Condiciones de compra de LANXESS Chemicals SL, sucursales y empresas de grupo
Condiciones de compra de LANXESS Chemicals SL, sucursales y empresas de grupo |
1. General
1.1 Las presentes Condiciones forman parte esencial del contrato de compraventa. Las condiciones de entrega estipuladas por el Vendedor que sean contradictorias o se desvíen de las mismas u otras reservas formuladas por el Vendedor no se considerarán aceptadas a menos que el Comprador las haya aceptado expresamente por escrito para un pedido específico.
1.2 Otros acuerdos, enmiendas o acuerdos subsidiarios no serán efectivos a menos que el Comprador haya dado su consentimiento por escrito.
2. Oferta
2.1 La oferta del Vendedor cubrirá exactamente las cantidades y calidades especificadas en la petición del Comprador y en caso que no la cubra, se lo mencionará expresamente.
2.2 La oferta se presentará sin costo alguno y sin ningún tipo de obligación para el Comprador. Sólo en casos especiales se pactará y procederá al pago por la realización de un presupuesto.
3. Pedido
3.1 Los pedidos y las modificaciones de los pedidos se harán por escrito. En caso de duda, los acuerdos o arreglos verbales discutidos por teléfono sólo serán vinculantes si se confirman por escrito.
3.2 Cada pedido o modificación de pedido será confirmada por el Vendedor por escrito y se tratará por separado en toda la correspondencia.
3.3 En toda la correspondencia se indicarán los siguientes datos: el departamento de compras, el número completo del pedido, la fecha del pedido y la referencia del Comprador.
4. Plazo de entrega
4.1 El plazo de entrega comenzará a contar a partir de la fecha del pedido. Si el Vendedor tiene motivos para suponer que no podrá cumplir, la totalidad o parte de sus obligaciones contractuales, y/o el plazo de entrega, le informará de ello inmediatamente al Comprador, indicando los motivos y la probable duración del retraso. Si el vendedor no lo hace, no tendrá derecho a reclamar la exención de responsabilidades por la demora por motivo del impedimento.
4.2 Si el Vendedor no efectúa la entrega en el plazo acordado, se le considerará responsable en virtud de las disposiciones legales vigentes. Esto no afectará a la obligación que le incumbe para pagar la sanción por retraso en la entrega que pueda haber sido acordada por las partidas. Si se ha acordado una sanción, ésta puede ser reclamada en cualquier momento hasta el vencimiento del pago final.
5. Garantía, responsabilidad y notificación de defectos
5.1 El vendedor garantiza que los bienes suministrados por él están libres de defectos que puedan reducir su valor o afectar a su utilidad, que poseen las propiedades acordadas o garantizadas, que son adecuados para el propósito estipulado en el pedido, que están en conformidad con la práctica técnica generalmente aceptada y que se ajustan a las normas más recientes, a las especificaciones y normas de seguridad adecuadas para la protección de los trabajadores y la prevención de accidentes. Si los bienes entregados no cumplen alguno o todos estos requisitos, el Comprador tendrá libertad para exigir la subsanación del defecto o el suministro de bienes sin defectos, para cancelar el contrato o reducir el precio de compra en virtud de las disposiciones legales vigentes, o para exigir una compensación o un reembolso por los gastos innecesarios. Si el Vendedor se ha comprometido a garantizar las propiedades o la durabilidad de los bienes suministrados, el comprador puede además presentar una reclamación en los términos de la garantía. Esto no se aplicará a los defectos o daños causados por
a) desgaste normal
b) manipulación inapropiada por parte del comprador.
El Comprador notificará al Vendedor de cualquier defecto en los bienes entregados tan pronto como se descubran en el proceso regular del negocio.
5.2 Salvo que se acuerde expresamente lo contrario, se aplicarán los períodos de la garantía legal.
5.3 La garantía del Vendedor también cubrirá cualquier artículo fabricado por subcontratistas.
5.4 Si se notifica al Vendedor un defecto, el período límite se ampliará por el tiempo que transcurra entre dicha notificación y la reparación del defecto. Si el artículo suministrado por el Vendedor es sustituido en su totalidad por uno nuevo, el período límite comenzará de nuevo; si el artículo se reemplaza parcialmente, el período de garantía comenzará de nuevo para las nuevas piezas.
5.5 Los bienes sujetos a reclamación en garantía permanecerán a disposición del Comprador hasta que se hayan suministrado los sustitutos, en cuyo caso pasarán a ser propiedad del Vendedor.
