PLIEGO PARTICULAR DE CONDICIONES ECONÓMICO - ADMINISTRATIVAS ESPECÍFICO PARA LA ENAJENACIÓN DEL APROVECHAMIENTO DE CAZA DE MONTES DE UTILIDAD PÚBLICA Y ZONAS DE CAZA CONTROLADA PROPIEDAD DE LA GENERALITAT DE LA PROVINCIA DE CASTELLÓN DEL AÑO 2024
PLIEGO PARTICULAR DE CONDICIONES ECONÓMICO - ADMINISTRATIVAS ESPECÍFICO PARA LA ENAJENACIÓN DEL APROVECHAMIENTO DE XXXX XX XXXXXX DE UTILIDAD PÚBLICA Y ZONAS XX XXXX CONTROLADA PROPIEDAD DE LA GENERALITAT DE LA PROVINCIA XX XXXXXXXXX DEL AÑO 2024
CLÁUSULA PRIMERA. Objeto y ámbito de aplicación
Atendiendo al artículo 5 de “Pliego general de condiciones económico administrativas para la enajenación de aprovechamientos forestales en xxxxxx propiedad de la Generalitat” establecido en la Instrucción de la Dirección General de Medio Natural y de Evaluación Ambiental de la Conselleria de Agricultura, Medio Ambiente, Cambio Climático y Desarrollo Rural, de fecha 14 de julio de 2017, se aplicará el presente pliego particular de condiciones económico administrativas en la enajenación de los aprovechamientos forestales del anexo X xxx xxxxxx particular de condiciones técnico – facultativas, correspondientes x xxxxxx propiedad de la Generalitat.
Este pliego complementa y concreta al pliego general mencionado que rige asimismo la presente enajenación.
CLÁUSULA SEGUNDA. Procedimiento de adjudicación
La adjudicación se realizará mediante los siguientes procedimientos:
(a) Para los xxxxxx de Utilidad Pública que no cumplen con los requisitos de extensión o forma exigidos para la creación de un xxxx xx xxxx y colindan con un único espacio cinegético declarado, se va a realizar una adjudicación directa. El Anexo X xxx Xxxxxx de condiciones técnico – facultativas para la enajenación del del aprovechamiento xx xxxx en xxxxxx de Utilidad Pública y Zonas xx Xxxx Controlada xx Xxxxxxxxx del año 2024 establece el listado de los xxxxxx que se ajustan a este criterio y el precio de adjudicación. Teniendo en cuenta el escaso valor de la tasación efectuada para estos xxxxxx, se obligará a que el pago sea en dinero. En el caso de aquellos xxxxxx cuya tasación anual es inferior a 50 € (según anexo I de este pliego) se realizará el pago de los cinco años de una sola vez (una única carta de pago al inicio del aprovechamiento); para el resto xx xxxxxx con importe anual superior a 50 € se podrá agrupar el pago a petición del adjudicatario.
(b) Para el resto xx xxxxxx de Utilidad Pública y Zonas xx Xxxx Controlada propiedad de la Generalitat (Anexo II xxx Xxxxxx de Condiciones Técnico – Facultativas) se ha elegido el concurso como modalidad de adjudicación, en el que la oferta económica tiene un peso del 40% y el 60% corresponde a criterios de adjudicación cuantificables de forma objetiva definidos en el pliego de condiciones económico administrativas). El pago del importe de la adjudicación se hará efectivo mediante la ejecución por el beneficiario de un proyecto de mejoras o inversiones en el monte de Utilidad Pública.
Para el caso (b) del punto anterior, en el que se utiliza el concurso como forma de adjudicación, para la valoración se tendrán en cuenta las siguientes variables, siendo la puntuación máxima a obtener 100 puntos:
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1) Oferta económica (máximo 40 puntos):
No se admitirán ofertas económicas inferiores al precio base de tasación para cada monte de Utilidad Pública y Xxxx xx Xxxx Controlada indicado en los Anexos I y II de este pliego.
