CONTRATO DE SERVICIO DE PAGO DE FACTURA A TRAVES DE PAGO EXPRESS
CONTRATO DE SERVICIO DE PAGO DE FACTURA A TRAVES DE PAGO EXPRESS
Banco Santander Puerto Rico provee a sus clientes el servicio electrónico de pago de factura, el cual también es conocido como Pago Express, y opera las facilidades necesarias para tales propósitos. A este servicio le aplicarán las siguientes cláusulas y condiciones:
I. DEFINICIONES:
1.1 Banco significará Banco Santander Puerto Rico.
1.2 Cliente significará cualquier persona natural que posea una cuenta de depósito o tarjeta de crédito del Banco y que esté suscrita al servicio de Pago Express.
1.3 eBanking significará servicio en línea que el Banco provee a sus Clientes por medios electrónicos para acceder a sus cuentas y a los diferentes servicios ofrecidos de manera digital a través de su página en Internet xxx.xxxxxxxxx.xx.
1.4 Pago Express significará el servicio ofrecido por el Banco a sus Clientes para que éstos puedan impartirle instrucciones al Banco para realizar Pagos Futuros, Pagos Puntuales o Variables, Fijos o Pagos Recurrentes a sus acreedores a través de los canales correspondientes.
1.5 Comercio Beneficiario significará la entidad o comercio a quien el Banco le deposita y/o transfiere el importe de dinero especificado y ordenado por el Cliente para pagar facturas adeudadas a dicho comercio.
1.6 Pago Fijo significará que el importe a pagar al Comercio Beneficiario es una cantidad fija predeterminada que no varía de factura en factura.
1.7 Pago Variable significará que el importe a pagar al Comercio Beneficiario puede variar de factura en factura. El Pago Variable no puede solicitarse al Banco como un Pago Recurrente, ya que no es una cantidad predeterminada; en este caso, el Cliente deberá solicitar el pago a través del canal correspondiente al recibir cada factura como un Pago Puntual.
1.8 Pago Recurrente significará un Pago Fijo continuo o periódico que el Cliente debe agendar una sola vez y el Banco automáticamente realizará el mismo a favor del Comercio Beneficiario, según la frecuencia y el monto predeterminado y a la cuenta especificada, entre otros datos.
1.9 Pago Futuro significará un Pago Fijo o Pago Recurrente, Pago Variable o Pago Puntual solicitado a una fecha futura para que el Banco realice a un Comercio Beneficiario, según las instrucciones otorgadas por el Cliente. Cuando el Cliente tiene un pago que sea Fijo puede solicitarle al Banco que realice su Pago Futuro a través del sistema de Pago Express; en dicho caso, el Cliente no tiene que notificar al Banco para realizar el pago, ya que el Banco lo hará de manera automática, según solicitado por el Cliente.
1.10 Pago Puntual significará un pago o transferencia realizada a un Comercio Beneficiario en un momento dado, a solicitud del Cliente; el Cliente debe solicitar al Banco que realice el pago al Comercio Beneficiario en cada instancia después de recibir la factura correspondiente.
1.11 Banco en Casa significará el sistema telefónico de Servicio al Cliente que ofrece el Banco a todos sus clientes. Banco en Casa es parte del Departamento de Banca Telefónica del Banco.
1.12 Banca Móvil significará el acceso a través de dispositivos móviles, tales como: teléfonos inteligentes, teléfonos con acceso a internet o tabletas electrónicas. Esto, siempre y cuando el acceso se complete utilizando: a) para plataformas iPhone a través de Apple Store; b)
para plataformas Androide a través de Play Store; c) para plataformas Windows a través de Windows Store; d) otros dispositivos podrán acceder desde Internet a través del enlace a la Banca Móvil: xxxx://xxx.xxxxxxxxxxxxxxxx.xxx.
