Contract
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Contrato de Servicios de Representacion y de Uso de Imagen de Modelo Extranjero.
inStyle Model Management – Modelos Extranjeros – Servicios y de Representacion y de Uso de Imagen - 3
CONTRATO DE PRESTACION DE SERVICIOS DE REPRESENTACIÓN Y DE USO DE IMAGEN DE MODELO EXTRANJERO, RADICANDO FUERA DEL PAIS, CON LA OBLIGACIÓN DE INTERNALO A TERRITORIO NACIONAL, PARA EJERCER SU ACTIVIDAD EN MÉXICO.
QUE CELEBRAN POR UNA PARTE LA EMPRESA TOPVEL Y ASOCIADOS S. C. REPRESENTADA POR XXXXX XXXX XXXXXX XXXXXXXXX, EN SU CALIDAD DE ADMINISTRADOR Y REPRESENTANTE LEGAL, CON BASE EN LAS FACULTADES QUE TIENE CONFERIDAS, EN LO SUCESIVO “LA AGENCIA” Y POR LA OTRA
, QUIEN LO SUSCRIBE, POR SU PROPIO DERECHO, EN LO SUCESIVO “EL/LA MODELO”, DE CONFORMIDAD CON LAS SIGUIENTES DEFINICIONES, DECLARACIONES Y CLÁUSULAS:
DEFINICIONES
Las partes convienen de común acuerdo que, para los efectos de este contrato, se hace necesario establecer y definir primeramente de una manera general, la naturaleza y alcance de las relaciones entre LA AGENCIA y EL/LA MODELO, con el objeto de facilitar la comprensión de este contrato, así como el contenido y alcances de las obligaciones que se derivan de dicho instrumento, y que son, los que a continuación se indican:
DEFINICION DEL CONTRATO: Es un Contrato de mandato oneroso, celebrado entre las partes contratantes, para efectos de llevar a cabo la representación artística y uso de imagen, de artista o modelo, por cuyo efecto, LA AGENCIA se obliga a difundir, promover y colocar al artista y/o, modelo con los Clientes de la Agencia y/o terceros interesados en los servicios desarrollados por estos, garantizando la prestación de los servicios, mediante la celebración de los contratos de prestación de servicios correspondientes, por ende, la naturaleza del contrato es meramente civil y no laboral, ya que entre la Agencia y el Representado, no existe ningún vínculo laboral.
OBJETO Y FINES DEL CONTRATO: El contrato tiene por finalidad, representar, promover y difundir la imagen e intereses del Artista y/o Modelo, ante clientes potenciales de sus servicios, como pueden ser los diversos medios de comunicación y de publicidad existentes en México, así como, clientes de la Agencia y/o terceros interesados, en los servicios de modelos y/o artistas, de acuerdo a las capacidades, cualidades, imagen y/o talento que estos poseen.
Para el mejor logro y consecución de los servicios de representación, el Representante, debe realizar los siguientes mandatos:
a) Mandato de Investigación: Búsqueda xx xxxxxxx y clientes potenciales que requieran los servicios del Modelo.
b) Mandato de Gestión y Representación: El cual comprende la facultad de difundir, promover, ofertar, negociar y contratar con terceros, los servicios del Artista y/o Modelo.
AGENCIA IN STYLE. Es el nombre o marca comercial de la empresa TOPVEL Y ASOCIADOS S. C., a la cual se le podrá denominar para efectos de este contrato, como LA AGENCIA.
Xxxxxxxxxxx 000, Xxxxx X Xxxx 0 Xxx. 0 Xxx. Xxxx Xxx Xxxxxx xx Xxxxxx C.P.06760 Tel. 36.83.42.49 xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx
TOPVEL Y ASOCIADOS S. C.. Es el nombre o denominación legal de Agencia inStyle Model Management, quien es la encargada de proporcionar los servicios de representación artística y de modelos, para cuyo efecto, promueve, busca y obtiene para sus representados, la colocación de
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estos ante terceros, mediante los mejores contratos y condiciones económicas existentes en el mercado mexicano de artistas y modelos, garantizando a unos y otros, la excelencia de los servicios, dado que se preocupa por buscar y promover artistas y modelos con altos perfiles, en cuanto a imagen, cualidades, talentos y capacidades.
Para tal fin, TOPVEL Y ASOCIADOS S. C. o LA AGENCIA, cuenta con la experiencia, capacidad y una inmejorable cartera de clientes potenciales, para lograr las mejores condiciones contractuales xxx xxxxxxx que redunden en beneficios económicos para sus representados. Para la mejor consecución de los objetivos anteriores, La Agencia se encuentra representada por su administrador y representante legal, quien es el encargado de firmar los contratos de Representación con EL/LA ARTISTA Y/O MODELO, y por consiguiente, es la persona encargada de coordinar los actos de representación, a efecto de que LA AGENCIA pueda difundir, promover y celebrar los Contratos de prestación de servicios de modelaje y actividades artísticas, con los Clientes o Terceros, con el fin de conseguir la realización profesional del ARTISTA Y/O MODELO.
EL/LA ARTISTA Y/O MODELO. Es la persona física, extranjero que reuniendo los requisitos para ser considerado como Artista y/o Modelo, solicita los servicios se representación de LA AGENCIA, mediante la celebración del contrato de representación respectivo, con el fin de ser representado por ésta, ante clientes y/o terceros interesados en sus servicios, para cuyo efecto, EL/LA Representada (o), se obliga a proporcionar de manera correcta y fidedigna todos los datos de tipo personal, así como los relacionados con su actividad y/o profesión, tales como: nombre, dirección, teléfono celular, peso, estatura, color de pelo, color de ojos, talla, medidas, estado de salud, hábitos y prácticas deportivas, cualidades y capacidades profesionales, los cuales son necesarios, para el correcto desempeño de los servicios de representación, los cuales se proporcionaran y se harán constar en la hoja “Anexo 1”.
SERVICIOS DE REPRESENTACIÓN. Son los servicios de difusión, promoción y colocación que lleva a cabo LA AGENCIA en favor de sus representados, ante terceras personas y muy especialmente frente a sus clientes, por virtud de los cuales, LA AGENCIA se obliga a buscar, promover, difundir y explotar con fines comerciales, la imagen, cualidades, aptitudes, capacidades y experiencia del artista y/o modelo, para lograr en ejecución del Contrato de Representación respectivo, su colocación y contratación respectiva, con las empresas y medios especializados en la materia, velando en todo momento por los intereses, el bienestar y la satisfacción profesional y económica de su representado, mediante la fórmula de obtener los mejores contratos y las mejores condiciones de trabajo, lo que conlleva, obtener las mejores condiciones económicas para estos, así como, de su seguridad jurídica y fiscal.
CLIENTES. Son las terceras personas con quienes LA AGENCIA promueve al ARTISTA Y/O MODELO, para obtener y negociar los servicios de sus representados, en cualquiera de sus formas y modalidades, suscribiendo para ello, los contratos más favorables a los interese del representado.
CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE MODELAJE Y/O ACTIVIDADES ARTÍSTICAS. Es el
Tehuantepec 170, Xxxxx X Xxxx 0 Xxx. 0 Xxx. Xxxx Xxx Xxxxxx xx Xxxxxx C.P.06760 Tel. 36.83.42.49 xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx
Contrato o acuerdo de voluntades, que celebran LA AGENCIA y el Tercero Interesado, el cual tiene por objeto, la prestación de los Servicios de Modelaje y/o actividades Artísticas, en cualquiera de sus formas y modalidades, mismo mediante el cual, se pactan la forma y términos de los servicios, duración de los mismos, los honorarios, las comisiones y las regalías, así como toda la especificidad de los servicios contratados, mediante las diversas definiciones, declaraciones y cláusulas que componen el contrato.
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AGENCIA MADRE. Es la Agencia originaria del país en donde radica o es originario el Artista y/o Modelo, quien es además poseedora de los derechos del uso de imagen del artista y/o modelo, la cual, para efectos del presente contrato, está de acuerdo en ceder de manera temporal los aludidos derechos de explotación de la imagen del artista y/o modelo, en favor la Agencia inStyle, por el tiempo que dure la relación contractual en México, esto para la mejor consecución de los servicios de representación profesional, objeto de este contrato, a cambio de lo cual, dicha Agencia Madre obtendrá para sí una contraprestación económica, equivalente al 10% de la facturación de los servicios de modelaje y del 10% en facturación de otras actividades, como pueden ser las activaciones o promoción de bienes, productos y/o servicios, mediante edecanes.
Expuesto lo anterior, las partes están de acuerdo en celebrar el presente contrato de Representación, para lo cual formulan las siguientes;
DECLARACIONES
LA AGENCIA manifiesta ser:
a) Una sociedad civil de nacionalidad mexicana, constituida conforme a las leyes del país, según escritura pública número 25,334, expedida con fecha 0 xx Xxxxx xxx 0000, xxxx xx xx xxx Xxxxxxx Público No. 224, del Distrito Federal, Lic. Xxxxx Xxxxxx Xxxxx, inscrita en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio, de esta ciudad capital, con domicilio legal en: Xxxxxxxxxxx 000, Xxxxx X, Xxxx 0, Xxxxxxx 0, Xxxxxxx Xxxx Xxx, Delegación Xxxxxxxxxx, C. P. 06760.
b) Que su administrador y representante legal, es el Xx. Xxxxx Xxxx Xxxxxx Xxxxxxxxx, el cual goza de las más amplias facultades y atribuciones legales, para celebrar a nombre de LA AGENCIA , los actos jurídicos necesarios para el cumplimiento de su objeto, incluido el Contrato de Representación Artística y Modelaje, así como los de Prestación de Servicios Artísticos y de Modelaje, en los términos de los poderes contenidos en la escritura pública 25,334, expedida con fecha 0 xx Xxxxx xxx 0000, xxxx xx xx xxx Xxxxxxx Público No. 224, del Distrito Federal, Lic. Xxxxx Xxxxxx Xxxxx, inscrito en el Registro Público de la Propiedad, de esta ciudad.
c) Para los efectos de este contrato, se señala que La AGENCIA tiene por objeto, la prestación de todo tipo de servicios profesionales o técnicos, relacionados con la promoción de bienes o servicios mediante edecanes, promotores, modelos y actores; así como la prestación de todo tipo de servicios profesionales o técnicos de asesoría, consultoría, capacitación y representación de edecanes, promotores, modelos y actores, entre otros, derivado de lo cual, LA AGENCIA, cuenta con la capacidad y experiencia para brindar el servicio para el que se le contrata, en función del cual, puede obtener para su representado, ya sea de sus clientes o de terceros, la colocación del modelo o artista, en actividades propias de su profesión o actividad, garantizando sus servicios mediante la celebración de los contratos de trabajo respectivos, en cualquiera de sus formas, facetas y modalidades.
