PLIEGO DE CLAUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES QUE REGULAN LA CONTRATACION, MEDIANTE PROCEDIMIENTO ABIERTO, DEL ARRENDAMIENTO Y MANTENIMIENTO DE IMPRESORAS PARA EL EXCMO. AYUNTAMIENTO DE CASTELLÓN DE LA PLANA.
PLIEGO DE CLAUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES QUE REGULAN LA CONTRATACION, MEDIANTE PROCEDIMIENTO ABIERTO, DEL ARRENDAMIENTO Y MANTENIMIENTO DE IMPRESORAS PARA EL EXCMO. AYUNTAMIENTO DE CASTELLÓN DE LA PLANA.
1ª.- OBJETO DEL CONTRATO.
1.1.- Constituye el objeto del presente contrato la contratación en régimen de arrendamiento y el mantenimiento de 182 impresoras para el Excmo. Ayuntamiento xx Xxxxxxxxx.
Las características técnicas de las impresoras a suministrar se especifican en el pliego de prescripciones técnicas de esta contratación (en adelante, PPT).
1.2.- Naturaleza del contrato: el contrato que se suscriba tendrá carácter administrativo, conforme el artículo 19 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público (en adelante, TRLCSP), calificándose como de suministro según lo previsto en el artículo 9.1 de la citada ley y le será de aplicación lo dispuesto en los artículos 290 y siguientes de dicho texto legal y en los artículos 187 y siguientes del Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas (en adelante, RGLCAP).
Se trata de un contrato sujeto a regulación armonizada por aplicación del artículo 15 del TRLCSP, por lo que será objeto de recurso especial en materia de contratación, en virtud del artículo 40 del citado texto legal.
1.3.- Codificación del objeto del contrato. La codificación que corresponde según el Reglamento (CE) nº 213/2008 de la Comisión de 28 de noviembre de 2007 por el que se modifica el Reglamento (CE) nº 2195/2002 del Parlamento Europeo y del Consejo es la siguiente: 30232100-5 “Impresoras y trazadores gráficos”.
1.4.- Las necesidades administrativas a satisfacer mediante el presente contrato consisten en dotar a los servicios municipales del Excmo. Ayuntamiento xx Xxxxxxxxx de impresoras para poder llevar a cabo sus diferentes funciones, así como de los consumibles que dichos equipos necesiten.
2ª.- PROCEDIMIENTO Y FORMA DE ADJUDICACIÓN.
La adjudicación del presente contrato se lleva a cabo mediante procedimiento abierto con arreglo a lo dispuesto en el artículo 157 del TRLCSP y conforme a los criterios de valoración de ofertas fijados en la cláusula 12ª del presente pliego de cláusulas administrativas particulares (en lo sucesivo, PCA) en virtud de lo establecido en el artículo 150 del TRLCSP.
3ª.- DURACIÓN DEL CONTRATO Y PLAZO DE ENTREGA.
Las entrega de los equipos se realizará en un plazo máximo de dos semanas a contar desde la fecha de formalización del contrato en las diferentes dependencias indicadas en el PPT, debiendo ser instalados y puestos en servicio en un plazo adicional máximo de dos semanas. Cualquier nuevo dispositivo que se solicite se entregará en un tiempo inferior a dos semanas.
El arrendamiento iniciará su vigencia el día siguiente a la instalación y puesta en funcionamiento, verificada y conformada por los técnicos de la Sección de Innovación y Desarrollo Tecnológico de los equipos suministrados objeto de la presente contratación, firmándose la correspondiente acta de recepción y tendrá una duración de cuatro años.
4ª.- VALOR ESTIMADO Y PRESUPUESTO DEL CONTRATO.
4.1.- El valor estimado del contrato, incluido el valor residual de los equipos y las posibles modificaciones del contrato, asciende a la cantidad de CUATROCIENTOS CINCUENTA Y SEIS MIL QUINIENTOS OCHENTA Y DOS EUROS CON SESENTA Y SIETE CÉNTIMOS DE EURO (456.582,67 euros), más OCHENTA Y DOS MIL CIENTO OCHENTA Y CUATRO EUROS CON OCHENTA Y OCHO CÉNTIMOS DE EURO
(82.184,88 euros) en concepto de Impuesto sobre el Valor Añadido.
4.2.- El presupuesto máximo previsto para esta contratación asciende a CUATROCIENTOS SIETE MIL TRESCIENTOS SESENTA EUROS (407.360,00 euros), más SETENTA Y TRES MIL TRESCIENTOS VEINTICUATRO EUROS CON OCHENTA
CÉNTIMOS DE EURO (73.324,80 euros) en concepto de Impuesto sobre el Valor Añadido.
El importe mensual se compone de una cuota fija en la que se incluye hasta
200.000 copias en blanco y negro y 20.000 copias en color , y dos cuotas variables. La primera cuota variable incrementará el coste mensual si las copias realizadas durante el periodo de un mes superan la cantidad de 200.000 copias en blanco y negro y 20.000 copias en color. La segunda cuota variable incrementará el coste mensual según el consumo mensual de mililitros realizado para los cartuchos de tinta del modelo PLC (Plotter Color).
La cuota mensual máxima fija se determinará multiplicando el volumen mínimo de páginas en blanco y negro (200.000 copias) por el precio unitario por página en blanco y negro más el volumen mínimo de páginas en color (20.000 copias) por el precio unitario por página en color, siendo este de 8.000 euros, más 1.440 euros en concepto de Impuesto sobre el Valor Añadido, desglosado de la siguiente forma:
- Coste mensual máximo fijo para copias en blanco y negro: 6.000 euros más
1.080 euros en concepto de Impuesto sobre el Valor Añadido.
- Coste mensual máximo fijo para copias en color: 2.000 euros más 360 euros en concepto de Impuesto sobre el Valor Añadido.
Del importe mensual fijo citado anteriormente el 65 % corresponde al precio del arriendo y el 35 %, al canon de mantenimiento, según el detalle siguiente:
- Precio arrendamiento mensual: 5.200 euros, más 936 euros en concepto de Impuesto Sobre el Valor Añadido.
- Canon de mantenimiento mensual: 2.800 euros, más 504 euros en concepto de Impuesto Sobre el Valor Añadido.
En el caso de que las copias mensuales no alcancen la cantidad de 200.000 copias en blanco y negro y 20.000 copias en color el contratista efectuará un abono a favor del Ayuntamiento, que se determinará multiplicando el número de copias no realizadas hasta alcanzar los límites arriba mencionados por el precio unitario por copia
no impresa. Dichos precios unitarios por copia no impresa, se establecerán para las copias en blanco y negro y en color y se determinaran por el licitador en su oferta. Será rechazada la oferta de los licitadores que no incluya dichos precios unitarios.
Los precios unitarios máximos para las copias realizadas, que coinciden con el tipo de licitación son los siguientes:
- Copia en blanco y negro de 1 a 200.000 copias (X1): 0,030 € más IVA.
- Copia en blanco y negro de 200.000 copias en adelante(X2): 0,014 € más IVA.
- Copia en color de 1 a 20.000 copias (Y1): 0,100 € más IVA.
- Copia en color de 20.000 copias en adelante(Y2): 0,080 € más IVA.
Los precios unitarios por mililitro máximos para los cartucho de tinta del modelo PLC (Plotter) son:
- Precio cartucho tinta Plotter Negro (PK): 0,400 euros más 0,072 en concepto de IVA.
- Precio cartucho tinta Plotter Amarillo (PY): 0,400 euros más 0,072 en concepto de IVA.
- Precio cartucho tinta Plotter Magenta (PM): 0,400 euros más 0,072 en concepto de IVA.
- Precio cartucho tinta Plotter Cian (PC): 0,400 euros más 0,072 en concepto de IVA.