II. CLÁUSULAS Y CONDICIONES
Sección 2. Obligaciones del Cliente
2.1 El Cliente deberá tener y mantener una cuenta de depósito (cheque o ahorro) o tarjeta de crédito del Banco a la cual le serán debitados los pagos que el Cliente haya solicitado para que sean transferidos y/o depositados al Comercio Beneficiario. El Cliente es el único responsable de asegurarse de tener, en la cuenta que será debitada, balance disponible suficiente para efectuar los pagos solicitados por el Cliente en el momento en el que el Banco proceda a debitar la cuenta.
2.2 El Cliente podrá suscribirse al servicio de Pago Express, revisar el estatus de sus
transacciones electrónicas (si fueron procesadas o no), y/o realizar cualquier modificación de cantidades o fechas mediante los siguientes métodos:
Por teléfono comunicándose a Banco en Casa al número 000-000-0000 o libre de costo al
0-000-000-0000.
Por Internet suscribiéndose al servicio de Pago Express a través xx Xxxxxxxxx eBanking en la página de Internet del Banco xxx.xxxxxxxxx.xx. Para suscribirse x Xxxxxxxxx eBanking, usted deberá solicitar su contraseña a Banco en Casa llamando al 000-000-0000 o libre de costo al 0-000-000-0000.
2.3 Una vez el Cliente suministre la información requerida y ésta sea debidamente verificada y
autenticada por el Banco, se comenzará a proveer el servicio. Será responsabilidad del Cliente activar los Comercios Beneficiarios a los que desea realizar los pagos mediante alguno de los métodos mencionados en el inciso anterior. Una vez activado el Comercio Beneficiario, el Cliente podrá programar Pagos Fijos, Pagos Variables, Pagos Recurrentes, Pagos Futuros, y/o Pagos Puntuales. El Cliente debe programar y solicitarle al Banco que realice el pago correspondiente al menos siete (7) días laborables de anticipación al vencimiento de la factura, salvo que se trate de un Pago Recurrente, previamente programado.
2.4 Los Pagos Futuros o Puntuales, se realizarán mediante una cuenta de depósito (de ahorros o cheques) o una tarjeta de crédito que el Cliente tenga en el Banco. La responsabilidad de los titulares dependerá del tipo de cuenta que utilice para ejecutar dichos pagos, según se explica a continuación:
a) Pagos mediante Cuenta de Depósito- La solicitud será suscrita por el titular designado en la cuenta de depósito si se trata de una cuenta individual, por cualquiera de los titulares si se trata de una cuenta conjunta solidaria (“Y/O”). Para detalles sobre la responsabilidad de los titulares en cada tipo de cuenta de depósito, refiérase al Convenio de Cuentas de Depósito y otros Servicios Bancarios.
b) Pagos mediante Tarjeta de Crédito- los tenedores de tarjetas de crédito serán solidariamente responsables por el total de las compras y adelantos de efectivo realizados bajo el plan de crédito. El Banco podrá requerir la comparecencia y firma de todos los tenedores para procesar ciertas instrucciones o solicitudes. Para detalles sobre la responsabilidad de los tenedores, refiérase al Contrato de Plan de Cuentas Rotativas correspondiente a su tarjeta.
En cualquier caso (con tarjeta o con cuenta de depósito), al utilizar el servicio de Pago Express, los Clientes acuerdan liberar e indemnizar al Banco de toda responsabilidad por daños, pérdidas, o gastos que surjan como resultado directo o indirecto de cualquier acción que realice o deje de realizar el Banco en el cumplimiento de las instrucciones dadas por cualquiera de los Clientes.
2.5 Si el Cliente posteriormente desea añadir algún otro Comercio Beneficiario al servicio de Pago Express, el Cliente podrá hacerlo a través de cualquiera de los métodos mencionados en el Inciso 2.2, y suministrando la información necesaria según explicado en el Inciso 2.2 y
2.3 del presente Contrato.
