INFORME DE FISCALIZACIÓN PARA
INFORME DE FISCALIZACIÓN PARA
CONTRATO COMPLEMENTARIO
CONTRATO
BID-EC-L1223-RSND-EESUR-ST-OB-004.008.2022
CONTRATISTA: ENSILECTRIC
PROYECTO: CONSTRUCCIÓN DE LAS ADECUACIONES PARA LA SUBESTACIÓN
NORTE 69/13.8 kV
2023-2024
Contenido
1. ANTECEDENTES 3
2. OBJETIVO 4
3. OBJETIVO ESPECÍFICO 4
4. BASE LEGAL 4
5. DESARROLLO 4
6. CONCLUSIONES Y RECOMENDACIONES 7
INFORME DE FISCALIZACIÓN
PARA:
ING. XXXXXXX XXXXXX XXXXXXXX XXXXXXX/ Administrador de Contrato/ BID- EC- L1223-RSND-EESUR-ST-OB-004.008.2022
ING. XXX XXXXXXX XXXXXXX XXXXXXX/Administrador de contrato/ JICA- L1223-RSND-EESUR-ST-FI-011.005.2023
DE:
ING. XXXXXX XXXXXXXXX XXXXX / Fiscalizador Componente Civil
ING. XXXX XXXXXXXXX GUARAS / Fiscalizador Componente Eléctrico
FECHA:
11/01/2024
PROYECTO:
CONSTRUCCIÓN DE LAS ADECUACIONES PARA LA SUBESTACIÓN NORTE 69/13.8 KV”
PROCESO:
BID-EC-L1223-RSND-EESUR-ST-OB-004
CONTRATO:
BID-EC-L1223-RSND-EESUR-ST-OB-004.008.2022
ASUNTO:
INFORME DE APROBACIÓN DE CANTIDADES PARA EL CONTRATO COMPLEMENTARIO
1. ANTECEDENTES:
Los Contratos Nro. JICA-L1223-RSND-EESUR-ST-FI-011.005.2023 “FISCALIZACIÓN DE LA OBRA CIVIL CORRESPONDIENTE A LA CONSTRUCCIÓN DE LA LÍNEA YANACOCHA-SUBESTACIÓN NORTE Y CONSTRUCCIÓN DE LAS ADECUACIONES PARA LA SUBESTACIÓN NORTE, 69/13.8 KV” suscrito el 10 de febrero del 2023; y Nro. JICA-L1223-RSND-EESUR-ST-FI-012.003.2023 “FISCALIZACIÓN DE LA OBRA ELÉCTRICA CORRESPONDIENTE A LA CONSTRUCCIÓN DE LAS ADECUACIONES PARA LA
SUBESTACIÓN NORTE, 69/13.8 kV” suscrito el 09 de febrero del 2023, intervienen en la celebración de dichos contratos, por una parte la EMPRESA ELÉCTRICA REGIONAL DEL SUR S.A, con RUC No. 1190005646001, en adelante la EERSSA, domiciliada en la xxxxx Xxxxxxxxxx 000-00 x Xxxxxx xx xx xxxxxx xx Xxxx, legalmente representada por el Ing. Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxx, en calidad de Presidente Ejecutivo, por una parte; y por otra los ingenieros Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxxx Xxxxx y Xxxx Xxxxxxxxx Xxxxxxxxx Guaras en adelante FISCALIZACIÓN, Ecuatorianos, domiciliados en las calles Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxxx y calle K entre la calle cuarta del cantón Jipijapa, provincia de Manabí, con RUC Nro. 1312285297001; y, calles Quito Oe2-181 y Amazonas parroquia Yaruquí, cantón Quito, provincia de Pichincha, con RUC Nro. 1713430757001; respectivamente, en el marco del Programa de Modernización y Renovación del Sistema Eléctrico Ecuatoriano, mediante financiamiento otorgado por el Banco Interamericano de Desarrollo, dentro del proceso JICA-L1223-RSND-EESUR-ST-FI-011, con Oficio Nro. EERSSA-GEICO-2023-0129-OF con fecha 01 xx xxxxx del 2023 suscrito por el ING. XXX XXXXXXX XXXXXXX XXXXXXX Administrador de Contrato Fiscalización Civil; y del proceso JICA-L1223- RSND-EESUR-ST-FI-012, con Oficio Nro. EERSSA-GEICO-2023-0119-OF con fecha 28 de febrero del 2023 suscrito por el ING. XXXXXXX XXXXXX XXXXXXXX XXXXXX Administrador de Contrato, fueron notificados individualmente del inicio de las actividades de Fiscalización tanto del componente Civil como Eléctrico.
