relación con la convocatoria a la INVITACIÓN A CUANDO MENOS TRES PERSONAS NACIONAL ELECTRÓNICA, las personas que manifiesten su interés a través de la plataforma de Compranet.
Las solicitudes de aclaración se podrán enviar a partir de la publicación de la convocatoria en CompraNet y a más tardar 24:00 (veinticuatro horas) antes de la fecha y hora en que se vaya a realizar la primera Junta de Aclaraciones, a través de la plataforma de Compranet.
La convocante tomará como hora de recepción de las solicitudes de aclaración del posible proveedor, la que registre CompraNet al momento de su envío.
Al concluir la primera Junta de Aclaraciones, la Convocante podrá señalar la fecha y hora para la celebración de ulteriores juntas.
En caso de determinarse que habrá recesos, una o más Juntas de Aclaraciones, se hará constar en el acta respectiva especificando hora, lugar y fecha de su celebración.
La convocante procederá a enviar a través de CompraNet, las contestaciones a las solicitudes de aclaración recibidas a partir de la hora y fecha señaladas en la convocatoria para la celebración de la junta de aclaraciones. En razón del número de solicitudes de aclaración recibidas o algún otro factor no imputable a la convocante, el servidor público que presida la junta de aclaraciones, informará a los posibles proveedores a través de CompraNet si éstas serán enviadas en ese momento o si se suspenderá la sesión para reanudarla en hora o fecha posterior a efecto de que las respuestas sean remitidas.
Con el envío de las respuestas a que se refiere el párrafo anterior, los posibles proveedores contarán con un plazo mínimo de seis horas contadas a partir de que sean publicadas en CompraNet, para formular las preguntas que consideren necesarias en relación con las respuestas remitidas. Una vez recibidas las preguntas adicionales que en su caso se reciban por CompraNet, la convocante informará a los posibles proveedores el plazo máximo en el que enviará las contestaciones correspondientes.
“LICONSA”, publicará en el estrado señalado en “Forma y Términos que Regirán los Diversos Actos del Procedimiento de Invitación a Cuando Menos Tres Personas”, “Notificaciones a los Posibles Proveedores Participantes” de la presente convocatoria, copia del acta derivada de la Junta de Aclaraciones para consulta de los interesados.
Asimismo, se difundirá un ejemplar del acta de la junta de aclaraciones en CompraNet para efecto de su notificación, por lo que a los posibles proveedores se les tendrá por notificados y enterados de todos los puntos tratados en ésta, a partir del momento mismo de su publicación en CompraNet, este procedimiento sustituye a la notificación personal, lo anterior de conformidad con lo establecido en el artículo 37 Bis, último párrafo de la LAASSP.
▇▇▇▇. Toluca-▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇ ▇▇▇▇▇ Km. 13.5, Parque Agroindustrial de San ▇▇▇▇▇▇▇ la Isla, San ▇▇▇▇▇▇▇ la Isla, Estado de México, CP. 52280 Tel. (▇▇▇) ▇▇▇-▇▇▇▇ ▇▇▇.▇▇▇.▇▇/▇▇▇▇▇▇▇ Isla.
De ser necesario, durante la Junta de Aclaraciones, la convocante podrá proporcionar instrucciones
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adicionales a los posibles proveedores, las cuales no desvirtuarán el contenido de la convocatoria y deberán ser consideradas como parte integrante de la misma, siendo obligatorias para todos los posibles proveedores, por lo que los posibles proveedores deberán considerar en sus proposiciones las respectivas modificaciones y/o agregados, lo anterior de conformidad con lo dispuesto en el artículo 33, penúltimo párrafo de la LAASSP.
6 . Lugar y Condiciones para la contratación de “los servicios”:
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“LOS SERVICIOS” deberán ser realizados en “LICONSA”, ubicada en el Kilómetro 13.5 de la Carretera Toluca- ▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇ ▇▇▇▇▇, Colonia Parque Agroindustrial, Municipio de San ▇▇▇▇▇▇▇ La Isla Estado de México, Código Postal 52280, en los días que indique el anexo técnico a partir del día 01 de febrero hasta el 31 de diciembre de 2025 y conforme a las condiciones, especificaciones y requerimientos técnicos establecidos en el contrato y sus anexos, en Coordinación con el área requirente “LICONSA”.
“EL LICITANTE” se compromete a realizar los servicios de acuerdo con los horarios y días establecidos, y de ser el caso en cualquier otro día que por necesidades de la operación de “LA CONVOCANTE” se requiera.
La persona designada para verificar la entrega de “LOS SERVICIOS” es: el C. ▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇, Enlace Administrativo, quien verificara que “LOS SERVICIOS” sean realizados de conformidad con lo establecido en esta convocatoria, sus anexos y el contrato respectivo; en los términos de calidad y oportunidad que se detallan y el “LICITANTE” que resulte ganador acepta que, en tanto ello no se cumpla, “LOS SERVICIOS” no se tendrán por aceptados, siendo también el responsable de la administración y verificación del cumplimiento del contrato de conformidad con el artículo 84 del Reglamento de “LA LEY”.
Será total responsabilidad del “EL LICITANTE” ganador realizar al 100% (cien por ciento) de “LOS SERVICIOS” requeridos a entera satisfacción de “LA CONVOCANTE” en tiempo y forma, por lo que se deberán tomar las precauciones necesarias para evitar retraso e incumplimiento y en consecuencia la aplicación de la penalización establecida.
7. PRECIOS, IMPUESTOS Y CONDICIONES DE PAGO.
El precio de “LOS SERVICIOS” motivo de esta invitación, deberá presentarse en pesos mexicanos, unitarios por partida única y total, en congruencia con las condiciones de esta convocatoria y su anexo, indicando además la suma total de la propuesta, señalando el IVA por separado; dicho precio será fijo hasta el total cumplimiento del contrato correspondiente, incluyendo todos los gastos, impuestos y derechos que se tengan que erogar para la realización oportuna de “LOS SERVICIOS”.
No se otorgará anticipo, y los pagos correspondientes se realizarán por el 100% (cien por ciento) por la recepción de “LOS SERVICIOS” a entera satisfacción de “LA CONVOCANTE”, a través de cheque nominativo o transferencia bancaria electrónica (cumpliendo con los requisitos establecidos por la Coordinación de Finanzas) a favor del “LICITANTE” adjudicado cumpliendo con lo establecido en esta Convocatoria y el contrato respectivo.
El pago se llevará a cabo a los 20 días naturales posteriores a la presentación de las facturas a revisión, dichas facturas deberán ser validadas por el personal designado por la Coordinación de Finanzas de “LA CONVOCANTE” indicando que cumplen con las condiciones, especificaciones, cantidades para la entrega de “LOS SERVICIOS”.
La factura deberá ser emitida en pesos mexicanos, requisitado en términos del Código Fiscal de la Federación en sus artículos 29 y 29-A, e incluir el folio fiscal del CFDI (Código Fiscal Digital por Internet) en formato XML en forma electrónica al correo ▇▇▇▇▇▇▇▇.▇▇▇▇▇▇▇.▇▇▇▇▇▇@▇▇▇▇▇.▇▇▇ y/o al correo ▇▇▇▇▇▇▇@▇▇▇▇▇▇▇.▇▇▇.▇▇., en formato PDF, la factura debe coincidir en descripción y precio con los indicados en el contrato respectivo, el pago se efectuará en moneda nacional (peso mexicano) conforme a las leyes y disposiciones monetarias y fiscales que se encuentren vigentes.
Las facturas en original deberán presentarse a revisión los días martes y viernes, o al siguiente día hábil, si éste no lo fuera, de 09:00 a 14:00 horas en la Caja General de “LA CONVOCANTE”, en ubicada en el Kilómetro
▇▇▇▇. Toluca-▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇ ▇▇▇▇▇ Km. 13.5, Parque Agroindustrial de San ▇▇▇▇▇▇▇ la Isla, San ▇▇▇▇▇▇▇ la Isla, Estado de México, CP. 52280 Tel. (▇▇▇) ▇▇▇-▇▇▇▇ ▇▇▇.▇▇▇.▇▇/▇▇▇▇▇▇▇ Isla.
13.5 de la Carretera Toluca- ▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇ ▇▇▇▇▇, Colonia Parque Agroindustrial, Municipio de San ▇▇▇▇▇▇▇ La Isla Estado de México, Código Postal 52280.
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En caso de elegir como medio de pago la transferencia electrónica, “EL LICITANTE” adjudicado deberá presentar escrito en hoja membretada, firmada por el representante, en el que se indique el nombre de la institución bancaria, número de cuenta, número de CLABE y plaza, éste escrito deberá estar certificado por la institución bancaria respectiva y ser presentado en la Coordinación de Finanzas de “LA CONVOCANTE”. (Anexo X de la Convocatoria).
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Los impuestos serán pagados por “LA CONVOCANTE”, en los términos de la legislación aplicable, debiendo indicarse éstos al final de cada una de las facturas, por separado de los demás conceptos.
“EL LICITANTE” que resulte adjudicatario del contrato, se obliga a respetar el vencimiento de los plazos descritos, verificando en todo momento la fecha en que se hace realmente exigible la obligación de pago a cargo de “LA CONVOCANTE”, evitando colocar a esta última en posición de incumplimiento sin causa justificada y acreditable, en caso contrario se hará acreedor al pago de daños y perjuicios que tal hecho pueda generar a “LA CONVOCANTE”.
Los pagos quedarán condicionados, proporcionalmente al pago que “EL LICITANTE” adjudicado deberá efectuar por concepto de la pena convencional a la que se haya hecho acreedor.
Una vez realizado el pago por parte de “LA CONVOCANTE”, el proveedor adjudicado deberá mandar su complemento de pago a las direcciones de correo electrónico siguientes; ▇▇▇▇▇▇▇@▇▇▇▇▇▇▇.▇▇▇.▇▇., ▇▇▇▇▇▇▇▇.▇▇▇▇▇▇▇.▇▇▇▇▇▇@▇▇▇▇▇.▇▇▇ y ▇▇▇▇▇▇▇▇▇@▇▇▇▇▇▇▇.▇▇▇.▇▇
“LA CONVOCANTE” otorgará su consentimiento para que “EL LICITANTE” que resulte adjudicado, ceda sus derechos de cobro y esté en posibilidad de realizar operaciones de factoraje o descuento electrónico con intermediarios financieros y no tendrá inconveniente en caso de que “EL LICITANTE” adjudicado que se encuentre clasificado como micro, pequeña o mediana empresa, accedan y utilicen los beneficios del factoraje y descuento electrónico de documentos por cobrar del “Programa ▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇ Productivas de NAFIN, S.N.C.
Esta es la liga para poderse afiliar ▇▇▇▇://▇▇▇.▇▇▇▇▇.▇▇▇.▇▇/▇▇▇▇▇▇▇▇/▇▇▇▇▇▇▇/▇▇▇▇/▇▇▇▇▇▇▇- productivas.html
8. GARANTÍA DE “LOS SERVICIOS”
Los “LICITANTES” deberán manifestar en su propuesta técnica, que “LOS SERVICIOS” que ofrecen a “LA CONVOCANTE” cumplen estrictamente con las condiciones, características, especificaciones técnicas que se establecen en esta convocatoria y sus anexos.
El “LICITANTE” adjudicado queda obligado ante “LA CONVOCANTE” a responder de las deficiencias en la calidad de “LOS SERVICIOS”, así como de cualquier otra responsabilidad en que incurra, en los términos señalados en la convocatoria, en el contrato que se celebre derivado de este procedimiento de contratación y en la legislación aplicable. En un plazo que no excederá de 5 (cinco) días hábiles, posterior a la reclamación que por escrito que realice el área responsable de aceptarlos, sin cargo adicional para “LA CONVOCANTE”.
• Cuenta con la infraestructura necesaria, personal profesional y técnico especializado en el ramo, para el tipo de servicio solicitado, a fin de garantizar que “EL SERVICIO” objeto de la INVITACIÓN sea proporcionado con la calidad, oportunidad y eficiencia requerida para tal efecto, comprometiéndose a desarrollarlo a satisfacción de “LA CONVOCANTE”.
• Se obliga ante “LA CONVOCANTE” a responder de los defectos en la calidad de “EL SERVICIO” y/o deficiencia, así como de cualquier otra responsabilidad en que hubiere incurrido, en los términos señalados en el contrato que se derive de este procedimiento o en la legislación aplicable, asimismo, manifiesta que cuenta con los recursos humanos para la ejecución de “EL SERVICIO”, los cuales serán contratados bajo su total responsabilidad.
▇▇▇▇. Toluca-▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇ ▇▇▇▇▇ Km. 13.5, Parque Agroindustrial de San ▇▇▇▇▇▇▇ la Isla, San ▇▇▇▇▇▇▇ la Isla, Estado de México, CP. 52280 Tel. (▇▇▇) ▇▇▇-▇▇▇▇ ▇▇▇.▇▇▇.▇▇/▇▇▇▇▇▇▇ Isla.
“EL LICITANTE” que resulte adjudicado deberá presentar en el momento en que la convocante lo requiera, los reportes necesarios, respectos de los “SERVICIOS” entregados.
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“EL LICITANTE” adjudicado queda obligado ante la convocante a responder las deficiencias en la calidad de “LOS SERVICIOS”, así como de cualquier otra responsabilidad en que incurra, en los términos señalados en la convocatoria, en el contrato que se celebre, derivado de este procedimiento de contratación y en la Legislación aplicable.
9. ARTÍCULO 32-D DEL CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN.
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Para dar cumplimiento a lo establecido al artículo 32-D del Código Fiscal de la Federación, el “LICITANTE” cuando el monto del contrato exceda los $300,000.00 M.N. (Trescientos mil pesos 00/100 M.N.) sin incluir el IVA, deberá presentar la “Opinión del cumplimiento de obligaciones fiscales” vigente y en sentido positivo, en la forma y términos previstos en la regla 2.1.36 de la Resolución Miscelánea Fiscal, publicada en el Diario Oficial de la Federación o aquella que en el futuro la sustituya, expedida por el Servicio de Administración Tributaria (SAT) o bien generarlo a través de la aplicación en línea que para estos efectos le proporcione el SAT.
Conforme a lo solicitado en el ACUERDO “ACDO.AS2.HCT.250423/106.P.DIR, y su Anexo ▇▇▇▇▇, dictado por el H. Consejo Técnico, relativo a las Reglas para la obtención de la opinión de cumplimiento de obligaciones fiscales en materia de seguridad social”, publicado el 25 ▇▇ ▇▇▇▇▇ de 2023, en el Diario Oficial de la Federación, el licitante deberá presentar la “Opinión del cumplimiento de obligaciones fiscales en Materia de Seguridad Social” vigente y en sentido positivo, y gozará una vigencia de 15 días naturales, expedida por el Instituto Mexicano del Seguro Social.
Conforme a lo solicitado en el ACUERDO del H. Consejo de Administración del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores por el que se emiten las Reglas para la obtención de la constancia de situación fiscal en materia de aportaciones patronales y entero de descuentos, publicado el 28 ▇▇ ▇▇▇▇▇ de 2017, en el Diario Oficial de la Federación, el licitante deberá presentar la “Constancia de situación fiscal en materia de aportaciones patronales y entero de amortizaciones” indicando que se encuentra “Sin adeudo
o con garantía” o “Con adeudo pero con convenio celebrado” y deberá contar una vigencia de 30 días naturales contados a partir del día de su emisión, expedida por el INFONAVIT.
10. DEL Contrato.
Para efectos de lo establecido en los artículos 45 penúltimo párrafo de “LA LEY” y 81 fracción IV de “EL REGLAMENTO”, la convocatoria de invitación, el contrato y sus anexos son los instrumentos que vinculan a las partes en sus derechos y obligaciones. Las estipulaciones que se establezcan en el c o n t r a t o no deberán modificar las condiciones previstas en la convocatoria de la invitación, sus anexos y las juntas de aclaraciones;en caso de discrepancia, prevalecerá lo estipulado en éstas.
“EL LICITANTE” adjudicado deberá comunicarse al teléfono ▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇ ext. 63923, a fin de coordinar la fecha y hora en que deberá presentarse para la formalización del documento contractual, conforme al Acuerdo 97-2020 de fecha 18 de septiembre del 2020, emitido por la Secretaria de Hacienda Y Crédito Público, el contrato se formalizará de forma electrónica en el Módulo de Formalización de Instrumentos Jurídicos, dentro del Sistema Electrónico de Información Pública Gubernamental denominado CompraNet, por lo que el licitante adjudicado deberá de contar con su Certificado vigente e. firma emitida por el SAT.
De conformidad con lo establecido en el artículo 46 de “LA LEY”, si “EL LICITANTE” adjudicado no firma el contrato por causas imputables a él, dentro del plazo a que se refiere el párrafo anterior, “LA CONVOCANTE” podrá, sin necesidad de un nuevo procedimiento, adjudicar el contrato a “EL LICITANTE” que haya presentado la siguiente proposición solvente más baja y así sucesivamente en caso de que este último no acepte la adjudicación, siempre que la diferencia en precio con respecto a la propuesta que inicialmente hubiere resultado ganadora, no sea superior al 10% (diez por ciento).
Lo anterior, independientemente de la aplicación de las sanciones establecidas a “EL LICITANTE” adjudicado que no firme el contrato correspondiente, “LA CONVOCANTE” procederá a notificar a la Secretaria de Hacienda y Crédito Público, tal y como lo señala el artículo 60 de “LA LEY”.
▇▇▇▇. Toluca-▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇ ▇▇▇▇▇ Km. 13.5, Parque Agroindustrial de San ▇▇▇▇▇▇▇ la Isla, San ▇▇▇▇▇▇▇ la Isla, Estado de México, CP. 52280 Tel. (▇▇▇) ▇▇▇-▇▇▇▇ ▇▇▇.▇▇▇.▇▇/▇▇▇▇▇▇▇ Isla.
“EL LICITANTE” adjudicado, no podrá por ningún motivo, subcontratar o ceder total o parcialmente a terceros los derechos y obligaciones derivados del contrato objeto de la presente invitación, al amparo de lo señalado por el Artículo 46 último párrafo de “LA LEY”, salvo los derechos de cobro, previo consentimiento
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expreso y por escrito de “LA CONVOCANTE”.
“EL LICITANTE” adjudicado para efectos de elaboración del contrato deberá entregar, forzosamente, la siguiente documentación, en original o copia certificada (para su cotejo) y copia fotostática más tardar a las 12:00 horas del día hábil siguiente a la fecha en que se emita el fallo:
a) Acta constitutiva y sus reformas, en la que conste que se constituyó conforme a las Leyes Mexicanas y que tiene su domicilio en el Territorio Nacional. (en caso de personas ▇▇▇▇▇▇▇).
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b) Escaneo Copia legible de la Cedula de Identificación Fiscal, cuya Actividad esté relacionada con
“LOS SERVICIOS” objeto del presente procedimiento con una antigüedad no mayor a tres meses.
c) Poder otorgado ante Fedatario Público a su representante legal, (pudiendo ser un poder especial para efectos de procedimientos de esta naturaleza, o bien poder para actos de administración y/o poder para actos de dominio.
d) Copia simple (frente y reverso) de identificación oficial vigente (INE, Pasaporte o Cedula Profesional) con fotografía y firma del “LICITANTE” o su representante legal.
e) Escaneo del comprobante de domicilio para oír y recibir todo tipo de notificaciones que no sea mayor a 3 meses.
f) “Opinión del cumplimiento de obligaciones fiscales” vigente y en sentido positivo, expedida por el Servicio de Administración Tributaria (SAT) y deberán contar una vigencia de 30 días naturales.
g) Solicitud de “Opinión del cumplimiento de obligaciones fiscales en Materia de Seguridad Social” vigente y en sentido positivo, y gozará de vigencia de 30 días naturales de fecha en que haya sido generada, expedida por el Instituto Mexicano del Seguro Social.
h) Constancia de situación fiscal en materia de aportaciones patronales y entero de descuentos (INFONAVIT), indicando que se encuentra “Sin adeudo o con garantía” o “Con adeudo, pero con convenio celebrado” y deberá contar una vigencia de 30 días naturales contados a partir del día de su emisión, expedida por el INFONAVIT.
i) Tarjeta Patronal ante el IMSS.
j) Las MIPYMES deberán presentar copia simple de la declaración donde manifieste a que rango pertenece.
k) Escrito para pago mediante transferencia bancaria, adjunto un comprobante del estado de cuenta.
En el Anexo V, se incluye el Modelo de contrato al que para la presente invitación, se sujetarán las partes,mismo que contiene los requisitos establecidos en el artículo 45 de “LA LEY”.
Personas Físicas:
⮚ Identificación oficial.
⮚ Acta de nacimiento o Carta de Naturalización expedida por autoridad competente.
⮚ Clave Única de Registro de Población.
⮚ En caso de que a la firma del contrato se presente un representante o apoderado legal, éste deberá acreditar su personalidad fehacientemente en términos ▇▇ ▇▇▇, e identificarse con documento oficial (poder notarial certificado ante fedatario público en el cual se otorgue al representante legal poder general para actos de administración o poder especial para suscribir contratos o convenios o bien para llevar a cabo todos los trámites derivados de procedimientos de Licitación Pública, Invitación a Cuando Menos Tres Personas o adjudicación en el Gobierno Federal o su equivalente).
Personas ▇▇▇▇▇▇▇:
⮚ Acta constitutiva y sus modificaciones certificadas ante fedatario público y previamente inscritas en el Registro Público de la Propiedad y de Comercio.
▇▇▇▇. Toluca-▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇ ▇▇▇▇▇ Km. 13.5, Parque Agroindustrial de San ▇▇▇▇▇▇▇ la Isla, San ▇▇▇▇▇▇▇ la Isla, Estado de México, CP. 52280 Tel. (▇▇▇) ▇▇▇-▇▇▇▇ ▇▇▇.▇▇▇.▇▇/▇▇▇▇▇▇▇ Isla.
⮚ Poder notarial certificado ante fedatario público en el cual se otorgue al representante o apoderado legal poder general para actos de administración o poder especial para suscribir contratos o convenios, o bien para llevar a cabo todos los trámites derivados de procedimientos de Licitación Pública, Invitación a Cuando Menos Tres Personas o adjudicación en el Gobierno Federal o su equivalente.
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11. ADJUDICACIÓN DEL Contrato.
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Con base en los artículos 36 y 36 bis de “LA LEY” y 51 de “EL REGLAMENTO” el contrato se adjudicará a “EL LICITANTE” cuya propuesta resulte solvente al reunir las condiciones legales, técnicas y económicas establecidas por “LA CONVOCANTE”, en cuanto a, especificaciones y requerimientos técnicos de “LOS SERVICIOS ” y las demás condiciones contenidas en esta convocatoria y sus anexos, y su importe sea el más bajo en comparación con las demás propuestas solventes o, al no existir tales, su precio resulte conveniente con base en la investigación ▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇ realizada, en el entendido de que ninguna de las condiciones establecidas en esta convocatoria, así como en las proposiciones presentadas por “LOS LICITANTES” no serán negociables por ningún concepto.
En el caso que se obtuviera un empate entre dos o más “LICITANTES” de conformidad con lo establecido en el segundo párrafo del artículo 36 Bis de “LA LEY” y el 54 de “EL REGLAMENTO”, se deberá adjudicar el contrato en primer término a las micro empresas, posteriormente se considerará a las pequeñas empresas y en caso de no contarse con alguna de las anteriores, se adjudicará a la que tenga el carácter de mediana empresa.
De subsistir el empate entre empresas de la misma estratificación de los sectores señalados en el párrafo anterior, o de no haber empresas de este sector y el empate se diera entre “LICITANTES” que no tienen el carácter de MIPYMES, se realizará la adjudicación del contrato a favor de “EL LICITANTE” que resulte adjudicado del sorteo por insaculación que realice “LA CONVOCANTE”, el cual consistirá en depositar en una urna o recipiente transparente, las boletas con el nombre de cada “LICITANTE” empatado, acto seguido se extraerá en primer lugar la boleta del “LICITANTE” adjudicado y posteriormente las demás boletas de “LOS LICITANTES” que resultaron empatados en la partida, con lo cual se determinarán los subsecuentes lugares que ocuparán tales proposiciones.
Cuando “LA CONVOCANTE” requiera llevar a cabo el sorteo por insaculación, se invitará al Órgano Interno de Control para que en su presencia se lleve a cabo dicho sorteo; se levantará acta que firmarán los asistentes, sin que la inasistencia, la negativa o falta de firma en el acta respectiva de “LOS LICITANTES” o invitados invalide el acto de conformidad con lo señalado en el artículo 54 de “EL REGLAMENTO”.
12. De las Garantías de Cumplimiento
Conforme a los artículos 48 fracción II, y 49 fracción I, de la “LAASSP”, 85 fracción III, y 103 de su Reglamento; 166 de la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas, 48 fracción II, de la Ley de Tesorería de la Federación, de su Reglamento, las Disposiciones Generales a que se sujetarán las garantías otorgadas a favor del Gobierno Federal para el cumplimiento de obligaciones distintas de las fiscales que constituyan las Dependencias y Entidades en los actos y contratos que celebren, publicadas en el DOF el 08 de septiembre de 2015, “EL PROVEEDOR” se obliga a constituir una garantía indivisible por el cumplimiento fiel y exacto de todas y cada una de las obligaciones derivadas de este contrato, mediante fianza expedida por compañía afianzadora mexicana autorizada por la Comisión Nacional de Seguros y de Fianzas, a favor de la Tesorería de la Federación, por un importe equivalente al 10% de la cantidad adjudicada sin incluir el IVA. Dicha Fianza deberá ser entregada a “LICONSA”, a más tardar dentro de los 10 días naturales posteriores a la firma del contrato.
Si las disposiciones jurídicas aplicables lo permitan, la entrega de la garantía de cumplimiento se realice de manera electrónica.
La fianza deberá presentarse en las Oficinas de Enlace Administrativo, en la cual deberán de indicarse los siguientes requisitos:
• Expedirse a favor de Liconsa y señalar su domicilio.
• La indicación del importe total garantizado con número y letra.
• La referencia de que la fianza se otorga atendiendo a todas las estipulaciones contenidas en el contrato yanexos respectivo), así como la cotización y el requerimiento asociado a ésta.
• La información correspondiente al número de contrato, su fecha de firma, así como la especificación de lasobligaciones garantizadas.
▇▇▇▇. Toluca-▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇ ▇▇▇▇▇ Km. 13.5, Parque Agroindustrial de San ▇▇▇▇▇▇▇ la Isla, San ▇▇▇▇▇▇▇ la Isla, Estado de México, CP. 52280 Tel. (▇▇▇) ▇▇▇-▇▇▇▇ ▇▇▇.▇▇▇.▇▇/▇▇▇▇▇▇▇ Isla.
• El señalamiento de la denominación o nombre de “EL PROVEEDOR” y de la institución
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afianzadora, asícomo sus domicilios correspondientes.
• La condición de que la vigencia de la fianza deberá quedar abierta para permitir que cumpla con su objetivo,y continuará vigente durante la sustanciación de todos los recursos legales o juicios que se interpongan hasta que se dicte resolución definitiva por la autoridad competente, de forma tal que no podrá establecerse o estipularse plazo alguno que limite su vigencia, lo cual no debe confundirse con el plazo para el cumplimiento de las obligaciones previstas en el contrato y actos administrativos garantizados.
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• La indicación de que la fianza se hará efectiva conforme al procedimiento dispuesto en el artículo 282 de la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas, el cual será aplicable también para el cobro de los intereses que en su caso se generen en los términos previstos en el artículo 283 del propio ordenamiento;
• La indicación de que la cancelación de la póliza de fianza procederá una vez que “LICONSA” otorgue el documento en el que se señale la extinción de derechos y obligaciones, previo otorgamiento del finiquito correspondiente, o en caso de existir saldos a cargo de “EL PROVEEDOR”, la liquidación debida; Para efectosde la garantía señalada en esta cláusula, se deberá considerar la indivisibilidad de ésta, por lo que en caso de incumplimiento del contrato se hará efectiva por el monto total de la garantía de cumplimiento;
• Para acreditar a la institución afianzadora el incumplimiento de la obligación garantizada, tendrá que cumplirse con los requisitos establecidos en las Disposiciones Generales a que se sujetarán las garantías otorgadas a favor del Gobierno Federal para el cumplimiento de obligaciones distintas de las fiscales que constituyan las dependencias y entidades en los actos y contratos que celebren, publicadas en el Diario Oficialde la Federación el 08 de septiembre de 2015; y
• El momento de inicio de la fianza y, en su caso, su vigencia. Considerando los requisitos anteriores, dentro de la fianza, se deberán incluir las declaraciones siguientes en forma expresa:
• “Esta garantía estará vigente durante la sustanciación de todos los recursos legales o juicios que se interpongan hasta que se pronuncie resolución definitiva por autoridad competente, de forma tal que su vigencia no podrá acotarse en razón del plazo de ejecución del contrato.
