ANEXO I
ANEXO I
CLÁUSULA DE CONFIDENCIALIDAD DE INFORMACIÓN Y PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES
1. Las partes reconocen que, para efectos del presente convenio pueden llegar a conocer información de carácter confidencial, y por ello aceptan no divulgarla y mantener la más estricta reserva de tal información.
2. Las partes se comprometen a no divulgar la información y documentación confidencial referente a la otra parte de la que hayan tenido conocimiento por razón de la ejecución del presente contrato, salvo las indispensables para su cumplimiento, advirtiendo de dicho deber de confidencialidad y secreto a sus empleados, colaboradores, asociados y a cualquier persona que, por su cargo o relación con el receptor, tenga acceso a ella, haciéndose responsable del uso indebido que pudieran hacer de la información objeto del presente instrumento.
3. Las partes garantizarán las condiciones para la protección y resguardo de la información confidencial recibida adoptando las medidas de seguridad exigibles, adecuadas y necesarias para mantener el deber xxx xxxxxxx, la no divulgación, pérdida, robo o sustracción.
4. En el evento de que las partes estuvieren obligadas a entregar o revelar la información confidencial por orden de una autoridad competente, se obligan a comunicar de forma inmediata y con la debida antelación a la entrega de tal información, a fin de que la parte titular de la información tome las acciones que estime convenientes en defensa de sus intereses.
5. De ser el caso las partes procederán con la devolución de la información proporcionada una vez cumplido el objeto del convenio, no obstante, las obligaciones de confidencialidad se mantendrán incluso finalizado el presente instrumento.
6. Las partes reconocen que la legislación sobre protección de datos personales establece una serie de obligaciones en el tratamiento de datos de carácter personal, entre las que destaca la prohibición de usar o ceder datos personales sin la correspondiente autorización del titular de la información, en tal efecto, las partes se comprometen utilizar los datos de carácter personal a los que tenga acceso única y exclusivamente para cumplir con las obligaciones derivadas de este instrumento.
7. La duración de las obligaciones de confidencialidad y protección de datos personales establecidas en el presente documento será indefinida, manteniéndose en vigor con posterioridad a la finalización, por cualquier causa, de la relación entre las partes.Salto de página
ANEXO II
CLÁUSULA ANTITERRORISMO, ANTILAVADO DE ACTIVOS, ANTIFRAUDE, ANTICORRUPCIÓN Y ANTISOBORNO
Las partes declaran en forma expresa que:
1. Conocen la normativa nacional relacionada con antiterrorismo, antilavado de activos, antifraude, anticorrupción y antisoborno y que han implementado acciones administrativas tendientes al cumplimiento de esta normativa.
2. A la fecha de entrada en vigor de este instrumento, ni ellas, ni sus representantes legales, funcionarios, directivos o administradores, han ofrecido, entregado, autorizado, solicitado o aceptado ninguna ventaja indebida, económica o de otro tipo, relacionada con este instrumento, y que se han adoptado medidas razonables para evitar que sus subcontratistas, agentes o terceros relacionados, lo hagan.
3. No están incursas en actividades fraudulentas; y que si llegara a su conocimiento cualquier tipo de actividad fraudulenta que se relacione con las actividades indicadas en esta cláusula, se notificará a la otra parte mediante los medios más rápidos de los que disponga, presentará la denuncia ante la autoridad correspondiente y colaborará con la investigación que se lleve a cabo.
4. Las partes y sus trabajadores, colaboradores o terceros relacionados con la ejecución de este documento, no tienen conflicto de intereses como parentesco, obtención de información privilegiada, influencia sobre adjudicaciones, y otros casos similares.
Y se obligan a lo siguiente:
2.5. Si en la ejecución de este instrumento, una de ellas comete dolo, fraude o engaño con respecto a lo pactado, esta acción dará lugar a la inmediata terminación de este acuerdo, con la responsabilidad absoluta de la parte que indujo, cometió o ejecutó la acción dolosa o fraudulenta.
