Condiciones Generales de Contratación de los Contratos de Opción sobre el Contrato de Futuro del Índice de Precios y Cotizaciones de la Bolsa Mexicana de Valores, S.A.B. de C.V.
Condiciones Generales de Contratación de los Contratos de Opción sobre el Contrato de Futuro del Índice de Precios y Cotizaciones de la Bolsa Mexicana de Valores, S.A.B. de C.V.
I. OBJETO.
1. Activo Subyacente.
El Activo Subyacente es un Contrato de Futuro sobre el Índice de Precios y Cotizaciones de la Bolsa Mexicana de Valores (en adelante “Futuro de IPC” y “BMV” respectivamente)
2. Número de Unidades del Activo Subyacente que ampara un Contrato de Opción (Tamaño del Contrato).
Cada Contrato de Opción ampara un Contrato de Futuro del IPC que corresponda al plazo de vencimiento del Contrato de Opción.
3. Tipos de Contratos de Opción.
En todo momento MexDer mantendrá la posibilidad de cotizar Contratos de Opción de compra (Call) y de venta (Put).
4. Estilo del Contrato de Opción.
Europeo. Se ejercen únicamente en la Fecha de Vencimiento.
5. Series.
En términos de su Reglamento Interior, MexDer listará y mantendrá disponibles para su negociación Contratos de Opción sobre el Futuro del IPC, tanto de compra (CALL) como de venta (PUT) en los Precios de Ejercicio especificados en el numeral I.6 y sobre una base trimestral, lo que significa que de manera permanente estarán disponibles para su negociación Contratos de Opción con Fechas de Vencimiento en los meses xx xxxxx, junio, septiembre y diciembre.
En caso que el mercado demande la disponibilidad de Contratos de Opción sobre el Futuro del IPC con Fechas de Vencimiento distintas a las señaladas en el párrafo anterior, MexDer podrá listar nuevas Series para su negociación.
6. Precios de Ejercicio.
Los Precios de Ejercicio se expresarán en puntos enteros del IPC y serán múltiplos de 50 puntos. Para cada Fecha de Vencimiento, MexDer listará distintas Series de la siguiente forma:
Un Precio de Ejercicio equivalente al último valor inmediato anterior del Futuro del IPC que corresponda al plazo de la opción, redondeado al múltiplo de 50 puntos más próximo.
Adicionalmente se emitirán al menos dos Precios de Ejercicio superiores y otros dos inferiores al anteriormente descrito.
Se podrán listar nuevos Precios de Ejercicio en cada vencimiento durante la vida de los Contratos de Opción cuando el valor del Futuro del IPC del plazo correspondiente al final de una sesión haya sido superior al segundo Precio de Ejercicio más alto, o inferior al segundo Precio de Ejercicio más bajo. En todo momento MexDer mantendrá vigentes los mismos Precios de Ejercicio para todos los vencimientos de los Contratos de Opción. Los nuevos Precios de Ejercicio se listarán al siguiente Día Hábil en el que se observe la situación antes descrita.
Cuando las condiciones xx Xxxxxxx lo requieran, MexDer podrá listar una mayor cantidad de Precios de Ejercicio para proveer los contratos adecuados en esas condiciones.
II. MECÁNICA DE NEGOCIACIÓN.
1. Símbolo o clave de pizarra.
Las distintas Series de los Contratos de Opción sobre Futuros del IPC serán identificadas con un símbolo o clave de pizarra que MexDer publicará en el Boletín de Indicadores xx Xxxxxxx de Productos Derivados (en adelante “Boletín”) de la siguiente forma:
La clave iniciará con la expresión “IP” la cual describe al nombre del subyacente, a la que se agregarán 5 dígitos para especificar el Precio de Ejercicio y por último un dígito que especifica el Tipo de Contrato de Opción y el mes de vencimiento.
El último dígito empleado para definir el mes de vencimiento y el Tipo de Contrato de Opción corresponderá a cualquiera de los siguientes:
Vencimiento | Call | Put |
Enero | A | M |
Febrero | B | N |
Marzo | C | O |
Abril | D | P |
Mayo | E | Q |
Junio | F | R |
Xxxxx | X | X |
Agosto | H | T |
Septiembre | I | U |
Octubre | J | V |
Noviembre | K | W |
Diciembre | L | X |
Algunos ejemplos son los siguientes:
Instrumento | Descripción |
IP 20000C | Opción CALL con precio de ejercicio 20,000 y vencimiento en Marzo. |
IP 19900F | Opción CALL con precio de ejercicio 19,900 y vencimiento en Junio. |
IP 20100U | Opción PUT con precio de ejercicio 20,100 y vencimiento en Septiembre. |
IP 19800X | Opción PUT con precio de ejercicio 19,800 y vencimiento en Diciembre. |
2. Unidad de Cotización.
La unidad de cotización de la Prima del Contrato de Opción estará expresada en puntos de índice.