Xxxxxxxxxxx 000, Xxxxx X Xxxx 0 Xxx. 0 Xxx. Xxxx Xxx Xxxxxx xx Xxxxxx C.P.06760 Tel. 36.83.42.49 xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx
d) LA AGENCIA cuenta con la experiencia, los medios y los contactos necesarios para garantizar la prestación del servicio de Representación, para lo cual, pone a disposición del Artista, Modelo o Representado, toda su capacidad y habilidades para garantizar el éxito del servicio.
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e) Que con motivo de su objeto social, LA AGENCIA puede celebrar contratos con sus Clientes y/o terceros, sean personas físicas x xxxxxxx, para coordinar, dirigir, organizar, y en general, para llevar a cabo toda clase de actividades relacionadas con eventos culturales, deportivos, musicales, campañas publicitarias de cualquier índole y demás actividades similares, incluidos la contratación de servicios de modelaje y actividades artísticas, según sea el caso, por lo cual, podrá con motivo del contrato de Servicios de Representación, celebrar de manera directa con sus clientes y/o terceros, el contrato o contratos que se requieran para la prestación de los servicios de modelaje e interpretación artística, de acuerdo con los términos y condiciones del contratante de los citados servicios y por lo mismo, recibir el importe de los honorarios, con la consecuente obligación de efectuar los pagos que correspondan al representado, así como a su Agencia Madre.
f) Para cumplir con los términos del presente contrato, La Agencia se compromete a descontar de los servicios facturados por el artista y/o modelo, en favor de su Agencia Madre, el equivalente al 10% o 10% de sus percepciones, según se trate de actividades artísticas y modelaje, o bien por servicios de activaciones, tal y como se señala en la parte de definiciones de este instrumento.
g) De la misma manera, la AGENCIA podrá en términos del presente contrato, descontar o retener de los servicios facturados por el actor o modelo, el porcentaje del 20% pactado entre las partes, como contraprestación por sus servicios.
2. El Modelo manifiesta:
A) Que es una persona física, mayor de edad, con fecha de nacimiento y de nacionalidad_ , con domicilio en esta ciudad, el ubicado en
, y que cuenta con la capacidad legal para obligarse y contratar, en los términos de este instrumento.
B) Que tiene por actividad preponderante, la interpretación artística y/o el modelaje en todas sus formas, facetas y modalidades, la cual ha desarrollado durante los últimos años, mismos que ha prestado para diversas empresas, agencias de modelaje, agencias publicitarias y productoras, tanto en su país de origen como en otros más, y que, por tanto, cuenta con las cualidades, aptitud y experiencia necesaria para brindar dichos servicios en México.
C) Que es su voluntad celebrar el presente contrato con LA AGENCIA con la finalidad de que la misma sea quien la (o) represente de manera exclusiva en México, promoviendo, difundiendo o publicitando su imagen y servicios de modelaje o talentos artísticos, ante los clientes de LA AGENCIA y/o terceras personas, físicas x xxxxxxx, con la finalidad de llevar a cabo en México la prestación de sus servicios. Lo anterior, en consideración a las cualidades, experiencia y talento artístico adquirido durante su carrera profesional, mismos que pone a disposición de LA AGENCIA, incluido el uso de su imagen, para que los promueva como mejor convenga a sus intereses.
Xxxxxxxxxxx 000, Xxxxx X Xxxx 0 Xxx. 0 Xxx. Xxxx Xxx Xxxxxx xx Xxxxxx C.P.06760 Tel. 36.83.42.49 xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx
D) A tal efecto, declara EL MODELO que por virtud de este contrato de representación, queda obligada (o) a pagar a la AGENCIA, el 20% de los honorarios que se deriven de la facturación de sus servicios, así como a proporcionar a dicha AGENCIA los datos personales que esta le requiera como parte de sus talentos, así como realizar todas las actividades e instrucciones que de cuando en cuando le señale LA AGENCIA, y que se encuentren relacionadas con su actividad de modelo y/o artista, incluidas aquellas relacionadas con campañas y eventos publicitarios, pautas publicitarias en general, comerciales, incluida la prestación de los servicios de modelaje e interpretación artística,
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según sea el caso, designando para tal efecto a LA AGENCIA como su representante exclusivo en México, para que, con tal carácter, promueva y publicite sus servicios de interpretación artística, y/o modelaje, así como de su imagen personal y/o comercial, frente a quienes LA AGENCIA considere más conveniente y apropiado a sus intereses, de acuerdo con los términos y condiciones de este instrumento, para lo cual, faculta a la AGENCIA a celebrar de manera directa los contratos de prestación de servicios que considere más convenientes para su beneficio y que redunden en los mayores ingresos posibles.
Estando ambas partes de acuerdo con lo anterior, convienen en suscribir el presente contrato, obligándose para ello bajo las siguientes estipulaciones y
CLÁUSULAS
Disposiciones sobre la Representación de los Servicios.
PRIMERA.- El/la suscrito/a , de Nacionalidad, _____________________, mayor de edad y con capacidad para obligarse en los términos del presente instrumento, contando además con legal estancia en México, según se acredita con la correspondiente forma migratoria, expedida a su favor, por el Instituto Nacional de Migración, y del cual entrega una copia a la AGENCIA para que obre en su expediente personal, en lo sucesivo la (el) Modelo Artista o Representado, manifiesta de manera libre y espontánea, que es su voluntad designar a La empresa TOPVEL Y ASOCIADOS S. C., en lo sucesivo LA AGENCIA, como su representante exclusivo en México, para lo cual, suscribe en términos de este instrumento, un contrato de Prestación de Servicios de Representación, por virtud del cual, faculta a la AGENCIA para que lo representen ante terceras personas y muy especialmente frente a los Clientes de la misma AGENCIA, con el objeto de obtener los mejores contratos posibles, relacionados con su actividad de modelo (o talento artístico), facultando de esta manera a LA AGENCIA, para promoverlo como mejor crea conveniente y de acuerdo a su experiencia en el mercado del modelaje y/o actividades artísticas, así como para negociar y contratar libremente sus servicios, incluido el importe de los honorarios, todo ello con base en la experiencia de la empresa, en este tipo de negociaciones.
Así, por virtud del presente Contrato de Exclusividad, La/ El Modelo otorga a LA AGENCIA, la facultad para ejercer los actos de representación que sean necesarios, para llevar a cabo y con éxito, la representación del modelo o artista, de manera exclusiva ante terceros, por lo cual, el Modelo o Artista se obliga a prestar de manera exclusiva sus Servicios de Modelaje o talento artístico a los Clientes de LA AGENCIA, o al tercero que ésta le señale de cuando en cuando, atendiendo a las contrataciones y compromisos que LA AGENCIA asuma o contraiga con sus clientes y terceros, en el entendido de que el Modelo o Artista no podrá en ningún momento y durante la vigencia del presente instrumento, contratarse u obligarse directamente con los Clientes de LA AGENCIA, Y/o con terceros, para prestar sus Servicios de Modelaje, artísticos o cualesquiera otros similares a los Servicios de Modelaje y artísticos que lleva a cabo la AGENCIA, sin que medie la aceptación o autorización expresa de esta última.
SEGUNDA.- TOPVEL Y ASOCIADOS S. C., en lo sucesivo LA AGENCIA, por efectos de este Contrato de Representación exclusiva, acepta el mandato de representación que se le confiere por
Xxxxxxxxxxx 000, Xxxxx X Xxxx 0 Xxx. 0 Xxx. Xxxx Xxx Xxxxxx xx Xxxxxx C.P.06760 Tel. 36.83.42.49 xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx
, en lo sucesivo EL/LA MODELO o ARTISTA, a cuyo efecto, lo asume como un acto de representación independiente, sin que para ello medie o exista un vínculo o relación patronal o laboral, dado que será ejecutado bajo su propio
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criterio y experiencia, por tanto, LA AGENCIA acepta el mandato de Representación conferido, con el objeto de difundir y promover la imagen y talentos del Modelo o Artista o Representado, frente a sus clientes o terceros, a efecto de obtener en favor de éste, los contratos de trabajo que más convengan a sus intereses profesionales y artísticos.
Para la mejor consecución de los fines de este contrato, las facultades de representación, incluyen las inherentes para pactar libremente con terceros los servicios y el importe de las contraprestaciones que correspondan al Modelo y/o Artista, por cualquier título o concepto, incluyendo de manera enunciativa y no limitativa, las siguientes: honorarios, regalías, comisiones, viáticos, entre otros, en base a la experiencia y contactos de la AGENCIA.
Asimismo y en ejecución del presente contrato de mandato, LA AGENCIA, podrá celebrar de manera directa cualesquier contrato en nombre y representación del Modelo o Artista, así como facturar y recibir los importes relacionados con los servicios que se llegaren a prestar por parte del representado, los cuales se entregarán a este, en los términos y condiciones pactadas, siempre que estos hubieren sido totalmente liquidados por el clientes, y en el entendido de que la AGENCIA, descontará de tales importes, la comisión que a esta le corresponda y que se señala más adelante, así como las comisiones correspondientes a la Agencia Madre del Modelo o Artista, que también se encuentra pactada en este instrumento.
Para los efectos legales ha lugar, se entiende que dicho servicio de representación, incluye entre otros, la promoción y difusión de las aptitudes y talentos del Artista, Modelo o Representado, así como el manejo y explotación comercial de su imagen. Asimismo y formando parte de los servicios de representación, se comprende la facultad de negociar libremente el importe de los honorarios respectivos por cada trabajo o actividad, así como, la facultad de suscribir a nombre del representado, los contratos y/o instrumentos que sean necesarios, para la prestación de los servicios de modelaje y/o actividades artísticas.
