Contract
CUADRO RESUMEN PROCEDIMIENTO DE CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE MONTAJE, MANTENIMIENTO Y DESMONTAJE DE STANDS MODULARES Y DISPOSICIÓN EN ALQUILER DE MOBILIARIO PARA EXPOSITORES, DURANTE LA CELEBRACIÓN DEL VII SALON PROFESIONAL DEL MUEBLE “NORMUEBLE 2017”
1. OBJETO DEL CONTRATO: | Servicio de montaje, mantenimiento y desmontaje de stands modulares y la disposición en alquiler de mobiliario y otros extras para los expositores durante Normueble 2017. | ||
2. NATURALEZA DEL CONTRATO. | Contrato de Servicios. | ||
3. ORGANO DE CONTRATACIÓN: | Comisión de Contratación Xxxxxx xx Xxxxx. | ||
4. PROCEDIMIENTO DE CONTRATACIÓN: | Abierto, no XXXX, con varios criterios de adjudicación. | ||
5. TRAMITACIÓN: | Ordinaria. | 6. Nº EXPEDIENTE: | 097/2017 |
7. LUGAR Y PLAZO DE PRESENTACIÓN DE OFERTAS: | Registro General de la Xxxxxx xx Xxxxx, sito la Xxxxxxxxx Xxxxx xx Xxxxxxxx xx 000 xx Xxxxx en horario de 09:00 a 14:00 horas, en el plazo de quince (15) días naturales (si fuera xxxxxx, xxxxxxx o festivo, el plazo finalizará el siguiente día hábil), contados a partir del día siguiente a la publicación de la convocatoria en el PERFIL DEL CONTRATANTE de la Cámara. | ||
8. VALOR ESTIMADO DEL CONTRATO: | El valor estimado del contrato será de 48.724,79 €. Los precios máximos unitarios de licitación son: 1. Modular: 11,00 €/m², estimando una colocación aproximada de 4.000 m². 2. Extras y Mobiliario: para estos conceptos se fija un presupuesto máximo de 4.724,79 €. Al precio resultante habrá de añadirse el IVA correspondiente. | ||
9. PLAZO DE EJECUCIÓN O DURACIÓN DEL CONTRATO: | El montaje deberá realizarse antes del 24 xx xxxxx, fecha en la que deberá tener lugar la puesta a disposición de la Institución Ferial, debiendo haber finalizado el desmontaje el viernes 5 xx xxxx. | ||
10. GARANTÍAS: | Provisional: NO Definitiva: SI (5% del precio de adjudicación, excluido el IVA). | ||
11.PRESENTACIÓN TELEMATICA Y CESIÓN DEL CONTRATO | No |
PLIEGO DE CLAUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES PARA LA CONTRATACIÓN, POR PROCEDIMIENTO ABIERTO, DEL SERVICIO DE MONTAJE, MANTENIMIENTO Y DESMONTAJE DE STANDS MODULARES Y DISPOSICIÓN EN ALQUILER DE MOBILIARIO PARA EXPOSITORES, DURANTE LA CELEBRACIÓN DEL VII SALON PROFESIONAL DEL MUEBLE “NORMUEBLE 2017”
CLAUSULA PRIMERA: Objeto del contrato:
Constituye el objeto de este contrato, la contratación de un servicio de montaje, mantenimiento y desmontaje de stands modulares en los pabellones necesarios, para ubicar a los expositores del VII SALON PROFESIONAL DEL MUEBLE “NORMUEBLE 2017”. En este servicio se incluye, la disposición de mobiliario y extras, en régimen de alquiler, para atender a las necesidades que puedan requerir los expositores.
CLÁUSULA SEGUNDA: Régimen Jurídico y tipo de contrato:
Este contrato se regirá por las presentes Cláusulas, así como las Técnicas que completan estos Pliegos de contratación, y en lo no previsto en ellas, en las normas de derecho privado correspondientes, ya que, de acuerdo con el artículo 20 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, se trata de un contrato privado.
Tendrá carácter contractual, además de los Pliegos de Cláusulas Administrativas y de prescripciones Técnicas la Documentación Técnica y la Oferta Económica.
CLÁUSULA TERCERA: Procedimiento de Adjudicación:
El presente contrato se adjudicará mediante tramitación ordinaria y por el procedimiento abierto, no sujeto a regulación armonizada, con varios criterios para su adjudicación.
CLÁUSULA CUARTA: Publicidad:
Con el fin de asegurar la transparencia y el acceso público a la información relativa a su actividad contractual, esta Cámara incluye en el Perfil de Contratante de su página web (xxx.xxxxxxxxxxx.xx) la convocatoria del presente contrato, incluyendo los Pliegos de Cláusulas, tanto Administrativas como Técnicas, por las que se rige.
La fecha y hora del acto público de apertura de proposiciones, se comunicará oportunamente a través del Perfil del Contratante.
CLAUSULA QUINTA: Duración del contrato:
El período de montaje del modular será del 17 al 24 xx Xxxxx, la puesta a disposición de los modulares al expositor se realizará los días 25 y 26 xx Xxxxx y el mantenimiento del 25 al 30 xx xxxxx, debiendo de haber finalizado el desmontaje el viernes, 5 xx Xxxx.
CLÁUSULA SEXTA: Presupuesto Base de Licitación y Precio del Contrato:
El presupuesto base de licitación para la totalidad del plazo de ejecución del contrato es de 48.724,79 euros.
La cuantía máxima de licitación parte de la estimación de ejercicios anteriores y de la previsión actual a fecha de licitación. Tanto la disminución en el importe total como su incremento derivados de una menor o mayor comercialización; no previstos en el momento de la adjudicación, no conllevarán ninguna modificación en el precio unitario ofertado y adjudicado, ni darán derecho a ninguna compensación entre la Cámara y los adjudicatarios.
El precio del contrato se obtendrá multiplicando los precios unitarios ofertados por las unidades realmente facilitadas o instaladas por cada uno de los conceptos. Al precio resultante habrá de añadirse el IVA correspondiente.
Las ofertas que se presenten deben contemplar las diferentes especificaciones plasmadas en el pliego de Condiciones Técnicas.
CLAUSULA SÉPTIMA: Pago del precio y revisión del mismo:
El pago se realizará siempre mediante transferencia bancaria o confirming, previa presentación de factura detallada sujeta a los impuestos vigentes y conformada por la Cámara, en un plazo de 60 días contado desde la fecha de recepción de la factura a plena satisfacción de la Entidad.
La revisión del precio no procede, de conformidad con el artículo 89 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, en su redacción dada por la Ley 2/2015, de 30 xx xxxxx, de dexindexación de la economía española.
