Contract
Inscrita en el Registro Mercantil xx Xxxxxx. Tomo 845. Folio 20. Sección 8 Hoja Núm. TO-12.690. Inscripción 1ª. C.I.F.:A-45.421.641. X/ Xxx Xxxxxxx, 00 Xxxxxxxx Xxxxx Xxxxx xx Xxxxxxxxxxxx 00000 Xxxxxx - Tel.: 000 00 00 00 xx.xxxxxxxxx.xx
PLIEGO DE CONDICIONES GENERALES PARA EL ALQUILER CON OPCIÓN DE COMPRA DE LOCAL COMERCIAL EN BRUTO SITO EN LA XXXXX XXXXXXXXXX ESQUINA CON LA CALLE TOLEDO EN CIUDAD REAL (EXPEDIENTE ERE/14/001/855).
FORMA DE ADJUDICACIÓN: PROCEDIMIENTO ABIERTO MEDIANTE SUBASTA
ÍNDICE
Inscrita en el Registro Mercantil xx Xxxxxx. Tomo 845. Folio 20. Sección 8 Hoja Núm. TO-12.690. Inscripción 1ª. C.I.F.:A-45.421.641. X/ Xxx Xxxxxxx, 00 Xxxxxxxx Xxxxx Xxxxx xx Xxxxxxxxxxxx 00000 Xxxxxx - Tel.: 000 00 00 00 xx.xxxxxxxxx.xx
1.- OBJETO DEL PROCEDIMIENTO
2.- PRECIO O TIPO DE LICITACIÓN PARA EL ALQUILER YEN SU CASO LA VENTA DEL LOCAL
3.- GARANTÍA PROVISIONAL Y GARANTÍA DEFINITIVA
4.- DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR POR LOS INTERESADOS
4.1.- Interesados
4.2.- Documentación
4.2.1. Sobre (1) Documentación General Al. Empresarios personas jurídicas
A.2. Empresarios personas físicas
A.3. Documentación común a presentar por todos los participantes
4.2.2. Sobre (2) Oferta Económica
4.2.3. Lugar de entrega
5.- ACTO PÚBLICO DE APERTURA DE OFERTAS (SUBASTA PÚBLICA)
6.- ADJUDICACIÓN
7.- DURACIÓN DEL CONTRATO
8.- RENTA
9.- INTERÉS DE DEMORA Y CLAUSULA PENAL
10.- OPCIÓN DE COMPRA
11.- OBLIGACIONES DEL ARRENDANTARIO
11.1.-Abono del impuesto de bienes inmuebles
11.2.- Obras necesarias en el interior del local y las derivadas de las actividades a implantar
11.3.- Contratación y abono de los suministros de agua, gas, y electricidad 11.4.- Utilización del local de negocio con arreglo a los usos permitidos 11.5.- Destino del local a negocio o actividad lícita
11.6.- Seguro de Responsabilidad Civil General
11.7.- Inaplicabilidad al contrato de los artículos 25 y 31 de la Ley 29/1994 11.8.- Previsiones en caso de fallecimiento del arrendatario
11.9.- Renuncia del arrendatario al derecho que le confiere el artículo 34 de la Ley de Arrendamientos Urbanos
11.10.- Devolución del local en un adecuado estado de limpieza y conservación a la finalización del contrato
12.- CAUSAS DE RESOLUCIÓN DEL CONTRATO DE ARRENDAMIENTO
13.- FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO Y ELEVACIÓN A ESCRITURA PÚBLICA
14.-. CONFIDENCIALIDAD Y USO DE LA INFORMACIÓN
15.- JURISDICCIÓN COMPETENTE Anexo 1 SOLICITUD DE PARTICIPACIÓN
Anexo 2 MODELO DE DECLARACIÓN RESPONSABLE
Anexo 3 Modelo de Oferta Económica
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PLIEGO DE CONDICIONES PARA EL ALQUILER CON OPCIÓN DE COMPRA DE LOCAL COMERCIAL EN BRUTO SITO EN LA XXXXX XXXXXXXXXX ESQUINA CON LA CALLE TOLEDO DE CIUDAD REAL (EXPEDIENTE ERE/14/001/855).