El consumo anual estimado de mililitros es de 8.000 distribuidos en: 2000 para PK, 2000 para PY, 2000 para PM, 2000 para PC.
4.3.- El tipo de licitación son los precios unitarios máximos establecidos según el número de copias realizadas, siendo susceptible de mejora a la baja, fijando los presupuesto máximos anuales para las copias que excedan el volumen mínimo de páginas, en 1.680 euros más 302,40 euros en concepto de IVA para el exceso de copias en blanco y negro y en 960 euros más 172,80 euros en concepto de IVA para el exceso de copias en color.
El tipo de licitación para el modelo PLC se fija en los precios unitarios por mililitro máximos para los cartucho de tinta, siendo susceptibles de mejora a la baja y fijando el presupuesto máximo anual para dichos cartuchos en 3.200 euros más 576 euros en concepto de Impuesto sobre el Valor Añadido.
4.4.- Dichos costes incluyen el servicio de mantenimiento durante toda la vigencia del contrato para cada uno de los equipos. Asimismo, el citado coste incluye todo tipo de gastos y tributos que al contratista le pueda producir la realización del contrato, incluidos los gastos de entrega, instalación, puesta en funcionamiento y transporte del suministro hasta el lugar convenido.
5ª.- CONDICIONES DEL CONTRATO.
En la cláusula 2ª del PPT se definen las características mínimas de los cinco modelos de impresora a arrendar.
El equipamiento arrendado contará con el servicio de mantenimiento durante toda la vigencia del contrato en cuanto a reparaciones, aunque se requiera la sustitución
de piezas o del equipo completo. Dicho mantenimiento se llevará a cabo en la dependencia donde se encuentre en ese momento el equipo, y deberá incluir salidas y mano de obra, toners, elementos fungibles, partes, piezas y repuestos en general necesarios para mantener en perfecto estado de funcionamiento sin coste adicional para el ayuntamiento. No se incluirá el papel para la realización de fotocopias e impresiones.
La empresa adjudicataria proporcionará un sistema de comunicación de averías disponible de Lunes a Viernes, en horario de 8:00 a 15:00. Al informar de una incidencia la empresa proporcionará un número de identificación único de la misma. Tras la resolución de cualquier actuación de mantenimiento, se entregará un informe de resolución indicando el número de incidencia, fechas, número identificativo de la impresora, diagnóstico de la incidencia, proceso de resolución y componentes reemplazados o reparados.
No obstante, a lo anteriormente indicado, el personal del Departamento de Sistemas de Información y Comunicaciones tendrá libertad para intentar solucionar las incidencias en primera instancia, sin restricción a la manipulación técnica de los equipos, sin que esto menoscabe en ningún caso el servicio ofrecido.
Ante la avería de un equipamiento informático, se resolverá el problema en un plazo de máximo de 48 horas, contadas a partir de la notificación de la incidencia. Transcurrido dicho plazo, sin haber resuelto el problema se sustituirá temporalmente el equipo. Asimismo, se sustituirá temporalmente el equipo si en el momento de diagnosticar la avería se prevé que el tiempo de reparación va a ser superior a 48 horas.
6ª.- FINANCIACIÓN.
6.1.- Por tratarse de un gasto plurianual, la financiación del contrato, IVA incluido, se hará de la siguiente forma:
- Año 2012 (julio 2012 – septiembre 2012): 30.042,80 euros IVA incluido.
- Año 2013 (octubre 2012 – septiembre 2013): 120.171,20 euros IVA incluido.
- Año 2014 (octubre 2013 – septiembre 2014): 120.171,20 euros IVA incluido.
- Año 2015 (octubre 2014 – septiembre 2015): 120.171,20 euros IVA incluido.
- Año 2016 (octubre 2015- junio 2016): 90.128,40 euros IVA incluido
6.2.- Existe crédito adecuado y suficiente para financiar las obligaciones económicas que se deriven de esta contratación para el año 2012 con cargo a la aplicación presupuestaria del Presupuesto Municipal 2012-4-9262-20601 “Sistemas Físicos – arrendamiento impresoras” por un importe de 80.114,13 euros y respecto a la financiación del gasto de los ejercicios 2013, 2014, 2015 y 2016, el órgano de contratación adoptará compromiso de xxxxx xxxxxxxxxx con cargo a los Presupuestos Municipales para los citados ejercicios, para atender el gasto derivado del contrato, conforme establece el artículo 174 del Real Decreto 2/2004 de 5 xx xxxxx, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.
7ª.- GARANTÍAS DE LA CONTRATACIÓN.
Para tomar parte en la presente contratación no se exige garantía provisional, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 103 del TRLCSP.
El órgano de contratación requerirá al licitador que haya presentado la oferta económicamente más ventajosa para que, dentro del plazo xx xxxx días hábiles, a contar desde el siguiente a aquél en que hubiera recibido el requerimiento, constituya la garantía definitiva por el importe equivalente al 5% del presupuesto máximo del contrato (descontando la baja que ofrezca el licitador respecto a los precios unitarios), excluido el IVA, conforme a lo dispuesto en el artículo 151 del TRLCSP, en relación con el artículo 95 de dicho texto legal.
De no cumplimentarse adecuadamente el requerimiento en el plazo señalado, se entenderá que el licitador ha retirado su oferta.
La citada garantía podrá constituirse en cualquiera de las formas previstas en el artículo 96 del TRLCSP y en los artículos 55, 56, 57 y 58 del RGLCAP.
En el caso de que dicha garantía se constituya mediante aval o seguro de caución, las firmas deberán estar legalizadas.
La verificación y bastanteo de los poderes de los firmantes será realizado por fedatario público, que adjuntará diligencia al dorso.
8ª.- LEGITIMACIÓN.
Podrán contratar con la Administración las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras que, teniendo plena capacidad de obrar, no se hallen comprendidas en alguna de las circunstancias previstas en el artículo 60 del TRLCSP, extremo que se podrá acreditar por cualquiera de los medios establecidos en el artículo 73 del TRLCSP, y acrediten su solvencia económica, financiera y técnica o profesional.
Las empresas deberán ser personas físicas o jurídicas cuya finalidad o actividad tenga relación directa con el objeto del contrato, según resulte de sus respectivos estatutos o reglas fundacionales y dispongan de una organización con elementos personales y materiales suficientes para la debida ejecución del contrato.
9ª.- CONSULTA DEL EXPEDIENTE.
El PCA y el PPT, junto con los demás documentos que integran el expediente, estarán de manifiesto en el Negociado de Compras y Suministros de la Sección de Patrimonio de este Ayuntamiento, hasta el momento en que finalice el plazo de presentación de proposiciones, de lunes a viernes.
Estos pliegos podrán consultarse en el perfil de contratante de la página web del Ayuntamiento: xxx.xxxxxxxx.xx y podrán solicitarse por correo electrónico en la dirección xxxxxxxxxxxxxxxxxxx@xxxxxxxx.xx.
Cualquier información complementaria relativa a los mismos se obtendrá en dicho Negociado (teléfono 000 000 000).
10ª.- PRESENTACIÓN DE PROPOSICIONES.
9.1.- Lugar de presentación:
Las proposiciones se presentarán en alguno de los lugares siguientes:
a) Registro General del Ayuntamiento de Castellón de la Plana, sito en las Casas Consistoriales, Plaza Mayor, núm. 1 de esta ciudad.
b) Registros de las Juntas de Distrito del Ayuntamiento de Castellón de la Plana, situados en los siguientes lugares: Distrito Norte, Plaza Primer Molí, s/n; Distrito Sur, C/ Xxxxxxx Xxxxxx esquina con Xxxxxxx Xxxxxxx; Distrito Este, Xxxxxxx Xxxxxxxx Xxx, xxx. 00; Distrito Oeste, Plaza de España, s/n (antigua estación de RENFE); Distrito Centro, Plaza Mayor núm. 1; Distrito Marítimo, Xxxxx Xxxxxxxxxx xxx. 00.