5.6 En casos urgentes, o si el Vendedor no cumple o no repara un defecto, el Comprador puede eliminar el defecto por sí mismo a expensas del Vendedor o hacer uso de cualquiera de los otros derechos de garantía mencionados en la cláusula 5.1.
5.7 La aceptación de los suministros y servicios del Vendedor por parte del Comprador no afectará a las obligaciones del Vendedor en la garantía.
5.8 El Vendedor eximirá al Comprador de cualquier reclamación de responsabilidad de producto o de reclamaciones planteadas si el defecto que da lugar a la reclamación ha sido causado por el Vendedor o cualquiera de los proveedores del Vendedor.
5.9 A pesar de estas disposiciones, el Vendedor será responsable de acuerdo con las disposiciones legales vigentes.
6. Pruebas
Si se especifican pruebas para los bienes a suministrar, el Vendedor asumirá los costes de dichas pruebas, incluyendo sus propios costes de personal, pero excluyendo los costes de personal del Comprador. El Vendedor informará al Comprador con al menos una semana de antelación de la fecha en que los bienes estarán listos para las pruebas y acordará con él una fecha para las mismas. Si los bienes no se presentan para pruebas en esta fecha, los gastos de personal del Comprador serán asumidos por Xxxxxxxx. Si se encuentran defectos en los productos que hagan necesario repetir las pruebas o llevar a cabo nuevas pruebas, el Vendedor pagará todos los gastos de personal y otros gastos que conlleven. El Vendedor también pagará todos los gastos de personal y otros gastos relacionados con las pruebas de los materiales utilizados por él en la ejecución de la orden.
7. Seguro
7.1 El seguro de transporte será contratado en todos los casos por el Comprador.
7.2 El Vendedor contratará a su cargo un seguro de responsabilidad civil adecuado que cubra los daños resultantes de los servicios prestados o de los bienes entregados por él o de los bienes pertenecientes a su personal, o a terceros encargados por él. El Vendedor presentará al comprador, si así lo solicita, documentos que demuestren las sumas aseguradas por cada suceso.
7.3 La adquisición de un seguro especial de ensamblaje/montaje, además del seguro de responsabilidad civil mencionado en la cláusula 7.2 estará en cada caso sujeto a un acuerdo entre el Comprador y el Vendedor.
7.4 Cualquier máquina, aparato, etc. que se le suministre al Comprador como préstamo será asegurado por el Vendedor contra los riesgos habituales. Queda excluida cualquier otra responsabilidad del Comprador por la destrucción de dichas máquinas, aparatos, etc., o por los daños que puedan sufrir, a menos que hayan sido causados intencionadamente o por negligencia grave.
8. Requisitos de envío
8.1 El día en que se despachen las mercancías, el Vendedor enviará al Comprador una nota de envío detallada para cada envío aparte de las mercancías y la factura. Las mercancías irán acompañadas de una nota de entrega y un albarán de entrega. Si las mercancías se envían por barco, los documentos de envío y la factura indicarán el nombre de la compañía de transporte y xxx xxxxx. El Vendedor elegirá el modo de transporte más favorable y más adecuado para el Comprador. El Vendedor mostrará en su totalidad el número de referencia del pedido y el punto de descarga especificado por el Comprador en todas las notas de envío, notas de entrega, albaranes, recibos de desembarque y facturas, en el embalaje exterior de las mercancías y en cualquier otro lugar si es apropiado.
8.2 El Vendedor siempre empaquetará, marcará y expedirá las mercancías peligrosas de conformidad con la normativa nacional/internacional pertinente. Los documentos de acompañamiento deberán mostrar no sólo la categoría de riesgo, pero también cualquier otra información que se requiera en los reglamentos de transporte correspondientes.
8.3 El Vendedor será responsable de los daños causados por el incumplimiento de estas disposiciones y pagará los gastos que se ocasionen por ello. También será responsable de garantizar que los subcontratistas cumplan los requisitos de transporte.
8.4 Los envíos que el Comprador no pueda aceptar debido al incumplimiento de estas disposiciones se almacenarán por cuenta y riesgo del Vendedor. El Comprador tendrá el derecho de determinar el contenido y la condición de tales envíos. Las herramientas y el equipo de montaje no se cargarán junto con las mercancías.
9. Precio y condiciones
En caso de que el vendedor reduzca sus precios u ofrezca mejores condiciones, se aplicarán los precios y condiciones vigentes en la fecha de entrega.
10. Factura y pago
10.1 Las facturas del Vendedor estarán de acuerdo con los respectivos pedidos en su redacción, orden de artículos y precios. Cualquier servicio o suministro adicional o anulado se indicará por separado en la factura.