2.6 SI OCURRIERA UN CAMBIO EN LA CANTIDAD A PAGAR, FRECUENCIA DE PAGOS, EL NOMBRE O EL NÚMERO DE CUENTA DEL COMERCIO BENEFICIARIO, O CON EL NÚMERO DE LA CUENTA DE DEPÓSITO O TARJETA DE CRÉDITO DE DONDE SE DEBITARÁN LOS PAGOS, QUEDA EXPRESAMENTE CONVENIDO QUE SERÁ OBLIGACIÓN DEL CLIENTE NOTIFICAR DICHOS CAMBIOS CON SUFICIENTE ANTICIPACIÓN, SEGÚN LOS TÉRMINOS ESTABLECIDOS EN ESTE CONTRATO, AL BANCO PARA QUE ÉSTE PUEDA TOMAR LAS ACCIONES PERTINENTES RESPECTO A CUALQUIER PAGO QUE ESTÉ EN PROCESO Y NO DEBA LLEVARSE A CABO O DEBA LLEVARSE A CABO CON INFORMACIÓN DE PROCESAMIENTO DIFERENTE. ESTO APLICA TAMBIÉN A SOLICITUDES DE PARALIZACIÓN DE PAGOS. Esta notificación de cambio o paralización se realizará mediante uno de los métodos mencionados en el Inciso 2.2, y deberá hacerse un día laborable antes de la fecha pautada para el pago o transferencia, de manera tal que la fecha de efectividad del mismo se procese antes de la fecha pautada para procesar el pago. El cambio en el pago no será efectivo hasta que el Banco reciba y procese la notificación de cambio. El Banco no será responsable de situaciones generadas por los pagos hechos antes de procesar la notificación de cambio antes descrita. En caso de cambiar alguna tarjeta de débito o crédito, deberá cambiar los Pagos Futuros o cualquier otro que tenga programado con por lo menos siete (7) días de anticipación a la tramitación de dichos pagos.
2.7 Una vez el Cliente se suscribe al servicio de Pago Express el Banco le enviará una carta con el
resumen de todos los Comercios Beneficiarios suscritos, y en caso de que dentro de los diez
(10) días siguientes al envío de la carta, el Banco no reciba ninguna comunicación por parte del Cliente indicando que alguna información en dicha carta es incorrecta, se tomará por correcta toda la información y se entenderá que el Cliente está conforme con la misma. La carta será enviada al siguiente día laborable en que el Banco procesa su solicitud de inscripción al servicio de pagos por primera vez.
2. 8. Respecto a los pagos que se debitarán de una cuenta de depósito, el Cliente mantendrá en todo momento fondos disponibles en la cuenta designada para cubrir los pagos solicitados que se han de debitar de la misma. Si al momento de efectuar un pago la cuenta no tiene fondos disponibles (sin incluir los fondos retenidos, según lo establecido en el Convenio de Cuentas de Depósito y otros Servicios Bancarios) para cubrirlo, o los fondos de la cuenta están sujetos a algún procedimiento legal, restricción o embargo, el Banco no hará el pago y por la presente queda relevado de cualquier responsabilidad, daños, gastos, entre otros, que resulten como consecuencia directa o indirecta de dicha acción.
2.9 Respecto a los pagos solicitados que se realizarán con tarjeta de crédito, el Cliente no deberá excederse del límite de crédito aprobado por el Banco, y de así hacerlo, el Banco tendrá derecho a cancelar la tarjeta, requerir su devolución o incautarse de la misma, y/o cerrar la cuenta; cualquier cantidad en exceso del límite aprobado por el Banco será pagada por el tenedor a la presentación junto con cualquier cargo aplicable por este motivo, según establece el Contrato de Plan de Cuentas Rotativas correspondiente.