Para la baremación de la oferta económica se utilizará la siguiente fórmula:
40 x ( Precio ofertado – Precio base de tasación )
( Oferta económica máxima - Precio base de tasación )
2) Criterios de adjudicación no económicos (máximo 60 puntos):
a) El licitador tiene el domicilio fiscal en el mismo término municipal o en el colindante donde se encuentran los terrenos de ejecución del aprovechamiento (se acreditará mediante certificación expedida por el ayuntamiento). Por cumplir este criterio se le asignarán 15 puntos.
b) El licitador es un Club o una Sociedad de Cazadores inscrita en el registro de la Federación xx Xxxx de la Comunitat Valenciana (acreditación mediante certificado de la federación). Por cumplir este criterio se le asignarán 10 puntos.
c) En el caso de que el licitador sea un Club o Sociedad de Cazadores, se valorará el número de socios de la entidad (se acreditará mediante certificación expedida por el secretario de la entidad). La puntuación será mayor cuando cuente con más socios, hasta un máximo de 15 puntos, con la siguiente ponderación:
Hasta 20 socios: 5 puntos
Entre 21 y 50 socios: 10 puntos
Más de 50 socios: 15 puntos
d) En el caso de ser un Club o Sociedad de Cazadores, se valorará que el xxxx xx xxxx que gestionan haya sufrido un incendio forestal en los últimos 5 años, afectando a más del 10% de la superficie forestal del acotado. Por cumplir este criterio se le asignarán 5 puntos.
e) En el caso de ser un Club o Sociedad de Cazadores, se valorará que el xxxx xx xxxx que gestionan haya visto reducida la superficie útil del mismo en más del 10% debido a la instalación de infraestructuras energéticas durante los últimos 3 años. Por cumplir este criterio se le asignarán 5 puntos.
f) El licitador acredita mediante declaración responsable que contará con vigilancia privada en los terrenos de ejecución del aprovechamiento al menos durante los meses de temporada xx xxxx. Por cumplir este criterio se le asignarán 5 puntos.
g) El licitador acredita mediante declaración responsable que se compromete a realizar en la población más próxima al monte licitado al menos 5 jornadas educativas, divulgativas o formativas durante el periodo de vigencia de la adjudicación (una jornada por anualidad), destinadas a mejorar el conocimiento de la actividad cinegética como modelo de gestión de los ecosistemas naturales. Por cumplir este criterio se le asignarán 5 puntos.
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En caso de empate, el adjudicatario será el licitador que haya realizado la mejor oferta económica.
Cada aprovechamiento de cada xxxxx x xxxx xx xxxx controlada (cada aprovechamiento individual será un lote) indicado en el Anexo I y II xxx Xxxxxx de condiciones técnico – facultativas para la enajenación del aprovechamiento xx xxxx en xxxxxx de Utilidad Pública y Zonas xx Xxxx Controlada xx Xxxxxxxxx en el año 2024 se licitará por separado.
CLÁUSULA TERCERA. Precio de salida
Se establece como precio de salida para cada aprovechamiento el indicado por el técnico facultativo en el Anexo I y II xxx Xxxxxx de condiciones técnico – facultativas para la enajenación del aprovechamiento xx xxxx en xxxxxx de Utilidad Pública y Zonas xx Xxxx Controlada xx Xxxxxxxxx del año 2024 y que será reflejado en el anuncio de la licitación que se publique en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana.
CLÁUSULA CUARTA. Capacidad del licitador
Podrán presentar ofertas las personas físicas o jurídicas que tengan plena capacidad para ello. Atendiendo a la disposición xxxxxxx xxx xxxxxx general de condiciones económico- administrativas, no se establece la necesidad de acreditar solvencia técnica, financiera o económica.
No estarán capacitadas las personas que estén incursas en alguna de ellas prohibiciones de contratar contempladas en la legislación vigente de contratos del sector público.
En la enajenación de las zonas xx xxxx controlada se establece como requisito que el adjudicatario sea un club o sociedad de cazadores sin ánimo de lucro con un mínimo de antigüedad como tal de más de 10 años, por lo que será requisito previo para que la oferta se considere válida.
CLÁUSULA QUINTA. Presentación de ofertas y documentación administrativa
Las ofertas se dirigirán a la Dirección Territorial de la Conselleria de Medio Ambiente, Agua, Infraestructuras y Territorio (Xxxxxxx Xxxxxxxx Xxx x.x 00 xx Xxxxxxxxx) dentro de plazo de 15 días a contar desde el día siguiente a la publicación del anuncio de licitación en el Diari Oficial de la Comunitat Valenciana.
Los solicitantes presentarán la oferta y la documentación correspondiente en sobre cerrado dirigido a la directora territorial de la Conselleria de Medio Ambiente, Agua, Infraestructuras y Territorio xx Xxxxxxxxx, en cualquiera de las formas previstas en el artículo 16 de la Ley 39/2015, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Los sobres que sean entregados sin cerrar serán rechazados.
Para las ofertas enviadas por correo certificado el licitador deberá justificar la fecha de imposición del envio en las oficinas de Correos y anunciar al órgano de contratación la remisión de la oferta mediante télex, telegrama, fax (000 000000) o correo electrónico (xxxxxx_xx@xxx.xx) en el mismo día, indicándose el nombre del licitador y el objeto del contrato.
