Contrato de Servicios de Suscripción a CancerMPact y Epi Database
Contrato de Servicios de Suscripción a CancerMPact y Epi Database
Este Contrato de Servicios de Suscripción a CancerMPact y Epi Database (el “Contrato”) se celebra entre Sistemas Oracle de Chile Limitada (“Oracle”) y la persona física o jurídica (el “Cliente” o “Usted”) que haya aceptado este Contrato a través de un documento que haga referencia al presente Contrato. Los términos escritos con mayúscula, no definidos en otra sección del presente Contrato, tendrán los significados que se les atribuyen en la sección de “Definiciones” a continuación. Este Contrato establece los términos y condiciones que rigen las Órdenes presentadas en virtud del presente documento.
Definiciones
“Servicios Ad Hoc” se refiere a los servicios de investigación xx xxxxxxx a medida prestados por Oracle (es decir, servicios a medida de carácter puntual o servicios de seguimiento continuo a medida).
“Contrato” significa el Contrato de Servicios de Suscripción a Cerner Enviza (incluidas sus enmiendas) y todos los documentos incorporados al Contrato de Servicios de Suscripción a CancerMPact y Epi Database (incluidas sus enmiendas, anexos o documentos modificatorios). El presente Contrato rige el uso por parte del Cliente de los Servicios ordenados a Oracle. En caso de discrepancias entre los términos de una Orden, incluida la Orden de Trabajo (Statement of Work, SOW), y el Contrato, prevalecerá la Orden salvo que se disponga expresamente lo contrario en una Orden.
“Datos del Cliente” se refiere a cualquier material proporcionado a Oracle por el Cliente.
“Información Confidencial” se refiere a la información revelada por cualquiera de las partes que esté marcada como confidencial en el momento de su revelación, los materiales de Oracle, el Conjunto de Datos, los términos y condiciones del Contrato y cualquier otra información o datos compartidos por cualquiera de las partes que, por su naturaleza, deban considerarse confidenciales. La Información Confidencial no incluirá ninguna información que: (a) sea o pase a ser de dominio público, salvo que sea resultado de la revelación por la parte receptora o por cualquier tercero a quien la parte receptora haya revelado dicha información; (b) ya estuviera en posesión lícita de la parte receptora antes de su revelación por la parte reveladora; (c) sea obtenida posteriormente de buena fe por la parte receptora de un tercero que, según el xxxx saber y entender de la parte receptora, pueda revelarla libremente a la parte receptora; (d) su revelación sea exigida por ley o por una autoridad reguladora; (e) sea desarrollada por la parte receptora de forma independiente sin que ello suponga un incumplimiento del presente Contrato; o bien (f) sea revelada con la previa aprobación de la parte reveladora otorgada por escrito.
“Servicios Continuos” se refiere al acceso al Conjunto de Datos y no incluye Servicios Ad Hoc, ni servicios de investigación xx xxxxxxx a medida prestados por Oracle.
“Conjunto de Datos” se refiere a los datos específicos de CancerMPact o de Epi Database proporcionados por Oracle al Cliente de conformidad con el Contrato y la Orden. Esto incluye los datos, análisis, modelos y cualquier otra información contenida en la base de datos o informe a los que accederán múltiples suscriptores, así como cualquier otra tarea no personalizada que realice Oracle.
“Entregables” se refiere a los resultados de encuestas, informes, datos, resúmenes, comentarios, exposiciones y/o análisis proporcionados por Oracle al Cliente de conformidad con la SOW de Servicios Ad Hoc.
“GDPR” hace referencia al Reglamento General de Protección de Datos (General Data Protection Regulation) de la UE 2016/679.
“Derechos de Propiedad Intelectual” (Intellectual Property Rights o “IPR”, por sus siglas en inglés) hace referencia a derechos de autor, derechos sobre bases de datos, marcas registradas, diseños, patentes y/o conocimientos técnicos (know-how).
“Orden” significa la orden de Oracle a nombre del Cliente, firmada por este último y aceptada por Oracle, en la que se especifica el Conjunto de Datos que debe suministrar Oracle de conformidad con los términos del presente Contrato.
“Datos Personales” se refiere a la información definida como información personal identificable, información personal o datos personales por las Normas aplicables.
“Normas” se refiere a: (a) todas las leyes, normas y reglamentaciones aplicables en materia de protección de datos, privacidad y comunicaciones electrónicas, incluido el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo del 27 xx xxxxx de 2016 relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos, y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE (Reglamento General de Protección de Datos); (b) la Ley Federal Suiza del 19 xx xxxxx de 1992 sobre protección de datos, con sus modificaciones; (c) las pautas reguladoras; y (d) las pautas autorreguladoras aplicables, cada una según sus modificaciones.