2.10 El Cliente podrá verificar todas sus transacciones electrónicas realizadas mediante el
servicio de Pago Express en sus estados de cuenta mensuales correspondientes, en cualquier momento a través xx Xxxxxxxxx eBanking en xxx.xxxxxxxxx.xx, y/o 24 horas al día llamando al servicio Banco en Casa al teléfono 000-000-0000 o libre de costo al 1-800-726- 8263, sujeto a la disponibilidad de los servicios de comunicaciones (teléfono, Internet, etc.) y a los términos aplicables a los usos de estos servicios. Sin embargo, las transacciones electrónicas realizadas fuera de horas laborables, en días feriados o fines de semana podrán reflejarse el próximo día hábil. El Banco no es responsable de la falta de disponibilidad de los servicios de comunicaciones. El Cliente es responsable de presentar cualquier reclamación por transacciones no autorizadas, de acuerdo con los términos aplicables a la transacción en particular, incluyendo los indicados en el estado de cuenta que recibe.
2.11 Cuando el Cliente solicite que el Banco realice algún pago a algún Comercio Beneficiario, será responsabilidad del Cliente verificar si el mismo pudo ser procesado por el Banco. Refiérase al inciso anterior para conocer los métodos de verificación de transacciones.
2.12 Siempre que el Cliente le solicite al Banco realizar un Pago Puntual o cualquier tipo de pago mediante los teléfonos designados de Banco en Casa o mediante Santander eBanking en la página xxx.xxxxxxxxx.xx, el Cliente será responsable de asegurarse que se genere un número de referencia o confirmación, ya que éste es el indicador de que el Banco recibió la solicitud para realizar el mismo. Para Pagos Futuros, se generará un número de referencia o confirmación cuando el Banco procese el pago, no así cuando el Cliente solicita su realización.
2.13 El Cliente será responsable de verificar periódicamente sus estados de cuenta, dentro de los
términos establecidos, para asegurarse de que toda la información está acorde con lo solicitado.
2.14 Cliente será responsable de verificar periódicamente sus estados de cuenta y de notificar
inmediatamente al Banco sobre cualquier posible error en el mismo (ver términos aplicables a las reclamaciones en el estado de cuenta, en este contrato, y en los documentos mencionados en este inciso). De igual forma, el Cliente es responsable de notificar al Banco cualquier transacción no autorizada o cualquier sospecha de que su dispositivo de acceso (dispositivo de acceso significa una tarjeta, código o cualquier otro método de acceso a una cuenta de un consumidor o una combinación de estos que puede ser utilizado por el Cliente para iniciar una transacción) haya sido xxxxxxx, extraviado, robado o usado sin su autorización. Para conocer el proceso a seguir referente a cuentas de depósito, haga referencia al Convenio de Cuentas de Depósito y otros Servicios Bancarios; para conocer el proceso a seguir referente a situaciones con las tarjetas de crédito, refiérase al Contrato de Plan de Cuentas Rotativas correspondiente.
2.15 Si el cliente desea la suspensión de un Pago, el Banco deberá recibir la orden para la suspensión del mismo, ya sea verbalmente o por escrito con por lo menos un día laborable de antelación a la fecha estipulada para el pago.
2.16 Si el Cliente desea eliminar o inactivar algún Comercio Beneficiario de su servicio de Pago Express, el Cliente podrá hacerlo a través de cualquiera de los métodos mencionados en el Inciso 2.2; dicha eliminación se reflejará inmediatamente siempre que se realice durante horas y días laborables.
Sección 3. Obligaciones del Banco
3.1 El Banco será responsable de cumplir con las obligaciones objeto del presente Contrato, según las instrucciones del Cliente, lo aquí acordado, y de acuerdo con las reglamentaciones vigentes.
3.2 El Banco será responsable de realizar los Pagos, debidamente solicitados, en el día estipulado, que deberá estar programado para hacerse con siete días laborables de anticipación al vencimiento de la factura correspondiente, pero si el mismo coincide con xxxxxx, xxxxxxx o día feriado local o federal, la transferencia se realizará con fecha del próximo día hábil.