• “La institución de fianzas acepta expresamente someterse al procedimiento de ejecución establecido en el artículo 282 de la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas, para la efectividad de la presente garantía, procedimiento al que también se sujetará para el caso del cobro de intereses que prevé el artículo 283 del mismo ordenamiento legal, por pago extemporáneo del importe de la póliza de fianza requerida.”;
• “La cancelación de la fianza no procederá sino en virtud de manifestación previa de manera expresa y por escrito de “LICONSA”; y
• “La afianzadora acepta expresamente tener garantizado el contrato a que esta póliza se refiere, aún en el caso de que se otorgue prórroga o espera al deudor principal o fiado por parte de “LICONSA” para el cumplimiento total de las obligaciones que se garantizaran, por lo que la afianzadora renuncia expresamente al derecho que le otorga el artículo 179 de la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas.
• De no cumplir con dicha entrega, “LICONSA” podrá rescindir el contrato y remitir el asunto al Órgano Interno de Control para que determine si se aplican las sanciones estipuladas en el artículo 60 fracción III de la“LAASSP”.
La garantía de cumplimiento de ninguna manera será considerada como una limitación de la responsabilidad de “EL PROVEEDOR”, derivada de sus obligaciones y garantías estipuladas en el presente instrumento jurídico, y de ninguna manera impedirá que “LICONSA” reclame la indemnización o el reembolso por cualquier incumplimiento que pueda exceder el valor de la garantía de cumplimiento.
En caso de incremento al monto del presente instrumento jurídico o modificación al plazo, “EL PROVEEDOR” se obliga a entregar a “LICONSA” dentro de los diez días naturales siguientes a la formalización del mismo, de conformidad con el último párrafo del artículo 91 del Reglamento de la “LAASSP”, los documentos modificatorios o endosos correspondientes, debiendo contener en el documento la estipulación de que se otorga de manera conjunta, solidaria e inseparable de la garantía otorgada inicialmente.
▇▇▇▇. Toluca-▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇ ▇▇▇▇▇ Km. 13.5, Parque Agroindustrial de San ▇▇▇▇▇▇▇ la Isla, San ▇▇▇▇▇▇▇ la Isla, Estado de México, CP. 52280 Tel. (▇▇▇) ▇▇▇-▇▇▇▇ ▇▇▇.▇▇▇.▇▇/▇▇▇▇▇▇▇ Isla.
“EL PROVEEDOR” acepta expresamente que la garantía expedida para garantizar el cumplimiento se hará efectiva independientemente de que se interponga cualquier otro tipo de recurso ante instancias del orden administrativo o judicial, así como que permanecerá vigente durante la substanciación de los juicios o recursos legales que se interponga con relación a dicho contrato, hasta que sea pronunciada resolución definitiva que cause ejecutoria por la autoridad competente.
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El trámite de liberación de garantía se realizará inmediato a que se extienda la constancia de cumplimiento de obligaciones contractuales por parte de “LICONSA”, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 81, fracción VIII del Reglamento de la “LAASSP”. Considerando que la entrega de la prestación de los servicios, cuando aplique se haya previsto un plazo menor a diez días naturales, se exceptúa el cumplimiento de la garantía, de conformidad con lo establecido en el artículo 48 último párrafo de la "LAASSP", en concordancia con lo señalado en el tercer párrafo del artículo 86 del Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.
Para este caso, el monto máximo de las penas convencionales por atraso que se puede aplicar será del veinte por ciento del monto de los SERVICIOS entregados fuera de la fecha convenida, de conformidad con lo establecido en el tercer párrafo del artículo 96 del Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.
13. PENA CONVENCIONAL
Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 45 fracción XIX, 53 y 53 bis de “LA LEY”, en relación con el artículo 96 de “EL REGLAMENTO” y sin perjuicio de que se pueda hacer efectiva la garantía de cumplimiento del contrato, la pena convencional que se aplicara por “LOS SERVICIOS”, conforme al plazo establecido en el contrato correspondiente por “LA CONVOCANTE”, será del 2% (dos por ciento) por cada día hábil de retraso injustificado, del importe de “LOS SERVICIOS” que no sean realizados oportunamente, hasta un máximo equivalente a la garantía de cumplimiento del contrato.
El importe de la pena convencional será descontado del valor total de la factura correspondiente o el “LICITANTE” adjudicado lo cubrirá mediante cheque certificado a nombre de “LA CONVOCANTE”, previamente al pago respectivo.
El pago de “LOS SERVICIOS” quedará condicionado proporcionalmente al pago que el prestador deba efectuar por concepto ▇▇ ▇▇▇▇ convencional, en el entendido de que, en el supuesto de que sea rescindido el contrato, no procederá el cobro de dichas penalizaciones ni la contabilización de las mismas para hacer efectiva la garantía de cumplimiento del contrato.
El C. ▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇, Enlace Administrativo o a través del personal que este designe, será el responsable de informar a la Coordinación de Finanzas de “LA CONVOCANTE” de los atrasos en el incumplimiento de la fecha pactada para la entrega del servicio para que se apliquen las penas convencionales de acuerdo con lo establecido en el anexo técnico y a lo siguiente:
1. Por el incumplimiento en la realización, calidad, términos, condiciones y/o características de las actividades correspondientes, solicitadas por “LICONSA”.
2. Cuando el personal no se presente debidamente uniformado e identificado.
3. En caso de presentar indisciplina o falta de respeto al personal o personas usuarias de las instalaciones.
4. Cuando los operarios no se presenten a laborar en los días y horarios especificados y “EL LICITANTE” no proporcione un sustituto de manera inmediata.
5. Cuando “EL LICITANTE” incumplan con las obligaciones patronales, como son:
a) Por cada día natural de retraso, en el caso de que no entregue de manera mensual al ADMINISTRADOR DEL CONTRATO, los listados del Sistema Único de Autodeterminación (SUA), así como su concerniente comprobante de pago debidamente efectuado, esto, dentro de los tres días hábiles posteriores al vencimiento del plazo que concede el IMSS para el pago respectivo; dicho comprobante de pago deberá reflejar las liquidaciones efectuadas tanto por concepto de cuotas obrero patronales al IMSS, ▇▇▇▇▇ y/o cuenta individual, así como las aportaciones al INFONAVIT, según corresponda.
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b) En caso de que de la revisión realizada a los listados del SUA, se desprenda que haya personal de la empresa laborando, y que no se encuentre dado de alta en el IMSS, esto será por cada elemento que estuviera en dicha situación.
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c) En caso de que de la revisión realizada a los listados del SUA, se desprenda que haya personal laborando y no este registrado en su totalidad ante el IMSS, es decir, cuando su fecha de inicio de actividades en la empresa difiera de su fecha de alta en el IMSS, o su fecha de baja en dicho instituto sea anticipada a su fecha de baja en la empresa, esto será por cada día que no esté cubierto y por cada trabajador.
14. CAUSALES DE RESCISIÓN Y TERMINACIÓN ANTICIPADA DEL CONTRATO.
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– Rescisión del contrato.
“LA CONVOCANTE”, con fundamento en el artículo 54 de “LA LEY” y 98 de “EL REGLAMENTO”, podrá en cualquier momento iniciar el procedimiento de rescisión administrativa del contrato adjudicado, por el incumplimiento de cualquiera de las obligaciones del “EL LICITANTE” que se estipulen en ese documento, así como por la contravención a las disposiciones, lineamientos, convocatoria, procedimientos y requisitos que establece dicha Ley y demás normatividad aplicable en la materia y demás normatividad aplicable en la materia, o en alguno de los siguientes casos
Sin perjuicio de lo anterior, “LA CONVOCANTE” podrá aplicar al “EL LICITANTE” la pena convencional conforme a lo pactado en esta convocatoria y el contrato correspondiente que proceda y en su caso, hacer efectiva la garantía otorgada para el cumplimiento del mismo, en forma proporcional al incumplimiento y sin contabilizar la pena convencional aplicada.
“LA CONVOCANTE”, tendrá derecho a su elección, a rescindir administrativamente el contrato sin responsabilidad alguna para ella, sin necesidad de acudir a los Tribunales competentes, o exigir el cumplimiento forzoso y el pago de los daños y perjuicios, sin que medie resolución judicial.
a) Por el incumplimiento de “EL LICITANTE” en la entrega de la garantía, en el plazo establecido en el Artículo 48, último párrafo de “LA LEY”.
b) Si “EL LICITANTE” es declarado en estado de quiebra o suspensión de pagos por autoridades competentes.
c) Por el incumplimiento de “EL LICITANTE” en la entrega de “EL SERVICIO” en el plazo establecido en la presente convocatoria.
d) Cuando “EL LICITANTE” incurra en incumplimiento de sus obligaciones, sin responsabilidad alguna para “LA CONVOCANTE”, sin necesidad de acudir a los tribunales competentes, o podrá exigir el cumplimiento forzoso y el pago de los daños y perjuicios, sin que medie resolución judicial, y los daños y perjuicios que pudiera sufrir “LA CONVOCANTE” por incumplimiento del pedido, será a su cargo.
- El procedimiento de rescisión por incumplimiento a las obligaciones establecidas en el pedido respectivo, se llevará a cabo en los términos señalados en el artículo 54 de “LA LEY”.
- En caso de rescisión, la aplicación de la garantía de cumplimiento será proporcional al monto de las obligaciones incumplidas.
- En caso de rescisión, no procederá el cobro de las penalizaciones.
Sin perjuicio de lo anterior, “LA CONVOCANTE” podrá aplicar a “EL LICITANTE” la pena convencional conforme a lo pactado en esta convocatoria y el contrato correspondiente que proceda y en su caso, hacer efectiva la garantía otorgada para el cumplimiento del mismo, en forma proporcional al incumplimiento y sin contabilizar la pena convencional aplicada.
“LA CONVOCANTE”, tendrá derecho a su elección, a rescindir administrativamente el contrato sin responsabilidad alguna para ella, sin necesidad de acudir a los Tribunales competentes, o exigir el cumplimiento forzoso y el pago de los daños y perjuicios, sin que medie resolución judicial.
– Terminación Anticipada del Contrato.
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“LA CONVOCANTE”, con fundamento en lo establecido por el artículo 54 Bis de “LA LEY”, podrá dar por terminado anticipadamente el contrato correspondiente, cuando concurran razones de interés general, o
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bien, cuando por causas justificadas se extinga la necesidad de requerir “LOS SERVICIOS” originalmente contratados y se demuestre que de continuar con el cumplimiento de las obligaciones pactadas, se ocasionaría algún daño o perjuicio a “LA CONVOCANTE”, o se determine la nulidad total o parcial de los actos que dieron origen al contrato, con motivo de la resolución de una inconformidad emitida por la Secretaría de la Función Pública, de ahora en adelante “SFP”. En estos supuestos “LA CONVOCANTE” reembolsará al “LICITANTE” adjudicado los gastos no recuperables en que haya incurrido, siempre que éstos sean razonables, estén debidamente comprobados y se relacionen directamente con el contrato correspondiente.
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Cuando la terminación anticipada afecte en forma parcial las obligaciones pactadas en el contrato, es decir, respecto de algunos de los conceptos que lo integran, se celebrará convenio modificatorio.
15. MODIFICACIONES AL CONTRATO.
Cualquier modificación al contrato deberá formalizarse por escrito, en cuyo caso “EL LICITANTE” que resulte adjudicatario del mismo deberá entregar el endoso correspondiente a la garantía de cumplimiento.
Las modificaciones al contrato no podrán ser superiores al 20% en monto, volumen y/o vigencia, conforme a lo previsto en los artículos 52 de “LA LEY” y 91 de “EL REGLAMENTO”.
El contrato podrá ser modificado a efecto de diferir las fechas para la ejecución de “LOS SERVICIOS” cuando así lo determine “LA CONVOCANTE”, siempre y cuando se compruebe que existen condiciones derivadas de caso fortuito o fuerza mayor que impiden realizar en las fechas pactadas.
16. JUICIOS, RECLAMACIONES O CONTROVERSIAS, RELACIÓN LABORAL, CIVIL Y FISCAL.
Los “LICITANTES” y “LA CONVOCANTE” reconocen y aceptan que las únicas relaciones jurídicas existentes entre ellas son las derivadas del contrato que lleguen a formalizar, razón por la cual el personal que intervenga en el desarrollo del mismo será contrato por exclusiva cuenta del “LICITANTE” ganador, quien será el responsable ante dicho personal de todas y cada una de sus obligaciones que como patrón establece la Ley Federal del Trabajo y demás leyes y reglamentos aplicables. Los “LICITANTES” convienen por lo mismo en responder de todas las reclamaciones que sus trabajadores, empleados y demás personal que contraten para el suministro de “LOS SERVICIOS” objeto del contrato, presentasen en contra de “LA CONVOCANTE” en relación con dichos SERVICIOS; por lo que expresamente las partes reconocen que no existe ningún tipo de subordinación entre ellas.
Para la celebración del contrato cada una de las partes tiene contratados y, cuando lo estime adecuado, contratará a los trabajadores que requiera, siempre a su cargo y bajo su propia responsabilidad (en lo sucesivo, el “Personal”), y en ningún momento existirá relación laboral entre éstos y la otra parte, en la inteligencia de que cada una de las partes contrata al “Personal” para sí y no en calidad de intermediarios y, por lo tanto, cada parte será responsable y a su cargo y por su cuenta exclusiva el pago de salarios, sueldos, bonos, primas de vacaciones, aguinaldos, indemnizaciones por riesgos profesionales y cualquier otra obligación o prestación en favor del Personal derivadas de la Ley Federal del Trabajo, la Ley del Seguro Social, la Ley del Instituto Nacional del Fondo de la Vivienda para los Trabajadores, el Sistema de Ahorro para el Retiro o de cualquier otra índole.
“LA CONVOCANTE” y “EL LICITANTE” expresamente convienen que sacarán en paz y a salvo a la otra por cualquier reclamación, demanda, juicio, procesos o procedimientos u obligaciones que surjan o sean resultado de obligaciones pendientes que cada una tenga para con cualquier empleado asignado a la otra parte, por lo que no podrá designarse a la contraparte como patrón sustituto.
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El contrato no pretende y nada de lo incluido en el mismo deberá interpretarse en el sentido de que se crea una relación de mandante y mandatario, comitente y comisionista, patrón/patrón sustituto y empleado, socio y asociado entre “LA CONVOCANTE” y “EL LICITANTE”. Ninguna de las partes estará facultada para representar y obligar a la otra de manera alguna, y cada una de las partes será responsable exclusivamente de sus propios actos.
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17. FORMA Y TÉRMINOS QUE REGIRÁN LOS DIVERSOS ACTOS DEL PROCEDIMIENTO.
Calendario de Eventos
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FECHA DE PUBLICACIÓN EN LA PAGINA OFICIAL DE LICONSA, S.A. DE C.V. | OBTENCIÓN DE CONVOCATORIA | DISPONIBILIDAD DE LA CONVOCATORIA |
07 de enero de 2025 | 16 de enero de 2025 |
JUNTA DE ACLARACIONES:
DÍA: | 13 | MES: | Enero | AÑO: | 2025 | HORA: | 10:00 |
LUGAR: | A través del Sistema Electrónico de Contrataciones CompraNet | ||||||
SOLICITUD DE ACLARACIÓN SOBRE LAS RESPUESTAS OTORGADAS:
DÍA: | 13 | MES: | Enero | AÑO: | 2025 | HORA: | 16:00 |
LUGAR: | A través del Sistema Electrónico de Contrataciones CompraNet | ||||||
ACTO DE APERTURA DE PROPOSICIONES:
DÍA: | 16 | MES: | Enero | AÑO: | 2025 | HORA: | 12:00 |
LUGAR: | A través del Sistema Electrónico de Contrataciones CompraNet | ||||||
ACTA DE NOTIFICACIÓN DE FALLO:
DÍA: | 21 | MES: | Enero | AÑO: | 2025 | HORA: | 12:00 |
LUGAR: | A través del Sistema Electrónico de Contrataciones CompraNet | ||||||
▇▇▇▇. Toluca-▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇ ▇▇▇▇▇ Km. 13.5, Parque Agroindustrial de San ▇▇▇▇▇▇▇ la Isla, San ▇▇▇▇▇▇▇ la Isla, Estado de México, CP. 52280 Tel. (▇▇▇) ▇▇▇-▇▇▇▇ ▇▇▇.▇▇▇.▇▇/▇▇▇▇▇▇▇ Isla.
FECHA DE FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO:
DÍA: | El contrato se firmará dentro de los 15 días naturales siguientes a la Notificación del Fallo de la presente INVITACIÓN. |
LUGAR: | Sistema Electrónico de Contrataciones CompraNet, Módulo Formalización de Instrumentos Jurídicos y/o en la oficina de la Coordinación de Adquisiciones, ubicada en Kilómetro 13.5 de la Carretera Toluca- ▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇ ▇▇▇▇▇, Colonia Parque Agroindustrial, Municipio de San ▇▇▇▇▇▇▇ La Isla Estado de México, Código Postal 52280 |
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18. CONSULTA, DIFUSIÓN Y DISPONIBILIDAD DE LA CONVOCATORIA DEL PROCEDIMIENTO.
La convocatoria de este procedimiento no tendrá costo para los participantes y su difusión se efectuará
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únicamente a título informativo en las páginas de Internet de CompraNet ▇▇▇▇://▇▇▇▇▇▇▇▇▇.▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇.▇▇▇.▇▇ y de “LA CONVOCANTE” ▇▇▇▇://▇▇▇.▇▇▇.▇▇/▇▇▇▇▇▇▇, de conformidad con lo establecido en la fracción I del artículo 43 de “LA LEY” y cuarto párrafo del artículo 77 de “EL REGLAMENTO”.
Conforme al artículo 42 penúltimo párrafo de “EL REGLAMENTO”, se pondrá a disposición para consulta de los “LICITANTES” un ejemplar impreso en la Coordinación de Adquisiciones, ubicada en el domicilio de “LA CONVOCANTE” del 07 al 16 de enero del 2025 en días hábiles, con horario de 9:00 a 16:00 horas.
La presente convocatoria contiene entre otros aspectos, las especificaciones, condiciones y requerimientos técnicos, para participar en el procedimiento de contratación en cuestión, mismas a las que se sujetará el criterio de evaluación seleccionado para adjudicar el contrato al “LICITANTE” que su proposición resulte en conjunto solvente técnica y económicamente.
A los actos del procedimiento de invitación podrá asistir cualquier persona en calidad de observador, bajo la condición de registrar su asistencia y abstenerse de intervenir en cualquierforma en los mismos.
De conformidad con lo establecido en el segundo párrafo del artículo 26 Bis Fracción II de “LA LEY”, la o las juntas de aclaraciones, el acto de apertura de proposiciones y el acto de fallo, sólo se realizarán a través de CompraNet, sin la presencia de los “LICITANTES” en dichos actos.
No podrán participar las personas físicas ▇ ▇▇▇▇▇▇▇ inhabilitadas por resolución de la Secretaría de la Función Pública, de ahora en adelante “SFP”, en los términos de “LA LEY” o de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las mismas.
19. INFORMACIÓN A PARTICULARES
De conformidad con lo establecido en los numerales 6 y 7 de las Reglas generales para el contacto con particulares, Sección II, Anexo Primero del “Protocolo de actuación en materia de contrataciones públicas, otorgamiento y prórroga de licencias, permisos, autorizaciones y concesiones”, del ACUERDO por el que se expide el Protocolo, publicado en el Diario Oficial de la Federación el día jueves 20 ▇▇ ▇▇▇▇▇▇ de 2015 y en vigor a los treinta días naturales siguientes al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación, así comoa los ACUERDOS por los que se modifican los diversos que expide el Protocolo de actuación en materia de contrataciones públicas, otorgamiento y prorroga de licencias, permisos, autorizaciones y concesiones, publicados en el Diario Oficial de la Federación los días viernes 19 de febrero de 2016 y martes 28 de febrero de 2017, se hace del conocimiento lo siguiente:
⮚ Los servidores públicos que intervengan en el presente procedimiento de contratación, deberán observar el “Protocolo de actuación en materia de contrataciones públicas, otorgamiento y prórroga de licencias, permisos, autorizaciones y concesiones”, el cual puede ser consultado por los particulares en la sección de la Secretaría de la Función Pública, que se encuentra en el portal de la Ventanilla Única Nacional (▇▇▇.▇▇), a través de la liga ▇▇▇.▇▇▇.▇▇/▇▇▇.
⮚ Los datos personales que se recaben serán protegidos y tratados conforme a las disposiciones jurídicas aplicables.
⮚ Los particulares tienen el derecho de presentar queja o denuncia ante el Órgano Interno de Control en LICONSA, por el incumplimiento de obligaciones que adviertan en el contacto con los servidores públicos de la CONVOCANTE.
La queja o denuncia la podrá presentar el particular, en el domicilio de la Secretaría de la Función Pública, sito en Av. Insurgentes Sede: Insurgentes Sur 1735 Col. Guadalupe Inn Alcaldía ▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇ CP 01020. Ciudad de México.
▇▇▇▇. Toluca-▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇ ▇▇▇▇▇ Km. 13.5, Parque Agroindustrial de San ▇▇▇▇▇▇▇ la Isla, San ▇▇▇▇▇▇▇ la Isla, Estado de México, CP. 52280 Tel. (▇▇▇) ▇▇▇-▇▇▇▇ ▇▇▇.▇▇▇.▇▇/▇▇▇▇▇▇▇ Isla.
Con la finalidad de dar protección a los datos personales de los particulares, LICONSA, establece el formato que se localiza como ANEXO XII en la presente CONVOCATORIA, a fin de dar cumplimiento a lo dispuesto por los artículos 113, 116 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, 110 y 113 de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública, para lo cual deberá indicar si los documentos
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presentados y cuáles de ellos, contiene información de carácter confidencial, reservada o comercial reservada, así como el fundamento legal por el cual consideren que tengan ese carácter.
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A los particulares que intervengan en el presente procedimiento de contratación, se les invita para que realicen su manifiesto a fin de prevenir posibles conflictos de interés, el cual podrán realizarlo en la página de internet de la Secretaría de la Función Pública, que se encuentra en el portal de la Ventanilla Única Nacional (▇▇▇.▇▇),a través de la liga ▇▇▇▇▇://▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇.▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇.▇▇▇.▇▇, ello con fundamento en el Anexo Segundo, numeral 8 del ACUERDO por el que se expide el protocolo de actuación en materia de contrataciones públicas, otorgamiento y prórroga de licencias, permisos, autorizaciones y concesiones.
20. JUNTA DE ACLARACIONES A LA CONVOCATORIA DE ESTE PROCEDIMIENTO.
La junta de aclaraciones a la presente convocatoria, se celebrará el día lunes 13 de enero de 2025 a las 10:00 horas.
Los “LICITANTES” que pretendan solicitar aclaraciones a los aspectos contenidos en la presente convocatoria, deberán enviar un escrito en hoja membretada en el que expresen su interés en participar en la INVITACIÓN, por sí o en representación de un tercero, manifestando los datos generales del interesado y, en su caso de su representante conforme a los requisitos previstos en el artículo 48 fracción V de “EL REGLAMENTO”; Las solicitudes de aclaración deberán plantearse de manera concisa y estar directamente vinculadas con los puntos contenidos en la convocatoria, indicando el numeral o punto específico con el cual se relaciona; las solicitudes que no cumplan con los requisitos señalados podrán ser desechadas por “LA CONVOCANTE”, conforme al artículo 45 de “EL REGLAMENTO”, a elección de “ LOS LICITANTES” podrán utilizar el formato del Anexo I.
De conformidad con los Artículos 33-Bis antepenúltimo párrafo de “LA LEY” y 45 de “EL REGLAMENTO”, las solicitudes de aclaración y el escrito en el que “EL LICITANTE” exprese su interés en participar en este procedimiento (el cual deberá ser escaneado y firmado por la persona facultada para ello) deberán enviarse a través de “CompraNet”, libre de virus conforme al “ACUERDO”, a más tardar 24 horas antes de la fecha y hora en que se vaya a realizar la junta de aclaraciones, a efecto de que “LA CONVOCANTE” esté en posibilidad de analizarlas y hacer las correspondientes aclaraciones; sin embargo, las solicitudes de aclaración que sean recibidas con posterioridad al plazo señalado en este párrafo, no serán contestadas por “LA CONVOCANTE” por resultar extemporáneas; en caso de que algún “LICITANTE” envíe nuevas solicitudes de aclaración en la junta correspondiente, “LA CONVOCANTE” las recibirá, pero no les dará respuesta. Lo anterior de conformidad con el Artículo 46, fracción VI de “EL REGLAMENTO”.
La junta de aclaraciones será para despejar las dudas que existan en la convocatoria y sus anexos, en ningún caso podrán consistir en la sustitución de “LOS SERVICIOS” convocado originalmente, adición de otros de distintos rubros o en variación significativa de sus características.
“LOS LICITANTES” que envíen sus preguntas en tiempo y forma podrán realizar solicitudes de aclaración sobre las respuestas remitidas en un plazo de 6 (seis) horas, que se computarán a partir de que sea publicada el Acta con las respuestas otorgadas, las respuestas a dicha solicitudes de aclaración se publicarán a las 16:00 horas del día 13 de enero del 2025, esto con fundamento en el segundo párrafo del artículo 46 Fracción II de “EL REGLAMENTO”.
Cualquier punto señalado en la presente convocatoria respecto del cual no sea solicitada aclaración por parte de “LOS LICITANTES”, se considerará como plenamente entendido y aceptado, debiéndose cumplir en los términos de la presente convocatoria.
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Con fundamento en el artículo 37 Bis de “LA LEY” el acta de la junta de aclaraciones será firmada por los servidores públicos que en ella intervinieron, de la cual al finalizar el acto se difundirá en “CompraNet” en la dirección electrónica: ▇▇▇.▇▇▇▇▇▇▇▇▇.▇▇▇.▇▇, para efectos de notificación de “LOS LICITANTES” y se fijará un ejemplar de la misma en un lugar visible, en las oficinas de la Coordinación de Adquisiciones de “LA CONVOCANTE”, ubicada en Kilómetro 13.5 de la Carretera Toluca- ▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇ ▇▇▇▇▇, Colonia Parque Agroindustrial, Municipio de San ▇▇▇▇▇▇▇ La Isla Estado de México, Código Postal 52280, por un término de cinco (5) días hábiles.
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21. PRESENTACIÓN DE PROPOSICIONES A TRAVÉS DE COMPRANET
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De conformidad con el artículo 33 tercer párrafo de “LA LEY”, cualquier modificación a la convocatoria de la invitación y sus anexos, derivada del resultado de la junta de aclaraciones, será considerada como parte integrante de la propia convocatoria y deberá tomarse en cuenta por los “LICITANTES” en la elaboración de sus proposiciones.
Conforme a lo dispuesto por el artículo 26 Bis, fracción II de la LAASSP, la entrega de proposiciones se deberá realizar a través de la plataforma de CompraNet; para tal efecto, con fundamento en el artículo 27 de la LAASSP y de conformidad al “Acuerdo por el que se establecen las disposiciones que se deberán observar para la utilización de la Plataforma Integral denominado CompraNet”, publicado en el Diario Oficial
de la Federación el 28 ▇▇ ▇▇▇▇▇ de 2011, los posibles proveedores deberán certificarse previamente por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, debiendo observar lo dispuesto en dicho Acuerdo para efectos del acceso y uso de CompraNet.
Instrucciones para elaborar y remitir la proposición por CompraNet:
⮚ Para el envío de las proposiciones, que contienen la propuesta técnica y económica, así como los documentos legales y administrativos requeridos por la convocante en el anexo IV “Documentos y Datos que Deberán Presentar los Posibles Proveedores Durante el Acto de Presentación y Apertura de Proposiciones de la INVITACIÓN A CUANDO MENOS TRES PERSONAS NACIONAL ELECTRÓNICA.” de esta convocatoria, el posible proveedor deberá utilizar exclusivamente CompraNet.