“Servicios” significa los Servicios Ad Hoc y/o los Servicios Continuos (según sea el caso) especificados en la Orden o la SOW.
“Período de Servicios” significa la duración de los Servicios tal como se define en el Contrato, la Orden o la SOW.
“SOW” se refiere a una orden de trabajo que: (a) incorpora los términos del presente Contrato; (b) describe los Servicios y Entregables adquiridos por el Cliente; (c) ha sido debidamente firmada por Oracle y por el Cliente o las afiliadas de dichas partes, en su caso, y (d) se adjunta como Anexo al presente Contrato o que indique estar regida por el presente Contrato y, por lo tanto, incorpora el presente Contrato por referencia cuando haya sido firmado por las partes o sus afiliadas.
“Impuesto” significa todo tipo de impuesto, cargo, derecho, retención, deducción, tasa, gravamen y cargo gubernamental
(ya sea nacional o local) de naturaleza tributaria, de cualquier especie y con independencia de cuándo haya sido creado, promulgado o aplicado por parte de cualquier organismo gubernamental, estatal, federal, municipal local o de otro tipo, así como todas las multas, sanciones, intereses, cargos y recargos relacionados, pero excluidos los impuestos sobre los ingresos o utilidades de Oracle.
En estos términos y condiciones, una referencia al singular incluye el plural y viceversa (a menos que el contexto exija lo contrario).
1 Otorgamiento de Licencia. Durante el Período de Servicios de la Orden, Oracle otorga al Cliente, con sujeción a los términos y condiciones del presente Contrato, una suscripción no exclusiva e intransferible de acceso ilimitado al Servicio, para crear impresiones en línea o fuera de línea de la información recuperada de los Servicios, así como para reproducir, reformatear, analizar, imprimir y exhibir dichas impresiones en relación con las actividades normales de negocio del Cliente.
2 Pago de Tarifas
2.1 Respecto de los Servicios Continuos y los Servicios Ad Hoc, Oracle facturará al Cliente las tarifas detalladas en la Orden o la SOW aplicable. En el caso de los Servicios Continuos, la factura deberá contener un desglose razonablemente detallado de todos los cargos. Todas las facturas serán pagaderas a Oracle dentro de los treinta
(30) días siguientes a la fecha de la factura. Todas las tarifas en virtud de la Orden y del presente Contrato son no cancelables y no reembolsables.
2.2 Oracle tendrá derecho a obtener el reembolso de los gastos razonables incurridos en la prestación de los Servicios.
2.3 Si algún importe pagadero a Oracle en virtud del presente Contrato está sujeto a Impuestos, dicho importe se incrementará de forma que se garantice que el importe neto pagado por el Cliente a Oracle sea, después de Impuestos, igual al que se habría pagado si el pago y cualquier incremento del pago no hubieran estado sujetos a Impuestos.
2.4 Todas Sus obligaciones de pago establecidas en las Órdenes sujetas al presente Contrato, deberán ser cumplidas a través de transferencias bancarias, efectuadas a la cuenta que se indique en la factura. Las obligaciones de pago no se entenderán cumplidas si se llevan a cabo a través de medios diferentes al aquí indicado, salvo pacto en contrario suscrito por ambas partes.
3 Plazo y Terminación
3.1 Este Contrato es válido para la Orden adjunta al presente Contrato.
3.2 Cualquiera de las partes podrá dar por terminadas las Órdenes presentadas con arreglo al presente Contrato, notificándolo por escrito a Oracle con ciento ochenta (180) días de anticipación; queda, no obstante, establecido que las ofertas de Servicio Continuo son no reembolsables. El Cliente es responsable de los pagos a Oracle durante todo el Período de Servicios; no se concederán cancelaciones, ni reembolsos.
3.3 Cualquiera de las partes podrá dar por terminadas de forma inmediata las Órdenes presentadas en virtud del presente Contrato por un incumplimiento esencial de la otra parte que sea insubsanable o que, siendo subsanable, no se subsane en el plazo de treinta (30) días a partir de la notificación por escrito realizada a la parte incumplidora. Salvo en el caso de falta de pago de tarifas, la parte cumplidora podrá, a su exclusiva discreción, prorrogar el plazo de treinta
(30) días, período durante el cual la parte incumplidora continúe realizando esfuerzos razonables para subsanar el incumplimiento. El Cliente acepta que, si se encuentra en situación de incumplimiento del Contrato, no podrá utilizar los Servicios ordenados en la Orden o la(s) SOW(s).