9.2.- Las proposiciones se presentarán únicamente en alguno de los lugares indicados, sin que sea válida la presentación en otros registros o dependencias de este Ayuntamiento, o de otras Administraciones Públicas. Tampoco podrán presentarse por correo, salvo que se reciban las proposiciones en alguno de los lugares indicados antes de que finalice el plazo de presentación, o bien se cumplan los requisitos establecidos en el artículo 80.4 del RGLCAP y regirá en todo caso, como hora límite de entrega en las oficinas de correos, las 13 horas del último día del plazo, lo que deberá acreditarse documentalmente. En caso de presentación de proposiciones por correo, el interesado deberá acreditar, con el resguardo correspondiente, la fecha de imposición del envío en la oficina de correos y anunciar al órgano de contratación el mismo día en que se presente mediante fax, al número 000 000 000, la remisión de la proposición. Sin la concurrencia de ambos requisitos no será admitida la proposición en el caso en que se recibiera con posterioridad a la fecha y hora de la terminación del plazo señalado en el anuncio. Transcurridos, no obstante, 10 días siguientes a la indicada fecha sin haberse recibido la documentación, ésta no será admitida en ningún caso.
No se admite la presentación de proposiciones ni la comunicación de la presentación de las mismas al amparo del artículo 80.4 indicado por correo electrónico.
Los registros municipales señalados en esta cláusula anotarán los datos del licitador y la hora exacta en que se reciben los sobres. Diariamente se enviarán las proposiciones recibidas al Negociado de Xxxxxxx y Suministros acompañadas de un escrito en el que conste una relación firmada y un listado completo de las presentadas en todos los distritos.
El Negociado de Xxxxxxx y Suministros comunicará a todos los registros municipales autorizados para recibir las proposiciones el plazo de presentación de éstas, junto con la advertencia de las peculiaridades de la recepción que establece el pliego, especialmente la anotación de la hora de presentación.
9.3.- Plazo de presentación de proposiciones:
A tenor del artículo 159 del TRLCSP, el plazo de presentación de proposiciones será de 40 días naturales contados desde la fecha del envío del anuncio de este contrato a la Comisión Europea, plazo reducido en virtud de la utilización de
medios electrónicos, informáticos o telemáticos tanto para realizar dicho envío como para facilitar los pliegos y la documentación complementaria, sin perjuicio de la publicación del anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia y en el Boletín Oficial del Estado.
Las proposiciones deberán presentarse en alguno de los lugares detallados anteriormente en horario de 9 a 13 horas, de lunes a viernes. Si el último día del plazo de presentación de proposiciones fuera xxxxxx, xxxxxxx o inhábil a efectos administrativos, se entenderá prorrogado el plazo hasta el siguiente día hábil que no sea sábado. Las proposiciones que puedan presentarse transcurridas las 13 horas del último día del plazo serán inadmitidas.
En casos justificados, el órgano de contratación podrá suspender la licitación o ampliar el plazo de presentación de proposiciones, mediante anuncio publicado por los mismos medios que lo haya sido la licitación.
La presentación de las proposiciones presume la aceptación incondicional por el licitador de la totalidad del contenido del presente pliego y xxx xxxxxx de prescripciones técnicas, sin salvedad alguna.
11ª.- PROPOSICIONES Y DOCUMENTACIÓN COMPLEMENTARIA.
Los licitadores presentarán sus ofertas mediante la entrega de dos sobres cerrados, en cuyo exterior deberá figurar el título del contrato al que se licita y el número de referencia del expediente de contratación. En el interior de cada sobre se hará constar en hoja independiente su contenido, enunciado numéricamente.
SOBRE A: “DOCUMENTACIÓN ADMINISTRATIVA PARA TOMAR PARTE EN EL PROCEDIMIENTO ABIERTO DEL ARRENDAMIENTO Y MANTENIMIENTO DE IMPRESORAS PARA EL EXCMO. AYUNTAMIENTO DE CASTELLÓN DE LA PLANA PRESENTADA POR…”
Dicho sobre incluirá copia de los siguientes documentos, que deberán numerarse por el siguiente orden:
1º.- Acreditación de la personalidad jurídica y capacidad de obrar del licitador:
a) Empresas españolas cuyo titular sea una persona física: Únicamente Documento Nacional de Identidad del titular.
b) Empresas españolas cuyo titular sea una persona jurídica: Escritura de constitución de la Sociedad, en su caso, debidamente inscrita en el Registro Mercantil y adaptada a la vigente legislación societaria, o Estatutos o acto fundacional de la Asociación, Cooperativa, Fundación o persona jurídica de que se trate, en los que consten las normas por las que se regula su actividad, debidamente inscritos, en su caso, en el Registro público que corresponda, según el tipo de persona jurídica de que se trate.
c) Empresas extranjeras de Estados miembros de la Unión Europea:
Tendrán capacidad para contratar con el sector público, en todo caso, las empresas no españolas de Estados miembros de la Unión Europea, que, con arreglo a la legislación del Estado en que están establecidas, se encuentren habilitadas para realizar la prestación de que se trate. Cuando la legislación del Estado en que se encuentren establecidas estas empresas exija una autorización especial o la pertenencia a una determinada organización para poder prestar en él el servicio de que se trate, deberán acreditar que cumplen este requisito.
La capacidad de obrar se acreditará por su inscripción en el registro procedente de acuerdo con la legislación del Estado donde están establecidos, o mediante la presentación de una declaración jurada o un certificado, en los términos que se establezcan reglamentariamente de acuerdo con las disposiciones comunitarias de aplicación.
Además, en ambos casos declaración firmada de sometimiento expreso a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales españoles de cualquier orden para las incidencias que de forma directa o indirecta pudieran surgir del contrato, con renuncia al fuero jurisdiccional extranjero del licitante.
d) Empresas extranjeras de Estados que no sean miembros de la Unión
Europea:
Las personas físicas o jurídicas de Estados no pertenecientes a la Unión Europea deberán acreditar su capacidad de obrar mediante informe expedido por la Misión Diplomática Permanente u Oficina Consular de España del lugar del domicilio de la empresa, en la que se haga constar, previa acreditación por la empresa, que figuran inscritas en el Registro local profesional, comercial o análogo o, en su defecto, que actúan con habitualidad en el tráfico local en el ámbito de las actividades a las que se extiende el objeto del contrato, así como el informe de reciprocidad a que se refiere el artículo 55 del TRLCSP o, en su caso, que dicho Estado es signatario del Acuerdo sobre Contratación Pública de la Organización Mundial del Comercio.
En todo caso, deberán presentar declaración firmada de sometimiento expreso a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales españoles de cualquier orden para las incidencias que de forma directa o indirecta pudieran surgir del contrato, con renuncia al fuero jurisdiccional extranjero del licitante.
e) En los casos de Uniones de Empresarios, cada una deberá acreditar su personalidad y capacidad con arreglo a las anteriores normas, y además presentarán un documento firmado por los representantes legales de todas ellas en que figure la constitución de la Unión, la participación de cada empresa en ella, y se designe un representante o apoderado único con poderes bastantes para ejercitar los derechos y cumplir las obligaciones que se deriven del contrato hasta la extinción del mismo. En caso de resultar adjudicatario, deberá formalizar la constitución y los poderes en escritura pública antes de que se haya efectuado la adjudicación del contrato a su favor.