Es celebrado el contrato No. BID-EC-L1223-RSND-EESUR-ST-OB-004.008.2022 con fecha 02 de noviembre del 2022, entre la Empresa Eléctrica Regional del Sur S.A., representada por el Ing. Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxx, en calidad de presidente ejecutivo; dirección Xxxxxxxxxx 162-26 y Xxxxxx, en adelante denominada “la Contratante” por una parte, y la empresa ENSILECTRIC S. A., legalmente representada por el Ing. Xxxxxxx
Xxxxxxxx Xxxxx, RUC: 1792356342001, Pasaje Xxxxxx E6-23 y Japón, ciudad de Quito, provincia de Pichincha, en adelante denominado “el Contratista” por la otra parte. La Contratista procederá a ejecutar la obra “CONSTRUCCIÓN DE LAS ADECUACIONES PARA LA SUSESTACIÓN NORTE 69/13.8 kV”, BID-EC-L1223-
RSND-EESUR-ST-OB-004, en adelante denominada “las Obras” y la Contratante ha aceptado la Oferta para la ejecución y terminación de dicha Obra y la subsanación de cualquier defecto de las misma, dentro del proceso BID-EC-L1223-RSND-EESUR-ST-OB-004; El Administrador de Contrato de Obra, ING. XXXXXXX XXXXXX XXXXXXXX XXXXXX, notifica mediante documento Oficio EERSSA-GEICO-2023-0118-OF, el inicio del plazo contractual de la obra con fecha 01 xx xxxxx del 2023.
PROCESO | BID-EC-L1223-RSND-EESUR-ST-OB-004 |
CONTRATO | BID-EC-L1223-RSND-EESUR-ST-OB-004.008.2022 |
FINANCIAMIENTO | 4343/OC-EC,EC-FP1(JICA) |
CONSTRUCTOR | ENSILECTRIC S. A |
ADMINISTRADOR | ING. XXXXXXX XXXXXX XXXXXXXX XXXXXXX |
MONTO(USD) | $ 793,268,71 (Incluye IVA) |
PAGO ANTICIPO | 09 de noviembre del 2022 (Memorando EERSSA-GEFI-2022-4514-M) |
ANTICIPO: 50% | $ 354,137.82 (No Incluye IVA) |
PLAZO | 365 días |
INICIO DE PLAZO | 01 xx Xxxxx del 2023 (Oficio EERSSA-GEICO-2023-0118-OF) |
FIN DE PLAZO | 28 de Febrero del 2024 |
2. OBJETIVO:
El objetivo del presente informe técnico es, dar información sobre el avance de obra, controlar el cumplimiento del contrato de Obra, recopilar documentación de actividades y novedades de la obra, informe o producto que verifique el cumplimiento de las actividades según cronograma de ejecución de la obra, supervisión y control de las actividades de construcción de las obras antes, durante y después de la ejecución del proyecto “CONSTRUCCIÓN DE LAS ADECUACIONES PARA LA SUSESTACIÓN NORTE 69/13.8 kV”
3. OBJETIVO ESPECÍFICO:
Aprobación de las cantidades para el Contrato Complementario del proyecto “CONSTRUCCIÓN DE LAS ADECUACIONES PARA LA SUSESTACIÓN NORTE 69/13.8 kV”
4. BASE LEGAL:
En base a las Obligaciones contraídas en los contratos suscritos por la EMPRESA ELÉCTRICA REGIONAL DEL SUR S.A, y los Consultores; y el artículo 121 de Reglamento General de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, designan a los FISCALIZADORES del componente Civil y Eléctrico respectivamente del contrato Nro.BID-EC-L1223-RSND-EESUR-ST-OB-004.008.2022 para la “CONSTRUCCIÓN DE LAS
ADECUACIONES PARA LA SUSESTACIÓN NORTE 69/13.8 kV”, a fin de dar cumplimiento cabal y oportuno de todas y cada una de las obligaciones derivadas del mismo.
5. DESARROLLO:
Qué, mediante oficio el Contratista ENSILECTRIC S. A Nro. ENS-DT-SEN-039 de fecha 19 de julio de 2023, entrega la documentación previa de rubros nuevos correspondiente a la parte civil, malla de puesta a tierra, iluminación exterior y tableros de control y protección a ejecutarse en el contrato BID-EC-L1223-RSND-EESUR- ST-OB-004.
Qué, la Fiscalización mediante Oficio Nro.-BID-EC-L1223-RSND-EESUR-ST-OB-004.008.2022-FIS-032 de fecha 22 xx xxxxxx realiza la respuesta al oficio del Contratista antes citado correspondiente a la documentación
entregada con respecto a los rubros nuevos, en la cual se solicita incluir todos los rubros nuevos, variación de cantidades, costo más porcentaje, etc., para clasificar a los rubros por componente.