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Sin la concurrencia de los anteriores requisitos la oferta no será admitida si es recibida por el órgano de contratación con posterioridad a la fecha de terminación del plazo señalado en el anuncio. En todo caso, transcurridos diez días siguientes a esa fecha sin que se haya recibido la documentación, ésta no será admitida.
Cada licitador no podrá presentar más de una oferta al mismo aprovechamiento. Pero sí ofertas a distintos aprovechamientos x xxxxxx, en este caso indicará fuera del sobre de proposición económica todos los lotes a los que licita.
La presentación de una oferta supone la aceptación incondicional de las cláusulas de este pliego.
Las ofertas para tomar parte en la licitación se presentarán en dos sobres cerrados y firmados por el licitador o persona que le represente y con indicación de domicilio a efectos de notificaciones, en los que se hará constar la denominación de sobre. En ambos casos sobres A y B se hará constar en su exterior el tipo de aprovechamiento y lote que identifica la licitación en la que participa, su respectivo contenido, el nombre del licitador y el CIF. El sobre A incluirá la documentación administrativa y el sobre B la oferta económica.
Los documentos a incluir en cada sobre deberán ser originales o copias autentificadas conforme a la legislación en vigor.
Dentro de cada sobre se incluirán los siguientes documentos:
SOBRE “A” DOCUMENTACIÓN ADMINISTRATIVA:
Declaración responsable de su plena capacidad de obrar, de no hallarse incurso en ninguna de las circuns- tancias que enumera la legislación vigente de contratos de sector público y de hallarse al corriente del cum- plimiento de sus obligaciones tributarias y de la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes. Se presentará conforme al modelo establecido en el Anexo I de este pliego.
En el caso de resultar adjudicatario, se le requerirá copia del DNI del licitador si fuera persona física, o copia de la escritura u otro documento de constitución si fuera persona jurídica, así como copia de la escritura u otro apoderamiento legal del representante que suscriba la documentación en nombre de la entidad en cuestión. Deberá acreditarse, igualmente, por las personas jurídicas, la inscripción en los Registros Públicos en los que legalmente fuera obligatoria su inscripción. Copia de NIF en caso de empresas.
SOBRE “B” OFERTA ECONÓMICA:
Se presentará la oferta económica conforme al modelo establecido en el Anexo II de este pliego. Únicamente se presentará oferta económica a los aprovechamientos del Anexo II xxx Xxxxxx de condiciones técnico – facultativas para la enajenación del aprovechamiento xx xxxx en xxxxxx de Utilidad Pública y Zonas xx Xxxx Controlada xx Xxxxxxxxx en el año 2024.
CLÁUSULA SEXTA. Garantía provisional
Se considera innecesaria la exigencia de garantía provisional para participar en esta licitación.
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CLÁUSULA SÉPTIMA. Examen de las proposiciones y propuesta de adjudicación
La mesa de contratación valorará las proposiciones, calificará previamente la documentación correspondiente al sobre A, a que se refiere la disposición novena xxx xxxxxx general de condiciones administrativas que deberá presentarse por los licitadores en sobre distinto al que contenga la proposición económica. Posteriormente procederá a la apertura y examen de las proposiciones económicas, formulando la correspondiente propuesta de adjudicación al órgano de contratación, una vez ponderadas de acuerdo con la cláusula segunda de este pliego. La apertura de las proposiciones deberá efectuarse en el plazo máximo de un mes contado desde la fecha de finalización del plazo para presentar las ofertas. En todo caso, la apertura de la oferta económica se realizará en acto público.
La adjudicación deberá recaer en el plazo máximo de quince días a contar desde el siguiente al de apertura de las proposiciones.
CLÁUSULA OCTAVA. Pago del importe de la adjudicación
El importe de la adjudicación se hará efectivo:
(a) Pago exclusivamente en dinero para los xxxxxx de Utilidad Pública que se enajenen adjudicación directa.
(b) Para los xxxxxx de Utilidad Pública y Zonas xx Xxxx Controlada propiedad de la Generalitat que se adjudican mediante concurso, el pago del importe de la adjudicación se hará efectivo mediante la ejecución por el beneficiario de un proyecto de mejoras o inversiones en el monte de Utilidad Pública o Xxxx xx Xxxx Controlada.