1.- OBJETO DEL PROCEDIMIENTO.
1.1.- El objeto del presente pliego es el arrendamiento del local comercial que se describen en el Pliego de Prescripciones Técnicas sito en la xxxxx Xxxxxxxxxx esquina con la calle Toledo en Ciudad Real. Este local es propiedad de GICAMAN tras la fusión por absorción de la Empresa Regional del Suelo.
1.2.- El contrato que, sobre la base de este Pliego se realice, tiene carácter privado. El presente Pliego de Condiciones que rige la presente licitación revestirá carácter contractual, junto con el contrato futuro, y todos sus anexos.
1.3 En caso de discordancia entre el presente Xxxxxx y cualquiera del resto de los documentos contractuales, prevalecerá el Pliego de Condiciones, en el que se contienen los derechos y obligaciones que asumirán las partes del contrato.
2.- PRECIO O TIPO DE LICITACIÓN PARA EL ALQUILER Y EN SU CASO LA VENTA DEL LOCAL.
2.1.- El tipo mínimo de licitación para el alquiler del local será de veinte un mil cuatrocientos cincuenta y tres euros con ochenta y cuatro céntimos, IVA excluido, por año (21.453,84 €/año).
El tipo de licitación no incluye los gastos, impuestos o tributos derivados del arrendamiento así como los gastos por tasas, licencias, autorizaciones y demás
derivados de la puesta en funcionamiento de la actividad en el local objeto de arrendamiento.
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2.2.- Se establecen cuatro meses de carencia en el pago de la renta para la ejecución de las obras de adecuación del local en bruto objeto de este procedimiento así como para la obtención de las oportunas licencias y autorizaciones.
3.- GARANTÍA PROVISIONAL Y GARANTÍA DEFINITIVA.
3.1.- Garantía Provisional: Cuantos concurran al presente procedimiento habrán de depositar una garantía por importe equivalente a dos mensualidades xx xxxxx del local correspondiente, según tipo. La garantía se abonará en metálico mediante ingreso en la cuenta corriente de Liberbank XX00 0000-0000-00-0000000000.
3.2.- Dicha fianza se constituye en garantía del mantenimiento de la solicitud y en cumplimiento de la formalización del contrato de arrendamiento. Si por causas imputables al adjudicatario no se llevara a cabo la formalización del arrendamiento el solicitante perderá el importe afianzado, que hará suyo GICAMAN, salvo casos excepcionales expresamente autorizados por GICAMAN.
3.3.-La garantía será devuelta a los licitadores no adjudicatarios una vez acordada la adjudicación definitiva.
3.4. Garantía Definitiva: La garantía provisional del adjudicatario del arrendamiento del local se elevará a definitiva. Esta fianza responderá de los posibles daños y desperfectos que el inquilino cause en el local y no puede destinarse al pago de mensualidades xx xxxxx. Esta fianza deberá ser devuelta
una vez sea acreditado el correcto estado del local dentro del mes siguiente al día en que se reintegren la llaves al arrendador.
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4.- DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR POR LOS INTERESADOS.
4.1.- Interesados.- Podrán tomar parte en la subasta todas aquellas personas y sujetos que tengan capacidad de contratar de acuerdo con las normas contenidas en el Código Civil, en particular para el contrato de arrendamiento.
No podrán formar parte en este procedimiento las personas que hayan solicitado o estén declaradas en concurso, hayan sido declaradas insolventes en cualquier procedimiento, estén sujetas a intervención judicial o hayan sido inhabilitadas conforme a la Ley 22/2003, de 9 de julio, Concursal, así como las que incurriesen en los supuestos previstos en la normativa de incompatibilidades.
En cualquier caso, deberán tener capacidad de obrar y no estar incursas en las prohibiciones de contratar contenidas en el artículo 60 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.