2º.- Acreditación de la personalidad y representación de quien firme la documentación en nombre de la empresa:
Mediante el Documento Nacional de Identidad (o equivalente si es persona extranjera) del representante y poder bastanteado por el Titular de la Asesoría Jurídica o Letrado Asesor. El poder deberá estar inscrito en el Registro Público correspondiente, en caso de que la normativa aplicable así lo exija. El licitador deberá presentar en la Asesoría Jurídica del Ayuntamiento toda la documentación necesaria para realizar el bastanteo, al menos con 48 horas de antelación a la fecha establecida como fin de plazo de presentación de proposiciones.
3º.- Solvencia económica y financiera del licitador, que deberá acreditarse mediante informe de institución financiera en el que se haga constar expresamente que el licitador tiene solvencia económica suficiente para hacer frente a las obligaciones derivadas de la presente contratación.
Dicho informe deberá ajustarse al modelo que como anexo I se acompaña al presente pliego.
4º.- Solvencia técnica del licitador que deberá acreditarse mediante cualesquiera de los medios siguientes:
- Relación fechada y firmada de los principales suministros iguales o similares al objeto del presente contrato efectuados durante los tres últimos años, indicando su importe, fechas y destino público o privado:
- Si se trata de suministros con destino a organismos públicos, se probarán las entregas mediante los certificados expedidos o visados por la autoridad competente.
- Si se trata de suministros a particulares, las entregas deberán ser certificadas por el comprador o, a falta de éste, simplemente declaradas por el proveedor.
En la documentación presentada deberá quedar suficientemente acreditada la solvencia económica, financiera y técnica del licitador para hacer frente a las obligaciones del contrato.
5º.- Declaración responsable de no hallarse incurso en ninguna de las prohibiciones para contratar contenidas en el art. 60 del TRLCSP, así como, de hallarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias con el Estado, con este Ayuntamiento y con la Seguridad Social impuestos por las disposiciones vigentes según modelo del anexo II.
El órgano de contratación requerirá al licitador que haya presentado la oferta económicamente más ventajosa para que, dentro del plazo xx xxxx días hábiles, a contar desde el siguiente a aquél en que hubiera recibido el requerimiento, presente la documentación justificativa de hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social o autorice al órgano de contratación para obtener de forma directa la acreditación de ello, mediante escrito que se ajustará al modelo que figura como Anexo IV. Los correspondientes certificados podrán ser expedidos por medios electrónicos, informáticos o telemáticos.
Asimismo, en dicho plazo el Ayuntamiento comprobará mediante los datos obrantes en la propia Tesorería Municipal el cumplimiento de las obligaciones tributarias con este Ayuntamiento por parte del licitador.
Además, el licitador deberá aportar en el mismo plazo, alta en el IAE, cuota municipal, provincial o nacional en el epígrafe correspondiente, acompañado de copia del último recibo pagado y declaración del contratista de que no se ha dado de baja, en el plazo anteriormente mencionado.
Si se tiene la condición de exento conforme al artículo 82 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 xx xxxxx, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se acreditará esta circunstancia por mera comunicación por escrito si se trata de personas físicas, y si se trata de personas jurídicas, aportando bien el modelo 201 del Impuesto de Sociedades del último ejercicio presentado en la Delegación del Ministerio de Economía y Hacienda correspondiente o bien, acompañando comunicación de la cifra de negocios regulada en la Orden HAC/85/2003, de 23 de enero, del Ministerio de Economía y Hacienda (B.O.E. núm. 24 de 28/01/2003).
6º.- Declaración del/de la representante de la mercantil licitadora en la que se indique el porcentaje de mujeres y hombres que constituyen la plantilla de la empresa, así como las medidas de conciliación que, en su caso, ofrece la misma.
Dicha declaración deberá ajustarse al modelo que como anexo III se acompaña al presente pliego.
7º.- Escrito firmado por el licitador indicando número de fax y dirección de correo electrónico al objeto de que puedan comunicársele, en su caso, los defectos u omisiones subsanables en la documentación presentada de conformidad con lo dispuesto en la cláusula 14ª del presente pliego.
El licitador propuesto como adjudicatario, deberá presentar, en su caso, con carácter previo a la adjudicación del contrato, en el Negociado de Xxxxxxx y Suministros original o copia autenticada por Notario de la documentación aportada en este sobre.
SOBRE B: “DOCUMENTACIÓN TÉCNICA PARA LA VALORACIÓN DE LOS CRITERIOS CUANTIFICABLES DE FORMA AUTOMÁTICA PARA TOMAR PARTE EN LA CONTRATACIÓN, MEDIANTE PROCEDIMIENTO ABIERTO DEL ARRENDAMIENTO Y MANTENIMIENTO DE IMPRESORAS PARA EL EXCMO. AYUNTAMIENTO DE CASTELLÓN DE LA PLANA PRESENTADA POR…”
Dicho sobre incluirá la siguiente documentación debidamente fechada y firmada por el licitador:
- Memoria en la que se detallará las características de los equipos a suministrar y el sistema de reciclaje que utilizará la mercantil para los toners consumidos.
- Relación de mejoras que, en su caso, aporte el licitador. Se tendrán en cuenta aquellas mejoras que en todo caso tengan relación con el objeto del contrato, siendo las mejoras que se puntuarán las siguientes:
modelo:
o Driver de gestión único PCL5 para todos los equipos.
o Funcionalidades escáner y distribución de los documentos por correo electrónico o a recursos de red compartidos en modelo BNG.
o Impresión A3 en modelo BNG, sin realimentación de papel y en bandeja distinta.
o Mayor velocidad de impresión.
o Duplicadores de punto de red o cualquier elemento de conmutación de redes que permita conectar dos elementos de red en un solo punto.
o Aumento del parque de impresoras, indicando modelo.
- Una proposición económica, la cual se presentará con arreglo al siguiente
D. , mayor de edad, vecino de
, con domicilio en , provisto de N.I.F. número
, en nombre propio (o en representación de , con domicilio social en , C.I.F. ), en plena posesión de su capacidad jurídica y de obrar, enterado xxx xxxxxx de cláusulas administrativas particulares y xxx xxxxxx de prescripciones técnicas, que regulan el arrendamiento y mantenimiento de impresoras para el Excmo. Ayuntamiento xx Xxxxxxxxx, ofrece los precios unitarios siguientes, con estricta sujeción a los documentos antes mencionados y a la memoria que se acompaña:
Los precios unitarios para las copias son los siguientes:
- Copia en blanco y negro de 1 a 200.000 copias (X1): ………€ más ………€ en concepto de IVA, lo que supone una cantidad fija mensual de …….€ más …… € en concepto de IVA.
- Copia en color de 1 a 20.000 copias (Y1): ……..€ más …….€ en concepto de IVA, lo que supone una cantidad fija mensual de ……… € más ……… € en concepto de IVA.
- Copia en blanco y negro de 200.000 copias en adelante(X2): ……..€ más ………€ en concepto de IVA.
- Copia en color de 20.000 copias en adelante(Y2): ……..€ más ……..€ en concepto de IVA.
Los precios por mililitro unitarios para los consumibles del modelo PLC son los siguientes:
- Precio cartucho tinta Plotter Negro (PK): ………€ más € en concepto de IVA.
- Precio cartucho tinta Plotter Amarillo (PY):……€ más € en concepto de IVA.
- Precio cartucho tinta Plotter Magenta (PM)……€ más € en concepto de IVA.
- Precio cartucho tinta Plotter Cian (PC): ………€ más € en concepto de IVA.
Los descuentos por copia no impresa serán:
- En caso de no alcanzar las 200.000 copias mensuales en blanco y negro, el precio por copia no impresa hasta dicho límite será de ……€ más ……en concepto de IVA.
