Contract
CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS PROFESONALES RELATIVOS A LABORES DE FUMIGACIÓN, QUE CELEBRAN POR UNA PARTE EL C. XXXXXX XXXXXXX XXXXX XXXXX, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ COMO “EL PRESTADOR DE SERVICIOS”, Y POR LA OTRA, EL REPUBLICANO AYUNTAMIENTO DE XXXXX XXXXXXX, DURANGO, REPRESENTADO EN ESTE ACTO POR EL C. C.P. XXXXX XXXXXX XXXXXXXXXX, EN SU CARÁCTER DE TESORERO MUNICIPAL, EL C. LICENCIADO XXXXX XXXXXXXXX XXX XXXXXXX, EN SU CALIDAD DE SECRETARIO DEL AYUNTAMIENTO Y EL C. XXXXXXXXX XXXXXX XXXXXX, EN SU CARÁCTER DE OFICIAL MAYOR , A QUIEN EN LO SUCESIVO Y PARA EFECTOS DE ESTE CONTRATO SE LE DENOMINARÁ COMO “EL AYUNTAMIENTO”, AL TENOR DE LAS SIGUIENTES DECLARACIONES Y CLAÚSULAS:
DECLARACIONES
1.- Declara “El Prestador de Servicios” bajo protesta de decir verdad:
1.1.- Llamarse como ha quedado descrito en el encabezado de este contrato, ser mexicano, mayor de edad, en uso de sus derechos y facultades, con capacidad legal absoluta para celebrar contratos
1.2.- Que señala como Registro Federal de Contribuyentes el número FACC750818KF2 y como domicilio fiscal y convencional el ubicado en Carretera Torreón – La Paz kilómetro 10, colonia Real del Nogalar del municipio de Torreón, Coahuila, así como el ubicado en xxxxx Xxxxxx Xxxx #000, xxxxxxx Xxxxxx xx xx xxxxxx xx Xxxxxxx, Xxxxxxxx.
1.3.- Que el C. XXXXXX XXXXXXX XXXXX XXXXX, se identifica con credencial para votar con fotografía, expedida por el Registro Federal de Electores con numero de OCR: 1243058356134, clave de elector FYCNCR75081805H900, folio 0000097650941, CURP
XXXX000000XXXXXX00 señalando como su domicilio particular el ubicado en xxxxx Xxxxxx Xxxx #000, xxxxxxx Xxxxxx xx xx xxxxxx xx Xxxxxxx, Xxxxxxxx.
1.4.- Que tiene capacidad, conocimientos y experiencia, así como los medios materiales para prestar el servicio profesional que se describe en el cuerpo del presente instrumento legal.
1.5.- Que no se encuentra en los supuestos previstos en el artículo 37 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Estado de Durango, por lo que es su deseo y voluntad celebrar el presente contrato de prestación de servicios profesionales con la
administración pública municipal, del servicio solicitado por “El Ayuntamiento”, con las especificaciones, términos y condiciones que en el se establecen.
2.- Manifiesta “El Ayuntamiento”, por conducto de sus representantes:
2.1.- Que es una persona moral oficial, con autonomía propia y personalidad jurídica, conforme a lo previsto por los artículos 115, fracciones I y II de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 147 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Durango, 1º, 2º, 21 y 23 de la Ley Orgánica del Municipio Libre del Estado de Durango.
2.2.- Que el C. C.P. XXXXX XXXXXX XXXXXXXXXX, en su carácter de Tesorero Municipal, cuenta con facultades para suscribir el presente contrato, conforme al artículo 120, fracción XII del Reglamento Interior del Republicano Ayuntamiento de Xxxxx Xxxxxxx, Durango, que establece que corresponde al mismo, intervenir en las operaciones de crédito público municipal y en los actos y contratos de los que resulten derechos y obligaciones de carácter económico para el municipio.
2.3.- Que conforme al artículo 119. Fracciones II y X del Reglamento Interior del Republicano Ayuntamiento de Xxxxx Xxxxxxx, Durango, corresponde al C. Secretario del Republicano Ayuntamiento, vigilar que todos los actos del Ayuntamiento se realicen con estricto apego a derecho, y refrendar y certificar la autenticidad, con su firma, de los documentos y disposiciones que expida el Republicano Ayuntamiento y/o el Presidente Municipal.
2.4.- Que conforme al artículo 122, fracciones XV y XVI del Reglamento Interior del Republicano Ayuntamiento de Xxxxx Xxxxxxx, Durango, corresponde al Oficial Mayor, adquirir y suministrar oportunamente los bienes materiales y servicios generales que requieran las distintas dependencias de la Administración Pública Municipal; y efectuar las adquisiciones de bienes y servicios, a los proveedores, de acuerdo a las leyes, reglamentos, políticas y procedimientos que regulen su operación.
2.5.- Para los efectos legales de este contrato, señala como domicilio convencional y fiscal, el ubicado en avenida Xxxxxxxxx X. Xxxxxx número 400 Norte, Zona Centro, de la ciudad de Xxxxx Xxxxxxx, Durango, y como clave de Registro Federal de Contribuyentes el TMU820908-EP0.