Los adjudicatarios de los xxxxxx listados en el Anexo X xxx Xxxxxx de condiciones técnico – facultativas para la enajenación del del aprovechamiento xx xxxx en xxxxxx de Utilidad Pública y Zonas xx Xxxx Controlada xx Xxxxxxxxx del año 2024 deberán presentar copia de la carta de pago con el sello de la entidad bancaria, documento que servirá para acreditar la voluntad del titular cinegético de aceptar el pliego de condiciones. El pago del importe de la adjudicación se hará efectivo a través de las entidades colaboradoras previa expedición de la carta de pago correspondiente por parte del Servicio Territorial de Medio Ambiente. Una vez realizado el pago se procederá a emitir la correspondiente licencia, que incluirá también la ampliación del monte al coto indicado.
De acuerdo a lo establecido en el Pliego de condiciones técnico – facultativas para la enajenación del del aprovechamiento xx xxxx en xxxxxx de Utilidad Pública y Zonas xx Xxxx Controlada xx Xxxxxxxxx del año 2024, para el caso del apartado (b), el adjudicatario, dentro de los 10 días hábiles siguientes a la adjudicación, presentará una memoria valorada en el que se describan los trabajos a realizar en inversiones de mejora en el monte y fauna xxxxxxxxx. Esta memoria reflejará el importe de los 5 años de adjudicación que podrá concentrarse en una o varias anualidades o desglosado para cada año.
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CLÁUSULA NOVENA.- Efectos del impago de importe de adjudicación
Si en el plazo indicado en la notificación de la adjudicación no se hace efectivo el pago de importe, se entenderá que el adjudicatario renuncia a dicho aprovechamiento, que pasará a ser adjudicado al licitador que haya quedado en segundo lugar y así sucesivamente. Dicho plazo en ningún caso podrá ser superior a un mes.
En los aprovechamientos plurianuales el impago de una anualidad o la no ejecución de los trabajos autorizados en la memoria valorada podrá suponer la rescisión de aprovechamiento.
CLÁUSULA DÉCIMA.- Garantía definitiva
El adjudicatario deberá consignar obligatoriamente una garantía definitiva por valor de 10% del importe de adjudicación en el plazo de 10 días a partir de la fecha en el que le sea notificada la adjudicación.
Se constituirá a favor de la Generalitat Valenciana a través de la Conselleria de Hacienda, Economía y Administración Pública.
La garantía puede ser incautada en caso de iniciarse la actividad sin obtención de la correspondiente licencia o sin el acta de entrega; responderá asimismo de la ejecución defectuosa, de la no ejecución, de la ejecución insuficiente o de la ejecución excesiva del aprovechamiento, así como de los daños al monte o a sus infraestructuras.
La devolución de la garantía definitiva será solicitada por el adjudicatario a la Dirección Territorial de la Conselleria de Medio Ambiente, Agua, Infraestructuras y Territorio o la competente en la materia de los aprovechamientos enajenados en el momento de la finalización de este. Se solicitará al vencimiento del plazo de disfrute del aprovechamiento una vez realizado el reconocimiento final del mismo.
La Dirección Territorial mencionada informará de la procedencia o no de dicha devolución, debiendo ser justificada en su caso la incautación.
CLÁUSULA UNDÉCIMA.- Modificación, suspensión temporal y prórrogas
Para la modificación, suspensión temporal o prórrogas del aprovechamiento cinegético se estará a lo dispuesto en el capítulo V del título III del Decreto 205/2020, de 11 de diciembre, del Consell, de regulación de los aprovechamientos forestales en xxxxxx privados y la enajenación de aprovechamientos forestales en xxxxxx gestionados por la Generalitat.
No obstante, de manera justificada por razones de eficacia administrativa y/o necesidades de control poblacional, y previa solicitud por parte del adjudicatario, se podrá conceder una prórroga transitoria del aprovechamiento hasta la resolución de la nueva adjudicación y por un periodo máximo de un año, sujeta a
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liquidación final en los mismos términos que la adjudicación siempre que la prórroga abarque una temporada cinegética completa.
Xxxxxxxx de la Plana, a fecha de la firma electrónica
LA DIRECTORA TERRITORIAL DE MEDIO AMBIENTE, AGUA, INFRAESTRUCTURAS Y TERRITORIO
Firmado por Xxxxx Mañá Xxxxxxx el 15/03/2024 13:39:02
Cargo: Directora Territorial
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ANEXO I: MODELO DE DECLARACIÓN RESPONSABLE DOCUMENTACIÓN ADMINISTRATIVA
“ , con domicilio a efectos de notificaciones en , C/ , nº , con DNI nº , en representación de la entidad , con CIF n.º , en mi propio nombre o en el de mi representado, declaro bajo mi responsabilidad no estar incurso en ninguna de las prohibiciones de contratar, comprendiendo expresamente esta declaración las siguientes circunstancias:
1. Disponer de DNI (persona física) o copia de la escritura u otro documento de constitución (persona jurídica), así como copia de la escritura u otro apoderamiento legal del representante que suscriba la documentación en nombre de la entidad en cuestión.
