INDICE
INDICE
1- INFORMACION GENERAL página 2
1.1 - DENOMINACION página 2
1.2 - DATOS DEL ORGANIZADOR Y PREDIO página 2
2- ADMISIÓN Y CONTRATACIÓN página 2
2.1 - CONTRATACIÓN página 2
2.1.1 - MODALIDAD DE CONTRATACIÓN página 2
2.1.2 - OPCIONALES página 3
3- MÓDULOS DE PARTICIPACIÓN DENTRO DE ESPACIO MERCADO página 4
3.1 - CREDENCIALES Y ENTRADAS página 6
3.2 - SEGUROS página 7
4- ARMADO, DESARME E INSTALACIÓN DE LOS ESPACIOS página 12
4.1 – ARMADO página 12
4.2 – DESARME página 13
4.3 - CONSTRUCCIÓN Y DECORACIÓN DE STANDS pagina 13
4.4 - FOTOGRAFÍAS y FILMACIONES página 13
4.5 - ACTUACIONES, REPRODUCCIONES MUSICALES Y PROYECCIÓN DE PELÍCULAS. Página 14
5- DISPOSICIONES GENERALES página 14
5.1 - DERECHO DE ADMISIÓN página 14
5.2 - PLIEGO CONTRACTUAL página 14
5.3 - RESPONSABILIDAD DEL EXPOSITOR página 14
5.4 - PUBLICACIONES Y PUBLICIDAD página 15
5.5 – GUIA DEL EXPOSITOR página 16
5.6 – REGLAMENTO DE SORTEOS O COMBINACIONES ALEATORIAS página 16
5.7 – VENTA DIRECTA AL PÚBLICO página 16
5.8 - PROHIBICIONES DENTRO DEL PREDIO página 16
5.9 - RELEVAMIENTO DE DATOS POR PARTE DEL EXPOSITOR página 17
5.10 - SUSPENSIÓN DE LA EXPOSICION página 17
5.11- CAUSA DE FUERZA MAYOR página 17
5.12 – SANCIONES página 18
5.13 - ASPECTOS BROMATOLÓGICOS página 18
5.13.1 - RNE (Registro Nacional de Establecimiento) página 18
5.13.2 - RNPA (Registro Nacional de Producto Alimenticio) página 19
5.13.3 - Habilitación SENASA página 19
5.13.4 - Carnet de manipulación de alimentos página 19
6- MEDIDAS DE ACTUACIÓN EN CASO DE EMERGENCIA página 19
7- CLÁUSULA GENERAL – COMPETENCIA página 20
El presente Reglamento General del Expositor constituye el pliego de condiciones de contratación estipuladas por Exponenciar S.A., empresa organizadora de la feria Caminos y Sabores. Todos los expositores, por el mero hecho de su inscripción, aceptan la presente normativa y las disposiciones generales establecidas por la Organización de Caminos y Sabores, debiendo cumplir íntegramente con las mismas.
1- INFORMACIÓN GENERAL
1.1- DENOMINACIÓN
Caminos y Sabores es una feria de alimentos regionales, artesanías y turismo cuyo objetivo principal es brindar un espacio para que los pequeños productores promocionen y comercialicen sus productos, favoreciendo así el desarrollo local, el comercio justo y la preservación de la identidad territorial.
1.2 - DATOS DEL ORGANIZADOR Y DEL PREDIO
ORGANIZADOR
Exponenciar S.A. - CUIT: 33-71534630-9
Av. Xxxxxxxxxx 0000, 0x (X0000XXX) Xxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx. Teléfono: (000) 0000-0000.
PREDIO FERIAL
La Rural - Predio Ferial de Buenos Aires. CUIT: 30-69758304-8
Xxxxxx 4431 (1425) Ciudad Autónoma de
Buenos Aires. Teléfono: (000) 0000-0000/ 5568
2- ADMISIÓN Y CONTRATACIÓN
2.1 – CONTRATACIÓN
La participación en la feria se efectúa mediante stands de 9 m² (3 m de frente x 3
m de fondo) y de 4,5 m² (1,5 m de frente x 3 m de fondo) en el sector xxx xxxxxxx, y espacios de metraje especial, considerados solo suelo, cuya unidad mínima es isla completa, dentro del pabellón.
EXPOSITOR DIRECTO
Es aquella empresa, organismo u entidad que contrata stand para su marca o producto. Puede contratar stands de 9 m2 en esquina o internos y/o de 4,5 m2 (mínimo dos stands) o bien participar en la modalidad solo suelo.
En el tarifario se encontrarán los valores y beneficios asociados a la contratación de espacios.
Puede descargar el tarifario desde nuestra página web xxx.xxxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx
EXPOSITOR AGRUPADOR
Es aquella empresa, organismo u entidad que contrata espacio de participación por cuenta y orden de terceros, quienes serán sus co- expositores y harán usufructo de los espacios contratados a razón de un expositor por cada 9 m2.
El Expositor Agrupador es el responsable a fines administrativos y judiciales, sin perjuicio de la responsabilidad que le corresponde al co- expositor.
En el tarifario se encontrarán los valores y beneficios asociados a la contratación de espacios.
Puede descargar el tarifario desde nuestra página web xxx.xxxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx
2.1.1 - MODALIDAD DE CONTRATACIÓN
Para concretar su participación, tanto el expositor DIRECTO como el AGRUPADOR deberán enviar completa, con letra de imprenta, en todos sus apartados y firmada, la solicitud de admisión que se puede
descargar desde nuestra página web o bien solicitarla a su Ejecutivo de Venta.
En toda contratación de Expositor Agrupador debe referirse, además de la propia, una solicitud de admisión firmada y con los datos completos de cada co- expositor.
La Organización se reserva el derecho de admisión y la posibilidad de rechazar la participación de aquellas solicitudes cuyos productos o actividades no se ajusten a la temática del evento y/o tengan alguna limitación de índole legal y/o no reúnan el perfil requerido por los organizadores.
La solicitud de admisión deberá ir acompañada del pago correspondiente, según forma de pago declarada en el mismo documento.
Cada categoría de expositor puede participar según dos modalidades:
- ELIGE UBICACIÓN: el expositor toma la opción de elegir cuál es la ubicación final de su stand en la feria. Para esto le llegará en el mes xx xxxxx un mail con los pasos a seguir para la obtención de su número de orden. Más tarde y según el número de orden de todos los que contrataron bajo esta modalidad, le llegará el plano con los lugares disponibles para que confirme su ubicación final. El expositor que podrá elegir es aquel que haya cumplido con la formalidad del envío de la solicitud de admisión y con la forma de pago declarada en el mismo documento.
- ELIGE LA ORGANIZACIÓN: el
expositor que contrata bajo esta modalidad permite que la Organización le asigne una ubicación en plano en correspondencia con lo contratado en la solicitud de admisión. A fines xx xxxxx recibirá un plano con la ubicación asignada.
Formas y condiciones de pago: podrán encontrar las mismas en el tarifario a descargar de nuestrapágina web xxx.xxxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx o también en la solicitud de admisión que los acredita como expositores.
