CONTRATO DE EJECUCIÓN DE OBRA
En xxx, a xxx de xxxxx de xxxx, entre don xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx Cédula de Identidad xxxxxxxxxxxxx en su calidad de Superintendente y Representante Legal del Cuerpo de Bomberos de xxxxxxxxxxxx, corporación con derecho privado, servicio de Utilidad Pública Rut xxxxxxxxxxxx ambos con domicilio en xxxxxxxxxxxxxxxxx de la ciudad de xxxxxxxxxx, en adelante “el mandante” y don xxxxxxxxxxxxxxxxx (nombre del contratista), cédula nacional de identidad xxxxxxxxx con domicilio en xxxxxxxxxx en la ciudad de xxxxxxxxxx, en adelante “el contratista” declaran y exponen:
PRIMERO: Las partes dejan constancia que el presente contrato es financiado en su integridad por recursos fiscales que han sido aportados directamente por la Subsecretaría del Interior bajo el ítem de 00-00-000 “Ayudas Extraordinarias Adquisiciones, reparaciones y mantenciones”.
Como consecuencia de lo anterior, conforme a la Ley N° 19.862 y las instrucciones vigentes sobre la materia, dichos recursos solamente deber ser usados y destinados exclusivamente en la ejecución de la obra de que se trata el presente contrato y por ende, está sujeto a la verificación o fiscalización de las autoridades antes mencionadas –desde el inicio hasta el término de la debida ejecución del trabajo-, en cualquier momento y en la forma que dichas autoridades lo estimen pertinentes. Asimismo, una vez ejecutado el trabajo debe rendirse cuenta conforme a las instrucciones vigentes.
SEGUNDO: El Contratista se compromete a ejecutar, personalmente el trabajo de construcción/reparación denominado “xxxxxxxxxxx” que el “mandante” encarga y cuyas características de detalle de las obras se encuentran detalladas en el anexo aparte y que adjunto al presupuesto entregado por “el contratista”, ambos firmados por las dos partes, se consideran partes integrantes del presente contrato.
TERCERO: Las obras se desarrollarán en calle xxxxxxxxxxxx número xxxx de la ciudad de xxxxxxxxxx
CUARTO: La construcción se contrata como “obra vendida” o “suma alzada”, no pudiendo “el contratista”, salirse del presupuesto aprobado, salvo autorización escrita por “el mandante”.
QUINTO: El precio total de la Obra, incluyendo materiales, obra de mano y demás gastos de cuenta del contratista, es la suma de $ xxxxxxxxxx.- y que se pagará de la siguiente forma:
Con la suma de $ xxxxxxxxx.- al contado que se paga en este acto, equivalente al 50 % del precio mediante cheque N° xxxxxxxx nominativo del Banco xxxxx y que el contratista se da por recibido, a su entera satisfacción, contra entrega de la Factura por el mismo monto;
El saldo, correspondiente a la suma de $ xxxx.- se pagará al finalizar las obras y luego de la recepción conforme efectuada por “el mandante” y contra entrega de factura por dicho saldo.
SEXTO: La obra comenzará con fecha xxxx de xxxx de 201x y deberá estar totalmente concluida, aprobada y entregada al Cuerpo de Bomberos xxx, con fecha xxx de xxxx de 2014.
El simple retraso, por cualquier causa hará incurrir “al contratista”, en las siguientes multas que le serán descontadas de la liquidación final a razón de 0.2% del precio total por cada día de atraso imputable “al contratista”.
SÉPTIMO: “El mandante” se recibirá de la obra firmando con un acta de recepción. Sin embargo, dispondrá de un plazo de xxx meses para hacer observaciones y reclamos por cualquiera deficiencia aparentes.
En cuanto a las deficiencias que no aparezcan a simple vista, “el contratista” responderá durante xxxx meses a partir del día de recepción final.
OCTAVO: Como garantía, de fiel cumplimiento de las obligaciones de este contrato, “el contratista” entrega como garantía “al mandante” el siguiente instrumento: xxxxxxxx [Vale Vista o Boleta de Garantía]. Se debe individualizar el tipo de Instrumento y su detalle], con vencimiento el xxxx de 201x [se debe partir una garantía con vencimiento al menos 45 días después del plazo de término de obras promedio]. El instrumento en garantía será devuelto al contratista 30 días después de la recepción conforme de las obras. [nota: clausula obligatoria para todas las obras que sean iguales o superiores al equivalente en pesos a 215 unidades de fomento].
NOVENO: “El contratista” autoriza “al mandante” para cobrar la garantía en caso de la no ejecución del todo o parte de las obras, de su ejecución deficiente y en caso de que “el contratista” no reparase aquellas deficiencias que pudieran aparecer durante el plazo de garantía y hasta la vigencia misma.
DÉCIMO: Las partes declaran que “el contratista” no tiene vínculo de dependencia laboral con “el mandante” y que, a su vez, este contratara por su cuenta, la mano de obra necesaria para la ejecución de las obras. Además, aportará las herramientas, maquinaria, equipos y elementos necesarios para completar la ejecución de la obra encargada. De igual forma será “el contratista” responsable de la seguridad dentro de la obra, de cumplir con todos los pagos provisionales, leyes sociales y del cumplimiento de las demás exigencias vigentes en el código del trabajo respecto de los trabajadores que emplee en las obras, del pago de los impuestos y de sus proveedores relacionados con la obra, planillas y facturas que serán exigidas junto a la recepción final de la obra, requisito primordial para recibir el pago de la cuota final, de igual forma en este acto el contratista sume la total responsabilidad tanto judicial como prejudicial de cualquier situación actual o contractual que pudiese ocasionarse con motivo de la ejecución de esta obra eximiendo desde ya al Cuerpo de Bomberos, de cualquier responsabilidad que se derive de estas obras.
DÉCIMO PRIMERO: “El mandante” tiene amplio derecho de fiscalización de las obras de reparación, durante su ejecución, mediante representante o profesionales especializados, designados para tal efecto. Sin prejuicio de la inspección que pueda hacer la Junta Nacional de Cuerpos de Bomberos y/o la Subsecretaría del Interior, según corresponda.
DÉCIMO SEGUNDO: El trabajo podrá ser ejecutado personalmente por “el contratista” o por intermedio del número de trabajadores que crea necesario, pero tanto aquel como los trabajadores no tendrán vínculo laboral alguno con “el mandante”, siendo los vínculos laborales, previsionales y de salud exclusivamente de responsabilidad de “el contratista”. El no cumplimiento de la legislación laboral, previsional o de salud por parte de “el contratista” será causal suficiente para que “el mandante” ponga término al presente contrato, sin derecho a indemnización alguna.
DÉCIMO TERCERO: Para efectos del contrato, las partes fijan su domicilio en la ciudad de xxxx prorrogando competencia antes sus tribunales.
En comprobante firman el presente contrato que consta de xxx páginas escritas sólo por el anverso.
[Nombre, firma y timbre] [Nombre, firma y timbre]
Superintendente Contratista
p.p. Cuerpo de Bomberos xxxxx