- En caso de no alcanzar las 20.000 copias mensuales en color, el precio por copia no impresa hasta dicho límite será de…….€ más …… en concepto de IVA.
“(fecha y firma del licitador)”
Cada licitador no podrá presentar más de una proposición económica. Tampoco podrá suscribir ninguna propuesta en unión temporal con otros si lo ha hecho individualmente o figurar en más de una unión temporal. Este hecho dará lugar a la no admisión de todas las propuestas por él suscritas.
No se admitirán variantes o alternativas.
12ª.- CRITERIOS DE VALORACIÓN DE LAS OFERTAS.
A los efectos del artículo 67.2 del RGLCAP y conforme a lo previsto en el artículo 150 del TRLCSP para la valoración de las proposiciones presentadas y la determinación de la oferta económica más ventajosa se tendrán en cuenta los siguientes criterios, por orden decreciente de importancia, con arreglo a esta ponderación:
- Baja sobre los precios unitarios fijados como máximos en el PPT: Hasta 45 puntos.
Las bajas sobre los precios unitarios fijados como máximos en el PPT se puntuaran de la siguiente manera:
- Mejor precio blanco y negro (X1). Se otorgarán 20 puntos al que ofrezca el precio más bajo para la copia en blanco y negro, al resto proporcionalmente.
- Mejor precio de exceso blanco y negro (X2). Se otorgarán 5 puntos al que ofrezca el precio más bajo para la copia en blanco y negro, al resto proporcionalmente.
- Mejor precio color (Y1). Se otorgarán 10 puntos al que ofrezca el precio más bajo para la copia en color, al resto proporcionalmente.
- Mejor precio de exceso color (Y2). Se otorgarán 5 puntos al que ofrezca el precio más bajo para la copia en color, al resto proporcionalmente.
- Mejor precio cartucho tinta Plotter Negro (PK). Se otorgarán 1,25 puntos al que ofrezca el precio por mililitro más bajo para el cartucho de tinta negro, al resto proporcionalmente.
- Mejor precio cartucho tinta Plotter Amarillo (PY). Se otorgarán 1,25 puntos al que ofrezca el precio por mililitro más bajo para el cartucho de tinta Amarillo, al resto proporcionalmente.
- Mejor precio cartucho tinta Plotter Magenta (PM). Se otorgarán 1,25 puntos al que ofrezca el precio por mililitro más bajo para el cartucho de tinta magenta, al resto proporcionalmente.
- Mejor precio cartucho tinta Plotter Cian (PC). Se otorgarán 1,25 puntos al que ofrezca el precio por mililitro más bajo para el cartucho de tinta cian, al resto proporcionalmente.
- Mejor descuento por copia no impresa: Hasta un máximo de 30 puntos.
En caso de no alcanzar las 200.000 y 20.000 copias mensuales en blanco y negro y en color respectivamente, se ofertará por el licitador el precio por copia no impresa hasta alcanzar dicho límite.
o Descuento por copia no impresa en blanco y negro: Se otorgaran 20 puntos al que ofrezca el descuento más alto por copia no impresa y al resto proporcionalmente.
o Descuento por copia no impresa en color: Se otorgaran 10 puntos al que ofrezca el descuento más alto por copia no impresa y al resto proporcionalmente.
- Propuesta de mejoras: Hasta 25 puntos.
Se puntuarán de la siguiente forma:
- Driver de gestión único PCL5 para todos los equipos. Se le asignarán 2,5 puntos al que ofrezca esta mejora.
- Funcionalidades escáner. Se otorgarán 5 puntos al licitador que incluya funciones de escaneo y distribución de los documentos por correo electrónico o a recursos de red compartidos en modelo BNG.
- Impresión A3: Se otorgarán 2,5 puntos al licitador que incluya, en el modelo BNG, la posibilidad de impresión en tamaño A3 sin realimentación de papel y en bandeja distinta.
- Mayor velocidad de impresión. Se otorgará hasta un máximo de 1,2 puntos, de acuerdo a la siguiente distribución:
- 0,4 puntos mayor velocidad modelo BNG
- 0,3 puntos mayor velocidad modelo BNP
- 0,2 puntos mayor velocidad modelo CP
- 0,2 puntos mayor velocidad modelo CG
- 0,1 puntos mayor velocidad modelo PLC
- Duplicadores de punto de red. Se otorgarán 0,10 puntos por cada par de duplicadores de punto de red Ethernet o cualquier elemento de conmutación de redes que permita conectar dos elementos de red en un solo punto, para poder conectar las impresoras a la red informática del Ayuntamiento hasta un máximo de 8,8 puntos.
- Aumento del parque de impresoras: se otorgarán hasta un máximo de 5 puntos a la empresa que ofrezca mayor número de aumento del parque de impresoras sin coste alguno para el ayuntamiento, y al resto proporcionalmente.
Conforme a lo previsto en la Disposición Adicional Cuarta del TRLCSP, en caso de igualdad entre dos o más licitadores, desde el punto de vista de los criterios objetivos que sirven de base para la adjudicación, será preferida la proposición presentada por aquel licitador que, en el momento de acreditar la solvencia técnica, tenga en su plantilla un número de trabajadores minusválidos no inferior al 2% de la
misma. Para ello se tendrá en cuenta la documentación aportada según lo dispuesto en este pliego.
Si varias empresas licitadoras de las que hubieren empatado en cuanto a la proposición más ventajosa acreditan tener relación laboral con personas con discapacidad en un porcentaje superior al 2%, tendrá preferencia en la adjudicación del contrato el licitador que disponga del mayor porcentaje de trabajadores fijos con discapacidad en su plantilla.
A estos efectos, el Ayuntamiento requerirá a los licitadores correspondientes que acrediten tal extremo en el plazo de tres días hábiles, aportando los documentos TC2 correspondientes a todo el personal de la empresa y la relación de personas con minusvalía integradas en la plantilla especificando número de Documento Nacional de Identidad, acompañada de los respectivos justificantes de minusvalía. Asimismo, deberán presentar relación de los trabajadores fijos discapacitados junto con el contrato de trabajo.
13ª.- MESA DE CONTRATACIÓN.
De conformidad con lo dispuesto en el acuerdo de la Junta de Gobierno Local de fecha 22 xx xxxxx de 2007 de constitución, con carácter permanente, de la Mesa de Contratación del Ayuntamiento xx Xxxxxxxxx de la Plana, modificado por acuerdos de la Junta de Gobierno Local de fecha 28 de septiembre de 2007, de fecha 10 de octubre de 2008, y de fecha 15 xx xxxxx de 2011, ésta estará presidida por el Xx. Xxxxxxxx xx Xxxxxxx don Xxxx Xxxx Xxxxx Xxxxxx, siendo sustituido, en los casos xx xxxxxxx, ausencia, enfermedad u otra causa legal por uno de los restantes miembros Vocales de la Mesa de Contratación que ostentan la condición de Concejal indistintamente, y formarán parte de la misma como Vocales de designación legalmente dispuesta el titular de la Asesoría Jurídica o en su defecto uno de los Letrados de la Asesoría Municipal y el Interventor General del Ayuntamiento o en su defecto uno de los Técnicos de Administración General del Departamento de Fiscalización, y como Vocales de libre designación el Sr. Concejal xxx Xxxxxxx Xxxxxx Xxxxxx y la Sra. Concejala doña Xxxxx Xxxxx Xxxxx Xxxxxx. Actuará como Secretaria de la Mesa la Jefa de la Sección de Patrimonio y Contratación que tramita el expediente de contratación o en su defecto la Jefa del Negociado de Compras y Suministros.
14ª.- APERTURA DE PROPOSICIONES Y PROPUESTA DE ADJUDICACIÓN.