En caso de incumplimiento, La Organización se reserva el derecho de poder disponer, a su entera discreción, del espacio contratado, perdiendo el incumplidor cualquier tipo de derecho respecto de las sumas abonadas hasta la citada fecha, quedando en poder de La Organización en concepto de cláusula penal.
La Organización se reserva el derecho de poder reducir o ampliar la duración de la feria, así como aplazar su celebración, siempre que circunstancias especiales así lo aconsejen o causas de fuerza mayor lo exijan. Tales circunstancias no serán motivo suficiente para que los expositores rescindan su contrato ni para exigir cualquier tipo de compensación en concepto de daños y perjuicios.
Para declarar un pago debe enviar el comprobante de transferencia a: xxxxxxxxxxxxxxxxx@xxxxxxxxx.xxx.xx
En todo momento del proceso nuestro departamento comercial está a disposición con las herramientas necesarias para brindarle asesoramiento y seguimiento de todos los pasos.
2.1.2 - OPCIONALES
MOSTRADOR DE VENTA: canon a abonar si el expositor quisiera comercializar una oferta de consumo directo a público en feria. El mostrador de venta conlleva un manual de seguridad, higiene y bromatología que rige su implementación y que podrán solicitar a Mesa de ayuda. Cada oferta debe ser declarada y aprobada por el Departamento Comercial.
PACK DE COMUNICACIÓN: es un servicio opcional de difusión de ofertas o presencia de un expositor dentro del plan de comunicación que la feria tiene planificado. Tiene cupos limitados. El detalle y valor se puede encontrar en el tarifario que puede descargar de nuestra página web xxx.xxxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx
GUÍA DIGITAL DEL EXPOSITOR: los
expositores tienen la opción de participar con avisos publicitarios en la guía digital del expositor, disponible a partir del comienzo de la feria y por un año vista en nuestra página web. Valores y detalles se encuentran disponibles en nuestro tarifario, que se puede descargar de la página web xxx.xxxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx
LLAVE EN MANO: los expositores que lo crean conveniente podrán contratar mobiliario y gráfica, de acuerdo a las opciones disponibles para esta categoría. Para más información de cómo se compone y su importe, por favor, ingrese a la página web xxx.xxxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx
BENEFICIOS: todos los beneficios comerciales que se suscriben en el tarifario de la edición 2024 de Caminos y Sabores solo pueden aplicarse en caso de que el expositor no cuente con deudas previas y haya cumplido con su forma de pago declarada en la solicitud de admisión.
Para más detalles de beneficios y cumplimientos puede descargar el tarifario desde nuestrapágina web xxx.xxxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx
DATOS PARA PAGOS:
IMPORTANTE: IMPORTANTE: El plazo
máximo de pago total del predio es el 27/06/24. A partir del día 28/06/24 se
devengará de forma automática y de pleno derecho, sin necesidad de interpelación judicial y/o extrajudicial previa, un interés moratorio según tasa activa Banco Nación diario que deberá ser abonado por el EXPOSITOR a el ORGANIZADOR desde la fecha xx xxxx (28/06/24) hasta el pago efectivo del total. Ello, sin perjuicio del derecho de la Organización de resolver el acuerdo comercial oportunamente celebrado por exclusiva culpa del EXPOSITOR en cuyo caso esta última perderá las sumas.
● Cheque propio a nombre de Exponenciar S.A. –no a la orden–. En Patagones 2550, Parque Patricios, 1° piso Of. de Administración y Recupero de Cobranzas – C.A.B.A.– de lunes a viernes de
9.30 a 17.30. Tel. de contacto 000 0000- 0000.
● Transferencia Bancaria: Banco Galicia, Exponenciar S.A. CUIT: 33- 71534630-9 -Cta. Cte. Nro. 23687-6 005-0
-Sucursal Centro 005/0- CBU 0070005420000023687602 // No se reciben pagos en efectivo en la oficina. Toda notificación de transferencias bancarias debe ser informada a
xxxxxxxxxxxxxxxxx@xxxxxxxxx.xxx.xx
3 - MÓDULOS DE PARTICIPACIÓN DENTRO DE ESPACIO MERCADO:
A) Stand Tipología de stands:
- Stand Interno 9 m².- provisto con 3 de sus 4 caras, con tabiquería divisoria
- Stand Interno 4,5 m².- provisto con 3 de sus 4 caras, con tabiquería divisoria
- Stand esquina 9 m². - provisto con 2 de sus 4 caras, con tabiquería divisoria con panelería.
En el Reglamento técnico podrá consultar ficha técnica con render 3D y las respectivas
medidas de cada una de estas tipologías de stand.
En el caso de la contratación de 2 o más stands continuos, es necesario solicitar con anticipación el pedido de remoción de panelería a su oficial de cuenta xx xxxx de ayuda a los mails; xxxxxxxxxxx0@xxxxxxxxxxx.xxx.xx o xxxxxxxxxxx0@xxxxxxxxxxx.xxx.xx
Los stands incluyen:
• Suelo y las paredes divisorias (tantas como correspondan).
• Panelería divisoria de color blanco.
• Cartel indicador de número de stand y nombre de la empresa expositora (cartel bandera).
• Espacio frontal para con nombre de la empresa sobre toldo (ver esquema stand).
• Credenciales e invitaciones (según punto 3.1 del presente Reglamento General del Expositor).
• Spots de iluminación para los stands.
• Tomacorriente para consumo de 300 watts por lote.
Los stands NO incluyen:
• Mobiliario
• Alfombra
• Limpieza del stand
• Seguridad en el stand
• Decoración del mismo
• Matafuegos reglamentarios (de uso obligatorio).
B) Solo Suelo
Esta modalidad solo comprende suelo (sin alfombra) y está reservada para las participaciones que incluyan la contratación de isla completa o dos stands continuos (18 m2) en cabecera de isla y da la posibilidad
de eliminar parte de panelería, cenefa o el armado de algún proyecto.
Aprobación de proyectos:
Para ser aprobados por la Organización, todos los proyectos de construcción deberán ser enviados antes de la fecha indicada en el anexo técnico del presente Reglamento, por correo electrónico a la siguiente dirección:
xxxxxxxxxxxx@xxxxxxxxxxx.xxx.xx
Para la presentación de plano del proyecto a construir se rige el armado según el punto 4 de este Reglamento General del Expositor.
En el caso de presentarse alguna anomalía en los servicios correspondientes, únicamente se admitirán reclamos que puedan verificarse durante la celebración de la feria. Una vez finalizada la misma no se tendrá en cuenta ningún tipo de reclamo.
Dichos espacios tienen especificaciones constructivas diferenciadas, detalladas más adelante.
FUERA DEL ESPACIO XX XXXXXXX:
C) Stands Institucionales
Se entiende por Stand Institucional a un espacio destinado a promover contenidos coordinados entre la Organización y aquellos involucrados en dichos contenidos. Están reservados para las participaciones institucionales o comerciales en calidad de sponsor y aquellos espacios indicados diferencialmente en el plano, las cuales podrán adoptar esta modalidad.
Los expositores deberán construir al menos un 30% del espacio contratado y siempre acorde con la estética global de la muestra, respetando las indicaciones técnicas especificadas en este Reglamento.
El espacio se entrega solo suelo con provisión de energía eléctrica.