3.4 En el caso de los Servicios Continuos, si: (a) el número de clientes suscriptores se reduce por debajo de un nivel aceptable para Oracle, o bien (b) Oracle no puede o considera inviable continuar con los Servicios o cualquier parte de los mismos, Oracle tendrá derecho a dar por terminada la Orden y el presente Contrato, en cualquier momento, mediante notificación por escrito realizada con treinta (30) días de anticipación. Oracle realizará esfuerzos razonables para finalizar cualquier Entregable en curso y Oracle seguirá teniendo derecho al pago por la finalización de dicho Entregable. Si Oracle da por terminados los servicios por las causas expuestas en esta sección, Oracle reembolsará al Cliente las tarifas por los servicios terminados que el Cliente haya pagado a Oracle por adelantado durante el período posterior a la fecha de entrada en vigencia de la terminación.
4 Cambio, Retraso o Cancelación
4.1 Si el Cliente solicita cambios en los Servicios, Oracle se reserva el derecho de modificar la Orden o la SOW, incluidas, a mero título enunciativo, las tarifas.
4.2 En caso de reducción en el plazo, retraso, cancelación o terminación anticipada de los Servicios por parte del Cliente, la factura final incluirá el saldo de las tarifas por la prestación de los Servicios más los costos y gastos razonables en que incurra Oracle debido a los actos u omisiones del Cliente, junto con todos los costos de terceros no cancelables a los que Oracle se haya comprometido.
4.3 El Cliente es responsable de la pronta entrega a Oracle de todos los materiales que sean de propiedad o estén en
posesión del Cliente y que Oracle requiera en forma razonable para prestar los Servicios. En caso de que el Cliente no cumpla con esta cláusula, el Cliente será responsable de las consiguientes demoras y de los costos y gastos adicionales razonables en los que Oracle incurra en la prestación de los Servicios.
4.4 Oracle no será responsable del incumplimiento de los plazos previstos, ni de las pérdidas o daños y perjuicios sufridos por el Cliente como consecuencia de cualquier retraso causado directa o indirectamente por cualquier acto u omisión del Cliente o de terceros. Además, el Cliente reconoce que la prestación satisfactoria y puntual de los Servicios, así como el desarrollo satisfactorio del Conjunto de Datos a suministrar en virtud del presente, requerirán la cooperación de buena fe del Cliente. En consecuencia, el Cliente cooperará plenamente con Oracle, lo que incluye, a mero título enunciativo: (a) proporcionar a Oracle toda la información razonablemente necesaria o adecuada y pertinente para el desempeño de Oracle, según Oracle requiera de forma razonable; (b) poner el personal del Cliente en comunicación con Oracle, proporcionando al menos un empleado o consultor del Cliente, que deberá tener experiencia sustancial pertinente y que actuará como contacto del Cliente en relación con el desarrollo del Conjunto de Datos; y (c) proporcionar la revisión oportuna de los materiales enviados por Oracle.
4.5 Subcontratación. Para asistir a Oracle en la prestación de los Servicios, Oracle tendrá derecho a subcontratar cualquier parte de los mismos. Oracle será responsable de la calidad de los servicios prestados por cualquier subcontratista que haya sido seleccionado y todos los servicios prestados por el subcontratista serán pagados directamente por Oracle.
5 Garantías
5.1 Declaraciones y Garantías Recíprocas. Cada una de las partes declara y garantiza que cuenta con las facultades necesarias para celebrar el presente Contrato.
5.2 Garantías de Oracle.
a) Oracle garantiza que los Servicios se prestarán de manera profesional conforme a las normas de la industria. No obstante, el Cliente reconoce y acepta que: (i) los índices de respuesta a encuestas/cuestionarios no pueden predecirse y no están garantizados por Oracle; (ii) todas las cifras contenidas en los Entregables serán estimaciones derivadas de encuestas por muestreo y estarán sujetas a los límites de errores estadísticos/redondeo hacia arriba o hacia abajo, y (iii) que el tiempo no es esencial. El Cliente por el presente reconoce que será el único responsable de las consecuencias de cualquier medida que adopte sobre la base de cualquier documento, recomendación u opinión proporcionados por Oracle. En ningún caso Oracle será responsable ante el Cliente por pérdidas, daños o perjuicios de ninguna especie con respecto a las conclusiones y/o recomendaciones formuladas por Oracle en relación con los Servicios o al hecho de que el Cliente se base en las mismas, salvo que se disponga lo contrario en el presente Contrato o por imperativo legal. El Cliente deberá notificar a Oracle cualquier deficiencia de la garantía dentro de los noventa (90) días siguientes a la prestación de los Servicios deficientes.
b) Oracle se compromete a realizar todos los esfuerzos razonables para cumplir con las pautas autorreguladoras aplicables.
c) Oracle no garantiza que los Servicios se prestarán sin errores, ni interrupciones, ni que Oracle corregirá todos los errores de los Servicios, ni que los Servicios cumplirán con los requisitos o expectativas del Cliente.