3. Puja.
La presentación de posturas para la celebración de Contratos de Opción se reflejará en fluctuaciones mínimas de la Prima de 1.00 punto de índice.
4. Medios de Negociación.
La celebración de Contratos de Opción sobre el Futuro del IPC se realizará mediante procedimientos electrónicos a través del Sistema Electrónico de Negociación de MexDer, de acuerdo a las normas y procedimientos establecidos en su Reglamento Interior, sin perjuicio de la facultad de MexDer para establecer alguna mecánica distinta.
III. CARACTERÍSTICAS Y PROCEDIMIENTOS DE NEGOCIACIÓN.
1. Fluctuación diaria máxima de las Primas.
No habrá fluctuación máxima de la Prima del Contrato de Opción durante una misma sesión de remate.
2. Horario de Negociación.
El horario de negociación de los Contratos de Opción sobre el Futuro del IPC, será en Días Hábiles de las 7:30 horas a las 15:00 horas tiempo de la Ciudad de México, Distrito Federal.
Lo anterior sin perjuicio de la facultad de MexDer para establecer algún horario distinto, mismo que será publicado en el Boletín con tres Días Hábiles de anticipación a su entrada en vigor.
3. Ultimo día de negociación y Fecha de Vencimiento de la Serie.
El último día de negociación y la Fecha de Vencimiento de una Serie del Contrato de Opción sobre el Futuro del IPC será el tercer viernes del mes de vencimiento o el Día Hábil anterior, si dicho viernes es inhábil.
4. Negociación de nuevas Series.
La negociación de Series con vencimiento distinto al establecido en el inciso I.5, se iniciará el Día Hábil siguiente al de la fecha de su anuncio a través de Boletín. Las nuevas Series del ciclo del Contrato de Opción conforme al inciso I.5 comenzarán su negociación al Día Hábil siguiente del último día de negociación de la Serie anterior.
5. Fecha de Liquidación al Vencimiento.
Para efectos del cumplimiento de las obligaciones a cargo de la Cámara de Compensación y del Socio Liquidador con respecto al Cliente, es el Día Hábil posterior a la Fecha de Vencimiento.
IV. LIQUIDACIÓN DIARIA Y LIQUIDACIÓN AL VENCIMIENTO.
1. Liquidación al Vencimiento.
En la Fecha de Vencimiento, al cierre de la sesión de negociación, los Operadores, Clientes y Socios Liquidadores que mantengan posiciones cortas en Contratos de Opción sobre el Futuro del IPC adquieren la obligación de realizar la liquidación de las obligaciones relativas a los Contratos que mantengan abiertos.
La Liquidación al Vencimiento de los Contratos, se realizará mediante el ejercicio automático de todas las posiciones que tengan valor intrínseco positivo procediendo al registro de la posición de Futuro del IPC que vence en esa misma fecha.
El Futuro del IPC producto del proceso de vencimiento se establecerán ese mismo día en las cuentas respectivas, al precio de ejercicio, dejando un contrato de Futuro largo para aquél con una posición larga en Call o corta en Put y un contrato de Futuro corto para aquel con una posición corta en Call o larga en Put cuando se encuentren dentro del dinero en cualquier caso.
2. Fecha de Liquidación del Precio o Prima.
Para efectos del cumplimiento de las obligaciones a cargo de la Cámara de Compensación y del Socio Liquidador con respecto al Cliente, es el primer Día Hábil siguiente a la Fecha en que se celebre la operación en MexDer.
3. Valor Intrínseco del Contrato de Opción al Vencimiento.
Un Contrato de Opción de compra tendrá valor intrínseco cuando el Precio de Ejercicio sea inferior al precio de cierre del Futuro del IPC con la misma fecha de vencimiento. El precio de Liquidación del Futuro de IPC lo dará a conocer MexDer en la Fecha de Vencimiento.
Un Contrato de Opción de venta tendrá valor intrínseco cuando el Precio de Ejercicio sea superior al precio de cierre del Futuro del IPC con la misma fecha de vencimiento. El precio de Liquidación del Futuro de IPC lo dará a conocer MexDer en la Fecha de Vencimiento.