⮚ Las propuestas técnica y económica deberán elaborarse conforme a lo señalado en el numeral V “Requisitos que Deberán de Cumplir los Posibles Proveedores” de la presente convocatoria. Los documentos que integren la proposición conforme a lo señalado en el numeral anterior, a elección del posible proveedor deberán enviarse en alguno de los formatos siguientes: Microsoft Word y Excel para Windows, PDF y archivos de imagen tipo: PNG, JPG o GIF, éstos podrán cargarse al sistema en carpetas comprimidas tipo: ZIP o RAR.
⮚ Preferentemente, deberán identificarse cada una de las páginas que integran la proposición con los datos siguientes: Registro Federal de Contribuyentes y número de INVITACIÓN A CUANDO MENOS TRES PERSONAS NACIONAL ELECTRÓNICA, cuando ello técnicamente sea posible; dicha identificación deberá reflejarse en su caso, en la impresión que se realice de los documentos durante el acto de presentación y apertura de proposiciones.
⮚ Adicionalmente, deberán emplear en sustitución de la firma autógrafa, la firma electrónica avanzada que emite el SAT para el cumplimiento de obligaciones fiscales, la que para tal fin deberá certificarse previamente por la SHCP, conforme a la disposición 14 del “Acuerdo por el que se establecen las disposiciones que se deberán observar para la utilización del Sistema Electrónico de Información Pública denominado CompraNet”, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 28 ▇▇ ▇▇▇▇▇ de 2011.
⮚ El posible proveedor podrá enviar hasta un minuto antes del acto de presentación y apertura de proposiciones conforme a lo señalado en la carátula de la presente convocatoria, el total de la información correspondiente a su propuesta técnica y económica o las modificaciones a las mismas (si ya se había enviado una proposición, pero se modifica alguna de las propuesta, el sistema la toma por no presentada a menos que se alcance a enviar dentro del límite establecido). Una vez alcanzada la fecha y hora de inicio del acto de presentación y apertura de proposiciones, el posible proveedor no podrá enviar su proposición o modificación de la misma, posteriormente no se aceptará ninguna proposición.
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⮚ Aún y cuando el posible proveedor haya iniciado la incorporación en CompraNet de alguna propuesta, si la fecha y hora límite para el envío de la proposición se cumple durante ese lapso, el sistema no le permitirá continuar y se tendrá por no presentada.
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⮚ Los posibles proveedores al momento de capturar su oferta económica en CompraNet, deberán seleccionar la partida con la totalidad de sus conceptos, no se deberá capturar la partida con precios unitarios en cero.
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Los posibles proveedores para efecto de su participación en esta Invitación aceptan que se tendrán por no presentadas sus proposiciones y demás documentación requerida por la convocante, cuando el archivo electrónico en el que se contengan las proposiciones y/o demás información no pueda abrirse por tener algún virus informático o por cualquier otra causa ajena a la convocante, cuando así lo determine mediante dictamen el responsable informático de la Gerencia de Tecnologías de la Información y Comunicación de “LICONSA”.
Los sobres serán generados mediante el uso de tecnologías que resguarden la confidencialidad de la información, de tal forma que sea inviolable, mediante CompraNet.
En el supuesto de que durante el acto de presentación y apertura de propuestas, por causas ajenas a CompraNet o de la convocante, no sea posible iniciar o continuar con el acto de presentación y apertura de proposiciones, el mismo se podrá suspender de manera fundada y motivada, hasta en tanto se restablezcan las condiciones para su inicio o reanudación; a tal efecto la convocante difundirá en CompraNet la fecha y hora en la que iniciará o reanudará el acto, lo anterior de acuerdo a lo previsto en el artículo único, numeral 30 del “Acuerdo por el que se establecen las disposiciones que se deberán observar para la utilización del Sistema Electrónico de Información Pública denominado CompraNet”, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 28 ▇▇ ▇▇▇▇▇ de 2011.
La SHCP podrá verificar en cualquier momento que, durante el lapso de interrupción, no se haya suscitado alguna modificación a la propuesta que obre en su poder
22. Acto de Apertura de Proposiciones
El acto de presentación y apertura de proposiciones se llevará a cabo conforme a lo dispuesto por los artículos 34 y 35 de la LAASSP; así como 47, 48, 49 segundo párrafo, 50 y 55 de su Reglamento.
La documentación legal y administrativa, así como las propuestas técnicas y económicas, deberán ser enviadas a través de “CompraNet”, a más tardar el día jueves 16 de enero del 2025, hasta las 11:59 horas.
De conformidad con lo indicado en el artículo 43 fracción II de “LA LEY”, la apertura de proposiciones se llevará a cabo día jueves 16 de enero del 2025, hasta las 12:00 horas, en la sala de juntas de la Gerencia Estatal ▇▇▇▇▇ de Toluca.
• “LOS LICITANTES”, deberán contar con el certificado digital vigente.
• “LOS LICITANTES”, enviarán su propuesta técnica y económica y documentación adicional por
“CompraNet” conforme al “ACUERDO”.
• Deberá ser elaboradas en formatos PDF (versión 4 o superior), HTML o en su caso, utilizar archivos de imagen tipo JPG o GIF, en WinZip, según se requiera.
• Deben identificarse cada una de las páginas que integran la propuesta, con el registro federal de contribuyentes “RFC”, número de INVITACIÓN, dirección y número de página o folio (ejemplo 1 de 100, 2 de 100),dicha identificación debe reflejarse, en su caso, en la impresión que se realice de los documentos durante el acto de apertura de proposiciones.
• En sustitución de la firma autógrafa, se emplearán los medios de identificación electrónica que para tal fin debe certificar previamente la Secretaría de la Función Pública “SFP”. (Deberá incluir el archivopdf.p7m que se genera al firmar de manera electrónica las proposiciones).
• El programa informático que la “SFP” les proporcione, una vez concluido el proceso de certificación de su medio de identificación electrónica, generará los archivos que mediante el uso de tecnologías resguarden la confidencialidad de la información, de tal forma que sea inviolable.
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Los “LICITANTES”, admitirán que se tendrán por no presentadas las proposiciones y la demás documentación requerida por “LA CONVOCANTE”, cuando los archivos que la contenga presenten virus informáticos o no puedan abrirse, por cualquier causa motivada por problemas técnicos imputables a sus programas o equipos
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de cómputo.
ATENCIÓN: La plataforma CompraNet, no permite visualizar otro tipo de documentos firmados electrónicamente adicionales al resumen de las propuestas que el mismo sistema proporciona a los licitantes, por lo que estas deberán ser el único conjunto de documentos que el licitante firme y adjunte a la proposición.
23. DESARROLLO DE LA APERTURA DE PROPOSICIONES.
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El acto de apertura de proposiciones se llevará a cabo, conforme a lo siguiente:
a) El servidor público que presida el Acto de apertura de proposiciones verificará que existan proposiciones depositadas en “CompraNet”, para iniciar la apertura de las propuestas recibidas de acuerdo a lo establecido en el artículo 26 Bis, fracción II, segundo párrafo de la LAASSP y al 47, cuarto párrafo del Reglamento de la citada Ley,”.
b) “LA CONVOCANTE” procederá a la apertura de los archivos que fueron enviados a través de “CompraNet”, haciéndose constar la documentación presentada, sin que ello implique la evaluación de su contenido.
c) Recibidas las proposiciones en la fecha y hora establecidas en esta convocatoria, no podrán dejarse sin efecto, por lo que se considerarán vigentes dentro del procedimiento, hasta su conclusión.
d) En el supuesto de que durante el acto de apertura de proposiciones, por causas ajenas a la voluntad de la“SFP”, o de “LA CONVOCANTE”, no sea posible abrir la página de “CompraNet” que contenga las propuestas enviadas por medios remotos de comunicación electrónica, el acto se suspenderá y se reanudará a partir de que se restablezcan las condiciones que dieron origen a la interrupción.
e) Lo anterior será aplicable una vez que “LA CONVOCANTE” haya intentado abrir los archivos más de una vez y se haya entablado comunicación con el personal que administra el sistema “CompraNet” en la “SFP”. En términos de lo dispuesto en el artículo 47 de “EL REGLAMENTO”, el presidente del evento tomará las decisiones que correspondan para continuar con este acto.
f) En caso de que se confirme que el archivo contiene algún virus informático, la proposición será desechada de conformidad con el “ACUERDO”.
g) Si derivado del caso fortuito o fuerza mayor, no fuera posible realizar el acto de apertura de proposiciones en la fecha señalada en esta convocatoria, el mismo se celebrará el día que indique “LA CONVOCANTE”, dentro de los plazos previstos en el artículo 32 de “LA LEY”, lo cual se dará a conocer a los “LICITANTES” mediante el sistema “CompraNet”.
Se levantará acta de la celebración del acto de apertura de proposiciones en la que se hará constar el importe de cada una de ellas y se señalará fecha y hora en que se dará a conocer el fallo de la presente convocatoria.
Al finalizar dicha acta, se difundirá en “CompraNet” y se fijará un ejemplar del acta en algún lugar visible, en la Coordinación de Adquisiciones, ubicada en Kilómetro 13.5 de la Carretera Toluca- Tenango del Valle, Colonia Parque Agroindustrial, Municipio de San Antonio La Isla Estado de México, Código Postal 52280 por un término no menor de (5) cinco días hábiles. Dicho procedimiento sustituirá a la notificación personal.
24. Documentación Legal y Administrativa que Deben Exhibir los Licitantes.
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24.1 Con fundamento en el artículo 48 fracción V de “EL REGLAMENTO” “EL LICITANTE” o sus representantes, deberán enviar escrito en el que el firmante manifieste, bajo protesta de decir verdad, que cuenta con facultades suficientes para comprometerse por sí o por su representada y suscribir las proposiciones correspondientes. Mismo que contendrá los datos siguientes:
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a) Del “LICITANTE”: Registro Federal de Contribuyentes, nombre y domicilio, así como, en su caso, de su apoderado o representante. Tratándose de personas morales, además se señalará la descripción del objeto social de la empresa, identificando los datos de las escrituras públicas y, de haberlas, sus reformas y modificaciones, con las que se acredita la existencia legal de las personas morales así como el nombre de los socios (adjuntar acta constitutiva y sus reformas), y
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b) Del representante legal del “LICITANTE”: datos de las escrituras públicas en las que le fueron otorgadas las facultades para suscribir las propuestas.
“LOS LICITANTES” podrán optar por enviar, en lugar del escrito a que se ha hecho referencia, el formato Anexo II (Manifestación de Identidad y Facultades) junto con la documentación legal, debidamente requisitado.
24.2 Escrito firmado de manera autógrafa por “EL LICITANTE”, o en su caso por el apoderado, bajo protesta de decir verdad de la Dirección del correo electrónico. (escrito libre).
24.3 “EL LICITANTE” deberá escanear manifestación por escrito firmada de manera autógrafa por sí mismo, o en su caso por el apoderado, bajo protesta de decir verdad, de que ni él ni su representada se encuentran en ninguno de los supuestos que señalan los artículos 50 y 60 de “LA LEY”. Anexo VII.
24.4 Declaración de integridad, escaneo del escrito firmado de manera autógrafa por “EL LICITANTE”, o en su caso por el apoderado, bajo protesta de decir verdad, en el que manifieste que por sí mismo
o por interpósita persona, se abstendrá de adoptar conductas para que los servidores públicos de “LA CONVOCANTE”, induzcan o alteren las evaluaciones de las propuestas, el resultado del procedimiento, u otros aspectos que otorguen condiciones más ventajosas con relación a los demás “LICITANTES”, de acuerdo a lo indicado en la fracción IX del artículo 29 de la “LA LEY” y el artículo 39 fracción VI inciso f) de “EL REGLAMENTO”. Anexo VIII
24.5 “EL LICITANTE” deberá presentar escaneo del documento “Opinión del cumplimiento de obligaciones fiscales” vigente y en sentido positivo, expedida por el Servicio de Administración Tributaria (SAT), requisito sin el cual no podrá formalizarse el contrato correspondiente. Numeral
3.4 (se verificara con la aplicación QR su autenticidad).
24.6 “EL LICITANTE” deberá presentar escaneo del documento la solicitud de “Opinión del Cumplimiento de Obligaciones Fiscales en materia de Seguridad Social”, en sentido positivo, con una vigencia de 15 días naturales contados a partir del día de su emisión de sus proposiciones, conforme a lo establecido en el ACUERDO ACDO.AS2.HCT.250423/106.P.DIR y su Anexo Único, Reglas para la obtención de la opinión de cumplimiento de obligaciones fiscales en materia de seguridad social. (Se verificara con la aplicación QR su autenticidad).
24.7 “Constancia de situación fiscal en materia de aportaciones patronales y entero de amortizaciones” indicando que se encuentra “Sin adeudo o con garantía” o “Con adeudo pero con convenio celebrado” y con una vigencia de 30 días naturales contados a partir del día de su emisión, expedida por el INFONAVIT (se verificara con la aplicación QR su autenticidad).
24.8 Escaneo del comprobante de domicilio para oír y recibir todo tipo de notificaciones que no sea mayor a 3 meses.
24.9 Escaneo del escrito en el que “EL LICITANTE” manifieste bajo protesta de decir verdad que es de nacionalidad mexicana, conforme a lo señalado en el artículo 35 de “EL REGLAMENTO”.
24.10 Escaneo de la identificación oficial vigente de “EL LICITANTE” y en caso de personas morales de su apoderado, con fotografía y firma (credencial para votar, pasaporte o Cartilla del Servicio Militar Nacional).
24.11 Con fundamento en el Artículo 46 último párrafo de “LA LEY”, “EL LICITANTE” deberá escanear escrito en papel membretado de la empresa y firmado por el Representante Legal, que contenga la manifestación, que los derechos y obligaciones derivados de la presente convocatoria a la invitación, no podrán ser transferidos por “EL LICITANTE” adjudicado a favor de cualquier otra persona física o moral en forma parcial ni total, salvo los derechos de cobro previa autorización expresa y por escrito de “LA CONVOCANTE”.
24.12 Escaneo Copia legible de la Cedula de Identificación Fiscal, cuya Actividad esté relacionada con los
SERVICIOS objeto del presente procedimiento con una antigüedad no mayor a tres meses.
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Nota: Si “EL LICITANTE” es una persona moral, en caso de que en el documento “Inscripción en el R.F.C” en el concepto de “Actividad” NO señale la actividad comercial acorde al Servicio objeto del presente procedimiento, deberá anexar copia simple legible, a su Cédula de Identificación
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Fiscal, la foja correspondiente a la constitución de la empresa (Acta Constitutiva), así como la foja donde se indique el objeto social de la empresa, mediante el cual se indique que su giro comercial tiene relación con el servicio a ofertar objeto del presente procedimiento de INVITACIÓN.
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Sí “EL LICITANTE” es una persona física, y de igual manera, en el documento “Inscripción en el R.F.C” en el concepto de “Actividad” NO señale la actividad comercial acorde al servicio objeto del presente procedimiento, deberá anexar copia simple legible del formato donde haya realizado el trámite ante la SHCP de la “Actualización/Aumento/Disminución de Obligaciones”, mediante el cual se indique que su giro comercial tiene relación con el servicio a ofertar objeto del presente procedimiento de INVITACIÓN.
24.13 Con fundamento en el artículo 34 de “EL REGLAMENTO”, deberá presentar escaneo de la declaración de “EL LICITANTE” en la cual deberá manifestar la estratificación a la que pertenece dentro de las MIPYMES, de acuerdo al Anexo III.
24.14 Escaneo del escrito en el que el licitante manifieste que no existe conflicto de interés. Anexo XI.
24.15 En su caso, los “LICITANTES” que decidan agruparse para presentar una proposición conjunta, deberán presentar copia del convenio celebrado en los términos de la fracción II del artículo 44 de “EL REGLAMENTO”; así como presentar en forma individual los escritos señalados en la fracción VIII del artículo 48 de “EL REGLAMENTO”.
24.16 Escaneo de la Tarjeta Patronal ante el IMSS.
Se hace del conocimiento de las personas físicas y morales que tengan interés en participar en el procedimiento de contratación convocado, que en términos de lo dispuesto por los artículos 113, 116 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, 110 y 113 de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública, deberán indicar si en los documentos que proporcionen a LICONSA se contiene información de carácter confidencial, reservada o comercial reservada, señalando los documentos o las secciones de estos que la contengan, así como el fundamento legal por el cual consideren que tengan ese carácter.
25. Requisitos para la elaboración y preparación de las proposiciones
Para efecto de la elaboración y preparación de las proposiciones, los posibles proveedores deberán observar lo señalado a continuación:
⮚ El sobre electrónico deberá contener necesariamente TODOS los documentos señalados en el anexo “Documentos y Datos que Deberán Presentar los posibles proveedores Durante el Acto de Presentación y Apertura de Proposiciones de la INVITACIÓN A CUANDO MENOS TRES PERSONAS” de esta convocatoria.
⮚ Deberán ser presentadas en el idioma establecido en la presente convocatoria.
⮚ Deberá ser firmada electrónicamente por el posible proveedor.
⮚ Se solicita que la documentación referida se presente en papel membretado del posible proveedor, en el mismo orden que se señala en el anexo “Documentos y Datos que Deberán Presentar los posibles proveedores Durante el Acto de Presentación y Apertura de Proposiciones de la INVITACIÓN A CUANDO MENOS TRES PERSONAS” de la presente convocatoria. La documentación solicitada deberá exhibirse sin tachaduras ni enmendaduras.
⮚ Cada uno de los documentos que integren la proposición y aquéllos distintos a ésta, deberán estar foliados en todas y cada una de las hojas que los integren. Al efecto, se deberán numerar de manera individual la propuesta técnica y económica, así como el resto de los documentos que envíe el posible proveedor.
⮚ En el caso de que alguna o algunas hojas de los documentos mencionados en el párrafo anterior carezcan de folio y se constate que la o las hojas no foliadas mantienen continuidad, la convocante no desechará la proposición. En el supuesto de que falte alguna hoja y la omisión pueda ser cubierta con información contenida en la propia proposición o con los documentos distintos a la misma, la convocante tampoco desechará la proposición (artículo 50 del Reglamento). Sólo la falta absoluta de folio será causa de desechamiento, cuando esta circunstancia impida llevar a cabo su evaluación y, por tanto, afecte la solvencia de la proposición.
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⮚ Todos los documentos solicitados en la presente convocatoria y sus juntas de aclaraciones deben ser
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incluidos invariablemente dentro del sobre electrónico en el que se considera la proposición técnica y la económica.
⮚ Para considerar todos los escritos debidamente requisitados, deberán contener invariablemente cuando así lo establezca la normatividad, la leyenda “Bajo Protesta de Decir Verdad”.
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⮚ El posible proveedor sufragará todos los costos relacionados con la preparación de su proposición, por lo que “LICONSA”, no asumirá en ningún caso dichos costos, cualquiera que sea la forma en que se realice la INVITACIÓN A CUANDO MENOS TRES PERSONAS NACIONAL ELECTRÓNICA o el resultado de ésta, salvo en los casos previstos en la LAASSP.
Se agradecerá no incluir documentación que no fue solicitada en esta convocatoria y/o sus anexos. El incumplimiento de lo anterior no afectará la solvencia de la proposición, ni será motivo de desechamiento.
26. CONTENIDO DE LA PROPUESTA TÉCNICA.
La propuesta técnica deberá identificarse como tal, incluyendo en la parte superior de la primera hoja la leyenda “PROPUESTA TÉCNICA”, debiendo integrarse con toda la información y documentación técnica requerida por “LA CONVOCANTE”, en congruencia con esta convocatoria y el Anexo VI, así como sus especificaciones detalladas en los términos establecidos en esta convocatoria y sus anexos, aplicando las modificaciones o precisiones que, en su caso, hayan derivado de la junta de aclaraciones respectiva (para la presentación de sus proposiciones no deberán usar ninguno de los logotipos integrados en esta convocatoria).
Se deberá de escanear cada uno de los documentos que a continuación se señalan:
26.1 “LOS LICITANTES” deberán presentar escrito debidamente firmado por el representante legal, donde manifieste que en caso de resultar ganador se compromete con la “CONVOCANTE”, que “LOS SERVICIOS”ofertados cumplen estrictamente con las condiciones y especificaciones que se establecen en esta convocatoria y sus anexos.
26.2 “LOS LICITANTES” deberán presentar junto a su propuesta técnica, escrito debidamente firmado por el representante legal, en el cual manifieste que se compromete a ejecutar “LOS SERVICIOS” al 100% a entera satisfacción del área requirente.
26.3 “LOS LICITANTES” deberán presentar escrito debidamente firmado por el representante legal, en donde manifieste que en caso de resultar ganador se compromete con LICONSA, que “LOS SERVICIOS” cumplen estrictamente con las condiciones y especificaciones que se establecen en esta convocatoria y sus anexos. Así mismo que “LOS SERVICIOS” cumplen con las Normas Oficiales Mexicanas, Normas Mexicanas y a la falta de estas lasNormas Internacionales.
26.4 “LOS LICITANTES” deberán emitir una declaración por escrito debidamente firmada por el representante legal en el que manifieste que el proveedor tendrá bajo su cargo y responsabilidad, el medio de transporte que mejor le convenga, para la realización de “LOS SERVICIOS”, sin que esto represente un costo adicional para la convocante.
26.5 “LOS LICITANTES” deberán emitir una declaración por escrito debidamente firmada por el representante legal en el que manifieste que tiene la capacidad técnica e infraestructura adecuada que garantice la oportuna realización de “LOS SERVICIOS” ofertados, en condiciones de calidad y oportunidad, en los lugares y plazos establecidos anteriormente.
26.6 “EL LICITANTE” deberá enviar un escrito en papel membretado mediante el cual, manifieste que se obliga a preservar y mantener con carácter de confidencial, todos los datos y toda la información que “LA CONVOCANTE” le haga de su conocimiento con motivo de la prestación de “EL SERVICIO”. En el entendido que la información confidencial es y continuará siendo propiedad exclusiva de “LA CONVOCANTE”. Lo anterior sin detrimento de las excepciones previstas en la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública y Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública.
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26.7 “EL LICITANTE” presentará dentro de su oferta, su metodología, programa de trabajo y organigrama (administrativo del personal que prestará el servicio en “LICONSA”) que permita garantizar la prestación
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del “SERVICIO”.
26.8 “EL LICITANTE” presentará dentro de su oferta por inmueble de “LICONSA”, la relación de la maquinaria, equipo y herramientas en óptimas condiciones de uso, con los que garantizarán la prestación del “SERVICIO”, la cual deberá ser validada por el personal designado por “LICONSA”, y apegarse al Numeral 12 del Anexo Técnico “INSUMOS, MATERIALES, CONSUMIBLES Y MAQUINARIA REQUERIDOS”.
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Posterior al acto de presentación y apertura de proposiciones, las proposiciones técnicas se entregarán al área requirente para su evaluación cualitativa y verificación del cumplimiento de los requisitos solicitados.
27. Contenido de la Propuesta Económica.
27.1 Escaneo de la propuesta económica, por medio del cual “LOS LICITANTES” presentarán la cotización de “LOS SERVICIOS” requeridos por “LA CONVOCANTE”, deberá ser elaborado e n e l a n e x o I X , en papel membretado del “LICITANTE” y firmado por su Representante Legal, y contener además lo siguiente: deberá identificarse como tal, incluyendo en la parte superior de la primera hoja la leyenda “PROPUESTA ECONÓMICA”, indicando el importe total de la propuesta con número y letra, en pesos mexicanos, señalando el IVA por separado, en congruencia con las condiciones de esta convocatoria y sus anexos, deberá contener además todos los gastos, impuestos y derechos que sea necesario erogar para la entrega oportuna de “LOS SERVICIOS”, indicando la forma de pago, de conformidad con los requisitos y condiciones establecidos por en esta convocatoria, su modelo de contrato, contrato marco y sus anexos.
27.2 En la propuesta económica se deberá indicar que ésta tiene una vigencia mínima de 60 (sesenta) días naturales posteriores a la fecha de presentación de propuestas, expresarse en moneda nacional (peso mexicano), que los precios señalados en ella serán fijos hasta el total cumplimiento del contrato respectivo, y que el precio ofertado ya considera todos los costos hasta la conclusión total de la entrega de “LOS SERVICIOS”.
27.3 Los participantes invitados deberán manifestar en su propuesta económica, que aceptan sostener los precios unitarios fijos durante la vigencia de la propuesta y del contrato, hasta el vencimiento de los mismos, por lo que no podrá agregar ningún costo extra. No obstante, su propuesta económica no podrá superar los precios de reserva del Sexto Convenio Modificatorio al Contrato Marco Vigente.
Manifestar la oferta a través del formulario previsto para tal efecto en CompraNet para la presente INVITACIÓN; por lo que la oferta señalada en el sistema será la que la convocante tomará en cuenta para efecto de su evaluación y en su caso para la adjudicación del contrato, en el supuesto de discrepancia entre lo ofertado en el sistema y cualquier otro documento incluido en la proposición, prevalecerá lo manifestado en la sección de “Propuesta Económica” de CompraNet.
⮚ La oferta deberá ser exclusivamente en Moneda Nacional.
⮚ Señalar el precio unitario de la partida, concepto y el total de la proposición.
⮚ Las cantidades deberán expresarse exclusivamente a dos decimales, con número y letra, de acuerdo a la Ley Monetaria en vigor.
28. PROPUESTAS CONJUNTAS.
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En términos de lo establecido en los artículos 34 de “LA LEY” y 44 de “EL REGLAMENTO”, dos o más personaspodrán presentar conjuntamente proposiciones en la invitación, sin necesidad de constituir una nueva persona moral, siempre y cuando la asociación sea congruente con los criterios de adjudicación, para ello,los proponentes celebrarán un convenio en términos de la legislación aplicable, cuyo original deberán presentar indistintamente el proveedor adjudicatario, en el cual se establecerán con precisión los siguientes aspectos:
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• Nombre, domicilio y Registro Federal de Contribuyentes de las personas integrantes, identificando los datos de las escrituras públicas con las que se acredita la existencia legal de las personas morales, sus reformas y modificaciones, así como el nombre de los socios que aparezcan en ellas;
• Nombre y domicilio de los representantes de cada una de las personas agrupadas, identificando, en su caso, los datos de las escrituras públicas con las que acrediten las facultades de representación;
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• La designación de un representante común, otorgándole poder amplio y suficiente, para atender todo lo relacionado con la propuesta en el procedimiento de INVITACIÓN, mismo que firmará la proposición;
• La descripción de las partes objeto del contrato que corresponderá cumplir a cada persona, así como la manera en que se les exigirá el cumplimiento de sus obligaciones;
• Estipulación expresa de que cada uno de los firmantes quedará obligado junto con los demás integrantes, ya sea en forma solidaria o mancomunada, según se convenga, para efectos del procedimiento de contratación y del contrato, en caso de que se les adjudique el mismo.
En términos de lo establecido en el artículo 44 de “EL REGLAMENTO”, cuando resulte adjudicada una propuesta conjunta, el convenio indicado en este numeral y la acreditación de las facultades del apoderado legal que formalizará el contrato respectivo, deberán constar en escritura pública, salvo que el contrato sea firmado por todas las personas que integran la propuesta conjunta o sus apoderados, quienes en lo individual, deberán acreditar su respectiva personalidad.
29. Criterios Específicos para Evaluar Proposiciones y Adjudicar el contrato.
Una vez recibida la documentación, en términos de lo establecido en el artículo 36 de “LA LEY”, “LA CONVOCANTE” efectuará la evaluación cuantitativa y cualitativa de las proposiciones, para lo cual revisará y analizará la documentación legal, administrativa, técnica y económica, presentada por cada uno de “LOS LICITANTES” que cumplan con lo solicitado en esta convocatoria y sus anexos.
Para la evaluación de las proposiciones se establece el criterio binario (cumple, no cumple), fundamentado en los artículos 36 segundo párrafo y 36 Bis de “LA LEY” y artículo 51 de “EL REGLAMENTO”, mediante el cual se adjudica a quien cumpla los requisitos establecidos por la convocante y oferte el precio más bajo, En este supuesto, la convocante evaluará al menos las dos proposiciones cuyo precio resulte ser más bajo; de no resultar éstas solventes, se evaluarán las que les sigan en precio siempre que no se rebasen los precios establecidos en el Sexto convenio modificatorio al contrato marco.
“LA CONVOCANTE”, a través de la Coordinación de Adquisiciones, realizará la evaluación de los requisitos legales y administrativos, verificando que cumplan con lo solicitado en esta convocatoria, o en su caso señalar aquellos incumplimientos, motivando y fundando dicha evaluación.