CLÁUSULA OCTAVA: Aptitud para Contratar. Capacidad y Solvencia:
Están facultadas para contratar las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras, que teniendo plena capacidad de obrar conforme a los artículos 54 a 59 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público (TRLCSP) aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011 de 14 de noviembre, no estén incursas en alguna de las prohibiciones para contratar del artículo 60 de la misma norma y acrediten su solvencia económica y técnica.
a. Solvencia económica y financiera: Deberá acreditarse por:
Volumen anual de negocios, del licitador o candidato que referido al año de mayor volumen de negocio de los tres últimos concluidos, deberá de ser al menos una vez y media el valor estimado del contrato (73.087,18 €). Dicho volumen se acreditará mediante certificación, nota simple o información análoga expedida por el Registro y que contenga sus cuentas anuales, siempre que esté vencido el plazo de presentación y se encuentren depositadas; si el último ejercicio se encontrara pendiente de depósito, deben presentarlas acompañadas de la certificación de su aprobación por el órgano competente para ello y de su presentación en
el Registro. Los empresarios individuales no inscritos deben presentar Resumen Anual de IVA (Modelo 390) y Declaración del Impuesto de la Renta de las Personas Físicas.
b. Solvencia técnica o profesional: Deberá acreditarse por:
Relación de los principales servicios o trabajos del mismo tipo o naturaleza al que corresponde el objeto del contrato, realizados durante los últimos cinco años, indicando su importe, fecha y destino, público o privado, de los mismos. Los servicios o trabajos efectuados se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público; cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por éste o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario al que se le prestaron los servicios o trabajos.
Aun no siendo exigible conforme a la legislación vigente, la entidad licitadora podrá acreditar su solvencia mediante la presentación de la clasificación suficiente y no caducada, correspondiente a Grupo L - Subgrupo 5 - Categoría 1. No siendo necesario en este caso acreditarla por los medios anteriores.
En este caso, se ha de presentar junto con la certificación una declaración responsable del licitador en la que manifieste, que las circunstancias reflejadas en el correspondiente certificado no han experimentado variación.
En virtud de lo establecido en el artículo 64 del TRLCSP los licitadores deberán comprometerse a dedicar o adscribir a la ejecución del contrato los medios personales o materiales suficientes para ello, presentando declaración responsable según XXXXX X. Este compromiso quedará integrado en el contrato, atribuyéndosele carácter de obligación esencial a los efectos previstos en el artículo 223.f), o establecer penalidades, conforme a lo señalado en el artículo 212.1 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.
XXXXXXXX XXXXXX: Presentación de proposiciones:
Para participar en el procedimiento abierto, el licitador deberá presentar la proposición junto con la documentación exigida en el Registro de la Cámara Oficial de Comercio, sito en sus oficinas en la Carretera Piles al Xxxxxxxx nº 652 xx Xxxxx (33203), de lunes a viernes en horario de 09:00 a 14:00 horas, dentro del plazo de quince (15) días naturales (si fuera xxxxxx, xxxxxxx o festivo, el plazo finalizará el siguiente día hábil), contados a partir del día siguiente a la publicación de la convocatoria en el PERFIL DEL CONTRATANTE de la Cámara.
Cuando la proposición se envíe por correo, el licitador justificará la fecha de imposición del envío en la oficina de correos y anunciará al órgano de contratación la remisión de la misma mediante fax (número +. 34. 985.180.143) o, preferentemente, correo electrónico en la dirección xxxxxxxxxx@xxxxxxxxxxx.xx, en el mismo día antes de las 14:00 horas.
Sin la concurrencia de ambos requisitos no será admitida la proposición si es recibida por este órgano de contratación con posterioridad a la fecha de terminación del plazo señalado en la convocatoria.
Transcurridos, no obstante, los diez (10) días naturales siguientes a la fecha indicada, sin haberse recibido la proposición, esta no será admitida en ningún caso.
La presentación de una oferta supone la aceptación incondicionada por el licitador del contenido de la totalidad de las cláusulas del presente Xxxxxx, sin salvedad o reserva alguna.
CLAUSULA DÉCIMA: Presentación de la documentación exigida:
Los licitadores presentarán en el Registro General de la Cámara sito la Xxxxxxxxx Xxxxx xx Xxxxxxxx xx 000 xx Xxxxx en horario de 09:00 a 14:00 horas y en el plazo fijado, sus documentos y la proposición en tres sobres (A, B y C) cerrados y firmados por el proponente o su representante en el cierre de los mismos, de forma que se garantice el secreto de su contenido.
En cada uno de los sobres figurará externamente el nombre y apellidos de quien firme la proposición y el carácter con el que lo hace, es decir, si se efectúa en nombre propio o en representación de otra persona o entidad, el CIF, el domicilio fiscal, teléfono y fax, dirección de correo electrónico, todo a efectos de comunicaciones, así como el nombre y número de expediente de licitación al que concurre. Cada sobre contendrá:
✓ Sobre «A»: Declaración Responsable y Solvencia, incluirá:
▪ La declaración responsable (artículo 146 apartado 4) del licitador indicando que cumple las condiciones establecidas legalmente para contratar y cuenta con la capacidad para la ejecución del contrato, así como de no estar incurso en las prohibiciones para contratar recogidas en el artículo 60 del TRLCSP que comprenderá expresamente la circunstancia de hallarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes, declaración que se ajustará al modelo que figura en el ANEXO I. El licitador a cuyo favor recaiga la propuesta de adjudicación, deberá acreditar ante el órgano de contratación, previamente a la adjudicación del contrato, la posesión y validez de los documentos exigidos, en los términos que se concretan en la cláusula decimotercera del presente pliego. En todo caso, el órgano de contratación, en orden a garantizar el buen fin del procedimiento, podrá recabar, en cualquier momento anterior a la adopción de la propuesta de adjudicación, que los licitadores aporten documentación acreditativa del cumplimiento de las condiciones establecidas para ser adjudicatario del contrato.
▪ La documentación acreditativa de la Solvencia Económica y Técnica con arreglo a la cláusula Octava de los presentes Pliegos.
▪ Justificación de estar al corriente del I.A.E. en el epígrafe correspondiente que le habilita para cumplir el presente contrato, mediante la presentación del último recibo o, en su defecto, declaración de no estar obligado al pago del mismo, según modelo plasmado en el ANEXO II del presente Xxxxxx.
▪ Declaración de Compromiso de Adscripción de Medios, según modelo ANEXO V de los presentes Pliegos.
✓ Sobre «B»: Documentación Técnica Sujeta a Valoración con Criterios que Dependen de un Juicio de Valor. Además de la documentación solicitada en el Pliego de Prescripciones Técnicas, se aportará documentación con detalle suficiente para poder ser evaluada conforme a los criterios de adjudicación, en el orden impuesto e incluyendo los siguientes contenidos:
• Disposición Cuadros Eléctricos 5,5 kw
• Organización del Servicio y Plan Mantenimiento Instalaciones Montadas
• Sustitución Modular Blanco por Modular Haya
✓ Sobre «C»: Oferta Económica: Deberá de presentarse según modelo plasmado en el ANEXO II del presente Xxxxxx, debiendo de estar siempre totalizada, prevaleciendo las partidas individuales a la total, deberán ser formuladas en número y letra, en caso de discordancia entre el número y la letra se considerará como válida la oferta expresada en letra.
Cada licitador no podrá presentar más de una oferta. En el caso de que algún precio ofertado superara al presupuesto máximo de licitación quedará excluida la oferta.
En este precio, se entenderán incluidos todos los conceptos, realizándose el contrato a cuenta y riesgo del adjudicatario.