2.6. Implementarán los cambios de procedimientos o métodos de trabajo, empleados en relación al objeto de este instrumento, necesarios para asegurar que la probabilidad de una recurrencia de las actividades señaladas en esta cláusula se reduzca al mínimo.
2.7. En caso de sentencia condenatoria ejecutoriada por cualquier actividad prevista en esta cláusula, en contra de sus funcionarios o empleados, las partes actuarán según su normativa disciplinaria y sancionatoria, a fin de procesar administrativamente a la/el o las/los implicados en esas actividades, sin perjuicio de las responsabilidades penales y civiles a las que haya lugar.
2.8. Realizarán sus mejores esfuerzos para asegurar que los fondos utilizados y resultantes de las transacciones de este instrumento no sean producto de actividades relacionadas con el terrorismo, ni se empleen para beneficiar, de manera directa o indirecta, a personas o entidades asociadas con este.
2.9. Adoptar medidas razonables durante la vigencia del presente instrumento para, en general, evitar prácticas de soborno, extorsión, instigación a delitos relacionados a esta cláusula, tráfico de influencias o cualquier práctica corrupta que beneficie actividades delictivas o se relacionen con el cumplimiento de este acuerdo.
Nro … - 2022
CONVENIO DE PRÁCTICAS PREPROFESIONALES
En la ciudad xx Xxxx, a los 11 días del mes de octubre del año dos mil veintidós, se suscribe el presente Convenio de Prácticas Pre profesionales, al tenor de las siguientes cláusulas:
PRIMERA. - COMPARECIENTES: Comparecen a la celebración del presente Convenio, la UNIVERSIDAD TÉCNICA PARTICULAR XX XXXX, legalmente representada por el Mgtr. Xxxxxxx Xxxxx Xxxxxxxxx Xxxxx, en calidad de apoderado especial del Ph.D. Xxxxxxxx Xxxxxx Xxxx, Rector; y la Abogada Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxx, en calidad de RECEPTOR.
SEGUNDA.- DENOMINACIONES:
2.1. UTPL: Universidad Técnica Particular xx Xxxx, es una institución católica de educación superior, de conformidad con el artículo 1 de su Estatuto Orgánico, creada el 3 xx xxxx de 1971 mediante Decreto 646 publicado en el Registro Oficial No. 217 del 5 xx xxxx de 1971, con domicilio en la ciudad xx Xxxx. Busca a través de la docencia, la investigación y la vinculación con la sociedad, la consecución de un modelo educativo activo de innovación, que traduce el liderazgo de servicio en realizaciones concretas y de vinculación con el entorno.
2.2. RECEPTOR: Ab. Xxxxx Xxxxxxx es una abogada en libre ejercicio, con su consultorio ubicado en la ciudad de Xxxxxx Xxxxxx de la Provincia de Manabí, en la Av. Xxxxxx Xxxxxxx Xxxx a veinte metros del BanEcuador.
2.3. VINCULACIÓN CON LA SOCIEDAD: Hace referencia a la planificación, ejecución y difusión de programas y proyectos que garanticen la responsabilidad social de las instituciones de educación superior y su participación efectiva en la sociedad con el fin de contribuir a la solución de las necesidades y problemáticas del entorno, desde el ámbito académico e investigativo.
2.4. PRÁCTICA PRE PROFESIONAL: Requisito previo a la obtención del grado académico de estudiantes de tercer nivel, que se realiza con el debido acompañamiento pedagógico, en los campos de su especialidad . No originan relación y obligaciones laborales y de seguridad social.
2.5. PRACTICANTE: Estudiante regular que cumple los requisitos establecidos por las carreras de la UTPL, para el desarrollo de prácticas pre profesionales.
TERCERA.- OBJETO: El objeto del presente convenio es la cooperación interinstitucional para el desarrollo de prácticas pre profesionales de los estudiantes de la Facultad de Derecho de la UTPL, en las áreas de trabajo del RECEPTOR.