Este proyecto deberá ser enviado para su revisión a
xxxxxxxxxxxx@xxxxxxxxxxx.xxx.xx,antes de la fecha indicada en el anexo técnico del presente Reglamento.
3.1 - CREDENCIALES Y ENTRADAS
A) Credenciales
Las credenciales habilitadas para poder ingresar a Caminos y Sabores serán:
Durante los días de armado:
• Organización
• Expositor
• Armador
Durante los días de la muestra:
• Organización
• Expositor
• Invitado especial
Según la superficie contratada, la cantidad de credenciales correspondiente será:
Por cada stand de 9 m²:
• 4 credenciales de expositor y
• 3 credenciales de armador
Por cada stand de 4,5 m2:
• 2 credenciales de expositor y
• 2 credenciales de armador
Por cada lote Solo suelo o Stand Institucional:
- Isla de 36 m2: 16
- Isla de 54 m2: 24
- Isla de 72 m2: 32
- Isla de 90 m2: 40
Retiro de credenciales:
Se tendrá en cuenta la fecha y lugar indicado en el anexo técnico del presente Reglamento.
Las credenciales solo se entregarán a quien acredite firma autorizada por la empresa responsable de la contratación.
En todos los casos, para ingresar a La Rural la credencial debe ir acompañada del correspondiente seguro según se detalla en el punto 3.2 del presente Reglamento.
Nota: Le recordamos que la credencial es digital, teniendo validez para ingresar con ella presentándola desde su celular. La misma será enviada por mail, ante cualquier duda comuníquese con su Ejecutivo xx Xxxx de ayuda
B) Entradas
A cada stand, según la superficie contratada le corresponde la siguiente cantidad de invitaciones sin cargo:
• A cada stand de 9 m² le corresponden 8 entradas sin cargo.
• A cada stand de 4,5 m² le corresponden 4 entradas sin cargo.
• A cada espacio solo suelo o stand Institucional le corresponden:
- Isla de 36 m2 25
- Isla de 54 m2: 35
- Isla de 72 m2: 50
- Isla de 90 m2: 60
Para aquellos expositores que hayan contratado más de 1 (una) isla, se le asignara la cantidad de invitaciones correspondientes a la isla principal contratada, con 25 invitaciones por isla adicional contratada.
En caso de requerir más entradas podrán solicitarlas a través de su Ejecutivo Mesa de Ayuda al Expositor.
xxxxxxxxxxx0@xxxxxxxxxxx.xxx.xx xxxxxxxxxxx0@xxxxxxxxxxx.xxx.xx
Adicionalmente, la Organización pone a disposición de las empresas expositoras entradas a precio diferencial.
La escala de beneficios para la compra de entradas es la siguiente:
• Hasta 50 entradas, 10% de descuento
• De 51 a 100 entradas, 15% de descuento
• Más de 101 entradas, 20% de descuento
Importante: la feria está abierta a todo el público. Los niños mayores de 16 años deberán abonar entrada. No se permitirá la entrada de menores de 16 años que no estén acompañados por un mayor.
3.2 – SEGUROS
Los Seguros de Responsabilidad Civil hacia terceros y de Daños Materiales sobre los bienes propios son obligatorios y, en este sentido, los expositores se adhieren a los mismos por su participación en la Feria. SEGUROS A PRESENTAR POR EL EXPOSITOR, CONCESIONARIOS DE RESTAURANTES Y CONFITERÍAS, CONTRATISTAS Y SERVICIOS
EN GENERAL: en adelante se llamará LA CONTRATISTA a: expositores, concesionarios de restaurantes y confiterías, contratistas, proveedores y servicios en general; LA COMITENTE a: Exponenciar S.A. y LA SUBCONTRATISTA a: toda aquella empresa subcontratada por LA CONTRATISTA para el evento.
Consideraciones generales
Las condiciones del presente documento son exigibles en todas las instalaciones y para todas las actividades afectadas, aun en aquellos lugares cuya operación se halle tercerizada, y siempre que existan
provisiones y/o servicios contratados y/o subcontratados.
El Proveedor (y sus eventuales subproveedores) debe contratar, abonar y mantener vigentes durante todo el tiempo que insuma la obra o el servicio encomendado, los seguros que en próximos párrafos se enumeran y según corresponda su aplicación, y que incluirán a la Organización como asegurado adicional.
Para el control de dicha obligación, la Contratista debe presentar todos los comprobantes originales de los seguros contratados hasta el 23 xx xxxxx de 2024 estando el ingreso al predio pendiente hasta tanto se autorice. La Organización debe expedirse, de existir observaciones o rechazo a las mismas, la contratista deberá procurar presentar los reemplazos necesarios en plazo perentorio, como requisito para el ingreso al predio.
Deben tenerse en cuenta las siguientes previsiones:
- Las aseguradoras con las cuales se contraten las pólizas deben ser de solvencia reconocida y no estar inhabilitadas temporalmente para operar en el ramo en cuestión. No olvidar que ante cualquier duda se puede consultar en la página web de la SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE
- En los casos que corresponda deben figurar como asegurados indistintamente el Comitente, contratistas, subcontratistas o endosar la póliza a favor del primero.
- Deben presentarse los certificados de cobertura con constancia de no deuda o en su defecto recibo de pago definitivo.
- Se debe incluir una cláusula mediante la cual el asegurador no podrá anular, rescindir o modificar la cobertura sin la autorización de la Organización.
- Se debe incluir una cláusula mediante la cual el asegurador no podrá repetir contra la Organización.
- Se dejará constancia de que las franquicias de las coberturas tomadas por la Comitente quedarán a cargo del Contratista y/o subcontratista, como así también cualquier otro riesgo que el Contratista y/o subcontratistas no hayan podido asegurar. No obstante, lo mencionado, sólo el Comitente estará facultado para autorizar la no presentación de algún tipo de seguro.
A – Seguros que deben presentar las personas físicas.
1 - Accidentes del Trabajo (Ley de Riesgos del Trabajo, Personas en relación de dependencia):
Seguro de Riesgos de Trabajo que cubra los riesgos del trabajo en los términos de la Ley Nº 24.557 y modificatorias, respecto de todo el personal afectado a las tareas (incluyéndose el personal de LA CONTRATISTA y/o de eventuales subcontratistas). En la póliza y/o certificado de cobertura vigente deberá incluirse siempre todo el personal de LA CONTRATISTA y/o subcontratista afectado a las tareas, según la nómina que LA CONTRATISTA deberá proveer permanentemente actualizada a LA COMITENTE. A todo evento, queda entendido que LA CONTRATISTA será exclusiva responsable por el cumplimiento que, a su vez, observen los subcontratistas de la referida normativa. LA CONTRATISTA y/o subcontratistas deberán mantener indemne a LA COMITENTE y/o a la DIRECCIÓN DE OBRA ante eventuales reclamos derivados de la Responsabilidad Civil Patronal que ejerzan sus dependientes. Y que no esté prevista en el seguro de Riesgos del Trabajo, a cuyos efectos LA CONTRATISTA y/o subcontratistas podrán contratar pólizas o asumir el riesgo. LA
CONTRATISTA arbitrará los medios suficientes para impedir la ejecución de tareas de todo personal empleado por ella o por subcontratistas, que no posea clara identificación de estar afiliado e inscripto en una Aseguradora de Riesgos del Trabajo. La identificación podrá efectuarse por cualquier medio idóneo emitido por la Aseguradora de Riesgos del Trabajo (tarjetas, nóminas, credenciales, certificados, etc.) debidamente autorizados y firmados, que deberán entregarse a los responsables de control.
