INTENDENCIA DE MONTEVIDEO DEPARTAMENTO DE DESARROLLO ECONÓMICO GERENCIA DE COMPRAS
INTENDENCIA DE MONTEVIDEO DEPARTAMENTO DE DESARROLLO ECONÓMICO GERENCIA DE COMPRAS
SERVICIO DE COMPRAS
EDIFICIO SEDE – PLANTA BAJA - Sector SANTIAGO DE CHILE
COMPRA DIRECTA D 105969
CONDICIONES QUE REGIRÁN EN LA COMPRA DIRECTA PARA LA CONTRATACIÓN DE DOS TRABAJADORES SOCIALES BAJO EL RÉGIMEN DE ARRENDAMIENTO DE SERVICIOS CON DESTINO AL DEPARTAMENTO DE DESARROLLO URBANO DE LA INTENDENCIA DE MONTEVIDEO
ARTÍCULO 1º: NORMATIVA:
a)En todo lo no previsto por las presentes condiciones, rige lo dispuesto por el Pliego Único de Bases y Condiciones Generales para los Contratos de Suministros y Servicios no Personales.
b)TOCAF.
ARTÍCULO 2º: OBJETO
El objeto de la presente convocatoria es la contratación de los servicios profesionales DE DOS TRABAJADORES SOCIALES para integrarse a equipos de campo interdisciplinarios que desarrollan el proceso de relocalización de asentamientos precarios en el marco del Plan Nacional de Relocalizaciones (PNR), dependientes del Departamento De Desarrollo Urbano, División Tierras y Hábitat de la Intendencia de Montevideo, de acuerdo a lo indicado en las presentes Condiciones.
ARTÍCULO 3º: CARACTERÍSTICAS GENERALES.
La División de Tierras y Hábitat del Departamento de Desarrollo Urbano de la Intendencia de Montevideo (I. de M.), a través de su programa de
relocalización de asentamientos irregulares, contribuye a la mejora del hábitat y la generación de nuevas oportunidades para el ejercicio de los derechos ciudadanos.
La Intendencia de Montevideo realiza un llamado abierto para la contratación de 2 (dos) Trabajadores Sociales bajo la modalidad de Arrendamiento de Servicios en régimen de 20 (veinte) horas semanales de labor. Es necesario contar con flexibilidad horaria para mantener reuniones de coordinación y actividades barriales.
El tipo de llamado realizado implica un contrato de carácter personalísimo.
La contratación no constituye ni supone la incorporación a los cuadros funcionales de la Intendencia, ni gozar de los beneficios funcionales acordados a los trabajadores de la Administración Departamental.
Los trabajos contratados son intransferibles y deberán ser realizados personalmente por el/la profesional que resulte designado. El incumplimiento de esta condición será causal de rescisión unilateral por parte de la X.xx M.
Se deberá estar al día en el pago de los tributos correspondientes al ejercicio de la profesión.
El / la profesional contratado asume la totalidad de las responsabilidades que en virtud del cumplimiento de este contrato pudieran generarse con organismos estatales o con terceros, respecto de los cuales la I. de M. es por completo ajena y se obliga a indemnizar en caso de daños materiales o personales causados a funcionarios de la I. de M. o terceros, cuando se constatare su responsabilidad por acción, omisión o negligencia en el cumplimiento de sus obligaciones.
Es de aplicación a los efectos de esta licitación lo previsto en el artículo 46º numeral 1 del TOCAF, el cual se transcribe a continuación:
”Están capacitados para contratar con el Estado las personas físicas o jurídicas, nacionales o extranjeras, que teniendo el ejercicio de la capacidad jurídica que señala el derecho común, no estén comprendidas en alguna disposición que expresamente se lo impida o en los siguientes casos:
1)Ser funcionario de la Administración contratante o mantener un vínculo laboral de cualquier naturaleza con la misma, no siendo admisibles las ofertas presentadas por este a título personal, o por personas físicas o jurídicas que la persona integre o con las que esté vinculada por razones de representación, dirección, asesoramiento o dependencia. No obstante, en este último caso de dependencia podrá darse curso a las ofertas presentadas cuando no exista conflicto de intereses y la persona no tenga participación en el proceso de adquisición. De las circunstancias mencionadas, deberá dejarse constancia expresa en el expediente.”