5.3 Garantías del Cliente
a) El Cliente deberá informar de manera exhaustiva a Oracle sobre sus requisitos u objetivos antes de celebrar el Contrato y deberá mantener informado a Oracle en tal sentido durante el plazo de vigencia del Contrato.
b) El Cliente deberá cooperar con Oracle en todos los asuntos relacionados con los Servicios y deberá, a su propio costo, suministrar a Oracle todos los materiales y datos que Oracle razonablemente solicite en forma periódica para la correcta prestación de los Servicios.
c) El Cliente deberá responder sin demora a cualquier solicitud de Oracle de materiales o aprobación y dentro de cualquier plazo razonablemente requerido por Oracle para la prestación de los Servicios.
5.4 EN CASO DE INCUMPLIMIENTO DE LA GARANTÍA, EL RECURSO EXCLUSIVO DEL CLIENTE Y LA RESPONSABILIDAD TOTAL DE ORACLE CONSISTIRÁ EN LA NUEVA PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS DEFICIENTES O BIEN, SI ORACLE NO PUDIERA CORREGIR SUBSTANCIALMENTE LA DEFICIENCIA DE UN MODO RAZONABLE DESDE EL PUNTO DE VISTA COMERCIAL, EL CLIENTE PODRÁ DAR POR TERMINADOS LOS SERVICIOS DEFICIENTES Y ORACLE LE REEMBOLSARÁ AL CLIENTE LAS TARIFAS CORRESPONDIENTES A LOS SERVICIOS TERMINADOS QUE EL CLIENTE HAYA PAGADO A ORACLE POR ADELANTADO POR EL PERÍODO POSTERIOR A LA FECHA DE ENTRADA EN VIGENCIA DE LA TERMINACIÓN.
5.5 EN LA MEDIDA EN QUE LA LEY NO LO PROHÍBA, ESTA GARANTÍA ES EXCLUSIVA Y NO EXISTEN OTRAS GARANTÍAS O CONDICIONES EXPRESAS O IMPLÍCITAS, INCLUIDAS LAS GARANTÍAS O LAS CONDICIONES DE COMERCIABILIDAD Y ADECUACIÓN PARA UN FIN PARTICULAR.
6 Derechos de Propiedad Intelectual y Declaraciones Públicas
6.1 Derechos de Propiedad del Cliente. El Cliente tiene, y se reserva y conserva, la propiedad única y exclusiva de todos los derechos reales y personales sobre los Datos del Cliente, incluidos todos los IPR que surjan en virtud o como consecuencia de los materiales del Cliente. Los materiales del Cliente son Información Confidencial del Cliente.
6.2 Derechos de Propiedad de Oracle. Oracle o sus licenciantes tienen, y se reservan y conservan, la propiedad única y exclusiva de todos derechos reales y personales sobre los materiales de Oracle, las opiniones y cualquiera de las modificaciones, extensiones o trabajos derivados de los mismos, lo que incluye técnicas, principios y formatos, así como todos los materiales de propiedad exclusiva, software, programas, macros, algoritmos, módulos, metodologías y cualquier otro elemento utilizado o creado por Oracle para elaborar un Conjunto de Datos o prestar los Servicios, y seguirán siendo en todo momento propiedad exclusiva de Oracle. Oracle posee todos los derechos, licencias, derechos de autor y derechos de patente sobre los datos (sin incluir los Datos del Cliente) creados o recopilados por Oracle como resultado del Contrato, incluidos los datos que se utilicen para la optimización, el análisis del servicio y la mejora del producto o servicio. Oracle otorga al Cliente una licencia mundial, no sublicenciable, intransferible y exenta del pago de regalías sobre los materiales de Oracle incorporados en los Entregables o que sean necesarios de otro modo para que el Cliente utilice los Servicios y Entregables únicamente para: (a) fines internos y no para su publicación u otro tipo de distribución o comunicación al público (salvo autorización expresa por escrito); y (b) únicamente para los fines del proyecto pertinente y en la forma prevista en la SOW. Oracle se reserva de forma expresa todos los demás derechos sobre los materiales de Oracle.
