Acuerdo de cooperación entre el la Universidad de ______________________________ y la Universidad de Granada en relación con el establecimiento y puesta en marcha de un Programa de Doble título de Máster en ______________________ y Máster...
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Acuerdo de cooperación entre el la Universidad de ______________________________ y la Universidad de Granada en relación con el establecimiento y puesta en marcha de un Programa xx Xxxxx título de Máster en ______________________ y Máster Universitario en ________________________ (UGR)
De una parte, el Sr. D. [Nombre del Rector o representante legal], en su calidad de representante legal y Rector de [nombre de la institución], institución de educación superior reconocida mediante [norma o acuerdo de nombramiento], con domicilio legal en [dirección completa del domicilio de la institución],
y
de otra, la Sra. Dña. Xxxxx Xxxxxx Xxxxxxx, en su calidad de representante legal y Rectora Magnífica de la Universidad de Granada (UGR) con sede en X/ Xxxxxx xxx Xxxxxxxx x/x, 00000 Xxxxxxx (Xxxxxx), en virtud del Decreto 157/2015, de 19 xx xxxxx (BOJA nº 119 de 22 xx xxxxx de 2015), actuando con las atribuciones que le confieren el artículo 20.1 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades y el artículo 45, k) de los Estatutos de la Universidad de Granada.
Ambas denominadas en este Acuerdo “Partes” o “Universidades socias”,
Considerando que
Las Partes son conscientes de la importancia que tiene para ambas Instituciones estrechar los vínculos culturales, científicos y académicos;
El RD 1393/2007 (BOE 260 de 30 de octubre) otorga a las Universidades españolas la capacidad de expedir títulos conjuntos de Máster con otras universidades nacionales o extranjeras;
Los centros en los cuales se desarrollará el programa xx xxxxx título de Máster, objeto del presente acuerdo, serán:
Escuela Internacional de Posgrado (UGR)
Se acuerda cuanto sigue
I. Objeto del Acuerdo
El objeto del presente Acuerdo es definir las condiciones y términos que las Universidades socias desarrollarán para la gestión de un Programa xx xxxxx título de Máster que conlleve la expedición de los siguientes títulos:
Título extranjero ___________________________, expedido por la Universidad ____
Máster Universitario en ________________________, expedido por la Universidad de Granada.
Las Universidades socias están legitimadas para impartir programas de Máster/ Magister, de acuerdo con las respectivas legislaciones nacionales.
La ejecución del presente Acuerdo tendrá lugar en el marco de las actividades de cada Universidad socia. En este sentido, las Universidades socias intercambiarán cuanta documentación sea necesaria para acreditar la plena validez de cada una de las titulaciones que componen el Programa xx xxxxx título de Máster.
II. Titulaciones y expedición del título
Los estudiantes que participen en el Programa se matricularán en sus respectivas universidades de origen en las siguientes titulaciones:
- estudiantes de la ___________________: ____________________________,
- estudiantes de la UGR: Máster Universitario en _________________________.
Una vez que los estudiantes hayan cumplido satisfactoriamente con todos los requisitos establecidos para la obtención de los respectivos títulos en cada universidad, como se especifica en el Acuerdo Académico (Anexo I), cada institución o autoridad competente expedirá los títulos y el Suplemento al Diploma correspondientes, de acuerdo con las normas y procedimientos de su respectiva institución. No se contempla en ningún caso la expedición de los títulos de la Universidad socia sin la obtención previa de los títulos de la universidad de origen en la que el estudiante obtuvo la admisión al programa. Este doble título de Máster se considera indivisible. El estudiante que por cualquier causa decidiese abandonar el programa podrá, de todos modos, proseguir los estudios en la universidad de origen, pero no podrá obtener los títulos en la Universidad socia.
Las Universidades socias se comprometen a intercambiar información sobre el contenido y el diseño de los títulos y del Suplemento al Título.
Los centros de referencia para la expedición del título para los estudiantes participantes en el Programa se incluyen en el Anexo III del presente Acuerdo.
III. Comité de Seguimiento
Las Universidades socias constituirán un Comité de Seguimiento que será el responsable de gestionar, supervisar y coordinar el programa xx xxxxx título de Máster, así como de interpretar los acuerdos entre las Universidades socias. Por parte de la UGR formarán parte de este Comité: un responsable de la Escuela Internacional de Posgrado, un representante del Vicerrectorado de Internacionalización y el Coordinador de Máster. Por parte de la Universidad _____________________________________________ formarán parte de este Comité: _______________________________________________________________________.