10.2 Los plazos de pago comenzarán en las fechas especificadas, pero no antes de las fechas en que se reciban la mercancía y las facturas.
10.3 El pago no se considerará como aceptación de las condiciones y precios. El momento del pago no afectará a las obligaciones de garantía del Vendedor ni al derecho de reclamación del Comprador.
11. Documentos
11.1 Todos los dibujos, normas, directrices, métodos de análisis, recetas y otros documentos suministrados por el Comprador al Vendedor para la fabricación de las mercancías a suministrar, así como cualquier documento de este tipo facilitado por el Vendedor de acuerdo con las instrucciones especiales del Comprador, seguirán siendo propiedad del Comprador y no se utilizarán para ningún otro fin, ni serán reproducidos o puestos a disposición de terceros por el Vendedor. El Vendedor, si así se le solicita, entregará sin demora al Comprador todas las copias y duplicados de los mismos. El Comprador se reserva los derechos de propiedad industrial de todos los documentos que suministre al Vendedor. El Vendedor considerará la solicitud y el pedido y todos los trabajos relacionados con los mismos como un secreto comercial y los tratará de forma confidencial. El Vendedor será responsable de cualquier pérdida sufrida por el Comprador por no haber cumplido alguna o todas estas obligaciones. El Vendedor proporcionará al Comprador todos los documentos necesarios para la discusión de los bienes o servicios a suministrar. Dicha discusión u otra participación del Comprador estará exclusivamente dentro de la responsabilidad del Vendedor y no liberará al Vendedor de ninguna garantía u otras obligaciones.
11.2 El Vendedor suministrará al Comprador a su debido tiempo, sin costo alguno para el Comprador y sin que se le solicite especialmente, todos los documentos que el Comprador necesite para el uso, montaje, instalación, procesamiento, almacenamiento, operación, servicio, inspección, mantenimiento o reparación de los bienes suministrados.
11.3 Siempre que el Comprador especifique normas o reglamentos, se aplicará la última versión. El Vendedor solicitará al comprador que le suministre las normas y reglamentos de sus obras, en la medida en que no han sido ya suministrados.
12. Artículos incidentales
Moldes, modelos, herramientas, películas, etc. que han sido hechos por el vendedor para permitirle ejecutar la orden, al ser pagada, se convertirá en propiedad del Comprador, aunque sean pertenencia del Vendedor. El vendedor estará obligado a entregárselas al comprador cuando éste lo solicite.
13. Montaje, montaje, mantenimiento, inspección, reparaciones, etc.
13.1 Si el montaje, el mantenimiento, la inspección, las reparaciones, etc. se realizan en cualquiera de las fábricas del Comprador, dichos trabajos estarán sujetos a las normas de seguridad y conducta de los contratistas y su personal que trabajen en las instalaciones de LANXESS Chemicals SL o sus filiales. Estas normas se facilitarán al comienzo de los trabajos de montaje o instalación, o deberán solicitarse al departamento de seguridad de la fábrica del Comprador.
13.2 El Comprador no será responsable de los bienes del Vendedor o de su personal que se introduzcan en las instalaciones del Comprador.
14. Infracción de patentes
El vendedor será responsable de cualquier infracción de patentes, licencias o derechos de protección de terceros que pueda resultar del suministro o uso de los bienes. Cualquier tasa de licencia que se deba pagar correrá a cargo del Vendedor.
15. Material publicitario
El Vendedor no hará referencia a su conexión comercial con el Comprador en ningún material de información o publicidad, excepto con el consentimiento escrito del Comprador.
16. Ley aplicable, interpretación de las disposiciones, etc.
16.1 Las presentes Condiciones y el contrato de compraventa estarán sujetos a la legislación española. La aplicación de la Convención de las Naciones Unidas sobre los Contratos de Compraventa Internacional de Mercaderías de fecha 11 xx xxxxx de 1980, que entró en vigor el 1 de enero de 1991, será excluida.
16.2 Los términos comerciales usuales se interpretarán de acuerdo con los Incoterms más recientes.
17. Origen de las mercancías
Las mercancías suministradas deben ajustarse a las condiciones de origen especificadas en los acuerdos preferenciales de la CEE, salvo que en la confirmación del pedido se indique expresamente lo contrario.
18. Lugar de cumplimiento y jurisdicción
Salvo que se estipule lo contrario en el pedido, el lugar de cumplimiento será el punto de entrega especificado por el Comprador. El lugar de jurisdicción será Barcelona.
Septiembre 2020