ARTÍCULO 4º- REQUISITOS DEL POSTULANTE
- Título de grado en la Licenciatura en Trabajo Social habilitante válido en la República Oriental del Uruguay.
- Contar con al menos dos años de desempeño profesional probado en proyectos de intervencion territorial y/o habitacional en asentamientos.
ARTÍCULO 5º: DESCRIPCIÓN DE LOS TRABAJOS/TAREAS A DESEMPEÑAR.
1. Preparatorias para la intervención
1.1. Relevamiento de antecedentes y recopilación de información respecto a la situación del asentamiento y su población.
1.2. Conocimiento de los actores institucionales implicados en la relocalización, sus diferentes propósitos y xxxxxx de acción.
1.3. Desarrollo de un censo de viviendas, hogares y personas del asentamiento, en conjunto con el equipo multidisciplinario.
1.4. Elaboración de un diagnóstico urbano-barrial del asentamiento que identifique asimismo las principales líneas de intervención a nivel individual, familiar y con colectivos.
2. En el territorio a relocalizar
2.1. Intervención continua en el territorio tendiente a profundizar el conocimiento del mismo, informar del proceso a las familias, y generar espacios de diálogo en torno al proyecto así como otros asuntos que hacen al ejercicio de los derechos ciudadanos. Para esto se prevé:
a) La puesta en marcha de un espacio de consulta instalado en el
territorio , de frecuencia semanal, abierto a vecinos y vecinas del asentamiento.
b) Desarrollo de entrevistas familiares en domicilio así como recorridas barriales sistemáticas.
c) Orientación, derivación y coordinación con instituciones públicas y privadas frente a situaciones que así lo requieran.
d) Puesta en marcha de espacios colectivos de participación vecinal.Identificación de familias pasibles de acceder a otros programas (como compra de vivienda usada, viviendas para pasivos, cooperativas, entre otros).
2.2. Elaboración participativa de los criterios para la asignación de los terrenos y viviendas.
2.3. Atención a situaciones problemáticas en relación a los animales que no se muden con las familias y coordinar con las instituciones competentes en la temática.
2.4. Planificación y apoyo a las familias en las mudanzas.
3. El los territorios en donde se relocaliza la población objetivo
3.1. Elaboración de un diagnóstico urbano-barrial de las zonas donde se mudarán las familias del asentamiento.
3.2. Conocimiento y articulación con las organizaciones, instituciones y comisiones presentes en la zona.
3.3. Promoción de instancias de conocimiento e integración por parte de las familias al barrio en el cual serán relocalizadas, sus instituciones y organizaciones.
3.4. Asesoramiento y acompañamiento para la búsqueda de una mejor inserción social y laboral.
4. Tareas posteriores a las mudanzas
4.1. Participación en la etapa de post obra – pos mudanza según los lineamientos establecidos por el equipo de la I. de M.
4.2. Promoción de prácticas educativas tendientes a la apropiación y mantenimiento de la vivienda, identificando posibles dificultades a resolver con el equipo interdisciplinario. Orientación a las familias para el acceso y sostenimiento de de la formalización en los servicios públicos y tributos.
4.3. Facilitación de acuerdos para la convivencia en el conjunto habitacional y el cuidado del entorno.
4.4. Realización de un informe final que sistematice los aspectos centrales del proceso de relocalización en su globalidad y las singularidades de cada etapa. Dará cuenta de las principales actividades y analizará el proceso desarrollado, elaborando conclusiones, identificando lecciones aprendidas y recomendaciones a futuro.
5. Inserción en los equipos de trabajo
5.1. Asistencia a las reuniones de coordinación del equipo interdisciplinario.
5.2. Participación en la planificación logística de las mudanzas y sus coordinaciones necesarias.
6. Tareas de registro y sistematización
6.1. Aplicación continua de herramientas de registro y procesamiento de la información surgida en el espacio de consulta y entrevistas domiciliarias, así como las acciones desarrolladas por el equipo.