En los casos contrarios el Valor Intrínseco al Vencimiento será xx Xxxx.
4. Liquidación Diaria.
Los Clientes y Socios Liquidadores realizarán la liquidación de sus obligaciones conforme lo hayan establecido en el Contrato de Intermediación.
Los Socios Liquidadores y la Cámara de Compensación realizarán diariamente la liquidación de sus obligaciones conforme lo establece el Reglamento Interior de la Cámara de Compensación, quedando incorporados en la misma, las Primas pactadas en la negociación, la actualización de las Aportaciones Iniciales Mínimas, la actualización del Fondo de Compensación, los intereses devengados y las cuotas correspondientes.
5. Precio o Prima de Liquidación Diaria.
El Precio o Prima de Liquidación Diaria será calculado por MexDer al cierre de la negociación mediante el modelo de valuación que publique en el Boletín, obteniendo información xx xxxxxxx para las variables que puedan afectar el Precio o Prima.
V. POSICIONES LÍMITE.
1. Posiciones Límite en Posiciones Cortas o Largas.
Las Posiciones Límite establecidas para el Contrato de Opción sobre Futuros del IPC, es el número máximo de Contratos Abiertos de una misma Clase que podrá tener un Cliente. Las Posiciones Límite serán establecidas conjuntamente por MexDer y la Cámara de Compensación y serán dadas a conocer a través del Boletín.
2. Posiciones Límite para las posiciones de cobertura.
Los Clientes podrán abrir Posiciones Largas y Posiciones Cortas que excedan las Posiciones Límite establecidas conforme el numeral V.1 anterior, con el único fin de crear una posición de cobertura de riesgo.
Será responsabilidad del Socio Liquidador verificar la existencia de las condiciones necesarias para la realización de las operaciones y acreditar por cuenta de sus Clientes ante la Cámara de Compensación, la existencia de posiciones objeto de cobertura de riesgos a más tardar el Día Hábil siguiente en que excedan las Posiciones Límite, de conformidad con el procedimiento establecido en el Manual de Políticas y Procedimientos de Operación de la Cámara de Compensación.
Conforme al Reglamento Interior de la Cámara de Compensación, se entenderá por posiciones de cobertura, la Posición Corta o Posición Larga que un Cliente mantenga en la Cámara de Compensación como posición que contribuya a cubrir riesgos de la posición que un Cliente mantenga en otros mercados distintos a MexDer y a la Cámara de Compensación, en Activos Subyacentes o valores del mismo tipo que el Activo Subyacente u otro tipo de activos sobre los cuales se esté tomando la posición de cobertura de riesgo.
La Cámara de Compensación aceptará o negará discrecionalmente el que un Cliente mantenga una posición de cobertura y, en caso de rechazo, el Socio Liquidador deberá asegurarse que su Cliente cierre el número de Contratos necesarios para cumplir con las Posiciones Límite establecidas conforme el numeral V.1 anterior, bajo el entendido que de no realizar el cierre de los Contratos que excedan la Posición Límite, el Socio Liquidador se hará acreedor a la imposición de las medidas disciplinarias previstas en el Reglamento Interior de la Cámara de Compensación.
VI. EVENTOS EXTRAORDINARIOS.
1. Definición de Evento Extraordinario.
Por evento extraordinario se entenderá el que se suspenda el cálculo del IPC en la BMV subyacente de los Contratos de Futuro y éstos a su vez subyacente de los Contratos de Opción. No se considera evento extraordinario la suspensión de una Acción que forme parte de la muestra del IPC derivada de movimientos en su precio en un mismo Día Hábil y que exceda los límites permitidos por la misma BMV.
Si ocurriera un evento extraordinario de forma que se suspenda al cálculo del IPC en la BMV, se suspenderá la negociación del Contrato de Opción.
2. Caso fortuito o causas de fuerza mayor.
Cuando por caso fortuito o causa de fuerza mayor, resulte imposible continuar con el cálculo del IPC, MexDer y la Cámara de Compensación podrán suspender o cancelar la negociación, la compensación y liquidación del Contrato respectivamente y podrán en términos de sus respectivos Reglamentos Interiores determinar la forma de liquidación de los Contratos vigentes hasta ese momento, procurando en todo caso salvaguardar los derechos adquiridos por los Clientes.
3. Situaciones de Contingencia.
En caso de que XxxXxx declare una situación de contingencia, podrán ser modificados tanto el horario de remate como el mecanismo de operación, de acuerdo con lo establecido en el Plan de Continuidad de Negocios de MexDer y la Cámara de Compensación.