Qué, mediante Oficio Nro. ENS-DT-SEN-053, de fecha 15 de septiembre de 2023, el Contratista remite la respuesta al Oficio Nro. BID-EC-L1223-RSND-EESUR-ST-OB-004.008.2022-FIS-032, con respecto a la preplanilla, rubros nuevos y los anexos correspondientes.
Qué, mediante Oficio Nro. JICA-L1223-RSND-EESUR-ST-FI-011.005.2023-FIS-LRRB-2023-031-OF de fecha 28
de septiembre suscrito por Xxx Xxxxxx Xxxxxxxxx Xxxxx, da respuesta al oficio emitido Nro. ENS-DT-SEN-053 por la contratista ENSILECTRIC S.A. de fecha 15 de septiembre de 2023, La contratista presenta la siguiente información.
Informe de Pre-Planilla según lo solicitado incluir todos los rubros nuevos, variación de cantidades, costo más porcentaje y contrato complementario. En revisión de la documentación antes mencionada esta fiscalización de obra civil observa lo siguiente los mismo están descrito en el oficio con sustento técnico.
Qué, mediante Oficio Nro. ENS-DT-SEN-069 de fecha 15 de diciembre de 2023 da Respuesta a Oficio Nro. JICA- L1223-RSND-EESUR-ST-FI-011.005.2023-FIS-LRRB- 2023-042-OF dentro de la misma se encuentra un informe detallado con sustento técnico.
Qué, mediante Oficio Nro. ENS-DT-SEN-071 de fecha 19 de diciembre de 2023, suscrito por el Economista Xxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxx donde indica lo siguiente: “En el Informe de Contrato Complementario-signed_Rev1, se detalla los requerimientos de los rubros nuevos en la cual, se puede observar que por razones técnicas imprevistas en los diseños y en la ejecución de la obra que no pudieron ser determinadas en la fase de estudios se solicita la debida autorización a la EMPRESA ELÉCTRICA REGIONAL DEL SUR S.A la suscripción del Contrato Complementario, con un plazo de ejecución de 90 días a partir de la finalización del plazo contractual. Con respecto al pago se solicita las mismas condiciones del contrato principal, como se indica el numeral CGC 42 de las Condiciones Especiales del Contrato en el cual se establece un anticipo correspondiente al 50% del monto contractual y la diferencia contra pago de planillas de avance.”
Qué, mediante Oficio Nro. BID-EC-L1223-RSND-EESUR-ST-OB-004.008.2022-FIS-053-OF, de fecha 11 de
enero de 2024, la Fiscalización del Componente Eléctrico aprueba los rubros adicionales mediante el informe correspondiente y en respuesta al Oficio Nro. ENS-DT-SEN-071.
Qué, mediante Oficio Nro. JICA-L1223-RSND-EESUR-ST-FI-011.005.2023-FIS-LRRB-2023-057-OF, de fecha 11
de enero de 2024, la Fiscalización del Componente Civil aprueba los rubros adicionales mediante el informe correspondiente y en respuesta al Oficio Nro. ENS-DT-SEN-071.
Qué, mediante reuniones técnicas de trabajo efectuadas entre las partes, es decir: Contratante, Contratista y Fiscalización, se han definido las cantidades de equipos, elementos y volúmenes necesarios para la ampliación de la S/E Norte, los mismos que no estaban contemplados inicialmente en la Consultoría de Diseño realizada previamente al contrato de construcción de la obra.
Ante la solicitud, se procedió a la revisión de la información disponible, dando como resultado lo siguiente Rubros Nuevos son de 7,96 % del monto total del contrato sin IVA. Como se refleja en los análisis de precios unitarios y en la siguiente tabla anexa.