El Comité de Seguimiento discutirá y actualizará todas las cuestiones académicas y administrativas relacionadas con el Programa xx xxxxx título, incluida cualquier modificación en la descripción del mismo (Anexos I, II y III). Las decisiones finales estarán sujetas a la aprobación de las autoridades competentes en las Universidades socias.
Las Universidades socias garantizarán los medios académicos y administrativos necesarios para la ejecución del presente Acuerdo en sus propias instituciones.
IV. Estructura del programa
El Programa xx xxxxx título de Máster se diseña como un programa de estudios a tiempo completo en la UGR (60 créditos ECTS) y ______________ en la Universidad ____________. El Programa será aprobado por las Universidades socias de acuerdo con sus respectivas legislaciones.
El desarrollo del Programa, la obtención del título y los derechos y obligaciones de los estudiantes estarán sujetos a sus respectivos xxxxxx jurídicos nacionales e institucionales, además de a la normativa interna de las Universidades socias.
3. Este programa xx xxxxx título se impartirá en español en la Universidad de Granada y en ______________ en la Universidad _______________
Todas las actividades formativas, incluidos los exámenes, se desarrollarán en _________ y español, además de en las lenguas elegidas por los participantes, previstas en el plan de estudios de la titulación. Las lenguas del Trabajo fin de Máster serán las estipuladas por cada Universidad.
Los procedimientos de selección, los contenidos básicos, la estructura académica del Programa, la movilidad y el reconocimiento por parte de una universidad de las asignaturas o materias cursadas en la otra universidad se describen en el Acuerdo académico (Anexo I).
Se adjuntan al presente Acuerdo las tablas de Descripción del Programa Académico (Anexo II), las cuales se podrán modificar de común acuerdo entre las Partes con intercambio de información y sin perjuicio para los estudiantes ya admitidos en el Programa.
En la evaluación de cada una de las asignaturas o materias, cada Universidad socia aplicará su propio sistema de calificación, de acuerdo con su legislación nacional e institucional. La tabla oficial de conversión de calificaciones forma parte del presente Acuerdo (Anexo I). La mencionada tabla se podrá modificar de común acuerdo entre las Partes con el intercambio de información y sin perjuicio para los estudiantes admitidos ya en el Programa.
La movilidad de estudiantes es una parte esencial y necesaria de este programa xx xxxxx título integrado. Para la movilidad de los estudiantes las Partes acuerdan lo siguiente:
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La posible movilidad del profesorado se regulará por las Partes, según las leyes y las normativas vigentes en cada país. El profesorado implicado en virtud del presente Acuerdo, continuará manteniendo las obligaciones derivadas de la relación laboral con la universidad de procedencia de la cual seguirá percibiendo el sueldo y beneficiándose de los derechos derivados de su estatus jurídico, según las normas vigentes en el país de pertenencia. En todo caso, la duración de la permanencia realizada por los interesados será considerada, a todos los efectos, como válida por la Universidad de procedencia como periodo de servicio. El personal docente e investigador podrá realizar cursos y conferencias, desarrollar actividades de tutoría, participar en seminarios, tribunales de exámenes, tribunales de Trabajos fin de Máster, actividad investigadora, reuniones de planificación, de valoración y desarrollo de programas de intercambio de estudiantes en la Universidad socia.
Las Partes acuerdan que todos los acuerdos financieros deberán negociarse y dependerán de la disponibilidad de fondos. Para la movilidad del personal docente e investigador, cada universidad cubrirá los costes de sus docentes e investigadores siempre teniendo en cuenta la disponibilidad de fondos del Programa Erasmus+ u otros fondos.
Para llevar a cabo su actividad durante la permanencia en la Universidad de acogida, el personal docente e investigador que participe en el intercambio se considerará personal “en misión en el exterior”.
Las Partes declaran que su personal docente e investigador está asegurado contra accidentes que pudieran sufrir durante el periodo de permanencia en el extranjero, en actividades inherentes al presente convenio, y que posee un seguro de responsabilidad civil por daños involuntariamente causados a terceros (personas/cosas).