1.- SOBRE A
Los sobres A conteniendo la documentación administrativa presentada por los licitadores los abrirá la Mesa de Contratación en acto no público, el siguiente martes hábil al día en que termine el plazo de presentación de proposiciones, a partir de las diez horas. La Mesa calificará dicha documentación, declarando la admisión, inadmisión o necesidad de subsanación de los defectos u omisiones que considere subsanables, en cuyo caso lo comunicará mediante fax a los interesados y lo hará público a través del Tablón de Edictos del Ayuntamiento, concediéndose un plazo no superior a tres días hábiles contados a partir de la recepción del mencionado fax, para que los licitadores corrijan o subsanen las deficiencias, mediante escrito que deberán presentar en el Registro General.
2.- SOBRE B.
La Mesa volverá a reunirse en acto público el siguiente martes hábil, o en su caso el siguiente hábil a la finalización del plazo de subsanación de deficiencias, a partir de las diez horas. En primer lugar, se dará cuenta a los asistentes del número de proposiciones recibidas y del nombre de los licitadores, comunicando el resultado de la calificación de la documentación administrativa presentada en el sobre A, con expresión de los licitadores admitidos y de los excluidos y de las causas de su exclusión, invitando a los asistentes a que formulen las observaciones que estimen oportunas, que serán reflejadas en el acta, pero sin que en este momento pueda la Mesa hacerse cargo de documentos que no hubiesen sido entregados durante el plazo de admisión de ofertas, el de subsanación de defectos u omisiones.
La Secretaria de la Mesa procederá en acto público a la apertura de los sobres B presentados por los licitadores admitidos, dando lectura a la relación de los documentos aportados respecto a los criterios de adjudicación a que se refiere el citado sobre.
A continuación, se dará por concluido el acto de cuyo desarrollo se dejará constancia en el acta de la reunión de la Mesa, sometiéndose las ofertas presentadas a informe del Negociado Técnico de Sistemas Físicos al objeto de que se evalúen conforme a los criterios señalados en la cláusula 12ª del presente pliego.
Una vez elaborado el informe que contendrá la valoración de las proposiciones en cuanto a los criterios indicados, se constituirá nuevamente la Mesa de contratación en sesión pública, previa comunicación a los interesados de la fecha y lugar en que se celebrará la reunión y elevará al órgano de contratación la propuesta de adjudicación del contrato, que incluirá en todo caso la ponderación conjunta de los criterios indicados en la cláusula 12ª del presente pliego, acompañada de las actas de sus reuniones y de la documentación generada en sus actuaciones y del informe emitido. Dicha propuesta no crea derecho alguno mientras el órgano de contratación no dicte la resolución de adjudicación del contrato.
15ª.- CLASIFICACIÓN DE LAS OFERTAS, ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO Y NOTIFICACIÓN DE LA ADJUDICACIÓN.
De conformidad con lo establecido en el artículo 151 del TRLCSP, el órgano de contratación clasificará, por orden decreciente, las proposiciones presentadas y que no hayan sido declaradas desproporcionadas o anormales conforme a lo señalado en el artículo siguiente. Para realizar dicha clasificación, atenderá a los criterios de adjudicación señalados en el pliego o en el anuncio pudiendo solicitar para ello cuantos informes técnicos estime pertinentes.
El órgano de contratación requerirá al licitador que haya presentado la oferta económicamente más ventajosa para que, dentro del plazo xx xxxx días hábiles, a contar desde el siguiente a aquél en que hubiera recibido el requerimiento, presente la documentación justificativa de hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social o autorice al órgano de contratación para obtener de forma directa la acreditación de ello, de disponer efectivamente de los medios que se hubiese comprometido a dedicar o adscribir a la ejecución del contrato
conforme al artículo 64.2 de la referida ley, y de haber constituido la garantía definitiva que sea procedente, conforme al artículo 151 del citado texto. Los correspondientes certificados podrán ser expedidos por medios electrónicos, informáticos o telemáticos.
De no cumplimentarse adecuadamente el requerimiento en el plazo señalado, se entenderá que el licitador ha retirado su oferta, procediéndose en ese caso a recabar la misma documentación al licitador siguiente, por el orden en que hayan quedado clasificadas las ofertas.
El órgano de contratación deberá adjudicar el contrato dentro de los cinco días hábiles siguientes a la recepción de la documentación.
No podrá declararse desierta una licitación cuando exista alguna oferta o proposición que sea admisible de acuerdo con los criterios que figuren en el presente pliego.
La adjudicación deberá ser motivada, se notificará a los candidatos o licitadores y, simultáneamente, se publicará en el perfil de contratante.
La notificación deberá contener, en todo caso, la información necesaria que permita al licitador excluido o candidato descartado interponer, conforme al artículo 40 del TRLCSP, recurso suficientemente fundado contra la decisión de adjudicación. En particular expresará los siguientes extremos:
- En relación con los candidatos descartados, la exposición resumida de las razones por las que se haya desestimado su candidatura.
- Con respecto de los licitadores excluidos del procedimiento de adjudicación, también en forma resumida, las razones por las que no se haya admitido su oferta.
- En todo caso, el nombre del adjudicatario, las características y ventajas de la proposición del adjudicatario determinantes de que haya sido seleccionada la oferta de éste con preferencia a las que hayan presentado los restantes licitadores cuyas ofertas hayan sido admitidas.
Será de aplicación a la motivación de la adjudicación la excepción de confidencialidad contenida en el artículo 153 del referido texto legal.
En todo caso, en la notificación y en el perfil de contratante se indicará el plazo en que debe procederse a la formalización del contrato.
16ª.- GASTOS DE ANUNCIOS.
El adjudicatario vendrá obligado a pagar el importe de los gastos derivados de la publicación de la licitación del contrato en Boletines o Diarios Oficiales, con un límite máximo de MIL QUINIENTOS EUROS (1.500,00 euros).
El importe exacto a que ascienden dichos gastos se comunicará al adjudicatario en el acuerdo de adjudicación para que proceda a su abono en Tesorería Municipal en el plazo de 30 días naturales desde la formalización del contrato.
En el caso de que el contratista no proceda al abono de los anuncios de licitación en dicho plazo su importe se descontará del pago de la primera factura al contratista.
17ª.- MEDIDAS PROVISIONALES.
De conformidad con lo previsto en el artículo 43 del TRLCSP, antes de interponer el recurso especial en materia de contratación, las personas físicas y jurídicas, legitimadas para ello con arreglo a lo dispuesto en el artículo 42 del mismo texto legal, podrán solicitar ante el órgano competente para resolver el recurso la adopción de medidas provisionales.
18ª.- FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO.
Será preceptiva la formalización escrita del contrato en documento administrativo que se ajuste con exactitud a las condiciones de la licitación, constituyendo dicho documento título suficiente para acceder a cualquier registro público. No obstante, el contratista podrá solicitar que el contrato se eleve a escritura pública, corriendo de su cargo los correspondientes gastos. En ningún caso se podrán incluir en el documento en que se formalice el contrato cláusulas que impliquen alteración de los términos de la adjudicación.
La formalización no podrá efectuarse antes de que transcurran quince días hábiles desde que se remita la notificación de la adjudicación a los licitadores y candidatos.
El órgano de contratación requerirá al adjudicatario para que formalice el contrato en plazo no superior a cinco días a contar desde el siguiente a aquel en que hubiera recibido el requerimiento, una vez transcurrido el plazo previsto en el párrafo anterior sin que se hubiera interpuesto recurso que lleve aparejada la suspensión de la formalización del contrato. De igual forma procederá cuando el órgano competente para la resolución del recurso hubiera levantado la suspensión.
No podrá iniciarse la ejecución del contrato sin su previa formalización, excepto en los casos previstos en el artículo 113 del TRLCSP.