La presentación de proposiciones presume por parte del licitador la aceptación incondicionada de las cláusulas de este Pliego y en especial la relativa al precio así como la declaración responsable de que reúne todas y cada una de las condiciones exigidas para contratar con GICAMAN.
4.2.- Documentación.- Los licitadores presentarán dos sobres cerrados y firmados por ellos mismos o persona que los represente, y contendrán: el primero Sobre (1) Documentación General y el segundo Sobre (2) Oferta Económica.
En el anverso de cada uno de los sobres se indicará:
1. Título del expediente
2. Nombre del interesado
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3. Identificación del sobre
4.2.1. Sobre (1) Documentación General.
Se presentará en la forma especificada en el párrafo anterior añadiendo la referencia "Documentación General".
En dicho sobre deberán incluirse obligatoriamente, bien originales bien copias, que conforme a la legislación vigente tengan el carácter de auténticas, de los documentos que se especifican a continuación así como una relación de los mismos.
A.1. Empresarios personas jurídicas:
❑ Documentos que acrediten la personalidad del empresario: Escritura de constitución y, en su caso, de modificación, inscrita en el Registro Mercantil, cuando este requisito fuera exigible conforme a la legislación mercantil que le sea aplicable. Si no lo fuere, la acreditación de la capacidad de obrar se realizará mediante la escritura o documento de constitución, de modificación, estatutos o acto fundacional, en el que constaren las normas por las que se regula su actividad, inscritos, en su caso, en el correspondiente Registro oficial.
❑ Documentos que acrediten la representación: Poder bastante al efecto a favor de la persona que comparezca o firme una proposición en nombre de otro. Si el licitador fuera persona jurídica, este poder deberá figurar inscrito en el Registro Mercantil, acompañado de
fotocopia legitimada notarialmente o compulsada por funcionario del D.N.I.
❑ Copia legitimada notarialmente o compulsada por funcionario del
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C.I.F de la empresa.
A.2. Empresarios personas físicas:
-. Copia legitimada notarialmente o compulsada por funcionario del D.N.I/ N.I.F./ Tarjeta de Residencia
-. En su caso declaración censal y último recibo del I.A.E o certificado de encontrarse exento del pago del impuesto.
A.3. Documentación común a presentar por todos los participantes:
❑ Solicitud de participación conforme al modelo recogido en el anexo 1.
❑ Declaración responsable, conforme al modelo adjuntado en el anexo 2.
❑ Acreditación de su solvencia económica y financiera. A tal efecto los licitadores deberán presentar:
• .- Certificado de entidad financiera con la que el solicitante haya mantenido relación en los tres últimos años que indique el cumplimiento de los compromisos de reembolso de operaciones de crédito y evaluación global.
• .- Declaración sobre el volumen global de negocio de los tres últimos años.
4.2.2. Sobre (2) Oferta Económica.
El Sobre (2) contendrá la oferta económica u oferta de arrendamiento, con sujeción al modelo que se acompaña al presente pliego como Anexo 3.
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4.2.3. Lugar de entrega.
Los sobres antes reseñados, deberán ser entregados o enviados por correo hasta el día señalado en el anuncio de licitación, en la siguiente dirección:
Gestión de Infraestructuras xx Xxxxxxxx-La Mancha, S.A. Centro de Instalación de Empresas GICAMAN
Xxxxx Xxx Xxxxxxx 00 00000 Xxxxxx
Fax: 000.00.00.00
Cuando las proposiciones se envíen por correo, el empresario deberá justificar la fecha de imposición del envío en la oficina de correos y anunciar al órgano de contratación la remisión de la oferta mediante fax (000 00 00 00) en el mismo día. Sin la concurrencia de ambos requisitos no será admitida la proposición si es recibida por el órgano de contratación con posterioridad a la fecha de terminación del plazo. Transcurridos, no obstante, 10 días naturales siguientes a la indicada fecha sin haberse recibido la proposición, ésta no será admitida en ningún caso.