En el caso de tareas relacionadas con la construcción, LA CONTRATISTA deberá entregar previamente al inicio de la obra, copia sellada por la ART de la constancia que exige la resolución 51/97, Decreto 911/96, Resolución 231/96, Resolución 35/98, Resolución 319/99, Resolución 552/01de la Superintendencia de Riesgos del Trabajo, referente a la obligación de aviso fehaciente a la Aseguradora con al menos 5 días hábiles de anticipación de todo tipo de obra que emprendan.
LA CONTRATISTA deberá entregar certificado emitido por la A.R.T. donde conste el personal cubierto en póliza, y donde se aclare además que no existe deuda pendiente al período de pago inmediato anterior. Dicho certificado deberá ser actualizado en forma mensual. Se deberá presentar Form. 931 incluyendo último pago y Altas tempranas si las hubiese.
La póliza deberá incluir cláusula de no anulación, modificación y/o suspensión de la cobertura sin el previo aviso fehaciente con un plazo mínimo de 30 días de anticipación a LA COMITENTE, y su consentimiento por escrito. (Tener en cuenta que más allá de prestar consentimiento o no, legalmente la ART está facultada a rescindir el contrato por
falta de pago, que implique la acumulación de dos cuotas).
El certificado de cobertura deberá incluir cláusula de renuncia del Asegurador a su derecho de repetición contra LA COMITENTE y/o cualquiera de sus Empresas asociadas y/o vinculadas y/o sus aseguradoras. Asimismo, deberá incluir cláusula de renuncia del Asegurador a su derecho de repetición contra LA COMITENTE y/o cualquiera de sus Empresas asociadas y/o vinculadas y/o aseguradoras
2 - Seguros correspondientes a convenios sindicales y/o convenciones colectivas de trabajo (Personas en relación de dependencia):
En los casos que correspondiere, el contratista y/o subcontratista deben presentar los Seguros correspondientes a Convenios Sindicales y/o Convenciones Colectivas de Trabajo en la medida que los mismos fuesen de contratación obligatoria.
3 - Seguros de Vida Obligatorio (Personas en relación de dependencia):
El contratista deberá contratar para su personal y deberá hacer que el subcontratista lo contrate en su caso, el seguro de vida obligatorio (Decreto / Ley Nº 1567/74) como asimismo todo otro seguro de vida que por convenio de trabajo, convención colectiva u otra disposición específica al gremio en cuestión, fuese obligatorio contratar.
4 - Seguro de Accidentes Personales (Personas sin relación de dependencia):
El contratista deberá contar además para su personal autónomo y/o el personal autónomo de LA SUBCONTRATISTA si la hubiere, con una suma asegurada mínima de pesos nueve millones ($ 18.000.000) para los casos de Muerte e Invalidez y con el adicional máximo de cobertura para
asistencia médica ($ 800.000) TENER EN CUENTA QUE ESTA COBERTURA ES RECOMENDADA SOLO PARA PERSONAL QUE NO DEBA ESTAR EN RELACION DE DEPENDENCIA. LA COMITENTE debe ser
Beneficiario en primer término e incluir la Cláusula de No Repetición a favor del COMITENTE en el texto de póliza y/o en el certificado de cobertura.
B – Seguro de Responsabilidad Civil:
Debe cubrir lesiones y/o daños a terceros y/o a bienes de terceros, ocasionados por el proveedor en el ejercicio de su actividad, incluso por caso fortuito o fuerza mayor.
Deberá indicarse que la póliza ampara la participación del EXPOSITOR, CONTRATISTA, ETC. en la exposición.
En la póliza la Organización debe figurar como asegurado adicional y además contener los siguientes adicionales, los cuales se mencionan de manera enunciativa y no taxativa:
-Responsabilidad civil cruzada.
-Bienes bajo cuidado custodia y control.
-Si los trabajos a realizar pudieran potencialmente causar algún tipo de daño por contaminación, se debe adicionar la cobertura de la misma.
-Armas de fuego (para Empresas que presten servicios de seguridad y/o vigilancia en caso que se utilicen dichos elementos).
-Suministro de alimentos (para Empresas que realicen este tipo de prestaciones).
-Carga y/o descarga de bienes dentro y fuera de los locales del asegurado.
-Contratistas y/o subcontratistas (en los casos que corresponda de acuerdo a cómo se realicen los trabajos).
-Transporte de bienes.
-Cobertura en exceso para vehículos propios y no propios.
-Cobertura en exceso para equipos móviles.
La póliza deberá contener una cláusula de renuncia a los derechos de repetición por parte de la aseguradora a favor del Exponenciar S.A., sus empresas asociadas y/o vinculadas, sus funcionarios y/o empleados y de sus aseguradoras contra la Organización y sus Empresas asociadas y/o vinculadas, sus funcionarios, empleados y/o aseguradoras y La Rural S.A.
La suma asegurada mínima debe ser U$S 500.000.-
Además de lo expresado el contratista se compromete a que sus subcontratistas presentarán póliza amparando la Responsabilidad Civil como consecuencia de todas las tareas a desarrollar. En la mencionada cobertura la Organización debe figurar como asegurado adicional.
C- Seguro de Automotores
Se deberá exigir un seguro de responsabilidad civil cubriendo todos los vehículos automotores afectados al contrato, incluyendo la responsabilidad civil hacia los pasajeros transportados.
Los límites de coberturas vigentes son seis millones de pesos ($ 80.000.000) para automotores y pick-ups y dieciocho millones de pesos ($ 175.000.000) para ómnibus y camiones.
D - Seguro de equipos y máquinas:
LA CONTRATISTA y/o los subcontratistas deberán mantener, durante el período completo de realización de la obra, una póliza que cubra los daños materiales sobre la totalidad de los equipos y máquinas afectados a la misma, como así también los daños que los mismos pudieran ocasionar a terceros (Responsabilidad Civil)
Se deberán incluir en la póliza las cláusulas de No Repetición, Asegurado Adicional y RC Cruzada a favor EXPONENCIAR S.A.
LA CONTRATISTA arbitrará los medios suficientes para impedir el acceso a la obra de todo vehículo que no posea clara identificación emitida por la aseguradora.
E – Modelos de cláusulas citadas.