El Programa xx xxxxx título de Máster estará sujeto a evaluaciones sistemáticas y a un sistema de garantía de la calidad, dirigido a mejorar su desarrollo, de acuerdo con los puntos 1 y 2 del artículo VII del presente Acuerdo.
V. Selección de estudiantes, matrícula y normas de permanencia
Las Partes acuerdan que el número de estudiantes participantes en el Programa será de ____ ( ) por universidad y curso académico.
El número de estudiantes admisible en cada cohorte podrá negociarse anualmente por las Universidades socias a través del Comité de Seguimiento, de acuerdo con su capacidad y normas aplicables. La modificación del número máximo se tomará por mutuo acuerdo de las Partes.
El procedimiento de selección se llevará a cabo por cada Universidad socia de acuerdo con las condiciones de selección establecidas y especificadas en el Acuerdo académico (Anexo I).
Por parte de la UGR, la Comisión de Selección de los estudiantes estará compuesta por los miembros de esta Universidad en el Comité de Seguimiento. Por parte de la Universidad ____________ la Comisión de Selección de los estudiantes estará compuesta por los miembros de esta Universidad en el Comité de Seguimiento.
En caso de reclamación contra una decisión individual de selección, se pondrá en funcionamiento el sistema de recursos aplicable en la institución de origen.
Los estudiantes seleccionados se matricularán en la universidad de origen, pero se considerarán estudiantes de ambas instituciones a partir del inicio de la primera movilidad.
Los estudiantes participantes en el Programa gozarán de los beneficios y estarán sujetos a la normativa vigente en las instituciones en las cuales efectúan la movilidad (como las normas de permanencia vigentes). Asimismo, podrán disfrutar de todos los servicios ofrecidos por la Universidad de acogida a sus propios estudiantes matriculados regularmente. Las Partes declaran que los estudiantes inscritos están asegurados contra accidentes que pudieran sufrir durante el periodo de permanencia en el extranjero, en actividades inherentes al presente convenio, y poseen un seguro de responsabilidad civil por daños involuntariamente causados a terceros (personas/cosas).
Las reclamaciones relacionadas con los módulos, materias y asignaturas xxx xxxxx título integrado de Máster, los procedimientos de evaluación, así como el resto de cuestiones prácticas que se susciten en cada institución se regirán por las normas nacionales e institucionales propias de la institución responsable de la impartición de dicho módulo, materia o asignatura.
VI. Precios públicos y responsabilidad financiera de los estudiantes
Todos los estudiantes seleccionados para el Programa xx xxxxx título de Máster abonarán el importe de los precios públicos de matrícula en su universidad de origen. Los estudiantes se responsabilizarán financieramente de los siguientes extremos:
Gastos de viaje desde y hacia la institución de destino, durante el periodo previsto del programa.
Seguridad social y cobertura de seguro internacional, de forma que queden cubiertos los gastos por enfermedad, accidente y repatriación durante su período de estudios en la institución de acogida.
Expedición de los títulos y otros gastos administrativos.
Viajes, alojamiento y manutención.
Asociación de estudiantes/Servicios generales.
Cualquier otro gasto no especificado en la presente disposición que se produzca como consecuencia de la movilidad.
Las Universidades socias harán cuanto sea necesario para que los estudiantes puedan beneficiarse de ayudas a la Movilidad de los programas de movilidad de la Unión Europea o similares, de acuerdo con las condiciones y requisitos de su institución de origen. En concreto, se solicitarán anualmente fondos del programa de la Comisión Europea para la Educación, la Juventud y el Deporte, Erasmus+. En caso de no contar con financiación externa, las Universidades socias acordarán formas alternativas de financiación para los participantes en el programa.
VII. Garantía de la calidad
Las Partes efectuarán un control de calidad de las actividades desarrolladas en el ámbito del programa. Este sistema estará en concordancia con los estándares mínimos de garantía de la calidad en las Universidades socias.
VIII. Derechos de propiedad intelectual
Cada Universidad socia reconoce y acuerda que todos los derechos de propiedad intelectual u otros derechos de propiedad relacionados con contenidos, materiales, investigaciones o material didáctico, procedimientos y procesos y/o experiencias docentes en relación o en conexión con el presente Programa o cualquier aspecto de él, son y seguirán siendo propiedad exclusiva de su poseedor y, salvo que se indique expresamente lo contrario en el presente Acuerdo, no se contempla la transferencia de la propiedad o la creación de derechos con licencia en el ámbito de los mencionados derechos de propiedad intelectual u otros derechos de propiedad. Los materiales didácticos y demás contenidos, materiales, métodos de investigación, procedimientos, procesos o programas en los que una Parte se acoja a derechos de propiedad intelectual relacionados o conectados con el Programa, y que se proporcionen a la otra Parte en el marco del presente Acuerdo, pueden utilizarse por la otra parte exclusivamente para los fines de ejecución de las obligaciones previstas en el presente Acuerdo y durante el periodo de validez del mismo, y para ninguna otra finalidad.