De igual manera y en ejecución del mandato de servicios de representación, LA AGENCIA, podrá realizar todas las gestiones judiciales y extrajudiciales que resulten necesarias a fin de cobrar y obtener el pago de las remuneraciones, regalías, y demás contraprestaciones que se generen a favor de su representado, con motivo de la prestación de los Servicios de Modelaje y/o cualesquiera otros servicios similares, quedando por tanto, LA AGENCIA autorizada para recibir los pagos que con motivo de los servicios, se lleguen a generar.
Para el ejercicio de las acciones legales conducentes en favor del MODELO o Representado, este deberá otorgar en favor de LA AGENCIA, las más amplias facultades y poderes, las cuales se deberán conferir de manera expresa, mediante carta poder que se acompañará a este contrato como “Anexo 2”.
TERCERA.- Para los efectos de este contrato, ambas partes convienen en que la duración de este contrato será de un año forzoso, en el entendido de que el servicio de representación, tendrán un costo equivalente al 20% (Veinte por Ciento), de cada uno de los servicios o montos que se obtengan de los contratos celebrados y que se generen en favor del modelo y/o artista, incluidas comisiones, regalías y demás emolumentos que se deriven de los trabajos contratados por terceros.
Xxxxxxxxxxx 000, Xxxxx X Xxxx 0 Xxx. 0 Xxx. Xxxx Xxx Xxxxxx xx Xxxxxx C.P.06760 Tel. 36.83.42.49 xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx
CUARTA.- Ambas partes convienen igualmente, en el hecho de que, para cumplir con los derechos de explotación y uso de imagen en México del Modelo o Artista, los cuales detenta de manera
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originaria su Agencia Madre, es necesario que este y su agencia Madre, hagan cesión expresa, de tales derechos de explotación y uso de imagen, en favor de la AGENCIA, a fin de que esta pueda convenir legalmente con terceros interesados, los servicios del Modelo o Artista, en los cuales queda incluida la explotación y uso de su imagen, para lo cual, por efectos de esta Cláusula, tales derechos se entienden cedidos en favor de LA AGENCIA, de manera expresa y temporal, por igual término o temporalidad a la de la vigencia de este contrato. De esta manera, todos y cada uno de los contratos de prestación de servicios, o cualquier otro instrumento similar que se utilice para la prestación de los servicios del Modelo o Artista, suscrito por LA AGENCIA, llevará implícito los citados derechos de explotación y uso de imagen, sin necesidad de que estos sean ratificados. Por virtud de lo anterior, El Modelo o Artista conviene y acepta que de la facturación que la prestación de sus servicios genere, se le descuente el equivalente al 10% o 10% de los mismos, según la actividad en la que haya participado, para que sea entregado a la Agencia Madre, mediante su abono en la cuenta que para tal efecto se señale, por parte de aquella.
Obligaciones del Modelo.
QUINTA.- La o el MODELO o ARTISTA se obliga a prestar con toda dedicación, aptitudes y talento, los servicios y actividades que le señale LA AGENCIA de cuando en cuando, mismos que serán prestados en favor de los Clientes y/o Terceros, que contraten los servicios respectivos, los cuales se deberán realizar de manera personal por la o el MODELO o ARTISTA, sin poderlos transferir a terceros, si no existe para ello autorización expresa de LA AGENCIA, para efectos de lo anterior, el Artista, Modelo o Representado, se compromete a cumplir cabalmente las instrucciones, indicaciones y orientaciones que le sean señaladas, respetando cabalmente los compromisos adquiridos por LA AGENCIA, en materia de presentaciones, calendarios, horarios y cualquier otra actividad determinada por LA AGENCIA y relacionados con los servicios contratados.
SEXTA.- Los servicios de modelaje y/o actividades artísticas que debe prestar EL/LA MODELO o ARTISTA, comprenden en forma enunciativa, más no limitativa, los siguientes: Pasarelas, comerciales de televisión, publicidad en revistas y editoriales, internet, billboard, catálogos, videos, publicidad en espectaculares, eventos musicales y deportivos, así como, toda publicidad en general, los cuales incluyen el uso y/o explotación de su fotografía e imagen, en cualesquiera medio de publicidad y/o de comunicación, así como, todo tipo de interpretaciones artísticas, en lo sucesivo los "Servicios de Modelaje o artísticos", obligándose EL/LA MODELO o ARTISTA a asistir puntualmente a todos los llamados, castings y pruebas que le sean indicados por LA AGENCIA.
Abstenciones a cargo del modelo.
SEPTIMA.- Por efectos del presente contrato de exclusividad e imagen, el Artista, Modelo o Representado, se obliga a abstenerse de conceder a los Clientes de LA AGENCIA, o a cualesquiera terceros, autorización, permiso, licencia o derecho para el uso y/o explotación de su imagen y/o interpretación artística, a través de algún medio publicitario o de comunicación, bajo cualquier título o concepto, toda vez que la representación, manejo, negociación, cobro de tal uso y/o explotación, corresponde exclusivamente a LA AGENCIA, en los términos del presente instrumento.
Xxxxxxxxxxx 000, Xxxxx X Xxxx 0 Xxx. 0 Xxx. Xxxx Xxx Xxxxxx xx Xxxxxx C.P.06760 Tel. 36.83.42.49 xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx
Asimismo y por virtud de la exclusividad que EL/LA MODELO o ARTISTA otorga a favor de LA AGENCIA, de acuerdo a los términos de este Contrato, este se obliga a no contratarse con ninguna otra persona física o moral que realice actividades comerciales iguales o similares a las que realiza LA AGENCIA, dentro de las cuales se encuentran implícitas de manera enunciativa y no limitativa,
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las que realizan agencias de modelos, agencias de publicidad, agencias de edecanes, casas productoras, casas de casting, televisoras, entre otras.
Por consiguiente, el Modelo se obliga a no realizar ante las autoridades migratorias del país, ningún trámite relacionado a su cambio de empleador y/o ampliación de actividades, ya sea para realizar las mismas actividades autorizadas para con LA AGENCIA, o bien, para realizar actividades de cualquier otra naturaleza para terceros, salvo que cuente con la autorización previa y por escrito de LA AGENCIA.
En el caso de que EL/LA MODELO o ARTISTA reciba alguna oferta de trabajo para prestar sus Servicios de Modelaje o artísticos, ya sea de parte de un Cliente de LA AGENCIA, o bien, de cualquier otro tercero interesado en sus servicios, EL/LA MODELO o ARTISTA, se obliga a abstenerse de negociar, aceptar y/o contratarse de manera directa o por medio de otro representante distinto a LA AGENCIA, obligándose en todo momento, a hacer del conocimiento de LA AGENCIA, cualquier oferta de contratación de sus Servicios, proporcionado toda la información y documentación relacionada con la misma.
En el supuesto de que EL/LA MODELO o ARTISTA incumpla parcial o totalmente con el pacto de exclusividad asumido bajo este Contrato frente a LA AGENCIA, éste se obliga a pagar por concepto xx xxxx convencional, la cantidad equivalente al 100% de las retribuciones y/o contraprestaciones que por cualquier concepto se hubieren pactado y/o se encuentren pendientes de pago a favor del Modelo, derivadas de los Servicios de Modelaje que éste haya prestado a Clientes de LA AGENCIA, y/o cualesquiera otro tercero, de manera directa, en el entendido de que, sino cumpliere con dicha obligación, el Modelo o Artista, desde este momento faculta y autoriza a LA AGENCIA, para que retenga y/o conserve cualesquiera pago y/o contraprestación que se encuentren pendientes de liquidar a su favor, por parte de LA AGENCIA, con el fin de cumplir con el pago de la pena convencional aquí pactada, sin necesidad de aviso o autorización ulterior alguna, y sin perjuicio de las acciones y medidas legales que LA AGENCIA pueda llevar a cabo por virtud de tal incumplimiento.
Obligaciones de la Agencia.
OCTAVA.- En ejecución de este instrumento, LA AGENCIA se compromete a fijar políticas de difusión y promoción de imagen, acordes a las características y cualidades del representado y tomar las decisiones relativas a su contratación, que más convengan y beneficien a los intereses del representado, las cuales comprenden entre otros: El Diseño y manejo de la imagen artística del representado; Cotizaciones, ofertas, negociaciones, precontratos, contratos, y todo aquello relacionado con presentaciones, eventos, participaciones y actividades, relacionadas con la explotación comercial de la imagen del representado.
Contraprestaciones.
Xxxxxxxxxxx 000, Xxxxx X Xxxx 0 Xxx. 0 Xxx. Xxxx Xxx Xxxxxx xx Xxxxxx C.P.06760 Tel. 36.83.42.49 xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx
NOVENA.- Por virtud de los Servicios de Modelaje y actividades artísticas que llegue a prestar el representado , LA AGENCIA se obliga a pagar en favor de este, el importe de los honorarios que se hubieren convenido con los Clientes, de acuerdo con la naturaleza del servicio prestado y en atención al presupuesto ofertado por el cliente, el cual, deberá ser sometido a la consideración del Modelo o representado, antes de que éste preste sus Servicios, aceptados los cuales, los honorarios que se generen, podrán ser descontadas las cantidades relativas a impuestos, comisión de la AGENCIA, comisión de la Agencia Madre, así como aquellos inherentes a renta de vivienda, gastos
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y demás importes que resulten a cargo del MODELO o representado, de acuerdo con lo que más adelante se establece en este instrumento.
DECIMA.- Queda convenido entre las partes, que por el simple hecho de que el Modelo o Artista o representado, haya prestado sus servicios a un cliente, sin importar la naturaleza de estos, se entiende que éste aceptó los mismos, de conformidad a los términos y condiciones contractuales del servicio en cuestión, por ende, no podrá reclamar o señalar que no está de acuerdo con los mismos.
DECIMA PRIMERA.- De igual manera, queda entendido que LA AGENCIA no estará obligada a cubrir el importe de la contraprestación que corresponda a favor del Artista o Modelo, por los servicios prestados, hasta en tanto no reciba de parte de los Clientes y/o terceros los pagos respectivos, por lo cual, LA AGENCIA no se compromete a realizar anticipos, ni pago alguno a favor del Modelo, sin que previamente haya recibido los pagos que correspondan por parte de los clientes. En todo caso, todo anticipo o préstamo será voluntario y no obligatorio, y acorde a lo convenido entre la AGENCIA y el representado.