CLÁUSULA UNDÉCIMA: Órgano de contratación:
El órgano competente para la propuesta de adjudicación del presente contrato será la Mesa de Contratación que se constituya al efecto, y que estará integrada por:
• Presidente: Tesorero de la Cámara
• Miembros: Vocales de la Comisión de Contratación, Director del Área de la Actividad Ferial, Director del Área de Servicios Internos, Director Técnico, responsable del Departamento de Compras y actuando como Secretario, el Secretario General de la Cámara o persona que la sustituya.
CLAUSULA DUODÉCIMA: Criterios de valoración:
Los criterios objetivos que servirán de base para la adjudicación del concurso serán los siguientes:
1. Criterios cuantificables mediante la aplicación de fórmulas: Hasta 50 puntos.
1.1. Oferta económica: hasta 50 puntos.
Los puntos correspondientes a la valoración económica más ventajosa (la que presente un precio de licitación inferior al resto de las ofertas presentadas) se le otorgarán únicamente un total de 50 puntos, calculando la puntuación del resto de las ofertas de acuerdo con la siguiente fórmula:
P=(Do/Dm+Pm/Po)/2*M
Siendo:
P la puntuación obtenida
Do el desvío de la oferta que se valora (Precio de licitación-Precio de la oferta)
Dm el desvío de la oferta más baja (Precio de licitación-Precio de la oferta más baja)
Pm importe de la oferta más baja
Po importe de la oferta que se valora
M máxima puntuación
La valoración económica de las ofertas se realizará considerando la duración máxima prevista del contrato e incluyendo el coste de todos los elementos propuestos que no supongan ejecución de acciones específicas de comunicación e incluyendo los gastos de viaje o desplazamiento del personal, etc.
1.2. Ofertas Anormales o Desproporcionadas:
Se considerará como ofertas anormales o desproporcionadas, las que resulten en cada caso, de acuerdo a los siguientes criterios:
a. Cuando concurriendo un solo licitador, sea inferior al presupuesto base de licitación en más de 25 unidades porcentuales.
b. Cuando concurran dos licitadores, la que sea inferior en más de 20 unidades porcentuales a la otra oferta.
c. Cuando concurran tres licitadores, las que sean inferiores en más de 10 unidades porcentuales a la media aritmética de las ofertas presentadas. No obstante, se excluirá para el cómputo de dicha media la oferta de cuantía más elevada cuando sea superior en más de 10 unidades porcentuales a dicha media. En cualquier caso, se considerará desproporcionada la baja superior a 25 unidades porcentuales.
d. Cuando concurran cuatro o más licitadores, las que sean inferiores en más de 10 unidades porcentuales a la media aritmética de las ofertas presentadas. No obstante, si entre ellas existen ofertas que sean superiores a dicha media en más de 10 unidades porcentuales, se procederá al cálculo de una nueva media sólo con las ofertas que no es encuentren en el supuesto indicado. En todo caso, si el número de las restantes ofertas es inferior a tres, la nueva media se calculará sobre las tres ofertas de menor cuantía.
Cuando se identifique una proposición que de conformidad con el artículo 152 del TRLCSP, pueda ser considerada desproporcionada o anormal por la Mesa de Contratación se dará audiencia al licitador que la haya presentado para que justifique la valoración de la oferta y precise las condiciones de la misma.
A la vista de las alegaciones que se presenten por los licitadores, y previos los informes oportunos, el órgano de contratación podrá apreciar como susceptible de normal cumplimiento las respectivas proposiciones.
Si el órgano de contratación, una vez tramitado el expediente recogido en el citado precepto, estimase que la oferta no puede ser cumplida, la excluirá de la clasificación.
2. Criterios cuantificables mediante la aplicación de juicios de valor: Hasta 50 puntos.
2.1. Disponibilidad xx Xxxxxxx Eléctricos 5,5 kw: hasta 20 puntos.
Los licitadores señalarán el número xx xxxxxxx eléctricos de 5,5 kw en gratuidad, ofertados para la duración del contrato.
No serán tomados en consideración, a efectos de puntuación, las ofertas superiores a 50 cuadros eléctricos. La empresa que no oferte ninguno o sean inferiores a 10 cuadros será puntuada con cero puntos.
La puntuación se obtendrá de la siguiente forma:
No hay oferta o los cuadros ofertados son inferiores a 10 | 0 puntos |
Los cuadros ofertados están comprendidos entre 11 y 24, inclusive | 2,5 puntos |
Los cuadros ofertados están comprendidos entre 25 y 39, inclusive | 5 puntos |
Los cuadros ofertados son 50 | 10 puntos |
2.2. Organización del Servicio y Plan de Mantenimiento de las Instalaciones Montadas: hasta 15 puntos.
El licitador presentará una propuesta de organización del servicio y un plan de mantenimiento de las instalaciones montadas en la que deberá constar como mínimo los siguientes aspectos:
▪ Plan de organización específico para el montaje de Normueble, con una planificación clara del mismo, llegada de materiales, marcaje del pabellón y espacios, montaje de stands, etc.
▪ Plan de mantenimiento de las instalaciones montadas con descripción detallada de los trabajos a realizar durante el mismo, así como el personal adscrito a esta tarea.
▪ Responsable directo adscrito al servicio (supervisor) con cualificación suficiente para manejar adecuadamente todos los recursos implicados en la gestión, que será el interlocutor de la empresa con el Director Técnico de la Cámara para todos los temas relacionados con la gestión del servicio. Dicha asignación se comunicará por escrito a la Dirección Técnica, y estarán en contacto permanente con el fin de resolver cualquier incidencia que pudiera surgir, así como para asegurar la adecuada prestación del servicio. Asimismo, la persona de contacto o la persona en quien esta delegue puntualmente deberá estar permanentemente localizable durante el horario de prestación del servicio.
▪ Descripción de los materiales utilizados así como sus características técnicas, destacando la calidad y la imagen de los mismos.
La valoración de dicha propuesta se realizará conforme al siguiente baremo:
➢ Plan Completo: de 8 a 15 puntos. Se considerarán aquellos que describen con mayor nivel de detalle los aspectos organizativos del servicio, y en cuanto a los medios materiales ofertados se consideran tanto en calidad como en cantidad los más adecuados para la correcta prestación del servicio.
➢ Plan Insuficiente: de 1 a 7 puntos. Se considerarán aquellos que no describen detalladamente los aspectos organizativos del servicio o bien presentan alguna deficiencia para la correcta prestación del servicio, y en cuanto a los medios materiales ofertados no se consideran tanto en calidad como en cantidad los más adecuados para la correcta prestación del servicio.
➢ Plan Poco Significativo: 0 puntos. Se considerarán aquellos que resultan no procedentes por no organizar la normal prestación del servicio y en cuanto a los medios materiales ofertados se limita a los mínimos exigidos en el Pliego de Prescripciones Técnicas.
2.3. Sustitución Color Stands Modulares: hasta 15 puntos.
Se valorará que el licitador pueda sustituir el color blanco del modular solicitado por un modular de color haya, sin que sea considerado cargo imputable al contrato.
Se concederá la máxima puntuación al licitador que ponga a disposición de la entidad la sustitución de la totalidad de los metros solicitados en el Pliego de Prescripciones Técnicas.