3.- Declaran “Las Partes”:
3.1.- Se reconocen mutuamente la personalidad y capacidad legal con que actúan al celebrar el presente contrato; en el que expresan que no existe error, dolo o mala fe, ni se encuentra afectado por vicio alguno del consentimiento o de voluntad, así mismo, en el presente instrumento prevalece el orden público y el interés general que le es inherente al Republicano Ayuntamiento de Xxxxx Xxxxxxx, Durango.
3.2.- Que es su voluntad celebrar el presente contrato de prestación de servicios profesionales para efecto de que en los diversos edificios que se especifican en la cláusula PRIMERA se describen, se realicen trabajos de fumigación de manera mensual.
Para todo lo anterior, convienen en sujetarse a las siguientes:
C L Á U S U L A S
PRIMERA.- OBJETO Y DESCRIPCIÓN. “El Prestador de Servicios” conviene en prestar a “El Ayuntamiento” el servicio profesional consistente en labores de fumigación que se aplicara bajo el método que a continuación se describe:
Bandeo por todo el interior del inmueble en abanico de 45 centímetros en piso y esquinas de pared dejando protegido contra rastreros (TEMPRID) | Aplicación en cañerías desde adentro hasta los registros de la calle (TEMPRID) |
Nebulización en frio en todo el interior para dejar protegida el área contra voladores (FICAM W) | En exteriores aplicación con bomba de alta presión en todo el inmueble y áreas estratégicas de producto, monitoreo continuo de consumo y reposición del mismo. (RODILON Y FASTRAC) |
SEGUNDA.- LUGARES EN QUE SE APLICARÁ LA FUMIGACIÓN. “Las Partes” acuerdan que los edificios e instalaciones en los cuales se han de realizar las labores de fumigación serán las siguientes:
Presidencia Municipal | Edificio de Dirección de Salud Municipal | Dirección de Educación |
5 Unidades Deportivas | 3 Estadios | Dirección de Prevención Social |
2 Gimnasios | 1 Centro Deportivo | Instituto de la Mujer |
Dirección del Deporte | Dirección de Desarrollo Social | TEPEPAN |
Centros Comunitarios | Teatro Xxxxxxx X. Xxxxxxxx | Dirección de Seguridad Pública, Tránsito y Vialidad |
Centro de Convenciones Xxxxxxxxx Xxxxx | 4 Bibliotecas | Dirección de Ecología |
3 Centros Culturales | Catastro | Bomberos |
“El Ayuntamiento” proporcionará a “El Prestador de Servicios” los domicilios y ubicaciones de los edificios e instalaciones antes descritos.
TERCERA.- INICIO DEL SERVICIO PROFESIONAL. “El Prestador de Servicios” se obliga a iniciar los trabajos materia de este contrato a la firma del presente instrumento legal, mismos que deberá hacerlos de forma tal que todos los edificios e instalaciones queden fumigados dentro del término de 30 días naturales.
En el supuesto eventual y temporal de que “El Prestador de Servicios”, por causas ajenas a su voluntad no se encuentre en posibilidades de proporcionar el servicio en los términos de las CLÁSULAS PRIMERA y SEGUNDA de este contrato, deberá desde la suscripción del presente contrato, exhibir ante “El Ayuntamiento”, una terna de aquel o aquellos profesionistas que estarán disponibles para suplir en forma extraordinaria la prestación del servicio en su nombre y representación, con todas las obligaciones inherentes a su responsabilidad contenidas en el presente instrumento legal.
CUARTA.- OBLIGACIONES DE LAS PARTES.
a) “El Prestador de Servicios” se obliga a:
1.- Prestar sus servicios profesionales, apegado al objeto del presente contrato, de conformidad a las normas y procedimiento técnicos aplicables.
2.- Respetar y acatar cualquier decisión de “El Ayuntamiento”, que tenga como finalidad la mejora en la prestación del servicio materia de este contrato y que le sea oportunamente notificada.
3.- Proporcionar con diligencia, honestidad y efectividad los servicios que son objeto del presente contrato, así como atender en asesorías necesarias que se requiera por sus servicios.
4.- Responder de los daños y perjuicios que sufra “El Ayuntamiento”, por defectos y vicios ocultos.
b) “El Prestador de Servicios” se obliga a:
1.- Pagar por el servicio profesional, materia de este contrato, en la forma y términos convenidos.
QUINTA.- SINIESTROS. “El Ayuntamiento” no es responsable de los daños y perjuicios causados a los bienes inmuebles en donde se realice el servicio profesional, por negligencia, dolo o mala fe por parte de “El Prestador de Servicios”, por lo que éste absorberá los gastos que se originen por la reparación de los daños causados.
Así mismo, “El Ayuntamiento” no será responsable de los accidentes de trabajo en que pueda incurrir “El Prestador de Servicios” durante la prestación de servicios objeto de este contrato.