Atentos a lo anterior, queda entendido entre las partes que el Artista y/o Modelo, únicamente tendrá derecho a cobrar el pago de la contraprestación por los Servicios efectivamente prestados, y una vez que hayan concluido totalmente estos, a la entera satisfacción y conformidad del cliente, por haberse cumplido cabalmente las obligaciones que fueron convenidas y derivadas de cada Contrato y/o cualquier otro instrumento en el que se hayan contraído obligaciones por parte de LA AGENCIA, tendrá derecho a recibir el pago respectivo, siempre y cuando LA AGENCIA haya recibido el pago de la contraprestación respectiva, por parte del cliente.
DECIMA SEGUNDA.- Las partes acuerdan que será únicamente LA AGENCIA la que expida a favor de los Clientes y/o cualesquiera otro tercero, con quienes se contrate la prestación de los Servicios de Modelaje o cualesquiera otros servicios y/o licencias de uso de imagen, las correspondientes facturas por los servicios prestados, las cuales deberán reunir los requisitos fiscales correspondientes, obligándose el Modelo o Artista de abstenerse de expedir directamente algún recibo o factura a favor de los Clientes de LA AGENCIA y/o terceros contratantes.
Facultades de La AGENCIA.
DECIMA TERCERA.- Por virtud de este Contrato LA AGENCIA se encuentra facultada para autorizar el uso y/o explotación de la imagen del Modelo o Artista, así como, aquellas inherentes a su interpretación artística, gozando para ello de las más amplias facultades, para negociar con terceros y especialmente con los Clientes de LA AGENCIA, todo aquello relacionado con los honorarios, regalías y comisiones, así como, la contratación del Artista o Modelo, en los términos que más convenga a los intereses del representado, con el objeto de que este pueda obtener de la prestación de sus servicios, los honorarios y remuneraciones más favorables xxx xxxxxxx.
Servicios de Representación Mínimos.
Xxxxxxxxxxx 000, Xxxxx X Xxxx 0 Xxx. 0 Xxx. Xxxx Xxx Xxxxxx xx Xxxxxx C.P.06760 Tel. 36.83.42.49 xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx
DECIMA CUARTA.- Por virtud de este Contrato de representación, LA AGENCIA no queda obligada a encomendar al Modelo un mínimo o un máximo de Servicios, mensuales o periódicos, pues las actividades relacionadas con tales servicios quedan a expensas de las necesidades y requerimientos de los Clientes de la Agencia y/o Terceros, de acuerdo a los perfiles, y buen desempeño mostrado
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por el Artista o Modelo al prestar sus Servicios, así como el interés que de su imagen, tengan los Clientes de la AGENCIA Y/O TERCEROS. No obstante, lo anterior, LA AGENCIA procurará en todo momento concretar los mayores llamados posibles a fin de proveer al Modelo o Artista las mayores actividades posibles y/o trabajos, que generen recursos económicos constantes.
Aspectos Relacionados con la Imagen del Modelo.
DÉCIMA QUINTA.- LA AGENCIA, como representante de EL/LA MODELO o ARTISTA, se obliga a orientar y/o asesorar al Modelo respecto de su aspecto físico e imagen en general, con el propósito de causar la mejor impresión frente a los Clientes y/o terceros, toda vez que la imagen, es parte fundamental de esta profesión o actividad. Por tal motivo, el Modelo o Artista, se obliga a cuidar ante todo su imagen y salud física, e informar previamente a LA AGENCIA sobre cualquier cambio que desee hacer a la misma, tales como operaciones, cortes de pelo, xxxxxx xx xxxxxxx, tatuajes, piercing, entre otros muchos, obligándose asimismo a abstenerse de realizar cualquier acto y/o actividad que pueda dañar tanto su imagen como la de LA AGENCIA, incluidas aquellas que tengan que ver con su salud e integridad física.
Lo anterior, en razón de que el presente Contrato, se celebra en consideración a la imagen, buena salud y atributos físicos del MODELO, por virtud de lo cual, éste se compromete a mantener y cuidar su salud, imagen y figura.
En consecuencia, EL/LA MODELO o ARTISTA se obliga a no realizar actividades que pongan en peligro su vida, salud o sus atributos físicos, durante la vigencia de este Contrato. Dichas actividades peligrosas incluyen entre otras, las actividades deportivas denominadas peligrosas y/o extremas, así como, cualquier otra actividad que, por su naturaleza, pueda representar un peligro o riesgos para la salud, la integridad física e imagen de EL/LA MODELO o ARTISTA.
Promoción y Desarrollo Profesional del Modelo.
DÉCIMA SEXTA.- LA AGENCIA de acuerdo con su experiencia y profesionalismo, promocionará y fomentará la imagen y cualidades del MODELO, con el objetivo de alcanzar y obtener los más y mejores contratos, buscando en todo momento su mejoramiento económico, sin menoscabo de su desarrollo y crecimiento profesional, así como su desarrollo social y cultural.
Autorizaciones Gubernamentales en Materia Migratoria.
DÉCIMA SEPTIMA.- En el caso de que LA AGENCIA hiciere contacto con el modelo o artista en su país de origen y se haya convenido con este la prestación de sus servicios en México, LA AGENCIA se compromete a tramitar, obtener y mantener vigente, por todo el tiempo que dure la prestación de los servicios de representación, la autorización de las autoridades migratorias mexicanas que resulten necesarias, para su ingreso al país, así como, aquellas necesarias para mantener su legal estancia en el territorio nacional, a fin de que sus servicios, puedan prestarse de manera legal y expedita.
Xxxxxxxxxxx 000, Xxxxx X Xxxx 0 Xxx. 0 Xxx. Xxxx Xxx Xxxxxx xx Xxxxxx C.P.06760 Tel. 36.83.42.49 xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx
Para la mejor consecución de este contrato, La Agencia se obliga frente al Artista o Modelo, a realizar frente a la autoridad migratoria mexicana, los trámites inherentes a su ingreso al país con fines de trabajo, (autorización de visa para trabajo) para lo cual, el artista o modelo se compromete a proporcionar a la Agencia, los datos y documentos necesarios para alcanzar y obtener la
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autorización y visado correspondiente, a cambio de lo cual, una vez obtenida esta, el extranjero deberá respetar las condiciones y plazos autorizados por la autoridad migratoria, para permanecer en el territorio nacional.
Obligaciones de pagar y resarcir gastos
DÉCIMA OCTAVA.- En aquellos casos en que la Agencia, sufrague de manera provisional los gastos relacionados con el viaje e internación al país, del extranjero interesado en los servicios de representación de esta, tales como: (boleto de avión, viáticos de viaje, pago de los derechos de visado y otros, como pagos de estancia, alojamiento, alimentación y pocket money), si así lo requiere y solicita el modelo o artista, se genera por parte de este, la obligación de reembolsar o pagar a la Agencia, dichos gastos, una vez que este cuente con los recursos derivados de su actividad en México, pudiendo en tal caso, optar por cubrirlos en parcialidades, en los porcentajes convenidos al efecto o en solo pago.
Para los efectos conducentes, se señala que el costo de la tramitación del visado es de $10,000.00, pesos, mexicanos, el cual incluye el pago de los derechos establecidos por la autoridad migratoria mexicana, así como el pago de los honorarios del abogado. Este gasto al igual que el generado por el traslado a México, deberá ser resarcido en la manera que haya sido convenida entre las partes.
Una vez que el modelo se encuentre en territorio nacional y perciba recursos derivados de sus actividades profesionales, resarcirá a la AGENCIA de los gastos que esta haya erogado por su viaje e ingreso al país, así como de aquellos inherentes a su estancia y alimentación. A tal fin, EL/LA MODELO autoriza a LA AGENCIA para descontar de sus emolumentos el 50% de los mismos, según lo decida, a fin de ir liquidando el crédito correspondiente a su viaje a México.
Permanencia en el País.
DÉCIMA NOVENA.-Para los efectos legales ha lugar, se entiende que los trámites migratorios son responsabilidad personal del extranjero, quien por tal razón, se encuentra obligado a gestionar ante las autoridades migratorias mexicanas, los trámites relacionados con su permanencia y legal estancia en el país. Lo anterior, con objeto de que LA AGENCIA se encuentre en posibilidad de llevar a cabo la correcta representación del ARTISTA Y/O MODELO, ya que los extranjeros deben contar con una legal estancia y respetar las condiciones fijadas en su documento migratorio.
No obstante, lo anterior, si el modelo conviene con LA AGENCIA que esta se encargue de la gestoría de dichos trámites, estos podrán ser ejecutados por la misma, en el entendido que el modelo pagara de sus recursos, los honorarios del abogado de LA AGENCIA, así como el costo de los derechos que el tramite migratorio origine, mismos que se harán del conocimiento previo del artista o modelo, quien decidirá si los acepta o no. Una vez aceptados estos, deberá autorizar a la AGENCIA para que los encargue al gestor que esta decida y se eroguen los pagos respectivos, mismos que posteriormente deberán ser reembolsados a LA AGENCIA, para lo cual, podrán ser descontados al Modelo de su facturación correspondiente.
Xxxxxxxxxxx 000, Xxxxx X Xxxx 0 Xxx. 0 Xxx. Xxxx Xxx Xxxxxx xx Xxxxxx C.P.06760 Tel. 36.83.42.49 xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx
De igual manera, EL/LA MODELO O ARTISTA se obliga con LA AGENCIA a que una vez terminado el presente Contrato de representación y/o mandato, cualquiera que sea la causa que lo motive, saldrá del país a la mayor brevedad posible y antes del vencimiento del plazo respectivo, corriendo por
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cuenta exclusiva de este, los gastos de transportación para salir del territorio nacional. Para efectos de lo anterior, LA AGENCIA, solicitará de la autoridad migratoria mexicana, la baja respectiva del extranjero, en atención a su condición de empleador autorizado. De igual manera, solicitará a la autoridad migratoria, la cancelación del documento migratorio correspondiente (FM3 o FM2) del que sea titular el extranjero, presentando para ello los avisos de baja y salida definitiva del país, ante el Instituto Nacional de Migración.
Por lo anterior, a la terminación del presente Contrato, subsiste la obligación a cargo del Modelo o Artista extranjero, de no realizar ningún trámite ante las autoridades migratorias correspondientes, relativo a su cambio de empleador y/o ampliación de estancia o de actividades, ya sea para realizar las mismas actividades autorizadas para con LA AGENCIA o bien, para actividades de cualquier otra naturaleza, salvo que cuente con la autorización previa y por escrito de LA AGENCIA.