En el supuesto, en que no se dé tal posibilidad, se ofrezca condicionado o restringido a su libre disposición, la oferta recibirá cero puntos.
CLÁUSULA DECIMOTERCERA: Umbral Mínimo de Puntuación a Obtener en la Valoración Subjetiva: De conformidad con el artículo 150.4 del TRLCSP, se determina que los licitadores deberán obtener en la valoración subjetiva un 50% de la puntuación otorgada para los criterios subjetivos de adjudicación para poder continuar en el proceso selectivo.
CLÁUSULA DECIMOCUARTA: Apertura de proposiciones y Adjudicación del Contrato:
Al tercer (3) día hábil, desde la finalización del plazo de presentación de las proposiciones, la Mesa de Contratación procederá, a la calificación de la documentación contenida en los Sobres «A», relativos a la capacidad y la solvencia.
Si observase algún defecto u omisión en la misma, requerirá mediante correo electrónico a los licitadores para que la subsanen, dentro de un plazo no superior a tres (3) días hábiles, aportando éstos la documentación requerida en sobre cerrado, figurando en su exterior la indicación “Subsanación” así como nombre y número del expediente, en el Registro de la Cámara y en el mismo horario indicado para la presentación de ofertas. En el caso de contener defectos sustanciales o deficiencias materiales no subsanables, no será admitido a la licitación. Asimismo, se publicará en el perfil del contratante, los licitadores admitidos y a subsanar, así como el día que tendrá lugar el examen de la documentación aportada para la subsanación y el acto público de apertura del Sobre B.
Reunida la Mesa de Contratación, al objeto de valorar la documentación presentada por los licitadores para la subsanación de los defectos materiales observados en la documentación presentada en el Sobre «A», y valorada ésta, se procederá a continuación al acto público de apertura
de los Sobres «B», relativos a la documentación sujeta a valoración con criterios subjetivos, que serán remitidos ese mismo día a los técnicos correspondientes para valoración y emisión de informe. En este mismo acto, la Mesa de Contratación determinará la fecha de apertura, en acto público, de los Sobres «C», relativos a los criterios objetivos, publicando anuncio al respecto en el Perfil del Contratante.
En el caso de que la totalidad de documentación administrativa relativa a los Sobres «A», de todos los licitadores resultara correcta, se procederá seguidamente ese mismo día, en acto público, a la apertura de los Sobres «B», relativos a la documentación sujeta a valoración con criterios subjetivos, que será remitida a los técnicos para valoración y emisión de informe. En este mismo acto, la Mesa de Contratación determinará la fecha de apertura, en acto público, de los Sobres «C», relativos a los criterios objetivos, publicando anuncio al respecto en el Perfil del Contratante.
En el acto público de apertura del Sobre «C», la Mesa de Contratación, con carácter previo a la apertura de las ofertas relativas a los criterios objetivos, dará cuenta del resultado de la ponderación asignada a los criterios dependientes de un juicio de valor, en el informe técnico emitido, así como los que no pueden continuar en el procedimiento al no alcanzar el umbral mínimo de puntuación exigido.
Una vez abiertos dichos sobres, procederá a la realización de las operaciones matemáticas necesarias para otorgar las puntuaciones a los licitadores y determinar la existencia o no de bajas desproporcionadas o anormales en las ofertas, realizándose en este caso los trámites legalmente correspondientes.
La Mesa de Contratación clasificará, por orden decreciente, las proposiciones presentadas y que no hayan sido excluidas, desechadas o declaradas desproporcionadas o anormales y formulará la propuesta de adjudicación.
Formulada la propuesta de adjudicación por la Mesa de Contratación y antes de que la misma sea elevada al órgano de contratación, se requerirá a la empresa propuesta como adjudicataria para que, dentro del plazo xx xxxx (10) días hábiles, a contar desde el día siguiente a aquél en que se reciba el requerimiento, presente en el Registro de la Xxxxxx xx Xxxxx, en sobre cerrado en el que figurará en su exterior el nombre y número de expediente, la documentación que se detalla a continuación:
a) Una fianza definitiva de acuerdo con lo establecido en los artículos 95 y siguientes del Real Decreto Legislativo 3/2011 de 14 de noviembre por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público equivalente al 5% del importe de adjudicación, IVA no incluido.
La garantía podrá constituirse en cualquiera de las formas establecidas en el artículo 96 del TRLCSP, y responderá de los conceptos mencionados en el artículo 100 del Texto Refundido indicado.
La garantía no será devuelta o cancelada hasta que se haya cumplido satisfactoriamente el contrato o hasta que se resuelva éste sin culpa del contratista.
b) La documentación administrativa acreditativa del cumplimiento de los requisitos previstos a que se refiere el artículo 146.1 del TRLCSP, que se detalla a continuación:
1) Si el licitador fuera persona física, copia compulsada del DNI y, en su caso la escritura de apoderamiento debidamente legalizada o fotocopia autentica.
2) Si el licitador fuera persona jurídica, copia compulsada de la escritura de constitución y de modificación, en su caso inscrito en el Registro Mercantil, cuando este requisito fuera exigible. Si no lo fuere, la escritura o documento de constitución o acto fundacional, inscritos en el correspondiente Registro Oficial. Asimismo poder suficiente al efecto del firmante de la proposición en nombre y representación de la persona jurídica, así como fotocopia de su DNI.
3) La capacidad de obrar de los empresarios no españoles que sean nacionales de Estados miembros de la Unión Europea, por su inscripción en el registro procedente de acuerdo con la legislación del Estado donde están establecidos, o mediante la presentación de una declaración jurada o un certificado, en los términos que se establezcan reglamentariamente, de acuerdo con las disposiciones comunitarias de aplicación.
4) Los demás empresarios extranjeros, con informe de la Misión Diplomática Permanente de España en el Estado correspondiente o de la Oficina Consular en cuyo ámbito territorial radique el domicilio de la empresa.
5) Certificación de hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones con la A.E.A.T.
6) Certificación de hallarse al corriente de pago con los Servicios Tributarios del Principado xx Xxxxxxxx.
7) Certificación de hallarse al corriente de pago con la Seguridad Social.
8) Póliza del Seguro de Responsabilidad Civil de Explotación por la actividad a desarrollar en la ejecución del contrato con un mínimo de 300.000 euros para cubrir cualquier contingencia derivada de la actividad, en la que aparezca la R.C. Patronal con un mínimo de 90.000 euros por las relaciones del adjudicatario con sus trabajadores, en la que tanto el Recinto Ferial y sus instalaciones como todo su personal deberán ser tratados como terceros. Así como recibo de tenerlo pagado o en su defecto certificado de seguro emitido por la Entidad Aseguradora en el que se especifique la contratación del mismo y el pago.
9) Justificar a través de la documentación acreditativa pertinente (facturas de compra de adquisición de material, Libro de Inventario, contrato de subcontratación de material con factura de compra de su proveedor u otros de naturaleza análoga) que tiene a disposición de la Cámara todos los medios materiales y personales previstos en el ANEXO V y en el Pliego de Prescripciones Técnicas para la correcta ejecución del contrato.