SEXTA.- IMPORTE DEL SERVICIO. “El Ayuntamiento” conviene en pagar a “El Prestador de Servicios”, por concepto de fumigación materia de este contrato, la cantidad de $138,910.00 (Ciento treinta y ocho mil novecientos diez pesos 00/100 M.N.), mensuales, importe en el cual queda incluido el Impuesto al Valor Agregado (IVA), cantidad que se desglosa como a continuación se describe:
DESCRIPCIÓN | PRECIO UNITARIO | IMPORTE |
LABOR DE FUMIGACIÓN EN LOS TÉRMINOS Y LUGARES DESCRITOS EN LAS CLÁUSULAS PRIMERA Y SEGUNDA DE ESTE CONTRATO | $119,750.00 | $119,750.00 |
SUB TOTAL | $119,750.00 | |
I.V.A. | $19,160.00 | |
TOTAL | $138,910.00 |
SÉPTIMA.- FORMA DE PAGO. “El Ayuntamiento” se obliga a realizar el pago dentro de los primero 5 días siguientes al mes vencido en que se haya prestado el servicio materia de este
contrato, todo lo anterior mediante la presentación previa del recibo o comprobante correspondiente, mismo que deberá reunir los requisitos fiscales que establece la legislación vigente en la materia, desglosando el Impuesto al Valor Agregado, en el domicilio de “El Ayuntamiento”. Obligándose “El Prestador de Servicios” a presentar la Bitácora de los trabajos realizados, siendo ésta elemento indispensable para la liberación del pago.
OCTAVA.- VIGENCIA DEL CONTRATO. La vigencia del presente contrato será de 6 (SEIS) meses, contados a partir de la firma del presente contrato, es decir, del 01 de Julio al 31 de Diciembre de 2017.
NOVENA.- RESPONSABILIDAD LABORAL.- “Las Partes” reconocen expresamente que no existe una relación laboral o de dependencia entre sí, ni entre cualquiera de ellas y los empleados de “El Prestador de Servicios”, y en consecuencia éste asumirá todos los sueldos y salarios, beneficios laborales y gastos con respecto a sus empleados asignados para llevar a cabo las labores de fumigación y el trabajo necesario para cumplir con las obligaciones establecidas en el presente instrumento.
“Las Partes” convienen y acuerdan que en caso de que alguno de los empleados de “El Prestador de Servicios” demandaren a su contraparte por temas de carácter laboral, fiscal o de seguridad social, “El Prestador de Servicios”, sacará en paz y a salvo a la contraparte demandada, e indemnizará de ser el caso cualquier cantidad que la parte demandada haya tenido que pagar por este rubro, en un plazo no mayor a quince días posterior a su requerimiento.
DÉCIMA.- TERMINACIÓN ANTCIPADA. “El Ayuntamiento” podrá dar por terminado de manera anticipada el presente contrato de prestación de servicios profesionales, sin responsabilidad alguna a su cargo, bastando la comunicación que por escrito haga a “El Prestador de Servicios”.
DÉCIMA PRIMERA.- RESCISIÓN DEL CONTRATO. El incumplimiento de cualquiera de las obligaciones establecidas en el presente contrato, dará lugar a su rescisión, sin responsabilidad para la parte que si haya cumplido sus obligaciones, previa notificación que se realice por escrito de conformidad al procedimiento que establece la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Estado de Durango.
DÉCIMA SEGUNDA.- PAGO EN CASO DE TERMINACIÓN O RESCISIÓN. A la terminación o rescisión de este contrato, “El Ayuntamiento” cubrirá únicamente el importe de los honorarios y material que se hayan devengado y utilizado.
DÉCIMA TERCERA.- DISPOSICIONES LEGALES APLICABLES. “Las Partes” convienen en que todo lo no previsto en el presente contrato se regirá por las disposiciones del Código Civil del Estado de Durango y demás disposiciones aplicables.
DÉCIMA NOVENA.- JURISDICCIÓN E INTERPRETACIÓN. Para la interpretación y cumplimiento del presente contrato, “Las Partes” se someten a la jurisdicción y competencia de los tribunales en la ciudad de Xxxxx Xxxxxxx, Durango, renunciando al fuero que pudiera corresponderles por razón de su domicilio actual o futuro o por cualquier otra causa.
El presente contrato de prestación de servicios profesionales se firma en tres ejemplares, en la ciudad de Xxxxx Xxxxxxx, Durango, a los 01 días del mes de Julio de 2017.
Por EL PRESTADOR DE SERVICIOS: XXXXXX XXXXXXX XXXXX XXXXX |
Por “EL AYUNTAMIENTO” Republicano Ayuntamiento de Xxxxx Xxxxxxx, Durango |
C.P. XXXXX XXXXXX XXXXXXXXXX Tesorero Municipal y Apoderado Legal |
LIC. XXXXX XXXXXXXXX XXX XXXXXXX Secretario del Republicano Ayuntamiento | C. XXXXXXXXX XXXXXX XXXXXX Oficial Mayor |
Las firmas que anteceden forman parte del contrato de prestación de servicios profesionales consistentes en labores de fumigación, celebrado entre el C. XXXXXX XXXXXXX XXXXX XXXXX, y el Republicano Ayuntamiento de Xxxxx Xxxxxxx, Durango, firmado con fecha del día 01 de Julio de 2017.