3.3 Si el Banco no completa a tiempo una transferencia electrónica de fondos a, o desde, su cuenta de depósito por la cantidad correcta, conforme al Contrato suscrito con el Cliente y solicitado con siete días de anticipación al vencimiento de la factura, el Banco será responsable de los cargos por xxxx generados y cualquier otro cargo que por ley o regulación federal o estatal así lo exigiera, si alguno, y según evidenciados por el Cliente, excepto si (1) usted no tiene fondos disponibles suficientes en su cuenta para efectuar la transferencia, (2) la transferencia excede los fondos disponibles en la cuenta, (3) el sistema usado para la transferencia no está operando adecuadamente (4) no se le había notificado inmediatamente al Banco sobre el uso no autorizado, hurto o extravío de su número secreto de identificación personal o tarjeta de acceso, (5) circunstancias fortuitas o de causa mayor, tales como incendios o inundaciones impiden la transferencia a pesar de las precauciones razonables que tome el Banco, y/o (6) los fondos de la cuenta están sujetos a un procedimiento legal, restricción o embargo que impida la transferencia de fondos.
3.4 El Banco será responsable ante el Cliente por los gastos causados por dejar de realizar una orden de suspensión de un pago programado, siempre y cuando las instrucciones de suspensión fueran recibidas con suficiente anticipación, según lo expresado en el Inciso
2.15 y no existiera ninguna situación fuera del control del Banco por la cual se incumplió con la suspensión del pago.
3.5 El Banco no será responsable por pagos procesados según las instrucciones del Cliente y no aplicados por el Comercio Beneficiario; tampoco será responsable el Banco por falta de fondos o de crédito disponible en la cuenta de depósito y/o línea de crédito que el Cliente designó para debitar los pagos; tampoco será responsable el Banco en caso de que un tercero, a quien se le envíe el pago conforme a las instrucciones del Cliente, no remita adecuadamente el pago al Comercio Beneficiario.
3.6 El Banco no será responsable de la tardanza, errores, pérdidas, o extravíos de los
formularios o efectos que hayan sido transmitidos al Comercio Beneficiario del pago, como
consecuencia de este Contrato, o por negligencia, error, omisión, o descuido del propio Comercio Beneficiario.
3.7 El Banco no será responsable por atrasos o cualquier otro inconveniente reportado al
Cliente por el Comercio Beneficiario del pago en los casos en que el Cliente haya ordenado realizar el pago/transferencia para una fecha futura, después de las 5:00 pm, en sábados o domingos, o en días feriados de la banca local y/o federal, y los mismos no hayan podido ser procesados por el Banco o hayan sido procesados el siguiente día hábil.
3.8 El Banco no será responsable por la devolución o rechazo de cualquier pago de parte del
Comercio Beneficiario; la responsabilidad del Banco se limitará a revertir el débito correspondiente al Pago no aceptado el próximo día laborable en que se reciba la devolución y le notificará al Cliente el rechazo del pago no más tardar del próximo día laborable del recibo de la devolución de dicho pago.
3.9 El Banco no será responsable de cargos por xxxx o cualquier tipo de penalidad que el
Comercio Beneficiario le imponga al Cliente, ni por daños o inconvenientes de cualquier naturaleza sufridos por el Cliente como consecuencia de pagos hechos o aplicados con posterioridad a la fecha de vencimiento de la factura y/o por pagos no recibidos por el Comercio Beneficiario, cuando el Banco haya cumplido con las instrucciones del Cliente y/o con este contrato.