IX. Prevención y seguridad
Las Partes se comprometen a que a los sujetos involucrados en el programa se les proporcione información detallada sobre los riesgos específicos que existen en el marco en el que son destinados para desarrollar y ejercer las mismas funciones, además de la documentación necesaria sobre medidas de prevención y de emergencia adoptadas en relación a la misma actividad y sobre figuras propuestas para tales actividades, de conformidad con la normativa vigente en el país de la Universidad de acogida.
X. Uso del logo
Cada Parte podrá utilizar logos, nombres y otras marcas de la Universidad socia exclusivamente en el marco del presente Programa. Cada Parte propiciará la participación recíproca de la contraparte en anuncios de prensa, publicidad y otras actividades promocionales, relativas al doble título integrado de Máster, mediante la utilización apropiada de los logos, nombres y marcas de ambas Partes.
XI. Protección de datos
Las partes se comprometen a cumplir, en los términos que sean de aplicación, lo establecido en las respectivas legislaciones nacionales sobre protección de datos de carácter personal.
XII. Solución de controversias, prórroga, terminación y enmienda
El presente acuerdo entrará en vigor durante un periodo de ____________ años, que comenzará en el curso académico ___________, una vez aprobado por ambas instituciones. La vigencia del presente acuerdo podrá extenderse por acuerdo expreso de las Partes.
Durante la vigencia del presente acuerdo, cualquier cambio o modificación que se proponga deberá constar por escrito y ser aprobada por ambas Universidades socias.
En caso de que surjan controversias derivadas de la interpretación o aplicación del presente acuerdo, éstas serán resueltas amistosamente mediante consultas entre las universidades socias.
Cualquiera de las Universidades socias podrá denunciar el presente acuerdo, mediante un preaviso por escrito a la otra institución, con al menos seis meses de antelación a la fecha del vencimiento. No obstante, las Universidades socias tendrán la obligación de garantizar el cumplimiento de los compromisos en curso, especialmente, el derecho de los estudiantes a completar el periodo de movilidad en la institución de acogida obteniendo el correspondiente título.
XIII. Firmas
__________________________ Fecha
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__________________________ Fecha |
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Xxxxx Xxxxxx Xxxxxxx Rectora Universidad de Granada
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Xxxxxxxxx Xxxxxxxx Rector Universidad de Bolonia
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ANEXO I
Acuerdo académico
Programa xx Xxxxx Título de Máster
en ____________________________________________________ y en _________________________________________ (UGR)
A) Estudiantes de ___________________________
1. Requisitos de admisión:
2. Condiciones de la movilidad:
3. Estructura del Programa de Estudios que deben cursar los estudiantes
4. Evaluación final
- La evaluación final de los estudiantes en la Universidad ___________________ se realizará de acuerdo con los siguientes requisitos:
- La evaluación final de los estudiantes en la UGR se realizará de acuerdo con los siguientes requisitos:
5. Tabla de conversión de calificaciones*:
ESPAÑA |
Suspenso 0-4,9 |
Aprobado 5-6,9 |
Notable 7-8,9 |
Sobresaliente 9-9,9 |
Matrícula de Honor 10 |
OTRO PAIS |
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*En caso de una eventual modificación por parte de las Universidades socias, esta tabla se actualizará automáticamente previa comunicación escrita de las partes.
ANEXO II: TABLA DE CORRESPONDENCIA DE MATERIAS DE LOS PLANES DE ESTUDIO
ANEXO III: CENTROS DE REFERENCIA PARA LA EXPEDICIÓN DEL TÍTULO
Universidad extranjera:
_______________
Granada:
Escuela Internacional de Posgrado
Xxxxxxx xx Xxxxxx, 00 Xxxxxxx 00000
tel.: x00000000000, 00000000, 00000000
fax: x00000000000
Horario de atención al público: 9 a 14 horas
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