6.2. Actualización continua xxx xxxxxx de la población a ser realojada.
6.3. Elaboración de informes periódicos de situación.
El/la profesional se incorporará a equipos de trabajo en conformación o ya conformados, en diferentes etapas del proceso de relocalización, por lo cual algunas de estas tareas podrán no ser abordadas, en caso de que el equipo de trabajo ya las haya realizado y culminado.
Lugar de trabajo
Las tareas las realizará en el Servicio de Tierras y Vivienda y en los barrios que se designen. El / la profesional contratada deberá trasladarse por sus propios medios hacia y desde la oficina asignada al inicio y al final de la jornada laboral, no siendo obligación de la Administración suministrar locomoción a tales efectos.
ARTICULO 6º. ACEPTACIÓN DE LAS BASES.
Por el solo hecho de presentarse, los postulantes aceptan el monto del honorario a percibir así como conocer las tareas a cumplir y no tener dudas respecto del objeto de las mismas. La omisión o errores de cálculo en la presentación a esta Compra, no le otorgarán derechos para actuar contrariamente a lo establecido.
ARTÍCULO 7º: FORMALIDADES DE LA POSTULACIÓN: I) CONTENIDO DE LA POSTULACIÓN:
a) Datos personales como ser: nombres y apellidos completos, cédula de identidad, fecha de nacimiento, dirección,celular, teléfono y correo electrónico; RUT.
Dicha postulación deberá enviarse firmada por el/la profesional, en ella se aceptará explícitamente lo establecido en estas Condiciones, y se manifestará la voluntad de participar en la Compra Directa y estar en condiciones de contratar con el estado.
b) Titulo habilitante (escaneado de ambos lados)
c) Currículum Vitae: en el mismo se incluirá una relación de antecedentes profesionales, técnicos y académicos.
La experiencia laboral debe especificar el tipo de tareas realizadas, el grado de participación y responsabilidad, fecha y duración de los trabajos.
En dicho currículum se deberán exponer especialmente los ítems que de acuerdo a estas condiciones serán evaluados.
d) Documentación probatoria de los méritos declarados (escaneada). En caso de no presentarlos, no serán tenidos en cuenta.
Los profesionales que pasen a la etapa de entrevista, deberán en esa instancia presentar los originales de la documentación probatoria de los méritos reseñados en el Currículum.
Se entenderá que todos los datos suministrados tendrán el carácter de declaración jurada.
II)Las postulaciones serán redactadas en idioma español, en forma clara y precisa, estarán firmadas por el proponente y foliadas en el margen inferior.
Las propuestas se enviarán exclusivamente vía mail a xxxxxxx.xxxxxxxx@xxx.xxx.xx
Las propuestas deberán enviarse correctamente identificadas con nombre del oferente, número de R.U.T., Numero de Compra Directa.
Al momento de enviarse la propuesta, la Intendencia de Montevideo le asignará a los/las postulantes un número de proveedor provisorio, con anterioridad a la fecha tope de recepción de propuestas.
ARTICULO 8º: MANTENIMIENTO DE PROPUESTA:
Las propuestas serán mantenidas por un plazo mínimo de treinta (30) días hábiles, contados a partir del siguiente a la fecha tope de de recepción de ofertas.-
ARTICULO 9º: PLAZO DE CONTRATACIÓN - DEDICACIÓN.
Se trata de un contrato de arrendamiento de servicios por un período de seis (6) meses, contados a partir de la notificación de la resolución de adjudicación o a partir de la fecha que indique la I. de M.
La administración se reserva la potestad de rescindir el contrato unilateralmente, en caso de evaluación no satisfactoria.
Dedicación horaria
La dedicación horaria será de 20 (veinte) horas semanales, que se distribuirán en la semana dependiendo de las actividades planificadas. Es necesario contar con flexibilidad horaria para mantener reuniones de coordinación y actividades barriales.
ARTICULO 10º REMUNERACIÓN.