Las condiciones que tengan como propósito facilitar la presentación de las proposiciones y agilizar la conducción de los actos de la INVITACIÓN, así como cualquier otro requisito cuyo incumplimiento por sí mismo o deficiencia en su contenido no afecte la solvencia de las proposiciones, será objeto de evaluación y se tendrán por no establecidas; La inobservancia por parte de “LOS LICITANTES” respecto a dichas condiciones o requisitos no será motivo para desechar sus proposiciones.
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Entre los requisitos cuyo incumplimiento no afecta la solvencia de la proposición, se considerarán: el proponer un plazo de entrega menor al solicitado, en cuyo caso, de resultar adjudicado y de convenir a la convocante pudiera aceptarse; el omitir aspectos que puedan ser cubiertos con información contenida en la propia propuesta técnica o económica; el no observar los formatos establecidos, si se proporciona de manera clara la información requerida; y el no observar requisitos que carezcan de fundamento legal o cualquier otro que no tenga por objeto determinar objetivamente la solvencia de la proposición presentada. En ningún caso la convocante o los licitantes podrán suplir o corregir las deficiencias de las proposiciones presentadas.
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30. CRITERIOS DE EVALUACIÓN DE LA PROPUESTA TÉCNICA.
A través de la propuesta técnica presentada por “LOS LICITANTES” se verificará que “LOS SERVICIOS” propuestos cumplan con las especificaciones, condiciones y requerimientos técnicos solicitados en el Anexo VI de esta convocatoria, la evaluación será realizada por el área requirente.
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✓ La evaluación permitirá verificar y/o asegurar la confiabilidad de las propuestas técnicas de los participantes, así como que las características técnicas ofrecidas cumplan con los requerimientos solicitados por “LA CONVOCANTE”.
✓ Que la propuesta técnica contenga la información indicada en el numeral 26 y los requerimientos del
Anexo VI de esta convocatoria.
✓ El incumplimiento de los requisitos antes citados o en las especificaciones técnicas del Anexo VI, será motivo para que la propuesta sea desechada.
✓ En ningún caso “LA CONVOCANTE” o “LOS LICITANTES” podrán suplir o corregir las deficiencias de la propuesta presentada.
✓ Cumplimiento de los requisitos solicitados en la convocatoria tales como: comprobar la infraestructura, equipos, personal y la conveniencia técnica de las instalaciones para la realización de “LOS SERVICIOS”.
✓ En los casos en que las propuestas por sí o como resultado de tachaduras o enmendaduras, presenten información que cause confusión o cree una situación de incertidumbre o inconsistencia, respecto del cumplimiento de “LOS SERVICIOS” o presente contradicción entre los diversos documentos de la oferta, serán consideradas insolventes y serán desechadas.
Las condiciones que tengan como propósito facilitar la presentación de las proposiciones y agilizar la conducción de los actos de la INVITACIÓN, así como cualquier otro requisito cuyo incumplimiento por sí mismoo deficiencia en su contenido no afecte la solvencia de las proposiciones, no será objeto de evaluación y se tendrán por no establecidas; La inobservancia por parte de “LOS LICITANTES” respecto a dichas condiciones o requisitos no será motivo para desechar sus proposiciones.
“LOS LICITANTES” deben demostrar a través de la documentación y la información presentada en su propuesta técnica, que su objeto social, actividad comercial y profesional está relacionada con la descripción de “LOS SERVICIOS”, que cuentan con la capacidad técnica para atender los requerimientos solicitados en esta INVITACIÓN, conforme a su Anexo VI.
31. CRITERIOS DE EVALUACIÓN DE LA PROPUESTA ECONÓMICA.
“LA CONVOCANTE”, efectuará el análisis, revisión y cotejo de la documentación económica presentada por cada uno de “LOS LICITANTES” y efectuará la evaluación cuantitativa y cualitativa de sus propuestas económicas de conformidad con los términos y condiciones de esta convocatoria.
“LA CONVOCATE” por conducto de la Coordinación de Adquisiciones, realizará la evaluación de la propuesta económica respecto de su solvencia, la cual cotejará con la propuesta técnica, a fin deverificar que la propuesta económica sea congruente con la propuesta técnica presentada, en caso de existir discrepancia entre ambos documentos, la propuesta será considerada insolvente y será desechada.
“LOS LICITANTES” deberán presentar un precio unitario y un precio TOTAL cotizado de acuerdo al Anexo IX, por lo que deberán incluir precios fijos y en ningún caso procederán ajustes, ya que “LA CONVOCANTE” únicamente pagará el precio ofertado por el “LICITANTE” ganador más el IVA correspondiente.
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Los precios cotizados no deben exceder los precios de reserva de los Precios de Reserva del Sexto Convenio Modificatorio al Contrato Marco
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En caso de que sólo sea aceptada una proposición solvente, se tomarán en cuenta los anexos establecidos en el contrato marco. “LA CONVOCANTE”, para constatar que, los precios ofertados no sean mayores a los existentes en el mercado o no resulten inconvenientes para “LA CONVOCANTE”, de conformidad a lo señalado en el Artículo 36 Bis fracción II de “LA LEY”.
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Cuando se presente un error de cálculo en las propuestas presentadas, sólo habrá lugar a su rectificación por parte de “LA CONVOCANTE”, cuando la corrección no implique la modificación de precios unitarios, en caso de discrepancia entre las cantidades escritas con letra y con número, prevalecerá la cantidad con letra, por lo que de presentarse errores en las cantidades o volúmenes solicitados estos podrán corregirse, en términos de lo señalado por el artículo 55 de “EL REGLAMENTO”.
Manifestar la oferta a través del formulario previsto para tal efecto en CompraNet para la presente INVITACIÓN; por lo que la oferta señalada en el sistema será la que la convocante tomará en cuenta para efecto de su evaluación y en su caso para la adjudicación del contrato, en el supuesto de discrepancia entre lo ofertado en el sistema y cualquier otro documento incluido en la proposición, prevalecerá lo manifestado en la sección de “Propuesta Económica” de CompraNet.
32. CAUSAS EXPRESAS DE DESECHAMIENTO DE LAS PROPOSICIONES PRESENTADAS POR LOS LICITANTES.
Será motivo de desechamiento de las proposiciones enviadas por los licitantes:
a) La omisión del envío de su proposición de cualquiera de los requisitos administrativos y legales establecidos en el numeral 24,26 y 27 de esta convocatoria.
b) La omisión de los requisitos que afectan la solvencia de las proposiciones, establecidos la presente convocatoria.
c) Condicionar la proposición o establecer condiciones adicionales a las establecidas en esta convocatoria.
d) Será causa de desechamiento la contravención de las condiciones establecidas en esta convocatoria y su
Anexo VI.
e) Será causa de desechamiento que las proposiciones no se envíen foliadas, lo anterio de conformidad con lo establecido en el artículo 50 de “EL REGLAMENTO”. En el caso de que alguna o algunas hojas de los documentos carezcan de folio y se constate que la o las hojas no foliadas mantienen continuidad, la convocante no desechará la proposición. Sólo la falta absoluta de folio será causa de desechamiento, cuando esta circunstancia impida llevar a cabo su evaluación y, por tanto, afecte la solvencia de la proposición
f) La comprobación de que algún licitante ha acordado con uno o más licitantes elevar los precios de “LOS SERVICIOS” objeto de esta INVITACIÓN o cualquier otro acuerdo que tenga como fin obtener una ventaja sobre los demás licitantes.
g) Cuando los conceptos cotizados no correspondan al total de los conceptos solicitados por “LA CONVOCANTE”.
h) Cuando “LICITANTE” envié cualquiera de los documentos legales, técnicos y económicos fuera de los términos establecidos en esta convocatoria.
i) Cuando cualquiera de los documentos de la proposición, se presenten sin la firma autógrafa o la firma electrónica y/o sin el nombre del representante legal, en donde lo indiquen los formatos establecidos por “LA CONVOCANTE” en el presente procedimiento.
j) Cuando alguno de los documentos de las propuestas técnicas y económicas se envíen con tachaduras y enmendadura.
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k) Si se contraviene cualquier disposición de “LA LEY”, o “EL REGLAMENTO” o de las demás disposiciones
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vigentes en la materia.
l) Cuando los precios propuestos por los “LICITANTES” no fueran aceptables por “LA CONVOCANTE”.
m) Si el precio indicado en la propuesta no se considera conveniente para “LA CONVOCANTE”, conforme al convenio vigente en el contrato marco de “LA CONVOCANTE”.
n) Cuando el objeto social del “LICITANTE” no corresponda con el objeto de la adquisición en la presente
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INVITACIÓN.
o) Circunstancias que, en su caso, “LA CONVOCANTE” comunicará a “ los licitantes, por escrito debidamente fundado y motivado.
33. CAUSAS QUE DETERMINAN DECLARAR DESIERTA LA INVITACIÓN.
a) No se reúnan tres propuestas, o no se cuente con un mínimo de 1 (UNA) susceptibles de analizarse técnicamente de conformidad, a lo establecido en los artículos 43 fracción III segundo párrafo de“LA LEY”, 77 y 78 de “EL REGLAMENTO”.
b) Ninguna de las proposiciones enviadas reúna los requisitos establecidos en esta convocatoria.
c) Cuando el importe de la propuesta solvente más baja sea superior al monto del presupuesto autorizado a “LA CONVOCANTE” para la adquisición de “LOS SERVICIOS”, objeto de la presente INVITACIÓN y no sea posible obtener la reasignación de recursos en términos de lo señalado por el artículo 56 de “EL REGLAMENTO”, ni efectuar las reducciones indicadas en dicho precepto.
d) Cuando los precios de las propuestas enviadas, conforme a la investigación de precios realizada por la Coordinación de Recursos Materiales y Servicios Generales, no fueren convenientes para “LA CONVOCANTE”.
e) Cuando la INVITACIÓN haya sido declarada desierta, se podrá realizar una segunda convocatoria, u optar por la adjudicación directa de conformidad con lo dispuesto en el Sexto párrafo del artículo 42 y 43 último párrafo de “LA LEY”.
34. CANCELACIÓN DEL PROCEDIMIENTO DE CONTRATACIÓN.
Con fundamento en el artículo 38 de “LA LEY” “LA CONVOCANTE” podrá cancelar esta INVITACIÓN, partida o conceptos incluidos en éstas, cuando se presente caso fortuito; fuerza mayor; existan circunstancias justificadas que extingan la necesidad para contratar “LOS SERVICIOS”, y que de continuarse con el procedimiento se pudiera ocasionar un daño o perjuicio a “LA CONVOCANTE”.
La determinación de dar por cancelada la INVITACIÓN o conceptos, deberá precisar el acontecimiento que motiva la decisión, la cual se hará del conocimiento de los “LICITANTES”, y no será procedente contra ella recurso alguno, sin embargo podrán interponer la inconformidad en términos del Título Sexto, Capítulo Primero de esta “LA LEY”.
Comunicación del Fallo.
35. FALLO.
Conforme a lo dispuesto en el artículo 37 de “LA LEY” el fallo de este procedimiento de INVITACIÓN se dará a conocer a través de “CompraNet”, el cual se llevará a cabo el día 21 de enero de 2025, a las 12:00 horas, enviándoles un aviso a “LOS LICITANTES” que ya se encuentra disponible en la página.
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Asimismo, se fijará un ejemplar del acta en algún lugar visible de la oficina de la Coordinación de Adquisiciones, ubicada en Kilómetro 13.5 de la Carretera Toluca- Tenango del Valle, Colonia Parque
35. EFECTOS DEL FALLO.
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Agroindustrial, Municipio de San Antonio La Isla Estado de México, Código Postal 52280, por un término de 5 (cinco) días hábiles posteriores a la celebración del acto, en horario comprendido de las 09:00 a las 16:30 horas.
Conforme a lo dispuesto en el primer párrafo del artículo 46 de “LA LEY” con la notificación del fallo serán exigibles los derechos y obligaciones establecidos en esta convocatoria sin perjuicio de la obligación de las partes de firmarlo en la fecha y términos señalados en el fallo.
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Contra el fallo no procederá recurso alguno; sin embargo será potestativo para “EL LICITANTE” presentar inconformidad en términos de lo establecido Título Sexto, Capítulo Primero de “LA LEY”.
De conformidad con lo señalado en el penúltimo párrafo del artículo 37 de “LA LEY” cuando se advierta en el fallo la existencia de un error aritmético, mecanográfico o de cualquier otra naturaleza, que no afecte el resultado de la evaluación realizada por “LA CONVOCANTE”, dentro de los 5 (cinco) días hábiles siguientes a su notificación y siempre que no se haya firmado el contrato, el titular del área responsable del procedimiento de contratación procederá a su corrección, con la intervención de su superior jerárquico, aclarando o rectificando el mismo, mediante el acta administrativa correspondiente, en la que se harán constar los motivos que lo originaron y las razones que sustentan su enmienda, hecho que se notificará a los “LICITANTES” que hubieren participado en el procedimiento de contratación, remitiendo copia de la misma al Órgano Interno de Control de “LA CONVOCANTE” dentro de los 5 (cinco) días hábiles posteriores a la fecha de su firma.
Si el error cometido en el fallo no fuera susceptible de corrección conforme a lo dispuesto en el párrafo anterior, se dará vista de inmediato al Órgano Interno de Control de “LA CONVOCANTE”, a efecto de que, previa intervención de oficio, se emitan las directrices para su reposición.
36. INCONFORMIDADES.
Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 65 y 66 de “LA LEY”, “LOS LICITANTES” podrán presentar inconformidades por escrito, en las oficinas de la “SFP”, sita en Av. De los Insurgentes Sur número 1735, colonia Guadalupe Inn, C.P. 01020, Alcaldía Álvaro Obregón, México D.F. o ante el Órgano Interno de Control de “LA CONVOCANTE” ubicado en el tercer piso de Ricardo Torres número 1, Fraccionamiento Lomas de Sotelo, Código Postal 53390, Naucalpan de Juárez, Estado de México, dentro de los seis días hábiles siguientes en que ocurra el acto impugnado.
Dicha inconformidad podrá presentarse a través del sistema “CompraNet” en la dirección electrónica www.compranet.hacienda.gob.mx.
37. CANCELACIÓN DE LA INVITACIÓN A CUANDO MENOS TRES PERSONAS
Conforme al artículo 38 penúltimo párrafo de la LAASSP, se procederá a la cancelación de la Invitación, partidas o conceptos incluidos en ésta, por las siguientes razones:
a) Por caso fortuito;
b) Por causa de fuerza mayor;
c) Cuando existan circunstancias justificadas que extingan la necesidad para contratar los servicios.
d) Cuando de continuarse con el procedimiento se pudiera ocasionar un daño o perjuicio a la propia de “LICONSA”.
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En el acta correspondiente, se asentarán las causas que motivaron la suspensión o cancelación del proceso, haciéndose del conocimiento de los posibles proveedores a través de los estrados de la Convocante y/o por correo electrónico.
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ANEXOS
I. Solicitud de Aclaración a la Convocatoria
II. Manifestación de Identidad y Facultades.
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III. Formato para la Manifestación que deberán Presentar los Licitantes que Participen en los Procedimientos de Adquisición para dar Cumplimiento a lo Dispuesto en los Lineamientos para Fomentar la Participación de las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas en los Procedimientos de Adquisición y Arrendamiento de SERVICIOS Muebles, así como la Contratación de Servicios que Realicen las Dependencias y Entidades de la Administración Pública Federal.
IV. Relación de Documentos Requeridos para Participar en la INVITACIÓN.
V. Modelo de Contrato.
VI. Especificaciones, Condiciones y Requerimientos Técnicos.
VII. Formato de Presentación de Carta de Manifestación del Art. 50 y 60.
VIII. Declaración de Integridad.
IX. Resumen de propuesta económica.
X. Escrito de solicitud de pago por transferencia electrónica.
XI. Conflicto de Interés.
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XII. Información Reservada y Confidencial XIII Modelo de Póliza de Fianza
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ANEXO I
FORMATO DE PARTICIPACIÓN A LA JUNTA DE ACLARACIONES
NOMBRE DE LA EMPRESA
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SOLICITUD DE ACLARACION A LA CONVOCATORIA
INVITACIÓN A CUANDO MENOS TRES PERSONAS NACIONAL ELECTRONICA No. IA-08-VST- 008VST978-N-02-2025
PREGUNTAS
Por medio del presente en mi carácter de representante legal de (nombre del licitante) y en relación a la
INVITACIÓN A CUANDO MENOS TRES PERSONAS NACIONAL ELECTRÓNICA número
Referente a
, me permito solicitar la aclaración de los siguientes cuestionamientos:
No. | REFERENCIA DE LA CONVOCATORIA | PREGUNTA | |
NUMERAL | PUNTO / INCISO | ||
1 | |||
2 | |||
3 | |||
4 | |||
5 | |||
6 | |||
… | |||
Agradeciendo de antemano sus atenciones, reciba un cordial saludo.
ATENTAMENTE
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(Nombre y firma) REPRESENTANTE LEGAL NOMBRE DE LA EMPRESA
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ANEXO II
MANIFESTACIÓN DE IDENTIDAD Y FACULTADES.
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De conformidad con lo previsto por el artículo 33 Bis de La Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, por mi propio derecho (o en representación) de: manifiesto mi interés de participar en el procedimiento de INVITACIÓN A CUANDO MENOS TRES PERSONAS NACIONAL ELECTRÓNICA No. IA-08-VST-008VST978-N-02-2025 convocada por “LA CONVOCANTE”, para la adquisición de:
, para lo cual proporciono mis datos generales (o los de mi representado).
Clave del Registro Federal de Contribuyentes:
Domicilio: Calle y Número:
Colonia: Delegación o Municipio:
Código Postal: Entidad Federativa:
Teléfonos: Fax:
Correo electrónico:
No. de la escritura pública en la que consta su acta constitutiva:
Fecha:
Nombre, número y circunscripción del Notario Público o Fedatario que las protocolizó:
Relación de Socios:
Apellido Paterno: Apellido Materno:
Nombre( s )
Descripción del objeto social (para personas físicas, actividad comercial o
Profesional:
Reformas o modificaciones al acta constitutiva:
Nombre, número y circunscripción del Notario Público o Fedatario que las protocolizó:
Nombre y domicilio del apoderado:
Datos de la Escritura Pública mediante la cual acredita su personalidad y facultades para suscribir la propuesta: Escritura pública número:
Fecha:
Nombre, número, y circunscripción del Notario o Fedatario Público que la protocolizó:
Lugar y fecha Protesto lo necesario.
_(Firma autógrafa del apoderado)_
Notas:
1.- El presente formato podrá ser reproducido por cada licitante en el modo que estime conveniente, debiendo respetar su contenido,en el orden indicado.
2.- El licitante deberá incorporar textualmente, los datos de los documentos legales que se solicitan en este documento, sin utilizarabreviaturas, principalmente en lo relativo al nombre de la persona física o razón social de la persona moral.
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3.- De igual forma, tratándose de personas físicas podrá ser adecuado a lo conducente.
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ANEXO III
FORMATO PARA QUE LOS LICITANTES MANIFIESTEN, BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD, LA ESTRATIFICACIÓN QUE LES CORRESPONDE COMO MIPYMES, DE CONFORMIDAD CON EL ACUERDO DE ESTRATIFICACIÓN DE LAS MIPYMES, PUBLICADO EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN EL 30 DE JUNIO DE 2009.
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de _ de _ (1)
(2) _P r e s e n t e.
Me refiero al procedimiento de (3) No. _(4) _ en el que mi representada, la
empresa _(5) , participa a través de la presente proposición.
Al respecto y de conformidad con lo dispuesto por el artículo 34 del Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, MANIFIESTO BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD que mi representada está constituida conforme a las leyes mexicanas, con Registro Federal de Contribuyentes _ (6) _, y asimismo que considerando los criterios (sector, número total de trabajadores y ventas anuales) establecidos en el Acuerdo por el que se establece la estratificación de las micro, pequeñas y medianas empresas, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 30 de junio de 2009, mi representada tiene un Tope Máximo Combinado de _ (7), con base en lo cual se estatifica como una empresa (8) _.
De igual forma, declaro que la presente manifestación la hago teniendo pleno conocimiento de que la omisión, simulación o presentación de información falsa, son infracciones previstas por el artículo 8 fracciones IV y VIII, sancionables en términos de lo dispuesto por el artículo 27, ambos de la Ley Federal Anticorrupción en Contrataciones Públicas, y demás disposiciones aplicables.
A T E N T A M E N T E
(9) (Nombre y firma)
Carr. Toluca-Tenango del Valle Km. 13.5, Parque Agroindustrial de San Antonio la Isla, San Antonio la Isla, Estado de México, CP. 52280 Tel. (717) 132-0364 www.gob.mx/liconsa Isla.
REPRESENTANTE LEGAL NOMBRE DE LA EMPRESA
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INSTRUCTIVO PARA EL LLENADO DEL FORMATO PARA LA MANIFESTACIÓN QUE DEBERÁN PRESENTAR LOS LICITANTES PARA DAR CUMPLIMIENTO A LO DISPUESTO EN LOS LINEAMIENTOS PARA FOMENTAR LA PARTICIPACIÓN DE LAS MICRO, PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS EN LOS PROCEDIMIENTOS DE ADQUISICIÓN Y ARRENDAMIENTOS DE SERVICIOS MUEBLES, ASÍ COMO LA CONTRATACIÓN DE SERVICIOS QUE REALICEN LAS DEPENDENCIA Y ENTIDADES DE LA ADMINISTRACIÓN PUBLICA FEDERAL.
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Instructivo de llenado
Llenar los campos conforme aplique tomando en cuenta los rangos previstos en el Acuerdo antes mencionado.
1. Señalar la fecha de suscripción del documento.
2. Anotar el nombre de la convocante.
3. Precisar el procedimiento de contratación de que se trate (licitación pública o invitación a cuando menos tres personas).
4. Indicar el número de procedimiento de contratación asignado por CompraNet.
5. Anotar el nombre, razón social o denominación del licitante.
6. Indicar el Registro Federal de Contribuyentes del licitante.
7. Señalar el número que resulte de la aplicación de la expresión: Tope Máximo Combinado = (Trabajadores) x10% + (Ventas anuales en millones de pesos) x 90%. Para tales efectos puede utilizar la calculadora MIPYME disponible en la página http://www.comprasdegobierno.gob.mx/calculadora
Para el concepto “Trabajadores”, utilizar el total de los trabajadores con los que cuenta la empresa a la fecha de la emisión de la manifestación.
Para el concepto “ventas anuales”, utilizar los datos conforme al reporte de su ejercicio fiscal correspondiente a la última declaración anual de impuestos federales, expresados en millones de pesos.
8. Señalar el tamaño de la empresa (Micro, Pequeña o Mediana), conforme al resultado de la operación señalada en el numeral anterior.
9. Anotar el nombre y firma del apoderado o representante legal del licitante.
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NOTA: SI NO SE ENCUENTRA DENTRO DE ESTE SUPUESTO BASTARÁ CON UN ESCRITO FIRMADO POR EL REPRESENTANTE LEGAL, DONDE MANIFIESTE NO ENCONTRARSE DENTRO DE ESTE.