En el supuesto en el que se deseara visitar el inmueble ofertado se podrá solicitar cita previa en el teléfono 000.00.00.00.
5.- ACTO PÚBLICO DE APERTURA DE OFERTAS (SUBASTA PÚBLICA)
El acto público se celebrará en el lugar, día y hora fijados en el anuncio de licitación. El acto comenzará con la exposición por parte de la Comisión de
Selección del resultado del examen de la documentación general, declarando los licitadores que han sido admitidos y excluidos.
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Acto seguido se procederá a la apertura y lectura de las ofertas, Sobre (2), de los licitadores admitidos.
Si un licitador hubiese resultado propuesto como adjudicatario y renunciase al arrendamiento del mismo le será incautada la garantía provisional.
Los empates se resolverán mediante sorteo en el mismo acto público, fijándose el orden de preferencia entre las distintas ofertas.
Finalizada la subasta, se levantará acta que recogerá la relación de las ofertas presentadas, el nombre de los que hubieran participado en ella y el propuesto como adjudicatario.
En caso de renuncia de un propuesto como adjudicatario, el arrendamiento del local se ofrecerá al siguiente postor por orden de puntuación.
No obstante, los licitadores habrán de tener en cuenta que, en el caso de que sean propuestos como adjudicatarios, en el plazo de 10 días hábiles a contar a partir de la notificación de la propuesta de resolución, deberán presentar la siguiente documentación:
a.- La documentación acreditativa de hallarse al corriente de las obligaciones tributarias y de Seguridad Social; si bien esta acreditación puede hacerse en el momento de la presentación de la oferta incluyéndose la documentación requerida dentro de la documentación general, sobre(1). Esta acreditación se hará del modo siguiente:
1) Certificación positiva de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria justificativa de estar al corriente del cumplimiento de sus obligaciones tributarias.
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2) Certificación positiva del órgano competente de la Administración Tributaria de la Junta de Comunidades xx Xxxxxxxx-La Mancha, justificativa de estar al corriente de sus obligaciones tributarias.
3) Certificación positiva de la Tesorería General de la Seguridad Social.
b.- Seguro de Responsabilidad Civil General, en concreto y como mínimo deberá cubrir la responsabilidad civil de la explotación y responsabilidad civil locativa con un límite de 300.000 euros.
6.- ADJUDICACIÓN.
6.1.- Dentro de los 5 días hábiles siguientes a la presentación de la anterior documentación, la Comisión de Selección elevará propuesta de adjudicación al órgano de contratación.
6.2.- El local podrá adjudicarse en alquiler directamente y en idénticas condiciones y precio a los establecidos en el presente pliego, cuando quedase desierto el procedimiento, dentro de los seis meses siguientes a contar desde la publicación del acuerdo de adjudicación.
7.- DURACIÓN DEL CONTRATO
7.1.- El plazo de duración del arrendamiento será de doce años, pudiéndose prorrogar anualmente por mutuo acuerdo de las partes hasta un máximo de tres.
Finalizado el plazo inicial de doce años el interesado podrá optar, mediante escrito dirigido a GICAMAN, entre la continuación del contrato de arrendamiento o la finalización de dicho contrato con el consiguiente abandono del local.
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En caso de que se opte por la continuación en el arrendamiento del local, el contrato se prorrogará por plazos anuales hasta un máximo de tres (3) siempre que GICAMAN esté de acuerdo con la prórroga. Acordada la prórroga la renta a satisfacer continuará actualizándose anualmente conforme a lo establecido en el apartado 8.
7.2.- El arrendatario podrá rescindir el contrato anticipadamente, sin esperar a su finalización, siempre y cuando lo notifique fehacientemente a la parte arrendadora con un preaviso mínimo de tres meses de antelación a la fecha de desalojo, viniendo obligado a abonar a la contraparte el importe equivalente a dos mensualidades en concepto de indemnización por los daños y perjuicios causados.