Ítem | DESCRIPCIÓN DEL RUBRO | Unidad | CANTIDADES A CONTRATAR | ||
Precio Unitario USD | Cantidad | Precio Total USD | |||
1 | CONSTRUCCIÓN XX XXXXX DE PUESTA A TIERRA |
OE1 | Suministro e instalación de conductor de cobre electrolítico, desnudo, calibre 4/0 AWG para chicotes o para instalación en ductos y canaletas (Incluye corte y tendido de cable, excavación a máquina y excavación a mano, relleno con material de menor resistividad y compactación a máquina de las zanjas donde se instaló el conductor.) | m | 30.13 | 841 | 25,340.71 |
OE2 | Suministro y ejecución de suelda exotérmica para malla de puesta a tierra con conductor de cobre calibre 4/0 AWG | u | 38.64 | 213 | 8,229.89 |
OE3 | Suministro e instalación xx xxxxx de cobre plateada para equipos de patio | u | 292.11 | 6 | 1,752.67 |
2 | REUBICACIÓN E INSTALACIÓN DEL TRANSFORMADOR DE POTENCIA DE 5 MVA | ||||
OE4 | Reubicación de transformador de 5MVA de la Empresa Eléctrica Regional del Sur, ubicado en la Subestación Norte - Xxxx con una grúa telescópica de 35 ton y un brazo hidráulico. | u | 2,685.15 | 1 | 2,685.15 |
OE5 | Suministro e instalación de punta terminal exterior, 25 kV, #2 - #4/0 AWG | u | 287.32 | 3 | 861.96 |
OE6 | Suministro e instalación de punta terminal interior, 25 kV, #2 - #4/0 AWG | u | 251.80 | 3 | 755.40 |
OE7 | Suministro e instalación de cable de cobre, XLPE 25kV - 133%, calibre # 2/0 AWG | m | 34.67 | 120 | 4,160.40 |
3 | INTERVENCIÓN EN LAS LÍNEAS DE SUBTRANSMISIÓN 69 KV | ||||
OE8 | Distribución y acceso de poste de hormigón armado hasta 14 metros | u | 443.29 | 4 | 1,773.16 |
OE9 | Poste circular de H°A° de 12 m, 500 kg de carga de rotura. Incluye suministro de poste, transporte y mano de obra para excavación de hueco e izado. | u | 461.99 | 2 | 923.99 |
OE10 | Poste circular de plástico fibra xx xxxxxx de 12 m, 500 kg de carga de rotura. Incluye suministro de poste, transporte y mano de obra para excavación de hueco e izado. | u | 898.92 | 2 | 1,797.83 |
OE11 | Suministro e instalación de conductor desnudo cableado de aluminio - acero, ACSR 6/1, 7 hilos, calibre # 2/0 AWG - QUAIL | m | 2.63 | 1380 | 3,622.96 |
OE12 | Retiro y enrollado de conductor de aluminio, desnudo, 5005, ASC ó ACSR # 2/0 AWG EN LINEA DE SUBTRANSMISIÓN | m | 0.29 | 1344 | 383.49 |
OE13 | Suministro e instalación de viento para tensor simple en LÍNEA DE SUBTRANSMISIÓN TAN-0TD. Material EERSSA. | u | 31.12 | 4 | 124.48 |
OE14 | Suministro e instalación de viento para tensor simple en LÍNEA DE SUBTRANSMISIÓN TAN-0TS | u | 73.67 | 4 | 294.69 |
OE15 | Instalación de anclaje para tensor en LÍNEA DE SUBTRANSMISIÓN TAN-0TD. Material suministra EERSSA. | u | 50.16 | 6 | 300.98 |
OE16 | Instalación de anclaje para tensor en LÍNEA DE SUBTRANSMISIÓN TAN-0TS. | u | 59.76 | 2 | 119.53 |
OE17 | Armado de estructura trifásica en línea de subtransmisión 69kV, ETN-3HD. Material suministra EERSSA. | u | 324.49 | 1 | 324.49 |
OE18 | Armado de estructura trifásica en línea de subtransmisión 69kV, ETN-3HR. Material suministra EERSSA. | u | 235.98 | 2 | 471.95 |
OE19 | Armado de estructura monofásica en línea de subtransmisión 69kV, ETN-1CR. Material suministra EERSSA. | u | 44.20 | 21 | 928.12 |
OE20 | Desmontaje de estructura trifásica en línea de subtransmisión 69kV, ETN-3HD. | u | 128.19 | 1 | 128.19 |
OE21 | Desmontaje de estructura trifásica en línea de subtransmisión 69kV, ETN-3HR. | u | 96.14 | 1 | 96.14 |
OE22 | Desmontaje de estructura monofásica en línea de subtransmisión 69kV, ETN- 1CR. | u | 19.06 | 12 | 228.77 |
OE23 | Desarmado y retiro del viento de tensor ETN-0TD en línea de subtransmisión | u | 14.30 | 11 | 157.28 |
OE24 | Desarmado y retiro de anclaje de tensor ETN-0TS en línea de subtransmisión | u | 42.73 | 4 | 170.92 |
OE25 | Armado de estructura monofásica en línea de subtransmisión 69kV, ETN-1CS. Material suministra EERSSA. | u | 31.96 | 2 | 63.91 |
OE26 | Desmontaje de estructura trifásica en línea de subtransmisión 69kV, ETN-1CS. | u | 19.06 | 3 | 57.19 |
OE27 | Cruce eléctrico en lineas aéreas con cable de aluminio ACSR | u | 127.05 | 3 | 381.15 |