De no cumplirse adecuadamente el requerimiento en el plazo señalado, se entenderá que el licitador ha retirado su oferta, pudiendo el órgano de contratación, en ese caso, recabar la misma documentación al licitador siguiente por el orden en que se haya clasificado las ofertas, concediendo al efecto un nuevo plazo xx xxxx (10) días hábiles.
La Mesa calificará la documentación presentada, requiriendo al licitador para que subsane en su caso, dentro de un plazo no superior a tres (3) días hábiles, los defectos materiales observados en la misma
Realizadas dichas actuaciones, la Mesa elevará al órgano de contratación la propuesta de adjudicación.
La Comisión de Contratación efectuará la adjudicación dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la recepción de la documentación prevista en el apartado anterior.
La adjudicación se acordará en resolución motivada, y se publicará en el Perfil del Contratante de la página web.
CLÁUSULA DECIMOQUINTA: Formalización del contrato:
El contrato quedará perfeccionado mediante su formalización, que se llevará a cabo dentro de los quince (15) días hábiles siguientes a aquél en que se reciba la notificación de la adjudicación a los licitadores y candidatos.
Si éste no pudiera llegar a formalizarse por causas imputables al adjudicatario, la Cámara le podrá exigir la indemnización por daños y perjuicios que considere procedente y acordar la incautación de la garantía.
CLÁUSULA DECIMOSEXTA: Obligaciones y Derechos del Contratista:
Serán obligaciones del contratista, además de las que resulten de los Pliegos, de la oferta del adjudicatario -en lo que no esté en contradicción con aquéllos- de la legislación vigente, y de las previstas en la cláusula 5º xxx Xxxxxx de Prescripciones Técnicas, las siguientes:
• Realizar los trabajos incluidos en el objeto del contrato en los términos señalados en los Pliegos y dentro de los plazos fijados, debiendo disponer de los medios personales y materiales necesarios para la ejecución, incluida la subsanación de aquellos trabajos recusados por defectuosos o incorrectos.
En relación con los medios personales, será obligación del contratista disponer del personal necesario para satisfacer adecuadamente las exigencias de las prestaciones del contrato,
debiendo abonar sus retribuciones, incentivos, pagas extraordinarias, seguros sociales conforme a la legislación vigente.
El personal dependerá a todos los efectos de la empresa adjudicataria, que deberá cubrir las posibles ausencias como consecuencia de enfermedad, vacaciones o cualquier otra situación que pudiera surgir durante la ejecución.
Será responsabilidad del contratista el ajustar las condiciones de trabajo del personal a lo dispuesto en la legislación social y de salud laboral, quedando la Cámara exenta de responsabilidad derivada de las relaciones entre el contratista y su personal.
El adjudicatario deberá designar al frente de los trabajos a una persona idónea, cualificada y experimentada técnicamente en los oficios y labores a realizar para el cumplimiento del contrato. Dicha persona será la receptora de las órdenes de ejecución y avisos que dicte el responsable de la Cámara y deberá estar permanentemente localizable durante la jornada de trabajo e, incluso, para notificaciones de urgencia, en todo momento.
Asimismo el adjudicatario designará un Director de montaje (técnico competente) que supervise y actúe como director del mismo, asumiendo las labores de Coordinador de seguridad y Salud durante el mismo.
En relación con los medios materiales, el adjudicatario deberá disponer de cuantos medios, sean necesarios para ejecutar el contrato conforme a las previsiones xxx Xxxxxx de Prescripciones Técnicas. Esta obligación incluye la de disponer de materiales para sustituciones a realizar en menos de 24 horas en caso de fenómenos atmosféricos, vandalismo, robo, etc. así como de stock para responder de forma inmediata ante posibles eventualidades e imprevistos de cualquier tipo, materiales que estarán incluidos dentro del precio del contrato.
Los materiales a emplear deberán ser de primera calidad, reservándose la Cámara la facultad de requerir el cambio de los que considere inadecuados, requerimiento que deberá ser inmediatamente atendido por el adjudicatario.
• Responder de la calidad técnica de los trabajos que desarrolle y de las prestaciones y trabajos realizados, así como de las consecuencias que se deduzcan para la Cámara o para terceros por omisiones, errores, métodos o materiales inadecuados, conclusiones incorrectas o por las actuaciones de los medios personales empleados en la ejecución del contrato.
• Indemnizar todos los daños y perjuicios que se causen a terceros, o a la Cámara como consecuencia de las operaciones que requiera la ejecución del contrato, en los términos del artículo 214 del TRLCSP y siendo de su cargo la indemnización de todos los daños producidos cualquiera que sea su naturaleza y volumen.
Con independencia de las precauciones y limitaciones de ejecución contractuales, el contratista deberá tener suscrita una póliza de seguro de responsabilidad civil de explotación en los términos establecidos en el punto 8) de la Cláusula Decimotercera xxx xxxxxx.
• Cumplir y hacer cumplir durante la ejecución de los trabajos la normativa sobre Seguridad y Salud y de Prevención de Riesgos Laborales así como las disposiciones vigentes o que se dicten en el futuro sobre las relaciones laborales, tanto generales como derivadas de los correspondientes convenios colectivos, bajo su exclusiva responsabilidad.
De acuerdo con lo anterior, el contratista deberá cumplir y hacer cumplir durante la ejecución de los trabajos la normativa sobre Seguridad y Salud y de Prevención de Riesgos Laborales, además de lo dispuesto en el proyecto/estudio básico de seguridad y salud.
A los efectos de lo señalado en el RD-L 5/11, de 29 xx xxxxx, de medidas para la regularización y control del empleo sumergido y fomento de la rehabilitación de viviendas, antes del inicio de la ejecución del contrato, el adjudicatario deberá hacer entrega al responsable del contrato de los documentos justificativos de la afiliación y alta en la Seguridad Social de los trabajadores que se ocupen de los trabajos, obligación que se mantendrá durante la vigencia del contrato en relación con las altas que se produzcan.
• De acuerdo con lo señalado en el párrafo f) del artículo 43 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, la Cámara no será responsable de las obligaciones tributarias relativas a tributos que deban repercutirse o cantidades que deberán retenerse a trabajadores, profesionales u otros empresarios, en la parte que corresponda a los trabajos objeto de esta contratación. A tales efectos el contratista deberá adjuntar certificado de encontrarse al corriente de sus obligaciones tributarias.
• Cumplir la normativa vigente en materia laboral, de seguridad social y de seguridad y salud laboral, quedando obligado a disponer las medidas exigidas por tales disposiciones, siendo a su cargo el gasto que ello origine. Asimismo cumplir la normativa vigente en materia fiscal, de integración social de personas con discapacidad, de prevención de riesgos laborales y de protección del medio ambiente que se establezcan tanto en la legislación vigente como en los Pliegos, siendo a su cargo el gasto que ello origine.
• Asumir los impuestos, tasas y demás tributos que graven las actividades y medios materiales sobre los que recae la prestación del servicio objeto del contrato.
• El contratista asumirá los resarcimientos pertinentes y defenderá, a su propio coste, cualquier reclamación formulada por terceros contra la Cámara que se fundamente en la infracción, derivada de contenidos desarrollados o suministrados por el contratista, de los derechos de propiedad intelectual o industrial o derechos de imagen de terceros.