7.3.- Finalizado el plazo de duración inicial del contrato de arrendamiento o de cualquiera de sus prórrogas anuales, si cualquiera de las partes optara por no continuar el contrato, respetando siempre el plazo de preaviso de tres meses, no se devengará indemnización alguna a cargo de la misma.
8.- RENTA
8.1.- La renta tendrá carácter anual y será la que resulte de la adjudicación. A partir de la renta anual, se determinará la renta mensual como un doceavo de dicha renta anual.
La renta mensual se pagará por meses adelantados dentro de los cinco primeros días naturales de cada mes, mediante ingreso en la cuenta corriente que, a tal efecto, se designe por el arrendador.
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8.2.- Para la obtención de las oportunas licencias, se establece una carencia en el pago de la renta de cuatro meses a contar desde la firma del contrato de arrendamiento.
8.3.- La renta se actualizará en la fecha en que se cumpla cada año de vigencia de contrato, aplicando a la renta correspondiente a la anualidad anterior la variación porcentual experimentada por el Índice General Nacional del Sistema de Índices de Precios al Consumo (IPC) en un periodo de doce meses inmediatamente anteriores a la fecha de actualización, tomando como referencia para la primera actualización el que corresponda al último Índice que estuviera publicado en la fecha de celebración del contrato, y en las sucesivas el que corresponda al último aplicado.
8.4.- El arrendatario está obligado a satisfacer, además de la renta pactada y su IVA correspondiente, como cantidades asimiladas a la renta el impuesto de bienes inmuebles cuyo importe a fecha 2016 ascendió a 1.928,78 euros.
9.- INTERÉS DE DEMORA Y CLAUSULA PENAL
9.1.-La renta, cantidades asimiladas y demás conceptos incluidos en los recibos de alquiler, devengarán un interés de demora de dos puntos porcentuales por encima del que, en cada momento, sea el interés legal del dinero. El interés de demora se devengará desde el día en que fuese exigible el recibo de alquiler.
9.2.- Para el caso de resistencia al desalojo por parte del arrendatario, cumplida la duración del contrato o de alguna de sus prórrogas, las partes expresamente establecen como cláusula penal, en concepto de daños que el arrendatario satisfará al arrendador, la cantidad que resulte de multiplicar el doble del importe del alquiler mensual que se viniera satisfaciendo a la finalización del contrato por el número de meses que trascurran desde que el arrendatario tuviera que haber desalojado la finca arrendada según lo convenido y la fecha
del lanzamiento forzoso o entrega voluntaria de llaves, toda vez que la expresada ocupación se entenderá que es ilegítima y desprovista de todo título.
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10.- OPCIÓN DE COMPRA
10.1.- El arrendador concede gratuitamente al arrendatario un derecho de opción de compra sobre el local objeto de arrendamiento.
10.2.- El precio de venta se fija para el primer año en doscientos ochenta y nueve mil nueve euros, con dieciocho céntimos, XXX excluido, (289.009,18 €, IVA excluido). El precio de venta se actualizará anualmente, tomando como referencia la fecha del contrato del alquiler con opción de compra, aplicando la variación porcentual experimentada por el Índice de Precios al Consumo (IPC) en un periodo de doce meses inmediatamente anteriores a la fecha de celebración del contrato. Del precio así fijado no se descontarán en ningún caso las rentas satisfechas.
10.3.- El ejercicio de la opción de compra se podrá ejercer por una solo vez, durante la vigencia inicial del contrato, y no será posible su ejercicio durante las posibles prórrogas que se pacten o establezcan.
10.4.- El precio fijado se abonará en el momento de ejercer y formalizar la opción de compra. La finca se trasmitirá libre de cargas y gravámenes y al corriente en el pago de impuestos.
Los gastos notariales y registrales derivados del la compra será a cargo del comprador
11.- OBLIGACIONES DEL ARRENDANTARIO
11.1.-Es obligación del arrendatario el abono del impuesto de bienes inmuebles de la finca objeto de arriendo, cuyo importe será satisfecho en el plazo de un
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mes a contar desde la notificación por GICAMAN de la correspondiente factura así como cualquier otro tributo o tasa que se pudiera establecer por cualquier administración que grave el inmueble o la actividad o derivados del ejercicio de ésta. A efectos informativos el importe del Impuesto de Bienes Inmuebles del año 2016 ascendió a 1.928,78 euros. Corresponderá a GICAMAN el abono de los gastos de comunidad del inmueble tanto los ordinarios como las posibles derramas.