1 - Modelo de cláusula de no repetición a solicitar a las ART de los contratistas y/o subcontratistas:
“…ART renuncia en forma expresa a iniciar toda acción de repetición contra Exponenciar S.A., sus Empresas asociadas y/o vinculadas, sus funcionarios, empleados y/o sus aseguradoras y La Rural S.A., sea con fundamento en el art. 39, párrafo 5º de la Ley Nº 24557 de Riesgos del Trabajo o en cualquier otra norma jurídica, con motivo de las prestaciones en especie o dinerarias que se vea obligada a otorgar o a abonar al personal dependiente o exdependiente de… alcanzados por la cobertura de la presente póliza, por accidentes del trabajo y/o enfermedades profesionales sufridos y/o contraídos por el hecho o en ocasión del trabajo o en el trayecto entre el domicilio del trabajador y el lugar de trabajo. La ART se obliga a notificar a Exponenciar S.A. los incumplimientos al contrato en que incurra el asegurado, especialmente la falta de pago en término de la misma, dentro de los
15 días de verificado cualquier incumplimiento”.
- Cláusula de no repetición:
Se hace constar que no obstante lo indicado en el artículo 80 de la Ley de Seguros 17.418, el asegurador no hará uso de la subrogación otorgada en la misma por siniestros que fueran imputables a Exponenciar S.A., sus Empresas asociadas y/o vinculadas y/o funcionarios, empleados y/u obreros y La Rural S.A. renunciando el
asegurador a las acciones legales que pudieran corresponder por tales hechos. En caso que un tercero reclame directa o indirectamente a Exponenciar S.A., sus Empresas asociadas y/o vinculadas y/o funcionarios, empleados y/u obreros y La Rural S. A. por un siniestro indemnizable por la cobertura de la presente póliza, los citados serán considerados asegurados, por la misma.
3 - Cláusula de notificación:
…Cía. de Seguros se obliga de manera taxativa a notificar a Exponenciar S.A. cualquier omisión de pago en que incurriere el contratista y ello con una anticipación mínima de quince (15) días respecto a la fecha en que dicha omisión pudiera determinar la caducidad o pérdida de vigencia de la póliza en forma total o parcial, como así también que no se producirá la caducidad o pérdida de vigencia de la misma, en forma total o parcial, si el asegurador no hubiese cumplido la obligación antes descripta, hasta tanto transcurra el plazo fijado a partir de la fecha de notificación a: Dirección de Notificación: Exponenciar S.A., Av. Xxxxxxxxxx 0000, 0 xxxx (X0000XXX), Xxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx. CUIT: 33- 71534630-9.
Por consultas, por favor contactar al centro de atención al expositor.
VISTA RÁPIDA SOBRE SEGUROS:
Es requisito indispensable para realizar eventos o acceder al predio a prestar algún servicio relacionado a los mismos, contar con cobertura de seguro según el caso.
Personal en relación de dependencia:
Será condición esencial para el ingreso de todo el personal al Predio,
1) la constancia de cobertura por Seguro de Vida Obligatorio (SVO) (decreto ley 1.587 / 74) con listado de personal
afectado por cada empleador, de donde surja la renuncia de repetición contra Exponenciar S.A.
2) Cobertura de una Aseguradora de Riesgo de Trabajo (ART) por accidentes de trabajo,
3) Formulario 931 y último pago. Personal sin relación de dependencia:
Será condición esencial para el ingreso al predio del personal que no se encuentre en relación de dependencia (tales como agentes, directivos, asesores, contratistas, promotores, etc.)
1) Seguro de Accidentes Personales por muerte o incapacidad por un monto mínimo asegurado de $ 18.000.000. –y por gastos médicos asistenciales de $800.000–.
Se deberán presentar los Certificados de Cobertura con el listado del personal afectado por cada empleador que mencione la renuncia de repetición contra Exponenciar S.A. y La Rural S.A. Beneficiario en primer Término para EL COMITENTE y Cláusula de No Repetición a favor del COMITENTE Este es el único comprobante aceptado por los organizadores de cada evento.
La cobertura contratada por la mencionada póliza es la siguiente:
• $ 18.000.000 por muerte e incapacidad total.
• $ 800.000 como reembolso de gastos médico asistenciales.
El Expositor será el único responsable por los daños causados a su personal, a visitantes de la muestra que se encuentren dentro de su stand y/o sus cosas y/o bienes de cualquier naturaleza por robo, hurto, incendio, rayo, tempestad, explosión, granizo, penetración de agua, humedad, inundaciones y goteras, accidente,
conmoción civil, sabotaje u otras causas cualquiera sea su origen y procedencia, y será, asimismo, responsable por los daños y/o perjuicios personales ocasionados dentro y fuera de su stand por su personal y/o cosas de que sirve o tiene a su cuidado. En consecuencia, el expositor está obligado a asegurarse contra todo riesgo, incluido caso fortuito o fuerza mayor.
La Organización de Caminos y Sabores trasladará a los expositores el monto de los deterioros que sus constructores de stands, camiones y/o fletes de sus empresas y los que, por su cuenta, o por cuenta de sus constructores de stands, causen a las instalaciones tanto fijas y/o provisorias del predio ferial de La Rural y/o suministradas por la muestra.
Caminos y Sabores no se hace responsable por los daños que pueden producir al expositor las deficiencias de las instalaciones de luz y fuerza motriz, desagües, etc. El Expositor está obligado a colocar dispositivos de protección y seguridad para los equipos expuestos.
Tampoco se hace responsable si por cualquier hecho y/o evento al que sea ajeno, se produjera la interrupción de estos servicios.
4 - ARMADO, DESARME E INSTALACIÓN DE LOS ESPACIOS
4.1 – ARMADO
El armado de la muestra se realizará durante los días y horarios descriptos en el anexo técnico del presente Reglamento.
Recuerde que no se permitirá el acceso de vehículos a los pabellones. Para la descarga de mercancías a mano o con carretilla se utilizarán los accesos previamente indicados por la Organización.
Es exclusiva responsabilidad del expositor prever el armado de los stands, de modo
que los mismos estén completamente finalizados en los plazos indicados en el anexo técnico del presente.
Es responsabilidad del expositor el cuidado de las instalaciones, durante el periodo de armado, evento y desarme, brindadas por La Organización como paneleria, toldo, cajas eléctricas, conexiones de agua, etc., de no recibirse en las condiciones que fueron entregadas, se abonará el costo de reposición.
Rogamos a los expositores planifiquen con la suficiente antelación la puesta en escena de sus productos antes de la apertura de la feria.
Durante el período de armado y desarme queda totalmente prohibido el acceso de menores de 18 años.
Según disposición de La Rural S.A. es requisito obligatorio el uso de cascos de seguridad para todas las personas que ingresen al predio durante el período de armado.
Caminos y Sabores se reserva el derecho de modificar los períodos y horarios de montaje si lo considera necesario.
Requisitos para iniciar la construcción de stands
Para que se permita el acceso al predio como Expositor, la empresa deberá contar con los siguientes requisitos:
• La Solicitud de Admisión firmada y entregada de forma original.
• Los pagos actualizados correspondientes a la contratación realizada.
• Los planos correspondientes al stand aprobados por las autoridades de Caminos y Sabores.
• Los seguros reglamentarios si correspondieran,
Recepción de mercadería
Se solicita a las empresas expositoras que no envíen mercaderías cuyo destinatario sea la propia Organización. Las empresas participantes deberán hacerse cargo de la recepción de sus propias mercaderías, así como de su almacenaje. En cualquier caso, se recomienda que estas vayan perfectamente identificadas.