• El contratista será responsable de la calidad técnica del trabajo que desarrolle y de las prestaciones y servicios realizados así como de las consecuencias que se deduzcan para la Cámara o para terceros de las omisiones, errores, métodos inadecuados o conclusiones incorrectas en la ejecución del contrato.
• Permitir y facilitar las inspecciones de los trabajos, material y equipo, por la Cámara. En caso de producirse alguna anomalía que impida la normal ejecución de los trabajos objeto del contrato, el contratista deberá informar de inmediato a la Cámara.
• Cumplir cualesquiera otras obligaciones señaladas en los Pliegos.
• El contratista tendrá derecho al abono del precio de las prestaciones efectivamente realizadas y recibidas por la Cámara con arreglo a lo señalado en el contrato y a los demás derechos derivados de los Pliegos y de la legislación vigente de aplicación.
CLÁUSULA DECIMOSEPTIMA: Ejecución del Contrato:
El adjudicatario deberá ejecutar el objeto del contrato con estricta sujeción a las cláusulas del presente Xxxxxx, a las del de Prescripciones Técnicas y conforme a las instrucciones que, en interpretación técnica del contrato, diera al contratista el Director Técnico y, en su caso, el responsable del contrato, en los ámbitos de su respectiva competencia.
Las órdenes, instrucciones y comunicaciones que el Director Técnico del contrato estime oportuno dar al adjudicatario se efectuarán por escrito, autorizándolas con su firma y siendo de obligado cumplimiento para aquél. Cuando las instrucciones fueran de carácter verbal, deberán ser ratificadas por escrito en el más breve plazo posible, para que sean vinculantes entre las partes.
Cuando el adjudicatario o personas de él dependientes realicen acciones u omisiones que comprometan o perturben la buena ejecución del contrato, el órgano de contratación, a través del Director Técnico adoptará las medidas concretas que sean necesarias para conseguir o restablecer el buen orden de ejecución de lo pactado sin perjuicio de lo dispuesto acerca del cumplimiento de los plazos y las causas de resolución del contrato.
En caso de disconformidad del servicio con las prestaciones ejecutadas, desde la Cámara se deberá emitir el correspondiente informe en tal sentido, dando traslado del mismo al contratista para que realice las oportunas rectificaciones.
El contrato se entenderá cumplido por el contratista cuando éste haya realizado la totalidad de su objeto, de acuerdo con los términos del mismo y a satisfacción de la Cámara.
La Cámara determinará si las prestaciones realizadas por el contratista se ajustan a las prescripciones establecidas para su ejecución y cumplimiento, requiriendo, en su caso, la realización de las prestaciones y la subsanación de los defectos observados. Si los trabajos efectuados no se adecuan a la prestación contratada, como consecuencia de vicios o defectos imputables al contratista, la Cámara podrá rechazar los mismos quedando exento de la obligación de pago o teniendo derecho, en su caso, a la recuperación del precio satisfecho.
Para el inicio de los trabajos será requisito previo necesario la presentación del proyecto de montaje suscrito por técnico competente y visado por el correspondiente Colegio Profesional.
Una vez ejecutados los trabajos de instalación el Director de montaje deberá emitir el oportuno certificado final que, asimismo, deberá estar visado por el Colegio Profesional correspondiente.
CLÁUSULA DECIMOCTAVA: Resolución del contrato:
Son causas de resolución del contrato las previstas en los artículos 223 y 308 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, así como aquellas que en su caso se establezcan expresamente en este contrato y cualesquiera otras determinadas en la legislación vigente. La resolución del contrato se acordará por el órgano de contratación, previa audiencia al contratista y a
propuesta del Responsable y producirá los efectos previstos en los artículos 225 y 309 del mencionado Real Decreto Legislativo 3/2011, y 110 a 113 del Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento general de la Ley de Contratos de las Administraciones públicas.
La Cámara de Comercio podrá comprobar, tanto antes como después de la adjudicación y en el curso del contrato, la veracidad del contenido de los documentos incluidos en los sobres, entendiéndose que la falsedad o inexactitud de los datos y circunstancias presentados por la empresa puede ser causa de resolución del contrato, en su caso, por incumplimiento imputable al contratista, con pérdida de la fianza definitiva constituida o, en su caso, indemnización por valor de aquélla si no se ha constituido. La resolución por causa de falsedad habilitará al órgano de contratación para anular la adjudicación, y si ya se hubiera producido, retrotraer el expediente y adjudicar el contrato al licitador que ocupara el siguiente puesto de puntuación en la lista.
En los casos de resolución por causa imputable al contratista, le será incautada la garantía y deberá además, indemnizar a la Cámara por los daños y perjuicios ocasionados en lo que excedan del importe de la garantía incautada. La determinación de los daños y perjuicios que deba indemnizar el contratista se llevará a cabo por el órgano de contratación en decisión motivada previa audiencia del mismo, atendiendo, entre otros factores, al retraso que implique para la realización de los servicios contratados, y a los mayores gastos que el incumplimiento ocasione a la Cámara.
CLÁUSULA DECIMONOVENA: Penalidades:
El órgano de contratación, podrá optar indistintamente por la resolución del contrato o por la imposición de las penalidades establecidas en el Artículo 212 del TRLCSP, caso de que el contratista incurra en ejecución defectuosa del objeto del contrato, o demora respecto de los plazos señalados en el programa de trabajo o en el incumplimiento de las condiciones especiales de ejecución del contrato establecidas en este pliego conforme al artículo 64.2 del TRLCSP.
La prohibición de contratar con la entidad, con los efectos establecidos en el artículo 61 bis, las personas en quienes concurra alguna de las circunstancias previstas en el artículo 60 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, y especialmente la prevista en su punto 2.c).
Las referidas penalidades no excluyen el derecho de la Cámara a la reclamación de los daños y perjuicios que de la demora se deriven.
En todo caso, las penalidades se impondrán por acuerdo del órgano de contratación, adoptado a propuesta del responsable del contrato, que será inmediatamente ejecutivo, y se harán efectivas mediante deducción de las cantidades que, en concepto de pago total o parcial, deban abonarse al contratista o sobre la garantía que en su caso se hubiese constituido.
CLÁUSULA VIGÉSIMA: Confidencialidad:
El adjudicatario se obliga al cumplimiento de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de datos de carácter personal, y en particular a lo dispuesto en el artículo 12 de dicho texto legal, y del R.D. 1720/2007, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la citada Ley Orgánica.
Toda la información o documentación que el adjudicatario obtenga de la Xxxxxx xx Xxxxx o de otros agentes para la ejecución del contrato, y en ejecución del mismo, tendrá carácter confidencial y no podrá ser comunicada a terceros sin el consentimiento previo y por escrito. Se excluye de la categoría de información confidencial toda aquella que haya de ser revelada de acuerdo con las leyes.
El adjudicatario será responsable del cumplimiento de las obligaciones de confidencialidad del personal a su servicio y cualesquiera personas o entidades que sean colaboradoras o subcontratadas por él.