3.10 El Banco procesará los pagos solicitados bajo este Contrato según las instrucciones del
Cliente en la fecha que lo solicitó por alguno de los medios expresados en el inciso 2.2. Las solicitudes del Cliente para que el Banco realice un pago que sean recibidas (y completadas) antes de las 5:00 p.m. de cualquier día laborable se procesarán ese mismo día; las recibidas después de las 5:00 p.m., sábados o domingos, o en días feriados de la banca local y/o federal se procesarán con fecha del siguiente día laborable. Si el Banco recibe una instrucción autorizada por el Cliente y dicha instrucción es de alguna forma incorrecta, el Banco no estará obligado a ejecutar la instrucción, ni será responsable por tal error. Si el Banco no completa adecuadamente el pago a tiempo según solicitado, o lo realiza por la cantidad equivocada, le pagaremos cualquier cargo por xxxx o por financiamiento por dicho error, siempre y cuando su cuenta estuviese al día antes de ese incidente y el error no haya sido causado por las instrucciones del Cliente.
3.11 La fecha de efectividad del pago para efectos de Pago Express será aquella en la que el Comercio Beneficiario reciba el mismo. Las transacciones de pagos serán efectuadas de acuerdo con la solicitud de servicio y las instrucciones ofrecidas por el Cliente. Las transacciones objeto del presente Contrato se cargarán a la cuenta designada en la fecha que el Cliente indique, y serán acreditadas a la cuenta del Comercio Beneficiario cuando éste aplique el pago. En casos en que alguna de estas fechas coincida con un día feriado de la Banca local o Banca federal, o con sábado x xxxxxxx, el pago se acreditará a la cuenta designada el próximo día laborable. Para condiciones adicionales de aplicación del pago que pudieran ser establecidas por el Comercio Beneficiario y afectar la fecha de efectividad del pago para efectos del Comercio Beneficiario, debe verificar directamente con dicho comercio.
Sección 4. Disposiciones Generales
4.1 Los días laborables del Banco son de lunes a viernes, excepto días feriados tanto locales como federales. Aunque el Banco ofrezca servicio al público algunos xxxxxxx, xxxxxxxx y días feriados, éstos no se considerarán días laborables. Cualquier instrucción del Cliente que se reciba en o antes de las 5:00 p.m. de cualquier día laborable, se procesará el mismo día que sea recibida. Si las instrucciones del Cliente se reciben luego de esta hora o cualquier día no laborable, se procesarán el próximo día laborable.
4.2 No hay límite en la cantidad de pagos que el Cliente puede autorizar para los Comercios
Beneficiarios que seleccionó para hacerle sus pagos correspondientes.
4.3 El Banco cobrará un cargo por servicio de $5.00 por cada pago a través de Pago Express que usted solicite a un Representante de Servicio de Banca Telefónica mejor conocido como Banco en Casa. Para evitar el cargo, usted puede solicitar el pago a través de: eBanking, Banca Móvil, el sistema de respuesta de voz interactiva (IVR por sus siglas en inglés) de Banca Telefónica.
Sección 5. Atrasos
5.1 En caso de eventos fuera del control del Banco causados por fuerza mayor, fenómenos naturales, guerras, e insurrección, la responsabilidad del Banco se limitará a iniciar los servicios provistos en este Contrato en cuanto sea posible, de acuerdo a las circunstancias.
5.2 El Cliente indemnizará, y será responsable de mantener a salvo (“hold harmless”) y libre de responsabilidad al Banco, a sus compañías subsidiarias, afiliadas, sus oficiales, accionistas, directores, empleados, agentes, representantes, contratistas, subcontratistas o proveedores de servicio, por cualquier reclamación, querella, causa de acción, demanda, investigación, daño, deuda, obligación, gastos, costos, incluyendo, pero no limitado a los gastos de honorarios de abogados que surjan contra el Banco y que resulten o sean consecuencia directa o indirecta de los actos, errores, u omisiones del Cliente, sean éstos intencionales, negligentes, culposos o de otra índole. En caso de incumplimiento, errores, omisiones, negligencia, o actos intencionales del Banco, la responsabilidad del Banco se limitará a los cargos por xxxx, financiamiento y cualquier cargo que por ley o regulación federal o estatal así lo exigiera, si alguno, según lo evidenciado por el Cliente y lo aquí estipulado.