El recinto ferial deberá quedar libre de embalajes una hora antes de la apertura al público. Caso contrario, Caminos y Sabores puede ordenar su evacuación con gastos a cargo del expositor.
Caminos y Sabores no asume ninguna responsabilidad por el material de embalaje no retirado a su debido tiempo.
4.2 – DESARME
La feria cerrará sus puertas al público en la fecha indicada en el anexo técnico. Los expositores podrán llegar con sus vehículos tan solo hasta los accesos exteriores indicados. En ningún caso se podrá acceder con vehículo al interior del predio.
Los expositores están obligados a retirar sus productos, a desarmar y retirar sus stands y devolver el espacio en iguales condiciones a las recibidas (libres de residuos y/o elementos usados en el armado) durante el período de desarme indicado en el anexo técnico.
Se recomienda a los expositores que antes de abandonar sus stands y/o zonas retiren el material que consideren de valor y/o las mercancías.
Caminos y Sabores no se responsabilizará de la desaparición o daños que sufra la mercancía durante el desarme. Caminos y Sabores se reserva el derecho de modificar
los períodos y horarios de desarme si lo considera necesario.
4.3 - CONSTRUCCIÓN Y DECORACIÓN DE STANDS
La contratación de suelo permite la distribución del espacio de acuerdo con las necesidades del expositor, pero siempre respetando las normas arquitectónicas del Camino, norma general de la muestra y las normas de seguridad detalladas en el anexo técnico del presente Reglamento. Es obligatorio presentar los planos del stand para su aprobación con medidas y especificaciones técnicas de materiales a: xxxxxxxxxxxx@xxxxxxxxxxx.xxx.xx con copia a su oficial de cuenta xx xxxx de ayuda a
xxxxxxxxxxx0@xxxxxxxxxxx.xxx.xx o xxxxxxxxxxx0@xxxxxxxxxxx.xxx.xx , en la forma y fecha señalada en el anexo técnico.
En caso de no recibir el proyecto para su revisión, la Organización se reserva el derecho de suspender el armado del stand involucrado.
4.4 - FOTOGRAFÍAS y FILMACIONES
El Expositor autoriza expresamente al Organizador, en forma exclusiva, irrevocable y absoluta, a utilizar, publicar, difundir y reproducir bajo cualquier medio y/o formato, las imágenes que serán tomadas sobre su persona, stand y/o productos, como también los reportajes que serán realizados durante los días que dure el evento, sin ninguna otra limitación que las aquí previstas, a efectos de difundir y promocionar dicho evento.
El Expositor únicamente podrá tomar fotografías de su stand con su propio personal y con autorización de la Organización, no pudiendo hacer uso comercial de las mismas sin previa autorización de la Organización.
La Organización no se dedica a la venta de fotografías o filmaciones a los expositores.
4.5 - ACTUACIONES, REPRODUCCIONES MUSICALES Y PROYECCIÓN DE PELÍCULAS
Si en los stands se ofrecen audiciones musicales o proyecciones de películas, los derechos de propiedad intelectual de cualquier clase que puedan devengarse serán directamente a cargo del expositor, quien responderá ante los organismos pertinentes, manteniendo indemne a la Organización.
Todas las acciones que el expositor desee realizar en su stand, tales como shows musicales o culturales, deben ser declarados previamente a su Ejecutivo xx Xxxx de Ayuda para evaluar si amerita la aprobación por parte de la Organización.
5- DISPOSICIONES GENERALES
5.1 - DERECHO DE ADMISIÓN
La Organización se reserva al derecho de admisión de personas y objetos, así como de aquellas solicitudes cuyos productos o actividades no se ajusten a la temática del evento o tengan alguna limitación de índole legal.
Participación de distribuidores:
La Organización desea preservar el concepto de acercar al productor de forma directa sin intermediarios, es por eso que se establece la siguiente política de admisión;
- Todos aquellos distribuidores que participen pueden hacerlo en un máximo de dos lotes.
- Cada lote debe responder a una marca principal y se acepta hasta 1 (uno) marca co- expositora.
- Las marcas deben responder al mismo Camino o a productos de la misma
cadena (aceite xx xxxxx – aceituna, por ejemplo).
- Cada distribuidor debe presentar la/s marca/s con las que va a participar y la carta de venta exclusiva de dicha marca para con el distribuidor participante.
- El stand debe responder al Camino en que se inscribe.
- Todos los productos deben tener visible la etiqueta o identificación que corresponda
5.2 - PLIEGO CONTRACTUAL
Todos los expositores, por el simple hecho de firmar la Solicitud de Xxxxxxxx, aceptan las presentes normas de participación que se constituyen en pliego de condiciones de contratación, sin condicionamientos de ningún tipo. En cualquier caso, deberán cumplirse todas aquellas normas establecidas por el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y Normativa Nacional competente que aplique a la actividad de cada expositor.
5.3 - RESPONSABILIDAD DEL EXPOSITOR
El Expositor es el único responsable civil, penal, laboral y administrativo ante Exponenciar S.A. y ante el personal propio y contratado y de todas sus actividades desarrolladas dentro del predio de Caminos y Sabores y sus derivaciones, incluyendo accidentes de trabajo, daños y perjuicios, siniestro, robo y hurtos, accidentes climáticos, conmoción social, sabotaje o cualquier otra circunstancia, aun derivadas de caso fortuito o fuerza mayor. El Expositor deberá contratar seguros necesarios a fin de cubrir los riesgos que suscitarán por el tipo de actividades desarrolladas en la muestra.
El Expositor deberá estar presente en su stand desde 20 minutos antes de la apertura de la muestra, hasta 20 minutos después del cierre de la misma, durante
todos los días de la exposición. En caso que el Expositor se quede sin productos para reponer, deberá permanecer en el stand realizando acciones de promoción, repartiendo folletería, degustaciones, etc.
Se sancionará al Expositor que se retire del stand antes del plazo detallado con una multa equivalente al 50% del valor del lote contratado. En caso de reiteración se procederá al cierre del stand.
El organizador dispondrá de vigilancia general en el interior de Caminos y Sabores. El Expositor que desee vigilancia particular en su stand deberá contratarla por su cuenta con el proveedor sugerido por la Organización, estando ésta a exclusivo costo y cargo del expositor.
El Expositor deberá instalar un matafuego tipo “ABC” de 10 litros. En caso de instalar equipo de sonido, éste no deberá afectar por su nivel sonoro a stands vecinos.
En caso de difundir cualquier tipo de música se deberá acreditar el cumplimiento de las disposiciones vigentes ante SADAIC, ADI, CAPIF y la responsabilidad será del expositor, incluido el pago de dichos derechos. El organizador tendrá facultad para no permitir que se pase música, si no se acredita el pago de dichos derechos.
Todos los costos directos y asociados del stand correrán por cuenta de cada Expositor.
Los gastos de traslado y alojamiento son por cuenta y cargo de los Expositores. Como así también los gastos de envío, transporte y retorno de la mercadería.
En caso de comercializar bebidas no artesanales, solo se podrá ofrecer línea Coca Cola y CCU, por disposición de La Rural SA
El Expositor deberá tomar los recaudos necesarios en lo referente a su cobertura de salud, ya que durante la exposición sólo se atenderán los casos de emergencia médica y, si así lo requiriese, el traslado hacia el hospital más cercano; siendo por cuenta y cargo del Expositor toda otra atención médica (ejemplo: internación, medicamentos, etc.).