El adjudicatario se compromete a mantener durante la vigencia del contrato y tras la finalización de mismo, el secreto y la confidencialidad de cuantos datos e informaciones tenga acceso en virtud de los servicios que le son contratados, asumiendo dicha responsabilidad ante la Xxxxxx xx Xxxxx y respecto de todo el personal que intervenga en los mismos. Asimismo se compromete a cumplir las exigencias que impone la Ley 15/1999 Orgánica de Protección de Datos de Carácter Personal y su normativa de desarrollo.
A tal efecto, el adjudicatario informará a su personal y colaboradores de las obligaciones de confidencialidad y protección de datos, que serán de obligado cumplimiento para aquellos.
Gijón, a 16 xx Xxxxx de 2017
18
ANEXO I
Modelo de Declaración responsable
D. , con NIF nº. en nombre propio o en representación de la empresa con CIF. nº y domicilio a efectos de notificaciones en , c/, n.º , y correo electrónico, al objeto de presentar su solicitud de participación en el procedimiento para la contratación mediante procedimiento abierto del servicio (escribir el nombre del contrato).
DECLARA BAJO SU RESPONSABILIDAD
I.-Que ostenta poder suficiente para representar a (cubrir solamente en caso de actuar en representación)
II.- Que ha quedado enterado del anuncio de licitación relativo a la contratación del servicio de
.
III.- Que igualmente conoce el pliego de prescripciones técnicas, el pliego de cláusulas administrativas particulares y demás documentación que debe regir el presente contrato, que expresamente asume y acata en su totalidad, sin salvedad alguna.
IV.- Que ni él en nombre propio o la empresa a la que representa, ni sus administradores ni representantes, están incursos en las prohibiciones para contratar previstas en el artículo 60 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.
V.- Que él en nombre propio o la empresa que representa, cuenta con la capacidad necesaria para la ejecución del presente contrato, a la fecha fin del plazo de presentación de proposiciones y se compromete a aportar la documentación acreditativa en caso de resultar adjudicatario.
VI.- Que él en nombre propio o la empresa a la que representa se encuentra al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias con la hacienda Estatal, con la del Principado xx Xxxxxxxx
– incluido las relativas al alta en el correspondiente Epígrafe del Impuesto de Actividades Económicas
– y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes y se compromete a aportar la documentación acreditativa en caso de resultar adjudicatario.
VII.- Que él en nombre propio o la empresa a la que representa, cumple todos los requisitos y obligaciones exigidos por la normativa vigente para su apertura, instalación y funcionamiento.
VIII.- Que él en nombre propio o la empresa a la que representa declara expresamente su voluntad de someterse a la Jurisdicción de los Juzgados y Tribunales españoles de cualquier orden, para todas las incidencias que de modo directo o indirecto pudieran surgir del contrato, con renuncia, en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponder al licitador.
IX.- Que autoriza a la Cámara Oficial de Comercio, Industria, Servicios y Navegación xx Xxxxx, a remitirme las notificaciones que procedan con respecto al presente contrato por medio de fax y/o correo electrónico y quedando obligado a confirmar por el mismo medio la recepción.
En a de de 20 .
Fdo: .
ANEXO II
Modelo de Declaración sobre el I.A.E.
D. , con domicilio a efectos de notificaciones en , c/
, n.º , con DNI n.º , en representación de la Entidad
, con CIF n.º .
DECLARA: No estar obligado al pago del Impuesto de Actividades Económicas, por encontrarse exento del mismo, de conformidad con lo dispuesto en el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 xx xxxxx, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.
En , a de de 20 . Firma del candidato,
Fdo.: ».
ANEXO III
Modelo Proposición Económica
D. , con domicilio a efectos de notificaciones en , c/
, n.º , con DNI n.º , en representación de la Entidad
, con CIF n.º , enterado de las condiciones y requisitos que se exigen para concurrir al contrato de “Servicio de montaje, mantenimiento y desmontaje de stands modulares en los pabellones necesarios, para ubicar a los expositores del VII SALON PROFESIONAL DEL MUEBLE “NORMUEBLE 2017”. En este servicio se incluye, incluso, la disposición de mobiliario y extras, en régimen de alquiler, para atender a las necesidades que puedan requerir los expositores del evento”.
A estos efectos, manifiesta que conoce tanto el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares como el de Prescripciones Técnicas que sirven de base al contrato y los acepta íntegramente, comprometiéndose a llevar a cabo el objeto correspondiente al mismo, y debiendo ofertar la totalidad de conceptos:
Concepto | m² estimados | Precio unitario (Por m² ó unidad) | Total |
➢ Stands modulares | 4.000 | ||
TOTAL OFERTA |
En , a de de 20 . Firma del candidato,
Fdo.: ».
ANEXO IV
Elementos Extras y Mobiliario Normueble
Cantidad | Descripción | Precio Máximo | Precio Licitador | Total |
1 | Burro Perchero (0,53x1,03x1,5) | 25,00 | ||
1 | Cuadro Eléctrico Monofásico, 5.500 w. | 64,00 | ||
10 | Cuadro eléctrico monofásico. 3.300 w | 27,00 | ||
4 | Cuadro eléctrico trifásico 7.700 w | 72,00 | ||
1 | Cuadro eléctrico trifásico 18.000 w | 72,00 | ||
13 | Enchufe monofásico máx. 1.000 w | 17,42 | ||
5 | Foco 300w. extra sobre carril | 19,35 | ||
1 | Mesa Despacho (1,80x0,80) | 23,30 | ||
2 | Mesa redonda (cristal) | 25,50 | ||
10 | Mesa Redonda 0,80 (varios colores) | 18,00 | ||
1 | Mesa Velador Tonet (0,60x1,12) | 20,40 | ||
5 | Mostrador Aluminio (1,03x0,53x1,00) | 30,50 | ||
1 | Nevera | 51,50 | ||
93 | Panel Modular | 21,88 | ||
4 | Perchero Pie | 10,10 | ||
12 | Puerta | 62,52 | ||
8 | Silla Convención (varios colores) | 7,60 | ||
4 | Xxxxx Xxxxxxxx | 12,80 | ||
37 | Silla Maga | 4,80 | ||
6 | Taburete (Varios colores) | 14,80 | ||
Total Oferta Elementos Extras y Mobiliario Normueble |
En , a de de 20 . Firma del candidato,
Fdo.: .
ANEXO V
Compromiso de Adscripción de Medios
Todos los licitadores, además de acreditar su solvencia o, en su caso clasificación, deberán acreditar el compromiso de adscripción de los siguientes medios, como criterio de solvencia, a efectos de la admisión en el procedimiento de adjudicación del contrato.
Compromiso de adscripción de medios personales:
Designación de un responsable del contrato que dirija el servicio y canalice las comunicaciones con la Cámara para el cumplimiento y seguimiento de los trabajos. Xxxx acreditar en su CV un mínimo de 2 años de experiencia en coordinación y dirección en el servicio, y estar localizable las 24 horas durante los montajes, celebraciones y desmontajes de las Ferias.
Designación y descripción del equipo de mantenimiento que habrá de ser suficiente para cubrir las incidencias durante el horario de montaje y celebración de los eventos.