Obligaciones de resarcimiento y Liberación de Responsabilidad
VIGESIMA.- Si por cualquier motivo, EL/LA MODELO o Artista llegare a prestar sus Servicios de Modelaje o artísticos, sin contar con las autorizaciones correspondientes de parte de las autoridades mexicanas competentes, y como consecuencia de ello, las citadas autoridades llegaren a fincar alguna responsabilidad a LA AGENCIA, y/o a los Clientes de LA AGENCIA o a cualquier otro tercero, por el citado motivo, el Modelo o Artista se obliga a resarcir en forma inmediata a todos los afectados, las cantidades que se llegaren a cubrir, por concepto de multas o infracciones, así como a ejecutar aquellos actos que sean necesarios para liberar de toda responsabilidad a LA AGENCIA, y/o a los Clientes de este, y/o a cualesquiera tercero afectado con tales actos, por lo cual, también se obliga a cubrir los honorarios de abogados, sanciones y demás gastos que se generen por tales hechos.
Obligaciones Generales
VIGESIMA PRIMERA.- Es obligación del Modelo o Artista, una vez obtenida su visa para permanecer en el país, con autorización para realizar actividades lucrativas, darse de alta y obtener de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, su respectivo registro federal de contribuyentes (RFC), en un plazo no mayor a un mes calendario, contado a partir de la entrega de su visa y de obtener la firma del presente Contrato, a fin de cumplir oportunamente con las obligaciones fiscales y tributarias a su cargo.
VIGESIMA SEGUNDA.- En cuanto a las necesidades de vivienda y alojamiento, la modelo o artista podrá optar por aceptar el alojamiento que le pueda brindar LA AGENCIA dentro de los Departamentos que tenga disponibles para tal efecto, siendo necesario convenir en cuanto a las modalidades y costo mensual de tales servicios. En este sentido, se señala que la AGENCIA cuenta con número determinado de departamentos en renta, de entre los cuales, podrá ofrecer en subarriendo al modelo o artista, siempre que este se encuentre de acuerdo con la prestación de dicho servicio y convenga con la Agencia, el costo del mismo.
Xxxxxxxxxxx 000, Xxxxx X Xxxx 0 Xxx. 0 Xxx. Xxxx Xxx Xxxxxx xx Xxxxxx C.P.06760 Tel. 36.83.42.49 xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx
Para efectos de lo anterior, se señala que la AGENCIA cuenta con departamentos en renta, los cuales pueden constar de dos o tres recamaras, cocina, estancia, baños y estacionamiento, debidamente equipados, (amueblados), y en funcionamiento, listos para ser usados, en los cuales podrá ser alojado el extranjero, sin necesidad de buscar por su cuenta dicha habitación o departamento,
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prescindiendo de la obligación de cubrir los requisitos legales que se exigen de manera normal, para una ocupación en arrendamiento, por parte de los arrendadores.
El costo de este servicio dependerá de la ubicación del departamento, características del mismo y sus dimensiones. Consecuente con lo anterior, se establecen las siguientes bases:
Para una habitación Tipo A, que es la recamara principal y cuenta con dos camas individuales, vestidor, closet y baño integrado, su costo de:
$6,000.00, p/persona.
Habitación Tipo B , esta seria la segunda recamara, cuenta con 2 camas individuales y closet, no cuentan con baño interno, de manera tal que comparten el 1 ½ baños restantes, con los que cuenta el departamento, su costo de:
$5,500.00 p/persona.
Habitación Tipo C, esta seria la tercera recamara, cuenta con 2 camas individuales y closet, no cuentan con baño interno, de manera tal que comparten el 1 ½ baños restantes, con los que cuenta el departamento, su costo de:
$5,000.00 p/persona. Reglamento del Departamento.
VIGESIMA TERCERA.- En el caso de que LA/EL Modelo o Artista, acepte ocupar alguno de los departamentos de LA AGENCIA esta lo habitará en carácter de subarrendatario en el entendido de que la AGENCIA lo tiene con el carácter de arrendamiento, por lo que, en el caso de que el Modelo llegue a habitar dicho inmueble, éste se obliga a PAGAR de manera puntual la cantidad que le corresponda por el uso de la habitación elegida, así como a acatar y dar cabal cumplimiento a todas las disposiciones del “Reglamento del Departamento" mismo que se acompaña como “Anexo 3” del presente Contrato, así como todas aquellas determinaciones e indicaciones que de tiempo en tiempo, le indique LA AGENCIA en relación con su comportamiento y el buen uso del inmueble.
En el caso de que EL/LA MODELO habite alguno de los departamentos de LA AGENCIA éste se obliga a que, una vez terminado el Contrato respectivo, cualquiera que sea la causa, deberá proceder a desocupar el departamento de manera total, por cuanto hace a su persona y a sus bienes, en el plazo que LA AGENCIA le señale, sin necesidad de declaración judicial o resolución alguna, para lo cual deberá entregar al personal autorizado por LA AGENCIA, las llaves de acceso que le hayan sido proporcionadas a la firma del Contrato.
En caso de que EL/LA MODELO no desocupe el departamento antes señalado, en el plazo indicado, LA AGENCIA podrá ejercer las acciones legales conducentes, a fin de salvaguardar sus intereses.
Xxxxxxxxxxx 000, Xxxxx X Xxxx 0 Xxx. 0 Xxx. Xxxx Xxx Xxxxxx xx Xxxxxx C.P.06760 Tel. 36.83.42.49 xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx
VIGESIMA CUARTA.- En tanto que el El/la modelo o Artista extranjero, no cuente con recursos propios para subvenir a sus necesidades alimentarias y otros gastos menores, tendrá derecho a recibir de LA AGENCIA los beneficios del Sistema denominado POCKET MONEY, por virtud del cual,
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podrá recibir la cantidad de $1,000.00 pesos en efectivo a la semana, para lo cual, deberá presentarse en las oficinas de LA AGENCIA, los días lunes, en un horario de 12:00 a 13:30 horas y de 16:00 a 18:00 horas. Dichas cantidades serán registradas cada vez que se solicite y serán acumuladas a la cuenta individual que se lleve por parte LA AGENCIA, con la consecuente obligación de reembolsar dichas cantidades, una vez que cuente con los recursos para ello.
VIGESIMA QUINTA.- Para facilitar la promoción de los Modelos o Artistas, LA AGENCIA cuenta con una página web, en la cual se da de alta al Modelo o Artista, con material fotográfico nuevo y video de presentación, el cual tiene un costo único de $500.00, pesos, que será sufragado por el Modelo o Artista o bien podrá ser financiado por la AGENCIA, al igual que otros servicios, con la consecuente obligación de resarcir su costo.
Incumplimiento de obligaciones
VIGESIMA SEXTA.- En los casos de que EL/LA MODELO o ARTISTA incumpla con cualquiera de las obligaciones asumidas frente a LA AGENCIA, en los términos del presente Contrato, este se obliga a pagar a LA AGENCIA por concepto xx xxxx convencional, la cantidad equivalente al 50% de las retribuciones y/o contraprestaciones que por cualquier concepto se encuentren pendientes de pago a favor del MODELO derivadas de los Servicios de Modelaje o actividades artísticas que éste haya prestado a Clientes de LA AGENCIA, y/o a cualesquiera terceros, en el entendido de que el Modelo, desde este momento faculta y autoriza a LA AGENCIA, para que retenga y/o conserve cualesquiera pagos y/o contraprestaciones que estén pendientes de liquidar a su favor, por parte de LA AGENCIA a fin de cumplir con el pago de la pena convencional aquí pactada, sin necesidad de aviso o autorización alguna, y sin perjuicio del pago de las multas que genere su incumplimiento y/o las medidas legales que LA AGENCIA, pueda llevar a cabo por virtud de tal incumplimiento.
Conflicto de Intereses.
VIGESIMA SEPTIMA.- EL/LA MODELO se obliga a informar a más tardar en un plazo de cinco días hábiles anteriores a la fecha programada para la prestación de los Servicios de Modelaje que le hayan sido asignados, en los términos del Contrato respectivo, y en su caso, aceptados por la/el Modelo, respecto de cualquier conflicto de intereses que advierta o conozca, o bien, sobre la imposibilidad física o legal que tenga para la prestación de los Servicios de Modelaje, a fin de que LA AGENCIA, conozca sobre los mismos y pueda atender oportunamente el conflicto, o bien, sustituir a la/el Modelo en tal servicio.
Xxxxxxxxxxx 000, Xxxxx X Xxxx 0 Xxx. 0 Xxx. Xxxx Xxx Xxxxxx xx Xxxxxx C.P.06760 Tel. 36.83.42.49 xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx
Asimismo, para el caso de que EL/LA MODELO llegase a tener conocimiento sobre la existencia de cualquier otro impedimento, sin importar su naturaleza y/o algún conflicto para prestar los Servicios de Modelaje, ya sea que este haya sido de su conocimiento el mismo día del evento, u horas previas al mismo, sin tener la posibilidad de dar aviso a LA AGENCIA, el Modelo se obliga a abstenerse de prestar dicho servicio, a fin de no incurrir en responsabilidad, no obstante tiene la obligación ineludible de informar Al CLIENTE sobre las causas o motivos que tenga para prestar sus servicios, lo cual será valorado por el propio CLIENTE, quien decidirá lo que proceda. Asimismo, deberá informar a LA AGENCIA sobre los citados motivos o causas del del impedimento. Ahora bien, en el evento de que EL/LA MODELO incumpla con la obligación de abstención, y preste los Servicios de Modelaje, a sabiendas de que existe algún impedimento y/o conflicto de intereses, para la prestación de los servicios, será su obligación responder de los daños y perjuicios que llegare a ocasionar con los mismos, lo cual implica cubrir los daños ocasionados tanto a LA AGENCIA, como a
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los Clientes de LA AGENCIA o terceros que hayan contratado los servicios, o bien, a cualquier persona que se vea afectada por dicha omisión.
Información Confidencial.
