MEMORIA JUSTIFICATIVA DEL CONTRATO DE CONCESIÓN SERVICIO DE EXPLOTACIÓN DE LA CAFETERÍA-RESTAURANTE EN EL PARQUE DEPORTIVO PUERTA DE HIERRO, ASÍ COMO DE LA MANUTENCIÓN DE LOS PARTICIPANTES EN LAS ACTIVIDADES PROGRAMADAS POR LA DIRECCIÓN GENERAL DE...
MEMORIA JUSTIFICATIVA DEL CONTRATO DE CONCESIÓN SERVICIO DE EXPLOTACIÓN DE LA CAFETERÍA-RESTAURANTE EN EL PARQUE DEPORTIVO XXXXXX XX XXXXXX, ASÍ COMO DE LA MANUTENCIÓN DE LOS PARTICIPANTES EN LAS ACTIVIDADES PROGRAMADAS POR LA DIRECCIÓN GENERAL DE DEPORTES EN DICHA INSTALACION.
De conformidad con lo establecido en el artículo 28 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público (en adelante LCSP), se exponen a continuación la naturaleza y extensión de las necesidades que pretenden cubrirse mediante el presente contrato, así como la idoneidad de su objeto y contenido para satisfacerlas.
El presente contrato tiene por objeto establecer las condiciones por las que ha de regirse el servicio consistente en la explotación de la cafetería-restaurante y del quiosco de la piscina xx xxxxxx del Parque Deportivo Xxxxxx xx Xxxxxx, a riesgo y xxxxxxx del contratista, así como la eventual manutención de los participantes en las actividades programadas por la Dirección General de Deportes, en dicha instalación.
Se configura el contrato como un contrato de concesión de servicio con pluralidad de objeto, en el que cada una de las prestaciones está definida con independencia de la otra, de forma precisa y completa.
El Parque Deportivo Xxxxxx xx Xxxxxx, situado en la Xxxxxxxxx xx Xx Xxxxx, Xx 0 xx Xxxxxx dispone de un local destinado a cafetería – restaurante y de otro local destinado a bar –cafetería de la piscina xx xxxxxx, dotados con todos los medios materiales necesarios para poner a disposición de los usuarios, mediante venta, una gran variedad de artículos de alimentación y bebidas. De esta manera, se pretende facilitar a los usuarios de estas instalaciones el disfrute de la práctica deportiva y recreativa con la posibilidad de poder comer o tomar algo dentro xxx xxxxxxx de la instalación, teniendo en cuenta además que existen múltiples actividades deportivas organizadas por la propia Dirección General de Deportes que hacen que hacen del Parque un lugar al que van a practicar deporte todos los miembros de una misma familia durante los fines de semana de todo el año, campus deportivos y múltiples competiciones y actos relacionados con el deporte.
Este contrato abarca, en los términos fijados en los Pliegos, la explotación tanto de la cafetería- restaurante, abierta durante todo el año, como del quiosco de la piscina xx xxxxxx, cuyo funcionamiento coincide con los días de apertura de las piscinas de uso colectivo dependientes de la Dirección General de Deportes, entre el 1 xx xxxxx y el 00 xx xxxxxxxxxx xx 0000, xx xxx xxxx x xxxxxxxxxx por la Dirección General anualmente.
La Dirección General de Deportes, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 12 del Decreto 121/2017, de 3 de octubre, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Cultura, Turismo y Deportes (recientemente modificado por el Decreto 149/2018, de 9 de octubre), ostenta la competencia de impulso, organización y en su caso colaboración en el desarrollo de la competición deportiva en general entre los distintos colectivos de la población, prestando especial atención a la competición deportiva escolar y universitaria, así como también la del impulso y propuesta de creación de Centros de Tecnificación Deportiva.
Por tanto, en para el ejercicio de sus competencias, la Dirección General de Deportes tiene interés en mantener el servicio de cafetería-restaurante para los usuarios habituales del Parque Deportivo Xxxxxx xx Xxxxxx, que realizan en la misma múltiples actividades deportivas dentro de los programas deportivos
de la propia Dirección General, como también para los usuarios de las piscinas xx xxxxxx, como se ha señalado con anterioridad. Se trata además en ambos casos de un servicio muy demandado por los usuarios.
De otro lado, la Dirección General de Deportes organiza a lo largo del año, coincidiendo con los períodos de vacaciones escolares, una serie de actividades en estas instalaciones, con las que se busca fomentar entre la población infantil (de 4 a 16 años) los valores del deporte y los beneficios de la práctica regular de la actividad física. En estas actividades, se ofrece a los participantes la posibilidad de realizar la comida de mediodía en las cafeterías de las instalaciones, incluyendo un refrigerio a media mañana, por lo que también es objeto de este contrato -si bien no es una obligación para la Administración ni una garantía para el contratista que se vayan a prestar los servicios de estos menús-, el servicio de manutención de los participantes en las actividades organizadas por la citada Dirección General.
La manutención consiste en un refrigerio, en el que se sirve un bocadillo o sándwich, fruta o similar y una bebida (lácteo, zumo, etc.) a media mañana y la comida de mediodía, consistente en primer plato, segundo plato, pan, postre y bebida.
El número de servicios de comida previstos es de cómo máximo 17.880 servicios de comida (menús), que incluye el refrigerio de media mañana y la comida de mediodía.
La Dirección General de Deportes carece del personal cualificado y del conocimiento y la experiencia necesarios para realizar la actividad de hostelería y restauración que supone la explotación de la cafetería - restaurante y el servicio de comidas, con sus propios medios, por lo que se hace necesario la contratación de una empresa especializada con capacidad para dar el servicio de explotación de la cafetería-restaurante y el de manutención en los citados programas y así prestar este servicio a los usuarios de las instalaciones y los alumnos de las actividades organizadas por la Dirección General, por lo que se considera que el objeto del contrato es idóneo para satisfacer estas necesidades, dado que se prevé contratar una empresa con experiencia acreditada en este tipo de servicios, al carecer la Dirección General de los medios y conocimiento necesarios para prestarlo por sí mismo.
Tras la publicación de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que transponen al ordenamiento jurídico español de las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014, y teniendo en cuenta el informe de la Letrada Jefe del Servicio Jurídico en la Consejería de Cultura, Turismo y Deportes de 10 xx xxxx de 2018, relativo a la calificación del tipo de contrato a tramitar en la cafetería-restaurante del Parque Deportivo Xxxxxx xx Xxxxxx, se tramita un contrato de Concesión de Servicios de conformidad con lo dispuesto en el 284 y siguientes de la Ley de Contratos del Sector Público.
Madrid, 5 de noviembre de 2018 EL DIRECTOR GENERAL
DE DEPORTES
Firmado digitalmente por XXXXXX XXXXXXX XXXXXXXXX Organización: COMUNIDAD DE MADRID
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