6.3 Propiedad de los Entregables. Salvo que se establezca lo contrario en esta Sección 6, una vez recibido por Oracle el pago íntegro por los Servicios y Entregables conforme a la correspondiente SOW, el Cliente será el único y exclusivo propietario de todos los derechos reales y personales sobre los Entregables, excluyendo los materiales de Oracle, datos sociales, materiales de terceros o cualquier otra información específicamente identificada en la SOW como excluida. El Cliente tendrá derecho a utilizar los Entregables para sus operaciones internas de negocio, a menos que se especifique lo contrario en la SOW aplicable. El Cliente reconoce y acepta que no utilizará ningún Entregable con fines de relaciones públicas, ventas o marketing en conjunción con el nombre o la marca de Oracle, sin la previa autorización de Oracle otorgada por escrito. El Cliente no podrá publicar ni revelar los Entregables de ningún modo que exagere, distorsione o tergiverse la información o los datos proporcionados por Oracle, ni de ninguna manera que pueda dañar el renombre de Oracle. Sin perjuicio de lo anterior y para evitar dudas, Oracle conservará la plena propiedad sobre cualquier metodología utilizada durante la prestación de los Servicios, así como sobre cualquier desarrollo futuro (es decir, propiedad intelectual, investigación y desarrollo, análisis del servicio, etc.) que surja de dichas metodologías durante la prestación de los Servicios.
6.4 Acceso de Terceros. El Cliente tiene prohibido revelar datos del Conjunto de Datos a terceros sin la autorización de Oracle por escrito.
6.5 Análisis del Servicio. Oracle tendrá derecho, tanto durante como con posterioridad a la terminación o el vencimiento del presente Contrato, a utilizar todas y cada una de las conclusiones, análisis, datos, resultados de investigación y registros derivados de los Servicios o recopilados en curso o en relación con la prestación de los Servicios o los Entregables para sus propias finalidades internas, como parte de sus propias bases de datos y para finalidades relacionadas con su negocio, entre ellas, para establecer normas del sector, realizar estudios de casos y logros del sector, e incluso en relación con cualquier controversia legal pertinente, pero Oracle y sus filiales mantendrán el anonimato del Cliente y la confidencialidad de los Entregables.
6.6 Publicidad. Oracle podrá referirse al Cliente como cliente de Oracle de los Servicios ordenados en presentaciones de ventas, y en materiales y actividades de marketing. A excepción de este derecho, ninguna de las partes tendrá derecho a utilizar el nombre, la marca registrada, el logotipo o los eslóganes de la otra parte sin el consentimiento previo por escrito de dicha parte. Ninguna de las partes podrá revelar a terceros ningún detalle del Contrato, incluida cualquier Orden o SOW, sin la aprobación expresa, previa y por escrito de la otra parte. Dicha aprobación no se denegará de manera injustificada. No obstante, cada una de las partes podrá revelar los detalles del Contrato y de cualquiera de sus adjuntos: (a) si así lo exigen las leyes o reglamentos, (b) a un organismo gubernamental (previa solicitud legítima de dicho organismo), o (c) para hacer valer sus derechos en virtud del Contrato. El Cliente no deberá realizar ninguna declaración pública basada en los Entregables o en cualquier parte de los Servicios sin el previo consentimiento por escrito de Oracle.
7 Confidencialidad. Durante la vigencia de este Contrato y por un período de tres (3) años después del vencimiento del plazo de vigencia de este Contrato, la parte receptora se compromete a: (a) mantener la confidencialidad de la Información Confidencial de la parte reveladora empleando el mismo nivel de cuidado que utiliza para proteger su propia Información Confidencial, en ningún caso inferior a un nivel de cuidado razonable; (b) utilizar la Información Confidencial únicamente para cumplir con sus obligaciones en virtud del presente Contrato; (c) no revelar ni poner a disposición de ningún empleado o tercero la Información Confidencial de la parte reveladora sin el previo consentimiento por escrito de la parte reveladora, salvo a un número limitado de sus empleados, consultores, subcontratistas y asesores legales que necesiten conocer la Información Confidencial de la parte reveladora para cumplir con sus obligaciones en virtud
del presente Contrato; y (d) cumplir sin demora con cualquier solicitud por escrito de la parte reveladora de destruir o devolver cualquier Información Confidencial de la parte reveladora (y todas las copias, resúmenes y extractos de dicha Información Confidencial) que se encuentre en ese momento bajo el control o en poder de la parte receptora. Sin perjuicio de lo anterior: (i) la parte receptora podrá conservar copias de la Información Confidencial en la medida en que sea necesario en cumplimiento de las leyes o reglamentaciones aplicables y de conformidad con las políticas internas de conservación de documentos y copia de seguridad (back-up), siempre que dichas copias se mantengan confidenciales de conformidad con la presente cláusula y (ii) las obligaciones de confidencialidad de las partes respecto de la Información Confidencial que constituya un secreto comercial se mantendrán hasta que dicha Información Confidencial deje de considerarse un secreto comercial.