La formalización del contratos se publicará en el perfil de contratante del órgano de contratación indicando, como mínimo, los mismos datos mencionados en el anuncio de la adjudicación, debiendo publicarse además, en el Boletín Oficial de la Provincia un anuncio en el que se dé cuenta de dicha formalización, en un plazo no superior a cuarenta y ocho días a contar desde la fecha de la misma.
Asimismo, el anuncio deberá enviarse, en el plazo señalado en el párrafo anterior, al Diario Oficial de la Unión Europea y publicarse en el Boletín Oficial del Estado.
19ª.- PRINCIPIO DE RIESGO Y XXXXXXX Y REVISIÓN DE PRECIOS.
La ejecución del contrato se realizará a riesgo y xxxxxxx del contratista de conformidad con lo dispuesto en el artículo 215 del TRLCSP.
No será aplicable en este contrato ningún tipo de revisión de precios puesto que en el cálculo de las cuotas de alquiler y de mantenimiento se han considerado las previsiones anuales de variaciones de precio que se puedan producir durante la vigencia del mismo.
20ª.- RESPONSABLE SUPERVISOR DEL CONTRATO.
El órgano de contratación podrá designar un responsable del contrato, quien supervisará la correcta realización de la prestación pactada, comprobando que se ajusta a lo establecido en el contrato y cursará al contratista las órdenes e instrucciones del órgano de contratación en orden a asegurar la correcta ejecución del contrato.
21ª.- OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA.
Además de las previstas en la cláusula 6ª pliego de prescripciones técnicas, se establecen las siguientes obligaciones:
21.1.- El contratista está obligado a realizar el suministro objeto del contrato de acuerdo con las condiciones establecidas en el PPT.
21.2.-. El contratista está obligado a entregar y distribuir los equipos en las dependencias que se indican en el anexo I del PPT.
Los equipos se entregarán en un plazo máximo de dos semanas a contar desde la fecha de formalización del contrato, debiendo ser instalados y puestos en servicio en un plazo adicional máximo de dos semanas. Asimismo, cualquier dispositivo nuevo que se solicite se entregará en un tiempo inferior a dos semanas.
21.3.- El contratista no tendrá derecho a indemnización por causa de pérdidas, averías o perjuicios ocasionados en el suministro antes de su entrega a la Administración, salvo que ésta hubiere incurrido en xxxx al recibirlo.
21.4.- Los gastos que se deriven del transporte de los equipos a suministrar, y todos aquellos inherentes a la entrega, instalación y puesta en servicio de los mismos, serán a cargo del contratista, entendiéndose incluidos en el importe de la oferta económica.
21.5.-. Recibidos los equipos de acuerdo con los términos del contrato y a satisfacción de la Administración, se realizará un acto formal y positivo de recepción o conformidad suscribiéndose la correspondiente acta de recepción. En dicha acta se hará constar si los equipos no se hallan en estado de ser recibidos y se darán las instrucciones precisas al contratista para que subsane los defectos observados o proceda a nuevo suministro de conformidad con lo pactado.
21.6.- El contratista dará cumplimiento estricto a lo dispuesto en la legislación reguladora de la industria, en la legislación laboral y en la legislación que garantiza la protección de los consumidores.
21.7.- Ante la avería de un equipamiento informático, el contratista deberá resolver el problema en un plazo máximo de 48 horas, contadas a partir de la notificación de la incidencia. Transcurrido dicho plazo, sin haber resuelto el problema se sustituirá
temporalmente el equipo informático. Asimismo, se sustituirá temporalmente el equipo si en el momento de diagnosticar la avería se prevé que el tiempo de reparación va a ser superior a 48 horas.
21.8.- El contratista deberá entregar los consumibles en un plazo no superior a 48 horas desde la notificación a la mercantil adjudicataria, esta puede ser bien telefónicamente o automática a través del software de monitorización suministrado en el marco de este contrato.
21.9.- El adjudicatario deberá dotar al ayuntamiento de un software de gestión y monitorización remota que permita obtener informes del consumo, obtener datos del comportamiento de los equipos online y en tiempo real, emitiendo alertas y la gestión automática de los consumibles por parte de la empresa adjudicataria.
22ª.- FORMA DE PAGO.
El pago del arrendamiento se realizará, una vez formalizada la recepción de los equipos por el Ayuntamiento, contra facturas expedidas trimestralmente a mes vencido con arreglo a las condiciones establecidas en el contrato y debidamente conformadas por el Concejal Delegado y por el Jefe del Negociado de Sistemas Físicos y tras su aprobación por el órgano correspondiente, previa fiscalización por la Intervención General Municipal.
La facturación será trimestral, tanto el exceso como el abono por no consumo se deberán incluir en la misma factura donde se facturaran las copias BN y Color. Se emitirán dos facturas trimestrales una con el consumo de los consumibles de plotter y otra por la cantidad de hojas impresas más los excesos menos los descuentos por copias no impresas.
Dichas facturas irán dirigidas al Jefe del Negociado de Sistemas Físicos y se presentarán en el Registro de Entrada de este Ayuntamiento, con la solicitud cuya copia se adjunta al presente pliego como anexo V.
El contratista o contratistas deberán entregar las facturas correspondientes conforme a lo dispuesto en el artículo 6 del Real Decreto 1496/2003, de 28 de noviembre.
23ª.- PLAZO DE GARANTÍA.
No procede la determinación de un período de garantía dadas las características del contrato, pues el uso de los equipos queda garantizado con el servicio de mantenimiento de los mismos, a cargo del contratista.
24ª.- DEVOLUCIÓN DE GARANTÍA.
La garantía será devuelta o cancelada cumplido satisfactoriamente el contrato de arrendamiento y cumplidas por el contratista o contratistas las obligaciones derivadas del contrato sin que el órgano de contratación haya formalizado algún reparo o denuncia y si no resultan responsabilidades que hayan de ejercitarse sobre la misma, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 102 del TRLCSP.
25ª.- RESOLUCIÓN DEL CONTRATO.
25.1.- El incumplimiento por parte del contratista de cualquiera de las condiciones del contrato dará derecho al Ayuntamiento a exigir su cumplimiento o a resolver éste. Cuando el contrato se resuelva por incumplimiento culpable del contratista o contratistas, les será incautada la garantía y deberán, además, indemnizar al Ayuntamiento los daños y perjuicios ocasionados en lo que excede del importe de la garantía incautada.
25.2.- Son causas de resolución del contrato, además de las especificadas en el artículo 223 del TRLCSP, las señaladas en el artículo 299 de la misma, debiendo estar, en cuanto a aplicación y efectos, a lo dispuesto en los artículos 225 y 300 de dicho texto legal.
25.3.- Cuando el contratista, por causas imputables al mismo, incumpla las prestaciones definidas en el contrato o incurra en demora respecto al plazo de entrega, instalación y puesta en servicio del suministro, el órgano de contratación podrá imponer penalidades diarias con arreglo a lo dispuesto en el artículo 212 del TRLCSP, en la proporción de 0,20 euros por cada 1.000,00 euros del precio del contrato.
26ª.- MODIFICACION DEL CONTRATO.
Una vez perfeccionado el contrato, se podrán introducir las variaciones correspondientes por altas de impresoras, teniendo en cuenta que en el caso de altas de nuevas impresoras, se les aplicará el mismo precio por copia impresa que se tuvo en cuenta para la adjudicación.
Dichas variaciones no podrán suponer una variación superior al 10 por 100 del precio del contrato, ya que en caso contrario deberá iniciarse una nueva contratación de la contraprestación correspondiente.