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ANEXO IV
RELACIÓN DE DOCUMENTOS REQUERIDOS PARA PARTICIPAR EN LA INVITACIÓN. LUGAR Y FECHA
No. de PROCEDIMIENTO: IA-08-VST-008VST978-N-02-2025
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LICITANTE
24.- DOCUMENTACIÓN LEGAL Y ADMINISTRATIVA | ||||||
24.1 | Con fundamento en el artículo 48 fracción V de “EL REGLAMENTO” “EL LICITANTE” o sus representantes, deberán enviar escrito en el que el firmante manifieste, bajo protesta de decir verdad, que cuenta con facultades suficientes para comprometerse por sí o por su representada y suscribir las proposiciones correspondientes. Mismo que contendrá los datos siguientes: a) Del “LICITANTE”: Registro Federal de Contribuyentes, nombre y domicilio, así como, en su caso, de su apoderado o representante. Tratándose de personas morales, además se señalará la descripción del objeto social de la empresa, identificando los datos de las escrituras públicas y, de haberlas, sus reformas y modificaciones, con las que se acredita la existencia legal de las personasmorales así como el nombre de los socios, y b) Del representante legal del “LICITANTE”: datos de las escrituras públicas en las que le fueron otorgadas las facultades para suscribir las propuestas. “LOS LICITANTES” podrán optar por enviar, en lugar del escrito a que se ha hecho referencia, el formato Anexo II (Manifestación de Identidad y Facultades) junto con la documentación legal (acta constitutiva y sus reformas), debidamente requisitado. | Sí ( | ) | No ( | ) | |
24.2 | Escrito firmado de manera autógrafa por “EL LICITANTE”, o en su caso por el apoderado, bajo protesta de decir verdad la Dirección del correo electrónico. | Sí ( | ) | No.( | ) | |
24.3 | “EL LICITANTE” deberá escanear manifestación por escrito firmada de manera autógrafa por sí mismo, o en su caso por el apoderado, bajo protesta de decir verdad, de que ni él ni su representada se encuentran en ninguno de los supuestos que señalan los artículos 50 y 60 de “LA LEY”. Anexo VII. | Sí ( | ) | No.( | ) | |
24.4 | Declaración de integridad, escaneo del escrito firmado de manera autógrafa por “EL LICITANTE”, o en su caso por el apoderado, bajo protesta de decir verdad, en el que manifieste que por sí mismo o por interpósita persona, se abstendrá de adoptar conductas para que los servidores públicos de “LA CONVOCANTE”, induzcan o alteren las evaluaciones de las propuestas, el resultado del procedimiento, u otros aspectos queotorguen condiciones más ventajosas con relación a los demás “LICITANTES”, de acuerdo alo indicado en la fracción IX del artículo 29 de la “LA LEY” y el artículo 39 fracción VI inciso f) de “EL REGLAMENTO”. Anexo VIII | Sí ( | ) | No.( | ) | |
24.5 | “EL LICITANTE” deberá presentar escaneo del documento “Opinión del cumplimiento de obligaciones fiscales” vigente y en sentido positivo, expedida por el Servicio de Administración Tributaria (SAT), requisito sin el cual no podrá formalizarse el PEDIDO correspondiente. Numeral 3.4 | Sí ( | ) | No ( | ) | |
24.6 | “EL LICITANTE” deberá presentar escaneo del documento la solicitud de “Opinión del Cumplimiento de Obligaciones Fiscales en materia de Seguridad Social”, en sentidopositivo, con vigencia de 30 días naturales contados a partir del día de su emisión de sus proposiciones, (Se verificara | Sí ( | ) | No ( | ) | |
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con la aplicación QR su autenticidad). | |||||
24.7 | “Constancia de situación fiscal en materia de aportaciones patronales y entero de amortizaciones” indicando que se encuentra “Sin adeudo o con garantía” o “Con adeudo pero con convenio celebrado” y con una vigencia de 30 días naturales contados a partir del día de su emisión, expedida por el INFONAVIT. | Sí ( | ) | No ( | ) |
24.8 | Escaneo del comprobante de domicilio para oír y recibir todo tipo de notificaciones queno sea mayor a 30 días naturales. | Sí ( | ) | No | ( ) |
24.9 | Escaneo del escrito en el que “EL LICITANTE” manifieste bajo protesta de decir verdad quees de nacionalidad mexicana, conforme a lo señalado en el artículo 35 de “EL REGLAMENTO”. | Sí ( | ) | No | ( ) |
24.10 | Escaneo de la identificación oficial vigente de “EL LICITANTE” y en caso de personasmorales de su apoderado, con fotografía y firma (credencial para votar, pasaporte o Cartilla del Servicio Militar Nacional). | Sí ( | ) | No | ( ) |
24.11 | Con fundamento en el Artículo 46 último párrafo de “LA LEY”, “EL LICITANTE” deberá escanear escrito en papel membretado de la empresa y firmado por el Representante Legal, que contenga la manifestación, que los derechos y obligaciones derivados de la presente convocatoria a la INVITACIÓN, no podrán ser transferidos por “EL LICITANTE” adjudicado a favor de cualquier otra persona física o moral en forma parcial ni total, salvo los derechos de cobro previa autorización expresa y por escrito de “LA CONVOCANTE”. | Sí ( | ) | No | ( ) |
24.12 | Escaneo Copia legible de la Cedula de Identificación Fiscal, cuya Actividad esté relacionadacon el SERVICIO objeto del presente procedimiento con una antigüedad no mayor a tres meses. | Sí ( | ) | No | ( ) |
24.13 | Con fundamento en el artículo 34 de “EL REGLAMENTO”, deberá presentar escaneo de ladeclaración de “EL LICITANTE” en la cual deberá manifestar la estratificación a la que pertenece dentro de las MIPYMES, de acuerdo al Anexo III. | Sí ( | ) | No | ( ) |
24.14 | Escaneo del escrito en el que el licitante manifieste que no existe conflicto de interés.Anexo XI. | Sí ( | ) | No | ( ) |
24.15 | En su caso, los “LICITANTES” que decidan agruparse para presentar una proposición conjunta, deberán presentar copia del convenio celebrado en los términos de la fracción IIdel artículo 44 de “EL REGLAMENTO”; así como presentar en forma individual los escritos señalados en la fracción VIII del artículo 48 de “EL REGLAMENTO”. | Sí ( | ) | No | ( ) |
24.16 | Escaneo de la Tarjeta Patronal ante el IMSS | Sí ( | ) | No | ( ) |
26.- DOCUMENTACIÓN TÉCNICA | |||||
La propuesta técnica deberá identificarse como tal, incluyendo en la parte | |||||
superior de la primera hoja la leyenda “PROPUESTA TÉCNICA”, debiendo | |||||
integrarse con toda la información y documentación técnica requerida | |||||
PROPUE STA | por “LA CONVOCANTE”, en congruencia con esta convocatoria y el Anexo VI, así como sus especificaciones detalladas en lostérminos | Sí ( | ) | No ( | ) |
TECNICA | establecidos en esta convocatoria y sus anexos, aplicando las | ||||
modificaciones o precisiones que, en su caso, hayan derivado de la junta | |||||
de aclaraciones respectiva (para lapresentación de sus proposiciones no | |||||
deberán usar ninguno de los logotipos integrados en esta convocatoria). | |||||
26.1 | “LOS LICITANTES” deberán presentar escrito debidamente firmado por el representante legal, donde manifieste que en caso de resultar ganador se compromete con la “CONVOCANTE”, que “LOS SERVICIOS” ofertados cumplen estrictamente con las condiciones y especificaciones que se establecen en esta convocatoria y sus anexos. | Sí ( | ) | No ( | ) |
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26.2 | “LOS LICITANTES” deberán presentar junto a su propuesta técnica, escrito debidamente firmado por el representante legal, en el cual manifieste que se compromete a ejecutar “LOS SERVICIOS” al 100% a entera satisfacción del área requirente. | Sí ( | ) | No ( | ) |
26.3 | “LOS LICITANTES” deberán presentar escrito debidamente firmado por el representante legal, en donde manifieste que en caso de resultar ganador se compromete con LICONSA, que “LOS SERVICIOS” cumplen estrictamente con las condiciones y especificaciones que se establecen en esta convocatoria y sus anexos. Así mismo que “LOS SERVICIOS” cumplen con las Normas Oficiales Mexicanas, Normas Mexicanas y a la falta de estas las Normas Internacionales. | Sí ( | ) | No ( | ) |
26.4 | “LOS LICITANTES” deberán emitir una declaración por escrito debidamente firmada por el representante legal en el que manifieste que el proveedor tendrá bajo su cargo y responsabilidad, el medio de transporte que mejor le convenga, para la realización de “LOS SERVICIOS”, sin que esto represente un costo adicional para la convocante. | Sí ( | ) | No ( | ) |
26.5 | “LOS LICITANTES” deberán emitir una declaración por escrito debidamente firmada por el representante legal en el que manifieste que tiene la capacidad técnica e infraestructura adecuada que garantice la oportuna realización de “LOS SERVICIOS” ofertados, en condiciones de calidad y oportunidad, en los lugares y plazos establecidos anteriormente. | Sí ( | ) | No ( | ) |
26.6 | “EL LICITANTE” deberá enviar un escrito en papel membretado mediante el cual, manifieste que se obliga a preservar y mantener con carácter de confidencial, todos los datos y toda la información que “LA CONVOCANTE” le haga de su conocimiento con motivo de la prestación de “EL SERVICIO”. En el entendido que la información confidencial es y continuará siendo propiedad exclusiva de “LA CONVOCANTE”. Lo anterior sin detrimento de las excepciones previstas en la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública y Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública. | Sí ( | ) | No ( | ) |
26.7 | “EL LICITANTE” presentará dentro de su oferta, su metodología, programa de trabajo y organigrama (administrativo del personal que prestará el servicio en “LICONSA”) que permita garantizar la prestación del “SERVICIO”. | Sí ( ) No ( ) | |||
26.8 | “EL LICITANTE” presentará dentro de su oferta por inmueble de “LICONSA”, la relación de la maquinaria, equipo y herramientas en óptimas condiciones de uso, con los que garantizarán la prestación del “SERVICIO”, la cual deberá ser validada por el personal designado por “LICONSA”, y apegarse al Numeral 12 del Anexo Técnico “INSUMOS, MATERIALES, CONSUMIBLES Y MAQUINARIA REQUERIDOS”. | Sí ( )No ( ) | |||
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43
27.- DOCUMENTACIÓN ECONÓMICA | ||
27.1 | Escaneo de la propuesta económica, ( Anexo IX) por medio del cual “LOS LICITANTES” presentarán la cotización de “LOS SERVICIOS” requeridos por “LA CONVOCANTE”, deberá ser elaborado en papel membretado del “LICITANTE” y firmado por su Representante Legal, y contener además lo siguiente: deberá identificarse como tal, incluyendo en la parte superior de la primera hoja la leyenda “PROPUESTA ECONÓMICA”, indicando el importe total de la propuesta, en pesos mexicanos, señalando el IVA por separado, en congruencia con las condiciones de esta convocatoria y sus anexos, deberá contener además todos los gastos,impuestos y derechos que sea necesario erogar para la entrega oportuna de “LOS SERVICIOS”, indicando la forma de pago, de conformidad con los requisitos y condiciones establecidos por en esta convocatoria, su modelo de PEDIDO y sus anexos. | Sí ( )No ( ) |
27.2 | En la propuesta económica se deberá indicar que ésta tiene una vigencia mínima de 60 (sesenta) días naturales posteriores a la fecha de presentación de propuestas, expresarse en moneda nacional (peso mexicano), que los precios señalados en ella serán fijos hasta el total cumplimiento del “CONTRATO” respectivo, y que el precio ofertado ya considera todos los costos hasta la conclusión total de la entrega de “LOS SERVICIOS”. | Sí ( )No ( ) |
27.3 | Los participantes invitados deberán manifestar en su propuesta económica, que aceptan sostener los precios unitarios fijos durante la vigencia de la propuesta y del contrato, hasta el vencimiento de los mismos, por lo que no podrá agregar ningún costo extra. No obstante, su propuesta económica no podrá superar los precios de reserva del Sexto Convenio Modificatorio al Contrato Marco Vigente. | Sí ( )No ( ) |
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San Antonio La Isla, Estado de México, a de de 2025.
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ANEXO V
MODELO DE CONTRATO
44
CONTRATO (ABIERTO O CERRADO) PARA LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE (DESCRIPCIÓN), CON CARÁCTER (NACIONAL / INTERNACIONAL BAJO COBERTURA DE LOS TRATADOS / INTERNACIONAL ABIERTA) QUE CELEBRAN, POR UNA PARTE, EL EJECUTIVO FEDERAL POR CONDUCTO DE LA (NOMBRE DE LA DEPENDENCIA O ENTIDAD), EN LO SUCESIVO “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD”, REPRESENTADA POR (NOMBRE DEL REPRESENTANTE DE LA DEPENDENCIA O ENTIDAD), EN SU CARÁCTER DE (SEÑALAR CARGO DEL REPRESENTANTE), Y POR LA OTRA, (NOMBRE DE LA PERSONA FÍSICA O RAZON SOCIAL DE LA MORAL), (SI ES CONJUNTA MENCIONAR EL NOMBRE DE CADA UNO DE ELLOS) EN LO SUCESIVO “EL PROVEEDOR”, (SÓLO SI EL PROVEEDOR ES PERSONA MORAL MOSTRAR EL SIGUIENTE TEXTO): REPRESENTADA POR (NOMBRE DEL REPRESENTANTE DE LA PERSONA FÍSICA O MORAL), EN SU CARÁCTER DE (SEÑALAR EN SU CASO EL CARÁCTER DEL REPRESENTANTE: APODERADO, REPRESENTANTE LEGAL, ADMINISTRADOR ÚNICO O PRESIDENTE DEL CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN), (MENCIONAR CADA UNO DE LOS REPRESENTANTES DE LAS PERSONAS QUE DE MANERA CONJUNTA FORMALIZAN EL CONTRATO) A QUIENES DE MANERA CONJUNTA SE LES DENOMINARÁ “LAS PARTES”, AL TENOR DE LAS DECLARACIONES Y CLÁUSULAS SIGUIENTES:
DECLARACIONES
1. “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD” declara que:
I.1 Es una “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD” de la Administración Pública Federal, de conformidad con (ORDENAMIENTO JURÍDICO EN LOS QUE SE REGULE SU EXISTENCIA), cuya competencia y atribuciones se señalan en (ORDENAMIENTO JURÍDICO EN LOS QUE SE REGULEN SUS ATRIBUCIONES Y COMPETENCIAS) .
I.2 Conforme a lo dispuesto por (ORDENAMIENTO JURÍDICO EN LOS QUE SE REGULEN SUS FACULTADES O INSTRUMENTO NOTARIAL EN EL QUE SE LE OTORGA LAS FACULTADES), el C. (NOMBRE Y CARGO DEL O LA REPRESENTANTE DE LA DEPENDENCIA O ENTIDAD), es el servidor público que cuenta con facultades legales para celebrar el presente contrato, quien podrá ser sustituido en cualquier momento en su cargo o funciones, sin que por ello, sea necesario celebrar un convenio modificatorio.
I.3 De conformidad con (ORDENAMIENTO JURÍDICO EN LOS QUE SE REGULEN SUS FACULTADES) suscribe el presente instrumento el C. (NOMBRE DEL ADMINISTRADOR DEL CONTRATO), (SEÑALAR CARGO DEL ADMINISTRADOR DEL CONTRATO), con R.F.C. INCORPORAR RFC), designado para dar seguimiento y verificar el cumplimiento de las obligaciones que deriven del objeto del presente contrato, quien podrá ser sustituido en cualquier momento, bastando para tales efectos un comunicado por escrito y firmado por el servidor público facultado para ello, informando a “EL PROVEEDOR” para los efectos del presente contrato.
INSTRUCCIÓN: EN CASO DE REQUERIR QUE EL INSTRUMENTO JURÍDICO SEA FIRMADO POR MÁS SERVIDORES PÚBLICOS, SE DEBERÁ AGREGAR LA SIGUIENTE DECLARACIÓN TANTAS VECES FIRMANTES SEAN AÑADIDOS.
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I.4 De conformidad con (ORDENAMIENTO JURÍDICO EN LOS QUE SE REGULEN SUS FACULTADES) suscribe el presente instrumento el C. (NOMBRE DEL FIRMANTE X),
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(SEÑALAR CARGO DEL FIRMANTE X), R.F.C. (INCORPORAR RFC DEL FIRMANTE X), facultado para (INCORPORAR FACULTADES Y PARTICIPACIÓN EN EL CONTRATO) .
45
I.5 La adjudicación del presente contrato se realizó mediante el procedimiento de (TIPO DE PROCEDIMIENTO) (INCORPORAR MEDIO DEL PROCEDIMIENTO) de carácter (INCORPORAR EL CARÁCTER DEL PROCEDIMIENTO), al amparo de lo establecido en los artículos 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; (CITAR LOS NUMERALES) de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, “LAASSP”, y (CITAR LOS NUMERALES) de su Reglamento.
I.6 “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD” cuenta con suficiencia presupuestaria otorgada mediante
(NÚMERO Y FECHA DE OFICIO), emitido por la .
INSTRUCCIÓN: EN CASO DE QUE SE TRATE DE UN CONTRATO PLURIANUAL, SE DEBERÁ CONSIGNAR EL OFICIO DE AUTORIZACIÓN DE LA SHCP EN TÉRMINOS DEL ARTÍCULO 50 DE LA LEY FEDERAL DE PRESUPUESTO Y RESPONSABILIDAD HACENDARIA Y SU REGLAMENTO, COMO SIGUE:
La SHCP (Titular de la entidad en su caso) autorizó la plurianualidad mediante el oficio Número de Oficio
INSTRUCCIÓN: SI LA CONTRATACIÓN ES PREVIA A LA AUTORIZACIÓN DE SU PRESUPUESTO, CONFORME AL ARTÍCULO 25, PÁRRAFO SEGUNDO DE LA LAASSP (ANTICIPADA) MOSTRAR EL SIGUIENTE TEXTO:
En caso de que se trate de una contratación cuya vigencia inicie en el ejercicio fiscal siguiente de aquél en que se formalice, se deberá consignar el oficio de autorización de la SHCP en términos de los artículos 35 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria y 146 de su Reglamento.
I.7 Cuenta con el Registro Federal de Contribuyentes N° (RFC DEPENDENCIA O ENTIDAD).
I.8 Tiene establecido su domicilio en mismo que señala para los fines y efectos legales del presente contrato.
INSTRUCCIÓN: EN CASO DE QUE SE APLIQUE REDUCCIÓN DE GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO.
I.9 De la revisión al historial de cumplimiento en materia de contrataciones en el Registro Único de Contratistas, se advierte que “EL PROVEEDOR” cuenta con un grado de cumplimiento (INDICAR EL RANGO), por lo que “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD” determina procedente efectuar la reducción del monto de la garantía por un porcentaje de .
INSTRUCCIÓN: CUANDO LA PROPOSICIÓN GANADORA HAYA SIDO PRESENTADA EN FORMA CONJUNTA POR VARIAS PERSONAS, LAS DECLARACIONES SE DEBERÁN FORMULAR POR CADA UNO DE ELLOS, EN TÉRMINOS DEL ARTÍCULO 44 DEL REGLAMENTO DE LA LAASSP.
II. “EL PROVEEDOR” declara que (TRATÁNDOSE DE PERSONA FÍSICA):
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II. “EL PROVEEDOR”, por conducto de su representante declara que (TRATÁNDOSE DE
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PERSONA MORAL):
INSTRUCCIÓN: EN CASO DE PROPUESTAS CONJUNTAS, INCORPORAR A CADA UNO DE LOS PROVEEDORES QUE LA INTEGRAN, EN TÉRMINOS DE LO SEÑALADO EN LOS NUMERALES 2 A 3.1
46
INSTRUCCIÓN: SI ES PERSONA FÍSICA INCORPORAR LAS DECLARACIONES DE LOS NUMERALES 2. Y 2.1
II.1 Es una persona física, de nacionalidad lo que acredita con
(EN EL CASO DE PERSONAS EXTRANJERAS DESCRIBIR EL
DOCUMENTO) , expedida por .
INSTRUCCIÓN: SI ES PERSONA MORAL, ATENDER A LAS DECLARACIONES DE LOS NUMERALES 2 A 2.2
II.2 Es una persona moral legalmente constituida mediante (DESCRIBIR EL INSTRUMENTO PÚBLICO QUE LE DAN ORIGEN Y EN SU CASO LAS MODIFICACIONES QUE SE HUBIERAN REALIZADO), denominada (NOMBRE O RAZÓN SOCIAL), cuyo objeto social es
, entre otros, (OBJETO SOCIAL), inscrita en el Registro Público de la Propiedad de con el folio de fecha .
II.2 La o el C. (NOMBRE DEL REPRESENTANTE LEGAL), en su carácter de , cuenta con facultades suficientes para suscribir el presente contrato y obligar a su representada, como lo acredita con (INSTRUMENTO NOTARIAL DE CONSTITUCIÓN O PODER OTORGADO AL REPRESENTANTE LEGAL) , mismo que bajo protesta de decir verdad manifiesta no le ha sido limitado ni revocado en forma alguna.
INSTRUCCIÓN: EN EL CASO DE PERSONAS DE NACIONALIDAD EXTRANJERA, DEBERÁN PRESENTAR LA DOCUMENTACIÓN CORRESPONDIENTE DEBIDAMENTE APOSTILLADA.
II.3 Reúne las condiciones técnicas, jurídicas y económicas, y cuenta con la organización y elementos necesarios para su cumplimiento.
II.4 Cuenta con su Registro Federal de Contribuyentes (RFC PROVEEDOR).
II.5 Acredita el cumplimiento de sus obligaciones fiscales en términos de lo dispuesto en el artículo 32- D del Código Fiscal de la Federación vigente, incluyendo las de Aportaciones Patronales y Entero de Descuentos, ante el Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores y las de Seguridad Social ante el Instituto Mexicano del Seguro Social, conforme a las Opiniones de Cumplimiento de Obligaciones Fiscales emitidas por el SAT, INFONAVIT e IMSS, respectivamente.
II.6 Tiene establecido su domicilio en mismo que señala para los fines y efectos legales del presente contrato.
III. De “LAS PARTES”:
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III.1 Que es su voluntad celebrar el presente contrato y sujetarse a sus términos y condiciones, por lo que de común acuerdo se obligan de conformidad con las siguientes:
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CLÁUSULAS
PRIMERA. OBJETO DEL CONTRATO.
47
“EL PROVEEDOR” acepta y se obliga a proporcionar a “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD” la prestación del servicio de (DESCRIPCIÓN), en los términos y condiciones establecidos en la convocatoria (TRATÁNDOSE DE LICITACIONES PÚBLICAS O INVITACIÓN A CUANDO MENOS
TRES PERSONAS), este contrato y sus anexos (NUMERAR Y DESCRIBIR LOS ANEXOS) que forman parte integrante del mismo.
SEGUNDA. MONTO DEL CONTRATO
INSTRUCCIÓN: TRATÁNDOSE DE CONTRATO CERRADO Y ANUAL, MOSTRAR EL SIGUIENTE PÁRRAFO:
“LA DEPENDENCIA O ENTIDAD” pagará a “EL PROVEEDOR” como contraprestación por los servicios objeto de este contrato, la cantidad de $ (MONTO TOTAL DEL CONTRATO SIN IMPUESTOS) más impuestos que asciende a $ (IMPUESTOS), que hace un total de (MONTO TOTAL CON IMPUESTOS).
INSTRUCCIÓN: EN CASO DE SER CERRADO Y PLURIANUAL, MOSTRAR LA TABLA Y LOS DOS PÁRRAFOS SIGUIENTES:
“LA DEPENDENCIA O ENTIDAD” conviene con “EL PROVEEDOR” que el monto total de los servicios es por la cantidad de $ (MONTO TOTAL DEL CONTRATO SIN IMPUESTOS) más impuestos que asciende a $ (IMPUESTOS), lo que hace un total de (MONTO TOTAL CON IMPUESTOS) importe que se cubrirá en cada uno de los ejercicios fiscales, de acuerdo a lo siguiente:
Ejercicio Fiscal | Monto sin impuestos | Monto con impuestos |
(INCORPORAR EJERCICIO FISCAL) | (MONTO SIN IMPUESTOS DEL EJERCICIO) | (MONTO CON IMPUESTOS DEL EJERCICIO) |
Se agregarán tantos se hayan programado | ||
TOTAL: | $(MONTO TOTAL SIN IMPUESTOS) | (MONTO TOTAL con impuestos) |
Las partes convienen expresamente que las obligaciones de este contrato, cuyo cumplimiento se encuentra previsto realizar durante los ejercicios fiscales de (CONCATENAR EJERCICIOS FISCALES QUE INVOLUCRAN LA PLURIANUALIDAD) quedarán sujetas para fines de su ejecución y pago a la disponibilidad presupuestaria, con que cuente “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD”, conforme al Presupuesto de Egresos de la Federación que para el ejercicio fiscal correspondiente apruebe la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión, sin que la no realización de la referida condición suspensiva origine responsabilidad para alguna de las partes.
INSTRUCCIÓN: LOS MONTOS Y PRECIOS SE PODRÁN INDICAR EN MONEDA EXTRANJERA, CUANDO ASÍ SE HAYA DETERMINADO EN LA CONVOCATORIA, INVITACIÓN, O SOLICITUD DE COTIZACIÓN, DE CONFORMIDAD CON EL ARTÍCULO 45, FRACCIÓN XIII DE LA LAASSP.
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El(los) precio(s) unitario(s) del presente contrato, expresado(s) en moneda nacional es(son):
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Partida | Descripción * | Unidad* | Cantidad * | Precio unitario * | Precio total antes de imp. * | Precio total después de imp. * |
48
INSTRUCCIÓN: INDICAR EL ANEXO CORRESPONDIENTE
El precio unitario es considerado fijo y en moneda nacional (TIPO MONEDA) hasta que concluya la relación contractual que se formaliza, incluyendo todos los conceptos y costos involucrados en la prestación del servicio de (DESCRIPCIÓN), por lo que “EL PROVEEDOR” no podrá agregar ningún costo extra y los precios serán inalterables durante la vigencia del presente contrato.
INSTRUCCIÓN: EN CASO DE QUE SE HAYA PREVISTO VARIACIÓN DE PRECIOS, Y SE CUENTE CON UNA FÓRMULA O MECANISMO DE AJUSTE SE CONSIDERARÁ LA SIGUIENTE REDACCIÓN:
El precio unitario será considerado en moneda nacional, y podrá ser modificado conforme a la siguiente: (ESTABLECER LA FÓRMULA O MECANISMO DE AJUSTE PUBLICADA EN LA CONVOCATORIA, INVITACIÓN O SOLICITUD DE COTIZACIÓN).
INSTRUCCIÓN: EN CASO DE SER ABIERTO Y ANUAL INCORPORAR EL SIGUIENTE PÁRRAFO:
“LA DEPENDENCIA O ENTIDAD” pagará a “EL PROVEEDOR” como contraprestación por los servicios objeto de este contrato, la cantidad mínima de (MONTO MÍNIMO TOTAL DEL CONTRATO) más impuestos por $ (INDICAR LA CANTIDAD EN LETRA) y un monto máximo de (MONTO MÁXIMO TOTAL DEL CONTRATO), más impuestos que asciende a $ (INDICAR LA CANTIDAD EN LETRA).
INSTRUCCIÓN: EN CASO DE SER PLURIANUAL ABIERTO, MOSTRAR LA TABLA Y LOS TRES PÁRRAFOS SIGUIENTES:
“LA DEPENDENCIA O ENTIDAD” conviene con “EL PROVEEDOR” que el monto mínimo del arrendamiento objeto del presente contrato para los ejercicios fiscales de (CONCATENAR EJERCICIOS FISCALES QUE INVOLUCRAN LA PLURIANUALIDAD) es por la cantidad de (MONTO
MÍNIMO TOTAL) más impuestos que asciende a $ (INDICAR LA CANTIDAD EN LETRA).
Asimismo, que el monto máximo de los servicios para los ejercicios fiscales de (INCORPORAR EJERCICIO) es por la cantidad de (MONTO MÁXIMO TOTAL DEL CONTRATO), más impuestos que asciende a $ (Indicar la cantidad en letra).
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Importe mínimos y máximos a pagar en cada ejercicio fiscal de acuerdo a lo siguiente:
Ejercicio Fiscal | Monto mínimo | Monto máximo |
(INCORPORAR EJERCICIO FISCAL) | (MONTO MÍNIMO ANUAL sin impuestos) | (MONTO MÁXIMO ANUAL sin impuestos) |
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Se agregarán tantos se hayan programado | ||
TOTAL SIN IMPUESTOS: | (MONTO MÍNIMO TOTAL) | (MONTO MÁXIMO TOTAL DEL CONTRATO) |
49
Las partes convienen expresamente que las obligaciones de este contrato, cuyo cumplimiento se encuentra previsto realizar durante los ejercicios fiscales de (CONCATENAR EJERCICIOS FISCALES QUE INVOLUCRAN LA PLURIANUALIDAD) quedarán sujetas para fines de su ejecución y pago a la disponibilidad presupuestaria, con que cuente “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD”, conforme al Presupuesto de Egresos de la Federación que para el ejercicio fiscal correspondiente apruebe la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión, sin que la no realización de la referida condición suspensiva origine responsabilidad para alguna de las partes.
INSTRUCCIÓN: LOS MONTOS Y PRECIOS SE PODRÁN INDICAR EN MONEDA EXTRANJERA, CUANDO ASÍ SE HAYA DETERMINADO EN LA CONVOCATORIA, INVITACIÓN, O SOLICITUD DE COTIZACIÓN, DE CONFORMIDAD CON EL ARTÍCULO 45, FRACCIÓN XIII DE LA LAASSP.
INSTRUCCIÓN: INDICAR EL(LOS) PRECIO(S) UNITARIO(S):
El(los) precio(s) unitario(s) del presente contrato, expresado(s) en moneda nacional es (son):
Partida | Descripción * | Unidad * | Precio unitario * | Cantidad Mínima * | Cantidad Máxima * | Precio Total Mínimo * | Precio Total Máximo * |
INSTRUCCIÓN: INDICAR EL ANEXO CORRESPONDIENTE
El precio unitario es considerado fijo y en moneda nacional (TIPO MONEDA) hasta que concluya la relación contractual que se formaliza, incluyendo todos los conceptos y costos involucrados en la prestación del servicio de (DESCRIPCIÓN), por lo que “EL PROVEEDOR” no podrá agregar ningún costo extra y los precios serán inalterables durante la vigencia del presente contrato.
INSTRUCCIÓN: EN CASO QUE SE HAYA PREVISTO VARIACIÓN DE PRECIOS, Y SE CUENTE CON UNA FÓRMULA O MECANISMO DE AJUSTE SE CONSIDERARÁ LA SIGUIENTE REDACCIÓN Y SE ELIMINARÁ EL PÁRRAFO ANTERIOR:
El precio unitario será considerado en moneda nacional, y podrá ser modificado conforme a la siguiente: (ESTABLECER LA FÓRMULA O MECANISMO DE AJUSTE PUBLICADA EN LA CONVOCATORIA, INVITACIÓN O SOLICITUD DE COTIZACIÓN).
INSTRUCCIÓN: EN EL CASO DE QUE LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO REQUIERA DEL USO INTENSIVO DE MANO DE OBRA QUE IMPLIQUE UN COSTO SUPERIOR AL TREINTA POR CIENTO DEL MONTO TOTAL DEL CONTRATO, SE DEBERA INCLUIR ALGUNO DE LOS SIGUIENTES PÁRRAFOS:
“LA DEPENDENCIA O ENTIDAD” conviene con “EL PROVEEDOR”, que se aplicará la siguiente fórmula (ESTABLECER LA FÓRMULA PUBLICADA EN LA CONVOCATORIA, INVITACIÓN O
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SOLICITUD DE COTIZACIÓN), cuando la prestación del servicio requiera de un uso intensivo de mano
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de obra que implique un costo superior al 30% (treinta por ciento) del monto total del contrato. O BIEN
50
“LA DEPENDENCIA O ENTIDAD” conviene con “EL PROVEEDOR”, que se aplicará el mecanismo de ajuste que reconozca el incremento a los salarios mínimos, cuando la prestación del servicio requiera de un uso intensivo de mano de obra que implique un costo superior al 30% (treinta por ciento) del monto total del contrato.
TERCERA. ANTICIPO.
INSTRUCCIÓN: SÓLO EN CASO DE QUE NO SE OTORGUE ANTICIPO, MOSTRAR EL SIGUIENTE TEXTO):
Para el presente contrato “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD” no otorgará anticipo a “EL PROVEEDOR”
INSTRUCCIÓN: SÓLO EN CASO DE QUE SE OTORGUE ANTICIPO, MOSTRAR LO SIGUIENTE):
Se otorgarán a “EL PROVEEDOR”, un anticipo del por ciento sobre el monto total del contrato equivalente a .
CUARTA. FORMA Y LUGAR DE PAGO.
“LA DEPENDENCIA O ENTIDAD” efectuará el pago a través de transferencia electrónica en pesos de los Estados Unidos Mexicanos, a mes vencido (otra temporalidad o calendario establecido) o porcentaje de avance (pagos progresivos), conforme a los servicios efectivamente prestados y a entera satisfacción del administrador del contrato y de acuerdo con lo establecido en el "ANEXO " que forma parte integrante de este contrato.
El pago se realizará en un plazo máximo de 20 (veinte) días naturales siguientes, contados a partir de la fecha en que sea entregado y aceptado el Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI) o factura electrónica a “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD”, con la aprobación (firma) del Administrador del presente contrato.
INSTRUCCIÓN: TRATÁNDOSE DE PROVEEDORES EXTRANJEROS, PRESENTAR LA FACTURA QUE SE EMITA CONFORME A LAS REGLAS DEL PAÍS DE ORIGEN.