CUARTA.- COMPROMISOS DE LAS PARTES: Para el cumplimiento del presente convenio, las partes asumen los siguientes compromisos:
4.1. COMPROMISOS DE LA UTPL:
4.1.1 Planificar, monitorear y evaluar mediante la designación de un tutor académico, en coordinación con un responsable nombrado por el RECEPTOR, la ejecución de las prácticas pre profesionales.
4.1.2. Incluir en la planificación de cada cátedra, mediante el tutor académico de la PRÁCTICA PRE PROFESIONAL, las actividades, orientaciones académicas-investigativas y los correspondientes métodos de evaluación.
4.1.3. Diseñar un plan de actividades académicas que el PRACTICANTE desarrollará en las áreas de trabajo del RECEPTOR, a través del tutor designado.
4.1.4. Acordar con el RECEPTOR, respetando las posibilidades y conveniencia de ambas partes, las fechas y número de horas que tendrá que cumplir cada PRACTICANTE.
4.1.5. Reubicar a los PRACTICANTES, de manera inmediata, en otro lugar de práctica, en caso de incumplimiento de los compromisos del RECEPTOR.
4.1.6. Difundir la relación de cooperación con el RECEPTOR en los medios de comunicación, redes sociales y páginas web establecidas para el efecto.
4.2. COMPROMISOS DEL RECEPTOR:
4.2.1. Prestar las facilidades necesarias para que los PRACTICANTES puedan cumplir con sus jornadas y obligaciones universitarias.
4.2.2. Fijar el número de PRACTICANTES requeridos, así como las fechas y número de horas que tendrán que cumplir en la ejecución de la PRÁCTICA PRE PROFESIONAL.
4.2.3. Designar a una persona responsable para coordinar con la UTPL el desarrollo de las PRÁCTICAS PRE PROFESIONALES.
4.2.4. Emitir un documento que certifique las actividades desarrolladas por el PRACTICANTE.
4.2.5. Suscribir con el PRACTICANTE, los documentos necesarios para establecer sus obligaciones, garantizar la protección y reserva de información confidencial, y demás condiciones necesarias para el desarrollo de la PRÁCTICA PRE PROFESIONAL.
QUINTA. - CLÁUSULA ESPECIAL POR LA PANDEMIA DE COVID-19: En virtud de las restricciones derivadas de la pandemia COVID 19, si es que las actividades objeto de este convenio se realizan en forma presencial, las partes se comprometen a:
5.1. UTPL:
5.1.1. Asegurar, por cada PRACTICANTE, la suscripción de una carta de compromiso en la que acepte su participación presencial bajo su estricta responsabilidad; y, garantizar que las prácticas pre profesionales presenciales inicien únicamente cuando dicha carta haya sido firmada, y entregada o enviada por correo electrónico a la respectiva carrera.
5.2. RECEPTOR:
5.2.1. Contar con todas las medidas de bioseguridad necesarias y exigir su cumplimiento al PRACTICANTE.
5.2.2. Reportar a la UTPL, en caso de incumplimiento de los PRACTICANTES, de las medidas referidas en el numeral anterior, para que se inicien las acciones administrativas y académicas que correspondan.
SEXTA.- PROPIEDAD INTELECTUAL: La propiedad intelectual, si es que se desarrollaran productos en virtud del presente convenio, se establecerá conforme a la participación de las partes en la ejecución de dichos productos.
SÉPTIMA.- NATURALEZA CIVIL DEL CONVENIO: El presente CONVENIO es de naturaleza civil. La UTPL y el RECEPTOR declaran expresamente conocer y aceptar que no existe ningún tipo de relación laboral, ni de dependencia entre las partes, ni entre la una con los trabajadores de la otra o viceversa.
OCTAVA.- RELACIÓN JURÍDICA PRACTICANTE – RECEPTOR: Las prácticas pre profesionales que realizarán los estudiantes de la UTPL en las dependencias del RECEPTOR, son ÚNICAMENTE DE FORMACIÓN ACADÉMICA, por lo tanto, NO GENERAN NINGÚN VÍNCULO U OBLIGACIÓN LABORAL O DE SEGURIDAD SOCIAL.