La remuneración total será de $386.262 (pesos uruguayos trescientos ochenta y seis mil doscientos sesenta y dos) iva incluido por todo concepto.-
No corresponderán otros incrementos y beneficios que corresponden al personal municipal.
Serán de su cargo los aportes por concepto de IRPF y FONASA.
Para ser adjudicatarios/as, los/las profesionales deberán estar afiliados/as a la caja de Jubilaciones y Pensiones de Profesionales Universitarios. Deberán también estar inscritos en el Registro de Proveedores de la I. de M. (Xxxxxxx Municipal, PB, Servicio de Compras, Unidad Atención a Proveedores).-
En los casos que corresponda, la I. de M. será agente de retención del IRPF de las personas que realicen servicios personales y que perciban ingresos derivados de contratos de arrendamiento de obra o de servicios.
El / la profesional deberá contar con póliza de seguro de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales que cubra sus servicios durante el período de vigencia del contrato, conforme a lo establecido en la normativa vigente. Los gastos correspondientes serán de su cargo.
ARTÍCULO 11º: AJUSTE DE LA REMUNERACIÓN.
La remuneración se reajustará semestralmente (los primeros 6 meses no hay ajuste) de acuerdo a la variación del índice general de precios al consumo (IPC) ocurrida entre el mes anterior al semestre que corresponde el reajuste y el mes anterior a la fecha de apertura de propuestas.
ARTÍCULO 12º: FORMA DE PAGO.
El pago de las facturas que hayan sido presentadas o se presenten al cobro por proveedores de bienes y servicios cumplidos, se realizará por transferencia a cuentas en la institución de intermediación financiera autorizada por el BCU, elegida por el proveedor o acreedor.
A tales efectos los proveedores deberán, suscribir el “Contrato de Adhesión a sistema de pagos por transferencia bancaria” y el “Complemento obligatorio para la I. de M.”, ambos documentos incluidos en el instructivo de inscripción en el XXXX .-
En caso de no haber cumplido con lo establecido en el apartado anterior, el pago será retenido no siendo responsabilidad de la I. de M. la demora que dicho atraso ocasione.
El pago del monto total ($ 386,262 IVA incluido) sera abonado en seis cuotas mensuales, iguales y consecutivas de $ 64.377 (IVA incluido), facturando el último día del mes vencido. Dichos pagos se realizarán
contra la presentación de cada factura y conformidad del Director del Servicio asignado.
El pago de cada factura se realizará dentro de los diez (10) días calendario, contados a partir de su presentación en la Contaduría General.
La I. de M podrá realizar el pago con cheques de pago diferido, acordándose en su momento con el adjudicatario, las condiciones de los mismos.
En caso que el pago en moneda nacional se realice pasados los treinta (30) días calendario, contados desde la presentación de la factura en la Contaduría General, se aplicará el 50% de la tasa media de interés para empresas grandes y medianas, moneda nacional no reajustable, para operaciones con plazos menores de un año, publicada por el Banco Central del Uruguay vigente en el mes de vencimiento de los antes referidos treinta días y solamente por los días que superen dicho plazo.
La factura por el ajuste de precios, si correspondiera, se presentará por separado de la factura principal correspondiente y se abonará también dentro del plazo antes establecido.
Facturación:
Respecto a los Requisitos para presentación de facturas el adjudicatario deberá consultar en xxxxx://xxxxxxxxxx.xxx.xx/xxxxx- tematicas/proveedores/requisitos-para-presentacion-de-facturas-y- autoconsulta
ARTÍCULO 13º: EVALUACIÓN – CRITERIOS DE SELECCIÓN:
La presentación de las postulaciones no da derecho alguno a los interesados respecto a la aceptación de las mismas. La Intendencia de Montevideo podrá aceptar la que considere más conveniente a sus intereses o rechazarlas todas. Antes de proceder a la evaluación detallada, la Intendencia determinará si cada postulación se ajusta sustancialmente a los requerimientos de esta Compra Directa.
De no ajustarse será rechazada, no admitiéndose correcciones posteriores que modifiquen la misma.