El cómputo del plazo para realizar el pago se contabilizará a partir del día hábil siguiente de la aceptación del CFDI o factura electrónica, y ésta reúna los requisitos fiscales que establece la legislación en la materia, el desglose de los servicios prestados, los precios unitarios, se verifique su autenticidad, no existan aclaraciones al importe y vaya acompañada con la documentación soporte de la prestación de los servicios facturados.
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De conformidad con el artículo 90, del Reglamento de la “LAASSP”, en caso de que el CFDI o factura electrónica entregado presente errores, el Administrador del presente contrato o a quien éste designe por escrito, dentro de los 3 (tres) días hábiles siguientes de su recepción, indicará a “EL PROVEEDOR” las deficiencias que deberá corregir; por lo que, el procedimiento de pago reiniciará en el momento en que “EL PROVEEDOR” presente el CFDI y/o documentos soporte corregidos y sean aceptados.
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El tiempo que “EL PROVEEDOR” utilice para la corrección del CFDI y/o documentación soporte entregada, no se computará para efectos de pago, de acuerdo con lo establecido en el artículo 51 de la “LAASSP”.
El CFDI o factura electrónica deberá ser presentada (SEÑALAR LA FORMA Y EL MEDIO POR EL CUAL SE PRESENTARÁ)
51
El CFDI o factura electrónica se deberá presentar desglosando el impuesto cuando aplique.
“EL PROVEEDOR” manifiesta su conformidad que, hasta en tanto no se cumpla con la verificación, supervisión y aceptación de la prestación de los servicios, no se tendrán como recibidos o aceptados por el Administrador del presente contrato.
Para efectos de trámite de pago, “EL PROVEEDOR” deberá ser titular de una cuenta bancaria, en la que se efectuará la transferencia electrónica de pago, respecto de la cual deberá proporcionar toda la información y documentación que le sea requerida por “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD”, para efectos del pago.
“EL PROVEEDOR” deberá presentar la información y documentación “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD” le solicite para el trámite de pago, atendiendo a las disposiciones legales e internas de “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD”.
El pago de la prestación de los servicios recibidos, quedará condicionado al pago que “EL PROVEEDOR” deba efectuar por concepto de penas convencionales y, en su caso, deductivas.
INSTRUCCIÓN: EN CASO DE PAGO EN MONEDA EXTRANJERA, INDICAR LA FUENTE OFICIAL QUE SE TOMARÁ PARA LLEVAR A CABO LA CONVERSIÓN Y LA TASA DE CAMBIO O LA FECHA A CONSIDERAR PARA HACERLO:
La fuente oficial para la conversión de la moneda extranjera será el Banco de México y la fecha a considerar será .
Para el caso que se presenten pagos en exceso, se estará a lo dispuesto por el artículo 51, párrafo tercero, de la “LAASSP”.
QUINTA. LUGAR, PLAZOS Y CONDICIONES DE LA PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS.
La prestación de los servicios, se realizará conforme a los plazos, condiciones y entregables establecidos por “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD” en el (ESTABLECER EL DOCUMENTO O ANEXO DONDE SE ENCUENTRAN DICHOS PLAZOS, CONDICIONES Y ENTREGABLES O EN SU DEFECTO REDACTARLOS, LOS CUALES FORMAN PARTE DEL PRESENTE CONTRATO).
Los servicios serán prestados en los domicilios señalados en el (ESTABLECER EL DOCUMENTO O ANEXO DONDE SE ENCUENTRAN LOS DOMICILIOS, O EN SU DEFECTO REDACTARLOS) y
fechas establecidas en el mismo;
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En los casos que derivado de la verificación se detecten defectos o discrepancias en la prestación del servicio o incumplimiento en las especificaciones técnicas, “EL PROVEEDOR” contará con un plazo de para la reposición o corrección, contados a partir del momento de la notificación por correo electrónico y/o escrito, sin costo adicional para “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD”.
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SEXTA. VIGENCIA
“LAS PARTES” convienen en que la vigencia del presente contrato será del (INCORPORAR FECHA DE INICIO) al (INCORPORAR FECHA DE TÉRMINO DEL CONTRATO).
SÉPTIMA. MODIFICACIONES DEL CONTRATO.
52
“LAS PARTES” están de acuerdo que “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD” por razones fundadas y explícitas podrá ampliar el monto o la cantidad de los servicios, de conformidad con el artículo 52 de la “LAASSP”, siempre y cuando las modificaciones no rebasen en su conjunto el 20% (veinte por ciento) de los establecidos originalmente, el precio unitario sea igual al originalmente pactado y el contrato esté vigente. La modificación se formalizará mediante la celebración de un Convenio Modificatorio.
“LA DEPENDENCIA O ENTIDAD”, podrá ampliar la vigencia del presente instrumento, siempre y cuando, no implique incremento del monto contratado o de la cantidad del servicio, siendo necesario que se obtenga el previo consentimiento de “EL PROVEEDOR”.
De presentarse caso fortuito o fuerza mayor, o por causas atribuibles a “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD”, se podrá modificar el plazo del presente instrumento jurídico, debiendo acreditar dichos supuestos con las constancias respectivas. La modificación del plazo por caso fortuito o fuerza mayor podrá ser solicitada por cualquiera de “LAS PARTES”.
En los supuestos previstos en los dos párrafos anteriores, no procederá la aplicación de penas convencionales por atraso.
Cualquier modificación al presente contrato deberá formalizarse por escrito, y deberá suscribirse por el servidor público de “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD” que lo haya hecho, o quien lo sustituya o esté facultado para ello, para lo cual “EL PROVEEDOR” realizará el ajuste respectivo de la garantía de cumplimiento, en términos del artículo 91, último párrafo del Reglamento de la LAASSP, salvo que por disposición legal se encuentre exceptuado de presentar garantía de cumplimiento.
“LA DEPENDENCIA O ENTIDAD” se abstendrá de hacer modificaciones que se refieran a precios, anticipos, pagos progresivos, especificaciones y, en general, cualquier cambio que implique otorgar condiciones más ventajosas a un proveedor comparadas con las establecidas originalmente.
OCTAVA. GARANTÍA DE LOS SERVICIOS
INSTRUCCIÓN: EN CASO DE NO SE REQUIERA GARANTÍA SOBRE LA CALIDAD DEL SERVICIO, AÑADIR LO SIGUIENTE:
Para la prestación de los servicios materia del presente contrato, no se requiere que “EL PROVEEDOR” presente una garantía por la calidad de los servicios contratados.
INSTRUCCIÓN: EN CASO DE QUE SÍ SE REQUIERA GARANTÍA SOBRE LA CALIDAD DE LOS SERVICIOS, AÑADIR LO SIGUIENTE:
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“EL PROVEEDOR” se obliga con “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD” a entregar al inicio de la prestación del servicio, una garantía por la calidad de los servicios prestados, por (INCORPORAR NUMERO DE MESES) meses, la cual se constituirá (indicar la forma de garantizarla), pudiendo ser mediante la póliza de garantía, en términos de los artículos 77 y 78 de la Ley Federal de Protección al Consumidor.
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NOVENA. GARANTÍA(S)
INSTRUCCIÓN: EN CASO DE OTORGAR ANTICIPO, AÑADIR LO SIGUIENTE:
A) GARANTIA DE ANTICIPO
53
“EL PROVEEDOR” entregará a “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD”, previamente a la entrega del anticipo una garantía constituida por la totalidad del monto del(os) anticipo(s) recibido(s).
El otorgamiento de anticipo, deberá garantizarse en los términos de los artículos 48, de la “LAASSP”;
81, párrafo primero y fracción V, de su Reglamento.
Si las disposiciones jurídicas aplicables lo permiten, la entrega de la garantía de anticipo podrá realizarse de manera electrónica.
Una vez amortizado el cien por ciento del anticipo, el servidor público facultado por “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD” procederá inmediatamente a extender la constancia de cumplimiento de dicha obligación contractual y dará inicio a los trámites para la cancelación de la garantía, lo que comunicará a “EL PROVEEDOR”.
INSTRUCCIÓN: EN CASO DE QUE PROCEDA LA CONSTITUCIÓN DE LA GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO INCORPORAR LO SIGUIENTE:
B) CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO.
Conforme a los artículos 48, fracción II, 49, fracción I (dependencias) o II (entidades), de la “LAASSP”; 85, fracción III, y 103 de su Reglamento “EL PROVEEDOR” se obliga a constituir una garantía (EN CASO DE SER INDIVISIBLE) indivisible por el cumplimiento fiel y exacto de todas las obligaciones derivadas de este contrato; (EN CASO DE SER INDIVISIBLE) divisible y en este caso se hará efectiva en proporción al incumplimiento de la obligación principal, mediante fianza expedida por compañía afianzadora mexicana autorizada por la Comisión Nacional de Seguros y de Fianzas, a favor de la
_(TESORERÍA DE LA FEDERACIÓN O DE LA ENTIDAD), por un importe equivalente al
(INCORPORAR EL PORCENTAJE DE LA GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO) del monto total del
contrato, sin incluir el IVA.
Dicha fianza deberá ser entregada a “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD”, a más tardar dentro de los 10 días naturales posteriores a la firma del presente contrato.
Si las disposiciones jurídicas aplicables lo permiten, la entrega de la garantía de cumplimiento se podrá realizar de manera electrónica.
En caso de que “EL PROVEEDOR” incumpla con la entrega de la garantía en el plazo establecido, “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD” podrá rescindir el contrato y dará vista al Órgano Interno de Control para que proceda en el ámbito de sus facultades.
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La garantía de cumplimiento no será considerada como una limitante de responsabilidad de “EL PROVEEDOR”, derivada de sus obligaciones y garantías estipuladas en el presente instrumento jurídico, y no impedirá que “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD” reclame la indemnización por cualquier incumplimiento que pueda exceder el valor de la garantía de cumplimiento.
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En caso de incremento al monto del presente instrumento jurídico o modificación al plazo, “EL PROVEEDOR” se obliga a entregar a “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD”, dentro de los 10 (diez días) naturales siguientes a la formalización del mismo, de conformidad con el último párrafo del artículo 91, del Reglamento de la “LAASSP”, los documentos modificatorios o endosos correspondientes, debiendo contener en el documento la estipulación de que se otorga de manera conjunta, solidaria e inseparable de la garantía otorgada inicialmente.
Cuando la contratación abarque más de un ejercicio fiscal, la garantía de cumplimiento del contrato, podrá ser por el porcentaje que corresponda del monto total por erogar en el ejercicio fiscal de que se trate, y deberá ser renovada por “EL PROVEEDOR” cada ejercicio fiscal por el monto que se ejercerá en el mismo, la cual deberá presentarse a “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD” a más tardar dentro de los primeros diez días naturales del ejercicio fiscal que corresponda.
Una vez cumplidas las obligaciones a satisfacción, el servidor público facultado por “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD” procederá inmediatamente a extender la constancia de cumplimiento de las obligaciones contractuales y dará inicio a los trámites para la cancelación de la garantía cumplimiento del contrato, lo que comunicará a “EL PROVEEDOR”.
INSTRUCCIÓN: PARA EL CASO DE EXCEPTUAR LA GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO POR TRATARSE DE SERVICIOS DE ASEGURAMIENTO, MOSTRAR EL PÁRRAFO SIGUIENTE:
“EL PROVEEDOR” esta exceptuado de la presentación de la garantía de cumplimiento, con fundamento en los artículos 15 y 294, fracción VI de la Ley de Instituciones de Seguros y Fianzas, ya que las aseguradoras no se encuentran obligadas a presentar una póliza de fianza que garanticé el cumplimiento de sus contratos.
INSTRUCCIÓN: PARA EL CASO DE EXCEPTUAR LA GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO CUANDO SE PRESTEN LOS SERVICIOS DENTRO DE LOS PRIMEROS 10 DÍAS A LA FIRMA DEL CONTRATO, MOSTRAR EL PÁRRAFO SIGUIENTE:
Cuando la prestación de los servicios, se realice en un plazo menor a diez días naturales, “EL PROVEEDOR” quedará exceptuado de la presentación de la garantía de cumplimiento, de conformidad con lo establecido en el artículo 48 último párrafo de la "LAASSP".
En términos de lo establecido en el artículo 48, segundo párrafo de la "LAASSP" se exceptúa a “EL PROVEEDOR” de la presentación de la garantía de cumplimiento, ya que la contratación se fundamenta en el artículo 41, fracción o 42 de la "LAASSP".
INSTRUCCIÓN: EN EL CASO DE QUE, POR LA NATURALEZA DE LOS SERVICIOS, SE REQUIERA LA GARANTÍA PARA RESPONDER POR VICIOS OCULTOS, AÑADIR LO SIGUIENTE:
C) GARANTÍA PARA RESPONDER POR VICIOS OCULTOS.
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“EL PROVEEDOR” deberá responder por los defectos, vicios ocultos y por la calidad de los servicios prestados, así como de cualquier otra responsabilidad en que hubiere incurrido, en los términos señalados en este Contrato, convenios modificatorios respectivos y en la legislación aplicable, de conformidad con los artículos 53, párrafo segundo de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público y 96, párrafo segundo de su Reglamento.
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“EL PROVEEDOR”, quedará liberado de su obligación, una vez transcurridos (INCORPORAR NUMERO DE MESES), contados a partir de la fecha en que conste por escrito la recepción física de los servicios prestados, siempre y cuando “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD” no haya identificado defectos o vicios ocultos en la calidad de los servicios prestados, así como cualquier otra responsabilidad en los términos de este Contrato y convenios modificatorios respectivos.
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INSTRUCCIÓN: CUANDO LA GARANTÍA DE ANTICIPO, CUMPLIMIENTO O VICIOS OCULTOS SE PRESENTE A TRAVÉS DE UNA FIANZA, SE DEBERÁN OBSERVAR LOS MODELOS DE PÓLIZA DE FIANZAS CONSTITUIDAS COMO GARANTÍA EN LAS CONTRATACIONES PÚBLICAS REALIZADAS AL AMPARO DE LA LEY DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS DEL SECTOR PÚBLICO Y LA LEY DE OBRAS PÚBLICAS Y SERVICIOS RELACIONADOS CON LAS MISMAS, APROBADOS EN LAS DISPOSICIONES DE CARÁCTER GENERAL PUBLICADAS EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN, EL 15 DE ABRIL DE 2022, QUE SE ENCUENTRA DISPONIBLE EN COMPRANET.
DÉCIMA. OBLIGACIONES DE “EL PROVEEDOR”.
“EL PROVEEDOR”, se obliga a:
a) Prestar los servicios en las fechas o plazos y lugares establecidos conforme a lo pactado en el presente contrato y anexos respectivos.
b) Cumplir con las especificaciones técnicas, de calidad y demás condiciones establecidas en el presente contrato y sus respectivos anexos.
c) Asumir la responsabilidad de cualquier daño que llegue a ocasionar a “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD” o a terceros con motivo de la ejecución y cumplimiento del presente contrato.
d) Proporcionar la información que le sea requerida por la Secretaría de la Función Pública y el Órgano Interno de Control, de conformidad con el artículo 107 del Reglamento de la “LAASSP”.
INSTRUCCIÓN: EL SIGUIENTE INCISO, SERÁ OBLIGATORIO PARA EFECTOS DEL ARTÍCULO 80, PÁRRAFO CUARTO DEL RLAASSP.
e) Entregar bimestralmente, las constancias de cumplimiento de la inscripción y pago de cuotas al Instituto Mexicano del Seguro Social del personal que utilice para la prestación de los servicios.
f) INSTRUCCIÓN: EN CASO DE ESTIPULAR OBLIGACIONES ADICIONALES, AGREGAR LOS INCISOS QUE SE REQUIERAN
DÉCIMA PRIMERA. OBLIGACIONES DE “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD”
“LA DEPENDENCIA O ENTIDAD”, se obliga a:
a) Otorgar las facilidades necesarias, a efecto de que “EL PROVEEDOR” lleve a cabo en los términos convenidos la prestación de los servicios objeto del contrato.
b) Realizar el pago correspondiente en tiempo y forma.
INSTRUCCIÓN: EL SIGUIENTE PÁRRAFO APARECERÁ SIEMPRE QUE HAYA EXISTIDO GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO.
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c) Extender a “EL PROVEEDOR”, por conducto del servidor público facultado, la constancia de cumplimiento de obligaciones contractuales inmediatamente que se cumplan éstas a
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satisfacción expresa de dicho servidor público para que se dé trámite a la cancelación de la garantía de cumplimiento del presente contrato.
d) INSTRUCCIÓN: EN CASO DE ESTIPULAR OBLIGACIONES ADICIONALES, AGREGAR LOS INCISOS QUE SE REQUIERAN
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DÉCIMA SEGUNDA. ADMINISTRACIÓN, VERIFICACIÓN, SUPERVISIÓN Y ACEPTACIÓN DE LOS SERVICIOS
“LA DEPENDENCIA O ENTIDAD” designa como Administrador(es) del presente contrato a (INCORPORAR NOMBRE DE LA, EL O LOS ADMINISTRADORES DEL CONTRATO), con RFC (INCORPORAR RFC), (INCORPORAR CARGO DEL ADMINISTRADOR DEL CONTRATO), quien
dará seguimiento y verificará el cumplimiento de los derechos y obligaciones establecidos en este instrumento.
Los servicios se tendrán por recibidos previa revisión del administrador del presente contrato, la cual consistirá en la verificación del cumplimiento de las especificaciones establecidas y en su caso en los anexos respectivos, así como las contenidas en la propuesta técnica.
“LA DEPENDENCIA O ENTIDAD”, a través del administrador del contrato, rechazará los servicios, que no cumplan las especificaciones establecidas en este contrato y en sus Anexos, obligándose “EL PROVEEDOR” en este supuesto a realizarlos nuevamente bajo su responsabilidad y sin costo adicional para “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD”, sin perjuicio de la aplicación de las penas convencionales o deducciones al cobro correspondientes.
“LA DEPENDENCIA O ENTIDAD”, a través del administrador del contrato, podrá aceptar los servicios que incumplan de manera parcial o deficiente las especificaciones establecidas en este contrato y en los anexos respectivos, sin perjuicio de la aplicación de las deducciones al pago que procedan, y reposición del servicio, cuando la naturaleza propia de éstos lo permita.
INSTRUCCIÓN: CUANDO SE REQUIERA LA APLICACIÓN DE DEDUCCIONES:
DÉCIMA TERCERA. DEDUCCIONES
“LA DEPENDENCIA O ENTIDAD” aplicará deducciones al pago por el incumplimiento parcial o deficiente, en que incurra “EL PROVEEDOR” conforme a lo estipulado en las cláusulas del presente contrato y sus anexos respectivos, las cuales se calcularán por un (EN CASO DE EXISTIR SÓLO UN PORCENTAJE, SEÑALAR PORCENTAJE DE DEDUCTIVA) % sobre el monto de los servicios, (EN CASO DE ESTABLECER POR DIVERSOS CONCEPTOS DEDUCTIVAS REMITIR AL ANEXO
CORRESPONDIENTE), proporcionados en forma parcial o deficiente. Las cantidades a deducir se aplicarán en el CFDI o factura electrónica que “EL PROVEEDOR” presente para su cobro, en el pago que se encuentre en trámite o bien en el siguiente pago.
De no existir pagos pendientes, se requerirá a “EL PROVEEDOR” que realice el pago de la deductiva a través del esquema e5cinco Pago Electrónico de Derechos, Productos y Aprovechamientos (DPA´s), a favor de la Tesorería de la Federación, o de la Entidad. En caso de negativa se procederá a hacer efectiva la garantía de cumplimiento del contrato.
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Las deducciones económicas se aplicarán sobre la cantidad indicada sin incluir impuestos.
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El cálculo de las deducciones correspondientes las realizará el administrador del contrato de “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD”, cuyá notificación se realizará por escrito o vía correo electrónico, dentro de los (DÍAS) posteriores al incumplimiento parcial o deficiente.
DÉCIMA CUARTA. PENAS CONVENCIONALES
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En caso que “EL PROVEEDOR” incurra en atraso en el cumplimiento conforme a lo pactado para la prestación de los servicios, objeto del presente contrato, conforme a lo establecido en el Anexo (No. ) parte integral del presente contrato, “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD” por conducto del administrador del contrato aplicará la pena convencional equivalente al (INCORPORAR PORCENTAJE DE PENA CONVENCIONAL)%, (EN CASO DE EXISTIR SÓLO UN PORCENTAJE O ESTABLECER DIVERSOS PORCENTAJES REMITIR AL ANEXO CORRESPONDIENTE) por cada (CALCULAR PERIODICIDAD
DE PENA) de atraso sobre la parte de los servicios no prestados, de conformidad con este instrumento legal y sus respectivos anexos.
El Administrador determinará el cálculo de la pena convencional, cuya notificación se realizará por escrito o vía correo electrónico, dentro de los _(DÍAS) posteriores al atraso en el cumplimiento de la obligación de que se trate.
El pago de los servicios quedará condicionado, proporcionalmente, al pago que “EL PROVEEDOR” deba efectuar por concepto de penas convencionales por atraso; en el supuesto que el contrato sea rescindido en términos de lo previsto en la CLÁUSULA VIGÉSIMA CUARTA DE RESCISIÓN, no procederá el cobro de dichas penas ni la contabilización de las mismas al hacer efectiva la garantía de cumplimiento del contrato.
El pago de la pena podrá efectuarse a través del esquema e5cinco Pago Electrónico de Derechos, Productos y Aprovechamientos (DPA´s), a favor de la Tesorería de la Federación, o la Entidad; o bien, a través de un comprobante de egreso (CFDI de Egreso) conocido comúnmente como Nota de Crédito, en el momento en el que emita el comprobante de Ingreso (Factura o CFDI de Ingreso) por concepto de los servicios, en términos de las disposiciones jurídicas aplicables.
El importe de la pena convencional, no podrá exceder el equivalente al monto total de la garantía de cumplimiento del contrato, y en el caso de no haberse requerido esta garantía, no deberá exceder del 20% (veinte por ciento) del monto total del contrato.
Cuando “EL PROVEEDOR” quede exceptuado de la presentación de la garantía de cumplimiento, en los supuestos previsto en la “LAASSP”, el monto máximo de las penas convencionales por atraso que se puede aplicar, será del 20% (veinte por ciento) del monto de los servicios prestados fuera de la fecha convenida, de conformidad con lo establecido en el tercer párrafo del artículo 96 del Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.
INSTRUCCIÓN: PARA EL CASO DE CONTRATACIONES CON CAMPESINOS O GRUPOS URBANOS MARGINADOS, COMO PERSONAS FÍSICAS O MORALES, AL AMPARO DEL ARTÍCULO 41, FRACCIÓN XI, DE LA LAASSP, EL ÁREA CONTRATANTE DEBERÁ CONSIDERAR QUE EL MONTO MÁXIMO DE LAS PENAS CONVENCIONALES POR ATRASO SERÁ DEL 10% (DIEZ POR CIENTO), CONFORME LO ESTABLECIDO EN EL ARTÍCULO 96 DEL REGLAMENTO DE LA LAASSP
DÉCIMA QUINTA. LICENCIAS, AUTORIZACIONES Y PERMISOS
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“EL PROVEEDOR” se obliga a observar y mantener vigentes las licencias, autorizaciones, permisos o registros requeridos para el cumplimiento de sus obligaciones.
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DÉCIMA SEXTA. PÓLIZA DE RESPONSABILIDAD CIVIL
INSTRUCCIÓN: CUANDO NO SE REQUIERA LA CONTRATACIÓN DE SEGURO INCOPORAR EL SIGUIENTE PÁRRAFO:
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Para la prestación de los servicios materia del presente contrato, no se requiere que “EL PROVEEDOR” contrate una póliza de seguro por responsabilidad civil.
INSTRUCCIÓN: CUANDO SE REQUIERA LA CONTRATACIÓN DE SEGURO INCOPORAR LOS SIGUIENTES DOS PÁRRAFOS:
“EL PROVEEDOR” se obliga a contratar una póliza de seguro por su cuenta y a su costa, expedida por una Institución Nacional de Seguros, debidamente autorizada, en la cual se incluya la cobertura de responsabilidad civil, que ampare los daños y perjuicios y que ocasione a los bienes y personal de “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD”, así como, los que cause a terceros en sus bienes o personas, con motivo de la prestación del servicio materia del presente contrato.
La póliza deberá contener las siguientes coberturas:
INSTRUCCIÓN: DESCRIBIR LAS COBERTURAS, ATENDIENDO A LAS NECESIDADES, TIPO Y CARACTERÍSTICAS DEL SERVICIO
DÉCIMA SÉPTIMA. TRANSPORTE
“EL PROVEEDOR” se obliga bajo su costa y riesgo, a trasportar los bienes e insumos necesarios para la prestación del servicio, desde su lugar de origen, hasta las instalaciones señaladas en el (ESTABLECER EL DOCUMENTO O ANEXO DONDE SE ENCUENTRAN LOS DOMICILIOS, O EN
SU DEFECTO REDACTARLOS) del presente contrato.
DÉCIMA OCTAVA. IMPUESTOS Y DERECHOS
Los impuestos, derechos y gastos que procedan con motivo de la prestación de los servicios, objeto del presente contrato, serán pagados por “EL PROVEEDOR”, mismos que no serán repercutidos a “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD”.
“LA DEPENDENCIA O ENTIDAD” sólo cubrirá, cuando aplique, lo correspondiente al Impuesto al Valor Agregado (IVA), en los términos de la normatividad aplicable y de conformidad con las disposiciones fiscales vigentes.
DÉCIMA NOVENA. PROHIBICIÓN DE CESIÓN DE DERECHOS Y OBLIGACIONES
“EL PROVEEDOR” no podrá ceder total o parcialmente los derechos y obligaciones derivados del presente contrato, a favor de cualquier otra persona física o moral, con excepción de los derechos de cobro, en cuyo caso se deberá contar con la conformidad previa y por escrito de “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD”.
VIGÉSIMA. DERECHOS DE AUTOR, PATENTES Y/O MARCAS
Carr. Toluca-Tenango del Valle Km. 13.5, Parque Agroindustrial de San Antonio la Isla, San Antonio la Isla, Estado de México, CP. 52280 Tel. (717) 132-0364 www.gob.mx/liconsa Isla.
“EL PROVEEDOR” será responsable en caso de infringir patentes, marcas o viole otros registros de
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derechos de propiedad industrial a nivel nacional e internacional, con motivo del cumplimiento de las obligaciones del presente contrato, por lo que se obliga a responder personal e ilimitadamente de los daños y perjuicios que pudiera causar a “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD” o a terceros.
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De presentarse alguna reclamación en contra de “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD”, por cualquiera de las causas antes mencionadas, “EL PROVEEDOR”, se obliga a salvaguardar los derechos e intereses de “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD” de cualquier controversia, liberándola de toda responsabilidad de carácter civil, penal, mercantil, fiscal o de cualquier otra índole, sacándola en paz y a salvo.
En caso de que “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD” tuviese que erogar recursos por cualquiera de estos conceptos, “EL PROVEEDOR” se obliga a reembolsar de manera inmediata los recursos erogados por aquella.
VIGÉSIMA PRIMERA. CONFIDENCIALIDAD Y PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES.
"LAS PARTES" acuerdan que la información que se intercambie de conformidad con las disposiciones del presente instrumento, se tratarán de manera confidencial, siendo de uso exclusivo para la consecución del objeto del presente contrato y no podrá difundirse a terceros de conformidad con lo establecido en las Leyes General y Federal, respectivamente, de Transparencia y Acceso a la Información Pública, Ley General de Protección de Datos Personales en posesión de Sujetos Obligados, y demás legislación aplicable.
Para el tratamiento de los datos personales que “LAS PARTES” recaben con motivo de la celebración del presente contrato, deberá de realizarse con base en lo previsto en los Avisos de Privacidad respectivos.
Por tal motivo, “EL PROVEEDOR” asume cualquier responsabilidad que se derive del incumplimiento de su parte, o de sus empleados, a las obligaciones de confidencialidad descritas en el presente contrato.
Asimismo “EL PROVEEDOR” deberá observar lo establecido en el Anexo aplicable a la Confidencialidad de la información del presente Contrato.
VIGÉSIMA SEGUNDA. SUSPENSIÓN TEMPORAL DE LA PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS.
Con fundamento en el artículo 55 Bis de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público y 102, fracción II, de su Reglamento, “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD” en el supuesto de caso fortuito o de fuerza mayor o por causas que le resulten imputables, podrá suspender la prestación de los servicios, de manera temporal, quedando obligado a pagar a “EL PROVEEDOR”, aquellos servicios que hubiesen sido efectivamente prestados, así como, al pago de gastos no recuperables previa solicitud y acreditamiento.