11.2.- Es obligación y derecho del arrendatario la realización de las obras necesarias en el interior del local y las derivadas de las actividades a implantar. Estas obras así como las mejoras que se realicen en los locales comerciales objeto del contrato de arrendamiento requerirán en todo caso autorización previa por escrito de GICAMAN sin perjuicio de las preceptivas licencias que hayan de solicitarse por parte del arrendatario. Todas estas obras pasarán a la propiedad de GICAMAN, accediendo al suelo, con la terminación del contrato, sin que por ello deba abonarse cantidad alguna al arrendatario. Al término del contrato el arrendatario solo podrá retirar las instalaciones desmontables y los elementos móviles que haya incorporado al edificio.
11.3.- Será de cuenta del arrendatario la contratación y el abono de los suministros de agua, gas, y electricidad que consuma con ocasión de la utilización del local arrendado.
11.4.- El arrendatario utilizará el local de negocio con arreglo a los usos permitidos, estando obligado a conservarlo en perfecto estado, realizando por su cuenta las reparaciones necesarias, respondiendo de los deterioros que puedan producirse por el uso normal de las instalaciones. No podrá realizar obras que modifiquen la estructura, ni cederlo ni subarrendarlo.
11.5.- El arrendatario estará obligado a utilizar el inmueble para destinarlo a negocio o actividad lícita, debiendo solicitar y obtener las licencias y autorizaciones que correspondan. Asimismo dará cumplimiento a la normativa sobre ruidos, horarios y cualesquiera otra que resulte de aplicación en función de la actividad a desarrollar.
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11.6.- La parte Xxxxxxxxxxxx, deberá concertar y mantener en vigor, durante la duración del presente contrato de arrendamiento, un seguro de Responsabilidad Civil General que contenga al menos, la Responsabilidad Civil de la Explotación con un límite mín. 300.000 € y la Responsabilidad Civil Locativa con un límite mín. 300.000 €. La parte arrendataria facilitará anualmente de oficio y sin necesidad de previo apercibimiento por GICAMAN copia del recibo anual de renovación del seguro.
11.7.- Las partes pactan que no serán de aplicación al presente contrato lo previsto en el artículo 25 y 31 de la Ley 29/1994, de 24 de noviembre, de Arrendamientos Urbanos sin perjuicio de lo establecido en relación con el ejercicio del derecho de opción de compra.
11.8.- Si durante la vigencia del contrato acaeciese la muerte del arrendatario GICAMAN se reserva la posibilidad o no de subrogar el contrato a favor del heredero que continúe en el ejercicio de la actividad.
11.9.- El arrendatario renuncia al derecho que le confiere el artículo 34 de la Ley de Arrendamientos Urbanos.
11.10.- El arrendatario una vez finalizado el arrendamiento devolverá el local en un adecuado estado de limpieza y conservación.
12.- CAUSAS DE RESOLUCIÓN DEL CONTRATO DE ARRENDAMIENTO
12.1.- Son causas de resolución del contrato las generales de la Ley y el incumplimiento de cualquiera de las obligaciones fijadas en este pliego de condiciones.
12.2.- La resolución por causa imputable al arrendatario implicará la perdida de la fianza definitiva, en todo caso, debiendo abonarse a GICAMAN los daños y perjuicios con arreglo a lo establecido en esta cláusula.
12.3.- De conformidad con lo establecido en el artículo 27 de la Ley29/1994,
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de 24 de noviembre, el incumplimiento por cualquiera de las partes de las obligaciones resultantes del contrato dará derecho a la parte que hubiera cumplido las suyas a exigir el cumplimiento de la obligación o a promover la resolución del contrato de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 1124 del Código Civil.