Siempre que se trate de de errores u omisiones de naturaleza subsanable, se podrá corregir el error o solicitar que en un plazo breve el oferente suministre la información faltante.
Cumplida esta etapa, se evaluará la totalidad de las ofertas que se ajusten a los documentos de esta Compra, de acuerdo al siguiente criterio:
La primera etapa consiste en evaluar el Currículum Vitae en lo referente a Experiencia Profesional, experiencia de trabajo interdisciplinario y Formación.
Se valorarán únicamente los méritos que guarden relación directa con las principales tareas y responsabilidades establecidas en estas bases.
La segunda etapa consiste en una Entrevista personal, donde se profundizará sobre las tareas a realizar.-
PRIMERA ETAPA:
1) Currículum Vitae:
Item | Sub-item | Puntaje máximo |
Formación | Postgrado | 7 puntos |
Cursos de capacitación de al menos 15 hs. | 5 puntos | |
Congresos, talleres, seminarios | 4 puntos | |
Publicaciones, ponencias | 4 puntos | |
Experiencia profesional | Experiencia específica en la temática | 20 puntos |
Experiencia profesional no específica | 8 puntos | |
Experiencia docente | 4 puntos | |
Experiencia pre-profesional vinculada a la temática | 3 puntos | |
Experiencia en prácticas interdisciplinarias | Experiencia interdisciplinaria específica | 12 puntos |
Experiencia interdisciplinaria no específica | 3 puntos | |
TOTAL | 70 puntos |
SEGUNDA ETAPA
2) Entrevista personal. Puntaje máximo: 30 puntos
TOTAL: 100 PUNTOS
Transcurridas las dos etapas se generara un listado ordenado, siendo el ganador del presente proceso de Compra Directa, aquel/la ciudadana/o que obtenga el mejor puntaje con la suma de ambas etapas.
Por otra parte la Administración se reserva el derecho de rechazar las ofertas presentadas cuando se corrobore antecedentes laborales negativos o la oferta esté sujeta a confirmación o condicionada en forma alguna.
ARTICULO 14º - FORMA DE ADJUDICACIÓN
La presentación de las postulaciones no da derecho alguno a los interesados respecto a la aceptación de las mismas.
La I. de M. se reserva el derecho de aceptar o rechazar cualquier oferta, así como de anular el proceso de compra directa en cualquier momento con anterioridad a la adjudicación, sin que por ello incurra en responsabilidad alguna frente a los oferentes.
ARTÍCULO 15º: PERFECCIONAMIENTO DEL CONTRATO- NOTIFICACIÓN.
El contrato se entenderá perfeccionado con la notificación de la resolución de adjudicación, la cual se realizará vía correo electrónico.-
En caso que el adjudicatario no pueda o no quiera aceptar la adjudicación, se rescindiese el contrato o se revocase la adjudicación, la Intendencia de Montevideo podrá aplicar las sanciones que correspondan, así como iniciar las acciones por incumplimiento y/o daños y perjuicios que estime pertinentes; así como también podrá adjudicar el contrato entre los oferentes que hubieren calificado favorablemente, siguiendo el orden de prelación.
El/la adjudicatario/a queda obligado/a a presentarse en el Servicio de Tierras y Vivienda sito en piso 10 del Edificio Sede de la I. de M. dentro de los dos (2) días hábiles siguientes al de la formalización del contrato y allí se le indicará el día a partir del cual comenzará a prestar el servicio. La falta de cumplimiento de cualesquiera de estas obligaciones podrá dar mérito a que se revoque la adjudicación, sin perjuicio de las sanciones que correspondan.
ARTÍCULO 16º: OBLIGACIONES
Será de cargo del contratado el pago de obligaciones tributarias Nacionales y/o Municipales de todo tipo originadas por la contratación.
ARTÍCULO 17º:XXXX.
La xxxx en el cumplimiento de las obligaciones asumidas por el/la adjudicatario/a, se producirá de pleno derecho por el solo vencimiento de los plazos cualquiera sea la modalidad y carácter de los mismos, o por el hecho de hacer algo contrario a lo estipulado o no hacer lo debido, sin necesidad de interpelación judicial o extrajudicial alguna.