2. Estar al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias, impuestas por las disposiciones vigentes.
3. Estar al corriente del cumplimiento de las obligaciones con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes.
4. No hallarse incurso en las prohibiciones de contratar recogidas en legislación vigente de contratos de sector público.
Lo que declaro a los efectos de lo previsto en la vigente ley de contratos del sector público, comprometiéndome a presentar la justificación acreditativa de tales requisitos en el plazo que sea requerido por la unidad de tramitación, en el caso de que vaya a resultar adjudicatario de la licitación, indicando que poseo todos estos requisitos en el momento de presentación de esta declaración responsable. “
En , a de de 20
Firma del licitador o representante legal Fdo: ”
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ANEXO II: MODELO DE PROPOSICIÓN ECONÓMICA
“ , con domicilio a efectos de notificaciones en , C/ , nº , con DNI nº , en representación de la entidad , con CIF n.º , enterado del expediente para la enajenación de los aprovechamientos forestales de xxxx xx xxxxxx de Utilidad Pública y Zonas xx Xxxx Controlada de la Generalitat Valenciana de la provincia xx Xxxxxxxxx en el año 2024, hago constar que conozco los pliegos de condiciones económicas y condiciones técnicas que rigen la misma y los acepto íntegramente, solicitando que sea admitida la oferta económica propuesta a continuación para participar en la adjudicación del aprovechamiento forestal del lote indicado a continuación:
1) OFERTA ECONÓMICA (40%):
N.º de lote | Nombre del Monte o ZCC | Tipo de aprovechamiento | Oferta económica anual sin IVA (€) |
1 | Caza | ||
2 | Caza | ||
3 | Caza | ||
(,,,) | Caza |
En caso de ser adjudicatario del aprovechamiento me COMPROMETO a presentar dentro de los 10 días hábiles siguientes a la adjudicación una Memoria valorada sobre mejoras o inversiones que se proponen ejecutar en el monte de Utilidad Pública o Xxxx xx Xxxx Controlada que corresponde con la oferta económica indicada en la tabla.
2) CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN NO ECONÓMICOS (60%):
AUTOBAREMACIÓN | |
El licitador tiene el domicilio fiscal en el mismo término municipal o en el colindante donde se encuentran los terrenos de ejecución del aprovechamiento (se acreditará mediante certificación expedida por el ayuntamiento). | |
El licitador es un Club o una Sociedad de Cazadores inscrita en el registro de la Federación xx Xxxx de la Comunitat Valenciana (acreditación mediante certificado de la federación). | |
En el caso de que el licitar sea un Club o Sociedad de Cazadores, se valorará el número de socios de la entidad (se acreditará mediante certificación expedida por el secretario de la entidad). | |
En el caso de ser un Club o Sociedad de Cazadores, se valorará que el xxxx xx xxxx que gestionan haya sufrido un incendio forestal en los últimos 5 años, afectando a más del 10% de la superficie forestal del acotado. | |
En el caso de ser un Club o Sociedad de Cazadores, se valorará que el xxxx xx xxxx que gestionan haya visto reducida la superficie útil del mismo en más del 10% debido a la instalación de infraestructuras energéticas durante los últimos 3 años. |
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El licitador acredita mediante declaración responsable que contará con vigilancia privada en los terrenos de ejecución del aprovechamiento al menos durante los meses de temporada xx xxxx. | |
El licitador acredita mediante declaración responsable que se compromete a realizar en la población más próxima al monte licitado al menos 5 jornadas educativas, divulgativas o formativas durante el periodo de vigencia de la adjudicación (una jornada por anualidad), destinadas a mejorar el conocimiento de la actividad cinegética como modelo de gestión de los ecosistemas naturales |
Se adjunta en este mismo sobre SOBRE B la proposición económica la siguiente documentación:
• Certificación expedida por el ayuntamiento sobre el domicilio fiscal del licitador.
• Certificado de la Federación Xxxxxxxxxx xx Xxxx sobre inscripción Club o Sociedad de Cazadores en el registro de la federación.
• Certificado del secretario del Club o Sociedad de Cazadores sobre el número de socios.
En , a de de 20
Firma del licitador o representante legal
Fdo: ”
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