8 Protección de Datos. Oracle y el Cliente deberán cumplir en todo momento con las Normas, incluido el GDPR en su caso.
9 Límites y Exclusiones de Responsabilidad
9.1 NINGUNA DE LAS PARTES SERÁ RESPONSABLE POR DAÑOS Y PERJUICIOS INDIRECTOS, INCIDENTALES, ESPECIALES, PUNITIVOS, EJEMPLARES O CONSECUENTES NI POR LUCRO CESANTE, PÉRDIDA DE INGRESOS, DATOS O USO DE DATOS. LA RESPONSABILIDAD MÁXIMA DE ORACLE Y DE SUS AFILIADAS POR LOS DAÑOS Y PERJUICIOS QUE SURJAN EN VIRTUD O COMO CONSECUENCIA DEL CONTRATO O DE LA ORDEN O SOW DEL CLIENTE, YA SEA CONTRACTUAL, EXTRACONTRACTUAL O DE OTRA NATURALEZA, ESTARÁ LIMITADA AL IMPORTE DE LAS TARIFAS PAGADAS O PAGADERAS POR EL CLIENTE POR LOS SERVICIOS DEFICIENTES EN VIRTUD DE LA ORDEN O SOW QUE DEN LUGAR A LA RESPONSABILIDAD DURANTE LOS DOCE (12) MESES INMEDIATAMENTE ANTERIORES A LA FECHA EN LA QUE SURGIÓ POR PRIMERA VEZ LA CAUSA DE LA ACCIÓN.
9.2 Conjunto de Datos. Oracle no será responsable de ninguna pérdida que surja en virtud o como consecuencia de la interpretación por parte del Cliente del Conjunto de Datos o los Entregables y/o las consecuencias de cualquier medida adoptada por el Cliente sobre la base de cualquier Conjunto de Datos o Entregables. El Cliente reconoce que el Conjunto de Datos o los Entregables han sido creados y entregados con el entendimiento mutuo de que, si el Cliente requiere protección o cobertura adicional, deberá contratar un seguro por separado.
9.3 Ninguna de las partes podrá entablar acción alguna derivada de cualquier transacción (salvo por falta de pago) en virtud del presente Contrato una vez transcurridos doce (12) meses desde la fecha en que se originó la causa de la acción.
10 Indemnización
10.1 Si un tercero efectúa un reclamo ya sea en contra del Cliente o de Oracle (el “Receptor”, que puede referirse al Cliente o a Oracle según sea la parte que haya recibido la Especificación), en cuanto a que cualquier información, diseño, especificación, instrucción, software, servicio, dato, hardware o material (en forma conjunta, la “Especificación”) suministrados por Oracle (el “Proveedor”) y utilizados por el Receptor infringe los derechos de propiedad intelectual de dicho tercero, el Proveedor, a exclusivo costo y cargo de este último, defenderá al Receptor frente al reclamo e indemnizará al Receptor por los daños, perjuicios, responsabilidades, costos y gastos que la autoridad judicial otorgue a favor xxx xxxxxxx como resultado del reclamo por infracción de derechos de propiedad intelectual o del acuerdo o conciliación convenidos por el Proveedor, siempre y cuando el Receptor:
a) notifique al Proveedor de inmediato y por escrito, a más tardar dentro de los treinta (30) días después de que el Receptor reciba la notificación del reclamo (o antes si así fuera exigido por la ley aplicable);
b) otorgue al Proveedor el control exclusivo de la defensa y de las eventuales negociaciones del acuerdo o conciliación; y
c) otorgue al Proveedor la información, la autoridad y la asistencia que este último requiera para defenderse del reclamo o para conciliarlo o acordarlo.
10.2 Indemnización de Oracle. Oracle, a su costo y cargo, indemnizará y defenderá al Cliente frente cualquier responsabilidad, pérdida, daño, perjuicio, costo y gasto que sea consecuencia de un reclamo de terceros en el que se alegue que los materiales de Oracle infringen o suponen una apropiación indebida de cualquier patente estadounidense emitida a la Fecha de Entrada en Vigencia o de cualquier derecho de autor o secreto comercial de un tercero durante el plazo de vigencia del Contrato, siempre y cuando el Cliente siga el procedimiento establecido en la Sección 10.1 precedente.