ARTICULO 18º: RESCISION Y SANCIONES
Sin perjuicio de lo establecido en el artículo anterior, la falta de cumplimiento de cualquiera de las obligaciones contraídas por los proponentes o adjudicatarios, habilitará a la I. de M. a proceder con la anulación de la adjudicación o rescisión del contrato en su caso, sin perjuicio de las sanciones genéricas que podrá aplicar, en razón de los daños causados o los antecedentes del proveedor, y que podrán ser desde un apercibimiento hasta la eliminación del Registro de Proveedores.
ARTÍCULO 19°:INASISTENCIAS:
Las inasistencias injustificadas habilitarán el descuento correspondiente de los haberes del profesional contratado, entendiéndose por inasistencia justificada únicamente aquella motivada por razones de enfermedad y debidamente avalada por certificado médico.
Por cada día de falta del contratado en el período de la contratación, además de descontarle el equivalente al día de ausencia, se le podrá agregar como sanción, una multa de U.R. 1 (una unidad reajustable); en caso de reiteradas ausencias la I. de M., podrá rescindir el contrato en forma unilateral sin expresión de causa.
Si el adjudicatario no cumpliere con las tareas para las cuales fue contratado, la I. de M. podrá aplicarle multas por un valor de entre 1 U.R. y 5 U.R. (una y cinco Unidades Reajustables) según la gravedad de cada incumplimiento
constatado en el mes.
El importe de las multas será descontado de los montos pendientes de pago.
ARTÍCULO 20º - RESCISIÓN DEL CONTRATO
La administración se reserva la potestad de rescindir el contrato unilateralmente, en caso de evaluación no satisfactoria.
La I.M. se reserva el derecho de rescindir esta contratación en cualquier momento, la que será comunicada con 15 (quince) días hábiles de anticipación, en cuyo caso se abonará al adjudicatario los trabajos realizados, sin otra compensación o indemnización de especie alguna.
El incumplimiento de todas o cualquiera de las obligaciones a cargo del profesional contratado dará lugar al inicio, previa constatación del mismo, de los trámites tendientes a la rescisión del contrato por parte de la I. de M. Se considerará que se ha incurrido en incumplimiento que sea causa de rescisión cuando notificado el adjudicatario por escrito de la constatación del mismo, no lo rectificara dentro de los diez (10) días hábiles siguientes, salvo que la conducta verificada implique una acción u omisión no susceptible de rectificación. Serán de aplicación las normas que regulan la sustanciación del procedimiento administrativo en la I. de M., que el profesional declara conocer y aceptar en todos sus términos. También habilitará la rescisión unilateral del contrato por parte de la I. de M., que el adjudicatario incurra en prácticas corruptivas (soborno, extorsión o coerción, fraude, colusión) o se encontrare encausado penalmente. En cualquier caso de rescisión previsto en esta cláusula, la I. de M. quedará habilitada a retener en forma inmediata el pago estipulado en la cláusula décima y reclamar los daños y perjuicios causados.
ARTÍCULO 21º: SUSPENSIÓN DEL PAGO
Cuando la administración constatara que el servicio prestado no cumple con las condiciones que se tuvieron en cuenta para la adjudicación, la I.M podrá suspender el pago hasta que esta situación se regularice, sin perjuicio de la aplicación de las multas correspondientes.
ARTÍCULO 22º: CESIÓN DEL CONTRATO.
Los trabajos contratados son intransferibles y deberán ser realizados por el
Profesional contratado.- El incumplimiento de esta condición podrá ser causal de rescisión unilateral por parte de la I. de M.
ARTÍCULO 23º: CERTIFICADO ÚNICO MUNICIPAL O CERTIFICADO ÚNICO DE PROVEEDOR.
La I. de M. exigirá a toda persona física o jurídica que con ella haya contratado, en el momento de hacer efectivo los haberes que se le adeuden, tener al día el Certificado Único Municipal o Certificado Único de Proveedor expedido a su nombre y en el que conste que dicho proveedor no tiene deudas tributarias con la I. de M.