5.4 - PUBLICACIONES Y PUBLICIDAD
Caminos y Sabores informará las tarifas, formatos y fechas de cierre para las publicaciones y medios de promoción que ponga al alcance de los expositores.
La Organización tiene la libertad de decisión sobre aquellas publicaciones que edite en las que se comuniquen listas de expositores y/o cualquier tipo de información relativa a la exposición.
A - PUBLICIDAD EXTERIOR
Caminos y Sabores determinará los soportes de Publicidad Exterior y pondrá a disposición del expositor, en caso de apertura comercial de dichos soportes, las tarifas comerciales y datos técnicos correspondientes.
B - PUBLICIDAD INTERIOR
Queda totalmente prohibida toda acción publicitaria y promocional que se lleve a cabo fuera de los límites del propio stand y no cuente con el expreso consentimiento de la Organización. Aquellas empresas interesadas en desarrollar acciones de este tipo deberán ponerse en contacto con Caminos y Sabores.
Se prohíbe la distribución de folletería fuera del stand, salvo casos comercialmente acordados.
Se prohíbe la publicidad de contenido ideológico o político que atente contra la legalidad vigente o que sea comparativa. La
Organización está autorizada a prohibir la distribución de publicidad que haya dado lugar a reclamaciones y a retener este material hasta la finalización de la Feria.
5.5 – GUIA DEL EXPOSITOR DIGITAL
La Organización publicará un Catálogo que, entre otros aspectos, incluirá los datos de las empresas expositoras. Estos datos serán extraídos del Formulario completado por el expositor en el Portal de Caminos y Sabores, cuya fecha de entrega se indica en el punto 8 del presente Reglamento.
La Organización queda exenta de toda responsabilidad por los errores de trascripción, defectos u omisiones de cualquier clase que puedan producirse en dicha publicación.
Sin perjuicio de lo anterior, cada expositor podrá contratar espacios publicitarios en el catálogo de acuerdo a las tarifas de precios vigentes y debiendo cumplimentar a tal fin una nueva Solicitud de Admisión, marcando sólo la medida en la que quiere publicar y los datos de la empresa expositora. Dicho formulario deberá remitirse al área comercial de Caminos y Sabores.
5.6 – REGLAMENTO DE SORTEOS O COMBINACIONES ALEATORIAS
Cualquier concurso o sorteo que desee realizar el Expositor, deberá ser previamente autorizado por la Organización.
5.7 – VENTA DIRECTA AL PÚBLICO
En la Exposición se puede vender al público y entregar la mercadería en el momento, siempre y cuando esto no afecte la fachada del stand, siendo el expositor / vendedor el único responsable por el incumplimiento de las normas impositivas y laborales vigentes.
Además, se exigirá que el expositor posea la siguiente documentación:
Constancia de inscripción ante la AFIP, formulario 445/E (habilitación del controlador fiscal), alta temprana de los empleados, constancia de aportes y ART del personal afectados a la actividad.
Deberá habilitar un punto de venta dentro del predio de La Rural con domicilio en Av. Xxxxx Xx 0000, Xxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx.
El trámite es responsabilidad de cada expositor y el mismo se realiza en la dependencia de la AFIP que le corresponda.
El Expositor será único y exclusivo responsable por los productos que vende y/o por los servicios que presta, debiendo asumir todas sus consecuencias, manteniendo indemne a La Organización.
El Expositor deberá contar con todas las autorizaciones gubernamentales necesarias para poder comercializar los productos y/o prestar servicios.
Dentro de los stands institucionales se podrán hacer degustaciones y venta de publicaciones relacionadas con los contenidos de la muestra. No podrá realizarse venta de productos (alimentos y artesanías), este tipo de actividades se limitará sólo a los stands que se encuentren dentro de los Caminos.
La Organización no exige porcentaje o retención sobre la venta al público.
5.8 - PROHIBICIONES DENTRO DEL PREDIO
Dentro del predio de Caminos y Sabores está prohibido:
• Cocinar dentro de los stands. Este tipo de actividades podrán realizarse en los sectores habilitados por la Organización para tal fin.
• Exhibir y/o vender alimentos que no correspondan al Camino en el que fue adjudicado el stand.
• Desarrollar actividades con juegos xx xxxx.
• Vender rifas o colectas no autorizadas por la Organización.
• Exhibir, distribuir o portar elementos perjudiciales para la salud y seguridad de las personas.
• Instalar cables aéreos o antenas de cualquier tipo.
• Inaugurar un stand sin previa autorización de la Organización.
• Realizar actividades que no hayan sido autorizadas previamente por la Organización.
• Usar dentro de Caminos y Sabores vestimenta que, según el criterio de los organizadores, atente contra la moral y las buenas costumbres.
• Usar la marca Caminos y Sabores sin autorización de la Organización.
• Realizar la asociación de más de una empresa para compartir una misma parcela.
• Realizar actividades que generen ruidos molestos a los expositores y público general.
• Ingresar con animales.
• Instalar juegos electrónicos.
5.9 - RELEVAMIENTO DE DATOS POR PARTE DEL EXPOSITOR
Cualquier tipo de encuesta que realicen los expositores, deberá realizarse indefectiblemente dentro de los límites del stand.
5.10 SUSPENSIÓN DE LA EXPOSICION
El Organizador queda plenamente facultado a suspender a su exclusivo criterio y decisión, la realización de la Exposición. Ocurrido este evento, si la realización de la
misma se produjera dentro del plazo de los
6 (seis) meses corridos desde la fecha original de la Exposición, el Expositor no tendrá derecho alguno a efectuar reclamo alguno al Organizador por ningún concepto con causa y/o en virtud a cualquiera de dichas decisiones, ni le corresponderá indemnización ni compensación alguna. Si, sin embrago, la Exposición se realizara luego del plazo de los 6 (seis) meses mencionados el Expositor tendrá derecho a optar por cualquiera de las dos alternativas: A) el reintegro de la contraprestación abonada hasta el momento al Organizador, cuya forma de devolución deberá acordarse con este último; B) La asignación de los mismos servicios y prestaciones contratadas para la nueva edición de la Exposición sin ningún ajuste de precio, siempre y cuando al momento de confirmarse la nueva fecha de la Exposición, el Expositor hubiera cancelado la totalidad del saldo de la contraprestación prevista.
A los efectos de adoptar por cualquiera de las alternativas anteriores, el Expositor deberá manifestar su voluntad por medio escrito y/u otro medio fehaciente dentro de los 30 días corridos de ser informado –por parte del Organizador- de la nueva fecha de la exposición. En caso que el Expositor así no lo hiciera en el plazo indicado se entenderá, sin admitirse prueba de lo contrario, que ejerce la opción indicada en el punto B) de la presente, sin derecho a reclamo alguno por parte del Expositor.
5.11 CAUSA DE FUERZA MAYOR
Por circunstancias imputables a hechos de caso fortuito y/o de fuerza mayor, a actos emanados de poder/orden público, y/o a cualquier otra circunstancia de carácter económico, social, sanitario, gubernamental, etc, ajena al Organizador, este último podrá modificar la fecha de la Exposición, suspenderla y/o cancelarla.