12.4.- Además, el arrendador podrá resolver de pleno derecho el contrato por las siguientes causas:
a) La falta de pago de la renta o, en su caso, de cualquiera de las cantidades cuyo pago haya asumido o corresponda al arrendatario.
b) La falta de pago del importe de la fianza o de su actualización.
c) El subarriendo o la cesión.
d) La realización de obras no consentidas por el arrendador
e) Cuando en el local se desarrollen actividades sin licencia o autorización previa.
f) Causar daños en el local o en la promoción de viviendas en la que se ubica.
g) No ajustarse a los estatutos y normas de la comunidad que resulten de aplicación.
h) El incumplimiento de la normativa sobre que resulte de aplicación en función de la actividad desarrollada en el local.
12.5.- El arrendatario podrá resolver el contrato por las siguientes causas:
a) Si la propiedad no realiza las reparaciones necesarias para conservar el local
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b) Si la propiedad no garantiza el uso pacífico del inmueble
c) En los casos en los que se pierda la finca por alguna causa de la que no sea responsable el arrendador y por la declaración de ruina realizada por la administración competente.
12.6.- En caso de resolución la parte culpable abonara a la otra en concepto de indemnización el 10 por ciento de las cuotas de arrendamiento que se devengarían hasta la finalización de plazo pactado.
13.- FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO Y ELEVACIÓN A ESCRITURA PÚBLICA.
Cualquiera de las partes podrá solicitar a su xxxxx la elevación a escritura pública inscripción del arrendamiento en el Registro de la Propiedad.
14.-. CONFIDENCIALIDAD Y USO DE LA INFORMACIÓN
14.1.- En cumplimiento del artículo 5 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal se informa que los datos recogidos de las ofertas serán incorporados y tratados en el sistema informático “Expedientes de contratación” titularidad de la GICAMAN, cuya finalidad es la gestión administrativa de la relación contractual, y podrán ser cedidos de conformidad con la ley, pudiendo ejercer ante ésta los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición mediante carta certificada dirigida a GICAMAN.
14.2.- Sin perjuicio de las obligaciones legales relativas a la publicidad de la adjudicación y a la información que debe darse a los interesados en el arrendamiento, GICAMAN no podrá divulgar la información facilitada por los empresarios que éstos hayan designado como confidencial.
Inscrita en el Registro Mercantil xx Xxxxxx. Tomo 845. Folio 20. Sección 8 Hoja Núm. TO-12.690. Inscripción 1ª. C.I.F.:A-45.421.641. X/ Xxx Xxxxxxx, 00 Xxxxxxxx Xxxxx Xxxxx xx Xxxxxxxxxxxx 00000 Xxxxxx - Tel.: 000 00 00 00 xx.xxxxxxxxx.xx
14.3.- El Adjudicatario y el personal adscrito a la ejecución de este contrato quedan expresamente obligados a mantener absoluta confidencialidad y reserva sobre cualquier dato que pudiera conocer con ocasión de su cumplimiento y en especial de aquella información a la que se le hubiese dado el carácter de confidencial o que por su propia naturaleza deba ser tratada como tal, en ningún caso podrá hacer uso de los informes o datos a los que tenga acceso con motivo de su ejecución.
En el caso de que, tras la oportuna solicitud, se le proporcione al Adjudicatario autorización para utilizar alguno de estos datos, se deberá hacer referencia expresa a GICAMAN y a la circunstancia en que se han obtenido.
14.4.- El Adjudicatario quedará obligado al cumplimiento de lo dispuesto en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de protección de datos de carácter personal y especialmente en lo indicado en su artículo 12 referido al acceso a datos por cuenta de terceros.
15.- JURISDICCIÓN COMPETENTE
15.1 El orden jurisdiccional civil será el competente para resolver las controversias que puedan surgir entre las partes en virtud de la naturaleza privada de este contrato.