OE28 | Desmontaje xx xxxxx eléctrico en lineas aéreas con cable de aluminio ACSR | u | 69.63 | 3 | 208.89 |
TOTAL RUBROS NUEVOS | 56,344.29 | ||||
PORCENTAJE RUBROS NUEVOS | 7.96% |
6. CONCLUSIONES Y RECOMENDACIONES:
1. Se refleja en el replanteo presentado por el Contratista, lo necesario para la correcta ejecución y poder recibir a entera satisfacción la obra; al respecto esta Fiscalización Aprueba las cantidades de los rubros adicionales para el CONTRATO COMPLEMENTARIO con las cantidades de la tabla antes indicada, según lo estipula LEY ORGANICA DEL SISTEMA NACIONAL DE CONTRATACIÓN PÚBLICA, artículo 85 y 87 donde indica: “Art. 85.‐ Obras y Servicios Complementarios.‐ En el caso de que fuere necesario ampliar, modificar o complementar una obra o servicio determinado por causas imprevistas o técnicas, debidamente motivadas, presentadas con su ejecución, el Estado o la Entidad Contratante podrá celebrar con el mismo contratista, sin licitación o concurso, contratos complementarios que requiera la atención de las modificaciones antedichas, siempre que se mantengan los precios de los rubros del contrato original, reajustados a la fecha de celebración del respectivo contrato complementario.
2. Se recomienda bajo su mejor criterio al Administrador del Contrato proceda con la Aprobación del Contrato Complementario, el control administrativo y aplicación de las políticas BID que corresponda y en lo no previsto se aplique la LEY ORGÁNICA DEL SISTEMA NACIONAL DE CONTRATACIÓN PÚBLICA LOSNCP Art. 87.‐ Normas para la aplicación de los contratos complementarios. La suma total de las cuantías de los contratos complementarios no podrá exceder del ocho por ciento (8%) del valor del contrato principal. Para el caso de obras, la indicada suma total se computará de la siguiente manera:1. Para el caso de diferencia de cantidades se utilizará el artículo 88 de la presente Xxx.2. Para el caso de rubros nuevos se empleará el artículo 89 de esta Ley.3. Si se sobrepasa los porcentajes previstos en los artículos señalados en los numerales que preceden será necesario tramitar los contratos complementarios que se requieran, siempre que éstos no excedan del ocho por ciento (8%) del valor del contrato principal. La suma total de los contratos complementarios, órdenes de trabajo y diferencia en cantidades a los que se refiere este capítulo, para el caso de obras, en ningún caso excederá del quince por ciento (15%) del valor del contrato principal. El valor de los contratos complementarios de consultoría no podrá exceder del quince por ciento (15%) del valor del contrato principal
3. Previo a la suscripción del contrato complementario el contratista si fuera el caso, recibe algún anticipo, deberá rendir garantías o pólizas adicionales.
4. Al firmarse un contrato complementario, se afecta el plazo contractual, por lo cual esta Fiscalización de Contrato aprueba el tiempo propuesto de 90 días calendarios para cumplir el contrato complementario.
5. También la Fiscalización avala la forma de pago que involucra 50% de anticipo y el saldo por avance o contra entrega de la ejecución de los rubros previstos.
6. Las cantidades han sido revisadas de acuerdo a la Ingeniería del componente eléctrico mediante el análisis de precios unitarios, como de replanteos posteriores, cuantificación y verificación de volúmenes en planos, memorias e informes técnicos presentados a la Fiscalización como parte de la ingeniería de la construcción de la Obra.
7. Es importante mencionar que no existen rubros nuevos del componente civil que contemplen o formen parte del contrato complementario propuesto.
8. Los Rubros Nuevos presentados son exclusivamente de responsabilidad por parte del Componente Fiscalización Eléctrico.
Atentamente,
Firmado electrónicamente por: XXXXXX XXXXXXX XXXXXXXXX XXXXX | Firmado electrónicamente por: XXXX XXXXXXXXX XXXXXXXXX XXXXXX |
Ing. Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxxx Xxxxx | Ing. Xxxx Xxxxxxxxx Xxxxxxxxx Guaras |
Fiscalizador Civil (Consultor) EERSSA | Fiscalizador Eléctrico (Consultor) EERSSA |
Contrato BID-EC-L1223-RSND-EESUR-ST-OB-004 | Contrato BID-EC-L1223-RSND-EESUR-ST-OB-004 |