Tales eventos no generan derecho a reclamo alguno por parte del Expositor con excepción de lo previsto en la cláusula anterior del presente Reglamento
El Reglamento se efectúa en un contexto de post pandemia declarada por la Organización Mundial de la Salud, producto del Covid-19, estando en vigor diversas medidas tanto en la República Argentina como en otros países relacionadas con dicha pandemia, de todo lo cual el expositor manifiesta tener plena consciencia y conocimiento. El expositor reconoce y acepta expresamente que, ni la existencia de una pandemia ni las medidas mencionadas, así como tampoco su eventual extensión y/o prolongación temporal, geográfica y/o de otra índole, así como la modificación y/o agravamiento y/o profundización del Covid-19 y/o de las medidas relacionadas adoptadas por el gobierno relacionadas con el mismo, constituirán justificación ni óbice alguno para que el expositor no cumpla en tiempo y forma con la totalidad de sus obligaciones bajo el presente reglamento, renunciando desde ya a invocar caso fortuito, fuerza mayor, imposibilidad de cumplimiento, excesiva onerosidad sobreviniente y cualquier instituto y/o figura relacionados directa o indirectamente con la situación indicada y con sus consecuencias.
El presente reglamento puede ser actualizado según modificaciones y/o actualizaciones indicadas por autoridades sanitarias sobre avances en posibles temas sanitarios. Las mismas serán comunicadas por circulares. Queda a disposición de consultas Atención al Expositor.
5.12 – SANCIONES
El incumplimiento de cualquiera de las normas del presente Reglamento General del Expositor por parte de un expositor, su
personal o sus contratistas ocasionará las siguientes consecuencias:
• Exponenciar S.A. podrá ejecutar el cumplimiento del Reglamento General del
Expositor y/o los derechos que posee en virtud del contrato.
• Las autoridades de Caminos y Sabores podrán suspender provisoria o definitivamente la participación del expositor según se estime conveniente, a su exclusivo criterio.
• Los organizadores se reservan el derecho de admisión.
• El Expositor reconoce que las decisiones del Organizador son inapelables.
5.13 - ASPECTOS BROMATOLÓGICOS
Requisitos con los que deben cumplir los expositores referido a los alimentos en sí y a los manipuladores. Ver anexo bromatológico.
5.13.1 - RNE (Registro Nacional de Establecimiento)
Certificado que las autoridades sanitarias jurisdiccionales, el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires o el INAL (según corresponda) otorgan a una empresa elaboradora de productos alimenticios o de suplementos dietarios para su/sus establecimientos elaboradores, fraccionadores, depósitos, etc. Dicho certificado es una constancia de que la empresa ha sido inscripta en el Registro Nacional de Establecimientos y habilita a dicho establecimiento para desarrollar la actividad declarada (elaboración, fraccionamiento, depósito, etc.) y es requisito para el posterior registro de sus productos. (Ver también RNPA). El número de RNE consta de 8 dígitos; los dos primeros corresponden al código geográfico, así, por ejemplo, Ciudad de Buenos Aires es 01, Provincia de Buenos
Aires es 02, Neuquén es 15, etc. Los seis dígitos restantes son correlativos y cronológicos a la inscripción. En general la validez de este certificado es de 5 años.
5.13.2 - RNPA (Registro Nacional de Producto Alimenticio)
Certificado que las autoridades sanitarias jurisdiccionales o el INAL (según el caso) otorgan para cada producto a una empresa elaboradora, fraccionadora, importadora o exportadora de productos alimenticios o de suplementos dietarios. Para tramitar dicho certificado es requisito previo que la empresa cuente con RNE. En general, la validez de este certificado es de cinco años, pero puede ser menor según la jurisdicción que lo otorgue.
5.13.3 - Habilitación SENASA
Se requiere para establecimientos que elaboren productos que posean tránsito federal o internacional.
1. Carne y productos cárneos. 2. Pescado y productos de la pesca. 3. Aves y productos avícolas. 4. Huevos y productos del huevo.
5. Leche y productos lácteos. 6. Vegetales frescos, refrigerados y congelados. 7. Productos vegetales (no acondicionados para su venta directa al público) 8. Productos vegetales de recolección xxxxxxxxx. 9. Miel para exportación.
5.13.4 - Carnet de manipulación de alimentos
Es la documentación establecida como obligatoria por el artículo 21 del Código Alimentario Argentino (CAA), que habilita a las personas a desarrollar tareas de manipulación de alimentos.
El carnet tiene validez en todo el territorio de la República Argentina. Esto significa que, si un/a manipulador/a de alimentos obtiene su carnet en una jurisdicción y luego se traslada a otra, el mismo será
reconocido de igual manera, mientras esté vigente.
Su vigencia es de tres (3) años a partir de su emisión y deberá ser renovado una vez que finalice el período de vigencia.
El carnet es obligatorio para desarrollar tareas de manipulación de alimentos, por lo que deberá obtenerlo “toda persona que realice actividades por la cual esté o pudiera estar en contacto con alimentos, en establecimientos donde se elaboren, fraccionen, almacenen, transporten, comercialicen y/o enajenen alimentos, o sus materias primas”.
El único requisito para obtener el carnet es cursar y aprobar el Curso de Manipulación Segura de Alimentos, dictado por capacitadores reconocidos por las autoridades sanitarias.
No se tomarán como válidos, aquellos certificados de evaluación ni diplomas de cursos no oficiales (ver Anexo Bromatológico).
6 – MEDIDAS DE ACTUACIÓN EN CASO DE EMERGENCIA
Qué hacer en caso de emergencia:
• No pierda la calma. No propague el pánico.
• Informe al intendente de Caminos y Sabores.
• No obstruya las salidas de emergencia. Cómo evacuar el área:
• Diríjase sin correr por las vías de evacuación hacia las puertas de emergencia.
• Siga las instrucciones dadas por personal de Caminos y Sabores.
• Permanezca en la zona de reunión señalada por el personal de evacuación y espere instrucciones.
Necesitamos su colaboración, informe inmediatamente al servicio de seguridad, al intendente o al personal de Xxxxxxx y Sabores de cualquier objeto, situación o detalle que, a su juicio, pueda tener trascendencia grave para la seguridad de las personas y/o de las cosas.
7- CLÁUSULA GENERAL - COMPETENCIA
La Organización tiene la plena facultad y competencia para adoptar toda decisión en orden a mantener la integridad de la Exposición, su finalidad, orden y organización, siendo las mismas absolutamente inapelables.
Las presentes normas de participación forman parte integrante del contrato de cesión de espacio entre la Organización y el Expositor. Cualquier duda, cuestión o divergencia que pudiera surgir entre los expositores y Caminos y Sabores en orden a la implementación, cumplimiento y ejecución de las presentes normas de participación, será sometida a la jurisdicción de los tribunales ordinarios en lo comercial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, renunciando a cualquier otro fuero o jurisdicción que pueda corresponder.
Forma parte de este documento el Reglamento técnico y los Anexos bromatológicos.