VIGESIMA OCTAVA.- Considerando que LA AGENCIA, con motivo del presente Contrato, ha proporcionado y/o divulgado al modelo, información confidencial y de diversa naturaleza, o bien que esta se divulgue en el futuro, y se considere como “Información Confidencial”, la cual podrá consistir en toda aquella información privada, estratégica o de negocios que sea proporcionada por LA AGENCIA al Modelo, incluyendo toda la información escrita, oral, gráfica, visual o tangible por cualquiera de los sentidos del ser humano, o contenida en medios escritos, electrónicos o electromagnéticos, y que de manera enunciativa más no limitativa, incluya: castings, pruebas de vestuario, pruebas de maquillaje, pruebas xx xxxxxxx, proyectos publicitarios, ideas, propuestas, diseños, listados, datos o información sobre clientes, casas de castings, compañías productoras, propuestas de negocios, reportes, y cualquier otra información confidencial o de cualquier otra índole, que haya sido proporcionada a EL/LA MODELO, la misma se obliga a indemnizar a LA AGENCIA, de los daños y perjuicios que pudiera ocasionar, con su divulgación.
En todo caso EL/LA MODELO tiene la obligación de salvaguardar la confidencialidad de la información y utilizarla para los fines del contrato, por tanto, es obligación de este:
a) Xxxxxxxxxxxx la confidencialidad de la información que se le hubiese confiado.
b) Utilizar la Información Confidencial única y exclusivamente para los efectos del Contrato, excluyendo cualquier otro uso, aprovechamiento o destino parcial o total, ya sea directo o indirecto.
c) El abstenerse de utilizar la Información Confidencial, para un fin distinto al antes mencionado.
d) Abstenerse en lo absoluto de divulgar o revelar la Información Confidencial y cualquier otra información que le haya sido proporcionada por LA AGENCIA, a cualquier tercero, especialmente a modelos ajenos a LA AGENCIA.
e) Abstenerse de copiar o permitir a personas que copien o reproduzcan la Información Confidencial, propiedad de LA AGENCIA o de cualquier otro tercero que la hubiese proporcionado, en el entendido de que, para el caso de que el Modelo no conserve la confidencialidad de la referida información, será sujeto de las responsabilidades legales que correspondan.
f) En caso de que concluyan todas las actividades relacionadas con el Contrato, sin importar la causa, EL/LA MODELO, sin necesidad de aviso, recordatorio, declaración administrativa o judicial alguna, en tal sentido, se obliga a abstenerse en forma inmediata, de usar o explotar parte o la totalidad de la Información Confidencial de LA AGENCIA, obligándose a devolver a la misma, toda la Información Confidencial y materiales que tenga en su poder, dentro de los tres (3) días hábiles siguientes, obteniendo el acuse de recibo respectivo, debidamente firmado por persona autorizada.
Xxxxxxxxxxx 000, Xxxxx X Xxxx 0 Xxx. 0 Xxx. Xxxx Xxx Xxxxxx xx Xxxxxx C.P.06760 Tel. 36.83.42.49 xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx
Para el caso de que el MODELO incumpla con las obligaciones relativas a la Confidencialidad de la Información y/o uso de la misma, y que asume a su cargo, bajo la presente cláusula, procederá lo siguiente:
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1) Para el Talento extranjero, La cancelación automática del contrato de Representación, del contrato de prestación de servicios de modelaje, así como del documento migratorio XX0 x XX0 de que sea titular el Modelo, esto último mediante la presentación del aviso de baja definitiva, ante el Instituto Nacional de Migración, y
2) El Modelo estará obligado a pagar en favor de LA AGENCIA por concepto xx xxxx convencional, la cantidad equivalente al total de las retribuciones y/o contraprestaciones que por cualquier concepto se encuentren pendientes de pago a favor del Modelo, derivadas de los Servicios de Modelaje que éste haya prestado a Clientes de LA AGENCIA y/o cualesquier tercero, en el entendido de que el Modelo, desde este momento faculta y autoriza a LA AGENCIA para que retenga y/o conserve los pagos que haya recibido por sus servicios, a fin de cumplir con el pago de la pena convencional aquí pactada.
FALTAS Y SANCIONES DEL MODELO.
VIGESIMA NOVENA.- Se consideran como faltas y entrañan por tanto una sanción hacia el modelo, las siguientes:
a) Que EL/LA MODELO sea sorprendido trabajando para alguna otra agencia de modelos, de edecanes, o similares, o directamente con clientes, castineras, productoras, fotógrafos etc. Sin conocimiento o autorización de LA AGENCIA, será penalizado con la cantidad de $50,000.00 (cincuenta mil pesos M.N.).
b) EL/LA MODELO que sea visualizado en alguna pagina web de otra agencia de modelos, edecanes, Facebook, twitter, blogs o alguna red social, con fines especulativos o comerciales, sin permiso o autorización de LA AGENCIA, siempre que dicho acto sea posterior a la firma de este contrato, será penalizado con la cantidad de $10,000.00 (diez mil pesos M.N.). Si el registro a dichos medios es anterior a la vigencia de este contrato, se exhortará al Modelo a bajar su imagen de los mismos, sin causar ningún pago o multa.
c) EL/LA MODELO que no llegue algún llamado, cita, casting, convocatoria o evento programado, será penalizado con la totalidad del costo del evento presupuestado al modelo. Para evitar la imposición de esta sanción, EL/LA MODELO deberá avisar a LA AGENCIA al menos con 48 hrs de anticipación, en relación a su inasistencia al evento y siempre que medie para ello una causa grave o fuerza mayor.
d) Cuando el servicio sea cancelado por el cliente, el día mismo del servicio, por causas imputables al Modelo, debido a que éste haya hecho algún cambio a su imagen o a su aspecto físico, sin haber avisado previamente a LA AGENCIA o al Cliente, será penalizado con el pago del 50% del costo del evento.
Tehuantepec 170, Xxxxx X Xxxx 0 Xxx. 0 Xxx. Xxxx Xxx Xxxxxx xx Xxxxxx C.P.06760 Tel. 36.83.42.49 xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx
e) Cuando el Modelo no notifique a la AGENCIA con al menos 30 días de anticipación, respecto de algún viaje, dentro del territorio nacional o fuera del país, que por lo mismo, le impida cumplir con compromisos ya contraídos, será sancionado con una multa equivalente al 50% del presupuesto asignado al Modelo.
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Lugar y Tiempo de Pago.
TRIGESIMA.- Cualquier pago que deba efectuar LA AGENCIA en favor EL/LA MODELO o ARTISTA, por virtud de este Contrato, el mismo tendrá lugar en las oficinas de la AGENCIA, en días y horas hábiles, domicilio que se encuentra debidamente señalado en el presente Contrato. Asimismo, dichos pagos deberán efectuarse dentro de los plazos pactados para cada contrato en particular, los cuales por lo general se cumplen (30, 60 o 90 días posteriores a la ejecución de los servicios), previa presentación y entrega del recibo o factura correspondiente expedida directamente por EL/LA MODELO en favor de LA AGENCIA, conteniendo todos los requisitos fiscales conforme a la legislación vigente en la materia. Por tanto, LA AGENCIA no se encontrará obligada a cubrir pago y/o contraprestación alguna en favor del Modelo, si esta no presenta previamente la factura respectiva.
Gastos.
TRIGESIMA PRIMERA.- Todos los gastos que se generen con motivo del transporte y traslados, alojamiento, alimentos, y manutención en general, correrán a cargo del Modelo, de manera exclusiva. Asimismo, serán responsabilidad exclusiva del Modelo o Artista extranjero todos aquellos gastos relacionados con fotografías para el book del Modelo, composites y cambios de imagen, entre otros, y que se encuentren directamente vinculados con la imagen del MODELO.
En el caso de que LA AGENCIA asumiese cualesquiera de dichos gastos en favor del Modelo o Artista, a petición y ruego de este, se obliga a reembolsarlos a LA AGENCIA, en cuanto se generen contraprestaciones a su favor, por lo que, desde este momento faculta a LA AGENCIA para que retenga y descuente el importe de dichos gastos, de los pagos y/o contraprestaciones que en su caso LA AGENCIA deba cubrir a favor del Modelo, por efectos de este Instrumento.
DISPOSICIONES GENERALES Y ANEXOS.
TRIGESIMA SEGUNDA.- Los anexos de este contrato son parte integrante del mismo. Se consideran anexos los señalados como tales bajo este contrato, así como cualesquiera otros comunicados o documentos enviados entre las partes, con motivo del mismo, los cuales serán obligatorios para las partes.
Avisos y Domicilios.
TRIGESIMA TERCERA.- Las partes señalan como sus domicilios para oír y recibir cualquier comunicación relacionada con este Contrato, así como para el pago y cumplimiento de las obligaciones asumidas a su cargo, los señalados más adelante, en el entendido de que, en caso de modificación a los mismos, deberá informarse a la otra parte, con quince días hábiles de anticipación, pues de lo contrario, los avisos y cumplimiento de obligaciones verificados en tales domicilios se tendrán por efectuados legalmente:
Domicilio de LA AGENCIA: Xxxxxxxxxxx 000, Xxxxx X, Xxxx 0, Xxxxxxx 0, Xxxxxxx Xxxx Xxx, Delegación Xxxxxxxxxx, C. P. 06760, en esta Ciudad;
Domicilio del EL/LA MODELO o ARTISTA, ubicad en:
Xxxxxxxxxxx 000, Xxxxx X Xxxx 0 Xxx. 0 Xxx. Xxxx Xxx Xxxxxx xx Xxxxxx C.P.06760 Tel. 36.83.42.49 xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx
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Causas de Rescisión.