El procedimiento a seguir para proceder a la modificación del contrato exigirá el informe previo de la Asesoría jurídica y de la Intervención General Municipal, así como, previa audiencia al contratista, documento justificativo de existencia de crédito en caso de que la modificación suponga un incremento sobre el precio del contrato.
27ª.- SUBCONTRATACIÓN.
Para la celebración de subcontratos que pueda realizar el contratista o contratistas con terceros estarán sometido al cumplimiento de los requisitos establecidos en los artículos 227 y 228 del TRLCSP, sin que en ningún caso puedan el contratista o contratistas subcontratar con personas inhabilitadas para contratar de acuerdo con el ordenamiento jurídico o comprendidas en alguno de los supuestos del artículo 60 de dicho texto legal.
28ª.- CONFIDENCIALIDAD.
Sin perjuicio de las disposiciones del TRLCSP relativas a la publicidad de la adjudicación y a la información que debe darse a los candidatos y a los licitadores, el órgano de contratación no podrá divulgar la información facilitada por los empresarios
que éstos hayan designado como confidencial; este carácter afecta, en particular, a los secretos técnicos o comerciales y a los aspectos confidenciales de las ofertas.
El contratista deberá respetar el carácter confidencial de aquella información a la que tenga acceso con ocasión de la ejecución del contrato a la que se le hubiese dado el referido carácter en los pliegos o en el contrato, o que por su propia naturaleza deba ser tratada como tal. Este deber se mantendrá durante un plazo de cinco años desde el conocimiento de esa información.
29ª.- RÉGIMEN JURÍDICO.
En caso de discordancia de lo establecido en el PPT y este PCA prevalecerá
éste último.
Dada la naturaleza administrativa del presente contrato, en lo no previsto en el mismo, en el PCA y en el PPT, se estará a lo dispuesto por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público; por el Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas; por la Ley 7/1985, de 2 xx xxxxx, Reguladora de las Bases del Régimen Local; y por el Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 xx xxxxx, por el que se aprueba el Texto refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local en la parte que se mantiene vigente y supletoriamente por las demás normas del Derecho Administrativo, y en su defecto, por las normas del Derecho privado. En cuanto a las posibles responsabilidades penales se estará a lo dispuesto en el artículo 262 del Código Penal que tipifica el delito de alteración de precios en las subastas y concursos públicos.
30ª.- JURISDICCIÓN COMPETENTE.
El presente contrato es de carácter administrativo, de conformidad con el artículo 19 del TRLCSP, lo que determina que todas las cuestiones que el mismo plantee, una vez firmes en vía administrativa, se sustancien ante la jurisdicción contencioso-administrativa, conforme al artículo 21 de la TRLCSP.
Ambas partes se someten a efectos de este contrato, a los tribunales con jurisdicción en esta Ciudad, con expresa renuncia a cualquier otro fuero.
Xxxxxxxxx de la Plana, de 20 de febrero de 2012.
LA JEFA DEL NEGOCIADO DE COMPRAS Y SUMINISTROS
CONFORME,
LA JEFA DE SECCIÓN DE
PATRIMONIO Y CONTRATACIÓN Fdo. Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxx
Fdo. Xxxxx Xxxx Xxxxx
La entidad (razón social de la entidad financiera) con C.I.F. domiciliada en
y en su nombre
(nombre y apellidos de los apoderados) con poderes suficientes para obligarse en este acto
INFORMAN
Que (nombre y
apellidos de la persona física o denominación social de la persona jurídica) con N.I.F. o
C.I.F. domiciliada en de es cliente de esta entidad financiera.
Que según los antecedentes obrantes en esta entidad, el mencionado licitador tiene suficiente solvencia económica y financiera para contratar con el Ayuntamiento de Castellón de la Plana, mediante procedimiento abierto, el arrendamiento y mantenimiento de impresoras para el Excmo. Ayuntamiento de Castellón de la Plana, con un presupuesto máximo de CUATROCIENTOS SIETE MIL TRESCIENTOS SESENTA EUROS (407.360,00 euros), más SETENTA Y TRES MIL TRESCIENTOS VEINTICUATRO EUROS CON OCHENTA CÉNTIMOS DE EURO
(73.324,80 euros) en concepto de Impuesto sobre el Valor Añadido.
Y para que así conste y surta los efectos oportunos ante donde sea
procedente, expido la presente en , a de
de
(Firma y sello de la entidad financiera)
- MODELO LICITADOR PERSONA FÍSICA:
D./Xx. , mayor de edad, con domicilio en , con N.I.F. núm.
, declara que no se encuentra incurso en ninguna de las prohibiciones de contratar, conforme a lo dispuesto en el artículo 60 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.
Asimismo, declara que se halla al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias con el Estado, con el Ayuntamiento de Castellón de la Plana y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes.
, de de
Fdo.:
- MODELO LICITADOR PERSONA JURÍDICA:
D./Xx. , mayor de edad, con domicilio en , con N.I.F. núm.
, en su condición de de la mercantil
, con C.I.F. núm. , declara que la mercantil a la que representa no se encuentra incursa en ninguna de las prohibiciones de contratar, conforme a lo dispuesto en el artículo 60 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.
Asimismo, declara que la indicada mercantil se halla al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias con el Estado, con el Ayuntamiento de Castellón de la Plana y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes.
, de de
Fdo.:
D./Xx. , mayor de edad, con domicilio en
, con N.I.F. núm. , en su condición de
de la mercantil , con C.I.F. núm.
, declara que la plantilla de la mercantil a la que representa está constituida por personas, de las cuales son mujeres y son hombres.
Asimismo declara que la indicada mercantil ofrece las siguientes medidas de conciliación:
, de de
Fdo.:
AUTORIZACIÓN DEL LICITADOR PARA QUE EL EXCMO. AYUNTAMIENTO XX XXXXXXXXX PUEDA RECABAR DATOS A LA AGENCIA TRIBUTARIA Y A LA SEGURIDAD SOCIAL DE ESTAR AL CORRIENTE EN EL CUMPLIMIENTO DE SUS OBLIGACIONES PARA CONTRATAR CON EL AYUNTAMIENTO.
D. ……………………….. con N.I.F. en nombre propio o en representación de
……………… , con C.I.F autoriza al Excmo. Ayuntamiento xx Xxxxxxxxx
a solicitar de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria y de la Tesorería General de la Seguridad Social, los datos relativos al cumplimiento de sus obligaciones con ambos organismos, para comprobar el cumplimiento de los requisitos establecidos para contratar con este Ayuntamiento, mediante procedimiento abierto “el arrendamiento y mantenimiento de impresoras para el Excmo. Ayuntamiento de Castellón de la Plana”.
La presente autorización se otorga exclusivamente a los efectos de la adjudicación del arrendamiento y mantenimiento de impresoras para el Excmo. Ayuntamiento de Castellón de la Plana y en aplicación de lo dispuesto en el artículo 95.1 K) de la Ley 58/2003, General Tributaria que permite, previa autorización del interesado, la cesión de los datos tributarios que precisen las Administraciones Públicas para el desarrollo de sus funciones, así como lo previsto en el artículo 14.2.b del Real Decreto 209/2003, sobre la obtención de datos de la Tesorería General de la Seguridad Social.
La presente autorización comporta el conocimiento y aceptación de las condiciones que rigen la cesión de datos conforme a las previsiones de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre de Protección de Datos de Carácter Personal y en el Reglamento de Medidas de Seguridad de Ficheros Automatizados que contengan datos de Carácter Personal, aprobado por el real decreto 944/1999, de 11 xx xxxxx.
Xxxxxxxxx de la Plana, a ....... de ............. de 20….
Fdo: Nombre, D.N.I. y título de representación
Nota: La autorización concedida por el firmante puede ser revocada en cualquier momento mediante escrito dirigido al organismo solicitante.
ANEXO V