Dicho certificado será expedido por el Servicio de Gestión de Contribuyentes, Atrio Xxxxxxx del Edificio Sede (artículo 24 Decreto 27.803 de la Junta Departamental).
ARTICULO 24º:CONSULTAS
Los interesados en participar podrán realizar consultas o solicitar aclaraciones sobre el texto de estas condiciones hasta 2(dos) días hábiles antes del plazo fijado para el tope de recepción de ofertas, no considerándose las realizadas con posterioridad al plazo señalado.
Las consultas se harán exclusivamente a xxxxxxx.xxxxxxxx@xxx.xxx.xx. Tales preguntas y sus correspondientes respuestas tendrán carácter vinculante y por ende, pasarán a formar parte de las bases de este compra.
La Intendencia de Montevideo, responderá las solicitudes que reciba y enviará copia escrita de sus respuestas al postulante que hizo la consulta, incluyendo la pregunta sin identificar su origen.
Las consultas y respuestas podrán ser visualizadas además, en la página web de la Intendencia de Montevideo (xxx.xxxxxxxxxx.xxx.xx entrar en Empresas
- Cartelera de Xxxxxxx y buscar el número de la licitación) y en el sito web de Compras Estatales xxx.xxxxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx.
ARTICULO 25º REGISTRO DE PROVEEDORES
Los profesionales interesados en participar en esta Compra se inscribirán provisoriamente como proveedores de la Intendencia de Montevideo en forma previa a la fecha tope de recepción de propuestas.- Para registrarse como proveedores definitivos (catalogados) deberán
presentar Nº de RUT, certificado de Caja de Jubilaciones Profesionales, Cédula de Identidad y sus respectivas fotocopias, y tendrán que indicar: un Teléfono, Celular,Domicilio y dirección de correo electrónico. Dicho trámite se llevará a cabo en la Oficina de Atención a Proveedores del Servicio de Compras en el horario de 10:30 a 15:30 horas.
Los postulantes que estuvieran inscritos en el XXXX, en estado “Activo”, se migran al Registro de la Intendencia, con solo mencionar dicha situación en la oficina de Atención a Proveedores de la Intendencia. De no hallarse registrados en ninguno de los dos Registros al momento de la presentación de las ofertas, se les adjudicará un número de registro provisorio.
Para ser adjudicatarios, necesariamente deberán estar inscriptos en el XXXX (Registro Único de Proveedores Estatales).
Una vez en estado “ACTIVO” en RUPE quedarán en condiciones de ser migrados en el Registro de Proveedores de la I.M.
Si al momento de la adjudicación, el proveedor propuesto no hubiese adquirido el estado "ACTIVO" en XXXX, la Administración otorgará un plazo de 5 (cinco)días hábiles a fin de que el mismo adquiera dicho estado, bajo apercibimiento de adjudicar el llamado al siguiente mejor oferente en caso de no cumplirse este requerimiento en el plazo mencionado.
Para obtener más información sobre la inscripción XXXX visitar el portal de la Agencia Reguladora de Compras Estatales (ARCE), responsable del funcionamiento xxx XXXX.
De lo contrario podrá consultar al Servicio de Compras – Atención a Proveedores, vía correo electrónico al e-mail xxxxxxxx.xxxxxxxxxxx@xxx.xxx.xx, o personalmente.
En caso de optar por concurrir presencialmente (Edificio Sede, Planta Baja, Puerta 002) se recomienda realizar agenda previa en el siguiente Link: xxxxx://xxxxxxxxxx.xxx.xx/xxxxxxxxxx/xxxxxxx-xxxxxxxx-xx-xxxxxxxxxxx
ARTÍCULO 26º: RECEPCIÓN DE PROPUESTAS
La recepción de propuestas se realizaran exclusivamente vía correo electrónico a: xxxxxxx.xxxxxxxx@xxx.xxx.xx hasta la fecha establecida en la publicación de la presente compra en el Sitio Web de Compras Estatales.