TRIGESIMA CUARTA.- En caso de incumplimiento de alguna de las partes a cualquiera de las obligaciones principales o accesorias a su cargo, en los términos de este Contrato, la parte perjudicada tendrá el derecho de optar o elegir, por el cumplimiento forzoso del mismo o su rescisión, sin necesidad de declaración judicial, en tal sentido, bastando para tales efectos, la simple comunicación escrita dirigida a su contraparte, o bien, la parte perjudicada podrá indistintamente proceder conforme a las disposiciones legales aplicables en la materia. Así pues, Serán causas de rescisión del Contrato, cuando se actualice uno o más de los siguientes supuestos:
a) Que EL/LA MODELO descuide y/o pierda su buena salud, descuide su apariencia e imagen y/o pierda o altere sus características físicas señaladas en el “Anexo 1” de éste Contrato, sin el previo consentimiento por escrito de LA AGENCIA.
b) Que EL/LA MODELO incumpla con el Reglamento de Vivienda a que se refiere el “Anexo 3”, así como que realice conductas delictivas o consideradas como ilegales.
c) Que EL/LA MODELO no preste los Servicios de Modelaje, conforme a las directrices, características e instrucciones que LA AGENCIA le indique de tiempo en tiempo.
d) Que EL/LA MODELO incumpla con la obligación de exclusividad que asume bajo éste Contrato, y preste Servicios de Modelaje, o servicios similares a favor de alguna otra agencia o tercero, o bien, porque autorice el uso de su imagen, sin contar con la previa autorización por escrito de LA AGENCIA.
e) Que EL/LA MODELO contrate directamente la prestación de los Servicios de Modelaje con los Clientes de LA AGENCIA y no a través de ésta.
f) Porque EL/LA MODELO no renueve o mantenga vigentes las autorizaciones gubernamentales necesarias para acreditar su legal estancia en el país, así como para realizar las actividades relativas a los Servicios de Modelaje, que se encuentren comprendidas dentro de su documento migratorio, así como, cuando no informe dicha situación a LA AGENCIA.
g) Cuando el talento, en caso de ser extranjero, no permanezca en el país en el periodo establecido en la cláusula TERCERA de este Contrato.
h) Cuando el Modelo sea contratado por los Clientes de LA AGENCIA de manera directa, sin autorización de la misma, para prestar sus servicios de modelaje de manera periódica y continua.
i) Cuando el Modelo no obtenga de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, su registro federal de contribuyentes (RFC) dentro del plazo establecido en la cláusula VIGESIMA PRIMERA del presente Contrato.
j) Cuando EL/LA MODELO emita recibos de honorarios y/o facturas por cualquier concepto a favor de terceras personas distintas de LA AGENCIA, salvo que cuente con la autorización de esta última.
Xxxxxxxxxxx 000, Xxxxx X Xxxx 0 Xxx. 0 Xxx. Xxxx Xxx Xxxxxx xx Xxxxxx C.P.06760 Tel. 36.83.42.49 xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx
k) En general, por el incumplimiento de cualquiera de las obligaciones principales o accesorias derivadas del presente Contrato a cargo de las partes.
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Cesión de Derechos.
TRIGESIMA QUINTA.- Ninguna de las partes podrá ceder, transmitir o de alguna forma enajenar en todo o parte, los derechos y obligaciones contenidas en el presente Contrato, sin el previo consentimiento por escrito de la otra.
Definiciones y Declaraciones.
TRIGESIMA SEXTA.- Las Definiciones y Declaraciones del presente Contrato, constituyen parte integrante del mismo, por lo que, en todo momento serán obligatorias y exigibles a las partes.
Jurisdicción y Leyes aplicables.
TRIGESIMA SEPTIMA.- Para la interpretación y cumplimiento del presente contrato, las partes se someten a las leyes y jurisdicción de los Tribunales de la Ciudad de México, renunciando a cualquier otro fuero que por cualquier motivo pudiese corresponderles.
Modificación Contractual.
TRIGESIMA OCTAVA.- En caso de que las partes consideren necesario o conveniente modificar cualquier término o condición contenida en el presente Contrato, podrán hacerlo siempre y cuando sea de mutuo acuerdo y por escrito, debidamente firmado por las partes.
Norma Particular.
TRIGESIMA NOVENA.- Este instrumento y sus anexos constituyen el total y exclusivo acuerdo entre las partes respecto de la materia aquí contemplada, reemplazando y dejando sin efecto legal alguno a cualquier otra discusión o negociación sostenida en forma verbal o escrita con anterioridad a la celebración de este instrumento.
Relación Jurídica.
CUADRAGÉSIMA.- Queda entendido entre las partes, por ser esa su voluntad real, que la relación jurídica que las vincula por virtud de este Contrato, es de carácter exclusivamente civil, consistente en la prestación de servicios de representación artística, sin que exista relación obrero patronal alguna, por lo que, la misma no podrá interpretarse como un acuerdo o acto jurídico de cualquier naturaleza diversa a la expresamente establecida bajo este Contrato.
Xxxxxxxxxxx 000, Xxxxx X Xxxx 0 Xxx. 0 Xxx. Xxxx Xxx Xxxxxx xx Xxxxxx C.P.06760 Tel. 36.83.42.49 xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx
Por virtud de lo anterior, no existe obligación alguna a cargo de LA AGENCIA de pagar a favor del MODELO, lo relativo a un salario, y por lo mismo, la obligación de cubrir ante los organismos de seguridad social del país, el pago de aportaciones y cuotas obrero-patronales, por concepto de seguridad social o vivienda, ni tampoco el pago de prestaciones tales como: pago de vacaciones, primas vacacionales, aguinaldos o cualquier otra derivada de una relación laboral, por no existir ésta entre las partes.
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Vigencia del Contrato.
CUADRAGÉSIMA PRIMERA.- El presente contrato tendrá una vigencia mínima forzosa para las partes de DOCE (12) MESES, contado a partir de su firma, el cual podrá ser prorrogado automáticamente por períodos iguales, al no existir comunicación de su terminación definitiva.
Cualquiera de las partes podrá dar por terminado el Contrato en forma anticipada, mediante aviso por escrito notificado a la otra parte, con cuando menos treinta días naturales de anticipación a la fecha deseada, para que cesen sus efectos, sin necesidad de resolución o declaración judicial en tal sentido.
En el caso de que EL/LA MODELO, tenga un impedimento o causa justificada para continuar dando cumplimiento a las obligaciones contraídas en el presente contrato, deberá dar aviso por escrito a LA AGENCIA con un mes de anticipación a la fecha deseada, para que la misma valore y decida si acepta o no dar por terminado el Contrato. Lo anterior, a fin de que opere la terminación del Contrato a solicitud del Modelo, con el consentimiento expreso de LA AGENCIA, no obstante, lo anterior, se requiere que EL/LA MODELO rembolse y/o cubra a LA AGENCIA el total de las cantidades que existan a su cargo, por concepto de gastos de traslado, gastos de abogados, gastos de contadores, rentas, multas gubernamentales, y cualesquiera otros que, en su caso, se hayan generado a cargo del Modelo, sin importar su naturaleza.
Enteradas las partes del contenido, alcances y obligaciones que se derivan del presente contrato, Las mismas lo firman por triplicado como muestra inequívoca de su aceptación, a los días, del mes de _____________ del año , en la Ciudad de México, quedando un ejemplar original
en poder de cada una de ellas y otra en el expediente respectivo.
“LA AGENCIA”
TOPVEL Y ASOCIADOS S. C.
Representada por Xxxxx Xxxx Xxxxxx Xxxxxxxxx
“AGENCIA MADRE” "MODELO"
Nombre de Agencia por su propio derecho.
Representada por nombre completo
Xxxxxxxxxxx 000, Xxxxx X Xxxx 0 Xxx. 0 Xxx. Xxxx Xxx Xxxxxx xx Xxxxxx C.P.06760 Tel. 36.83.42.49 xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx
nombre completo
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“ANEXO 1”
CARACTERÍSTICAS FISICAS Y RAZGOS DEL MODELO.
DATOS | MUJER | HOMBRE |
Estatura: | ||
Peso: | ||
Color de ojos: | ||
Color xx xxxxxxx: | ||
Color xx xxxx: | ||
Busto: | ||
Cintura: | ||
Cadera: | ||
Pecho: | ||
Espalda: | ||
Talla general: | ||
Xxxxx xx xxxxxxx: | ||
Tatuajes: |
Xxxxxxxxxxx 000, Xxxxx X Xxxx 0 Xxx. 0 Xxx. Xxxx Xxx Xxxxxx xx Xxxxxx C.P.06760 Tel. 36.83.42.49 xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx
NOTAS:
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“ANEXO 2”
CARTA PODER.
El suscrito de nacionalidad , titular del documento número , con domicilio en
, por este instrumento otorgo y confiero a favor de ____________________________________ un poder general para pleitos y cobranzas con todas las facultades generales y especiales que requieran cláusula especial conforme a la ley, sin limitación alguna, y de conformidad con lo establecido en el primer párrafo del artículo 2554 del Código Civil para el Distrito Federal y sus concordantes de los Códigos Civiles de los Estados, en donde se ejercite el poder, con todas las facultades generales y las especiales a que se refiere el artículo 2587 del citado Código Civil para el Distrito Federal y sus concordantes, así como poder para actos de administración, de conformidad con lo establecido en el segundo párrafo del artículo 2554 del Código Civil para el Distrito Federal y sus concordantes de los Códigos Civiles de los Estados, en donde se ejercite el poder, con todas las facultades generales y las especiales a que se refiere el artículo 2587 del citado Código Civil para el Distrito Federal y sus concordantes .
Las facultades conferidas a favor de los referidos mandatarios por virtud de este poder, son las que enunciativa mas no limitativamente se señalan a continuación:
a) La facultad de realizar todas las gestiones judiciales y extrajudiciales que resulten necesarias a efecto de cobrar y obtener el pago de regalías, y demás contraprestaciones que se hayan generado a mi favor con motivo de la prestación de servicios de modelaje y cualesquiera otros servicios similares que el suscrito haya prestado.
b) La facultad de ejercer toda clase de derechos y acciones ante cualesquiera personas físicas x xxxxxxx, autoridades administrativas, judiciales y Juntas de Conciliación y Arbitraje; someterse a cualquier jurisdicción; presentar y desistirse del Juicio xx Xxxxxx; articular y absolver posiciones, reconocer el contenido y firma de documentos, transigir, comprometer en árbitros y constituirse en coadyuvante del Ministerio Publico; presentar denuncias, acusaciones o querellas penales como parte ofendida, otorgar el perdón y para firmar los documentos necesarios para el ejercicio de este mandato.
c) Para iniciar, defender, proseguir o abandonar toda clase de juicios y acciones relacionados con los intereses del suscrito, ante toda clase de tribunales para presentar demandas y denuncias; para someter controversias a arbitraje para iniciar todos los procedimientos y recursos establecidos por las leyes generales estatales o municipales, incluyendo procedimientos de carácter laboral, a nombre y en representación del suscrito, para dirigir y gestionar toda clase de asuntos contenciosos, administrativos, penales, civiles o extrajudiciales, en los que la sociedad sea parte demandada o actora, o como tercero llamado a juicio.