Una vez que hayan desaparecido las causas que motivaron la suspensión, el contrato podrá continuar produciendo todos sus efectos legales, si “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD” así lo determina; y en caso que subsistan los supuestos que dieron origen a la suspensión, se podrá iniciar la terminación anticipada del contrato, conforme lo dispuesto en la cláusula siguiente.
VIGÉSIMA TERCERA. TERMINACIÓN ANTICIPADA DEL CONTRATO
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“LA DEPENDENCIA O ENTIDAD” cuando concurran razones de interés general, o bien, cuando por
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causas justificadas se extinga la necesidad de requerir los servicios originalmente contratados y se demuestre que de continuar con el cumplimiento de las obligaciones pactadas, se ocasionaría algún daño o perjuicio a “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD”, o se determine la nulidad total o parcial de los actos que dieron origen al presente contrato, con motivo de la resolución de una inconformidad o intervención de oficio, emitida por la Secretaría de la Función Pública, podrá dar por terminado anticipadamente el presente contrato sin responsabilidad alguna para “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD”, ello con independencia de lo establecido en la cláusula que antecede.
Cuando “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD” determine dar por terminado anticipadamente el contrato, lo notificará a “EL PROVEEDOR” hasta con 30 (treinta) días naturales anteriores al hecho, debiendo sustentarlo en un dictamen fundado y motivado, en el que, se precisarán las razones o causas que dieron origen a la misma y pagará a “EL PROVEEDOR” la parte proporcional de los servicios prestados, así como los gastos no recuperables en que haya incurrido, previa solicitud por escrito, siempre que éstos sean razonables, estén debidamente comprobados y se relacionen directamente con el presente contrato, limitándose según corresponda a los conceptos establecidos en la fracción I, del artículo 102 del Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.
VIGÉSIMA CUARTA. RESCISIÓN
“LA DEPENDENCIA O ENTIDAD” podrá iniciar en cualquier momento el procedimiento de rescisión, cuando “EL PROVEEDOR” incurra en alguna de las siguientes causales:
a) Contravenir los términos pactados para la prestación de los servicios, establecidos en el presente contrato;
b) Transferir en todo o en parte las obligaciones que deriven del presente contrato a un tercero ajeno a la relación contractual;
c) Ceder los derechos de cobro derivados del contrato, sin contar con la conformidad previa y por escrito de “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD”;
d) Suspender total o parcialmente y sin causa justificada la prestación de los servicios del presente contrato;
e) No realizar la prestación de los servicios en tiempo y forma conforme a lo establecido en el presente contrato y sus respectivos anexos;
f) No proporcionar a los Órganos de Fiscalización, la información que le sea requerida con motivo de las auditorías, visitas e inspecciones que realicen;
g) Ser declarado en concurso mercantil, o por cualquier otra causa distinta o análoga que afecte su patrimonio;
h) En caso de que compruebe la falsedad de alguna manifestación, información o documentación proporcionada para efecto del presente contrato;
INSTRUCCIÓN: EL SIGUIENTE INCISO, SERÁ OBLIGATORIO PARA EFECTOS DEL ARTÍCULO 80, PÁRRAFO CUARTO DEL RLAASSP
i) No presentar bimestralmente, las constancias de la inscripción y pago de cuotas al Instituto Mexicano del Seguro Social del personal que utilice para la prestación de los servicios;
j) No entregar dentro de los 10 (diez) días naturales siguientes a la fecha de firma del presente contrato, la garantía de cumplimiento del mismo;
k) Cuando la suma de las penas convencionales exceda el monto total de la garantía de cumplimiento del contrato;
INSTRUCCIÓN: CUANDO NO SE HAYA REQUERIDO LA GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO, SE
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UTILIZARÁ EL SIGUIENTE TEXTO “En caso de que la suma de las penas convencionales exceda el 20% del monto total del contrato.”
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l) Cuando la suma de las deducciones al pago, excedan el límite máximo establecido para las deducciones;
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m) Divulgar, transferir o utilizar la información que conozca en el desarrollo del cumplimiento del objeto del presente contrato, sin contar con la autorización de “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD” en los términos de lo dispuesto en la CLÁUSULA VIGÉSIMA PRIMERA DE CONFIDENCIALIDAD Y PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES del presente instrumento jurídico;
n) Impedir el desempeño normal de labores de “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD”;
o) Cambiar su nacionalidad por otra e invocar la protección de su gobierno contra reclamaciones y órdenes de “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD”, cuando sea extranjero, y
p) Incumplir cualquier obligación distinta de las anteriores y derivadas del presente contrato.
Para el caso de optar por la rescisión del contrato, “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD” comunicará por escrito a “EL PROVEEDOR” el incumplimiento en que haya incurrido, para que en un término de 5 (cinco) días hábiles contados a partir del día siguiente de la notificación, exponga lo que a su derecho convenga y aporte en su caso las pruebas que estime pertinentes.
Transcurrido dicho término “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD”, en un plazo de 15 (quince) días hábiles siguientes, tomando en consideración los argumentos y pruebas que hubiere hecho valer “EL PROVEEDOR”, determinará de manera fundada y motivada dar o no por rescindido el contrato, y comunicará a “EL PROVEEDOR” dicha determinación dentro del citado plazo.
Cuando se rescinda el contrato, se formulará el finiquito correspondiente, a efecto de hacer constar los pagos que deba efectuar “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD” por concepto del contrato hasta el momento de rescisión, o los que resulten a cargo de “EL PROVEEDOR”.
Iniciado un procedimiento de conciliación “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD” podrá suspender el trámite del procedimiento de rescisión.
Si previamente a la determinación de dar por rescindido el contrato se realiza la prestación de los servicios, el procedimiento iniciado quedará sin efecto, previa aceptación y verificación de “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD” de que continúa vigente la necesidad de la prestación de los servicios, aplicando, en su caso, las penas convencionales correspondientes.
“LA DEPENDENCIA O ENTIDAD” podrá determinar no dar por rescindido el contrato, cuando durante el procedimiento advierta que la rescisión del mismo pudiera ocasionar algún daño o afectación a las funciones que tiene encomendadas. En este supuesto, “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD” elaborará un dictamen en el cual justifique que los impactos económicos o de operación que se ocasionarían con la rescisión del contrato resultarían más inconvenientes.
De no rescindirse el contrato, “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD” establecerá con “EL PROVEEDOR”, otro plazo, que le permita subsanar el incumplimiento que hubiere motivado el inicio del procedimiento, aplicando las sanciones correspondientes. El convenio modificatorio que al efecto se celebre deberá atender a las condiciones previstas por los dos últimos párrafos del artículo 52 de la “LAASSP”.
No obstante, de que se hubiere firmado el convenio modificatorio a que se refiere el párrafo anterior, si se presenta de nueva cuenta el incumplimiento, “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD” quedará expresamente facultada para optar por exigir el cumplimiento del contrato, o rescindirlo, aplicando las sanciones que procedan.
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Si se llevara a cabo la rescisión del contrato, y en el caso de que a “EL PROVEEDOR” se le hubieran
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entregado pagos progresivos, éste deberá de reintegrarlos más los intereses correspondientes, conforme a lo indicado en el artículo 51, párrafo cuarto, de la “LAASSP”.
Los intereses se calcularán sobre el monto de los pagos progresivos efectuados y se computarán por días naturales desde la fecha de su entrega hasta la fecha en que se pongan efectivamente las cantidades a disposición de “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD”.
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VIGÉSIMA QUINTA. RELACIÓN Y EXCLUSIÓN LABORAL
“EL PROVEEDOR” reconoce y acepta ser el único patrón de todos y cada uno de los trabajadores que intervienen en la prestación del servicio, deslindando de toda responsabilidad a “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD” respecto de cualquier reclamo que en su caso puedan efectuar sus trabajadores, sea de índole laboral, fiscal o de seguridad social y en ningún caso se le podrá considerar patrón sustituto, patrón solidario, beneficiario o intermediario.
“EL PROVEEDOR” asume en forma total y exclusiva las obligaciones propias de patrón respecto de cualquier relación laboral, que el mismo contraiga con el personal que labore bajo sus órdenes o intervenga o contrate para la atención de los asuntos encomendados por “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD”, así como en la ejecución de los servicios.
Para cualquier caso no previsto, “EL PROVEEDOR” exime expresamente a “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD” de cualquier responsabilidad laboral, civil o penal o de cualquier otra especie que en su caso pudiera llegar a generarse, relacionado con el presente contrato.
Para el caso que, con posterioridad a la conclusión del presente contrato, “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD” reciba una demanda laboral por parte de trabajadores de “EL PROVEEDOR”, en la que se demande la solidaridad y/o sustitución patronal a “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD”, “EL PROVEEDOR” queda obligado a dar cumplimiento a lo establecido en la presente cláusula.
VIGÉSIMA SEXTA. DISCREPANCIAS
“LAS PARTES” convienen que, en caso de discrepancia entre la convocatoria a la licitación pública, la invitación a cuando menos tres personas, o la solicitud de cotización y el modelo de contrato, prevalecerá lo establecido en la convocatoria, invitación o solicitud respectiva, de conformidad con el artículo 81, fracción IV, del Reglamento de la “LAASSP”.
VIGÉSIMA SÉPTIMA. CONCILIACIÓN.
“LAS PARTES” acuerdan que para el caso de que se presenten desavenencias derivadas de la ejecución y cumplimiento del presente contrato podrán someterse al procedimiento de conciliación establecido en los artículos 77, 78 y 79 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, y 126 al 136 de su Reglamento.
VIGÉSIMA OCTAVA. DOMICILIOS
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“LAS PARTES” señalan como sus domicilios legales para todos los efectos a que haya lugar y que se relacionan en el presente contrato, los que se indican en el apartado de Declaraciones, por lo que cualquier notificación judicial o extrajudicial, emplazamiento, requerimiento o diligencia que en dichos domicilios se practique, será enteramente válida, al tenor de lo dispuesto en el Título Tercero del Código Civil Federal.
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VIGÉSIMA NOVENA. LEGISLACIÓN APLICABLE
“LAS PARTES” se obligan a sujetarse estrictamente para la prestación de los servicios objeto del
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presente contrato a todas y cada una de las cláusulas que lo integran, sus anexos que forman parte integral del mismo, a la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, su Reglamento; Código Civil Federal; Ley Federal de Procedimiento Administrativo, Código Federal de Procedimientos Civiles; Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria y su Reglamento.
TRIGÉSIMA. JURISDICCIÓN
“LAS PARTES” convienen que, para la interpretación y cumplimiento de este contrato, así como para lo no previsto en el mismo, se someterán a la jurisdicción y competencia de los Tribunales Federales | |
con sede en la Ciudad , | renunciando expresamente al fuero que pudiera corresponderles en |
razón de su domicilio actual o futuro. | |
“LAS PARTES” manifiestan estar conformes y enterados de las consecuencias, valor y alcance legal de todas y cada una de las estipulaciones que el presente instrumento jurídico contiene, por lo que lo ratifican y firman en las fechas especificadas.
POR:
“LA DEPENDENCIA O ENTIDAD”
NOMBRE | CARGO | R.F.C. |
(NOMBRE DEL REPRESENTANTE DE LA DEPENDENCIA O ENTIDAD | (CARGO DEL REPRESENTANTE DE LA DEPENDENCIA O ENTIDAD | (R.F.C. DEL REPRESENTANTE DE LA DEPENDENCIA O ENTIDAD |
(NOMBRE DEL ADMINISTRADOR DEL CONTRATO) | (CARGO DEL ADMINISTRADOR DEL CONTRATO) | (R.F.C. DEL ADMINISTRADOR DEL CONTRATO) |
(NOMBRE DEL FIRMANTE X) | (CARGO DEL FIRMANTE X) | (R.F.C. FIRMANTE X) |
POR:
Carr. Toluca-Tenango del Valle Km. 13.5, Parque Agroindustrial de San Antonio la Isla, San Antonio la Isla, Estado de México, CP. 52280 Tel. (717) 132-0364 www.gob.mx/liconsa Isla.
“EL PROVEEDOR”
NOMBRE | R.F.C. |
(RAZÓN SOCIAL DE LA PERSONA FÍSICA O MORAL) | (R.F.C. DE LA PERSONA FÍSICA O MORAL) |
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ANEXO VI ANEXO TÉCNICO
SERVICIO INTEGRAL DE LIMPIEZA
64
A continuación se cita el ÁREA REQUIRENTE Y SUBGERENCIA quienes manifiestan formalmente que los bienes y servicios requeridos son imprescindibles para la correcta operación y/o funcionamiento de sus actividades y a quienes les resultan aplicables los términos y condiciones señalados en el presente anexo técnico.
ÁREA REQUIRENTE: RECURSOS MATERIALES Y SERVICIOS GENERALES
SUBGERENCIA: ENLACE ADMINISTRATIVO
I. OBJETO DEL SERVICIO.
Proporcionar el Servicio Integral de Limpieza (en adelante “EL SERVICIO”), en las Instalaciones de la Planta Industrial y Áreas Administrativas de LICONSA S.A. de C.V., Gerencia Estatal Valle de Toluca (en lo sucesivo “LICONSA”), ubicada en el kilómetro 13.5 de la Carretera Toluca – Tenango del Valle, Parque Agroindustrial San Antonio La Isla, Municipio de San Antonio la Isla, Estado de México, C.P. 52280.
II. DESCRIPCIÓN TÉCNICA AMPLIA Y DETALLADA DEL SERVICIO.
“El SERVICIO” consiste en mantener y conservar limpios y en condiciones óptimas de salubridad e higiene las áreas interiores y exteriores de los inmuebles destinados a la operación de oficinas administrativas y de atención al público de “LICONSA”, a través de acciones de asepsia y desinfección, para cuyo propósito se utilizan sustancias químicas biodegradables, detergentes y otros implementos de higiene, y que tienden a eliminar organismos y microorganismos patógenos con el objeto de proteger la salud humana; mediante un modelo de servicio integral que incluya todo lo necesario para la correcta ejecución del “SERVICIO”.
III. CUMPLIMIENTO DE LEGISLACIÓN, NORMA O ESPECIFICACIÓN TÉCNICA QUE DEBEN CUMPLIR LOS SERVICIOS.
Con base en el Art. 31 párrafo primero y segundo del Reglamento de la Ley de Adquisiciones Arrendamientos y Servicios del Sector Público, que a la letra dice:
“En los procedimientos de contratación que realicen las dependencias y entidades se deberá exigir el cumplimiento de las normas oficiales mexicanas o estándares, según proceda y, en su caso, las normas internacionales, de conformidad con la Ley de Infraestructura de la Calidad.
IV. VIGENCIA DEL SERVICIO.
Del 1 de febrero al 31 de diciembre del 2025.
V. FORMA Y LUGAR DE LA REALIZACION DE LOS SERVICIOS.
La ejecución del “SERVICIO” previsto se sujetará a los siguientes lineamientos.
a) Las ofertas que presenten “EL PROVEEDORES” deberán considerar el costo mensual por operario y supervisor, de conformidad con las necesidades establecidas por “LICONSA” para cada uno de los inmuebles relacionados respectivamente, conforme a lo señalado en el presente Anexo. Este costo deberá considerar los materiales, herramientas, uniforme, equipo y demás condiciones definidas en el presente Anexo que requieran para la prestación del “SERVICIO”.
b) “El PROVEEDOR” que resulte adjudicado tramitará los permisos y/o autorizaciones necesarias, para la prestación del “SERVICIO” a que se refiere el presente Anexo; y deberá contar con ellos previo al inicio de la prestación del “SERVICIO”.
Carr. Toluca-Tenango del Valle Km. 13.5, Parque Agroindustrial de San Antonio la Isla, San Antonio la Isla, Estado de México, CP. 52280 Tel. (717) 132-0364 www.gob.mx/liconsa Isla.
c) “El PROVEEDOR” será responsable de realizar el “SERVICIO” de acuerdo con las características de cada uno de los inmuebles y de lo que determine “LICONSA” de conformidad con lo establecido en el inciso f) del presente numeral.
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d) “EL PROVEEDOR” deberá contar con recursos financieros, humanos, técnicos y materiales suficientes para el cumplimiento del “SERVICIO” objeto del presente Anexo
e) La disposición de residuos sólidos se realizará de conformidad con lo que disponga la normatividad aplicable en la materia y, en su caso, a la que está obligada “LICONSA”.
f) “EL PROVEEDOR” proporcionarán el “SERVICIO” de acuerdo con la siguiente tabla de actividades:
ACTIVIDAD | AREA | PERIODICIDAD | OBSERVACIONES 65 | ||
PISOS EN GENERAL LAVADO, BARRIDO, TRAPEADOY/O MOPEADO PULIDO DE PISOS | AREAS: ADMINISTRATIVAS OPERATIVAS Y ARCHIVO | DIARIO DIARIO MENSUAL | EXCEPTO DOMINGOS Y DIAS FESTIVOS DIAS SABADOS | ||
LAVADO Y DESODORIZACIÓN DE SANITARIOS LIMPIEZA PROFUNDA | SANITARIOS EN GENERAL, REGADERAS Y VESTIDORES | DOS VECES POR HOMBRES UNA VEZ, MUJERES | DÍA | DIAS SABADOS | |
LAVADO DE CRISTALES INTERIORES Y EXTENRIORES | OFICINAS Y EDIFICIOS DE SERVICIOS AL PERSONAL | QUINCENAL Y MENSUAL EN DIAS SABADOS | EXCEPTO DOMINGOS Y DIAS FESTIVOS | ||
LAVADO DE MUROS INTERIORES Y EXTERIORES | OFICINAS Y EDIFICIOS DE SERVICIOS AL PERSONAL | MENSUAL | SABADOS | ||
LIMPIEZA GENERAL DE ESCALERAS, PASILLOS Y ANDENES EN GENERAL | ADMINISTRATIVAS OPERATIVAS | Y | DIARIA | EXCEPTO DOMINGOS Y DIAS FESTIVOS | |
LAVADO Y PLANCHADO DE CORTINAS | OFICINAS Y EDIFICIOS DE SERVICIO AL PERSONAL | MENSUAL | |||
LIMPIEZA DE MOBILIARIO | OFICINAS Y EDIFICIOS DE SERVICIO AL PERSONAL | DIARIA | EXCEPTO DOMINGOS Y DIAS FESTIVOS | ||
RECOLECCION DE BASURA INTERNA | OFICINAS Y EDIFICIOS DE SERVICIO AL PERSONAL | MINIMO DOS VECES AL DIA | |||
LÁMPARA Y ACRILICOS | OFICINAS Y EDIFICIOS DE SERVICIO AL PERSONAL | MENSUAL | SABADOS | ||
REGADO DE PLANTAS DE ORNATO Y LIMPIEZA DE PLANTAS ARTIFICIALES | OFICINAS Y EDIFICIOS DE SERVICIO AL PERSONAL | TRES VECES SEMANA | POR | EXCEPTO DOMINGOS Y DIAS FESTIVOS | |
LAVADO DE CANCELERIA DE ALUMINIO Y HIERRO | ÁREAS ADMINISTRATIVAS Y OPERATIVAS | MENSUAL | SABADOS | ||
LIMPIEZA DE ESTACIONAMIENTOS INTERNOS Y EXTERNOS | ESTACIONAMIENTO | DIARIO | EXCEPTO DOMINGOS Y DIAS FESTIVOS | ||
COLOCACIÓN DE ARTICULOS DE ASEO | OFICINAS Y EDIFICIOS DE SERVICIO AL PERSONAL Y SANITARIOS | DARIO Y CADA VEZ QUE SE REQUIERA | |||
LAVADO DE GARRAFONES Y CALENTADORES DE AGUA | OFICINAS Y EDIFICIOS DE SERVICIO AL PERSONAL | CADA VEZ QUE REQUIERA | SE | ||
LAVADO DE UTENSILIOS DE CAFETERIA Y MANTELES | OFICINAS Y EDIFICIOS DE SERVICIO AL PERSONAL | CADA VEZ QUE UTILICE | SE | ||
LAVADO DE AUTOS | DIARIO | DE ACUERDO AL SIGUIENTE PARRAFO | |||
FUENTE: LAVAR LA FUENTE Y CAMBIAR AGUA | GERENCIA | QUINCENAL O CADA VEZ QUE LO REQUIERA | SABADOS DOMINGOS | Y/O | |
Carr. Toluca-Tenango del Valle Km. 13.5, Parque Agroindustrial de San Antonio la Isla, San Antonio la Isla, Estado de México, CP. 52280 Tel. (717) 132-0364 www.gob.mx/liconsa Isla.
Respecto al lavado y aspirado de vehículos, se lavarán diariamente 2 unidades, que serán programados por el área de Servicios Generales. El programa de lavados se entregará por escrito para su observancia y seguimiento. El servicio consistirá en lavado de carrocería, aspirado de alfombras en el interior, aplicando
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shampoo para auto, armoroll en llantas, tableros, facias, molduras de plástico y lavado de vestiduras cuando se requiera.
66
g) El “SERVICIO” se realizará de acuerdo a los días, turnos y horarios que “LICONSA” determine:
NUMERO DE ELEMENTOS | HORARIO | DIAS |
9 | DE 7:00 A 15:00 HORAS | LUNES A VIERNES |
7 | DE 7:00 A 13:00 HORAS | SÁBADOS |
2 | DE 7:00 A 13:00 HORAS | DOMINGOS |
h) EL POSIBLE PROVEEDOR deberá observar en lo aplicable para la prestación del “SERVICIO”, las siguientes Normas:
NUMERO DE NORMA | DESCRIPCION DE LA NORMA |
NOM-004-STPS-1999 | Sistemas de protección y dispositivos de seguridad en la maquinaria y equipo que se utilice en los centros de trabajo |
NOM-017-STPS-2017 | Equipo de protección personal-selección, uso y manejo en los centros de trabajo. |
NOM-030-STPS-2009 | Servicios preventivos de seguridad y salud en el trabajo- funciones y actividades. |
NMX-CC-9001-IMNC-2015 | Certificado de calidad en la prestación de servicios de limpieza y mantenimiento a inmuebles. |
NMX-R-025-SCFI-2015 | En igualdad laboral y no discriminación |
NOM-035-STPS-2018 | Factores de riesgo psicosocial en el trabajo- Identificación, análisis y prevención |
“EL PROVEEDOR” deberá atender lo establecido en la NOM-030-STPS-2009, numeral 7, inciso c), para coadyuvar en la mitigación de emergencias y contingencias sanitarias, así como atender las recomendaciones que emitan las Autoridades Sanitarias y cumplir con los protocolos de sanidad de cada centro de trabajo.
“EL PROVEEDOR” se obliga a cumplir las demás Normas que resulten aplicables a la prestación del
“SERVICIO” a solicitud de “LICONSA”.
i) El “SERVICIO” será supervisado por el L.C.P. Jorge Luis Parrilla Hernandez o a la persona que se designe para tal propósito de la Coordinación Recursos Materiales y Servicios Generales.
j) “LICONSA” establecerá las actividades que requiere de “EL PROVEEDOR”, en función de las necesidades de operación de los inmuebles de “LICONSA” y de conformidad con el inciso f) del presente numeral.
k) Las reuniones formales de seguimiento serán acordadas de forma oficial entre el administrador del contrato o del servidor público designado por “LICONSA” y “EL PROVEEDOR”, convocándose con al menos una semana de anticipación.
Carr. Toluca-Tenango del Valle Km. 13.5, Parque Agroindustrial de San Antonio la Isla, San Antonio la Isla, Estado de México, CP. 52280 Tel. (717) 132-0364 www.gob.mx/liconsa Isla.
l) “EL PROVEEDOR” queda obligado durante la vigencia de la prestación del “SERVICIO”, a cumplir con la inscripción y pago de cuotas al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) del personal que brinde el servicio en el inmueble. Para verificar su cumplimiento deberá entregar de forma mensual a “LICONSA”, el comprobante de las cuotas obrero-patronales. En caso de no presentar el documento, se aplicará la pena convencional establecida en el contrato específico que llegue a formularse.
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El “SERVICIO” objeto del presente Anexo se prestará en “LICONSA” ubicada en el kilómetro 13.5 de la Carretera Toluca – Tenango del Valle, Parque Agroindustrial San Antonio La Isla, Municipio de San Antonio la Isla, Estado de México, C.P. 52280.
VI. COMPROBACIÓN DE EXPERIENCIA.
67
El proveedor así como su personal deberán contar con la experiencia suficiente y comprobable, por lo cual es necesario que en la propuesta técnica que presente, incluya Curriculum, certificaciones o algún otro documento que avale dicha experiencia.
VII. TIPO DE CONTRATO A CELEBRARSE.
El contrato que llegue a formularse, será por cantidad determinada, es decir, no será abierto.
VIII. GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO DE CONTRATO.
De conformidad con lo señalado en el artículo 48 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del sector Público (en adelante “La Ley””, el licitante que resulte adjudicado deberá entregar en la Coordinación de Adquisiciones de “LICONSA”, antes de cualquier pago derivado del contrato que se formule, en un término no mayor de 10 (diez) días naturales posteriores a la firma de este; garantía indivisible de cumplimiento del contrato, a través de fianza expedida por institución autorizada para ello, a favor de “LICONSA”, misma que garantice el total cumplimiento de las obligaciones establecidas en el contrato, por un importe equivalente al 10 % (diez por ciento) del monto total del mismo antes del IVA, salvo que la entrega de los “Servicios” ocurra dentro de los diez días posteriores a la firma del instrumento contractual. Esta fianza se mantendrá en vigor hasta que el licitante adjudicado cumpla con todas y cada una de las obligaciones por él contraídas.
IX. PENA CONVENCIONAL Y/O DEDUCCIONES AL PAGO.
Con fundamento en el artículo 53 de “La Ley”, se aplicara al licitante adjudicado una pena convencional equivalente al 2 % (dos por ciento) diario sobre el importe total de los “Servicios” que no sean entregados en tiempo de acuerdo a lo establecido en el contrato.
De acuerdo a lo estipulado en el artículo 53 Bis de “La Ley”, se aplicarán deducciones al pago al licitante adjudicado con motivo del incumplimiento parcial o entrega deficiente de “Los Servicios” en que pudiera incurrir.
El licitante adjudicado entregará “El Servicio” libre de defectos y/o mala calidad. Las diferencias que resulten, deberán corregirse de inmediato por quien resulte el proveedor, sin cargo adicional para “LICONSA”.
Las penalizaciones y/o deducciones al pago no excederán el monto de la garantía de cumplimiento del contrato, en cuyo caso, “LICONSA” podrá optar por la rescisión administrativa del contrato, sin responsabilidad alguna para ella, sin necesidad de acudir a los tribunales competentes, o exigir el cumplimiento forzoso y el pago de los daños y perjuicios, sin que medie resolución judicial.
El importe de la pena convencional aplicable y de la deducción al pago será determinado por quien Administre y Verifique el cumplimiento del contrato que se formule.
El importe de la pena convencional será descontado del valor total de la factura correspondiente o el licitante adjudicado lo cubrirá mediante cheque certificado a nombre de “LICONSA”, previo al pago respectivo.
X. CAUSA DE RECISIÓN ADMINISTRATIVA DEL CONTRATO.
“LICONSA”, con fundamento en el artículo 54 de “La Ley”, podrá en cualquier momento iniciar el procedimiento de rescisión administrativa del contrato que llegue a formularse, por el incumplimiento de cualesquiera de las obligaciones estipuladas en el instrumento jurídico que llegue a concretarse por parte del licitante que resulte adjudicado, así como por la contravención a las disposiciones, lineamientos, bases, procedimientos y requisitos que establece “La Ley” y demás normatividad aplicable en la materia.
Sin perjuicio de lo anterior, “LICONSA” podrá aplicar al licitante que resulte adjudicado las penas convencionales y deducciones al pago, conforme a lo pactado en el instrumento jurídico que se formule y podrá hacer efectiva la garantía otorgada para el cumplimiento del mismo.
Carr. Toluca-Tenango del Valle Km. 13.5, Parque Agroindustrial de San Antonio la Isla, San Antonio la Isla, Estado de México, CP. 52280 Tel. (717) 132-0364 www.gob.mx/liconsa Isla.
“LICONSA” tendrá derecho a su elección, a rescindir administrativamente el contrato, sin responsabilidad
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alguna para ella, sin necesidad de acudir a los Tribunales competentes, o de exigir el cumplimiento forzoso y el pago de los daños y perjuicios, sin que medie resolución judicial.