Compromiso de adscripción de medios materiales:
Compromiso de disposición de un almacén con stock suficiente para atender las necesidades de las ferias durante los eventos, con un tiempo máximo de respuesta de 2 horas.
Compromiso de disposición del material ofertado en número suficiente para dar servicio a los eventos.
Compromiso de suministro de modular con iguales o mejores condiciones técnicas que las descritas en el PCT.
Estos medios personales y materiales formarán parte de la propuesta presentada por los licitadores y, por lo tanto, del contrato que se firme con el adjudicatario. Por este motivo deberán ser mantenidos por la empresa adjudicataria durante todo el tiempo de realización de este servicio. Cualquier variación respecto a ellos deberá ser comunicada a esta Cámara. Su incumplimiento podrá ser causa de Resolución del contrato.
En , a de de 20 . Firma del candidato,
Fdo.: .
PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARA LA CONTRATACIÓN, POR PROCEDIMIENTO ABIERTO, DEL SERVICIO DE MONTAJE, MANTENIMIENTO Y DESMONTAJE DE STANDS MODULARES Y DISPOSICIÓN EN ALQUILER DE MOBILIARIO PARA EXPOSITORES, DURANTE LA CELEBRACIÓN DEL VII SALON PROFESIONAL DEL MUEBLE “NORMUEBLE 2017”
1- Objeto xxx Xxxxxx:
El presente Xxxxxx consiste en definir las características técnicas que regirán el expediente de contratación de los servicios de montaje, mantenimiento y desmontaje de stands modulares en los pabellones necesarios, para ubicar a los expositores del VII SALON PROFESIONAL DEL MUEBLE “NORMUEBLE 2017”. En este servicio se incluye, la disposición de mobiliario, en régimen de alquiler, para atender a las necesidades que puedan requerir los expositores del evento.
2- Emplazamiento de las instalaciones:
Las instalaciones objeto del presente contrato se encuentran ubicados en el Recinto Ferial “Xxxx Xxxxx” xx Xxxxx, sito en el Paseo del Doctor Xxxxxxx nº 481.
3- Operaciones a realizar:
Los servicios objeto del presente Xxxxxx se refieren al montaje, mantenimiento y desmontaje de los elementos de modulares, para la celebración de NORMUEBLE 2017, especificándose a continuación:
1. Stands modulares de los pabellones necesarios para el desarrollo del evento. El modular que se instale tiene que ser de calidad, con una presentación y acabado acorde al evento, sin añadidos, recortes ni piezas en mal estado o con taras.
2. Extras y Mobiliario suficiente para la atención de los requerimientos de los expositores que se ubican en los pabellones.
Los plazos de ejecución de las tareas a realizar se encuentran incluidos en la Cláusulas Administrativas del presente pliego, aunque se comunicará al adjudicatario con anterioridad a la fecha de inicio del servicio, la fecha y horarios definitivos de ejecución.
Como norma general el horario de montaje es de 8:30 a 19:00 horas, aunque en circunstancias excepcionales (que serán comunicadas con la debida antelación) las fechas y horarios de ejecución de los trabajos de montaje podrán ser modificados.
Es preciso organizar una estructura específica que garantice el trato y la atención con los expositores, teniendo en cuenta la sensibilidad profesional que requiere una feria de estas características, ya que las peticiones y necesidades del certamen no son comunes ni homologables a otras ferias tradicionales.
Los horarios y la cualificación de los técnicos que atenderán las incidencias y necesidades de los expositores son una parte esencial del servicio.
Se precisa, la intervención dentro del equipo de trabajo de interlocutores con los expositores que puedan orientarles en el ámbito del montaje, facilitar explicaciones técnicas sobre el mismo, sugerir alternativas viables, etc., y que dispongan de experiencia en este tipo de acciones.
Se requiere necesariamente la aportación de un mínimo de personal cualificado para la ejecución de los trabajos de mantenimiento, según lo expresado en el aparado 5- Obligaciones del contratista, de estas Prescripciones Técnicas.
4- Características Técnicas:
➢ Stands modulares:
▪ Tabiques de 8 mm de grosor de separación con los stands contiguos, a 3 metros de altura en una sóla pieza, dependiendo de la zona de montaje.
▪ Pies derechos de aluminio anodizado.
▪ Frontis y rótulo estándar en cada cara a pasillo.
▪ Luminotecnia interior suficiente (preferiblemente led).
▪ Instalación eléctrica del stand según normativa vigente REBT e instrucciones técnicas complementarias.
▪ Cuadro eléctrico, según normativa vigente REBT, de 3,3 kw. Automático de entrada xx xxxxx omnipolar y diferencial, con toma de tensión de 10A con toma de tierra.
▪ Certificado de instalación eléctrica de baja tensión y certificado de OCA (si fuera necesario) en los stands instalados.
Los stands deberán ser puestos a disposición del expositor en el momento que fije la organización, en las condiciones óptimas que ésta marque, especialmente de limpieza en el modular, etc. Trabajos que correrán a cargo del licitador.
Para una mejor información del licitador y exclusivamente a modo orientativo, el montante que alcanzaron los conceptos objeto de la presente contratación en pasadas ediciones, fue de 4.000 m² de modular.
La oferta económica se ajustará exactamente al modelo facilitado y deberá especificar el coste unitario de los elementos anteriores, así como las calidades de los mismos.
5- Obligaciones del Contratista:
Además de las obligaciones previstas en la Cláusulas Administrativas del presente pliego, el contratista se verá obligado a prestar, durante toda la duración del evento, la asistencia técnica al expositor que necesite su colaboración, sin poder suministrarles de forma gratuita o remunerada, los servicios comercializados por la Cámara.
Dispondrá de un equipo de mantenimiento permanente durante los días y horarios de celebración del certamen, in situ en el Recinto Ferial, dotándolo de algún sistema de contacto que permita su comunicación y localización inmediata. El equipo de mantenimiento estará formado como mínimo de 2 técnicos de montaje y un técnico electricista. Durante los días 24, 25 y 26 xx xxxxx este equipo se incrementará con 2 técnicos de montaje y un técnico electricista (total 6 operarios).
Todo el personal de servicio deberá estar perfectamente uniformado e identificado con el nombre de la empresa contratista, además de la identificación que la Cámara proporciona.
6- Extras y Mobiliario:
En este apartado se incluyen todos aquellos elementos de uso común que puedan ser requeridos por los expositores en la celebración del evento. (Adjuntar detalladamente los elementos con sus características mínimas y de calidad aportando fotografías).
En el Sobre «C», aportarán el ANEXO IV con los elementos más solicitados en ediciones anteriores. Asimismo, deberán incluir una declaración responsable de un stock mínimo, recogido en el ANEXO IV, con el que se puedan quedar cubiertas todas las necesidades surgidas. En el caso de no poder cubrir esas necesidades, será el licitador el que por su cuenta y riesgo realice cuantas gestiones sean necesarias para cubrir el servicio con la calidad y eficacia propia de esta institución.
En este precio unitario, que presentará cada licitador, se entenderán incluidos todos los conceptos (excepto el IVA), realizándose el contrato a cuenta y riesgo del adjudicatario.
Gijón, a 16 xx Xxxxx de 2017.