NOVENA. - VIGENCIA: El tiempo de duración del presente convenio será de 1 año a partir de la suscripción del mismo. Cualquier modificación o ampliación, deberá hacerse por acuerdo escrito entre las partes, mientras se encuentre vigente.
DECIMA.- COORDINACIÓN Y SEGUIMIENTO: Las partes señalan la siguiente información para seguimiento y notificaciones relacionadas con el presente convenio:
10.1. UTPL:
Nombres y apellidos: | Mgtr. Xxxxxxx Xxxxx Xxxxxxxxx Xxxxx |
Cargo: | SUBDIRECTOR XX XXXXXXX |
Correo electrónico: | |
Teléfono y extensión: | 07 3701444 ext. 2471 |
Dirección: | San Xxxxxxxx Alto |
10.2. RECEPTOR:
Nombres y apellidos: | Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxx |
Cargo: | Ab. Libre Ejercicio |
Correo electrónico: | |
Teléfono y extensión: | 0000000000 |
Dirección: | Av. Xxxxxx Xxxxxxx Xxxx |
Cualquier cambio de la información antes establecida, deberá ser notificado por escrito a la otra parte para que surta sus efectos legales; de lo contrario, tendrán validez los avisos efectuados a las direcciones y personas antes indicadas.
LAS PARTES reconocen y se obligan a la protección de los datos personales y son conscientes de que mediante la suscripción del presente instrumento autorizan el uso y tratamiento de todos los datos personales que se proporcionarán para su ejecución, de acuerdo con la legislación vigente en materia de protección de datos personales.
DÉCIMA PRIMERA.- CONFIDENCIALIDAD: Las partes se obligan en forma expresa a cumplir las condiciones de confidencialidad detalladas en el ANEXO I de este instrumento.
DÉCIMA SEGUNDA.- ANTITERRORISMO, ANTILAVADO DE ACTIVOS, ANTIFRAUDE,
ANTICORRUPCIÓN Y ANTISOBORNO: Las partes se obligan en forma expresa a cumplir las condiciones Antiterrorismo, Antilavado de activos, Antifraude, Anticorrupción y Antisoborno, detalladas en el ANEXO II del presente documento.
DÉCIMA TERCERA. - FORMAS DE TERMINACIÓN: Este convenio podrá terminarse por las siguientes causas:
13.1. Por cumplimiento del convenio;
13.2. Por mutuo acuerdo de las partes;
13.3. Unilateralmente por una de las partes por causa comprobada de incumplimiento de la otra; y,
13.4. Por otras establecidas en la normativa aplicable.
DÉCIMA CUARTA.- CONTROVERSIAS: En caso de controversia o diferencia derivada de este convenio, las partes de manera libre y voluntaria se someten a los servicios de mediación de los centros autorizados de la ciudad xx Xxxx. No podrá presentarse demanda ante la justicia ordinaria si no existiere un Acta de Imposibilidad de Acuerdo, y solo en este caso será sometido a resolución de los jueces competentes de la ciudad xx Xxxx, para tal efecto las partes renuncian fuero y domicilio.
Libre y voluntariamente las partes declaran expresamente su aceptación a todo lo estipulado en el presente convenio y en virtud de ello, firman dos ejemplares de igual tenor y validez.
UTPL: | RECEPTOR: |
XXXXXXX XXXXX Xxxxxxx digitalmente por XXXXXXX XXXXX XXXXXXXXX XXXXXXXXX XXXXX XXXXX Fecha: 2023.01.23 17:09:14 -05'00' | Firmado electrónicamente por: XXXXX XXXXXXX XXXXXXX XXXXXXXX |
Mgtr. Xxxxxxx Xxxxx Xxxxxxxxx Xxxxx | XXXXX XXXXXXX XXXXXXX XXXXXXXX |
APODERADO ESPECIAL DEL RECTOR | ABOGADA EN LIBRE EJERCICIO |