El licitante adjudicado reconocerá expresamente la facultad de “LICONSA” de rescindir administrativamente el contrato que se formule en caso de que incumpla con cualquiera de sus obligaciones y que la rescisión que decrete “LICONSA”, será válida desarrollada de conformidad a la Normatividad Interna.
XI. PLAZO Y CONDICIONES DE PAGO.
68
En apego a lo previsto en el artículo 51 de “La Ley”, y de acuerdo con el contrato que llegue a formularse, el pago se realizará en moneda nacional (pesos mexicanos); mediante cheque nominativo o transferencia bancaria electrónica (de conformidad con los requisitos establecidos por “LICONSA”) a favor del licitante que resulte adjudicado. La recepción física de la factura junto con la impresión del archivo XML será en la Caja de “LICONSA”, siempre y cuando sea presentada en los días hábiles martes o viernes, de 9:00 a 14:00 horas. El pago de las facturas se llevará a cabo máximo 20 (veinte) días naturales posteriores a su revisión y validación previas por parte de personal de la Coordinación de Mantenimiento, Almacén General y Área de Caja de “LICONSA”.
Los datos de la factura deberán coincidir con lo descrito en el contrato correspondiente, incluido el precio asentado en el mismo.
Para la presentación de las facturas a revisión, será necesario enviar la factura y archivo XML a los correos electrónicos: facturas.liconsa.toluca@gmail.com. Y smarinp@liconsa.gob.mx.
XII. PERSONA RESPONSABLE DE VERIFICAR QUE LOS “SERVICIOS” SE AJUSTEN A LO SOLICITADO.
El LCP. Jorge Luis Parrilla Hernández, Coordinador de Recursos Materiales y Servicios Generales o quien a este sustituya, será el servidor público encargado de verificar que “El Servicio” se entreguen de acuerdo con los requisitos de este Anexo Técnico. Paralelamente la prestación de “El Servicio” será comprobado, supervisado y verificada por la C. Tomasa Araceli Reyes Vilchis, Jefe de Área; para que éste se ejecute conforme a las especificaciones y condiciones establecidas en este Anexo Técnico y en el Contrato que llegue a formularse, lo cual será requisito para proceder al pago correspondiente. El licitante que resulte adjudicado acepta que en tanto ello no se cumpla, la entrega total de “El Servicio”, no se tendrán por recibidos o aceptados.
XIII. SERVIDOR PÚBLICO RESPONSABLE DE LA ADMINISTRACIÓN DEL CONTRATO.
El C. Edmundo Serrano Núñez, Titular de Enlace Administrativo, será el servidor público encargado de administrar y verificar el cumplimiento del contrato que llegue a formularse, de conformidad con lo establecido en el artículo 84 del Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público (en adelante “El Reglamento”).
XIV. CRITERIO DE EVALUACIÓN QUE SE APLICARÁ PARA EVALUAR PROPOSICIONES.
De conformidad con lo señalado en el artículo 36 de “La Ley” y en el artículo 51 de “El Reglamento”, para la evaluación de las proposiciones se utilizará el criterio de evaluación binario, ya que no se requiere vincular las condiciones que deberá cumplir el licitante adjudicado con las características y especificaciones de “El Servicio” a contratar porque este se encuentra estandarizado en el mercado y el factor preponderante que se considera para la adjudicación del contrato es el precio más bajo. La adjudicación se realizara por la partida completa al licitante cuya oferta resulte solvente y oferte el precio más bajo. Cualquier incumplimiento a los requisitos señalados en este Anexo Técnico será causa de desechamiento de las ofertas que se presenten.
XV. PRECIO.
Con fundamento en el artículo 44 de “La Ley”, el precio del “El servicio” se entenderá fijo hasta la total entrega del mismo; por lo que no estará sujeto a modificación alguna. En dicho precio quedarán incluidos todos los gastos que el licitante que resulte adjudicado pudiera erogar por el contrato que llegue a formularse, por lo que no podrá repercutir a “LICONSA” ningún cargo adicional, bajo ninguna circunstancia.
XVI. MONEDA A COTIZAR.
Carr. Toluca-Tenango del Valle Km. 13.5, Parque Agroindustrial de San Antonio la Isla, San Antonio la Isla, Estado de México, CP. 52280 Tel. (717) 132-0364 www.gob.mx/liconsa Isla.
Se cotizara en moneda nacional, misma moneda con la que se efectuará el pago correspondiente conforme a lo que se estipulará en el contrato que llegue a formularse; dando así cumplimiento a lo señalado en la fracción XIII del artículo 45 de “La Ley”
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ANEXO VII
, a, .
INVITACIÓN A CUANDO MENOS TRES PERSONAS NACIONAL ELÉCTRONICA
69
No. IA-08-VST-008VST978-N-02-2025 LICONSA, S.A. DE C.V.
PRESENTE.
(NOMBRE) EN MI CARÁCTER DE (CARGO) Y CON LAS FACULTADES DE REPRESENTACIÓN DE(NOMBRE DE LA EMPRESA) QUE TENGO CONFERIDAS, MANIFIESTO BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD QUEEL SUSCRITO, MI REPRESENTADA O LOS SOCIOS QUE LA CONFORMAN, NO SE ENCUENTRAN UBICADOS EN CUALQUIERA DE LOS SUPUESTOS QUE INDICAN LOS ARTÍCULOS 50 Y 60 DE LA LEY DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS DEL SECTOR PÚBLICO.
ATENTAMENTE
Carr. Toluca-Tenango del Valle Km. 13.5, Parque Agroindustrial de San Antonio la Isla, San Antonio la Isla, Estado de México, CP. 52280 Tel. (717) 132-0364 www.gob.mx/liconsa Isla.
(FIRMA Y NOMBRE DEL REPRESENTANTE LEGAL)
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ANEXO VIII
(HOJA MEMBRETADA DEL LICITANTE).
LUGAR Y FECHA, _.
70
INVITACIÓN No. IA-08-VST-008VST978-N-02-2025 LICONSA, S.A. DE C.V.PRESENTE.
DECLARACIÓN DE INTEGRIDAD
(NOMBRE) EN MI CARÁCTER DE (CARGO) Y CON LAS FACULTADES DE REPRESENTACIÓN DE(NOMBRE DE LA EMPRESA) QUE TENGO CONFERIDAS, MANIFIESTO BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD, QUE POR MI MISMO O A TRAVÉS DE INTERPÓSITA PERSONA, ME ABSTENDRÉ DE ADOPTAR CONDUCTAS, PARA QUE LOS SERVIDORES PÚBLICOS DE “LA CONVOCANTE”, INDUZCAN O ALTEREN LAS EVALUACIONES DE LAS PROPOSICIONES, EL RESULTADO DEL PROCEDIMIENTO U OTROS ASPECTOS QUE OTORGUEN CONDICIONES MÁS VENTAJOSAS CON RELACIÓN A LOS DEMÁS PARTICIPANTES.
ATENTAMENTE
Carr. Toluca-Tenango del Valle Km. 13.5, Parque Agroindustrial de San Antonio la Isla, San Antonio la Isla, Estado de México, CP. 52280 Tel. (717) 132-0364 www.gob.mx/liconsa Isla.
(FIRMA Y NOMBRE DEL REPRESENTANTE LEGAL)
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ANEXO IX
FORMATO DE PROPUESTA ECONOMICA
FORMATO DE SOLICITUD Y PRESENTACIÓN DE OFERTA ECONOMICA ANEXO II DEL CONTRATO MARCO
71
INVITACIÓN A CUANDO MENOS TRES PERSONAS NACIONAL ELECTRÓNICA NUMERO: IA-08-VST-008VST978-N-02-2025
(HOJA MEMBRETADA DEL LICITANTE)
NOMBRE DE LA EMPRESA PARTICIPANTE: DOMICILIO:
CIUDAD: R.F.C. TELÉFONO YO REPRESENTANTE LEGAL:
Manifiesto que la propuesta económica para la contratación de , conforme a las características y especificaciones técnicas establecidas en al Anexo VI de la convocatoria de INVITACIÓN A CUANDO MENOS TRES PERSONAS NACIONAL ELECTRÓNICA No. IA-08-VST-008VST978-N-02-2025, es la
siguiente:
ENTIDAD FEDERATIVA | DIAS LABORALES | CANTIDAD TOTAL DE ELEMENTOS PRECIO UNITARIO MENSUAL POR ELEMNTO SIN IVA | CANTIDAD TOTAL DE ELEMENTOS | ||
LUNES-DOMINGO (MENSUAL) | SABADOS, DOMINGOS, DIAS FESTIVOS ( PRECIO UNITARIO POR DIA LABORADO) | SUPERVISOR | OPERARIO | ||
RESTO DEL PAIS | |||||
SUBTOTAL | |||||
IVA 16% | |||||
TOTAL MENSUAL (MXN) | |||||
Cotizar de acuerdo al anexo correspondiente del contrato marco vigente
Cotización: Moneda Nacional (Pesos Mexicanos).
Precios: Precio Fijo y el precio ofertado ya consideran todos los costos hasta la conclusión total de la realización del servicio.
Vigencia de Cotización: 60 días naturales posteriores a la fecha de presentación de propuestas.
Forma de Pago: Dentro de los 20 días naturales posteriores a la presentación de las facturas a revisión que cubran los requisitos establecidos en la legislación aplicable.
Garantía: Fianza de cumplimiento por 10% del monto adjudicado. Lugar de ejecución de los servicios
San Antonio la Isla, Estado de México a --de --de 2025
Carr. Toluca-Tenango del Valle Km. 13.5, Parque Agroindustrial de San Antonio la Isla, San Antonio la Isla, Estado de México, CP. 52280 Tel. (717) 132-0364 www.gob.mx/liconsa Isla.
NOMBRE Y FIRMA DEL REPRESENTANTE LEGAL DEL LICITANTE
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ANEXO X
ESCRITO PARA PAGO POR TRANSFERENCIA
PARA PAGO POR TRANSFERENCIA
Lugar y Fecha
“LA CONVOCANTE”
El suscrito
72
con domicilio Fiscal en
y Registro Federal de Contribuyente número me permito indicarle que:
Otorgo autorización para que la empresa “LA CONVOCANTE” liquide las facturas que amparan los bienes y/o servicios que le entrego, a través de transferencias electrónicas, abonando dichos importes a la siguiente cuenta bancaria:
NÚMERO DE CUENTA:
TIPO DE CUENTA:
BANCO:
NOMBRE Y NÚMERO DE SUCURSAL:
DIRECCIÓN DE LA SUCURSAL:
NOMBRE Y NÚMERO DE PLAZA:
CLABE BANCARIA ESTANDARIZADA:
TELEFONO DE CONTACTO (PROVEEDOR):
CORREO ELECTRÓNICO:
Acepto que los comprobantes que emita el banco por las transferencias realizadas por ustedes, harán plena prueba de los pagos que me efectúan, respecto de los bienes y servicios que proporciono a esa empresa.
En el caso de que se presentara alguna irregularidad en los depósitos realizados por tal medio, de inmediato lo aclararé directamente con ustedes, mediante un escrito que les haré llegar acompañándolo del estado de cuenta donde se registra dicha irregularidad, para que sea aclarada a la brevedad posible.
Asimismo, me comprometo a informarles oportunamente cualquier cambio en mi cuenta bancaria.
Se presenta original y copia del Estado de Cuenta Bancario, para confirmar los datos señalados en este formato.
ATENTAMENTE
Carr. Toluca-Tenango del Valle Km. 13.5, Parque Agroindustrial de San Antonio la Isla, San Antonio la Isla, Estado de México, CP. 52280 Tel. (717) 132-0364 www.gob.mx/liconsa Isla.
Nombre y firma
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ANEXO XI CONFLICTO DE INTERÉS
73
MANIFESTACIÓN BAJO PROTESTA DE NO EXISTIR CONFLICTO DE INTERÉS
(NOMBRE) , en mi carácter de (Representante Legal, Administrador, Socio Accionista, titular mancomunado) de (NOMBRE DE LA EMPRESA) bajo protesta de decir verdad manifiesto: Que no desempeño empleo, cargo o comisión en el Servicio Público, por lo que no actualizo conflicto de interés alguno.
En consecuencia, solicito que previamente a la formalización del acto contractual respectivo, vinculado con la presente manifestación, se haga del conocimiento del Órgano Interno de Control en “LA CONVOCANTE”.
ATENTAMENTE
Carr. Toluca-Tenango del Valle Km. 13.5, Parque Agroindustrial de San Antonio la Isla, San Antonio la Isla, Estado de México, CP. 52280 Tel. (717) 132-0364 www.gob.mx/liconsa Isla.
NOMBRE Y FIRMA DE LA PERSONA FACULTADA LEGALMENTE
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ANEXO XII
INFORMACIÓN RESERVADA Y CONFIDENCIAL
SAN ANTONIO LA ISLA, ESTADO DE MÉXICO, del 2025.
74
PRESENTE.
(Nombre) , en mi carácter de _ , de la empresa denominada (nombre, denominacióno razón social de quien otorga el poder) indico por medio de la presente que los documentos contenidos en mi Propuesta y proporcionada a la CONVOCANTE, para los efectos establecidos en los artículos 113, 116 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, 110 y 113 de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública, la siguiente documentación es de naturaleza confidencial:
.
.
.
(EN CASO DE QUE SE CONSIDERE QUE NINGÚN DOCUMENTO DE LOS QUE SE ENTREGAN EN LA PROPOSICIÓN ES DENATURALEZA CONFIDENCIAL DEBERÁ SEÑALARSE LA REDACCIÓN SIGUIENTE.)
Se informa que ninguno de los documentos que se entregan en nuestra proposición es de naturaleza confidencial paralos efectos de Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública.*
• (UTILIZAR ÚNICAMENTE EL PÁRRAFO QUE CORRESPONDA)
Carr. Toluca-Tenango del Valle Km. 13.5, Parque Agroindustrial de San Antonio la Isla, San Antonio la Isla, Estado de México, CP. 52280 Tel. (717) 132-0364 www.gob.mx/liconsa Isla.
NOMBRE Y FIRMA DE LA PERSONA FACULTADA LEGALMENTE
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ANEXO XIII
75
MODELO DE PÓLIZA DE FIANZA PARA GARANTIZAR EL CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS, SERVICIOS, OBRA PÚBLICA O SERVICIOS RELACIONADOS CON LA MISMA. (DEPENDENCIAS).
(Afianzadora o Aseguradora)
Denominación social : en lo sucesivo (la “Afianzadora” o la “Aseguradora”) Domicilio: .
Autorización del Gobierno Federal para operar:
(Número de oficio y fecha) Beneficiaria:
Tesorería de la Federación, en lo sucesivo “la Beneficiaria”. Domicilio:
Dependencia contratante: (En lo sucesivo “la Contratante”)
El medio electrónico, por el cual se pueda enviar la fianza a “la Contratante” y a “la Beneficiaria”: Fiado (s): (En caso de proposición conjunta, el nombre y datos de cada uno de ellos)
Nombre o denominación social:
RFC:
Domicilio: (El mismo que aparezca en el contrato principal) Datos de la póliza:
Número: (Número asignado por la “Afianzadora” o la “Aseguradora”) Monto Afianzado: (Con letra y número, sin incluir el Impuesto al Valor Agregado) Moneda:
Fecha de expedición:
Obligación garantizada: El cumplimiento de las obligaciones estipuladas en el contrato, en los términos de la Cláusula PRIMERA de la presente póliza de fianza.
Naturaleza de las Obligaciones: (Divisible o Indivisible, de conformidad con lo estipulado en el contrato). Si es Divisible aplicará el siguiente texto: La obligación garantizada será divisible, por lo que, en caso de presentarse algún incumplimiento, se hará efectiva solo en la proporción correspondiente al incumplimiento de la obligación principal.
Carr. Toluca-Tenango del Valle Km. 13.5, Parque Agroindustrial de San Antonio la Isla, San Antonio la Isla, Estado de México, CP. 52280 Tel. (717) 132-0364 www.gob.mx/liconsa Isla.
Si es Indivisible aplicará el siguiente texto: La obligación garantizada será indivisible y en caso de
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presentarse algún incumplimiento se hará efectiva por el monto total de las obligaciones garantizadas. Datos del contrato o pedido, en lo sucesivo el “Contrato”:
Número asignado por “la Contratante”:
Objeto:
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Monto del Contrato: (Con letra y número, sin el Impuesto al Valor Agregado) Moneda:
Fecha de suscripción:
Tipo:(Adquisiciones, Arrendamientos, Servicios, Obra Pública o servicios relacionados con la misma) Obligación contractual para la garantía de cumplimiento:
(Divisible o Indivisible, de conformidad con lo estipulado en el contrato)
Procedimiento al que se sujetará la presente póliza de fianza para hacerla efectiva: El previsto en el artículo 282 de la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas
Competencia y Jurisdicción: Para todo lo relacionado con la presente póliza, el fiado, el fiador y cualesquier otro obligado, así como “la Beneficiaria”, se someterán a la jurisdicción y competencia de los tribunales federales de(precisar el lugar), renunciando al fuero que pudiera corresponderle en razón de su domicilio o por cualquier otra causa.
La presente fianza se expide de conformidad con lo dispuesto por los artículos 48, fracción II y último párrafo, y artículo 49, fracción I, de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, y 103 de su Reglamento.
La presente fianza se expide de conformidad con lo dispuesto por los artículos 48, fracción II y 49, fracción I de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas, y artículo 98 de su Reglamento.
Validación de la fianza en el portal de internet, dirección electrónica www.amig.org.mx (Nombre del representante de la Afianzadora o Aseguradora)
CLÁUSULAS GENERALES A QUE SE SUJETARÁ LA PRESENTE PÓLIZA DE FIANZA PARA GARANTIZAR EL CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO EN MATERIA DE (ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS, SERVICIO, OBRA PÚBLICA O SERVICIOS RELACIONADOS CON LA MISMA).
PRIMERA. - OBLIGACIÓN GARANTIZADA.
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Esta póliza de fianza garantiza el cumplimiento de las obligaciones estipuladas en el “Contrato” a que se refiere esta póliza y de sus convenios modificatorios que se hayan realizado o a los anexos del mismo, cuando no rebasen el porcentaje de ampliación indicado en la cláusula siguiente, aún y cuando parte de
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las obligaciones se subcontraten.
SEGUNDA. - MONTO AFIANZADO.
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(La “Afianzadora” o la “Aseguradora”), se compromete a pagar a “la Beneficiaria”, hasta el monto de esta póliza, que es (con número y letra sin incluir el Impuesto al Valor Agregado) que representa el % (señalar el porcentaje con letra) del valor del “Contrato”.
(La “Afianzadora” o la “Aseguradora”) reconoce que el monto garantizado por la fianza de cumplimiento se puede modificar en el caso de que se formalice uno o varios convenios modificatorios de ampliación
del monto del “Contrato” indicado en la carátula de esta póliza, siempre y cuando no se rebase el % de dicho monto. Previa notificación del fiado y cumplimiento de los requisitos legales, (la “Afianzadora” o
la “Aseguradora”) emitirá el documento modificatorio correspondiente o endoso para el solo efecto de hacer constar la referida ampliación, sin que se entienda que la obligación sea novada.
En el supuesto de que el porcentaje de aumento al “Contrato” en monto fuera superior a los indicados, (la “Afianzadora” o la “Aseguradora”) se reserva el derecho de emitir los endosos subsecuentes, por la diferencia entre ambos montos, sin embargo, previa solicitud del fiado, (la “Afianzadora” o la “Aseguradora”) podrá garantizar dicha diferencia y emitirá el documento modificatorio correspondiente. (La “Afianzadora” o la “Aseguradora”) acepta expresamente que, en caso de requerimiento, se compromete a pagar el monto total afianzado, siempre y cuando en el contrato se haya estipulado que la obligación garantizada es indivisible; de estipularse que es divisible, (la “Afianzadora” o la “Aseguradora”) pagará de forma proporcional el monto de la o las obligaciones incumplidas..
TERCERA. - INDEMNIZACIÓN POR MORA.
(La “Afianzadora” o la “Aseguradora”), se obliga a pagar la indemnización por mora que en su caso proceda de conformidad con el artículo 283 de la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas.
CUARTA. - VIGENCIA.
La fianza permanecerá vigente durante el cumplimiento a la o las obligaciones que garantice en los términos del “Contrato” y continuará vigente en caso de que “la Contratante” otorgue prórroga o espera al cumplimiento del “Contrato”, en los términos de la siguiente cláusula.
Asimismo, esta fianza permanecerá vigente durante la substanciación de todos los recursos legales, arbitrajes o juicios que se interpongan con origen en la obligación garantizada hasta que se pronuncie resolución definitiva de autoridad o tribunal competente que haya causado ejecutoria.
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De esta forma la vigencia de la fianza no podrá acotarse en razón del plazo establecido para cumplir la o
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las obligaciones contractuales.
QUINTA. - PRÓRROGAS, ESPERAS O AMPLIACIÓN AL PLAZO DEL CONTRATO.
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En caso de que se prorrogue el plazo originalmente señalado o conceder esperas o convenios de ampliación de plazo para el cumplimiento del contrato garantizado y sus anexos, el fiado dará aviso a (la “Afianzadora” o la “Aseguradora”), la cual deberá emitir los documentos modificatorios o endosos correspondientes.
(La “Afianzadora o la “Aseguradora”) acepta expresamente garantizar la obligación a que esta póliza se refiere, aún en el caso de que se otorgue prorroga, espera o ampliación al fiado por parte de la “Contratante” para el cumplimiento total de las obligaciones que se garantizan, por lo que no se actualiza el supuesto de extinción de fianza previsto en el artículo 179 de la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas, sin que se entienda novada la obligación.
SEXTA. - SUPUESTOS DE SUSPENSIÓN.
(Sólo incluir para el caso de póliza en materia de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios)
Para garantizar el cumplimiento del “Contrato”, cuando concurran los supuestos de suspensión en los términos de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, su Reglamento y demás disposiciones aplicables, “la Contratante” deberá emitir el o las actas circunstanciadas y, en su caso, las constancias a que haya lugar. En estos supuestos, a petición del fiado, (la “Afianzadora” o la “Aseguradora”) otorgará el o los endosos conducentes, conforme a lo estatuido en el artículo 166 de la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas, para lo cual bastará que el fiado exhiba a (la “Afianzadora o a la Aseguradora”) dichos documentos expedidos por “la Contratante”.
El aplazamiento derivado de la interposición de recursos administrativos y medios de defensa legales, no modifica o altera el plazo de ejecución inicialmente pactado, por lo que subsistirán inalterados los términos y condiciones originalmente previstos, entendiendo que los endosos que emita (la “Afianzadora” o la “Aseguradora”) por cualquiera de los supuestos referidos, formarán parte en su conjunto, solidaria e inseparable de la póliza inicial.
SEXTA. - SUPUESTOS DE SUSPENSIÓN.
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(Sólo incluir para el caso de póliza en materia de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas) Para garantizar el cumplimiento del contrato, en caso de suspensión de los trabajos por cualquier causa justificada en los términos de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas, su Reglamento y demás disposiciones aplicables, “la Contratante” deberá emitir el o las actas
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circunstanciadas y, en su caso, las constancias a que haya lugar. En estos supuestos, a petición del fiado, (la “Afianzadora” o la “Aseguradora”) otorgará el o los endosos conducentes, conforme a lo estatuido en el artículo 166 de la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas, para lo cual bastará que el fiado exhiba a (la “Afianzadora” o la “Aseguradora”) dichos documentos expedidos por “la Contratante”.
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El aplazamiento derivado de la interposición de los recursos administrativos y medios de defensa legales, no modifica o altera el plazo de ejecución inicialmente pactado, por lo que subsistirán inalterados los términos y condiciones originalmente previstos, entendiendo que los endosos que emita (la “Afianzadora” o la “Aseguradora”) por cualquiera de los supuestos referidos, formarán parte en su conjunto, solidaria e inseparable a la póliza inicial.
SÉPTIMA. - SUBJUDICIDAD.
(La “Afianzadora” o la “Aseguradora”) realizará el pago de la cantidad requerida, bajo los términos estipulados en esta póliza de fianza, y, en su caso, la indemnización por mora de acuerdo a lo establecido en el artículo 283 de la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas, aun cuando la obligación se encuentre subjúdice, en virtud de procedimiento ante autoridad judicial, administrativa o tribunal arbitral, salvo que el fiado obtenga la suspensión de su ejecución, ante dichas instancias.
(La “Afianzadora” o la “Aseguradora”) deberá comunicar a “la Beneficiaria” de la garantía, el otorgamiento de la suspensión al fiado, acompañándole las constancias respectivas que así lo acrediten, a fin de que se encuentre en la posibilidad de abstenerse del cobro de la fianza hasta en tanto se dicte sentencia firme. OCTAVA. - COAFIANZAMIENTO O YUXTAPOSICIÓN DE GARANTÍAS.
El coafianzamiento o yuxtaposición de garantías, no implicará novación de las obligaciones asumidas por (la “Afianzadora” o la “Aseguradora”) por lo que subsistirá su responsabilidad exclusivamente en la medida y condiciones en que la asumió en la presente póliza de fianza y en sus documentos modificatorios, de conformidad con lo expresamente estipulado para tales efectos en el contrato principal materia del afianzamiento.
NOVENA. - CANCELACIÓN DE LA FIANZA.
(Sólo incluir para el caso de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios)
(La “Afianzadora” o la “Aseguradora”) quedará liberada de su obligación fiadora siempre y cuando “la Contratante” le comunique por escrito, por conducto del servidor público facultado para ello, su conformidad para cancelar la presente garantía.
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El fiado podrá solicitar la cancelación de la fianza para lo cual deberá presentar a (la “Afianzadora” o la
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“Aseguradora”) la constancia de cumplimiento total de las obligaciones contractuales. Cuando el fiado solicite dicha cancelación derivado del pago realizado por saldos a su cargo o por el incumplimiento de obligaciones, deberá presentar el recibo de pago correspondiente.
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Esta fianza se cancelará cuando habiéndose cumplido la totalidad de las obligaciones estipuladas en el “Contrato”, “la Contratante” haya calificado o revisado y aceptado la garantía exhibida por el fiado para responder por los defectos, vicios ocultos de los bienes entregados y por el correcto funcionamiento de los mismos o por la calidad de los servicios prestados por el fiado, respecto del “Contrato” especificado en la carátula de la presente póliza y sus respectivos convenios modificatorios.
DÉCIMA. - PROCEDIMIENTOS.
(La “Afianzadora” o la “Aseguradora”) acepta expresamente someterse al procedimiento previsto en el Artículo 282 de la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas para hacer efectiva la fianza.
DÉCIMA PRIMERA REQUERIMIENTO.
“La Beneficiaria” podrá realizar el requerimiento de pago a que se refiere el artículo 282 de la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas en las oficinas principales, sucursales, oficinas de servicio o bien en los domicilios de los apoderados designados por la Institución para recibir requerimientos de pago, correspondientes a cada una de las regiones competencia de las Salas Regionales del Tribunal Federal de Justicia Administrativa.
“La Beneficiaria” requerirá de pago a la institución acompañando los documentos justificativos siguientes:
1. El Acto o Contrato en que conste la obligación a cargo del fiado.
2. La Póliza de Fianza y endoso o endosos respectivos.
3. El Acta Administrativa, en la que se harán constar de manera cronológica y circunstanciada los actos u omisiones que constituyan el incumplimiento a las obligaciones garantizadas.
4. La Liquidación de adeudo o documento en el cual conste el crédito o importe a requerir con cargo a la garantía.
5. Si los hubiere, la demanda o el escrito de cualquier otro medio de defensa legal procedente, presentado por el fiado, resoluciones o sentencias firmes dictadas por autoridad competente y sus notificaciones. 6.Los demás documentos que la Tesorería estime pertinentes.
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Dichos documentos se acompañarán en original o en copia certificada, salvo la póliza de fianza y su endoso o endosos, los cuales deberán anexarse en original.
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DÉCIMA SEGUNDA. - DISPOSICIONES APLICABLES.
Será aplicable a esta póliza, en lo no previsto por la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas la legislación mercantil y a falta de disposición expresa el Código Civil Federal.
DÉCIMA TERCERA. - ENTREGA DE FIANZAS.
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(La “Afianzadora” o la “Aseguradora”) deberá entregar a “la Beneficiaria”, una copia de esta póliza a través del medio electrónico, la dirección de correo electrónico, o ambos conforme a lo señalado en la carátula de esta póliza.
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