Sección 6. Vigencia
6.1 La vigencia del presente contrato será indefinida y comenzará cuando se solicite el servicio a través de alguno de los métodos mencionados en el Inciso 2.2 del presente contrato.
Sección 7. Cancelación por el Cliente
7.1 Este Contrato podrá ser cancelado por el cliente mediante notificación escrita a través de una Sucursal o comunicándose a Banco en Casa al 000-000-0000 ó libre de costo al 1-800- 726-8263 en cualquier momento. La cancelación será efectiva al próximo día laborable, luego de recibida la notificación. Cuando se cancela el servicio general, el Cliente tendrá Estatus Inactivo. Si el Cliente desea cancelar el servicio, será responsable de concurrentemente cancelar todos los pagos futuros programados al momento de la solicitud de cancelación de contrato para evitar que los pagos se procesen.
Sección 8. Cancelación por el Banco
8.1 El Banco puede terminar el presente contrato:
a. A discreción del Banco, si el cliente no remedia cualquier incumplimiento dentro del periodo de treinta (30) días luego de habérsele notificado el incumplimiento.
8.2 El Banco podrá además terminar sus obligaciones bajo el presente contrato en cualquier
momento sin notificación alguna al Cliente, si ocurre cualquiera de los siguientes eventos:
a. Falsa representación dada al Banco en relación con este contrato.
b. Embargo, incautación, interdicto o gravamen por orden de un tribunal o cualquier proceso legal contra los activos o propiedades del Cliente.
c. Incumplimiento del Cliente bajo éste o cualquier otro convenio o contrato con el Banco o cualquier pagaré que evidencie deudas con el Banco.
d. El Banco podrá dar por terminado el contrato de Pago Express inmediatamente por consideraciones o decisiones internas de negocio.
Sección 9. Enmiendas
9.1 El Banco se reserva el derecho de modificar o enmendar este contrato mediante notificación por escrito por lo menos treinta (30) días antes de la fecha de efectividad de dichos cambios o modificaciones. Si el Cliente no está de acuerdo con las enmiendas y desea cancelar el contrato, podrá notificarlo de acuerdo con lo indicado en la Cláusula de Cancelación por el Cliente.
Sección 10. Notificación
10.1 Las notificaciones requeridas en este contrato serán por escrito y enviadas por correo a las siguientes direcciones (esto no incluye procedimientos que sean parte de Pago Express y que en este contrato se especifique un método de comunicación diferente):
Al Cliente: A la dirección designada en expediente dentro del Banco
Al Banco: Banco Santander Puerto Rico
Pago Express (986)
X.X. Xxx 000000
Xxx Xxxx, XX 00000-0000
Sección 11. Nulidad de cláusula
Si alguna de las cláusulas de este contrato fuese declarada nula, inválida o no ejecutable, las cláusulas restantes de este contrato continuarán con toda su fuerza y vigor. El Banco se reserva el derecho de enmendar este contrato, previa notificación al respecto, de conformidad con la cláusula de Enmiendas, para ajustar la cláusula declarada nula o inválida o que resultare que no es ejecutable, de tal manera que cumpla con los requisitos legales aplicables y sea válida y ejecutable.
Sección 12. Este contrato se regirá por las leyes y regulaciones del Estado Libre Asociado de Puerto Rico y federales, si alguna aplicables, y la jurisdicción en caso de conflicto en cuanto a la interpretación de las cláusulas de este contrato será el Tribunal de Primera Instancia de Puerto Rico. Esto no es obstáculo para que en caso de controversia, la misma se resuelva de manera extrajudicial y a través de cualquiera otros métodos alternos de resolución de conflicto, bajo regulaciones federales y/o estatales especiales aplicables.
REV. 11/25/2014