10.3 Indemnización del Cliente. El Cliente, a su costo y cargo, indemnizará y defenderá a Oracle frente a cualquier responsabilidad, pérdida, daño, perjuicio, costo y gasto que sea consecuencia del uso de los Servicios o del Conjunto de Datos por parte del Cliente o de su personal en violación de los términos del presente Contrato (incluidas las obligaciones de privacidad),
10.4 Recursos. Si la Parte Indemnizante considera o se determina que cualquier Especificación podría haber violado los derechos de propiedad intelectual de un tercero, el Proveedor tendrá la opción de modificar la Especificación para que no viole tales derechos (conservando en lo substancial su utilidad o funcionalidad) u obtener una licencia que permita la continuidad de su uso. En caso de que dichas alternativas no fueran razonables desde el punto de vista
comercial, el Proveedor podrá dar por terminada la licencia y exigir la devolución de la Especificación que corresponda, así como también reembolsar las tarifas pagadas por adelantado y no utilizadas que el Receptor haya pagado a la otra parte por dicha Especificación. Si dicha devolución afectara en forma substancial la capacidad de Oracle para cumplir con sus obligaciones en virtud de la SOW respectiva, Oracle podrá, mediante notificación por escrito enviada con treinta
(30) días de anticipación, dar por terminada la SOW. Si esa Especificación constituye tecnología de terceros y los términos de la licencia xxx xxxxxxx no permiten a Oracle dar por terminada la licencia, Oracle podrá, mediante notificación por escrito enviada con treinta (30) días de anticipación, dar por terminados los Servicios asociados a dicha Especificación y reembolsar las tarifas pagadas por adelantado y no utilizadas por dichos Servicios.
10.5 Exclusiones. El Proveedor no indemnizará al Receptor si este último: (a) modifica la Especificación o la usa fuera del alcance de uso indicada en la Orden o la SOW, o (b) usa una versión de la Especificación que ha sido reemplazada, si el reclamo por infracción de derechos de propiedad intelectual hubiera podido evitarse usando una versión no modificada y vigente de la Especificación que haya sido puesta a disposición del Receptor. El Proveedor no indemnizará al Receptor en la medida en que el reclamo por infracción de derechos de propiedad intelectual se base en cualquier Especificación no suministrada por el Proveedor. Oracle no indemnizará al Cliente en la medida en que un reclamo por infracción de derechos de propiedad intelectual se base en materiales de terceros o en cualquier material de un portal de terceros u otra fuente externa que Oracle no haya incorporado específicamente a los Entregables o al que Oracle no haya remitido específicamente al Cliente para los servicios asociados a los Servicios que deba prestar Oracle en virtud del presente Contrato o de la Orden o la SOW aplicable.
10.6 Esta Sección 10 establece el recurso exclusivo de las partes respecto de cualquier reclamo, daño o perjuicio originado en la infracción de derechos de propiedad intelectual en virtud del presente Contrato.
11 Exportación. Las leyes y reglamentaciones de exportación de los Estados Unidos de América y otras leyes y reglamentaciones locales pertinentes en materia de exportación son aplicables a los Servicios. El Cliente acepta que dichas leyes de exportación rigen el uso que haga de los Servicios (incluidos los datos técnicos) y los Entregables suministrados en virtud del Contrato. El Cliente se compromete a cumplir con todas las leyes y reglamentaciones de exportación antes mencionadas (entre ellas, las reglamentaciones “deemed export” [operaciones asimiladas a exportaciones] y “deemed re-export” [operaciones asimiladas a reexportaciones]). El Cliente acepta que no se exportarán datos, información, productos y/o materiales derivados de la prestación de los Servicios (o cualquier producto directo de los mismos), ya sea de manera directa o indirecta, en violación de estas leyes, y que estos no se utilizarán para ningún propósito prohibido por dichas leyes, incluyendo, a mero título enunciativo, la proliferación xx xxxxx nucleares, químicas o biológicas, o el desarrollo de tecnología de misiles.
12 Cesión. Ninguna de las partes podrá ceder o transferir parte alguna del presente Contrato sin el consentimiento por escrito de la otra parte, con la salvedad de que se autoriza la cesión del Contrato en su totalidad o en parte a: (a) una afiliada; (b) la sucesora de una parte en virtud de una fusión, reorganización, consolidación o venta; o (c) una entidad que adquiera la totalidad o una parte substancial de todos los activos de una parte. Si cualquiera de las partes realiza una cesión a un competidor, las partes acuerdan que la parte no cedente podrá dar por terminado el presente Contrato mediante notificación por escrito al cesionario y al cedente con una anticipación no inferior a treinta (30) días. La parte cedente prestará asistencia razonable a la parte no cedente durante el período de transición.