15.2 Las partes se someten a los Juzgados y Tribunales del lugar donde radica la finca.
Inscrita en el Registro Mercantil xx Xxxxxx. Tomo 845. Folio 20. Sección 8 Hoja Núm. TO-12.690. Inscripción 1ª. C.I.F.:A-45.421.641. X/ Xxx Xxxxxxx, 00 Xxxxxxxx Xxxxx Xxxxx xx Xxxxxxxxxxxx 00000 Xxxxxx - Tel.: 000 00 00 00 xx.xxxxxxxxx.xx
Anexo 1 SOLICITUD DE PARTICIPACIÓN
D. /Xx………………………………………… con DNI nº…………………….., en nombre propio o en nombre de con
CIF… presenta:
La oferta y documentación que se acompaña para ser admitido a la licitación del expediente denominado ALQUILER CON OPCION DE COMPRA DE LOCAL COMERCIAL sito en la xxxxx Xxxxxxxxxx con vuelta a la Calle Toledo de Ciudad Real.
Datos del licitador a efectos de notificaciones y requerimientos:
-. NOMBRE DEL LICITADOR:
-. NOMBRE DEL REPRESENTANTE EN SU CASO:
-. PERSONA DE CONTACTO:
-. DIRECCIÓN:
-. TELÉFONO:
-. FAX:
Y para que conste a los efectos oportunos firmo la presente (lugar y fecha)……………………………….
Inscrita en el Registro Mercantil xx Xxxxxx. Tomo 845. Folio 20. Sección 8 Hoja Núm. TO-12.690. Inscripción 1ª. C.I.F.:A-45.421.641. X/ Xxx Xxxxxxx, 00 Xxxxxxxx Xxxxx Xxxxx xx Xxxxxxxxxxxx 00000 Xxxxxx - Tel.: 000 00 00 00 xx.xxxxxxxxx.xx
Anexo 2
MODELO DE DECLARACIÓN RESPONSABLE
D/Xx……………………………..con DNI…………………………….en nombre propio/como representante de la empresa con
CIF… DECLARO BAJO MI RESPONSABILIDAD:
a) Que cumple con todas las condiciones previstas en el pliego de condiciones para participar en esta subasta
b) Que no concurre en la misma ninguna de las circunstancias de prohibición para contratar, previstas en el artículo 60 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de
14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.
c) Que está al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias con la Hacienda estatal y autonómica, con la Seguridad Social así como dado de alta y al corriente del pago del Impuesto de Actividades Económicas (en su caso) según la legislación vigente.
d) Que en los órganos de administración o gobierno de la misma, no figura persona alguna que se encuentre comprendida en alguno de los supuestos a los que se refiere la Ley 11/2003, de 25 de septiembre, del Gobierno y del Consejo Consultivo de Castilla-La Mancha.
Y para que conste a los efectos oportunos firmo la presente en ……….. a……..
(firma)
Inscrita en el Registro Mercantil xx Xxxxxx. Tomo 845. Folio 20. Sección 8 Hoja Núm. TO-12.690. Inscripción 1ª. C.I.F.:A-45.421.641. X/ Xxx Xxxxxxx, 00 Xxxxxxxx Xxxxx Xxxxx xx Xxxxxxxxxxxx 00000 Xxxxxx - Tel.: 000 00 00 00 xx.xxxxxxxxx.xx
Anexo 3
Modelo de Oferta Económica
D/Xx……………………………..con DNI…………………………….en nombre propio/como representante de la empresa con
CIF……………….y domicilio en ………………..MANIFIESTA QUE, enterado del procedimiento de alquiler con opción de compra de local comercial sito en la calle Toledo con vuelta a la calle Toledo de Ciudad Real, conforme con el Pliego de Condiciones y con todos los requisitos y condiciones que rigen este procedimiento, y en nombre propio o por virtud de la representación que ostento me comprometo a arrendar el inmueble solicitado por el precio de:
RENTA (renta mensual, IVA excluido)
…………………………..(renta anual, IVA excluido)
(lugar, fecha, firma y sello)
Toledo,