Xxxxxxxxxxx 000, Xxxxx X Xxxx 0 Xxx. 0 Xxx. Xxxx Xxx Xxxxxx xx Xxxxxx C.P.06760 Tel. 36.83.42.49 xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx
d) La facultad para gestionar, tramitar y realizar pagos de toda clase, por concepto de derechos gubernamentales, aprovechamientos, así como para suscribir y autorizar cualesquiera documentos y recibos relacionados con los mismos, y en general, la presentación de toda clase de escritos y la celebración de toda clase de actos jurídicos necesarios para los efectos y propósitos anteriormente señalados, así como sustituir en todo o parte de las facultades conferidas mediante este poder, mismo que desde este momento se ratifica por el poderdante.
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Las facultades antes precisadas quedan ratificadas desde este momento así como todos los actos ejecutados por los referidos apoderados en nombre y representación del poderdante.
Dado en la Ciudad de México a los ____ días del mes de ____________ del año _.
OTORGANTE
(NOMBRE COMPLETO Y FIRMA DEL MODELO)
ACEPTO EL PODER CONFERIDO
XXXXX XXXX XXXXXX XXXXXXXXX
TESTIGOS
Nombre:__________________________ Nombre: ________________________
_________________________________. ________________________________.
Domicilio: ________________________ Domicilio: _______________________
. .
Xxxxxxxxxxx 000, Xxxxx X Xxxx 0 Xxx. 0 Xxx. Xxxx Xxx Xxxxxx xx Xxxxxx C.P.06760 Tel. 36.83.42.49 xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx
Firma: --------------------------------------- Firma: --------------------------------------
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“ANEXO 3”
REGLAMENTO GENERAL DEPARTAMENTO DE MODELOS
1-Cada uno debe hacerse responsable de sus llaves y no deberá tomar las de los demás.
2-No esta permitido el ingreso de personas ajenas al departamento, sin previo aviso.
3-No esta permitido la permanencia de mascotas dentro del departamento.
4-Siempre deben cerrar la puerta con llave al entrar o salir del departamento.
5-Todos deben ser responsables del cuidado de los muebles y equipos que estén dentro del departamento, al igual de los que se encuentran en las áreas comunes del edificio.
6-Queda prohibido fumar dentro del departamento y en áreas comunes del edificio por respeto a quienes no lo hacen. Así como ingerir cualquier tipo de sustancia prohibida o ilegal, drogas, estupefacientes o enervantes.
7-Cada uno se debe hacer responsable de sus partencias y deberá respetar las de los demás.
8-Evitar dejar cosas regadas en las áreas comunes del departamento, para que no se extravíen.
9-Ser cortes con los trabajadores del edificio, ellos están allí para cuidar y mantener las instalaciones en buen estado.
10-Un día a la semana (lunes o jueves) pasará una persona a hacer la limpieza del departamento, por tal motivo se les pide estar atentos de sus pertenencias para evitar malos entendidos.
11-Cada uno deberá de hacerse responsable de bajar la basura cuando le corresponda a los contenedores que se encuentran en el sótano marcando E1 en el elevador.
12- Queda prohibido hacer cualquier tipo de fiesta y/o reunión dentro del departamento y no deberán exceder el límite de horario estipulado por el condominio para hacer ruido que será de las 11:00 p.m. a 8:00 a.m. por respeto a las personas que también habitan el departamento y a los vecinos del edificio.
13-El edificio cuenta con un área de gimnasio y terraza en la parte de arriba que es para uso común de los condóminos, el cual deben respetar y cuidar.
14-Deberan apagar las luces del departamento de no ser necesarias antes de salir del mismo.
15-Por reglamento general no deberán tender nada en los balcones.
Xxxxxxxxxxx 000, Xxxxx X Xxxx 0 Xxx. 0 Xxx. Xxxx Xxx Xxxxxx xx Xxxxxx C.P.06760 Tel. 36.83.42.49 xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx
16-Cualquier anomalía o desperfecto que salga en el departamento deberá notificarlo de inmediato a cualquiera de los encargados de la agencia. Y deberá considerar que será causa de cobro y se cargará a su estado de cuenta por el servicio o compostura de los daños provocados.
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REGLAMENTO DEL ÁREA DE LA COCINA
Cocina:
Se les informa que cuentan con lo indispensable y de uso común como son: electrodomésticos, utensilios y línea blanca. Si requieren algo extra correrá por cuenta de ustedes.
1-Deberán usar correctamente los electrodomésticos de la cocina.
2-Deberán cerciorarse de cerrar las perillas de la estufa para evitar fugas de gas.
3-Respetar los alimentos y productos de cada uno, que se encuentran en las despensas y el refrigerador.
4-Cuidar los platos, vasos y ollas, ya que es de uso común.
5-Cada uno deberá lavar los utensilios que uso y deberá dejar la estufa limpia después de usarla.
6-No deberán dejar comida en mal estado en el refrigerador.
7-Mantener limpios los trapos de cocina, ya sea de limpieza o de secado de ollas.
8-Deberan organizarse para la compra de los productos de limpieza (jabón de platos, esponjas, trapos, liquido desengrasante, etc).
REGLAMENTO DEL ÁREA XX XXXXXX
Área xx xxxxxx:
Se les informa que cuentan con una lava-secadora de 15Kg, la cual deberá usarse con responsabilidad, y no exceder la carga de la misma. En esta área deberán conservar los utensilios de limpieza como tendederos, jergas, escobas, cubetas, trapeador, etc. Si requieren algo extra correrá por cuenta de ustedes.
1-Dependiendo de quienes estén en el departamento, deberán lavar entre el viernes y domingo, con cargas mayores a 10 prendas de ropa grandes, para minimizar el consumo de agua y luz.
2-Podran usar los tendederos que se encuentran en el área xx xxxxxx para secar la ropa.
3-Deberan de organizarse para la compra de los productos de limpieza (cloro, líquido para ventanas, trapos, líquido para pisos, jergas, etc).
4-Deberan tener extrema precaución al ingresar ya que en la parte de abajo entrando al área xx xxxxxx se encuentra la llave de gas.
Xxxxxxxxxxx 000, Xxxxx X Xxxx 0 Xxx. 0 Xxx. Xxxx Xxx Xxxxxx xx Xxxxxx C.P.06760 Tel. 36.83.42.49 xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx
5-Mantener la ventana abierta mientras se esté utilizando la lavadora o se esté secando la ropa.
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6-Los tendederos pequeños de color blanco que están ubicados sobre la lavadora son exclusivamente para ropa pequeña, como calcetines y ropa interior. No colocar nada pesado.
REGLAMENTO DE LAS HABITACIONES
Recamaras:
Cada habitación cuenta con 2 camas individuales y cada cama cuenta con su juego de sabanas, así como con 2 almohadas que son propiedad del departamento. En caso de usar las de ustedes deberán guardar estas en el closet de blancos.
1-Deberan mantener organizado y limpia la recamara por respeto a sus compañeros.
2-Deberan dividirse en partes iguales el espacio del closet.
3-No se permite realizar perforaciones en paredes y puertas dentro de las habitaciones.
4-No deberán dejar alimentos ni bebidas dentro de las habitaciones.
5-No deberán fumar dentro de las habitaciones. Ni consumir como ningún tipo de sustancia prohibida o ilegal, drogas, estupefacientes o enervantes.
6-Respetar las pertenencias de los demás.
7-Cada uno debe hacerse responsable de sus cosas de valor.
8-Tomar en cuenta los horarios de descanso de los demás compañeros.
9-Deberan recordar cerrar las ventanas de su habitación antes de salir para evitar incidentes.
REGLAMENTO DE LOS BAÑOS
Baños:
1-No tirar papeles fuera del cesto de basura.
2-Respetar los productos de higiene personal de cada uno.
3-Recordar bajar el agua de la taza del baño antes de salir.
4-Las chicas deberán recoger los restos xx xxxxxxx en la ducha y en el lavamanos.
5-Tender las toallas húmedas en el área xx xxxxxx.
Xxxxxxxxxxx 000, Xxxxx X Xxxx 0 Xxx. 0 Xxx. Xxxx Xxx Xxxxxx xx Xxxxxx C.P.06760 Tel. 36.83.42.49 xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx
6-Tomar en cuenta que en este departamento viven hombres y mujeres, por lo tanto la tapa de la taza del baño debe permanecer limpia y bajada.
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7-El medio baño de la entrada es de uso común y de visitas y de igual forma deberán mantener la limpieza y buen estado del mismo.
REGLAMENTO DEL BALCÓN
Balcón:
1-No deberán tender ningún tipo de ropa en el balcón por reglamento del edificio.
2-Esta es la única área del departamento donde podrán fumar, de igual forma deberán abstenerse de botar las colillas desde el balcón. Así como también restos de basura, residuos, etc.
3-Por precaución, no deberán sentarse o apoyarse en el barandal del balcón.
4-Las plantas son de decoración, NO se deben usar como ceniceros o bote de basura.
5-Antes de salir del apartamento deben cerciorarse de dejar bien cerradas las puertas del balcón.
REGLAMENTO DE LAS BICICLETAS
Bicicletas:
1-Debera notificar a La Agencia, la autorización del uso de las bicicletas, así como solicitar la llave y la cadena de la misma.
2-Deberan hacerse responsable de la cadena y llave de seguridad de la bicicleta que se le asignara.
3-Las bicicletas deberán ser colocadas en el lugar asignado para las mismas, que se encuentran en el estacionamiento del edificio.
4-Debera tomar en cuenta que por la pérdida de la misma se le descontara la cantidad de $5,000.00 pesos para la reposición de la bicicleta.
5-Deberá tomar en cuenta que por la pérdida de la cadena y llave se le descontará la cantidad de
$1,000.00 pesos para la reposición de la misma.
6-Si le ocurriese algún daño a la bicicleta durante el uso de la misma, deberá notificarlo a La Agencia y repararlo inmediatamente, cubriendo el costo de los daños ocasionados.
7-Las bicicletas son de uso exclusivo para los modelos de inStyle Model Management, y no deberán ser prestadas, rentadas o vendidas a ninguna otra persona.
Xxxxxxxxxxx 000, Xxxxx X Xxxx 0 Xxx. 0 Xxx. Xxxx Xxx Xxxxxx xx Xxxxxx C.P.06760 Tel. 36.83.42.49 xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx
*En caso de incumplir con el reglamento y normas, se verán obligados en desalojar el departamento por el bien común.