13 Inexistencia de Asociación o Agencia. Las partes son contratistas independientes y nada de lo dispuesto en el presente Contrato o en cualquier SOW pretende, ni podrá interpretarse, en el sentido de crear ninguna asociación o empresa conjunta (joint venture) entre ellas, ni constituir a ninguna persona como agente de la otra, ni autorizar a la otra parte a asumir o suscribir ningún compromiso por o en nombre de la otra.
14 Cumplimiento de las Leyes. Oracle cumplirá con todas las leyes en la medida en que tales leyes sean expresamente aplicables a la prestación de los Servicios por parte de Oracle en virtud del presente Contrato e impongan obligaciones directamente a cargo de Oracle en su rol de proveedor de servicios de tecnología de la información con respecto a los Servicios. El Cliente deberá cumplir con todas las leyes en la medida en que tales leyes, de conformidad con sus términos, sean aplicables al uso y recepción por parte del Cliente de los Servicios (incluido Su Contenido) conforme al presente Contrato e impongan obligaciones directamente a cargo del Cliente con respecto a los Servicios.
15 Disposiciones Varias
15.1 Las disposiciones que continuarán en vigencia con posterioridad a la terminación o el vencimiento del presente Contrato son aquellas referidas a la limitación de responsabilidad, indemnización, pagos y otras que, por su naturaleza, se pretenden que subsistan.
15.2 En caso de que el Cliente tenga una controversia legal con Oracle, si el Cliente desea enviar una notificación conforme a la Sección “Indemnización” de este Contrato, o si el Cliente estuviera sometido a algún procedimiento de concurso mercantil, quiebra, insolvencia u otro procedimiento legal similar, deberá notificar dicha circunstancia de inmediato por escrito a: Sistemas Oracle de Chile Limitada, Edificio Millenium, Xxxxxxx Xxxxxxxx 0000, Xxxx 0, Xxx
Xxxxxx, Xxxxxxxx, Xxxxx, Código Postal 7550011. Atención: Departamento Jurídico. Ninguna de las partes será responsable por el incumplimiento o la demora en el cumplimiento de sus obligaciones si ello fuera causado por: actos xx xxxxxx, hostilidad o sabotaje; causas de Fuerza Mayor; pandemias; interrupción de los servicios de telecomunicaciones, internet o electricidad que no sea causada por la parte obligada; restricciones gubernamentales (incluida la denegación o cancelación de cualquier licencia de exportación, importación o de otro tipo); otro evento ajeno al control razonable de la parte obligada. Ambas partes emplearán esfuerzos razonables para atenuar los efectos de tales eventos. Si tal evento persistiera durante más de 30 días, cualquiera de las partes podrá cancelar los Servicios pendientes de prestación y las SOW afectadas mediante notificación por escrito. Esta sección no exime a las partes de la obligación de adoptar medidas razonables para seguir sus procedimientos normales de recuperación ante desastres, ni de la obligación del Cliente de pagar por Servicios ordenados o prestados.
15.3 A excepción de las acciones por falta de pago o infracción de los derechos de propiedad exclusiva de Oracle, ninguna de las partes podrá interponer una acción, independientemente de su forma, que surja en virtud o como consecuencia del presente Contrato una vez transcurridos dos años desde que se origine la causa de la acción.
15.4 El presente Contrato constituye el acuerdo completo entre las partes y sustituye a todos los acuerdos, discusiones, negociaciones, promesas, propuestas, declaraciones y entendimientos anteriores o contemporáneos, ya sean escritos o verbales, entre las partes con respecto al objeto del presente Contrato. El Cliente reconoce expresamente que no ha suscrito el presente Contrato basándose en ninguna promesa, declaración o acuerdo formulado por Oracle, o en su nombre, que no esté contenido en el presente Contrato. Este Contrato y las Órdenes presentadas en virtud del mismo no podrán modificarse, y los derechos y restricciones no estarán sujetos a variaciones o renuncias, a menos que medie un documento por escrito, suscrito o aceptado en línea por los representantes autorizados del Cliente y de Oracle.
15.5 La invalidez o inexigibilidad de cualquier disposición del presente Contrato no afectará a las restantes disposiciones del mismo.
15.6 El presente Contrato se rige por las leyes de Chile. El Cliente y Oracle acuerdan someterse a la jurisdicción exclusiva de los tribunales federales con sede en Santiago de Chile, Chile, para dirimir cualquier controversia que surja en virtud o como consecuencia del presente Contrato.